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Desarrollo forestal sostenible (página 2)

Enviado por Noel Pousa Sañudo


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Otro método que se utilizó fue el análisis de documentos, informes, tablas estadísticas, etc, sobre los criterios en la forestación y la reforestación, la clasificación de los bosques, la cobertura boscosa en su totalidad, por municipio y por entidades y el comportamiento de la actividad económica en equilibrio con el desarrollo sociocultural de los municipios correspondientes a la muestra(2).

Del nivel empírico se utilizó el método de la Observación Científica(3) para recoger información a través de percepción del objeto de estudio. En este orden se aplicó la observación externa directa sobre los ecosistemas forestales correspondientes a Sabanas de Manacas, además de utilizarse a otros sujetos para realizarse observaciones indirectas debido a la gran extensión del patrimonio forestal. La observación indirecta nos permitió confrontar las percepciones obtenidas y procesadas a través de datos recopilados en cuadernos de notas habilitados como técnicas para tales efectos, a partir de una Guía de Observación habilitada al efecto.

La observación nos permitió constatar de forma evidencial aquellas definiciones, conceptos y instituciones jurídicas analizadas, sintetizadas, deducidas, etc, a través de los métodos teóricos ya utilizados, lo que nos permitió evitar distorsiones relacionadas con el paso del tiempo y con otros factores de orden subjetivo.

Se diseñó un modelo de entrevista(3) individual de tipo estandarizada para desarrollar una conversación con varios expertos en la actividad forestal. Este método nos aportará datos muy realistas del problema de investigación, los cuales corroborarán los resultados del análisis de la documentación revisada y validará las percepciones obtenidas a través de la observación científica.

Para la realización de la entrevista se procedió a elaborar un cuestionario diseñado con preguntas de contenido, de control, de filtro y de colchón, las cuales tuvieron un carácter mixto (abiertas y cerradas). Esta clasificación siguió el criterio de obtener respuestas más amplias y fundamentadas, donde a la vez el entrevistado tenga la posibilidad de expresar sus puntos de vistas.

1. FUNDAMENTOS TEÓRICOS REFERENCIALES.

1.1 La sostenibilidad de la agricultura.

Durante las décadas de 1970 y 1980 empezó a quedar cada vez más claro que los recursos naturales estaban dilapidándose en nombre del "desarrollo". Se estaban produciendo cambios imprevistos en la atmósfera, los suelos, las aguas, entre las plantas y los animales, y en las relaciones entre todos ellos. Fue necesario reconocer que la velocidad del cambio era tal que superaba la capacidad científica e institucional para ralentizar o invertir el sentido de sus causas y efectos(4).

A finales de 1983, el secretario general de las Naciones Unidas le pidió a la primera ministra de Noruega, Gro Harlem Brundtland, que creara una comisión independiente para examinar estos problemas que sugiriera mecanismos para que la creciente población del planeta pudiera hacer frente a sus necesidades básicas. Su mandato especificaba tres objetivos: reexaminar cuestiones críticas relacionadas con el medio ambiente y el desarrollo, y formular propuestas realistas para hacerles frente; proponer nuevas fórmulas de cooperación internacional en estos temas capaces de orientar la política y los acontecimientos hacia la realización de cambios necesarios; y aumentar los niveles de conciencia y compromiso de los individuos, las organizaciones de voluntarios, las empresas, las instituciones y los gobiernos. El informe fue presentado ante la Asamblea General de las Naciones Unidas durante el otoño de 1987.

En el informe se describen dos futuros: uno viable y otro que no lo es. En el segundo, la especie humana continúa agotando el capital natural de la Tierra. En el primero los gobiernos adoptan el concepto de desarrollo sostenible y organizan estructuras nuevas, más equitativas, que empiezan a cerrar el abismo que separa a los países ricos de los pobres. Este abismo, en lo que se refiere a la energía y los recursos, es el principal problema ambiental del planeta; es también su principal problema de desarrollo. En todo caso, lo que quedaba claro era que la incorporación de consideraciones económicas y ecológicas a la planificación del desarrollo requeriría toda una revolución en la toma de decisiones económicas.

Tras la Comisión, el siguiente acontecimiento internacional significativo fue la Cumbre sobre la Tierra, celebrada en junio de 1992 en Río de Janeiro. Se trataba de encontrar modos de traducir las buenas intenciones en medidas concretas y de que los gobiernos firmaran acuerdos específicos para hacer frente a los grandes problemas ambientales y de desarrollo. Los resultados de la Cumbre incluyen convenciones globales sobre la biodiversidad y el clima, una Constitución de la Tierra de principios básicos, y un programa de acción, llamado Agenda 21, para poner en práctica estos principios.

Los resultados se vieron empañados por la negativa de algunos gobiernos a aceptar los calendarios y objetivos para el cambio (por ejemplo para la reducción de emisiones gaseosas que conducen al calentamiento global), a firmar ciertos documentos (había quien opinaba que el Tratado de la Biodiversidad debilitaba las industrias de biotecnología de los países industrializados), o a aceptar la adopción de medidas vinculantes (como en el caso de los principios forestales). En sus 41 capítulos, el programa de acción contenido en la Agenda 21 aborda casi todos los temas relacionados con el desarrollo sostenible que se puedan imaginar, pero no está lo suficientemente financiado.

No obstante, la Cumbre fue un trascendental ejercicio de concienciación a los más altos niveles de la política. A partir de ella, ningún político relevante podrá aducir ignorancia de los vínculos existentes entre el medio ambiente y el desarrollo. Además, dejó claro que eran necesarios cambios fundamentales para alcanzar un desarrollo sostenible. Los pobres deben recibir una participación justa en los recursos para sustentar el crecimiento económico; los sistemas políticos deben favorecer la participación ciudadana en la toma de decisiones, en especial las relativas a actividades que afectan a sus vidas; los ricos deben adoptar estilos de vida que no se salgan del marco de los recursos ecológicos del planeta; y el tamaño y crecimiento de la población deben estar en armonía con la cambiante capacidad productiva del ecosistema.

El desarrollo sostenible no es, sin embargo, un estado inmutable de armonía, sino un proceso de cambio. Éste está ya en marcha en el campo del desarrollo agrícola, donde la transición hacia la agricultura sostenible está mejorando la producción de alimentos, en especial en el caso de los pobres, además de proteger el medio ambiente(5).

Dentro del movimiento agrario, la armonía de la actividad forestal constituye, dentro del desarrollo sostenible de la agricultura, un camino para lograr el bienestar de la humanidad. Un aspecto importante dentro de la Agenda 21 lo es la correcta ordenación ambiental en arar de lograr la conjugación de las características ambientales, socioculturales y económicas con un verdadero desarrollo humano. En virtud de lo referido la Ordenación Forestal resulta un proceso que comprende operaciones de carácter administrativo, económico, jurídico, social, técnico y científico que se realiza para el adecuado establecimiento, manejo y utilización sostenible de los bosques.

Para comprender el término de "utilización sostenible de los bosques", hay que tener en cuenta el uso y aprovechamiento de los recursos forestales de las comunidades residentes en esos ecosistemas, para satisfacer sus necesidades sin comprometer el derecho a las generaciones futuras, es decir se hace imprescindible la sostenibilidad económica y el verdadero desarrollo humano.

