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Situación penitenciaria venezolana (página 7)


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Aún cuando hechos que publicaba la prensa ocurrían, y el Ministerio hacia poco para evitarlos, el Ministro señalaba "Aplicamos soluciones reales en este campo, empezando por asumir que se trataba de una porción dolorosa del país, afectada por terribles problemas; pero que son seres humanos, por lo tanto, poseedores de todos los derechos que derivan de la dignidad esencial de la persona humana y de la Constitución de la República, por lo que nadie tenía la potestad de ignorarlos, pasarlos por alto, ultrajarlos o eliminarlos", sin embargo las situaciones violentas publicadas en los diarios reflejaron que tal filosofía se quedaba en muy buenas intenciones; pero en la realidad no lograba lo que se proponía, lo cual se refleja en la actualidad igualmente."

Lo lamentable es, que mentiras similares fueron utilizadas durante esa gestión como modo de operar: Revisando una comunicación del mes de octubre de 1.998, del Despacho del Ministro de Justicia al Ministro a la Secretaría de la Presidencia, para dar respuesta sobre las actividades realizadas en el Ministerio de Justicia en procura de la garantía de los Derechos Humanos de la población reclusa. En su encabezamiento señala: " cumplo con informarle que durante mi gestión, desde marzo de 1.997, se han realizado las siguientes actividades? EN EL SECTOR PENITENCIARIO.

1.- Se mejoraron y perfeccionaron las áreas de salud, educación, alimentación y trabajo, mediante la dotación de equipos y personal idóneo?

2.- Se elaboró un plan de necesidades y prioridades en materia de infraestructura penitenciaria y se ejecutaron los siguientes proyectos:

a.- reparación de 20 establecimientos penales.

b.- construcción de 03 centros de reclusión?

3.- Se concretó la reordenación de la población reclusa a nivel nacional, contemplando la separación de procesados y penados y su subsiguiente clasificación conforme a la normativa que rige la materia y a los criterios técnicos aplicables?"

Resulta totalmente obvia la falsedad de la información presentada en la comunicación referida. Se presume que sólo pretendía cumplir con una formalidad, pues tal recuperación de las instalaciones no se materializó en su totalidad. Con relación a las obras de mantenimiento culminadas ni en ese momento ni en la actualidad, se han tomado previsiones definiendo estrategias para garantizar que las mismas no sean nuevamente deterioradas por los reclusos.

La construcción de los tres centros en referencia se venía realizando desde hacia más de diez años, correspondiendo a esa gestión la última parte de los trabajos, mucho menos pudo hablarse de reordenamiento, clasificación y separación de procesados y penados; de haber sido cierto, las condiciones carcelarias hoy día fueran otras, de tal manera que tales planteamientos sólo formaban parte del sub-realismo mágico existente en la mente de las autoridades carcelarias del momento.

El Proyecto Bolívar 2.000, denominado " Justicia 2.000".

El Plan Justicia 2.000, en sus recomendaciones para la ejecución, planteaba que el régimen penitenciario sea practicado; controlado y supervisado por las autoridades tanto civiles como militares de los centros de reclusión; donde el Director de la cárcel cumpla funciones administrativas, y el comandante de la Guardia Nacional de la Unidad acantonada en el establecimiento funciones operacionales, con responsabilidad en los asuntos administrativos y de seguridad en lo interno y externo; es decir, planteaba claramente la militarización del sistema como supuesto medio de control.

Entre sus objetivos principales, pretendía desarrollar el pleno empleo de la población reclusa, con la participación del I.N.C.E., la empresa privada, Gobernaciones y Alcaldías; acondicionar y mejorar las medidas pasivas de los penales, a través de la reparación de las cercas perimétricas, alarmas, alumbrado, implementando el uso de circuitos cerrados de televisión en todas las áreas de los penales, y hacer uso de equipos de rayos "X" e instalación de equipos para detección de metales.

Entre otras acciones, estimaba remodelar las infraestructuras de los penales; capacitación y mejoramiento de la vigilancia interna; Otorgar en concesión el contrato del suministro de la alimentación a la población reclusa; Aplicar la clasificación real de los reclusos; Disminuir el hacinamiento combatiendo el retardo procesal; a través de la facilitación efectiva de los traslados a los juzgados y habilitando tribunales en las cárceles.

Aspiraba mejorar la prestación de servicios de medicina integral; el uso racional de los beneficios previstos en la Ley; Atender a la familia de los internos a través de servicios educativos de pre-escolar; Búsqueda de trabajo e instrumentando servicios cívico-sociales como: Matrimonios, bautizos y comuniones, con todo lo planteado se pretendía garantizar los Derechos Humanos de los reclusos.

Con la ejecución de las acciones señaladas se lograría efectos como: Aumentar el control; Mejora de la imagen del Sistema Penitenciario; Garantía de la vida del recluso; Confianza en el sistema; Aumento del autoestima de los reos y sus familiares y compromiso con el sistema; disminución del hacinamiento; y las alteraciones del orden público; Mejorar las relaciones entre el interno y el sistema, evitar la desnutrición de los reos, y evitar la corrupción entre otros.

El proyecto tenía alto contenido político y militarista; copia algunas bondades de las estrategias instrumentadas por la Gobernación del Estado Miranda, en la ejecución del programa de apoyo al Sistema Penitenciario regional a través de la Fundación para el Desarrollo Integral de los Servicios Penitenciarios de la Entidad Federal (FUNSEPEM), sobre todo, en lo referido a la tecnificación de la seguridad con equipos de vídeo y el control computarizado de ingreso de visitantes en las cárceles del Rodeo II y Yare I.

Contradictoriamente, los equipos dotados por FUNSEPEM, fueron deteriorados en muy poco tiempo y las autoridades de la administración penitenciaria impulsoras del Proyecto Justicia 2.000, fueron incapaces de garantizar que se mantuvieran y que no les destruyeran, mucho menos, extender la experiencia a todo el Sistema Penitenciario.

Al igual que los planes anteriores, el Justicia 2.000 fue bastante ambicioso, pero se quedó en puras aspiraciones, debido a que no tenía previstos los recursos financieros para la ejecución, no logró el compromiso del alto gobierno ni de los distintos actores del Sistema Penitenciario.

No se observó la identificación de los equipos de trabajo con los objetivos y metas del plan, indudablemente resultó imposible lograrlas, por su alto contenido militarista y porque no le fueron asignados recursos para la ejecución..

Se efectuó la militarización de algunos penales, que como ya se sabe, en todos los casos la militarización ha resultado un fracaso, desde su propio ofrecimiento como alternativa para mejorar el sistema, por contradecir principios y recomendaciones de la O.N.U. y nuestra legislación interna.

Aunado a esto, operativamente la Guardia Nacional no está preparada para el contacto permanente con la población reclusa, ni para intervenir en el tratamiento; dado ello, lo que generalmente ocurre es el uso de la arbitrariedad, comprometiendo seriamente la garantía de los Derechos Humanos de la población reclusa, y obstaculizan las iniciativas de las Organizaciones civiles que desarrollan actividades a favor del tratamiento de los internos.

Con esta experiencia se profundizó el atraso del sector, entre otras acciones desatinadas, se atacó la descentralización como alternativa de solución.

El Plan Justicia 2.000, preveía alcances hasta el año 2.001; pero sus ejecutorias demostraron ser muy deficientes, los objetivos no se lograron, por el contrario, la crisis se agudizó y la corrupción se presume que comprometió hasta altas autoridades.

Para el periodo 2.001 ? 2.002. La planificación dejaba ver en términos estratégicos su alto contenido político, donde subliminalmente inclusive, se planteó la creación de agrupaciones de reclusos y familiares con fines políticos, esta iniciativa logró sus adelantos en la cárcel de la Planta en la ciudad de Caracas y en la cárcel de la ciudad de Mérida.

Entre otros objetivos preveía la designación de las comisiones de elaboración del nuevo Proyecto de Código Penitenciario y de Ente Autónomo Penitenciario; el reemplazo de los Directores de los establecimientos penitenciarios; el incremento del personal de custodios; apoyo a la descentralización; construcción de una nueva cárcel y reparación de la infraestructura carcelaria a través del Fondo Nacional de Edificaciones Penitenciarias ( F.O.N.E.P.).

