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Impacto y Perspectiva del DR-CAFTA en las Aduanas Dominicanas (página 2)


Partes: 1, 2, 3, 4

La investigación determina el impacto y las perspectivas del DR-CAFTA sobre las aduanas dominicanas, analizando la incidencia del mismo en el ámbito fiscal y comercial internacional, sintetizando los antecedentes históricos aduaneros dominicanos, analizando los diferentes esquemas regionales de integración y describiendo pormenorizadamente el tratado en cuestión y sus objetivos declarados, entre otros.

Para el desarrollo de este tema de investigación se ha estructurado el contenido del mismo en cinco capítulos fundamentales, los cuales detallaremos a continuación de manera sucinta.

En el primero se analizan esquemáticamente las aduanas en la República Dominicana, su evolución y organización a nivel general y particular, así como la creación y funcionamiento de la Organización Mundial de Aduanas (OMA).

En el segundo capítulo se analizan detalladamente los principales esquemas regionales de integración, incluyendo la descripción del sistema de integración americano (Iniciativa de la Cuenta del Caribe, Sistema Generalizado de Preferencias y brevemente el Acuerdo de Libre Comercio con Centroamérica, el Acuerdo de la Comunidad de El Caribe, el Sistema de Integración Centroamericana, la Asociación de Estados de El Caribe y el Grupo de los Tres). Todas las descripciones se realizan para determinar el grado de afectación sobre las relaciones comerciales integradas en el DR-CAFTA.

En el tercer capítulo se considera el comercio exterior de la República Dominicana desde una perspectiva orgánica, analítica y descriptiva, en el cual se detallan las realizaciones de la Subsecretaría de Negociaciones Comerciales y una descripción amplia y profunda del comercio exterior dominicano tal como actualmente se presenta. Se incluyen precisiones específicas sobre el comercio exterior, las exportaciones, las manufacturas, los productos agrícolas, la minería, el turismo, las importaciones y la inversión extranjera.

En el cuarto capítulo, analizados ya los ángulos económicos, fiscales y comerciales que el tratado afectaría, se analiza la situación general del país, y específicamente la aduanal, en cuanto a impactos y perspectivas del tratado DR-CAFTA, analizando su contenido, determinando las etapas normativas en cada país para la ratificación del tratado, sus antecedentes, sus efectos sobre el comercio y su impacto fiscal, todo lo cual dá la medida de su impacto sobre las aduanas y las políticas comerciales de la República Dominicana.

Por último, el quinto capítulo analiza las medidas de compensación obligatorias por efecto de la eliminación arancelaria, incluyendo un aspecto esencial como lo es la transformación de los sistemas de contratación de obras y servicios públicos, que en el momento actual constituye una "piedra de choque" para la vigencia definitiva del tratado.

La investigación finaliza presentando conclusiones de naturaleza comprobatoria de los objetivos planteados y recomendando acciones específicas orientadas a la compensación fiscal y resguardo de los efectos aduaneros principales del tratado.

OBJETIVOS

OBJETIVO GENERAL

  • Determinar el impacto y perspectiva del DR-CAFTA en las Aduanas Dominicanas, en el contexto de las relaciones bilaterales de los EE. UU. y República Dominicana.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

1.- Realizar una síntesis de los antecedentes históricos de las Aduanas en la República Dominicana.

2.- Estudiar los esquemas regionales de integración.

3.- Exponer los objetivos del comercio exterior de la República Dominicana.

4.- Evaluar el impacto y perspectiva del DR-CAFTA en las Aduanas Dominicanas.

5.- Investigar las Medidas de compensación de la eliminación arancelaria.

PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA

El Impacto y perspectivas del DR-CAFTA en las Aduanas Dominicanas en el contexto de la relaciones bilaterales Estados Unidos y la República Dominicana, establece un compromiso del país para eliminar todos los aranceles que impiden el libre tránsito de las mercancías entre los países signatarios de este acuerdo.

Las condicionantes establecidas por los Estados Unidos en este Tratado de Libre Comercio llevan a la República Dominicana a hacer ajustes en su legislación con relación a la política exterior actualmente implementada para adaptarla a las normativas y reglamentaciones establecidas en dicho tratado.

La política del Comercio Exterior de la República Dominicana, las Aduanas, la Dirección General de Impuestos Internos y todas aquellas áreas de la política exterior deben ser fortalecidas para poder competir en igualdad de condiciones con los países signatarios de este tratado y muy especialmente con los Estados Unidos.

No obstante desde que en el año de 1994 entró en vigencia el Tratado de Libre Comercio entre los países de Canadá, México y los Estados Unidos de AméricaNAFTA– (por sus siglas en inglés), las industrias de la región de la Cuenca de El Caribe se vieron sumamente perjudicadas por el traslado de los principales clientes que operaban en nuestros países, por las ventajas de acceso de mercado, reglas de origen y reducción de aranceles que se lograron en forma inmediata, lo cual ante todo punto de vista ponía en desventaja a los productores del área centroamericana.

Mientras que en nuestros países se hablaba del cierre de empresas, de la pérdida de empleo, del retiro de clientes, de la reducción de órdenes de producción, reducción de precios, en México y Canadá se observaba todo lo contrario y ellos son en la actualidad los principales suplidores hacia el mercado americano en prendas de vestir y telas respectivamente.

Los países de la región han seguido compitiendo porque han logrado alcanzar mayor eficiencia en su producción, lo cual le ha permitido actuar con mayor flexibilidad a las órdenes de producción que cada vez son menores, debido a que las órdenes de altos volúmenes se han trasladado hacia México. Asimismo, la industria ha mantenido los mismos precios de producción desde hace 5 años, incluso en algunos casos, ha tenido que bajarlos para compensar el valor del impuesto que no se paga en el NAFTA.

El inicial Tratado de Libre Comercio Centroamérica – Estados Unidos (CAFTA, por sus siglas en inglés) y posteriormente anexado República Dominicana (DR-CAFTA), reviste vital importancia, puesto que cerca del 47% de las exportaciones de la región centroamericana están dirigidas a Estados Unidos; pero principalmente por la posición geográfica Centroamérica-Estados Unidos, en ambas vías.

Es necesaria la incorporación de las empresas a procesos de certificación, los cuales deben ser sujetos de auditoria, tanto los actuales como los siguientes a fin de evitar y corregir irregularidades en dichos procesos, tanto para que sean consecuentes con su discurso de aprovechamiento y sostenibilidad, así como para acceder a cualquier tipo de mercado internacional, incluyendo el norteamericano.

La firma de cualquier tratado de libre comercio, independientemente del país que sea no garantiza nada, República Dominicana puede seguir igual o peor a como estaba, aun con la vigencia del DR-CAFTA.

Estos tipos de acuerdos comerciales vienen a establecer reglas claras del juego, ya sean buenas o malas; y en el marco de este tipo de acuerdos en teoría se evita que impere la ley del más fuerte (económica y políticamente), pero obviamente con personal calificado.

La realidad actual indica que la política exterior dominicana debe ser más agresiva, sin embargo vale la pena resaltar que la misma se transformó a partir de 1996 cuando se insertó en foros internacionales dejando atrás el aislacionismo en que se encontraba, y una muestra de este avance es el acuerdo de Libre Comercio de Republica Dominicana con el CARICOM en 1998.

Se vive en un proceso de globalización que se aboca a la creación de sistema de integración a grande rasgos donde ya la República Dominicana a participado en diferentes acuerdos, en organizaciones formadas por países del Gran Caribe lo que la empuja cada vez más a un acercamiento integracionista y a la utilización de una política exterior más feroz, eficaz, tomando en cuenta que uno de…"los propósitos de la geopolítica es prever estrategias futuristas para lograr el bienestar del pueblo".

Desde 1985, los Estados Unidos han negociado un Acuerdo de Libre Comercio con Israel y Canadá, y posteriormente elaboraron un plan de negociaciones con México. Aunque estos acuerdos comerciales bilaterales no sustituyen una liberalización comercial multilateral, se espera que ayuden a Norteamérica en general y a los Estados Unidos en particular al responder a la competencia intensificada de Asia Oriental y la Unión Europea.

