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Violencia familiar

Enviado por latindanny


    1. La violencia.
    2. Tipos de maltrato.
    3. Maltratadores.
    4. Violencia sexual, un asunto de derechos humanos.
    5. Violencia familiar, mecanismos legales de protección.
    6. Bibliografía

    INTRODUCCIÓN

    En estos últimos años se ha venido dando una serie de programas y leyes en defensa de los derechos del niño y la mujer. Sin embargo, ¿eso nos asegura el bienestar?, ¿acaso estos programas y leyes bastarán para cesar los maltratos físicos y psicológicos que se producen día a día contra ellos?

    Es necesaria una protección legal, pero es urgente que nuestra sociedad adquiera nuevos y mejores hábitos de crianza y convivencia. Aún en la posibilidad de parecer alarmista, es menester una reeducación en cuanto al trato familiar, el que lamentablemente para muchos está caracterizado por la violencia, el rechazo y la indiferencia.

    Para lograr el cambio de esta situación se requiere, en un inicio, el replanteamiento de los papeles del padre y la madre frente a los hijos, con el fin de que éstos últimos en el futuro respondan a las expectativas de sus progenitores.

    Debemos ir, entonces, en búsqueda de las causas que son la semilla de un ambiente familiar hostil y que, consecuentemente, producen una educación errónea en nuestros niños.

    • I. LA VIOLENCIA.

    Cuando nos preguntamos qué entendemos por violencia la asociamos generalmente a la producida por la agresión física. Sin embargo, en nuestro país la violencia tiene diferentes manifestaciones, las cuales podríamos clasificar las expresiones de violencia en:

    1.1 Violencia Doméstica. La violencia psicológica y física con el cónyuge, el maltrato infantil y el abuso de los niños.

    1.2 Violencia Cotidiana. Es la que venimos sufriendo diariamente y se caracteriza básicamente por el no respeto de las reglas, no respeto de una cola, maltrato en el transporte público, la larga espera para ser atendido en los hospitales, cuando nos mostramos indiferentes al sufrimiento humano, los problemas de seguridad ciudadana y accidentes. Todos aportamos y vamos siendo parte de una lucha cuyo escenario se convierte en una selva urbana.

    1.3 Violencia Política. Es aquella que surge de los grupos organizados ya sea que estén en el poder o no. El estilo tradicional del ejercicio político, la indiferencia del ciudadano común ante los acontecimientos del país, la no participación en las decisiones, así como la existencia de las llamadas coimas como: manejo de algunas instituciones y las prácticas de Nepotismo institucional. También la violencia producida por la respuesta de los grupos alzados en armas.

    1.4 Violencia Socio-económica. Que es reflejada en situaciones de pobreza y marginalidad de grandes grupos de la población: desempleo, subempleo, informalidad; todo esto básicamente reflejado en la falta o desigualdad de oportunidad de acceso a la educación y la salud.

    1.5 Violencia Cultural. La existencia de un Perú oficial y un Perú profundo (comunidades nativas y campesinas), son distorsiones de los valores de identidad nacional y facilitan estilos de vida poco saludables.

    1.6 Violencia Delincuencial. Robo, estafa, narcotráfico, es decir, conductas que asumen medios ilegítimos para alcanzar bienes materiales. Toda forma de conducta individual u organizada que rompe las reglas sociales establecidas para vivir en grupo. establecido no ayuda a resolver los problemas. Todos sueñan con el modelo que les vende la sociedad, el éxito fácil. Pero ser un profesional idóneo o un técnico calificado requiere de esfuerzo y preparación. Requiere desarrollar recursos internos y metas. Los jóvenes de nuestro país tienen oportunidades de orientación y canalización de sus frustraciones y en esto dependen de sus familias, la escuela y las instituciones; la responsabilidad es de todos. Es decir, las expresiones de violencia sin futuro y sin horizontes pueden cambiar.

    II. TIPOS DE MALTRATO.

    2.1 Maltrato Físico.

    1. Lesiones físicas graves: fracturas de huesos, hemorragias, lesiones internas, quemaduras, envenenamiento, hematomas subdurales, etc.

    2. Lesiones físicas menores o sin lesiones: No requieren atención médica y no ponen en peligro la salud física del menor.

    2.2 Maltrato Emocional.

    1. Rechazar: Implica conductas de abandono. Los padres rechazan las expresiones espontáneas del niño, sus gestos de cariño; desaprueban sus iniciativas y no lo incluyen en las actividades familiares.

