Elementos esenciales de la disciplina
Si el adolescente tiene que aprender lo que la sociedad espera de él, y sentirse motivado a controlar su conducta para conformarla con las expectativas, la disciplina tiene que incluir cuatro elementos esenciales: enseñanza de los conceptos morales, recompensa por la conducta aprobada socialmente, castigo por actos perversos intencionales y coherencia de las expectativas sociales.
Enseñanza de los conceptos morales
Muchos adolescentes creen, que cuando uno llega a la adolescencia ya ha aprendido lo que el correcto e incorrecto y que no necesita una preparación moral adicional. Esta opinión está muy alejada de la verdad. A medida que los horizontes sociales del adolescente se amplían, los adolescentes deben conocer cuáles son los límites en muchas nuevas situaciones y hasta donde llega la tolerancia de la sociedad. La función de las reglas y leyes es la de instruir al adolescente acerca de esos límites, no solo la de restringir una conducta indeseable.
Si el adolescente aprende que no se puede fumar dentro de la escuela, que está obligado a llegar a su casa antes de las 11 cuando va a la escuela nocturna y que hay cierto límite de velocidad para conducir un auto dentro de la ciudad, sabe entonces que es lo que se espera de él. Es posible que no esté de acuerdo con estas normas legales y que intente violarlas, pero es consciente de que va a tener que enfrentar algunas consecuencias si lo hace.
Recompensa por la conducta socialmente aprobada
Las recompensas tienen dos fines: son instructivas, porque informan al adolescente que su conducta ha tenido la aprobación social y que se la considera "buena"; y afirman el yo porque estimulan al adolescente para que continué actuando de la misma manera.
Algunos adultos creen que las recompensas hacen sentir vanidosos y otros piensan que las amenazas de castigo, más bien que los premios, son una motivación más poderosa para el mantenimiento de la buena conducta.
Pero de acuerdo con las evidencias, las recompensas no traen malas consecuencias, por el contrario, proporcionan una fuerte motivación para conformarse a las expectativas de la sociedad. Sin embargo, las recompensas deben ser adecuadas a la etapa evolutiva.
Las recompensas materiales (ropa, dinero, música, etc) son aceptables en general para el adolescente si tienen un valor prestigioso para el grupo de pares. La mejor recompensa para los adolescentes es el elogio. Muchas veces los comentarios de los padres y adultos sobre los adolescentes son más críticos, por lo tanto, una actitud amable es un alivio para el adolescente. La alabanza no solo afirma al yo sino que tiene un gran valor educacional.
Castigo de las malas acciones
El castigo tiene dos funciones principales: disuade de repetir acciones socialmente indeseables y muestra al adolescente que es lo que el grupo social considera una mala acción. Si el castigo ha de incitar al adolescente a evitar una conducta que la sociedad no aprueba, el debe considerar el castigo como justo y merecido. De otra manera, su resentimiento debilitara su deseo de no reincidir en el futuro. La severidad del castigo, debe ser coherente con la gravedad de la mala acción, por ejemplo, el castigo no debe ser tan severo por llegar tarde a clase como por cometer fraude.
Con demasiada frecuencia, el castigo es impuesto por un adulto que está enojado por la acción del adolescente. En tal caso, la severidad de la pena refleja más el estado emocional del adulto que la gravedad de la acción. Además, los adultos suelen juzgar las malas acciones en función de sus propios valores (no de los del grupo de pares) y aplican castigos de conformidad con ellos.
Si se desea que el castigo ayude al individuo a obtener el autocontrol, entonces debe reunir determinadas características:
Debe tener relación con la mala acción.
Ha de ser cierto y coherente.
Ha de ser limpio y justo a juicio del adolescente.
Debe ser impersonal.
Tiene que ser constructivo y llevar al control interno.
Debe ser demorado hasta que se comprenda el motivo del infractor.
No debe suscitar un indebido acceso de temor.
No debe significar la imposición de trabajos extraordinarios no relacionados con el acto que provoca el castigo.
El castigo se aplica con menor frecuencia a medida que los adolescentes se acercan a la madurez legal. Los varones de toda edad sufren más castigos que las chicas y también tienden a ser más rebeldes que estas respecto de las normas legales y los reglamentos.
Cuando el adolescente piensa que el castigo es justo y merecido tienden a aceptarlo y no guarda rencor ni interpreta que el correctivo es una señal de desamor por parte de sus mayores, tampoco busca vengarse aunque muchas veces el adolescente rebelde e inmaduro mientras más se le castigo más desobediente es.
Coherencia de las expectativas sociales
La importancia de la coherencia en la disciplina reside en que el adolescente se informa cuáles son sus límites y libertades. Proporciona al adolescente una sensación de seguridad y elimina la confusión. Le enseña que existe un ordenamiento moral en el mundo.
La falta de coherencia hace que el joven pierda el respeto tanto a quienes lo disciplina como a sus reglas.
DISCIPLINA
Los métodos para el control de la conducta juvenil pueden ser distribuidos en tres sistemas generales: el autoritario, el democrático, el permisivo. Difieren por la forma en que tratan de controlar la conducta y actúan de manera distinta sobre el adolescente.
La elección de algunos de los sistemas de control depende en gran parte del empleado cuando el adolescente era un niño. Ejemplo: Si sus padres estuvieron convencidos de que el control autoritario era el mejor método para educar a los niños o también si concurrió a una escuela donde las normas eran severas, hay probabilidades de que sea sometido a un control análogo como adolescente.
Los métodos disciplinarios varían según el lugar de residencia de la familia, su composición, su status socioeconómico y muchos otros factores.
a) Disciplina autoritaria:
Poco o ningún intento se hace de explicar al adolescente el fundamento de la regla que debe obedecer. Se supone que la violación de reglas es intencional y que el adolescente no tiene oportunidad de explicar su conducta. El castigo es casi siempre corporal, a menudo riguroso y a veces cruel. No se dan recompensas (ni siquiera palabras de elogio) por la buena conducta.
b) Disciplina democrática:
Existe el convencimiento de que el adolescente tiene derecho a saber porque se le impone determinada regla. Antes de la administración de un castigo, el adolescente tiene la oportunidad de explicar porque ha actuado contra la norma. La pena tiene relación con el acto cometido y su severidad iguala la gravedad del acto. En los casos de buena conducta el adolescente recibe recompensas, principalmente en forma de elogios.
c) Disciplina permisiva:
Los padres o los docentes no establecen regla alguna; se permite que el adolescente haga lo que considera correcto. El castigo es raro porque no existen reglas que puedan violarse. Existe el convencimiento de que el infractor aprenderá de las consecuencias de su proceder que este es incorrecto.
No se dan recompensas por las buenas conductas; se cree que la aprobación social será suficiente recompensa.
El adolescente deja de seguir una moral impuesta y recibida, para llegar a una libre aceptación de aquellas normas morales que él piensa justas y necesarias.
Su capacidad de razonamiento y de comprensión, que le hacen inteligibles las normas abstractas y generales, permiten al adolescente ser más independientes en sus juicios.
El proceso de independencia de los padres y de los adultos hace que asiente sobre nuevas bases, los valores morales y la conducta correspondiente.
Pero, en correlación con las experiencias sociales de grupo, el adolescente tiende en los primeros tiempos, a asemejarse a los amigos o compañeros y a compartir la escala de valores que el grupo vive.
Progresando más, da el paso, de una regla impuesta por el ambiente social, a una regla interna que brota de la conciencia autónoma.
La conciencia de obediencia y obligación del niño, se convierte en conciencia del deber.
El adolescente no llega de improviso a una moral personal. Tres son las fases de este proceso:
Rechazo de la moral familiar.
Conformismo con la moral del grupo.
Coherencia con su propia escala de valores.
Al desarrollarse la imagen ideal de sí mismo, el adolescente desarrolla también una conciencia moral que no se mantiene por el miedo al castigo, sino que se funde con el deseo de realizar un ideal propio.
Si ha elegido una carrera, sabe que ha de esforzarse para seguirla, sabe que si falla en esto, está actuando en contra del estilo de vida que él mismo ha escogido. El centro de gravedad de la conciencia moral se ha centrado finalmente en el Yo: "Yo obedezco únicamente a mi propia conciencia".
Significado de los valores:
Un valor es parte del comportamiento de la persona que lo ayuda a portarse bien o mal.
En la vida existen valores como por ejemplo:
· Lo bueno y lo malo
· La verdad y la mentira
· Lo honesto y lo deshonesto, etc.
¿Cómo se forman los valores?
Los valores se van formando desde la niñez paso a paso hasta llegar a la adolescencia, para eso es necesario orientar mediante:
* Mensaje a los padres.
* Educación en la casa.
* Educación en la escuela.
* Relación con los amigos.
El adolescente como parte de su crecimiento y aprendizaje cuestiona y rechaza algunos valores que padres, profesores y personas mayores le inculcan y enseñan. Es una forma de encontrar independencia y es precisamente en esta etapa que trata de imitar otras formas o modelos de comportamiento que ve en los artistas, líderes, y donde muchas veces se ve influenciado equivocadamente. Por tal motivo es que es necesario formar estos valores desde etapas iniciales de la vida.