El acuerdo con Israel entró en vigor en septiembre de 1985. este fue el primer acuerdo bilateral de libre comercio firmado por los Estados Unidos, el cual suministra la reducción bilateral con respecto a las barreras comerciales, no arancelarias y arancelarias, en el comercio de bienes entre los dos países.

En la actualidad el DR-CAFTA pretende formar una zona de libre comercio, en la que cada país signatario de este tratado se compromete a eliminar todos los aranceles que impiden el libre tránsito de las mercancías y establecerá las reglas que deberán regir la relación comercial entre los Estados Unidos de América, Centroamérica y la República Dominicana, a través de una zona para el intercambio de bienes y servicios.

El DR-CAFTA por si mismo no es negativo, es una oportunidad de inserción del mercado Dominicano en el comercio internacional, pero éste por sí solo no resolverá los problemas del país, dado que a nivel nacional impera una gran desigualdad en término económico y social; y por lo tanto, habrá que lidiar con el desorden interno y con los compromisos internacionales, así que lo primero es ordenar o resolver los problemas internos, para posteriormente negociar como nación.

Un requisito básico para el fortalecimiento de todos los sectores económicos, pero sobre todo del forestal, es la existencia de estabilidad institucional y el predominio del estado de derecho, dado que es una actividad de largo plazo.

Estados Unidos no es el único mercado y si bien es cierto que es el más importante de todos los países firmantes del DR-CAFTA, vale la pena valorar los mercados regionales y no cerrar la visión únicamente hacia Estados Unidos.

El fenómeno de la globalización conduce a que la República Dominicana mejore las políticas de su comercio exterior frente a los países de El Caribe, Centroamérica y los Estados Unidos, y es por ello que debemos profundizar en las relaciones bilaterales de la República Dominicana y los sistemas de integración americano.

El aislamiento o política reactiva en que se encontraba la República Dominicana desde los inicios de su fundación como estado ha sido dejada atrás para adoptarse a los nuevos cambios integracionistas, introduciéndose en acuerdos internacionales (bilaterales y multilaterales) que tendremos la oportunidad de exponer en el desarrollo de cada capítulo de esta investigación.

Siempre se consideró que el establecimiento de una zona de libre cambio en América Latina a través de la ALALC era solamente un paso previo a la integración económica que debería realizarse con un Mercado Común.

El objetivo final seguía siendo la quimérica integración política latinoamericana, el sueño de los mejores hombres del subcontinente, desde los albores de la independencia.

El programa de acción, que acompaña a la Declaración de los presidentes de América adoptada en Punta del Este el 14 de abril de 1967, anunciaba el compromiso de crear en forma progresiva, a partir de 1970, un Mercado Común Latinoamericano que debería estar completado en un plazo máximo de quince años y resultaría del perfeccionamiento de los sistemas de ALALC y el Mercado Común Centroamericano, sometidos ambos a un proceso de convergencia, "en etapas de cooperación, vinculación e integración".

La integración regional es una herramienta para lograr un conjunto de metas y objetivos de desarrollo. El objetivo principal de la estrategia de integración regional es guiar la acción del Banco de Fomento Regional en la creación de Bienes Públicos Regionales (BPR), particularmente la integración regional y la cooperación regional, con miras a lograr un buen posicionamiento frente a las fuerzas de la globalización con el propósito de impulsar el crecimiento económico sustentable y reducir la pobreza. Las acciones propuestas se derivan de un análisis de los logros y las necesidades de la integración regional y la cooperación regional y de la evaluación de las ventajas comparativas del Banco de Fomento Regional para apoyar a estos procesos.

Las aduanas son el lugar obligado `por donde ingresan las mercancías que se beneficiarán de dichos acuerdos, por ello como entes del Estado, en los acuerdos se les encarga la responsabilidad de aplicar las Reglas de Origen y los Procedimientos Aduaneros, de ahí su importancia en la aplicación y administración de los acuerdos de libre comercio en lo que a comercio de bienes se refiere.

En este sentido, al momento de la investigación surgen las siguientes interrogantes: ¿Qué son las aduanas? ¿De dónde y cuándo surgieron en República Dominicana?

¿Qué tipo de acuerdos ha suscrito la República Dominicana en materia de comercio internacional? ¿Bajo cuáles reglas o tratados se efectúa el comercio internacional dominicano?

¿Cuál es el impacto y cuál es la perspectiva del DR-CAFTA, en cuanto a la situación fiscal y las medidas de compensación que el Estado dominicano debe implementar para suplir sus ingresos aduanales?

¿Qué tipo de efectos tienen esos acuerdos y particularmente el DR-CAFTA?

ASPECTOS METODOLÓGICOS

Definición de la Población o Universo

La población o universo de estudio está integrada por todas las aduanas de la República Dominicana.

Selección de la Muestra

La investigación se concentra básicamente en las aduanas como parte integrante de la Administración Tributaria Dominicana, considerándose desde el punto de vista del estudio institucional y la comprobación física las aduanas de Santo Domingo y Haina.

Técnica de Recolección de Datos

Para desarrollar un mejor trabajo de investigación, y, por tratarse de un estudio con marcado carácter bibliográfico, usamos dos técnicas: Fichas de resúmenes, síntesis y de análisis de cédulas de información. Usamos las técnicas de encuesta, aplicando el instrumento de recolección de datos más utilizado que es el cuestionario, en lo que resulte posible para mejorar y ampliar las observaciones realizadas sobre el terreno. Además de la técnica de búsqueda bibliográfica (libros, revistas e internet y entrevistas a técnicos en el área de aduanas).

Medios y Fuentes

Para hacer posible esta investigación hemos recopilado libros, revistas y periódicos que tienen que ver con la materia y leyes y disposiciones que se encuentran en nuestros Códigos Civil y de Procedimiento Civil; esto se realizó mediante visitas a bibliotecas.

Análisis y Presentación de Datos

Estos se exponen de manera literal y si es necesario, en cuadros y gráficos estadísticos.

CAPÍTULO I

ANÁLISIS DE LAS ADUANAS EN REPÚBLICA DOMINICANA

1.1 DESCRIPCIÓN GENERAL DEL CAPITULO

En este capítulo realizamos un análisis esquemático sobre la conceptualización y el origen de las aduanas, tanto en el plano internacional como nacional; su evolución y organización, la creación y funcionamiento de la Organización Mundial de Aduanas (OMA).

Pretendemos obtener y reflejar conocimientos apropiados sobre las aduanas, su importancia operacional histórica y los efectos generales sobre las economías nacionales, como base para comprender cómo podrían ser afectadas por la realización de acuerdos comerciales integracionistas.

1.2 EL SERVICIO DE ADUANAS. ANTECEDENTES

De acuerdo con el diccionario de la Real Academia Española, en su décima novena edición, el vocablo "Aduana" deriva del árabe "ad-divoana", que significa "el registro". Hay quienes afirman que se origina del italiano "duxana" porque en Venecia las mercaderías pagaban un impuesto de entrada que pertenecía al "Dux". Otros opinan que deriva de "douana" o "dovana", que significa "derecho".

Sin embargo, cualquiera que sea su significado etimológico, "aduana" se utiliza para designar las dependencias gubernamentales que intervienen en el tráfico internacional de las mercaderías que se importan o exportan y que se encargan de cobrar los impuestos que las gravan. En este concepto debe aclararse que las aduanas intervienen también en el cabotaje, aunque en esta operación no exista tráfico internacional; pero es también función de las aduanas cuidar que las mercaderías de cabotaje que lleguen a otro puerto nacional, sean las mismas que se embarcaron.

Independientemente de las implicaciones económicas del comercio internacional, puede decirse que su intensificación y su regulación son los antecedentes de los servicios aduaneros, considerados éstos ya sea como medio de incrementar los ingresos fiscales a través de los impuestos a la importación y a la exportación, o bien como instrumento para implementar cualquier medida económica de tipo proteccionista que se adopte.

