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Comportamiento internacional en la protección de los Derechos Humanos

Enviado por j2105


    1. Hipótesis
    2. Objetivos
    3. Introducción
    4. Justificación
    5. Marco teórico
    6. Definición de los Derechos Humanos
    7. La ONU y la Declaración Universal de los Derechos Humanos
    8. La Unión Europea como unidad de Derechos Colectivos
    9. La política de los Derechos Humanos desde la OEA
    10. El análisis de los sistemas preponderante en la protección de los Derechos Humanos, en la Unión Europea y en la Organización de Estados Americanos
    11. Conclusiones
    12. A manera de reflexión
    13. Bibliografía
    14. Anexos

    GLOSARIO

    Alianzas Internacionales: acuerdos de las potencias Europeas en el Concierto europeo del siglo XIX.

    Carta Europea de Derechos Humanos y Fundamentales: La carta que se promueve en el 2000, y que compila todo la historia del desarrollo histórico de los Derechos Humanos en Europa.

    CASDH: Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José 1969.

    CE: Comunidad Europea.

    CEDH: Convenio Europeo de Derechos Humanos. Firmado en Roma en Noviembre de 1950.

    CIDH: Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

    Common Law: Doctrina legal Inglesa que data de la Petition of Right de 1628, y el Bill of Rights de 1689, y que será incorporada por la constitución norteamericana y en el siglo XX, por la mayoría de los regímenes democráticos.

    CORIDH: Corte Interamericana de Derechos Humanos.

    DADH: Declaración Americana de los Derechos y Deberes de los Hombres.

    EUMC: European Monitoring Centre On Racism and Xenophobia.

    Interdependencia: Teoría de las Relaciones Internacionales, tendiente al mutuo beneficio y costo.

    Lesa Humanidad: crímenes de guerra que implican una violación a los Derechos Humanos.

    Mutuo Costo: termino de la teoría de la Interdependencia, para referirse a los mutuos beneficios y costos de transacción en la relación de los Estados.

    OEA: Organización de los Estados Americanos.

    ONU: Organización de las Naciones Unidas.

    PACDH: Protocolo adicional a la Convención sobre Derechos Humanos (1998 San Salvador).

    Regímenes Internacionales. Concepto de Keohane y Nye, para entender los acuerdos internacionales, que obligan a los Estados a actuar de determinada forma en el sistema internacional.

    Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Organismo creado por la OEA, para garantizar la protección de los Derechos Humanos en América.

    Soberanía: capacidad y facultad de las Naciones y los pueblos, de regirse por si mismos de manera autónoma, por la cual se basa el concepto de la libre determinación.

    TEDH: Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Creado por la Convenciones Europea de Derechos Humanos, en 1950.

    TJE: Tribunal de Justicia Europeo.

    UE: Unión Europea.

    HIPÓTESIS

    ¿Existe un verdadero compromiso de los Estados, por hacer cumplir las normas, para preservar la protección de los Derechos Humanos en el ámbito global, como lo estipula la Organización de las Naciones Unidas (ONU), a través de su carta o solo se trata de un proceso utópico de validez unilateral y no multilateral, como está estipulado por los convenios internacionales, y qué va en contra del flagelo de la violación de los Derechos inherentes a las personas?.

    OBJETIVO GENERAL

    • Analizar los procesos gubernamentales en la aplicación y protección de las normas estipuladas para garantizar los Derechos Humanos, y como los Estados, respetan o no estas políticas pactadas en la Carta de las Naciones Unidas (ONU), en la cual se hace referencia a los Derechos inherentes a las personas sin importar su nacionalidad, raza, sexo, creencia, condición social, entre otras.

    OBJETIVOS ESPECIFICOS

    1. Explicar qué son los Derechos Humanos; qué Derechos y deberes tienen los Estados, y sus agentes directos o indirectos y las personas que conforman todo el entorno mundial.
    2. Conocer los mecanismos de protección de los Derechos Humanos a partir de bloques de integración, como lo son la Unión Europea (UE) y la Organización de Estados Americanos (OEA), para poder contextualizar el compromiso de los países en materia de protección de estos Derechos.
    3. Establecer, cuáles son los principales agentes de violación de los Derechos Humanos, en el contexto internacional tomando en cuenta las diferencias culturales, sociales que emanan estos dos bloques.
    4. Dilucidar cuales son los principales Derechos Humanos consagrados por la ONU, vulnerados en los dos bloques regionales que serán estudiados.
    5. Analizar el tipo de compromiso, que han adquirido los actores que intervienen en la protección de los Derechos Humanos desde la ONU.

    INTRODUCCIÓN

    En la historia, han acontecido graves antecedentes de violencia que vulneran los Derechos de las personas y deterioran la imagen de los Estados, se observan sucesos como son las guerras mundiales, las guerras civiles y otras manifestaciones violentas, que han hecho principal énfasis en cometer delitos de lesa humanidad y atentar contra la integridad tanto de los sociales, como de los Estados en general.

    El comportamiento del Estado, quizá hasta antes de la primera guerra mundial, se había caracterizado por mantener un estricto cumplimiento de los los dictámenes, que el líder de la Nación, concibiese como beneficiosos para el país; el principado de Maquiavelo, como podría llamarse el comportamiento del Estado Moderno, el cual propende por una racionalidad de Estado, en la cual se maneje una doble actividad: Un momento es el comportamiento al interior del territorio, y otro momento cuando este Estado, debe salir y buscar negociaciones y acuerdos con otras Naciones, que le permita alcanzar un nivel de desarrollo no solo económico, sino también político y social, de tal forma que la relación con otros Estados, sea siempre en beneficio de la comunidad en general.

    Tal vez esta racionalidad, condujo a los Estados modernos europeos de los siglos XVIII y XIX, a un camino sin regreso hacia el ímpetu de dominación sobre otros pueblos y Naciones más débiles, con el fin de salvaguardar su seguridad y bienestar en el futuro, buscando recursos y materias primas para competir ágilmente en el mercado internacional, que en ese momento de la historia, veía crecer a la sociedad industrial y necesitaban producir bienes para suplir el consumo interno y externo que comenzó a coger impulso en esta carrera de la competencia entre los países protagonistas de la revolución Industrial de estos siglos.

    De allí se puede desprender, que las luchas sociales de los trabajadores empezaron a forjar en busca de una mejor optimización y humanización de los ambientes laborales. Como el caso de la revolución de las trabajadoras textileras de una fabrica en Chicago a finales del siglo XIX, ó el motivo por el cual se celebra en muchos países democráticos, el día de Trabajo, el primero de mayo, pues en este día en el año de 1887, cinco dirigentes obreros fueron condenados a muerte y ejecutados en la ciudad de Chicago después de participar en una huelga general.

    Después, a finales del siglo XIX, y la primera década del XX, se generaron entre las Naciones coloniales de Europa del Siglo XIX, tensiones por miedo a que alguna rompiera lo acordado en la Paz de Westfalia; la cual consistía, en que ninguna Nación invadiría a otra ni efectuaría agresiones violentas contra otra, y si esto ocurriese podrían apelar a las alianzas que un país realiza con otro en caso de que un tercer país lo amenazara con una clara demostración de guerra. Efectivamente la tensión fue tan grande que cuando ocurrió el asesinato del archiduque Austriaco Francisco Fernando, heredero del trono de Viena, y de su esposa en Sarajevo el 28 de junio de 1914, en manos de nacionalistas servios, así pues el imperio Astrohúngaro sé apoyo en Alemania, y declaro la guerra a Servia, la cual mediante el mecanismo de alianzas internacionales, se sumo a Rusia, Francia, Reino Unido Y Japón. La historia de esta cruenta guerra esta llena de devastadoras manifestaciones contra los Derechos Humanos, sin embargo después de la guerra y por iniciativa Norteamérica a la cabeza del Wilson, se creo la llamada Sociedad de Naciones (SDN), para reconstruir Europa, la cual empezaría a cimentar las bases de lo que seria hoy en día, el Derecho Internacional de Derechos Humanos; en él capitulo I, se hará mención a la Sociedad de Naciones.

    Iniciada la década de los 30, con una gran crisis económica mundial y demostrada la incapacidad de la Sociedad de Naciones (SDN), para mantener el equilibrio y la paz mundial; se inicia la segunda guerra mundial, la cual trae consigo un devastador panorama en materia de los Derechos Humanos, pues allí el mundo es testigo de crímenes sistemáticos de lesa humanidad, contra miles de personas, propiciada y auspiciada por el gobierno alemán. Por esto, después de la guerra que las Naciones vencedoras, llamadas los aliados, a la cabeza el Reino Unido, Francia y Estados Unidos, toman la iniciativa de crear un órgano multilateral que propendiera por la búsqueda de la paz mundial y la seguridad internacional.