En los objetivos también se planteaba proyectar la eliminación del Instituto Autónomo Caja de Trabajo Penitenciario; fortalecimiento de la ejecución de los convenios nacionales e internacionales con el Instituto Nacional de Cooperación Educativa (I.N.C.E.), Consejo Nacional de Cultura (C.O.N.A.C.), Instituto Nacional del Deporte (I.N.D.), Universidad Nacional Abierta (U.N.A.), la Unión Europea, la Embajada Británica y el Banco Interamericano de Desarrollo (B.I.D.).

Sumado a las iniciativas descritas, para ese periodo, se estimaba la privatización de la alimentación a la población reclusa a través del sistema utilizado por las Fuerzas Armadas; Fortalecer el Instituto Universitario Nacional de Estudios Penitenciarios, y mejorar los salarios del personal de vigilancia penitenciaria.

Las actividades previstas en el plan de este periodo eran para atender la emergencia, sobre todo de carácter organizativo, no se contaba con los recursos necesarios para ejecutarlas como en los casos anteriores.

Se nombraron distintas comisiones conformadas por funcionarios de la administración penitenciaria para darles viabilidad, en tal sentido, se crearon las comisiones para la elaboración de los Proyectos de Código Orgánico Penitenciario y Ente Autónomo Penitenciario, las cuales presentaron los proyectos elaborados y se produjo el reemplazo de los Directores de las cárceles.

En el marco de la ejecución del plan, se realizaron varios cursos para vigilancia penitenciaria; se definieron estrategias para fortalecer el I.U.N.E.P., destinando recursos financieros para reparaciones a realizarse en el año 2.003 aunque limitados; se entregó el primer piso del edificio donde funciona ese Instituto para que se utilizara en la implementación de cursos de custodia; se eliminó la Escuela de formación de Custodios, se le entregaron los locales donde funcionaba y se le delegó la competencia al I.U.N.E.P.

El personal de vigilancia se incrementó aproximadamente en doscientos (200) efectivos, para ocupar el mismo número de vacantes; pero no se crearon cargos nuevos; se adelantaron gestiones para proyectar la privatización de la alimentación; se tomaron iniciativas aunque muy débiles para reactivar los convenios con organismos nacionales y se intentó fortalecer la ejecución de los convenios internacionales.

En materia de descentralización se obtuvo pocos logros, se mantuvo el trabajo de la unidad encargada de la elaboración de la propuesta; pero se le dio poca importancia a la misma, razón por la cual no se logró materializar ni un sólo convenio en ese periodo. Como se señaló las medidas previstas perseguían sobre todo organizar; pero no constituían una respuesta contundente para la superación de la crisis, por lo que la situación se mantuvo sumamente difícil.

El reemplazo de los Directores de cárcel de forma masiva implicaba la generación de todo un proceso de alteraciones en los centros de reclusión, se presumía que eran provocados por funcionarios; aunados a los hechos violentos que se producían como resultado de las deficiencias. Todo significaba crear muchos frentes para tratar de atender la crisis, además las autoridades encargadas para el momento adolecían de conocimientos, actuaban bajo estados emocionales; se cometían graves errores y excesos contra funcionarios capaces, en razón a que las autoridades tendían a dar un manejo domestico al asunto y se incurría en falta de objetividad.

El periodo estuvo sesgado por los intereses políticos, y ello prevalecía antes que el conocimiento, al momento de definir programas, objetivos y metas. Todo se desarrollaba en un contexto político, social y económico que caracterizaba al País como sumamente difuso.

A la crisis penitenciaria del momento se sumaban los eventos políticos ocurridos en el mes de abril de 2.002, donde se produjeron hechos transcendentales que pasaron a la historia, en los cuales se involucraron las máximas autoridades del Ministerio del Interior y del área de prisiones.

Los acontecimientos políticos generaron consecuencias a corto plazo en las autoridades de la Dirección General de Rehabilitación y Custodia, que fueron reseñados por los medios de comunicación en el momento, de muchas formas incidió y continúa incidiendo en el sector penitenciario, apreciándose actualmente alta politización del sistema.

Para el año 2.003, como en el resto de la Administración Pública la situación se presentó difusa, los problemas presupuestarios sufrieron incremento; la prevalencia de lo político descuidaba las iniciativas al sector y la crisis se agudizó recrudeciéndose la violencia, mientras que el Ministerio del Interior y Justicia como respuesta señalaba alternativas que ofrecían poca respuesta, se evadía responsabilidades e incurría en grave violación de los Derechos Humanos de los reclusos.

La situación del País incide significativamente sobre el sector de prisiones, debido a que precisamente el Ministerio que tiene a cargo la responsabilidad del sistema, es el Ministerio del Interior, que también tiene a cargo entre otras cosas, la seguridad interna del país y el manejo de las estrategias políticas.

En la actualidad se observa que se hacen gestiones para la ejecución de convenios con organismos nacionales; se está ejecutando los acuerdos con organismos internacionales con múltiples limitaciones; la actividad ordinaria se desarrolla; pero existen enormes fallas a nivel de planificación, organización e inversión, que identifican las prisiones como un sector residual.

3.- LA REFORMA Y PROMULGACIÓN DE NUEVAS LEYES, CAUSAS Y CONSECUENCIAS

Al hacer referencia a la promulgación y reforma de las Leyes que rigen el funcionamiento del Sistema Penitenciario, se recuerda una afirmación de la Dra. Nigdoris Villalobos, Fiscal del Ministerio Público en materia de régimen penitenciario, quien para inicios de los años noventa manifestaba en la cárcel de Maracaibo, "las reformas legales penitenciarias siempre son y serán impulsadas por los reclusos".

Desde principios de los años ochenta, los conflictos carcelarios produjeron como respuesta la promulgación de la Ley de Sometimiento a Juicio y Suspensión Condicional de la Pena (derogada), hasta la misma promulgación del Código Orgánico Procesal Penal (C.O.P.P.), terminan siendo en parte, el resultado de las protestas de los internos y una alternativa para atender la crisis.

De igual forma se ha legislado para atender la coyuntura violenta de las cárceles al momento de elaborar y dar vigencia a la Ley de Libertad Provisional Bajo Fianza (derogada), la Ley de Beneficios en el Proceso Penal (derogada) y la Ley de Redención Judicial de las Penas por el Trabajo y el Estudio.

Inclusive responde a la crisis, la reforma del C.O.P.P., cuyo instrumento legal con su vigencia permitió el egreso de aproximadamente diez mil (10.000) reos, que de alguna manera incidió en el incremento de la inseguridad en las comunidades al no haber actualizado el Estado la infraestructura para atender los egresados del sistema, en vez de hacerlo, se optó por imponer en la reforma del C.O.P.P. el rigor penal entre otras razones, para evitar los egresos de los presos de las cárceles.

Ciertamente la experiencia viene afirmando que gran parte de la legislación en esta delicada materia ha respondido en el tiempo a la crisis, en oportunidades se ha acertado con la promulgación de algunas leyes, en otras se ha errado; pero en definitiva la legislación es abundante, aunque en muchos casos se queda en letra muerta, dado que el Estado no ha cumplido con lo que le corresponde en cuanto a la facilitación de los medios para que las Leyes se cumplan.

Un ejemplo reciente de ello, lo constituye la mora que existe actualmente con la Constitución Nacional, al no observarse la verdadera disposición para adaptar el Sistema Penitenciario a los principios establecidos en el artículo 272 de la Constitución, que tal como lo dice su propio autor, el Dr. Èlio Gómez Grillo, contiene los principios rectores de funcionamiento del Sistema Penitenciario.

La normativa constitucional venezolana dedicada a la materia penitenciaria pudiera ser única en el mundo, pues en ella se especifica claramente y se establecen principios que constituyen directrices para el sector.

4.- LA PARTICIPACIÓN DE LA SOCIEDAD CIVIL EN EL SECTOR PENITENCIARIO Y LOS DERECHOS HUMANOS

DE LOS RECLUSOS

La sociedad civil ha querido participar en la búsqueda de alternativas de solución de las necesidades de las cárceles venezolanas desde hace muchos años. La inquietud se ha materializado en el pasado con la participación de ésta desde instituciones religiosas, de Derechos Humanos y todo tipo de organizaciones con fines benéficos y filantrópicos.

