Los paracaidistas, disponíamos de un testimonio documental, la libreta de Control de Saltos, donde se detalla la fecha, la zona de salto, el número de salto, el Jefe de Salto al mando con su respectiva firma, más observaciones, es así que en el Cartel General de la III Zona Militar en Cuenca, militábamos con el Coronel Pérez, que se desempeñaba como B-4 y Director Administrativo del Hospital Militar de Cuenca maestro de salto y de salto libre; el Coronel Juan Donoso Game y quien escribe este libro paracaidistas, entre otros oficiales y muchos elementos de tropa paracaidistas; fui llamado a la oficina de logística y me pidió que integre un salto por la Navidad, la Zona de Salto, el Grupo de Artillería Calderón, desde un avión con rambla posterior que hacía abastecimiento a Macas y en general al Oriente; era un soleado sábado por la mañana, coincidió que mi Padre estaba de visita a mi casa al que le invité al salto del Mayor Pérez que llevaba la bandera del Ecuador, yo un ramo de flores para las señoras de los oficiales de la Brigada "Portete" y el Sargento Arnish, disfrazado de papá Noel, con una gran funda de caramelos para los niños que admirados veían descender en paracaídas a este personaje navideño; antes del salto y frente al avión, el Coronel Ayala con sus hijos, el Coronel Juan Donoso Game, varios médicos civiles del Hospital Militar, mi padre junto a mí y ya equipados los tres integrantes del salto, nos embarcamos en la aeronave, con invitados especiales el Doctor Boanerges Ambrosi, el Doctor Moreno, mi padre Gilberto Almeida Patiño y la tripulación del avión piloto, copiloto y u n sargento radio operador, despegamos del aeropuerto Mariscal Lamar, en dirección Occidente Oriente, el avión tomó altura, los tres equipados con paracaídas T-10 americano y paracaídas de reserva, recibimos las órdenes del Coronel Pérez, mientras el avión daba un viraje y se enrumbaba hacia Cuenca, sector Ricaurte y predios del Grupo de Artillería Calderón, nuestro guía ya anclado al cable de fuselaje del avión, sentados en la rambla posterior, mientras nuestros invitados perfectamente sentados y con cinturones de seguridad nos miraban emocionados, salto nuestro jefe de salto, luego el papá Noel y antes de saltar le dirigí una sonrisa y una mirada de despedida a mi viejo y salté cerrando el vuelo, mientras de pie el radio
operador se disponía a recoger las bandas, el salto de precisión perfecto caímos en el estadio, había una gran cantidad de personas en especial niños que rodeaban admirados al Noel, que apenas se recuperó, empezó a repartir confites entre los niños, el Coronel Pérez y el que les habla nos acercamos al grupo de señoras y después de nuestro afectuoso saludo navideño, entregamos un gran ramo de rosas; esta iniciativa de un caballero paracaidista, el Coronel Pérez, quedó documentado en fotografías y hasta en el Mercurio de Cuenca, como un inolvidable acontecimiento para los niños. Mientras esto sucedía en tierra, el piloto del avión hizo una pasada casi rasante para dirigirse al aterrizaje, pero aconteció que se apagó el motor, y la nave entró en emergencia y solo por la Divina providencia se encendieron los motores del avión y logró aterrizar, evitando una enorme tragedia pues la aeronave hubiera caído sobre el parque industrial de Cuenca, enterándome de esta emergencia grave por boca de mi padre, que se dio cuenta, más aun siendo ex miembro de la Fuerza Aérea; más tarde también comentaba este hecho con el Doctor Boanerges Ambrosi, mi amigo, y que más tarde sería mi consuegro.
El Ejército, estaba muy preocupado y en sus planes estratégicos, incrementaba a través del Batallón de Paracaidistas, diferentes cursos de Fuerzas Especiales, y reentrenamientos con saltos diurnos y nocturnos, con Oficiales y tropa graduados de paracaidistas, reentrenamientos que al final terminaban con los saltos, pero además, a pedido de las Unidades Militares, en efemérides cívicas, también se hacían presentes grupos de instructores que expresamente venía de Quito, del Batallón de paracaidistas, con los equipos correspondientes, el pedido era realizar saltos en Azogues, por su fecha de independencia, el 5 de Noviembre; se organizaron los vuelos correspondientes, utilizando un C-45 de la Fuerza Aérea; el equipo de guías, determinó como zona de salto, las playas del rio Burgay, orientadas al pie de la ciudad en una hondonada, y precisamente tomando como referencia el mercado del ganado de Azogues, zona de salto estrecha, corta y muy difícil, el rio estaba crecido, pero se confiaba en la destreza de los paracaidistas; el avión entro de Oriente a Occidente, en paralelo al rio Burgay; salte en quinto lugar, controle mi cúpula abierta y sin novedades, divise el correentoso rio, y gran cantidad de espectadores, me dirigí a pulso y con fuerza al mercado del ganado que conocía, me preparé para aterrizar, hice una rodada frente derecho, me levante y recogí mi equipo utilizando los brazos en ocho y lo guarde en la funda, dirigiéndome al sitio de reunión ante los aplausos emocionados de los ciudadanos de Azogues, pues era la primera vez que se hacía un salto de esta naturaleza en esa libérrima ciudad, capital de la Provincia del Cañar, sin contar con la inexperiencia de algunos compañeros, que se golpearon en las peñas de las riveras del rio, otros cayeron en el río y se lastimaron; esta fue una enorme experiencia, para la destreza del soldado en combate, saltar en un suelo desconocido.
Después de mi accidente y amputación de mi antebrazo izquierdo y la mano, a mi retorno de México, rehabilitado y con una prótesis especial con garfio, fui puesto a disposición del Ministerio de Defensa Nacional, en la sección E-3 de operaciones; fui recibido por los Oficiales Superiores y Jefes de la Sección al mando del General Richelieu Levoyer, quien en presencia de los miembros de esta sección importantísima del Ejército, me dio la bienvenida y me posesionó en mi grado en la función de jefe de la sección de Fuerzas Especiales, tenía que coordinar precisamente con el Batallón de Paracaidistas, los reentrenamientos que se realizaban en todo el territorio Nacional, y lo concerniente a las actividades de Fuerzas Especiales, función que la desempeñe encantado de la vida, pero no desde mi escritorio, pues ya tenía un garfio que hubiera sido pretexto para no saltar nunca más; y estando al corriente de los días en que los reentrenados asaltaban, yo me incluía en esos saltos y estaba constantemente realizando saltos, pero con la reserva del caso, de que Ruth no se enterará de estas actividades, tenía en el Jeep de recorrido, mi maleta de alto, con mi equipo, mi casco de fibra blanco y otros elementos, recomendándole al chofer que mantenga en reserva y ni por casualidad mencione esta maletita a mi esposa; pero precisamente se realizó el reentrenamiento en la Brigada "Portete", y pretextando a mi cónyuge una comisión, me desplace en un vuelo desde Quito con los instructores a Cuenca; se programaron tres saltos diurnos en el trascurso de la mañana de un día viernes, sobre la pista de aterrizaje como Zona de Salto, había viento que superaba los diez nudos, pero todos estábamos decididos y emocionados, los jefes de salto me dieron preferencia y salté os tres saltos en segundo lugar, detrás del jefe de salto; en el primer salto me dirigí directamente a la pista de taxeo, es decir a la plataforma a la que llegan los aviones para bajar o embarcar pasajeros, en mi caída me encontré a mis pies con la torre de salto, que logre superarla y me dirigí al cemento rígido, a una velocidad más rápida debido a que maniobré las bandas para llegar preciso a ese punto, lo logré con una rodada frente derecho violenta, que se prolongó con tres rodadas más, mucha gente conocida y otros aplaudieron mi llegada, pero yo disimuladamente empecé a chequearme de pies a cabeza, pensé en que me rompí una pierna, o estaba lesionado, me incorporé y mientras recogía el equipo me iba recuperando psicológicamente, nunca había tenido un aterrizaje tan violento; mis conocidos y demás quedaron sorprendidos al verme con un garfio izquierdo, algunos se acercaron a felicitarme y me abrazaron; acudí al puesto de reunión y procedí a realizar un segundo salto aterrizando ya en un sector intermedio de la pista en yerbas, con un aterrizaje de pie; me equipe rápidamente para un tercer salto, mientras el viento seguía en aumento, y con la advertencia del Jefe de Salto, de que el salto era voluntario pues el viento tenía como doce nudos, que teníamos que emplear más fuerza al dirigir el paracaídas, en lo posible al centro y a lo largo de la pista, que sectores peligrosos y críticos constituían la Avenida España y la Avenida a Totoracocha con una serie de casas alrededor, además edificios, alambres de alta tensión, con los cuales ya tenía experiencia, ninguno del vuelo renuncio y decididos al mando del jefe de salto abordamos el avión cuya puerta lateral derecha estaba sacada para el efecto; salté, se abrió mi cúpula medio entorchada, al recuperarla ya con las bandas, me vi que estaba fuera de la pista de aterrizaje y me dirigía a un sector de casas de teja, en segundos estaba sobre una casa de un piso, y altillo, de la ventana del altillo salió una anciana de blusa blanca y pollera verde, que no daba crédito a lo que veía me acercaba al techo de su casa directamente, me preparaba con la piernas bien unidas a tomar contacto con las tejas del techo; en unos contados segundos divise un corredor de piedra, que terminaba en una lavandería con cajón de concreto y llave de agua y a dos hombres que boca abierta, pero con botella de licor y vasos, me miraban incrédulos, con todas mis fuerzas trepé por la banda derecha y con precisión ingrese al corredor de unos dos metros y medio de ancho, rodé por las piedras con una rodada frente izquierdo, mi cúpula se apagó en un gran árbol de capulí, estaba a unos tres metros de los dos hombres, que emocionados me ayudaron a bajar la cúpula del árbol de capulí; habían estado tomando Zhumir, les pedí un traguito, que me convidaron y luego otro, y desde la parte superior de la casa la anciana les pedía y les daba órdenes de que me ayuden y me atiendan, agradecido cruce la sección de casas y me reuní con mis compañeros en el punto acordado con el jefe de salto, todos sin novedad y dispuestos a festejar con flexiones dispuestas por el jefe de salto; en la tarde en el mismo avión retorne a Quito; me esperaba un Sargento conductor, que no era el usual para trasladarme a mi departamento, en el Pintado, en un tercer piso; saludé con mis hijos les abrace y le di un abrazo y un beso a Ruth, la que me había guardado el almuerzo nos sentamos a la mesa y al tomar el tenedor con el garfio, éste se desprendió en el plato con el tenedor; ante la mirada de mi esposa, y en esos instantes sonó el timbre de la entrada del departamento, yo considero este un anuncio divino, pues con la fuerza de las rodadas sobre el cemento de la pista de taxeo en el primer salto y piedras del patio de la casa en Totoracocha en el tercer salto en el reentrenamiento de paracaidistas en Cuenca, el garfio quedó casi desprendido de la estructura de teflón de la prótesis, que al accionar con el tenedor, se rompió y desprendió totalmente , hasta el punto de separarse de la estructura de teflón del antebrazo y caer el garfio de acero que presionaba con el cubierto; el chofer nuevo que no estaba al tanto de mi recomendación se presentó en la puerta y le entregó a Ruth, mi maleta de salto, que ella no conocía, indicándole que me había olvidado en el carro; se descubrió mi secreto y mentiras constantes a mi esposa, quien desconsoladamente se puso a llorar y a recriminarme mi irresponsabilidad de seguir saltando, con argumentos totalmente racionales y válidos, riesgos innecesarios en mi condición de discapacitado, a arriesgar la vida teniendo una familia, mujer e hijos que habían sufrido mucho con mi accidente con explosivos en el Oriente; le abrace a ella, a mis hijos y entregándole mi maleta de alto, le prometí no volver a saltar más en la vida, promesa que la cumplí, pero la maleta con esos implementos preciosos, se guardan en los tesoros de la Familia.
