1.1.2. Orígenes del Derecho Internacional Público
El Derecho Internacional empezó a desarrollarse a partir del Siglo XVI, época en la cual aparecen en Europa los primeros estados nacionales. Sin embargo, hasta principios del Siglo XX se desenvolvió bajo el principio de la soberanía, lo que no facilitaba la creación de una sociedad internacional. Las tentativas hechas hasta entonces para regularizar las relaciones internaciones se caracterizaban por su empirismo y por su estrecha relación con la política. Las siguientes manifestaciones realizadas en la Época Moderna, donde se suceden acontecimientos históricos para el Derecho Internacional y donde éste se enriqueció con nuevos aportes (se estableció la igualdad religiosa, se adoptó el idioma francés como lenguaje diplomático, se establecieron las embajadas permanentes, entre otras), que van desde el Imperialismo Universal (Imperio Napoleónico) hasta los compromisos ideados por la diplomacia (Santa Alianza) no han sido suficientes para asegurar una paz estable.
El derrumbamiento del sistema diplomático tradicional por la Primera Guerra Mundial en 1914, provocó la formación de nuevas bases sobre las cuales los gobiernos asentarían sus relaciones internacionales. El fracaso de la Sociedad de Naciones y de la política de seguridad colectiva condujo a la Segunda
Guerra mundial, en la coalición de los pueblos libres cerró el paso a las tentativas de hegemonía universal. Desgraciadamente, la victoria de las democracias occidentales no ha sido completa, y hoy, como ayer, sigue en pie el problema de saber si el mundo se federara libremente o si, una vez más tendrá que resistir por la fuerza a las amenazas del neoimperalismo totalitario. De la solución de este dilema dependen el destino de Europa y el mundo entero y del mantenimiento del Derecho Internacional, e incluso del Derecho mismo
1.1.3. Definiciones del Derecho Internacional Público
Definición Clásica. (Según los autores).
En principio los individuos no son sujetos inmediatos de sus normas, por lo tanto el DIP se define como el conjunto de normas o principios que regulan las relaciones jurídicas de los estados entre sí (al hablar de estados nos referimos a ellos como únicas entidades del DIP, ya que para ese entonces las organizaciones internacionales y las personas particulares entre otras no forman parte del mismo); es decir, que el Derecho Internacional comprende especialmente normas establecidas por vía consuetudinaria para regular las relaciones entre los estados, creando obligaciones, responsabilidades y derechos para todos los estados.
Algunos de los representantes más importantes de ésta concepción clásica fueron: Charles Rousseau, Paul Fauchille, Antonio Truyol y Serra, Bonfils, Carlos Calvo, Manuel Francisco Mármol, Kelsen, Korovín y Fermín Toro.
Definición Moderna. (Según los autores).
Al obtener el individuo, de forma excepcional, la capacidad de reclamar la protección de los derechos humanos fundamentales ante instancias internacionales específicas y al iniciarse la creación de organizaciones internacionales, el concepto de DIP sufre un inevitable cambio por lo tanto podemos definir el DIP desde la posición de los modernistas de la siguiente manera: es el conjunto de normas jurídicas que regulan no sólo la relación entre los estados (ya que no son las únicas entidades del DIP) sino que también regulan las relaciones entre otros sujetos como son:
Los organismos internacionales.
Los grupos beligerantes. (Naciones que están en guerra): para que puedan adquirir derechos y obligaciones internacionales deben cumplir ciertas condiciones: un mando responsable, ocupar parte de relaciones del estado, realizar actos de gobierno y conducirse de acuerdo a las Leyes de la Guerra; estas condiciones le otorgan capacidad internacional.)
Los territorios fideicometidos. (Territorios que se encuentran administrados por una potencia, pero respetando su soberanía. Ej: Puerto Rico).
C.I.C.R.: Comité Internacional de la Cruz Roja.
La Santa Sede (Vaticano).
La soberana orden de Malta.
Las organizaciones internacionales. (Personalidad jurídica).
El individuo. (Destinatario real de toda norma jurídica).
1.2. Historia del Derecho Internacional
Historia breve del Derecho Internacional
En la antigüedad no existía un derecho internacional propiamente dicho, ya que no existía una comunidad internacional. Si tomamos en cuenta las más grandes civilizaciones de la época, llegamos a Grecia y Roma, civilizaciones que consideraban a los pueblos aledaños como vasallos o pueblos dominados. Sin embargo, la historia comprueba la aplicación, en los primeros grupos primitivos, de un principio denominado "ubi jus ibi societas " (en español: "donde hay derecho hay sociedad ").
Entre las fuentes más antiguas del derecho internacional que se hayan debidamente comprobado encontramos el tratado de Eannatum, rey de Lagash en Mesopotamia, y Umma, en el año 3100 A.C. El punto más importante del tratado fue la inviolabilidad de las fronteras. Los tratados en esa época se escribían sobre tablas de yeso o en los diversos monumentos. La mayor parte de los tratados consistían en acuerdos sobre fronteras, en el establecimiento de estados vasallos, tratados de paz (como el de la alianza, celebrado en 1,292 AC, entre Ramsés II y Hatusil), y se establece una noción de arbitraje, asilo, misiones diplomáticas, la extradición y la protección a extranjeros. La mayor parte de estos tratados se formalizaban bajo actos o juramentos religiosos.
La India: 100 años A.C. Entra en vigencia el código de Manu, en el que se establecían ciertos preceptos; por ejemplo, los correspondientes a las guerras entre tribus: 1) un guerrero digno no ataca al enemigo dormido, 2) un guerrero digno no ataca al enemigo que ha perdido su escudo, su arma o que se ha dado a la fuga. En tiempo de guerra se acostumbraba en la India respetar los cultivos y las viviendas, así como sus habitantes civiles.
Judea: Para la regulación de la guerra y la paz, el pueblo judío tenia ciertos principios. En el Deuteronomio se alude a las Guerras Santas, que luego fueron incluidas en el Islam, en el Cristianismo y en las Cruzadas. Una de las profesías de Isaías señala que después del advenimiento del Señor "convertirán sus espadas en fejas de arados y sus lanzas en podadoras; no desenvainarán sus espadas contra el pueblo, no se alistarán en la guerra". Esta predicción influyó profundamente en el Cristianismo y es la raíz del pacifismo moderno
Fue posible cuando aparece el Estado moderno, autónomo, autocapaz, en igualdad con sus semejantes, después del Renacimiento. Surge con los Estados de Europa, en el siglo XVI, en la Alta Edad Media y es posible señalar varias etapas:
A) Del Renacimiento a la paz de Westfalia
B) Del Tratado de Westfalia hasta la revolución francesa.
C) Las guerras napoleónicas terminaron con un acontecimiento internacional de gran importancia el Congreso de Viena.
D) La guerra mundial (1914 -1918) produjo un desaliento marcado respecto de la efectividad de este orden jurídico.
E) A partir de 1945 empezó a ser penetrado por circunstancias que alteraron este cuerpo legal, como muchos nuevos Estados, avances tecnológicos y el imperativo de considerar el bienestar como meta básica de la ideología y de la acción política
El acuerdo más antiguo de que se tiene noticia es el celebrado en el 3200 a. C. entre las ciudades caldeas de Lagash y Umma, por el cual ambas fijaron sus fronteras después de una guerra.
Otro acuerdo sería el celebrado entre los egipcios y los hititas, por el cual se acuerda el reparto de zonas de influencia.
En cuanto al origen del derecho internacional público, podemos afirmar la existencia de dos posiciones:
a. Algunos autores sostienen que este derecho existe desde que los pueblos primitivos mantuvieron relaciones comerciales, establecieron alianzas, sometieron sus problemas a la decisión de un tercero, respetaron las inviolabilidad de sus enviados, etc.
b. Quienes niegan la existencia del derecho internacional en la antigüedad y ubican su origen a partir del momento en que se dan los supuestos básicos para la existencia de un sistema tal cual funciona en la actualidad: una pluralidad de estados nacionales que se reconocen como jurídicamente iguales, que se atribuyen en exclusividad el atributo de soberanía y que están dispuestos a regular sus relaciones por normas jurídicas, sin menoscabar por ello su carácter de soberanos. Estos autores sitúan el momento histórico en que esos hechos se dan y aparece el derecho internacional a partir del siglo XVI o, más precisamente, a mediados del siglo XVII, con los tratados de Westfalia de 1648.
1.2.1.-SUMER.
Sumeria (Sumer, Shumer o Shinar), escrito en cuneiforme KI.EN.GI,1 es una región histórica del Oriente Medio que formaba la parte sur de la antigua Mesopotamia, entre las planicies aluviales de los ríos Éufrates y Tigris. La civilización sumeria está considerada como la primera y más antigua civilización del mundo. La procedencia de sus habitantes, los sumerios, es incierta y existen numerosas hipótesis: la más aceptada hoy en día es la que argumenta que no hubo una ruptura cultural con el período de Uruk y que por lo tanto no tuvieron que ver factores externos, como podían ser invasiones o migraciones de otros territorios lejanos.