¿Que desea, que espera, que sueña el adolescente? Las esperanzas de los adultos y de la sociedad, el influjo del ambiente, las oportunidades que se les ofrecen, los valores e ideales del grupo en que se siente identificado, explican solo en parte lo que él sueña.
"Durante la infancia el niño actúa imitando los modelos que se les ofrecen. Más tarde, asume una importancia extraordinaria él estimulo que viene de las recompensas prometidas o esperadas".
Pero el adolescente es capaz de ampliar este estrecho horizonte. Es él quien se construye ahora otra escala de valores, se ve distinto de cómo lo ven los padres o maestros y educadores.
Espera hallar un camino que le conduzca a la conquista de su propia identidad y le capacite para realizarse según un plan o un proyecto suyo propio.
El adolescente quiere ser "él" mismo.
El idealismo es una cualidad frecuente y elogiable, pero muchos de los adolescentes son tan elevados que forzosamente han de terminar en una amarga desilusión.
Cuando sea más maduro, pondrá la imagen o ideal de sí mismo y sus aspiraciones, más al nivel de la realidad encontrara el equilibrio entre lo real y lo ideal, cuando aprenda, de los fracasos y las desilusiones lo que le es realmente posible.
Hasta los niños en la edad escolar, sueñan con ser pilotos, exploradores, campeones de fútbol o capitanes de navío, etc. Pero, solamente en el adolescente mayor, estos proyectos empiezan a aterrizar y orientar la personalidad todavía inmadura.
Se puede concluir que la delincuencia es el producto de crisis en el hogar, la escuela y la sociedad.
Los actos delictivos de los jóvenes son manifestaciones de venganza contra la autoridad, el egoísmo, la intransigencia.
Esta forma de manifestarse en contra de lo que le parece injusto se debe a que el adolescente no posee dominio de sí, le atraen las emociones fuertes y el grupo influye poderosamente sobre él.
El joven generalmente, rechaza los consejos de los padres y demás adultos por considerarlos anticuados, por estas en el "viejazo", sin embargo, tiene una gran necesidad de cariño, comprensión, ayuda y comunicación con sus padres u otras personas mayores.
SOCIEDAD
En la mayoría de los filmes las proporciones esenciales de los personajes se relacionan con el erotismo y el crimen. Se diría que la mayor parte de las películas están destinadas a enseñar al espectador la técnica de la seducción o de los asesinatos.
Debido a la gran fuerza de sugestión de las imágenes en movimiento, las personas que verán esas películas difícilmente escaparan a pesar de que las acciones representadas (por exageradas que sean) son un índice de lo que sucede en la vida corriente y que, al fin y al cabo, se puede uno inspirar un poco en esa realidad
La exclusión social, debida a la cesantía o a la marginación prolongada; lo que se esconde tras esto es un profundo sentimiento de frustración que puede derivar en conductas violentas y otros delitos.
El abandono escolar, el analfabetismo y las deficientes cualidades intelectuales que impiden una inserción laboral digna.
La carencia de un ambiente adecuado al interior de la familia que permita formar personas sociables; hay cambios en los valores sociales inculcados a los hijos y las formas de comunicación giran en torno a la violencia y a la poca tolerancia o desinterés.
También está la violencia intrafamiliar, que también es una causa importante de violencia en la calle: los niños y jóvenes maltratados serán personas más violentas y con alto riesgo de delincuencia. La ruptura de vínculo social en los barrios, es decir, la desaparición de la vida de vecindario.
DESEMPLEO
El desempleo es una enfermedad política. Este y la consiguiente pérdida de autoestima surten efectos en la salud mental y física de los jóvenes trabajadores. Además, el tener mala salud impide también que los jóvenes trabajadores encuentren empleo.
La falta de ingresos provenientes de la situación de desempleo significa que los jóvenes trabajadores no pueden asumirse bien por sí mismos. Los jóvenes desempleados viven en la pobreza y cuando se enferman no tienen medios para costear un tratamiento. El desempleo crea asimismo un sentimiento de falta de control sobre la vida, lo cual lleva a situaciones de estrés y depresión, lo cual en ocasiones lleva al círculo vicioso de drogas para saciar la depresión- robar para conseguir las drogas – delincuencia.
Este sentimiento provoca reacciones diferentes entre los jóvenes trabajadores: enfadarse con sus amigos o con su familia, echarse a la droga o pensar en el suicidio
Asimismo, es importante que las inversiones se orienten a proyectos que permitan incrementar las capacidades productivas del país en correspondencia con las necesidades de la población. Dado el proceso irreversible de globalización y la creciente integración comercial de la economía con otros países industrializados y en desarrollo, la elevación de la competitividad del aparato productivo nacional constituye un factor estratégico fundamental para el logro de los objetivos de empleo. Esta competitividad será resultado de los mayores niveles de productividad, calidad e innovatividad que puedan generarse en los diferentes sectores productivos; proceso para el cual se requiere, entre otros factores, de un mejor aprovechamiento de los recursos humanos.
Las decisiones de inversiones privadas y públicas dependerán tanto de las expectativas de estabilidad macroeconómica, expansión de los mercados y certidumbre jurídica, como de la disponibilidad de recursos.
En este sentido, deberá mantenerse un marco macroeconómico estable, consolidar al sistema financiero, alentar el ahorro interno, generar recursos de largo plazo para proyectos de maduración prolongada, además de utilizar el ahorro externo como complemento y no sustituto de los recursos internos.
CAPÍTULO 2
Teorías predominantes de la delincuencia
INTRODUCCION
La conducta del hombre como todos sabemos, desde tiempos remotos siempre ha preocupado a los estudiosos y siempre ha sido de estudio y criticas. De ahí es que intervienen las Escuelas Jurídico Penales, según Jimenes de Asua. El término de causal-explicativas, normativas y aplicativas provienen del estudio de la naturaleza de la conducta humana.
El desenvolvimiento humano y el origen del hecho humano son objeto de estudio de la ciencia causal – explicativa y su única limitación radica en su propio radio de estudio. Los comportamientos que están basados o regulados en las normas legales, son los que estudia la ciencia normativa; y su campo de estudio es menos amplio que el de la ciencia causal-explicativa porque no pasan del marco normativo.
Por último tenemos las ciencias aplicativas que son un conjunto de técnicas, que utilizan el material científico de que las otras ciencias aportan, para ayudar al desenvolvimiento de las interrogantes que en ellas se podrían plantear.
Tenemos que la criminología nos ayuda a estudiar el delito, sin que esto signifique que este sea de objeto exclusivo de estudio de la criminología. La ciencia causal – explicativa trataría de explicar al delito en sus orígenes y desarrollo dentro de la sociedad que lo produce; La ciencia normativa estudiaría los modelos de comportamiento humano que la ley describe como delito y todas las sanciones que se podrían aplicar para cada comportamiento establecido y la ciencia aplicativa se ocuparía en indagar las circunstancias temporo – espaciales, instrumentales y personales en que se realizo el hecho punible. Así tenemos que la criminología es una ciencia causal – explicativa, el derecho penal es una ciencia normativa y la criminalística es una ciencia aplicativa.
DESARROLLO Y EVOLUCIÓN
Historia de La Criminología. Escuelas jurídico penales. Escuela Clásica
Escuela Positiva
Inteligencia y Delincuencia
Teoría de la Sexualidad de los niños y psicoanálisis ( SIGMUND FREUD)
Criminología Clínica
Teoría del Aprendizaje
Escuela Ecléctica
Escuela Social
Escuela Annommica
Escuela Ecológica.
HISTORIA DE LA CRIMINOLOGIA
La lucha del delito y la preocupación científica de este fueron objetivos que las ciencias normativas trataron alcanzar y se dio durante la antigüedad y la edad media. Tal fue la importancia que se dio a esos problemas que ilustres filósofos de la época dieron su opinión al respecto del problema de los delincuentes y el castigo que a estos se le debieran de aplicar, para mencionar algunos de los filósofos tenemos por ejemplo a HESIODO, PITAGORAS, HERACLICO, PROTAGORAS, SOCRATES, PLATON Y ARISTOTELES. Lo que si falto en esta época fue el sentido científico realista que es un presupuesto para la investigación criminología, por falta de este sentido científico realista no se pudo coleccionar sistemáticamente las experiencias.
Tenemos que las bases de la filosofía del derecho penal dadas por TOMAS DE AQUINO en la escolástica le paso lo mismo que a la anterior, solo que esta se dio en la época medieval. Damos comienzo en la edad moderna, estimuladas por la ilustración, pero con una verdadera intensidad solo en el siglo XIX, es aquí que los fenómenos reales entran en investigación, estos fenómenos abarcaban tanto el plano físico y psíquico que están en conexión con el delito.
