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Investigación Cientifica (página 3)

Enviado por Sara Rangel


Partes: 1, 2, 3

b) Desde una concepción humanista de la educación en la mayor parte de los casos, pero también desde enfoques socio críticos y transformadores, se reconoce la complejidad, diversidad y multiplicidad del fenómeno educativo como objeto de estudio, y consecuentemente, se focaliza el estudio en aspectos prácticos y situacionales, y en los códigos de comunicación y acciones estratégicas de los participantes, según los diferentes contextos.

c) Al considerar los hechos educativos como distintivamente humanos y sociales, rechazando por tanto, la aplicación epistemológica y metodológica de las ciencias físico naturales, los estudios se centran en la comprensión de significados en el contexto de la actividad educativa, a través de criterios metodológicos que explicitan las teorías, valores y subjetividad de los participantes, y establecen una nueva relación implicación e intercambio entre el investigador y los sujetos y situaciones sobre lo que se investiga (p.111)

Historias de vida

La Historia de Vida es un método enmarcado en la investigación cualitativa. Se caracteriza por ser descriptiva, inductiva, fenomenológica, holística, ecológica, estructural-sistémica, humanística y de diseño flexible.

Córdova (Citado por Alburguez 2007) define las historias de vida como:

Una metodología que no se apoya en procedimientos de carácter estadístico, de carácter muestral, sino que por el contrario, reivindica un aspecto importante del conocimiento de lo social que es la propia experiencia humana, la propia subjetividad como fuente de conocimiento y el relato de los distintos actores, ya sea de procesos sociales, de elementos puntuales de fenómenos sociales que sirven de correlato o punto de referencia para construir el conocimiento de lo social. (p.1)

Por eso, las historias de vida describen la vida cotidiana del ser humano, permiten comprender la vida social, económica, educacional y psicológica delindividuo, así como también el desarrollo de los pueblos y comunidades. Son relatos que parten de la realidad y, como método, busca estudiar la experiencia humana, pues, él forma parte de lo real. Además, no hay procedimiento único, con reglas y comprobación o verificación. Por el contrario, es dinámico y flexible permitiendo que el investigador ajuste el diseño del estudio a las necesidades encontradas durante el proceso. Así, la selección del sujeto depende mucho de las bases ideológicas y morales del investigador. No obstante, es preferible seleccionar la gente sencilla, entre el pueblo normal y corriente, siempre que sean actores de experiencias importantes para la investigación.

De acuerdo con Alburguez (2007) Para realizar un análisis biográfico se recomienda tres lecturas:

Lectura Factual o la sucesión cronológica de hechos que conjuga tres visiones distintas: la del narrador mismo; la visión y biografías paralelas de familiares y amigos del narrador que intervienen en su existencia en un momento dado y, la vida social, en la cual se inscribe la vida del narrador. Esto, permite tomarregistros diferentes, más allá de la historia social del grupo, los problemas que le son propios. La segunda Lectura es Temática, permite un análisis de temas tales como las normas y valores sociales y culturales que están en vigor en el medio donde gravita la vida del narrador. Normas y valores que pueden ser de un grupo particular al cual el narrador pertenece o de la sociedad global. La tercera Lectura o Simbólica, apunta a la incidencia del sistema de contradicciones sociales y culturales en el desarrollo de la vida individual. Permite captar cómo el sistema de normas y valores actúan en un espacio en el cual se ubican las experiencias, la propia vida vivida y genera un conjunto de representaciones que permite comprender otros planos donde se articula la vida individual y la experiencia vivida con respecto a la sociedad global.(p.2)

La historia de vida es el recuento de los acontecimientos significativos en la vida del sujeto, por ejemplo para el joven estudiante universitario es significativa la vida escolar, toda vez que ha pasado en las aulas gran parte de su vida. Es por esto que la historia de vida es una narración escrita, de la que se pueden obtener categorías de análisis, que permiten detectar las necesidades, diagnosticar y dar soluciones alternativas a la problemática encontrada, en caso de existir.