    Este mecanismo adoptado para la resolución y protección de la población civil, dentro de un Estado soberano, fue creado en 1945, bajo el nombre de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), éste permitiría tener autonomía mundial en el contexto de la solución de los problemas, buscar la protección de los Derechos de las personas y la manera cómo se tenían que referir los Estados, ante este nuevo estamento, para poder proteger internamente los Derechos de los sociales que se encontraban bajo su jurisdicción, a este estamento reglamentado, que bajo la aprobación de una carta con un contenido de principios fundamentales, los cuales recolectaban los deberes y los Derechos de los Estados, para su funcionamiento y para la libre convivencia de sus nacionales en materia de protección de los Derechos de las personas; a esto se le sumo que en el año de 1948, se dio a conocer lo que seria la principal herramienta en la aplicación de los Derechos, a través de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (DADH).

    En el primer capitulo, se realizara una aproximación al concepto de Derechos Humanos, así como su evolución histórica dentro de los esquemas mundiales, y la concepción teórica de algunos autores referentes a este tema, lo que permitirá propiciar elementos necesarios para ir desarrollando el tema planteado a lo largo de este trabajo.

    En un segundo capitulo, se abordara el tema del papel de las Naciones Unidas en materia de Derechos Humanos, y principalmente tomare la Declaración de los Derechos Humanos, como el camino para iniciar en el análisis del protagonismo de las Naciones Unidas, en la promoción y protección de los Derechos Humanos en todo el mundo.

    La Organización de Naciones Unidas (ONU), vinculó en su lucha contra la vulneración de los Derechos Humanos, a varias Naciones las cuales firmaron un pacto, que permitiría establecer normas de funcionamiento en cuanto a la protección de los Derechos Humanos.

    Dentro de la estructura del trabajo se realizarán 5 Capítulos, los cuales de manera concatenada, permitirán dar al lector una visión de cual ha sido el compromiso de los países por medio de sus bloques de integración tanto europeos (capitulo 3), como americanos (capitulo 4), para hacer efectivo la aplicación de la carta de los Derechos Humanos en un verdadero contexto internacional, que es la fuente principal de mi hipótesis, y la cual desarrollare en él capitulo 5; terminando con algunas reflexiones a manera de conclusión.

    JUSTIFICACION

    A partir del reconocimiento mundial de los Derechos Humanos, por cuenta de la carta de las Naciones Unidas, han tomado relevancia y protagonismo en los diferentes escenarios donde se ha suscitado la violación de estos, por factores y agentes aleatorios correspondiente a cada coyuntura Estatal. Uno de los determinantes básicamente ha sido el uso indiscriminado de la fuerza, como mecanismo para alcanzar un estatus de autoritarismo y poder.

    La importancia que suscrita la realización de este trabajo, no solo tiene repercusiones a escala personal, sino que también, pretende lograr tomar conciencia de la verdadera intención de optar por aplicar una eficaz protección a favor de los Derechos Humanos, no solo en el ámbito internacional, sino en el ámbito nacional.

    Se tratará de encontrar un punto de referencia, partiendo del análisis de la Unión Europea y la Organización de Estados Americanos como foros políticos y económicos, que permiten la integración de aquellos países que aunque firmantes de la Carta de las Naciones Unidas, talvez son o hallan sido violadores de los Derechos Humanos, y por tal motivo fueron o son sancionados con medidas y recomendaciones tomadas directamente por la ONU. Como abarcar el estudio de la totalidad de los países que en la Unión Europea UE y en la Organización de Estados Americanos OEA, hayan sido ó son violadores de los Derechos Humanos, es complejo. Me limitaré a un estudio limitado, de los principales Derechos vulnerados por los países miembros en los distintos bloques. Así pues podré establecer un parámetro de observancia sobre los Derechos que más se violan en cada bloque y que clase de actividades adelanta la ONU, o el organismo especializado correspondiente, para proteger los Derechos Humanos, de los habitantes de un territorio en especifico o en general a la población mundial.

    Esto nos puede llevar a tomar una visión critica, acerca de los esfuerzos que han realizado las organizaciones tanto internacionales, como las nacionales, en el tema de la protección de los Derechos Humanos, y de que manera están siendo efectivamente aplicados o por el contrario, se encuentra todavía subsumidos en la utopía, y cual puede ser el futuro en el corto, mediano y largo plazo, para poder alcanzar unas metas precisas en el consenso global y más precisamente en el entorno latinoamericano referente a este tema.

    MARCO TEORICO

    El nacimiento del Estado moderno, dentro de los anales de la historia, ha marcado una pauta fundamental en el entendimiento de la soberanía de las Naciones, estipulando que para alcanzar el dominio de los territorios, se ha avocado muchas veces al uso legitimo de la fuerza, razón por la cual el predominio de un soberano sobre un pueblo, muchas veces ha desencadenado luchas internas y constantes atropellos contra la integridad de los societales que hacen parte de ese territorio, haciendo un uso indiscriminado de la violencia, es así como nos encontramos con las constantes luchas por establecer lo verdaderamente justo, los verdaderos Derechos y deberes tanto de los soberanos como del pueblo.

    Esta genealogía histórica, se entrevé en el contexto de las relaciones internacionales, que las Naciones del mundo establecen para lograr una convivencia entre las diferentes culturas que conforman el globo terráqueo.

    En el ámbito internacional, podríamos enmarcar el asunto de los Derechos Humanos, como un comportamiento de las Naciones para lograr una interacción con otras Naciones. Al igual debe generar un comportamiento para sí misma, al interior, para lograr plenas garantías en el cumplimiento de los Derechos políticos, civiles, económicos y culturales, los cuales constituyen los Derechos Humanos y por consiguiente deben constituirse en un verdadero accionar de los países en aspectos internacionales, propendiendo hacia una lógica de Interdependencia, que en el campo de la teoría de las Relaciones Internacionales, Robert Keohane y Joseph Nye, nos han ilustrado bien sobre la importancia de la Interdependencia en el comportamiento de las Naciones. "La Interdependencia afecta la política mundial y el comportamiento de los Estados, pero las acciones gubernamentales también influyen sobre los modelos de interdependencia. Al crear o aceptar procedimientos, normas o instituciones para ciertas clases de actividades, los gobiernos regulan y controlan las relaciones trasnacionales o interestatales. A estos acuerdos gubernamentales los denominaremos regímenes internacionales". De esta doctrina internacional podemos enlazar los Derechos Humanos, con parámetros mundiales que obligan a los Estados, a proteger estos Derechos, amparando a los ciudadanos de los países de todo el globo, bajo regímenes internacionales que establecen acuerdos entre las Naciones, para garantizar los Derechos Humanos contenidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos, y en general al Derecho Internacional de los Derechos Humanos, que comprende 18 tratados y 15 declaraciones, entre otras herramientas utilizadas por la ONU, para promover y proteger los Derechos Humanos en todo el mundo.

    La teoría de la interdependencia para el abordaje de nuestro análisis, nos servirá siempre y cuando entendamos que "donde existen efectos de costo reciproco en los intercambios hay interdependencia", de esta manera podemos ver, que las relaciones humanas en todos los niveles vienen incorporadas con algún intercambio, aunque este no signifique un objeto de carácter material, como es el caso del amor o la amistad, es decir en el simple intercambio afectivo y subjetivo de las relaciones humanas, las cuales pueden generar costos y beneficios mutuos, y es allí donde en los comportamientos de los conglomerados humanos, la postura de mutuo costo, puede tomar valor debido a que el actuar de un determinado país o grupo, puede traer consecuencias de mutuo beneficio o perjuicio para el bienestar de la población de uno ó varios países. Si un país o grupo de países actúan conforme a los regímenes internacionales en materia de Derechos Humanos, acarrearan beneficios mutuos para ellos y la región en general.

    Parte de este trabajo, consistirá en abordar el problema de los regímenes Internacionales proscritos por la ONU, en materia de Derechos Humanos, bajo la perspectiva de los dos grandes bloques del mundo occidental, por un lado esta el bloque integrado por los países de la Unión Europea, y el otro es el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, liderado por los Estados Unidos y administrado por la Organización de Estados Americanos OEA.

    El marco conceptual, esta determinado por la gran gama de documentos emitidos por la Asamblea General De las Naciones Unidas, y de los diferentes órganos especializados en materia de Derecho Internacional Humanitario.

    CAPITULO I

    DEFINICIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS

    "Los Derechos Humanos están inseparablemente unidos

    a la dignidad humana y son inalienables"

    Nelson Mándela

    Líder de la lucha en contra del Apartheid

    Palabras al recibir el premio Nóbel de Paz en 1993.

    1 ¿Qué son los Derechos Humanos?