En estas ilustraciones tuvo su mejor influencia la obra del jurista milanes CESARE BECCARIA, Trattato dei delitti e delle pene, 1764; En alemán: Uber Verbrechen und strafen, 1870; [En español hay varias traducciones: la primera de 1774; otras en1820, 1821, 1822, 1851, 1879 (por PASCUAL VICENT, siguiendo la versión de 1862, de CESAR CANTU: De los delitos y de las penas), 1945 (Buenos Aires)]. La criminología, como podemos observar no se exterioriza de una manera independiente, sistemáticamente cultivada. Sino que se deriva de diversas ramas de la investigación humana, hasta que al final se llega a reunir todas estas piezas dispersas y con ello se desarrolla una disciplina propia, llamada criminología. Ahora como ramas más importante de la criminología podemos mencionar: Las investigaciones medicas, con importancia en la Medicina Legal; La Antropología, Psiquiatría, Biología hereditaria, de las llamadas Psicología médica y de la caracterología.
Ya en la antigüedad se ocuparon los médicos de cuestiones medico legales aisladas y fueron llamados n algunos casos como expertos. En 1249 se tomo juramento s H. v. LUCCA en Bolonia para la redacción de dictámenes medicolegales y B. de VARIGNANA (muerto en 1318) practico la primera autopsia para la comprobación de un envenenamiento.
En su mayoría tenemos que LOMBROSO es siempre o en la mayoría de los casos nombrado como fundador de la criminología científica. Claro está que al hacerlo no es justo dejar en lo oculto el que antes de él ya habían sido elaborada la materia en los decenios anteriores a el por mucho investigadores de numerosas ramas.
Tenemos por ejemplo a MOREL, que con investigaciones propias, hizo reflexiones como las de LOMBROSO pero con la diferencia que se permaneció en la oscuridad. También, llevado por la fuerte intensión político – criminal, JEREMIAS BENTHAN, propuso reformas al sistema legal y penal inglés, mientras su compañero de ciencia, HOWAR con su obra States of Prisons in England and Wales de 1777, impulso a los movimientos de reformas. (El Estado de las prisiones en Inglaterra y Gales). Los intentos de implicar al hombre en la criminología científica era la primordial importancia de esta. Como ejemplo de estos intentos tenemos a LAVATER, con sus primeras publicaciones el 1775 de Fisonomía y los trabajos de GALL cuya obra principal apareció en 1882, llamada Les fonctions du cerveau (Las funciones del cerebro). GALL es señalado como el verdadero fundador de la antropología criminal, el cual anteriormente se ocupo de la Frenología, a la cual se le aplico el medio de prisiones Lauvergne en 1841. El crimen era una determinada forma de degeneración hereditaria en el individuo o incluso en su familia, esta teoría está apoyada por MOREL. Los cráneos de los criminales tenían particularidades, y estas fueron halladas por el neurólogo y patólogo BROCA. En 1869 se hizo investigaciones sobre 464 cráneos de criminales las cuales las hizo WILSON, y el médico de prisión escocés THOMSOM en 1870 publicó en el Journal of Mental Science el resultado de sus observaciones sobre más de 5,000 presos.
La tesis de la locura moral (Schwachsinn), fue publicada por PRICHARD en 1835. NICOLSON entre 1873 y 1875 publico sus trabajos sobre la vida psíquica del criminal y su tendencia a la locura, imbecilidad y ausencia de sensibilidad. Otros que proporcionaron fundamento para la doctrina de LOMBROSO fueron obras como las de P. J. CABANIS, Ph. PINEL, ESQUIROL, GRIESINGER, J. J. MOREAU de TOUR y sobre todo, MOREL, quienes entre otros se ocuparon de los problemas de la psiquiatría forense.
GUERRY para el estudio de la criminalista partió de unos principios completamente distintos a los conocidos. Fue en 1833 en su obra ESSAI SUR LA STATISTIQUE MORALE DE LA FRANCE y en la principal de QUETELET, SUR L'HOMME ET LE DE VELOPPEMENT DE LA FACULTES OU ESSAI DE PHAYSIQUE SOCIALE, 1836. Por parte de Alemania VON MAYR, fue conocido particularmente con su obra Estadística de la Policía Judicial en el Reino de Baviera, dada esta obra en el ano de 1867, y su posterior obra llamada la regularidad en la vida social, en 1877.
Tenemos que las ciencias del espíritu eran las que dominaban la toma de posición ante hechos criminológicos, aunque también se dio el caso que en los cien años anteriores a LOMBROSO también se daba una importancia, aunque de una manera menos expresiva de la toma de posición de los hechos criminológicos, pero con aspiraciones por un camino Empírico. Gracias a los investigadores de Antropología Médica, Psiquiatría, como Psicología Temprana y Sociología, se ocuparon de los planteamientos criminológicos.
En la sociedad siempre se busca el estudio del crimen y los criminales y esto le concierne a la criminología, buscando la delincuencia juvenil y las causas del delito. Hasta llegar a la teoría de que la interrelaciones de las personas, grupos y la sociedad en la cual viven y funcionan son las principales causas de que se cometa un delito.
Como decíamos anteriormente en la antigüedad se pensaba que el delito, se le atribuían a los defectos físicos y mentales y que era l producto de los rasgos hereditarios. Pero no hay de qué preocuparse puesto que tales afirmaciones hoy en día no son tomadas como positivas sino mas bien son rechazadas. Llegada a esta conclusión porque el delito, por que el delito se aprende y no se hereda. Las explicaciones sociológicas son las que se oponen a la creencia del delito hereditario.
La criminología es una ciencia muy nueva y de la cual podemos ver que se basa en dos áreas de búsquedas, que son distintas pero están relacionadas entre sí, la primera esta el estudio de la naturaleza del delito dentro de la sociedad y la segunda es el estudio de los delincuentes desde un punto de vista psicológico. Ambas de estas teorías son más descriptivas que analíticas.
Los eruditos de la materia estudian el comportamiento humano desde una perspectiva clínica y sino desde una perspectiva legalistica por esa razón es una ciencia que no es exacta. La ley utilizando estas perspectiva llegan a la conclusiones que conductas son criminales y cuáles no, de allí es que los científicos tratan de formular sus razones de porque ciertas personas violan la ley.
De acuerdo con las creencias y sus necesidades, hablando de la sociedad, podríamos decir que es legal o ilegal. Aunque tenemos que el código penal posee nociones firmes del mal y del bien, observando que no todo lo malo en sentido moral es criminal y algunos actos que por lo general no se consideran malos pueden ser penalizados.
Se ha llegado a comparar el estudio d un delito con el de la moda o hasta con algo mucho más siniestro como por ejemplo el poder económico. Pero hay que tener en cuenta que dependiendo de los diferentes comportamientos, así serán las diferentes causas del delito. En Hispanoamérica, podemos mencionar como gran un gran criminólogo a JOSE INGENIEROS, puesto que fue el primero en Hispanoamérica. También en Cuba se han impreso libros de criminología, aunque su valor científico sea escaso podemos mencionar a RICARDO A. OXAMENDI y el de J. MORALES COELLO.
Bueno, después del congreso de criminología celebrado en París en el año 1950, proliferan los libros de criminología en estos países con características apuntadas, teniendo en cuenta que son en realidad la transcripción de los libros de otros autores. Pero aun falta para que la verdadera criminología del hombre hispanoamericano se haga, pero tenemos que anunciar a LUIS CARLOS PEREZ, utiliza datos sobre la criminalidad de menores y mujeres en Colombia, de los bolivianos, HUARCAR CAJIAS, que divide su obra en una sección d biología criminal y sociología criminal y HUGO CESAR CADIMA que hasta ahora solo tiene en su primer tomo la introducción y la antropología criminal; y el muy conocido profesor venezolano JOSE RAFAEL MENDOSA, que expuso un libro con gran mérito expositivo.
Para una mejor comprensión de la criminología entraremos al estudio de las escuelas jurídico penales, puesto que los conceptos puramente jurídicos van entrelazados con los criminológicos y de allí se parte del análisis de los problemas normativos.
Para JIMENES DE ASUA, las escuelas jurídico penales son: "El cuerpo orgánico de concepciones contrapuestas sobre la legitimidad del derecho de pensar sobre la naturaleza del delito y sobre el fin de las sanciones". El rápido desarrollo de las escuelas jurídico penales en el siglo XX, se debió a las continuas confrontaciones, algunas de violencia, de las diversas escuelas jurídico penales.
Unos de los avances más importante que se obtuvo de la lucha de las escuelas jurídico -penales consistió en la delimitación de los campos, en la precisión de métodos y en la colaboración entre profesionales, puesto que anteriormente trabajaban dispersos. SAINZ CANTERO nos define escuela jurídico penales en un sentido más amplio "LA DIRECCION DE PENSAMIENTO QUE TIENE UNA DETERMINADA DIRECCION, TRABAJA CON UN METODO PECULIAR Y RESPONDE A UNOS DETERMINADOS PRESUPUESTOS FILOSOFICOS-PENALES". Una de las corrientes que están actualmente en desprestigio son las "jurídico-criminológica" que pretende hacer de la criminología una ciencia auxiliar, que se dediquen a estudiar dogmas y códigos penales.