    2. Aterrorizar: Amenazar al niño con un castigo extremo o con un siniestro, creando en él una sensación de constante amenaza.

    3. Ignorar: Se refiere a la falta de disponibilidad de los padres para con el niño. El padre está preocupado por sí mismo y es incapaz de responder a las conductas del niño.

    4. Aislar al menor: Privar al niño de las oportunidades para establecer relaciones sociales.

    5. Someter al niño a un medio donde prevalece la corrupción: Impedir la normal integración del niño, reforzando pautas de conductas antisociales.

    2.3 Maltrato por Negligencia.

    Se priva al niño de los cuidados básicos, aún teniendo los medios económicos; se posterga o descuida la atención de la salud, educación, alimentación, protección, etc.

    III. MALTRATADORES.

    3.1 ¿Quiénes son maltratadores? Son todas aquellas personas que cometen actos violentos hacia su pareja o hijos; también puede ser hacia otros en general.

    3.2 ¿Por qué maltratan? Porque no saben querer, no saben comprender, no saben respetar.

    3.3 ¿Qué características tienen los maltratadores?

    1. Tienen baja autoestima.

    2. No controlan sus impulsos.

    3. Fueron víctimas de maltrato en su niñez.

    4. No saben expresar afecto.

    3.4 ¿Qué características tienen los maltratados?

    1. Tienen baja autoestima.

    2. Sumisos.

    3. Conformistas.

    4. Fueron víctimas de maltrato.

    5. No expresan su afecto.

    3.5 ¿Qué se debe hacer para no llegar al maltrato?

    Aprender a:

    – Comprenderse.

    – Comunicarse con calidez y afecto.

    – Respetarse.

    – Dominar sus impulsos (ira, cólera).

    IV. VIOLENCIA SEXUAL, UN ASUNTO DE DERECHOS HUMANOS.

    La violencia constituye un elemento cotidiano en la vida de miles de niños y niñas en el Perú, siendo la violación y el abuso sexual que se cometen contra este vulnerable sector de la población, una de sus manifestaciones más dramáticas y extremas. La violación y el abuso sexual afectan una pluralidad de derechos humanos fundamentales tales como la libertad sexual, la integridad corporal y mental, la salud integral, la vida en su dimensión más amplia, comprometiendo el futuro de las víctimas.

    Los derechos vulnerados con las agresiones sexuales han sido constitucionalizados a nivel mundial, como muestra de su trascendencia. No obstante que tales agresiones involucran un problema de derechos humanos, coexisten al respecto diversas percepciones sociales, muchas de las cuales lo asumen como de segundo orden, silenciándolo, desconsiderándolo políticamente y tolerándolo; de modo que la mayoría de violaciones se mantienen en la impunidad.

    Asimismo, los distintos sectores sociales en el Perú, al abordar el problema de los derechos humanos, no conceptualizan las agresiones sexuales como un problema que afecte profundamente tales derechos sino, más bien, como un asunto de naturaleza puramente sexual. Se diferencian así de la comunidad internacional, para lo cual la violencia contra la mujer es tema de la agenda pública y constituye un problema global que afecta los derechos humanos, y es un obstáculo para el desarrollo.

    Son múltiples los factores que contribuyen a producir y perpetuar la violencia, siendo fundamental, a nuestro juicio, la socialización, que forma individuos con roles diferenciados y asimétricos, y coloca a la vez en posiciones de subordinación a las mujeres y de dominación a los varones, adjudicándoles valores distintos. Al respecto, David Finkelhor sostiene que la victimización sexual probablemente es tan común en nuestras sociedades debido al grado de supremacía masculina existente. Es una manera en que los hombres, el grupo de calidad dominante, ejercen control sobre las mujeres. Para mantener este control, los hombres necesitan un vehículo por medio del cual la mujer pueda ser castigada, puesta en orden y socializada dentro de una categoría subordinada. La victimización sexual y su amenaza son útiles para mantener intimidada a la mujer. Inevitablemente, el proceso comienza en la infancia con la victimización de la niña.

    Factor importante que actúa en la reproducción social de este fenómeno es también el derecho legitimado que los padres y tutores tiene de utilizar la violencia física y emocional o sexual como medio eficaz de control y socialización. Se produce así una internalización y aprendizaje de estas conductas, las cuales se repetirán más adelante, garantizándose su permanencia. Otro elemento, no menos significativo, es la violencia ofensiva o sutilmente transmitida por los medios de comunicación, que difunden imágenes y mensajes cargados de sexo, discriminación y muerte, invadiendo y agobiando permanentemente a personas de todos los sectores sociales.

