CAPITULO I
Planteamiento del Problema
Desde el inicio de la civilización el médico ha tenido la responsabilidad moral, social, profesional y penal de salvaguardar vidas y garantizar el máximo bienestar a sus pacientes. Y es objeto de reconocimiento cuando los resultados de su intervención son exitosos, mientras que en caso contrario pasa a ser objeto de especial atención por los familiares del paciente y el resto de la sociedad en caso de fallecimiento o cuando los resultados de la intervención no son los esperados por el paciente.
En efecto, en caso de fallecimiento del paciente y cuando se promueven los medios o motivaciones necesarios para determinar la culpa o responsabilidad medica, se acude a una importante rama auxiliar del derecho como lo es la medicina legal, que según Núñez (2003) es la disciplina que efectúa el estudio, teórico y práctico de los conocimientos médicos y biológicos necesarios para la resolución de problemas jurídicos, administrativos, canónicos, militares o provisionales, con utilitaria aplicación propedéutica a estas cuestiones.
Para Quiróz (2002), la medicina legal como madre de las ciencias forenses aporta avances cada vez mas significativos que son de vital importancia no solo para determinar la muerte, sino también de la naturaleza y clasificación de las lesiones, presentadas por el cadáver, con un sentido humano y legalista que es el esclarecimiento de la verdad, y para determinar la responsabilidad médica, que es la obligación que tiene el medico de reparar faltas cometidas en el ejercicio profesional indemnizando a la persona dañada o sufriendo una pena
En este contexto, un importante medio probatorio en el caso de malapraxis médica es la autopsia legal, que según Dominici (2005) "consiste en el examen anatómico del cadáver" (p.9). Este examen debe responder a una serie de rigurosidades técnico-legales con la finalidad de aportar al proceso penal, el diagnóstico exacto de la enfermedad y sobre todo el reconocimiento de las causas verdaderas que desencadenaron la muerte del paciente, así como también encontrar evidencia que sea digna de ser presentada ante un tribunal.
Sobre este particular, Bolívar J. Y Dominicci (2004), en el marco del I Congreso Internacional de Criminalidad y Seguridad de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara (2004), puntualizaron que:
pese a los grandes avances plasmados en los instrumentos jurídicos venezolanos y en el proceso penal en si, las debilidades se encuentran en la escasa participación de expertos en la práctica legal de la medicina forense, al procederse a la autopsia legal, y mas aún de los jueces, fiscales y abogados, razón por la cual deben incorporarse a los estudios de los abogados y jueces, seminarios teórico práctico para abordar el peritaje clínico, la autopsia forense y la tanatología, no tanto para la realización de las mismas, pero si para el conocimiento profundo de los procedimientos y protocolos existentes, y de los cuales depende la evidencia cierta (p. 7).
Lo anterior permite inferir, que si bien la medicina forense es una rama auxiliar de gran importancia para el juez y demás actores del proceso, es importante que estos tengan una clara noción teórica de los procedimientos implícitos en la evaluación forense. En consecuencia, los actores que interviene en el proceso penal venezolano, (jueces, fiscales y abogados), están en la obligación de conocer puntual y asertivamente las particularidades de cada protocolo y procedimiento implícito en el examen del cadáver, bajo fiel cumplimento de los requerimientos deontológico, técnicos y jurídicos.
En atención a los señalamientos que se realizan, se hace necesario el estudio de los requerimientos técnico-legales de la autopsia legal para la comprobación de responsabilidad médica en el proceso penal venezolano.
Para tal fin se plantean a continuación las siguientes interrogantes: ¿Cómo se define la responsabilidad medica a la luz de la jurisprudencia venezolana?, ¿Cuáles son los instrumentos jurídicos que establecen los requerimientos técnico-legales de la autopsia legal para la comprobación de responsabilidad médica en el proceso penal venezolano?.
OBJETIVOS DEL ESTUDIO
Objetivo General
Analizar los requerimientos técnico-legales de la autopsia legal para determinar la responsabilidad médica en el proceso penal venezolano.
Objetivos Específicos
- Definir la responsabilidad medica a la luz de la jurisprudencia Venezolana.
- Precisar los requerimientos técnico-legales de la autopsia legal para determinar la responsabilidad médica en el proceso penal venezolano.