1.2 Aspectos normativos y legislativos del desarrollo forestal sostenible. La Ordenación Forestal.

1.2.1 Generalidades

La ordenación forestal se enfrenta actualmente con la tarea, cada vez más compleja, de reconciliar las demandas de los distintos usuarios: los gobiernos desean movilizar el potencial económico y de empleo de un recurso renovable; los propietarios y los empresarios privados se esfuerzan por aumentar los beneficios generados con su actividad y su competitividad con otras oportunidades de inversión; la población local, en particular en los países en desarrollo, confían en los bosques como una de las principales fuentes de combustible, material de construcción, alimentos, forraje e ingresos que, además, pueden constituir la base de su cultura; el público espera que el bosque constituya un componente importante de un ambiente local estable y manejable y, últimamente, ha surgido la preocupación de la función del bosque en relación con el cambio climático mundial y la conservación de la diversidad biológica(6).

Al examinar los principales aspectos normativos y jurídicos de la ordenación forestal es necesario aclarar en qué consiste la conversión desde el concepto tradicional de rendimiento continuo hacia el de sostenibilidad de la ordenación forestal para la obtención de beneficios múltiples. Se trata de un cambio significativo desde una focalización en las técnicas de producción que garantizan un flujo continuo de productos hacia una visión más amplia, que incluye los efectos socioeconómicos y la participación de la población rural, así como los beneficios para el medio ambiente y la estabilidad ecológica dentro de una continuidad holística de corrientes de beneficios múltiples. Al mismo tiempo, se debe mantener la posibilidad de hacer frente a las demandas en evolución. La preocupación por la sostenibilidad existía ya en el concepto de rendimiento continuo pero el nuevo enfoque incluye de una manera sistemática las funciones económica, social y ecológica de los bosques en el desarrollo.

Para evitar la ambigüedad del concepto, la ordenación forestal sostenible debe basarse en presunciones explícitas de las cuales, cuatro son fundamentales. En primer lugar, la preocupación básica es el desarrollo sostenible, es decir garantizar la mejora del nivel de vida de las generaciones actuales y al mismo tiempo mantener el patrimonio forestal y su potencial para el futuro.

En segundo lugar, este potencial forestal estable está colocado en un contexto más amplio de desarrollo rural, de este modo se reconoce la imposibilidad real de una estabilidad física y, si bien resulta esencial el equilibrio entre los bosques y los demás usos de la tierra, la dinámica de la utilización de las tierras debe permitir la introducción de cambios. En tercer lugar, la estabilidad de los bosques y la sostenibilidad de su ordenación sólo pueden obtenerse si se delimitan claramente las responsabilidades de gestión y si se reconcilian intereses distintos y posiblemente competitivos a través de un proceso democrático de diálogo y asociación.

Por último, se reconoce la mayor importancia dada a la función del bosque como protector del medio ambiente; sin embargo, esta función no debe hacer disminuir el valor de la función productiva de los bosques o la capacidad de las actividades forestales para competir por unos recursos de inversión escasos.

Este criterio se basa en el principio adoptado en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (CNUMAD) celebrada en Rio de Janeiro, como parte de la Declaración autorizada sin fuerza jurídica obligatoria sobre los bosques, en el sentido de que «las políticas y las estrategias nacionales deberían facilitar un marco para intensificar los esfuerzos en pro de la ordenación, la conservación y el desarrollo sostenible de los bosques». El carácter dinámico del desarrollo en un mundo de necesidades perentorias y competitivas requiere que las políticas, los reglamentos y los demás acuerdos institucionales se mantengan en un continuo proceso de vigilancia y adaptación que garantice un marco de incentivos eficaces para una ordenación forestal sostenible.

1.2.2 Necesidad de un marco normativo idóneo.

Una condición sine qua non para la ordenación forestal sostenible es que las políticas nacionales en general consideren el desarrollo sostenible como una prioridad común a todos los sectores. Este aspecto reviste una importancia especial para aquellas actividades relacionadas con los recursos naturales renovables y la competencia por la tierra(6).

Las políticas forestales se ocupan concretamente de los recursos forestales y de su ordenación, considerando los aspectos socioeconómicos relacionados con una creciente rentabilidad del sector; la función del bosque y los árboles en el aprovechamiento de la tierra y el desarrollo rural; y su función en la conservación de la naturaleza y la protección del medio ambiente. La mayor parte de las políticas forestales existentes han sido concebidas para hacer frente a situaciones más sencillas que las que prevalecen actualmente. En el pasado, el menor nivel de demanda ejercido sobre los bosques por poblaciones más reducidas y la menor competencia entre los usuarios de la tierra hacían que la necesidad de concentrarse en la estabilidad de los ecosistemas forestales y en la sostenibilidad de su gestión fuera menos apremiante. La preocupación por el mantenimiento de las zonas forestales a menudo no iba más allá de una intención declarada de proteger una determinada propiedad, muchas veces sin demarcación precisa, y en algunos casos confiscada a grupos locales que la habían controlado desde tiempo inmemorial. Las políticas forestales se centraban principalmente en la producción de madera y, en el mejor de los casos, en el concepto de productividad constante. Esta postura, que generalmente conllevaba restricciones sobre la utilización del bosque que en apariencia tenían efectos potencialmente negativos sobre la producción comercial de madera, generaba relaciones conflictivas entre las partes interesadas (los organismos forestales, el sector privado, los grupos locales, etc.). Por otra parte, las políticas fiscales, de precios y contractuales se orientaban a la extracción más que a la gestión.

Actualmente, los bosques tienen que ser administrados en un contexto mucho más interdependiente y complejo que requiere un proceso asociativo entre los principales agentes y beneficiarios. Para que esto suceda, es fundamental que en las políticas forestales se reconozca la diversidad de intereses relacionados con la conservación y utilización de los bosques, así como la necesidad de que intervengan importantes grupos de intereses en las decisiones relativas a la ordenación forestal, a través de consultas en las que puedan expresar sus expectativas y la función que les incumbe en una ordenación forestal sostenible. El sistema normativo prevaliste en cada país tendrá que decidir cómo armonizar los intereses divergentes y la forma de participación de los principales agentes y beneficiarios en los costos y los beneficios. Sin embargo, el proceso consultivo por sí mismo constituye ya un incentivo importante hacia un esfuerzo colectivo para conseguir una ordenación forestal sostenible.

Para analizar y, si es necesario, modificar el marco normativo a fin de proveer un incentivo eficaz para conseguir una ordenación forestal sostenible, los siguientes aspectos son particularmente importantes:

Políticas y planificación del aprovecha miento de la tierra. Es necesario reconocer que los bosques son una fuente importantísima de recursos naturales renovables para las generaciones presentes y futuras; en consecuencia, el mantenimiento de estos recursos y su ordenación sostenible deben constituir un elemento importante en el objetivo general de desarrollo de perfeccionar los usos de la tierra y garantizar al mismo tiempo la estabilidad del medio ambiente.

Políticas macroeconómicas y medidas de ajuste estructural. Se debe prestar atención a la determinación y evaluación de los posibles efectos negativos sobre la conservación de los recursos forestales que puedan acarrear los programas agrícolas o políticas de privatización como, por ejemplo, las políticas que puedan provocar la destrucción de los bosques por parte de la población rural que emigra para ampliar la agricultura de subsistencia, o que se ve obligada a cambiar indiscriminadamente a otros cultivos inducida por las políticas de precios o por la evolución del mercado en contra de una ordenación forestal sostenible; así como las políticas que introducen modificaciones en el régimen de tenencia de tierras y en los derechos de uso, con efectos injustos sobre los habitantes del bosque.