Recuerdo un reentrenamiento de los paracaidistas, oficiales y tropa de la Brigada de El Oro, yo prestaba mis servicios en mi grado de Teniente, en la Compañía de Transmisiones, del Cuartel General de la Brigada; nos concentramos después de tres días de reentrenamiento, instructores y personal, en el Aeropuerto de Machala, y precisamente era la zona de salto, con edificaciones, cables de alta tensión, calles aledañas, tráfico de vehículos; el viento era de diez nudos; en la mañana a las 07h00, se organizaron los vuelos, equipando a los reentrenados al mando de jefes de salto, un equipo de guías desplegaron la T, con el plan de tres saltos, en los dos primeros saltos no hubo novedad, todos los paracaidistas cayeron en la zona de salto; pero a las 12h00, nos advirtieron que había 15 nudos de viento y que pasáramos al frente los que queríamos saltar, todos pasamos al frente y nos equipamos a continuación, para abordar el avión con todo entusiasmo y confianza en las destrezas adquiridas y en base al excelente estado físico y mental; salió el jefe de salto a la cabeza y en secuencia de segundos marcados abandonamos el avión, se abrió mi cúpula y por más esfuerzos que realizaba el viento me llevaba con fuerza fuera de la zona de salto, estaba sobre edificaciones hasta de pisos altos, con un panorama de cemento inclusive con calles y circulación de vehículos y personas circulando; yo divise un campo abierto., en un extremos edificaciones y canchas deportivas, y hombres jugando vóley bol, me preparé para aterrizar, bajaba por las maniobras y esfuerzos que hice para llegar a esa sección de terreno, con velocidad, hice una excelente rodada lateral izquierda, mi cúpula cayó, y me disponía a recoger el equipo, cuando se acercaron un considerable grupo de hombres uniformados, más los jugadores, me aplaudieron, otros me dieron la mano, otro me ofreció un vaso de coca cola, otro me ofreció un emparedado con queso, agradecí y recién me di cuenta que había llegado al patio de la Cárcel de varones de Machala; metí mi paracaídas en la funda, mientras llegaban los guías de la penitenciaria y me escoltaban hasta la salida, para luego incorporarme al punto de reunión a órdenes del Jefe de Salto, que tenía novedades, otros habían caído sobre casas y hasta sobre vehículos, pero estaban bien en su integridad personal, a excepción de remelladuras.
Allí no finalizo ese día, pues el Coronel Felipe Albán, pidió voluntarios para otros saltos, sobre la Unidad de Infantería Tres Cerritos, salto de precisión, sobre el estadio de futbol de la Unidad militar, inmediatamente me ofrecí como voluntario e integré el vuelo con el jefe de Salto, Coronel Felipe Albán; la Unidad Militar está bordeada por el rio Jubones, que llega con ímpetu y corriente abundante hasta antes de su desembocadura; mientras que por los otros costados, hay la carretera de Cuenca a Pasaje y selva natural, con árboles inmensos; nuestra zona de alto, en medio de la Unidad en la parte más alta y prominente; el Coronel Albán, nos daba las voces de mando, todo el vuelo tenía ancladas las guías, el de pie en la puerta, como estaba segundo, estaba atento del momento de su abandono y salto; en un puesto octavo estaba el Teniente Artillero, Jaime Oleas; de pronto y sin aviso alguno nuestro jefe de salto abandonó la puerta del avión, yo en secuencia de dos segundos le seguí, se abrió mi cúpula, mire la cancha de futbol, a la izquierda el rio Jubones y atrás la carretera y la selva, el jefe de salto traspaso el lado de la cancha y atravesó una casa de caña, yo aterrice de pie en tres cuartos de cancha, recuperé el equipo y corrí a auxiliarle a mi Coronel Albán, pero el salía fresco y sonriente, después de haber derribado con su peso una casa de caña de guadua y techo de zinc, nos reunimos el vuelo, faltaba mi compañero Jaime, que traspasó la carretera y se perdió en medio de la selva, mientras voluntarios con machete fueron en su ayuda, los oficiales con nuestro jefe de Salto, esperamos en el Casino de Oficiales por dos horas, con las atenciones debidas del Comandante de la Unidad de Infantería, felizmente Jaime estaba con rasguños y alguna magulladura, pues cuando ingresaba el grupo de voluntarios a rescatarle, a darle ayuda, el que cayó sobre árboles, aplico la técnica correspondiente, recupero su equipo y se encontraba saliendo del lugar, cuando se encontró con el grupo de voluntarios, a quienes les agradeció por su colaboración y buenas intenciones. Así de esta forma fueron incrementándose y realizándose los cursos de paracaidismo, comandos, hombres rana, nadadores de combate, de Andinismo, de guías de canes, de Jefes de Sato, de guías de salto, de salto libre, de precursores de salto, de Contraguerrillas, de expertos en selva, de mantenimiento y construcción de paracaídas; y muchos alumnos de la Armada y de la Fuerza Aérea, fueron formados en esta Escuela de Fuerzas Especiales del Ejército, para luego formar las suyas en esas fuerzas; con la aclaración que para obtener el diploma, el título de miembro de Fuerzas Especiales, había que aprobar tres cursos, pero uno obligatorio era el curso de Comandos.
Libro de Derecho Civil, doctrina y personas
"Discurso de homenaje a Catedráticos en el Día del Maestro, el 13 DE Abril de 2009. A cargo del DOCTOR RODRIGO CISNEROS AGUIRRE, Secretario General de la Universidad Católica de Cuenca y catedrático de la Unidad Académica de Jurisprudencia Ciencias Sociales y políticas:
UNA RAFAGA DE LITERATURA,
UNA IDEA, UN CONCEPTO, UN JUICIO DE FILOSOFÍA.
UN MINUTO DE LÓGICA, DIEZ LINEAS DE SILOGISMOS
UN RECUENTO BREVE DE MÚSICA Y CANCIONES,
UN ANÁLISIS Y DEFINICIÓN DE DISCIPLINA INTELECTUAL.
Y UN RESUMEN MÍNIMO, MICROSCÓPICO
DE ALGUNOS MOMENTOS Y DE ALGUNAS VIDAS:
ME PERMITIRÁN, DECIR ALGO MIENTRAS OBEDEZCO
CON SATISFACCIÓN EL ANUNCIO PARA INTERVENIR..宼/b>
Con un solo propósito: justificar EN FORMA INDISCUTIBLE, las resoluciones tomadas por el Honorable Consejo Directivo de la Unidad Académica de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas, al discernir para hombres y nombres este homenaje.
Señor Decano Dr. Enrique Pozo Cabrera
Señor Subdecano y Miembros del Honorable Consejo Directivo
Mujeres y hombres catedráticos de la Unidad Académica
Alumnas, Alumnos, Servidores de la Universidad
Compañeros distinguidos con preseas estudiantiles, docentes,
Académicas, de servicio, lealtad y capacidad宼/font>
Reconocimiento por la publicación de obra jurídica, para Marcelo Almeida Figueroa嵮 Maestro que inserta en forma perdurable sus conocimientos, en libros de alta calidad, que son guía y ruta para sus alumnos. Análisis de una mano amiga, que es calor y acero, escribiendo textos para sus alumnos con impactos y razonamientos de positiva sabiduría, con real experiencia, con rígida precisión, cual marcha militar en ámbitos marciales, es merecida distinción para Marcelo Almeida Figueroa弯b>Que continuará caminando erguido, austero, presente y ausente, puntual e inexorable, como siempre lo ha sido en su profesión de Militar, en su profesión de Abogado, en su profesión y vocación de Maestro.