Justificación e Importancia
Con este estudio, se pretende generar hallazgos cualitativos de los requerimientos técnico-legales de la autopsia legal para la comprobación de responsabilidad médica en el proceso penal venezolano, con la finalidad de fortalecer el desempeño de los actores en el proceso penal venezolano, al exponerse los medios probatorios requeridos en caso de muerte, donde se pretende determinar la responsabilidad médica.
Sobre este particular, Dominici (2004), señala la importancia de cumplir con los principios científicos en que se funda la explicación detallada de las operaciones técnicas realizadas en la autopsia médico-legal, sustentada en sólidos principios éticos. Así el perito rendirá su dictamen y lo hará en forma objetiva, imparcial, concreta, precisa y clara, con la finalidad de contribuir de forma efectiva al dictamen del Juez.
Pues además del dictamen y elementos teóricos-periciales aportados por el perito forense, los actores del proceso con pleno conocimiento de causa, podrán vincular o desvincular los demás elementos probatorios implícitos en un proceso de malapraxis, para determinar la responsabilidad penal del médico.
Asimismo, con esta investigación, se podrá generar la posibilidad de generar una nueva línea de investigación orientada al desarrollo de investigaciones que giren en torno a la responsabilidad médica, tema sobre el cual se podrán generar importantes elementos teóricos partiendo de este estudio y de nuevos trabajos investigativos desde distintos enfoques, realidades y contextos teóricos y metodológicos.
CAPITULO II
Antecedentes
Según la historia jurídica, la criminalistica moderna nace en Francia , Vidoc crea la Sureté, en 1823 y Purkinje funda una estudio sobre la disologia y el órgano cutáneo en 1829 se crea en la calle de bow henry fielding un agrupamiento de investigación en 1833 nace el primer antecedente de la antoprometria o fotografia forense con bertillon y el famosísimo bertillonaje en 1842 se funda SCOTLAN YARD, WILIAM HESCHEL en la india ya comienza su estudio en identificación y hace una manera de impresión dactilar en 1893 un personaje importante hace su aparición HANS GROSS con su Manual del Juez, dando el nombre propio a la criminalistica en 1910, cuando se funda el primer laboratorio de criminalística en 1914 en México, contándose con el primer centro dactiloscopico.
La Criminalística comienza con el sentido humano respecto del esclarecimiento de la verdad histórica que sucede en la realidad; la Criminalística no por el simple hecho de ser una ciencia que se encargue del estudio de los indicios con el fin de convertir las evidencias necesarias para llegar a la verdad histórica. Para conseguir éstos fines, los cuales podríamos decir que forman parte esencial de la Criminalística, es necesario como toda ciencia relacionada con aspectos sociales que tenga un sentido humano, es decir, la Criminalística no es solo una ciencia fría sino es una ciencia que ataca la manera exógena del actuar del victimario, y misma que utiliza métodos naturales y científicos que se utilizan en otras ciencias como la química la biología, la medicina forense, entre otras, con el objeto principal de ser un auxiliar y de ser el perito de la razón que lleve a los jueces a tomar decisiones en bases técnicas científicas, las cuales mediante la metodología pericial queden completamente determinadas
Para Dominici (2005), la Criminalística tiene diferentes principios y diferente fines, entre los fines podemos diferenciar uno mediato y uno inmediato.
El fin mediato, mismo cual es el más importante socialmente, consiste en darle a la autoridad competente los datos técnicos jurídicos y científicos para el ejercicio de la acción, y el fin inmediato es la determinación de la existencia de un hechos delictuoso, su reconstrucción y la investigación de quiénes en un momento dado participaron.
La Criminalística moderna ya no solo depende del perito o el especialista que vaya a la escena de los hechos o hallazgo, sino ya depende de muchas ciencias auxiliares que antes no se tenían, entre las cuales se tiene a los peritos en huella genetica y las condiciones técnicas actuales para poder determinar la absorción atómica y técnicas modernas que son fundamentales para poder determinar la responsabilidad penal del medico, cuando se presume la existencia de mala praxis media.
Antecedentes Investigativos
Parra (2001), en su Trabajo Especial de Grado Titulado "Medios Probatorios para determinar la Malapraxis Medica", presentado en la Universidad Fermín Toro para optar al título de Abogado. Realizada como una investigación de tipo cualitativa, de carácter documental.