1.3 EVOLUCIÓN DEL CONCEPTO

1.3.1 Organizaciones Primitivas

En las primitivas organizaciones sociales se encuentran ya los impuestos (directos), tanto en su forma personal, como en el servicio militar, tanto en su forma real (parte del botín que se adjudica al jefe de la tribu). Posteriormente aparecen los tributos en especie, como la capitación, y los tributos sobre los rendimientos de la agricultura y de la ganadería (diezmos). Mucho después, cuando crecen las necesidades del Estado, el impuesto adopta la forma indirecta. Entre otros impuestos indirectos, el de aduana parece haber sido conocido en la India, así como en Persia y Egipto. En Grecia existieron, junto con el de capitación sobre los extranjeros, el de consumo sobre las ventas.

1.3.2 Las Aduanas en la Antigua Roma

En Roma, el impuesto de aduanas parece haber sido establecido por Anco Marcio, con ocasión de la conquista del Puerto de Ostia. Se dice que por haber sido un puerto donde primero se estableció el impuesto, recibió el nombre de "portorium", aunque en esta denominación se comprendieron otros impuestos, como el de peaje.

Al principio de la época imperial, el portorium era arrendado en pública subasta por períodos de cinco años y a un tanto alzado. Más adelante se varió el sistema, encomendándose la cobranza a uno o varios funcionarios imperiales, que debían rendir cuenta de sus gestiones y que percibían un porcentaje de las sumas que ingresaban en el Tesoro. Finalmente se llegó al sistema de percepción directa por el Estado.

El impuesto de aduana en Roma se extendía tanto a la importación como a la exportación, consecuencia del carácter absolutamente rentístico o fiscal que el impuesto tenía en ese entonces y que, con pequeñas excepciones, siguió teniendo validez hasta el siglo XVII, durante el cual se constituyeron los grandes estados modernos y aparecieron las primeras doctrinas económicas de política nacionalista.

1.3.3 Las Aduanas durante la Edad Media

En la Edad Media se vuelve a los impuestos personales (directos ), no existiendo en sus principios Hacienda Pública, ni verdaderos impuestos. Los señores feudales imponían a sus vasallos Capitaciones e impuestos territoriales y cobraban ciertos derechos por la circulación de las personas y de las cosas (peaje, portaje, puntazgo, barcaje) y sobre las transmisiones de la propiedad y las sucesiones. El Rey vivía de su patrimonio y del derecho que le asistía para que todos contribuyeran a sus necesidades; pero no existían principios, bases, ni sistemas tributarios.

Hay que saltar a las repúblicas Italianas de los siglos XII y XIII para encontrar verdaderos impuestos generales: Algunos directos como los que gravan el capital o la fortuna y otros indirectos como el de Aduana. Este último comienza a extenderse junto con el desarrollo del comercio, principalmente marítimo, en dicha época.

También encontramos el impuesto de aduanas en Inglaterra, donde según Mc Culloch (Economista Inglés del siglo XIX, discípulo de Ricardo) estaba establecido desde antes que en las repúblicas italianas. Pero mientras éstas, y en especial Venecia, establecieron el impuesto de aduana sobre bases restrictivas para proteger su industria y su comercio, Inglaterra lo había establecido sobre bases de carácter puramente financiero; política que modificó un tanto hasta el siglo XVII.

1.3.4 Las Aduanas en los periodos Moderno y Contemporáneo

Hasta el siglo XVII los derechos de aduana, tanto exteriores como interiores, tuvieron por regla general un carácter puramente fiscal o rentístico. La idea proteccionista, que aparece poco después de la constitución de los grandes Estados Modernos, como un medio destinado a aumentar la riqueza y el poder de un país, se devuelve en los principios que inspiraron la política de Cromwell en Inglaterra y Colbert en Francia, tendientes a asegurar el desarrollo de la industria nacional, protegiéndola contra la concurrencia extranjera. Del proteccionismo Industrial de Colbert nacen, aunque de manera imperfecta, los sistemas aduaneros modernos, obedeciendo a una idea económica determinada y adquieren gran importancia los regímenes suspensivos de derecho de aduana, hasta alcanzar el gran desarrollo de hoy día.

A fines del siglo XVIII y principios del XIX, los países europeos concluyen por abolir las aduanas interiores (Francia en 1790 y Alemania en 1819 con la unión aduanera entre sus diversos estados). En cuanto a los impuestos de aduana, sigue la historia aduanera de Europa en la que prevalecen, alternativamente, las ideas librecambista y proteccionista, hasta llegar al siglo actual y al año 1935 en el cual no queda ningún estado de importancia como librecambista. El último país que dejó de serlo fue Inglaterra con su arancel de 1932 que gravó los productos importados con derechos del 10% al 30%.

De este modo se acentúa la intervención del Estado siguiendo sin duda la línea general evolutiva que tiende a limitar el campo de lo individual en beneficio de lo colectivo. El incremento de esta intervención se ha asegurado a través de las diversas modalidades de la tributación aduanera, hasta llegar a nuestros días con la aplicación de tratados bilaterales o multilaterales de libre comercio, los sistemas de cuotas de importación y exportación, los sistemas de preferencias y reciprocidad, la aplicación de incentivos fiscales entre los que invariablemente se incluye la exención de impuestos de aduana, y otras disposiciones y modalidades que han colocado a las cuestiones aduaneras en un primer plano de importancia y actualidad, tanto en el interior de cada país por los intereses económicos que implica, como en el exterior, en donde dichos intereses se encuentran en abierta lucha y contradicción con los de otros países.

1.4 BREVE EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LAS ADUANAS EN LA REPUBLICA DOMINICANA

En el año 1845 el régimen independentista, ante la necesidad de aumentar sus ingresos y regularizar las aduanas, dictó la Ley Núm. 34, del 29 de mayo de 1845, sobre el Régimen de Aduanas, con medidas significativas como fueron la naturalización de los buques y la expedición de !as patentes de navegación.

Sin embargo, la citada Ley Núm. 34 no llenaba los requerimientos de la época, por lo que fue sustituida por otra más amplia, la Ley Núm. 2595 del 14 de octubre de 1887, sobre el Régimen de Aduanas y Puertos, la cual comprendía 226 artículos. Esta Ley sobre Aduanas fue sustituida en los años 1889, 1892 y 1896 por otras con textos similares. Es interesante señalar que la Ley Núm. 3742, promulgada en el año 1897, introdujo en su texto los señalamientos de la primera Ley de Aduanas, la Núm. 34, volviendo de nuevo al régimen ya citado.

Posteriormente, la Ley de Aduanas fue sustituida por la Núm. 4761, del año 1907, varias veces modificada, y por último derogada y sustituida por la Ley Núm. 4915, del año 1909.

A consecuencia de los grandes empréstitos que había obtenido el gobierno en el año 1916, las aduanas pasaron a ser administradas por el gobierno de ocupación militar norteamericano, de acuerdo con la convención suscrita al efecto para el cobro de la deuda externa en fecha 8 de febrero de 1907. El Gobierno Militar, en ejercicio de sus funciones, dictó varias Ordenes Ejecutivas destacándose la Núm. 589 del 31 de diciembre de 1920, denominada Ley sobre Aduanas y Puertos, que daba al Oficial Encargado del Servicio de Aduanas la potestad de reglamentación para la administración de la misma, Reglamentación que tenía fuerza y efecto de Ley.

La dirección y supervigilancia del Servicio Aduanero fue reintegrado al Gobierno Dominicano mediante Ley Núm. 429 del 20 de marzo de 1941, momento en que se terminó de pagar la deuda externa de la Nación, poniéndose el servicio de arrimo y manejo de carga en los puertos bajo la Dirección General de Aduanas, mediante la Ley Núm. 595 del 31 de octubre de 1941.

La Orden Ejecutiva Núm. 589 del año 1920 estuvo vigente por más de 30 años, hasta que fue sustituida por la Ley sobre el Régimen de Aduanas, la Núm. 3489 de fecha 14 de febrero de 1953, la cual, aunque sigue el mismo formato que las anteriores, es mucho más amplia.

Esta Ley sufrió algunas modificaciones en lo que respecta al Régimen Arancelario y a la denominación del organismo encargado de su administración y funciones por medio de la Ley Núm. 4705 del 1957.

Mediante la Ley Núm. 70 del 1 7 de diciembre de 1970, las funciones de arrimo fueron separadas de las funciones de aduanas, al crearse la Autoridad Portuaria Dominicana.

