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Situación penitenciaria venezolana (página 10)


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CAPÍTULO V

PROPUESTAS DEL AUTOR

1.- GENERALIDADES

El Sistema Penitenciario venezolano requiere urgentemente una total y verdadera reestructuración que signifique cambios profundos en el mismo, esto obviamente, implica la participación de todos los actores involucrados en el proceso de Administración de Justicia y de la decidida cooperación del Ministerio del Interior y Justicia.

Las iniciativas de cambio para el sector son apremiantes, su intervención debería comenzar por la conformación de un equipo de trabajo integrado por especialistas desvinculados totalmente de intereses mezquinos, cuya característica primordial debe ser la honestidad y la valentía.

A tales fines, resultaría pertinente que los viejos actores del Sistema Penitenciario donde todavía se encuentran personas que han representado verdaderos obstáculos a las iniciativas de cambio, no tomen decisiones relativas a esta propuesta de reestructuración. Obedece esta postura a evitar la repetición de la misma historia; conviene que la participación de los funcionarios del sistema, en principio se limite al suministro de información y a facilitar el proceso.

Esta recomendación no significa que deba excluírseles de la organización, puesto hay que tener en cuenta, que en los equipos de trabajo de prisiones se encuentran personas técnica y profesionalmente preparadas, pero por ser parte del problema no resultaría conveniente que asuman funciones en la reestructuración y así evitar errores ocurridos en el pasado.

2.- ADECUACIÓN DEL SISTEMA PENITENCIARIO A LAS NORMAS CONSTITUCIONALES

Cualquier proyecto de reestructuración del sector penitenciario debe obedecer al mandato Constitucional establecido en el artículo 272 de la Carta Magna, donde se indica claramente cual es el camino a seguir; en tal sentido, tiene que adelantarse todo un proceso de reingenieria organizativa, que implique la revisión de la situación existente en cuanto a presupuesto disponible; condiciones del personal adscrito al sector de prisiones; reforma legislativa; fortalecimiento de las dependencias funcionales; eliminación de las no funcionales; diseño y planificación de programas. Todo con el fin de adecuar el sistema a la exigencia constitucional, para ello es necesario:

  • Continuar con la revisión y someter a discusión para su pronta promulgación el Código Orgánico Penitenciario que reposa en la Asamblea Nacional, el cual dispone de una serie de normas donde se adecua la Ley de Régimen Penitenciario actual al mandato constitucional. En su defecto puede elaborarse otras propuestas siempre que se ajusten la normativa citada.
  • Cumplir con la vigilancia, protección y defensa de los Derechos Humanos de la población reclusa, a través de la intervención contundente de la Defensoría del Pueblo, la Fiscalía del Ministerio Público y los Tribunales tanto de Control, de Juicio como de Ejecución, vigilando constantemente el funcionamiento del régimen penitenciario, para corregir oportunamente las irregularidades atentatorias contra los Derechos Humanos, sancionar a los funcionarios responsables de violaciones de estos derechos donde las haya y atender a las víctimas.
  • Proceder a la creación del Ente Autónomo Penitenciario pautado en el articulo 272 de la Carta Magna, cuyo proyecto reposa en el Ministerio del Interior y Justicia, La Presidencia del Tribunal Supremo de Justicia y la Asamblea Nacional, esto con el fin de contar con un Organismo Autónomo, que diseñe y ejecute la política penitenciaria nacional; otorgarle al sector autonomía funcional, para facilitar su tecnificación y desvincularle del clientelismo político.
  • La autonomía permitirá que el futuro Organismo Oficial, se constituya por un equipo técnico profesional preparado para cumplir la misión, debiendo ser seleccionado su personal por concurso de credenciales. De igual manera puede estudiarse otras propuestas de autonomía funcional siempre que se ajusten a la normativa Constitucional.
  • Descentralizar la administración penitenciaria transfiriendo estos servicios a las gobernaciones de Estado y las Alcaldías, donde los gobernadores y alcaldes administren con autonomía el Programa de Tratamiento Institucional y el de Medidas de Prelibertad, en cuanto a presupuesto, recursos humanos, los programas de tratamiento y seguridad y además lo referido a trabajo de los reclusos, mantenimiento y construcción, ello implica, transferir también las competencias del Instituto Autónomo Caja de Trabajo Penitenciario y el Fondo Nacional de Edificaciones Penitenciarias F.O.N.E.P., que pudieran mantenerse para la definición de políticas nacionales o proceder a suprimirles sustituyéndolos por una alternativa que ofrezca mayores garantías de eficacia, eficiencia y operatividad.
  • Mejorar el programa de tratamiento en libertad, actualmente denominado Medidas de Prelibertad, a través de su descentralización; asignación presupuestaria de acuerdo a sus necesidades de funcionamiento; asignación del personal profesional que requiere y el nombramiento de personas capacitadas para ejercer la gerencia del mismo.
  • El perfeccionamiento de ésta modalidad de tratamiento, facilitará su instrumentación, y con ello, se posibilitaría que los Jueces, en cumplimiento al mandato constitucional otorguen las medidas de régimen abierto antes que las de naturaleza reclusoria. Esto indudablemente contribuirá al deshacinamiento carcelario y a evitar los efectos nocivos de la cárcel.
  • Realizar los estudios necesarios para reactivar los centros penitenciarios donde se efectúen actividades agrícolas y pecuarias, a los fines de fomentar la actividad agrícola y dar utilidad a las grandes extensiones de tierra con que cuentan algunos penales del País, facilitando de esa manera la disminución del ocio en los reclusos y la autogestión de los reclusorios.
  • Realizar los estudios de factibilidad para determinar las posibilidades de privatizar algunos servicios en las cárceles.
  • Posibilitar la creación de la Carrera Administrativa Penitenciaria, a los fines de mejorar la estabilidad laboral, las reivindicaciones sociales, tecnificación y la motivación de los trabajadores del sector.
  • Definir estrategias de forma conjunta con las diferentes instituciones involucradas en la Administración de Justicia nacional, para atacar el retardo procesal, de manera que se cumpla con la obligación de garantizar el debido proceso y se disminuya el hacinamiento carcelario.
  • Crear las dependencias necesarias para ofrecer Asistencia Pospenitenciaria, a los fines de facilitar el reingreso de personas que hayan sido sometidas a reclusión al seno de la sociedad nuevamente.
  • Fortalecer el Instituto Universitario Nacional de Estudios Penitenciarios I.U.N.E.P., entendiendo que por ser ésta una institución universitaria, debe regir su funcionamiento en el marco de la Ley de Universidades y el Reglamento de Institutos Universitarios.

Este instituto pudiera funcionar como el órgano rector de la capacitación de los recursos humanos para toda la estructura funcional el sector penitenciario, de acuerdo a la política emanada del Ministerio encargado de la materia, por tal razón, debería estar adscrito al Despacho del Ministro; se le debería asignar su presupuesto de acuerdo a las necesidades de funcionamiento, equipamiento y mejoramiento de las instalaciones; clasificación del personal docente mejorando además el salario; asignación del personal administrativo que requiera y nombramiento de las autoridades directivas por concurso de credenciales. Esto evitaría que la Dirección General de Rehabilitación y Custodia continúe asignando de manera arbitraria las autoridades para ése Instituto.