Interacciones normativas. Resulta de importancia básica la vigilancia de los efectos e interacciones entre el sector forestal y otros sectores conexos como la agricultura, la ganadería, la industria, la energía, la minería, etc., sobre todo en las zonas que bordean los bosques, a fin de facilitar y fomentar la coherencia y complementariedad de las actividades de ordenación forestal y reducir al mínimo los efectos negativos de las medidas de fijación de precios e introducción de incentivos en otros sectores que pueden afectar la ordenación y uso sostenible de los bosques.

Conservación y utilización racional de los bosques. Estas actividades debe convertirse necesariamente en una prioridad nacional en materia de política forestal y, al mismo tiempo, reflejarse en las políticas nacionales sobre medio ambiente y desarrollo. En las políticas forestales se debe identificar claramente a los responsables de promulgar, administrar, cumplir y controlar las normas relacionadas con la ordenación forestal.

Comportamiento de los distintos grupos sociales. Las políticas forestales deberán orientarse en torno al comportamiento de los grupos que tienen interés en los recursos forestales y los utilizan en común, y fomentar aquellas actividades que apoyan la sostenibilidad. La normativa deberá reconocer a los distintos grupos de usuarios que dependen de diferentes productos de los bosques, y fomentar criterios flexibles que induzcan a la sostenibilidad en los distintos regímenes de tenencia, utilización y gestión de tierras y en distintos contextos ecológicos y socioeconómicos. Deberá asimismo fomentar aquellas disposiciones en las que se tengan en cuenta a todas las principales categorías de usuarios y, sobre todo, proteger los intereses de los habitantes de los bosques.

Habitantes de los bosques y las comunidades des fronterizas. Entre éstos figuran grupos indígenas y minorías culturales que a menudo son los más desfavorecidos de las poblaciones rurales, y es fundamental reconocer su derecho a acceder a aquellos recursos de los que depende su subsistencia. Las políticas forestales deberán permitir la protección de la integridad cultural de su patrimonio forestal y, por lo tanto, fomentar la conceptualización y aplicación de criterios de ordenación que permitan a las comunidades locales (y dentro de ellas tanto a las mujeres como a los hombres) participar como asociados y beneficiarios preferentes.

Políticas fiscales para las actividades forestales. Estas requieren una cuidadosa atención, y no deberían juzgarse solamente por la cuantía de ingresos que procuren a los gobiernos a través de las tasas e impuestos forestales, ya que es más importante el modo en que esas políticas influyen en la disponibilidad y capacidad de la institución a cargo de la ordenación forestal para invertir en su sostenibilidad. Muchos países con grandes recursos forestales de propiedad privada cuentan con un sistema de tributación favorable sobre los ingresos forestales a fin de mantener las condiciones que hacen atractiva y competitiva la inversión continua en la ordenación forestal, cuando se compara con otras opciones de utilización de la tierra. También puede estudiarse la posibilidad de conceder subvenciones y compensaciones financieras, sobre todo para actividades que resulten básicas para mejorar las posibilidades de producción a largo plazo: forestación y repoblación forestal; mejoras en las prácticas silvícolas; creación de infraestructura; compensaciones por el costo de las medidas específicas de gestión que tengan que adoptar los propietarios forestales en interés público, como la mejora de la estabilidad de bosques especiales de protección, la construcción de mecanismos de protección contra los aludes y las inundaciones, la ordenación de bosques utilizados de forma intensiva para el esparcimiento y la compensación por pérdidas concretas de beneficios previstos por los propietarios forestales debidas a limitaciones voluntarias de explotación forestal en determinadas zonas.

Políticas de precios. Las políticas de precios para todos los bienes y servicios forestales comercializados son importantes para determinar las repercusiones económicas de la ordenación forestal y, sobre todo, la cuantía de las inversiones y reimpresiones destinadas a conservar y mejorar los recursos forestales. El juego de las fuerzas del mercado y la competencia deberán hacer que los precios de los productos forestales reflejen eficazmente los valores económicos reales, pero al mismo tiempo hay que supervisar las posibles interacciones de las diferencias de precio con otros productos no forestales. Es fundamental que la estructura de los mercados para los productos forestales garantice una parte equitativa de los ingresos a aquellos que son realmente responsables de la ordenación de los bosques, ya se trate de entidades oficiales, concesionarios privados, propietarios forestales, comunidades locales o grupos de usuarios.

Mas allá de los aspectos normativos antes mencionados, es necesario adaptar continuamente el marco normativo a los cambios reales, de forma que continúe proporcionando un incentivo eficaz a la gestión a largo plazo de los bosques para el desarrollo sostenible. Esto requiere un proceso de consultas sistemáticas entre las partes interesadas para descubrir a tiempo los problemas y posibles limitaciones que plantean las políticas en vigor, así como la necesidad de reforma o adaptación tanto en la formulación de políticas como en su aplicación.

1.2.3 Leyes y reglamentos en apoyo de las políticas de ordenación sostenible.

Al establecimiento de políticas debe seguir el de normas con fuerza jurídica obligatoria. Las leyes y reglamentos son, por lo tanto, el resultado de procesos de elaboración normativa, así como la base para la consecución de objetivos políticos. Los cambios introducidos en las políticas nacionales, encaminados a hacer mayor hincapié en el desarrollo de recursos forestales sostenibles, debe inducir a una revisión sistemática y, en muchos casos, a una amplia modificación de las leyes, tanto de las que se ocupan concretamente de los bosques y la silvicultura (legislación forestal nominal), como de las que tienen una repercusión indirecta en las actividades forestales (legislación forestal funcional)(6).

Legislación forestal nominal

La legislación forestal existente tiene en su mayor parte un carácter regulador. Las autoridades responsables que dieron forma a estas leyes las orientaron sobre todo hacia la obtención de los beneficios inmediatos derivados de la producción maderera como producto principal o exclusivo de ese recurso. Como premisa se supuso que sería suficiente reglamentar el mantenimiento de la cubierta forestal y evitar las prácticas destructivas de utilización. Las medidas reguladoras de este tipo seguirán siendo por supuesto importantes como parte de algunas leyes forres tales normalizadas, pero existen pruebas suficientes de que dichas medidas no pueden garantizar la aplicación de una normativa amplia para la ordenación forestal sostenible. En las secciones que siguen se examinan algunas de las cuestiones específicas que merecen ser consideradas cuando se trata de integrar el principio de sostenibilidad de forma más consistente en las leyes y reglamentos forestales.

Cuestiones relacionadas con la ordenación. Siempre que lo hagan, las leyes forestales tienden a referirse a la ordenación forestal sostenible sólo dentro del contexto de la producción maderera. Sin embargo, la ordenación forestal sostenible como principio general de la utilización de recursos forestales debe referirse a la conservación y ordenación de los ecosistemas forestales en su conjunto así como a la utilización actual y potencial de los bosques, lo cual exige que las leyes den una clara definición del concepto de sostenibilidad en el contexto de la ordenación forestal, y que determinen el significado y pertinencia de la ordenación sostenible con respecto a los productos actuales y potenciales, que incluyen, aunque no de manera restrictiva, lo siguiente:

· la producción de leña y de madera de construcción para el consumo local como insumo para las economías rurales;

· la producción de distintos tipos de madera industrial como base para la economía del sector industrial;

· el suministro de una amplia variedad de productos no madereros tanto para uso local como industrial;

· la provisión de servicios de protección contra las consecuencias de catástrofes naturales como los aludes, la erosión, los deslizamientos de tierra y las inundaciones;

· el mantenimiento de la función protectora que la cubierta forestal tiene para las aguas subterráneas;

· los usos recreativos de las zonas urbanas y/o el desarrollo del turismo.

