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El control fiscal a la gestión de los contratos estatales (página 41)


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Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Juan Alberto Polo Figueroa, Radicación 5355 del 27 de mayo de 1999.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Juan Alberto Polo Figueroa, Radicación 5560 del 8 de octubre de 1999.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Libardo Rodríguez Rodríguez, Radicación 5403 del 18 de marzo de 1999.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Ernesto Rafael Ariza Muñoz, Radicación 5543 del 3 de junio de 1999.

Consejo de Estado de Colombia, Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, C.P.: Dr. Delio Gómez Leyva, Radicación. S-025 del 6 de septiembre de 1999.

Consejo de Estado de Colombia, Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, C.P.: Dr. Nicolás Pájaro Peñaranda, Radicación. S-459 del 24 de mayo de 1999.

Consejo de Estado de Colombia, Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, C.P.: Dr. Libardo Rodríguez Rodríguez, Radicación S-844 del 16 de marzo de 1999.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Manuel Santiago Urueta Ayola, Radicación 5054 del 31 de agosto del 2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga Inés Navarrete Barrero, Radicación 5363 del 13 de abril de 2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga Inés Navarrete Barrero, Radicación 5373 del 6 de abril de 2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga Inés Navarrete Barrero, Radicación 5590 del 20 de enero de 2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga Inés Navarrete Barrero, Radicación 5694 del 17 de febrero de 2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga Inés Navarrete Barrero, Radicación 5764 del 5 de octubre de 2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Juan Alberto Polo Figueroa, Radicación 5962 del 19 de mayo de 2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga Inés Navarrete Barrero, Radicación 6042 del 17 de agosto de 2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga Inés Navarrete Barrero, Radicación 6178 del 28 de septiembre de 2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Juan Alberto Polo Figueroa, Radicación 6179 del 17 de agosto de 2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, C.P.: Dr. Darío Quiñones Pinilla, Radicación. AI-057 del 27 de junio de 2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, C.P.: Dr. Carlos Arturo Orjuela Góngora, Radicación. S-399 del 18 de septiembre de 2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, C.P.: Dr. Mario Alario Méndez, Radicación S-725 del 2 de octubre de 2000.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de Consulta y Servicio Civil C.P.: Dr. Cesar Hoyos Salazar, Radicación 1346 del 17 de mayo de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga Inés Navarrete Barrero, Radicación 6840 del 4 de octubre de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, C.P.: Dr. Ricardo Hoyos Duque, Radicación 11001-03-15-000-2001-0069-01(AC) del 5 de junio de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga Inés Navarrete Barrero, Radicación 5604 del 21 de junio de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga Inés Navarrete Barrero, Radicación 6242 del 16 de noviembre de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Manuel Santiago Urueta Rojas, Radicación 6391 del 29 de noviembre de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga Inés Navarrete Barrero, Radicación 7242 del 13 de diciembre de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo, Radicación 6547 del 16 de noviembre de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Manuel Santiago Urueta Ayola, Radicación 6696 del 1 de noviembre de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Manuel Santiago Urueta Ayola, Radicación 6617 del 27 de septiembre de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga Inés Navarrete Barrero, Radicación 6918 del 13 de septiembre de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga Inés Navarrete Barrero, Radicación 3531 del 16 de febrero de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Manuel Santiago Urueta Ayola, Radicación 5794 del 4 de mayo de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Manuel Santiago Urueta Ayola, Radicación 5916 del 1 de febrero de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo, Radicación 6384 del 17 de mayo de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dr. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo, Radicación 6508 del 7 de junio de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, C.P.: Dr. Reinaldo Chavarro Buriticá, Radicación. AC-10966 y AC-11274 (Acumulados) del 7 de junio de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, C.P.: Dr. Reinaldo Chavarro Buriticá, Radicación. AC-11861 del 11 de septiembre de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, C.P.: Dr. Alejandro Ordóñez Maldonado, Radicación. AC-12340 del 20 de febrero de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera C.P.: Dr. Camilo Arciniegas Andrade, Radicación 6620 del 26 de julio de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera C.P.: Dr. Manuel Santiago Urueta Ayola, Radicación 6587 del 16 de noviembre de 2001.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera C.P.: Dr. Camilo Arciniegas Andrade, Radicación 7029 del 5 de julio de 2002.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera C.P.: Dr. Manuel Santiago Urueta Ayola, Radicación 7211 del 18 de abril de 2001.

Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Sentencia del 18 de abril de 1989, Expediente 5426, CP Dr. Carlos Betancurt Jaramillo.

Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil Concepto No.1438 del 13 de septiembre 2002, CP Dr. César Hoyos Salazar.

Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo – Sección Primera, Sentencia del 9 de diciembre de 2004, CP Dr. Rafael Ostau de Lafont Planeta.

Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Sentencia del 2 de febrero de 1996, Expediente: 8385, CP Dr. Jesús María Carrillo Ballesteros.

Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, 19 de mayo de 1994, Expediente: 8726, CP Dr. Daniel Suárez Hernández.

Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, Concepto del 23 de noviembre de 2005, Radicación No.1694, CP Dr. Gustavo Aponte Santos,

Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, Concepto del 3 de diciembre de 1993. CP Dr. Jaime Betancourt Cuartas.

Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, Concepto del 28 de julio de 1994, CP Dr. Roberto Suárez Franco; Referencia: Radicación No.624.

Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Sentencia del 15 de octubre de 1999, Expediente 10929, MP Dr. Ricardo Hoyos Duque.

Consejo de Estado, Sala de Consulta y Servicio Civil, Concepto del 26 de agosto de 1998, Radicación No.1121, CP Dr. César Hoyos Salazar.

Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Sentencia del 28 de septiembre de 2006, Radicación No.15307, CP Dr. Ramiro Saavedra Becerra.

Consejo de Estado Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Sentencia del 29 de enero de 2004, Expediente 10779, CP Dr. Alier Eduardo Hernández Enríquez.

Consejo de Estado de Colombia, Sala Plena de lo Contencioso Administrativo, C.P.: Dr. Germán Ayala Mantilla, Radicación 1101-03-15-000-2001-0148-01(PI) del 22 de enero de 2002.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, C.P.: Dra. Olga Inés Navarrete Barrero, Radicación 7208, 7464 y 7705 del 27 de marzo de 2003.

Consejo de Estado de Colombia, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera C.P.: Dr. Ramiro Saavedra Becerra, Radicación 19929 del 20 de noviembre de 2003.

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA.

Corte Suprema de Justicia, Sentencia del 27 de septiembre de 1974, MP Dr. Luís Sarmiento Buitrago.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Sentencia del 3 de septiembre de 2001, Expediente: 16837, MP Dr. Jorge Aníbal Gómez Gallego.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Sentencia del 25 de octubre de 2000, Expediente: 15273, MP Dr. Nilson Pinilla Pinilla.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Sentencia del 18 de abril de 2002, Expediente 12658 de 18 de abril de 2002.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Sentencia del 20 de agosto de 1998, Expediente: 10295, MP Dr. Fernando E. Arboleda Ripio.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Sentencia del 15 de abril de 2004, Expediente 18454, MP Dr. Alfredo Gómez Quintero.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Sentencia del 26 de noviembre de 2003, Expediente: 20420, MP Dr. Álvaro Orlando Pérez Pinzón.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Sentencia del 29 de enero de 2004, Expediente: 17574, MP Dr. Mauro Solarte Portilla.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Sentencia del 23 de septiembre de 2003, Expediente:7089, MP Dr. Edgar Lombana Trujillo,.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Sentencia del 25 de febrero de 2004, Expediente: 20526, MP Dra. Marina Pulido de Barón.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Sentencia del 9 de febrero de 2005, Expediente: 21547, MP Dra. Marina Pulido de Barón.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Sentencia del 16 de febrero de 2005, Expediente: 15212, MP Drs. Herman Galán Castellanos y Alfredo Gómez Quintero.

Corte Suprema de Justicia – Sala de Casación Civil-, Expediente No.4512 de 17/05/95, MP Dr. Pedro Lafont Pianetta.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Expediente No.3972 de 19/10/94, MP Dr. Carlos Esteban Jaramillo Schloss.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Sentencia del 4 de octubre de 1993, Expediente 5005 (Casación) MP Dr. Jorge Enrique Valencia M.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Sentencia del 15 de diciembre de 2000, Expediente 12613, MP Dr. Jorge Aníbal Gómez G.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Sentencia del 28 de enero de 1999, Expediente 11192, MP Dr. Edgar Lombana T.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Sentencia del 16 de noviembre de 1993, Expediente 8007 (Casación) MP Dr. Guillermo Duque Ruíz.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Sentencia del 10 de noviembre de 1993, Expediente 8087 (Casación) MP Dr. Edgar Saavedra Rojas.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Sentencia del 12 de febrero de 1998, Expediente 10204, MP Dr. Ricardo Calvete Rangel.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Sentencia del 0 de noviembre de 2004, Expediente 21726, MP Dra. Marina Pulido de Barón.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Sentencia del 18 de junio de 2002, Expediente 19464, MP Dr. Edgar Lombana Trujillo.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Sentencia del 26 de febrero de 1998, Expediente 4702, MP Dr. Jorge Antonio Castillo Rugeles.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Sentencia del 1 de marzo de 1995, Expediente 8608, MP Dr. Juan Manuel Torres Fresneda.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Sentencia del 10 de septiembre de 1998, Expediente 5023, MP Dr. Nicolás Becharas Simancas.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria, Sentencia del 16 de mayo de 2003, Expediente 7576, MP Dr. Manuel Ardila Velásquez.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil, Sentencia del 12 de septiembre de 1996; Expediente 4792, MP Dr. Nicolás Bechara Simancas.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria, Sentencia del 31 de julio de 2000, Expediente 6068, MP Dr. Silvio Fernando Trejos Bueno.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Sentencia del 12 de marzo de 1997, Expediente 9393, MP Dr. Jorge E. Córdoba Poveda.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria, Sentencia del 11 de abril de 2003, Expediente 7270, MP Dr. Carlos Ignacio Jaramillo Jaramillo.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Civil y Agraria, Sentencia del 13 de septiembre de 2006, Expediente 88001-31-03-002-2002-00271-01, M.P. Dr. Jaime Alberto Arrubla Paucar.

Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, Sentencia del 12 de agosto de 2009, Expediente 32003, M.P. Dr. José Leonidas Bustos Martínez.

DOCUMENTOS CONPES.

CONPES 3166 del 23 de Mayo de 2002, Sistema Integrado de Transporte Masivo de Pasajeros para Santiago de Cali –Seguimiento-, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Ministerio de Transporte, DNP: DIE –GINF, Bogotá D.C.

CONPES 3167 del 23 de mayo de 2002, Política para Mejorar el Servicio de Transporte Público Urbano de Pasajeros, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Ministerio de Transporte, DNP: DIE –GINF, Bogotá D.C.

CONPES 3185 del 31 de Julio de 2002, Propuesta para Mejorar la Movilidad entre Bogotá y Soacha: Extensión de la Troncal Norte – Quito – Sur del Sistema de TransMilenio, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Ministerio de Transporte, DNP: DIE –GINF, Bogotá D.C.

CONPES 3196 del 31 de julio de 2002, Régimen Jurídico del Consejo Nacional de Política Económica y Social CONPES y Compilación de los Documentos Período 1998 – 2002, DNP, Bogotá D.C.

CONPES 3220 del 21 de abril de 2003, Sistema Integrado de Servicio Público Urbano de Transporte Masivo de Pasajeros del Área Metropolitana del Centro Occidente, DNP: DIE- GEINF, Ministerio de Transporte, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Bogotá, D.C.

CONPES 3249 del 20 de octubre de 2003, POLÍTICA DE CONTRATACIÓN PÚBLICA PARA UN ESTADO GERENCIAL, Proyecto de Contratación Estatal BIRF – DNP, Bogotá D.C.

CONPES 3259 del 15 de Diciembre de 2003, Sistema Integrado de Servicio Público Urbano de Transporte Masivo de Pasajeros del Distrito de Cartagena –TransCaribe, DNP: DIE- GEINF, Ministerio de Transporte, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Bogotá, D.C.

CONPES 3260 del 15 de diciembre de 2003. POLÍTICA NACIONAL DE TRANSPORTE URBANO Y MASIVO, DNP: DIE- GEINF, Ministerio de Transporte, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Bogotá, D.C.

CONPES No.3272 del 23 de febrero de 2004, Programa Estratégico Integral de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Ministerio de Transporte, DNP: DIE –GINF, Bogotá D.C.

CONPES No.3273 del 1 de marzo de 2004, Autorización a la nación para contratar operaciones de Crédito Externo con la Banca Multilateral hasta por US$600 millones, con el fin de financiar los aportes de la Nación a los Sistemas Integrados de Transporte Masivo –SITM- y otras apropiaciones presupuestales prioritarias de la Nación para 2004, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Ministerio de Transporte, DNP: DIE –GINF, Bogotá D.C.

CONPES 3305 expedido el 24 de agosto de 2004 dentro del Marco de la Política de Gestión de Desarrollo Urbano, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Ministerio de Transporte, DNP: DIE –GINF, Bogotá D.C.

CONPES No.3311 del 20 de septiembre de 2004, Modificación al CONPES 3272 del 23 de febrero de 2004: Criterios para la Priorización de Proyectos del Programa de Infraestructura Vial y Desarrollo Regional, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Ministerio de Transporte, DNP: DIE –GINF, Bogotá D.C.

CONPES No.3368 del 1 de agosto de 2005, Política Nacional de Transporte Urbano y Masivo – Seguimiento-. Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Ministerio de Transporte, DNP: DIE –GINF, Bogotá D.C.