Señor Decano, Maestros, Estudiantes, estas mis palabras dichas en un heterogéneo, multicolor y justificado discurso, que tiene y es fondo musical de los hermosos recuerdos y es himno de homenaje por luchas, triunfos, éxitos y cumbres. Gracias"
DOCTOR RODRIGO CISNEROS AGUIRRE.- SECRETARIO GENERAL DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CUENCA"
PERGAMINO.-
"EL HONRABLE CONSEJO DIRECTIVO DE LA UNIDAD ACADÉMICA DE JURISPRUDENCIA CIENCIAS SOCIALES Y POLÍTICAS DE LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CUENCA, SUS PROFESORES Y FUNCIONARIOS
Considerando
Que, es deber institucional reconocer la trayectoria y méritos de catedráticos, funcionarios y servidores que con alta calidad de su gestión, dan honor y prestigio a la Unidad Académica de la Universidad Católica.
Que, el señor Doctor Marcelo Boanerges Almeida Figueroa, un Maestro que inserta en forma perdurable sus conocimientos en libros de alta calidad jurídica que son guía y ruta para sus alumnos.
Acuerda:
Primero.- Felicitar al Estimado Maestro, por su vocación de Escritor, de Profesional Investigador que busca caminos seguros para llegar a la justicia con la aplicación concreta del Derecho en un afán didáctico y dinámico de actualizar sus conocimientos para sí mismo y para sus alumnos.
Segundo.- Entregar constancia escrita de éste Acuerdo, en la sesión solemne que se realizará en el Aula Magna de la Unidad Académica el 30 de Abril del presente año.
Dado y firmado en la Sala de Sesiones de la Unidad Académica a los 21 días del mes de Abril de 2009.
Dr. Enrique Pozo Cabrera. Decano. Dr. Iván Culcay V. Subdecano. Dr. César Palacios V. Secretario Abogado"
PERGAMINO Y CONDECORACIÓN ANILLO UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CUENCA.-
"El Consejo Universitario de la Universidad Católica de Cuenca.
POR CUANTO EL LICENCIADO
Marcelo Boanerges Almeida Figueroa
Ha desempeñado con eficiencia y dedicación la Presidencia de la
FEDERACIÓN DE ESTUDIANTES UNIVERSITARIOS CATÓLICOS DE CUENCA
En el período 1988-1989 y tales acciones han contribuido al
Prestigio de esta Casa de Estudios, que mantiene inalterable
Los principios de unidad y participación de los sectores que la integran
, para el mejor servicio de la comunidad.
ACUERDA
CONDECORAR CON LA PRESEA
ANILLO UNIVERSITARIO
Al Licenciado Marcelo Boanerges Almeida Figueroa al concluir su mandato
Presidencial, con el testimonio escrito del otorgamiento las Actas correspondientes.
Cuenca, 27 de Enero de 1989.XIX de la Historia Institucional
El Rector. Dr. César Cordero Moscoso. El Vicerrector Académico. Dr. Hugo Darquea López.- El Secretario General. Dr. Rodrigo Cisneros Aguirre"
ESTUDIOS SUPERIORES EN LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CUENCA.
Dentro de mi vida profesional y práctica de Doctor en Jurisprudencia y Abogado de los Tribunales de Justicia de la República del Ecuador, debo destacar entre otros, un juicio, que fue inclusive presentado en la Facultad de Derecho de la Universidad Católica, como un ensayo, para ser parte de un libro en homenaje a uno de mis Catedráticos, y luego este ensayo fue publicado en la revista, Publicaciones Jurídicas, en el mes de Marzo de 2011, con ejemplares a nivel Nacional e Internacional; así:
INTRODUCCIÓN.-
Al ser invitado para realizar un ensayo, que incrementará los trabajos académicos, de investigación científica, de la Unidad Académica de Jurisprudencia Ciencias Sociales y Políticas de la Universidad Católica de Cuenca, a fin de elaborar una obra en homenaje al Doctor Eduardo Domínguez Ochoa, mi Profesor en la materia de Derecho Penal, me ha incentivado colaborar con el tema de Derecho Civil, El hijo póstumo, en donde se analizará desde mi punto de vista y como Catedrático de Derecho Civil, algunas Instituciones jurídicas, Doctrina, el pensamiento de importantes Tratadistas, Jurisprudencia obligatoria y vinculante de triple reiteración, estableciendo el vocabulario y la hermenéutica jurídica, para resaltar la importancia y la vocación del Abogado en libre ejercicio profesional, frente a los retos del proceso civil, de la función importante que desarrollan los Jueces y Tribunales, en la solución de los problemas urgentes del ser humano, integrante de la comunidad, de la Sociedad, de la Familia.
Que enorme gratitud viene a mis recuerdos y pensamientos, del Maestro, del facilitador sin egoísmos, de su saber jurídico penal a disposición de muchas generaciones y promociones de hombres del Derecho, el Doctor Eduardo Domínguez Ochoa; del hombre serio y de gran corazón, educador, ejemplo y dignidad, pues todos los atributos y valores puestos al servicio de sus estudiantes, quienes recibimos de él, un trato se seres humanos y una gran confianza en el aprendizaje de la Doctrina penal; simplemente sus dicentes tratamos de seguir su ejemplo de rectitud, de honestidad y de superación.
CONCEPTO DE HIJO POSTUMO.-
En caso del hijo póstumo, es decir, del que nace después del fallecimiento de su Padre y marido de la Madre, se presenta alguna duda respecto de la maternidad.
Sabiendo de que antes, hoy y en el futuro, mediante la filiación tendremos a los Padres de Familia y a los hijos de Familia; y si estos hijos comunes no existen, los Padres pueden ser adoptivos, teniendo hijos adoptivos; en donde puede predominar el derecho de sangre o ius sanguini, el Matrimonio, la Adopción, el reconocimiento de un hijo, la unión de hecho estable y monogámica, o filiación de hijos inconfesables; pero en todas estas fuentes de producción de la filiación, puede darse el caso del hijo póstumo, el que nace después de que su progenitor ha fallecido con anterioridad a este hecho del nacimiento, el cual no se puede escoger, como es la muerte.
Es necesario destacar que todas las leyes, entre ellas la sustantiva civil, con el Código Civil y la Adjetiva civil con el Código de Procedimiento Civil, actualmente codificados, provienen de la Ley suprema del Estado ecuatoriano, la Constitución vigente; siendo las leyes mencionadas, general y Especial, estas están por debajo o tienen menor jerarquía que los Convenios y Tratados Internacionales suscritos por nuestro país con otras Naciones, prevaleciendo el interés del más débil, del niño que nace, teniendo como hecho jurídico anterior la muerte de su progenitor, ahondándose más el problema cuando sus Padres no han contraído Matrimonio, y teniendo la Madre supérstite, en representación de su hijo, que demandar la investigación de la paternidad, previa la inscripción del Acta íntegra de nacimiento ante el Jefe del Registro Civil en la cabecera cantonal, o su representante, ante el Jefe de Área en las Parroquias rurales, o ante el Agente consular o diplomático en el exterior del país.
Ya vamos viendo la dimensión del problema a los que se enfrenta la Madre, de su hijo póstumo, para en el juicio de investigación de la paternidad, adquirir derechos reales de hijo común y hasta un derecho moral, el de llevar el apellido paterno, con todos los beneficios.
Dice el Art. 81 del C. C., "Matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente", analizaremos cada elemento del concepto:
El matrimonio es un contrato.- "Contrato o convención es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa".
El contrato puede ser también un acuerdo de voluntades que sirve para crear, modificar o extinguir obligaciones; así en el contrato de compra venta se crea la obligación para el vendedor de transferir la propiedad, y la del comprador de pagar el precio justo pactado; el mismo contrato puede modificarse con un adendum o novación; o puede extinguirse la obligación con una nueva.
Por lo tanto el contrato de matrimonio, sirve para crear obligaciones que de él nacen entre los cónyuges, para extinguir las obligaciones que tuvieron los cónyuges de solteros y para modificar las de su estado civil que ha cambiado, extinguiéndolas en parte con el divorcio que es la separación de cuerpos o disolución del vínculo matrimonial.
El matrimonio es un contrato solemne.- Así el Art. 1.697 del C. C., establece como uno de los casos de nulidad del matrimonio, la omisión de una solemnidad que se ha establecido para la prescripción del acto o contrato, por lo que se establece que el Matrimonio tiene que cumplir solemnidades substanciales, que están determinadas en el Art.102 del C. C., así como el Art. 37 de la Ley de Registro Civil identificación y cedulación.
Es necesario analizar que otra fuente de la filiación es la unión de hecho, constante como Ley en los Artículos 222 al 232 del Código Civil.
Recordemos el TITULO VI.- DE LAS UNIONES DE HECHO.- Art.222 al 232, del C. C.; comenzando por el Art. 222 que establece: "La unión estable y monogámica de un hombre y de una mujer, libres de vínculo matrimonial con otra persona, que formen un hogar de hecho, por el lapso y bajo las condiciones y circunstancias que señala éste Código, generará los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio, inclusive lo relativo a la presunción legal de paternidad y a la sociedad conyugal.
La unión de hecho estable y monogámica de más de dos años entre un hombre y una mujer libres de vínculo matrimonial, con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente, da origen a una sociedad de bienes"
De allí que en el caso del hijo póstumo, es necesario, como cuando se ha producido el divorcio, determinar la fecha precisa del nacimiento para deducir el tiempo de la concepción y de allí establecer quién es el padre.
La herencia del marido difunto puede distribuirse de la manera más diversa si nace un hijo póstumo o si no tiene tal hijo; así: si el marido no tuvo otros hijos, el nacimiento del hijo póstumo puede significar que se excluya de la herencia a los padres del marido. Si hay otros hijos, ellos compartirán la herencia con el nuevo hermano; en cambio que si éste no existe o no es hermano paterno, la cuota de cada uno de los otros acrecerá. Por consiguiente, los más directamente interesados, desde el punto de vista patrimonial, para que se determine de quien es el póstumo: "Los que no existiendo el póstumo serían los llamados a suceder al difunto", Art. 243, 244 del C. C.