En la actualidad además de continuar interviniendo el tipo de organizaciones mencionadas, con los adelantos logrados en el mundo y en nuestro País, relativos a la organización y participación ciudadana en los asuntos del Estado, se han venido sumando al trabajo carcelario un variado número de asociaciones civiles, donde resaltan las asociaciones pro Derechos Humanos, tanto nacionales como internacionales.

Entre las últimas experiencias encontramos a la Iglesia Católica a través del I.N.C.E. Iglesia, y los religiosos Mercedarios con el Proyecto INVECAPI, la Iglesia Evangélica en sus diferentes modalidades como Pentayuda; entre otras, las religiosas del Buen Pastor encargadas del Hogar para niños de las reclusas del Instituto Nacional de Orientación Femenina (INOF) en San Antonio Estado Miranda, y la Asociación Damas Salecianas.

La intervención de las diferentes Universidades del País se ha materializado de formas como: Ejecución de programas de Pasantías y Practicas Profesionales, voluntariado de Estudiantes de la Universidad Católica Andrés Bello, de la Universidad Central de Venezuela, Universidad del Zulia, de la Universidad Santa María, del Instituto Universitario Nacional de Estudios Penitenciarios (I.U.N.E.P.). Los gremios profesionales han estado presentes a través de diferentes Colegios como el de Abogados, Médicos, etc.

Con propósitos similares han contribuido varias fundaciones como la Fundación Flor Isaba, la cual ha ejecutado un programa muy importante en el área deportiva desde hace aproximadamente diez años, además existen otras experiencias en algunas Entidades Federales como: Mérida, Falcón, la Región Capital, Carabobo, Trujillo, y Lara, entre otras.

Mención especial merece el trabajo que vienen realizando la Fundación Penitenciaria del Estado Mérida, Las Organizaciones de Carabobo y la participación destacada de la Asociación Damas Salecianas en la atención de las internas del Instituto Nacional de Orientación Femenina I.N.O.F., implementando desde hace años un programa importante en materia de tratamiento, donde además asisten a los hijos de las reclusas en la Casa Hogar de ese establecimiento. Este equipo de abnegadas mujeres Salecianas, liderizadas por Fronilde Scull, Elizabet Manzanilla, Elide Silva y Ana Julia Cardenas, muestran con hechos su genuina vocación de servicios y elevado amor al prójimo.

Con respecto a las Organizaciones No Gubernamentales de defensa de los Derechos Humanos, en los últimos tiempos han intervenido significativamente: Justicia y Paz de Petare, La Red de Apoyo por la Justicia y la Paz, CO.FA.VIC., Fundación de Derechos Humanos (FUN.DE.HU.), Pro-Vive, Comités de Familiares de Reclusos, Una Ventana a la Libertad, entre otras, y recientemente creada, con una participación destacada en los últimos conflictos, El Observatorio Venezolano de Prisiones viene haciendo un trabajo de lucha por la defensa de los derechos de los reclusos, que merece atención y reconocimiento.

Del ámbito Internacional han estado presentes, sobre todo, Amnistía Internacional y Human Rights Watch; todas han hecho sus aportes para que se mejore el Sistema Penitenciario Nacional, y mantienen la denuncia sobre violaciones de los Derechos Humanos de los reclusos.

Todas las organizaciones mencionadas han encontrado grandes limitaciones para acceder al sistema, e inclementes ataques de parte de las autoridades penitenciarias en diversas oportunidades. Muy pocas veces se les facilita el trabajo; pero han constituido un valuarte en cuanto a la denuncia, defensa y promoción de los Derechos Humanos, superando los organismos del Estado en esta materia, de quienes inclusive también han recibido en el pasado y continúan recibiendo en la actualidad agresiones.

La Experiencia del Voluntariado Penitenciario de Falcón.

Me correspondió cumplir funciones de Director del Internado Judicial de Coro, Estado Falcón, entre los años 1.992 y 1.997, resultó una experiencia sumamente motivadora y positiva en mi carrera profesional. En ese establecimiento, con fines estratégicos, se convocó la participación de las fuerzas vivas del Estado, para instrumentar un proyecto de participación ciudadana para atender las limitaciones que se presentaban en la prestación de los diferentes servicios.

Para cubrir el objetivo, se constituyó y registro la Asociación Civil "Voluntariado Penitenciario del Estado Falcón". La Fundación, estaba integrada por estudiantes y docentes de la Universidad Francisco de Miranda, representantes de la Dirección de Educación para Adultos de la Zona Educativa, de la Iglesia Católica, Gobernación del Estado, Alcaldía del Municipio Miranda, Tribunales, Defensoría Pública, Fiscalía del Ministerio Público y de las Organizaciones Vecinales.

Todos los integrantes manifestaban el verdadero propósito de contribuir en el mejoramiento de los servicios de asistencia a los reclusos y, hacer que estos participaran masivamente en las actividades que se programaran en un Plan Operativo anual, lográndose rebasar las metas trazadas por varios años.

La organización civil, estaba apoyada en el Internado de Falcón por una asociación de internos denominada "Sociedad Bolivariana", la cual fungía como facilitadora del proceso, contribuyendo enormemente a la captación, motivación de los internos y superación de los conflictos.

Con propósitos estratégicos, la "Sociedad Bolivariana", tenía comunicación directa con el Gobernador Aldo Cermaño, el Alcalde Rodolfo "Popo" Barraez, la Juez Rectora Dra. María Guadalupe Sánchez, la Juez Segunda Penal Dra. Nadeska Torrealba, La Juez Primera Penal Dra. Dexy García, Dra. Gloria Lizcano Médico voluntario, Monseñor Roberto Lücker, Obispo de Falcón, Lic. Carmen Morillo de la Zona Educativa, y Lic. Nelly Riera de la Unidad de Extensión de la Universidad Francisco de Miranda y la Lic. Zoraida Ferrér de Prevención del Delito.

La comunicación directa permitía el contacto con la comunidad y, de esta manera, conjuntamente se lograba alcanzar los objetivos planteados en el plan previamente concebido, donde la rehabilitación tenía importancia preponderante. La experiencia del Internado Judicial de Falcón obtuvo muy buenos resultados, al punto generar la atención nacional, e inclusive, fue presentada como ejemplo en los medios de comunicación en programas especiales como Venezuela en Positivo y En Exclusiva.

Constituyó una experiencia atípica, en el Sistema Penitenciario venezolano, donde destacaba la participación permanente de los Jueces, Defensores, Fiscales del Ministerio Público, representantes de Educación para Adultos, la Universidad Francisco de Miranda, la Alcaldía del Municipio Miranda, Prevención del Delito y la Gobernación del Estado, a quienes se les permitió que implementaran en el Internado una modalidad de tratamiento diferente, con la participación de la comunidad a través de sus instituciones y asociaciones. Con esta iniciativa se obtuvo muy buenos resultados al incorporar masivamente la población reclusa a los programas de rehabilitación, donde los oficiales de la Guardia Nacional cumplían funciones docentes, lográndose constituir inclusive una Junta de Tratamiento Pospenitenciario con profesionales de las instituciones mencionadas.

Sobresalía la colaboración de la Médico Gloria Lizcano, actual Directora encargada del de anexo femenino de la Cárcel Nacional de Maracaibo, la Dra. Nadeska Torrealba, Dra. Dexi García, Lic. Zoraida Ferrer., Lic. José Casares, Dr. Julio Vivas, Dra. María Guadalupe Sánchez, Dr. Henry Nelson Ferrer, Dr. Virgilio Chavez, Rodolfo Barraez, Edgar Ramos, Ramón Tobón Araujo (dif.), Felix Meza (dif.), Lic. Barbara Cadenas, Lic. Esperanza Arias, Lic. José Casares, Lic. Zoraida Madrid, Lic. Carmen Morillo, la Lic. Nelly Riera y sus destacados estudiantes, todos apoyados coordinadamente por el excelente equipo de funcionarios del Internado Judicial de Coro, donde se apreciaba el gran esfuerzo de los funcionarios Antonio Chirínos, Jenny Henriquez, Nancy Garaban, Euro Isea, Eddy Hernández, José Mujíca, Gregorio Méndez, Elsa Martínez , Mery Sálas, Betzabe García, Maricela Colmenares y Aléjo Ríjo.