    Por mucho tiempo, se ha tratado de darle una definición que reúna los requisitos fundamentales para poder transmitir el verdadero significado de los Derechos Humanos; La verdadera esencia de estos Derechos, se fundamenta en la dignidad que toda persona sin discriminación alguna de edad, religión, sexo, condición social, tiene frente a la figura del Estado y las diferentes fuerzas de la sociedad.

    Los Derechos Humanos son las facultades, prerrogativas y libertades fundamentales inherentes a las personas, las cuales les permiten obtener un lugar dentro de las diversas sociedades mundiales, siendo estos debidamente reconocidos por el Estado, el cual esta en la obligación de garantizarles la atención requerida, además de respetarlos, defenderlos y disponer los límites señalados por la ley, la cual le impone en determinados casos la obligación de no hacer o actuar de determinada forma, con el fin de garantizar a los individuos la vigencia de sus libertades y Derechos consagrados en la Constitución.

    A continuación, haré una pequeña reseña histórica de los Derechos Humanos, y describir las tres generaciones de estos, las cuales nos ayudaran para darnos cuenta de la gran amplitud del concepto de los Derechos Humanos dentro del Derecho internacional, y como han ido ampliándose progresivamente la protección de estos.

    1.1 Historia de los Derechos Humanos

    La expresión de "Derechos Humanos", tiene una gran connotación en la actualidad de la sociedad, sin embargo posee bases relevantes inspiradas en hechos históricos, lo que nos remite a la formula de inspiración francesa, "Derechos del hombre", la cual se origina a finales de la última década del siglo XVIII, sin embargo el concepto de ley o legislador en el sentido de definir y proteger los Derechos del hombre, es muy arcaica. Un antecedente es el código de Hammurabi, que data del siglo XVIII a.c, las primeras palabras definen el objetivo del código; "Para humillar a los malos e injustos e impedir que el poderoso perjudique al débil; para que toda persona perjudicada pueda leer las leyes y encontrar justicia". En este código se aplicaban penas desproporcionadamente crueles, como lo era la pena capital para algunos delitos menores, aunque hacía diferencias en las sanciones dependiendo de sí la persona agredida representaba en la sociedad una distinción especial, es decir, era un vecino distinguido o no.

    Mediante este código de leyes, se unificaban los diferentes códigos existentes en las ciudades del imperio babilónico. Esto pretendía establecer leyes aplicables en todos los casos, e impedir así que cada uno "tomara la justicia por su mano", sin la debida ley escrita, que los jueces hubieran de aplicar obligatoriamente, era fácil que cada individuo pudiera actuar como más le conviniera.

    En Roma, los Derechos eran garantizados solamente al ciudadano romano, que era el único que podía formar parte en el gobierno, la administración de la justicia, la elección de funcionarios públicos, y otras más. A pesar de esto, se logró constituir una definición práctica de los Derechos del hombre. El Derecho romano según fue aplicado en el Common Law.

    El Derecho Civil del continente europeo, ofrece un patrón objetivo para juzgar la conducta, desde el punto de vista de los Derechos y libertades individuales. Ambos admitieron, la concepción moderna de un orden público protector de la dignidad humana.

    En Inglaterra, se libraron batallas en defensa de los Derechos Ingleses, para limitar el poder del Rey. De esta lucha emergen documentos; la Petition of Right de 1628, y el Bill of Rights de 1689. Las ideas de estos documentos se reflejan luego en las Revoluciones Norteamericanas y Francesas del siglo XVIII, con la Declaración de Independencia Norteamericana, la Declaración de Derechos de Virginia de 1776, la Declaración Francesa de los Derechos del Hombre y del Ciudadano y la Declaración de los Derechos del Hombre en el año 1789, específicamente al 26 de Agosto, donde la Asamblea Constituyente Francesa, votó por unanimidad un conjunto de principios considerados esenciales en las sociedades humanas, y en las que habían de basarse la Constitución Francesa (1791), y después otras muchas constituciones modernas. Tales principios, enunciados en 17 artículos, integran la llamada "Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano (DDHC)".

    En cuanto a su contenido político y social, no representaban un aporte original, pues su espíritu había sido ya aceptado en Inglaterra en 1689, por Guillermo III, y casi en iguales términos los había sancionado con anterioridad en Estados Unidos, el Congreso de Filadelfia. No obstante, la gran repercusión de la Revolución Francesa, los universalizó y entraron a formar parte de la conciencia europea, como expresión de las aspiraciones democráticas. Dicha declaración, en sus artículos, establece; la misma política y social de los ciudadanos, el Derecho a la libertad, a la propiedad, a la seguridad, a resistir la opresión, el libre ejercicio de los Derechos naturales, la libertad de palabra y de imprenta y demás Derechos inherentes al hombre.

    En esta etapa, comienzan a dictarse las constituciones de carácter liberal, que protegían los Derechos civiles y políticos, buscaban la protección de las libertades de propiedad, y de vida. Esta etapa es llamada "Derechos de Primera Generación", donde vemos un decaimiento del absolutismo político y monárquico. Como respuesta a una etapa de crisis de los Derechos Humanos, por distintas situaciones, entre ellas el comunismo o la revolución Industrial de Inglaterra. Esta etapa se llama "Derechos de Segunda Generación", que son específicamente Derechos sociales y económicos, que contenían la esperanza de los hombres, de mejorar sus condiciones de vida dentro de la sociedad, en lo económico y en lo cultural, ya que a medida en que otras valoraciones novedosas entran a los conjuntos culturales de las diferentes sociedades, el repertorio de Derechos civiles y políticos reciben una reclamación ampliada.

    Estos Derechos deben defenderse, mantenerse, subsistir; pero a la vez hay que añadirles otros. Estas ideas comienzan a plasmarse en las constituciones de México de 1917, y en la de Alemania de Weimar en 1919. Los Derechos Humanos se establecieron en el Derecho internacional, a partir de la Segunda Guerra Mundial, y se establecieron documentos destinados a su protección por su importancia y necesidad de respeto. Podemos emplear varios ejemplos, como La Declaración Universal de Derechos Humanos, aprobada por las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948. La Declaración de Derechos del Niño, de 1959. La Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer, de 1959. La Convención sobre eliminación de todas las formas de discriminación de la mujer, de 1969. La Convención contra la tortura y otros tratos o penas crueles inhumanas o degradantes, de 1984. La Convención sobre los Derechos del Niño, de 1989, entre otros.

    Estos nuevos Derechos, que se apodan Derechos de segunda generación, tienen que cumplir una forma social, el individuo tiene que ejercerlo con un sentido o función social. Por ejemplo, el Derecho de propiedad, tendrá que acomodarse a las exigencias sociales de bienestar social. El artículo 14 parágrafo 2 de nuestra Constitución formula el contenido mínimo de estos Derechos.Artículo 14 parágrafo 2: "El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado público; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial. Queda garantizado a los gremios: concertar convenios colectivos de trabajo; recurrir a la conciliación y al arbitraje; el derecho de huelga. Los representantes gremiales gozarán de las garantías necesarias para el cumplimiento de su gestión sindical y las relacionadas con la estabilidad de su empleo.

    El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá: el seguro social obligatorio, que estará a cargo de entidades nacionales o provinciales con autonomía financiera y económica, administradas por los interesados con participación del Estado, sin que pueda existir superposición de aportes; jubilaciones y pensiones móviles; la protección integral de la familia; la defensa del bien de familia; la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna."

    Los "Derechos de Tercera Generación", son los Derechos Humanos, sin embargo esta etapa todavía no ha terminado y está integrada por el Derecho a la preservación del medio ambiente, al desarrollo económico de todos los pueblos, Derecho a la paz, de los recursos naturales, del patrimonio cultural y artístico, etc. Vemos que las necesidades de la vida humana crecen, se intensifican, demandan una mejor calidad de vida.

    1. Primera generación, o Derechos civiles y políticos.

    Estos surgen con la Revolución francesa como principio revolucionario contra el absolutismo del monarca, el cual Imponen al Estado, él deber de respetar siempre los Derechos fundamentales del ser humano.

    • A la vida
    • A la integridad física y moral
    • A la libertad personal
    • A la seguridad personal
    • A la igualdad ante la ley
    • A la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión
    • A la libertad de expresión y de opinión
    • De resistencia y de inviolabilidad del domicilio
    • A la libertad de movimiento o de libre tránsito
    • A la justicia
    • A una nacionalidad
    • A contraer matrimonio y fundar una familia
    • A participar en la dirección de asuntos políticos
    • A elegir y ser elegido a cargos públicos
    • A formar un partido o afiliarse a alguno
    • A participar en elecciones democráticas
    1. Segunda generación, o de Derechos económicos, sociales y culturales

    La constituyen los Derechos de tipo colectivo, los sociales, económicos y culturales. Que surgen como resultado de la revolución industrial, por la desigualdad económica; México fue el primer país en incluirlas en su Constitución, en 1917.

