Impacto y Perspectiva del DR-CAFTA en las Aduanas Dominicanas (página 4)
Enviado por Jos� Luis Fortunato
- En relación al total de ingresos del gobierno (RD$ 73,701 millones en 2002 y RD$ 121,097 en 2003), la pérdida fiscal derivada de la reducción de aranceles por el Tratado de Libre Comercio sería menor al 0.5% del ingreso fiscal total (ver anexo).
- Es muy probable que no se experimente un aumento sustancial de los ingresos fiscales como consecuencia del posible incremento de la producción del sector agropecuario, debido a que éste está compuesto, en su mayoría, por productores y pequeñas empresas cuyo monto de renta generada está exento de impuestos. Sin embargo, se espera que a mediano plazo el Tratado de Libre Comercio (TLC) tenga un impacto positivo sobre los ingresos del fisco provenientes principalmente de las agroindustrias y empresas agropecuarias exportadoras con ventajas competitivas, que verán aumentar sus operaciones en los mercados locales e internacionales. Además, el impuesto del 5% que se aplica a las exportaciones de manera temporal tendría un impacto fiscal positivo, al menos mientras se aplique.
4.7 PROYECTO DE REFORMA Y MODERNIZACION ADUANERA
Por todo lo antes expuesto hemos iniciado un proyecto de reforma y modernización aduanera con miras a convertir a la aduana en una institución moderna facilitadora del comercio internacional, capaz de cumplir con los compromisos asumidos mediante este tratado.
LOS OBJETIVOS DE ESTE PROYECTO SON LOS SIGUIENTES:
- Dotar a las aduanas de un sistema de Análisis de Riesgos.
- Automatización de la gestión aduanera.
- Fortalecimiento del Control del Comercio Exterior.
- Autodeterminación de la obligación tributaria aduanera.
- Aleatoriedad y Agilización del despacho.
- Descongestionar los Recintos Aduaneros; y
- Eliminación de la Discrecionalidad de las autoridades aduaneras.
LOS COMPONENTES BÁSICOS SON LOS SIGUIENTES:
- Redefinición de su Estructura Organizacional.
- Gestión de Recursos Humanos.
- Elaboración de un nuevo Manual de Normas y Procedimientos Aduaneros.
- Nuevo Sistema Informático; y
- Reforma Legislación Aduanera.
Dada la importancia comercial del DR-CAFTA, que repercutirá por generaciones en el futuro económico de nuestro país, las aduanas dominicanas deben preparase para administrarlo, de esto dependerán los beneficios o perjuicios que podamos obtener del mismo, pues, como se ha dicho, "las bondades de un tratado comercial dependen, un cincuenta por ciento de cómo se negocie y el otro cincuenta por ciento de cómo se administre".
EXPORTACIONES DE DR-CAFTA HACIA ESTADOS UNIDOS, EN MILLONES US$
Años | Costa Rica | Dominican Republic | El Salvador | Guatemala | Honduras | Nicaragua | Total | Rep. Dom. % |
1989 1990 1991 1992 1993 1994 1995 1996 1997 1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005* | 967.9 1,006.5 1,144.0 1,402.0 1,542.1 1,645.4 1,841.8 1,962.9 2,321.6 2,742.0 3,953.5 3.555.2 2,912.1 3,146.2 3,353.9 3,297.3 1,686.6 | 1,636.9 1,725.4 1,976.6 2,366.5 2,667.2 3,076.5 3,385.1 3,581.6 4,308.4 4,444.6 4,277.5 4,378.2 4,187.1 4,166.7 4,454.5 4,529.0 2,243.1 | 243.9 237.5 302.4 383.2 481.3 607.5 813.1 974.1 1,344.8 1,436.0 1,603.5 1,925.1 1,881.9 1,975.8 1,763.4 1,811.5 984.8 | 608.3 790.9 892.3 1,072.7 1,178.1 1,283.6 1,514.6 1,694.5 1,984.2 2,071.4 2,257.7 2,603.5 2,589.2 2,784.5 2,954.1 3,156.2 1,681.9 | 456.8 486.3 552.2 780.6 914.4 1,091.7 1,440.7 1,797.0 2,320.3 2,543.9 2,711.9 3,090.9 3,131.0 3,262.0 3,311.7 3,636.7 1,861.8 | 0.03 15.3 59.5 68.6 124.5 167.4 237.7 349.3 439.2 452.7 491.9 596.9 603.0 677.4 769.1 990.2 565.8 | 3,913.9 4,261.9 4,927.1 6,073.7 6,907.7 7,872.1 9,233.0 10,359.4 12,718.4 13,690.7 15,296.1 16,149.7 15,304.4 16,012.7 16,606.6 17,421.0 9,024.0 | 41.8 40.5 40.1 39.0 38.6 39.1 36.7 34.6 33.9 32.5 28.0 27.1 27.4 26.0 26.8 26.0 24.9 |
Total | 38,480.9 | 57,405.1 | 18,770.0 | 31,117.7 | 33,389.9 | 6,608.6 | 185,772.3 | 30.9 |
T.C.A.A. | 8.5 | 7.0 | 14.3 | 11.6 | 14.8 | 99.8 | 10.5 | 33.6 |
Fuente: US ITC. Data Web / TCAA: Tasa de Crecimiento Anual Acumulativa / * Cifras disponibles enero-junio
4.8 SÍNTESIS DE LAS PRINCIPALES VARIABLES IMPLÍCITAS EN EL DR-CAFTA
Con motivo de la firma del Tratado de Libre Comercio (TLC), entre un conjunto de naciones de Centroamérica (Honduras, El Salvador, Guatemala, Nicaragua y Costa Rica), los Estados Unidos de Norteamérica y la Republica Dominicana, también conocido por las siglas en inglés DR-CAFTA (Central America Free Trade Agreemente), la Republica Dominicana ha contraído un gran reto.
Ese reto, se expresa en la amplitud y profundad de las medidas contenidas en el tratado, pero fundamentalmente en la diversidad y amplitud de las mismas, las cuales revisten un mayor grado de complejidad al estar enmarcadas en magnitudes numéricas bajo un calendario rigurosamente establecido.
Tomando en consideración esas apreciaciones que caracterizan el acuerdo, se ha tratado de construir cual si fuera un esqueleto, una tabla sintética que sirva de referencia para condensar en una forma simplificada el alcance, la duración y el período de desmonte y los márgenes porcentuales de desgravación correspondiente a cada una de las trece canastas consideradas. A continuación la tabla propuesta:
Como se podrá apreciar, en la misma se presentan las 13 (trece) canastas en las cuales se dividieron las 6,833 líneas arancelarias comprendidas en el acuerdo, así como, el porcentaje de participación de cada canasta en el conjunto del Tratado. Por igual, se puede precisar el período de desmonte expresado en los años considerados para cada canasta y los porcentajes, indicando los años de aplicación para los mismos y el período de gracia en los casos en que corresponde.
Como se expresa en el inicio de esta colaboración, la tabla presentada permite tener una visión de conjunto de las magnitudes numéricas fundamentales del acuerdo, así como del alcance en el tiempo de las principales variables que matizan el mismo.
CAPÍTULO V
MEDIDAS DE COMPENSACIÓN DE LA ELIMINACIÓN ARANCELARIA
5.1 DESCRIPCIÓN DEL CAPITULO
Se analizan las medidas de compensación obligatorias por efecto de la eliminación arancelaria, incluyendo un aspecto esencial como lo es la transformación de los sistemas de contratación de obras y servicios públicos, que en el momento actual constituyen una "piedra de choque" para la vigencia definitiva del tratado.
5.2 ARANCELES Y OTROS IMPUESTOS
5.2.1 Tarifas
El sistema Dominicano de impuestos a las importaciones combina una estructura compleja que incluye impuestos específicos y Ad-valorem, sobretasas e impuestos sobre consumo doméstico; los rangos se encuentran entre el 5% y el 35%, están basados en el uso final de cada producto y pueden presentar exoneraciones sustanciales.