5.- LA REMOCIÓN DE LAS AUTORIDADES Y EL PERSONAL SUBALTERNO DE LOS CENTROS DE RECLUSIÓN

Como se mencionó en el capítulo anterior, una de las alternativas que se han manejado para controlar las irregularidades que se presentan en el Sistema Penitenciario nacional, en repetidas oportunidades ha sido la remoción, la destitución o solicitar la renuncia a funcionarios, lo cual pareciera obvio si se trata de que éstos estén incursos en irregularidades.

Las medidas han involucrado desde Ministros, Directores Generales, Directores de Prisiones, Directores de Cárcel, Empleados Administrativos, Técnicos Profesionales hasta los funcionarios de vigilancia de más baja escala.

Las decisiones en muchos casos son efectistas, pues en ocasiones se utilizan para dar respuesta a la opinión pública sobre la responsabilidad del Estado en el control del asunto; pero, poco responden a un programa coherente de revisión del desempeño o a investigaciones que hayan producido resultados serios, puesto que generalmente, y sobre todo en épocas recientes, las medidas son sustentadas legalmente en los Decretos Presidenciales que clasifican al personal penitenciario como de libre nombramiento y remoción.

Frecuentemente los empleados removidos por la vía de la aplicación de esos Decretos, demandan al Ministerio del Interior ante los Tribunales Laborales, y los jueces terminan ordenando la reincorporación de los funcionarios al sistema, motivado a que las decisiones tomadas en el marco de esta fundamentación, violentan los derechos de los trabajadores.

En los casos en que se inician las averiguaciones administrativas, los funcionarios de investigación, cuentan con pocos conocimientos para hacer los procedimientos, por lo cual, el proceso se vicia de nulidad, se violentan los lapsos procesales ó el derecho a la defensa privando la arbitrariedad.

Todo trae como resultado que se retire del sistema en oportunidades funcionarios valiosos, o por las deficiencias referidas, los Tribunales ordenan la reincorporación de personas de conducta irregular, ya que los hechos (pruebas) que motivan las remociones no se sustentan en los expedientes administrativos; en ocasiones se actúa arbitrariamente, motivado a que los asuntos son tratados con criterios personalistas antes que legales, donde inclusive el manejo de la información y el comportamiento es hasta muy domestico.

En pocas oportunidades las remociones responden a la necesidad de incorporar en el sistema personas capaces, que hayan sido seleccionadas, previo proceso coherente de reclutamiento, selección y formación para atender el área.

En el tiempo, la experiencia ha demostrado que estas medidas generalmente han respondido a intereses personales y de otra índole, su instrumentación legal ha sido pésima y en muy pocos casos se ejecuta para mejorar el sector, puesto que al no responder a procesos de evaluación del desempeño, las medidas no son ejemplarizantes, ni inciden significativamente en el funcionamiento de los recintos penitenciarios.

6.- LOS CURSOS DE FORMACIÓN PARA EL PERSONAL PENITENCIARIO CON EL APOYO DE LA SOCIEDAD CIVIL Y ORGANISMOS INTERNACIONALES

En el pasado el Estado Venezolano recibió apoyo externo para la formación de los recursos humanos que trabajaban en el área de prisiones, de éste apoyo se recuerdan los cursos de Criminología en la Universidad Complutence de Madrid y otras experiencias.

En varias oportunidades, el Ministerio del Interior y Justicia ha enviado funcionarios a prepararse en Instituciones Universitarias extranjeras, recientemente se cuentan los aportes realizados por los Gobiernos de Argentina, Inglaterra, la Unión Europea y Estados Unidos, entre otros.

Entre las experiencias recientes encontramos un acuerdo con la Embajada de los Estado Unidos para implementar un programa de formación de diez años, a través del cual podía remitirse un grupo de trabajadores del sector anualmente a ese País con fines formativos en aspectos inherentes al tratamiento y la seguridad penitenciaria.

El primer curso se realizó en el Centro de Detenciones de Miami Florida, en el año 1.997, al cual asistieron un grupo de cinco empleados del Ministerio del Interior y Justicia, arrojando resultados de importancia; pero al programa no fue posible darle continuidad por razones atribuibles al Ministerio del Interior y Justicia.

Durante los años 2.001 y 2.002 se ejecutaron los cursos para personal de custodia auspiciados por el convenio con la Embajada de Gran Bretaña, que es posible reactivar en el futuro. La instrumentación estuvo a cargo de una Escuela de Formación de Custodios que fuera habilitada con esos fines y cesó funciones al culminar la ejecución del proyecto.

También es importante la programación ejecutada por la Unidad de Gestión del Proyecto de Reinserción Social de Delincuentes y Menores en Situación Irregular del convenio con la Unión Europea, donde se han realizado actividades formativas al personal de custodia, administrativo y técnico profesional.

Con este propósito la referida Unidad trasladó algunos de los trabajadores del área de prisiones hacia Cartagena de Indias para asistir a cursos; hacia España a recibir capacitación en el mismo sentido, lo cual ha sido significativo, aun cuando estuvo limitado por la selección de los participantes y la alta rotación de los funcionarios.

Sumado a estas iniciativas, se prevé que con la ejecución del convenio de cooperación acordado con el Banco Interamericano de Desarrollo (B.I.D.), se efectuaría a partir del año 2.004 toda una programación de adiestramiento, formación y capacitación de los recursos humanos del Sistema Penitenciario, ya que se dispone de financiamiento con este propósito, por lo que se espera que se mejoren los mecanismos de selección para evitar la perdida de recursos financieros.

Desde la Sociedad Civil a través de sus diferentes representaciones, se conoce de los aportes realizados en la materia por CO.FA.VIC., en el programa de formación en Derechos Humanos para Directores de Cárcel, las actividades implementadas por la Organización Una Ventana a la Libertad, Reforma Penal Internacional, Justicia y Paz de Petare, Asociación Damas Salecianas, y otras asociaciones de Derechos Humanos.

7.- LOS PROYECTOS DE APOYO INTERNACIONAL PARA MEJORAR EL SECTOR PENITENCIARIO NACIONAL

Con el propósito de lograr recursos técnicos y financieros para la ejecución de programas destinados al mejoramiento del Sector Penitenciario y la superación de la crisis que adolece, el Estado Venezolano en varias oportunidades ha solicitado apoyo internacional; entre los más recientes se encuentran los aportes realizados por la Unión Europea, el Banco Interamericano de Desarrollo, los gobiernos de Gran Bretaña, Estados Unidos y España entre otros.

Además existen experiencias de apoyo técnico – financiero en materias de mantenimiento, formación de personal, construcción y equipamiento, en cuyas actividades situaremos la observación y análisis por ser las más recientes, sin dejar de reconocer que en el pasado han sido múltiples los aportes recibidos de otros entes internacionales para la atención del sector.

7.1.- LA UNIÓN EUROPEA – PROYECTO DE REINSERCIÓN SOCIAL DE DELINCUENTES Y MENORES EN SITUACIÓN IRREGULAR

Durante los últimos 10 años, la Unión Europea se ha preocupado por la situación penitenciaria venezolana. En tal sentido, ha desarrollado dos proyectos de apoyo al sector, que han implicado la designación de representantes del Ejecutivo Nacional y de la Unión Europea para encargarse de la planificación, ejecución y supervisión de los convenios.

El primero dirigió su acción hacia las cárceles de Valencia, Lara y Maracaibo, donde se lograron avances en materia de dotación, mantenimiento, construcción y apoyo al tratamiento de los reclusos. Los programas desarrollados, contribuían significativamente a facilitar el funcionamiento de las instituciones intervenidas por el convenio. La continuidad de las iniciativas no se logró, motivado a la falta de compromiso y seguimiento por parte de la Dirección de Prisiones.

En corto tiempo se produjo serio deterioro sobre las instalaciones recuperadas; no se terminaron de poner en funcionamiento los talleres de producción y capacitación laboral, y lo más lamentable, se produjo perdida y deterioro en gran escala de los equipos aportados. Sobre los hechos, se desconoce si se han establecido responsabilidades administrativas ó penales para los funcionarios de prisiones encargados de los centros de reclusión que intervino el primer convenio.

