Descargar

Legalización de producción, venta y consumo de marihuana en Perú (página 3)

Enviado por Liz Labrin


Partes: 1, 2, 3, 4

c) Otros efectos sociales: El tráfico ilícito de drogas genera otros impactos negativos en la sociedad. Así, implanta una cultura del miedo y de inseguridad, pues le impone al ciudadano la disyuntiva de vivir a favor de él o en contra de él. La ola de ejecuciones selectivas y ejemplificadoras suele ser una constante en sociedades donde el narcotráfico tiene una fuerte presencia. En Colombia, por ejemplo, jueces como Carlos Valencia

o políticos destacados, como Luis Carlos Galán, que se enfrentaron al narcotráfico terminaron siendo asesinados[32]

Por otro lado, el narcotráfico produce una profunda distorsión en materia de valores, creando una subcultura de opulencia, arrogancia, riesgo y violencia, que, finalmente, afecta las posibilidades de desarrollo de una sociedad.

Asimismo, el narcotráfico contribuye a ahondar las desuniones familiares, sea por el hecho que alguno de sus miembros incurre en el vicio de la droga o porque uno de ellos se incorpora al negocio. Igualmente, en los lugares donde se desarrolla el narcotráfico, se genera una corriente de comercio sexual, involucrando a jóvenes y adolescentes en la promiscuidad y el libertinaje. Con frecuencia, el narcotráfico también involucra la explotación de niños, al ser forzados por sus propias familias a trabajar en alguna de las dimensiones del negocio de las drogas ilícitas. Esto último va aparejado de un consumo mayor entre niños y jóvenes y de un elevado índice de deserción escolar.

Ejemplos de todo esto los encontramos en realidades vividas en ciertas regiones del Perú, como San Martín y Huánuco, entre otras[33]

1.2.2 En el ámbito político y de la gobernabilidad

a) Atenta contra el estado de derecho y la democracia: El narcotráfico atenta contra elementos claves de una democracia y de un estado de derecho, tales como la existencia de sistemas judiciales y policiales probos y eficientes, de instituciones y mecanismos de participación ciudadana, una prensa libre e independiente, partidos políticos sólidos, entre otros. Y es que este delito busca corroer todas las instituciones del Estado y de la sociedad (políticos, empresarios, periodistas, jueces, policías) en cuanto las desprestigia instrumentalizándolas y vaciándolas de contenido, lo que facilita enormemente su accionar. Por esta misma razón, las bandas de narcotraficantes se oponen a todo tipo de organización social, llegando, incluso, al asesinato de sus líderes a efectos de lograr este propósito. Esta situación se aprecia tanto en el Perú como en Colombia, donde, entre 1987 y 1999, fueron asesinados alrededor de dos mil quinientos dirigentes de organizaciones de trabajadores, es decir, a un promedio de un asesinato por cada dos días en el lapso de trece años.

b) Debilita la soberanía del Estado: Adicionalmente, el narcotráfico puede llegar a colocar al Estado donde se desarrolla en una situación de vulnerabilidad e injerencia externa, con la consecuente afectación de su autonomía. En efecto, la actividad del narcotráfico violenta en muchos casos los espacios bajo soberanía o jurisdicción del Estado no sólo en el ámbito terrestre, sino también a nivel marítimo y aéreo. Por lo demás, cuando la infiltración del narcotráfico en el Estado alcanza proporciones muy significativas, cabe hablar de un "narco Estado", el cual representa un peligro para la seguridad y estabilidad de sus vecinos, los mismos que pueden verse tentados a intervenir en los asuntos internos de aquél a efectos de evitar la expansión a sus territorios de las actividades ilícitas derivadas del narcotráfico.

c) Restringe la plena vigencia de los derechos humanos: La presencia del narcotráfico en cualquier país implica necesariamente la violación de los derechos más esenciales del ser humano, como son la vida, la libertad personal, la integridad física y psicológica, entre otros. Prueba de ello es la llamada "pesca milagrosa" que tiene lugar en Colombia, mediante la cual los narcotraficantes establecen controles a lo largo de las carreteras y secuestran a los viajeros al azar, para luego extorsionar a sus familias, o el uso de los "collares explosivos" que son colocados a los rehenes para ser exhibidos ante sus familiares y obtener así un mejor rescate[34]

1.2.3 En el ámbito económico

a) Desalienta el crecimiento y el desarrollo económico: Uno de los principales efectos del tráfico ilícito de drogas es el desaliento del crecimiento y el desarrollo económico. Así, en primer lugar, el narcotráfico inhibe la inversión en aquellas zonas donde opera, en tanto el clima de violencia en que se desarrolla ahuyenta a eventuales inversores nacionales y extranjeros.

En segundo lugar, el narcotráfico incrementa el gasto público en la prevención y sanción de este delito, evitando que recursos que podrían ser utilizados en combatir la pobreza, generar empleo productivo, brindar mejores servicios de salud y educación, o incrementar los programas de apoyo social, sean empleados con estos fines.

En tercer lugar, si bien el narcotráfico puede generar de manera inicial un bienestar aparente, acaba incrementando la pobreza, pues, finalmente, son las cúpulas de las bandas las que se hacen de las ganancias. Según datos de Naciones Unidas, sólo el 1% de la industria ilegal de narcóticos queda en manos de los productores del insumo básico: la hoja de coca; el resto del dinero va a manos de los cárteles de la droga. En consecuencia, los campesinos no obtienen riqueza por el cultivo; por el contrario, terminan expuestos a la exclusión social y la cárcel.

Por último, el narcotráfico pervierte el sistema financiero, en cuanto utiliza éste como canal para el financiamiento de sus actividades y a efectos de operaciones de lavado de dinero.

b) Crea una economía inestable y supeditada a los vaivenes del mercado de la droga: En efecto, el ingreso de dinero sucio a la economía formal de un Estado crea una economía paralela o "narcoeconomía", lo que puede llevar a éste a una dependencia peligrosa para la seguridad y estabilidad de su economía, a la pérdida de control de la política monetaria por la inundación de divisas en el mercado, y a alterar la tasa de cambio; a ello se suma el hecho que, por su volumen y clandestinidad, la economía de la droga es siempre inflacionaria. Todo esto genera una economía inestable y precaria.

1.2.4 En el ámbito ambiental

La actividad del narcotráfico puede llegar a generar efectos letales en el medio ambiente de un Estado. Ello dependerá del tipo de droga, así como del conjunto de acciones empleadas para su elaboración.

Un dramático ejemplo lo ofrece el Perú por las consecuencias derivadas del cultivo ilícito de la hoja de coca y su procesamiento para obtener pasta básica y cocaína. Entre estas consecuencias, merecen destacarse las siguientes:

a) La deforestación: Ésta es provocada por la tala ilegal y la quema de bosques naturales a efectos de aumentar los espacios destinados al cultivo de la hoja de coca, así como a construir pistas de aterrizaje, laboratorios o campamentos para los narcotraficantes. Según estimaciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA, durante las últimas décadas, la deforestación en el Perú ha alcanzado 2.5 millones de hectáreas, lo que equivale a una pérdida aproximada de cuatro mil quinientos millones de dólares[35]

b) La erosión y desertificación del suelo: Ocasionada por la tecnología usada en el cultivo de la hoja de coca, esto es, los deshierbos y labranzas que se realizan después de cada cosecha (entre tres y seis al año) y, en algunos casos, la remoción del suelo hasta quince centímetros de profundidad, lo que despoja a los terrenos de toda protección ante las lluvias frecuentes, acelerando el proceso de erosión, y, por ende, de desertificación. A su vez, los cultivos de hoja de coca tienen mayor capacidad para extraer los nutrientes del suelo. Todo esto queda evidenciado en los estudios hechos por la Universidad Nacional Agraria de la Selva, en Tingo María, según los cuales el cultivo de coca genera una erosión promedio de treinta metros cúbicos por hectárea al año, lo que arroja durante el último quinquenio la cantidad de 5.2 millones de metros cúbicos de suelo erosionado[36]

c) La contaminación de cursos de agua: Provocada por la utilización de insumos químicos y productos contaminantes, como el kerosene, la acetona, el ácido sulfúrico, el ácido clorhídrico, entre otros, que, al concluir el proceso de maceración de la hoja de coca, son vertidos en suelos y ríos, contaminándolos en forma inmediata, convirtiendo las aguas en no aptas para el consumo de seres vivos, y ocasionando un grave perjuicio en la flora y fauna silvestres. Adicionalmente, los cultivadores de coca en el Perú emplean gran cantidad de agroquímicos como fertilizantes foliares, insecticidas y fungicidas, muchos de uso prohibido, creando un ambiente hostil para las diversas formas de vida. Se calcula que, en el último quinquenio, han sido arrojados ciento dieciocho millones de litros de sustancias altamente contaminantes[37]

d) La pérdida de diversidad biológica, como consecuencia de los tres efectos que acaban de mencionarse.