Algunas reducciones se aplican a importaciones entre zonas de libre comercio, importaciones de materia prima, provisiones o víveres, maquinaria y equipo para la industria textil y agrícola, materia prima para re-exportación, petróleo y sus subproductos, medicinas.
5.2.2 Otros Impuestos
Impuesto Selectivo al Consumo. Varía entre el 5 y el 80% aplicables a bienes no esenciales tales como: utensilios de hogar, perfumería, joyería, automóviles (propuesta de incrementar este impuesto entre 0 y 50%, de acuerdo al valor del vehículo tanto nacional como importado) y sus partes, bebidas alcohólicas, productos de tabaco y otros bienes de lujo. Se calcula sobre valor CIF.
Impuesto a las Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS). Un 12% similar al impuesto al valor agregado, calculado sobre el valor CIF más los otros impuestos, aplicables a bienes industrializados y servicios.
Impuestos Específicos. La mayoría de los impuestos específicos se graban sobre el peso neto en kilogramos o en las unidades de medida o cantidad, como los litros, los metros cuadrados, o docenas, como es indicado en el arancel. Para los propósitos del impuesto el peso es el del producto con sus recipientes y el embalaje exterior.
Impuestos Ad valorem. Son calculados sobre el valor FOB de la mercancía. El Servicio de aduana ha desarrollado un procedimiento para estandarizar los valores para una gama amplia de productos y aplicar con mayor precisión los impuestos.
Impuesto Financiero. Un 1.5% se pagará al Banco Central por la compra de moneda extranjera.
Impuesto de Puertos. Toda importación y exportación pagará cinco centavos dominicanos por tonelada, por concepto de uso de los puertos dominicanos.
5.3 LAS REGLAS O NORMAS DE ORIGEN. Importancia
Las Reglas o Normas de Origen son un conjunto de disposiciones generales y específicas establecidas en el DR-CAFTA y en reglamentos y directrices aduaneras nacionales que establecen los criterios que deben ser aplicados por las empresas para determinar si una mercancía califica como originaria, e incluyen los procedimientos aduaneros de certificación y verificación del origen.
El país de origen es el país donde la mercancía es enteramente obtenida, producida o transformada y en el que se cumplen las reglas de origen del DR-CAFTA.. En el marco de este Tratado de Libre Comercio, los procesos de producción de una mercancía pueden realizarse total o parcialmente en uno o más de los países siguientes: República Dominicana, Estados Unidos, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua.
La importancia de las reglas de origen se debe a que:
• Garantizan que los beneficios arancelarios del DR-CAFTA únicamente sean aplicables a las mercancías que sean originarias de los países signatarios del Tratado.
• Se constituyen en una barrera jurídica que impide que mercancías de países fuera del DR-CAFTA reciban los beneficios del Tratado.
5.4 LAS MEDIDAS COMPENSATORIAS
Cuando se habla de medidas compensatorias se hace referencia, en primer lugar, al tipo de seguridades o alternativas que cada país suscribiente del tratado puede interponer para evitarse una lesión más o menos grave de carácter económico. En segundo lugar, se hace referencia igualmente a las vías que cada país implementará para suplir la pérdida económica que significará, especialmente para la República Dominicana, la eliminación de los aranceles aduaneros.
En primer lugar se considerarán las medidas compensatorias tal como el tratado las concibe, es decir, como alternativas para la evitación de daño económico. Luego se proseguirá en la segunda acepción.
5.4.1 Imposición de una medida de salvaguardia
Una Parte podrá aplicar una medida descrita en el párrafo 2, sólo durante el período de transición, si como resultado de la reducción o eliminación de un arancel aduanero en virtud de este Tratado, una mercancía originaria se importa en el territorio de la Parte en cantidades que han aumentado en tal monto en términos absolutos o en relación a la producción nacional y en condiciones tales que constituyan una causa sustancial de daño grave, o una amenaza del mismo, a la industria nacional que produzca una mercancía similar o directamente competidora.
Si se cumplen las condiciones señaladas en el párrafo 1, una Parte podrá, en la medida que sea necesario para prevenir o remediar un daño grave o amenaza de daño y facilitar el reajuste:
(a) Suspender la reducción futura de cualquier tasa arancelaria establecida en este Tratado para la mercancía; o
(b) Aumentar la tasa arancelaria para la mercancía a un nivel que no exceda el menor de:
(i) La tasa arancelaria de nación más favorecida (NMF) aplicada en el momento en que se aplique la medida, y
(ii) La tasa arancelaria de NMF aplicada el día inmediatamente anterior a la entrada en vigor de este Tratado: (a) Salvo lo dispuesto en el subpárrafo (b), una Parte aplicará una medida de salvaguardia a las importaciones de una mercancía originaria que esté sujeta a resolución bajo el párrafo 1 independientemente de su procedencia. (b) Una Parte podrá excluir de la aplicación de una medida de salvaguardia a las importaciones de mercancías originarias de otra Parte si la Parte ha otorgado tratamiento libre de aranceles a la importación de la mercancía de dicha otra Parte, de conformidad con un acuerdo entre esas Partes, durante un período de tres años previos a la fecha de entrada en vigor del presente Tratado.
Ninguna Parte aplicará una medida de salvaguardia contra una mercancía originaria de otra Parte mientras la participación de la Parte exportadora en las importaciones de la mercancía originaria en la Parte importadora no exceda un tres por ciento, siempre que las Partes con menos de un tres por ciento de importaciones conjuntamente no representen más del nueve por ciento de las importaciones totales de dicha mercancía originaria.
5.4.2 Compensación
Una Parte que aplique una medida de salvaguardia deberá, luego de consultar con cada Parte contra cuya mercancía se aplique la medida, proporcionar a esa Parte o Partes una compensación mutuamente acordada de liberalización comercial en forma de concesiones que tengan efectos sustancialmente equivalentes en el comercio o equivalentes al valor de los impuestos adicionales esperados como resultado de la medida. La Parte dará oportunidad para tales consultas en los 30 días posteriores a la aplicación de la medida de salvaguardia.
Si las consultas conforme al párrafo 1 no resultan en un acuerdo de compensación de liberalización comercial dentro del término de 30 días, cualquier Parte contra cuya mercancía es aplicada la medida podrá suspender la aplicación de concesiones sustancialmente equivalentes al comercio de la Parte que aplica la medida de salvaguardia.
Una Parte notificará por escrito a la Parte que aplica la medida de salvaguardia al menos 30 días antes de suspender las concesiones conforme al párrafo 2.
La obligación de compensar conforme al párrafo 1 y el derecho a suspender las concesiones conforme al párrafo 2 terminará cuando ocurra lo más tarde de:
(a) La terminación de la medida de salvaguardia, o
(b) La fecha en la cual la tasa arancelaria regrese a la tasa arancelaria establecida en la Lista al Anexo 3.3 (Eliminación Arancelaria) de la Parte.
5.4.3 Acciones globales
Cada Parte conserva sus derechos y obligaciones de conformidad con el Artículo XIX del GATT 1994 y el Acuerdo sobre Salvaguardias. A las acciones tomadas de conformidad con el Artículo XIX del GATT 1994 y el Acuerdo sobre Salvaguardias, excepto que la Parte que emprenda esa acción podrá excluir importaciones de una mercancía originaria de otra Parte, si tales importaciones no son un causa substancial de un daño grave o amenaza del mismo.
Ninguna Parte aplicará, con respecto a la misma mercancía, y durante el mismo período:
(a) Una medida de salvaguardia; y
(b) Una medida conforme al Artículo XIX del GATT 1994 y el Acuerdo de Salvaguardias.
CONCLUSIONES
En la actualidad el DR-CAFTA pretende formar una zona de Libre Comercio, en la que cada país signatario de este tratado se compromete a eliminar todos los aranceles que impiden el libre tránsito de las mercancías y establecerá las reglas que deberán regir la relación comercial entre los Estados Unidos de Norteamérica, Centroamérica y la República Dominicana, a través de una zona para el intercambio de bienes y servicios.
