- El Cooperativismo
- La Empresa como fuente de ocupación.
- Fuentes de financiamiento.
- Los bonos
- Otras Fuentes del Financiamiento Externo
- Control Contable de una Empresa
- El Reglamento Interno de la Empresa
- Conclusión
- Bibliografía
En el presente trabajo puede encontrar los principios básicos el cooperativismo, la clasificación de este que se divide en 7 principios, libre acceso y adhesión voluntaria, control Democrático, distribución de excedentes en proporción a las operaciones, limitación de intereses al capital, neutralidad política y religiosa venta al contado, fomento de la educación y obras sociales.
A sí mismo o solo eso sino además podemos ver lo que es la empresa como fuente de ocupación, la Fuentes de financiamiento los tipos de acciones preferentes y participantes, los prestamos fiduciarios o hipotecarios los tipos de bonos.
Esto con el fin de saber de que forma se puede presentar el capital esto es mas usado en las empresas y entre gobiernos, como ejemplo podemos citar: Los eurobonos en Guatemala comprados por el presidente Alfonso Portillo y vendido en su mayor cantidad al IGSS, estos bono serán cobrados por el IGSS al gobierno con los interés correspondientes.
1. Libre Acceso y Adhesión Voluntaria:
La cooperación es la expresión económica de la democracia y, por consiguiente, la libertad individual es el jefe de su funcionamiento social.
2. Control Democrático:
Las asociaciones cooperativas se rigen mediante las más limpias y depuradas normas democráticas: libre manifestación de la voluntad de cada persona con igual valor a la de los demás; un hombre, un voto con absoluta independencia del capital, ya que este es servidor y nunca amo; y autonomía frente al Estado, con las únicas limitaciones que la moral y la ley imponen para proteger los intereses de la comunidad.
3. Distribución de Excedentes en Proporción a las Operaciones:
Este principio llamado de Howart, es la esencia de la cooperación en cuanto es afirmación del sentido de servicio solidario y negación de lucro, señalando la diferencia entre las asociaciones cooperativas y las sociedades civiles y mercantiles. Los excedentes obtenidos, vale decir la diferencia entre el precio de costo y el precio de venta, se distribuyen en proporción a las operaciones efectuadas y no en proporción al capital invertido. A mayor gasto, mayor ahorro.
4. Limitación del Interés al Capital:
Las asociaciones cooperativas para su formal desarrollo y eficiente funcionamiento social requieren capital. Empero en ellas éste no ejerce el dominio absoluto que tiene en las sociedades mercantiles, en las cuales la distribución de beneficios se hace en proporción al mismo sin tener en cuenta a la persona, sino que es un simple servidor al que se le paga con interés limitado.
5. Neutralidad Política y Religiosa:
Con el objeto de mantener siempre la unidad entre los miembros de las cooperativas se ha establecido ese principio. El cooperador tiene completa libertad de pensar y opinar en las órdenes políticas y religiosas pero es conveniente que sus creencias no sean llevadas al seno de la asociación, para evitar que el apasionamiento pueda desviar el objetivo o provocar choques entre personas, quebrando la unión.
El crédito es siempre un factor negativo en el sistema cooperativo. Compromete los medios económicos y frena el desarrollo de la asociación l limpiar o paralizar sus actividades. Quien compra al contado, compra más barato y puede ahorrar contribuyendo a la prosperidad y estabilidad económica de la asociación.
7. Fomento de la Educación y Obras Sociales:
Esta es la regla de oro de la cooperativa: educar y servir, con el objeto de elevar el nivel de vida espiritual y material de los miembros de la comunidad.
El buen éxito y el amplio desarrollo alcanzado por el movimiento cooperativo en todas las naciones se debe al estricto cumplimiento de estos principios:
Las empresas de servicio público: Se llaman servicios públicos a aquellos que presta el estado y que satisfacen necesidades colectivas. En estas actividades económicas por lo general se limita la competencia con la finalidad de prestar un servicio más eficiente y más barato. La razón de esta peculiaridad es porque dichas empresas requieren una fuerte inversión y explotan factores escasos o descubrimientos técnicos de gran especialidad. En otras palabras, porque si se dejara libre a la iniciativa privada su explotación, tendría que operarla en condiciones monopolísticas.
El servicio público, se caracteriza por su utilidad y muchas veces por el grado de necesidad, razón por la cual garantiza un crecido número de usuarios lo cual generalmente implica una fuerte inversión.
Por las razones anotadas anteriormente, es que el propio Estado toma a su cargo la operación de esta clase de servicio. Sin embrago, esto no imposibilita la alternativa de que El Estado las confiera por concesión a la iniciativa privada, para que ésta la opere. En nuestro país, encontramos ejemplos de esta clase:
- Ferrocarriles Internacionales de Centro América;
- Empresa Eléctrica de Guatemala, S.A.; y
- Compañía de Agua del Mariscal.
La concesión de servicios públicos de esta naturaleza, conlleva para el Estado, La obligación de velar por el estricto cumplimiento de la concesión, especialmente en lo que se refiere a tarifas del servicio que se encuentra operando bajo estas condiciones.