1.2.5 Conexión con otras amenazas

Existe consenso en la Comunidad Internacional respecto a la estrecha interrelación entre el narcotráfico y otros delitos de carácter transnacional, tales como la trata de seres humanos (especialmente, mujeres y niños), el blanqueo de dinero, la corrupción, el tráfico ilícito de armas y de precursores químicos, y el terrorismo. Todos estos crímenes constituyen serias amenazas a la seguridad de los Estados, aunque tienen la particularidad de rebasar en sus actividades y alcances las fronteras de los mismos.

En efecto, diversas resoluciones e instrumentos de las Naciones Unidas y de la Organización de Estados Americanos, que se analizarán más adelante, reconocen esta conexión y señalan la responsabilidad común y compartida de todos los Estados, organizaciones y otros actores en la lucha contra las referidas amenazas. En ese sentido, estos mismos documentos exigen no sólo esfuerzos nacionales, sino un planteamiento integral basado en la cooperación internacional.

El problema de esta interconexión es que los crímenes referidos se retroalimentan entre sí, constituyéndose en soporte uno del otro.

Ello hace más difícil la lucha contra estos flagelos, en tanto una acción integral supone fortaleza institucional, cuantiosos recursos materiales y humanos, estrategia y decisión política, que muchas veces no están presentes en nuestros países.

En el caso particular del Perú, la interrelación apuntada es evidente en términos de la conexión del narcotráfico con los remanentes de la subversión terrorista de Sendero Luminoso en algunas zonas del país, pero también con la corrupción, el lavado de dinero y el tráfico de armas. Todo ello, si bien dificulta y hace más compleja la acción del Estado para hacerle frente, también implica un mayor nivel de compromiso de la Sociedad y del Estado en su conjunto.

2. Instrumentos y mecanismos internacionales de lucha contra el narcotráfico

La convicción de que el tráfico ilícito de drogas constituye una amenaza a la seguridad internacional ha llevado a los Estados y a diversas organizaciones internacionales a promover la celebración de diversos tratados y a la creación de una serie de mecanismos, en los planos universal, birregional, regional, subregional y bilateral, destinados a promover la cooperación en la lucha contra este flagelo y otros delitos conexos.

En el caso del Perú, debe destacarse su condición de parte en los referidos instrumentos y mecanismos internacionales, lo cual conlleva la obligación de ajustar su comportamiento a tales compromisos.

2.1 En el marco de la Organización de las Naciones Unidas

2.1.1. Instrumentos

a) Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes, enmendada por el Protocolo de 1972[38]En virtud de este tratado, del cual son parte más de ciento ochenta países, los Estados miembros se comprometen a adoptar todas las medidas legislativas y administrativas necesarias para limitar la producción, fabricación, exportación, distribución, comercio, uso y posesión de estupefacientes para fines médicos y científicos[39]

En ese sentido, los Estados miembros deben erradicar los cultivos ilícitos de amapola o adormidera, cannabis y hoja de coca. Sin embargo, conviene llamar la atención que esta obligación debe contrastarse con lo establecido por la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988 que admite el uso tradicional de la hoja de coca donde exista evidencia histórica comprobada.

Por otro lado, los Estados que permitan el cultivo legal de la hoja de coca deben designar un organismo nacional que centralice las funciones de otorgamiento de licencias y establecimiento de zonas donde se permitirá el cultivo lícito; a su vez, a dicho organismo le corresponderá de manera exclusiva la importación, exportación, comercialización (interna e internacional) y distribución de la totalidad de la producción con fines lícitos[40]Esta entidad, en el caso del Perú, es la Empresa Nacional de la Coca (ENACO S.A.). De esto se desprende que no resultaría compatible con las obligaciones internacionales asumidas transferir tal empresa a un gobierno regional, puesto que las funciones que, con exclusividad se le atribuyen, excederían el ámbito de competencia de aquél; ello ha quedado igualmente consagrado en la sentencia del Tribunal Constitucional del 27 de septiembre de 2005 a propósito de ordenanzas dictadas por los gobiernos regionales del Cuzco y Huánuco en relación a la hoja de coca.[41]

No obstante, merece resaltarse que hay limitaciones para la comercialización internacional de productos derivados de la hoja de coca; en efecto, la misma podrá realizarse en relación a agentes saporíferos, siempre que no contengan ningún alcaloide[42]

Asimismo, los Estados asumen la obligación de considerar como delito todas aquellas actividades vinculadas al cultivo, producción y distribución de estupefacientes para usos no admitidos por la presente Convención, debiéndose castigar a los infractores con penas de privación de la libertad.

Finalmente, un aspecto importante a destacar respecto a la hoja de coca es su inclusión en la lista 1 de la Convención relativa a estupefacientes sujetos a fiscalización internacional, en razón a su contenido de alcaloide. Sin embargo, recientemente, países como Bolivia están impulsando el retiro de la hoja de coca de dicha lista; también en el Perú se han alzado algunas voces en ese sentido, provenientes fundamentalmente de líderes del movimiento cocalero. Este planteamiento resulta sumamente grave por la distorsión que pretende consagrar; un eventual retiro de la hoja de coca de la lista 1 de la referida Convención implicaría negar una realidad, cual es que la hoja de coca tiene alcaloide, y, por tanto, es una droga, así como que más del noventa por ciento de su producción en el Perú se destina al narcotráfico.

b) Convenio sobre Sustancias Psicotrópicas de 1971[43]En virtud del presente Convenio, del cual son partes alrededor de ciento ochenta países, los Estados se comprometen a realizar acciones preventivas y represivas contra el tráfico ilícito de sustancias psicotrópicas contenidas en las listas anexas a dicho tratado. En ese sentido, los Estados se obligan a prestarse apoyo mediante el intercambio de información, cooperación judicial y lucha coordinada contra el tráfico ilícito[44]

Específicamente, respecto de las sustancias contenidas en la lista I, las Partes se comprometen a prohibir todo uso, excepto el que con fines científicos y médicos realicen personas debidamente autorizadas[45]Tratándose de las sustancias incluidas en las listas II, III y IV, las Partes deberán exigir que la fabricación, distribución y comercio de las mismas estén sometidas a un régimen de licencias y fiscalización, y que solamente puedan ser suministradas con receta médica[46]

La Convención sobre Sustancias Sicotrópicas de1971 amplió las políticas internacionales de forma que incluyeran sustancias sintéticas como las anfetaminas, benzodiacepinas, barbitúricos y psicodélicos o alucinógenos. El concepto de sustancias "psicotrópicas" fue inventado como forma de excluir a la amplia gama de fármacos psicoactivos incluidos en la Convención de 1971 de los controles más estrictos contenidos en la Convención Única. En sus comentarios a sus leyes modelo contra las drogas, el Programa Internacional de las Naciones Unidas para el Control de Drogas, recomendó no utilizar la distinción artificial en la legislación nacional, reconociendo que "la clasificación internacional de drogas narcóticas y sustancias sicotrópicas de acuerdo a si la sustancia se rige por la Convención de 1961 o la de 1971, no tiene ninguna base conceptual. La definición legal de muchas sustancias sicotrópicas es completamente aplicable a las drogas narcóticas, y en muchos casos, lo contrario es verdadero."