Aquí caben las presunciones comunes: se supone que la mujer conoce el deceso de su marido de inmediato si sucede en el mismo lugar en que ella está. También el Juez puede justificar la causa del retraso de la mujer en el caso de verificar su denuncia y hallarla razonable y excusable.
El Art. 245 del C. C. se refiere a todos los casos de otras nupcias de la mujer sin distinguir que éstas se produzcan a raíz de su validez, o del divorcio, o de la declaración de nulidad de su primer matrimonio, o de su disolución por muerte presunta por desaparecimiento del marido.
Es evidente que si el nuevo matrimonio de la mujer se produce pasados más de 300 días de disuelto el matrimonio anterior, entonces no cabe duda respecto de la paternidad puesto que no cabe que el hijo haya sido concebido durante el anterior matrimonio. En todo caso, si en esta hipótesis se presentara una reclamación, el juez podrá resolverla fácilmente ateniéndose al tiempo del nacimiento y aplicando la regla del Art. 62 y 233 del C. C., analicemos dichos artículos y otros afines al tema que nos ocupa, así:
Art. 62 del C.C. "De la fecha del nacimiento se colige la época de la concepción, según la regla siguiente:
Se presume de derecho que la concepción ha precedido al nacimiento no menos de ciento ochenta días cabales, y no más de trescientos, contados hacia atrás, desde la media noche en que principie el día del nacimiento"
Normalmente la duración del embarazo es de 275 días, por lo que el Legislador para evitar los riesgos de un nacimiento prematuro ha señalado plazos que comprenden las posibilidades máximas; las gestaciones breves no podrían ser inferiores a 180 días ni más tardías podrían exceder de 300 días.
Sin embargo el autor Arturo Alessandri Rodríguez sostiene, que no es acertado elevar a la categoría de presunción de derecho los plazos sobre la determinación de la concepción señalada en el Art. 62 del Código Civil; pues hay casos de gestación superiores a los 300 días y menos de 180 días, así el Cardenal Richelieu, que nació vital y viable de cinco meses o 150 días, habiéndose reconocido su legitimidad por el Parlamento de Paris; sin embargo nuestra Ley indica que ninguna gestación puede durar menos de 180 días, a pesar de que la práctica y la Ciencia demuestran lo contrario.
Art. 233 del C.C. dice: "El hijo que nace después de expirados los ciento ochenta días subsiguientes al matrimonio, se reputa concebido en él, y tiene por padre al marido.
El marido, con todo, podrá no reconocer al hijo como suyo, si prueba que durante todo el tiempo en que, según el Art. 62, pudiere presumirse la concepción, estuvo en absoluta imposibilidad física de tener acceso a la mujer"
Art. 243 del C. C. dice: "Muerto el marido, la mujer que se creyere embarazada podrá denunciarlo a los que, no existiendo el póstumo, serían los llamados a suceder al difunto.
La denuncia deberá hacerse dentro de los treinta días subsiguientes al día en que tuvo conocimiento de la muerte del marido"
Art.244. del C. C. dice: "La madre tendrá derecho para que los bienes que han de corresponder al póstumo, si nace vivo y en el tiempo debido, se le asigne lo necesario para su subsistencia y para el parto. Y aunque el hijo no nazca vivo, o resulte no haber habido preñez, no estará obligada a restituir lo que se le hubiere asignado; a menos de probarse que ha procedido de mala fe, pretendiéndose embarazada, o que el hijo no fue del marido"
Nuestra Ley en esta situación ha dado poderes verdaderamente excepcionales al Juez contra lo que generalmente dispone el C. C. El Art. 243 del C. C., efectivamente dice que El Juez debe decidir, "場omando en consideración las circunstancias", es decir todas las circunstancias pertinentes.
En primer lugar si por el tiempo que sucede el nacimiento la mayor parte del período en que pudo verificarse la concepción cae dentro de uno de los matrimonios y en el otro apenas alcanza algún día, es lógico que habrá mayor razón para creer que el hijo ha sido concebido en aquél matrimonio que abarca casi todo el período de la concepción.
La Ley es benigna en cuanto a la sanción del perjuicio que se produce por la incertidumbre de la paternidad. No es lógico que se sancione con la nulidad al matrimonio, como antes de 1.970, de quien contraviniere estos plazos de espera; y en cambio por el perjuicio que puede ser grave referente a la paternidad, solamente se produzca un efecto tan benigno como es el de que la mujer y su nuevo marido estén solidariamente obligados a indemnizar los perjuicios y costas judiciales ocasionados a terceros.
Los efectos de la filiación son los derechos y las obligaciones inherentes a la calidad de hijo. Efectos que son tres:
1.- La filiación da origen a los derechos y obligaciones recíprocas entre padres e hijos, contemplados en el Título XI del Libro I del C. C.
2.- También con la filiación nace la Patria potestad, que consta en el C. C. en el Título XII, del Libro I.
3.- Finalmente, la calidad de hijo trae consigo importantes derechos sucesorios.
Como vemos el C. C. trata en dos títulos, lo referente a las relaciones entre padres e hijos. En El Título XI se ocupa de los derechos y obligaciones que tiene el padre con respecto a la persona del hijo; derechos meramente familiares en los cuales nada interviene el factor dinero. Pero en el Título XII, trata el C. C., de la Patria potestad que dicho de una manera general es el conjunto de derechos de administración que tiene el padre sobre los bienes de sus hijos menores de edad o no emancipados, es una Institución con derivaciones patrimoniales.
Los derechos y obligaciones entre padres e hijos respecto a sus personas, constituyen la autoridad paterna. Estos derechos y obligaciones son derechos naturales que existen por encima de toda legislación y que si el Legislador los establece no es sino para reconocer su existencia y realzar su importancia.
Otra característica de estos derechos y obligaciones es que son recíprocos entre padres e hijos.
El Doctor Juan Ignacio Larrea Holguín, dice que es irreal no considerar con detalle las diversas situaciones en que se encuentra el hijo; puede no tener más que un Padre; los progenitores pueden estar casados o no casados; si están casados pueden estar separados; pueden haber sido casados y actualmente divorciados; los Padres pueden estar en unión de hecho estable y monogámica; o tener uniones reñidas con las buenas costumbres y la Ley; estas distinciones se hacen en el Art. 265 del C. C. para establecer "El especial sometimiento del hijo", a uno de los padres, y se dice simplemente "嬯s hijos deben obediencia y respeto al padre y a la madre", sin establecer esas necesarias distinciones con la finalidad de estimular el reconocimiento voluntario de los hijos concebidos fuera de matrimonio.
En cuanto a otros deberes de los hijos podemos decir brevemente que aun cuando ellos se emancipan quedan siempre obligados a cuidar de los padres en su ancianidad, en el estado de demencia y en todas las circunstancias de la vida, Art. 266 del C. C. ; "..el mismo socorro debe prestar a los demás ascendientes en caso de inexistencia o de insuficiencia de los inmediatos descendientes", Art. 267 dice, este deber de socorro que los hijos tienen hacia los padres se produce en la práctica en el derecho de alimentos que los Padres y ascendientes pueden hacer efectivos en sus descendientes.
Según el Art. 268 del C. C. dice: "toca de consuno a los Padres, o al padre o madre sobreviviente el cuidado personal de la crianza y educación de los hijos. Desprendiéndose que los deberes de los padres son dos: velar por su cuidado; y el deber de socorro o prestación alimenticia".
La primera obligación de los padres consiste en la crianza del hijo, es decir el conjunto de cuidados indispensables para su subsistencia y desarrollo. Se concreta esta obligación en el deber de alimentar, vestir, dar habitación.
Otro deber de los padres es el de la educación de sus hijos. La crianza y el cuidado moral culminan con la educación propiamente dicha. La educación consiste en el desarrollo de las facultades, la formación de los hábitos, la inducción de las virtudes y la comunicación de los conocimientos que se juzga que conviene a un individuo.
REQUISITOS EXIGIDOS POR LA LEY EN EL CASO DEL HIJO POSTUMO.-
No es difícil en el desarrollo y ejercicio de la libre profesión de Abogado, encontrarse con un caso de hijo póstumo, tampoco es imposible de resolver este proceso siempre que se tenga los elementos subjetivos, objetivos y de procedimiento, acordes con la ley y el procedimiento civil.
El caso que me tocó tramitarlo ante uno de los Juzgados de lo Civil de Cuenca, tenía las siguientes características y orígenes: en una pareja de menores adultos, con 17 años de edad cada uno, estudiantes y compañeros de aula en el Colegio, identificados con la clase media baja, se enamoraron y decidieron unir sus vidas en unión de hecho, trasladándose los novios al hogar de la Madre del marido, donde bajo la promesa mutua de graduarse de Bachilleres, contraer Matrimonio civil y por la Iglesia, pero también con el beneplácito de los Padres de la novia; empezaron una unión de hecho, en forma pública y notoria; al transcurrir los meses ella se embarazo, empezando los consiguientes problemas económicos y gastos propios del embarazo, teniendo que abandonar el hombre el estudio, y empleándose como obrero en una joyería en donde gracias a su habilidad empezó a cubrir los gastos de su hogar de hecho, teniendo el apoyo de su Madre viuda, mientras ella seguía estudiando y desarrollando dentro de su vientre al Nasciturus, el concebido y no nacido, fruto del amor.
El progenitor afanoso trataba de trabajar hasta horas extras preparando el ajuar de su futuro hijo, pero fatalmente en su trabajo de joyería, ingiere una gaseosa, en un recipiente donde se lavaban las joyas, contaminado con cianuro, produciéndose una muerte rápida y fatal.
Este lamentable hecho, la muerte de un joven progenitor, futuro padre, responsable de su mujer menor adulta, bajo el amparo ahora de la Madre del De cuius, al que en sus funerales su Madre, decide por ser más económico, incinerar su cuerpo mortal, y darle cristiana sepultura. En medio de ese drama la supérstite, mujer unida en unión de hecho estable y monogámica, después de algunos meses da a luz un varón, al que lógicamente hay que inscribir su nacimiento, siendo la solución más fácil inscribirlo con los apellidos paterno y materno de la Madre, y de padre desconocido; porque en este caso no mediaba el interés económico, más bien mediaba únicamente el interés moral.
