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Los valores éticos morales (página 2)

Enviado por zaida gutierrez


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Si analizamos el pensamiento intelectual de finales del siglo XIX, y principios del XX, este pensamiento reproduce de alguna manera el esquema precedentemente descrito. Historiadores prestigiosos se valían de sus representaciones, ciertamente peculiares de la sociedad, para dar cuenta de la ineptitud entre comillas del pueblo venezolano; en este sentido, se denota una suerte de estigmatización de la población. Como expresión de ello surge el pensamiento de Gil Fortoul, historiador de la época, quien caracteriza al pueblo venezolano "como un pueblo de pigmeos"; más tarde, ya para la época gomecista, el Sociólogo Laureano Vallenilla Lanz, en su libro, "Cesarismo Democrático" expresa que "el pueblo venezolano no ha concebido una idea de sociedad".

Estas representaciones de la sociedad latinoamericana, y venezolana, son de origen antiquísimo. En la época colonial los territorios de América eran vistos como tierras incógnitas, y sin historias sociales.

Ahora bien, "explorar la naturaleza del sistema de relaciones sociales generado por la historia de América latina, nos llevaría a determinar no solo quien ocupa el poder, sino como este se ejerce, y a analizar forzosamente el concepto de Soberanía y Ciudadanía; cuestión que correspondería a otro tema de estudio; pero resulta importante mostrar sintéticamente la singularidad y especificidad de la historia de América latina, traducida en una incapacidad real de reproducir nuestra propia historia" (Pérez Baltodano, Op. Cit.: 14).

Venezuela no escapa de ello, pues no hemos logrado desarrollar la capacidad de territorializar suficientemente nuestras propia historia nacional, es decir, la capacidad para controlar los factores que determinan nuestra propia evolución como entidades territoriales sociales y políticas soberanas, por el hecho de que los procesos de participación política, y/o Social han sido mecanismos diseñados desde el Estado para la defensa de un sistema de privilegios, y no el resultado de conquistas de la sociedad contra el Estado. Estos procesos, en décadas, no han puesto en juego el funcionamiento de la administración clientelar, ni han amenazado la reproducción de las estructuras de exclusión social.

El voto, para ejemplarizar los sesgos de la participación política, ha funcionado a un nivel más básico: concretamente para ratificar los procesos que constituyen a la nación como pueblo, más que para la actualización de la ciudadanía. Los políticos rara vez aparecen como representantes de la ciudadanía; son más bien intermediarios que, en un sistema de reciprocidad, gestionan la desobediencia controlada de sus clientelas (Pérez Baltodano, Op. Cit.: 18-19).

Este autor señala que… "En los sistemas políticos de las sociedades democráticas europeas de occidente, por el contrario, existió una lucha histórica en torno a la definición e interpretación del concepto de soberanía" (Ibid). Utilizando la interpretación de T.S. marshall (1965) sobre el desarrollo del principio de la ciudadanía de estos países, es posible visualizar un primer círculo concéntrico como la representación del surgimiento y la institucionalización de los derechos civiles en el siglo XVIII; un segundo círculo concéntrico que alude al nacimiento y desarrollo de los derechos políticos en el siglo XIX; y un tercer círculo que representa la puesta en marcha de los derechos sociales en el siglo XX.

A través de este proceso histórico, el desarrollo del principio de la ciudadanía que se inspira y se orienta por la idea de la igualdad, estuvo acompañado por el desarrollo de un sistema económico capitalista que generaba desigualdad.

De esta contradicción, surgen los derechos sociales en el siglo XX. Estos derechos y las políticas publicas que estos derechos logran generar tienen como objetivo contrarrestar la desigualdad social producida por la dinámica del capital; ahora bien, "a partir de la instauración de los derechos sociales y de la puesta en marcha de políticas sociales se genera el desarrollo de la capacidad de regulación del Estado, y simultáneamente se desarrolla la ampliación del principio de la ciudadanía; este hecho hace posible paulatinamente el condicionamiento por parte de la sociedad civil" (Pérez Baltodano, Op. Cit.: 38). Por medio de estos dos procesos paralelos y mutuamente condicionantes: el estado Europeo decanta paulatinamente su "poder despótico" y desarrolla bis-a-bis su poder "estructural: es decir, el desarrollo de la capacidad de regulación social del Estado aumentó la capacidad de éste para "penetrar y coordinar de manera centralizada y a través de su propia infraestructura, las actividades de la sociedad civil" (Mann, 1989: 114).

Al mismo tiempo, y como resultado del desarrollo de los derechos ciudadanos, el Estado fue perdiendo la capacidad de imponer su voluntad sobre la sociedad civil, en ausencia de "practicas institucionalizadas de negociación" (Mann, 1989: 113); como resultado de este doble proceso se llega a establecer lo que David Held (1991:198) llama "una relación de congruencia" entre los que hacen las políticas publicas y los que las reciben. Esta relación, tal y como lo señaló Held, constituye una de las premisas fundamentales del sistema de gobernabilidad democrática de los países europeos (Pérez Baltodano, Op. Cit.: 39).

Ambiguamente, y a grandes trazos podría afirmarse que la construcción de la República en Venezuela, en términos formales estuvo determinada por la mimetización del antiguo orden sociopolítico colonial preexistente; el proyecto que la caracterizó fue la construcción e implantación de un Estado nuevo, fundado en las ex-colonias españolas, basado, en cuanto a la forma del Estado, en la organización de las Provincias que nos quedaron como legado del régimen español; Provincias que se habían desarrollado en el sistema colonial como organizaciones administrativas altamente descentralizadas. "Precisamente, fue por esa enorme descentralización y autonomía provincial que existía en los territorios de la Capitanía General de Venezuela que, como forma para estructurar un Estado nuevo –que fue lo que se propuso ese liderazgo político–, se escogió el esquema federal… porque, entre otros factores, en el constitucionalismo de la época no había otra forma para construir un Estado republicano que no fuera en base a la estructura político-territorial de las excolonias descentralizadas" (Brewer, 1996:13). Es así como el pensamiento conservador de la gesta independentista en los primeros decenios del siglo XIX, construye el nuevo Estado observando como propósito, entre otros "el conservar el status quo vigente", cuyo significado a los efectos de este estudio, se traduce en la implementación y defensa de los derechos civiles y políticos recién adquiridos, e inspirados en los principios de libertad, que en su momento enarbolara la Revolución de la Francia de 1789 sin prestar mucha atención a la igualdad y a la fraternidad.

Añadiendo a esta particularidad que esos derechos ciudadanos y políticos adquiridos se lo autoadjudicaron la élite política y económica del momento, excluyendo al resto de la población del ejercicio de los mismos. Se destaca entonces, que la población venezolana de la época apenas alcanzaba a comprender medianamente el valor civilista de "ser libres" como único derecho ciudadano. Precisamente una de las características del pensamiento intelectual de la época se basaba en que la clase dominante consideraba que el pueblo en general no estaba preparado para asumir decisiones que sustentaran un proyecto de país. El Dr. Elías Pino Iturrieta, actualmente miembro de la Academia Nacional de la Historia en Venezuela, considera al respecto que desde los inicios de la República, personajes emblemáticos como Simón Bolívar, contrasta en sus últimos tiempos que se estaba frente a "una Sociedad Minusválida".