A fines del 4º milenio A.C. Sumer se dividió en una docena de Ciudades estado independientes cuyos límites fueron definidos por medio de canales y mojones. Estas ciudades era grandes centros mercantiles. Cada una estaba centrada en un templo dedicado al dios patrono particular de la ciudad y gobernado por un "patesi" (Ennsi) o a veces por un rey (lugal). Los patesi eran sacerdotes supremos y jefes militares absolutos, auxiliados por una aristocracia constituída por burócratas y sacerdotes. El patesi controlaba la construcción de diques, canales de riego, templos y silos, imponiendo y administrando los tributos a los que la toda la población estaba sujeta. La ciudades estado sumerias, tradicionalmente, eran ciudades-templos. Esto porque los sumerios consideraban que los dioses fundaban las ciudades para que fuesen centros de culto. Más tarde, conforme a la religión, los dioses se limitaban a comunicar a los soberanos los planos de los santuarios. El vínculo de los patesis con los ritos religiosos de la ciudad era extremadamente íntima.
1.2.2.-EGIPTO.
La civilización egipcia se desarrolló durante más de 3000 años. Comenzó con la unificación de varias ciudades del valle del Nilo, alrededor de 3150 a. C., y se da convencionalmente por terminado en 31 a. C., cuando el imperio romano conquistó y absorbió el Egipto ptolemaico, que desaparece como estado. Este acontecimiento no representó el primer período de dominación extranjera, pero fue el que condujo a una transformación gradual en la vida política y religiosa del valle del Nilo, marcando el final del desarrollo independiente de su cultura. Su identidad cultural había comenzado a diluirse paulatinamente tras las conquistas de los reyes de Babilonia (siglo VI a. C.) y Macedonia (siglo IV a. C.), desapareciendo su religión con la llegada del cristianismo, en la época de Justiniano I, cuando en 535 fue prohibido el culto a la diosa Isis, en el templo de File.
1.2.3.-REINO HITITA.
Los hititas fueron un pueblo de la antigüedad asentado en la península de Anatolia. Alrededor del siglo XVIII a. C. fundaron un reino con capital en Hattusa, que, con el tiempo, llegó a convertirse en una de las grandes potencias de Oriente Próximo, junto a Mitani, Egipto y Asiria, abarcando, en el momento de su máxima expansión (siglo XIII a. C.), prácticamente toda Anatolia y partes importantes de Chipre, Siria y Mesopotamia. Los hititas desaparecieron bruscamente de la historia durante la embestida de los pueblos del mar, aproximadamente en el año 1200 a. C.
1.2.4.-BABILONIA.
Babilonia fue una de las ciudades más ricas del mundo durante los años 740 a.C. al 680 a.C. Durante estos "días gloriosos", la ciudad prosperó como si tuviera el toque mágico de Midas; todo lo que tocara parecía convertirse en oro. Babilonia estaba ubicada entre los ríos Tigris y Eufrates—una franja de tierra muy agrícolamente productiva tanto que hoy es conocida como la "medialuna fértil".
Sin embargo, su agricultura y sus llanuras bien-irrigadas no eran la razón por la cual era famosa. Babilonia ganó su reputación a causa de sus murallas altas y masivas y sus almenas defensivas fuertes. De hecho, los escritores antiguos describieron murallas que fueron de 14 millas de largo en los cuatro lados de la ciudad y que alcanzaban alturas de más de 300 pies—más altas que la mayoría de edificios de hoy en día. Las murallas no eran solamente largas y altas, sino también en algunos lugares tenían 75 pies de grosor. Pero las murallas no eran la única forma de defensa. El Río Eufrates circundaba la ciudad, haciendo un foso perfecto que oscilaba de 65 a 250 pies de un lado al otro. Esta combinación de foso/pared parecía hacer a la ciudad inconquistable.
Pero a pesar de la fortaleza militar fuerte y defensiva de la ciudad, los profetas de Dios predijeron su destrucción. En Jeremías 50:9, el profeta declaró que Dios iba a hacer "subir contra Babilonia reunión de grandes pueblos de la tierra del norte". Esta predicción probablemente parecía infundada en el tiempo que fue hecha, ya que ninguno de estos pueblos se aproximaba a tener suficiente fuerza como para derrotar a Babilonia. Pero años después de la profecía, Ciro, rey del Imperio Medo-Persa, organizó gran fuerza de muchas naciones diferentes y marchó hacia el Sur en contra de Babilonia. Los detalles del cumplimiento son asombrosos. Jeremías registró que Dios había declarado: "Secaré su mar, y haré que su corriente quede seca" (51:36). Otra vez el profeta predijo: "Sequedad sobre sus aguas, y se secarán; porque es tierra de ídolos" (50:38). Además, el profeta prometió que el Señor había hablado: "Les pondré banquetes, y haré que se embriaguen, para que se alegren, y duerman eterno sueño y no despierten" (51:39).
Ahora escuche la narración cuando la historia se revela. El Río Eufrates corría por debajo de las grandes murallas de Babilonia. Después de un sitio de dos años completos, Ciro fue capaz de desviar el río para hacerlo fluir en un gran pantanal al lado occidental de la ciudad. Al hacer esto, él "secó los ríos" de Babilonia y proveyó una manera fácil para que sus soldados entraran debajo de las murallas de la ciudad donde las aguas solían fluir. Pero los babilonios dentro de la ciudad no tenían idea de lo que estaba pasando. Ellos pudieron haber defendido la ciudad, pero en cambio estaban festejando y emborrachándose. Ciro ordenó a sus hombres a actuar como injuriadores borrachos, y para el tiempo que los babilonios supieron que estaba pasando, la ciudad estaba llena de tropas enemigas que finalmente la conquistaron.
Incluso cuando las circunstancias anteriores serían suficientes como para probar la exactitud de la profecía de Jeremías (y por ende de la Biblia), las predicciones de los profetas no paran allí. Los capítulos 50-51 del libro de Jeremías están llenos con más condenaciones futuristas de Babilonia, todas las cuales fueron cumplidas en mínimo detalle. Ciertamente, las palabras habladas por el profeta sí se cumplieron.
Una y otra vez, la Biblia ha estado "justo en el blanco" cuando ha predicho el futuro. Los registros seculares documentan los hechos acerca de Babilonia. Por tanto ¿qué prueba esto? Esto prueba simplemente una cosa—que Dios mismo inspiró las palabras escritas en las páginas de la Biblia. Y ya que ese es el caso, todo ser humano debería dar la bienvenida a la Biblia "no como la palabra de hombres, sino como lo que es en verdad, la Palabra de Dios" (1 Tesalonicenses 2:13).
1.2.5.-HEBREOS.
Fueron un antiguo pueblo semita del Próximo Oriente y ancestros de los israelitas y los judíos.
Según la Biblia y las tradiciones hebraicas, los hebreos fueron originarios de Mesopotamia. Eran nómadas, vivían en tiendas, llevando manadas de cabras y ovejas, utilizando asnos, mulas y camellos como portadores. Una crisis económica pudo impulsar a Terah, padre de Abraham, a dejar la ciudad para ir a la de Harran, en el Alto Éufrates. De allí, algunos de ellos emigran hacia Canaán, prometido por Dios, según la Biblia, a los descendientes del patriarca Abraham (c. 1750 a. C.). Varias tablillas descubiertas en Mari certifican frecuentes migraciones por estas regiones.
Se define a los israelitas como los descendientes de Jacob, hijo de Isaac, nieto de Abraham. Es evidente que los israelitas fueron los únicos a sobrevivir la cultura de los hebreos. En los tiempos de la monarquía israelita, las Tribus de Israel fueron las únicas herederas del pueblo hebreo y su cultura.
En la Biblia, "Israel" es el nombre nacional de las personas que se conocen racialmente como "Hebreos". En la condición tribal, el nombre fue históricamente aplicado a todo el pueblo. La historia (Gen. XXXII. 24 et seq.) del cambio de nombre de "Jacob" a "Israel" es en parte un reflejo del hecho histórico de la unión de las tribus y de su triunfo final sobre los cananeos. Como consecuencia, los términos "hebreo" e "israelita" suelen describir a las mismas personas. Hebreos eran llamados antes de la conquista de la tierra de Canaán e israelitas posteriormente.1 2
En la actualidad, ocasionalmente, "hebreo" se utiliza para designar a los judíos que utilizan el idioma hebreo.3 En algunos idiomas modernos, entre ellos el griego, italiano, rumano y muchas lenguas eslavas, el nombre "hebreos" sobrevive como el estándar para el etnónimo de judíos.
Los judíos son expulsados de Francia en 1306 y 1394, de Alemania en 1397 y en 1354, de España en 1492, y de Portugal en 1496, dispersándose por el centro de Europa, en los Países Bajos, Macedonia y Turquía.
1.2.6.-CHINA.
La historia de China, como cronología de una de las civilizaciones más antiguas del mundo con continuidad hasta la actualidad, tiene sus orígenes en la cuenca del Río Amarillo, donde surgieron las primeras dinastías Xia y Shang. La existencia de documentos escritos desde muy antiguo han permitido el desarrollo en China de una tradición historiográfica muy precisa, que ofrece una narración continua desde las primeras dinastías hasta la edad contemporánea.
1.2.7.-INDIA.
La India: 100 años A.C. Entra en vigencia el código de Manu, en el que se establecían ciertos preceptos; por ejemplo, los correspondientes a las guerras entre tribus: 1) un guerrero digno no ataca al enemigo dormido, 2) un guerrero digno no ataca al enemigo que ha perdido su escudo, su arma o que se ha dado a la fuga. En tiempo de guerra se acostumbraba en la India respetar los cultivos y las viviendas, así como sus habitantes civiles.
1.2.8.-GRECIA.