LA ESCUELA CLASICA
En los siglos XVII y XVIII surgieron nuevas clases sociales, como por ejemplo los mercaderes, banqueros y los hombres de negocio (los burgueses), llamada esta época como la Era de las Luces. El esfuerzo de mucho trabajo, el pensamiento racional fueron causas que hizo que la Ética Protestante despertara para que las personas alcanzaran su éxito personal. Comenzaron a surgir nuevos cambios en la manera de pensar, alcanzando un auge las ciencias en la búsqueda de las normas legales y desplazando los erróneos caminos de Dios. Gracias a esto se dieron cuenta que el hombre a través de la razón experimento los dolores y placeres, por tal motivo el Estado dejo de ser observado como una entidad divina, que imponía sus castigos y reglas para todos los ciudadanos, sino que se exigió que siguiera los dictados de la razón.
La reforma clásica tuvo sus inicios en la última mitad del siglo XVIII en Inglaterra e Italia y se extendió a Europa Occidental y ha EUA de allí en adelante. Teniendo en cuenta que lo más importante es que la Escuela Clásica no existió como tal desde el punto de vista histórico, sino que gracias a ENRRICO FERRI, que comenzó a llamarle clásicos a los juristas prepositivistas y posteriores a BECCARIA. BECCARIA en 1764 escribió una obra con el nombre de De Delitos y Castigos, esta obra fue escrita tan solo cuando el constaba con 26 años de edad. El trataba de encontrar la igualdad de todos los ciudadanos ante la ley, Escribir las leyes para que pudiera ser comprendida por todos los individuos y no solo por máximos juristas y sobre todo que la interpretación de esta no se pudiera dar de una forma desviada a la moral por los juristas o jueces y por último el de limitar el ámbito de las leyes penales al mínimo necesario para minimizar el delito. Podemos decir que gracias a la Escuela Clásica se dio la terminación de la barbarie y la injusticia que el derecho penal representaba, procuro la humanizaron por medio del respeto a la ley, del reconocimiento a las garantías individuales y de la limitación al poder absoluto del Estado. Al hablar de los representantes de la Escuela Clásica todos estamos de acuerdo con que fue gracias a BECCARIA, sentando los principios de esta gran corriente el "DIVINO MARQUEZ". BETHAM, aporto con su obra "TEORIA DE LAS PENAS Y DE LAS RECOMPENSAS" escrita en 1840 y ROMAGNOSI, con "GENESIS DEL DIRITTO PENALE" en 1837.
El profesor de Bolonia, Ginebra y París que es asesinado por sus pensamiento políticos, fue el que escribió el primer gran clásico reconocido por todos, fue el, profesor PELLEGRINO ROSSI (1787-1848).ROSSI consideraba que existía un orden moral que todos los seres libres e inteligentes debíamos de seguir, pensando así que estos ordenes debían aplicarse en la sociedad, puesto que todos los individuos estamos hechos para vivir en sociedad. Dando así que gracias a esto surja un orden obligatorio para toda una sociedad y del cual se derivarían todos los derechos y obligaciones.
Otro ilustre representante tenemos a GIOVANNI CARMIGNANI, que nos trata de explicar que el castigo que se le impone a un criminal por el delito que cometió no se hace con el ánimo de tomar una venganza sino la de prevenir a que en un futuro no se realice otros delitos semejantes, este ilustre representante fue profesor de Pisa, y en sus Elmenta iuris criminalis hace la necesidad del orden social como la fuente y de la ley moral como el limite.
Hay otro autor que piensa que la capacidad de juzgar le pertenece al superior pero no niega que todo hombre al ser tal es inteligente y puede juzgar por igual, para ROSINI el fundamento del derecho de castigar es el eterno principio de la justicia. Y este autor el que sienta bases para la Escuela Clásica, con su obra Filosofía del Diritto escrita en 1839 por ANTONIO ROSINI.
Dentro de los escritores clásicos más destacados tenemos a FRANCISCO CARRARA (1805-1888), que en 1859 escribió Programa di Diritto Criminale, lo cual llevo a su verdadera esencia jurídica al Derecho Penal y son tan importantes porque cuando se hace referencia a la Escuela Clásica son las doctrinas de CARRARA las que se someten a exámenes.
CARRARA, nos confiesa "No me ocupo de cuestiones filosóficas: presupongo aceptada la doctrina del libre arbitrio y de la imputabilidad moral del hombre, y sobre esta base edificada la ciencia criminal, que mal se construiría sin aquella". Según carrara delito es "la infracción de la ley del estado, promulgada para proteger la seguridad de los ciudadanos, resultante de un acto externo del hombre, positivo o negativo, moralmente imputable o políticamente engañoso". No tenemos que olvidar a otros autores que dieron luz y brillo a la Escuela Clásica, que son BRUSA, TOLOMEI, PESSINA, MITTERMAINER, BERNER, HALSCHNER, BIRKMEYER, ORTOLAN Y TYSSOT. Esta Escuela Clásica tiene por postulados:
1. El encontrar sus bases filosóficas en el Derecho Natural.
2. Un respeto absoluto al principio de legalidad.
3. Ver al delito como un ente jurídico y no como un ente filosófico.
4. El libre albedrío.
5. La aplicación de las penas a los individuos moralmente responsables.
6. Los que carezcan de libre albedrío como por ejemplo los locos y los niños quedan excluidos del Derecho.
7. La pena es la retribución que se hace al criminal por el mal que hizo en la sociedad.
8. La retribución debe ser exacta.
9. "Las penas son sanciones aflictivas determinadas, ciertas, ejemplares, proporcionales, deben reunir los requisitos de publicidad, certeza, prontitud, fraccionabilidad y reparabilidad, y en su ejecución deben ser correctivas, inmutable e improrrogables".
10. La finalidad de la pena es restablecer el orden social externo que ha sido roto por el delincuente.
11. El Derecho de castigar pertenece al Estado titulo de tutela jurídica.
12. El Derecho Penal es garantía de libertad, ya que asegura la seguridad jurídica ante la autoridad.
13. Se considera que el método debe ser lógico-abstracto, silogístico y deductivo.
LA ESCUELA POSITIVA
LA ESCUELA POSITIVA. Esta es todo lo contrario a la Escuela Clásica, la Escuela Positiva si tuvo una existencia real, con un grupo de juristas que retaron a otros juristas del campo para poder imponer sus ideas. Una clase de intelectuales que hacen de LOMBROSO un jefe y sus conocimientos una doctrina.
FERRI nos dice que "La escuela positiva consiste en lo siguiente: estudiar al delito, primero en su génesis natural, y después en sus efectos jurídicos, para adaptar jurídicamente a las varias causas que lo producen los diversos remedios, que por consiguientes serán eficaces". Debido a los excesos de la Escuela Clásica, nace la Escuela Positiva. Todo se debió al abuso de la dogmática, al olvido del hombre delincuente a sus creencias de haber de haber agotado la problemática jurídico-penal. El principal medio de difusión de esta escuela fue la revista "Archivi di psichiatria, scienze penali e antropologia criminale".
La vida de esta escuela ha sido agitada y fecunda, llena de aciertos y de errores también, así como ha tenido muchos que la apoyan también están los que la contradicen. Otra conocimiento que FERRI nos explica es: "La escuela criminal positivano consiste únicamente, en el estudio antropológico del criminal, pues constituye una renovación completa, un cambio radical de método científico en el estudio de la patología social criminal, y de los que hay de más eficaz entre los remedios sociales y jurídico que nos ofrece. la ciencia de los delitos y de las penas era una exposición doctrinal de silogismos, dados a luz por la fuerza exclusiva de la fantasía lógica; nuestra escuela ha hecho de ello una ciencia de observación positiva, que, fundándose en la antropología, la psicología y la estadística criminal, y así de como el derecho penal y los estudios penitenciarios, llega a ser la ciencia sintética que yo mismo la llamo sociología criminal, y así esta ciencia, aplicando el método positivo al estudio del delito, del delincuente y del medio, no hace otra cosa que llevar a la ciencia criminal clásica el soplo vivificador de las ultimas e irrefragables conquistas hechas por la ciencia del hombre y de la sociedad, renovada por las doctrinas evolucionistas".
Dentro de los representantes e esta escuela, tenemos a LOMBROSO, FERRI Y GAROFALO, esto no quiere decir que sean todos sino que con ellos son con los cuales se marca el principio de una corriente que llegaría con fuerza hasta nuestros días. Los postulados de esta escuela son:
– La Escuela Positiva se caracteriza por su método científico. – El delito es un hecho de la naturaleza y debe estudiarse como un ente real, actual y existente. – Su determinismo, es totalmente determinista esta escuela. – Sustituye la responsabilidad moral por la responsabilidad social, puesto que el hombre vive en sociedad y será responsablemente social mientras viva en sociedad. – El hecho de que si no hay responsabilidad moral, no quiere decir que se pueden quedar excluido del derecho. – El concepto de Pena se sustituye por el de sanción. – La sanción va de acuerdo a la peligrosidad del criminal. – Estas deben durar mientras dure la peligrosidad del delincuente, y por eso son de duración indeterminada. – La ley penal no restablece el orden jurídico, sino que tiene por misión la de combatir la criminalidad considerada como fenómeno social. – El derecho a imponer sanciones pertenece al Estado a titulo de defensa social. – Más importante que las penas son los substitutivos penales. – Se acepta "tipos" criminales. – La legislación penal debe estar basada en los estudios antropológicos y sociológicos. – El método es inductivo – experimental.