Estos son los fundamentos de hecho de este caso de hijo póstumo, en el cual para la investigación de la paternidad, es fundamental el examen de ADN, siendo factible hasta exhumando el cadáver del progenitor, pero éste fue cremado, siendo impracticable si no existen muestras de tejidos de piel, de pelo o de uñas. No hay el progenitor que de su muestra sanguínea. El decesado tiene un hermano, que pertenece a la Religión de los Mormones, y se niega a dar su muestra sanguínea; no es posible demandar a una persona fallecida, la investigación de la Paternidad, habiendo la posibilidad de demandar a su Madre viuda, como su ascendiente directa consanguínea.
Antes de demandar, estudie el caso y tomé contacto con especialistas en Derecho Civil, con Magistrados de la Corte Superior de Justicia del Azuay, hoy Corte Provincial de justicia, con Catedráticos de la Unidad Académica de Jurisprudencia, Ciencias Sociales y Políticas de la Universidad Católica, quienes opinaban que el caso no procedía, al no haber posibilidad de tomar muestras de ADN, por la cremación del cadáver del progenitor. Viéndome obligado a entrar en Internet, y a las resoluciones jurisprudenciales de la Corte Suprema de Justicia, que hoy es Corte Nacional de Justicia, así como a la consulta de Convenios y Tratados Internacionales respecto a este tema, impulsando mi ánimo, por el hecho y principio fundamental del Derecho a la identidad del niño, hijo póstumo, así como por el deseo de aprender más y tratar de servir a las personas que clamaban con interés moral, el apellido paterno para el niño nacido después de la fatal muerte de su progenitor.
Cuáles fueron los fundamentos de hecho y de Derecho, cuáles fueron los trámites realizados, ante una Jueza a quien toco por sorteo avocar en el conocimiento de esta causa, ventajosamente a una jueza con amplio criterio del Derecho Civil, con una nítida crítica judicial, con una amplia concepción y apreciación de los Tratados y Convenios Internacionales; así:
INFORME EN DERECHO.-
El Informe en Derecho, o Manifiesto en Derecho; los Alegatos en el proceso ejecutivo, son equivalentes, a un análisis que hacen los Abogados patrocinadores de sus clientes, actor y demandado; en él se establecen cuatro puntos fundamentales, para sostener una tesis seria y acorde con la realidad histórica de los hechos y con el procedimiento civil, así: 1.- Declarar que durante el proceso se ha observado las solemnidades de Ley y no se ha omitido solemnidad substancial que sea causa de nulidad o vicie el procedimiento; mencionar los fundamentos de hecho y de Derecho, sostenidos en claros artículos del Código Civil y Código de Procedimiento Civil; establecer que en el momento procesal oportuno, se pidió al Juez practicar pruebas en apoyo de la demanda o de las excepciones de la contestación a la demanda, que el Juez proveyó y que las partes realizaron las pruebas dentro de los términos y providencias del Juez, para acto seguido enumerar detalladamente las pruebas actuadas y sus resultados. 2.- Se detalla en este numeral, todas las vulnerabilidades del sujeto procesal contrario, demandado o legítimo contradictor. 3.- Se mencionará la Jurisprudencia obligatoria y vinculante de la Corte Suprema de Justicia, puntualizando exactamente casos parecidos, similares al nuestro; Doctrina, convenios y tratados internacionales suscritos por nuestro país con otros países, respecto a la materia que se analiza, Derecho comparado, Derecho natural y de Familia. 4.- En este numeral, pedimos al Juez que en base al análisis de nuestras pruebas, dicte sentencia, pero además utilizando el sano criterio judicial, su experiencia y conocimientos, así como el principio de la equidad.
Esta forma de presentar al Juez el Informe en Derecho, o sus palabras equivalentes propio del exponente, he facilitado a mis alumnos de la materia de Práctica Forense, en los niveles quinto y sexto de Derecho, este último desaparecido; pues normalmente los profesionales del Derecho, no acostumbran a presentar el Informe en Derecho, al finalizar la etapa motiva del juicio, se limitan solamente a pedir sentencia.
En el juicio de investigación de paternidad que establecemos como ejemplo, presenté el siguiente Informe en Derecho:
"De acuerdo a vuestra providencia de fecha, 28 de Septiembre de 2006, a las 09h40 y estando dentro del momento procesal oportuno, presento mi Informe en Derecho en los siguientes términos:
1.- Durante este proceso y en esta instancia, en mi calidad de actora y Madre de la menor "M", hija póstuma de mi Marido fallecido "F", no he omitido solemnidad alguna, que sea causa de nulidad o vicie el procedimiento.
Fundamenté mi demanda ordinaria, de investigación de la paternidad en hechos reales, en la verdad histórica, en Derecho, de conformidad con los Artículos Nro. 395 del Código de Procedimiento Civil; en concordancia con los Artículos Nros. 252, 253, numeral 4to. del Código Civil.
En el momento procesal oportuno, pedí a su Autoridad practicar pruebas en apoyo de los fundamentos de hecho y de derecho de mi demanda ordinaria, de investigación de la paternidad; su Autoridad me proveyó y yo practiqué las siguientes pruebas:
a.- Pedí que se dé por reproducido todo cuanto de autos me sea favorable; en especial la contestación a la demanda que consta en el juicio, de la abuela paterna de mi hija, Señora "A", quien se allanó con el contenido de mi justa demanda; asimismo la ratificación del allanamiento de mi demanda, por parte de la accionada y que consta en el Acta de Junta de Conciliación.
b.- Impugné todo lo que me sea desfavorable de autos.
c.- Pedí que se dé por reproducida el Acta integra de Nacimiento de mi hija "M"; hija común procreada con el fallecido su progenitor, "F"; a la que, para tramitar este proceso ordinario de investigación de paternidad, tuve que inscribirle con mis apellidos paterno y materno de "DE", debido al fallecimiento de mi marido y antes de que nazca la menor nuestra hija.
d.- Pedí que se dé por reproducida y como prueba documental el Informe Estadístico de Nacido Vivo, del INEC, suscrito por el Dr. "G", en el que se establece el nacimiento de mi hija en la Clínica Santa Ana de esta ciudad, nacimiento póstumo, pues anteriormente al 22 de Octubre de 2005, falleció mi marido.
e.- Adjunté como prueba documental el certificado extendido por el "Instituto de Cáncer SOLCA núcleo de Cuenca", en el que se establece con la firma del Ing. "X", Administrador; con fecha 18 de Agosto de 2006, que el cuerpo de mi marido "F", el día 17 de Febrero de 2005, pues él falleció el 16 de Febrero del mismo año, fue cremado en esa instalación.
f.- Pedí que se dé por reproducida la Partida integra de defunción de mi marido difunto, "F"; en la cual se establece que este hecho se produjo el 16 de Febrero de 2005 en la ciudad de Cuenca; dando a luz la exponente nuestra hija común en unión de hecho, una niña e hija póstuma, el 22 de Octubre de 2005, viéndome obligada por el deceso de su progenitor a inscribir el nacimiento de mi hija, el veinte de Marzo de 2006, con mis Apellidos paterno y materno de "DE", conforme consta de la Partida integra de nacimiento que acompañé a mi demanda; sus nombres son "M", y actualmente tiene once meses.
g.- Pedí que se dé por reproducida como prueba documental la partida íntegra de nacimiento de mi hija "M"
h.- Pedí que se dé por reproducida la parte de mi demanda en la que expongo: "Aclaro señora Juez, que el momento que "F" supo de mi estado de gestación, me apoyó totalmente y me prometió matrimonio, y como queda manifestado habíamos formado una Unión de Hecho, que se encuentra reconocida por la ley, publicada en el registro oficial Nro. 399, del 29 de Diciembre de 1982, así como el conocimiento y apoyo moral de nuestros respectivos progenitores." En especial me ha apoyado moral, económicamente, a cuidado mi embarazo, ha asistido a mi parto la demandada, abuela paterna de mi hija, pues durante toda la relación con mi marido que falleció hasta que di a luz a mi hija he estado y sigo domiciliada en la residencia de la accionada, quien nos ha prodigado a la exponente y a mi hija un gran afecto que establece los lazos sanguíneos.
i.- Pedí a su Autoridad se practique el ADN con la perito médico especializada, entre la exponente, mi hija y la demandada a fin de establecer la filiación por consanguinidad; pero desistí de ésta prueba y Usted me proveyó, después de manifestarle la imposibilidad de cubrir los costos de dicho examen por mi grave situación económica; petición que fue apoyada por la abuela de mi hija, que es de escasos recursos económicos, pidiendo a su Autoridad que al sentenciar lo haga con su sano criterio judicial y mirando lo más favorable a mi hija infante con el principio de la equidad, ya que a los pobres lo que más nos enorgullece es el nombre, atributo de la personalidad.
j.- Pedí que se sirva señalar día y hora con el objeto de que rindan declaraciones los señores: "R y S", los cuales declararon con pleno conocimiento por ser mis vecinos; y por constarles los hechos preguntados, declararon en forma idónea, unívoca y concordante, pero en especial con la verdad; apoyando totalmente los fundamentos de hecho y de Derecho de mi demanda.
k.- Pedí a su Autoridad que se dé por reproducida la contestación a mi demanda y el allanamiento a la misma por parte de "A" Madre de mi marido y abuela de mi hija; la ratificación a su allanamiento, que consta en la Junta de Conciliación.
l.- Adjunté como prueba documental dos copias notariadas de las cedulas de ciudadanía de la exponente y de mi difunto marido "F"; para establecer que recién cumplimos mayoría de edad, lo que esperábamos para contraer Matrimonio, lo que el destino no quiso y Dios dispuso la realidad actual y sobre todo su clara inteligencia para resolver la identidad de mi hija con el apellido de su progenitor.
m.- Pedí que se sirva señalar día y hora para que la Señora "A", rinda una confesión judicial en forma personal; al hacerlo confesó con la verdad, en forma idónea, apegándose a la realidad histórica de los hechos, identificando sus contestaciones con sus allanamientos que consta en el proceso.
n.- Adjunté como prueba documental las partidas íntegras de nacimiento de la accionante y la de mi marido fallecido "F"; en donde se determinan dentro de los fundamentos de hecho nuestras relaciones amorosas siendo los dos menores adultos.