1.- ¿Qué es el Cooperativismo? El cooperativismo es una herramienta que permite a las comunidades y grupos humanos participar para lograr el bien común. La participación se da por el trabajo diario y continuo, con la colaboración y la solidaridad.
2.- ¿Cuáles son los valores del cooperativismo? El cooperativismos, como movimiento y doctrina, cuanta con seis valores básicos. Estos son:
I. Ayuda Mutua. II. Responsabilidad. III. Democracia. IV. Igualdad. V. Equidad. VI. Solidaridad.
3.- ¿Cuáles son los principios del Cooperativismo?Como complemento de los valores señalados, los principios básicos del cooperativismo son siete:
I. Membresía abierta y voluntaria. II. Control democrático de los miembros III. Participación económica de los miembros. IV. Autonomía e independencia. V. Educación, entrenamiento e información. VI. Cooperación entre cooperativas. VII. Compromiso por la comunidad.
4. – ¿Qué es una cooperativa?La cooperativa es una forma de organizar empresas con fines económicos y sociales, donde lo importante es trabajar en común para lograr un beneficio. Se diferencia de otro tipo de empresa en que es más importante el trabajo de los asociados que el dinero que aportan.
5.- ¿Cuál es el objetivo final del cooperativismo?El cooperativismo busca desarrollar al HOMBRE, con el valor de la cooperación, de la igualdad, de la justicia, del respeto y del trabajo conjunto.
6.- ¿Cuál es el símbolo o emblema del cooperativismo?El símbolo del cooperativismo son dos pinos de color verde oscuro, sobre un fondo amarillo, encerrados en un círculo también verde. Los pinos significan inmortalidad, constancia y fecundidad, también la necesidad del esfuerzo común. El círculo significa la unión y la universalidad del cooperativismo. El fondo amarillo representa sol, que es la fuente de la vida para el hombre.
7.- ¿Cuál es la bandera del cooperativismo?La bandera tiene siete franjas horizontales con los colores del arco iris. Dichos colores representan todas las banderas del mundo. Es un símbolo de la solidaridad de todas las personas y todas las naciones.
LA EMPRESA COMO FUENTE DE OCUPACIÓN.
Uno de los factores que intervienen en la producción es el factor humano o factor de trabajo. Es indudable que la participación de este factor en la producción viene a constituir uno de los móviles del progreso económico.
La organización de los negocios conlleva la utilización de los diversos factores de la producción, y entre ello el factor humano. El desarrollo de las grandes y medianas empresas demanda de la comunidad, los trabajadores necesarios y especializados para desarrollar su actividad de producción. Por esta razón es muy importante que el Estado promueva e impulse el desarrollo educativo de un país con la finalidad de preparar el personal que demandará la empresa en su desarrollo. Los países poco desarrollados encuentran a menudo la demanda de personal especializado que no puede suplir por falta de centros de adiestramiento vocacional adecuado.
Determinación del tipo de sociedad que conviene a una empresa, de acuerdo con las necesidades del medio y los que se persiguen:
Una vez determinado el plan de organización que más convienen a la nueva empresa, queda por determinar el tipo de sociedad mercantil que conviene a la misma. No hay ninguna forma de organización de empresas conocida, hasta ahora que se adopte a todos los tipos de negocios.
En síntesis todas tienen determinados ventajas y desventajas que es necesario evaluar en el momento de la organización.
O sea que nadie, querría invertir su dinero sin antes saber la clase de negocios que se va a organizar, cómo va a funcionar, el lugar en que se va establecer, posibilidad de éxito que se tenga, y en fin, todo aquello relacionado con su organización en general.
Establecido lo anterior, veamos qué tipo de sociedad mercantil se adoptará para financiar el capital necesario. Para ello, habría que entrar analizar el medio en que va a desarrollarse en sus actividades, las necesidades de capital y los fines que se persiguen.
Si el medio en que se va establecer la nueva empresa es económica y comercialmente desarrollada, donde no existen prejuicios contra determinados tipos de sociedades, tales como en las accionadas, el problema queda reducido a determinar el tipo de sociedad según las necesidades y fines que se persiguen.
Una cosa distinta será si el medio es poco desarrollado y existe un desconocimiento casi completo de los tipos de sociedades por acciones.
En éste caso el problema se complica, pues si las necesidades de capital son muy diferentes a la colocación de acciones, se podrá recurrir a los préstamos en los centros colectiva o la empresa individual.
El promotor deberá considerar una serie de factores en el momento que planifica la organización, con el objetivo de dar a la empresa que organiza, la forma o estructura adecuada para su desenvolvimiento.
Entre otros, es necesario considerar los siguientes:
- Facilidad de constitución;
- Posibilidades de reunir fondos necesarios;
- La responsabilidad de los socios o partícipes;
- En quien reside la autoridad y la responsabilidad dela dirección;
- Estabilidad que ofrece para la aplicación;
- Qué facilidades ofrece para la aplicación;
- Legislación que afectará a la empresa; y
- Grado de fiscalización que ejercitará al Estado.