    Los Derechos económicos, sociales y culturales surgen después de la segunda guerra mundial y están integrados de la siguiente manera.

    Derechos económicos

    • A la propiedad (individual y colectiva)
    • A la seguridad económica

    Derechos sociales

    • A la alimentación
    • Al trabajo (a un salario justo y equitativo, al descanso, a sindicalizarse, a la huelga)
    • A la seguridad social
    • A la salud
    • A la vivienda
    • A la educación

    Derechos culturales

    • A participar en la vida cultural del país
    • A gozar de los beneficios de la ciencia
    • A la investigación científica, literaria y artística
    1. Tercera generación, Derechos de los pueblos o de solidaridad.

    Surgen en nuestro tiempo como respuesta a la necesidad de cooperación entre las Naciones, así como de los distintos grupos que la integran. Se forma por los llamados Derechos de los pueblos.

    • A la paz
    • Al desarrollo económico
    • A la autodeterminación
    • A un ambiente sano
    • A beneficiarse del patrimonio común de la humanidad
    • A la solidaridad
    1. Conceptos teóricos de Los Derechos Humanos

    En el terreno filosófico, los Derechos Humanos tienen cuatro características esenciales, las cuales son:

    • Eternos: Siempre pertenecerán al hombre como individuo de la especie humana. Es tarea de toda persona luchar por su total reconocimiento y respeto.
    • Supratemporales: Están por encima del tiempo; por lo tanto, del Estado mismo.
    • Universales: Son para todos los hombres y mujeres del orbe.
    • Progresivos: Concretan las exigencias de la dignidad humana en cada momento histórico.

    Estas características, tienen su fundamento en una afirmación elemental y trascendente, plasmada en las tres generaciones de los Derechos Humanos.

    Los Derechos Humanos: son aquellas exigencias de poder social, cuya toma de conciencia en cada momento histórico logra que los individuos y grupos sociales, manifiesten los valores fundamentales, esto supone la pretensión de garantizarlos, ya sea por la vía institucional, o a través de medios extraordinarios.

    Dando por sentado lo insuficiente de esta definición, como de todas las definiciones propuestas hasta el momento, hay que indicar que con ella se ha pretendido, conceptuar a partir de los Derechos Humanos como concepto histórico.

    Con el fin de optimizar la definición en cuanto a los Derechos Humanos, se debe avocar a superar, en la medida de lo posible, los inconvenientes de las definiciones anteriores, la concepción puramente jurídica de los Derechos Humanos, bajo la teoría de los Derechos Humanos, como forma de poder social, a sí como la clásica contraposición iusnaturalismo, positivismo, recoge la triple dimensión ético, jurídico, política de estos, a través de esto se pretende mostrar, la esencial unión innegable entre el fundamento de los Derechos Humanos y sus garantías, mediante la clásica concepción institucionista de las garantías de los Derechos Humanos, que ni en tiempos pasados, ni en la actualidad responde a la verdad de los hechos, además busca establecer una definición formal que pueda ser referida a cualquier momento histórico y de esta manera, responder coherentemente a los planteamientos metodológicos sustentados a lo largo del trabajo.

    Con el fin de ampliar la visión, hacia las declaraciones de Derechos Humanos encontramos los siguientes conceptos:

    • Las modernas declaraciones de Derechos Humanos, constituyen a las primeras formulaciones propiamente dichas de los Derechos Humanos; De todas ellas la más importante, por la influencia posterior que ha tenido, es la Declaración francesa de Derechos del Hombre y del Ciudadano, consagrada en 1789.
    • Las declaraciones de Derechos Humanos en sentido estricto; son aquellos actos solemnes por virtud de los cuales organizaciones intergubernamentales, mundiales, regionales u organizaciones no gubernamentales de Derechos Humanos, proclaman su adhesión y apoyo a principios generales de Derechos Humanos, que se juzgan con valor y perdurabilidad, pero que no son adoptados con la formalidad y sobre todo, con el valor jurídico vinculante de los Tratados internacionales y de las normas jurídicas estatales; De estas declaraciones la más importante es, sin duda alguna, la Declaración Universal de Derechos Humanos.
    • Las declaraciones de Derechos Humanos, en sentido estricto, de carácter especial y formuladas por organizaciones internacionales, interestatales, universales y regionales; Son aquellas declaraciones que se denominan especiales porque no recaen sobre la generalidad de los Derechos Humanos, sino exclusivamente sobre algún determinado Derecho, él más fastuoso ejemplo, es la Declaración de Naciones Unidas de los Derechos del Niño consagrada en 1959.
    • Los textos legales y las normas de Derecho Internacional, así como son las Convenciones, Tratados o Pactos sobre Derechos Humanos, se tratan más a fondo, a partir de la Convención Americana de Derechos Humanos consagrada en 1969.
    • Las Resoluciones, Acuerdos, Recomendaciones y directrices adoptados por organismos pertenecientes a organizaciones internacionales de carácter universal y regional, a través de un ejemplo claro, se ve en la recomendación del Consejo de Europa sobre Objeción de conciencia al servicio militar, el cual trata de fuentes del Derecho internacional que, sin ser directamente obligatorias para los Estados, si lo son de forma indirecta, en cuanto a que dirección deben apuntar las legislaciones internas.
    • Los textos legales constitucionales, en que aparecen históricamente expresados los Derechos Humanos, así como los Derechos fundamentales, a partir de las postrimerías del siglo XVIII, durante el siglo XIX, y sobre todo, a partir de la segunda mitad del siglo XX.

    En la noción de John Stuart Mill, a los Derechos Humanos, los consideraba como potestades. Es decir, son poderes que tenemos por la razón que sea, (en su caso la misma sociedad nos los atribuye), para hacer algo de manera legítima. La humanidad ha luchado a través de la historia, por el reconocimiento de esas potestades, en varios aspectos fundamentales para la vida humana: reconocimiento de la propiedad, de la expresión, del libre comercio, de la imprenta e inclusive de la defensa de la vida y de la defensa de una concepción política determinada. En fin, se ha luchado dependiendo de la coyuntura, con el objeto de poder forjar de la sociedad, un lugar de expresión del desarrollo de cada cual.

    Desde la óptica iusnaturalista, Hannah Arendt, define los Derechos Humanos, como "de todos los conceptos que se emplean el concepto de los Derechos Humanos es todavía él más claro: Designa los Derechos que deben ser comunes a todos los hombres en virtud de su ser humano e independientemente de su edad, del color de su piel, de su sexo, de su ciudadanía o de su procedencia social, Derechos que además no son dados o concebidos por el Estado, sino que corresponde a aquel que lleva un rostro humano por naturaleza, en virtud de su nacimiento, Derecho que por su carácter original e inalienable no puede ser denegados ni en principio tampoco retirados, y a los que tampoco nadie, ( voluntaria e involuntariamente), puede renunciar".

    De esta manera para las teorías iunsnaturalistas, los Derechos son la naturaleza del hombre, por lo que un sistema político o estatal no debe atribuirle ese Derecho sí esta inmerso en los individuos.

    Para los contractualitas como Tomas Hobbes y Jhon Locke, los Derechos Humanos, parten del contrato social que se realiza entre los seres humanos, con la finalidad de contrarrestar el Estado violento y anárquico, que se encuentra inmerso en la naturaleza originaria del hombre. Hobbes en su escrito El Leviatán, menciona las tres primeras leyes naturales, donde se desarrollan los conceptos de libertad civil y de justicia en términos de identidad contractual:

    La primera Ley, es el punto de partida, ya que constituye el deber que tiene todo ser humano de buscar la paz, y si no la consigue, de buscar y usar todos los beneficios y preeminencias de la guerra. Ahora bien, la búsqueda de una paz permanente, que ponga fin al Estado de guerra de todos contra todos, sólo es posible cuando los hombres llegan al acuerdo de renunciar de forma recíproca, al Derecho de poseer todas las cosas, (segunda ley). Para Hobbes, el concepto que mejor expresa ese intercambio es el contrato, entendido éste como transferencia mutua de Derechos, sin entrar en justificaciones morales sobre el deber o no de realizar ese intercambio.