En la búsqueda de alternativas a las grandes necesidades presupuestarias, en el año 1.997, por iniciativa de la Fundación para el Desarrollo Integral de los Servicios Penitenciarios del Estado Miranda (FUN.SE.PEM.), dependiente de la Gobernación de ésa Entidad Federal, se presentó un proyecto el cual me correspondió elaborar conjuntamente con el Dr. José Regardie, a fin de solicitar apoyo financiero ante la Unión Europea.

En el referido proyecto se planteaban actividades de capacitación para el personal penitenciario; capacitación laboral para reclusos; actividades de mantenimiento y construcción de instalaciones en los centros de intervención del posible convenio; apoyo a los programas de atención integral a los reclusos, y equipamiento. Todo dirigido a las cárceles del INOF, Yare I, Maracaibo y Barquisimeto.

A este proyecto se agregó una propuesta de los Servicios de Atención a Niños y Adolescentes del Estado Miranda(SEPINAMI.), elaborada por la Lic. Rosario Carranza de Reyes y su equipo de trabajo, la cual contenía una solicitud de financiamiento con una programación destinada a superar limitaciones para el tratamiento de niños y adolescentes.

Ambos proyectos fueron presentados ante el Ministerio de Justicia, donde se realizó toda la tramitación ante la Unión Europea y la Cancillería, resultando aprobado el Convenio que contenía el programa de "Apoyo a la Reinserción Social de Delincuentes y Menores en Situación Irregular", durante el año 1.997.

El convenio, previó una inversión de once (11) millones de Euros, de los cuales el Estado Venezolano debía aportar seis (06) millones y la Unión Europea cinco (05) millones de Euros, sin obligación de reembolso por parte del Estado Venezolano.

Atendiendo a la propuesta original, el Convenio debía contener actividades de formación para el personal penitenciario, capacitación laboral de los reclusos, apoyo a los programas de tratamiento, equipamiento, mantenimiento y construcción.

El Proyecto de Apoyo a la Reinserción Social de Delincuentes y Menores en Situación Irregular, inicia su fase de ejecución en febrero del año 2.000. Para el 13/07/03, cuando se realizaba esta parte del estudio, tenía dos años y seis (06) meses de ejecución luego de haberse otorgado una prorroga, hasta esa fecha, el convenio no había logrado los objetivos trazados a plenitud.

Se observó que la implementación de las diferentes actividades del proyecto, encontraron serios adversarios en el Ministerio del Interior y Justicia, lo que motivó la intervención de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, la Fiscalía General de la República, la Defensoría del Pueblo e inclusive, hasta de la Vicepresidencia de la República, la cual fue solicitada por la Defensoría del Pueblo en cuya actuación el suscrito ejerció influencia.

Otra limitación para la ejecución del convenio, la significó el retardo en la materialización de los aportes correspondientes al Estado Venezolano, presentándose situación similar con los de la Unión Europea sobre todo en la etapa final, además, tuvo poco apoyo de la Dirección General de Rehabilitación y Custodia, y aún cuando se acordó una prorroga de seis meses para culminar la ejecución, las obras de mantenimiento y construcción que estaban a cargo del Fondo Nacional de Edificaciones Penitenciarias no se culminaron incumpliendo el convenio.

Debe reconocerse los logros obtenidos con relación a la formación del personal y capacitación de la población reclusa, aún cuando se sufrió de muchas limitaciones derivadas del poco compromiso de la Dirección General de Rehabilitación y Custodia.

Las referidas limitaciones se originaban de la mala selección de los funcionarios que debían participar en los cursos, la rotación del personal era muy alta, los directores y demás funcionarios que se capacitaban ó readiestraban, eran removidos (destituidos) al poco tiempo con facilidad, lo que indicaba que no se seleccionaban personas aptas que garantizaran un mínimo de permanencia en el sector.

La ejecución de las actividades del Proyecto encontraba múltiples obstáculos, en ocasiones motivados por la falta de organización de las dependencias de la Dirección General de Rehabilitación y Custodia; en otras, por incumplimiento de instrucciones que se emitían hacia los centros que intervenía el convenio; por falta de apoyo de las autoridades de los centros de reclusión, por aversión de algunos funcionarios hacia el Proyecto, por negligencia u omisión de las autoridades.

Sumado a las limitaciones señaladas para la ejecución, también se presentaban las derivadas de la actuación tan poco efectiva de algunos de los Codirectores venezolanos, en cuanto a los aportes que debían hacer; por indisposición; falta de compromiso y una débil participación en la toma de decisiones, por tal motivo, en repetidas oportunidades recaía gran parte del trabajo en el representante de la Unión Europea.

Por otro lado, se realizaron modificaciones de última hora, con relación a iniciativas importantes como la creación de módulos de tratamiento en las áreas de talleres en la cárcel de Yare, y otras obras previstas para las otras cárceles que resultaban imprescindibles para lograr los objetivos del mismo.

Las obras señaladas no se culminaron, entre otras cosas motivado a que el Ministerio del Interior le quitó la competencia en materia de mantenimiento y construcción a la Unidad de Gestión del Convenio y la delegó al Fondo Nacional de Edificaciones Penitenciarias, retardando ése organismo significativamente la ejecución, habiéndose logrado muy pocos avances, entre otros, la recuperación de algunas áreas administrativas del I.N.O.F., como la enfermería, los servicios técnicos y otros de importancia en éste y otros centros de intervención del convenio.

Las dotaciones resolvieron medianamente algunas necesidades; pero la ultima licitación, que contenía el mayor aporte de equipos, no fue aprobada por la Unión Europea, por lo que los locales habilitados tanto en el SEPINAMI. ( Servicios de Atención a Niños y Adolescentes del Estado Miranda), como en las cárceles atendidas por el proyecto, definitivamente no se dotaron totalmente, limitándose seriamente el logro del objetivo.

El Proyecto contenía iniciativas interesantes y muy importantes, planteaba soluciones innovadoras para la realidad venezolana. En materia organizativa pretendía la implementación de procedimientos validamente instrumentados. Su contenido general ciertamente ofrecía significativos aportes para superar necesidades y limitaciones que se observan en el funcionamiento de los reclusorios del País.

La posibilidad de dar continuidad a las actividades y a las recomendaciones aportadas por los ejecutores, dependerá de las autoridades penitenciarias. Se estima que esto resultará muy difícil de lograr, porque como se ha dicho, no se observó el compromiso y la identificación de éstas con el Proyecto.

Llamó poderosamente la atención que los ejecutores de la Unidad de Gestión del Proyecto, no contrataran en mayor porcentaje los servicios de especialistas de Venezuela para la ejecución de actividades de formación y capacitación tanto de reclusos como de funcionario, siendo que en el País se dispone de valiosos profesionales que son localizables en la diferentes Universidades e instituciones, que conocen la teoría y la practica sobre lo que sucede en el sector.

Pareciera que se les desestimó y no se les permitió participar adjudicándoles posible responsabilidad en la problemática del sector, sin tomar en cuenta que en el País por años se han destacado un gran número de profesionales que han dedicado bastante tiempo en la lucha por la mejora del sistema; pero las autoridades han hecho caso omiso de sus propuestas. En su defecto se optó por la contratación de técnicos extranjeros, a quienes se les reconoce los méritos; pero no conocían a profundidad la realidad local y esto además, limita la posibilidad de dar continuidad a los objetivos logrados en el proyecto.

El hecho de no permitir la participación de técnicos venezolanos, el no haber involucrado efectivamente a dependencias nacionales que tienen competencia en la problemática del sector penitenciario, y no haberse planteado la definición de estrategias y el diseño de un programa de capacitación que pudiera ser insertado y ejecutado en alguna institución de educación del País, no posibilita la continuidad y permanencia.

El Proyecto culminó en el mes de Agosto del año 2.003, sin lograr ejecutar gran parte del total de once (11) millones de Euros previstos en el convenio, se destinó un porcentaje importante de los recursos financieros a programas de capacitación del personal de los centros y de los internos. Se implementaron más de cien (100) cursos donde participaron un porcentaje importante de reclusos, de funcionarios del Ministerio del interior y Justicia, de los Servicios de Atención a Niños y Adolescentes, la Fiscalía del Ministerio Público, los Tribunales y otras instituciones. Se desarrollaron actividades para mejorar la organización y el funcionamiento de los reclusorios que intervenía el convenio y se realizaron algunas dotaciones y aportes de diversos materiales y equipos

Como la ejecución del Proyecto planteaba además, la intervención en las dependencias de atención a niños y adolescentes en el Estado Miranda y el Zulia, en condiciones similares se desarrollaron actividades para contribuir a la superación de necesidades presentes en el funcionamiento de las mismas.