En este mismo orden de ideas, "La progresiva instauración de un Poder Central dentro de las vicisitudes iniciales de la Guerra de Independencia, antes y después de la separación de la Gran Colombia, llevaron al mismo liderazgo que efectuó la Independencia, y que asumió el control del Estado a partir de 1830, a no entender los cambios que habían provocado, y a pretender aplicar, a finales de la década de los cincuenta del siglo XIX, los mismos criterios políticos iniciales, como si no hubieran transcurrido casi tres décadas de vida republicana…" (Brewer, 1998: 14). En este sentido, y sucintamente, los cambios sociopolíticos institucionales se abordaron lentamente en Venezuela. En las épocas de Falcón, Zamora, de los grandes caudillos, y de guerras intestinas, de poderes omnímodos, Guzmán Blanco, y los andinos con Cipriano, y Gómez a la cabeza, incluyendo la etapa postgomecista, hasta 1945, significaron procesos institucionales imbuidos de fuertes agravios a los derechos ciudadanos en el quehacer cotidiano del ciudadano común, replegados aún mas con la llegada de Pérez Jiménez, Dictador del denominado Régimen neofascista quien constriñó profundamente cualquier posible acto civilizatorio participativo. La Participación comienza a salir de su letargo desde el momento que afloraron aquellos primeros intentos referidos al derecho político del "voto", en 1945, y a la posibilidad sentida del pueblo venezolano de vivir en democracia, lo cual significaba libertad, y la apertura de la compuerta para la Participación Política, concretada en un continuo en 1958.

La Democracia Representativa

Comencemos a aproximarnos en términos simples al significado de la Representatividad, la cual consiste en la delegación del poder de decidir que el ciudadano trasfiere a sus gobernantes a través del sufragio; en otras palabras, el ciudadano delega en sus gobernantes la representación de las decisiones, tanto en la esfera pública, como privada, y éste en ejercicio de dicha representación, asume las decisiones que le corresponden a los ciudadanos. De hecho, la Participación del Ciudadano se agota en el acto de votación, de allí en adelante, la persona elegida se encarga de tomar las decisiones que de una u otra manera afectan la vida en sociedad de cada individuo.

En este orden de ideas, se analiza la implantación del modelo de la Democracia representativa, también denominada "democracia de partidos" y/o de élites.

En Venezuela se implanta la Democracia representativa en 1958, luego del intento fallido democratizador del año 1945; estableciéndose el Sistema electoral de representación proporcional de las minorías a través del método D"hondt. Para el momento, éramos un país de los que menos tradición y cultura democrática teníamos en toda la América Latina (Brewer, 1999); se muestra cómo en este período, la élite política, y económica resuelve establecer en el país el régimen democrático Representativo como sistema político, a través del consabido Pacto de Punto Fijo de 1958, firmado por los líderes fundamentales de A.D. (Acción Democrática); el Partido socialcristiano Copei, y la Unión Republicana Democrática, U.R.D., representantes de los Empresarios, Obreros y la Iglesia Católica.

Estos representantes, llegan a constituirse como tales, gracias a los Partidos Políticos, quienes a su vez, se convierten en los únicos interlocutores validos entre el gobierno y los ciudadanos. En este sentido, los nuevos actores sociopolíticos abren una galera, y promueven el surgimiento de un nuevo modelo de relaciones entre Estado y Sociedad que tendrá como característica lo que Faletto (1994) ha denominado la ampliación de la ciudadanía en el plano político, ¡y en el plano social!, la ampliación de la integración social, a través de la educación, y la creación de condiciones de vida menos discriminatorias, por la vía de la expansión de los sistemas de salud, vivienda, seguridad social, y otros.

Ahora bien, el modelo de la democracia representativa, propuesta por los dos (2) grandes partidos tradicionales de masa, Acción Democrática y Copei ¡lejos de propender a construir una sociedad que se recreara, y participara sustantivamente!, que discurriera autónomamente y en forma evolutivamente natural, como en los inicios, implantaron y consolidaron organizaciones –en su mas variada gama– en los niveles intermedios de la sociedad, y en la base de la población; esto es, a nivel comunitario constituyeron fórmulas participativas bajo el amparo, protección y dominio del Estado, concretamente del gobierno de turno, que respondieran –única y exclusivamente– a los lineamientos del partido de gobierno de turno.

Es importante destacar que a mediados de los años 70, la ampliación de la ciudadanía –como paradigma– requería necesariamente la nacionalización del Estado es decir, la reducción de los niveles de soberanía domestica. Esta "nacionalización se hace efectiva en algunos países latinoamericanos, que habían logrado mayores niveles de desarrollo económico" (Werz, Pérez Baltodano, Op. Cit.: 13), como es el caso de Venezuela; que para la época exhibe elevados índices de ingreso per cápita, producto de la actividad petrolera. En este sentido, se observa una mayor capacidad de regulación social por parte del Estado.

El establecimiento de circuitos de reproducción entre Estado y Sociedad impulsados por el desarrollo económico, y por la ampliación de la capacidad de regulación social del Estado, hizo posible la articulación de las demandas sociales por parte del mismo; pero con el paso del tiempo estas demandas fueron in crescendo, haciendo más compleja la situación, quebrantada paulatinamente por los vaivenes y la volatibilidad en los cambios de precios del crudo venezolano, además de las erráticas políticas monetarias, fiscales y cambiarias.

Así mismo se destaca, que en materia de participación, aquellos denominados comités locales de AD, o de COPEI que fueron desarrollándose a partir de los años 60, derivaron luego en el cumplimiento de funciones vecinales y de control, a través de la figura de las asociaciones de vecinos creadas jurídicamente conforme al contenido de la Ley Orgánica del Régimen Municipal en 1978, Ley que les otorga institucionalidad jurídica, y en consecuencia legitima el control por parte de los partidos tradicionales de la sociedad civil, y de sus comunidades, a través de sus instancias vecinales; verbigracia, eventos intrascendentes como la elección de una reina de carnaval en un barrio, quien decidía era el partido político del gobierno de turno, con sus asociaciones vecinales partidistas, sin entrar a analizar otros modos y/o manifestaciones cotidianas de la sociedad civil organizada, como las sociedades intermedias, donde los Partidos Políticos penetraron y controlaron, entre algunos ejemplos, los Sindicatos, los Colegios Profesionales, y los Gremios (Brewer, 1998) cuyas formas de gestión se han caracterizado por estar altamente politizadas.

Lo que se quiere destacar es el desarrollo paulatino de una sociedad dependiente, no construida sobre bases reales participativas, sino bajo los designios de los Partidos Políticos totalmente desdibujados –en el tiempo– de sus funciones primigenias de funcionamiento; en esta tarea se olvidaron que eran instrumentos para la democracia y no su finalidad. Paradójicamente estas Organizaciones Civiles arremeten luego contra este modelo, pues, en este ciclo crece una importante masa media, con nuevas posibilidades reivindicativas, producto de la educación, y de su ascenso social, y con niveles crecientes de demandas sociales; pero igualmente se amplía cada vez mas el número y/o contingente de venezolanos imbuidos en pobreza, crítica y/o extrema, que no accesan a mejoras en calidad de vida, subempleados, y/o desempleados, excluidos del sistema, que conforman grandes capas de la población, aproximadamente el 80%, y que del mismo modo exigen sus reivindicaciones sociales.

Las compuertas para la implantación de la Democracia Participativa

Entrelazando eventos, y en otro orden de ideas, en 1989 comienza a profundizarse el proyecto de un nuevo orden mundial, cuyos fundamentos se encuentran establecidos, ya sea a través de nuevas concepciones político-filosóficas, que propugnan el fin de las ideologías –el fin de la historia–, y/o concretado por el choque entre civilizaciones, la globalización mediática, mercantil, la nueva doctrina militar de guerras preventivas y/o por el unilateralismo presente en todos los órdenes exhibido por las grandes potencias del capitalismo globalizado.