En la antigüedad no existía un derecho internacional propiamente dicho, ya que no existía una comunidad internacional. Si tomamos en cuenta las más grandes civilizaciones de la época, llegamos a Grecia y Roma, civilizaciones que consideraban a los pueblos aledaños como vasallos o pueblos dominados. Sin embargo, la historia comprueba la aplicación, en los primeros grupos primitivos, de un principio denominado "ubi jus ibi societas " (en español: "donde hay derecho hay sociedad ").
1.2.9.-ROMA.
La situación de Roma tenía similitud y diferencias radicales respecto a Grecia. La similitud se halla en su actitud superior respecto a los pueblos bárbaros, y las diferencias fundamentales son, que en Roma no se daba la dualidad de sociedades internacionales, y de Roma, a diferencia de los pueblos griegos tenía una definida vocación de imperio universal.
El no reconocimiento de la igualdad de los bárbaros, y la vocación imperial hacía imposible un Derecho internacional con características actuales. A pesar de todo, la necesidad de la relaciones con los demás pueblos obligó a los romanos a aceptar ciertas normas que las reglamentaran, quedando entendido que tales normas estaban siempre inspiradas por el principio de superioridad romana, a que nos hemos referido antes.
El "jus gentium", cuyo contenido, varió mucho con el tiempo, cubría, fundamentalmente, dos cosas; el Derecho aplicado a los extranjeros, y ciertas normas que podían considerarse como de derecho natural.
En lo que se refiere al derecho de los extranjeros, la actitud romana fue generosa: el extranjero, en un principio carecía de protección, y la razón era que el "jus civile" no se le podía aplicar porque ello era un privilegio reservado a los romanos. Luego, al extranjero se le concedió la posibilidad de obtener la protección de un ciudadano romano, contratando con el un "hospitium privatum", o pidiendo su protección con la "applicatio ad patronum".
En fin, con el tiempo se generalizó la práctica de que los pueblos extranjeros celebraran con Roma acuerdos para negociar ventajas recíprocas a sus ciudadanos, y el "praetor peregrinus" contribuyó a formar mediante sus edictos un "jus gentium" que reconocía al "peregrinus" numerosos derechos.
Los actos internacionales tenían un aspecto religioso que se reflejaba en una serie de formalidades reglamentadas, y cuya custodia y aplicación correspondía al "collegium fetialum", formado por veinte "fetiales" encabezados por el "pater patratus".
La necesidad de tratar con otros pueblos tuvo como natural consecuencia la aceptación de un sistema de inmunidades, que protegían a los enviados o "legati". La misión diplomática en esa época no tenía la característica de la permanencia, pero daba lugar a un conjunto de ceremonias, que se desarrollaban bajo las órdenes del "magister officiorum", jefe de protocolo investido de otras funciones.
Respecto a los tratados, se distinguían dos clases; A) Los tratados de amistad o de paz ("amitia", "pax"), que podía revestir tres formas: a) "indutiae", o tratados con un término fijo; b) "Foedus amitiae causa factum", concluidos sin un término fijo, con carácter indefinido; c) "Sponsio", o acuerdos concluidos bajo la responsabilidad de un magistrado, en nombre del pueblo romano, y que necesitaba la aprobación o ratificación el Senado. B) Los tratados de alianza "foedus sociale", que creaban obligaciones de asistencia mutua entre los aliados, y que, según crearan o no, obligaciones iguales para ambos contratantes, recibían el nombre de "foedus equum" o "foedus iniquum". Durante algún tiempo Roma concertó con las ciudades del Latium un "foedus equum", que puede considerarse durante el período de vigencia, como un buen ejemplo de confederación.
En arbitraje internacional, Roma empezó siendo designada, debido a su posición hegemónica, como árbitro para muchas controversias de países menores, sin que aceptara nunca el arbitraje para sí misma.
Posteriormente se abrogó el derecho de arbitrar controversias ajenas y en no pocas ocasiones terminó reduciendo su misión a algunos de esos pueblos.
La declaración de la guerra daba lugar a ceremonias reglamentadas, de las que estaba encargado "el collegium fetialum", y que puede resumirse del modo siguiente: A) Una comisión de "fetiales" era enviada al país que hubiera ofendido a Roma, con el fin de exigir una reparación. B) el "pater patratus", en el momento de atravesar la frontera enunciaba la reclamación romana, y la repetía luego al primer habitante del territorio extranjero que pudiese encontrar, y en la capital de ese país dándole un plazo de treinta días para satisfacer la petición. C) A los treinta y tres días repetía la solicitud1 y si no obtenía satisfacción volvía a Roma. D) Oyendo previamente al "pater patratus", el senado declaraba la guerra, que el primero enunciaría de nuevo, en la frontera, ante tres testigos.
La Reforma, al romper la unidad religiosa, y la aparición de sentimientos nacionales en muchos países, abriendo el camino a la institución estatal como institución dotada de soberanía, es decir, de poder no sujeto a ningún otro poder, acabaron con la construcción del imperio, y con el Papado como fuerza espiritual y política.
En relación con la teoría del Estado, tres nombres merecen ser retenidos: Nicolás Maquiavelo, Juan Bodino y Thomas Hobbes.
1.2.10.-EDAD MEDIA.
La Edad Media, Medievo o Medioevo es el período histórico de la civilización occidental comprendido entre el siglo V y el XV. Su comienzo se sitúa convencionalmente en el año 476 con la caída del Imperio Romano de Occidente y su fin en 1492 con el descubrimiento de América en 1453 con la caída del Imperio Bizantino, fecha que tiene la ventaja de coincidir con la invención de la imprenta (Biblia de Gutenberg) y con el fin de la Guerra de los Cien Años.
Sin embargo, en este largo periodo de mil años hubo todo tipo de hechos y procesos muy diferentes entre sí, diferenciados temporal y geográficamente, respondiendo tanto a influencias mutuas con otras civilizaciones y espacios como a dinámicas internas. Muchos de ellos tuvieron una gran proyección hacia el futuro, entre otros los que sentaron las bases del desarrollo de la posterior expansión europea, y el desarrollo de los agentes sociales que desarrollaron una sociedad estamental de base predominantemente rural pero que presenció el nacimiento de una incipiente vida urbana y una burguesía que con el tiempo desarrollarán el capitalismo.6 Lejos de ser una época inmovilista, la Edad Media, que había comenzado con migraciones de pueblos enteros, y continuado con grandes procesos repobladores (Repoblación en la Península Ibérica, Ostsiedlung en Europa Oriental) vio cómo en sus últimos siglos los antiguos caminos (muchos de ellos vías romanas decaídas) se reparaban y modernizaban con airosos puentes, y se llenaban de toda clase de viajeros (guerreros, peregrinos, mercaderes, estudiantes, goliardos) encarnando la metáfora espiritual de la vida como un viaje (homo viator).7
1.2.11.-LA PAZ DE WESTFALIA.
Los Tratados de Westfalia (1648), suscritos por la mayor parte de las potencias europeas, ponen término a la Guerra de los Treinta Años. Se trata de acuerdos que en un principio tuvieron un carácter más político que jurídico, y que constituyeron el punto de partida hacia un nuevo sistema político y jurídico internacional.
Los Tratados de Westfalia sirvieron para el desarrollo del derecho internacional público, y constituyen la base de la sociedad internacional moderna, integrada por múltiples estados que disponen del atributo de soberanía y se reconocen como jurídicamente iguales.
Durante el siglo XVII la política de los estados fomenta la práctica de reunir congresos internacionales. El derecho de los tratados adquiere un nuevo impulso renovador, negociándose en congresos, aunque todavía no se concluyan acuerdos multilaterales. También se cobran importancia elementos jurídicos tales como el dogma de la santidad de los acuerdos y el de la inviolabilidad de los tratados (pacta sunt servanda), aunque se admite la cláusula rebus sic stantibus.
1.2.12.-TRATADOS DE UTRECHT.
El Tratado de Utrecht, también conocido como Paz de Utrecht o Tratados de Utrecht y Rastatt, es una serie de tratados multilaterales firmados por los países beligerantes en la Guerra de Sucesión Española entre los años 1712 y 1714 en esas ciudades de los Países Bajos y Alemania, respectivamente. Se consideran el fin de la guerra, aunque simultánea y posteriormente a su firma continuaron las hostilidades (por ejemplo, en España). En este tratado, Europa cambió su mapa político.
Tras unas conversaciones preparatorias en Londres entre Francia y Gran Bretaña, el congreso se abrió en la ciudad holandesa de Utrecht en enero de 1712. Los resultados fueron los siguientes:
Armisticio de Francia y España con Gran Bretaña (agosto de 1712), seguido de los tratados de paz entre Gran Bretaña y Francia (abril de 1713) y entre Gran Bretaña y España (julio de 1713).
Firma de tratados entre Francia y las Provincias Unidas, Brandeburgo, Portugal y el ducado de Saboya (julio de 1713).
Firma de tratados entre España y el ducado de Saboya (julio de 1713), las Provincias Unidas (julio de 1714) y Portugal (febrero de 1715).
Firma de convenios comerciales entre Gran Bretaña y España (marzo y diciembre de 1714, diciembre de 1715 y mayo de 1716).
Como balance global, la serie de tratados supuso los siguientes acuerdos:
Gran Bretaña conserva Menorca y Gibraltar, ocupadas durante la guerra (cedidas por España), Nueva Escocia (Acadia), la bahía de Hudson y Terranova (cedidas por Francia), la isla de San Cristóbal en el Caribe, el asiento de negros1 (un monopolio de treinta años sobre el tráfico de esclavos negros con la América española) y el navío de permiso, así como el derecho de asiento (concedidos por España).