Ruiz Olabuénaga (Citado por Hernández 2009) hace referencia, de forma muy precisa, a aspectos muy importantes pues considera que a la historia de vida la conforman cuatro objetivos fundamentales:

1-Captar la totalidad de una experiencia biográfica, totalidad en el tiempo y en el espacio, desde la infancia hasta el presente, desde él yo íntimo a todos cuanto entran en relación significativa con la vida de una persona que incluye las necesidades fisiológicas, la red familiar y las relaciones de amistad, la definición personal, el cambio personal y el cambio de la sociedad ambiental, los momentos críticos y fases tranquilas, la inclusión y la marginación de un individuo en su mundo social circundante.

2-Captar la ambigüedad y cambio, lejos de una visión estática e inmóvil de las personas y de un proceso vital lógico y racional, la historia de vida intenta descubrir todos y cada uno de los cambios por lo que a lo largo de su vida va pasando una persona y las ambigüedades, las faltas de lógicas, las dudas, las contradicciones, la vuelta atrás que a lo largo de ella se experimenta.

3-Captar la visión subjetiva con lo que a uno mismo se ve así mismo y al mundo, como interpreta su conducta y la de los demás, cómo atribuye méritos e impugnan responsabilidades a sí mismo y a los otros. Esta visión subjetiva revela la negociación que toda vida requiere entre las tendencias expresivas de la persona y las exigencias de racionalidad para acomodarse al mundo exterior.

4-Descubrir las claves de la interpretación de no pocos fenómenos sociales de ámbito general e histórico que solo encuentra explicación adecuada a través de la experiencia personal de los individuos concretos.(p.2)

Para asegurar la mejor utilización del potencial interpretativo de que es capaz una buena historia de vida es necesario aplicar una serie de criterios para determinar la adecuación descriptiva del investigador al establecer su interacción social con el sujeto entrevistado. Estos criterios han sido acertadamente sintetizados por Gareth (citado por Hernández 2009)

• El primer criterio establece que la persona historiada debe ser considerada como miembro de una cultura, es decir, como alguien que desde su nacimiento ha entrado a formar parte de una cultura y que el pasado, presente y futuro los capta el individuo como parte del conocimiento de sentido común a través de los esquemas interpretativos de ésta. La historia de vida describe e interpreta el relato del actor en su desarrollo dentro de este mundo de sentido común y el modo como adquiere su bagaje cultural.

• En segundo lugar ha de reconocerse el papel de los otros significativos en la transmisión de la cultura, destacando el papel de la familia, los líderes de opinión, más concretamente a través de la "relación nosotros" desde la que capta el mundo social y se tipifican sus contenidos.

• En tercer lugar hay que especificar la acción social misma y las bases de la realidad social, esto es, las expectativas básicas, los postulados elementales que se dan por supuestos en la conducta, los criterios centrales con los que se define la situación y se orienta en ella el actor. Los valores centrales, los códigos de conducta, los mitos, los ritos con toda la racionalidad subyacentes que se les atribuye.

• El cuarto criterio reclama la reconstrucción y el seguimiento del hilo conductor que relaciona, a través del tiempo, unas experiencias con otras en la vida del actor. La significación de unos hechos para el comportamiento posterior y las expectativas u objetivos de futuro como hitos marcadores de la conducta a lo largo de la vida. Los momentos de crisis en los que este hilo se quiebra, los cambios significativos en la definición de la realidad y las conexiones de unos comportamientos con otros aparentemente desconectados.

• El quinto criterio reclama la recreación continua y simultánea de los contextos sociales asociados con la persona y su acción social. El contexto no puede disociarse de la conducta puesto que, no sólo las condiciona, sino que sirve de clave interpretativa para su comprensión.(p.1)

Como su propio nombre lo indica la Historia de Vida se apoya fundamentalmente en el relato que un individuo hace de su vida o de aspectos específicos de ella, de su relación con su realidad social, de los modos como él interpreta los contextos y define las situaciones en las que él ha participado.