En este trabajo de grado, se presenta una clasificación de todos los medios probatorios admitido por el recién aprobado Código Orgánico Procesal Penal, con la finalidad de analizar su pertinencia, aplicabilidad y particularidad, al ,mismo tiempo que constituye un referente teórico para los actores del proceso penal. Estimándose, que del peritaje efectivo, se deriva la comprobación de la responsabilidad medica en caso de mala praxis.
Escalona (2002) en su trabajo de grado titulado "La investigación pericial en el Proceso Penal Venezolano" Estudia cualitativo, orientado al análisis de los factores que inciden en la investigación pericial, tomando en cuenta los aspectos jurídicos, técnicos y científicos.
En este estudio se planta que la investigación pericial no puede realizarse de cualquier forma, sino que ha de someterse al estricto cumplimiento de normas e inspirarse en unos principios fundamentales, a fin de ser verdaderamente útil a los fines de la justicia. Pues de al inobservancia de estas normas, redundaría en la obstaculización de la justicia.
Igualmente se plantea que la esencia de la investigación pericial consiste en la recolección y el análisis sistemático de los datos. El acopio de datos requiere de mirada sutil, entendiendo por ella el hábito de observar, el espíritu alerta e inquisitivo, la inteligencia activa, que percibe todo lo que es desusado y ve un problema en sus más recónditos aspectos.
Se tiene la certeza, de que aparte del genio, casi todos los descubrimientos se han debido psicológicamente a la combinación de esta mirada sutil con el espíritu inquisitivo.
Kavitko (2005), en su ponencia titulada Antecedentes históricos de los procesos por responsabilidad profesional médica y la malapraxis en el ejercicio de la medicina legal, presentada ante la Asociación Latinoamericana de Medicina Legal y Deontología Médica e Iberoamericana de Ciencias Forenses.
Señala este experto que la problemática de la responsabilidad médica no es reciente, no es de hace 20 años, ni de este siglo, sino que nace con la historia del hombre, pues todas las legislaciones escritas que han llegado hasta nuestros días tienen perfectamente determinada esta situación. Si estaba contemplada en esas legislaciones era porque realmente ocurría, les preocupaba y generaba situaciones que la justicia, a su manera y dentro de sus posibilidades y criterios, tenía que resolver.
Bases Teóricas
Pérez (2005), señala que cuando se presume la mala praxis médica, o se pretende determinar responsabilidad médica en alguna querella, el Juez recure tácitamente a la medicina Legal, que es la rama de la medicina que asesora sobre asuntos biológicos, físicos, químicos o patológicos al Poder Judicial, entidades administrativas del Estado y personas jurídicas que lo requieran.
En efecto, la medicina legal es la disciplina que efectúa el estudio, teórico y práctico de los conocimientos médicos y biológicos necesarios para la resolución de problemas jurídicos, administrativos, canónicos, militares o provisionales, con utilitaria aplicación propedéutica a estas cuestiones. El médico forense rebasa los conocimientos del médico común y tiene que penetrar forzosamente en el terreno jurídico, es decir, en las relaciones que las leyes pueden tener con la vida del individuo en sociedad. El facultativo forense es el médico de la justicia. Es un colaborador imprescindible.
Actualmente la medicina y el derecho marchan acompañando al hombre desde su estado embrionario hasta después de su muerte; es decir, desde antes de nacer hasta después de que ha desaparecido, prestándose auxilios mutuos, estudiando conjuntamente el modo de garantizar eficazmente los derechos individuales y sociales.
En este contexto, los litigios por responsabilidad médica han experimentado en los últimos años un incremento vertiginoso, como consecuencia de múltiples factores, como: el desarrollo tecnológico de la medicina y las subespecialidades, la complejidad del ejercicio médico, él trabajo en equipo, la despersonalización de la atención asistencial con un evidente deterioro de las relaciones médico-paciente y el cambio de la mentalidad en la población por el gran acceso a la información, que cada vez se torna más exigente en la defensa, a veces desproporcionada de sus derechos.
En consecuencia, el creciente aumento de las demandas por mala praxis, constituye una seria preocupación de los profesionales de la salud interfiriendo en el libre ejercicio de su actividad. Es importante rescatar la relación médico- paciente, la correcta redacción de la historia clínica y del protocolo quirúrgico, así como la no-omisión del consentimiento informado.
Responsabilidad Médica
Para Gutiérrez (2002), la responsabilidad significa deuda obligación de reparar y satisfacer, por sí o por otro, a consecuencia de delito, de una culpa o de otra causa legal. Es cargo u obligación moral que resulta para uno del posible yerro en cosa o asunto determinado.