FUENTES DE FINANCIAMIENTO.
Dentro de la organización económica que impera en el mundo occidental, las fuentes de financiamiento están representadas por las personas e instituciones que son capaces de proveer el capital para el financiamiento de las empresas. En general estas personas o instituciones se denominan inversionistas, las cuales desean invertir su capital en empresas que les produzcan el máximo rendimiento o dividendo. Por lo general, la inversión se canaliza al sistema bancario, donde inversionistas profesionales o pequeños ahorrantes depositan sus capitales con la finalidad de que estos sean colocados en las empresas, en forma de préstamos o créditos, o bien directamente destinado a la compra de valores como sucede con los bancos de inversión.
El financiamiento tiene dos grandes fuentes: el capital propio y el capital prestado. El primero proviene de los propios inversionistas o socios de las empresas, y el capital prestado se obtiene del sistema bancario o instituciones especializadas en financiamiento de empresas.
Cuando se trata de la empresa individual generalmente el promotor es el propietario de la empresa quien provee el capital invirtiendo sus fondos privados en la misma.
En las empresas colectivas existe una identidad o relación directa entre los promotores y socios de la empresa, de manera que el financiamiento se produce o se origina por la relación de socios y promotores, generalmente los promotores interesan a un grupo de socios quienes proveen el capital de la empresa.
El caso de la empresa de responsabilidad limitada es más o menos semejante al de la colectiva, diferenciándose en que la aportación de los socios deberá efectuarse previa a su funcionamiento, ya que la legislación exige la aportación del 25% del capital antes de iniciar sus operaciones.
La experiencia indica que en los casos de la empresa individual la colectiva y la de responsabilidad limitada no requiere grandes sumas de capital para desarrollar sus operaciones, lo cual permite que la capitalización se desarrolle o este a cargo de los socios inversionistas. Existen excepciones en aquellas empresas que adoptando las formas de organización indicadas, requieren fuertes montos de capital para organizarse.
En las empresas accionadas o sociedades anónimas, el capital está constituido por el valor de las acciones emitidas, el cual se integran con emisiones de bonos y obligaciones que complementan la capitalización.
Las características que reviste la empresa accionada, por constituir una de las formas de organización de la empresa moderna cuyo objetivo es la capitalización de fuente de monto de capital para emprender actividades de producción importantes, amerita una explicación amplia de las variadas formas de acciones, bonos, obligaciones que dicha empresa emita, con el objeto de hacer atractivo por el inversionista la inversión de su capital.
El capital de las empresas accionadas como se ha dicho, estará representada por las acciones emitidas, las cuales pueden ser comunes y ordinarias, y preferentes o privilegiadas. Los derechos que confieren las acciones a sus tenedores son las siguientes:
- Derecho de propiedad en el patrimonio indivisible de la sociedad;
- Derecho de la trasferencia de la acción;
- Derecho de percibir dividendos;
- A inspeccionar los libros de la empresa;
- A suscribir los aumentos del capital;
- A voto en las asambleas generales; y
- A participación en el capital y las reservas y en caso de liquidación.
Se llama valor nominal de la acción, al valor que la empresa establece para cada acción, la cual va escrita en el título respectivo. En algunas oportunidades las empresas emiten acciones sin valor nominal.
Son aquellas que además de gozar de los derechos o privilegios inherentes alas acciones comunes, tienen ciertas prorrogativas, en cuanto al activo o en cuanto al dividendo.
Preferencia en Cuanto al Activo.
Significa que las acciones en caso de disolución tienen preferencia en el reparto del activo con preferencia a otras acciones.
Preferencia en Cuanto a Dividendo.
Significa que tiene derecho a percibir un tipo determinado de dividendo de las ganancias o utilidades, antes de asignar el dividendo de las acciones no preferentes y comunes.
ACCIONES PARTICIPANTES Y NO PARTICIPANTES.
Acciones preferentes sin participación son aquellas que según los términos de su emisión, reciben un dividendo preferente de tipo estipulado y nada más, y el dividendo restante sea cual fuera, para las acciones ordinarias.
Acciones preferentes con participación son aquellas que perciben un dividendo preferente de tipo estipulado y después comparten con las demás acciones el resto de los beneficios declarados dividendos. El tipo de participación puede ser simple, inmediata o especial.
Participación Simple.
Es un sistema por medio de la cual las acciones preferentes reciben un primer dividendo de un tipo señalado, y luego un segundo dividendo es repartido entre las acciones ordinarias, hasta llegar al mismo tipo de ser posible; y si después de ambos repartos queda un sobrante se distribuye por igual las acciones preferentes ordinarias.
Participación Inmediata.
Es este sistema las acciones preferentes perciben un dividendo estipulado, y luego el resto se distribuye por igual entre las acciones preferentes y ordinarias sin abonar a estas un dividendo especial alguno. En otras palabras, las preferentes gozan dos repartos.