La Casa de Saboya ve devueltas Saboya y Niza (ocupadas por Francia durante la guerra) y recibe Sicilia (cedida por España).2 Con la posesión de Sicilia recibe el título de rey que, con diversas denominaciones, tendría en adelante la casa de Saboya (primero reyes de Sicilia, luego reyes de Cerdeña y finalmente reyes de Italia).
Las Provincias Unidas reciben la "barrera" flamenca (una serie de fortalezas en el norte de los Países Bajos españoles que el Imperio ayudó a financiar), cedida por Felipe V de España.
Brandeburgo recibe Güeldres del Norte (cedido por el rey de España) y la "barrera" de Neuchâtel (cedida por Francia), además de su transformación en reino con el nombre de Prusia. Federico Guillermo I fue su primer rey.
Portugal obtiene la devolución de la Colonia del Sacramento, ocupada por España durante la guerra.
Carlos VI de Austria obtiene los Países Bajos españoles, el Milanesado, Nápoles, Flandes y Cerdeña (cedidos por el rey de España). El Archiduque Carlos de Austria, ahora emperador, abandona cualquier reclamación del trono español.
Francia reconoce la sucesión protestante en Inglaterra y se compromete a no apoyar a los pretendientes Estuardo. También se compromete a demoler las fortificaciones de Dunquerque y a cegar su puerto y obtiene definitivamente el principado de Orange (en Provenza).
Felipe V obtiene el reconocimiento como rey de España y de las Indias por parte de todos los países firmantes, en tanto que se establece una cláusula que prohíbe que el rey de España y el de Francia sean una misma persona.3
1.2.1.3.-REVOLUCIÓN FRANCESA.
La Revolución francesa fue un conflicto social y político, con diversos periodos de violencia, que convulsionó Francia y, por extensión de sus implicaciones, a otras numerosas naciones de Europa que enfrentaban a partidarios y opositores del sistema denominado del Antiguo Régimen. Se inició con la autoproclamación del Tercer Estado como Asamblea Nacional en 1789 y finalizó con el golpe de estado de Napoleón Bonaparte en 1799.
Se redactó en 1793 una nueva Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano, y una nueva constitución de tipo democrático que reconocía el sufragio universal. El Comité de Salvacion Pública cayó bajo el mando de Maximilien Robespierre y los jacobinos desataron lo que se denominó el Reinado del Terror (1793-1794). No menos de 10.000 personas fueron guillotinadas ante acusaciones de actividades contrarrevolucionarias. La menor sospecha de dichas actividades podía hacer recaer sobre una persona acusaciones que eventualmente la llevarían a la guillotina. El cálculo total de víctimas varía, pero se cree que pudieron ser hasta 40.000 los que fueron víctimas del Terror
En 1794, Robespierre procedió a ejecutar a ultra-radicales y a jacobinos moderados. Su popularidad, sin embargo, comenzó a erosionarse. El 27 de julio de 1794, ocurrió otra revuelta popular contra Robespierre, apoyada por los moderados que veían peligroso el trayecto de la Revolución, cada vez más exaltada. El pueblo, por otro lado, se rebela contra la condición burguesa de Robespierre que revolucionario antes, ahora persigue a Verlet, Leclerc y Roux. Los miembros de la Convención lograron convencer al "pantano", y derrocar y ejecutar a Robespierre junto con otros líderes del Comité de Salvacion Pública. La Convención aprobó una nueva Constitución el 17 de agosto de 1795, ratificada el 26 de septiembre en un plebiscito.
La nueva legislación confería el poder ejecutivo a un Directorio, formado por cinco miembros llamados directores. El poder legislativo sería ejercido por una asamblea bicameral, compuesta por el Consejo de Ancianos (250 miembros) y el Consejo de los Quinientos.
1.2.14.-CONGRESO DE VIENA.
El Congreso de Viena fue un encuentro internacional celebrado en la ciudad austriaca de Viena, convocado con el objetivo de restablecer las fronteras de Europa tras la derrota de Napoleón I y reorganizar la forma e ideologías políticas del Antiguo Régimen. La reunión se llevó a cabo del 1 de octubre de 1814 al 9 de junio de 1815. Los acuerdos tuvieron vigencia en los territorios de Europa Central y del Este hasta el final de la Primera Guerra Mundial.
1.2.1.5.-INDEPENDENCIA DE LOS PAÍSES AMERICANOS.
Hasta las últimas décadas del siglo XX predominaba la teoría del poblamiento tardío que sostiene que el ser humano llegó a América desde Siberia hace unos 12-14 mil años ingresando a través del Puente de Beringia durante las glaciaciones wurmienses. Sin embargo, más recientemente científicos de distintas areas han cuestionado cada vez con mayores evidencias la teoría anterior dando forma a una nueva teoría del poblamiento temprano que sostiene no solo un poblamiento muy anterior (probablemente entre 20.000 y 50.000 años adP), sino la utilización de otras rutas alternativas a Beringia para ingresar desde Siberia, Mongolia13 e incluso otros lugares de origen.
Machu Picchu, ejemplo de la alta civilización incaica
En América se produjeron dos Revoluciones Neolíticas independientes en Mesoamérica, hace unos 10.000 años14 y la región andina de Sudamérica, hace unos 5.500 años.15 Hace 5.000 y 6.000 años, se formaron los grandes grupos lingüísticos indoamericanos.16
En América se desarrollaron importantes civilizaciones como Caral (la ciudad más antigua de América), los anasazi, indios Pueblo, quimbaya, Nazca, Chimú, Chavín, Paracas, Mochica, Wari, Lima, Zapoteca, Mixteca, Totonaca, Tolteca, Olmeca y Chibcha y las avanzadas civilizaciones correspondientes a los imperios de Teotihuacán, Tiahuanaco, Maya, Azteca e Inca, entre muchos otros.
Algunos historiadores sostienen que la colonización vikinga en América fue la primera proveniente del actual territorio europeo, aunque existen teorías que sostienen presencia anterior.17 Erik el Rojo habría establecido las primeras colonias en Groenlandia en el año 985. Su hijo, Leif Eriksson habría establecido colonias en la actual Terranova alrededor del año 1000, las que finalmente desaparecerían con el pasar de los años.
Cristóbal Colón toma posesión de la isla Guanahani
A partir de la llegada de Cristóbal Colón a América el 12 de octubre de 1492, la introducción de nuevas enfermedades como la viruela produjo una catástrofe demográfica que algunos investigadores estiman hasta en la muerte de un 93% de la población.18 En ese marco, algunos imperios europeos conquistaron y colonizaron una parte del continente ocupada por culturas y civilizaciones ya asentadas. España derrotó a las grandes civilizaciones Azteca e Inca y estableció su Imperio a lo largo de toda la costa del Pacífico y la cuenca del Río de la Plata, mientras Portugal colonizaría la franja costera de lo que hoy es Brasil. Francia estableció algunas colonias en la franja costera atlántica desde la actual Canadá hasta el norte de Brasil. El Reino Unido se estableció en la costa oriental de Norteamérica y en algunos sectores de la costa caribeña. Holanda y Dinamarca establecieron colonias en pequeñas islas del Caribe y Rusia finalmente conquistó la zona de Alaska. Los jesuitas organizaron en la región del Alto Paraná una red de misiones-ciudades, habitadas exclusivamente por sacerdotes e indígenas guaraníes con uso exclusivo del idioma guaraní, de gran autonomía, que fueron consideradas como un Estado dentro del Imperio Español.
Hay que señalar también que la conquista europea fue rechazada en diversas partes del continente. Varios pueblos originarios resistieron exitosamente las invasiones europeas sobre vastos territorios, y mantuvieron el dominio sobre ellos hasta fines del siglo XIX. La Patagonia, la llanura pampeana, el Mato Grosso, la región Amazónica y las grandes praderas del oeste norteamericano, permanecieron bajo el dominio de naciones como la Mapuche, Het, Ranquel, Wichí, Qom, amazónicos, algonquinos, Aopi, Comanche, Inuit, etc.
Las enfermedades introducidas por los europeos, como la viruela, causaron la mortandad masiva de las poblaciones originarias y un colapso demográfico que según algunos investigadores superó el 90% de la población total.19
Declaración de Independencia de los Estados Unidos. Abrió camino al fin del colonialismo
También se instalaron en América del Sur repúblicas de pueblos de origen africano que lograron huir de la esclavitud a la que habían sido reducidos por los portugueses, como el Quilombo de los Palmares o el Quilombo de Macaco.
Luego de tres siglos de dominio colonial, los pueblos americanos comenzaron a declarar su independencia reclamando su derecho para organizarse como estados nacionales, enfrentando militarmente a las potencias europeas, abriendo de ese modo el proceso mundial de descolonización. Las primeras en hacerlo fueron las Trece Colonias británicas mediante la Revolución Americana que dio origen a los Estados Unidos, en 1776, organizando un nuevo tipo de sociedad a partir de conceptos políticos novedosos como independencia, constitución, federalismo y derechos del Hombre.
Simón Bolívar, uno de los líderes de la emancipación latinoamericana.
En 1804 los esclavos de origen africano de Haití se sublevaron contra los colonos franceses, declarando la independencia de este país y creando el primer estado moderno con gobernantes afroamericanos.
A partir de 1809 los pueblos bajo dominio de España llevaron adelante una Guerra de Independencia Hispanoamericana, de alcance continental, que llevó, luego de complejos procesos, a la surgimiento de varias naciones: Argentina, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Chile, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela. En 1844 y 1898 el proceso se completaría con la independencia de República Dominicana y Cuba, respectivamente.