Unas 235 drogas sicoactivas, tanto provenientes de plantas como sintéticas (ya sea con efectos narcóticos, estimulantes o alucinógenos) se encuentran cubiertas por estos tratados internacionales. La gran mayoría de gobiernos son signatarios de estos tratados internacionales para el control de drogas, que establecen la ilegalidad del uso, venta, tráfico y producción de drogas como la heroína, cocaína y cannabis, y también de la metadona, morfina o diazepán para cualquier finalidad que no tenga propósitos médicos y científicos. Sin embargo, al firmar, ratificar o acceder a un acuerdo, un Estado retiene el derecho de firmar con reserva, la cual busca excluir o modificar el efecto legal de ciertas cláusulas del tratado en su aplicación ha dicho Estado[47]

c) Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988[48]En virtud de la presente Convención, de la cual son partes ciento ochenta países, los Estados se obligan a promover la cooperación entre sí para hacer frente al tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas. En el plano interno, cada una de las partes deberá tipificar como delitos la producción, distribución y comercialización de la adormidera o amapola, la hoja de coca, el cannabis y cualquier otro estupefaciente. Merece resaltarse que este tratado atribuya también carácter delictivo a la organización, gestión o financiación de las actividades antes mencionadas, así como a la conversión o transferencia de bienes con el objeto de ocultar o encubrir su origen ilícito[49]

Merece resaltarse que el Perú formula una reserva al momento de ratificar la presente Convención, en el sentido que la calificación como delito del cultivo de estupefacientes debería estar circunscrito al cultivo para fines ilícitos. Ello se explica por la presencia en nuestro país de un consumo tradicional, que, no debe perderse de perspectiva, reviste proporciones menores en relación al conjunto de la población.

d) Convención Internacional para la represión del financiamiento del terrorismo[50]Esta Convención, adoptada a fines de 1999, resulta particularmente importante para el Perú debido a las conexiones actualmente existentes entre los remanentes de la subversión senderista y los cárteles del narcotráfico. Así, consagra como delito la acción de proveer o recolectar fondos con la intención de que se utilicen, o a sabiendas de que serán utilizados, para cometer en otro Estado un acto de terrorismo o cualquier otro acto destinado a causar la muerte o lesiones corporales graves a un civil o a cualquier persona que no participe en las hostilidades en una situación de conflicto armado[51]

Adicionalmente, dispone la obligación de cada Estado parte de sancionar estos delitos con penas adecuadas en las que se tenga en cuenta su carácter grave[52]

e) Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional[53]

f) Convención de las Naciones Unidas contra la corrupción[54]

2.1.2 Mecanismos

a) Comisión de Estupefacientes

b) Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes

(JIFE): En relación al Perú, la JIFE ha instado al gobierno peruano a reforzar las medidas en materia de prevención, tratamiento y rehabilitación, destacando, de otro lado, la intensificación de las acciones de fiscalización de precursores (insumos) químicos[55]No obstante, ha expresado su preocupación por las iniciativas de algunas autoridades regionales y locales destinadas a aprobar normas que legalizan todo cultivo de hoja de coca, sin distinguir el destino o la finalidad que fuera a dársele. En efecto, los gobiernos regionales del Cuzco y Huánuco dictaron en 2005 unas ordenanzas destinadas a legalizar los cultivos de hoja de coca, sin discriminar el destino de éstos ni importar que los productores estuvieran incluidos en el Registro que lleva la Empresa Nacional de la Coca – ENACO S.A. Ello, a todas luces, resulta manifiestamente inaceptable, pues violenta de manera flagrante todos los compromisos internacionales asumidos por el Perú en la materia, donde se establece con meridiana claridad la obligación de erradicar todo cultivo ilícito e, incluso, penalizar a quienes participen en el cultivo ilícito, su procesamiento, comercialización y demás actividades vinculadas o derivadas de éste. Afortunadamente, el Tribunal Constitucional declaró la inconstitucionalidad de tales ordenanzas según consta en la sentencia anteriormente citada del 27 de septiembre de 2005[56]

c) Oficina de las Naciones Unidas contra las Drogas y el Delito

(ONUDD)

2.2 En otros escenarios

2.2.1. América Latina y el Caribe y la Unión Europea

En la reunión del Consejo Europeo (integrado por los Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Europea) que tuvo lugar en Madrid, en diciembre de 1995, se plantea la creación de un Mecanismo birregional de Cooperación y Coordinación entre América Latina y el Caribe (ALC) y la Unión Europea (UE) en materia de Drogas. Posteriormente, ya creado el Mecanismo, en abril de 1999 y partiendo del principio de "responsabilidad compartida", se aprueba el Plan de Acción de Panamá; el mismo identifica cinco áreas en las que se centraría la cooperación birregional: (i) reducción de la demanda; (ii) cooperación judicial, policial y aduanera; (iii) cooperación marítima; (iv) control de precursores; y (v) lavado de activos. Al año siguiente, en Lisboa, se definen cuatro áreas prioritarias: (i) reducción de la demanda; (ii) desarrollo alternativo; (iii) lavado de activos; y (iv) cooperación marítima.

En ese sentido, cada año se celebran reuniones donde intervienen altos representantes de los Estados de ambas regiones y de la UE, con vistas a realizar un seguimiento de las acciones emprendidas conforme al Plan de Panamá y los criterios aprobados en Lisboa. En lo que al área andina se refiere, resulta importante resaltar el énfasis atribuido a la financiación de proyectos de desarrollo alternativo, integral, sostenible, e, incluso, preventivo, como el Laboratorio de Paz, en Colombia, y el ejecutado en Pozuzo Palcazu, en el Perú, por más de veintidós millones de euros.

2.2.2. Los países andinos y los Estados Unidos de América

a) ATPDEA: En la perspectiva de una acción integral contra el tráfico ilícito de drogas, deben abordarse distintas tareas de manera conjunta: de un lado, labores de erradicación de cultivos ilícitos y de sustitución de éstos por otros lícitos, y, de otro, acceso a nuevos mercados (nacionales e internacionales) y construcción de infraestructuras que posibiliten hacer llegar los productos a tales mercados.

En ese sentido, y desde una visión de "responsabilidad compartida", los Estados Unidos de América crearon un mecanismo de carácter unilateral destinado a favorecer el acceso al mercado estadounidense, con exoneración total de aranceles, de una muy amplia gama de productos provenientes de los países andinos especialmente afectados por el problema del narcotráfico (Bolivia, Colombia, Ecuador y el Perú). Como contraparte, los Estados beneficiarios deben cumplir los compromisos internacionales asumidos en la materia, que incluyen la erradicación de cultivos ilícitos, el control de precursores e insumos químicos, y la lucha contra el lavado de activos, entre otros, contenidos en tratados multilaterales y bilaterales entre los Estados Unidos y los países beneficiarios.

En el caso de países andinos, como Perú y Colombia, que han celebrado recientemente acuerdos de libre comercio con los Estados Unidos, el acceso preferente al mercado estadounidense estará sometido a las reglas contenidas en los mismos y no dependerá ya de un mecanismo unilateral, con duración limitada, como el recogido en la ATPDEA. Sin embargo, no debe perderse de vista que se mantiene el condicionamiento de la certificación antinarcóticos para cualquier ayuda o préstamo de los Estados Unidos.

b) Los Acuerdos con el Perú: El 23 de julio de 1996, el Perú y los Estados Unidos celebraron un Convenio para Combatir el Uso Indebido y la Producción y el Tráfico Ilícitos de Drogas, con vistas a reforzar la cooperación bilateral en el marco de los compromisos asumidos conforme a la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas de 1988. Tal instrumento parte de afirmar el principio de responsabilidad compartida y la participación de ambos países en la lucha contra las drogas a nivel internacional en proporción a sus capacidades económicas. Al mismo tiempo, este tratado confirma, según viene sosteniéndose en el presente documento, que la producción, transformación, comercialización y consumo indebido de drogas representa "un problema que afecta a la humanidad en general y a ambos países en particular y que constituye una amenaza a sus seguridades nacionales, la salud y la seguridad de sus ciudadanos, y un creciente peligro para su medio ambiente[57]

3. El Informe de la OEA: "El problema de las Drogas en las Américas"

  Los presidentes latinoamericanos que respaldan la despenalización de la marihuana ganaron una gran victoria diplomática cuando la Organización de Estados Americanos (OEA) dio a conocer un informe pocos días atrás en el que incluye esa medida como una de varias opciones para reducir el narcotráfico y la violencia en la región.

El informe de la OEA, de 400 páginas y titulado "El problema de la droga en las Américas" había sido encargado por los países latinoamericanos en la Cumbre de las Américas del 15 de Abril del 2012, celebrada en Cartagena. Este informe se debatirá en la Asamblea General de la OEA que se celebrará en Guatemala en junio del 2013.[58]

El Secretario General indicó que el informe pide "mayor flexibilidad" en las políticas anti-drogas, y señala que "hay tendencias que tienden a la despenalización o legalización de la producción, la venta y el uso de la marihuana". Y agregó que "tarde o temprano, habrá que tomar decisiones en esta área". Lo que se busca es "mostrar el problema tal cual es y cómo se manifiesta, de diferentes maneras, en nuestros diversos países y subregiones; mostrar el volumen de dinero que mueve y quiénes se benefician de él; cómo erosiona nuestra organización social y cómo debilita la salud de nuestros pueblos, la calidad de nuestros gobiernos y aún de nuestra democracia".

Explicó que aunque el impacto del fenómeno de las drogas afecta a los países de manera diversa, "la preocupación por ellas nos une a todos", porque "la relación entre drogas y violencia es uno de los principales factores del temor de nuestros ciudadanos y ha contribuido a llevar el tema de la seguridad a los primeros asuntos de preocupación para los ciudadanos de todo el Hemisferio".