Este Nuevo Orden Mundial se articula en parte por un sistema conformado por los Estados Unidos, la Unión Europea y Japón, parte por los países denominados los tigres asiáticos, incorporando el reciente nuevo impulso de "China" y su espectacular apertura al mundo globalizado, y muy pocos países del Cono Sur Latinoamericano, con Brasil despuntando.

Este sistema mundial tiene como fuerzas adversas el movimiento pacifista europeo, la resistencia de las naciones árabes y africanas, así como los innovadores movimientos sociales latinoamericanos.

Frente al caos que se vislumbra con el posicionamiento, a partir del decenio de los 90 de este Nuevo Orden Mundial, en América Latina emergen en el plano político y social, concepciones participativas y/o comunitarias para la profundización democrática nacional en lo político, y en lo económico.

Hoy día por tanto, se constituye como actividad medular en América Latina la reorientación política, socioeconómica y del mercado, a través de movimientos estratégicos e integracionistas a lo interno de algunos países latinoamericanos, buscando salidas para el logro de desarrollos endógenos y exógenos simultáneos. En tal sentido, esta propuesta sostiene, en última instancia, que la política de Estado debe reorientarse a través de "la organicidad en ideas conjuntas societales e intereses colectivos para la consecución de mejoras en calidad de vida ciudadana.

Esta premisa implica establecer mecanismos para garantizar una mínima protección a las capas sociales amenazadas por esta nueva ola modernizadora. Se trata en términos generales, de entender a la democracia como un proceso deliberativo, de persuasión y de decisiones en lo político, y en lo económicosocial, a través de la cual se pretende crear, recrear y mantener una calidad de vida ciudadana, y un proyecto de vida óptimo en común.

Para tal efecto, la concepción participativa propone recuperar el concepto de ciudadano como el núcleo de la democracia, señalando que lo que concibe a un real ciudadano es la participación activa en el ejercicio del poder –sea político, económico, y/o social– así como a través de la formación de una voluntad general como ciudadano de una nación, para el logro de un proyecto de país; la posibilidad de ser ciudadano radica en el hecho de ejercer los deberes y derechos de estar informados –la cimentación de una opinión pública–, la participación política, económica, y/o social activa del individuo, –ser parte de–, de los espacios públicos, gubernamentales, y no gubernamentales, son mecanismos de singular importancia que coadyuvan a potenciar la responsabilidad cívica y moral como comunidad.

En tal sentido, a la par del ciudadano, caracterizado como el epicentro de la democracia, el proyecto participativo considera a la comunidad como la base real donde se crea un modo de vida, recreación y repotenciación de valores. Esta visión comprehensiva de la realidad considera que la participación ciudadana es una acción de carácter colectivo, es decir se trata de una acción que se lleva a cabo conjuntamente con otros individuos, en calidad de ciudadanos; con los que se comparten intereses, una visión, y un proyecto de país.

La Democracia Participativa: alcances de la participación en Gestión

En el caso venezolano, la tendencia a mejorar los niveles de participación se ha expresado en la producción normativa –legislativa (cambios constitucionales)– y en la instauración institucional de nuevas instancias para la Participación.

El texto constitucional vigente tiene como desideratúm refundar la República, estableciendo una sociedad democrática, participativa y protagónica, es decir, nos remite a un ciudadano protagónico asumiendo un rol estelar, a partir de una activa participación.

De manera que la democracia participativa plantea un nuevo modelo para el ejercicio de la democracia en Venezuela. Ya no se trata de participar en un instante –el sufragio– su significado consiste en un actuar permanente, en una actividad constante de construcción social ciudadana, que exige proactividad, conocimiento, formación, planificación, capacidad de negociación, constancia, vocación social del simple ciudadano común; se trata de una "participación en gestión", planificación, seguimiento y control por parte de los ciudadanos, de la actividad pública gubernamental, ya sea política, económica y/o social.

En este mismo orden de ideas, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, define como Estado la conjunción de entidades o personas jurídicas-territoriales conocidas como república, estados, municipios y demás entidades locales. Al Estado se antepone otro conjunto denominado Sociedad, integrada por subconjuntos tales como familias, comunidades o grupos vecinales, comunidades o pueblos indígenas, gremios de profesionales y técnicos, sindicatos y ONGs; entre otros. A su vez la Constitución resalta que los órganos y entes del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos, por el hecho de que la soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, tal como está consagrado en el artículo 5 de esta Carta Magna:

"La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público. Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos".

De lo anteriormente expuesto se desprende que todos los ciudadanos tienen el derecho y el deber de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos, tal como se consagra en el artículo 62:

"Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente o por medio de sus representantes elegidos o elegidas. La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica".

Por otra parte, el artículo 70 de la CRBV puntualiza que:

"Son medios de participación y protagonismo del pueblo en ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la revocación del mandato, las iniciativas legislativas, constitucional y constituyente, el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas, cuyas decisiones serán de carácter vinculante, entre otros; y en lo social y económico: las instancias de atención ciudadana, la autogestión, la cogestión, las cooperativas en todas sus formas incluyendo las de carácter financiero, las cajas de ahorro, la empresa comunitaria y demás formas asociativas guiadas por los valores de la mutua cooperación y la solidaridad. La ley establecerá las condiciones para el efectivo funcionamiento de los medios de participación previstos en este artículo".

A partir de estos preceptos jurídicos, contemplados en la constitución de 1999, en el país se comienza a delinear políticas destinadas a plasmar el modelo de una "Democracia Participativa", a través del abordaje de reformas, proyectos y leyes que coadyuven a la participación ciudadana.

En este sentido, se reestructura el Sistema Nacional de Planificación, el cual se constituye por un "conjunto de instrumentos, procedimientos, normas, metodologías, estrategias e instancias de coordinación y formulación de la planificación tanto económica-social como físico-espacial o territorial de la República Bolivariana de Venezuela" (Hurtado, 2005); esta reestructuración se basa en una planificación de abajo hacia arriba; esto es, con el nuevo arsenal jurídico e instrumentación institucional vigente, se priorizan las necesidades reales de la población, a través de las demandas de los grupos organizados de las bases populares, para sus posteriores soluciones conjuntas en instancias superiores, verbigracia, Alcaldías, gobernaciones, a través de sus instancias, los Consejos Locales de Planificación Pública-; estas instancias se constituyeron como órganos de coordinación y formulación de la planificación, ejecución y control de las políticas públicas en todos los niveles de la administración publica, por mandato constitucional contemplado en el artículo 182, el cual señala:

"Se crea el Consejo Local de Planificación Pública, presidido por el Alcalde o Alcaldesa e integrado por los concejales y concejalas, los Presidentes o Presidentas de la Juntas Parroquiales y representantes de organizaciones vecinales y otras de la sociedad organizada, de conformidad con las disposiciones de la ley".

Concretamente, los Consejos Locales de Planificación Pública se constituirían en los órganos medulares de la planificación para el desarrollo en cada región y localidad del país, a partir de la transferencia de competencias y recursos a las comunidades, con la finalidad de administrar y resolver las necesidades colectivas y planificar conjuntamente de abajo hacia arriba con las comunidades. Esto permitiría que el ciudadano individual o el colectivo formara parte del poder local e interviniera activamente en la toma de decisiones, fortaleciéndose la soberanía popular.