Participación popular. Actualmente las leyes y reglamentos forestales contienen muy poco sobre la participación popular en el proceso de toma de decisiones. Por lo general, la planificación de la ordenación forestal se considera una cuestión técnica y la responsabilidad se delega exclusivamente a los propietarios de los bosques y a los servicios forestales. La ordenación forestal sostenible y multifuncional está encaminada a integrar los intereses privados y públicos en una utilización de los recursos forestales basada en el reparto equitativo de los costos y la inversión. Este sistema sólo es viable si la comunidad participa plenamente (a nivel local, regional y nacional) en el correspondiente proceso de toma de decisiones. Pueden ser necesarias revisiones legislativas a fin de:

· formalizar los procesos para que los propietarios de los bosques, los grupos de usuarios y las entidades políticas participen en la toma de decisiones a fin de determinar la gama de productos forestales, los objetivos de la ordenación y las medidas necesarias para alcanzar dichos objetivos;

· conseguir el compromiso político imprescindible para llegar a desarrollar los recursos sostenibles y facilitar los medios financieros necesarios sobre la base de una equitativa participación en los costos de los propietarios de los bosques y de las entidades públicas;

· garantizar una coordinación adecuada entre la utilización sostenible de los bosques y otros usos de la tierra.

Incentivos. La legislación debe permitir el establecimiento de un equilibrio entre los intereses de los propietarios de los bosques, responsables de los recursos, y los de la comunidad nacional, que beneficia de una gestión de los recursos adecuada y multifuncional. Los incentivos pueden fomentar el uso sostenible de los bosques y, sobre todo, aquellas prácticas y beneficios que interesan a toda la comunidad. Entre las medidas financieras cuya adopción se examina en este contexto se incluyen las siguientes:

· subvenciones para mejorar el potencial de producción a largo plazo, por ejemplo donaciones para la repoblación forestal y la forestación, para introducir mejoras en la silvicultura y para crear infraestructura;

· compensación por el costo de las medidas de gestión especificas que tengan que adoptar los propietarios de los bosques en interés público, por ejemplo mejora de la estabilidad de los bosques de protección, construcción de mecanismos de protección contra los aludes y las inundaciones, o la ordenación de los bosques de esparcimiento de utilización intensiva;

· compensación por pérdidas prescritas en las leyes, por ejemplo de beneficios previstos para los propietarios de los bosques, debido a una reducían de la explotación maderera en determinadas zonas.

Vigilancia y evaluación. La legislación puede proveer una base institucional para la evaluación y la vigilancia, para lo cual la legislación forestal debe contener disposiciones encaminadas a:

· establecer el principio y los mecanismos necesarios para la inspección periódica del estado de los recursos forestales a nivel nacional y regional;

· evaluar los efectos de la planificación de la ordenación forestal, sobre todo con respecto a la superficie forestal, a la biodiversidad y al estado de las masas forestales, a los productos de interés público, etc.;

· permitir la difusión de los datos relativos a la vigilancia y evaluación;

· permitir el uso de los datos relativos a la vigilancia y evaluación como información de retorno en las pruebas de formulación y modificación de políticas.

Régimen de tenencia de tierras forestales. Uno de los requisitos institucionales más importantes para conseguir una ordenación forestal sostenible es la legislación que establece formas adecuadas y confiables de tenencia de tierras forestales, incluidas las distintas formas de propiedad forestal y los derechos de utilización del bosque. Las leyes y reglamentos forestales deben incluir provisiones que determinen:

· los tipos y características de la propiedad forestal;

· los derechos y obligaciones de los distintos tipos de propietarios;

· los tipos y características de los derechos de uso.

En muchos países, la propiedad forestal del gobierno es el tipo dominante o exclusivo de propiedad forestal. Si la legislación forestal está orientada exclusivamente a la propiedad pública, puede plantear considerables obstáculos para las iniciativas privadas en materia de plantación de árboles. El progreso en el desarrollo de los recursos sostenibles exige una revisión de este tipo de legislación a fin de:

· abolir la reglamentación forestal innecesaria que prohibe a los propietarios privados plantar y talar árboles en parte o la totalidad de sus tierras;

· introducir disposiciones que faciliten la utilización de los árboles en combinación con cultivos agrícolas y fomenten las prácticas agroforestales eficaces;

· establecer acuerdos sobre el uso de la tierra y sobre el arrendamiento de ésta, que permitan una actividad forestal privada en las tierras públicas; fomentar una ordenación forestal privada sostenible que deje suficiente flexibilidad a los usuarios y propietarios de las tierras.

Los sistemas de concesiones forestales constituyen el mecanismo más utilizado por los gobiernos para formalizar contratos en virtud de los cuales se pueden realizar operaciones forestales privadas en tierras públicas. Estos sistemas están dejando gradualmente de centrarse en la fase de explotación, para convertirse en contratos de ordenación forestal a más largo plazo. Esta transformación está siendo apoyada por cambios legislativos en los que:

· se racionaliza el régimen de concesiones, vinculando su duración y el tamaño de la superficie forestal concedida más específicamente al tipo de operador privado, al nivel de elaboración de las materias primas, al volumen de la inversión privada y a la contribución socioeconómica de la industria;

· se refuerzan los aspectos de la ordenación a largo plazo, determinando los volúmenes de madera cortada anualmente en lugar de basarse solamente en la superficie, introduciendo regímenes de producción maderera sostenible y proporcionando incentivos para mejorar las normas de utilización;

· se fomenta la reinversión en el mantenimiento de la productividad de los recursos forestales mediante la plantación de las zonas taladas, la utilización de un sistema de corta más beneficioso para la silvicultura, la lucha contra los incendios forestales y la mejora de la infraestructura forestal;

· se contribuye a una integración más sistemática entre los requisitos para mantener la diversidad biológica y garantizar la protección del paisaje y – la reglamentación sobre concesiones forestales;

· se proporcionan incentivos para que el operador mejore la utilización sostenible de los recursos, sobre todo mediante un sistema de renegociación a intervalos regulares, con la opción de ampliar la duración del contrato si los resultados han sido satisfactorios y las propuestas para mejorar la gestión son aceptables para ambas partes.