    4.1 Dimensiones de la violencia sexual contra niños y niñas.

    Las características de las agresiones sexuales perpetradas contra los niños hacen prácticamente imposible aproximarnos siquiera a su verdadera magnitud. De otro lado, no existen investigaciones científicas oficiales que permitan un diagnóstico veraz; tampoco existen registros rigurosos, elaborados con criterios homogéneos que proporcionen información cuantitativa adecuada.

    Asimismo, los mitos y prejuicios sociales, los obstáculos que se presentan en la administración de justicia contra quienes deciden denunciar la legislación inapropiada que no recoge las distintas modalidades de agresión sexual, sin otros tantos factores que impiden acercarnos a una dimensión más realista de este fenómeno social. Los casos registrados, que corresponden sólo a algunos denunciados, significarían apenas la punta del iceberg, sobretodo en cuanto se refiere a violaciones, incestos y todo tipo de agresiones sexuales contra niñas y niños, ya que por investigaciones no oficiales sabemos que la mayoría de violaciones no se pone en conocimiento de las autoridades, formando parte en gran medida de la criminalidad oculta.

    Si bien es virtualmente imposible contar con cifras exactas, algunos estudios ofrecen una aproximación, la cual constituye una referencia alarmante.

    Prado Saldarriaga concluyó en una investigación:

    Que los delitos contra las buenas costumbres son un problema de importancia, ya que estas infracciones se mantienen en el tercer lugar de mayor frecuencia en el país.

    Que las violaciones en menores de edad constituyen el atentado de mayor registro en los últimos 20 años.

    Que la mayor incidencia de infracciones sexuales se registra en las zonas urbanas, principalmente en el departamento de Lima.

    Que los autores de este tipo de delitos presentan mayor constancia en el grupo etario de 18 a 27 años, y entre personas con educación básica regular.

    Que la criminalidad sexual sigue una tendencia ascendente en los últimos años en el Perú.

    4.2 Consecuencias de la violación y el abuso sexual.

    En cuanto a las consecuencias, estudios realizados a nivel internacional concluyen que las agresiones sexuales perpetradas contra un niño impactan gravemente su mundo interno, destructivos en la vida de la niña o niño. Dichos estudios sostienen que estas agresiones producen en la víctima serios trastornos sexuales, depresiones profundas, problemas interpersonales y traumas que pueden ser permanentes e irreversibles, incluso en algunos casos pueden ocasionar la muerte por traumatismo o suicidio, efectos que requieren intervención profesional inmediata.

    Al respecto, el Dr. David Finkelhor, del Programa para el Estudio de la Violencia Familiar de la Universidad de New Hampshire, en una investigación realizada en 1980 con una muestra de 796 estudiantes de colegio, encontró problemas de sexualidad y bajos niveles de autoestima en aquellos participantes que habían sido victimizados sexualmente durante su niñez. El Dr. Nahman Greenberg, psiquiatra e investigador de la Escuela de Medicina de Illinois y Director de la Unidad de Servicios por Abuso a Niños (CAUSES), en su escrito "La epidemiología del abuso sexual" (1979) plantea la existencia de un alto riesgo de trauma mental para las niñas y los niños que han sido envueltos por adultos en actividades sexuales.

    En la práctica clínica con jóvenes y adultos (as) que han sido abusados sexualmente durante su niñez, se han encontrado:

    1) Dosis internas de emociones, como desesperanza, minusvalía, vergüenza, culpa e ira, acompañadas de inhabilidad casi total para manejarlas. La víctima siente terror al identificarla y en algunos casos invierte dosis inmensas de energía en reprimirlas. En el caso de ira, si ésta se expresa, los varones tienden a dirigirla hacia fuera, siendo agresivos con otras personas, mientras que las mujeres tienden a dirigirla hacia ellas mismas, envolviéndose frecuentemente en comportamientos autodestructivos, mutilándose con cortaduras, quemaduras o golpes y realizando intentos de suicidio.

    2) Una gran dificultad para confiar. La misma entorpece grandemente el proceso de terapia.

    3) Poca habilidad para establecer relaciones con pares.

    4) Desbalance en las relaciones que se establece, en las que tiende a ocupar una posición inferior. Es común que la mujer abusada sexualmente en su niñez se convierta en esposa maltratada.

    5) Temor a convertirse en agresor o agresora.

    6) Problemas en su sexualidad.

    7) Neurosis crónica de origen traumático.