INTELIGENCIA Y DELINCUENCIA
HARRY GODLAND, indico que la incapacidad mental es la principal causa única de la criminalidad. GODLAND, realizó un estudio entre los años 1910 y 1914 dentro de los cuales, estudió a 150 mil reclusos condenados. Y encontró que un 50% de estos tenía deficiencia mental. Los postulados de esta Teoría son:
1. El débil mental sería un tipo de delincuente.
2. Las personas nacen débil mental o con una inteligencia normal.
3. En la mayoría de las ocasiones estas personas conocen los delitos peligrosos de asalto y los delitos sexuales.
4. Los débiles mentales cometen estos delitos por la falta de los factores inhibitorios sociales; sobre todo este no puede exteriorizar los que esta descrito como bueno o como malo.
5. No tienen la capacidad de prever la consecuencia de sus actos y por lo tanto la amenaza penal no tiene efecto sobre esta clase de individuo.
6. Son personas muy sugestionables y cualquier criminal más inteligente que él lo puede llevar a cometer un delito.
7. Por ser débil mental, en los barrios donde existe una criminalidad alta, lo hace por imitación.
Los inteligentes tienen la capacidad para ocultar la criminalidad pero los débiles mentales carecen de ella.
TEORIA DE LA SEXUALIDAD DE LOS NINOS Y PSICOANALISIS (SIGMUND FREUD).
La teoría de la sexualidad de los niños fue entendida cuando se desarrollo la teoría de la sexualidad humana. Donde dice que hay un "yo" un "ello" y un "súper-ello". El ego viene de la realidad pero se relaciona con el ello y el súper-ello. Según esto, muestra relaciones infantiles con nuestros padres. Vivimos del pasado, puesto que somos susceptibles a este ya que la niñez influye en nuestra vida adulta. Sin embargo ofrece una libertad de esclavitud infantil del pasado pero debemos tratar de salvar el yo individual de nuestras fuerzas salvajes y de la sociedad.
La explicación de la teoría: Tenemos que el ser humano en su comienzo fue o era solo instinto, de allí el va creando otros instintos psíquicos; el "ello" (ID) lo más primitivo y el "yo" (ego) creado después, sobre la base que primero solo éramos animales y después se desarrollo, pero nunca se dejo de tener instintos solo que lo teníamos en forma inconsciente. Hay otra instancia psíquica que se confunde con el "yo" y el "ahora", que es el punto del momento del "ya" y el "ahora".
El "yo" se relaciona con la voluntad pero a lo interno, pero tiene otra instancia psíquica que es el "súper yo" que es formado desde que el niño nace y es sometido a la autoridad de sus padres primero, y después por otras personas. Allí podemos encontrar las reglas y pautas de lo bueno, lo que se debe hacer y lo malo, lo que no se debe hacer. En lo interno del "yo" donde está la memoria y el "súper-ego", se puede llegar a la conciencia. Es decir que al preconciente, donde solo se logra llegar con el psicoanálisis u el inconsciente.
Tanto los principios que están en el "ello" y las normas el "súper-ello" como nuestra conciencia y las exigencias del mundo exterior, se da la influencia en la conducta humana que es la realidad de un proceso complejo.
La fuerza que lleva el instinto es el LIBIA, que es placer físico, que FREUD lo llama placer sexual y nos plantea que el ser humano desde el momento que nace tiene experiencia sexual. Las cuales se muestran en tres fases: a) la fase moral, b) la fase de agresión y c) la fase fálica. Los sueños son el mensaje del subconsciente, este expresa siempre la realización de un deseo, si estos sueños producen angustias las personas se despiertan a manera de protección y estas angustias afectan al desarrollo de las personas. El sueño es el resultante de un compromiso entre las ideas del yo y las ideas latentes que se expresan en el sueño.
La explicación de la criminalidad, dice que los delincuentes carecen de "súper-ego", pero esto es ilógico ya que si alguien tuviera solo instinto actuaría como animal y sería imposible vivir con él. Más adelante se realiza otro planteamiento, que dice que el problema de la criminalidad, se da por deficiencia, producto del "súper-ego", la cual se da por una deficiencia educativa. Ese niño al crecer no podrá formar un "súper-yo" adecuado y esta instancia no cumplirá su función. Hoy en día es considerada la sexualidad como algo normal gracias a FREUD.
CRIMINOLOGIA CLINICA
BENIGNO DI TULLIO la define como la ciencia de las conductas antisociales y criminales basadas en la observancia y el análisis profundo de casos individuales, normales, anormales o patológicos. Esta corriente intenta dar una explicación integral a cada caso, considerando al ser humano como una entidad biológica, psicológica, social y moral. Se dice que proviene de LOMBROSO. Sus antecesores son por ejemplo MAUCDESEY, Londres en 1888; FRANCISCO GINER, Madrid en 1899 y DE LOS RIOS, Buenos Aires en 1907.
Se le denomina Criminología Clínica porque proviene del griego CLINE: Lecho, cama. El médico clínico tiene como labor la de observar, diagnosticar, pronosticar al paciente en la cama. Estos son los grandes objetivos de la criminología clínica.
La premisa es la de que la conducta humana está condicionada por múltiples factores biológicos, psicológicos y sociales. Hay que averiguar en cada caso, cuáles de estas circunstancias hacen que la persona cometa un delito. Dentro de los métodos tenemos:
1. Entendimiento directo con el delincuente.
2. Examen médico.
3. Exámenes psicológicos para obtener datos sobre la personalidad del individuo.
4. Encuesta social en donde el trabajador social investiga el medio en que se desarrollo la persona.
El trabajo clínico debe ser interdisciplinario, en términos generales se ha vinculado con el funcionamiento de las prisiones. Este trabajo da respuesta al que hacer con el individuo, realizado así el diagnostico pronostico y tratamiento.
La peligrosidad es un concepto clave de la escuela clínica, que se basa en el supuesto (que causa llevar a la persona al delito) se puede determinar si los va a seguir cometiendo y en qué medida. Este concepto tiene dos aspectos:
a) La Capacidad Criminal: Que es la cantidad de delito que puede cometer el criminal.
b) Adaptabilidad: La capacidad de adaptación al medio en que vive. La escuela clínica trata de analizar al delito para establecer un diagnostico, pronostico y tratamiento. Este es el central de esta escuela. Un diagnostico se utiliza para determinar el grado de peligrosidad de un individuo, entrando en juego los dos aspectos antes mencionados. Lo más importante es el paso al acto y existe 4 fases importantes:
1. Consentimiento Mitigante: Concibe y no rechaza la posibilidad del delito del delincuente.
2. Consentimiento Formulado: Donde la persona decide cometer el delito.
3. Estado de Peligro.
4. Paso al Acto: La comisión del delito.
SUTHRERLAND, elaboro en la criminología clínica, EL DELITO DE CUELLO BLANCO y la definió: "Es un delito cometido por una persona de respetabilidad y estrato social alto en el curso de su ocupación". Las conclusiones:
1. La delincuencia de las empresas y los ladrones de cuello blanco son reincidentes.
2. Tiene miedo a la denuncia.
3. Los hombres de negocios expresan el mismo despreció a la ley que los otros.
4. Son crímenes bien organizados. A diferencia del ladrón común, el de cuello blanco no se ve como delincuente.
5. Expresa públicamente adhesión a la ley, aunque en privado la viole.
6. Es un delito oculto, Una manera de lograr la imputabilidad es a través de expertos abogados.
7. En términos históricos se dio cuenta que muchas de las grandes fortunas se deben a, la practica ilícita.
Esta investigación de SUTHERLAND cambia toda la criminología, ya que como frecuentemente se decía que el delito debía explicarse con los problemas psicológicos y no es así. Además la criminología no se basa, ni en dinero ni en promesa. Concluye señalando que hay que incluir a las clases medias y altas en el fenómeno de la criminología.
LA TEORIA DEL APRENDIZAJE
Pasan a un rígido plano, las consecuencias biológicas para centrarse en las experiencias que tiene el individuo y por lo tanto para entender la criminalidad, hay que ver la criminalidad que rodea la persona. CHRISTIE, realizo un experimento para confirmar una hipótesis que se dio en Noruega a final de la segunda guerra mundial. En 1942 se llevan a Noruega prisioneros de distintas nacionalidades y los ponen en cárceles con carceleros noruegos, más de la mitad murieron por causa del hambre y la tortura en menos de un ano. Los torturaron porque entre el carcelero y los prisioneros no existían una relación afectiva. En 1952 CHRISTIE, hace una investigación sobre estos carceleros para determinar su conducta, encontrando los resultados de:
a) En las características personales entre guardia torturador y no torturador no existía gran diferencia.
b) Todos los guardias tenían características comunes a todo el resto de la población en Noruega. Las características del grupo de los prisioneros era: a) El hambre extremo daba por resultado que cualquier cortada o herida despidiera un mal olor. b) Esto causaba alteraciones en la conducta, por lo que hacía que los carceleros vieran a los prisioneros como personas de carácter no humano y por eso los torturaban.