Participación Especial.
Este sistema no es único y tiene diversas modalidades, por ejemplo, se da a las referentes un 6% del dividendo, luego lo mismo a las acciones ordinarias; luego a las preferentes un 4% y a las ordinarias un 2%; así sucesivamente hasta agotar el excedente.
ACCIONES ACUMULATIVAS Y NO ACUMULATIVAS.
Con el objeto de hacer atractiva la inversión en acciones preferentes a veces se establece que las acciones de un dividendo estipulado, el cual se acumula en los años malos, o sea cuando la empresa no tiene utilidades; en otras palabras en un año que la empresa tiene utilidades suficientes, se cubre los dividendos que se acumularon, a estas acciones se les llama acumulativas. Por el contrario a veces se establece que a las preferentes no se les pagará dividendos en períodos en que no hay utilidades, a estas acciones se les llama no acumulativas.
ACCIONES AMORTIZABLES
Acciones preferentes amortizables, son aquellas que las sociedades pueden amortizarlas o rescatarlas de sus poseedores en condiciones y términos naturalmente establecidos en la escritura social.
ACCIONES CONVERTIBLES
Son aquellas que son canjeables a voluntad del propietario, por otros valores convenidos. La conversión a diferencia de la amortización depende del tenedor o poseedor del título.
ACCIONES PREFERENTES PROTEGIDAS
Algunas compañías con el objeto de garantizar o proteger el dividendo, establecen que cada año antes del reparto del dividendo a las ordinarias, un monto determinado para el fondo de reserva destinado a pago de dividendos de las acciones preferentes protegidas, hasta alcanzar determinado monto, con el objeto de pagar los dividendos de dichas acciones aún en los años en que no haya utilidades.
ACCIONES DE FUNDADOR, PROMOTOR Y ADMINISTRADOR.
Estas acciones se establecen por la escritura social, están destinadas a los fundadores o promotores por sus servicios prestados, generalmente se establece que solo pueden percibir dividendos cuando la sociedad haya alcanzado un período de prosperidad.
ACCIONES GARANTIZADAS
Son aquellas cuyo dividendo esta garantizado por otra compañía distinta de la emisora por lo general la que utiliza el capital de esta última. Por ejemplo las compañías de ferrocarriles arriendan con frecuencia o explotan la propiedad de otras empresas, y estas como parte del pago garantizan el pago de dividendos.
OTROS TIPOS DE ACCIONES.
Acciones condicionadas, acciones ultra preferentes, acciones sin voto, y acciones con derecho de voto.
CAPITAL PRESTADO.
El capital prestado es obtenido de diversas fuentes de financiamiento, ya sea que las empresas lo soliciten a bancos o instituciones de crédito especializadas en esta clase de operaciones o a inversionistas por medio de la emisión de bonos y obligaciones.
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PRÉSTAMOS FIDUCIARIOS E HIPOTECARIOS.
La fuente más conocida de capital prestado esta representada por el sistema bancario. Son estos los que otorgan préstamos fiduciarios en los cuales la garantía descansa sobre la solvencia económica, la reputación y la honorabilidad de los empresarios. Otras veces los bancos prestan con garantía hipotecaria de los terrenos, edificios, instalaciones y eventualmente sobre el equipo o maquinaria de la empresa, tomando en este caso la modalidad de préstamo prendario.
Generalmente los préstamos fiduciarios se utilizan para proveer de capital de trabajo, ya que tienen corta duración, es decir que son a corto plazo; por el contrario los préstamos hipotecarios se utilizan para realizar inversiones y su duración es de largo plazo.