Lastimosamente los aportes restantes previstos en el convenio posiblemente no se ejecuten, siendo que los mismos serían dirigidos a la dotación de equipos médicos, de seguridad y para el funcionamiento de servicios indispensables en el funcionamiento de los centros de atención tanto de niños y adolescentes como de reclusos.

Lo ocurrido con relación a la ejecución de este convenio, debe llamar a la reflexión, sobre todo, porque pretendía contribuir en la solución de necesidades que día a día se observan en la prestación de servicios de atención, que deben tener como fin la garantía de los Derechos Humanos, y precisamente era el objetivo principal de la Unión Europea cuando decidió hacer el aporte.

7.2.- LAS EMBAJADAS

En el pasado y en el presente, consecutivamente el Estado Venezolano ha solicitado apoyo de otros gobiernos para superar la problemática penitenciaria.

Este apoyo se ha materializado en oportunidades en acciones como: Dotaciones de computadoras para implementar el programa de registro y control de la población reclusa donado por la Embajada Americana; cursos de criminología para profesionales del sector penitenciario venezolano en Universidades Españolas, cursos en los Estados Unidos de América, visitas de trabajo de funcionarios venezolanos hacia Argentina, Cuba, Costa Rica, España, etc.

Han sido múltiples las experiencias que en este sentido se registran. Se han destacado unas más que otras; pero dejan constancia cierta de la disposición que la comunidad internacional viene mostrando para la atención de la problemática.

Recientemente se logró un convenio con la Embajada Británica, por una duración de diez (10) meses, con un aporte del gobierno Británico de treinta y dos millones cincuenta y cinco mil doscientos noventa bolívares (Bs.32.055.290), el cual planteó como objetivo formar durante el año 2.001, un total de doscientos (200) custodios para la seguridad civil interna de los centros de reclusión.

El proyecto se logró en el tiempo previsto, rebasando inclusive la meta, ya que en siete cursos de formación egresaron doscientos treinta y nueve (239) custodios con un desembolso hasta el 01/03/2.002 de 30.655.290; para ello, el Ministerio del Interior y Justicia, creó temporalmente la Escuela de Formación de Custodios la cual obtuvo sus éxitos; posteriormente en el año 2.002 los programas de formación de personal que llevaba ésa Escuela, fueron delegados al Instituto Universitario Nacional de Estudios Penitenciarios I.U.N.E.P., donde actualmente se ejecuta la formación de custodios.

Con relación a la asistencia de los reclusos extranjeros de parte de los representantes consulares, se aprecia que eventualmente los funcionarios de las Embajadas de España, Francia, Holanda e Italia en oportunidades visitan los centros de reclusión para atender a ciudadanos de ésas nacionalidades, pero se destaca la solidaridad que demuestran las representaciones consulares de la República de Colombia en la asistencia de sus connacionales, donde se ha observado la abnegación permanente del Dr, Jesus Piña por muchos años.

7.3.-EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO

Con el fin de cooperar en la búsqueda de solución a las necesidades del Sistema de Administración de Justicia Nacional, del cual forma parte el sector penitenciario, el Banco Interamericano de Desarrollo, desde el año 1,997 inició un proceso de diagnostico de todo el Sistema de Administración de Justicia.

En la actividad, intervinieron expertos nacionales y extranjeros, donde participaron el Dr. David Beltrán Catalá, Dr. Fernando Fernández, y Dra. Mirna Yepez, entre otros, en aspectos relativos a la elaboración del diagnostico donde abordaron la situación de las instituciones como: Los Tribunales, la Fiscalía del Ministerio Público, la Policía Técnica Judicial, la Defensoría Pública y el Sector Penitenciario.

De este estudio se tomaron en cuenta las variables que motivaron la celebración de un convenio de cooperación a través de un préstamo de aproximadamente ochenta millones de dólares ($ 80.000.000) ejecutables en cinco años, para atender las necesidades apremiantes de las instituciones referidas y así fortalecer el Sistema de Administración de Justicia en general.

En el caso del Sistema Penitenciario, el convenio comenzó a ejecutarse en Enero de 2.003, previendo para ese año sólo el área de capacitación de personal penitenciario el cual se pretendía iniciar a través de cursos de formación de vigilantes.

Para dar factibilidad al convenio, se realizaron los estudios sobre las instalaciones del antiguo Internado El Junquito y los pisos superiores del Instituto Universitario Nacional de Estudios Penitenciarios I.U.N.E.P., a fin de someterlos a recuperación y habilitarlos como posible Escuela con espacios para dormitorios, comedores, cocina, aulas de clase, biblioteca y salón de entretenimiento o descanso.

Los resultados de la evaluación, dependían de las apreciaciones técnicas del Fondo Nacional de Edificaciones Penitenciarias F.O.N.E.P., y de las posibilidades de recuperar los locales durante el año 2.003 lo cual no se realizó. Por lo planteado, la posibilidad de comenzar los referidos cursos, se decidirá improvisando espacios en las dependencias del I.U.N.E.P., u otros locales del Ministerio del Interior, por lo que pudiera incumplirse el convenio a corto tiempo de iniciada su ejecución.

Además del área de capacitación a funcionarios y reclusos, el convenio prevé abordar aspectos de recuperación de instalaciones, dotaciones de los servicios de atención integral a los reclusos en varios centros como Yare I, la Penitenciaría General de Venezuela (P.G.V.) y el Rodeo I; actualización informática; y la construcción de aproximadamente veinticinco (25) centros de tratamiento comunitario para régimen abierto, lo cual sería muy importante.

La ejecución del convenio con el B.I.D (Banco Interamericano de Desarrollo), se realizará a través de Unidades de Gestión por cada sector de intervención como: La Fiscalía del Ministerio Público, Defensoría Pública, Instituto Universitario de Policía I.U.POL., Fondo Nacional de Edificaciones Penitenciarias F.O.N.E.P., Prisiones, etc., bajo la supervisión del B.I.D., previendo la culminación para el año 2.007.

El logro de los objetivos planteados para el año 2.003, que consistían en la formación del personal de custodios y otros funcionarios penitenciarios no fue posible, por no contar con los locales apropiados, tampoco se ha asignado la responsabilidad al I.U.N.E.P.

Resulta pertinente que el uso de los recursos financieros provenientes de prestamos logrados ante Organismos Multilaterales, sean destinados a satisfacer necesidades reales del sector, debiendo establecerse orden de prioridad de necesidades y permanente vigilancia sobre cada actividad programada y el logro alcanzado, en cuya tarea deben participar expertos en la materia, a los fines de evitar que los funcionarios que recién inician labores en el Ministerio tomen decisiones que pudieran resultar dañinas para la institución.

De igual manera es pertinente que la Contraloría Interna del Ministerio del Interior y Justicia, realice estricta y permanente supervisión sobre el uso de estos recursos, con el propósito de descartar la intervención de otros intereses, además, debería permitirse la participación de funcionarios expertos y mantener informados a los interesados en la problemática sobre los alcances y limitaciones de los proyectos, a los fines de evitar la improvisación y que prevalezca el personalismo en un asunto que es de carácter técnico.

Durante los meses de julio y agosto 2.004 se ha observado en los medios de comunicación escrita, que la Unidad de Gestión del convenio, viene convocando empresas privadas locales e internacionales a un proceso de licitación, para que presenten ofertas de servicios en materia de capacitación para personal penitenciario.

La ejecución de este tipo de proyectos, debería manejarse de manera tal, que permita la continuidad y permanencia de programas en el tiempo, para no incurrir en experiencias del pasado, donde no se han logrado avances en el sector aun cuando se ha contado con altas sumas de dinero.

La poca previsión para dar continuidad a los programas que se deriven de estos convenios, genera perdida de recursos importantes, debido a que se deja en manos de agentes externos decisiones que afectan aspectos de vitales para el sector, con una participación muy débil de actores del sistema, en algunos casos porque se les desestima, y en otros porque no muestran disposición para participar.