La responsabilidad médica es, según Lacassagne (citado por Gutiérrez), la obligación para los médicos de sufrir las consecuencias de ciertas faltas por ellos cometidas en el ejercicio de su arte, faltas que pueden comportar una doble acción: civil y penal.
Por ello, el médico puede caer en responsabilidad penal o civil, o penal y civil. Es responsable penalmente si se trata de la comisión de un delito. Hay responsabilidad civil si ha causado daños físicos o perjuicios morales o económicos. En el primer caso, tendrá que sufrir la pena que la autoridad determine, y, en el segundo, debe pagar indemnización reparadora del daño hecho a la víctima. Es obvio que ambas situaciones se presentarán cuando el médico sea responsable penal y civilmente.
La responsabilidad profesional deviene de hechos culposos y dolosos, es decir no mediando o mediando la intención de configurar injustos. La responsabilidad jurídica surge de la obligación de las personas imputadas de dar cuenta ante la justicia por los actos contrarios a la ley y sufrir las consecuencias legales. La responsabilidad civil procura reparar el daño causado a la víctima, económicamente. La responsabilidad penal arraiga en el interés del estado y de los particulares interesados, en mantener la armonía jurídica y Orden público.
Las principales situaciones de responsabilidad penal por parte del médico son: cuando actúa como hombre, fuera de su profesión; si comete actos delictivos llevando al ejercicio profesional sus pasiones humanas; y cuando comete delitos tales que por su naturaleza únicamente como médico puede cometer. Aparte de esta categoría de actos delictuosos que tiene de común la intención, el dolo, existe otra categoría de hechos punibles, en los que con ausencia de intención, se presenta en cambio la imprudencia: la falta profesional.
En efecto, la responsabilidad del médico frente al enfermo y en especial frente al caso de culpa por omisión, la interpretación legal ha llevado a crear el concepto de obligación jurídica de obrar, entendiéndose por tal no solo la que la ley consagra, sino también la impuesta por la razón, por el estado de las costumbres y por la práctica de los hombres probos
Requerimientos Técnico-Legales de la Autopsia Legal para Determinar la Responsabilidad médica en el Proceso Penal Venezolano
Riera (2005), representante de la Asociación Médica Forense de Argentina señala que las Periciales Médico Forenses son un medio de prueba de especialísima consideración en denuncias por las llamadas genéricamente malas praxis médicas. Y señala que la responsabilidad del profesional médico es de medios; no puede garantizar un resultado, sólo debe ser diligente y en muchas ocasiones la mala interpretación de esta conducta por personas no calificadas, necesariamente termina en laberintos judiciales que acarrean consecuencias irreparables, aún cuando se trate de expertos que dispongan de cuanta diligencia aconseja su ciencia al caso en concreto.
En cuanto a la Prueba, etimológicamente proviene del latín probare consiste en la demostración que se hace de la existencia de hechos materiales o de actos jurídicos, conforme a las observaciones objetivas. Procura proveer una prueba técnica medico legal objetiva y verás, sobre aspectos biológicos y/o biopatológicos captados por normativas específicas, a los fines de ilustrar y mejor proveer a la causa de autos. Se efectiviza sobre personas, cosas o hechos.
En lo referente a las denuncias o imputaciones por mala praxis médica, procura el perito oficial de la justicia reconstruir técnicamente un hecho histórico, del pasado, con método medicolegal, procurando medir y discernir sobre las imputaciones culposas y/o dolosas, acorde a los cuestionarios de oficio. Goza la instancia pericial medicolegal judicial de autonomía científica, para levantar a jerarquía de indicios o evidencia los hallazgos empíricos y someterlos al análisis y crítica científica en un primer momento de comprobación y luego a síntesis y argumentación dialéctica en una segunda instancia de demostración.
La lógica aristotélica es menester, respetando a ultranza los primeros principios criteriológicos, tales como el de identidad, el de causalidad, de no-contradicción, de razón suficiente, procurando demostrar a la luz de la razón lógica reflexiva, ahí donde fuese posible, el Nexo Causal eficiente o directo entre el daño imputado y el agente agresor por acción u omisión, siempre en procura de la verdad real y desde las limitaciones de una ciencia y arte conjetural.