La Ley que actualmente regula las aduanas dominicanas es la número 3489, en virtud de la cual se establecieron aduanas en los puertos de Azua, Barahona, Ciudad Trujillo, La Romana, Monte Cristi, Puerta Libertador, Puerto Plata, Samaná, Sánchez y San Pedro de Macorís, y en las ciudades fronterizas de Dajabón, Elías Piña y Jimaní.

En la actualidad, la Dirección General de Aduanas funciona como una dependencia de la Secretaría de Estado de Finanzas, integrando lo que se denomina, desde 1997, Administración Tributaria Dominicana.

Recientemente se aprobó la Ley No. 226-06 de Autonomía Funcional Presupuestaria, Administrativa, Técnica y Patrimonio propio a la Dirección General de Aduanas que modifica la ley No. 3489 de fecha 14 de febrero de 1956.

1.5 COMPROMISOS DE ADUANAS ANTE EL DR-CAFTA

Al llegar a este punto cabe preguntarse: ¿Cuáles son los compromisos de la Dirección General de Aduanas ante el Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de Norteamérica y Centroamérica?.

En este sentido, el doctor Eduardo Rodríguez, Subdirector Técnico de Aduanas, plantea varios puntos esenciales que establecen los compromisos de esa institución del Estado dominicano ante el DR-CAFTA.

Los compromisos de aduana ante el DR-CAFTA, entre otros, son los siguientes:

1. Reglas de origen;

2. Administración aduanera;

3. Facilitación del comercio.

REGLAS DE ORIGEN

  • Auto certificación por parte del importador.
  • Intercambio de información.
  • Verificación e investigación de origen.
  • Medidas especiales en materia textil, en relación a verificación e investigación de origen, Artículo 3.25 (Cooperación Aduanera).
  • Necesidades de fortalecimiento de la administración del origen.

ADMINISTRACIÓN ADUANERA

  • Publicación (Transparencia), Intercambio de información.
  • Facilitación de Comercio.
  • Automatización.
  • Administración de Riesgo.
  • Cooperación.
  • Confidencialidad.
  • Envíos de entrega rápida.
  • Otros….

FACILITACIÓN DEL COMERCIO

  • En el marco de la Organización Mundial del Comercio (OMC), no ha habido hasta ahora, una clara definición del término "facilitación del comercio". Sin embargo, se entiende que:
    • Facilitación del comercio significa la racionalización sistemática de los procedimientos y documentos empleados en el comercio internacional.
    • En otras palabras, hacer que las transacciones comerciales sean lo más eficientes posible mediante la racionalización de los trámites, la documentación, y las corrientes de información. (UNCTAD).

1.5.1 LA FACILITACIÓN DE NEGOCIOS EN EL ALCA

(Quinta Reunión Ministerial en Toronto, Canadá, del 3 al 4 de noviembre de 1999). Comprende 8 medidas no vinculantes:

  • Importación temporal de determinados bienes relacionados con viajes de negocios.
  • Despacho Expreso de Envíos.
  • Procedimientos Simplificados para Envíos de Bajo Valor.
  • Sistemas Compatibles de Intercambio Electrónico de Datos (IEE) y Elementos de Datos Comunes.
  • Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías.
  • Divulgación de Información Aduanera/Guía Hemisférica de Procedimientos Aduaneros
  • Códigos de Conducta Aplicables a los Funcionarios Aduaneros
  • Análisis de Riesgo/Métodos de Selección

Importancia y beneficios

  • Acrecienta las exportaciones.
  • Mejora la competitividad.
  • Incrementa la inversión extranjera directa.
  • Aumenta la participación de los agentes económicos en el comercio internacional.
  • Aumenta los ingresos tributarios.

Los beneficios que aporta la facilitación del comercio al Gobierno son los siguientes:

  • Recorta gastos y reduce tardanzas.
  • Despacho de aduanas más rápidos mediante una intervención oficial predecible.
  • Marco comercial sencillo tanto para el comercio nacional como internacional.
  • Aumento de la competitividad.

Fundamentos de la facilitación

  • Transparencia y difusión de las normas.
  • Control Aduanero basado en un sistema eficiente de Análisis de Riesgo.
  • Automatización.

Entidades que deben facilitar el comercio

  • Entre otras entidades se encuentran:
    • Aduanas.
    • Migración.
    • Autoridades portuarias.
    • Autoridades que conceden licencias.
    • Autoridades sanitarias.
    • Agencias de inspección.
    • Consulados.
    • Administración Pública.
    • Etc.
  • Interlocutores relacionados con la facilitación del comercio:
    • Exportador e importador.
    • Fabricantes.
    • Transitarios.
    • Agentes de Aduanas y de Transporte.
    • Tranportistas.
    • Compañías de seguros.
    • Bancos.
    • Consignatarios.
    • Etc.

Obstáculos a la Facilitación

  • Principales problemas:
    • Requisitos de documentación excesivos.
    • Engorrosos trámites para el desaduanamiento.
    • Falta de automatización y uso insignificante de la tecnología de la información.
    • Falta de transparencia y predictibilidad.
    • Procedimientos inadecuados, especialmente falta de controles basados en auditorías y técnicas de evaluación de riesgos.
    • Falta de modernización y de cooperación entre Aduanas y otras entidades del Estado.
  • Otros problemas:
    • Corrupción.
    • Problemas de recursos humanos.
    • Problemas de infraestructura física.

La Dirección General de Aduanas trabaja en:

  • Elaboración de un proyecto de reforma y modernización de aduanas con los siguientes objetivos:
    • Análisis de riesgos.
    • Automatización.
    • Fortalecimiento del Control del Comercio Exterior.
    • Autodeterminación.
    • Aleatoriedad y agilización del despacho.
    • Captura de las exportaciones vía Sivucex.
    • Descongestionar los recintos aduaneros.
    • Eliminación de la Discrecionalidad.

Componentes básicos del proyecto.

  • Estructura organizacional.
  • Gestión de recursos humanos.
  • Manual de Normas y Procedimientos Aduaneros.
  • Sistema informático.
  • Legislación aduanera.

1.5.2 ADUANAS SE PREPARA PARA DR-CAFTA

Según el Doctor Eduardo Rodríguez Apolinario, Subdirector Técnico de Aduanas, esta institución esta dando los pasos requeridos para garantizar la correcta administración de los acuerdos de libre comercio, ejecutar las medidas antidumping y los derechos compensatorios, y que sea capaz de luchar contra los delitos aduaneros.

Aduanas, en el marco del nuevo rol que deberá jugar con la puesta en vigencia del DR-CAFTA, tiene que convertirse en una entidad que vele por la seguridad de la Nación, no sólo desde el punto de vista de lo que es el riesgo a su seguridad nacional, sino también en lo que tiene que ver con la protección del medio ambiente y la salud de la población.

Esta institución tiene que convertirse en un ente de cooperación con el sector privado, a fin de facilitar el comercio y contribuir a la producción nacional, creando los mecanismos que impidan que al país ingresen mercancías a través del proceso de triangulación.

"La aduana que necesitamos es la que sea capaz de evitar que al país ingresen mercancías en violación a medidas de carácter comercial, que desestimulen la producción nacional y que se conviertan en un mecanismo de competencia desleal", afirmó Rodríguez.

Al tiempo que se apliquen las medidas señaladas, aduanas también debe ser capaz de recaudar los tributos que se aplican a las importaciones y a las exportaciones, a fin de que el Estado pueda cumplir con los programas de desarrollo y bienestar social. La República Dominicana está altamente vinculada al comercio internacional, con un volumen de exportación de más de 6 mil millones dólares y donde las importaciones sobrepasaron los 7 mil millones de dólares, el pasado año.

El país es el octavo socio exportador y el sexto socio importador de Estados Unidos, superado solamente por Canadá, México, Brasil, Venezuela y Colombia, durante los últimos cinco años, según cifras de la Comisión Internacional de Comercio, sin tomar en cuenta la factura petrolera.

Nuestro país ofrece un amplio mercado de destino, con un mercado de consumidores de alrededor de 9 millones de consumidores, una población económicamente activa del 56.3%, un país con ingresos per cápita de alrededor de 3,200 dólares al año, un producto Interno Bruto de 29.3% billones dólares, con una tasa de crecimiento, al pasado año, de 9.3% y una inflación de 7.44 %. La puesta en vigencia del DR-CAFTA representará un valor de comercio de más de 32 billones de dólares, equivalente al 4% de todo el comercio de Estados Unidos con el hemisferio americano.