En conclusión tenemos la posibilidad de actuar con crueldad, sin considerarse asesinos. Pero de esta consideración de que no había diferencia entre torturadores y no torturadores se hizo el experimento en donde se intento ver la obediencia a la autoridad bajo la responsabilidad de otra persona, es decir muchas personas son capaces de hacerle daño a otra, siempre y cuando ese daño no se defina como prohibido, perjudicial o dañino.
ESCUELA ECLECTICA
Esta escuela tiene su fundamento teórico basado en el mismo que el de la Escuela Clásica, que es el contrato social. Esta escuela no es una escuela en sí, sino la reunión de varias escuelas reunida en esta corriente. La diferencia entre la escuela Clásica y Positiva está en que estas tenían una serie de normas que si no estabas de acuerdo con una, rompías todas las demás. Era un esquema casi perfecto y el objetivo de la escuela Ecléctica era la de romper con esas reglas o esquemas monolíticos y crear algo diferente.
El presupuesto operante de esta es la igualdad material y como en la Escuela clásica, radica su responsabilidad en lo individual, pero le agrega el concepto de situación, referente al medio físico y social. Como consecuencia de la introducción del concepto situación en la responsabilidad individual, la escuela ecléctica logra la atención punitiva por razones subjetivas, y conserva, dicha disminución por razones objetivas.
La integración entre derecho penal y criminología requiere entre todo una gran madurez en ambas disciplinas., se recalca sobre la madurez de estas ciencias, porque el derecho penal en aquella época estaba falto de madurez y la criminología empezaba sus primeros pasos.
ESCUELA SOCIAL
Esta apoyada por el filosofo DURKHEIM, esta escuela no tiene su fundamento en el contrato sino en la dialéctica. Esta escuela tiene antecedentes en la Lyon, en especial en Lacassagne, en la cartográfica y en la de intersicologia con Tarde. Son famosas las sentencias lapidarias de Lacassagne: "Las sociedades tienen los criminales que se merecen y el medio social es el caldo del cultivo de la criminalidad mientras que el microbio es el criminal".
Para la escuela social, el presupuesto operante es el de la desigualdad material y la división del trabajo, y no el de la igualdad del contrato. La responsabilidad penal es individual, pero requiere una depuración de las fuerzas sociales.
Su sistema jurídico busca ante todo una justicia social y tiene un criterio político que busca la comprensión y mejoras sociales. Tratándose del delincuente, la escuela social realiza los estudios de estos bajo un enfoque sociológico, la patología se desplaza del campo individual al social. Esta escuela introduce el estudio de la motivación en el delincuente y hace la medición punitiva con base en factores objetivos y subjetivos., desde luego la lista de factores subjetivos la amplia, y a mas de esto, no solo reconoce la atenuación punitiva derivada de ambas factores sino que llega también a admitir la exclusión de responsabilidad. La escuela social fue la primera en hacer la distinción entre lo patológico y lo no patológico, con énfasis en lo no patológico.
La clasificación de delito y delincuente, Esta escuela nos dice que es normal, quedando a salvo la anormalidad biológica y sicología del delincuente. Tiene una interpretación legal sicosociojurídica. Esta escuela permite un fuerte avance de la criminología, y con el favorece la maduración de la misma hacia una ulterior integración, todavía inexistente, con el derecho penal.
El mérito principal de la escuela social radica en introducir el concepto de "función social del derecho", en el cual, la ley aparece como el mejor mecanismo para lograr una justa composición y un equitativo desarrollo de la sociedad. Este concepto de función social a su vez introdujo cambios de la mayor importancia en el derecho privado y en el derecho público, por ejemplo, con las figuras del abuso del derecho y de la expropiación, respectivamente y dio comienzo a la eliminación de la arraigada separación tajante entre lo privado y lo público, división sobre la cual se basan todos los sistemas jurídicos.
ESCUELA ANOMMICA
Su fundamento teórico está basado en la anomia, situación en la cual el desarrollo social desborda al control institucional. El presupuesto operandi está fundamentado en la desigualdad material y una mayor división del trabajo. Sigue la responsabilidad en el campo individual pero aparece la tendencia a socializarla.
La finalidad del sistema jurídico está basada en el hallazgo del nivel natural en la meritocrasia. El enfoque es sociológico y se dirige a la contracultura, pero no a la cultura. Solo el proletario aparece representado en las estadísticas de criminalidad. Desde luego la escuela anómica no hace caso omiso de la motivación en el delincuente, pero, en verdad, tampoco hace de este aspecto su principal punto de meditación, puesto que la motivación importante no está en el individuo sino en la sociedad.
Al centrar el foco eruptivo de la delincuencia en la sociedad y no en el individuo, la medición punitiva en si pierde importancia pues resulta de poca utilidad en el tratamiento de la delincuencia mantenida erróneamente dentro de rigurosos esquemas individuales. Empieza otro tipo de cuestionamiento en derredor de la facultad punitiva. El principal aporte fue el punto víctima de las peores criticas y rechazos: interpretación de la delincuencia proletaria, estadísticamente muy representada en las cifras.
ESCUELA ECOLOGICA
Su fundamento teórico es el que la formación de la sociedad es orgánica y no contractual. El presupuesto operandi está basado en la desigualdad material y muy grande división del trabajo. Su responsabilidad deja de ser individual y se convierte en social y grupal. El hallazgo del equilibrio bio-psico-social es la finalidad del sistema jurídico.
El principal aporte de esta Escuela Ecológica, con sede en Chicago y producto de las inmigraciones incontroladas de europeos, es la interpretación de la delincuencia de la mafia.
CAPÍTULO 3
El delincuente
Se dice cuando el derecho penal gira en torno a la ley, el delito, el delincuente y la pena, no se puede pasar por alto al protagonista del crimen.
El delincuente.- Quiroz Cuáron, decía: "No hay enfermedades sino enfermos, igualmente no hay delitos sino delincuentes.
Noción del delincuente.- El delincuente es la persona física que lleva a cabo una conducta delictiva, pero también la persona jurídica o moral, puede serlo. Antiguamente existió la llamada pena de efigie, era cuando se hacía un muñeco que ocupaba el lugar del delincuente, muñeco que era colgado o quemado.
Diversas denominaciones.- Las denominaciones empleadas en el derecho penal y procesal penal respecto al sujeto son las siguientes:
ANTES DE DICTARSE SENTENCIA SON: Acusado, Denunciado, Indiciado, Procesado, Presunto, Responsable, Querellado, Inculpado, Enjuiciado, Encausado.
AL DICTARSE SENTENCIA ES: Sentenciado.
DURANTE EL CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA ES: Reo, Convicto, Preso.
YA CUMPLIDA LA SENTENCIA ES: Delincuente, ex reo, liberto o libertado (Ex convicto), tutelado.
TEORÍA DEL DELINCUENTE NATO
Según Lambroso llegó a la conclusión: de que el delincuente es el "eslabón perdido" pues en la evolución de la especie, el simio se convierte en hombre pero queda el espacio, que según él corresponde al "hombre delincuente" es decir a un ser que no llegó a evolucionar adecuadamente y que se quedó en la etapa intermedia, entre el simio y el hombre; no es propiamente ni uno ni otro. Algunos aspectos psicológicos y antropológicos corresponden al hombre y al mono.
Frecuencia del comportamiento delictivo.- No hay una regla, ya que hay sujetos que en toda su vida cometen un delito otros cometen varios y otros que hacen del ilícito su forma de vida.
Primodelincuencia.- Para aplicar la pena, el juez debe tener en cuenta esta circunstancia.
Reincidencia.- Hay dos tipos de reincidencia: la genérica y la específica.-
La reincidencia Genérica: Se produce cuando el agente delinque por segunda vez, al cometer un delito de naturaleza diferente a la del primero.
La Reincidencia Específica: Se presenta cuando el primero y el segundo delito son de la misma naturaleza.
HABITUALIDAD
Existe la habitualidad cuando el sujeto comete dos veces más de un delito igual. Si el reincidente en el mismo género de infracciones comete un nuevo delito procedente de la misma pasión o inclinación viciosa, será considerado como delincuente habitual.
La reincidencia y la habitualidad se prueban legalmente por medio de los antecedentes judiciales y registros penales. Tanta es la importancia de unos y de otros que todos los países que desarrollan una política criminal eficaz los tienen organizados con acuciosa solicitud; y hasta en varios Congresos Penales y Penitenciarios (Estocolmo, 1878; San Petesburgo, 1890; Mónaco, 1914), se ha tratado de organizar un registro internacional al servicio de todas las naciones.