En la historia de vida, se focaliza la experiencia personal de un informante de este modo tiene el carácter de una historia oral con enfoque biográfico. El informante va relatando su vida al investigador, quien de ese discurso autobiográfico extraerá información para la construcción de los datos de su trabajo sobre un tema específico.

La historia de vida no puede esquematizarse en un patrón fijo: deberá adaptarse a cada caso específico, a cada vida, objeto de estudio. El enfoque biográfico tiene que ser adecuado en cada ocasión, para que resulte un eficiente análogo de la vida a la cual se aplique.

Sistematización de experiencias

De acuerdo con George y Moreno (2006)

La sistematización es un método alternativo para la generación y acumulación de conocimientos, a partir de la recuperación de la memoria histórica y la reflexión de la acción transformadora, emprendidas dentro de las comunidades por actores sociales o equipos de trabajo, que funcionan y se organizan como comunidades de conocimiento. (p.5)

Se puede decir que es un método, ya que permite realizar una serie de pasos, articuladas entre sí que permiten la reconstrucción de la memoria histórica, así como su interpretación y fundamentación de la práctica colectiva innovadora.

De esta manera se puede decir que sistematizar también permite registrar, de manera ordenada, una experiencia que deseamos compartir con los demás, combinando el quehacer con su sustento teórico, y con énfasis en la identificación de los aprendizajes alcanzados en dicha experiencia.

En la sistematización se reconstruye la historia del proyecto, organizándolo cronológicamente y según George y Moreno (2006) algunas herramientas que se pueden utilizar durante la recolección de información son "preguntas generadoras, diarios, guías de sistematización, observación participante, auto-observación, entrevistas, cuestionarios, discusiones y reflexiones en grupo (p.11)

Características de la sistematización

Cabe señalar que a toda sistematización le antecede una práctica. Sin que exista la vivencia de una experiencia no es posible realizar una sistematización. Una vez acontecida la práctica, la sistematización es un proceso participativo que permite ordenar lo acontecido, recuperar así la memoria histórica, interpretarla, aprender nuevos conocimientos y compartirlos con otras personas.

Objetivos de la Sistematización

De acuerdo con George y Moreno (2006) la sistematización puede tener múltiples objetivos entre ellos se tienen:

Conservar el quehacer comunitario en la memoria colectiva: para lograr este propósito es necesario documentar de manera crítica, tanto las acciones significativas, como, los conocimientos asociados al quehacer comunitario.

Dar a conocer el quehacer comunitario: en este caso, el interés básico es la difusión del quehacer comunitario, el compartir la experiencia lograda. No para que sea replicada, si no para que sirva de inspiración a otros actores comunitarios.

Construir una visión común de la experiencia de proyecto: este propósito valora la construcción de una visión compartida de una experiencia o proyecto.

Aprender de la experiencia: valora el aprendizaje a partir de la práctica, del aprender haciendo, a través del ensayo de proyectos alternativos en las comunidades.

Mejorar el quehacer: el propósito seria mejorar las prácticas o el método, a partir de la reflexión crítica y participativa por parte de los actores involucrados e interesados en el proceso.

Construir conocimientos con base a nuestra experiencia de desarrollo comunitario: la construcción de conocimientos, -proceso de teorización sobre la práctica- se realiza a partir de la reflexión crítica y de la fundamentación de las experiencias.

Promover la producción de políticas públicas: la sistematización de las experiencias y proyectos puede centrar el interés en la creación de acuerdos y estrategias, para la creación e implementación de políticas públicas que sean asumidas como prioritarias por organizaciones públicas, comunitarias, privadas y mixtas.

Facilitar el empoderamiento popular para la transformación social: empoderamiento significa que los actores sociales, cada vez más, manejan herramientas para el diseño, gestión y evaluación de experiencias y proyectos de desarrollo comunitario. (P.17)

¿Qué es el diagnóstico participativo?