En 1816 se conformó un enorme estado independiente sudamericano, denominado Gran Colombia, y que abarcó los territorios de los actuales Panamá, Colombia, Venezuela y Ecuador. La República se disolvió en 1830.
En 1822 Brasil se organizó como monarquía independiente, el Imperio del Brasil, al disolverse el Reino Unido de Portugal, Brasil y Algarve, hasta 1889 cuando la monarquía fue abolida para establecer una república. Por su parte, Estados Unidos y Gran Bretaña negociaron en 1867 un proceso de independencia con restricciones para Canadá, que se fue consolidando durante el siglo XX.
En la segunda mitad del siglo XX, debido a la presión del proceso de descolonización impulsado por las Naciones Unidas, varios pueblos del Caribe obtuvieron su independencia de Gran Bretaña: Belice, Antigua y Barbuda, Bahamas, Barbados, Granada, Jamaica, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Trinidad y Tobago. Simultáneamente, se independizaron Surinam de los Países Bajos y Guyana del Reino Unido. En la actualidad, aún existen varios pueblos y territorios bajo dominio colonial británico, francés y neerlandés.
Tras su emancipación los países de América han seguido un desarrollo dispar entre sí. Durante el siglo XIX Estados Unidos se afianzó como un potencia de carácter mundial y reemplazó a Europa como poder dominante en la región.
El siglo XX vio incrementarse la diferencia en el desarrollo de Norteamérica con respecto al resto del continente. Así, mientras Estados Unidos se convirtió en superpotencia mundial desde mediados de siglo, América Latina y el Caribe se conformó como la región con mayor desigualdad social del mundo, incluyendo países, como Haití o Bolivia, que registran índices de desarrollo que se encuentran entre los más bajos del planeta.
1.2.16.-TRATADO DE PARÍS.
Tratado de Meaux-París de 1229, en el que se pactó la integración del territorio occitano en la corona francesa.
La cruzada albigense (denominación derivada de Albi, ciudad situada en el suroeste de Francia), también conocida como cruzada cátara o cruzada contra los cátaros, fue un conflicto armado que tuvo lugar entre los años 1209 y 1244, por iniciativa del papa Inocencio III con el apoyo de la dinastía de los Capetos (reyes de Francia en la época), con el fin de reducir por la fuerza el catarismo, un movimiento religioso calificado como herejía por la Iglesia Católica y asentado desde el siglo XII en los territorios feudales del Languedoc; favoreciendo la expansión hacia el sur de las posesiones de la monarquía capetana y sus vasallos.
Existen diversos tratados que reciben el nombre de Tratado de París:
Tratado de París (1229) – fin de la Cruzada Albigense
Tratado de París (1259) – entre Enrique III de Inglaterra y Luis IX de Francia
Tratado de París (1657) – Inglaterra y Francia se alían militarmente para atacar las posiciones españolas en Flandes
Tratado de París (1763) – fin de la Guerra de los Siete Años
Tratado de París (1783) o Tratado de Versalles (1783) – fin de la Guerra de Independencia de los Estados Unidos
Tratado de París (1796) – rendición de Cerdeña a las tropas francesas de Napoleón Bonaparte
Tratado de París (1810) – fin de la guerra entre Francia y Suecia
Tratado de París (1814) – fin de la guerra entre Francia y la Sexta Coalición
Tratado de París (1815) – tras la derrota de Napoleón en Waterloo
Tratado de París (1856) o Congreso de París – fin de la Guerra de Crimea
Tratado de París (1898) – fin de la Guerra Hispano-Estadounidense (también llamada Guerra de Cuba)
Tratado de París (1920) – que unificó Besarabia y Rumania
Tratado de París (1947) – entre los aliados y los países vencidos en la Segunda Guerra Mundial con excepción de Alemania.
Tratado de París (1951) – que dio origen a la Comunidad Europea del Carbón y del Acero
Acuerdos de paz de París (1973) – por los que se puso fin a la guerra de Vietnam.
1.2.17.-CONFERENCIA DE LA HAYA.
Se conoce con ese nombre a las dos conferencias sostenidas por diversos Estados en los años de 1899 y 1907. Se inspiran en los trabajos de la Conferencia de Bruselas de 1874 sobre limitación de armamentos, propuesta por el Zar Alejandro II. La propuesta de la primera conferencia fue enviada por el Conde Mouravieff, a nombre del Zar Nicolás II, en un documento conocido como la circular Mouravieff.
Aunque se logró avanzar en el tema de la reglamentación de la guerra y la creación de un tribunal internacional de arbitraje, no se logró el objetivo principal de la Conferencia, la limitación de los armamentos. En 1904, la Unión Interparlamentaria, reunida en San Luis Missouri, sugirió al presidente Theodore Roosevelt iniciar los contactos para una segunda conferencia que resolviera los temas pendientes de la conferencia de 1899. La Guerra Ruso-Japonesa de 1905 retrasó la celebración de la segunda Conferencia. El gobierno ruso cabildeó la realización de esta segunda conferencia, para lo cual el Zar Nicolás II envió a su consejero privado, el profesor Feodor Fedorovich Martens, a recorrer las capitales europeas durante el otoño de 1906 para convencer a las potencias de la necesidad de una nueva conferencia.
1.2.18.-PRIMERA GUERRA MUNDIAL.
La Primera Guerra Mundial fue un conflicto armado que tuvo lugar entre 1914 y 1918, y que produjo más de 10 millones de bajas.3 Más de 60 millones de soldados europeos fueron movilizados desde 1914 hasta 1918. Originado en Europa por la rivalidad entre las potencias imperialistas, se transformó en el primero en cubrir más de la mitad del planeta. Fue en su momento el conflicto más sangriento de la historia. Antes de la Segunda Guerra Mundial, esta guerra solía llamarse la Gran Guerra o la Guerra de Guerras.
La guerra comenzó como un enfrentamiento entre Austria-Hungría y Serbia. Rusia se unió al conflicto, pues se consideraba protectora de los países eslavos y deseaba socavar la posición de Austria-Hungría en los Balcanes. Tras la declaración de guerra austrohúngara a Rusia el 1 de agosto de 1914, el conflicto se transformó en un enfrentamiento militar a escala europea. Alemania respondió a Rusia con la guerra, obligada por un pacto secreto contraído con la monarquía de los Habsburgo, y Francia se movilizó para apoyar a su aliada. Las hostilidades involucraron a 32 países, 28 de ellos denominados «Aliados»: Francia, Gran Bretaña, Rusia, Serbia, Bélgica, Canadá, Portugal, Japón, Estados Unidos (desde 1917), así como Italia, que había abandonado la Triple Alianza. Este grupo se enfrentó a la coalición de las «Potencias Centrales», integrada por los imperios Austrohúngaro, Alemán y Otomano, acompañados por Bulgaria.
1.2.19.-SEGUNDA GUERRA MUNDIAL.
La Segunda Guerra Mundial fue el conflicto armado más grande y sangriento de la historia mundial, en el que se enfrentaron las Potencias Aliadas y las Potencias del Eje, entre 1939 y 1945. Fuerzas armadas de más de setenta países participaron en combates aéreos, navales y terrestres. Por efecto de la guerra murió alrededor del 2% de la población mundial de la época (unos 60 millones de personas), en su mayor parte civiles. Como conflicto mundial comenzó el 1 de septiembre de 1939.
Las causas de la Segunda Guerra Mundial más inmediatas al estallido de la misma son, por una parte, la invasión a Polonia por parte de los alemanes, y los ataques japoneses contra China, los Estados Unidos de América y las colonias británicas y holandesas en Asia. La Segunda Guerra Mundial estalló después de que estas acciones agresivas recibieran como respuesta una declaración de guerra, una resistencia armada o ambas por parte de los países agredidos y aquellos con los que mantenían tratados. En un primer momento, los países aliados estaban formados tan sólo por Polonia, Gran Bretaña y Francia, mientras que las fuerzas del Eje consistían únicamente en Alemania e Italia, unidas en una alianza mediante el Pacto de Acero.1
A medida que la guerra progresó, los países que iban entrando en la misma (al ser de forma voluntaria, o al ser atacados) se alinearon en uno de los dos bandos, dependiendo de su propia situación. Ese fue el caso de los Estados Unidos y la URSS, atacados respectivamente por Japón y Alemania. Algunos países, como Hungría, cambiaron su alineamiento en las fases finales de la guerra.
1.3- Concepto General del Derecho Internacional Público
El Derecho Internacional es la colección de razones jurídicas internacionales que regulan las leyes de los estados, y otros sujetos de derecho internacional, y que son representados por sus cortes supremas.
Está integrado por acuerdos entre estados –tales como tratados internacionales (denominados tratados, pactos, convenios, cartas), memorándum o memoranda (según el caso), intercambio de notas diplomáticas, enmiendas, anexos y protocolos de tratados, entre otros– como también por la costumbre internacional, que se compone a su vez de la práctica de los Estados que éstos reconocen como obligatoria, y por los principios generales del derecho.
Además, en el ámbito multilateral, el derecho internacional se nutre de los acuerdos a los que lleguen los Estados en el marco de los organismos internacionales a que pertenezcan y, dentro de éstos, de aquellos acuerdos que se comprometen a aplicar.
En ambos casos, bilateral o multilateral, el nivel adquirido al comprometerse un Estado es el de poner en vigor la norma acordada en su propio territorio y aplicarla por encima de las normas nacionales.