Los Consejos Locales de Planificación Pública, en un primer momento, y a partir de importantes esfuerzos, logran -a medias- definir, y ejecutar procesos para la participación y organización de las comunidades.

Sin embargo, la implementación de los Consejos Locales de Planificación Pública desde sus inicios, comienza a enfrentar serios y graves obstáculos, como por ejemplo, el predominio de una cultura política excluyente, secular, en el ejercicio del poder y la autoridad. Ello se refleja en la composición exhibida en los Consejos Locales de Planificación, la cual manifiesta una real inoperancia e incompetencia hasta el momento.

En este sentido, en su conformación se ha denotado una excesiva manipulación política; fuertes movimientos de sectores que se oponen a las políticas del gobierno nacional; mediación de grupos de intereses, específicamente de los partidos políticos en los procesos de elección de los representantes de las comunidades, con la finalidad de conservar las cuotas de poder propias de las viejas estructuras políticas, y de las estructuras políticas nacientes, que inexorablemente reproducen el modelo, para destacar algunas de las disfuncionalidades.

Es por ello que, el gobierno nacional acomete un giro jurídico-institucional, en la búsqueda de establecer estrategias novedosas para un progresivo y real empoderamiento comunitario, en aras de profundizar la gestión conjunta de las bases populares, y propender al logro de resultados mayormente eficaces y eficientes en el quehacer de la política pública. En este sentido, se busca una óptima redemocratización de la gestión, a través de "los Consejos Comunales", los cuales constituyen el tema de estudio de este artículo.

Retrotrayéndonos, a partir del año 2004 se lleva a cabo el Taller de "Alto Nivel" en el cual se definen los diez "objetivos estratégicos". En este taller, entre algunos de los objetivos fundamentales, se plantea otorgarle el poder al pueblo; es decir, se transfiere a los ciudadanos y ciudadanas que actúan en el ámbito comunal las competencias necesarias para ejercer la gestión pública desde su localidad. Se diseña la creación de una nueva forma de organización social, que permita que el poder constituyente del pueblo se organice y disfrute de espacios reales.

En este nuevo delineo, se establecen nuevas instancias institucionales denominadas "Los Consejos Comunales", órganos de poder popular que asumen la gestión pública a nivel local, integrados por Colectivos o Comisiones de Trabajo en sectores tales como educación y deportes; cultura; comunicación e información; salud; participación popular, desarrollo social y alimentación; vivienda, infraestructura y hábitat; economía popular, agricultura y tierras, ciencia y tecnología; presupuesto y contraloría social; justicia, seguridad y defensa, entre algunas de sus gestiones.

Así pues, los Consejos Comunales en Venezuela, son espacios de coordinación y articulación de diversas áreas en la gestión local; ámbito en el cual los ciudadanos, toman sus decisiones, producto de la democracia participativa ejercida en Asambleas de Ciudadanos, las cuales son vinculantes en todos los niveles de la administración pública, cuya condición con respecto a la legalidad de sus decisiones se encuentra supeditada única y exclusivamente al hecho de que no contravenga los intereses de la propia comunidad, no sean ilegales e inconstitucionales, ello significa que en su conformación se ajusten a los requerimientos legislativos plasmados en "la Ley de los Consejos Comunales" y/o física, y económicamente no planteen obras de imposible ejecución.

En este sentido, el objetivo de la creación de estas instancias –que ya operan en las bases populares de las diversas parroquias de la geografía venezolana– es "…crear, desarrollar y regular la conformación, integración, organización y funcionamiento de los consejos comunales; y su relación con los órganos del Estado, para la formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas (Art. 1. Ley Consejos Comunales).

De lo anteriormente expuesto se observa que jurídicamente en Venezuela, se avanza hacia la construcción de un nuevo modelo democrático participativo y protagónico, lo cual implica, y concierne a nuestro sujeto de estudio, el cual consiste en analizar los alcances –en el terreno– de los mecanismos e instrumentos para la participación ciudadana, específicamente la participación en gestión ilustrada en la figura de "los Consejos Comunales".

La Democracia Participativa y los Alcances de la Participación en Gestión

A partir del nuevo milenio, y con la puesta en marcha de la Constitución, Bolivariana de Venezuela, la Participación Ciudadana toma un nuevo giro. El actor principal está representado por el ciudadano común organizado desde su propio espacio: que son las comunidades, y los diversos sectores que hacen vida en Venezuela. Entonces estamos frente a una nueva constitución que brinda un soporte legal, ordena a través de las leyes la forma como las comunidades y los diferentes sectores van a participar, se elaboran nuevas leyes orgánicas, decretos y ordenanzas a través de los gobiernos locales que le permiten a los sectores, a las comunidades el derecho de participar; ahora el Planificador no puede o no debe llegar a las comunidades con un modelo preconcebido, con un portafolio que tiene que cumplir con todo un proceso de planificación normativa en otrora, o estratégica recientemente, para poder abordar a las comunidades; ahora ¡son las comunidades que comienzan a organizarse, comienzan a aprehender, a interiorizar sus derechos, sus espacios, sus deberes y sus responsabilidades como actores sociales comienzan a viabilizar ¡ahora es la Asamblea de Ciudadanos! Y en esa Asamblea ellos tienen la espontaneidad de intercambiar, de reflexionar, de llegar a acuerdos; ellos se levantan, participan, se organizan… los procesos de planificación son participativos a partir del nuevo marco jurídico brindado por la Constitución de 1999, que es el gran soporte de la planificación participativa, desde esta galera se desprenden inquietudes que han impulsado la creación de nuevas leyes y ordenanzas que organizan ¡todo lo que está establecido en la constitución!, ahora los técnicos tienen que sentarse a escuchar lo que las comunidades están sintiendo, lo que están pensando…

5.1. Consideraciones Jurídico-Conceptuales

Profundizando lo planteado sucintamente, este estudio se reorienta a analizar "la Participación Comunitaria en Gestión" cuya figura emblemática está constituida por "los Consejos Comunales"; los cuales representan actualmente la Instancia de Participación y de Poder Popular, donde concurren las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y/o ciudadanos y ciudadanas de una comunidad, para ejercer –como grupos organizados– la gestión directa de sus Políticas Públicas, concibiéndo como Políticas públicas comunitarias las vías y/o los medios para materializar y/o instrumentalizar los planes de la comunidad; en otras palabras, se definen como ejes operativos del que hacer comunitario; para el Diseño, Gestión y Evaluación de las Políticas Públicas.

Esta gestión directa estaría dirigida a responder necesidades, y aspiraciones colectivas e individuales a través de las instancias denominadas Consejos Comunales, enmarcados dentro de la Democracia Participativa y Protagónica.

En este sentido, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su preámbulo enuncia formalmente que estamos frente a una sociedad democrática, la cual busca trascender el sistema político; esto es, manifiesta la idea de consolidar una forma de vida que no sólo le corresponda a las instituciones políticas, sino también a las instituciones sociales.

La sociedad que se busca consolidar a través del establecimiento de esta democracia, es participativa; de manera que la participación de la sociedad y del individuo en todo lo que le compete debe ineludiblemente conllevar a una mejor calidad de vida, y al logro de conducir su propio destino.

Paralelamente, hoy día la sociedad busca ser protagónica; las comunidades y los individuos van en pos de ese protagonismo democrático, no solo en el aspecto político, y en la profundización de esos derechos, si no a partir del involucramiento civil en la gestión de su política pública, como hacedores y constructores de su propio bienestar.