Muchas leyes forestales reconocen el derecho de utilización como cuestión de principio, pero a menudo carecen de las disposiciones necesarias para proteger los derechos de utilización del bosque y permitir que se ejerciten de forma sostenible y en zonas determinadas. Esta situación provoca una considerable frustración en la población local que puede haber practicado una extensa gama de actividades forestales y desarrollado sistemas sostenibles de ordenación. Se necesita una legislación que combine el principio de sostenibilidad con un firme compromiso para mantener y desarrollar usos sostenibles de los recursos forestales por parte de la población local

El acceso reconocido e institucionalizado de las comunidades al uso de los recursos forestales es, en muchos casos, uno de los principales factores que determinan el interés local por mantener la cubierta forestal. En el contexto de la ordenación sostenible de los recursos forestales, tienen considerable interés las distintas formas de tenencia comunitaria y de propiedad común de las tierras forestales. La legislación debería reglamentar:

· los derechos y responsabilidades de los propietarios de bosques comunales con respecto a los usos sostenibles y a las prácticas de gestión;

· la posibilidad de consolidar los derechos de utilización de los bosques mediante la introducción de nuevas formas de propiedad forestal comunitaria;

· la posibilidad de convertir las tierras forestales públicas en tierras de propiedad comunitaria, ya sea mediante el registro de los títulos sobre la tierra, acuerdos a largo plazo sobre su utilización o contratos de arrendamiento de tierras.

Legislación forestal funcional

Un marco normativo idóneo(7)

La expresión legislación forestal funcional se refiere a una gran variedad de leyes y reglamentos que tienen una repercusión indirecta en la conservación y desarrollo de los bosques. Entre las leyes que tienen una importancia especial para el desarrollo forestal sostenible pueden citarse:

· la legislación relativa a los aspectos generales y concretos de la protección del medio ambiente, incluyendo los códigos nacionales sobre protección ambiental, la legislación relativa a la lucha contra la contaminación atmosférica y a la conservación del suelo y del agua;

· la legislación referida sobre todo a las fuentes naturales renovables, y a sectores específicos en relación con la agricultura, la ganadería, la pesca y su relación con la silvicultura y los sistemas de producción mixta. Incluye también la reforma agraria y las leyes sobre colonización de tierras, así como la lucha contra la erosión y la reglamentación sobre rehabilitación de la tierra;

· La legislación sobre medidas sociales y económicas para el desarrollo de las zonas rurales, incluyendo la relativa al régimen de tenencia de tierras, planificación del aprovechamiento de la tierra, leyes sobre desarrollo e inversión de alcance regional y nacional, y legislación fiscal;

· legislación sobre protección de la naturaleza, incluidas las leyes de protección de la flora, fauna y parajes no alterados y, en medida considerable, la relativa a la caza, la flora y fauna silvestres y a los parques nacionales.

La utilización de los bosques y las tierras forestales, incluyendo la ordenación de las masas de árboles, se convierte por lo tanto en objeto de una red de disposiciones jurídicas que van mucho más allá de la legislación forestal concreta. La creciente complejidad de las normas jurídicas requiere un análisis pormenorizado de la compatibilidad de las distintas leyes y reglamentos. Merecen sobre todo atención especial una serie de cuestiones entre las que pueden citarse las siguientes:

· las repercusiones que el creciente sistema legislativo sobre la protección del medio ambiente y de la naturaleza puede tener en la evolución de las leyes forestales en relación con la ordenación forestal (incluido el ámbito legislativo necesario para insertar o reforzar disposiciones específicas sobre la conservación de los bosques y su ordenación dentro de las leyes de protección del medio ambiente);

· el tipo de beneficios para la ordenación forestal que pueden derivarse de las modificaciones de los recursos naturales y de la legislación sobre desarrollo rural;

· La necesidad de introducir modificaciones en las normas sobre ordenación forestal a fin de garantizar la compatibilidad con legislaciones de más amplio alcance.

La aplicación de políticas y normas legales y su repercusión como incentivo eficaz y marco normativo depende en última instancia de las actitudes y capacidades a nivel nacional y local, razón por la cual para progresar en lo que respecta a las políticas y reglamentos es preciso hacer un examen crítico de los acuerdos institucionales y de las capacidades técnicas de los hombres y mujeres que participan en la creación, difusión, apoyo y aplicación de prácticas de ordenación forestal de carácter más amplio y sostenible. Hay que intensificar el apoyo prestado y concentrarse en crear capacidades en aquellos elementos críticos de la ordenación forestal introducidos por la sostenibilidad, así como comprobar la eficacia de los resultados. Esto es precisamente lo que pretende el Programa 21 de la CNUMAD al destacar sistemáticamente la necesidad de aumentar la capacidad como principal requisito para combatir la deforestación.

Por último, se debe relevar nuevamente que la ordenación de los bosques se realiza cada vez más en situaciones de compleja interdependencia e interacción con otros usos de la tierra y otros parámetros económicos y sociales. Ninguna ordenación forestal sostenible resulta viable a menos que goce de un contexto sólido y estable de desarrollo continuo y de estrategias convergentes en los sectores conexos.

2. ANALISIS DE LOS RESULTADOS.

2.1 Criterios sobre la sostenibilidad de la legislación forestal en Cuba.

Se ha implementado una Estrategia Forestal Nacional donde se combina el aprovechamiento de los recursos madereros y no madereros de los bosques con la protección y conservación de los mismos, así como el progreso de las comunidades, personas y familias integradas a estos ecosistemas.

La anterior afirmación se ha visto reforzada con la legislación complementaria a la Ley 81 "Ley de Medio Ambiente" dictada en el año 1997, devenida de los compromisos suscritos por el estado cubano en la Cumbre de Río de Janeiro. En este sentido, un conjunto de cuerpos legales que han contribuido, entre otros, con la voluntad de nuestro gobierno en aras del desarrollo sostenible, lo han sido la Ley No.85 "Ley Forestal" de fecha 21 de julio de 1998, así como la Resolución No.330 "Reglamento de la Ley Forestal", dictada por el Ministro de la Agricultura en 1999 y el propio año el Decreto 268 "Contravenciones de las Regulaciones Forestales.

Como consecuencia de esta profusa legislación, la introducción del desarrollo sostenible, encontró en nuestro país condiciones políticas e institucionales muy beneficiosas para el logro de los objetivos planteados en la Cubre de Río. Estas condiciones han tenido en Cuba un carácter excepcional en relación con otros países(8).

En primer lugar, los fundamentos políticos, sociales y económicos refrendados en nuestra Constitución de la República, nos convierte en lugar idóneo para lograr un desarrollo económico sostenible, teniendo en cuenta que el Estado Cubano realiza la voluntad del pueblo trabajador. El Estado como Poder del pueblo, en servicio del propio pueblo garantiza, la igualdad de derechos para todos sin distinción de raza, sexo o credo religioso en cuanto al acceso al empleo, la educación y a la salud. Predomina además la propiedad estatal socialista de todo el pueblo(9).

El Estado ejerce su soberanía sobre todo el territorio nacional, integrado por la Isla de Cuba, la Isla de la Juventud, las demás islas y cayos adyacentes, las aguas interiores y el mar territorial en la extensión que fija la ley y el espacio aéreo que sobre éstos se extiende, sobre el medio ambiente y los recursos naturales del país, sobre los recursos naturales, tanto vivos como no vivos, de las aguas, el lecho y el subsuelo de la zona económica marítima de la República, en la extensión que fija la ley, conforme a la práctica internacional.

El Estado organiza, dirige y controla la actividad económica nacional conforme a un plan que garantice el desarrollo programado del país, a fin de fortalecer el sistema socialista, satisfacer cada vez mejor las necesidades materiales y culturales de la sociedad y los ciudadanos, promover el desenvolvimiento de la persona humana y de su dignidad, el avance y la seguridad delpaís.

En la elaboración y ejecución de los programas de producción y desarrollo participan activa y conscientemente los trabajadores de todas las ramas de la economía y de las demás esferas de la vida social.