El DR-CAFTA por si mismo no es negativo, es una oportunidad de inserción del mercado dominicano en el comercio internacional, pero éste por sí solo no resolverá los problemas del país, dado que a nivel nacional impera cierta desigualdad económica y social en la población, por lo tanto, habrá que lidiar con esa deficiencia interna y con los compromisos internacionales. Así que lo primero es ordenar o resolver los problemas internos, para posteriormente negociar como nación.
El aislamiento o política reactiva en que se encontraba la República Dominicana desde los inicios de su fundación como Estado ha sido dejada atrás para adoptarse a los nuevos cambios integracionistas, introduciéndose en acuerdos internacionales (bilaterales y multilaterales) que tendremos la oportunidad de exponer en el desarrollo de cada capítulo de esta investigación.
República Dominicana firmó un Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos de América el 5 de agosto de 2004, el cual incluye un capítulo dedicado a la agricultura. Al mismo tiempo, el gobierno está atravesando una crisis fiscal que hará muy difícil que se puedan mantener los apoyos que se otorgan al sector agropecuario. En este contexto, en este documento se evalúan los posibles impactos del TLC sobre las políticas e instituciones agropecuarias y se hacen recomendaciones con vistas a asegurar que el sector agropecuario se beneficie del TLC. Las siguientes son las principales conclusiones del estudio.
Dado que el 84% de las exportaciones agropecuarias dominicanas hacia Estados Unidos ya recibe tratamiento arancelario preferencial bajo la Iniciativa de la Cuenca del Caribe (ICC) y un 14% entra en condiciones de libre acceso, en el corto plazo las posibilidades de una expansión de las exportaciones no son significativamente mayores que en la situación antes de la firma del Tratado de Libre Comercio. El nuevo acuerdo básicamente torna permanentes las preferencias existentes bajo el "Caribbean Basin Agreement" y el "Caribbean Basin Partnership Trade Act".
En cuanto respecta a las importaciones, el DR-CAFTA prevé que las cuotas de importación para los productos sensibles (arroz, azúcar y habichuelas) comiencen a niveles muy bajos, para luego evolucionar en un largo período de diez a veinte años, al final del cual serán abolidas. Por lo tanto, el impacto inmediato sobre los cultivos de consumo interno será muy limitado.
En el mediano y largo plazo el Tratado de Libre Comercio podría tener importantes impactos positivos. Los productos de exportación no tradicionales (como tomate, aguacate, mango y banana) muestran sólidas ventajas comparativas. Son productos con alto contenido de trabajo en sus estructuras de costos. Estos cultivos tienen poca vocación para desarrollar economías de escala y son especialmente aptos para estructuras de producción de pequeña y mediana escala en nuestro país.
El informe hace algunas propuestas concretas para que el la República Domincana obtenga mayores beneficios del DR-CAFTA. Primero, el país podría enfocar sus nuevas políticas en proveer bienes públicos elevando la competitividad de su sector agropecuario, en lugar de dar subsidios para bienes más bien de naturaleza privada. Para preparar el país para implementar el DR-CAFTA, se debe reforzar (según la demanda, investigación y extensión), el desarrollo de la tecnología agrícola, los servicios de sanidad animal y vegetal, el control de la calidad de los productos, el desarrollo de la información de mercados, el entrenamiento de especialistas agrícolas y empresarios, el crédito bancario y el mejoramiento de los servicios de apoyo comercial a las exportaciones, tales como transporte, servicios bancarios y trámites públicos.
- En el frente fiscal se podría incrementar la eficiencia global y realizar ahorros en varios programas de apoyo agrícola, a través de retirar la actual asistencia financiera a sectores deprimidos, que apoyen la provisión de bienes.
Habría que llevar adelante las reformas institucionales necesarias para asegurar la viabilidad e implementación de las nuevas políticas. Las más importantes son las referidas a las instituciones encargadas del sector comercial dominicano, importador y exportador. Estas instituciones, sobretodo las que operan exclusivamente en el sector público, tienen que hacerlo bajo administraciones independientes y enfocadas, fomentando más la exportación que la importación, para asegurar que los productos, los bienes y los servicios dominicanos puedan acceder a los mercados de Estados Unidos, Centroamérica, otros países caribeños y Europa. Con el fin de realizar los ahorros presupuestarios necesarios para financiar las nuevas demandas de servicios públicos, se deberían eliminar instituciones o programas que ya han logrado el cometido para el cual fueron creadas, que no lo logren en tiempo prudente o que realicen actividades duplicadas con relación a otras instituciones o programas.
El sector privado debe de conducir el proceso de transición hacia una situación general sistémica más competitiva. El gobierno es un actor de apoyo. Por lo tanto, las organizaciones del sector privado y la sociedad civil tienen que participar activamente en cada paso del proceso. Pero existe el riesgo significativo de que la fuerza de los lobbies americanos, las inercias burocráticas y las voluntades políticas contrapuestas puedan impedir que el aparato institucional procese las reformas de política consistentes con los programas de inversión y desarrollo (o a definirse en el futuro cercano). Si así ocurriera, se erosionaría la oportunidad que ofrece el DR-CAFTA y se favorecería la concentración de los beneficios en los pocos productores que de partida estaban mejor posicionados para la competencia externa o que se aprovechan de las políticas selectivas de apoyo.
RECOMENDACIONES
- Este trabajo de investigación tiene el propósito de ofrecer información relevante para la toma de decisiones en materia de política comercial y tributaria a partir de una descripción y análisis del alcance e implicaciones de este acuerdo; se describe el proceso de desgravación en el marco del acuerdo, y la importancia del comercio de los Estados Unidos por el lado de las importaciones, destacando en particular la importancia relativa de las importaciones por tipo de productos y por canastas de desgravación; se aborda la estructura de las recaudaciones arancelarias y por Comisión Cambiaria; y se introduce a un análisis del impacto potencial del acuerdo en el flujo de importaciones y en las recaudaciones tributarias incluyendo aranceles, Comisión Cambiaria e impuestos internos. Por lo que nos permitimos hacer las siguientes recomendaciones:
- • Primero: Es importante que el gobierno presente las recomendaciones de este estudio conjuntamente con los resultados del estudio del Banco Central de la República Dominicana sobre el impacto económico global del DR-CAFTA. El gobierno podría demostrar que el DR-CAFTA es muy promisorio para la República Dominicana como un todo y por lo tanto la pérdida potencial de ingreso de algunos productores, como en el caso de los agropecuarios, se compensaría parcialmente con el crecimiento de la economía en su conjunto.
- • Segundo, para ganar la batalla contra los lobbies estadounidenses (que a fin de cuentas sólo favorecen su beneficio nacional) se precisa de una estrategia efectiva respecto a los sectores que resultarán perdedores con las reformas. Por ejemplo, la estrategia podría tomar la forma de compensaciones financieras directas desvinculadas del nivel de producción y programas regionales de desarrollo, ayudando a las generaciones más jóvenes a encontrar empleo y actividades económicas. La resistencia podría ser contenida si se extendieran los beneficios de los programas de compensación a todos los productores (aun los grandes), aunque en distintos grados de participación.
- • Tercero, para financiar el programa propuesto arriba, al menos parcialmente, se podrían reducir las tarifas extra cuota de los productos agropecuarios, con el fin de incrementar los montos recaudados vía importaciones adicionales. Los recursos adicionales se utilizarían para financiar el desarrollo agropecuario y para promover el aumento de competitividad. Es importante, sin embargo, no crear nuevos derechos a través de vincular la recaudación de ciertos impuestos de importación a programas específicos.
- • Cuarto, respecto a los subsidios que fuera difícil eliminar, se puede introducir un régimen de cupones para comprar bienes y servicios en el sector privado, lo que ofrece la ventaja que el gobierno no tiene que mantener un aparato ineficiente para prestar los servicios. Esto implica la posibilidad de desviación de fondos y corrupción, lo que implica que un sistema de cupones necesitará un buen diseño.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
A) CONTENIDO DIDÁCTICO:
- BONILLA Castro, Elsy; RODRIGUEZ Senk, Penélope, Más Allá del Dilema de los Métodos, Ediciones Unidades, Grupo Editorial Norma, 1997.