En este orden de ideas, la Ley de Los Consejos Comunales enuncia en las Disposiciones Generales, Capitulo I, en su articulo 2 que:

"Los Consejos Comunales" en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica son instancias de participación e integración entre diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y ciudadanos y ciudadanas, que permiten ejercer la función de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social".

En este sentido, se privilegian los "Consejos Comunales", como instancias de gestión comunitaria desde diversas miradas, puesto que hoy día constituyen la piedra angular de la participación en gestión en Venezuela. "estas instancias", tal como han sido concebidas, impulsan la participación y el protagonismo popular para formular, ejecutar, controlar y evaluar sus políticas públicas.

Lista de Referencias

1. BREWER Carias, Allan (2000). La Constitución de 1999 Comentada. Editorial Arte, Caracas.

2. BREWER Carias, Allan (1998). Instituciones Políticas y Constitucionales. Universidad Católica del Táchira. Editorial Jurídica Venezolana, Caracas.

3. DAHL, Robert (1998). On democracy. New haven: Yale nota bene. 2000.

4. HURTADO ARROBA, Alberto (2005). Participación ciudadana, etnografía de la protesta y cooperación para el desarrollo. Revista Icono. FLACSO-Ecuador.

5. LA ASAMBLEA NACIONAL (2006). Ley de los Consejos Comunales. Gaceta Oficial Extraordinaria No. 5.806 del 10 de Abril.

6. MANN, Michael (1989). The Autonomous Power of the State: Its Origins Mechanisms and Results. En: Jhon Haln (Ed.) States in History Black Weln. Londres.

7. MOLINA V., José E. (1993). El Sistema Electoral Municipal de 1989: ¿éxito o fracaso? El Sistema Político venezolano. Comportamiento político y electoral, las fuerzas armadas en el sistema político (V Simposio Nacional de Ciencia Política). Cuestiones Políticas No. 8. El Sistema Político Venezolano.

8. PEREZ BALTODANO, Andrés (1997). Globalización, Ciudadanía, y Política Social en América Latina: Tensiones y Contradicciones. Editorial Nueva Sociedad.

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© 2010  Universidad del ZuliaInstituto de Filosofía del Derecho "Dr. José M. Delgado Ocando" Avda. Guajira, Ciudad Universitaria "Dr. Antonio Borjas Romero", Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, Universidad del Zulia. Maracibo-Venezuela.

Valores y Principios

Los valores éticos son aquellas formas de ser o de comportarse, que por configurar lo que el hombre aspira para su propia planificación o la del género humano, se vuelven objetos de su deseo más irrenunciable; a los que el hombre busca en toda circunstancia porque considera que sin ellos, se frustraría como tal. Los valores, en cuanto éticos, son anhelados y buscados en su praxis, y el hombre tiende racionalmente hacia ellos, sin que nadie se los imponga.

Los valores éticos son muy diversos. No todos tienen la misma jerarquía y con frecuencia entran en conflicto entre sí, de ahí que haya que buscar formas eficaces de resolver esos dilemas. Así, por ejemplo, no tiene la misma importancia el valor conservar la vida que el valor tener placer.

Para poder resolver esos conflictos es imprescindible saber cuál es el Valor ético último o máximo, aquel valor innegociable y siempre merecedor de ser buscado en cualquier ocasión. Toda teoría ética tiene un valor ético supremo o último, que hace de referencia ineludible y sirve para juzgar y relativizar a todos los demás valores, como si fuese un patrón de medida.

Designamos como valor a aquella cualidad que tienen las cosas y las acciones y los comportamientos humanos que las hace estimables y deseables por sí mismas y no por relación a alguna otra cosa. En este sentido diremos que son queridas como fin y no instrumentalmente. Así, por ejemplo, si alguien tiene como valor la solidaridad diremos que quiere ser solidario por sí mismo, y no por relación a alguna otra cosa, como, por ejemplo, hacerlo por prestigio social.

Por lo demás, no todos los valores son iguales para nosotros; consideramos que algunos son superiores, o más importantes, que otros. Así, solemos estimar la sinceridad como un valor importante, pero probablemente estaríamos todos de acuerdo en considerar correcto mentir para salvar la vida de un ser humano. De este modo, el valor de la vida humana es superior al de la sinceridad

Principios.

Son imperativo categórico justificables como válido por la razón humana para todo tiempo y espacio (universalmente válidos). Son orientaciones o guías para que la razón humana pueda saber cómo se puede concretar el valor ético último. Afirmar que toda persona es digna de respeto es formular un Principio que instrumenta el valor supremo que es la Persona humana; y a su vez hace de fundamento para la norma categorial de no matar al inocente o de no mentir.

Cuando se asienta el principio de que toda persona es digna de respeto en su autonomía se está diciendo que ese es un imperativo ético para todo hombre en cualquier circunstancia, no porque lo imponga la autoridad, sino porque la razón humana lo percibe como evidentemente válido en sí mismo. Pensar que una persona pueda no ser considerada digna de respeto parecería que es contradictorio con el valor libertad que parece tan esencial a la naturaleza humana.

En conclusión valores éticos: Son las aspiraciones ideales que el ser humano busca con su conducta en la historia. Todo sistema de pensamiento moral tiene un valor ético que podríamos decir supremo, máximo o último, que hace de regla para juzgar a los demás. Ej. De valores: la verdad, la vida, la persona, el amor, la justicia, etc.

De igual forma los principios son afirmaciones universales que expresan cómo se puede defender al Valor ético último y hacen de fundamento a las normas. Ej. Toda persona merece ser respetada.

FINES Y MEDIOS

Fines y medios no son valores independientes, que se puedan juzgar por separado, porque los fines de alguna manera proceden de los medios; si no, no se conseguiría ningún fin: nadie da lo que no tiene. Es absolutamente imposible que un medio injusto conduzca un fin justo; sería una tremenda contradicción.

El fin alcanzado por medios injustos pierde su calidad de fin y no puede ser bueno. «La naturaleza de los fines está implicada en la naturaleza de los medios -dice J.M. Ibáñez-Langlois-. En cierto modo los medios contienen ya el fin; los procedimientos anuncian el resultado. Predicar, matar, conmover, forzar, orar, no son medios neutros que sirvan para cualquier fin: cada uno lleva implícito el resultado». La bala lleva consigo la muerte.

Valores y Hechos

Valoramos y somos valorados. Valoramos las acciones de los otros, valoramos las personas de nuestro entorno y valoramos los objetos que nos rodean; simultáneamente, los otros valoran nuestras acciones y valoran nuestra persona. Los humanos no sabemos vivir sin valorar; no tenemos una actitud indiferente y pasiva frente a la realidad, sino que la sentimos bella o fea, buena o mala, agradable o penosa, como noble o vil.

Atribuimos un valor a una acción cuando afirmamos que es buena, atribuimos un valor a una persona cuando decimos que es bella, atribuimos un valor a un objeto cuando afirmamos que es útil. Pero las cualidades buena, bella y útil aplicadas a una acción (por ejemplo, ayudar a un amigo), a una persona (por ejemplo, a la María) o a un objeto (mis deportivas) no son visibles como lo son las acciones o las personas, ni se pueden tocar como se pueden tocar los objetos.