Reconoce además, la propiedad de los agricultores pequeños sobre las tierras que legalmente les pertenecen y los demás bienes inmuebles y muebles que les resulten necesarios para la explotación a que se dedican, conforme a lo que establece la ley. Los agricultores pequeños tienen derecho a asociarse entre sí, en la forma y con los requisitos que establece la ley, tanto a los fines de la producción agropecuaria como a los de obtención de créditos y servicios estatales.

Se autoriza la organización de cooperativas de producción agropecuaria en los casos y en la forma que la ley establece. Esta propiedad cooperativa es reconocida por el Estado y constituye una forma avanzada y eficiente de producción socialista.

Las cooperativas de producción agropecuaria administran, poseen, usan y disponen de los bienes de su propiedad, de acuerdo con lo establecido en la ley y en sus reglamentos.

Las tierras de las cooperativas no pueden ser embargadas ni gravadas y su propiedad puede ser transferida a otras cooperativas o al Estado, por las causas y según el procedimiento establecido en la ley. El Estado brinda todo el apoyo posible a esta forma de producción agropecuaria.

En correspondencia con las referencias constitucionales señaladas, el desarrollo armónico se aplica en Cuba con mayores posibilidades de lograr avances en la economía de las regiones rurales y concordia con el desarrollo de los asentamiento residentes en esas áreas. A estas condiciones se añade el avanzado articulado de la Legislación Forestal Cubana(10), donde por primeras vez se hace alusión al Marco Institucional en su Capítulo I, donde el Ministerio de la Agricultura es el encargado de dirigir, ejecutar en lo que le compete y controlar la política del Estado y del Gobierno en cuanto a la protección, incremento y desarrollo sostenible de los recursos del patrimonio forestal y las actividades de acopio, beneficio e industria forestal.

Por otra parte el propio capítulo de la Ley Forestal le concede al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente en su carácter de organismo rector, en cuanto al patrimonio forestal a función, entre otras, de participar, evaluar y supervisar la realización, desarrollo y cumplimiento de los programas de protección ambiental, conservación y desarrollo sostenible del patrimonio forestal y de la diversidad biológica en los ecosistemas forestales.

En cuanto al marco institucional, también el Ministerio del Interior cumple su rol en la protección de los recursos forestales a través de la organización y dirección del Cuerpo de Guardabosques.

Un órgano del vital importancia en el control y la administración forestal lo constituye el servicio Estatal Forestal(11), siendo la autoridad encargada de ejercer el control estatal sobre el cumplimiento de las regulaciones del patrimonio forestal y demás medidas adoptadas para su conservación, manejo y desarrollo sostenible, por parte de las personas naturales y jurídicas obligadas a ello. El Ministerio de la Agricultura organiza y dirige el Servicio Estatal Forestal el que se estructura en provincias y municipios de conformidad con las necesidades que demande el nivel de actividad forestal en cada territorio.

Otra de las disposiciones de la Ley Forestal donde se pone de manifiesto su contribución al desarrollo económico armónico, lo constituye los proyectos de Ordenación Forestal(12), los cuales forman la base primordial del desarrollo forestal sostenible y de la planificación, organización y control de los manejos que se realicen en las áreas del patrimonio forestal; contienen información literal y gráfica de la extensión, distribución y estado del patrimonio, el manejo propuesto para cada área y el cálculo de los volúmenes de las cortas, las que se planifican para un período dado.

La conservación y protección del patrimonio forestal hay también su máxima expresión jurídica, a través del Capítulo VIII del Reglamento de la Ley Forestal, donde se preceptúa la protección fitosanitaria, el procedimiento para la introducción de especies, la protección contra los incendios forestales, los desmontes, la utilización de áreas para actividades no forestales. Así como se establece el Capítulo IX como se estructura el patrimonio forestal en áreas úrbanas y aparece además un capítulo donde se dispone los procedimiento civiles y administrativos que se interponen por daños y perjuicios a los bosques.

Por sus parte la Ley Forestal, en cuanto a la integración de la actividad económica forestal y el desarrollo de las comunidades que forman parte de los territorios donde se desarrolla esta actividad, ha introducido novedosos términos como el los habitantes del bosque en el Capitulo VI "Derechos y deberes respecto al bosque".

En este capítulo se dispone que todas las personas tienen derecho al disfrute del bosque y el deber de contribuir a su cuidado y conservación.

Los habitantes del bosque tienen derecho, además, a su uso en actividades que no afecten su integridad, ni a los recursos de la diversidad biológica asociados a ellos. El derecho que se reconoce consiste en la recolección de frutos, naturalezas muertas, leña seca, plantas alimenticias, ornamentales y medicinales, así como realizar agrosilvopastoreo con animales de su propiedad sin que esto ocasione daños a los árboles, arbustos, a los suelos o a la regeneración natural. Todo ello de acuerdo con las regulaciones que se establezcan para cada tipo de bosque.

Podrán utilizar o aprovechar también otros recursos del bosque para satisfacer sus necesidades, previa autorización del Servicio Estatal Forestal, en los volúmenes que se determinen en las disposiciones reglamentarias.

Los productos recolectados no podrán ser comercializados y su cuantía se limita a las necesidades individuales y familiares de los beneficiarios. Cuando existan productos forestales no utilizables económicamente o en peligro de deterioro, el Servicio Estatal Forestal, en coordinación con los organismos pertinentes, los destinará para la satisfacción de necesidades de la comunidad.

Todas las personas tienen el deber de evitar y denunciar los actos de depredación de las áreas boscosas, prevenir y combatir con los medios a su alcance las plagas e incendios forestales, colaborar con las actividades de reforestación y en la rehabilitación de las áreas afectadas por incendios y otros desastres naturales.

  • Incentivos de la actividad forestal

Un elemento de trascendental importancia para que ilustra los compromisos contrídos por Cuba en Río de Janeiro, lo funda los incentivos a las personas naturales o jurídicas que se dedican o pretendan dedicarse al uso y aprovechamiento sostenible de los recursos madereros y no madereros de los bosques.

En primera medida, la Ley Forestal(10) se refiere a la creación del Fondo Nacional de Desarrollo Forestal (FONADEF) siendo su objetivo principal del Fondo la promoción y financiamiento de proyectos y actividades dedicadas a conservar y desarrollar estos recursos, especialmente en lo que concierne a inventarios, ordenación, protección e investigación. Para lograr ese objetivo el Ministerio de Economía y Planificación y el Ministerio de Finanzas y Precios, dictaron la Resolución Conjunta No.01 del año 2000 en virtud de la cual se crea el FONADEF, estableciéndose la proveniencia de sus ingresos y el destino de sus finanzas.

El Ministerio de la Agricultura, con el fin de estimular el desarrollo forestal sostenible, sobre la base de las políticas y disposiciones que se establezcan, propondrá en las ocasiones que corresponda al Ministerio de Finanzas y Precios la adopción entre otras, de las medidas siguientes:

a) Bonificación a personas naturales o jurídicas que ejecuten plantaciones forestales y manejos silvícolas y de fauna, de hasta un 30% sobre los costos reales, sin que estos puedan superar los costos tecnológicos.

b) Reducción o exención de aranceles a la importación de tecnologías, equipos o sus partes e insumos dedicados al desarrollo forestal del país;

c) Reducción o exención de impuestos a productos forestales provenientes de plantaciones.

d) Otorgamiento excepcional de beneficios fiscales o financieros a empresas, cooperativas, pequeños propietarios y usufructuarios de tierras y comunidades para estimular la atención de las plantaciones forestales, la forestación y la reforestación.