Así la Prueba Pericial Medico forense rendirá su más que necesario imprescindible auxilio al juzgador, siempre que sea completa, metódica, no contradictoria, y de razón lógica de las conclusiones de su dictamen.
Un elemento probatorio de vital importancia para salvaguardar la responsabilidad de la institución medica y del medico lo representa la historia clínica, que es el "documento de identidad" de la salud de una persona ya que contiene sus enfermedades, hábitos de vida, antecedentes familiares.
CAPITULO III
Naturaleza de la Investigación
A objeto de dar respuesta a los objetivos planteados en el presente estudio, el mismo se enmarca en la modalidad de una investigación documental, bajo un diseño jurídico dogmático, desarrollada bajo el paradigma cualitativo.
Este tipo de investigación es definida por Balestrini (1997), consiste en el estudio de un problema o situación con el objeto de ampliar y profundizar el conocimiento inherente a su naturaleza el cual está contenido en diversas fuentes secundarias y documentales y es extraordinariamente válida, en atención a la experticia y aportes de cada investigador.
También refiere Bermejo (2002), que la investigación cualitativa se caracteriza por una lógica analítica objetiva, en atención al fenómeno estudiado, basada en una búsqueda exhaustivo para descomponer el tema en elementos que revelan conocimientos interesantes.
Diseño de Investigación
Este diseño se basa en diseño jurídico dogmático que según Witker (1997) se orienta al estudio de un fenómeno, desde una perspectiva meramente jurídica a objeto de analizarlo a la luz del derecho, bien sea para estudiar su pertenencia, efectividad y relación con la jurisprudencia.
Técnicas para la Recolección de la Información
La técnicas para la recolección de la información en los estudios cualitativos, están constituidas por la observación documental, constituyéndose en una estrategia donde se observa y reflexiona sistemáticamente sobre realidades (teóricas o no) usando para ello diferentes tipos de documentos. Indaga, interpreta, presenta datos e informaciones sobre un tema determinado de cualquier ciencia, utilizando para ello, una metódica de análisis; teniendo como finalidad obtener resultados que pudiesen ser base para el desarrollo de la creación científica.
Técnicas para el análisis de la información
Se caracteriza por la utilización de documentos; recolecta, selecciona, analiza y presenta resultados coherentes. Utiliza los procedimientos lógicos y mentales de toda investigación; análisis, síntesis, deducción, inducción, en el cual se realiza un proceso de abstracción científica, generalizando sobre la base de lo fundamental.
A estos fines se realiza una recopilación adecuada de datos que permiten redescubrir hechos, sugerir problemas, orientar hacia otras fuentes de investigación, orientar formas para elaborar instrumentos de investigación, elaborar hipótesis.
Las técnicas desarrolladas para la recolección y operacionalización de la información documental según lo refiere Ballestrini (1.997), son el fichaje, la lectura exploratoria, la lectura analítica, el subrayado y las notas marginales, pues de ésta se deriva el proceso de recolección de la información para uso estricto del investigador.
Parra G. (2001), Medios Probatorios para determinar la Malapraxis Medica, Trabajo Especial de Grado presentado como requisito para optar al titulo de Abogado en la Universidad Fermín Toro.
Riera A. (2005), Responsabilidad Medica Mala-Praxis- Edit. Trillas
Gutiérrez L. (2002), Manual De Ciencias Forenses Y Criminalística. Edit. Trillas Venezuela.
Núñez A. (2003) La Autopsia. Editorial GTZ Bolivia.
Pérez S. (2005) La Prueba en el Proceso Penal Acusatorio- 2da Edic. Editorial Vadell Hermanos. Caracas.
Quiróz (2002), la medicina legal. Sitio Web. Federación internacional de Medicina Legal. Disponible en://www.fedeinter_medicinalegal.gov.ar
Dominici A. (2005) La Medicina Legal y la responsabilidad Penal. Otras anotaciones del a medicina Forense en la búsqueda de las pruebas. Editorial INfojuridicas. Caracas.
I Congreso Internacional de Criminalidad y Seguridad de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara (2004), UFT-FAP- LARA.
Kavitko (2005), Antecedentes históricos de los procesos por responsabilidad profesional médica y la malapraxis en el ejercicio de la medicina legal, PONENCIA presentada ante la Asociación Latinoamericana de Medicina Legal y Deontología Médica e Iberoamericana de Ciencias Forenses. Suplemento de Derecho Medico. Argentina.
NINOSKA CABRERA