Un valor es, pues, una cualidad, una propiedad o una característica que, atribuida a acciones, personas u objetos, justifica una actitud positiva y preferencial hacia ellos. Una acción, una persona o un objeto forman parte del mundo de lo que es; son hechos. Cuando hablo de ellos, estoy haciendo una descripción de una realidad física.

Es descripción de un hecho o un enunciado fáctico la expresión: por internet circulan miles de textos. Los enunciados fácticos son verdaderos o falsos en función de su correspondencia o no con los hechos. Pero, ¿qué pasa si afirmo: internet es una red fantástica? Ahora ya no hablo de hechos, sino de valores: he ido más allá de los hechos: a la red le atribuyo una cualidad positiva y muestro mi actitud favorable, mi estima o mi apreciación.

Es una valoración de la cual no se puede decir que sea verdadera o falsa. Descripciones y valoraciones son dos maneras de hablar de la realidad: en nuestras descripciones enunciamos juicios de hechos, en nuestras valoraciones, juicios de valores.

La distinción entre hecho y valor ha sido muy esclarecedora en los debates éticos. Nos muestra los dos mundos en los cuales nos movemos los humanos, el mundo de lo que es y el mundo de lo que debería ser. Lo que debería ser es aquello deseable y bueno que consideremos un valor.

Cuando tenemos dudas sobre si lo que tratemos es un hecho o un valor podemos hacernos la siguiente pregunta: el enunciado, se refiere a tal y como son las cosas o a tal y como deberían ser? obviamente, si se refiere a tal y como deberían que ser las cosas, entonces estamos hablando de valores. Así, pues, las cualidades valorativas van más allá de los hechos, muestran una especie de plus, una apertura a un mundo superior.

Valores Morales

Los valores sirven para orientar la acción humana. Dado que existen tipos de acciones, existen diferentes tipos de valores.

a) Acciones de carácter técnico-práctico: son las que se refieren a los problemas de subsistencia y mejoramiento de la vida material. Por ejemplo, la fabricación de productos para nuestro bienestar.

b) Acciones de carácter estético: son las referidas al ámbito de la belleza, de lo que es agradable. Por ejemplo, escuchar música o pintar un cuadro.

c) Acciones de carácter moral: referentes al "deber ser" en nuestra relación con los otros.

Por ejemplo, no engañar a alguien aunque hacerlo me beneficiara. Lo que tienen más propio los valores éticos (o, si queremos, los valores morales) es el imperativo de acción que conllevan, es decir, son unos valores que se nos imponen como pautas de nuestra acción. Los valores éticos, pueden no coincidir con nuestros deseos, pero sentimos que debemos intentar realizarlos, si no queremos perder categoría como personas que somos.

Nadie está obligado a ser una persona bella, ágil o simpática, pero toda persona está moralmente obligada a ser justa. Los valores éticos, a diferencia de los que no lo son, dependen de la libertad humana: una persona puede no ser justa, negando la exigencia universal de justicia. Y porque dependen de la libertad, los valores éticos sólo pueden atribuirse a las personas, no a las cosas: un paisaje puede ser bello pero no justo, unos zapatos deportivos pueden ser cómodos pero no buenas en sentido moral.

VALORES LOGICOS

Son aquellos que están obligados al modo y forma del pensamiento humano y del conocimiento científico. De que cada acontecimiento o hecho sea evidente y tenga la forma natural.

Esto quiere decir que el hombre por lógica tiene valores como por ejemplo: el amor, la bondad, el respeto, a veces juzgamos a las personas por que no tienen amor para con el prójimo pero si sienten amor al trabajo o al dinero por decir algo. Porque hay variedades de amor, o también hay quienes tienen amor por el prójimo y no tienen amor para el trabajo.

VALORES ESTETICOS

Los valores estéticos y escénicos no son una simple cuestión de gusto personal. Es posible también establecer normas y asesorar sobre cómo los árboles y los bosques pueden enriquecer los valores estéticos y escénicos.

Los valores estéticos aluden a los patrones que permiten describir un objeto como belleza o carente de belleza.Por ej.: una noción general, acerca de la belleza de la mujer, que depende de que sea joven y extremadamente delgada.*Los VALORES ESTETICOS pueden cambiar. Los valores ETICO NO, ya que lo que cambia es el pensamiento de la persona.

Valores y elección

Los valores son proyectos ideales de comportarse y de existir que el ser humano aprecia, desea y busca. Son opciones personales que se adquieren desde las posibilidades activas de la voluntad.

Los valores son características de la acción humana que mueven la conducta, orientan la vida y marcan la personalidad. A diferencia de los animales, cuya conducta viene determinada por los instintos, los seres humanos pueden y tienen que elegir entre distintas posibilidades.

No obstante, la elección no se hace nunca en el vacío; se hace de acuerdo con valores que representan las preferencias humanas y sirven así para orientar la acción. Todos los valores comportan un deber ser: es deseable ser alegre, ser enérgico, ser útil. Pero los valores éticos, además de éste deber ser implican un deber hacer, son una prescripción o norma que tenemos que cumplir.

"La vida humana es constitutivamente moral, no sólo porque nuestra vida está por hacer, no se nos da determinada, sino también porque el proyecto de vida individual y colectivo, se configura necesariamente en torno a unos ideales, a unos valores, que finalmente, o son éticos o están contra la ética. Podemos equivocarnos en nuestros juicios, actuar de buena o mala fe, pero lo que hagamos o nos propongamos, lo que decidamos, cuando realmente es importante y no trivial, será justo o injusto, leal o desleal, humano o inhumano. Los criterios que la historia ha ido forjando como principios del juicio ético son aún bastante inciertos y se prestan a más de una interpretación o aplicación, pero sería falso decir que carecemos en absoluto de unos puntos de referencia para valorar lo que hacemos o lo que queremos.

Valores y cambios según la época histórica

1. Los valores de la modernidad.

Durante la Revolución Francesa se proclamaron unos ideales o valores universales. La igualdad, la libertad y la fraternidad ya no eran derechos restringidos a un sector poblacional o a una parte de la humanidad, sino derechos universales. Esta proclamación fue uno de los frutos del prometedor movimiento, encabezado por los filósofos modernos e ilustrados, que se conoce con el nombre de modernidad.

La modernidad daba fundamento a los ideales revolucionarios de igualdad, libertad y fraternidad; afirmaba la primacía del individuo, de la democracia, del progreso; enaltecía la razón humana como capaz de resolver todos los problemas y todos los obstáculos.

Los hombres modernos consideraban que sus ideales eran universalmente realizables, Pero el proyecto de la modernidad, diseñado fundamentalmente en los siglos XVII y XVIII, emprendió un equívoco camino a lo largo del siglo XIX y parte del XX. EL hombre moderno, transformado en colonizador, legitimó su expansión en cualquier parte del planeta argumentando que sus valores, valores universales, se habían de imponer como tales, que la civilización occidental, la civilización, tenía que dominar y devenir realmente universal. Los valores, las instituciones y la cultura de Occidente se exportaron por todas partes; esta era, precisamente, una tarea a la cual el hombre blanco no podía renunciar: era su misión histórica.

Simultáneamente, otros hombres modernos denunciaban estos afanes de sus coetáneos. Sospechaban que detrás de los grandes ideales había intereses económicos y tendencias depredadoras.