PRESTAMOS HIPOTECARIOSComo su nombre lo indica son los prestamos cuya garantía es hipotecaria , es decir se reciben en garantía bienes inmuebles como viviendas o terrenos. Existen varios tipos, préstamos hipotecarios , según su destino: 1. Compra de vivienda 2. Compra de terreno 3. Compra de terreno y construcción de vivienda 4. Mejoras de vivienda 5. Liberación de hipotecas( Vivienda, terreno o ambos) 6. Consumo
PARA QUE LAS PERSONAS PODAMOS ACCEDER A LOS FONDOS RAP DEBEMOS SER COTIZANTES DEL REGIMEN.LOS FONDOS DE FONAPROVI PUEDEN ACCEDER TODA PERSONA QUE NO POSEA VIVIENDA. REQUISITOS LIBERACIÓN DE HIPOTECA 1. Apertura de cuenta de Ahorro con esta Asociación. 2. Fotocopia de Escritura de Hipoteca del Inmueble. 3. Certificado del Registro de La Propiedad, del Gravamen del Inmueble. 4. Constancia de la Institución o persona con quien esta hipoteca el inmueble. En la misma deberá de contener: a) Saldo de la Deuda b) Aceptación de Liberación de Gravamen c) Generales de la persona quien comparece en el acta de liberación. d) Formato de Actas de liberación (En Algunos Casos) 5. Constancia de empleo o estados financieros debidamente autorizados, si es el caso. 6. Fotocopia de documentos personales. 7. Avaluó del inmueble. 8. Croquis de Ubicación de la Propiedad. 9. Referencias Comerciales y/o Bancarias. 10. Recibo de Bienes Inmuebles. 11. Recibos de Servicios Públicos de la Propiedad (Agua, Luz y teléfono) 12. Solicitud de crédito llenada y firmada. COMPRA DE VIVIENDA 1. Apertura de cuenta de Ahorro con esta Asociación. 2. Fotocopia de escritura Publica de la Propiedad 3. Constancia de Registro de la Propiedad de que el bien inmueble este libre de Gravamen. 4. Fotocopia de Documentos personales del comprador y vendedor. 5. Constancia de empleo o estados financieros recientes.6. Avaluó del Inmueble. 7. Promesa de venta debidamente Autenticada. 8. Referencias Comerciales y/o Bancarias 9. Recibo de bienes de Inmuebles. 10. Croquis de Ubicación de La Propiedad. 11. Recibos de Servicios Públicos (agua, Luz y teléfono) 12. Constancia de Catastro de No poseer Bienes. 13. Solicitud de crédito llenada y firmada. CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDA 1. Apertura de la Cuenta de Ahorro con esta Asociación 2. Fotocopia de Escritura Publica del Terreno. 3. Constancia del Registro de la Propiedad de que el terreno esta libre de Gravamen.4. Planos de construcción de la Vivienda 5. Presupuesto de Construcción. 6. Permiso Municipal de Construcción. 7. Fotocopia de Documentos Personales del Solicitante. 8. Constancia de catastro de no poseer Bines Inmuebles 9. Avaluó del Inmueble. 10. Croquis de Ubicación del Terreno. 11. Referencias Comerciales y/o Bancarias 12. Recibo de Bienes Inmuebles 13. Recibo de Servicios Públicos (agua, Luz y Teléfono) 14. Croquis de Ubicación de la Propiedad. 15. Solicitud de crédito debidamente llenada y firmada |
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LOS BONOS
Otro tipo de capitalización utilizado por las empresas es la emisión de bonos, los cuales se emiten con garantía hipotecaria de algún activo de la empresa o garantizándolos con el activo total de la empresa.
La característica esencial de los bonos es facilidad de reunir capital para la empresa, porque se distribuye entre un mayor numero de inversionistas, con el cual se logra una participación inmediata y suficiente para las necesidades de la empresa. Generalmente, el sistema bancario sirve de vehículo para la colocación de los bonos. En toda emisión de bonos debe hacerse constar, denominación, objeto y domicilio de la empresa; importe de la emisión, tipo de interés; lugar y fecha de pago, etc. Los bonos pueden ser nominales o al portador. El tenedor de un bono es acreedor de la empresa que lo emite y por consiguiente recibe un interés especificado en el titulo del bono. Un bono no representa parte de la propiedad de la empresa
. Concepto de bono
"Las obligaciones son títulos de crédito que incorporan una parte alícuota de un crédito colectivo constituido a cargo de una sociedad anónima. Serán considerados bienes muebles, aun cuando estén garantizadas con derechos reales sobre inmuebles" Los bonos son certificados que se emiten para obtener recursos, estos indican que la empresa pide prestada cierta cantidad de dinero y se compromete a pagarla en una fecha futura con una suma establecida de intereses previamente, y en un periodo determinado Cuando un inversionista compra un bono, le esta prestando su dinero ya sea a un gobierno, a un ente territorial, a una agencia del estado, a una corporación o compañía, o simplemente al prestamista. Es un instrumento a través del cuál el "emisor" se compromete a devolver en una fecha determinada el monto recibido en préstamo del "inversor" y a retribuir dicho préstamo con una cantidad periódica en concepto de "intereses".
2. Características generales de los bonos
Cuando la empresa realiza una emisión de bonos debe tener en cuenta los siguientes aspectos: Características De ConversiónEste permite que el acreedor convierta los bonos en cierto número de acciones comunes. El acreedor convierte su bono solamente si el precio de mercado de la acción sobrepasa el precio de conversión. Esta característica se considera atractiva por parte del emisor y del comprador de bonos corporativos.
Opción de compraLa opción de compra se incluye en casi todas las emisiones de bonos, esta da al emisor la oportunidad de amortizar los bonos a un precio establecido de su vencimiento. En ocasiones el precio de amortización varía con el transcurso del tiempo, disminuyendo en distintas épocas definidas de antemano. El precio de amortización se fija por encima del valor nominal del bono para ofrecer alguna compensación a los tenedores de los bonos redimibles antes de su vencimiento. Generalmente la opción de compra es ventajosa para el emisor ya que le permite recoger la deuda vigente antes de su vencimiento. Cuando caen las tasas de interés, un emisor puede solicitar para redención un bono vigente y hacer otra emisión de un nuevo bono a una tasa de interés más baja, por ende cuando se elevan las tasas de interés no se puede ejercer el privilegio de amortización, excepto para cumplir con requerimientos del fondo de amortización. Para vender un bono amortizable, el emisor debe pagar una tasa de interés más alta que la de emisiones no amortizables de riesgo igual. La opción de compra es útil para forzar la conversión de bonos convertibles cuando el precio de conversión del título esté por debajo del precio del mercado.