  • Resultados de la actividad forestal.

Los avances en la legislación forestal cubana, en materia de uso sostenible de los recursos naturales, ha traído como consecuencia un impacto positivo en la población villaclareña en cuanto al desarrollo de los índices socioculturales de esta región en equilibrio permanente con el desarrollo económico de la actividad forestal, así como la conservación y protección de la diversidad biológica de los recursos genéticos y filogenéticos del bosque.

La provincia de Villa Clara está situada al centro de la isla y se constituyó en 1976 según la nueva División Política Administrativa; anteriormente formó parte de la provincia de Las Villas. La provincia tiene una extensión de 8 412.4 Km2, incluidos 492.4 de cayos subyacentes, lo que representa el 7.7 por ciento del área total del país y por su extensión ocupa el quinto lugar entre las 14 provincias del territorio nacional.

Según el censo de 1999, posee 801 036 habitantes, lo que representa aproximadamente el 8% de la población del país. El grado de urbanización es del 76.90 %. Los municipios más poblados son Santa Clara, Placetas, Manicaragua, Ranchuelo y Sagua. La mayor densidad poblacional está presente en los municipios de Santa Clara, Caibarién, Placetas, Ranchuelo y Camajuaní, todos por encima de 104.7 hab/ Km2, lo cual es superior a la del país que es de 95 hab/ Km2.

El sector estatal en la provincia comprende empresas agropecuarias, silvícolas y otras entidades que desarrollan las actividades agrícolas, pecuarias y silvícolas. El sector no estatal abarca las Cooperativas de Producción Agropecuarias, Cooperativas de Créditos y Servicios, Las Unidades Básicas de Producción Cooperativa y finalmente los pequeños productores privados dispersos, que establecen compromisos con el Estado en cuanto a las ventas de productos agropecuarios.

Dentro del sector estatal de la agricultura, se encuentra la Empresa Forestal Integral Villa Clara, perteneciente al Grupo Empresarial Agricultura de Montaña, subordinada al Ministerio de la Agricultura. Esta empresa, durante el año 2009 ha logrado importantes logros en su desarrollo económico en comparación con años anteriores, basado en la Estrategia Villa Clara 2009, elaborado por la Subdelegación Café-Forestal-Apicultura-Flora y Fauna (Anexo).

  • Principales impactos la legislación forestal en el desarrollo económico y humano del territorio villaclareño.

2.4.1 Impactos directos sobre la Empresa Forestal Integral Villa Clara

La tabla contenida en el anexo 1referido en el epígrafe anterior, muestra como los indicadores varían desde el año 1996 hasta diciembre del 2009. Esta variabilidad se encuentra en correspondencia con la observancia del Proyecto de Organización y Desarrollo de la Economía Forestal para el período 2006 – 2015, aprobado por Resolución No.59 de 2007 por el Ministerio de la Agricultura para la Empresa Forestal Integral Villa Clara, donde se tiene en cuenta, en cumplimiento con la Ley Forestal, criterios de sostenibilidad económica dado en un desarrollo productivo en equilibrio con la conservación del diversidad biológica y los índices de desarrollo sociocultural de la población del territorio.

En este sentido, parte importante de la madera aserrada producida por la empresa ha sido destinada a obras de la Batalla de Ideas, tales como la construcción de centro de salud, la reparación de escuelas, apoyo al Plan Alimentario de la provincia, la construcción de viviendas y como insumo para el desarrollo de la exportaciones de otros renglones agrícolas como el tabaco, la apicultura, el café, el cacao, estrategia para la producción de mobiliarios de henequén para el turismo, etc.

La legislación forestal devenida en 1998, ha traído como consecuencia una recuperación del medio ambiente deteriorado por siglos de explotación irracional y más recientemente debido a los efectos del período especial(13). Los criterios de sostenibilidad refrendados en la Ley Forestal logran que la actividad forestal se desarrolle en equilibrio con la conservación de la diversidad biológica, la conservación de los suelos, las aguas terrestres y marinas, la evitación de emanación de gases de efecto invernadero. Como resultado de lo anterior se logra un desarrollo del medio humano sin distinción razas o credo religioso, donde se se desarrolle la dignidad plena del hombre y con la certeza de no comprometer a las generaciones futuras

En tal sentido los recursos humanos de la empresa es fuente de empleo para 1300 personas en el la provincia. Mas del 60% de sus trabajadores se encuentra vinculados a los resultados de la producción, por lo que el salario promedio es de 988.00 pesos. A estos trabajadores directos, y en virtud del Convenio Colectivo de Trabajadores, se le refuerza la alimentación a partir de una estrategia nacional dirigida a proteger a los trabajadores forestales, así como venta de cigarros café, vestuario y el suministro gratuito de medios fundamentales de protección.

En el convenio referido la administración acuerda con los trabajadores asuntos que dignifican la actividad forestal tales como: la capacitación, la educación ambiental, los sistemas de pagos, la estimulación moral y material, los horarios de trabajo y descanso, la transportación de los trabajadores, el plan vacacional, etc.

La creación de áreas de autoconsumo se inserta en la estrategia nacional para lograr la seguridad alimentaria de los trabajadores y sus familias. En cuanto a este aspecto las Fincas Integrales Forestales constituye la base fundamental del desarrollo forestal sostenible. Creadas al amparo de la Resolución No.960 del 1999, dictada por el Ministerio de la Agricultura, esta institución se basa en la aprobación de un área perteneciente a una Empresa Forestal, donde se desarrolla armónicamente la actividad forestal con técnicas de agrosilvopastoreo, a decir del artículo 2 de la Ley Forestal, conjunto de técnicas y procedimientos mediante los cuales se manejan de forma racional y sostenible cultivos agrícolas o ganado de diferentes tipos en asociación con los bosques, persiguiendo con ello el uso múltiple y rendimiento máximo de los terrenos forestales.

Esta modalidad incluye además, la entrega al finquero y su familia de una vivienda en régimen legal de usufructo gratuito, un modulo pecuario, así como medios de producción en aras del logro de los objetivos de la finca. El finquero será un trabajador de la empresa y estará sujeto a un sistema de pago por los resultados de la producción. La actividad realizada por estos hombres estará también beneficiada por los incentivos fiscales referidos en el presente trabajo, así como tendrá los derechos y deberes del habitante del bosque dispuestos en la Ley No.85 de 1998.

La Empresa Forestal Integral Villa Clara posee en la provincia más de 100 fincas forestales integrales, lo que trae como consecuencia un beneficio importante al nivel de vida de los finqueros contratados y sus familias, así como se logra un desarrollo acelerado de los bosques en correspondencia con la ordenación trazada, una mayor control fitosanitario, conservación de la flora y fauna silvestre, aumento de la forestación y reforestación garantizado con la construcción de microviveros, disminución de los incendios forestales y por tanto un mayor rendimiento en la extracción sin comprometer el índice futuro de boscosidad.

  • Desarrollo sociocultural de la provincia de Villa Clara.

Con lo expresado hasta el momento se demuestra fehacientemente, que los impactos de la legislación forestal sobre el desarrollo sostenible de las empresas dedicadas a los bosques, tienen relación estrecha con el desarrollo humano de los territorios donde se constituyen estas empresas, más aún si estas se estructuran a través de toda la provincia.