Las exportaciones del país durante el periodo de 1989 al 2004, fueron de 55 mil, 162 millones de dólares, y con relación a todo la región centroamericana, las importaciones fueron de 50,683 millones de dólares, con una balanza comercial, entre Estados Unidos y el país, con un saldo positivo de unos 4,479 millones de dólares, en el transcurso de los últimos 15 años.

De todo el volumen de comercio que representa Centroamérica, la República Dominicana es el que tiene el mayor porcentaje de comercio con Estados Unidos, a tal punto que dentro del grupo de países CAFTA, exporta el 30 %. En cuanto a las importaciones el 32 % de todo lo que compra el país, proviene de Estados Unidos.

Con la entrada en vigencia del DR-CAFTA se podría ampliar el nivel de comercio con Estados Unidos, pudiendo llegar a sobrepasar el 40 por ciento. Desde esa perspectiva, Aduanas es el organismo del Estado que tiene mayor responsabilidad en la aplicación de los acuerdos internacionales.

Los pronunciamientos del doctor Rodríguez están contenidos en una conferencia dictada en ocasión de la apertura de la maestría en Comercio Internacional y Negociaciones Internacionales, en la que participan 110 empleados y funcionarios de Aduanas.

1.5.3 DR-CAFTA PROVOCA REVOLUCIÓN EN EL MANEJO DE LAS ADUANAS

El DR-CAFTA está provocando una impactante revolución en el manejo de las aduanas, proceso que involucra tanto al sector público como al sector privado, y que se extenderá hasta mucho tiempo después de la entrada en vigencia de este tratado de libre comercio.

El DR-CAFTA establece, en el artículo 5.2, ordinal 2, literal a), que la autoridad aduanera dominicana debe asegurar la adopción de procedimientos que permitan el despacho aduanero dentro de las 48 horas tras la llegada de las mercancías.

Igualmente, la Ley de Autonomía obliga a Aduanas al despacho en esos plazos, siempre que los usuarios cumplan con los requerimientos y formalidades en la presentación de la declaración.

Aduanas también está sentando las bases, a través de la capacitación del personal, para lograr una buena administración de las normas de origen, elemento que constituye un reto de tanta o mayor importancia que la propia agilización del proceso.

Se trata de dos objetivos de difícil consecución de manera simultánea, porque la agilización del proceso aduanal debe ser lograda sin menoscabo de los adecuados controles para evitar importaciones que no cumplan con las normas de origen. Mantener estos controles en un proceso aduanal ágil demanda mucha eficiencia.

En el caso del DR-CAFTA la tarea es más difícil porque el certificado de origen de las importaciones es muy abierto y depende de lo que diga el importador, que es la tradición americana, donde pocos importadores se arriesgan a firmar una mala declaración porque si violan las normas establecidas son severamente sancionados, no importa de quien se trate.

Pero la cultura en la República Dominicana ha sido la de que se viola la ley y en el camino el violador busca un arreglo para evitar recibir las merecidas sanciones.

Sin embargo, esta no es la práctica en los Estados Unidos. El importador norteamericano está obligado a tener el debido conocimiento y seguridad cuando declara el origen de una mercancía, y si la información que ofrece el exportador dominicano es falso, metería en problemas a su cliente en los Estados Unidos, lo cual afectaría la imagen del país.

De igual manera, el importador dominicano debe ir adquiriendo todo el conocimiento de las normas de origen, para que pueda verificar que el producto que está adquiriendo cumpla las normas.

De ahí que en el cumplimiento de las normas de origen las aduanas pisarán el terreno movedizo de una cultura en que el engaño ha sido ejercido por muchos como una muestra de sagacidad que no ha representado un riesgo de penalidad o de pérdida de una carrera empresarial.

Una vez entre en vigencia el DR-CAFTA y se produzca la desgravación arancelaria de los artículos que entrarán en libre comercio, el buen manejo de las normas de origen se constituye en una herramienta fundamental para evitar los perjuicios que podrían provocar al fisco y la competencia desleal que pudieran resultar en contra de las empresas nacionales si se permitieran importaciones que no cumplan con las normas de origen acordadas.

La evasión de impuestos por declaración es total, ya que la mercancía está libre de aranceles, por lo que su impacto fiscal negativo es mayor que la mera subvaluación.

Si en la implementación del tratado de libre comercio con Centroamérica, hubo intentos de introducir en el país artículos que no cumplían con las normas de origen, en perjuicio del fisco y del sector industrial nacional, los riesgos de que situaciones de este tipo se presenten en la ejecución del DR-CAFTA pudieran ser mayores debido a que, como se indicó, los certificados de origen dependen de la confianza depositada en el importador, en una sociedad cuya cultura de cumplimiento de la ley dista mucho de la cultura americana.

En cuanto a la agilización del proceso aduanal, que aún no ha concluido pero que ha avanzado con éxito en la actual gestión del licenciado Miguel Cocco y su equipo, habrá que continuar haciendo esfuerzos.

La meta es lograr que, ya promulgada la ley de autonomía financiera y presupuestaria de la Dirección General de Aduanas, en el primer año se logre reducir el proceso para desaduanizar las mercancías a 48 horas y en dos años a 24 horas, lo cual colocaría al país en una posición competitiva muy buena.

Pero este proceso no sólo depende de la cooperación entre Aduanas y el sector privado, la cual ha venido siendo llevada muy bien. Otros actores también tendrán que cumplir su papel, incluida la Autoridad Portuaria, que no ha avanzado en la eficientización de sus procesos a la velocidad que lo ha hecho la Dirección General de Aduanas.

1.6 LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE ADUANAS (OMA)

Establecida en 1952, la Organización Mundial de Aduanas (OMA) es la única organización intergubernamental con competencia exclusiva en materia de aduanas; tiene como misión mejorar la efectividad y la eficiencia de las aduanas respecto a temas como: Recaudación de ingresos, facilitación de comercio, elaboración de estadísticas del comercio y protección a la sociedad, contribuyendo a mejorar estas áreas y de esta manera al bienestar económico y social de las naciones.

Está compuesta por un órgano superior que es el Consejo de Cooperación Aduanera, conformado por los Directores de Aduana de los 159 países miembros, tiene la asistencia de dos Comités uno de Política y el otro de Finanzas, cuenta con una Secretaria General que es responsable de la gestión cotidiana y de brindar asistencia a los Comités Técnicos y los de Política y Finanzas, actualmente el Secretario General es el Sr. Michel Danet (Francia).

Tiene dos idiomas oficiales que son el francés y el inglés, aunque el español es utilizado para algunas reuniones de carácter técnico.

Trabaja principalmente a través de Comités Técnicos de los cuales los principales son:

  • Comité del Sistema Armonizado conformado por dos subcomités de Revisión y Científico.
  • Comité Técnico sobre Valoración en Aduana.
  • Comité Técnico de Normas de Origen.
  • Comité Técnico Permanente.
  • Comité de Lucha contra el Fraude, con un Subcomité de Información Gerencial.

Estos comités vienen trabajando para la armonización de los procedimientos internacionales de aduana, lo cual ha tenido resultados exitosos tales como:

  • El desarrollo e introducción del Sistema de Codificación y Descripción del Sistema Armonizado el cual es utilizado alrededor del mundo como base para la clasificación de las mercancías.
  • Administra los Acuerdos de Valoración de la OMC y recientemente ha desarrollado la Armonización de las Normas de Origen.

En 1999 la versión revisada del Convenio de Simplificación y Armonización de los Procedimientos Aduaneros (Convención de Kyoto) fue aprobada por el Consejo de Cooperación Aduanera en respuesta al creciente tránsito internacional de mercancías, al desarrollo en la tecnología de información y al alto grado de competitividad en los negocios internacionales basado en la calidad del servicio.

El trabajo que desarrolla la OMA para simplificar y armonizar los procedimientos aduaneros tiene como objetivo la modernización de las aduanas; y para lograr esto, se ha dedicado a preparar y difundir un código de conducta para los funcionarios de aduana, para que estos se conduzcan según las reglas de integridad y llevar a cabo sus actividades eficazmente.