Cupones De CompraLos "warrants" o cupones de compra forman parte de los bonos como garantía adicional, para hacerlos más atractivos para compradores en perspectiva. Un cupón de compra es un certificado que da a su tenedor el derecho a comprar cierto número de acciones comunes a un precio estipulado.
Comercialización Y VentaLas principales emisiones de bonos se pueden hacer de dos maneras, por colocación directa o por ofertas públicas La colocación directa de bonos implica la venta de una emisión de bonos directamente a un comprador o a un grupo de compradores, usualmente grandes instituciones financieras tales como compañías de seguros de vida o fondos de pensión. Las emisiones de bonos de colocación directa no difieren en forma significativa de un préstamo a largo plazo y virtualmente no tienen mercado secundario. Como los bonos se colocan directamente con los compradores, no es necesario es registro de la emisión en la comisión de valores de bolsa. Las tasas de interés de bonos que se colocan directamente son ligeramente superiores a la de emisiones públicas similares, ya que evitan ciertos costos administrativos y de suscripción.
Ofertas públicasLos bonos que se venden al público los colocan generalmente los bancos inversionistas que están en el negocio de vender valores corporativos. El banco inversionista recibe del emisor la compensación por el servicio y su comisión es un porcentaje del monto principal estipulado previamente por las partes. Los bonos que se emiten en ofertas públicas se deben registrar en la comisión de valores de bolsa. El precio al cuál se ofrecen estos bonos difieren a menudo de la tasa establecida o del cupón de bonos, si otros instrumentos de deuda-riesgo similar producen en el momento una tasa de interés más alta que la tasa de cupón de bono, éste tiene que venderse con descuento, es decir por debajo de su valor nominal, pero si la tasa ésta por debajo de la tasa del cupón del bono, este se vende con prima, o sea con un valor mayor al nominal.
Forma De Emisión Formas:Las obligaciones podrán ser nominativas, a la orden o al portado y tendrán igual valor nominal, que serpa de cien quetzales o múltiplos de cien.
Nominativo: Son aquellos títulos en los que se indica el nombre de la persona determinada como su titular. Es esta la única persona facultada para exigir el cumplimiento de la obligación documentada. Sin embargo, este título puede circular a través de la cesión de créditos.
Requisitos y forma de pago
Generalmente es ordinaria directa, en cupones que comprenden capital e intereses, insertos en el mismo documento, con vencimiento iguales y sucesivos, salvo el último cupón que puede ser diferente. En el caso de los bonos convertibles en acciones, lo usual es que la amortización sea en una sola cuota al vencimiento
Amortización de un Bono:Corresponde a la cancelación total (única vez al vencimiento) o parcial de la deuda (en fechas predeterminadas),
Cupón: Es el monto que paga un bono en cada período en concepto de renta y/o amortización. Los bonos están formados por uno o varios cupones que representan los diferentes pagos que va hacer el bono a lo largo de su vida.
Clasificación de los bonos
Los bonos pueden ser públicos y mercantiles. Los primeros son emitidos por el Estado o por las municipalidades con el objeto de reducir el medio circulante, o bien para realización de obras publicas. Los bonos mercantiles son emitidos por las empresas y su objeto es obtener capital de las inversionistas.
Atendiendo el objeto que los bonos deben llenar, se dividen así:
- Bono de Adquisición.
Que son emitidos con la finalidad de adquisición de activo fijo.
- Bono Consolidado.
Se llama así porque tiene por objeto consolidar en una sola emisión, distintas emisiones hechas anteriormente.
- Bonos de Conversión.
Estos bonos tienen por objeto convertir en una sola deuda las emisiones que se hubieran hecho anteriormente, contando con la emisión del poseedor de dichos bonos.
Por la garantía pueden dividirse en:
- Bonos de Obligación Preferente:
Son los que se emiten con la garantía en la primera hipoteca.
- Bonos de Primera, Segunda o Tercera Hipoteca.
Como su nombre lo indica, se garantizan con las hipotecas primera, segunda, etc.
- Bonos con Garantía Especifica
Son los que se emiten con garantía de algún activo.
- Bonos Sin Garantía Hipotecaria
Son los que se emiten sin garantía de hipoteca.
- Bonos de Fideicomiso.
Un fideicomiso puede obtener la autorización para emitir bonos con el objeto de fortalecer financieramente una empresa.
- Bonos Endosados o Avalados.
Son los que se emiten con la garantía o el aval de una empresa diferente a la emisora
- Bonos Participantes.
Se emiten por excepción y se caracterizan porque pueden percibir un interés adicional cuando las utilidades alcanzan determinado monto.
- Bonos de Interés Sobre Utilidades.
Dentro del medio financiero se utilizan poco y los intereses únicamente se pagan cuando la empresa ha obtenido suficientes ganancias.