CONPES No.3439 del 14 de agosto de 2006, "Institucionalidad y Principios Rectores de Política para la Competitividad y la Productividad", Alta Consejería para la Competitividad y la Productividad, Ministerio de Comercio, Industria y Comercio, Bogotá D.C., 2006.

CONPES No.3465 del 10 de abril de 2007, Concepto favorable a la Nación para contratar empréstitos externos con Bancos u Organismos Multilaterales, Banca Comercial u Otras Fuentes Alternativas de Fondeo hasta por un valor de US$1.440 millones o su equivalente en otras monedas, para financiar parcialmente los aportes de la Nación a los Sistemas Integrados de Transporte Masivo –SITM-, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Ministerio de Transporte, DNP: DIE –GINF, Bogotá D.C.

CONPES No.3535 del 18 de julio de 2008 mediante el cual se expidió el Concepto Previo Favorable para la Prórroga o Adición de los Contratos de Concesión Vial y Férrea, Ministerio de Transporte –INCO, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, DNP, Bogotá D.C.

CONPES 3107 de 2001, Política de Manejo de Riesgo Contractual del Estado para Procesos de Participación Privada en Infraestructura, DNP: DIE –GEINF, Ministerio de Hacienda Público, Bogotá D.C.

CONPES 3133 de 2001, Modificaciones a la Política de Manejo de Riesgo Contractual del Estado para Procesos de Participación Privada en Infraestructura Establecida en el Documento CONPES 3107 de 2001, DNP: DIE –GEINF, Ministerio de Hacienda Público, Bogotá D.C.

CONPES 3167 de 2002, Política para Mejorar el Servicio de Transporte Público Urbano de Pasajeros, Ministerio de Transporte DNP: DIE – GEINF, Bogotá D.C.

CONPES No.3562 del 30 de diciembre de 2008, mediante el cual se expide el Concepto Previo Favorable para la Prórroga o Adición de seis contratos de concesión vial en Colombia (Girardot – Ibagué – Cajamarca; Desarrollo Vial del Oriente de Medellín; Zipaquirá – Palenque; Rumichaca – Pasto – Chachagüï; Bogotá – Villavicencio y Córdoba – Sucre), Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Ministerio de Transporte, DNP: DIE –GINF, Bogotá D.C.

LEYES

Colombia

Ley 153 de 1887; Ley 23 de 1973; Ley 20 de 1974; Ley 56 de 1981; Ley 9 de 1989; Ley 86 de 1989; Ley 2 de 1991; Ley 3 de 1991; Leyes 23 de 1991; Ley 42 de 1993; Ley 70 de 1993; Ley 80 de 1993; Ley 99 de 1993; Ley 105 de 993; Ley 142 de 1993; Ley 134 de 1994; Ley 281 de 1996; Ley 336 de 1996; Ley 134 de 1994; Ley 152 de 1994; Ley 160 de 1994; Ley 190 de 1995; 310 de 1996; 336 de 1996; Ley 388 de 1997; Ley 400 de 1997; Ley 446 de 1998; Ley 448 de 1998; Ley 472 de 1998; Ley 489 de 1998; Ley 508 de 1999; Ley 610 de de 2000; 640 de 2001; Ley 678 de 2001; 684 de 2001; Ley 734 de 2002; Ley 769 de 2002; Ley 787 de 2002; Ley 812 de 2003; Ley 819 de 2003; Ley 850 de 2003; Ley 881 de 2004; Ley 962 de 2005; Ley 1150 de 2007; Ley 1151 de 2007; Ley 1154 de 2007; Ley 1169 de 2007; Ley 1169 de 2008; Ley 1228 de 2008; Ley 1260 de 2008; Ley 1285 de 2009.

CÓDIGOS DE COLOMBIA.

Código Contencioso Administrativo; Código Civil; Código de Procedimiento Civil; Código de Comercio; Código Penal; Código de Procedimiento Penal; Código de Petróleos; Código de Minas.

DECRETOS NACIONALES.