Se llama diagnóstico participativo (conocido también como diagnóstico comunitario o diagnóstico compartido) al estudio o análisis realizado por un colectivo. Es un instrumento empleado por las comunidades para la edificación en colectivo de un conocimiento sobre su realidad, en el que se reconocen los problemas que las afectan, los recursos con los que cuenta y las potencialidades propias de la localidad que puedan ser aprovechadas en beneficio de todos; lo cual, permite identificar, ordenar y jerarquizar los problemas comunitarios y, a través de ello, permite que la gente llegue mejor preparada a la formulación del presupuesto participativo. Un correcto diagnóstico de la realidad de la comunidad es el punto de partida indispensable para que los miembros de la comunidad planifiquen colectivamente actividades que les permitan mejorar su situación actual.

El diagnóstico participativo es una opción para promover alternativas y solución a los problemas de una comunidad. El mismo sensibiliza y motiva a los habitantes de la comunidad con los procesos de cambio y los hace partícipes activos de los mismos con el fin de mejorar la calidad de vida.

El diagnostico participativo contribuye a:

  • Conocer con un mínimo de fuero científico, el lugar donde vivimos

  • Establecer las prioridades con un criterio racional a las demandas comunitarias.

  • Construir un ¡nosotros! comunitario territorial.

  • Hacer que la comunidad tome conciencia de los diversos aspectos relacionados con los problemas que las aquejan.

  • Proporcionar espacios concretos para la organización y la participación de diferentes grupos comunitarios.

  • Proporcionar una base para elaborar un plan único de trabajo dirigido a la solución de los problemas comunitarios.

  • Recolectar datos que puedan proporcionar una base para el sistema de seguimiento, control y evaluación.

  • Contribuir a desarrollar el poder popular.

CARACTERISTICAS DEL DESARROLLO COMUNITARIO: AUTONOMIA, AUTOGESTION COMUNITARIA Y ORGANIZACIÓN

  • Autonomía: Es un concepto de la filosofía y la psicología evolutiva que expresa la capacidad para darse normas a uno mismo sin influencia de presiones externas o internas.

  • Autogestión: es la gestión directa (autoorganizada) de cualquier asociación por parte de sus propios integrantes, sin injerencia externa. Capacidad institucional para coordinar las acciones que le permiten cumplir con el Mandato Constitucional y con las competencias.

  • Organización: La acción y el efecto de articular, disponer y hacer operativos un conjunto de medios, factores o elementos para la consecución de un fin concreto

VALORES Y PRINCIPIOS QUE EMERGEN EL TRABAJO COMUNITARIO:

EMANCIPACION:

Se refiere a la autonomía que tiene una persona o un grupo de personas para llevar a cabo alguna actividad sin esperar que una autoridad máxima les dé la orden para realizar cualquier actividad.

Ejemplo: el consejo comunal, es un grupo de personas que tienen un fin en común; el bienestar y mejora de su comunidad, ellos a pesar de regirse por ciertas leyes se reúnen para tomar decisiones de qué hacer frente a cualquier necesidad y piden ayudas a sus entes gubernamentales para solventar dichas necesidades. Más sin embargo es el consejo comunal que toma la iniciativa de mejorar la calidad de vida de su comunidad sin esperar que los entes gubernamentales se acerquen a ellos.

SOBERANIA:

Es el derecho que tienen las personas de ejercer poder a la hora de realizar alguna actividad, aun dependiendo de una jerarquía.

SENSIBILIDAD

Es la capacidad que tienen los seres vivos de percibir a través de los sentidos, el estado de ánimo de los demás, sea tristeza, enfermedad, alegría, necesidad, entre otros, y se les brinda una ayuda apropiada.

Ejemplo: en una comunidad hay un alto número de adolescentes en condiciones económicas no favorables, en estado de embarazo, el consejo comunal se dirige a un ente gubernamental, ejemplo FUNREVI, a pedir que se realice en dicha comunidad un operativo donde se le ofrezca ayuda económica como regalarles canastillas para sus bebes, charlas, orientaciones, etc., donde no solo participen éstas adolescentes sino toda la comunidad en general a oír esa orientaciones.

SOLIDARIDAD

La solidaridad es una de los valores humanos por excelencia, del que se espera cuando un otro significativo requiere de nuestros buenos sentimientos para salir adelante.