En este sentido una de las declaraciones más importantes que adopta la OMA, como principio básico respecto a Integridad para una Aduana Moderna es la declaración de Arusha del 7 de julio de 1993, la cual establece como prioridad de los gobiernos tener administraciones de aduanas libres de corrupción, para lo que se requiere la firme decisión de los niveles políticos y administrativos en los países para mantener el nivel de integridad en la función pública, particularmente en las aduanas.

Asimismo declara que un plan de integridad para las aduanas debe imprescindiblemente incluir aspectos como:

  • Área temática: Comercio Exterior.
  • Gerencia General.
  • Gerencia Nacional de Normas.
  • Unidad de Planificación Estratégica Institucional.
  • Transparencia de la legislación aduanera.
  • Simplificación de los tramites y procedimientos aduaneros, basados en la Convención de Kyoto.
  • La automatización de los procesos aduaneros.
  • Funcionarios de aduana bien remunerados.
  • Capacitación especializada de los funcionarios de aduana, incluyendo temas de ética e integridad.

CAPÍTULO II

ESQUEMAS REGIONALES DE INTEGRACIÓN

2.1 DESCRIPCIÓN DEL CAPÍTULO

Analizamos aquí detalladamente los principales esquemas regionales de integración, incluyendo la descripción del sistema de integración americano (Iniciativa de la Cuenta de El Caribe, Sistema Generalizado de Preferencias) y brevemente el acuerdo de libre comercio con Centroamérica; el Acuerdo de la Comunidad de El Caribe, el Sistema de Integración Centroamericana, la Asociación de Estados de El Caribe y el Grupo de los Tres. Todas las descripciones se realizan para determinar el grado de afectación sobre las relaciones comerciales integradas en el DR-CAFTA.

El análisis realizado provee visión general sobre los diferentes compromisos internacionales adquiridos por la República Dominicana, en vistas a los efectos que sobre los mismos como sobre el comercio internacional y la situación aduanera y fiscal nacional, puede tener el DR-CAFTA.

2.2 SISTEMA DE INTEGRACIÓN AMERICANO

Dada la importancia del comercio exterior para su economía, la República Dominicana mantiene un papel activo en las negociaciones comerciales internacionales con objeto de desarrollar nuevos mercados para sus productos. Además de beneficiarse de diversos esquemas de comercio preferencial, tales como la Iniciativa de la Cuenca del caribe (ICC), la Convención de Cotonú y los Sistemas Generalizados de Preferencias (SGP) de varios países desarrollados, la República Dominicana mantiene estrechos lazos y promueve la integración económica con los países de América Central y El Caribe, participa en las negociaciones para la creación del Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA) y, a nivel multilateral, es miembro del GATT/OMC desde 1950.

2.2.1 Iniciativa de la Cuenca del Caribe (ICC)

La República Dominicana es el país que más se ha beneficiado de la ICC, mediante la cual EEUU otorga acceso preferencial a la mayoría de los productos provenientes de los países de Centroamérica y El Caribe, con objeto de promover su desarrollo económico. Al amparo de este programa, iniciado en 1984, la República Dominicana se ha convertido en uno de los principales socios comerciales de EEUU en América Latina y El Caribe, sólo detrás de México, Brasil, Venezuela y Colombia. El acceso libre de aranceles al mercado estadunidense se aplica a casi todos los productos, pero hasta hace poco excluía a algunos de gran interés para la República Dominicana, como los textiles.

Con objeto de evitar que las preferencias comerciales recibidas por México en el marco del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) afectaran las exportaciones de los países de la Cuenca de El Caribe hacia el mercado estadounidense, después de prolongadas gestiones, la República Dominicana y otros países del área consiguieron que EEUU les otorgara un trato paritario al del TLCAN. Este se concretó con la adopción de la US-Caribbean Trade Partnership Act (mayo 2000), que amplió los beneficios de la ICC.

Entre los nuevos beneficios se encuentran los siguientes: el ingreso libre de arancel y cuotas para las prendas de vestir confeccionadas en la región de tela estadunidense hecha con hilo estadunidense; el acceso libre de arancel para una determinada cantidad de prendas confeccionadas con tela regional hecha con hilo estadunidense, y la homologación del trato arancelario para el atún enlatado, el calzado y otros productos de cuero, igual al que disfruta México bajo el TLCAN. Los nuevos beneficios de la ICC entraron en vigor en octubre 2000 y se extenderán hasta el 2008 o hasta la entrada en vigor del ALCA.

2.2.2 Sistema Generalizado de Preferencias

La República Dominicana se beneficia de los Sistemas Generalizados de Preferencias otorgados por sus principales socios comerciales desarrollados, en especial por los países europeos (Francia, Italia, España, Alemania, etc.). Se trata de esquemas preferenciales aplicados por los países desarrollados, en virtud de los cuales se otorgan reducciones paricales o totales de los derechos de importación a ciertas cantidades de productos provenientes de los países en desarrollo. Estas preferencias se aplican de manera unilateral (no son recíprocas) y pueden estar sujetas a ciertas condiciones establecidas unilateralmente por lo países otorgantes.

2.2.3 Acuerdo de Libre Comercio con Centroamérica

En 1998, la República Dominicana firmó con Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, el Tratado de Libre Comercio Centroamérica-República Dominicana. Se trata de un acuerdo de tercera generación que abarca el comercio de bienes, servicios, inversiones, propiedad intelectual y compras del sector público. En materia de acceso, se prevé la apertura recíproca para la casi totalidad del universo arancelario, con excepción de una lista limitada de productos que estarán sujetos a su incorporación progresiva al libre comercio. Además del tratado, se acordó un Plan de Acción que incluye la elaboración de la lista negativa de productos, la definición de reglas de origen específicas y el tratamiento a los bienes y servicios producidos en las zonas francas.

El tratado entrará en vigor en cuanto se hayan finalizado los trámites legislativos correspondientes en los países signatarios. Se trata del primer acuerdo de esta naturaleza del cual la República Dominicana haya formado parte.

En términos comerciales, significa un mercado potencial de cerca de US$30,000 millones con más de 40 millones de consumidores. La República Dominicana espera que este tratado contribuya al crecimiento económico del país y de la región, a la creación de empleos y a la elevación del nivel de vida de sus habitantes.

2.3 COMUNIDAD DE EL CARIBE (CARICOM)

La Comunidad de El Caribe (CARICOM) surgió en 1958, como resultado de 15 años de gestiones a favor de la integración regional, y se constituyó con tres objetivos fundamentales:

  • Estimular la cooperación económica en el seno de un mercado común de El Caribe.
  • Estrechar las relaciones políticas y económicas entre los estados miembros.
  • Promover la cooperación educacional, cultural e industrial entre los países de la comunidad.

La comunidad nació bajo el nombre de Comunidad y Mercado Común de El Caribe a raíz del Tratado de Chaguaramas suscrito entre los primeros ministros Errol W. Barrow de Barbados, L.F.S. Burnham de Guyana, Michael Manley de Jamaica y Eric Williams de Trinidad y Tobago el 4 de julio de 1973. El tratado fue modificado en febrero de 1992 para cambiar el nombre del organismo al actual y redefinir sus objetivos. El 2 de julio de 1991 los territorios británicos de Islas Turcos y Caicos e Islas Vírgenes Británicas se incorporaron como miembros asociados e igualmente lo hicieron los territorios de Anguila en 1992, Islas Caimán en 2002 y Bermuda en 2003.

El CARICOM esta conformado por:

1.- Antigua y Barbuda. 2.- Bahamas. 3.- Barbados. 4.- Belice. 5.- Dominica. 6.- Granada. 7.- Guyana. 8.- Haití. 9.- Jamaica. 10.- Montserrat. 11.- Sant Kitts and Nevis. 12.- Santa Lucía. 13.- San Vicente y Las Granadinas. 14.-Suriname. y 15.-Trinidad y Tobago.

Los países que participan en calidad de observadores son:

1.- Anguilla. 2.- Islas Caimán. 3.- México. 4.- Venezuela. 5.- Araba. 6.- Colombia. 7.- Antillas Holandesas. 8.- Bermudas. 9.- República Dominicana. y 10.-Puerto Rico.