Aunado a esto, los planes no han contenido el diseño y determinación de espacios, equipos profesionales y programas que permitan la continuidad y permanencia desde el seno de la administración penitenciaria.

Por tales razones resulta imprescindible lograr antes que todo, el compromiso cierto de las autoridades, e involucrar efectivamente en la ejecución de cualquier convenio a las distintas dependencias de la administración penitenciaria que tengan competencia en la materia que se atiende.

8.- LA CREACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO NACIONAL DE ESTUDIOS PENITENCIARIOS (I. U. N. E. P.)

El Instituto Universitario Nacional de Estudios Penitenciarios, constituyó una iniciativa concebida por el Criminólogo Èlio Gómez Grillo, apoyada por el Dr. Luis Beltrán Guerra, Ministro de Justicia para el momento de la creación, representaba una alternativa válida, y sigue siendo así, en la formación de los recursos humanos para la administración penitenciaria nacional.

La creación se inspiró en criterios científicos y teóricos enmarcados en la criminología y el penitenciarismo moderno. Es una experiencia poco repetida en América Latina, ya que generalmente las instituciones para este tipo de formación son militares o paramilitares, siendo el I.U.N.E.P. una dependencia civil.

Esta Institución Universitaria contó para la elaboración de los contenidos académicos y el inicio de la actividad docente, con eminentes profesionales de destacada trayectoria e importancia en el País, tanto en el área académica como en las diferentes especialidades que contenía la propuesta curricular y de la criminología, los cuales hoy día algunos permanecen en la actividad, otros están jubilados, retirados o fallecidos en algunos casos.

El Instituto Universitario Nacional de Estudios Penitenciarios, fue creado según Decreto Presidencial Nº 1.313, publicado en Gaceta Oficial Nº 36.506, de fecha 30 de noviembre de 1.990, teniendo como objetivo fundamental la formación del personal que debe ingresar al sistema, y el mejoramiento de los recursos humanos que se encuentran cumpliendo funciones en las diferentes dependencias de prisiones.

La estructura curricular del instituto ofrece un cúmulo de contenidos académicos en el proceso de formación, que sirven de herramientas para el desempeño de técnicos penitenciaristas, cuya incorporación al área indudablemente debe mejorar significativamente los centros de reclusión, dada la preparación específica en la materia, constituyendo éstos, mejor opción para atender la situación penitenciaria, antes que cualquier otro profesional.

Para fines de preparación, y atendiendo la especificidad de las dependencias de reclusión, el I.U.N.E.P. ofrece desde hace tiempo menciones en las áreas de Seguridad, Administración, Gerencia y Educación, donde se plantean los contenidos especiales dada la especificidad de las menciones.

El objetivo de formación se cumple, aunque indudablemente, dada la dinámica del acontecer social, la complejidad del asunto penitenciario, la constante promulgación de Leyes que deben regular la materia, y los avances del conocimiento penitenciario, resulta necesario que de la misma manera se actualicen los contenidos curriculares y el funcionamiento general de esa institución.

Hasta el año 2.003, el I.U.N.E.P. había egresado más de cuatrocientos Técnicos Superiores en Penitenciarismo en las diferentes menciones, escasamente cuarenta se encuentran incorporados formando parte de los equipos de trabajo de las cárceles.

La participación de los egresados del I.U.N.E.P., viene siendo negada por las autoridades penitenciarias, motivado al desprestigio a que han sido sometidos por parte de los funcionarios penitenciarios, quienes actúan con mucho recelo ante los penitenciaristas por temor a ser desplazados; en el tiempo, el descrédito ha logrado influenciar hasta las autoridades penitenciarias en todos los niveles de mando, quienes se han hecho parte del problema y no de las soluciones.

En las ocasiones en que se ha logrado la incorporación de los Técnicos egresados a los equipos de trabajo de prisiones, reciben variadas agresiones, de los funcionarios del sector quienes continuamente apuestan al fracaso.

Aun cuando no se descarta la participación de algunos egresados del I.U.N.E.P., en situaciones irregulares, no es menos cierto, que esto ocurre en cualquier tipo de profesión, considerando que además del proceso de formación es necesario el contenido ético en la personalidad, el cual se adquiere en todo el proceso de socialización y no sólo en la universidad.

Dado que se han producido hechos irregulares donde se han visto involucrados egresados del I.U.N.E.P., los funcionarios de prisiones además de maximizarlos, promueven escándalos, explotando la información con fines dañinos muy amañados, de allí las pocas posibilidades de acceso a los mismos.

Tal situación ha venido generando rechazo y oposición hacia esta Institución Universitaria. Cuando son cambiadas las autoridades superiores e ingresan otras, los funcionarios subalternos del sistema continúan con el descrédito por la razón señalada y otros intereses subalternos; todo ello ha propiciado que los recursos destinados al Instituto han sido siempre sumamente limitados, inclusive, nunca ha tenido independencia para manejar su presupuesto y éste se administra desde el Ministerio del Interior y Justicia, donde se le ha dado otra utilidad en ocasiones, presentándose permanentemente falta de recursos elementales para funcionar.

La situación de ingreso de los egresados del I.U.N.E.P. al sector ha sido sumamente limitada. Para el año 2.002, por iniciativa del Vice Ministerio de Seguridad Ciudadana, se permitió la contratación de aproximadamente veinticinco Técnicos en diferentes menciones, para incorporarlos en algunos centros.

Como estrategia, para evitar que como individualidades fueran descalificados y desplazados por los funcionarios viciados, se decidió ubicarlos preferiblemente en pequeños grupos por establecimiento. Hasta la fecha se ha logrado significativamente la permanencia de estos, y se espera que sean incorporados otro tanto en el futuro cercano.

En el año 2.003, se ejecutaron obras de mantenimiento en pequeña escala para mejorar la apariencia y funcionamiento de las instalaciones físicas del I.U.N.E.P. Aún cuando no cubren las necesidades reales, constituyen una respuesta aunque sea a medias, porque en el Instituto se observa grave deterioro de las instalaciones, motivado a que en el edificio donde funciona se encuentran funcionando además, centros de Régimen Abierto y Destacamento de Trabajo, que albergan más de trescientos condenados en los pisos superiores, los cuales han generado deterioro extremo, donde inclusive, se lanzan excrementos a las áreas verdes de movilización de los estudiantes.

Las limitaciones presupuestarias continúan imposibilitando la realización de actividades fundamentales para el funcionamiento. Permanentemente se retrasan los pagos del personal docente; se desconoce su condición profesional negando la posibilidad de clasificarles; no se reconocen como empleados del Ministerio del Interior aunque algunos tienen varios años prestando servicios, hasta diez años cumpliendo la función docente; por tal razón, no se les paga vacaciones, otras reivindicaciones y bonificaciones que sí son canceladas al resto del personal del Ministerio.

El funcionamiento de las Instituciones Universitarias está regulado por la legislación vigente, en el caso del I.U.N.E.P., administrativamente tiene dependencia del Ministerio del Interior y Justicia, y académicamente del Ministerio de Educación Superior.

Ambos Ministerios tienen obligaciones con ese Instituto Universitario, mientras que el I.U.N.E.P. debe rendir cuenta según sus competencias a ambos Ministerios y acatar una serie de normas, donde lo concerniente a la parte académica como estructura curricular, evaluaciones, otorgamiento de títulos, etc., es coordinado con el Ministerio de Educación.

Con relación al Ministerio del Interior y Justicia, debe atender los requerimientos relativos a la formación de los recursos humanos del sector penitenciario, a través de los programas ordinarios para Técnicos Superiores y los dirigidos al adiestramiento de custodios civiles y demás personal de planta, todo ello enmarcado en la legislación vigente.

Conforme a la dependencia administrativa con el Ministerio del Interior y Justicia, la Dirección de Personal debe nombrar las autoridades Directivas, el personal administrativo y el docente, según la recomendación del I.U.N.E.P., ya que se trata de una Institución Universitaria. Entre las obligaciones de la Institución se encuentra, la formación de los recursos humanos para el sector penitenciario, desde los Directores Generales, de Cárcel, personal administrativo, inducción del personal técnico, formación de Delegados de Prueba y el de vigilancia en todas sus escalas, ya que es este el objetivo de la Institución, aunque en oportunidades no se quiera reconocer.