En el detalle de cómo se estructura el documento que, a través del Presidente Santos, entrega a todos los mandatarios de la región, el Secretario General Insulza puntualizó que el Informe, se compone de dos partes: el Informe Analítico, que explica las razones que inducen a la sociedad a preocuparse por el consumo de drogas y la llevan a tratar de controlar sus efectos en la salud humana; y el Informe de Escenarios, que es un examen de los caminos que podría seguir el fenómeno en los próximos años en el continente.[59]

  • Legalización de las Drogas según diferentes países

  • Definición de conceptos en materia de políticas sobre drogas

Despenalización: Alude a la eliminación de las sanciones penales por el consumo y posesión no autorizada de sustancias controladas, usualmente en cantidades lo suficientemente reducidas como para que califiquen únicamente como dosis personal. En un régimen con despenalización del consumo y de la posesión, ya no hay lugar a sanciones penales como el encarcelamiento, aunque en algunas jurisdicciones pueden dictaminarse sanciones administrativas como multas, servicio comunitario o citaciones de comparecencia ante las respectivas autoridades.

Despenalización de hecho (a veces denominada como legalización de hecho): Se refiere a la no aplicación en toda su extensión de las leyes que penalizan la producción, distribución o consumo de una sustancia. Ocurre cuando el sistema de justicia penal omite la aplicación de la sanción, por acción o por omisión, sin haber perdido formalmente el poder para hacerlo. Usualmente es una consecuencia de la evolución de las costumbres en una sociedad, en la que algunos hábitos comienzan a ser aceptados socialmente a pesar de que legalmente aún sigan prohibidos. También se puede deber a la sobrecarga del sistema de justicia penal, que lleva a que no haya una intervención en delitos menores debido a la necesidad de darle prioridad a conductas criminales más graves.

Legalización: Hace referencia al proceso de eliminación de las prohibiciones legales sobre la producción, la distribución y el consumo de sustancias controladas para otros propósitos diferentes a los medicinales o los científicos, generalmente a través de la sustitución con un mercado regulado. Es un término que se asocia a menudo con la "liberalización" o con algunos regímenes en los que ha cesado la prohibición de ciertas drogas sin que se hayan impuesto necesariamente controles estatales estrictos. También se asocia en algunos casos a los regímenes en los que se ha impuesto una regulación para controlar el comercio de la producción y la distribución. El término, por ende, se usa en este contexto para que haya mayor claridad en nociones como las de "legalización y regulación" o "legalización de mercados libres".

Se hace necesario aclarar que aunque los términos «legalización» y «despenalización» son empleados con frecuencia como sinónimos, no lo son. Así, las drogas ilícitas son ilegales por razón de una norma jurídica; las penas se aplican a las personas y a sus actos cuando éstos son punibles. No se puede, pues, «despenalizar las drogas» ni «legalizar a las personas» (aunque sí a ciertos actos que las personas realizan). Lo propio es referirse entonces, a la posible legalización de las drogas y a la legalización de las acciones relacionadas con ellas: la producción, el transporte, la posesión y el consumo. Se acepta, por supuesto, que la sola legalización modificaría lo demás, aunque tendría que existir, de cualquier modo, una reglamentación —o regulación— del consumo que considerara la edad, el lugar, la cantidad, entre otros.

  • Descriminalización: Es donde un país conserva sus leyes sobre ofensas por drogas pero, ya sea a través de un acuerdo en un cambio de la política, o a través de una nueva orientación a ser llevada a cabo por las autoridades, decide reaccionar contra algunas de estas ofensas a través de procesos administrativos más que por el sistema de justicia penal. Algunos países vienen tratando hace tiempo una serie de ofensas a través de sanciones administrativas, y tienen un amplio tratamiento de las ofensas por drogas en este sentido. Para otros países (tal como fue el caso de Portugal), esto sería un cambio significativo para haberlo establecido en la práctica. Podría señalarse que, en muchos casos, las penas administrativas para las ofensas por drogas han sido actualmente más severas que las sanciones penales, entonces la descriminalización no siempre debe ser vista como una vía menos punitiva para el uso de drogas.

Regulación: Es un concepto que engloba un amplio rango de marcos regulatorios que permiten que las drogas controladas estén disponibles legalmente para otros propósitos diferentes a los medicinales o los científicos pero siempre bajo control estatal, cuyos parámetros difieren según los riesgos a la salud que se deriven del consumo de cada sustancia. Los instrumentos de control administrativo previstos en cada marco regulatorio pueden incluir la prescripción y el despacho en farmacias, licencias condicionadas para la producción y la distribución, políticas fiscales para mantener el nivel de precios que se considere adecuado, restricciones según la edad y diversos estándares de calidad, entre otros.

Consumo dependiente de drogas: Es el consumo que puede catalogarse como habitual y compulsivo a pesar de sus efectos negativos a nivel social y sanitario.

Consumo problemático de drogas: Es el consumo que empieza a tener consecuencias negativas en la salud y que causa efectos perjudiciales tanto en todos los aspectos de la vida de la persona como en otros aspectos relacionados con los individuos, las familias, los amigos y la sociedad.

• Drogas ilícitas: En general, se puede afirmar que no hay sustancias que per se sean ilegales pero que sí pueden ser producidas o distribuidas ilegalmente en mercados ilegales. Por eso, un término más preciso puede ser el de sustancias controladas, en el que se contemplan los usos y los mercados lícitos e ilícitos. Es un término distinto al de drogas controladas, que se limitan esencialmente a las que tienen usos médicos y científicos. También es distinto al de sustancias reguladas, como el tabaco y el alcohol.

Hoy en día la democracia respecto al problema del TID, juega un papel importante y protagónico para hacer frente al Narcotráfico.

Dentro de la Unión Europea, España, Italia, Portugal y Luxemburgo no consideran que la tenencia de drogas para consumo personal sea un delito punible. La tenencia para uso personal sigue siendo ilegal en los Países Bajos, Alemania y la República Checa, pero se establecieron directrices para que la policía, los fiscales y los tribunales no impongan pena alguna, ni siquiera multas, hasta cierta cantidad. Otros países imponen sanciones administrativas y solo unos pocos, como Suecia, Letonia y Chipre, contemplan sentencias de prisión por la tenencia de pequeñas cantidades.

A continuación, trataremos brevemente sobre la legislación comparada, respecto de su tratamiento de las drogas:

  • Argentina: En agosto de 2009, la Corte Suprema argentina declaró en un fallo histórico (el "fallo Arriola) inconstitucional enjuiciar a los ciudadanos por utilizar medicamentos para su uso personal.

  • Brasil: Cambios legislativos en 2002 y 2006 resultaron en una legalización parcial de la posesión para uso personal. Las penas de prisión ya no se aplican y fueron sustituidas por medidas educativas y servicios comunitarios. Una investigación realizada en 2009 sobre procesos criminales por tráfico de drogas, en Rio de Janeiro y Brasilia, demostró que el sistema penal es selectivo, y que los que venden pequeñas cantidades de drogas, constituyen 60% de los condenados.

  • Canadá: El cultivo de Cannabis es actualmente ilegal en Canadá excepto para uso médico. En cualquier caso, el uso del cannabis por parte del público general está tolerado hasta cierto grado y varía en función del lugar y la jurisdicción, existiendo una vigorosa campaña para la legalización.

En 2001, el periódico Globe and Mail ofrecía una encuesta con datos del año 2000 según la cual el 47% de los canadienses estaban de acuerdo con la frase "El uso de la marihuana debería estar legalizado", frente al 26% que opinaba lo mismo en 1945.Una encuesta más reciente mostraba como más de la mitad de los canadienses apoyaban la legalización.

  • México: En abril de 2009 el Congreso adoptó el "Decreto del Narcomenudeo", eliminando todas las sanciones por cantidades para uso personal: 5 gramos de Cannabis, 2 gramos de Opio, 0,5 gramos de Cocaína, 50 miligramos de Heroína o 40 miligramos de Metanfetamina. Los adictos serán sometidos a tratamiento obligatorio solamente después del tercer arresto. El decreto entró en vigor en agosto de 2009.

La ley define estrictamente la dosis personal y establece umbrales de cantidades muy bajas. Por ello, esto podría conllevar a fuertes condenas de cárcel para los que sean agarrados con cantidades mayores a las que permite la ley, porque se asumirá que son pequeños traficantes incluso si no hay otras indicaciones de que la cantidad poseída estaba destinada a la venta.