- CRAFTS, Nicolás, Perspectivas de la Economía Mundial, Fondo Monetario Internacional, Washington, Abril de 2000.
- FERNANDEZ Reyna, Dr. Leonel, Nuevo Paradigma, 1era. Edición, Editora Centenario, S. A., Santo Domingo, República Dominicana, 2003.
- MANZINI, Peter, La Globalización en la Economía Mundial, Editora Zemi, S. A., Quinta Edición, México, D. F., 1999.
- MORALES Lama, Manuel, Diplomacia Contemporánea. Teoría y Práctica para el Ejercicio Profesional. 5ta. Ed., Santo Domingo, R. D. Editora Centenario, 2001.
- READ Ferrer, Gabriel, Integración Económica y Medio Ambiente en América Latina, Mc Graw Hill, Ediciones Jurídicas, Madrid, España, 2000.
B) METODOLÓGICO:
- ANDER-EGG, E., Técnicas de Investigaron Social, 24º Edición, Editorial Lumen, Argentina, 1995.
- BUNGE, M., La Investigación Científica, Editora Ariel, España, 1969.
- FERRARI, T., Metodología de Pesquisa Científica, Editorial Mc Graw Hill, 1era. Edición, Sao Paulo, Brasil, 1982.
- HERNANDEZ Sampiere, Roberto; FERNANDEZ Collado, Carlos; BAPTISTA Lucio, Pilar, Metodología de la Investigación, Mc Graw Hill, 2da. Edición, México, 2001.
- SABINO, C., El Proceso de Investigación, Editora El Cid, 1era. Edición, Argentina, 1980.
- UREÑA, Alejandro, Como hacer una Tesis, Editorial Argos, Sto. Dgo, R. D. Marzo, 2006.
OTRAS FUENTES BIBLIOGRÁFICAS:
ENTREVISTAS:
- Entrevista al Lic. Miguel Cocoo, Director Gral. de Aduanas. Realizada por los sustentantes en fecha 15/02/2006, sobre: Desmonte Arancelario por el DR-CAFTA, Santo Domingo, R. D.
- Entrevista al Lic. Juan Tatis Rivas, Presidente Asociación Dominicana de Agente de Aduanas (ADAA). Realizada por los sustentantes en fecha 20/02/2006, sobre: Impacto del DR-CAFTA en la Aduanas Dominicanas, Santo Domingo, R. D.
- Entrevista al Lic. Alejandro Jerez, Sub-Director de Aduanas para Zonas Francas. Realizada por los sustentantes en fecha 09/03/2006, sobre: Perspectivas de las Zonas Francas ante el DR-CAFTA, Santo Domingo, R. D.
- Entrevista al Dr. Eduardo Rodriguez Apolinario, Subdirector Técnico de Aduanas. Realizada por los sustentantes en fecha 05/04/2006, sobre: Tratado de Libre Comercio República Dominicana – Estados Unidos, Santo Domingo, R. D.
INTERNET:
- INTERNET, La Globalización de la Economía Mundial, http://www.monografias.com/trabajos7/glob/glob.shtml
- INTERNET , Integración Regional,
www.iadb.org/sds/doc/sds-Estrategia_Integracion_regional.pdf
- INTERNET , El Área de Libre Comercio de Centroamérica Sin Duda Nos Beneficiaría a Todos, Washington Post, 24 de mayo de 2005,
- INTERNET , La Prensa, edición No. 23876, www.ni.laprensa.com.ni/archivo/2005/julio/20/ – 66k – 20 Jul 2005
- INTERNET , Resumen del Acuerdo de Libre Comercio entre Estados Unidos y América Central (CAFTA), http://bogota.usembassy.gov/wwwsca17.shtml
- INTERNET, Tratado de Libre Comercio Centroamérica-Estados Unidos –R.D., http://www.cafta.gob.sv/canales/preguntasfrecuentes
- Comunidad del Caribe, (21/09/2005), www.caricom.org.
- Sistema de Integración del Caribe, (15/10/2005), www.sicanet.org.sv.
REVISTA:
- GLOBAL, Fernandez, Leonel. Perspectivas del DR-CAFTA en la República Dominicana. Revista de Funglode Año I No. 8, Agosto 2005, Santo Domingo, R. D.
- CEPAL NO. 82, La integración regional, Abril 5-2005.
ORGANISMOS E INSTITUCIONES:
- Oficina Nacional de Estadística, República Dominicana en Cifras, Santo Domingo, 2004.
- Dirección General de Aduanas, Diagnostico del Sistema Aduanero Dominicano, Santo Domingo, 2005.
- Banco Central de la República Dominicana, Informe de la Economía Dominicana. Enero-Junio 2005, Santo Domingo, 2005.
- Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, Política Exterior Dominicana, 13 años de Política Exterior, Asuntos para un nuevo enfoque 1961-1974, Santo Domingo, R.D.
- Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, II Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de los países de África, Caribe y Pacífico, Memoria. Santo Domingo, R.D., 1996 hasta 2004.
ANEXO:
EL IMPACTO FISCAL DEL DR-CAFTA
Unidad de Análisis Económico
Secretariado Técnico de la Presidencia
EL IMPACTO FISCAL
DEL ACUERDO DE LIBRE COMERCIO
CON LOS ESTADOS UNIDOS
Pavel Isa-Contreras
RESUMEN
La entrada en vigencia del acuerdo de libre comercio con los Estados Unidos y Centroamérica, y el desmonte gradual pero acelerado de la Comisión Cambiaria podría implicar pérdidas de ingresos tributarios equivalentes a 1.3% del PIB durante el primer año de vigencia del acuerdo, y hasta 3.9% en 15 años. La pérdida de ingresos arancelarios ascendería a un monto equivalente a un 1% del PIB hacia el final del período de desgravación; sin embargo, la mayor parte del impacto se concentraría durante el primer año, alcanzando un 0.4% del PIB debido a que un significativo número de importaciones (más del 60% de las líneas arancelarias), las cuales explican poco menos del 45% de los ingresos arancelarios serían totalmente desgravadas con la entrada en vigor del acuerdo.
El relativamente limitado impacto en los ingresos arancelarios se asocia a que las importaciones desde los Estados Unidos no superan el 50% de las importaciones totales no petroleras, y a que el peso de los bienes de capital e insumos industriales, los cuales están gravados con aranceles bajos, es relativamente alto comparado con las importaciones desde otros orígenes. Si la Comisión Cambiaria se desmontase en tres cuota iguales durante tres años, las pérdidas tributarias anuales serían de más de 0.8% del PIB. Los suministros industriales, los bienes de capital y otras importaciones destinadas a los procesos productivos serían los principales beneficiarios del eventual desmonte de la Comisión Cambiaria. Las pérdidas fiscales acumuladas en 15 años asociadas a la erosión de la base del ITBIS y de los ISC sería de 0.26% del PIB. Estos resultados se derivan de un análisis de equilibrio parcial que estima los efectos de creación y desviación de comercio por línea arancelaria, los cuales se incorporan en este estudio.
Secretariado Técnico de la Presidencia
Programa de Reforma del Poder Ejecutivo
Unidad de Análisis Económico
Secretario Técnico de la Presidencia
Juan Temístocles Montás
EL IMPACTO FISCAL
DEL ACUERDO DE LIBRE COMERCIO
CON LOS ESTADOS UNIDOS
Pavel Isa-Contreras1
COORDINACIÓN TÉCNICA:
Magdalena Lizardo
Serie:
Texto de Discusión No. 3
Agosto, 2005
INTRODUCCIÓN
1. La República Dominicana se podría estar abocando a uno de los cambios más dramáticos en su régimen de comercio y estructura impositiva de los últimos 50 años. Por un lado, firmó y en pocos meses podrían ratificar un tratado de libre comercio con Centroamérica, y los Estados Unidos, siendo este último, por mucho, su socio comercial más importante. Ese tratado implicaría una significativa liberalización del comercio exterior. Por otro lado, en virtud de ese acuerdo y de otras demandas, se aboca a un cambio significativo en el régimen tributario.