    Para Jhon Locke, una aproximación del concepto de Derechos Humanos en su escrito el segundo tratado sobre el gobierno civil, lo define como:

    "La igualdad contractual significa que somos iguales, pues actuamos como individuos que hacen contratos unos con otros y proceden según esos contratos (…), Hemos visto la inversión de los Derechos Humanos que se plantea ahí, a partir de la visión de un imperio burgués naciente, enfrentado a todos aquellos que no están sometidos a este nuevo principio de igualdad"

    CAPITULO II

    LA ONU Y LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

    "Declaración Universal de Derechos Humanos, como ideal común por el que todos los pueblos y Naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos Derechos y libertades,

    y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional,

    su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los

    pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios

    colocados bajo su jurisdicción"

    Preámbulo de la Carta de los Derechos Humanos

    La Organización de las Naciones Unidas (ONU), fue creada con el propósito de promover y desarrollar los intereses comunes de los Estados miembros. "Las Naciones Unidas, es una organización de Naciones soberanas, no un gobierno mundial", Por otro lado, representa un nuevo orden mundial: una comunidad estructurada bajo unos principios comunes. Sin embargo, cabe cuestionarse sobre el verdadero papel de dicha organización dentro de las relaciones internacionales. A lo largo de este trabajo analizaremos el grado de influencia que tiene este organismo intergubernamental en las relaciones internacionales.

    Empezare el análisis, haciendo una reseña histórica sobre el surgimiento de la ONU, después hablaremos de los principios y propósitos estipulados en la Carta de las Naciones Unidas, al igual, que la estructura de la Organización. Para finalizar, se trataran algunos casos específicos su intervención en asuntos mundiales y la experiencia de Colombia en la ONU.

    2.1 Reseña Histórica de la ONU

    Después de las guerras mundiales de 1914 y 1939, las primeras organizaciones internacionales fueron creadas. Estas son "el producto de un compromiso político, que vincula jurídicamente a los Estados, a través de acuerdos o tratados ratificados por las instituciones de cada Estado".

    El primer intento de construir una organización orientada a proteger la seguridad internacional, fue consecuencia de la primera guerra mundial. El presidente Estadounidense, Woodrow Wilson, lideró dicho movimiento. Las Naciones que participaron en el conflicto de 1914, unieron sus fuerzas para apoyar los principios de paz, seguridad y bienestar. Se creó así, con un carácter político, la Sociedad de Naciones en 1919. Sin embargo, esta organización fracasó por dos razones principales: en primer lugar, las decisiones eran tomadas por unanimidad, lo que dificultó su funcionamiento; y en segundo lugar, Estados Unidos, asumió una política aislacionista y se negó a participar en la organización. Por tanto la Sociedad de Naciones, carecía de fuerza para imponer sus decisiones.

    Durante la segunda guerra mundial, la comunidad internacional seguía pensando en la creación de una organización, capaz de resolver los conflictos de carácter político, económico, social, cultural o humanitario. El 1 de Enero de 1942, en Washington, se acordó la llamada Declaración de las Naciones Unidas. Sin embargo, sólo hasta el 24 de Octubre de 1945, se crea formalmente la Organización de Naciones Unidas (ONU). La ONU, remplazó a la Sociedad de Naciones, que partir de 1947, se disolvió en su totalidad.

    "La carta de las Naciones Unidas, comprometió a los gobiernos del mundo a enfrentar el enorme desafío de ponerle fin al colonialismo". El fenómeno de descolonización consolidó la formación de la ONU, durante las primeras tres décadas de su funcionamiento, ya que el número de sus miembros aumentó y obtuvo, de está forma, carácter verdaderamente mundial. El surgimiento de los nuevos Estados Independientes en el Medio Oriente, Asia y África dan origen a movimientos regionales como la liga Árabe (1945), la Organización de la Unidad Africana (1963), la OTASE (1954), la Asociación del Sur de Asia, el Consejo de Asia y el Pacifico (ASPAC), la Organización de Estados Americanos (OEA) y la Comunidad Económica Europea (1957).

    La Organización Internacional de las Naciones Unidas, es una entidad relativamente nueva. En su corta existencia, ha crecido convirtiéndose en un actor influyente en los conflictos mundiales. Sin embargo, su poder se ve opacado por el de las Naciones soberanas. A pesar de actuar en nombre de todos los pueblos del mundo, a veces carece de la fuerza suficiente para imponer sus decisiones.

    Uno de los elementos que limita el poder de las Organizaciones Internacionales, es el sistema del Veto: la ONU, no puede intervenir en un conflicto, sin la debida autorización de los Estados involucrados. De igual manera, si una decisión del Consejo de Seguridad no es ratificada por los 5 miembros permanentes, no es valida. Así pues, en una situación de crisis, la intervención de las Naciones Unidas, se encuentra obstaculizada por los Estados.

    Por otro lado, las grandes potencias manipulan a su conveniencia el poder que tiene las Naciones Unidas. Así pues, estos organismos no siempre son objetivos. La igualdad entre los países es ficticia; por ejemplo, el Consejo de Seguridad, tienen cinco miembros permanentes, que son, obviamente, las grandes potencias: Estados Unidos, Inglaterra, Rusia, Francia y China, sin embargo, cuando la ONU, toma medidas que no concuerdan con los intereses de estos países privilegiados, su decisión es ignorada. Para ilustrar este punto, nos podemos referir a la reciente crisis del Medio Oriente, donde los Estados Unidos, apareció como una figura más significativa que la ONU.

    Solo nos queda un interrogante: ¿Hasta que punto las Naciones Unidas, juega un papel decisivo en la toma de decisiones mundiales?

    El enfrentamiento de las grandes potencias durante la guerra fría, trajo como consecuencia la proliferación de armas nucleares, y la necesidad de controlarlas para la defensa de la raza humana. Los mayores depósitos de armas nucleares, se encuentran en Estados Unidos y Rusia. Inglaterra, Francia y China poseen, también, este tipo de armamento. Noruega, Suecia, Finlandia, Bélgica, Suiza, Italia, Israel, Japón, Corea, Taiwán y Canadá, tienen grandes posibilidades de poseerlas. Y en menor escala India, Pakistán y Africa del Sur.

    Una de las primeras actuaciones de la ONU frente a esta situación, fue crear en 1946-1947, la comisión de energía atómica y la comisión de armamentos de tipo corriente que se unirían en 1952, a la comisión de desarme.

    Finalizada la Segunda Guerra Mundial en 1948, y bajo la experiencia de algunos países en tener regímenes totalitarios, los Derechos Humanos pasan a ocupar un lugar destacado en la Comunidad Internacional, por medio de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el seno de las Naciones Unidas. Los actos devastadores de la Segunda Guerra Mundial, conllevaron a una gran sensibilidad de la comunidad internacional, que condujo a los países del mundo en especial los que habían estado involucrados directamente con el conflicto, como lo fueron los países europeos y Estados Unidos como gran catalizador de los conflictos mundiales, al asumir una actitud, y a emitir una respuesta en cuanto al control o equilibrio de las fuerzas mundiales, que ya en dos ocasiones habían conocido las manifestaciones mas atroces de la guerra, una que contribuyo a la caída del Concierto Europeo, con la primera guerra mundial; después se crea por iniciativa del presidente Wilson, la Sociedad de Naciones (SDN), pero esta también colapso como lo vimos anteriormente, por no poder contener los impulsos colonialistas de la segunda guerra mundial, y en 1947, desaparece por completo dándole paso a la ONU, creada formalmente en 1945, con la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual constituye la Carta de la ONU.

    La Declaración como tal tiene un planteamiento novedoso y revolucionario, al imponer a los Estados, ciertas obligaciones respecto a todos los ciudadanos, sin importar su sexo, raza, creencia o nacionalidad. A la vez, permite establecer que los ciudadanos, puedan reclamar directamente contra el Estado infractor ante instancias internacionales, en caso de vulneración de sus Derechos.

    2.2 Antecedentes de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

    Con la terminación de la segunda guerra mundial, dejando un panorama de cerca de 50 millones de personas muertas, y un gran numero de habitantes sin infraestructura física en que vivir, y con pocas oportunidades de desarrollo social y económico.

    Surge la determinación, de construir una nueva estructura mundial que colocara los Derechos y libertades fundamentales en una posición mucho más prominente dentro de los asuntos mundiales, con la finalidad de hacer responsables de sus actos, a los violadores de los Derechos Humanos, y en especial que obligara a los Estados Miembros, a respetar los Derechos consagrados en la Carta de la ONU.

    Pero antes de que concluyera la Segunda Guerra Mundial, (como hecho trascendental para motivar a la declaración), ya existían algunos antecedentes que generaban un tipo de reconocimiento mundial de los Derechos Humanos, la Carta del Atlántico de 1941, que detallaba el Derecho a la libertad y la democracia y unos pocos meses antes, en el discurso de las Cuatro Libertades, (ser libres para expresarse, ser libres para practicar una religión, estar libres de la necesidad y estar libres del temor), que el presidente Franklin Roosevelt, pronunció ante el Congreso de Estados Unidos. En Gran Bretaña, el primer ministro Winston Churchill, se hizo eco de las opiniones del presidente norteamericano, al declarar que una victoria aliada resultaría en la "entronización de los Derechos Humanos".