Por la forma de amortización y pago:
- Bonos Redimibles
Son emitidos a un plazo determinado, pero pueden ser llamados anticipadamente a rendición a voluntad de la empresa.
- Bonos Convertibles.
Son los que facultan al tenedor a cambiarlos o convertirlos en otros valores de la empresa.
- Bonos en Serie.
Son los que forman parte de una misma emisión y se van poniendo a la venta en series sucesivas.
- Bonos de Amortización.
Son los que se emiten con respaldo de un fondo de amortización tomado de las utilidades que garantizan el pago del interés y del principal a su vencimiento.
Extinción de los Bonos.
Representando los bonos una deuda de la empresa frente a terceros, las formas de extinguir los bonos se determinan: conversión, refundición, y rendición.
Conversión
Consiste en cambiar un bono por otro, generalmente mas atractivos para su poseedor.
Re Fundición:
Consiste en la extinción de una emisión y su canje por otra de distinta naturaleza, generalmente se hace con el sentimiento de tenedor de bono.
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Rendición.
Consiste en el pago del bono a su vencimiento o antes, si está estipulado en la emisión que pueden ser llamados a redención por sorteo.
Obligaciones.
Otra de las fuentes de capitalización de las empresas, consiste en la emisión de obligaciones, que generalmente se realizan con garantía hipotecaria del activo de la empresa. La modalidad más interesante consiste en las obligaciones denominadas cedulas hipotecarias, que fraccionan el valor total de una hipoteca.
OTRAS FUENTES DEL FINANCIAMIENTO EXTERNO.
Existen fuentes de financiamiento internacional de carácter bancario; se trata de instituciones bancarias internacionales cuyo propósito es estimular la producción de los países en vías de desarrollo. Entre otras pueden mencionarse las siguientes:
- Banco internacional para la reconstrucción y fomento (BIRF)
- Banco de importación y exportación (EXIBANK)
- La corporación internacional financiera (CIF)
- Banco internacional e desarrollo (BID), y otros
Disolución – Fracasos; Auditoria Interna.
La disolución ocurre en aquellas empresas constituidas en personas jurídicas. Se entiende por disolución al fenecimiento o muerte de la persona jurídica.
Una sociedad mercantil, puede disolverse por las causas siguientes:
- Por mutuo acuerdo de los socios que la integran;
- Por fenecimiento del plazo estipulado para su existencia.
- Por retiro de uno de los socios.
- Por quiebra de la sociedad (perdida del 50% del capital social);
- Por fallecimiento de un socio.
- Por concluir el objetivo por el cual se constituyo; y
- Por quiebra de uno de los socios; que la integran.
Auditoria Interna.
La auditoria interna: es un elemento del control interno, siendo su principal función, la de evaluar y fiscalizar los demás medios de control.
Lo anteriormente expuesto, nos indica que pesa sobre el auditor interno, una gran responsabilidad, debido a que su función como tal lo obliga a:
- Vigilar si los bienes de la hacienda son adecuadamente controlados y contabilizados
- Si los egresos han sido debidamente autorizados.
- Si se observan las normas de procedimientos vigentes: y
- Si las cuentas y sus estados periódicos presentan un cuadro imparcial de las operaciones
Los demás elementos de control interno, son puestos en conocimiento del personal a través de organigramas de organizaciones con planes contables y reglamentación interna.
Control Interno.
Un sistema de control interno, puede definirse como la coordinación del sistema de contabilidad y de los procedimientos de empresas, de tal manera que el trabajo de un empleado llevando a cabo sus labores delineadas en una forma independiente, compruebe continuamente el trabajo de otro empleado hasta determinado punto que pueda involucrar la posibilidad de fraude o errores.
Son elementos constituidos de control interno; los siguientes.
- Organizacional estructural.
- Procedimiento de trabajo.
- La contabilidad de registros.
- Informes.
- Estándares de rendimiento; y
- Auditoria Interna.
CONTROL CONTABLE DE UNA EMPRESA
Organización de la contabilidad de una empresa.
La organización del sistema de contabilidad, cuando se trate de empresas pequeñas, con frecuencia es factible, que ciña estrechamente a principios estandarizados, los cuales con mínimos ajustes pueden emplearse en diversas clases.
En cambio las medianas y grandes empresas, se tropezará con la complejidad, la especialización y por consiguiente, con la estructuración de un sistema de medida.
Se hace necesario, para la implantación de un sistema de contabilidad, la especialización y por consiguiente, con la estructuración de un sistema a la medida.
Con lo anteriormente expuesto, se comprueba el principio de aplicación del elemento constituido del control interno ORGANIZACIÓN ESTRUCTURAL.
La creación de una organización y la delegación de responsabilidades son sin duda alguna, requisitos inmediatos de control.
Lo cual obedece a que una organización depende en último término de sus componentes individuales, la asignación de cargo brinda la oportunidad de colocar a cada gente en el lugar en donde sus aptitudes podrán rendir el máximo individual y colectivo consideradas. Esta separación de las funciones encierra el germen de un control mejor de un desenvolvimiento de trabajo más adecuado.