1.4.- Los Clásicos del Derecho Internacional
Algunos de los representantes más importantes de ésta concepción clásica fueron: Charles Rousseau, Paul Fauchille, Antonio Truyol y Serra, Bonfils, Carlos Calvo, Manuel Francisco Mármol, Kelsen, Korovín y Fermín Toro.
1.4.1.-SAN AGUSTÍN.
Nació el 13 de noviembre de 354 en Tagaste, pequeña ciudad de Numidia en el África romana. Su padre, llamado Patricio, no era religioso cuando nació su hijo. Su madre, Santa Mónica es puesta por la Iglesia como ejemplo de "mujer cristiana", de piedad y bondad probadas, madre abnegada y preocupada siempre por el bienestar de su familia, aún bajo las circunstancias más adversas. Mónica le enseñó a su hijo los principios básicos de la religión cristiana y al ver cómo el joven Agustín se separaba del camino del cristianismo se entregó a la oración constante en medio de un gran sufrimiento. Años más tarde Agustín se llamará a sí mismo "El hijo de las lágrimas de su madre".[cita requerida]
San Agustín estaba dotado de una gran imaginación y de una extraordinaria inteligencia. Se destacó en el estudio de las letras. Mostró un gran interés hacia la literatura, especialmente la griega clásica y poseía gran elocuencia. Sus primeros triunfos tuvieron como escenario Madaura y Cartago. Durante sus años de estudiante en Cartago desarrolló una irresistible atracción hacia el teatro. Al mismo tiempo, gustaba en gran medida de recibir halagos y la fama, que encontró fácilmente en aquellos primeros años de su juventud. Allí mismo en Cartago se destacó por su genio retórico y sobresalió en concursos poéticos y certámenes públicos. Aunque se dejaba llevar ciegamente por las pasiones humanas y mundanas, y seguía abiertamente los impulsos de su espíritu sensual y mujeriego, no abandonó sus estudios, especialmente los de filosofía. El propio Agustín hace una crítica muy dura y amarga de esta etapa de su juventud en sus Confesiones.
1.4.2.-SANTO TOMAS DE AQUINO.
Tomás, conocido en italiano como Tommaso D'Aquino, nació en 1225 en Roccasecca, un castillo situado en la cumbre de una montaña, cerca de Aquino, Italia.2 Su familia pertenecía a la nobleza napolitana. Hijo del Conde Landuf de Aquino, estudió en el monasterio de Montecasino y después en la Universidad de Nápoles. En el año 1244 tomó el hábito de la Orden de Predicadores y conoció a Alberto Magno, con quien estudiaría en Colonia. Se ha dicho que muy pocos filósofos o teólogos han logrado escribir esa cantidad de trabajos, de tan alta calidad, en el plazo que lo hizo Aquino, un poco menos de tres décadas.
Después de su muerte, algunas tesis de Tomás de Aquino fueron condenadas por el obispo de París, Étienne Tempier, quien en 1277 lanzó una gran condena de 219 tesis respecto a la Universidad de París. A pesar de esto (era una condena importante, pero local), Tomás de Aquino fue canonizado el 18 de enero de 1323. Las condenas de 1277 fueron levantas en lo que respecta a Tomás de Aquino el 14 de febrero de 1325.
1.4.3.-BARTOLO DE SASSOFERRATO.
Bartolo de Sassoferrato o de Saxoferrato (Venatura, pueblo cercano a Saxoferrato, 1313 – Perusa, 13 de julio de 1357). Fue un profesor italiano de Derecho. Uno de los juristas más prominentes de la Edad Media.
A pesar de su corta vida, Bartolo dejó una cantidad extraordinaria de trabajos. Escribió comentarios sobre todas las partes del Corpus Iuris Civilis (excepto las Instituciones de Justiniano). También es autor de una gran cantidad de tratados sobre temas específicos. Entre estos tratados está su famoso libro de leyes fluviales (De fluminibus seu Tyberiadis). También hay casi 400 opiniones jurídicas (consilia) escritas a solicitud de particulares que buscaban consejos jurídicos.
Bartolo desarrolló muchos conceptos legales nuevos, que se convirtieron en parte de la costumbre de Derecho civil. Entre sus contribuciones destacan las referentes a conflictos de leyes (un campo de gran importancia en la Italia del siglo XIV, en donde cada ciudad-estado tenía su propia normativa y costumbres).
Bartolo también trabajó varios temas de Derecho constitucional. En su tratado De insigniis et armis trata no sólo de las normas sobre armas, sino también algunos problemas de Derecho de marcas.
1.4.4.-BALDO.
1.4.5.-MAQUIAVELO.
Nicolás Maquiavelo (en italiano Niccolò di Bernardo dei Machiavelli) (Florencia, 3 de mayo de 1469 – Florencia, 21 de junio de 1527) fue un diplomático, funcionario público, filósofo político y escritor italiano.
Abogado, perteneciente a una empobrecida rama de una antigua familia influyente de Florencia
Aunque Maquiavelo nunca lo dijo, se le atribuye la frase "el fin justifica los medios", ya que resume muchas de sus ideas.
Se considera a Maquiavelo como uno de los teóricos políticos más notables del Renacimiento, pues con su aporte se abre camino a la modernidad en su concepción política y a la reestructuración social.
Tradicionalmente, se ha encontrado una aporía en el pensamiento maquiaveliano como consecuencia de la difícil conciliación de sus dos obras principales, los Discursos sobre la primera década de Tito Livio y El príncipe.
En los Discursos, Maquiavelo se declara partidario de la república, partiendo del supuesto de que toda comunidad tiene dos espíritus contrapuestos: el del pueblo y el de los grandes (que quieren gobernar al pueblo), que están en constante conflicto. Para Maquiavelo el mejor régimen es una República bien organizada (toma como ejemplo la República Romana), aquella que logre dar participación a los dos partidos de la comunidad para de esta manera contener el conflicto político dentro de la esfera pública.
Maquiavelo señala, y de aquí la calificación de bien organizada, que es primordial que en dicha república se disponga de las instituciones necesarias para canalizar el conflicto dentro de las mismas sin las cuales la república se desarmaría. Ninguna de las otras formas de gobierno como la aristocracia, la tiranía, la democracia o la monarquía logran el equilibrio de los partidos dentro del régimen por lo que son inestables.
1.5.- Los creadores del Derecho Internacional
FRAY BARTOLOMÉ DE LAS CASAS, FERNANDO VÁZQUEZ DE MENCHACA, FRANCISCO SUAREZ, ALBERICO GENTILI, FRANCISCO DE VICTORIA.
1.5.1.-FRANCISCO DE VICTORIA.
Ingresó en la orden de los Dominicos en 1504, que ejerció gran influencia en su época y en años posteriores. Recibió desde niño una buena formación humanística.
La dignidad y los problemas morales de la condición humana fue el eje en torno al que se desarrolló su obra. Fue especialmente influyente por sus aportaciones jurídicas, aunque también tuvieron gran repercusión sus estudios sobre teología y sobre aspectos morales de la economía. No escribió personalmente todas sus obras, sino que nos han llegado recogidas por sus alumnos o por secretarios a partir de sus lecciones y relecciones (repeticiones que resumían al final del curso las lecciones del año). Sus enseñanzas y métodos pedagógicos dieron su fruto en forma de numerosos teólogos, juristas y universitarios a los que bien enseñó directamente o bien se vieron influidos por sus teorías (Melchor Cano, Domingo Báñez, Domingo de Soto, Francisco Suárez, etc), formando la llamada Escuela de Salamanca.
Fue enviado a París, donde estudió artes y teología. Regresó a España en 1523 como profesor de teología en el colegio de San Gregorio de Valladolid, hasta que en 1526 obtuvo la cátedra de teología de Salamanca. Introdujo la Summa Theologiae de Tomás de Aquino como el libro de texto básico en teología. Puesto que en aquel entonces Salamanca era una de las universidades más prestigiosas de España y Europa, el tomismo fue pronto adoptado por otras.
1.5.2.-FRAY BARTOLOMÉ DE LAS CASAS.
Fue un fraile dominico español, cronista, teólogo, obispo de Chiapas (México), filósofo, jurista y apologista de los indios.
Junto con Francisco de Vitoria, Bartolomé de las Casas es considerado como uno de los fundadores del derecho internacional moderno.12 Aunque desde perspectivas opuestas, ambos se ocuparon del problema alrededor del cual emergió el derecho de gentes en la época moderna: la definición de las relaciones entre los imperios europeos y los pueblos del llamado "Nuevo Mundo". Esta tarea requería de la creación de un marco jurídico suficientemente amplio como para ser válido al mismo tiempo para europeos y aborígenes.13 La tradición legal que fue usada para tal fin fue precisamente la del derecho natural, la cual fue tomada del derecho medieval y la filosofía estoica. De las Casas consideró que los indígenas tenían uso de razón, tanto como los antiguos griegos y romanos, y que como criaturas racionales eran seres humanos. Como tales, los indígenas estaban cobijados por el derecho natural y eran titulares de los derechos a la libertad y a nombrar sus autoridades.
1.5.3.-FERNANDO VÁZQUEZ DE MENCHACA.
Considerado como uno de los juristas más sabios de su época, Felipe II confirmó esta opinión enviándole al Concilio de Trento. La Academia de Legislación y Jurisprudencia reserva un título con su nombre para los juristas más destacados. Fue uno de los exponentes más destacados de la Escuela de Salamanca.