En materia presupuestaria sería oportuno que de los recursos financieros que actualmente se dispone para la ejecución del convenio con el Banco Interamericano de Desarrollo B.I.D., se asigne lo correspondiente a capacitación del personal penitenciario al I.U.N.E.P., con ello, se pudiera mejorar la contratación de docentes; se mejorarían los programas y se ampliaría el ámbito de cobertura de sus programas a un mayor número de trabajadores del sector, lo que a la vez, facilitaría el cumplimiento de los objetivos del convenio y del I.U.N.E.P.

Resultaría contraproducente que con estos recursos financieros, no se lograra la ejecución de un plan de capacitación con garantías de continuidad y permanencia.

En el aspecto académico debe avanzarse en la reforma curricular que se inició en el año 2.002; debe procurarse mejorar el adiestramiento de los estudiantes en el manejo de la parte operativa de la administración de los centros de reclusión, y los aspectos de tratamiento como la educación, el trabajo, el deporte, la salud, etc.

Con el propósito de involucrar más al estudiante con la realidad carcelaria, debe facilitarse y mejorarse las practicas penitenciarias en la materia de seguridad, con docentes expertos e instrumentar un programa de pasantías.

El fortalecimiento del I.U.N.E.P., permitiría la instrumentación a corto plazo de un programa de capacitación serio dirigido al personal de prisiones.

  • Incorporar masivamente los Técnicos Superiores en Penitenciarismo egresados del Instituto Universitario Nacional de Estudios Penitenciarios I.U.N.E.P. al Sistema Penitenciario, los cuales están formados académicamente para ejercer cargos de jefes de régimen, coordinadores de seguridad, coordinadores de deportes, coordinadores de cultura, administradores, sub directores y directores de cárcel, quienes según la Constitución Nacional pueden ejercer estas funciones por poseer credenciales académicas universitarias.
  • Acordar con carácter obligatorio la implementación de cursos de inducción sobre la materia penitenciaria, a toda persona que aspire ingresar al sistema, y elevar a seis (06) meses la duración de los cursos para custodia penitenciaria.
  • Fomentar la cultura de la planificación en el sistema, para ello, es necesario obligar a todas las dependencias de prisiones a presentar un plan operativo estratégico anual que parta del plan anual de la Dirección General de Rehabilitación y Custodia del Recluso donde se aborden las materias de tratamiento y seguridad. La ejecución y supervisión de los referidos planes, debe estar a cargo de las Direcciones de Rehabilitación y de Custodia. El uso de la planificación permitirá la sistematización y organización, y a la vez, posibilitará acciones correctivas oportunas, redimencionar las metas y objetivos. Esto además contribuirá al cumplimiento de la obligación de ejecutar actividades de tratamiento y seguridad en los recintos penitenciarios.

La definición de un plan facilitaría el cumplimiento de la misión institucional, esto para evitar que prive la improvisación que caracteriza las instituciones de reclusión del País.

La educación y el trabajo constituyen herramientas imprescindibles para combatir el ocio y cambiar la conducta del individuo, por tal razón deben constituir aspectos importantes tanto para la elaboración de los planes como para la asignación presupuestaria.

  • Implementar de manera emergente programas de incorporación masiva de la población reclusa en actividades laborales, considerando el grave daño que genera el ocio y sobre todo la importancia del trabajo para la creación de hábitos, aprendizaje, satisfacción de necesidades económicas y la preparación positiva para la reinserción social.

En esta tarea, puede continuar haciendo aportes el I.N.C.E como ha sido desde hace largos años; pero es recomendable involucrar en ello la empresa privada, los gobiernos locales, regionales y otras instituciones que faciliten el proceso.

  • Diseñar y ejecutar un plan de construcción y mantenimiento de la infraestructura carcelaria, donde se prevea acondicionamiento real de espacios para la preparación adecuada de alimentos, prestación de servicios de salud, educación, trabajo, cultura, y deportes con asignación de recursos presupuestarios ajustados a las necesidades del sector; paralelamente se deben definir las estrategias para evitar que los reclusos deterioren las instalaciones construidas ó recuperadas.

El mejoramiento de las instalaciones físicas de los centros de reclusión, permitirá elevar la calidad de las condiciones de vida, al posibilitar la prestación de servicios fundamentales, facilitará la redistribución equitativa de los reclusos e incidirá en la solución del problema de hacinamiento.

  • Atacar fuertemente la corrupción con apoyo interinstitucional, a través de medios de inteligencia, procurando oportunamente que se establezcan responsabilidades sobre cualquier hecho irregular tanto administrativa como penalmente. La dependencia que se encargue de esta misión pudiera estar adscrita al Despacho del Ministro, a los fines de poder intervenir desde la Dirección General, las Direcciones de Línea, las Divisiones y las Direcciones de cárcel, ya que en el pasado se han visto involucrados en hechos de corrupción funcionarios de diversa jerarquía, lo cual no puede descartarse en la actualidad.
  • Concretar la revisión de los expedientes laborales de los directores de cárcel del momento; evaluar su capacidad de desempeño para decidir su destino laboral, e instrumentar un programa de formación en materia gerencial que permita su actualización y la superación de debilidades en el ejercicio de la función de gerentes institucionales. Se debe prever en estos programas el manejo de herramientas teórico prácticas para el trabajo en equipo en el marco de una visión sistemica, de eficacia, eficiencia y calidad.

Indudablemente lograr los objetivos planteados ocupa bastante tiempo, por ser un proceso difícil de implementar, sobre todo al considerar la hipertrofia organizativa en que se encuentra el sector; pero sólo a través de estos cambios es posible lograr un mejoramiento real de la situación.

3.- MEDIDAS TRANSITORIAS

Paralelamente al proceso de reestructuración, dada la crisis grave en que se encuentra sumergido el sistema; en tanto se hacen las evaluaciones pertinentes; los estudios de factibilidad; se plantea la descentralización, y se emprenden otras acciones logrables a largo tiempo; resulta necesario intervenir algunas áreas operativas para lo cual se plantean algunas medidas transitorias tales como:

3.1.- INTERVENCIÓN DEL AREA DE PERSONAL Y DE LA CAPACITACIÓN

La administración de los recursos humanos será más provechosa en la medida en que se entienda que constituye el elemento más importante de la institución, esto implica rigurosidad en el proceso de selección, para escoger los más capaces con vocación de servicio, involucrándolos desde el inicio a los programas de inducción, capacitación y actualización, reconocimiento del éxito, mejoramiento de las condiciones del ambiente laboral y reinvindicaciones salariales, ajustando los salarios a las necesidades.

En materia de selección es necesario que los profesionales que se recluten para ejercer los cargos de autoridad en el sistema, desde los altos niveles e intermedios cuenten con habilidades y conocimientos gerenciales, remediando las fallas de actualización a través de un programa de capacitación permanente que pudiera estar a cargo del I.U.N.E.P., donde la materia de planificación, gerencia y administración de recursos humanos, sea de obligatoria revisión.

Por otra parte resulta inminente dar solución a la hipertrofia que observa la nómina del personal asignado al sector penitenciario, la cual requiere en forma inmediata de un proceso de sinceración donde se determinen las necesidades reales de personal por áreas de servicios, a fin de definir que cargos deben ser creados o eliminados.

Esto además, posibilitará la revisión de los expedientes laborales y administrativos para decidir el futuro laboral de los funcionarios con relación a jubilaciones, incapacidad por razones de salud ó remociones.