La desorganización del sector penitenciario, se ha venido trasladando al I.U.N.E.P. lesionándole seriamente. Con excepción del Dr. Èlio Gómez Grillo, creador del Instituto y Titular del cargo de Director, algunos Directivos que se han encargado, mientras se encuentra de permiso no remunerado ejerciendo el cargo de Presidente de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, han sido asignados sin tener en consideración elementos fundamentales para el ejercicio del cargo de directivo de una Institución Universitaria, sin atender la normativa legal.

Esos profesionales, aunque realicen esfuerzos, de la misma manera arbitraria les cambian de ocupación ó los remueven, colocando otra persona como encargada. Las últimas experiencias constituyen un atropello bestial que raya en lo obsceno.

Bajo estos criterios se maltrata con facilidad a los directivos, como ejemplo pueden citarse las vejaciones a que fueron sometidas las ciudadanas Dra. Irene González, Lic. Carmen Teresa Gudiño y Soc. Yadira Muziota, las dos primeras Directoras y la última Subdirectora, quienes venían desempeñando su trabajo, y por no corresponder a los caprichos de funcionarios de prisiones fueron transferidas y destituidas sin causales claras de justificación, donde inclusive ha intervenido lo político.

En ocasiones, los directivos son removidos, y en su lugar son colocados otros profesionales, que inclusive, en el pasado han asumido posiciones muy desconsideradas y reñidas frente a los egresados y al proyecto educativo del I.U.N.E.P., además se oponían injustificadamente al ingreso de Técnicos egresados del Instituto al Sistema Penitenciario.

Desde su inauguración hasta la fecha, el I.U.N.E.P. viene programando actividades formativas tanto al personal de seguridad como el técnico profesional, sobresaliendo recientemente la participación de la Lic. Carmen Teresa Gudiño y su equipo de trabajo, profesionales de nutrida experiencia en la materia, que tienen años tratando de hacer aportes al sector.

Dada la poca continuidad administrativa del sector de prisiones, la administración de la Lic. Gudiño fue sustituida por otra directiva en el año 2.003, que debía asumir la continuidad del programa de capacitación de personal, previsto para los equipos de trabajo de las áreas de seguridad y tratamiento.

Además esa nueva gestión, debía seguir efectuando las diligencias necesarias ante el Ministerio de Educación para la aprobación del proyecto de diseño curricular presentado por el Consejo Académico del I.U.N.E.P. durante el año 2.002; pero, la experiencia demostró que privó la arbitrariedad, el irrespeto a los trabajadores, profesionales del equipo administrativo y docente, se apreciaba falta de objetividad y se imponía sobre todo caprichos personales.

Se evidenciaba falta de conocimiento real de las diferentes variables que intervienen en el proceso penitenciario, y de las necesidades de formación de los recursos humanos para el sector, inclusive, se paralizaron las diligencias sobre la reforma curricular para imponer criterios personales bastante peregrinos

Lo narrado anteriormente constituye un ejemplo de la manera arbitraria como se ha pretendido manejar esa institución. En oportunidades, se ha llegado a los extremos de delegar la supervisión del Instituto a dependencias de la Dirección General Rehabilitación y Custodia de bajo nivel, desconociéndole la condición de Institución Universitaria, cuya creación fue aprobada por el Consejo Nacional de Universidades al haber cumplido con los requisitos.

En la situación frecuentemente priva el capricho personal de las autoridades de prisiones, los vicios, los intereses y la mala intención, habiéndose planteado hasta su eliminación. El exceso es tal, que se han ordenado procedimientos arbitrarios donde se ha intervenido la Institución por vigilantes de prisiones totalmente ignorantes; se ha removido los docentes desconociendo derechos fundamentales, incurriendo en total ilegalidad, todo motivado a la aversión que se ha creado, y a los intereses que han estado de por medio, actuando frente al I.U.N.E.P., como si se tratara de una cárcel más.

Pareciera que en la actualidad la situación se pretende mejorar, y se plantea la posibilidad de convertir al I.U.N.E.P. en una Universidad que otorgue títulos de licenciatura; sin embargo, la negativa de asignarle recursos financieros tanto del presupuesto ordinario como los provenientes de los convenios internacionales, colocan en duda tales intenciones y, sobre todo cuando no se considera la participación real de ésta dependencia educativa, en los programas ordinarios de capacitación de recursos humanos del sector y los estimados en los convenios con organismos multilaterales.

9.- LOS CONVENIOS DE ENCOMIENDA Y DE DESCENTRALIZACIÓN

DE LOS CENTROS PENITENCIARIOS CON GOBERNACIONES DE ESTADO

El tema de los Convenios de Encomienda de los Establecimientos Penitenciarios del País como alternativa previa a la descentralización, se remonta a principios de los años 90. Desde sus inicios esta alternativa ha encontrado grandes tropiezos, donde siempre han estado presentes intereses subalternos de los funcionarios del sector penitenciario.

Se han conocido grandes esfuerzos de algunas autoridades desde el Gobierno provisorio del Dr. Ramón J. Velasquez, posteriormente durante el Gobierno del Dr. Rafael Caldera, donde se destacó la actuación y disposición en esta materia, de la gestión del Ministro de Justicia Dr. Ruben Creixen y su equipo asesor, liderizado por la Dra. Mirna Yepez.

Durante esa gestión se logró la firma y ejecución de quince (15) Convenios de Encomienda con diferentes Gobernaciones del País, cuyo proceso no culminó satisfactoriamente debido a incumplimientos tanto del Ministerio de Justicia como de algunas Gobernaciones.

Una experiencia exitosa en cuanto a administración de los Convenios de Encomienda, la representó la Gobernación del Estado Zulia durante el Gobierno de la Dra. Lolíta Aniyar de Castro, apoyada por el Instituto de Criminología de la Universidad del Zulia y el Dr. Giancarlos D´ Martino, quien asumió la Dirección de la cárcel. A este le correspondió el diseño, ejecución y supervisión de acciones de emergencia, planes y proyectos, para modificar el funcionamiento de la Cárcel Nacional de Maracaibo en condiciones extremadamente difíciles, sin embargo, prevalecen aspectos importantes de esa administración.

Personalmente acompañé el proceso de Encomienda del Internado Judicial de Barinas, la negociación del acuerdo en el Internado Judicial de Coro y en la misma Cárcel de Maracaibo. Puedo afirmar que los aportes de las gobernaciones de los Estados, al Sistema Penitenciario local resultan de vital importancia; pero lamentablemente, los intereses y el personalismo se convirtieron en un obstáculo a los Convenios de Encomienda y aun cuando se encuentran vigentes nadie los cumple.

Ciertamente los gobiernos locales tienen mayores posibilidades de prestar servicios en las cárceles y ejercer control permanente sobre el funcionamiento; resulta obvio que al encontrarse las instituciones penitenciarias en el ámbito de gobernabilidad de las autoridades regionales es más factible el auxilio y el suministro de recursos materiales, humanos y variados servicios como: salud, educación, cultura, deportes, trabajo, etc.

Cuando se promovió la iniciativa estaba vigente la Constitución Nacional de 1.961, que establecía como competencia exclusiva del Gobierno Nacional la administración de los servicios penitenciarios. No estaba previsto en la Ley de Descentralización la transferencia del servicio a las Gobernaciones, lo que constituía una traba para ese momento. En la actualidad la Constitución de 1.999, ordena la descentralización penitenciaria a las gobernaciones y alcaldías; pero el proceso sigue consiguiendo trabas motivadas a múltiples razones.

Sobre el proceso de descentralización y encomienda de los establecimientos penitenciarios, como referí, ha evidenciado una destacada actuación la Dra. Mirna Yepez, ex Directora General de Defensa y Protección Social del Ministerio de Justicia, a quien le solicité colaboración para incluir en este trabajo una ponencia que ella hiciera durante el año 1.999, con fundamento en la Constitución de 1.961.

En el trabajo la Dra. Yepez analiza la fundamentación jurídica del proceso, y las alternativas que se manejaron para lograr los Convenios de Encomienda, textualmente la Doctora señala:

Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10

Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10
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