Islas Vírgenes es miembro asociado.

Los principales órganos de la Comunidad de El Caribe son:

2.3.1 La Conferencia

Es el órgano supremo de la organización regional y lo integran los jefes de Estado y de Gobierno de los países miembros. Su principal responsabilidad es trazar la política de la CARICOM. También se encarga de autorizar la firma de tratados entre la Comunidad de El Caribe y otras organizaciones de integración.

2.3.2 El Consejo

Está integrado por los ministros de relaciones exteriores y se encarga del desarrollo de los planes estratégicos de la CARICOM, de coordinar la integración en diferentes sectores y de promover la cooperación entre los estados miembros.

2.3.3 Otros órganos de la CARICOM:

  • Consejo para el Desarrollo Económico y Comercial (COTED).
  • Consejo para las Relaciones Exteriores y de la Comunidad (COFCOR).
  • Consejo para el Desarrollo Humano y Social (COHSOD).
  • Consejo para la Planificación Financiera (COFAP).

La Comunidad de El Caribe cuenta también con las siguientes instituciones:

– Agencia para la Cooperación ante Desastres y Emergencias (CDRA).

  • Instituto Meteorológico de El Caribe (CMI).
  • Organización Meteorológica de El Caribe (CMO).
  • Corporación Caribeña para la Alimentación (CFC).
  • Instituto Caribeño para la Protección del Medio Ambiente (CEHI).
  • Instituto para la Investigación y el Desarrollo de la Agricultura Caribeña (CARDI)
  • Instituto Caribeño para la Educación en la Protección de la Fauna y para la Asistencia Veterinaria (REPAHA).
  • Asociación de Parlamentos de la Comunidad de El Caribe (ACCP).
  • Centro para el Desarrollo Administrativo del Caribe (CARICAD).
  • Instituto Caribeño para la Alimentación y la Nutrición (CFNI).

La CARICOM dispone además de instituciones asociadas como:

  • Banco para el Desarrollo de El Caribe (CDB).
  • Universidad de Guyana (UG).
  • Universidad de las Indias Orientales (UWI).
  • Instituto Caribeño del Derecho/Instituto Central del Derecho de El Caribe (CLI/CLIC).

2.4 SISTEMA DE INTEGRACIÓN CENTROAMERICANA (SICA)

El Sistema de la Integración Centroamericana (SICA) formalmente entró en funcionamiento el 1° de febrero de 1993.

Es un organismo internacional integrado por los estados de las Repúblicas de Guatemala, Belice, El Salvador, Honduras, Nicaragua, Costa Rica y Panamá, al cual están adheridos, como países observadores, República Dominicana y China Taiwán. La tarea del SICA consiste, entre otras cosas, en ejecutar y coordinar los mandatos de las Cumbres de Presidentes de Centroamérica y las decisiones del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores. Fue creado por el Protocolo de Tegucigalpa a la ODECA. La Reunión de Presidentes Centroamericanos es el órgano supremo del SICA y como tal le compete decidir regionalmente en materia de democracia, desarrollo, libertad, paz y seguridad. En el marco de la ALIDES, que comprende también a Belice, actúa como Consejo Centroamericano para el Desarrollo Sostenible.

Su misión es la de apoyar y dar seguimiento a las decisiones de la reunión de presidentes y de los ministros, impulsando y coordinando con los órganos e instituciones del SICA y foros de cooperación acciones a favor de la integración regional y de su proceso de reforma institucional que se traduzcan en beneficios tangibles para los centroamericanos. Asimismo, promover la participación de la sociedad civil y la práctica de una cultura de integración, propiciando así un marco de coherencia y unidad de todo el sistema.

Sus objetivos declarados son, entre otros, la realización de la integración de Centroamérica, para constituirla como región de paz, libertad, democracia y desarrollo, consolidando la democracia y fortaleciendo sus instituciones sobre la base de la existencia de Gobiernos electos por sufragio universal, libre y secreto, y del irrestricto respeto a los derechos humanos.

Asimismo, pretende concretar un nuevo modelo de seguridad regional sustentado en un balance razonable de fuerzas, el fortalecimiento del poder civil, la superación de la pobreza extrema, la promoción del desarrollo sostenido, la protección del medio ambiente, la erradicación de la violencia, la corrupción, el terrorismo, el narcotráfico y el tráfico de armas.

El organismo está integrado por las Repúblicas de El Salvador, Honduras, Nicaragua, Guatemala, Costa Rica y Panamá. Al SICA están adherido Belice, y como país asociado la República Dominicana; Los Estados Unidos Mexicanos como observador regional y la República de China y España, como observadores extraregionales.

2.5 ASOCIACIÓN DE ESTADOS DE EL CARIBE (AEC)

La Asociación de Estados de El Caribe quedó constituida el 24 de julio de 1994 en Cartagena de Indias, Colombia. Su propósito principal es el de promover la consulta, la cooperación y la acción concertada entre todos los países de El Caribe, pero también se desprenden de su carta constitutiva que la organización se empeña:

  • En iniciar una nueva era caracterizada por el fortalecimiento de la cooperación y de las relaciones culturales, económicas, políticas, científicas, sociales y tecnológicas entre ellos.
  • Propiciando el fortalecimiento de la cooperación entre los Estados, Países y Territorios de El Caribe, fundamentado en su proximidad geográfica y vínculos históricos, contribuirá al futuro desarrollo cultural, económico y social de sus pueblos, trascendiendo su distanciamiento del pasado.

La razón de ser de la Asociación de Estados de El Caribe (AEC) es la necesidad de encontrar una respuesta oportuna y efectiva a los retos y oportunidades que plantean la globalización de la economía internacional y la progresiva liberalización de las relaciones comerciales hemisféricas.

A tales fines, la AEC se define como un organismo de consulta, concertación y cooperación cuyo propósito es identificar y promover la instrumentación de políticas y programas orientados a:

a. Fortalecer, utilizar y desarrollar las capacidades colectivas de El Caribe para lograr un desarrollo sostenido en lo cultural, económico, social, científico y tecnológico.

b. Desarrollar el potencial del Mar Caribe por medio de la interacción entre los Estados Miembros y con terceros.

c. Promover un espacio económico ampliado para el comercio y la inversión que ofrezca oportunidades de cooperación y concertación y permita incrementar los beneficios que brindan a los pueblos de El Caribe los recursos y activos de la región, incluido el Mar Caribe.

d. Establecer, consolidar y ampliar, según el caso, las estructuras institucionales y los acuerdos de cooperación que respondan a la diversidad de las identidades culturales, de los requerimientos de desarrollo y de los sistemas normativos de la región.

Para alcanzar los propósitos organizacionales, enunciados en el artículo No.1 del Convenio Constitutivo de la Asociación, la Asociación se dedica a promover entre sus miembros la realización de las siguientes actividades:

a. La integración económica, incluidas la liberalización comercial, de inversiones, del transporte y de otras áreas relacionadas.

b. La discusión de asuntos de interés común con el propósito de facilitar la participación activa y coordinada de la región en los foros multilaterales.

c. La formulación e instrumentación de políticas y programas para la cooperación en las áreas mencionadas en el numeral 1(a) de este Artículo.

d. La preservación del medio ambiente y la conservación de los recursos naturales de la región, en particular del Mar Caribe;

e. El fortalecimiento de las relaciones amistosas entre los pueblos y Gobiernos de El Caribe;

f. La consulta, cooperación y concertación en las demás áreas que se acuerden.

2.5.1 Miembros de la Asociación de Estados de El Caribe

Son de dos tipos: miembros (de pleno derecho) y miembros asociados.

Como miembros de pleno derecho se encuentran los Estados siguientes: Antigua y Barbuda, Barbados, Belice, Colombia, Costa Rica, Cuba, Dominica, El Salvador, Estados Unidos Mexicanos, Grenada, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Jamaica, Las Bahamas, Nicaragua, Panamá, República Dominicana, St. Kitts y Nevis, San Vicente y las Granadinas, Santa Lucía, Suriname, Trinidad y Tobago, Venezuela.