Logrado este paso, puede conocerse sobre las necesidades de ajuste de las nóminas para adaptarlas a los requerimientos reales de cada centro, tanto el área de seguridad como la de tratamiento, es decir, se determinaría el requerimiento de personal técnico, administrativo y de seguridad acorde al tamaño de la población reclusa que albergue cada centro y a sus condiciones particulares.

Este sería un adelanto importante para un planteamiento diagnostico que pudiera ser presentado ante las autoridades regionales, en la oferta de convenio de descentralización como parte de la etapa de transición, lo cual serviría a las autoridades regionales para planificar los recursos humanos que necesitarían para atender el nuevo servicio.

Otro aspecto que requiere atención es la promoción del personal a través de ascensos por concursos y meritocracia, para evitar el amiguismo y con ello la desmotivación del personal emprendedor y abnegado.

En la misma etapa de transición es necesario atender el área de capacitación, a través de la captación de las necesidades y la determinación de los contenidos que deben impartirse al personal. Para esto, puede solicitarse el apoyo a instituciones locales.

Para la actualización del personal en materia de seguridad, es decir, manejo de información en cuanto a planes de atención inmediata de contingencias; técnicas de contención apropiadas; procedimientos internos, etc., puede involucrarse validamente la Guardia Nacional. Mientras que otras instituciones pueden prestar auxilio en la disertación de contenidos como: legislación, comunicación, liderazgo, integración grupal, relaciones humanas, Derechos Humanos, negociación de conflictos, toma de rehenes, desarrollo personal, motivación al logro, etc.

Atendiendo el artículo 4º de la Constitución de la República que establece los principios de integralidad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y cooresponsabilidad, contactar el apoyo de gobiernos locales y regionales para la capacitación del personal, donde el I.U.N.E.P. puede jugar un papel protagónico como única Institución Educativa del País dedicada a la formación de personal penitenciario, pudiendo hacer importantes aportes para la definición de los contenidos programáticos y la coordinación de los cursos que se requieran en cada región.

Estas medidas permitirían la incorporación del personal de seguridad y de tratamiento en un programa de capacitación serio, con la ejecución de cursos de adiestramiento, actualización y especialización, programados para las áreas específicas de atención, con una duración que facilite el desarrollo de las temáticas en el tiempo prudencial, y superar la limitación actual de programas intensivos que escasamente permiten abordar generalidades.

Esta iniciativa de capacitación pudiera emprenderse desde el Despacho del Ministro del Interior y Justicia, donde indudablemente debe considerarse la participación la Dirección General de Rehabilitación y Custodia, y la cooperación de los Directores de cárcel puede ser muy importante como lideres locales de la institución.

En tal sentido puede acudirse a diferentes instituciones de seguridad, Universidades e Institutos de Educación Superior locales e internacionales, dependencias públicas y privadas que puedan hacer aportes.

Para todo ello es necesario entender el alcance de la capacitación de los recursos humanos para obtener eficacia y eficiencia, al momento de esperar resultados, para Cherman. Bohlander. Snel. "La razón fundamental de capacitar los nuevos empleados es darles los conocimientos, aptitudes, y habilidades que requieren para lograr un desempeño satisfactorio. A medida que los empleados continúan en el puesto, la capacitación adicional les da la oportunidad de adquirir conocimientos y habilidades nuevas. Como resultado, es posible que sean más eficaces en el puesto y puedan desempeñar otros puestos en otras áreas o niveles más elevados".49

Dada la especificidad del sector penitenciario y su acontecer actual, resulta impostergable la generación de un programa serio que aborde esta área de vital importancia para el sistema, teniendo en cuenta que muchas de las debilidades pudieran obedecer a la ignorancia, la desactualización, la falta de integración de los equipos de trabajo o a la desmotivación, donde la capacitación puede constituir un factor de atracción para la identificación con los objetivos de la organización.

Por otra parte, resulta pertinente promover en todos los niveles de la estructura institucional del sector de prisiones la identificación del personal con la visión, la misión y los objetivos a corto, mediano y largo plazo que deben lograrse, donde la descentralización de ésta competencia tenga importancia preponderante, a los fines de debilitar la oposición al cambio.

Esto requiere del pleno convencimiento de las autoridades de la Dirección General de Rehabilitación y Custodia del Recluso y sus diferentes niveles operativos, sobre la necesidad de mantener un programa permanente de capacitación y actualización del personal, lo que no es otra cosa que la definición de la política de formación de los recursos humanos del sistema.

En cuanto a la supervisión y control, deben fortalecerse los dispositivos destinados al seguimiento del desempeño laboral, y sobre todo lograr un compromiso desde los más altos niveles de la estructura organizativa.

3.2.-ABORDAJE DE LOS PROGRAMAS DE TRATAMIENTO AL RECLUSO

Conociendo la seria crisis de desasistencia actual hacia la población reclusa y la flagrante violación de sus Derechos Humanos, resulta inminente tomar medidas extraordinarias. Sabemos, que el Estado Venezolano a través de las dependencias del sector está en la obligación de suministrar el personal, equipos, instalaciones y demás logística para la planificación, ejecución y supervisión de los programas de tratamiento que permitan la rehabilitación.

Se conoce que existen grandes limitaciones y que la situación alcanza límites de deficiencia históricos. En tanto se produce la descentralización del sistema, se aprueba la reforma de la Ley de Régimen Penitenciario y se crea el Ente Autónomo Penitenciario, es pertinente definir estrategias de acción para abordar el área de tratamiento, estableciendo prioridades, y clasificando la situación por problemas, para así, a través de la planificación estratégica poder dar una respuesta en un periodo de transición, lo que implica, un proceso de motivación e involucrar a los funcionarios de seguridad, profesionales, reclusos y familiares en un proyecto conciliatorio e interinstitucional que permita brindar asistencia.

Para ello, es posible sumar las voluntades del colectivo, llámese, gobiernos regionales, alcaldías, Organizaciones no Gubernamentales y demás representantes de la sociedad civil, donde además de permitirles la participación prevista en el articulo 184 numeral 7 de la Constitución, se conviertan en entes contralores y supervisores del desempeño y la gestión de los funcionarios, lo que también posibilitaría la adquisición de recursos materiales y financieros.

Resulta inminente dar respuesta al problema de higiene y suministro de alimentos para la población reclusa, mejorando los mecanismos de adquisición, suministro, administración, salubridad, que en definitiva mejoren la calidad de la dieta diaria a los reclusos.

De igual manera debe atenderse de forma emergente la situación de desabastecimiento de medicamentos, falta de dotación de materiales y equipos medico quirúrgicos; hacer mantenimiento y construcción de instalaciones para servicios de salud; asignar y controlar el personal médico y paramédico que presta servicio en las cárceles, entendiendo la estrecha relación existente entre el derecho a la salud y el derecho a la vida.

Es necesaria la implementación de actividades dirigidas al tratamiento de los reclusos que padezcan de adicción a las drogas; El consumo de sustancias estupefacientes y psicotropicas representa un problema de salud pública, y de esta misma manera tiene que ser tratado. La adición en los centros de reclusión viene acompañado de un sin número de problemas; el control de estos dependerá de la forma como se asuma y supere en cada individuo la enfermedad de la adicción.