Fernando Vázquez de Menchaca estudia la prescripción como forma jurídica que da origen a la propiedad, esto es, la norma legal de conceder la posesión de un bien a quien lleva tiempo disfrutándolo. Esta es la vieja idea escolástica de que en los primeros estadios de la humanidad, por derecho natural, todo es común, sin que existiera allí división alguna de propiedades. La división de propiedades se efectuó por derecho de gentes secundario, un derecho que para Vázquez de Menchaca tiene la consideración similar al derecho civil.
También se ha de resaltar su discusión sobre la imposibilidad de apropiación de los mares por cuanto fue fuente de inspiración para Grocio. A través de él, los planteamientos de Menchaca iban a esparcirse durante el siglo XVII a todo el continente en "la gran batalla libresca" en torno a la libertad de los mares.
1.5.4.-FRANCISCO SUAREZ.
Conocido como Doctor Eximius (Granada, 5 de enero de 1548 – † Lisboa, 25 de septiembre de 1617), teólogo, filósofo y jurista español.
Su gran obra jurídica De legibus ac Deo legislatore, muy fecunda para la doctrina iusnaturalista y el derecho internacional, se encuentra ya la idea del pacto social, y realiza un análisis más avanzado que sus precursores del concepto de soberanía: el poder es dado por Dios a toda la comunidad política y no solamente a determinadas personas, con lo que esboza el principio de la democracia contra cesaristas, legistas, maquiavelistas y luteranistas. Distingue entre ley eterna, ley natural, derecho de gentes, ley positiva humana (derecho civil y derecho canónico) y ley positiva divina (la del Antiguo y Nuevo Testamento).
1.5.5.-ALBERICO GENTILI.
Alberico Gentili (en la actualidad justa y unánimemente reconocido como amo de los más destacados fundadores del moderno Derecho internacional)
•Nació en San Ginesio, región de las Marcas (Italia), el 14 de enero de 1552 (i).
Por el año 1569 emprendió en la Universidad de Perusa sus estudios de Derecho, obteniendo el título de doctor en Derecho civil el 23 de septiembre de 1572 {
1.6.- Otros clásicos del Derecho Internacional
Grocio, Puffendorf y Burlamaqui, Emmerich de Vattel su Derecho de Gentes, hace un análisis de la responsabilidad derivada del ejercicio de una guerra injusta. Empieza con el análisis de la responsabilidad del soberano, o en este caso de aquel ente del gobierno en quien resida la decisión de declarar o iniciar una guerra en contra de otra nación.
1.6.1.-HUGO GROCIO.
Jurista, escritor y poeta holandés Fue un niño prodigio; a los 9 años conocía la poética y hacía versos de calidad; comenzó sus estudios de Derecho a los 11 años, en Leiden (Holanda) en 1594, y se graduó cuatro años más tarde en Orleans (Francia) en Jurisprudencia y Filosofía, habiendo además aprobado los cursos de Astrología, Matemáticas y Teología. En 1599 empezó a ejercer de jurista en La Haya. En 1609 publicó de forma anónima Mare liberum, breve tratado donde afirmaba que el mar no era propiedad de nadie, sino territorio internacional que todas las naciones eran libres de aprovechar el mar, tesis a la que se opuso el inglés John Selden, en Mare clausum. La disputa sobre la propiedad o nacionalidad de las aguas tenían un trasfondo económico, ya que afectaba al comercio internacional. Mare liberum es parte de un obra mayor, De iure praede, inédita hasta 1868. En 1613 hizo parte de una misión diplomática a Inglaterra.
1.6.2.-RICARDO ZOUCH.
1.6.3.-TOMAS HOBBES.
Thomas Hobbes (5 de abril de 1588 — 4 de diciembre de 1679), fue un filósofo inglés, cuya obra Leviatán (1651) estableció la fundación de la mayor parte de la filosofía política occidental. Es el teórico por excelencia del absolutismo político.
Hobbes es recordado por su obra sobre la filosofía política, aunque también contribuyó en una amplia gama de campos, incluyendo historia, geometría, teología, ética, filosofía
Más tarde diría respecto a su nacimiento: "El miedo y yo nacimos gemelos", dado que su madre dio a luz de forma prematura por el terror que infundía la Armada Invencible española acercándose a costas británicas.
Ha sido considerado a lo largo de la Historia del pensamiento como una persona oscura, de hecho en 1666 en Inglaterra se quemaron sus libros por considerarle ateo. Posteriormente, tras su muerte, se vuelven a quemar públicamente sus obras. En vida Hobbes tuvo dos grandes enemigos contra los que mantuvo fuertes tensiones: la Iglesia de Inglaterra y la Universidad de Oxford. La obra de Hobbes, no obstante, es considerada como línea de ruptura con la Edad Media y sus descripciones de la realidad de la época son brutales. Estuvo siempre en contacto con la Real Sociedad de Londres, sociedad científica fundada en Su visión del estado de naturaleza anterior a la organización social es la "guerra de todos contra todos", la vida en ese estado es solitaria, pobre, brutal y breve. Habla del derecho de naturaleza, como la libertad de utilizar el poder que cada uno tiene para garantizar la auto conservación. Cuando el hombre se da cuenta de que no puede seguir viviendo en un estado de guerra civil continua, surge la ley de naturaleza, que limita al hombre a no realizar ningún acto que atente contra su vida o la de los otros. De esto se deriva la segunda ley de naturaleza, en la cual cada hombre renuncia o transfiere su derecho a un poder absoluto que le garantice el estado de paz. Así surge el contrato social en Hobbes. Junto con los Dos Tratados sobre el Gobierno Civil de John Locke y El contrato social de Rousseau, el Leviatán es una de las primeras obras de entidad que abordan el origen de la sociedad.
1.6.4.-SAMUEL RACHEL.
1.6.5.-CORNELIUS VAN BYNKERSHOEK.
Cornelius Van Bynkershoek (1673 – 1743). Fue sin duda el autor más distinguido de su época, y uno de los que más influyeron en la doctrina del derecho marítimo internacional. Desde muy joven ejerció la judicatura como magistrado del tribunal supremo de la provincia de Zelandia, actividad que había de proporcionarle claridad de estilo y precisión en la fórmula.
En 1721 da a la luz Bynkershoek un segundo ensayo, de foro legatorum, destinado al estudio de la institución diplomática, que ha sido juzgado como excelente tratado.
En 1737 publica su obra más importante, questiones juris publici, que contiene la esencia de su pensamiento sobre el derecho de gentes. Ya puede advertirse en este autor una correcta identificación entre el jus gentium y el Derecho Internacional.
Las aportaciones de este autor al Derecho Internacional son muy de tomarse en cuenta. El es el creador, por ejemplo, de la noción del mar territorial. Desarrolla hábilmente el concepto de neutralidad, que habría de convertirse en clásico. También su manejo de la institución del bloqueo es muy aceptable. El tema de las presas marítimas también es tratado con eficacia por el maestro holandés. Sobre los pactos internacionales escribió con lucidez y penetración, refiriéndose con alguna extensión al difícil punto de la cláusula rebus sic stantibus.
Bynkershoek fue un autor de mucho éxito, por la forma sencilla y clara con que están redactadas sus obras. Muchas resoluciones internacionales y de la suprema corte de los estados unidos se han fundado sobre las enseñanzas de este brillante y práctico jurista.
1.6.6.-CRISTIAN WOLFF.
Christian Wolf (1679 – 1754). Podría ser considerado este autor como el último naturalista, con características propias muy especiales. Su obra principal es jus gentium metodo cientifica pertractatum (1749).
1.6.7.-AMÉRICO DE VATTEL.
Emerich de Vattel. El suizo Vattel (1714 – 1767) es sin duda una de las más destacadas figuras entre los autores clásicos, y ofrece la particularidad de enlazar la época antigua con la contemporánea.
Vattel es un liberal contractualista. De ahí que su idea de igualdad de los estados esté fundada precisamente en la noción del estado de naturaleza, en la que todos los miembros viven juntos y no reconocen otras leyes que las de la naturaleza misma o las del autor de ella. Empero, al dejar de lado el concepto Wolfiano de civitas máxima, y al suplantarlo por la idea naturalista de "sociedad de naciones", no llena de ninguna manera el hueco que queda con el abandono de la idea de comunidad. En el sistema de Vattel, cada estado conserva su individualidad independiente, y este principio habría de conducir a un retroceso en la ciencia del Derecho Internacional.
1.6.8.-JUAN JACOBO MOSER.
MOSER, JUAN JACOBO
Nació en Stutgard, Alemania en 1701; publicista, se le conocen las obras: "Antiguo derecho público de Alemania", "Vida de Moser", "Plan de la Constitución Moderna de Alemania", etc.
1.6.9.-JORGE FEDERICO VON MARTENS.
1.6.10.-CARLOS CALVO.
Carlos Calvo (26 de febrero de 1824, Montevideo – 2 de mayo de 1906, París) jurista, diplomático e historiador que se educó y actuó en la vida pública de la Argentina.
Fue uno de los fundadores del Instituto de Derecho Internacional Público de Gante (Bélgica) en 1873. Además fue miembro de la Academia de Ciencias Morales y Políticas del Instituto de Francia y de la Real Academia de la Historia de España. En 1884 participó en el Congreso de Gante del Institut de Droit International.
OBJETIVO ESPECÍFICO DEL TEMA
El alumno deberá estudiar los antecedentes de la materia de estudio y así comprender la evolución que ha tenido el derecho internacional a lo largo de la historia, específicamente en la época contemporánea.