En calidad de miembros asociados o participantes se encuentran: Anguila, Bermuda, Islas Cayman, Islas Turcos y Caicos, Islas Vírgenes Británicas, Islas Vírgenes de Estados Unidos, Montserrat, Puerto Rico así como los dos países siguientes: Francia (no como tal sino mediante sus dominios en El Caribe, que son Guadalupe, Guayana y Martinica) y el Reino de los Países Bajos (a través de Aruba y las Antillas Neerlandesas).

Asimismo, los miembros pueden ser fundadores y observadores. Los miembros de pleno derecho son también miembros fundadores, siempre que hubieran ratificado el convenio antes de su entrada en vigor y durante el primer año de vigencia. Los observadores son los admitidos a la Asociación según los términos y las condiciones definidos por el Consejo de Ministros, que sean de los estados del Caribe considerados como Estados Participantes del Convenio.

El control de la institución reside en sus órganos de gobierno, permanentes o no. El principal de los no permanentes es la Reunión de Jefes de Estado o de Gobierno, convocado por la reunión luego de consultas con los Estados Miembros. Los Órganos Permanentes de la AEC son el Consejo de Ministros y la Secretaría.

De acuerdo al artículo 8 del Convenio Constitutivo de la AEC, el Consejo de ministros se integra por los representantes de los Estados Miembros, siendo el principal órgano de formulación de políticas y de orientación de la Asociación.

Las funciones básicas del Consejo de Ministros son las siguientes:

a. Determinar las acciones, políticas y programas de la Asociación.

b. Analizar y adoptar el Programa de Trabajo y Presupuesto bienales de la Asociación.

c. Considerar y decidir sobre las solicitudes de los aspirantes a Estado Miembro, Miembro Asociado u Observador de la Asociación.

d. Determinar cuales "Actores Sociales" reconocerá, aceptará y definirá sus funciones.

e. Designar al Secretario General y a otros funcionarios de alto nivel de la Secretaría que estime necesarios.

f. Establecer los estatutos y las directrices que han de regir el funcionamiento de la Asociación.

g. Aprobar los reglamentos que han de regir el funcionamiento de la Secretaría;

h. Autorizar la negociación y conclusión, por parte del Secretario General, de acuerdos con terceros, con instituciones o grupos de Estados y con otras entidades, de conformidad con los requerimientos que demande el avance de los trabajos de la Asociación.

i. Recomendar y/o adoptar las enmiendas al Convenio propuestas por los Estados Miembros de acuerdo con el Artículo XXVIII.

j. Decidir sobre la interpretación del presente Convenio.

k. Desempeñar todas aquellas funciones que determine la Reunión de Jefes de Estado o de Gobierno.

El presupuesto de la Asociación de Estados de El Caribe es establecido por el Consejo de Ministros, trabajando sobre el proyecto sometido a su consideración por el Comité de Presupuesto y Administración. Es preparado cada dos años y sometido a revisión anual.

La aprobación presupuestaria se realiza por votación de cada una de las partidas presupuestarias, siendo cada partida aprobada necesariamente por mandato del artículo doce del Convenio Constitutivo, mediante una mayoría de tres cuartos de los votos de los delegados presentes y votantes.

2.5.2 La Secretaría de la Asociación de Estados de El Caribe

La Secretaría es un organismo formado por un Secretario General y el número de funcionarios que el Consejo de Ministros estime conveniente.

Además de los poderes y facultades atribuidos a su persona, por y en virtud del presente Convenio, el Secretario General es el principal funcionario administrativo de la Asociación, siendo sus deberes los siguientes:

a. Asistir al Consejo de Ministros y a los Comités Especiales de la Asociación en la concepción y ejecución de sus políticas y programas.

b. Mantener contacto con otras organizaciones subregionales, regionales e internacionales.

c. Diseñar, formular, realizar, o en su caso, solicitar estudios sobre temas de integración, en particular sobre comercio, inversión y desarrollo económico y social.

d. Recopilar, archivar y difundir información entre los Estados Miembros y Miembros Asociados y, cuando así lo decida el Consejo de Ministros, a otras entidades pertinentes.

e. Apoyar las reuniones del Consejo de Ministros y de los Comités Especiales de la Asociación y adoptar medidas de seguimiento de las decisiones que de éstas emanen.

f. Coordinar, en el marco del programa de trabajo de la Asociación, las actividades de los organismos donantes e instituciones nacionales, regionales e internacionales.

g. Preparar el proyecto de presupuesto de la Asociación, el cual es examinado por el Comité de Prepuesto y Administración cada dos años, para ser sometido a consideración y, en su caso, aprobación por el Consejo de Ministros.

2.5.3 Capacidad Jurídica

Para el ejercicio de su capacidad jurídica la AEC goza de personalidad jurídica internacional, con privilegios e inmunidades que reconocerán y otorgarán los Estados Miembros y Miembros Asociados a la Asociación, establecidos en Protocolo anexo al Convenio Constitutito.

2.5.4 Relación con otros Tratados y Mecanismos

Uno de los principales aspectos del tratado de la Asociación de Estados de El Caribe reside en el hecho de que las disposiciones de su carta constitutiva deben interpretarse en perjuicio de los derechos y obligaciones de las Partes en relación con otros acuerdos, sabia previsión que tiende a conservar el orden jurídico. De la misma manera, y a tenor de la disposición anterior, las disposiciones del Convenio de la AEC no afectarán los mecanismos existentes de cooperación, concertación y consulta.

Por tanto, los Estados Miembros pueden emprender iniciativas y llegar a acuerdos de integración entre ellos, siempre que los mismos sean consistentes con los propósitos y funciones del presente Convenio, y permanecen siendo miembros de la AEC.

2.6 EL GRUPO DE LOS TRES (G-3)

Tuvo su origen en el Grupo Contadora y la Comunidad Europea que decidieron crear el Grupo de los Tres (G 3). En Octubre de 1989 ocurrió la primera Reunión de Río. México, Colombia y Venezuela acordaron acelerar la integración económica y armonización de sus políticas macroeconómicas.

En 1990 se define la creación de una zona de libre comercio por parte de los tres países, la firma del tratado se había previsto inicialmente, para enero de 1994, pero se postergó varias veces hasta realizarse en junio 20 de 1994, dentro del marco de la Cuarta Cumbre Iberoamericana de Cartagena.

Empezó a regir el 1 de enero de 1995. El grupo de los tres concluyó el 12 de mayo de 1994 un acuerdo de libre comercio que entró en vigencia el 1 de enero de 1995.

El objetivo general del acuerdo es crear un espacio libre de restricciones, prevaleciendo el libre flujo de mercancías y la libre competencia, normas técnicas, calidad de los productos y el crecimiento económico continuo, además de ampliar los vínculos comercial y económico entre los países signatarios.

El Tratado del Grupo de los Tres (G-3), integrado por México, Colombia y Venezuela, se firmó 13 de junio de 1994 y entró en vigor el 1 de enero de 1995. El comercio entre Colombia y Venezuela seguirá rigiéndose por el Acuerdo de Cartagena. (Grupo Andino).Conforme al acuerdo del Grupo de los Tres, se eliminan totalmente los aranceles aduaneros a lo largo de un período de 10 años. Las excepciones son especialmente importantes en el sector agrícola. A diferencia de la mayoría de los acuerdos comerciales entre países de América Latina, el acuerdo del Grupo de los Tres no sólo contiene disposiciones sobre aranceles, sino que se refiere a asuntos tales como derechos de propiedad intelectual, servicios, compras gubernamentales, e inversiones.

El tratado busca un acceso amplio y seguro a los respectivos mercados, a través de la eliminación gradual de aranceles, reconociendo los sectores sensibles de cada país. Establece disciplinas para asegurar que la aplicación de las medidas internas de protección a la salud y la vida humana, animal y vegetal, del ambiente y del consumidor, no se conviertan en obstáculos innecesarios al comercio. Igualmente fija disciplinas para evitar las prácticas desleales de comercio y contiene un mecanismo ágil para la solución de las controversias que puedan suscitarse en la relación comercial entre los países. La inclusión de una cláusula de adhesión dentro del tratado, permite la integración a este instrumento comercial de otras naciones latinoamericanas.

Partes: 1, 2, 3, 4
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