En cuanto a la programación, debe exigirse a los equipos de trabajo mayor creatividad y participación en la elaboración de planes de atención inmediata con sus correspondientes estrategias, logrando con ello el compromiso en la ejecución, optando por la realización de actividades de tratamiento con apoyo interinstitucional donde la metodología de atención grupal y la organización comunitaria pudieran constituir herramienta técnica apropiada, considerando que el tamaño de la población reclusa en la mayoría de los centros supera la capacidad técnica para la realización de terapias individuales. Sería pertinente incorporar en las iniciativas terapéuticas a los familiares de los internos.

Resulta ineludible incorporar a los reclusos en actividades educativas y de trabajo, sólo de esta manera se podrá combatir el ocio que constituye el principal enemigo del preso; un recluso ocupado es un problema menos.

El tratamiento penitenciario debe lograr internalizar en el individuo valores que le permitan incorporarse nuevamente al contexto social de donde proviene con herramientas que le permitan ser útil.

Esta posibilidad es factible, teniendo en cuenta que los equipos profesionales de las cárceles en la actualidad no se ocupan de las evaluaciones para el otorgamiento de medidas alternativas a la privación de libertad, por tal razón, cuentan con el tiempo necesario para realizar este tipo de modalidades de tratamiento, de igual forma puede acudirse a una serie de métodos que utiliza la ciencia social en la actualidad para tratar personas con limitaciones en la conducta, por lo cual resulta indispensable actualizar los equipos técnicos de los centros de reclusión.

Los equipos técnicos deben involucrarse de forma integral para lograr la participación de la población reclusa en actividades de tratamiento; la atención de casos debe realizarse considerando la individualidad del tratamiento; pero resulta necesario implementar actividades de grupo.

Los Trabajadores Sociales y los Psicólogos deben plantear su intervención, a través de métodos que permitan ejecutar actividades de motivación para que los internos participen efectivamente en todas las modalidades de tratamiento, es decir, los técnicos no pueden estar al margen de la actividad docente, laboral, de recreación, cultura, deportes, prevención sanitaria, etc., alegando que tal actividad no corresponde a determinada competencia, puesto que todas están dirigidas a lograr la reeducación y la sana convivencia, por tal razón, la ejecución efectiva constituye una obligación para el equipo en general.

Corresponde al equipo técnico definir las estrategias que deben seguirse para disminuir la agresividad y la violencia en la población reclusa, esto implica, desarrollar un programa que influya en aspectos importantes como: el liderazgo, la comunicación, la autoestima, las relaciones interpersonales, las relaciones familiares, el consumo de estupefacientes, etc.

Las experiencias realizadas con la utilización de modalidades de tratamiento riguroso a internos con graves problemas de adaptación han sido provechosas, por lo que es recomendable hacer las evaluaciones en cada centro sobre los internos que presenten mayores problemas, a fin de abordarlos en grupos terapéuticos con equipos multidisciplinarios, en vez de sancionarlos permanentemente con medidas de traslado a otras cárceles, que sólo trasladan el problema y generan más resentimiento social en el recluso.

Para el área laboral es pertinente acudir a las modalidades de cooperativas y talleres escuela donde el recluso pueda servir de facilitador, bajo la supervisión de funcionario; ejemplo de ello lo viene dando el I.N.C.E., a través del Programa de Juventud Desocupada, el cual pudiera obtener mejores resultados si el Ministerio del Interior y Justicia desembolsara a tiempo los recursos financieros correspondientes al convenio, la iniciativa debe fortalecerse y dedicarle mayor tiempo a la ejecución de estas actividades para atender la población en porcentajes superiores.

Dado que en la actualidad en gobierno nacional implementa una serie de programas para la atención comunitaria, es pertinente conducir la atención de los mismos a la comunidad penitenciaria tanto en las áreas de salud, alimentación, educación y trabajo. Se conoce que actualmente se desarrolla en algunos centros de reclusión el programa "Vuelvan Caras", que tiene como propósito incorporar la población reclusa en actividades de laborales y de capacitación, donde participan más de mil internos, siendo un porcentaje reducido de la población total, por lo que es necesario incrementar el número de reos que aborda el programa. De igual manera se viene anunciando la implementación de un programa integral de salud el cual resulta absolutamente apremiante en estos momentos.

3.3.-INTERVENCIÓN PARA MEJORAR LA SEGURIDAD

Como se recomendó anteriormente resulta de inmediata solución la deficiencia de personal para la custodia interna, razón por la cual es necesario la creación de nuevos cargos para incrementar éste personal, la revisión de las nóminas para colocar a los funcionarios de seguridad a cumplir actividades propias del servicio, e incrementar la nómina del personal administrativo para ubicar a los trabajadores que ocupan actualmente los cargos de vigilancia.

Estas medidas también contribuirían a preparar el espacio hacia la descentralización, puesto que en los convenios debe acordarse quien debe asumir los compromisos en cuanto a pasivos laborales, cuales son las necesidades y la inversión en la materia, de igual manera debe maximizarse el uso de los recursos humanos que actualmente son mal utilizados por efectos de la desorganización que impera.

Un aspecto que resulta ineludible es el problema del tráfico de armas, que genera tanta violencia en las cárceles y vulnera Derechos Fundamentales. La vida constituye nuestro principal derecho, por tal razón el Estado está obligado a garantizarla, de manera que no se puede seguir postergando el desarme de la población reclusa.

Conforme a la obligación de garantizar el derecho a la vida y a la salud, se debe diseñar y poner en práctica métodos más técnicos de control para evitar el acceso de armas y municiones, y controlar la fabricación en los centros de reclusión, pues no puede hablarse de tratamiento, resocialización ó rehabilitación, sí antes que todo no se garantiza el derecho a la vida de los reclusos, ya que la violencia y la muerte constituyen la antítesis de cualquier iniciativa que pretenda cambios de conducta.

La disminución del tráfico de armas puede lograrse intensificando las medidas de control de acceso como las de desarme de la población reclusa. Con ese fin, deben extremarse las medidas para el ingreso de personas y cosas a los centros, con la correspondiente requisa interna al momento del acceso, no aceptando como justificación al incumplimiento la reacción negativa de los reclusos; pero debe garantizarse el respeto y garantía de los Derechos Humanos.

Con el propósito de combatir el problema del tráfico de estupefacientes que tanta violencia genera en las cárceles, además del trabajo interno que se realice en cada prisión, debe definirse estrategias de acción interinstitucionales donde participen los diferentes cuerpos de seguridad, a fin de detectar con mayor eficacia a quienes se involucren en el negocio de la droga, teniendo en cuenta como afecta negativamente este fenómeno a las comunidades en general.

Para lograr este y otros objetivos de seguridad, debe fortalecerse la red de inteligencia, en la cual se puede incluir como informantes a los reclusos y sus familiares, a los vecinos que conviven en los alrededores de los establecimientos y toda persona que resulte necesaria.

En este orden de ideas debe disponerse mayor asignación presupuestaria para la inversión en elementos fundamentales para el funcionamiento diario y para la adquisición de dispositivos tecnológicos de control, con los cuales se disminuya la vulnerabilidad y se garanticen los derechos a los reclusos.

Paralelamente a la definición del proceso de descentralización, en una etapa de transición mejorar los aspectos normativos, operativos y fortalecer las posibilidades de control sobre los centros de reclusión.