Ejemplo: brindar ayuda a las personas más necesitadas y sensibilizarse por sus situaciones. Ejemplo: un anciano en silla ruedas, que tenga una familia muy pobre y su silla de ruedas no tenga las condiciones para el estar cómodo, un integrante de la comunidad o del consejo comunal puede acercarse a las casas a recolectar firmas para que un ente gubernamental le obsequie una nueva silla de ruedas a ese anciano.

RESPONSABILIDAD SOCIAL

Es un compromiso u obligación que los miembros de una sociedad, ya sea como individuos o como miembros de subgrupos, tienen con la sociedad en su conjunto; compromiso que implica la consideración del impacto, positivo o negativo, de una decisión.

IGUALDAD

Es la ausencia de total discriminación entre los seres humanos, en lo que respecta a sus derechos.

COOPERACIÓN

Consiste en el trabajo en común llevado a cabo por parte de un grupo de personas o entidades hacia un objetivo compartido.

CORRESPONSABILIDAD

Es el compartir la responsabilidad de una situación o actuación determinada entre varias personas. Las personas corresponsables poseen los mismos deberes y derechos en su capacidad de responder por sus actuaciones en las situaciones que están a su cargo.

PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Conjunto de acciones o iniciativas que pretenden impulsar el desarrollo local y la democracia participativa a través de la integración de la comunidad.

ASISTENCIA HUMANITARIA

Prestar ayuda a las personas que se encuentran en casos de emergencias, desastres naturales, incendios, y alguna situación que amerite asistencia médica, profesional, entre otras. La asistencia humanitaria se fundamenta en los principios de humanidad, imparcialidad, neutralidad e independencia.

Ejemplo: en una bodega de una comunidad determinada ocurre un incendio con graves pérdidas tanto materiales como de algunas personas que estén dentro del establecimiento, las personas de la comunidad de inmediato deben comunicarse con responsabilidad civil, los bomberos, la unidad de emergencia, ambulancias, etc., para que acudan al rescate de esas personas y apaguen el incendio que de alguna manera afecta al resto de la comunidad.

PARTICIPACIÓN

Es la acción y efecto de participar (tomar o recibir parte de algo, compartir, noticiar).

PORTAFOLIO DE PROYECTOS SOCIOCOMUNITARIOS

Este se desarrolla tomando en cuenta diferentes áreas de progreso como lo son: ambiente, cultura, deporte, educación participación ciudadana, personas con discapacidad, atención al adulto mayor y salud. Que a su vez dependiendo del área seleccionada vamos a encontrar allí el nombre del proyecto y la comunidad donde se ejecutara el mismo.

Portafolio hace referencia a:

  • Una cartera o bolso, para guardar y transportar documentos.

  • Carpetas normales o de acordeón.

  • portafolio de inversiones, (área administrativa) selección de instrumentos financieros para invertir.

  • Portafolio de aula: (área de Educación) selección deliberada de los trabajos de un alumno que en cierta forma nos cuenta la historia de sus esfuerzos, su progreso y sus logros.

  • Digital, CD, Disco duro, pendrive, otros. Para almacenar información.

  • Artistas, Fotógrafos o arquitectos.

El concepto de portafolio ha existido desde hace muchos años y se ha manejado por profesionales de ámbitos tales como literatura, artes, arquitectura, fotografía, periodismo y publicidad, en los cuales se hace necesaria la presentación de evidencias que permitan valorar los conocimientos y habilidades básicas y posibilidades de logro que presentan por medio de una colección de trabajos que los representan.

Características:

Existen diversos conceptos de portafolio, que varían en el énfasis que otorgan a aspectos que los constituyen; el papel que asumen los actores que participan en su elaboración y la relación que presentan con la evaluación, la formación docente o con procesos de certificación. Se hace preciso establecer que en este documento se considera al portafolio como una colección de trabajos elaborados por el alumno o el maestro, que se relacionan de manera directa o indirecta con actividades referidas a contenidos curriculares.