  • República Checa: El 14 de diciembre de 2009, la República Checa adopta una nueva ley que tiene efecto el 1 de enero de 2010 y permite a una persona la posesión de hasta 15 gramos de marihuana o 1,5 gramos de heroína sin cargos penales. Estas cantidades son mucho mayores que en otros países de la Unión Europea, haciendo de la República Checa el país más tolerante del mundo en esta materia

  • Países Bajos: La revisión de la Ley del Opio de 1976 introdujo la descriminalización legal del cannabis. El consumo dejó de ser un delito y la tenencia de hasta 30 gramos se convirtió en un delito menor, mientras que la tenencia de más de 30 gramos siguió siendo un delito penal. Desde entonces, los cafés (coffee shops) holandeses, donde los consumidores pueden comprar una cantidad limitada de cannabis, ocupan un lugar altamente simbólico como paradigma de políticas liberales en materia de cannabis.

Contra lo que habitualmente se piensa, la tenencia de cannabis en los Países Bajos – no el consumo – está tipificada como delito. La política holandesa es una descriminalización de facto de la tenencia, la compra y la venta de cantidades para el consumo personal de cannabis, aunque de iure estas actividades no estén permitidas. Esta política está basada sobre el «principio de conveniencia», una opción discrecional dentro del derecho penal holandés que les permite a las autoridades abstenerse de interponer acciones penales. También se admite el cultivo de hasta cinco plantas por persona para consumo personal.

El régimen se rige por las directrices nacionales oficiales emitidas por la fiscalía: se tolera la venta minorista de cannabis siempre que cumplan con los criterios: nada de publicidad manifiesta, nada de drogas duras, nada de disturbios o alteraciones del orden público, nada de venta a menores y nada de ventas en grandes cantidades. La fiscalía asignó la «prioridad judicial más baja» a las investigaciones y acciones contra la tenencia para consumo personal y otorgó una amplia discrecionalidad a los municipios

Así, los Países Bajos pasaron de la «tolerancia cero» a la legalización de facto, al menos en la «puerta principal», es decir, los cafés en los que se vende cannabis. Los problemas continúan en la «puerta de atrás»: los propietarios de los cafés deben comprar el cannabis en un mercado que sigue siendo ilegal. Los proveedores todavía pueden ser procesados por transportar cannabis a los cafés y es posible detener a los propietarios de los establecimientos por adquirirlo, a pesar de que tienen permitido venderlo

En 1996 el gobierno decidió endurecer las directrices de modo de conservar la esencia del modelo. La venta se redujo de hasta 30 gramos a 5 gramos por transacción, y se estableció un límite de 500 gramos de cannabis de tenencia in situ. Además, la edad mínima de admisión en los cafés pasó de 16 a 18 años. El gobierno habilitó nuevos instrumentos legales para que los municipios pudieran reducir la cantidad de cafés, entre ellos la opción de prohibirlos.

  • Portugal: Hasta el primero de Julio del 2001, las penas por el uso, posesión y compra de pequeñas cantidades de droga en Portugal eran castigadas con hasta tres meses de prisión o una multa. Las cantidades que exceden el abastecimiento para tres días eran sancionadas con hasta un año de prisión o una multa. El abordaje Portugués a las drogas ilícitas estaba, entonces, oficialmente caracterizado por un modelo prohibicionista, visto por los expertos portugueses destacados como inefectivo.

El primero de julio de 2001, Portugal se convierte en el primer país de la Unión Europea en abolir los castigos penales por posesión de droga a nivel personal. Además, los usuarios deben cumplir con terapias en lugar de sentencias que provoquen prisión.

Investigaciones del Cato Institute dirigidas por Glenn Greenwald, encontraron que cinco años después del comienzo de la descriminalización, el uso de drogas ilegales por parte de los jóvenes ha decrecido, la ratio de infecciones de VIH entre usuarios ha caído y las muertes por heroína y drogas similares ha sido reducida a más de la mitad, duplicando, a la vez, el número de persona que buscan tratamiento por adicción.

En Portugal se legalizó la marihuana -droga blanda- hace muchos años sin que haya traído consigo el aumento de consumo de las drogas fuertes, que es lo que suelen alegar que ocurrirá los opositores[60]

  • Uruguay: Es uno de los pocos países que nunca ha criminalizado la posesión de drogas para uso personal. Desde 1974, la ley no establece límites de cantidad dejando a la discreción de los jueces la determinación sobre si la intención era el uso personal.

VARGAS LLOSA sobre el reciente proyecto de Ley del Uruguay para legalizar la Marihuana (2012), señala que "poco a poco, la batalla por la legalización de las drogas va abriéndose camino y haciendo retroceder a quienes, contra la evidencia misma de los hechos, creen que la represión de la producción y consumo es la mejor manera de combatir el uso de estupefacientes y las cataclísmicas consecuencias que tiene el narcotráfico en la vida de las naciones. Alguien tiene que ser el primero -dice refiriéndose al Presidente uruguayo José Mujica propulsor del proyecto-, porque estamos perdiendo la batalla contra las drogas y el crimen; que el Ministro de Defensa de este país, señala como razón central de este paso audaz, "que la prohibición de ciertas drogas le está generando al país más problemas que la droga misma".

  • Ecuador: La legislación ecuatoriana en materia de sustancias controladas es una de las más duras de Latinoamérica. Con el fin de acogerse a la normativa internacional y bajo la fuerte presión política de Estados Unidos, durante los años ochenta y principios de los noventa, los países andinos en particular, consolidaron subsistemas penales inconsistentes con la legislación interna y los principios fundamentales del derecho penal. Esta normativa no incluía una sensitividad cultural, ni un reconocimiento de las profundas desigualdades sociales, ni la salvaguardia al respeto a los Derechos Humanos.

La norma ecuatoriana – la Ley 108 (1990) – se centra en la criminalización indiferenciada de consumidores, transportistas de pequeñas cantidades conocidos como mulas, pequeños expendedores, y grandes redes de traficantes. No es excepcional encontrar personas en la cárcel condenadas a 15 años de prisión por transportar cantidades pequeñas de pasta de cocaína, o por vender la misma en las calles.

El espacio físico que el Estado tiene a su disposición para albergar los presos es formalmente de alrededor de 8.000 plazas, produciéndose un hacinamiento extremo. Aunque la tasa de encarcelamiento en Ecuador es más bien una de las más bajas en América Latina, el grado de hacinamiento se encuentra entre los más elevados de la región, cercano al de Brasil y Perú, aunque más bajo que, por ejemplo, Bolivia y Surinam.

En enero de 2009, la Dirección Nacional de Rehabilitación Social señaló que se obtuvo la liberación de 6.600 personas al agilizarse los procedimientos legales y por el otorgamiento del indulto a quienes padecían de enfermedades terminales y por micro-trafico de narcóticos. El número de indultados para esta última categoría ha sido de alrededor 1.500 personas.

El fundamento de la idea de sacar de las cárceles a la gente detenida por traficar o transportar droga está enmarcado en lo que el Gobierno de Ecuador llama la "humanización del sistema de rehabilitación social" y el "cumplimiento de los deberes fundamentales como es respetar y hacer respetar los Derechos Humanos".

Asimismo hay suficiente indicación de que en la nueva ley, o la ley reformada, se tomará en cuenta el enfoque que parte del principio retenido en la misma Constitución: que el consumo problemático de drogas es un tema de salud pública, y en cuanto a los usuarios "en ningún caso se permitirá su criminalización ni se vulneran sus derechos constitucionales".

  • EEUU:

Colorado se convirtió el miércoles 29 de mayo del 2013 en el primer estado de Estados Unidos en regular la venta, la producción y los impuestos sobre la marihuana para uso recreativo después de que su gobernador, John Hickenlooper, firmara un paquete legislativo sin precedentes.

La nueva legislación contempla cómo debe procederse al cultivo y el envasado, el límite de compra para los que visiten el estado y un nuevo límite de marihuana para la conducción, como los establecidos para la cantidad de alcohol en sangre.

Los ciudadanos de Colorado y Washington[61]votaron el año pasado a favor de una enmienda en la Constitución estatal para aprobar el uso recreativo de la marihuana. El estado permite a los adultos mayores de 21 años poseer hasta una onza de esta droga (unos 28 gramos), o comprar en las tiendas autorizadas que se espera abran a partir del próximo enero. Los visitantes mayores de 21 años no podrán comprar más de un cuarto de onza (7 gramos) en una sola transacción comercial, a pesar de que podrán poseer legalmente la onza completa. La ley también especifica que las tiendas que la comercialicen no deberán tener la marihuana expuesta al público, sino tras los mostradores.

Hickenlooper, que antes se mostró en contra de la legalización de la hierba, consideró tras la firma que se trata de una medida de "sentido común", aunque dijo creer que el Gobierno federal puede argumentar que la legislación va en contra de las leyes federales sobre drogas.