Las computadoras personales constituyen una herramienta muy importante el registro de las operaciones diarias que realiza las empresas en la actualidad.
Sistemas de Contabilidad.
Se entiende por sistema, el conjunto ordenado de principios y reglas coordinadas entre si, sobre determinada materia.
Como consecuencia en el aumento del comercio y la ampliación de la industria se ha impuesto la necesidad de establecer normas de la contabilidad, de las diferentes empresas que las llevan a cabo.
Como sistemas de contabilidad, aplicados a las diferentes empresas, pueden citarse:
- Sistema de partida simple:
- Sistema de partida doble;
- Sistema de pólizas;
- Sistemas de comprobantes; y
- Sistema de inventario perpetuo, etc.
En la practica, puede determinarse que no existe ningún sistema fijo de los enumerados anteriormente, pues como es de conocimiento de los estudiosos de la materia, la partida doble es el sistema universalmente usado, aunque no siempre se adapta a las exigencias de la empresa.
Pero como es natural, en todo el sistema de contabilidad bien planificado, debe obtenerse un máximo de información como un mínimo de esfuerzo. En tales circunstancias, para obtener los mejores resultados debe recurrirse a diversos procedimientos que tiendan a simplificar el trabajo. Y en esta actividad, como en tantas otras de la vida moderna las maquinas brindan una buena oportunidad para lograr eficacias y rapidez.
EL REGLAMENTO INTERNO DE LA EMPRESA
De acuerdo que para el efecto determinara la legislación laboral guatemalteca:
Reglamento Interno de trabajo es el elaborado por el patrón de acuerdo con las leyes, reglamentos, pactos colectivos, y contratos vigentes que lo afectan, con el objeto de precisar las condiciones obligatorias a que deben sujetarse, el patrono y sus trabajadores, con motivo de la ejecución o prestación concreta del trabajo.
Como es natural por innecesario no se incluirán en el reglamento las disposiciones contenidas en la ley.
La Ley, establece que todo patrono que ocupen en su empresa permanentemente diez o más trabajadores, queda obligado a elaborar y poner en vigor su respectivo reglamento interior de trabajo.
Así mismo, todo reglamento interior de trabajo debe ser aprobado previamente por la inspección de trabajo; debe de ser puesto en conocimiento de los trabajadores con quince días de anticipación.
A la fecha en que va a comenzar a regir, deberá imprimirse en caracteres fácilmente legibles y se ha detener constantemente colocado, por lo menos en dos de los sitios más visibles del lugar de trabajo, en su defecto a de suministrarse impresa en un folleto a todos los trabajadores de la empresa de que se trate.
Las disposiciones que contienen el párrafo anterior deben observarse también para toda modificación derogatoria que haga el patrono del reglamento interior de trabajo.
Lo mismo que, este reglamento comprenderá las reglas de orden técnico y administrativo necesarias para la buena marcha de la empresa; las relativas a higiene y seguridad en las labores, como indicaciones para evitar que se realicen los riesgos profesionales e instrucciones para prestar los primeros auxilios en caso de accidentes, y en general todas aquellas otras necesarias para la conservación de la disciplina y el buen cuidado de los bienes de la empresa. Además debe contener:
- Las horas de entrada y salida de los trabajadores o periodos de descanso durante la jornada;
- El lugar y el momento en que debe comenzar y terminar las jornadas de trabajo.
- Los diversos tipos de salarios y las categorías de trabajo a que correspondan;
- El lugar, día y hora de pago;
- Las disposiciones disciplinarias y procedimientos para aplicarlas. Es entendido que se prohíbe descontar suma alguna de salario de los trabajadores en concepto de multa y de la suspensión del trabajo, sin goce de salario, no puede decretarse por más de ocho días, sin antes haber oído al interesado y a los compañeros que este indique.
- La designación de las personas del establecimiento ante quines debe presentarse las peticiones de mejoramiento o reclamos en general y la manera de formular unos a otros.
- Las normas especiales pertinentes a las diversas clases de labores, de acuerdo con la edad y sexo de los trabajadores y las normas de conducta, presentación y compostura personal que estos deben guardar, según lo que requiera la índole del trabajo.
Como conclusión podemos decir que las asociaciones cooperativas se rigen mediante las más limpias y depuradas normas democráticas: libre manifestación de la voluntad de cada persona con igual valor a la de los demás; un hombre, un voto con absoluta independencia del capital, ya que este es servidor y nunca amo; y autonomía frente al Estado, con las únicas limitaciones que la moral y la ley imponen para proteger los intereses de la comunidad.
Y que la forma movimiento de las empresas se rige mas que nada por documentos los cuales son percibidos o concedido, en caso de las acciones, al vender una acción estamos dando una parte de la empresa al comprador, lo cual lo hace propietario de ella.
Fotocopias dadas por el profesor Vivas. 16 páginas.
Mario Flores