Por DELITO HABITUAL se entiende, al decir de Eusebio GOMEZ, aquel constituido por diversos actos cuya comisión aislada no se juzga delictuosa. MAZINI expresa que son los que exigen, como elemento constitutivo, la reiteración habitual de hechos que, considerados en forma aislada, no serían delictuosos. De lo anterior inferimos que en EL DELITO HABITUAL EXISTE UNA PLURALIDAD DE HECHOS QUE SOLO EN forma conjunta integran un delito. Excelente la definición dada por PORTE PETIT al decir: "Existe un solo delito habitual cuando el elemento objetivo está formado de varios actos habituales de la misma especie y que no constituyen delitos por sí mismos". De ahí se saca que como elementos de delito habitual son los siguientes: a) Una acción formada por una repetición habitual de varios actos; b) cada uno de los actos realizados no constituyen un delito; y d) la suma de todos los actos son los que constituyen un delito.
Ocasionalidad.- Es cuando el sujeto comete un delito en función de haberse presentado la Ocasión.
Delincuencia profesional.- Es un personal que requiere de una capacidad intelectual superior a la común; además de toda una organización para ser un Delincuente Profesional.
IDENTIFICACIÓN DEL DELINCUENTE
Fundamentalmente hay varios sistemas de identificación, los cuales a continuación son:
EL DACTILOSCOPIO: Es mediante el examen de las impresiones dactilares se puede identificar un sujeto.
ANTROPOMÉTRICO: Consiste en una serie de medidas, proporciones y características del cuerpo humano que sirven para distinguir a las personas y lograr su identificación.
EL RETRATO HABLADO: Es cuando la víctima o testigo aporta los datos o características del delincuente mientras que un dibujante especializado en este ramo realiza la descripción gráfica, conforme a los datos aportados.
LA QUÍMICA Y BIOLOGÍA FORENSE: Esta se desarrolla mediante el análisis de sangre, semen, cabello, ropas y diversas sustancias orgánicas e inorgánicas, etc., para poder identificar a un sujeto.
CONCURSO DE PERSONAS: Igual que un delito, se puede presentar el concurso, respecto a las personas también ocurre el fenómeno de la concurrencia, esto es, la reunión de dos o más personas como sujetos activos del delito.
DELITO PLURISUBJETIVO: Es aquel en el que la propia norma exige la concurrencia o participación de dos o más sujetos, en la ejecución de un delito sin que lo exija la norma.
La participación ha sido tratada por diversas teorías, a fin de explicar su naturaleza, las cuales a continuación relaciono:
La Teoría de la Casualidad.
La Teoría de la Accesoriedad.
La Teoría de la Autonomía.
La Teoría más adecuada es la de casualidad y se debe hacer un análisis profundo de cada elemento del delito, considerando los objetivos y los subjetivos. En la participación existen varios grados según la forma y medida en que participan cada sujeto:
La AUTORÍA. Es la persona física que realiza la conducta típica y puede ser material o intelectual.
EL AUTOR MATERIAL. Es quien de manera directa y material ejercita la conducta.
EL AUTOR INTELECTUAL. Es quien anímicamente dirige y planea el delito.
LA COAUTORÍA. Es cuando intervienen dos o más sujetos en la comisión del delito.
LA COMPLICIDAD. Es cuando las personas ayudan de manera indirecta a otras a ejecutar un delito.
LA AUTORÍA MEDIATA. Es cuando un sujeto se vale de un inimputable para cometer un delito.
LA INSTIGACIÓN. Consiste en determinar a otra persona a cometer el delito.
LA PROVOCACIÓN O DETERMINACIÓN. Consiste en utilizar y aprovechar la idea que otra persona tiene, propiciando el reforzamiento para que lo cometa.
EL MANDATO. Consiste en ordenar a otros para que cometan el delito.
LA ORDEN. Es una especie de mandato, en el que el superior ordena al inferior la realización de un delito en abuso de autoridad.
LA COACCIÓN. Es cuando se ordena hacer un delito pero con amenaza al sujeto.
EL CONSEJO. Se instiga a alguien para cometer un delito en beneficio del instigador.
LA ASOCIACIÓN. Es un convenio que celebran varios sujetos para cometer un delito con beneficio a todos.
ENCUBRIMIENTO. Es cuando no hay participación en el delito, sino que se ayuda posteriormente al delincuente para evitar la acción de la Justicia. Hay tres diferentes situaciones las cuales a continuación se detallan:
EL ENCUBRIMIENTO DE OTRO DELITO. Este consiste en la ayuda posterior a la ejecución del delito que se da al delincuente, previa promesa de hacerlo. Aquí se ayuda en el delito cometido.
EL ENCUBRIMIENTO COMO DELITO AUTÓNOMO. Contempla el del delito de encubrimiento, que abarca varias hipótesis y también considera como se mencionó en la parte relativa, varios casos de excusas absolutorias.
LA COMISIÓN DE UN DELITO DISTINTO DEL CONVENIO. Es cuando los delincuentes están de acuerdo de (robar) y algunos de los participantes cambian de opinión y (viola) todos serán responsables del segundo delito, aunque no hayan tenido nada que ver en la violación.
ASOCIACIÓN DELICTUOSA. La Asociación Delictuosa se integra por un grupo o banda de tres o más personas que se organizan para delinquir
PANDILLA. Es la reunión habitual ocasional o transitoria de tres o más personas que, sin estar organizadas con propósito de cometer delitos, cometen en común algo.
MUCHEDUMBRE DELINCUENTE. Es la reunión de individuos en forma desorganizada y transitoria que, en ciertas condiciones, cometen algún delito.
Mientras la asociación delictuosa se caracteriza por su reflexiva organización para ciertos fines delictuosos, las muchedumbres delincuentes actúan espontáneamente, carecen de organización y se integran de modo heterogéneo y tumultuario de que forman parte; los sentimientos buenos desaparecen y quedan dominados por los perversos y antisociales; se produce un proceso de sugestión de miembro miembros, por lo que la idea del delito termina por triunfar; de aquí que los participes, según Sighele, ya que han sido inducidos a cometer el delito en circunstancias excepcionales, deben ser estimados como menos temibles que el delincuente aislado o asociado.
SECTA CRIMINAL. Es una especie de muchedumbre delincuente, además de una forma crónica de actuar para lograr el fin que ellos persiguen, por ejemplo; Las Sectas Narco satánicas.
CAPÍTULO 4
Teoría de la pena
INTRODUCCIÓN
La imposición de las penas y medidas de seguridad durante la larga trayectoria de la vida humana, ha tenido diversidad de aplicaciones, en los tiempos primitivos se imponían con tanta barbarie, recordemos que esta se inicia con la venganza privada, después la ley del Talión, posteriormente en el periodo humanitario, encontramos que se trata de eliminar a la dureza de la pena, tratando de hacer un estudio del delincuente para saber el porqué del crimen y de esta forma llevarlo a su readaptación.
Ahora bien no basta con tener un estudio pormenorizado sobre las circunstancias que llevaron al sujeto a delinquir también es preponderante que el juzgador haga una justa y adecuada valoración de las pruebas, al momento de individualizar la pena, para que la medida de seguridad o pena que se imponga sea la más acorde al caso concreto.
No pueden existir penas indeterminadas toda vez que el juez, debe de precisar la duración de la misma. La pena tiene diversas características que permiten a la sociedad vivir en armonía, segregando a los delincuentes en penitenciarias y reformatorios.
Las penas y medidas de seguridad se extinguen con el transcurso del tiempo, es decir cesa el ejercicio de la acción penal o la potestad de ejecutar las penas y medidas de seguridad. La readaptación del delincuente es sin duda, la finalidad última de la aplicación de la norma, para que el delincuente, pueda reincorporarse de nueva cuenta a la sociedad.
OBJETIVO
Entender la diferencia que existe entre las penas y las medidas de seguridad, debiendo precisar cuáles son unas y las otras.
Precisar cuáles son las características, fines de la pena y como se clasifican.
Diferenciar la libertad preparatoria de la libertad condicional.
Aprender cuales son las consideraciones que el juzgador debe observar para individualizar la pena.
Estudiar cómo se puede extinguir el ejercicio de la acción penal o persecutoria.
Entender que es la prescripción.
Diferenciar entre penas determinadas y las indeterminadas.
Ser sabedor de la finalidad de la readaptación social.
LA PENA
La pena es la consecuencia última de todo delito. A este respecto es necesario hacer la aclaración que existen excepciones, en virtud de que en algunos casos, cuando se ha cometido una conducta delictiva y los delitos son de querella o a petición de parte, no se llega a esta ultima consecuencia ya que puede ser de que se extinga el ejercicio de la acción penal con el perdón del ofendido antes de que se llegue a esta etapa procesal.
NOCIÓN DE PENA
Pena es el castigo que el estado impone, con fundamento en la ley al responsable de un delito. Para castellanos la pena es el castigo legalmente impuesto por el estado al delincuente, para conservar el orden jurídico. Para Villalobos la pena es un castigo impuesto por el poder público al delincuente, con base en la ley, para mantener el orden jurídico.
ANTECEDENTES
Durante su evolución la pena a tenido diferentes etapas, en sus orígenes surge como "venganza" en su transcurrir histórico adquiere diversos caracteres y objetivos, de acuerdo a las necesidades de la sociedad y al pensamiento de cada época.