Las posibilidades de control de gestión para las áreas de seguridad y tratamiento dependen en gran medida del cumplimiento de aspectos como:

  1. La definición de objetivos jerarquizados de corto y largo plazo, que correspondan a un análisis interno y externo;
  2. Disposición de planes, programas y presupuestos que cuantifiquen los objetivos previsionales de las variables;
  3. Establecimiento de la estructura operacional, con las formas concretas de ejecución y control de tareas, así como la asignación clara de atribuciones y responsabilidades;
  4. Medición, registro y control de los resultados reales obtenidos;
  5. Cálculo de las desviaciones mediante comparación entre valores de los objetivos previstos y los resultados obtenidos;
  6. Proceso de explicación de los orígenes de las desviaciones y sus causas, para poder interpretar correctamente sus causas y asignar responsabilidades;
  7. Tomar decisiones correctoras de la situación, para crear conciencia en la adopción de las mismas y la obtención de mejores resultados, lo que implica seguimiento real.

Ahora bien, el éxito de la gestión en el sector penitenciario depende de la adecuada interrelación que se adelante entre los actores que protagonizan la materia de seguridad y de tratamiento, ya que resulta imposible deslindar las dos áreas. La pretensión de independizar los dos aspectos ha resultado siempre un fracaso, no puede hacerse tratamiento sin seguridad, y si no hacemos tratamiento generamos violencia e inseguridad.

La separación ó falta de integralidad entre las acciones destinadas al tratamiento, y las dirigidas a garantizar la seguridad han venido generando ineficacia. El descuido en los aspectos de seguridad, ha constituido y sigue constituyendo una de las grandes debilidades de ésa organización. Al programa de tratamiento, aún con las limitaciones que lo caracterizan, se le ha dedicado más tiempo y recursos mientras que la de seguridad ha sido profundamente descuidada.

Priva la necesidad de atender el área de seguridad, sin seguir excusándose en la falta de presupuesto o la deficiencia de recursos humanos, que se entiende existen; pero la característica que prevalece es la desorganización, la anarquía, la indisposición, que responden en muchos casos a los intereses subalternos de algunos funcionarios, lo cual no se resuelve con presupuesto, sino con la definición de métodos que propicien la organización, la planificación y el control, para cumplir este objetivo, sería apropiado:

  1. Fortalecer la Oficina de Fiscalización para que se instrumente un sistema de inspecciones preventivas que permitan mantener observación directa sobre el funcionamiento de los centros, dando importancia relevante al área de seguridad, la cual, generalmente presenta debilidades por fallas de gerencia, lo que permitirá corregir deficiencias de ésta índole en el curso de las inspecciones.
  2. Instrumentar un curso al personal directivo de las cárceles en materia de gerencia, planificación e inteligencia policial, donde se aborde la necesidad de la elaboración de los planes operativos para el funcionamiento ordinario y de reacción inmediata para controlar contingencias, lo que permitiría que cada funcionario tenga definidas las acciones que debe cumplir, con ello se evitarían las improvisaciones que en ocasiones resultan contraproducentes. Además los cursos deben incluir en la temática métodos de control de personal y definir reglas de comportamiento laboral.
  3. Instrumentar cursos de actualización y readiestramiento al personal de seguridad, donde se aborden los aspectos señalados anteriormente.
  4. Rescatar progresivamente la vigilancia interna de las áreas de reclusión tanto diurna como nocturna, considerando que actualmente un gran número de establecimientos de reclusión no son vigilados en sus sectores internos y se encuentran la mayor parte del tiempo a merced de los reclusos.
  5. Controlar el acceso de altas sumas de dinero a los centros de reclusión, considerando su estrecha relación con el tráfico de armas y drogas, con el consumo de estupefacientes, con la generación de homicidios por encargo y otros aspectos de la violencia carcelaria.
  6. Actualizar las bases de datos de las oficinas de reseña de los centros de reclusión; mejorar la gestión de expedientes carcelarios, garantizando que en los mismos se actualice permanentemente el archivo de los documentos que correspondan a cada caso, tomando especial previsión en que se deje constancia en los mismos sobre la evolución conductual del interno, en cuanto a las actividades positivas en que participa y las faltas a la disciplina en las que incurra. Sobre el particular existe una experiencia en los centros de reclusión intervenidos por la Unidad de Gestión del Proyecto de Reinserción Social de Delincuentes y Menores en Situación Irregular a la cual se pueda dar utilidad.
  7. Actualizar los listados por pabellones y áreas de reclusión a los fines de identificar los reclusos por locales de albergue, ello implica rescatar el pase de lista y número reglamentario diariamente.
  8. Controlar el uso de áreas administrativas para aislamiento de reclusos y acondicionar salas para el aislamiento y disciplina.
  9. Someter a revisión y actualización el Instructivo sobre el Régimen Interno de los Establecimientos Penitenciarios, que se encuentra vigente y contiene normas relativas a procedimientos de seguridad, el ingreso, la clasificación, la observación, funciones de la Junta de Conducta y Seguridad, red de inteligencia, régimen de visitas y funciones de los diferentes empleados administrativos, el cual se encuentra desactualizado; pero puede ser de utilidad considerando las debilidades actuales en materia de ordenamiento.
  10. Rescatar las reuniones de las Juntas de Seguridad y Conducta en los penales y las rondas de servicio nocturno con la Guardia Nacional, para generar la visión de trabajo en equipo y hacer prevención para evitar que las situaciones se agraven por falta de intervención oportuna.
  11. Revisar la utilización en los centros de reclusión de vigilantes en funciones administrativas y ubicar en sus propias funciones los custodios penitenciarios mal utilizados.
  12. Maximizar los controles de asistencia, salida y entrada del personal de Directores y los custodios a los establecimientos, obligando la lectura de servicio diaria, ya que en muchos casos abandonan el servicio antes del cambio de guardia y dejan las cárceles desguarnecidas en horas de la mañana, siendo en estos momentos cuando mayoritariamente se fomentan conflictos entre reclusos. Además controlar las entradas y salidas constantes de vigilantes de guardia a las áreas externas de la cárcel para evitar compromisos irregulares.
  13. Obligar a las autoridades directivas de las cárceles a la elaboración y presentación de informes sobre todo hecho irregular que ocurra en los centros, con la correspondiente notificación a la Dirección de Custodia, Fiscalía y Tribunales y el registro en los libros de novedades diarias.
  14. Maximizar el control del uso de armas de fuego por parte de funcionarios, reseñando la entrada y salida en libros de los parques de armamento, de igual manera con relación a los vehículos.
  15. Conminar a los Directores a supervisar las áreas de reclusión, rejas, pisos, paredes, patios, áreas perimétricas, canchas deportivas y hospitales, con ello se les obligaría a salir de las oficinas donde se encuentran atados a los escritorios.
  16. Rescatar la autoridad en los centros, mejorando los procedimientos, motivando y disciplinando al personal.
  17. Disponer la obligatoriedad a los directores de cárcel de asignar días de audiencia a la población reclusa y sus familiares, lo cual permitirá que el director obtenga liderazgo ante los internos y familiares, propiciará que los reos se sientan atendidos y disminuirían los conflictos, todo lo actuado debería ser reseñado en libro de actas.
  18. Crear un reglamento disciplinario para la población reclusa, que defina que conductas pueden ser calificadas como faltas a la disciplina, donde se prevea el grado de la falta (leve, mediana o grave), su correspondiente sanción de acuerdo a la gravedad de la misma y el procedimiento administrativo a seguir para el procesamiento de la falta. Tal instrumento debe establecer las instancias de autoridad y apelación para la revisión e imposición de la sanción, e ineludiblemente debe garantizar el derecho a la defensa del reo sometido al procedimiento.