2. Este documento tiene el propósito de ofrecer información relevante para la toma de decisiones en materia de política comercial y tributaria a partir de una descripción y análisis del alcance e implicaciones de este acuerdo; se describe el proceso de desgravación en el marco del acuerdo, y la importancia del comercio de los Estados Unidos por el lado de las importaciones, destacando en particular la importancia relativa de las importaciones por tipo de productos y por canastas de desgravación; se aborda la estructura de las recaudaciones arancelarias y por Comisión Cambiaria; y se introduce a un análisis del impacto potencial del acuerdo en el flujo de importaciones y en las recaudaciones tributarias incluyendo aranceles, Comisión Cambiaria e impuestos internos.
Desgravación arancelaria en el marco de TLC con los Estados Unidos y Centroamérica.
3. Según cifras publicadas por el Banco Central de la República Dominicana (BCRD), en 2003, el país realizó importaciones no petroleras por un valor de US$ 3,836.9 millones2. Datos de la Dirección General de Aduanas (DGA) indican que en ese año el 42% del total de importaciones nacionales no petroleras tuvo su origen en los Estados Unidos; en 2002, la proporción fue de 46.6%3.
4. El proceso de desgravación arancelaria que se acordó en las negociaciones del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos, los países de Centroamérica y la República Dominicana estuvo organizado por canastas o grupos de productos. Para el caso de la República Dominicana, se diseñaron 10 canastas4.La diferencia entre ellas radica en los períodos y las velocidades de desgravación.
En la canasta A se colocaron los productos que serían desgravados inmediatamente, es decir, el primer día del año siguiente a la ratificación del acuerdo. Las canastas W, B, C, N y D contienen mercancías que se desgravarían linealmente en períodos de 4, 5, 10, 12 y 15 años respectivamente. Las canastas M, Y y X contienen productos que serían desgravados de manera no lineal en un período de 10, 11 y 5 años, respectivamente. Finalmente, en la canasta G se colocaron los productos cuyo arancel es de 0% (libre comercio) y que mantendrían ese estatus en el marco del tratado.
5. En la canasta A (liberalización inmediata) se colocaron 3,270 líneas arancelarias de un total 5,143 que registraron importaciones en el 2003, esto es, el 63.9% de las líneas. En la canasta B (desmonte arancelario lineal en 5 años) se colocaron 282 líneas que registraron importaciones en 2003, o un 5.4% del total. En la C (desmonte en 10 años) se colocaron 595 líneas arancelarias (11.6% del total), y en la canasta G (mantenimiento de arancel cero) 585 líneas (11.3%). Estas cuatro canastas (A, B, C y G) agruparon el 92.2% del total de líneas arancelarias que registró importaciones en 2003. El resto de las canastas aglutinó un relativamente bajo número de líneas.
6. Cabe recordar que el arancel vigente en el país consta de 7 tasas arancelarias: 0%, 3%, 8%, 14%, 20%, 25% y 40%. Un muy bajo número de productos está sujeto a tasas superiores a 20%. Las tasas tienden a ser progresivas con el grado de elaboración del bien: las más altas, en particular la de 20%, se aplican sobre bienes terminados, las más bajas (0% y 3%) se aplican sobre bienes de capital y materias primas (incluyendo insumos para la agricultura y la industria farmacéutica) y las tasas intermedias (8% y 14%) se aplican sobre insumos intermedios producidos en el país. El 38.6% de las líneas arancelarias que registraron importaciones en el 2003 estuvieron sujetas a una tasa arancelaria de 3%, el 30.7% a una tasa de 20%, un 11.4% a una tasa de 0%, y un 10.3% a una tasa de 8%. El resto de las tasas agrupan un reducido número de líneas.
Caracterización de las importaciones totales y desde los Estados Unidos
7. En 2003, el 28.8% de las importaciones no petroleras de la República Dominicana correspondió a suministros industriales, el 15.8% a combustibles y lubricantes, el 15% a bienes de capital, el 12.8% a alimentos básicos o procesados, el 12.4% a artículos de consumo duradero, semi-duradero y no duradero, y el 11.5% a equipos de transporte.
8. Sin embargo, existen diferencias destacadas entre las importaciones por tipo de producto según el país de origen. En particular, las importaciones originarias de los Estados Unidos aparecen más concentradas en bienes de capital que aquellas proveniente del resto del mundo. En efecto, mientras las importaciones de bienes de capital procedentes de los Estados Unidos representó el 23.2% de las importaciones totales, esas mismas importaciones desde en resto del mundo fue de menos del 10% del total de importaciones desde esos países. Como reflejo, mientras las importaciones de bienes de consumo y de combustibles y lubricantes desde el resto del mundo explicaron el 15.4% y el 20.1% de las importaciones totales desde esos países, en el caso de las originarias de los Estados Unidos estos grupos apenas alcanzaron el 9.4% y el 11.2% respectivamente. El resultado de esta estructura de las importaciones desde los Estados Unidos es una participación más elevada de importaciones con tasas arancelarias relativamente bajas y una tasa arancelaria media menor que con respecto al resto del mundo.
9. Una evaluación más detallada de la composición de las importaciones por tipo de bien y país de origen confirma que las materias primas, insumos intermedios y bienes de capital tienen un elevado peso en las importaciones desde los Estados Unidos. En 2003, la República Dominicana importó el 88.4% de los suministro industriales básicos desde los Estados Unidos; entre el 60% y el 70% de los bienes de capital y piezas y accesorios; el 92.5% de las importaciones de alimentos y bebidas básicos destinados principalmente a la industria; el 60% de las importaciones de alimentos y bebidas elaboradas destinadas principalmente a la industria; y el 55% de las importaciones de equipos de transporte no industrial. La mayoría de estos bienes están gravados con tasas arancelarias relativamente bajas. Así, el 69.9% de las importaciones con tasa arancelaria de 0% tuvo su origen en los Estados Unidos. Igualmente, el 53.6% de las importaciones de bienes agrícolas y agroindustriales fue originario de los Estados Unidos. Más del 90% de las carnes, los productos de origen animal, los cereales y harinas, y las semillas incluyendo alimentos para animales son importados desde dicho país.
10. La mayoría absoluta de los bienes importados fueron colocados en la canasta A (liberalización inmediata). En efecto, los productos clasificados en esa canasta explicaron el 54.6% de las importaciones totales no petroleras en el 2003. De estas importaciones, el 37.6% se originó en los Estados Unidos, lo que implica que el 20.5% de las importaciones de ese año, las cuales estuvieron sujetas a algún arancel superior a 0%, entrarían libre de aranceles a partir del primer año del acuerdo.
11. Por su parte, los bienes colocados en la canasta B (apertura total en 5 años) representaron el 4.3% de las importaciones nacionales no petroleras, de las cuales poco más de un tercio fue originario de los Estados Unidos; los de la canasta C explicaron el 9.6% de las importaciones, de las que el 37.9% provino de los Estados Unidos, los de la canasta M (liberalización no lineal en 11 años) el 7.5% de las importaciones y los de la canasta X (liberalización no lineal en 5 años) 5.4%. El resto de las canastas explicaron el 0.9% de las importaciones. Las líneas arancelarias de la canasta G (mantenimiento del estatus de arancel cero o libre) explicaron poco más del 15% de las importaciones. Finalmente, la distribución de las importaciones por canastas de desgravación comparadas entre las originarias de los Estados Unidos y las del resto del mundo no muestra diferencias significativas.