Sin embargo es necesario definir algunas de sus características para diferenciarlo de un concepto extendido de manera amplia acerca del portafolio que lo establece de forma llana como una simple colección de documentos:

• Es una selección deliberada del alumno o del docente (es decir no responde al azar) que busca dar a conocer los esfuerzos, progresos y estrategias que sigue para lograr determinados objetivos.

• La selección de trabajos que constituyen el portafolio se realiza de manera sistemática al constituir una secuencia cronológica que permite observar la evolución de conocimientos, habilidades y actitudes del alumno o del docente en una o más asignaturas.

• Los trabajos contenidos en el portafolio están acompañados de una narrativa reflexiva elaborada por quien lo elabora, misma que posibilita la comprensión del proceso de aprendizaje de éste en la construcción de conceptos, habilidades y actitudes. Dicha comprensión se propicia en el alumno, pero también en el propio docente.

• Son entonces las tres características mencionadas las que permiten diferenciar al portafolio colección en el que los alumnos producen trabajos que los docentes acumulan y en el mejor de los casos son utilizados para constatar trabajos realizados y constituir una calificación, del portafolio reflexión, concepto dinámico que se acompaña por la posibilidad de realizar algunas de las acciones que se presentan a continuación:

• Reflexión. Derivada de la construcción del portafolio con documentos significativos para su aprendizaje y la descripción que de estos realizan y/o el análisis de las observaciones que adjuntan las personas que tienen acceso a él.

• Autoevaluación. Este aspecto permite efectuar un análisis de las propias habilidades y competencias en lo individual y en relación con el resto del grupo y realizar esto de forma dinámica pues tiene la posibilidad de observar sus producciones en diferentes momentos.

• Evaluación auténtica. Quién elabora un portafolio tiene la posibilidad de mostrar sus problemas y progresos en aspectos específicos referidos al logro de objetivos establecidos por medio de la presentación de resultados derivados de la ejecución de tareas típicas efectuadas en un medio concreto y referidos a aspectos cotidianos.

• Aprendizajes del aprendizaje. French (1992) establece que maestros y otras personas involucradas en el análisis de portafolios de estudiantes mencionan que al realizar dicha tarea logran entender aspectos básicos acerca del aprendizaje de los estudiantes; qué aprendieron y cómo lo aprendieron.

• Compromiso de atención a problemas específicos. Al identificar errores en las producciones contenidas en el portafolio, se asume el compromiso de llevar a cabo estrategias específicas que tiendan a su solución, por quien elabora el portafolio y quien lo revisa, de ahí que se posibilite un trabajo cooperativo.

LEYES:

CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

Es la Carta Magna vigente en Venezuela, adoptada el 15 de diciembre de 1999, y el 15 de febrero de 2009, le fue introducida la Enmienda Nº 1. Fue impulsada por Hugo Chávez, recibiendo un gran respaldo de diversos sectores y el rechazo de los partidos tradicionales. El Presidente de la República y sus seguidores la llaman la "Constitución Bolivariana", por inspirarse en los ideales de Simón Bolívar y su ideología el Bolivarianismo, además establece el inicio de la Quinta República de Venezuela.

Composición y Características

Se compone de un Preámbulo, 350 artículos, divididos en 9 Títulos, Capítulos, las Disposiciones Derogatorias, Transitorias y Finales.

Preámbulo

El pueblo de Venezuela, en ejercicio de sus poderes creadores e invocando la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana; con el fin supremo de refundar la República para establecer una sociedad democrática, participativa y protagónica, multiétnica y pluricultural en un Estado de justicia, federal y descentralizado, que consolide los valores de la libertad, la independencia, la paz, la solidaridad, el bien común, la integridad territorial, la convivencia y el imperio de la ley para esta y las futuras generaciones; asegure el derecho a la vida, al trabajo, a la cultura, a la educación, a la justicia social y a la igualdad sin discriminación ni subordinación alguna; promueva la cooperación pacífica entre las naciones e impulse y consolide la integración latinoamericana de acuerdo con el principio de no intervención y autodeterminación de los pueblos, la garantía universal e indivisible de los derechos humanos, la democratización de la sociedad internacional, el desarme nuclear, el equilibrio ecológico y los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad; en ejercicio de su poder originario representado por la Asamblea Nacional Constituyente mediante el voto libre y en referendo democrático, decreta la siguiente:

Principios Fundamentales

El primer título (artículos 1º a 9º), establece el cambio de nombre del país de "República de Venezuela" a "República Bolivariana de Venezuela" además una serie de principios elementales de un Estado de derecho. Este título resume la filosofía política de la Constitución, en cuanto toca a la relación del hombre con el poder. Así, establece, por ejemplo que las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos, y reconoce la importancia de la justicia social y del respeto a los derechos fundamentales. Contiene diversos principios inspiradores de la organización política del Estado: soberanía nacional, democracia participativa, forma federal descentralizada, etc. El valor jurídico de la Constitución es regulado por ella misma: se trata de una norma, por consiguiente su observancia es obligatoria para toda persona, institución o grupo, y evidentemente también para todos los órganos del Estado. El principio de respeto al Estado de derecho se completa mediante los principios de legalidad, los símbolos de la patria y los idiomas oficiales.

Espacio Geográfico y de la División Política

El título II (art 10º a 18º), se establece que el territorio y demás espacios geográficos de la República son los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales no viciados de nulidad, los yacimientos mineros y de hidrocarburos, cualquiera que sea su naturaleza, existentes en el territorio nacional pertenecen a la República. El territorio nacional no podrá ser jamás cedido, traspasado, arrendado, ni enajenado, ni aun temporal o parcialmente, a Estados extranjeros u otros sujetos de derecho internacional. La división política se divide en Estados, Distrito Capital, Dependencias Federales y Territorios Federales.

Derechos Humanos y Garantías, y de los Deberes

El título III (art. 19 a 135), posee una densidad normativa importante. Se refiere a Los derechos y deberes constitucionales. El artículo 19, extensa enunciación de los derechos fundamentales reconocidos en Venezuela, conserva tradiciones ancestrales de la cultura jurídica venezolana. Entre los derechos fundamentales reconocidos se cuentan el derecho a la vida, la igualdad ante la ley, la igualdad en la protección de la ley, a la honrra, a la libertad de conciencia, a la libertad de expresión, de asociación, el derecho a la propiedad, lo que se refiere a la ciudadanía. Reconoce la nacionalidad venezolana en las distintas formas que esta se obtiene, ya sea ius sanguinis, ius solis, por carta de nacionalización, la aparición de los referendos revocatorios para todos los cargos de elección popular a mitad de su periodo Constitucional y un sin de derechos mas. Ciertamente, los derechos humanos de carácter social son los menos desarrollados en este texto, aunque contiene algunos esbozos al respecto. Esta enumeración se cierra por la garantía de que el legislador no podrá dictar leyes que afecten el núcleo fundamental o la esencia de estos derechos.

Poder Público

El título IV (art. 136 a 185), se establece aumento de los Poderes Públicos Nacionales de 3 a 5 quedando los Poderes independientes Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral. Pero se conserva el orden jurídico del Poder Público en Nacional, Estadal y Municipal. Además determina las competencias del Poder Nacional, la organización, funcionamiento y competencias del Poder Estadal, el Poder Municipal y todo lo relativo al Consejo Federal de Gobierno.

Organización del Poder Público Nacional

El título V (art. 186 a 298), establece una Asamblea Nacional unicameral, elimina el Senado de la República y el cargo de Senador vitalicio, estableciendo la forma de elección de los miembros de los mismos y sus números, los requisitos e inhabilidades para desempeñar el cargo, las atribuciones exclusivas, el funcionamiento de la Asamblea, las materias de ley y la formación de las mismas. Además se establece como cabeza del Estado y del Gobierno al Presidente de la República. Define las formas de elección de éste y los requisitos para desempeñar el cargo, establece las atribuciones del Presidente de la República, las normas relativas al Vicepresidente de la República, los Ministros de Estado, su nombramiento y requisitos para desempeñar el cargo. Se determina las bases del Poder Judicial representado por el Tribunal Supremo de Justicia. Todo lo referente a la organización y funcionamiento del Poder Ciudadano y los órganos que lo componen estableciendo las bases del Ministerio Público, Defensoría del Pueblo y Contraloria General. Las formas y modos de operar del Poder Electoral, la designación o elección de sus miembros, y las atribuciones de los mismos.