    V. VIOLENCIA FAMILIAR, MECANISMOS LEGALES DE PROTECCIÓN.

    La conveniencia de regular jurídicamente la violencia familiar se fundamenta en la necesidad de encontrar mecanismos para proteger los derechos fundamentales de los integrantes del grupo familiar frente a los cotidianos maltratos, insultos, humillaciones y agresiones sexuales que se producen en el ámbito de las relaciones familiares. Si bien es cierto que las manifestaciones de violencia familiar no se producen exclusivamente contra las mujeres, son éstas -a los largo de su ciclo vital- las afectadas con mayor frecuencia. De este modo, la casa constituye un espacio de alto riesgo para la integridad de mujeres y niños, derivándose de ahí precisamente la denominación de violencia doméstica o familiar.

    Resulta evidente, sin embargo, que el agente de la violencia no se limita siempre a dichos espacios; encontramos casos de agresiones en las calles, los centros de estudio y/o trabajo y en general los espacios frecuentados por las víctimas.

    De otro lado, para interferirnos a mecanismos legales de protección frente a la violencia intrafamiliar es importante precisar primero dos conceptos: (i) ¿cuáles son los componentes de todo aquello que calificamos como mecanismo legal o, de manera más amplia, el sistema jurídico?, y (ii) ¿a qué acudimos cuando hablamos de violencia intrafamiliar?

    El sistema jurídico tiene tres componentes básicos:

    El primero, la ley. Es la norma escrita, la que encontramos en los códigos y en las disposiciones legales. Es importante porque tiene carácter universal, es decir, de aplicación general para toda la sociedad desde el momento en que se encuentra vigente. Un ejemplo es el Código de los Niños y Adolescentes, que es precisamente el texto de la Ley, el componente central de lo que significaría un mecanismo legal de protección a niños y adolescentes.

    Un segundo componente es la institucionalidad. Es decir, todos aquellos operadores de la administración pública o privada que están involucrados en la aplicación de este componente normativo, de la ley escrita. Es un componente clave cuando hablamos de mecanismos legales de protección frente a la violencia familiar. Son las instituciones que nos ofrecen la sociedad y el Estado para hacer realidad aquello que disponen las normas legales.

    Un tercer componente es el relativo a lo cultural. Alude a la idiosincrasia, a la ideología que está detrás de los aplicadores de la norma. Pero no sólo de ellos, sino también de quienes la concibieron y de aquellas personas que, en determinado momento y frente a un hecho concreto, deciden acudir y solicitar su aplicación.

    Estos tres elementos son claves para entender todo lo que significa el problema de los mecanismos legales en una sociedad determinada.

    Hecha esta precisión, pasaremos a definir lo que entendemos por violencia familiar. La misma alude a cualquier acción, omisión o conducta mediante la cual se infiere un daño físico, sexual o psicológico a un integrante del grupo familiar -conviviente o no-, a través del engaño, la coacción, la fuerza física, la amenaza, el caso, entre otros.

    La mayoría de casos de violencia se producen donde existe una relación de poder, de jerarquía. Tanto en los casos de violencia sexual como familiar, podemos apreciar que existe una relación del fuerte contra el débil. Muy rara vez escucharemos hablar de la violencia del niño contra su padre. Por lo general, cuando los hijos expresan violencia contra sus padres se trata de padres mayores, muchas veces dependientes de sus hijos, y de hijos que los superan en fortaleza física.

    El elemento de poder puede estar relacionado a la ubicación en el contexto familiar: padres-hijos, tíos-sobrinos; o también por la edad: adultos-niños; o por relaciones de jerarquía: marido-mujer. Estos son, pues, elementos claves que debemos tener presentes al hablar de violencia intrafamiliar.

    5.1 Manifestaciones más frecuentes de violencia intrafamiliar.

    1. El maltrato físico. Su explicación es obvia; se refiere a todas aquellas acciones violentas que dañan la integridad física de las personas. Por lo general, es un maltrato visible. Puede afirmarse que fue el tipo de maltrato que propició todo este proceso de búsqueda de respuestas legales, por tratarse de la agresión más evidente.

    2. El maltrato psicológico. Que se refiere a toda aquella palabra, gesto o hecho que tienen por objeto humillar, devaluar, avergonzar y/o dañar la dignidad de cualquier persona. Esta es una manifestación de violencia mucho más difícil de demostrar, sobretodo en los casos en que se produce en el interior de un grupo familiar.