INGRESOS ARANCELARIOS
12. La distribución de las importaciones del 2003 por tasa arancelaria muestra una estructura esencialmente bipolar: el 70.8% de las importaciones pagaron aranceles de 3% ó 20%. El 44.5% de las importaciones pagó un arancel de 3% mientras que un 26.3% pagó una tasa de 20%. El resto se distribuyó entre las tasas restantes. En el caso de las importaciones nacionales no petroleras provenientes de los Estados Unidos, la evidencia indica que estas se concentran en bienes con tasas relativamente bajas, lo que se asocia a la elevada participación de las importaciones de bienes de capital de ese país. En efecto, el 40% de estas importaciones estuvo sujeto a un arancel de 3% un 25.4% a un arancel de 0% y un 22.3% a una tasa de 20%.
13. En el 2003, las recaudaciones arancelarias5ascendieron a RD$ 10,720.6 millones o US$ 353.8 millones, resultado en un arancel promedio de 7.9%. En ese año, las recaudaciones arancelarias fueron equivalentes al 2.1% del PIB. Por su parte, las importaciones desde los Estados Unidos generaron ingresos arancelarios por RD$ 3,250.00 millones, lo que arrojó un arancel promedio de 6.9%6.
14. La estructura de las recaudaciones arancelarias de la República Dominicana es muy concentrada. En el 2003 el 66.2% de las recaudaciones fueron generadas por cargos a las importaciones con tasa arancelaria de 20%. Le sigue en importancia las recaudaciones por importaciones de mercancías sujetas a un arancel de 3%, las que generaron el 13.66% de las recaudaciones totales.
TABLA 2
ESTRUCTURA DE LAS IMPORTACIONES Y LOS INGRESOS ARANCELARIOS
Por tasa arancelaria (2003)
Tasa Arancelaria | % Importaciones | % Ingresos Arancelarios |
0% 3% 8% 14% 20% 25% 40% 0% | 15.3% 44.5% 7.5% 6.0% 0.0% 26.3% 0.3% 0.1% |
0.0% 13.6% 7.7% 10.5% 66.2% 1.5% 0.5% 0.0% |
Total | 100.0% | 100.0% |
Fuente: Elaborado por UAE-STP con información de la DGA.
COMISIÓN CAMBIARIA
15. Respecto a las recaudaciones por Comisión Cambiaria, en 2001 éstas alcanzaron un monto equivalente a 0.88% del PIB, en 2002 llegaron hasta 0.74%, y en 2003 hasta 0.66%7.Sin embargo, como resultado del fuerte incremento de la tasa que inició en octubre de 2003, las recaudaciones se elevaron hasta alcanzar un monto equivalente al 2.1% del PIB en 20048.En ese año, este para-arancel terminó recaudando un monto superior en más de RD$ 3,000 millones al de las recaudaciones arancelarias. En 2004, las recaudaciones generadas por la Comisión Cambiaria crecieron de manera significativa para alcanzar RD$ 15,720 millones, la suma de las recaudaciones arancelarias y la de la Comisión Cambiaria ascendió a RD$ 28,180 millones, equivalente a 3.7% del PIB.
16. Debido a que la Comisión Cambiaria tiene una tasa uniforme, la composición de las recaudaciones por ese impuesto por tipo de bien responde claramente a la composición de las importaciones. Por ejemplo, debido a que el grueso de las importaciones en términos de valor es de bienes intermedios y materias primas que pagan un arancel de 3% (44.5%), el grueso de las recaudaciones por Comisión Cambiaria (más del 40%) también correspondió a ese tipo de bienes. Igualmente, más del 25% de ellas correspondió a bienes terminados.
17. Aunque el calendario de desgravación no se aplica a la Comisiona Cambiaria, es informativo el hecho de que el 48.5% de las recaudaciones por este concepto fue generado por bienes colocados en la canasta A (liberalización inmediata). De esas recaudaciones el 41.8% fue por importaciones desde los Estados Unidos. Las importaciones clasificadas en la canasta G (mantenimiento del estatus de arancel 0%) explicaron el 14.7% de la recaudación por Comisión Cambiaria de las cuales el 66.5% fueron importaciones originarias desde los Estados Unidos. Las importaciones clasificadas en la canasta C (liberalización en 10 años) explicaron el 10.7% de las recaudaciones por este para-arancel: el 38% de esto fue pagado por importaciones originarias de los Estados Unidos. Estos dos grupos de productos explicaron el 78% de las recaudaciones totales de 2003.
CANASTA DE DESGRAVACIÓN E INGRESOS ARANCELARIOS
18. Canasta A. Con respecto a la distribución de las recaudaciones arancelarias por canasta de desgravación, las líneas arancelarias colocadas en la canasta A (3,270) explicaron el 38.3% de éstas, de las cuales el 41.6% (15.9% del total) fueron pagadas por mercancías originarias de los Estados Unidos. Del total de líneas en esa canasta, el 59% (1,929 líneas) corresponde a productos con arancel actual de 3%, y otras 817 líneas correspondían a productos que pagaron un arancel de 20%. Estos dos grupos explican más del 85% de las recaudaciones arancelarias de los bienes que serían desgravados durante el premier año de vigencia del acuerdo.
19. Canastas B, C y D. Los productos que se colocaron en la canasta B, unas 282 líneas con aranceles de 8%, 14% y 20%, generaron en 2003 el equivalente a un 6.6% de las recaudaciones totales por este concepto. Las líneas en la canasta C, 595 en total, generaron ingresos equivalentes a poco más del 20% de las recaudaciones arancelarias totales en 2003. De estas líneas, el 68% corresponde a productos terminados con un arancel de 20%, y el 22% es insumo intermedio con un arancel de 14%. Finalmente, los productos importados de la canasta D (83 líneas) recaudaron el 2.1% del total de recaudaciones. En conjunto, los bienes en estas tres canastas explicaron el 29.4% de las recaudaciones arancelarias y el 16% de las recaudaciones por Comisión Cambiaria.
20. Canastas M, N, W, X y Y. Estos bienes, que representaron sólo 273 líneas de importaciones en 2003, explicaron el 13.9% de las importaciones nacionales no petroleras en 2003, el 25.5% de las recaudaciones arancelarias, (más del 60% de las líneas con importaciones en 2003) fueron de bienes terminados que pagaron 20% de tasa arancelaria.
IMPACTO COMERCIAL DEL US-DR-CAFTA: RESULTADOS DE UN ANÁLISIS DE EQUILIBRIO PARCIAL.
21. Un análisis de equilibrio parcial de la liberalización del comercio consiste en una estimación del impacto en los flujos de comercio a partir de elasticidades de demanda, de oferta y de sustitución de productos o grupos de productos específicos. Particularmente estima como cambia el valor de las exportaciones y/o las importaciones cuando se produce una reducción arancelaria y por lo tanto del precio.
Siguiendo la literatura tradicional, el efecto en el comercio de una reducción de aranceles se divide en dos: creación de comercio y desviación de comercio. El primero se refiere al incremento de las importaciones desde el socio comercial favorecido como resultado de la reducción arancelaria la cual se traduciría en precios menores. El segundo se refiere al cambio de origen de las importaciones a favor del socio comercial favorecido por la preferencia arancelaria en detrimento de las importaciones mientras el efecto desvió de comercio no lo implica, limitándose a un cambio en el origen. La intensidad de cada efecto se mide asumiendo grados de sensibilidad de la demanda a la reducción de precios (elasticidad precio de la demanda), de respuesta de la oferta (elasticidad de la oferta) y de desvió de comercio desde socios comerciales no favorecidos con una reducción arancelaria hacia socios favorecidos (elasticidad de sustitución).
22. El análisis de equilibrio parcial tiene la ventaja de que se puede desarrollar a un nivel muy alto de desagregación, y tiene un relativamente bajo nivel de complejidad. Sin embargo, tiene algunas desventajas. Por una parte, no incorpora, como lo hacen algunos modelos de equilibrio general, el impacto del desempeño macroeconómico (p.e. cambio en la demanda agregada), los efectos en productos relacionados, ni los efectos sucesivos (más allá del efecto inicial). En esencia, el modelo de equilibrio parcial utilizado asume que todos los productos son bienes para el consumo final, ignorando el efecto en el comercio de bienes finales de una liberalización del comercio de insumos o el efecto en el comercio de insumos de la liberalización del comercio de bienes finales. Por otra parte, el modelo de equilibrio parcial no incorpora los potenciales efectos de la liberalización comercial en productos que no registran flujos de comercio previo a la liberalización.