2. Siglo XX: un mundo de civilizaciones

Tras la Primera Guerra Mundial, Europa y EE.UU. gobernaban, en forma de territorios coloniales o con control indirecto, casi la mitad del planeta: la civilización occidental se imponía. Terminada la Segunda Guerra Mundial, el mapa se transformó notablemente. En las primeras décadas se implantó la política de bloques, el bloque occidental encabezado por EE.UU. y el bloque comunista encabezado por la URSS. En las décadas posteriores, las de la guerra fría, el planeta incorporó un tercer bloque, el de los estados no alineados.

Esta panorámica se descompuso en los lustros finales del siglo XX. En pleno siglo XX, los pueblos no occidentales anhelaban el bienestar, la tecnología y la cohesión política de las sociedades occidentales; diseñaban su crecimiento imitando los valores y las instituciones. En las dos décadas finales del siglo XX se ha invertido la situación: los pueblos no occidentales retornan a sus orígenes, ya no pueden esperar que Occidente los otorgue poder y riqueza. Se rechaza una cultura occidental que, en teoría, tiene como punto de referencia una ética universal y incondicional, mientras que, en la práctica, se comporta siguiendo una ética ajustada a los propios intereses. Muchos pueblos están encontrando y defendiendo su identidad.

No sólo el resurgimiento islámico es un testimonio de la emergencia de un mundo pluri-civilizacional, sino también la afirmación asiática y las diferencias dentro de occidente: Latinoamérica, Europa y EEUU. Tanto en China, sede de la milenaria civilización confuciana, como en Japón o en el mismo mundo hindú se dan procesos de indigenización, es decir, de retorno a las más propias raíces culturales. Los pueblos latinoamericanos y los pueblos indígenas están reivindicando sus identidades y sus valores.

El resurgir islámico actual se presenta como un rechazo a la corrupción y falta de valores de Occidente, aspira a una religión pura, auténtica y exigente, predica el trabajo, el orden y el dominio de sí mismo. Es una reforma, un despertar que quiere ser global, una reislamización de toda la sociedad.

Las civilizaciones asiáticas, con más poder y capacidad económica que el mundo islámico, han experimentado un ritmo creciente de modernización asociado a un ritmo decreciente de occidentalización. El crecimiento y éxito económico asiático ha estimulado la confianza y seguridad en la cultura autóctona, una cultura que tiene como valores el orden, la disciplina, el trabajo, el predominio de la colectividad, la moderación, la frugalidad, el ahorro.

3. Actitud posmoderna

El reconocimiento de que nuestro planeta es un mundo pluri-civilizacional, los estudios de diferentes antropólogos sobre los valores propios de otros culturas, los abusos de los occidentales en el dominio de otros pueblos, el hundimiento del optimismo respeto al progreso humano, etc. han llevado a cuestionarse los ideales de la modernidad, especialmente, la confianza en las posibilidades de la razón como herramienta capaz de resolver los conflictos entre los humanos y de establecer aquello que es éticamente válido para todos. Así, en las últimas décadas del siglo XX, ha surgido una nueva sensibilidad o una nueva actitud, la posmoderna, que tiene como característica clave asumir el debilitamiento de la razón frente a los grandes cuestiones: la razón no puede fundamentar unos valores universales.

Los pensadores llamados "postmodernos" argumentan que los ideales de la modernidad, en un mundo más y más plural, no pueden llegar a ser universales; una valoración ética de ninguna manera se puede imponer por encima de otra. Se resume las actitudes posmoderna defendiendo, en dirección opuesta a la de los pensadores modernos, que el ideal occidental de humanidad se ha mostrado como uno ideal más entre otros, no necesariamente peores, y que se no puede pretender establecer la verdadera esencia del hombre. Desde una cultura determinada, por ejemplo para la Occidental, no hay manera racional de fundamentar unos valores o unos ideales más que no paso otros.

Esta sensibilidad posmoderna recoge la posición de muchos antropólogos según la cual las maneras de vivir y los ideales o valores más diversos de la humanidad tienen igual validez. Un relativismo cultural que tiende en remarcar las innegables diferencias debilitando la fuerza de lo mucho que hay en común.

Valores Universales

Todas las sociedades tienen unas necesidades básicas compartidas y un sistema de valores que satisface estas necesidades. Desde una perspectiva filosófica podemos argumentar que la razón humana es una capacidad que los humanos tenemos en común y que hace posible, utilizando argumentos, ir más allá del punto de vista particular.

Esta razón compartida nos permite hablar de una humanidad compartida: entre los humanos no pueden haber diferencias tan grandes que hagan imposible unas exigencias mínimas compartidas. Una ética mínima compartida puede ser asumida, pese a las discrepancias dogmáticas por todas aquellas culturas que se hallan en las raíces de las civilizaciones de nuestro mundo.

Una valiosa propuesta para ir más allá del propio punto de vista y acercarse a una visión más universal. Es un imperativo ético formulado en Occidente pero también vivo en las raíces de otras civilizaciones; el chino Confucio, en el siglo VI antes de Cristo, ya decía: Lo que no desees para ti, no lo hagas a los otros hombres. Esta pauta común es conocida como la regla de oro de la ética. ¿No podría constituir esta regla de oro, este principio de que no exige sino intentar ponerse en el puesto del otro, la primera exigencia ética mínima? Unida a la regla de oro, una segunda exigencia: considerar al otro, a todo ser humano, un sujeto con dignidad y derechos. Un ser que tiene un valor en sí mismo; que es fin, no un medio o un instrumento en utilizar.

Leonardo Boff propone una Ética Mundial o Consenso mínimo entre humanos, que incluye:

" LA RESPONSABILIDAD: Para que nuestros actos no destruyan los sistemas de vida

" LA SOLIDARIDAD: En función de la ley de sinergia, no la lucha para sobrevivir,

no la ley del más fuerte, sí la tolerancia, el apoyo mutuo.

" EL CUIDADO: No siempre actuar en función del LOGOS (razón), sino del PATHOS. La capacidad de sentir, tener simpatía. Relación amorosa con la realidad.

" LA COMPASIÓN: No como misericordia, sino en cuanto capacidad de frenar los deseos de posesión, de renunciar a dominar al otro, respetar su alteridad, sufrir con el que sufre.

" LA LIBERACIÓN: Intentando mediar para cambiar la situación de inequidades. "Pero necesitamos antes que nada una utopía: mantener la humanidad reunida en la misma casa común contra aquellos que quieren bifurcarla haciendo de los diferentes desiguales, y de los desiguales desemejantes."

JUSTICIA

Es la concepción que cada época y civilización tiene acerca del bien común. Es un valor determinado por la sociedad. Nació de la necesidad de mantener la armonía entre sus integrantes. Es el conjunto de reglas y normas que establecen un marco adecuado para las relaciones entre personas e instituciones, autorizando, prohibiendo y permitiendo acciones específicas en la interacción de individuos e instituciones.

La justicia como único fin, es preciso cuidar y atender a otro valor vecino de la justicia, el valor que consiste en mostrarse unido a otras personas o grupos, compartiendo sus intereses y sus necesidades, en sentirse solidario del dolor y sufrimiento ajenos. La solidaridad es, pues, una virtud, que debe ser entendida como condición de la justicia, y como aquella medida que, a su vez, viene a compensar las insuficiencias de esa

IGUALDAD

Es la que establece que todos los hombres y mujeres son iguales ante la ley, sin que existan privilegios ni prerrogativas de sangre o títulos nobiliarios. Es un principio esencial de la democracia. El principio de igualdad ante la ley es incompatible con sistemas legales de dominación como la esclavitud, la servidumbre o el colonialismo.