Sobre el particular existe una propuesta muy apropiada realizada por el Dr. José A. Moreta quien fungió como Codirector del Convenio Unión Europea ? República de Venezuela en la Unidad de Gestión del Proyecto de Reinserción Social de Delincuentes y Menores en Situación Irregular.

La aplicación de las recomendaciones planteadas pueden mejorar la situación organizativa, para lo cual no se requiere mayor presupuesto, con ello, es posible optimizar el control y disminuir la vulnerabilidad en la seguridad de las cárceles, que en definitiva genera conflictos que violentan los derechos de los reclusos y funcionarios y limitan el cumplimiento de la misión.

3.4.-ALTERNATIVAS EN MATERIA DE PRESUPUESTO

En el marco de los estudios correspondientes a la elaboración de los convenios de Descentralización de cada Centro Penitenciario, debe determinarse el estado de deterioro de las instalaciones; las necesidades de equipamiento; de construcción de nuevos locales; de asignación de personal y los costos para la elaboración de un programa estratégico para la atención del centro en cuestión.

Determinadas las necesidades presupuestarias, jerarquizar las mismas en orden de prioridades y acordar un plan de ejecución progresivo a corto, mediano y largo plazo, que prevea la inversión en cada una de las áreas que se evaluaron. En este plan estratégico debe establecerse las obligaciones del Ejecutivo Nacional, la Gobernación ó Alcaldía correspondiente, en el aporte presupuestario anual para la ejecución.

En este mismo sentido, debe promoverse la búsqueda de recursos ante aliados internacionales, y someter a revisión la capacidad de los funcionarios que representan al Estado Venezolano en la gestión de los programas derivados de los Convenios con Organismos Internacionales y la misma utilización de los recursos financieros asignados a la ejecución de éstos.

Esto permitirá verificar si las acciones definidas en los programas de ejecución de tales Convenios atienden necesidades prioritarias, para maximizar el uso de esos recursos y evitar que éstos sean desviados hacia aspectos de menor importancia, en cuanto a la satisfacción de derechos y necesidades fundamentales de la población reclusa tal como ha ocurrido en el pasado. También resulta una obligación para el Estado Venezolano apoyar la realización de las actividades que se acuerden en el marco de estos Convenios, posibilitar la ejecución y continuidad de las mismas dada la gran deficiencia que padece el sector de prisiones en materia presupuestaria.

Ajustar la formulación presupuestaria a la programación; el planteamiento de objetivos sólo puede ser logrado si se dispone de los recursos humanos y financieros; por tal razón, debe establecerse la relación necesaria entre plan ? programa y presupuesto.

Requiere especial atención la asignación de recursos financieros para el funcionamiento, cuyas partidas se administran actualmente desde el Ministerio del Interior y Justicia, lo que se ha convertido más que en una solución en un problema grave, al no disponer los directores de cárcel de recursos indispensables para el funcionamiento ordinario, y no recibir las dotaciones de forma oportuna.

CONCLUSIONES

La presentación del resultado de la investigación realizada para los fines de este trabajo, significó una revisión en el tiempo, tanto de la problemática que ha vivido el sector penitenciario los últimos veinte años, como de las actuaciones de autoridades involucradas en el acontecer diario del sistema y toda una serie de alternativas que de diferentes maneras han pretendido atender el asunto.

Indudablemente son múltiples las variables que intervienen y se interrelacionan para generar este fenómeno. Su prevalencia se debe no sólo a la incapacidad de la Administración Penitenciaria para dar respuesta a los pormenores, desviaciones y eventualidades que día a día se presentan; además, existe una gran cantidad de aspectos y decisiones que corresponden a diferentes ámbitos de la Administración Pública, desde la Presidencia de la República, la Asamblea Nacional, y demás Despachos de autoridad y poder, que deberían responder a una política de Estado. La superación de la problemática, indudablemente requiere antes que todo de voluntad política.

Los hechos que se apreciaron en el análisis dejan ver una brecha abismal durante muchos años entre la normativa legal y la realidad relativa al funcionamiento carcelario venezolano, que separan de manera importante a las instituciones penitenciarias de las posibilidades de ofrecer tratamiento, lograr la reeducación y posterior reinserción social de los condenados.

Se incurriría en utopías si se creyera que las cárceles venezolanas en las condiciones que funcionan, puedan servir en lo mínimo para generar cambios positivos en la conducta de los seres que se encuentran sometidos al régimen de reclusión.

El Sistema Penitenciario adolece de elementos esenciales para el funcionamiento. La asignación presupuestaria es incongruente con el grado de las necesidades. Las instalaciones de reclusión se encuentran profundamente deterioradas, y el hacinamiento supera el 35 % de la capacidad instalada, con relación a la totalidad de las instalaciones del Sistema, porque al analizar las instituciones caso por caso, se localizan centros donde el hacinamiento supera hasta el doscientos por ciento la capacidad instalada.

Los recursos humanos son insuficientes para atender la población reclusa tanto para la seguridad como para el tratamiento. La capacitación de los recursos humanos, la supervisión y el control son sumamente deficitarios.

Las fallas de la gerencia se observan constantemente en la ausencia de planes concebidos conforme a la realidad y fundamentados en preceptos teórico metodológicos apropiados. Salvo algunas excepciones, por años el sistema viene siendo administrado por autoridades de alto nivel que desconocen la materia, de allí la toma de decisiones desatinadas.

El Sistema Penitenciario venezolano se encuentra plagado de vicios, porque "cualquier vicio que tenga el País, en la cárcel hace metástasis, como lo afirmara el Dr. Elio Gómez Guillo el 17/10/04.

La situación penitenciaria venezolana se caracteriza por la indolencia, la omisión, la complicidad y la corrupción.

La mayoría de las iniciativas que durante tanto tiempo se han venido desarrollando representan meros paliativos, que de forma alguna han permitido la creación e implementación de una Política de Estado destinada a dar solución efectiva a la problemática.

El desastre que caracteriza hoy al sector penitenciario, viene ocurriendo desde hace más de 30 años, sería irresponsable adjudicarlo a la gestión del gobierno actual. Se han tomado algunas medidas para dar respuesta, destacándose avances en lo legislativo; sin embargo, se han creado muchas expectativas, y hay quienes afirman que el gobierno ha podido hacer más por los presos.

Por largos años se han escuchado promesas de diferentes actores que han llenado de esperanzas a los interesados en el asunto, pero los hechos que consecuentemente se manifiestan dejan ver la poca capacidad para superar tan profunda desorganización, convirtiéndose estas promesas en discursos hipócritas que sólo han servido para crear expectativas y efectismo político.

La situación de inseguridad que vive el País muestra fallas derivadas de la incoherencia e ineficacia en la prevención, y conducen a la imperiosa necesidad de atender a los ciudadanos en materia de salud, alimentación, educación, vivienda y trabajo, cuya insatisfacción incide inexorablemente en el aumento de la criminalidad.

Las fallas en la prevención dan como resultado el incremento de la criminalidad con en consecuente agravamiento de las condiciones de funcionamiento de todo el Sistema de Administración de Justicia Nacional, el cual evidentemente no se encuentra suficientemente preparado para atender la coyuntura, donde el Sistema Penitenciario aun cuando cumple una función preponderante sufre el mayor desarreglo.