Si los ciudadanos de Colorado lo aceptan el próximo otoño mediante votación, la marihuana tendría un impuesto especial del 15%, cuya recaudación estaría destinada a la construcción de escuelas o bien un 10% añadido a los impuestos locales y estatales para las ventas. En este caso, la recaudación se invertiría en la regulación de la marihuana y nuevos esfuerzos educativos para concienciar a los niños de que no la consuman[62]

CAPÍTULO III:

Hacia la legalización de la marihuana en el Perú: Discusión Político-Criminal en torno al Tráfico Ilícito de Drogas

  • 1. Antecedentes Legales

Existieron tres etapas muy relevantes para la legislación peruana, con respecto al tráfico ilícito de drogas:

  • La primera a partir de 1920, que controló, supervisó y mejoró la producción y el comercio dentro del mercado formal;

  • La segunda iniciada a fines de los 40, en la cual se asegurara que el Estado pretendía encarar la existencia en el desarrollo de las organizaciones destinadas al comercio ilícito de drogas y, por tanto, se conoció por primera vez la respuesta político-criminal. Esta se limitó a lo represivo;

  • La tercera empieza a fines de los 60, poniendo como muestra que el asunto de las drogas origina un problema social y que por consiguiente, generan un caos y disturbio emocional en la sociedad.

Nuestro país a lo largo de los tres periodos que hemos registrado, ha tomado las concepciones y el modelo de las legislaciones extranjeras. En consecuencia no se ha elaborado un modelo propio de legislación para abarcar todos los problemas de las drogas.

El Perú es parte de la Convención Única de 1961 sobre estupefacientes enmendada por el Protocolo de 1962, Convención sobre Sustancias Psicotrópicas de 1961 y la Convención de Viena de 1988. Conforme a la primera Convención, el CULTIVO DE COCA sólo está permitido con fines de preparación como agente soporífero que no contenga alcaloide y por tanto, cualquier cultivo con la finalidad diferente es prohibido.

2. Venta e Incautación de Drogas en el Perú

2.1.Ventas de droga

La frontera que tiene el Perú con Bolivia es el lugar preferido de los narcotraficantes para transitar cargamentos de cocaína en busca de grandes mercados, los cuales son posteriormente enviados a Europa y EE.UU.

El lago Titicaca se ha convertido en otra ruta preferida para llevar droga a Bolivia y luego a Brasil, Chile y Argentina.

Otra ruta para trasladar mayores volúmenes de drogas a EE.UU. y Europa es desde el mar lambayecano, específicamente, la isla de Lobos de Tierra límite de embarque donde llegan toneladas de clorhidrato de cocaína para su posterior embarcación rumbo a alta mar en bolicheras, para finalmente ser transportadas en buques de mayor capacidad.

  • Incautación de drogas

Para hablar de incautación debemos primero referirnos a los decomisos. En su totalidad los decomisos no se cumplen, debido a que si bien estos insumos son objeto de control, sólo lo son en algunos lugares, donde se viene dando la actividad cocalera, pero no en otras zonas donde impera el libre comercio, en donde estos insumos son trasladados hacia los centros de producción de estupefacientes. Siendo uno de estos insumos químicos decomisados, como el kerosene y el óxido de calcio.

La política de decomiso de drogas ilegales en nuestro país no ha alcanzado resultados positivos fundamentalmente por las siguientes razones: a. Altos niveles de corrupción de algunas autoridades involucradas en el decomiso de drogas; b. La falta de asignación de recursos económicos suficientes por parte del Estado peruano para realizar mayores operativos policiales y aplicar una estrategia de decomiso eficaz y permanente; c. Al igual que la erradicación, se ha confiado el financiamiento de la tarea de interdicción[63]casi exclusivamente a la cooperación internacional (particularmente la estadounidense), la misma que se incrementó en el 2010, pasando de US$.11.5 millones en el 2008 a US$20.0 millones en aquel año[64]

Incautación es la toma de posesión por un tribunal u otra autoridad competente, de dinero o bienes de otra clase[65]privar a alguien de alguno de sus bienes como consecuencia de la relación de estos con un delito, falta o infracción administrativa.

  • Crítica a políticas antidrogas del Perú

  • El comportamiento que tiene y que presenta el estado peruano al ejercer una política soberana con respecto al tema, es objetable en cuanto los programas de cultivo alternativo no se encuentran a cargo del Ministerio de Agricultura sino por un conjunto de ONGs privadas financiadas por parte del gobierno norteamericano.

  • En cuanto a la industrialización de la Hoja de coca sería una buena alternativa, pero tendría que empezar en poca escala debido a la situación actual en que vivimos, en que el narcotráfico es su mayor contendor para que no se pueda hacer realidad la Industrialización de la hoja de Coca.

  • Los organismos especializados, que podían hacer frente ante el narcotráfico, como el caso de DEVIDA (no es un órgano autónomo), se convierten en un impedimento más que en ayuda, por lo cual se debe buscar en corto plazo reformar este ente rector. Pero, ¿existen realmente instituciones Antidrogas? ¿Cumplen sus funciones DEVIDA, ONGs? Como lo señala RICARDO SOBERÓN GARRIDO, el Perú ya es un Narco-estado tanto por los contactos que ha venido teniendo el país con Estados Unidos, personalidades cuestionadas y controvertidas; la presencia del lavado de activos con relación a nuestro país; el ingreso de insumos químicos mediante contrabando a la vista y paciencia de las autoridades.

  • Sin embargo, una crítica a favor de nuestro ordenamiento es la Ley N°29988, publicada el 18 de enero de 2013, que estableció medidas extraordinarias para el personal docente y administrativo de instituciones educativas públicas y privadas, implicado en delitos de terrorismo, apología del terrorismo, violación de libertad sexual y tráfico ilícito de drogas. Esta ley ha adoptado dos tipos de medidas: administrativas como separación y destitución de condenados y procesados; y penales como la inhabilitación perpetua. Se establece que son destinatarios de la norma los condenados con sentencia consentida o ejecutoriada por los delitos de terrorismo, apología de terrorismo , violación sexual o trafico ilícito de drogas a dichas personas se les separa o destituye, así como se les inhabilita a perpetuidad. Dichas entidades de las que es destituido e inhabilitado para ingresar o reingresar son: Instituciones de educación básica, Institutos o escuelas de educación superior, Escuelas de las fuerzas armadas o de la policía nacional del Perú, Ministerio de educación o en sus organismos públicos descentralizados, Ministerio de educación, capacitación, formación, resocialización o rehabilitación. La Ley N°29988 dispone que es el Ministerio de Educación la entidad estatal que debe supervisar anualmente, dentro de los primeros treinta días de iniciadas las clases, que ninguna institución e educación básica ni instituto o escuela de educación superior, ni academias de preparación preuniversitaria creados por iniciativa privada posean en su plana docente o administrativa, personal condenado con sentencia consentida o ejecutoriada por cualquiera de los delitos señalados[66]

  • Política criminal

Desde una perspectiva roxiniana sobre la Política Criminal, lo que se intenta es desarrollar una estrategia decidida de lucha contra el delito, es por ello que en las líneas siguientes explicaremos nuestra posición sobre la solución de combatir eficazmente el Tráfico Ilícito de Drogas así como los delitos que van de la mano junto a este.

Hemos llegado a la conclusión que la guerra contra las Drogas no funciona sino que hay que legalizarla, como sugieren los ex presidentes Henrique Cardoso, Ernesto Zedillo, César Gaviria, Felipe Gonzáles, y los intelectuales Mario Vargas Llosa, Noam Chomsky, Milton Friedman, entre otros. Creen que con la represión, no se está disminuyendo el daño, sino aumentándolo, pues, es una cuestión cultural.

En el mundo existen países que tienen una noción de libertad individual muy fuerte, como Holanda, allí se acepta que el que quiere drogarse, se drogue. Disuadir al consumidor para quebrar la cadena es lo fundamental. Invertir tanto en combatir la producción no conduce a nada. Fijémonos en el caso de Afganistán, donde el cultivo del opio no hace más que expandirse"[67].

4.1. Tesis de los partidarios de la legalización de las drogas

El punto de vista de los defensores de la legalización, caracterizada por su rasgo testimonial, expresa la opinión mayoritaria de un sector partidario del cambio radical en la política criminal contra el narcotráfico. En términos generales, esta postura se caracteriza por ser más cercana a la tutela de las libertades fundamentales, que al resguardo decisivo de la salud pública; más consciente y tolerante del respeto hacia aspectos simbólicos y culturales, y en otros casos apegada a criterios que buscan reducir el alto costo económico y social que representa la práctica de una política prohibicionista.