    3. La violencia sexual. Que es toda manifestación de abuso de poder en la esfera de la vida sexual de las personas, pudiendo ser calificada o no como delito. Decimos esto porque, actualmente, algunas manifestaciones de violencia sexual son ignoradas por nuestra legislación penal. Pueden ir desde imposiciones al nudismo hasta la penetración anal o vaginal. Estos últimos supuestos son considerados por nuestra ley como delitos de violación.

    5.2 Contra la Violencia Familiar.

    A fines de 1993 se promulgó la Ley 26260 que establece la política de Estado y de la sociedad frente a la violencia familiar. Esta ley constituye un recurso complementario al Código de los Niños y Adolescentes porque reconoce como actos de violencia familiar los de maltrato físico y psicológico entre cónyuges, convivientes o personas que hayan procreado hijos en común, aunque no convivan, y de padres o tutores a menores de edad bajo su responsabilidad.

    Hasta ahora, la Ley 26260 ha sido difundida básicamente como una ley de protección a las mujeres frente a la violencia familiar. Sin embargo, sus alcances protegen a estos dos grupos humanos que mayoritariamente son afectados por estas manifestaciones de violencia: a las mujeres y a las niñas y niños. En este sentido, constituye un recurso que creemos puede ser utilizado y redimensionado para proteger a los niños y niñas frente al maltrato en la familia. Esta norma tiene como objetivo fundamental comprometer al Estado en la erradicación de la violencia familiar. Está destinada a prevenir y proteger a las personas que son víctimas de violencia en el ámbito de sus relaciones familiares. Su importancia radica en plantear medidas en diversos niveles, siendo la más urgentes de atención:

    1. Las acciones educativo-preventivas: Tienen como objetivo fortalecer la formación escolar y extraescolar en la enseñanza de valores éticos y humanos, de relaciones humanas igualitarias para, precisamente, prevenir que se sigan reproduciendo las relaciones de jerarquía que ubican a unas personas en desventaja frente a otras, y que constituyen causa importante de la violencia en el interior de la familia.

    2. Las acciones organizativas: La Ley 26260 se plantea entre sus objetivos promover la participación de la comunidad en la prevención y denuncia de maltratos producidos dentro de la familia. La idea es que la organización comunal pueda participar en el control y seguimiento de las medidas que los jueces adopten frente a casos de violencia familiar.

    3. Instalación de servicios: Esta Ley ofrece la posibilidad de instalar servicios especializados. En ellos se ubican las delegaciones policiales para menores, las delegaciones para mujeres, e igualmente plantea reforzar las delegaciones policiales que existen con personal especializado para atender problemas de violencia familiar. Del mismo modo, plantea la necesidad de crear hogares temporales de refugio para víctimas de violencia a nivel de los gobiernos locales. Un aspecto importante que ofrece esta Ley, y que antes no había sido considerado en ninguna otra norma, es que se puedan diseñar programas de tratamiento a los agresores para evitar, precisamente, que el maltrato continúe y se multiplique.

    4. Acciones de capacitación: Dirigidas a los agentes de las instituciones que constituyen uno de los componentes del sistema jurídico: policías, jueces y fiscales.

    5. Acciones legales: Esta Ley ofrece mecanismos de carácter sumarísimo. Esto significa celeridad, inmediatez, es decir, un contacto directo de la autoridad con la víctima. Es un procedimiento, en principio, que no debería ser obstaculizado por ningún tipo de formalismos. Lamentablemente, la legislación se enfrenta en este aspecto con el componente cultural señalado originalmente. Porque nuestros jueces, en general, no han estado acostumbrados a aplicarse este tipo de legislación.

     

    BIBLIOGRAFÍA

    Folletos.

    Programa Nacional de Salud Mental.

    1998.

    Boletines.

    Programa de Salud Mental.

    1998.

    Violencia Familiar.

    María Isabel Rojas.

    Ediciones Universidad Católica de Chile.

    1991.

    Sexo, Niño y Sociedad.

    Yolanda León y Julio Peche.

    Biblioteca Peruana de Psicología.

    1987.

    Abuso Sexual al Menor.

    Elvira Salazar Antúnez de Mayolo.

    Gobierno del Estado de Nuevo León, México.

    1989.

    Coordinación General del Movimiento Manuela Ramos.

    Violeta Bermúdez V.

    1999.

     

     

     

    MONOGRAFIA REALIZADA POR

    LIC: DANIEL OMAR CHAVEZ BURGA

    HECTOR ENRIQUE LAZO HUAYLINOS

    Bachiller en Psicologia