23. El análisis se hizo a ocho dígitos del Sistema Armonizado, el mayor nivel de desagregación posible, y se evaluó el impacto año a año a lo largo del período de desgravación. El análisis tomó como base las importaciones nacionales no petroleras (excluyendo las destinadas a las zonas francas y otras no destinadas al consumo nacional) correspondiente a 2003, y se utilizaron las elasticidades de demanda, oferta y sustitución que provee el modelo SMART del Banco Mundial.
24. Con respecto a los impactos en los flujos de comercio, resultados del análisis de equilibrio parcial indican que el efecto creación de comercio (aumento neto de importaciones) sería equivalente a US$ 340.8 millones a lo largo del periodo de desmonte arancelario de 15 años. Esto equivale al 8.9% de las importaciones de 2003 y al 2.1% del PIB de ese año. De estos, US$ 108.0 millones tendrían efecto durante el primer año de vigencia del tratado, lo que equivale al 31.7% del efecto al final del periodo de desgravación. El 97% del efecto acumulado a lo largo del período ocurriría durante los primeros 10 años.
25. La creación de comercio se concentra en las canasta A, C, X y M, acumulando el 89.9% del efecto. El 28.4% de la creación de comercio se explicaría por los bienes colocados en la canasta A, el 25.6% por los colocados en la canasta C, el 18.2% por los colocados en la X, y el 17.7% por los colocados en la canasta M. En términos de la creación de comercio por tipos de bienes, el 63.8% corresponde a suministros industriales elaborados, bienes de capital, vehículos y bienes de consumo semiduraderos.
26. Por su parte, el efecto desviación comercio (aumento de las importaciones desde los Estados Unidos y reducciones equivalente de las importaciones desde el resto del mundo) ascendería a US$ 316.6 millones, equivalente a 8.3% de las importaciones de 2003 y al 1.9% del PIB. De este efecto total, el 45.8% ocurriría el primer año y el 92.1% durante los primeros 10 años de vigencia del acuerdo.
27. La desviación de comercio se concentra en los productos colocados en las canasta A, B, M y C, las cuales explican el 86.6% de la desviación total. El 41.7% de la desviación total del comercio a lo largo del periodo de desgravación corresponde a productos de la canasta A. La mayor desviación de comercio (el 64.1%) se concentra en suministros industriales elaborados, vehículos, bienes de consumo semiduraderos y no duraderos, y alimentos y bebidas elaborados para el consumo de los hogares.
28. El efecto combinado de la creación y desviación de comercio seria de un incremento de las importaciones desde los Estados Unidos de US$ 657.4 millones durante todo el periodo de desgravación (equivalente al 17.1% de las importaciones de 2003 y al 4.0% del PIB). Durante el primer año del acuerdo, el efecto combinado elevaría las importaciones desde los Estados Unidos en US$ 253.0 millones (el 6.6% de las importaciones del 2003). Del total a lo largo del período, el 51.8% sería resultado de creación de comercio. Sin embargo, es de notar que el efecto creación de comercio como proporción del incremento total de las importaciones desde los Estados Unidos se reducen de manera significativa a partir del año 11 del acuerdo, mientras la desviación de comercio se convierte en el dominante.
29. En términos del efecto combinado por bienes agrupados por canastas y tasas arancelarias, es notoria la fuerte concentración del efecto en bienes con arancel de 20%, estos representan el 68% del efecto total. Sin embargo, en términos de las canastas, el efecto se distribuye entre las canasta A, C, M y X. El 34.8% del aumento total de importaciones desde los Estados Unidos es de productos de la canasta A, el 22.6% de la canasta C, el 18.6% de la canasta M, y el 15.3% de la canasta X. El mayor aumento de las importaciones por el efecto combinado de creación y desviación correspondería a equipo de transporte con un 26.8% del incremento total ( la mitad corresponde a vehículos), seguido por artículos de consumo y suministros industriales con 25.7% y 22.9% respectivamente.
IMPACTO TRIBUTARIO DEL US-DR-CAFTA
30. Resultados de análisis de equilibrio parcial indican que las pérdidas de ingresos arancelarios asociados al Tratado de Libre Comercio para el primer año de vigencia ascienden a monto equivalente al 0.4% del PIB; para el segundo, tercero, cuarto y quinto años serían de 0.05%, 0.07%, 0.09% y 0.11% respectivamente. Las pérdidas acumuladas durante todo el período de desgravación serían de un 1% del PIB. Estas pérdidas resultan de una reducción del arancel promedio con respecto a los Estados Unidos desde 6.9% hasta 4.16% en el primer año de vigencia del acuerdo; en el segundo año sería de 3.8%, en el tercero de 3.4%, en el cuarto de 2.8% y en el quinto de 2.0%. Este arancel se iría reduciendo hasta llegar a 0% en los años siguientes, empujando el arancel promedio con respecto a las importaciones desde todos los orígenes desde 7.9% hasta 5.6% en el quinto año del acuerdo, y hasta 4.2% en el último año del desmonte.
31. Como correlato, los ingresos arancelarios como porcentaje del PIB se reducirían desde 2.1% hasta 1.7% durante el primer año y hasta 1.4% en el quinto año. En el año 15 alcanzarían un monto equivalente al 1.1% del PIB. Este resultados se debe tanto al efecto directo del desmonte arancelario a las importaciones desde los Estados Unidos como al desvío de importaciones desde países de origen no beneficiarios del acuerdo hacia los Estados Unidos. Los ingresos arancelarios de importaciones desde los Estados Unidos caerían en 0.3% durante el primer año del acuerdo al pasar de 0.8% hasta 0.5% del PIB. En el año 5 serían equivalentes a 0.2% del PIB y en el año 10 se reducirían hasta 0.0.
32. Debido a que los bienes sujetos a la tasa arancelaria de 20% aplican el grueso de los ingresos arancelarios, estos bienes explicaría una muy elevada proporción de la pérdida fiscal asociada el US-DR-CAFTA. El 72.0% de las pérdidas acumuladas hasta el final del período de desgravación se asociaría a este grupo de bienes. Los productos que pagan 3% y 14% explicarían el 9.2% y el 9.8% de las pérdidas, respectivamente, mientras los que pagan 8% representarían el 6.2%. Sin embargo, en términos de canastas, la distribución de las pérdidas es menos concentrada. El 38.6% de ellas recaería sobre bienes colocados en la canasta A (desgravación inmediata), y el 21.5% en bienes de la canasta C (desgravación lineal en 5 años). Los bienes en la canasta M (desmonte no lineal en 5 años) explicarían el 14.2% de las pérdidas, y aquellos en la canasta X (desmonte no lineal en 5 años) el 11.7%. En el caso especifico de la canasta A, estos productos explicarían el 95.4% de las pérdidas arancelarias del año 1 de acuerdo.
33. El 30.1% de las pérdidas arancelarias asociadas al US-DR-CAFTA se explicaría por el desmonte arancelario a bienes de consumo, el 21.4% a equipo de transporte y sus partes, especialmente vehículos de pasajeros, el 20.4% a insumos industriales, y el 16.2% a alimentos y bebidas, especialmente productos de consumo de los hogares.
COMISIÓN CAMBIARIA
34. Como se señalo antes, la Comisión Cambiaria se ha convertido en el principal gravamen al comercio exterior en la República Dominicana. Se espera que en 2005 termine recaudando el equivalente a 2.4% del PIB comparado con 2.1% en el caso del Arancel de Aduanas. La Comisión Cambiaria tiene una tasa de 13% sobre el valor c.i.f. de todas las importaciones. Aunque este para-arancel no fue negociado en el US-DR-CAFTA, se espera que sea gradualmente desmontado en virtud de su evidente incompatibilidad con un régimen de libre comercio con socios del acuerdo. Adicionalmente, un panel de la Organización Mundial del Comercio (OMC) consideró que dicho impuesto es incompatible con algunos compromisos asumidos por el país ante ese organismo, mientras sectores empresariales han propuesto su eliminación debido al fuerte impacto negativo que tiene en los costos de producción.