Los argumentos de quienes están a favor de la legalización de sustancias prohibidas se centran en una crítica profunda a la percepción actual que tienen los gobiernos – especialmente los occidentales – sobre el consumo de droga y sus efectos, porque consideran que la postura gubernamental no parece comprender la esencia de estas sustancias.

Los defensores de la liberación de drogas tóxicas sostienen entre otros, los siguientes argumentos:

a. El uso de las drogas —con distintos fines— ha estado presente en todas las sociedades sin representar un peligro social, su peligrosidad no proviene de la drogas en sí mismas, sino de la relación que el hombre establece con éstas. La droga es un problema hoy en día, no tanto por sus peculiaridades o características propias, sino más bien, por el furor de su consumo, que olvida aspectos de purificación y renuncia que fueron los que caracterizaron al consumo religioso y social que se ejecutó durante siglos en las sociedades más antiguas.

Ciencias como la etnología, la antropología cultural o la historia, entre otras, evidencian que el colapso social de la convivencia pacífica entre sociedad y droga nace del auge del activismo y del delirio comercial de los europeos y no de cualidades intrínsecas de las drogas.

b. Son prohibidas las sustancias que no están incluidas dentro de la esfera social (el hachís y la marihuana, por ejemplo) y se fomenta el uso y abuso de otras que sí se encuentran dentro del modelo cultural y que por lo mismo gozan de permisividad -el alcohol y el tabaco- aun cuando impliquen iguales o mayores peligros para la salud que las sustancias prohibidas.

Si se recuerda la ley seca que prohibió la venta de alcohol en EE.UU. Esta no impidió su venta ni el alcoholismo, pero tuvo consecuencias desastrosas. Las mafias dedicadas al tráfico ilícito del alcohol adquirieron gran poder, corrompieron autoridades y causaron más muertes, pero cuando se legalizó el alcohol, siguió causando daño, pero los recursos, que no habían alcanzado para combatir el crimen, se dedicaron a fines útiles. La criminalidad descendió, se inició el tratamiento de los alcohólicos y desapareció una fuente importante de corrupción.

c. La incriminación del tráfico de drogas en el ámbito de actividades ilícitas, tiene finalidades políticas, pero no político-criminales. La tipificación de las conductas propias del tráfico de drogas responde a finalidades ulteriores, como las de: (i) Mantener el estereotipo de que es necesario combatir el consumo y la producción de droga; justificando con esto la existencia de un Estado bienhechor, indispensable para enfrentar a tan peligroso «enemigo público[68](ii) Utilizar esta actividad como un estigma que actúe de cortina de humo en situaciones críticas; como el hecho de que los fundamentos de la autoridad se debiliten[69]o se presente una situación económica insostenible o un escándalo político; (iii) Servir como chivo expiatorio para atribuir culpas y descargar la represión, ya sea desviando la atención de las contrariedades más graves o canalizando las preocupaciones y ansias subversivas de la población; (iv) Justificar la propaganda pro-estatal encubierta, utilizando los medios de comunicación para generar admiración y respeto por las personas e instituciones del sentido de solidaridad con sus instituciones y gobernantes; (v) Ser el antifaz que disfrace los valores políticamente aceptados y oculte otros que son perjudiciales, como la corrupción pública y en determinados casos; (vi) Ser un instrumento de presión política.

d. En la actualidad está plenamente demostrada la ineficacia de la estrategia represiva como forma de enfrentar el problema de los narcóticos. Lo único que se consigue con esto es un efecto mediato o inmediato totalmente opuesto al pretendido; es decir, no se evita que la droga continúe a disposición de quien quiera obtenerla, sino que se eleva el costo de las sustancias tóxicas (debido a la ausencia de control oficial) favoreciendo la aparición de poderosas organizaciones de traficantes y contribuyendo al establecimiento de un lucrativo mercado negro. En ciertas circunstancias, lo anterior obliga a delinquir a una parte considerable de consumidores que no poseen recursos suficientes para costear sus dosis. Esto agrava la percepción social que se tiene de los adictos relegándolos a espacios de marginación. Son varios los argumentos a favor de la legalización de las drogas. La lucha contra el narcotráfico -al menos hasta ahora- parece condenada al fracaso. Las propias autoridades encargadas de combatir el tráfico de droga admiten que solo detienen un pequeño porcentaje, y el esfuerzo por detener el narcotráfico es en cierto sentido autodestructivo, pues al subir los precios beneficia a los narcotraficantes.

e. El tráfico internacional de estupefacientes, el lavado de dinero, el asecho a los circuitos bancarios, la corrupción y el soborno a funcionarios, entre otros aspectos; dejarían de ser un problema si hubiera una política criminal permisiva y no represiva (como la que existe hoy). Los gobiernos deberían tutelar el tráfico de estas sustancias como un negocio lícito y aceptar la droga en sí, como una mercancía más. Si los gobiernos tutelaran el tráfico de sustancias psicoactivas como un negocio lícito, se reduciría en gran medida el enorme costo social y económico que se deriva de las legislaciones prohibicionistas y de su ejecución.

f. Los sistemas represivos se limitan a practicar una política asistencial concentrada únicamente en los consumidores que se encuentran en las condiciones de adicción más extremas, no están orientados a mejorar las circunstancias personales y sociales de los adictos y generan incertidumbre acerca del carácter real de su actividad; pues es difícil determinar con certeza, si realizan un trabajo de asistencia social o en realidad ejercen un control social con consecuencias manifiestamente insanas.

Según un sector de científicos -médicos y biólogos-, la drogadicción debe tratarse como un mal epidémico. Sostienen que, si se invirtiera una pequeña parte del dinero gastado en combatir el narcotráfico en la investigación de antídotos, educación de jóvenes y tratamiento de drogadictos, se obtendrían resultados incomparablemente mejores. Tal vez lo más importante: desaparecería el interés de los traficantes por conseguir nuevos clientes. Desaparecería el adicto que, para obtener droga, es reclutado como vendedor y se convierte en criminal.

Una de las drogas más adictivas y dañinas es la pasta básica de cocaína. Esta droga, además de inutilizar al adicto para funcionar en la sociedad, es responsable de gran parte de los asaltos y robos registrados en las zonas metropolitanas de Estados Unidos. Uno de los argumentos para la legalización de la droga es la desaparición de la pasta. Por ser un subproducto del proceso de refinación, la pasta dejaría de existir al desaparecer las cocinas de cocaína. El fabricar pasta sola no es negocio.

La legalización de determinadas drogas, como la marihuana, traería como consecuencia la necesidad de clasificar, legislar y administrar estupefacientes en forma permanente.

Somos conscientes que las drogas dejan de ser un problema no sólo de salud, sino que evolucionan en un problema social-familiar, por lo que es determinante a nivel interno la orientación y el diálogo constante de padres e hijos y viceversa y no quedarse con una mera charla informativa que se pueda recibir en una Institución Educativa. Recordemos que la mayor causa que conlleva a consumir drogas es el abandono familiar, luego le sigue el excesivo autoritarismo y la falta de autoridad.

Se podría demostrar con muchos ejemplos el problema evidente de las drogas y la culpa de la sociedad como conductor y originador de consumistas, hasta el punto de decir que debido al problema de la violencia y mala educación en nuestra sociedad nuestros niños y adolescentes se convertirán en unos drogadictos sobre todo en zonas en las cuales no llega una buena educación o donde no hay compromiso de parte de las autoridades de dichas comunidades. Así, uno de los ejemplos claros para saber cuanto de culpa tiene una sociedad debido a sus problemas naturales y originales serían las teorías de la ecología social, que interpretan la ciudad como un marco ecológico en el que la lucha por el espacio acarrea conflictos sociales y un cierto nivel de desorganización social, el consumo de drogas se inserta en aquellas zonas urbanas donde la desorganización social es predominante y tiene la característica de una conducta aprendida.

Si por el contrario, tuviéramos una sociedad, con ciudadanos bien educados, autoridades bien pagadas y respeto a los valores morales, tal vez se pudiera ganar la guerra al narcotráfico. Gastar enormes sumas de dinero en una batalla fútil es un cargo de conciencia. En nuestra opinión, la legalización es el menor de los males y al parecer, la solución[70]

g. Si en lugar de reprimir estas conductas, se les quitara su carácter criminal, el tráfico y las muertes por consumo de drogas ilícitas adulteradas disminuiría. El mayor peligro de estas drogas se encuentra en el hecho de que circulen en el mercado clandestino; ya que este carece de control oficial. Quien compra droga no tiene ninguna garantía sobre la calidad de la sustancia que está adquiriendo, por esto, el libre comercio de drogas en el que el gobierno se limitara a garantizar la pureza de la sustancia y la presencia de la etiqueta, constituirían una mejor opción. Con ello se lograría reducir la cantidad de muertes accidentales por sobredosis de drogas prohibidas.