Con todas las pruebas mencionadas, debidamente actuadas, he probado los fundamentos de hecho y de Derecho de mi demanda.
2.- La demanda, "A", quien a la muerte de su hijo, mi marido, he pasado a ser su hija, quien nos da a la exponente y a mi hija "DE", una ayuda moral invalorable, y económica en base a su limitada economía; conocedora de la realidad histórica de los hechos y en conocimiento de mi embarazo siendo menor de edad al igual que mi difunto marido, se allanó por dos ocasiones con los fundamentos de hecho y de derecho de mi demanda, lo que establece que mi acción es justa, buscando el nombre, la identidad que por derecho le corresponde a mi hija.
3.- Hay amplia Jurisprudencia obligatoria y vinculante de las Salas de lo Civil y Mercantil de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia; similar a este proceso, que se han declarado con lugar la demanda, al análisis jurídico de los procesos y pruebas debidamente actuadas, en apoyo de los fundamentos de hecho y de Derecho, por lo que se ha declarado con lugar éste tipo de acciones, no solamente por los fundamentos de hecho sino por los fundamentos de derecho establecidos en los códigos sustantivo y adjetivo civil; en el Código de la niñez y de la adolescencia; en la Constitución; y, en los Tratados y Convenios internacionales suscritos por nuestro país, y referentes al derecho constitucional, a la identidad de los menores; así:
El Art. 48 de la Constitución Política del Estado expresamente establece: "Será obligación del Estado, la sociedad y la familia, promover con máxima prioridad el desarrollo integral de niños y adolescentes y asegurar el ejercicio pleno de sus derechos. En todos los casos se aplicará el principio del interés superior de los niños, y sus derechos prevalecerán sobre los de los demás"
El Art. 23, numeral 5 ibídem, establece que: "Sin perjuicio de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales vigentes, el Estado ecuatoriano reconocerá y garantizará a las personas los siguientes:
5. El derecho a desarrollar libremente su personalidad, sin más limitaciones que las impuestas por el orden jurídico y los derechos de los demás."
Todo esto en concordancia con lo que disponen los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por el Ecuador, entre los que se encuentra la Convención sobre los Derechos del Niño, suscrito en las Naciones Unidas (New York), el 5 de diciembre de 1989, ratificada por Resolución Legislativa, publicada en Registro Oficial 378 de 15 de febrero de 1990 y por Decreto Ejecutivo No. 1330, publicado en Registro Oficial 400, de 21 de marzo de 1990, cuyo texto fue publicado en el R. O. Nro. 387, de 2 de marzo de 1990, y nuevamente en el Registro Oficial No. 31, de 22 de septiembre de 1992, en sus artículos pertinentes expresa:
Artículo 3, expresa: "En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño"
Artículo 8, dice: "1. Los Estados Partes se comprometen a respetar el derecho del niño, a preservar su identidad, incluidos la nacionalidad, el nombre y las relaciones familiares de conformidad con la ley y sin injerencias ilícitas. 2. Cuando un niño sea privado ilegalmente de alguno de los elementos de su identidad o de todos ellos, los Estados Partes deberán prestar la asistencia y protección apropiadas con miras a restablecer rápidamente su identidad"
Estas normas al ser de orden público cuyo cumplimiento interesa a toda la sociedad, están por sobre las disposiciones del Código Civil, porque el interés y derechos del niño, esta sobre cualquier otro interés, en búsqueda de su identidad y para salvaguardar su derecho a convivir con su familia.
El niño puede impugnar la paternidad, o pedir la investigación de la paternidad, a través de su representante legal, que en este caso es su Madre, por su derecho constitucional a una identidad y a convivir con su familia, consagrado en el artículo 49 de la Constitución Política de la República, que dice: "Los niños y adolescentes gozarán de los derechos comunes al ser humano, además de los específicos de su edad. El Estado les asegurará y garantizará el derecho a la vida, desde su concepción; a la integridad física y psíquica; a su identidad, nombre y ciudadanía; a la salud integral y nutrición; a la educación y cultura, al deporte y recreación; a la seguridad social, a tener una familia y disfrutar de la convivencia familiar y comunitaria; a la participación social, al respeto a su libertad y dignidad, y a ser consultados en los asuntos que les afecten"
Esto está en plena concordancia con lo dispuesto en el artículo 22 del Código de la Niñez y Adolescencia, que dice en su inciso primero: "Derecho a tener una familia y a la convivencia familiar.- "Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a vivir y desarrollarse en su familia biológica. El Estado, la sociedad y la familia deben adoptar prioritariamente medidas apropiadas que permitan su permanencia en dicha familia妱uot;, y con el artículo 33 del mismo Código que establece: "Derecho a la identidad.- Los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la identidad y a los elementos que la constituyen, especialmente el nombre, la nacionalidad y sus relaciones de familia, de conformidad con la ley妱uot;.
El inciso segundo del artículo 18 de la Constitución Política de la República, que manifiesta: "En materia de derechos y garantías constitucionales, se estará a la interpretación que más favorezca a su efectiva vigencia. Ninguna autoridad podrá exigir condiciones o requisitos no establecidos en la Constitución o la ley, para el ejercicio de estos derechos", esta norma impone una interpretación progresiva y finalista no solamente de los textos constitucionales atinente a derechos y garantías constitucionales, sino de cuanto tratado y convenio internacional ratificado por el Ecuador y de toda ley y de otros cuerpos normativos tienen que ver con los derechos y las garantías constitucionales.
4.- Su Autoridad al resolver, con su sana critica judicial, al análisis de mis pruebas, resolverá considerando que dentro del proceso he expresado como representante de mi hijo, que recién cumplo 18 años, he sufrido un trauma y calvario con resignación a mi fe católica, y estoy agradecida del apoyo de mi Madre política, quien a la exponente y a mi hija, nos da apoyo moral y en su pobre economía comparte lo que tiene con afecto y cariño, ante la ausencia de mi marido; ruego a Usted aplicar la Filosofía de ayuda al que lo necesita verdaderamente y lo que dispone el Derecho Natural al sentido humano, que será valiosa para el futuro de mi hija infante a la que represento para que se desarrolle dignamente en la sociedad, que cada día es más exigente y conflictiva.
De esta forma dejo expuesto a su Autoridad mi Informe en Derecho, sírvase resolver.
SENTENCIA DE LA JUEZA DE LO CIVIL.-
La sentencia es la resolución del caso litigioso o controvertido que emite el Juez, utilizando su sano criterio judicial, observando el principio de la equidad, haciendo un serio análisis jurídico de las pruebas realizadas por las partes, es el fiel cumplimiento de la Ley; pero es además el poder del Juez de solucionar el problema real que se le presenta, tomando a las partes como seres humanos.