35. La Tabla 12 muestra el resultado de un escenario hipotético de reducción y eliminación de la Comisión Cambiaria consistente en una reducción anual lineal de la tasa de este impuesto por un período de tres años, iniciando el primero de enero del año 1. Se asume el desmonte para todos los socios comerciales por lo que el único efecto que se incorpora es el de creación de comercio, no así el de desviación. En la tabla se presenta los resultados del ejercicio con respecto a los ingresos tributarios nominales bajo dos escenarios de tipo de cambio, los cuales se explican en el pié. Si el primero de enero del año 1 la tasa de la Comisión Cambiaria se redujera en un tercio, el costo fiscal ascendería a 0.80% del PIB. Una reducción similar el primero de enero del año 2 implicaría un costo fiscal adicional de 0.83% y durante el tercer año el último desmonte se traduciría en pérdidas por 0.86% del PIB. Si la Comisión Cambiaria no fuese modificada los ingresos tributarios derivados ascenderían a 2.66% del PIB durante el tercer año.
36. En términos de las pérdidas tributarias por tipo de bien, el 29.7% se asocia a suministros industriales, el 16.4% a bienes de capital y el 15.4% a bienes de consumo. Un 13.1% beneficiaría la importación de alimentos y bebidas, en especial elaborados para el consumo de los hogares, y un 12.9% a equipo de transporte. El relativamente alto peso de las pérdidas asociadas a las importaciones de suministros industriales elaborados sugiere que el desmonte podría implicar una significativa reducción para el sector manufacturero local.
PÉRDIDAS TRIBUTARIAS POR ESTRECHAMIENTO DE LAS BASES IMPONIBLES DEL ITBIS Y DEL ISC.
37. En 2003, el 60.7% de las importaciones nacionales estuvo sujeta al ITBIS. El pago de ITBIS por importaciones implicó ingresos tributarios por US$ 305.4 millones (RD$ 9,260.0 millones) equivalentes a 1.9% del PIB. Con el incremento de la tasa del ITBIS hasta 16% se estima que estas recaudaciones asciendan, bajo un escenario similar a 2003 en cuanto a volumen de importaciones, a un monto equivalente a 2.4% del PIB. Por su parte, el 61.4% de las importaciones desde los Estados Unidos estuvo sujeta a ITBIS, las cuales explicaron el 41.1% de las recaudaciones totales por ITBIS a las importaciones.
38. La Tabla 14 muestra la tasa arancelaria media para las importaciones desde los Estados Unidos gravables con ITBIS y la pérdida fiscal acumulada como porcentaje del PIB. La estimación se hizo a partir del universo de productos gravables con ITBIS, incorporando los efectos de creación y desviación de comercio y del cambio en la base imponible que resulta tanto de la reducción del valor gravable por ITBIS. Como consecuencia de esta combinación de efectos, aunque el arancel medio cae desde 8.6% hasta 5.4% durante el primer año del acuerdo, la pérdida fiscal se limita a 0.10% del PIB. En los años subsiguientes el arancel promedio continúa reduciéndose (2.4% en el año 5, 0.3% en el año 10 y 0.0% en el año 15). En el año 5 la pérdida fiscal acumulada llega hasta 0.19% del PIB, en el año 10 hasta 0.25% y en el año 15 hasta 0.26%.
39. En 2003, el 2.2% de las importaciones nacionales (US$ 90.7 millones f.o.b), y el 2.1% de aquellas originarias de los Estados Unidos (US$ 34.7 millones f.o.b.), fueron gravadas con el Impuesto Selectivo al Consumo (ISC). En ese año, las recaudaciones por ISC aplicadas a las importaciones ascendieron a RD$ 1,220.0 millones, equivalente al 0.24% del PIB, de las cuales el 38.3% fueron a importaciones provenientes de los Estados Unidos.
40. La Tabla 15 muestra los resultados de la estimación de la pérdida de ingresos por ISC como resultado de la disminución de la base imponible asociada al desmonte arancelario a las importaciones desde los Estados Unidos. Al igual que en el ejercicio con respecto al ITBIS, se incorporó los efectos en los flujos de comercio y en la erosión de la base resultante del desmonte arancelario. Durante los primeros cinco años del acuerdo, el desmonte arancelario para los Estados Unidos gravable con ISC es muy acelerado. Mientras en el año 0 el arancel medio es de 16.2%, en el año 1 se reduce a 14.2%, en el año 5 a 1.1%, en el 10 a 0.3% y en el 15 a 0.0%. El resultado de esta reducción combinado con los cambios en los valores importados se traduce en una pérdida fiscal acumulada de 0.003% del PIB para el primer año, de 0.023% para el año 5 y de 0.025% para el año 15.
41. No obstante, los ejercicios anteriores no incorporan el efecto tributario resultante de estrechamiento de la base imponible del ITBIS y del ISC como consecuencia de una reducción de la Comisión Cambiaria. Como se sugirió más arriba, el impacto dependerá del tipo de proceso de desmonte que se lleve a cabo. Sin embargo, vale recordar que la Comisión Cambiaria es una tasa uniforme de 13% con la que se grava el valor c.i.f. de todas las importaciones, por lo que una eliminación de una sola vez de este cargo para las importaciones desde los EEUU reduciría la base imponible del ITBIS y del ISC en 13%. Un ejercicio de estática comparativa que no incluye los efectos de creación y desviación de comercio sugieren que un desmonte único sumado al desmonte arancelario acordado en el US-DR-CAFTA implicaría una pérdida fiscal para el caso del ITBIS de 0.4% del PIB para el primer año del acuerdo, en vez de 0.10%, mientras la pérdida fiscal acumulada sería 0.3% más elevada que la indicada para cada año en la Tabla 14. En el caso de ISC, la pédida sería de 0.02% del PIB en vez de 0.003%, y la pérdidas acumuladas serían 0.017% del PIB más eleva para casa año subsiguiente que la indicada en la Tabla 15. No es difícil hacer un ejercicio similar para un escenario de reducción lineal en tres años de la tasa de la Comisión Cambiaria, como la sugerida en un escenario descrito anteriormente.
42. Las pérdidas tributarias combinadas acumuladas (arancelarias, por Comisión Cambiaria, por ITBIS y por ISC) alcanzarían el equivalente a 1.3% del PIB durante el primer año del acuerdo, 2.2% del PIB durante el segundo año, y 3.4% durante el quinto año. Sin embargo, esta estimación tiene dos problemas. Primero, las pérdidas totales resultan de la suma lineal de las pérdidas individuales estimadas. Esto podría implicar una subestimación del impacto tributario en la medida en que los efectos simultáneos y combinados en los flujos de comercio de cada reducción impositiva magnifican el impacto. No obstante, es probable que el efecto combinado no sea significativamente más elevado que el que resulta de la suma lineal. Segundo, las pérdidas por ISC y por ITBIS incluidas en la Tabla 16 no incorporan el efecto en las recaudaciones por esos impuestos como resultado del encogimiento de la base imponible que resulta de la reducción de la Comisión Cambiaria.
DEDICATORIAS
A mi esposa y mis hijos, por ser mi fortaleza cada día.
A mis Padres, siempre les estaré agradecido.
JOSE LUIS FORTUNATO
AGRADECIMIENTOS
A la Universidad Autónoma de Santo Domingo, agradecimiento eterno.
A mis compañeros de aula, muy especialmente a Mayra, Mirelys y Carolina, gracias del alma.
JOSE LUIS FORTUNATO
Enviado por:
José Luis Fortunato
Página anterior | Volver al principio del trabajo | Página siguiente |