    La condición universal de los Derechos Humanos, se incorporó a la Carta de las Naciones Unidas, aprobada en 1945, que estableció la meta de "promover y alentar el respeto a los Derechos Humanos y las libertades fundamentales de todos, sin distinción de raza, sexo, idioma y religión".

    Los gobiernos desempeñaron un papel clave en la aprobación de la Carta de las Naciones Unidas, y también lo hizo aunque de un modo no tan ampliamente conocido, el movimiento no gubernamental, que surgía en favor de los Derechos Humanos, que sería una parte tan decisiva de la lucha por los Derechos y libertades fundamentales en las décadas siguientes. Se estima que más de 1.300 organizaciones no gubernamentales de Derechos Humanos, cabildearon activamente para que se aprobara un componente vigoroso de Derechos Humanos en la Carta.

    Otra victoria importante se obtuvo en 1948, con la aprobación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en favor de la cual trabajó tan incansablemente Eleanor Roosevelt, viuda del presidente Franklin Roosevelt. La declaración, fue el primer logro importante de la recientemente establecida Comisión de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. La señora Roosevelt, fue su primera presidenta. Al hablar ante la Asamblea General luego que se aprobara la declaración, la ex primera dama de Estados Unidos, recalcó su valor histórico.

    2.3 La Carta de las Naciones Unidas

    La "Carta de las Naciones Unidas", es el documento por medio del cual se constituyen las Naciones Unidas. Su historia se remonta al 12 de julio de 1941, con la "Declaración de Londres", firmada por los representantes del Reino Unido, Canadá, Australia, Nueva Zelanda, y Sudáfrica, además de los gobiernos en exilio de Bélgica, Checoslovaquia, Grecia, Luxemburgo, Noruega, los Países Bajos, Polonia, Yugoslavia y Francia, representada por el general De Gaulle. Este documento, se pronunciaba a favor de la concertación de la paz de forma conjunta, estableciendo que la única base de una paz duradera es la cooperación voluntaria de todos los pueblos libres, para evitar la amenaza de una agresión.

    Posteriormente, el 14 de agosto de 1941, el Presidente de los Estados Unidos, Franklin D. Roosevelt, y el Primer Ministro Británico, Winston Churchill, firman la "Carta del Atlántico", en la que hacen referencia a que después de terminar la guerra, esperan ver establecida una paz que ofrezca a las Naciones seguridad, y que sus habitantes vivan libres del temor y la necesidad, que todas las Naciones del mundo renuncien al uso de la fuerza, y establece el deseo de los firmantes de promover la colaboración entre las Naciones, para lograr mejores condiciones de trabajo, adelanto económico y seguridad social.

    El 1 de enero de 1942, es firmada por 26 representantes la "Declaración de las Naciones Unidas", donde se establece el compromiso de proseguir juntas la lucha contra las potencias del Eje. En este documento se utiliza por primera vez el nombre de "Naciones Unidas".

    La Conferencia de Moscú del 1 de noviembre de 1943, y la de Teherán, dos meses después, también exhortan a la creación de una organización general internacional, basada en la igualdad soberana de los Estados, con el fin de evitar futuras confrontaciones.

    En 1944, se empieza a proyectar la creación de la Organización de las Naciones Unidas, en la Conferencia de Dumbarton Oaks, que terminó el 7 de octubre de ese año. Entre los principales avances que se obtuvieron, está el de la propuesta que se instituyera un órgano esencial en las Naciones Unidas, cuyo objetivo fuera conservar la paz del mundo. Posteriormente, en la Conferencia de Yalta, el 11 de febrero de 1945, se especificó la forma de votar en dicho órgano.

    Finalmente del 25 de abril, al 26 de junio de 1945, se llevó a cabo la Conferencia de San Francisco, que se basó en las Conferencias de Dumbarton Oaks, y de Yalta, además de tomar en cuenta enmiendas propuestas por varios gobiernos. Esta Conferencia forjó la "Carta de las Naciones Unidas y el Estatuto de la Corte Internacional de Justicia", que fue aprobada por unanimidad y firmada por todos los representantes.

    La "Carta de las Naciones Unidas", entró en vigor el 24 de octubre de 1945, fecha en que China, Estados Unidos, Francia, el Reino Unido, la Unión Soviética y la mayor parte de los demás signatarios, depositaron sus instrumentos de ratificación. El "Estatuto de la Corte Internacional de Justicia", que regula a la Corte Internacional de Justicia, es parte Integral de la Carta.

    La Carta ha sufrido enmiendas en cuatro Artículos, los cuales se enumeran a continuación:

    • En 1965, se aumentó de 11 a 15, el número de miembros del Consejo de Seguridad (Art. 23).
    • En 1965 se aumentó de 7 a 9, el número de votos afirmativos necesarios para la adopción de decisiones, incluso los votos afirmativos de los cinco miembros permanentes en todas las cuestiones de fondo, pero no en las de procedimiento (Art. 27).
    • En 1965, se aumentó el número de los miembros del Consejo Económico y Social de 18 a 27, y en 1973, de 27 a 54 (Art. 61).
    • En 1968, se aumentó de 7 a 9, el número de votos necesarios en el Consejo de Seguridad, para convocar una Conferencia General para revisar la Carta (Art. 109).

    "La carta de las Naciones Unidas, es el instrumento constituyente de la organización, que determina los Derechos y obligaciones de los Estados miembros y establece los órganos y procedimientos de las Naciones Unidas". Este tratado internacional contiene los principios de las relaciones entre los países del mundo.

    Los propósitos estipulados en dicho documento son:

    • "Mantener la paz y la seguridad internacionales;
    • Fomentar entre las Naciones, las relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de Derechos y de la libre determinación de los pueblos;
    • Realizar la cooperación internacional, en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y en el desarrollo y estímulo del respeto a los Derechos Humanos y a las libertades fundamentales;
    • Servir de centro que armonice los esfuerzos de las Naciones por alcanzar estos propósitos comunes".

    Los principios de la ONU de acuerdo a la carta, son:

    • "La organización está basada en la igualdad soberana de todos sus Miembros.
    • Todos los Miembros cumplirán de buena fe, las obligaciones contraídas de conformidad con la carta;
    • Los Miembros arreglarán sus controversias internacionales, por medios pacíficos y sin poner en peligro la paz la seguridad o la justicia;
    • Los Miembros, se abstendrán de recurrir a la amenaza o al uso de la violencia contra otros Estados;
    • Los Miembros prestarán a las Naciones Unidas, toda clase de ayuda en cualquier acción que ejerzan de conformidad con la carta, y no ayudarán a Estado alguno contra el cual la Organización estuviere ejerciendo acción preventiva o coercitiva;
    • Las Naciones Unidas, harán que los Estados que no son miembros de la organización se conduzcan de acuerdo con éstos principios, en la medida que sea necesario, para mantener la paz y la seguridad internacional;
    • Ninguna disposición de la carta autoriza a las Naciones Unidas a intervenir en los asuntos que son esencialmente de la jurisdicción interna de los Estados".

    Cuando nos referimos al papel que juega los Derechos Humanos dentro del papel y más específicamente en la carta de la ONU, nos debemos remitir directamente a la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la cual fue proclamada por la Asamblea General el 10 de diciembre de 1948.

    "La declaración Universal de los Derechos se compone de 30 artículos, que comprenden Derechos civiles y políticos, y Derechos económicos sociales y culturales.

    Los artículos 1 y 2 son de índole general y en ellos se expone, que "todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y Derechos". Los Derechos reconocidos en los artículos 3 a 21 de la declaración comprenden: el Derecho a la vida, a la libertad y seguridad de la persona; la libertad de la esclavitud y la servidumbre; la libertad a no ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, el Derechos al reconocimiento de la personería jurídica; el Derecho a tener igual protección de la ley; el Derecho a un recurso efectivo jurídico: la libertad de no ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado; el Derecho a ser oído públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial; el Derecho a que se presuma la inocencia de la persona mientras no se pruebe la culpabilidad; el Derecho a no ser objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio, o su correspondencia; libertad de circulación; el Derecho a la propiedad; el Derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; libertad de opinión y de expresión; el Derecho a la libertad de reunión y asociación; el Derecho a participar en el gobierno de su país, y el Derecho de acceso, en condiciones de igualdad a las funciones públicas.

    Los artículos 22 a 27, abarcan los Derechos sociales y culturales; el Derecho a la seguridad social; el Derecho al trabajo, el Derecho al descanso y al disfrute del tiempo libre; el Derecho a un nivel de vida adecuado para la salud y bienestar; el Derecho a la educación; y el Derecho a participar en la vida cultural de la comunidad.