La sentencia dictada es el siguiente:
"Cuenca, 11 de Octubre de 2006; las 09h30
VISTOS: A fs. 8 comparece "M", Madre de la menor "DE", conforme lo justifica con la partida de nacimiento que presenta, manifestando que desde el mes de febrero de 2004, hasta el 16 de febrero de 2005, esto es por más de un año, mantuvo relaciones sexuales de marido y mujer con "F", habiendo vivido en un estado de concubinato notorio y público, en la en la casa ubicada en la calle "D", en la Parroquia El Vecino, del Cantón Cuenca, de la Provincia del Azuay, que como consecuencia de esas relaciones amorosas quedó embarazada, produciéndose el fallecimiento de su marido "F", el 16 de Febrero de 2005 conforme la partida de defunción que adjunta, dando a luz una niña el 22 de Octubre de 2005, viéndose obligada por el deceso de su progenitor a inscribir a su hija, el 20 de Marzo de 2006, con sus apellidos paterno y materno conforme consta de la partida de nacimiento que acompaña. Que los nombres completos de la menor son "DE" que en la actualidad tiene siete meses. Que al momento que "F" supo de su estado de gestación la apoyó totalmente y le prometió matrimonio y como queda manifestado formaron una unión de hecho, que se encuentra reconocida por la ley, publicada en el Registro Oficial Nro.399, del 29 de Diciembre de 1982. Que por el fallecimiento de su marido "F" no pudo reconocerse como su hija a la niña "DE", e inscribirse en el Registro Civil. Que por los antecedentes anotados en juicio ordinario, fundamentada en el Art.395 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los Artículos 252, 253 numeral cuatro del Código Civil, demanda a la señora "A", madre de "F", quien estaba de acuerdo con la relación que mantenían, así como a los herederos presuntos y desconocidos del causante, la investigación de la paternidad para que en sentencia se declare que "F" es el padre de su hija y con la sentencia ejecutoriada se margine en la partida de nacimiento con el apellido paterno. Aceptada a trámite la demanda, citada en persona "A", conforme acta de fs. 14 y por la prensa los herederos presuntos y desconocidos del fallecido "F", a fojas 11 comparece "A", dándose por legalmente citada y con los antecedentes que expone se allana con la demanda; se cuenta con los funcionarios llamados a intervenir; citándose al señor Juez Segundo de la Niñez y la Adolescencia, y al señor Fiscal Segundo de Tránsito; trabada la Litis, evacuada la junta de conciliación fs. 20, abierta la causa a prueba, ordenadas y practicadas las solicitadas, concluido el término y agotado el trámite, la misma se encuentra en el estado de resolver y para hacerlo se considera: PRIMERO.- La suscrita Juez es competente en razón de la materia y el sorteo practicado.- SEGUNDO.- En la tramitación de la causa no se ha omitido solemnidad sustancial alguna que afecte o influya en su decisión por lo que se declara la validez.- Tercer.- Corresponde a las partes probar sus afirmaciones de conformidad con los Arts. 113 y 114 del Código de Procedimiento Civil y al Juez apreciar la prueba en su conjunto en aplicación de las reglas de la sana críticas.- CUARTO.-Con la presentación de la partida de nacimiento de la menor "DE" la que obra de fs. 2 de los autos la actora justifica su calidad de madre y como tal el derecho que le asiste para comparecer en juicio en representación de su hija, cumpliendo con lo dispuesto en el Art.255 del Código Civil, que establece que la acción para investigar la paternidad o la maternidad se extingue con la muerte de los supuestos padre o madre, respectivamente, aunque hubiere comenzado el juicio, salvo que ya se hubiere trabado la litis, no puede ser considerado al haber sido declarado inconstitucional por el Tribunal Constitucional, mediante resolución aprobada por dicho Tribunal en sesión del día martes nueve de Mayo de 2006.- SEXTO.- El numeral 24 del Art.23, de la Constitución Política del Estado garantiza el Derecho de la identidad de las personas. El Art.33 del Código de la Niñez y la Adolescencia establece que los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la identidad y a los elementos que la constituyen, especialmente el nombre, la nacionalidad y sus relaciones de familia, de conformidad con la Ley y que es de obligación del Estado preservar su identidad. El numeral 4 del Art. 253 ibídem, en el que la accionante fundamenta su acción, establece que la paternidad puede ser judicialmente declarada en el caso en que el presunto padre y la madre, hayan vivido en el estado de concubinato notorio durante el período legal de la concepción.- SEPTIMO.- La actora con la prueba legalmente actuada a su favor, esto es con la presentación de partida de nacimiento de la menor "DE" (fs. 2); reproducción de lo favorable de autos, de la contestación a la demanda en que la señora "A" se allana con el contenido de la misma; impugnación de lo desfavorable; reproducción del informe estadístico de nacido vivo del INEC, en el que se establece el nacimiento de su hija en la Clínica Santa Ana de esta ciudad(fs. 1) de la partida de defunción de "F" (fs.7) hecho ocurrido el día 16 de Febrero de 2005 en esta ciudad de Cuenca; reproducción de la demanda; declaraciones testimoniales de "R y S" los que declaran a fs. 32 vta. Y 33-33vta., en base al interrogatorio de fs. 22 vta., 23, 23 vta. y 24, concordantes entre sí; presentación de la documentación que obra de fs. 26 a 30 de los autos que corresponde al certificado extendido por el Instituto de Cáncer SOLCA núcleo de Cuenca, en el que se establece que el cuerpo de "F" fue cremado en esa Institución el día 17 de Febrero de 2005 (fs. 26), copias de las cédulas de identidad de la de "F" y "M" y copias de sus partidas de nacimiento; y, confesión judicial solicitada a la demandada señora "A" , madre del fallecido señor "F" , la que rinde a fs. 37, en base al pliego de absoluciones de fs. 36, ésta justifica el fundamento de su demanda, esto es que la accionante y "F", fallecido a la fecha, vivieron en estado de concubinato notorio durante el período legal de la concepción de la menor "DE". Por lo expuesto y sin que sea necesario otra consideración, el Juzgado "ADMINISTRANDO JUSTICIA A NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY", aceptando la demanda declara que la menor "DE", es hija y tiene como padre al ahora fallecido señor "F", de nacionalidad ecuatoriana, que fuera de estado civil soltero al momento de su fallecimiento y que fue portador de la Cédula de identidad Nro宠Para efectos de la modificación del estado civil y filiación que se declara, ejecutoriada la presente resolución, notifíquese al señor Jefe Provincial de Registro Civil del Azuay. Confiérase las copias que se soliciten a fin de que se subinscriba en la partida de nacimiento que consta en el Registro de Nacimientos, del año 2006, tomo 1A, foja 128 de la Jefatura Provincial de Registro Civil del Azuay. Sin costas. Notifíquese"
DOCTOR MARCELO BOANERGES ALMEIDA FIGUEROA
Catedrático de Derecho Civil.
"Cuenca, a 4 de septiembre de 2003
Querida Ruthcita, mis saludos y todo mi cariño para Usted, el próximo martes le estaré llamando desde la oficina y le pido disculpas por no llamarle el martes pasado. Así mismo muchos saludos para todos en especial para JENNIFER, AIDAN Y GEOVANNY.
Estoy en mi oficina despachando los juicios, y de mañana me topé con la sorpresa de que en la Corte de Justicia, he ganado por segunda vez el juicio laboral de GEOVANNY PACHECO, para mi este es un triunfo, pues aplicando la Ley y lo que se ha logrado es ganar por segunda vez el juicio y que las indemnizaciones suban a CATORCE MIL DOLARES, de cuatro mil que estaban en primera instancia, al comunicar la novedad a la Betycita y a Ximena, estallaron en lágrimas, lo que me conmovió.
Recuerda que le converse que Ruth y Augusto, me pidieron haga el crédito del carro, no fue aceptado y esto es lógico, pues he dado muchas garantías, debe Katy del carro que está a mi nombre y debe en la Mutualista Azuay una letra y el préstamo está a mi nombre; con este panorama y a pesar de que no debo a nadie, no me hacen préstamos a mí; de tal forma que Augusto está esperando la llegada de su jefe Antonio Álvarez para que en General motors, le autoricen el carrito nuevo, o aparte compren un usado; en todo caso ellos están conscientes de que les quiero ayudar.
Te voy a contar algo que te va a hacer gozar y que me recordó mi niñez; el Marcelito que me acompañó a la Zona militar a comprar el obsequio de Rosa, vio una bicicleta que valía $48 dólares y ya sin aguantarse me dijo, Abuelo cómprame esa bicicleta azul y yo trabajaré en tu oficina, bueno pasó una semana y con la promesa de que le iba a comprar la bicicleta apenas tenga plata. El lunes pasado llega el Augusto y le deja en la casa a mi ayudante, que vino con terno, los zapatos del Javier Cueva desde luego grandes, bien peinado con gel, puesto un reloj nuevo, que nos hizo reír a todos y sin control, no trabajó ni dos horas y tuve que ir al Comisariato y comprarle la bicicleta, muy agradecido quiere seguir trabajando en la oficina, pero solo las tardes.
Por favor compré ternos para los tres, me refiero para mí, Juan y Paúl, el valor lo pagaré yo, con las medidas siguientes:
MARCELO: pantalón talla 36, saco talla 44; cintura 100 o 39 pulgadas; pantalón largo 96 o 38 pulgadas; tiro del pantalón 75 o 29 pulgadas; manga del saco 51 o 20 pulgadas, tórax 106 o 42 pulgadas, largo del saco 76 o 30 pulgadas
JUAN: médium, talla 32. PAUL: large, talla 42.
Los colores, serio y formal para mí y juveniles para los chicos.
Respecto al Paúl, le explico lo que Usted verá cuando llegue a casa. Él trabaja de lunes a sábado en una compañía de Ingenieros constructores, como Administrador, lleva los contratos de trabajo y la parte referente a lo laboral, en la que yo le colaboro pero él cobra, aparte trabaja en esa línea en contratos con Multicines y se gana sus dólares.
El lugar de trabajo es pasando Santa Isabel, en una mina que produce al pie del río arena, piedra, ripio, él viaja en la Cooperativa Azuay y empieza desde las 5 de la mañana, hasta las 7 de la noche que regresa; lleva su almuerzo y cuando llega hambriento come el almuerzo que le guardamos, es un gran esfuerzo pero está ya acostumbrado pero le están pagando bien y goza de la confianza de su jefe, trabajo que es circunstancial y le aumentarán porque está administrando bien. Le presto el carro, los jueves para que a medio día regrese y asista al consultorio de la Universidad en el turno que le toca para su práctica de juicios, esto hasta fines de Septiembre que concluye su obligación y tendrá que presentarse al grado, que por cierto ya está designado el Jurado.
Mientras tanto Juanito, prepara la tesis toda la mañana en la casa y todas las tardes trabaja conmigo y le incentivo pagándole y un juicio a cargo de él.
La Katy en su compañía de seguros y la Gladys chica en el broquer de la Katy, siguen sus trabajos diarios.
Todos en la casa y especialmente yo, no puedo dormir como antes, me despierto a la madrugada, tengo insomnio, pues nos hace falta su presencia, es un verdadero martirio su ausencia y contamos los días para su retorno, que parece de años interminables; increíblemente la tristeza de las nietas es evidente y hasta lloran cuando te nombran; que bueno que es que quieran tanto a su abuela, a la Madre y a la esposa.
Cecilia Bojorque y César Marín me han llamado preocupados por todos nosotros, demostrando ser buenos y sinceros amigos, preguntando por Usted y encargándome que te salude mucho.
Yo estoy listo para el próximo lunes para tomar a unos seis alumnos el examen supletorio y final, en la Facultad y con lo cual pensaba retirarme definitivamente de la cátedra; pero me llamó el Subdecano de la Facultad, posiblemente porque estaban advertidos de mi separación inminente, y me rogó que me quede, que me daban un primer curso además de mi cátedra de quinto año, para que de Derecho Civil, primer libro, indicándome que el Consejo Directivo se ha reunido y me hacían este pedido formal, con esta nueva materia completo 44 horas al mes y por tanto mis horas de clase subirían; a las necesidades de nuestra casa, casi estoy decidido a aceptar la proposición, pues ya son más de 14 años que trabajo para la Universidad Católica, tiempo que mejoraría mi jubilación, en fin ya te contaré lo que pasa; sin embargo te comento que el Subdecano me expresó que admiran mi puntualidad, que nunca falto, que nunca me niego cuando me designan como vocal en los grados doctorales y que no quieren perder un catedrático como yo; han analizado que yo llego a los alumnos y que enseño. En definitiva siendo práctico, voy a ver cuánto gano y de acuerdo a esto me quedo o me retiro.