SOLIDARIDAD

La solidaridad es una de los valores humanos por excelencia, del que se espera cuando un otro significativo requiere de nuestros buenos sentimientos para salir adelante. En estos términos, la solidaridad se define como la colaboración mutua en la personas, como aquel sentimiento que mantiene a las personas unidas en todo momento, sobre todo cuando se viven experiencias difíciles de las que no resulta fácil salir.

LIBERTAD

La libertad es un concepto que hace referencia a muchos aspectos de la vida humana. Comúnmente se le define como aquella facultad natural que posee el ser humano de poder obrar según su propia voluntad. También es posible comprender la libertad como aquel estado en el que el hombre no está siendo esclavizado ni preso por otro. Se trata de un concepto que hace alusión a aquellos aspectos relacionados con la independencia, con la licencia para realizar aquello que se estime adecuada.

La Igualdad, la Libertad y la Solidaridad son valores que la humanidad ha venido buscando y promoviendo para la organización de su convivencia. El concepto de libertad evolucionó desde una teoría de la libertad entendida como no impedimento a una teoría de la libertad entendida como autonomía.

Entonces se comenzó a entender por "libertad" no ya solamente el no ser impedido por normas externas, sino el darse normas a sí mismo, el obedecer a leyes promulgadas por nosotros y para nosotros mismos. Rousseau decía, en este sentido, que la libertad es "la obediencia a la ley que está prescrita por nosotros".

La igualdad entre los seres humanos es una vieja aspiración de los mismos. Es evidente que entre los seres humanos existen diferencias, lo cual lejos de ser un problema, puede considerarse como algo enriquecedor. El problema surge cuando, a partir de estas diferencias, se intenta legitimar un trato desigual, algún tipo de discriminación.

Los derechos humanos

Los Derechos Humanos son el conjunto de prerrogativas inherentes a la naturaleza de la persona, cuya realización efectiva resulta indispensable para el desarrollo integral del individuo que vive en una sociedad jurídicamente organizada.

Los Derechos Humanos son:

• Son universales porque pertenecen a todas las personas, sin importar su sexo, edad, posición social, partido político, creencia religiosa, origen familiar o condición económica.

• Son incondicionales porque únicamente están supeditados a los lineamientos y procedimientos que determinan los límites de los propios derechos, es decir, hasta donde comienzan los derechos de los demás o los justos intereses de la comunidad. Son inalienables porque no pueden perderse ni transferirse por propia voluntad; son inherentes a la idea de dignidad del hombre.

Los Valores Éticos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela – 1999

Históricamente, la Constitución de 1999 es la primera que en Venezuela enuncia valores superiores y fines constitucionales. El común denominador de estos valores y fines es la defensa y desarrollo de la persona humana y el respeto a su dignidad intrínseca, a su indemnidad y a su autonomía ética.

El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana;

Con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad; en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático, decreta la siguiente.

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

Artículo 1. La República Bolivariana de Venezuela es irrevocablemente libre e independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional, en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador.

Son derechos irrenunciables de la Nación la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad territorial y la autodeterminación nacional.

Artículo 2. Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.

Artículo 3. El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes consagrados en esta Constitución.

La educación y el trabajo son los procesos fundamentales para alcanzar dichos fines.

Artículo 4. La República Bolivariana de Venezuela es un Estado federal descentralizado en los términos consagrados en esta Constitución, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad.

Artículo 5. La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público. Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.

Artículo 6. El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.

Artículo 7. La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento

Jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a esta Constitución.

Artículo 8. La bandera nacional con los colores amarillo, azul y rojo; el himno nacional Gloria al bravo pueblo y el escudo de armas de la República son los símbolos de la patria.

La ley regulará sus características, significados y usos.

Artículo 9. El idioma oficial es el castellano. Los idiomas indígenas también son de uso oficial para los pueblos indígenas y deben ser respetados en todo el territorio de la República, por constituir patrimonio cultural de la Nación y de la humanidad.

Del artículo 1 al 9 está dedicado a los principios fundamentales y a los valores a la libertad, la justicia y la igualdad social, a los principios éticos y morales y la paz mundial.

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION SUPERIOR

UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PFG – ESTUDIOS JURIDICO

AMBIENTE UPEL

INTRODUCCION

Para comprender la génesis de los valores y las normas morales es necesario reconocer que desde el nacimiento el hombre por lógica nace con los valores unos con mayor jerarquía que otros

Cuando hablamos de los valores y una ética: justicia, lealtad, libertad, sabemos de entrada qué queremos decir con cada uno de ellos y que no es lo mismo hablar de la justicia que hablar de la elegancia, que son dos valores pero con un contenido distinto. Y sabemos que nos referimos a algo atractivo Los valores son, por tanto, cualidades de las cosas, de las acciones, de las personas, que nos atraen porque nos ayudan a hacer un mundo habitable.

Podemos tener un mundo habitable construido con los valores en donde la humanidad ponga en práctica la regla de oro amaras a tu prójimo como a ti mismo (marcos 12:31) quiere decir que con el amor el valor más apreciado seria la génesis para construir un mundo de paz y amor luego lo demás vendrá por añiduría por que el amor todo lo puede cuando amamos construimos y no destruimos.

Dios con su amor creó el hombre a su imagen y semejanza por eso es que desde la fundación del mundo, la humanidad pudo elegir entre el bien y el mal, hay autonomía de elegir quien quieres ser porque nadie está obligado a ser feo o bonito pero si tenemos obligación de ser justos

Conclusión

Se alcanzó una formulación general de los valores más genuinos que deben caracterizar al modelo de la humanidad que pretendemos formar la que sin dudas debe ser perfeccionada, a partir de sucesivas etapas del desarrollo del trabajo. 

Por los cambios tan acelerados que se han experimentado en las últimas décadas, como consecuencia de los avances tecnológicos y la promoción del libre mercado, todo evaluado bajo la perspectiva de competitividad, eficiencia, eficacia, rentabilidad y economicidad, se han deteriorado las relaciones humanas, debido a la nueva jerarquía de valores que se basan más en un bienestar material individual y se descuida la dignidad de la persona.

Comprendimos que los valores son un conjunto de creencias que nos dictan la forma de conducta más aceptada socialmente. Los valores determinan las normas morales, es decir que los valores establecen un modelo de conducta aceptable en una sociedad y para garantizar que este modelo sea observado por los miembros de esa sociedad se emiten las normas que regulan la actuación del individuo dentro de la sociedad.

Es importante utilizar la brújula de la "conciencia emocional", para evaluar si la actividad que vamos a emprender vale la pena. Como conciencia emocional se entiende como la capacidad de reconocer el modo en que nuestras emociones afectan a nuestras acciones y la capacidad de utilizar nuestros valores como guía en el proceso de toma de decisiones.

El éxito de las personas en cualquier actividad depende más de las competencias emocionales que de las capacidades y sobre todo confianza en si mismo para alcanzar todas las metas y los sueños.

Bibliografía

http://www.monografias.com/trabajos15/valores-humanos/valores-humanos.shtml

http://www.monografias.com/trabajos16/etica-actitudes/etica-actitudes.shtml

Guía de Estudios – UBV ETICA

DICCIONARIO JURIDICO ELEMENTAL Dr. Guillermo Cabanellas de Torres

 

 

 

Autor:

Zaida Gutierrez

Integrantes:

Zaida Gutierrez

Haidee Pizarro

Hector Vargas

Franco

Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas. Universidad del Zulia. Maracaibo-Venezuela

Junio de 2010

Partes: 1, 2
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