La legislación en la materia es abundante, aun cuando se requiere de adecuar algunos instrumentos legales a la realidad actual, adaptando algunas normas a los principios Constitucionales, no es menos cierto que la Constitución Nacional dispone de los principios rectores que deben conducir la reestructuración y el funcionamiento penitenciario, por ello se evidencia, antes que todo, falta de voluntad política para abordar con responsabilidad la crisis.

La situación que presentan las cárceles debe convencer a las autoridades de la necesidad impostergable de definir la política, estrategias, planes y proyectos para superar la realidad actual, ello debe conllevar a decisiones serias, que impliquen una asignación presupuestaria acorde a las necesidades de cambio, de lo contrario seguirían siendo meros paliativos.

La desorganización del sector por efectos de la deficiencia presupuestaria, la falta de control y de gerencia debe ser superada, despojándose de otro tipo de intereses.

Ciertamente en esta obra se han descrito los hechos con profunda crudeza, derivada de la observación y vivencia directa, de la participación en múltiples acontecimientos ocurridos en el sector por largos años. Conscientes de que se ha podido incurrir en debilidades de objetividad, pero su develación tiene la sana intención de dejarlos plasmados para la reflexión, con el verdadero deseo de que en un futuro cercano formen parte de una historia superada a la cual no debemos regresar.

Quienes hemos tenido en el pasado responsabilidades en el manejo de la administración penitenciaria y quienes hoy ostentan cargos de jefatura tenemos una gran deuda con el País, que estamos obligados a saldar.

El drama de las cárceles traspasa las barreras de los recintos penitenciarios, detrás de cada preso hay una familia, en la medida que facilitemos programas apropiados para la rehabilitación, estaremos contribuyendo con el mejoramiento de las condiciones de vida de esas familias, de la seguridad y la sociedad en general.

La sociedad moderna requiere de la tecnificación y profesionalización de toda persona que ejerza funciones en la Administración Pública, por tal razón el sector penitenciario debe ser transformado, convirtiendo sus instituciones hacia la excelencia y la calidad, para lograr así la misión de rehabilitación que les ha sido asignada, de no lograrse esto, tendríamos que coincidir con los planteamientos de abolición de la cárcel como medio de resocialización.

La violación de los Derechos Humanos de la población reclusa no puede ocultarse, priva la necesidad que las instituciones que tienen competencia sobre la garantía y defensa de los Derechos Humanos, asuman responsablemente su rol para evitar que se siga comprometiendo la responsabilidad del Estado Venezolano por el incumplimiento de su deber.

Se impone la necesidad de colocar la problemática en manos de un equipo profesional que disponga de suficientes herramientas teórico prácticas para que asuma un proceso de reingeniería del Sistema Penitenciario, para ello el Estado tiene que brindarles el apoyo indispensable que les permita hacer los cambios que a que debe conducirse.

No puede seguirse permitiendo que las dependencias inoperativas que han dado suficientes muestras de incapacidad en el sector, como el Instituto Autónomo Caja de Trabajo Penitenciario, continúen funcionando con los mismos criterios del pasado, y bajo la responsabilidad de los mismos actores.

El cambio que el sistema requiere debe sustentarse en nuevos y modernos paradigmas, los vicios e intereses del pasado deben ser superados y esto constituye una tarea bastante difícil pero debe instrumentarse, ya que no puede olvidarse que los individuos recluidos están en los centros por periodos determinados de tiempo; pero en algún momento vuelven a sus comunidades de origen, por lo que la rehabilitación es imperativa si se pretende mejorar la seguridad en el contexto social general.

Las Gobernaciones de Estado y las Alcaldías, desde hace mucho tiempo vienen interviniendo en la satisfacción de necesidades de los centros de reclusión locales, a través de la prestación de servicios de salud, transporte, seguridad, deportes, cultura y mantenimiento, entre otros. La cercanía a los Establecimientos que se encuentran en el ámbito de su gobernabilidad les permite ejercer un control más apropiado, considerando esta premisa, debe intentarse de una vez por todas la transferencia de la competencia como alternativa viable de solución y así cumplir con el mandato Constitucional.

La tarea es ardua, pero sumamente necesaria, requiere de honestidad y valentía. El reto debe asumirse; como lo afirma Miguel Ángel Cornejo: "El futuro ha pertenecido y pertenecerá a los soñadores. En la imaginación está la infinitud del creador."

BIBLIOGRAFÍA

ALBORNOZ BERTI, Roberto. Profilaxis y Terapéutica Criminales. Editorial Universidad de los Andes. Mérida Venezuela. 1.980.

ALESSANDRA, Tony., O? CONNOR, Michael J. La Regla de Platino. Editorial Grijalbo. Barcelona ? España. 1.998.

BELTRAN JARAMILLO, Jesús Mauricio. Indicadores de Gestión, Herramientas para Lograr la Competitividad. Editorial Global Ediciones, S.A. Segunda Edición. Caracas ?Venezuela. 2.000.

BIOSCA, Domenec. Dirigir con Eficacia Hoy, El Estilo de Dirigir en los 90. Editorial CDN Ciencias de la Dirección S.A. Madrid España. 1.990.

BROWN, Doris. Manual del Director de Empresa. Editorial Limusa, S.A. México. 1.993.

BROWN, W. Steven. Errores Fatales en que Incurren los Gerentes. Editorial Norma. Octava Edición. Bogotá ? Colombia. 1.990.

BUJAN, Javier Alejandro, FERRANDO, Víctor Hugo. La Cárcel Argentina. Una Perspectiva Crítica. Editorial Ad-Hoc. Buenos Aires– Argentina. 1.998.

CAPITULO CRIMINOLOGICO Nª 22, Instituto de Criminología, Universidad del Zulia. Editorial Universidad del Zulia. 1.994.

CARRANZA, Elías, HOUED, Mario, LIVERPOOL, Nicholas J.O., MORA, Luis P.; RODRIGUEZ MANZANERA, Luis., Sistemas Penitenciarios y Alternativas a la Prisión en América Latina y el Caribe. Editorial Ediciones Depalma. Buenos Aires Argentina. 1.992.

CASTELLANO BOHORQUEZ, Hercilio. El Oficio del Planificador. Editorial Vadel Hermanos. Caracas ? Venezuela. 2.000.

Centro Internacional de Estudios Sobre Prisiones, King´s College, Universidad de Londres. Derechos Humanos y Practica Penitenciaria, Manual de Capacitación en Derechos Humanos.1.999.

Código Penitenciario y Carcelario. República de Colombia, Congreso de la República. Editorial Leyer.1.993.

Constitución de Venezuela. República de Venezuela. Congreso de la República. Editorial Eduven. Gaceta Oficial Nº 662. Caracas 1.961

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1.999. Asamblea Nacional Constituyente. Imprenta Nacional. Gaceta Oficial Nº5.453. 24/03/2000. Caracas.

CORNEJO, Miguel Angel. Dirección de Excelencia. El Reto del Tercer Milenio. Editorial Grad. Cuarta Edición. 1.996.

CORNEJO, Miguel Angel, Tiempos de Competir. Editorial Grad, S.A. Segunda Edición. 1.994.

Decreto Reglamento de la Pena Accesoria de la Vigilancia de la Autoridad. República de Venezuela. Ejecutivo Federal. Caracas. 1.927.

Decreto que crea la Penitenciaria Provisional de San Juan de los Morros. República de Venezuela. Ejecutivo Federal. Caracas. 1.944.