Este año van a la escuelita los tres nietos, pues ya le aceptaron a mi María Paz.
En los días anteriores estábamos tratando de cambiar nuestro carro con un montero sport, pero el negocio falló, con Juanito, estamos viendo llantas nuevas, nuestro carro está nuevo y en perfectas condiciones.
Quiero que me anticipe cuando viene, de acuerdo al pasaje que compre, porque línea y por favor llegue a Quito, pues se están dando incontrolables asaltos a los viajeros que llegan a Guayaquil; para irle a recibir, haga el pedido de su pasaje con anticipación a fin de que no haya retrasos y avíseme con oportunidad.
Respecto a la casa sigue con el anuncio, y hay muchos que preguntan; la calle está pavimentada con cemento rígido, arregladas las veredas y los jardines inclusive han podado los árboles con esta obra ha ganado más nuestra propiedad; imagínese que la casa del frente de la platería Narváez, le vendieron y la demolieron para construir otro edificio; de tal forma que tenemos dando gracias a Dios un respaldo económico con nuestra propiedad.
El terreno de Tarqui le registre en el Municipio a su nombre, le regalo y cuando llegue le entregaré la Escritura Pública; recuerde que el terreno ya le puso nombre el Marcelito Andrés, se llama "Quinta Ruth "Leí su carta a Ruth Marcela, escríbame, así mismo a sus hijos.
Este sábado le voy a invitar a su mamá y a Paúl a comer costillas, también a Rosa, a Juan y a Hugo; si puede dígale a Giovanni que nos llame al teléfono.
Un técnico Sarmiento, por Sesenta dólares, compuso la lavadora y la refrigeradora viejita, y nos dio solución con garantía, pero cuando Usted venga veremos la posibilidad de comprar una lavadora nueva.
Estamos bien de salud, no debo absolutamente nada, solo esperamos su retorno. Mi amor y cariño sinceros para Usted. MARCELO"
"Cuenca, a 9 de Septiembre de 2003
Querida Ruthcita, hoy martes y siendo las cinco de la tarde, te llamamos con Juanito, pero no estabas en casa. No he recibido tu carta, pues te escribí una cartita antes. Como novedad el fallecimiento de tu tía Argentina, precisamente el sábado pasado, que nos reunimos en la casa nuestra para almorzar, llegó primero tu mamá y cuando estábamos preparando el almuerzo, recibí la mala noticia de Juan Cueva, no le comunique a tu mamá y almorzamos con sobresaltos por cada vez que sonaba el teléfono, luego del almuerzo, Rosa le comunicó a tu mamá que la tía estaba grave y luego en el camino le indicó de su fallecimiento. Como nunca asistí al duelo y funerales, fue muy triste y se cumplió la voluntad de la finada, nada de féretro, enseguida de la llegada de sus dos hijos, incineración y a continuación sus cenizas depositaron en un riachuelo del Cajas. En el duelo me vi forzado a saludar con Elsa Naranjo y a la señora Leonor, pero no alternamos y no nos dirigimos más la palabra.
Aparte de este drama doloroso, en casa todos estamos extrañándote, y pensando ilusionados en tu regreso; no hay problemas, tus hijos se portan muy bien y yo trato de darles ejemplo y tranquilidad, y que nada les falte.
Enrique Mora, me ofreció un vehículo montero más grande, pero quería tomar el nuestro en $15.000 dólares, lo que es un absurdo; por lo que siendo nuevo nuestro carro, lo único que estoy planificando es comprar llantas nuevas y evitar una nueva deuda.
Le pido que su regreso sea por Quito, en vista de que esta la delincuencia muy grave en Guayaquil, y comenzaron las lluvias torrenciales y los deslaves en el Cajas; me dirá su fecha de regreso, avión y hora, para estar a la espera el día anterior en la residencia militar y al siguiente día retornar con tranquilidad a Cuenca.
Le ruego me dé consiguiendo con Gabriel o Giovanni, unos cuantos tapones de oído.
El 22 de Septiembre empiezo las clases en la Facultad, voy a dar clases a un primer año y a los dos quintos cursos, con 44 horas semanales, con lo que aspiro a ganar más y según el sueldo seguiré en la cátedra, pues requerimos de ese ingreso para la casa.
En este mes termino el préstamo quirografario del ISSFA, por tanto el sueldo del Ejército sube, y de alguna forma sirve para las necesidades de la casa.
Cada día que pasa sufro más su ausencia, se me hacen interminables los días y las noches sin su presencia; a veces pienso que soy un egoísta con Usted al querer desesperadamente y como un capricho que regrese inmediatamente, pero a veces reflexiono y digo que tal vez su voluntad es seguir separada y lejos de mí, de su casa y Familia y yo le estoy obligando a algo que Usted no quiere, que se siente mejor sin mí; en fin a veces quedo pensativo y le siento a Usted lejana, mientras desesperadamente extiendo mis manos o trato de ponerme en contacto y trato de comprenderle y llegar a su corazón, espero que esta separación nos una más, se fortalezcan nuestros sentimientos y amor, nos identifiquemos más y juntos sigamos adelante y solamente pensando en nuestro hogar y Familia, le quiero mucho Ruthcita. Su amante esposo MARCELO. Muchos saludos a todos en Chicago, abrazos.
Cuenca, a 11 de Noviembre de 2004
QUERIDA RUTHCITA, hoy es lunes 15 de Septiembre de 2003, estoy en la oficina, son las cuatro y media de la tarde, el día está claro y con sol, están en la oficina Juanito, Paul y el Licenciado Marcelo Andrés, todos en especial yo le enviamos nuestro cariño y amor. No hay novedades, todos estamos pendientes de su regreso, y recibí su carta en que me detalla su viaje, yo viajaré a Quito el Viernes, para esperarle y recibirle el Sábado y a su llegada decidiremos el retorno a Cuenca.
Mañana trataremos de hablar con Usted por teléfono para saludarle.
Yo estoy en mis ratos libres, preparando las materias para los alumnos de primero y quinto año en la Facultad de Derecho, trabajando en mis juicios, sin embargo te comento que no puedo dormir tranquilo, tengo insomnio y te pienso mucho, recuerdo cuando nos pasamos a vivir a la casa, pues todo ruido siento y me despierto.
Creo que mis sentimientos hacia Usted se han fortalecido, estoy convencido cada vez más de que eres mi vida, mi ilusión y lo que más amo y quiero en la vida; de que debo superarme cada día, para llenar tus expectativas, que debo trabajar más para que nada te falte, en nuestro hogar, en especial el cariño, la comprensión y todos los medios materiales.
Me despedido con mucho cariño, salude y de muchos abrazos a todos en Chicago, en especial a Jennifer, a Aidan y a Giovanni. Escríbame, Su esposo MARCELO.
A continuación va a escribirle su nieto:
Abuelita Querida te mando un fuerte abraso y un beso.
Aquí todas las cosas están tranquilas, te extraño mucho,
Cuídate Mucho y eso es todo chao. Tu nieto más querido, Marcelito Andrés, con mucho cariño.
Querida ruthcita, le envió mucho cariño, salude y haga presentes mis agradecimientos a todos en Chicago, sus hermanos, a Jennifer y a Gabriel, a sus sobrinos; que como usted me dice en sus cartas, se han portado y se portan de maravilla con usted que es una persona especial, que su carácter y forma de ser son siempre de paz y unión, que a todas las personas cae bien por su forma de ser y sus cualidades, que nunca debe perder, como son la alegría, la juventud, las buenas intenciones.
Ayer, lunes 15 de septiembre, le escribimos una cartita con juan y Marcelito Andrés, y luego de que le transmitimos la carta por Internet, vio Juanito que había una carta suya; la leímos y le agradezco me escriba y se comunique, hoy le llamaremos desde la oficina.
Sabe que el sábado que les invite a la casa, Rosa, tenía que llevar unos documentos del SRI para que firmen los herederos, pero ya todo fallo por el fallecimiento de su tía Argentina, el domingo ha llamado Giovanni a la casa, pensando que ese día nos reuniríamos, pero todos estábamos en la misa y el sepelio, de tal forma que no pudimos hablar con él, el número del zapato del Marcelito es 37 o número 7, 5.
Yo estoy preparando mi viaje a Quito a recibirle a las 10 de la noche del día sábado, 4 de octubre, en American Airlines, ese dato también había dado Giovanni, voy a reservar habitaciones en la residencia militar, que a propósito cuando lleguen de Chicago los familiares, debemos utilizar esas instalaciones que son muy cómodas y con seguridad, sin tomar en cuenta que es conveniente lo que nos cobran. A la Gladycita dele mucha moral, que no sufra, que aproveche su estadía, trabaje y no esté pensando en regresar, Hugo está empeñado en vender la propiedad de Ibarra, y con el sueldo del Ejercito es suficiente para él y Hugo chico; lo importante sería que busquen los dos trabajo, que Gladys chica, está bien y trabajando.
Sabe que he rebajado diez libras de peso, estoy figurita de 160 libras, y bajando; no duermo mucho, tengo insomnio, me paso horas despierto, pero trato de sobreponerme y de dirigir el hogar, de que no les falte nada a nuestros hijos, ya no hago siesta como y me dirijo pronto a la oficina, a ver si hay más trabajos, pienso mucho en usted, le sueño pero no me habla; toco su lado y no le encuentro. No se olvide los tapones de oído, que posiblemente tenga Gabriel. Me despido con mucho cariño, besos para Ud. de mi parte y de todos sus hijos y nietos, le queremos mucho. Marcelo.
Esta conmigo, el "licenciado" Marcelito Andrés y le escribe lo siguiente:
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