Decreto 2811 de 1974; Decreto 1608 de 1978; Decreto 1715 de 1978; Decreto 2388 del 29 de 1979; Decretos 704 de 1986; Decreto 305 de 1988; Decreto 1974 de 1989; Decreto Ley 111 de 1996; Decreto 1222 de 1986; Decreto 1333 de 1986; Decreto 2681 de 1993; Decreto 679 de 1994; Decreto 1477 de 1995; Decreto 2150 de 1995; Decreto 1052 de 1998; Decreto 1554 de 1998; Decreto 1547 de 2000; Decreto 2809 de 2000; Decreto 327 de 2002; Decreto 941 de 2002; Decreto 2550 de 2002; Decreto 4688 de 2005; Decreto 4841 de 2008; Decreto 101 de 2000; Decreto 29 de 2002; Decreto 2053 de 2003; Decreto 150 de 1999; Decreto 507 de 1999; Decreto 932 de 2002; Decreto 1337 de 2002; Decreto 975 de 2004; Decreto 1788 de 2004; Decreto 973 de 2005; Decreto 3600 de 2007; Decreto 4065 de 2008; Decreto 3460 del de 2008; Decreto 93 de 2000; Decreto 1713 de 2002; Decreto4688 de 2005; Decreto 3600 de 2007; Decreto 4669 de 2005; Decreto 1151 de 2008; Decreto 1420 de 1998; Decreto 1713 de 2002; Decreto 4688 de 2005; Decreto 3600 de 2007; Decreto 2304 de 1989; Decreto 1420 de 1998; Decreto 1599 de 1998; Decretos 1052 de 1998; Decreto 1547 de 2000; Decreto 1599 de 1998.

DEDICATORIA

La vida conforme al Espíritu de Dios.

"…El fruto del Espíritu es amor, alegría, paz, paciencia, afabilidad, bondad, fidelidad".

Epístola del Apóstol San Pablo a los Gálatas, Cap. 5, Ver. 22.

A mis padres, Francisco y Juana: A ellos les debo mi ser, me enseñaron los principios y valores fundamentales de la humanidad, el amor, la solidaridad, el respeto y la fe en Dios.

A mis hermanos Jorge Luis, Nora Elena, Ana María; Celideth, Gloria Inés y Leyna Margarita a quienes amo. A ellos el mensaje de nuestros padres.

A Carmen Janeth mi esposa, a mis hijos Natalia y Juan David; reina, princesa y príncipe de mi vida. Los Amo, son ustedes la motivación para continuar.

A mi sobrina Vanesa, retoñito de virtudes. Mi otra hija.

A los noveles juristas, doctores Fredy José Agámez Berrío, Hernán Rocha Chacón; y a los Ingenieros Civiles Cesar Augusto Blanco Bermejo y Zully Stella Blanco de la Rosa, quienes contribuyeron con sus aportes, de manera importante a la realización de esta obra.

AGRADECIMIENTOS

A Monseñor HÉCTOR JARAMILLO DUQUE 1924-1990 (q.e.p.d), Obispo de la Diócesis de Sincelejo, quién me ministró el sacramento de la confirmación en la Parroquia de San Onofre, Sucre, y me dejó como herencia la extraordinaria devoción a María Auxiliadora, el Rosario a la Virgen como única arma poderosa contra la guerra, y el mensaje de la Epístola de San Pablo a los Gálatas, Cap 5, Ver. 22, la vida conforme al Espíritu de Dios, y los frutos y dones del Espíritu. Primera Corintios, Cap. 12, Ver. 1 a 11.

A mis compañeros de la Contraloría General de la República, quienes me enseñaron la pasión por el control fiscal. Fue allí donde ejercí por primera vez la función pública, y donde aprendí que el servicio público exige vocación, sacrificio y entrega.

A mis compañeros de la Contraloría Distrital de Bogotá; en donde juntos avanzamos en la construcción y desarrollo de la teoría del control en la infraestructura del transporte.

A Dios, a quien le ofrezco todos mis éxitos, fracasos, alegrías y tristezas; pues en la tierra quienes con facilidad se declaran autores de tus éxitos, con urgencia se declaran lejanos a tus fracasos, desgracias y tristezas.

A todos aquellos que fortalecieron en mi la esperanza y la promesa del Señor, de que seguirá construyendo con la roca que desechan los arquitectos.

 

Oración de Abandono en el Señor

Padre,

en tus manos me pongo.

Haz de mi lo que quieras.

Por todo lo que hagas de mí,

te doy gracias.

Estoy dispuesto a todo, lo acepto todo,

con tal de que tu voluntad se haga en mi

y en todas tus criaturas.

No deseo nada mas Dios mío.

Pongo mi alma entre tus manos,

te la doy, Dios mío,

con todo el ardor de mi corazón

porque te amo,

y es para mi una necesidad de amor

el darme, el entregarme

entre tus manos sin medida,

con infinita confianza,

por que Tú eres mi padre. Amén.

Presbítero IGNACIO LARRAÑAGA ORBEGOZO

Secerdote Capuchino, Loyola- España.

Orden Capuchina Franciscana.

 

 

Autor:

Inocencio Meléndez Julio

 

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