Decreto que Habilita la Colonia El Dorado como anexo a la Penitenciaría General. República de Venezuela. Ejecutivo Federal. Caracas. 1.945.

Decreto Nº 333 Relativo a Penitenciaría de Mujeres. República de Venezuela. 1.949.

Decreto Nº 359 Relativo a Casa Correccional de Mujeres. República de Venezuela. Caracas. 1.949.

Decreto Nº 325 Instituto para Formación Personal de Prisiones. República de Venezuela. Caracas. 1.951.

Decreto Nº 458. Reglamento de Cárceles. República de Venezuela. Junta de Gobierno. Caracas. 1.952.

Decreto Presidencial Nº 2.284. Relativo al Personal de Régimen Penitenciario. República de Venezuela. Gaceta Oficial Nº 34.975. 01/06/92. Caracas.

Decreto Presidencial Nº 501. Relativo al Personal de Administrativo del Sistema Penitenciario. República de Venezuela. Gaceta Oficial Nº 35.628. 10/03/95. Caracas.

Diccionario de la Lengua Española. Real Academia Española. Editorial Espasa ? Calpe. Vigésima Primera Edición. 1.992.

Diccionario Enciclopédico "El Pequeño Larousse". 1.998.

DICHTER, Ernest. Iniciativa y Creatividad del Gerente Contemporáneo. Editorial Diana. Primera Edición. México. 1.974.

DRUDIS, Antonio. Gestión de Proyectos. Editorial Gestión 2.000. Barcelona España. 1.999.

GRAIG COOPER, Sir Michael, De BACKER, Philippe. Auditoría de Gestión. Editorial Ediciones Folio, S.A. Barcelona ? España. 1.994.

HANS DEMMER, Karl. DEYHLE, Albrecht., FREIHERR VON FALKENHAUSEN, Hasso., HANFT, Klaus K. HUMMER, Wolfgang, KNOBLAUCH, Helmut, LIERTZ, Rolf, STEIGERWALD, Heinrich J., TRECHSEL, Fritz. Nuevas Técnicas de Dirección. Editorial Hispano Europea. Barcelona España. 1.976.

HUMAN RIGHTS WATCH, Castigados Sin Condena, Condiciones de las Prisiones de Venezuela, Informe 1.998.

KENT, Jorge. Sustitutos de la Prisión, Penas sin Libertad y Penas en Libertad. Editorial Abeledo ? Perrot. Buenos Aires Argentina. 1.987.

LEGANES, S. La Crisis del Tratamiento Penitenciario, Internet, Páginas de Criminología, Tratamiento, nup/ personal. Redestd. Es/ pedrotur/ Criminologías. Num.

Legislación Penitenciaria. Dirección General de Instituciones Penitenciarias. España. 1ª edición Mayo 1.996.Imprime: Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias.

Ley de Régimen Penitenciario. República de Venezuela. Congreso de la República. 1.971.

Ley de Régimen Penitenciario. República de Venezuela. Congreso de la República. Editorial Eduven. 1.981.

Ley de Reforma Parcial del Código Orgánico Procesal Penal, República Bolivariana de Venezuela. Asamblea Nacional. Editores Vadell Hermanos. Gaceta Oficial Nº 5.558, 14/11/2001. Caracas, 2.001.

Ley de Reforma Parcial de la Ley de Régimen Penitenciario. República Bolivariana de Venezuela. Asamblea Nacional Constituyente. Gaceta Oficial Nº. 36.975, 19/06/2000. Caracas, 2.000.

LINARES, Myrla. El Sistema Penitenciario Venezolano. Editorial U.C.V. 2da. Edición. 1.981.

LOPEZ REY y ARROJO, Manuel. La Criminalidad, Un Estudio Analítico. Editorial Tecnos S.A. Madrid España. 1.976.

MALLO, Carlos., MERLO, José. Control de Gestión y Control Presupuestario. Editorial Mc Graw – Hill/Interamericana de España. Madrid – España. 1.995.

MATUS, Carlos, Política, Planificación y Gobierno. Editorial Fundación ALTADIR, Caracas Venezuela, 1.987.

MOLINA A., Carlos Mario. Introducción a la Criminología. Editorial Leyer. Medillín Colombia. 1.998.

MORA ALVARADO, Nelson. Tecnología de la Seguridad. Caracas Venezuela. 1.984.

MORAIS DE GUERRER, Maria G. La Pena, Su Ejecución en el Código Orgánico Procesal Penal. Editorial Vadel Hermanos. Caracas- Venezuela. 2.001.

OJEDA, William. Una Mirada Tras las Rejas. Editorial Ediciones Solar. Caracas ? Venezuela.1.997.

OSORIO, Manuel. Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales. Editorial Obra Grande S.A. Montevideo Uruguay. 1.963.

PEREZ MOYA, J. Estrategia Gestión y Habilidades Directivas. Editorial Díaz de Santos, S.A. Madrid España. 1.997.

PUMPIN, Cuno., GARCIA ECHEVARRIA, Santiago. Estrategia Empresarial. Editorial Díaz de Santos, S.A. Madrid España. 1.993.

Reglamento de Internados Judiciales. República de Venezuela. Presidencia de la República. Gaceta Oficial Nº 30.784,02/09/75. Caracas.1.975.

Reglamento Interior de la Colonia de las Islas del Burro y de Otama. República de Venezuela. Ejecutivo Federal. Caracas. 1.942.

Reglamento de la Ley de Régimen Penitenciario. República de Venezuela. Presidencia de la República. Gaceta Oficial Nº 30.816, 09/10/1.975. Caracas.

Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos. Organización de Naciones Unidas. Congreso de Naciones Unidas. 1.955.

SANTOS ALVIS, Thamara. Control y Punición de la Delincuencia. Estrategias Sociológicas. Editorial Universidad del Zulia. Maracaibo ? Venezuela. 1.987.

SENGE, Peter, ROSS,R., SMITH,B. ,CH., Roberts y KLEINER A., LA Quinta Disciplina en la Práctica. Ediciones Juan Granica, S.A., Barcelona España. (1.997).

SERNA GOMEZ, Humberto. Gerencia Estratégica. Editorial Global Ediciones S.A. Bogotá Colombia. 1.997.

SHERMAN. BOHLANDER. SNEL. Administración de Recursos Humanos. Editorial Internacional Thomson. 11ª Edición. México. 1.999.

SILICEO, Alfonso. Capacitación y Desarrollo de Personal. Editorial Limosa Noriega. México. 2.000.

SMITH, Cameron C. Guía para Supervisores. Editorial Trillas. Primera Edición. México.

TESS, Kirby. El Gerente que sí Puede. Editorial Norma. Bogotá Colombia.1.990.

TORREALBA, Nadeska. Retardo Judicial. Editorial Texto.Caracas Venezuela. 1.997.

Unidad de Gestión del Proyecto de Reinserción Social de Delincuentes y Menores en Situación Irregular. Curso sobre Habilidades en la Vigilancia (2.001). Apoyo documental.

AGRADECIMIENTO

La posibilidad de adquirir conocimientos sobre cualquier aspecto del acontecer social, e indagar sobre las variables que se relacionan y dan origen a los hechos, depende en gran medida del apoyo que se logre en la búsqueda y obtención de la información; más cuando se trata de instituciones de seguridad, donde existe poca flexibilidad para suministrarla.

 

Henry A. Andrade Villegas

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