    Los artículos finales del 28 al 30, reconocen que toda persona tiene Derecho a que establezca un orden social e internacional, en el que estos Derechos y libertades se hagan plenamente efectivos, y subrayan los deberes y responsabilidades que tiene el individuo para la sociedad. La Asamblea proclamo la Declaración Universal de Derechos Humanos, "como ideal común por el que todos los pueblos y Naciones deben esforzarse", y pidió a todos los Estados miembros y a todos los pueblos que promovieran y obtuvieran el reconocimiento y la observancia de los Derechos y libertades establecidos en ella".

    Dentro del sistema internacional de protección de los Derechos Humanos, la Declaración Universal De los Derechos Humanos, constituye el mayor avance en materia de Derechos Humanos, que la humanidad haya desarrollado en su historia; esta simple razón nos debe motivar a nosotros como ciudadanos comunes, y también como responsables de una compromiso histórico y político con el país, de promover constantemente la protección de estos Derechos, los cuales son los mas divulgados, pero al mismo tiempo los mas vulnerados.

    La responsabilidad y compromiso internacional de los Estados debe ser efectivo, y toda la comunidad internacional debe estar atenta a las posibles violaciones que cualquier país, por poderoso que sea, pueda cometer en pro del beneficio propio y por encima del interés general de la comunidad mundial o de su propia población.

    Podríamos afirmar sin temor a equivocarnos que la Organización de Naciones Unidas ONU, es la salvaguardia de los Derechos Humanos y fundamentales de la humanidad hoy por hoy; así pues, pasare a explicar la organización de la ONU.

    2.4. Estructura de la Organización

    La ONU, está compuesta por seis órganos, los cuales, a excepción de la Corte Internacional de Justicia que tiene su sede en La Haya, se encuentran ubicados en Nueva York. Estos órganos son:

    • La Asamblea general, "es el principal órgano deliberativo de las Naciones Unidas". Están representados los 178 miembros, cada uno con Derecho a un voto. Ha sido el foro de discusión de los problemas universales: guerra y paz, hambre, medio ambiente, pobreza, desarrollo, deuda, salud, Derechos Humanos, descolonización, y otros. La Asamblea General, "puede debatir todos los asuntos que caen dentro del ámbito de la Carta de las Naciones Unidas, y formular las recomendaciones pertinentes". Está supervisa las actividades de los otros órganos, admite nuevos miembros, establece el presupuesto y nombra al secretario general. Se distribuyen los temas de la agenda entre 6 comisiones, donde están representados todos los países. La función de éstas es discutir las cuestiones internacionales con la intención de armonizar las acciones de los Estados. Algunos temas de importancia especial son distribuidos así:
    • Primera Comisión: desarme y asuntos de seguridad internacional.
    • Segunda Comisión: cuestiones económicas y financieras.
    • Tercera Comisión: cuestiones sociales, humanitarias y culturales.
    • Cuarta Comisión: descolonización y política especial.
    • Quinta Comisión: administración y presupuesto.
    • Sexta Comisión: cuestiones jurídicas.

    El Consejo de Seguridad está compuesto por quince miembros, cinco de los cuales son permanentes, (China, Estados Unidos, Francia, Gran Bretaña y Rusia), y los otros diez, son elegidos por la Asamblea General para un periodo de dos años. Su responsabilidad es mantener la paz y la seguridad internacional, lo que significa que debe proponer medidas efectivas en caso del quebrantamiento del orden o la presencia de una amenaza que ponga en peligro la paz y la seguridad internacional. Debe proveer la solución pacífica de los conflictos. Los procedimientos más comunes, utilizados por el Consejo de Seguridad, para atender un conflicto entre países son: "la mediación, los buenos oficios, medidas económicas, el envío de observadores militares y fuerzas de mantenimiento de la paz a nombre de la organización, las cuales son reconocidas como fuerzas neutrales y son llamados los cascos azules".

    • El Consejo Económico y Social está compuesto por 54 miembros, con mandatos de 3 años. Tiene como segunda sede a Ginebra, y se encarga de coordinar todas las acciones en los sectores económicos y sociales y de los organismos especializados. Puede hacer recomendaciones y presentar iniciativas en relación con asuntos de desarrollo, comercio internacional, industrialización, recursos naturales, Derechos Humanos, situación de la mujer, población y bienestar social. Dentro del Consejo Económico, se encuentran comisiones económicas específicas como: la CEPAL (Comisión Económica para América Latina), Comisión Económica para África, y otras más.
    • El Consejo de Administración Fiduciaria, es el encargado de supervisar la administración de los territorios puestos bajo el régimen de administración fiduciaria. Sin embargo los territorios antiguamente en fideicomiso, han logrado su independencia por tanto este solo se reunirá cuando el caso lo requiera.
    • La Corte Internacional de Justicia o Corte Mundial, está integrada por quince jueces elegidos para un periodo de nueve años por la Asamblea General y Consejo de Seguridad. Es el órgano judicial de la organización y cualquier controversia entre Estados, podrán ser sometidos para su resolución a la Corte Internacional de Justicia con el consentimiento de los Estados interesados, esta decisión debe ser acatada.
    • Y finalmente, la Secretaria esta integrada por un cuerpo de funcionarios que trabajan permanentemente. Están encargados del manejo de todos los programas que efectúan los demás órganos de la ONU. El secretario general esta al frente de esta organización.

    2.5 Algunos Organismos Importantes de la ONU

    La ONU, tiene programas de cooperación técnica en los que ayuda a la preparación de planes Nacionales de desarrollo económico y social: investigaciones en la exploración y uso de los recursos naturales, mejoramiento y modernización de los sistemas de organizaciones públicas y estadísticas e información. En el sector económico y social ha promovido acciones en beneficio del desarrollo de los países.

    • En 1974, se aprobó la declaración y programa de acción para el establecimiento de un Nuevo Orden Económico Internacional (NOEI). Así se busca hacer más sutil, la diferencia entre los países desarrollados y los países en vía de desarrollo. Los órganos que desarrollan estas funciones son: el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), Fondo para Actividades en Materia de Población (FNUAP) y el Departamento de Cooperación Técnica para el Desarrollo (DCTD).
    • La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), tiene como función contribuir con la paz y la seguridad, promoviendo el respeto universal a la justicia, los Derechos Humanos y las libertades fundamentales.
    • La Organización Mundial de la Salud (OMS), tiene como objetivo buscar el nivel de salud más alto en la población mundial, y para esto se valen de la tecnología e investigación científica.
    • La Organización Internacional del Trabajo (OIT), se dedica a promover la justicia a los trabajadores. Además, apoya los esfuerzos de todos los países, para conseguir el pleno empleo y proteger la vida y la salud del trabajador.
    • La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), promueve la mejoría en la producción y distribución de los alimentos. Además, se preocupa por el bienestar de los habitantes de las zonas rurales.
    • El Fondo Monetario Internacional (FMI), es una organización que tiene como función recomendar métodos y políticas monetarias rigiéndose por los postulados de libre comercio, ayudar a los Estados que se encuentren en situaciones críticas de financiamiento de la balanza de pagos y promover reajustes a estas posibilidades.
    • La Organización de Estados Americanos (OEA), fue creada por los países latinoamericanos, que querían consolidar el compromiso norteamericano de no intervención, y asegurar una cooperación económica. Esta organización defiende la soberanía de los países miembros. Dentro de la OEA, existen diferentes comisiones que se ocupan de temas específicos, como el Banco Internacional de Desarrollo (BID).

    2.6 La ONU y la paz

    El principal objetivo de las Naciones Unidas, es el mantenimiento de la paz y la seguridad mundial. En los últimos años el papel que ha desempeñado en la mediación y solución de conflictos ha sido de vital importancia. A continuación, se expondrán, brevemente, dos intervenciones de la ONU, en momentos de crisis.

    • En 1991, estallo una violenta guerra civil en Somalia. En 1992 se estableció la Operación de las Naciones Unidas en Somalia (ONUSOM). La ONU, intervino para evitar las matanzas masivas y la desnutrición que afectaba a miles de personas. En 1993, se reorganizó ONUSOM, (ONUSOM II); esta concluyó sus labores en Marzo de 1995.
    • Con el propósito de conseguir la paz en el territorio ex yugoslavo, la ONU, "impuso un embargo de armas en 1991". Al mismo tiempo el Secretario General analizaba la situación. En 1992, fuerzas de paz (UNPROFOR), llegaron a Croacia con la intención de crear condiciones de paz y seguridad. Su labor facilitó la ayuda a Bosnia y Herzegovina. La presencia de UNPROFOR, permitió la conservación de cierto orden mientras las conversaciones de paz, mediadas por las Naciones Unidas, llegaban a un acuerdo. En esta ocasión, la ONU, realizó un trabajo que benefició a más de cuatro millones de personas.