El derecho penal surge como una necesidad de regular la conducta del hombre en la sociedad debido a que desde sus orígenes este siempre ha manifestado conductas que afectaban a los demás, como es el hecho de apoderarse de los animales que eran cazados por otros, de ahí la necesidad de regular su conducta.
Dentro de la "venganza" encontramos que el ofendido encuentra su satisfacción mediante un acto violento.
Dividiéndose esta etapa en venganza privada, también llamada de sangre consistente en que el agraviado se hace justicia por su propia mano teniéndose que el afectado le causa a su agresor un daño similar o igual al daño que se le ocasiono; esta fase se identifica como la ley del Talión (ojo por ojo y diente por diente).
La venganza familiar, en este periodo un familiar del afectado le causa al activo un daño como un acto de justicia.
La venganza divina, es la organización teocrática, todos los problemas se proyectan a una divinidad, de tal modo que encontramos los rituales y hechiceros entrelazados, quienes imponen el castigo son los representantes de los dioses.
Venganza pública, aun cuando se trato todavía un acto de venganza, en esta etapa ya existe la represión por medios públicos implicando ya la distinción de delitos públicos y delitos privados, según lesionaran los intereses de particulares o de la colectividad; los tribunales juzgan en nombre de la colectividad y para salvaguardarla imponen penas cada vez más crueles e inhumanas; en esta etapa los jueces tenían facultades para incriminar hechos no previstos por la ley como delitos, es por ello que este tipo de justicia represiva estuvo al servicio de los tiranos.
Posteriormente encontramos a la etapa humanitaria, en ella se trata de eliminar la dureza del castigo, surgen grandes pensadores como lo son César Beccaria y John Howard el primero de los mencionados da una nueva concepción de la actividad represiva y el segundo representa la base de los nuevos sistemas penitenciarios ya que describe con objetividad el horroroso estado de las prisiones de Europa.
Etapa científica, en esta etapa es importante saber el porqué del crimen, debiéndose saber cual el tratamiento adecuado para readaptar el sujeto, la pena debe ser completada con un tratamiento de readaptación en los que se adquieran los hábitos de disciplina, trabajo y moralidad.
En la antigüedad era importante el castigo, con la finalidad de reprimir, eliminando al delincuente y que esto sirviera de escarmiento para los demás. Mientras más severa y cruel fuera la pena se pensaba que esta era más eficaz. La pena mayor que a aplicar era la pena de muerte, ya que eliminaba al delincuente teniéndose como resultado que este ya no volvería a delinquir.
FUNCIÓN DE LA PENA
Justificación
En un primer término y en sentido amplio habría que considerar a la pena como un mal. Este sufrimiento inflingido ha llevado a juristas y filósofos a encontrar una justificación moral. La presentación que aquí hacemos adentra al tema a partir de las discusiones sobre su justificación moral y las consideraciones propiciadas por los grandes filósofos como Kant y Hegel. La lectura inicia con la valoración moral del Derecho. Sin embargo, nuestro tema pretende alcanzar el debate contemporáneo sobre la función que debe cumplir la pena en las sociedades actuales que reviven el cuestionamiento hacia el Derecho como forma de convivencia. Para este objetivo nos acercamos a las teorías alemanas del delito bajo la concepción de Gunther Jakobs y su discípulo Heiko H. Lesch. La ayuda que ofrece Santiago Mir en su obra "Función de la Pena y Teoría del Delito en el Estado Social y Democrático de Derecho" resulta esclarecedora ya que analiza la pena en función del tipo de Estado en la cual se desarrolla. La guía del profesor Enrique Peñaranda a través de su obra citada es imprescindible para darle un cauce a este complejo problema, principalmente en su estudio sobre la influencia del funcionalismo en la teoría de la pena.
EL FUNDAMENTO DE LA PENA EN LAS TEORIAS MODERNAS
El fundamento de la pena ha sido una tema tratada no solo por juristas, sino también por filosofos, psicólogos, sociólogos. Los varios puntos de vista se han agrupados en las teorias de la pena.
1. LAS TEORIAS ABSOLUTAS
Para la concepción moral utilitarista la pena no se justifica moralmente por el hecho de que quien la recibe haya hecho algo malo en el pasado, sino para promover la felicidad general, haciendo que mediante las distintas funciones de la pena (desanimar a otros y al propio penado a volver a delinquir, incapacitar físicamente a éste para hacerlo, reeducarlo, etc.), en el futuro se cometa menos delitos, lo que constituye un beneficio social que puede compensar el sufrimiento implícito en la pena. De manera opuesta Kant no ve en la pena justificación como medio para minimizar los males sociales futuros, sino como respuesta a un mal pasado. Afirma que:
"La pena jurídica… no puede nunca aplicarse como un simple medio de procurar otro bien, ni aun en beneficio del culpable por la sola razón de que ha delinquido; porque jamás un hombre puede ser tomado por instrumento de los designios de otros ni ser contado en el número de las cosas como objeto de Derecho real…"
Recordemos que para Kant "El hombre no es una cosa, y por tanto no es algo que pueda ser usado como mero instrumento, sino que tiene que ser tenido en todas sus acciones siempre como fin en sí mismo". Para Kant la pena no podía servir a la protección de la sociedad ni, por tanto, a la prevención de delitos, porque ello supondría que se castiga al delincuente en beneficio de la sociedad, lo que encerraría una instrumentalización del individuo. Esta concepción Kantiana es tildada de "absolutista" en cuanta exigencia absoluta de la justicia. Lesch la situaría dentro de las teorías absolutas en la llamada teoría de la retribución, las cuales asignan a la pena su sentido fuera del campo de la realidad social. La pena, no es otra cosa que el restablecimiento del orden, un orden extraestatal, metafísico, el resultado racionalmente necesario a la transgresión de la ley. Se descarta una función preventiva dado que la acción ya ha tenido lugar. Contiene pues una función atendiendo al estado jurídico ideal, en tanto el injusto daña este estado en su exactitud ideal y con ello marca en definitiva la perturbación que ha de ser eliminada mediante la pena. En Hegel se define la pena como réplica, como reacción ante lo sucedido. "La negación de la negación". El Derecho efectivo es la superación de esa lesión. Hay que "mostrar expresamente que el delito no tiene vigencia". Conforme a esto Hegel justifica la imposición de la pena en el consentimiento que el autor del delito ha expresado al declarar con su acción la imposición de su ley particular. Cuando el delincuente por ejemplo mata, "declara como general, que está permitido matar". Formulado de distinta manera: "El que un asesino estatuye como ley que no hace falta respetar la vida. El declara lo general mediante su hecho; pero con ello declara su propia sentencia". El idealismo racionalista de los filósofos alemanes llevó a considerar la pena en su carácter retribucionista interesados en la confirmación de los valores ideales del hombre-razón, desde su dignidad como ser racional autónomo, hasta la exigencia de justicia. Esta aportación fue significativa y en conjunto con la concepción utilitarista se incluyó bajo del Derecho Penal liberal. Nos dice Santiago Mir Puig:
"…se atribuyó a la pena tanto una función de prevención de delitos, como la de retribución por el mal cometido. La fundamentación del Estado y del Derecho liberales en el contrato social, concebido como pacto que los hombres suscriben por razones de utilidad, conducía a asignar a la pena la función utilitarista de protección de la sociedad a través de la prevención de delitos, cuya esencia se veía, en un principio, en constituir un "daño social…".
2. TEORÍAS RELATIVAS (DE LA PREVENCIÓN)
Las teorías relativas, cualquiera de ellas tienen como rasgo en común considerar la pena como una reacción, una respuesta a algo que ya ha sucedido; por ello, el fundamento real de la pena (la culpabilidad) reposa en el pasado, aunque su fundamento final (aquello, que con ella se intenta alcanzar y se logra) se encuentre referido al futuro. Fines de la pena son pues el efecto intimidatorio (prevención general negativa), la corrección (prevención especial positiva) así como hacer al autor inofensivo (prevención especial negativa). El nuevo Estado social ha de intervenir de forma activa en la vida social para la defensa ante peligros y se atribuyó a la pena una forma de lucha contra el delito como fenómeno.
El programa de las teorías relativas se encuentra anunciado desde Platón:
"Nadie impone una pena y se dirige contra quienes han cometido un delito porque hayan cometido un delito, a no ser que se quiera vengar de forma poco razonable como un animal. Quien, en cambio, pretenda penar a otro de forma razonable, no le impondrá la pena por el injusto cometido, puesto que él no puede deshacer lo ya hecho, sino en razón del futuro, para que no vuelva a cometer ni el mismo injusto ni otro parecido
Las teorias relativas han conocidos dos corrientes :
Prevención general;
Prevención especial.
La prevención general;
Las teorias de la prevención general concibe la pena como medio de prevenir los delitos en sociedad. El Derecho puede tener en la sociedad dos efectos :
Un efecto intimidatorio (la prevención general negativa);
Un efecto integrador (la prevención general positiva).
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