INTRODUCCIÓN AL TEMA
En la antigüedad no existía un derecho internacional propiamente dicho, ya que no existía una comunidad internacional. Si tomamos en cuenta las más grandes civilizaciones de la época, llegamos a Grecia y Roma, civilizaciones que consideraban a los pueblos aledaños como vasallos o pueblos dominados. Sin embargo, la historia comprueba la aplicación, en los primeros grupos primitivos, de un principio denominado "ubi jus ibi societas " (en español: "donde hay derecho hay sociedad ").Entre las fuentes más antiguas del derecho internacional que se hayan debidamente comprobado encontramos el tratado de Eannatum, rey de Lagash en Mesopotamia, y Umma, en el año 3100 A.C. El punto más importante del tratado fue la inviolabilidad de las fronteras. Los tratados en esa época se escribían sobre tablas de yeso o en los diversos monumentos. La mayor parte de los tratados consistían en acuerdos sobre fronteras, en el establecimiento de estados vasallos, tratados de paz (como el de la alianza, celebrado en 1,292 AC, entre Ramsés II y Hatusil), y se establece una noción de arbitraje, asilo, misiones diplomáticas, la extradición y la protección a extranjeros. La mayor parte de estos tratados de formalizaban bajo actos o juramentos religiosos.
AUTOEVALUACIÓN
1. Defina que es el derecho internacional pública.
El Derecho Internacional Público es el conjunto de normas que regulan las relaciones entre los Estados y demás sujetos internacionales (Seara Vázquez)
El DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO Es aquella rama del derecho que regula el comportamiento de los Estados y demás sujetos atípicos (sujetos especiales ejemplo: el cónsul se considera especial, si se suscita una controversia se aplica el Derecho Internacional Publico
Establezca los orígenes del Derecho Internacional
Podemos afirmar la existencia de dos posiciones:
a. Algunos autores sostienen que este derecho existe desde que los pueblos primitivos mantuvieron relaciones comerciales, establecieron alianzas, sometieron sus problemas a la decisión de un tercero, respetaron las inviolabilidad de sus enviados, etc.
b. Quienes niegan la existencia del derecho internacional en la antigüedad y ubican su origen a partir del momento en que se dan los supuestos básicos para la existencia de un sistema tal cual funciona en la actualidad: una pluralidad de estados nacionales que se reconocen como jurídicamente iguales, que se atribuyen en exclusividad el atributo de soberanía y que están dispuestos a regular sus relaciones por normas jurídicas, sin menoscabar por ello su carácter de soberanos. Estos autores sitúan el momento histórico en que esos hechos se dan y aparece el derecho internacional a partir del siglo XVI o, más precisamente, a mediados del siglo XVII, con los tratados de Westfalia de 1648.
2. ¿Qué es el derecho internacional clásico?
Las relaciones internacionales en este período se caracterizan por integrarse en un esquema homogéneo de equilibrio de poder multipolar, con epicentro en Europa, donde las potencias compiten entre sí limitadas por estrictas reglas de juego, a partir de las cuales se lanzan a la conquista y colonización de la periferia.
Para regular estas relaciones, Europa crea un sistema jurídico: el derecho internacional clásico, el cual es impuesto también a los demás estados no europeos, ya sea por gravitación de poder o a través de dominio colonial.
En principio los individuos no son sujetos inmediatos de sus normas, por lo tanto el DIP se define como el conjunto de normas o principios que regulan las relaciones jurídicas de los estados entre sí (al hablar de estados nos referimos a ellos como únicas entidades del D.I.P; ya que para ese entonces las organizaciones internacionales y las personas particulares entre otras no forman parte del mismo); es decir, que el Derecho Internacional comprende especialmente normas establecidas por vía consuetudinaria para regular las relaciones entre los estados, creando obligaciones, responsabilidades y derechos para todos los estados. Algunos de los representantes más importantes de ésta concepción clásica fueron: Charles Rousseau, Paul Fauchille, Antonio Truyol y Serra, Bonfils, Carlos Calvo, Manuel Francisco Mármol, Kelsen, Korovín y Fermín Toro.
Definición
3. ¿Qué es el Derecho internacional contemporáneo?
En este período se crea la Organización de las Naciones Unidas (ONU), que pretende constituir un foro universal y democrático en el que se encuentren representados todos los estados.
Los artículos 1 y 2 de la Carta de las Naciones Unidas constituyen la base ideológica que propiciará cambios jurídicos revolucionarios. La carta sienta los siguiente principios: cooperación internacional de todos los estados para el mantenimiento de la paz y seguridad internacionales; reafirmación del principio de igualdad soberana y jurídica de los Estados; se prohíbe el uso y la amenaza del uso de la fuerza en las relaciones internacionales.
A partir de la década de los 1960, y basándose en la Carta de la ONU, una gran cantidad de estados nacen a la vida independiente, cuando se produce el fenómeno político de la descolonización. Con el surgimiento de estos nuevos estados, la ecuación política de poder en el mundo cambia.
Se está ante un sistema heterogéneo de poder, distribuido en dos centros: Estados Unidos y la URSS.
4. Defina al derecho internacional en el siglo XXI.
En un contexto internacional marcado por las consecuencias de los atentados del 11 de septiembre y por la controversia generada por las políticas de la administración de los Estados Unidos en materia de restricción de derechos, reconocidos por diversos tratados internacionales, en su lucha contra el terrorismo internacional, en particular en el caso de los presos de Guantánamo o el llamado de los vuelos de la CIA, la comunidad internacional ha podido sin embargo avanzar en el desarrollo de nuevos derechos universales, como el derecho de toda persona a no ser objeto de desaparición forzada, según la "Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas", firmada en París en febrero del 20071 o en la disponibilidad de nuevos organismos, como la Corte Penal Internacional que, aunque fue constituída por el Tratado de Roma de 1998, no formó su tribunal de magistrados sino hasta el 2003. a este derecho se le puede sumar las diferentes situaciones que actualmente se presentan en el mundo globalizado
5.-Mencione por lo menos a 3 autores clásicos del derecho internacional.
Emmerich de Vattel, Hans kelsen y Maquiavelo
6. ¿Qué papel jugo el derecho internacional en las guerras mundiales primera y segunda?
La Primera Guerra Mundial demostró la fragilidad del sistema de seguridad en el que se confiaba para evitarla, y las violaciones de los acuerdos evidenciaron que el equilibrio ya no era un regulado óptimo.
A su término, se intenta realizar un reordenamiento de los centros de poder, afianzando las organizaciones internacionales, afirmando el derecho y estableciendo un sistema de seguridad colectiva que procure la paz por otras vías distintas a aquellas que fracasaron.
Se crea la Sociedad de Naciones sobre la idea de la cooperación internacional, dando facultades a sus órganos para prevenir y evitar la guerra, e instaurando el primer sistema de solución pacífica de controversias: la Corte Permanente de Justicia Internacional.
A pesar de los intentos por restaurar el sistema de equilibrio internacional, no se logran los objetivos y se produce la Segunda Guerra Mundial
En este período se crea la Organización de las Naciones Unidas (ONU), que pretende constituir un foro universal y democrático en el que se encuentren representados todos los estados.
Los artículos 1 y 2 de la Carta de las Naciones Unidas constituyen la base ideológica que propiciará cambios jurídicos revolucionarios. La carta sienta los siguiente principios: cooperación internacional de todos los estados para el mantenimiento de la paz y seguridad internacionales; reafirmación del principio de igualdad soberana y jurídica de los Estados; se prohíbe el uso y la amenaza del uso de la fuerza en las relaciones internacionales.
7. ¿Qué fue la revolución francesa?
La Revolución francesa fue un conflicto social y político, con diversos periodos de violencia, que convulsionó Francia y, por extensión de sus implicaciones, a otras numerosas naciones de Europa que enfrentaban a partidarios y opositores del sistema denominado del Antiguo Régimen. Se inició con la autoproclamación del Tercer Estado como Asamblea Nacional en 1789 y finalizó con el golpe de estado de Napoleón Bonaparte en 1799.
Se redactó en 1793 una nueva Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano, y una nueva constitución de tipo democrático que reconocía el sufragio universal.
8. ¿Qué es la conferencia de la Haya?
Se conoce con ese nombre a las dos conferencias sostenidas por diversos Estados en los años de 1899 y 1907. Se inspiran en los trabajos de la Conferencia de Bruselas de 1874 sobre limitación de armamentos, propuesta por el Zar Alejandro II. La propuesta de la primera conferencia fue enviada por el Conde Mouravieff, a nombre del Zar Nicolás II, en un documento conocido como la circular Mouravieff.
9. ¿Qué fue el congreso de Viena?
El Congreso de Viena fue un encuentro internacional celebrado en la ciudad austriaca de Viena, convocado con el objetivo de restablecer las fronteras de Europa tras la derrota de Napoleón I y reorganizar la forma e ideologías políticas del Antiguo Régimen. La reunión se llevó a cabo del 1 de octubre de 1814 al 9 de junio de 1815. Los acuerdos tuvieron vigencia en los territorios de Europa Central y del Este hasta el final de la Primera Guerra Mundial.
10. Mencione por lo menos tres creadores del derecho internacional
FRANCISCO DE VICTORIA, FRAY BARTOLOMÉ DE LAS CASAS, FERNANDO VÁZQUEZ DE MENCHACA, FRANCISCO SUAREZ,ALBERICO GENTILI.
11. que plasma los tratados de Westfalia
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