    2.7. El papel de Colombia en la ONU

    Colombia ha participado en la ONU, desde su fundación. En la redacción del acta, nuestro país fue líder, defendió sus argumentos e hizo reflejar nuestros principios tradicionales. "A la existencia de este organismo internacional ha aportado Colombia tesis que forman parte del patrimonio del Derecho interamericano, como las referentes a la buena fe, en la aplicación de los tratados, la intangibilidad de los mismos, la posibilidad de escenarios regionales como la OEA, y la consagración de principios jurídicos que sirvan de base para la interpretación de todo el texto de la carta".

    El primer representante de Colombia en la ONU, fue Alberto Lleras Camargo. Este no solamente representó a nuestro país, sino que hablo en nombre del grupo latinoamericano.

    Entre las más importantes posiciones de Colombia ante la ONU, está la oposición al veto. "Solamente Colombia y Cuba votaron negativamente la inclusión de dicho privilegio". Otra de las grandes controversias en la que se ha visto envuelto nuestro país, fue en el caso de la admisión de España a la ONU: Colombia, "sostuvo que España debía ser admitida sin que ello implicara una aceptación de su régimen"(dictatorial).

    Por este ultimo periodo presidencial, podemos ser participes dentro de las mesas decisorias de los órganos multilaterales. Durante la presidencia de Álvaro Uribe Vélez, el país fue testigo de la presencia de su parte diplomática en el Consejo de Seguridad, quizá por merito o quizá por provocar un acto de confianza a un gobierno, que desde el principio se vio muy interesado en seguir con los lineamientos que desde Washintong son emitidos para el pueblo norteamericano, pero de manera oblicua para las Naciones latinoamericanas.

    Bien es cierto, que la presencia no permanente de Colombia en el concejo de Seguridad de la ONU, no significa nada, pues como sabemos quienes verdaderamente toman las decisiones por la capacidad de veto, otorgada solo a los miembros permanentes del Consejo de Seguridad, como lo son los cinco países más poderosos del mundo: Francia, China, Rusia, Reino Unido y los Estados unidos de América. Tal vez aquí podríamos lograr una lógica de interdependencia en la que los costos mutuos son evidentes. En primer lugar el potencial en recursos energéticos, que los países en vía de desarrollo como Venezuela, Colombia y todos los demás países Latinoamericanos, le representa a los intereses de los Estados Unidos, y que logran garantizar su permanencia en las altas esferas del contexto internacional, y por ende controlar lo que para él, puede ser una figurilla, a la cual se pueda utilizar a su libre albedrío; sin embargo las Naciones del Mundo, deben propender por defender y lograr una mayor participación real en las esferas, de las decisiones en las diversas organizaciones multilaterales que conforman la ONU.

    Como vimos anteriormente, son múltiples los organismos que trabajan en el campo de las relaciones internacionales de manera multilateral, adscritos a las Naciones Unidas, y que tienen fines como: el trabajo con la OIT, la seguridad alimenticia con la FAO, la niñez y las mujeres con la UNICEF; la educación por la UNESCO, la salud mundial por la OMS, la parte financiera y crediticia de los Estados contemporáneos con el Fondo Monetario Internacional FMI. Son en estos espacios de decisión, donde los Países que no son permanentes en el Consejo de Seguridad, deben ocupar un espacio en las mesas de concertación y acuerdo, y posesionarse más activamente en sistema internacional.

    CAPITULO III

    LA UNIÓN EUROPEA COMO UNIDAD DE DERECHOS COLECTIVOS

    "Firmar es comprometerse (…). Que todas las ciudadanas y los ciudadanos de la Unión sepan que, desde ahora (…), la Carta será la ley de esta Asamblea (…). En adelante, la Carta será nuestra referencia para todos los actos del Parlamento Europeo que afecten directa o indirectamente a los ciudadanos de toda la Unión".

    Sra. Nicole Fontaine, Presidenta del Parlamento Europeo

    (Niza, 7 de diciembre de 2000)

    3.1 Antecedentes históricos de los Derechos Humanos en la unión Europea

    3.1.1. Muro de Berlín: una Transformación Social, Político y Económico.

    3.1.2 El tratado de Maastricht: base de protección de los Derechos Humanos en la Unión Europea.

    3.2. La Carta Europea de los Derechos Humanos y fundamentales

    3.2.1 Finalidad, Objetivo de la Carta Europea de Derechos Humanos.

    3.2.2 Contenido y estructura de la carta.

    3.3. Principales factores violatorios de los Derechos Humanos.

    3.3.1 Racismo y Xenofobia

    3.3.1.1. Observatorio Europeo Del Racismo y la Xenofobia.

    3.3.1.2. La iniciativa Comunitaria EQUAL (2000 a 2006)

    3.3.1.3 programa DAPHNE (2000 a 2003)

    3.3.2 Asilo e Inmigración

    3.3.2.1 Política de Inmigración y Asilo

    3.3.3. Trata de Seres Humanos.

    3.3.3.1 Programa STOP II

    3.4. Fundamentos jurídicos de la política de Derechos Humanos en la Unión Europea.

    3.4.1 Parlamento Europeo

    3.4.2. Tribunal de Justicia Europeo.

    3.4.2.1 Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ó Tribunal de Estrasburgo.

    3.4.3. El Defensor del Pueblo Europeo

    3.4.4 Sociedad Civil como Actor impotente dentro de la protección de los Derechos Humanos en la Unión Europea.

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    CAPITULO IV

    LA POLÍTICA DE LOS DERECHOS HUMANOS DESDE LA OEA

    "La democracia y el Estado de Derecho, constituyen condiciones necesarias para lograr la vigencia y el respeto de los Derechos Humanos, en las sociedades democráticas. De acuerdo con la Carta Democrática Interamericana, son elementos esenciales de la democracia representativa (…) La OEA,  la Comisión se erige como un órgano especializado en materia de Derechos Humanos, y como tal, debe utilizar sus herramientas en aras de proteger a los habitantes de América frente a las violaciones de sus Derechos"

    José Zalaquett

    Presidente de la comisión interamericana de Derechos Humanos

    en la inauguración del 119º período ordinario de sesiones

    (23 de febrero de 2004)

    4.1. Nacimiento de la OEA

    4.2. Antecedentes históricos de los Derechos Humanos en el Sistema interamericano de la OEA.

    4.2.1. OEA y Derechos Humanos.

    4.3. La Carta de Derechos Humanos y Fundamentales de la OEA

    4.3.1. La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre

    4.3.2. La convención americana sobre Derechos Humanos ó pacto de san José.

    4.3.3. Protocolo adicional a la convención americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos económicos, sociales y culturales ó protocolo de san salvador.

    4.3.4 Otras fuentes de la carta

    4.4. Principales factores violatorios de los Derechos Humanos en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

    4.4.1 Desplazamiento Forzoso.

    4.4.2. Ejércitos Irregulares.

    4.4.3 Secuestro.

    4.5. Fundamentos jurídicos de la política de protección de los Derechos Humanos en la Organización de Estado Americanos (OEA).

    4.5.1 Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

    4.5.1.1 Funciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos.

    4.5.2 Corte Interamericana de Derechos Humanos.

    4.5.2.1 Estructura de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

    4.5.2.1.1 Derechos y Deberes

    4.5.2.1.2 Incompatibilidades.

    4.5.2.1.3 Impedimentos, Excusas e inhabilitación.

    4.5.2.1.4 Funcionamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

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    CAPITULO V

    EL ANÁLISIS DE LOS SISTEMAS PREPONDERANTE EN LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS, EN LA UNIÓN EUROPEA Y EN LA ORGANIZACIÓN DE ESTADOS AMERICANO.

    5.1 Fuentes.

    5.2 Organismos de promoción, control y protección.

    5.3. Factores violatorios

    5.4. Incidencias.

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    CONCLUSIONES

    A MANERA DE REFLEXIÓN:

    BIBLIOGRAFÍA.

    ANEXOS

    Anexo 1

    DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS

    DECLARACION RELATIVA A TERRITORIOS NO AUTONOMOS

    ANEXO 2

    PAISES MIEMBROS DE LA UNION EUROPEA Y DE LA OEA

    ANEXO 3

    CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS "PACTO DE SAN JOSÉ DE COSTA RICA

    ANEXO 4

    PROTOCOLO ADICIONAL A LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS EN MATERIA DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES, "PROTOCOLO DE SAN SALVADOR".

    ANEXO 5

    CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES EN LA UNION EUROPEA

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    JUAN MIGUEL TAWIL HENAO

    Tesis para optar el título de

    MAGISTER EN ESTUDIOS POLÍTICOS

    PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA

    FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y RELACIONES INTERNACIONALES

    BOGOTÁ, 2005