En correspondencia con lo planteado el territorio villaclareño cuenta con una población de 806 144 habitantes, de ella el 75,67% vive en áreas urbanas(14), exhibiendo los siguientes indicadores:

Viviendas electrificadas: 97,3%

Grado de urbanización: 77,5%

Población beneficiada con acueducto en el año 2001: 625 600 habitantes.

Población beneficiada con alcantarilla- do: 272 300 habitantes.

Población beneficiada por el Plan del Médico de la Familia: 100%.

Tasa de mortalidad infantil: 5,4 .

Tasa de Mortalidad materna: 1,7.

Esperanza de vida al nacer: 76,5 años.

Unidades de salud: 1 730.

Habitantes por médico: 186.

Habitantes por estomatólogo: 571.

Retención escolar: 98,1%.

Promoción escolar : 96,4 %.

Centros de enseñanza primaria: 727.

Escuelas de oficios: 12.

Escuelas de adultos: 28.

Círculos infantiles: 63.

Centros de enseñanza media: 115.

Centros de enseñanza especial: 24.

Centros de enseñanza superior: 5.

Centros de investigación científica: 52.

Combinados y centros deportivos: 51.

Areas deportivas: 362.

Areas terapéuticas: 24.

Círculos de abuelos: 903.

Bibliotecas públicas: 49.

Casas de cultura: 22.

Museos: 19.

Teatros: 5.

Librerías: 21.

Instalaciones de computación para jó- venes (Joven Club): 14.

Cines: 54.

Agricultura

  • Obtención e introducción de dos nuevos clones de boniato, uno de yuca, uno de malanga xanthosoma, uno de banano y nuevos componentes en el manejo integrado del tetuán.

  • Extensión, al resto del país, de la metodología de micro propagación de la malanga. El rendimiento promedio comercial de las vitroplantas fue de 17,2 Ton/Ha, muy superior a las 6,5 Ton/Ha obtenidas con el método tradicional.

  • Extensión de la metodología de micropro- pagación del ñame, que permite producir 10 000 vitroplantas por segmento nodal por año. Cada fracción de rizoma puede dar 40 explantes, de los cuales 36 se implantan de forma exitosa. Per- mite producir las 400 000 vitroplantas que necesita una caballería en sólo 4 meses.

  • Puesta a punto de un sistema de regeneración, por embriogénesis somática, de clones de plátano, y obtención de los primeros híbridos cubanos de banano y una variedad enana de papaya.

  • Producción del kit diagnóstico para el DMV de la malanga y establecimiento de nue- vos componentes para el desarrollo de las tec- nologías integrales que comprenden los bio- fertilizantes, los controles biológicos y el ma- nejo integrado de plagas y enfermedades, permitiendo reiniciar la producción de plátano.

  • Desarrollo del Vitrofural, producto que podría solucionar el grave problema mundial que representa la afectación por bacterias y hongos en la Biotecnología agrícola. Fue desarrollado y se emplea como esterilizante químico de los medios de cultivo, lo que sustituye el proceso de esterilización por autoclave. Ya se cuenta con la concesión de su patente en Cuba, Estados Unidos, Europa, Australia y Singapur.

  • Obtención, evaluación y extensión de somaclones de caña de azúcar (saccharum spp híbridos); introducción de nuevas variedades de caña y multiplicación de nuevos genotipos. Igualmente, se ha desarrollado un nuevo proto- tipo de cosechadora de caña para el trabajo en condiciones de alta humedad y que humaniza ese duro trabajo.

Salud

  • Como resultado del trabajo científico, la provincia ha alcanzado significativos avances en la salud y la consiguiente elevación de la calidad de vida: disminución de la tasa de abortos, reducción de la tasa de mortalidad por tumores malignos, revitalización del pro- grama de diagnóstico de cáncer de mama y una alta cobertura del programa de vacunación, entre otros.

  • También han sido desarrollados proyectos de investigación relacionados con la obtención de nuevos productos farmacéuticos y con el desarrollo de un prototipo de equipo para la detección de arritmias cardíacas.

Conservación del medio ambiente

  • En el año 2001, se logró disminuir en 640 Ton/a la carga DBO dispuesta al medio, de un total de 12 440 Ton/a, lo que representa 5,14%. Del total de la carga reducida, los mayores beneficios se reportan en las cuencas de los ríos Zaza y Sagua la Grande, con 35,93% y 40,6%, respectivamente. Ese año, la cobertura boscosa del territorio creció hasta 18,1%.

  • Respecto al año 2000, en el 2001 creció en 3,45% el aprovechamiento económico de los residuales (utilización de materia orgánica en la fertilización de los suelos, uso de desechos de procesos industriales como biomasa para la alimentación animal y reciclaje de materias pri- mas en otras industrias).

Actividad industrial

  • El principal impacto consiste en la producción de azúcar orgánica en instalaciones tradicionales a partir de un nuevo esquema tecnológico, que prescinde de productos químicos, y un nuevo diseño del proceso de purificación, limpieza y control de la calidad.

Desarrollo social

  • En lo social, se destaca el trabajo del Instituto Superior Pedagógico Félix Varela, con la ejecución de 23 proyectos de investigación científica. La evaluación de los resultados del trabajo científico, realizada por el Ministerio de Educación, declaró a Villa Clara como de al- to desarrollo, logrado gracias al positivo im- pacto de la estrategia en las direcciones de perfeccionamiento de la actividad científica y su incorporación al trabajo educativo cotidiano. Villa Clara tiene un polo científico productivo, organizado en varios grupos de trabajo, los cuales trabajan en la solución de problemas prioritarios de diferentes sectores y que inciden directamente en la calidad de vida de la población.

Por tanto, todos los datos referidos en este trabajo demuestran que nuestro país ha acogido los acuerdos planteados en la Cumbre de Río de Janeiro y los ha refrendado en su legislación doméstica, trayendo como consecuencia una sostenibilidad económica en correspondencia con el elevado desarrollo humano de nuestra sociedad, libre del consumismo en que se sumerge hoy el mundo y hacedores de imprescindibles valores éticos, tal y como expresara nuestro Apóstol José Martí:

La tierra no la heredamos

de nuestros padres, la hemos pedido prestada

a nuestros hijos.

CONCLUSIONES

  • 1. El desarrollo sostenible tiene que plantearse a escala global. Por ello, en primer lugar debe intensificarse la cooperaci6n internacional, especialmente con transferencia de tecnología y de recursos financieros del Norte hacia el Sur para promover y apoyar las iniciativas nacionales V locales en todos los países encaminadas a alcanzar el doble objetivo del desarrollo sostenible.

  • 2. A través de la agricultura sostenible se obtienen mayores rendimientos agrícolas, al tratar de reconocer las necesidades sociales no solo de una comunidad en particular sino de toda la sociedad.

  • 3. La legislación forestal es un importante instrumento jurídico que representa los intereses del pueblo cubano y por tanto contribuye a su desarrollo económico y social de forma sostenible.

  • 4. La ordenación forestal sostenible, como institución jurídica de la Ley Forestal, solamente se podrá llevar a cabo a través de un criterio interdisciplinario y en el marco de políticas y reglamentos de desarrollo rural eficazmente coordinados.

BIBLIOGRAFÍA

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