  • Tesis de los defensores de la prohibición de las drogas

Quienes están en contra de la despenalización de la droga, argumentan que las razones en favor de la legalización son superficiales, y aunque aceptan que algunas de las explicaciones de las tesis liberadoras pueden contener aspectos asumibles, coinciden también, en que estas no parecen tener un sustento científico, ni una base empírica.

Este sector, tiene la idea de que la propuesta de legalización responde más a la desesperación y frustración de un grupo de penalistas que carecen de imaginación y compromiso con la ciencia y la sociedad, que a un reparo importante al sentido común. En general, sus objeciones expresan las siguientes críticas y observaciones:

  • a. Opinan que la prohibición debe seguir estándolo, puesto que se trata de dos utopías opuestas: la utopía de un mundo sin drogas, y la utopía de un mundo sin narcotráfico. Sobre la primera, la ambición es la estrategia que adoptó la ONU/1998, para constatar luego en el 2008, el fracaso del modelo de la represión ante una sociedad que consume más, ante mafias que se valen de nuevas vías y nuevos mercados (los cárteles de Colombia y México son los que controlan el negocio internacional de la droga. Perú ha pasado a ser un simple productor-acopiador). Y el opio procedente de Afganistán va dejando un reguero de adictos en Pakistán, Irán, Turquía y otros países de paso, antes de llegar al mercado mayoritario europeo.

Y ahí es donde llega la segunda utopía, ya que eliminar la drogodependencia es imposible (lucha contra deseo natural de los jóvenes y mayores que, incluso, desafían los límites de las dosis): legalicémoslas! Nuestra opinión es que mejor es que asumamos que la droga existe, está ahí y démosle un marco legal, que evite los infames productos letales que llegan al mercado. Y sobre todo cerremos las patas del trono en el que se sientan los capos de la droga. Que esto provoque un aumento esporádico del consumo, no debe frenarnos ante una ambición superior, que es la de evitar las miles de muertes que la droga deja en el camino.

  • b. Lo único que se lograría liberando la oferta y eliminando las barreras actuales que impiden la circulación de las sustancias prohibidas, sería la disminución del costo de tales productos. Sin embargo, esto no evitaría que el negocio de la droga siguiera siendo rentable; sólo haría que pasara de las manos de los traficantes a las de los dueños de los oligopolios multinacionales y nacionales (legales), quienes comerciarían las sustancias de acuerdo con el esquema del libre mercado.

  • c. La legalización de ciertas drogas (como la marihuana) ocasionaría una nueva ola de problemas político-criminales, tanto en la población adulta, como en la juvenil. Resulta muy equivocado pensar que el hecho de facilitar el acceso a las drogas implique la reducción de su consumo. Lo único que se lograría con esto, sería incrementar la cantidad de consumidores de sustancias tóxicas.

  • d. La idea de que la liberación de las drogas frenaría el desarrollo de la mayor parte de las bandas de delincuencia organizada que operan actualmente, es tan equivocada como afirmar (como se hace comúnmente) que el prohibicionismo contribuye gravemente al avance de la delincuencia organizada y que por el contrario, la legalización la haría desaparecer. Estos criterios parecen desconocer que las grandes estructuras del crimen organizado tienen: (i) Una considerable capacidad de transformación; (ii) Una gran habilidad para tolerar la presencia de otras organizaciones ilegales en el mercado o para expulsarlas cuando se convierten en un obstáculo; (iii) La facilidad de abrir su mercado a menores e incapaces que permanecen tutelados por las leyes contra las drogas; (iv) La sagacidad para crear un mercado paralelo a las sustancias legalizadas similar al que ocurre con el tabaco, entre otros aspectos.

En síntesis, la legalización de la droga, si se le puede llamar así, agudizaría varios problemas: a) aumentaría la violencia y los actos criminales; b) agravaría el daño a la salud individual y colectiva; c) incrementaría el costo social; d) disminuiría la productividad; e) atentaría contra la cohesión familiar y social; f) lesionaría el derecho de terceros a la salud y a la seguridad; y g) no acabaría con el narcotráfico ni con los delitos que genera.

  • Ventajas de la Legalización de la marihuana en el Perú

Hoy en día la democracia respecto al problema del TID, juega un papel importante y protagónico para hacer frente al Narcotráfico, la legalización se puede dar en nuestro País, pero en forma paulatina.

De impulsar una política tolerante en nuestro país respecto a las drogas, se estará pensando principalmente en el de marihuana, una droga que tiene efectos menos perjudiciales en comparación con otras sustancias prohibidas. Sin duda alguna, cualquier tipo de droga, tanto legal como ilegal, tiene un efecto perjudicial para la salud, háblese de tabaco, alcohol, café o Cannabis. Es necesario apoyarse de la ciencia para conocer los efectos nocivos de cada una de las drogas, en especial la marihuana. Una de las experiencias internacionales en esta materia sería el caso de Holanda, país en el cual desde los años 70 implementó una política tolerante hacia el consumo de marihuana y actualmente discute la posibilidad de permitir el consumo de otras sustancias como la cocaína y el éxtasis.

¿Cuál es la sustancia que más se consume en nuestro país? A saber, según datos de la Encuesta Nacional de Adicciones 2008, la marihuana es la droga más consumida en nuestro país, que además ha reportado un aumento en su consumo respecto a los años anteriores. No obstante, este panorama no es exclusivo de Perú puesto que según datos del Informe Mundial Sobre las Drogas 2009 (IMSD2009) la marihuana y el cannabis son la droga más consumida en todo el mundo, por lo cual constituye el mayor mercado de drogas ilícitas; casi el 90% de países y territorios la producen, se encuentra estimada entre un total de 13.300 toneladas métricas y 66.100 toneladas métricas. Según Datos del IMSD2009 la mayoría de las incautaciones de marihuana en el mundo durante el 2007 fueron en Perú (39%) y junto con Estados Unidos conformaron el 65% del total incautado, lo que los sitúa en los dos países con mayor mercado de marihuana en la tierra.

Investigaciones recientes han demostrado que el consumo de marihuana, considerado como un problema de salud en comparación con otras drogas permitidas, por ejemplo el alcohol y la nicotina, no es tan preocupante, pues hasta el momento, se han registrado mayores efectos nocivos por su consumo que por el de Marihuana. En una nota publicada por el New York Times, se argumenta que el Dr. Jack E. Henningfield del Instituto Nacional sobre Abuso de Drogas (NIDA) y el Dr. Neal L. Benowitz de la Universidad de California en San Francisco construyeron cinco indicadores (Retiro, Refuerzo, Tolerancia, Dependencia e Intoxicación) con los que se puede medir bajo una escala de 1 a 6 la problemática de la adicción, donde 1 es más grave y 6 menos grave. Para ello tomaron como punto de referencia 6 sustancias (Marihuana, Heroína, Cocaína, Alcohol, Cafeína y Nicotina) dentro de las cuales la marihuana fue calificada como una de las menos perjudiciales.

Conclusiones

  • 1. Al no estar legalizada la producción, venta y consumo de las drogas en nuestro ordenamiento jurídico, podemos concluir que el narcotráfico atenta contra la soberanía, la democracia y el estado de derecho, además de violentar los derechos más elementales del ser humano, repercutiendo de manera muy negativa en el ámbito económico.

  • 2. En el contexto de la legislación comparada, el Tráfico Ilícito de Drogas constituye una amenaza a la seguridad, en el que concurren tanto la intención de perjudicar al Estado y la capacidad de afectarlo.

  • 3. En nuestra opinión, por ahora, la legalización de todas las drogas en nuestro país no es lo más recomendable, pero legalizar la producción, venta y consumo de marihuana podría ser un paso conveniente para empezar a combatir la criminalidad del narcotráfico, poniendo fin a los cárteles y otras actividades delictivas como el terrorismo, tráfico de armas, trata de personas, corrupción de funcionarios; de tal manera que el dinero que se invierte en la represión sirva para prevenir y rehabilitar, brindado la asistencia médica y terapéutica a quien lo requiera, determinando, asimismo, el expendio comercial de drogas en farmacias, hospitales, sanatorios, clínicas, ambulancias y servicios especializados, entre otros, que sea realizado por personal idóneo y con la debida asepsia, para lo cual se deberá organizar la asignación y administración estatal de los impuestos, ayudas y subsidios necesarios.

Partes: 1, 2, 3, 4
 Página anterior Volver al principio del trabajoPágina siguiente