Sistema Socio-Económico

El título VI (art. 299 a 321), Establece todo régimen económico del Estado en cuanto a los principios que lo caracterizan como la justicia social, democracia, eficiencia, libre competencia, protección del ambiente, productividad y solidaridad, a los fines de asegurar el desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa para la colectividad. El Estado, conjuntamente con la iniciativa privada, promoverá el desarrollo armónico de la economía nacional, así como el sistema del Banco Central de Venezuela y todo lo atinente a la política monetaria y a la estabilidad del bolivar.

Seguridad de la Nación

El título VII (art. 322 a 332), establece la forma de operar de las instituciones armadas y policiales en sus diferentes niveles ya sea Nacional, Estatal o Municipal, sus normas fundamentales, determina un Consejo de Defensa de la Nación, formado por los miembros que la Constitución señala, para asesorar al Gobierno en materias de su incumbencia.

Protección de la Constitución

El título VIII (art. 333 a 339), determina que la Constitución no perderá su vigencia si dejare de observarse por acto de fuerza o porque fuere derogada por cualquier otro medio distinto al previsto en ella, todo ciudadano investido o no de autoridad, tendrá el deber de colaborar en el restablecimiento de su vigencia. Todos los jueces, en el ámbito de sus competencias están en la obligación de asegurar la integridad de la Constitución, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, declarar la nulidad de las leyes y demás actos de los órganos que ejercen el Poder Público. Regula además los estados excepción.

Las Reformas Constitucionales

El Título IX (art. 340 a 350), establece la forma, los quórums y modos de enmendar, reformar los diferentes capítulos de la Constitución Política de la República y además establece los procedimientos para convocar a una Asamblea Nacional Constituyente.

Disposición Derogatoria

Queda derogada la Constitución de la República de Venezuela decretada el veintitrés de enero de mil novecientos sesenta y uno. El resto del ordenamiento jurídico mantendrá su vigencia en todo lo que no contradiga esta Constitución.

Disposiciones Transitorias

Todo lo que determina el cuerpo de la Constitución con carácter temporal mientras se dictan los instrumentos jurídicos para que tenga efectiva vigencia.

Disposiciones Finales

Única. Esta Constitución entrará en vigencia el mismo día de su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Venezuela, después de su aprobación por el pueblo mediante referendo. Aprobada por el pueblo de Venezuela, mediante referendo constituyente, a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, y proclamada por la Asamblea Nacional Constituyente en Caracas, a los veinte días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y nueve. Año 189° de la Independencia y 140° de la Federación.

Enmiendas

La Constitución de 1999 sólo ha sufrido una enmienda, aprobada por el Referéndum constitucional de 2009, con el precedente del Referendum constitucional de 2007, en el que se propuso una reforma general al texto constitucional, que no resulto aprobada.

Primera Enmienda

En diciembre de 2008 el presidente Hugo Chávez propone realizar una enmienda a la constitución sometiéndola a referendum popular, Siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 341 de la constitución venezolana, el 18 de diciembre de 2008, se realiza la primera discusión en la Asamblea Nacional de Venezuela para activar el mecanismo de enmienda, contando con el respaldo de 146 diputados del PSUV y el PCV. Además el PSUV presentó como respaldo a la propuesta de la AN un total de 4.760.485 firmas.

En la segunda discusión del Proyecto en el parlamento, la propuesta fue apoyada por 156 diputados, pertenecientes al PSUV, PPT, PCV, NCR, UPV, entre otros; mientras que otros 11 diputados de Podemos y el Frente Popular Humanista la rechazaron.

El 15 de febrero de 2009 se realizó el referendum para decidir la aprobación o no de la enmienda de los artículos 160, 162, 174, 192 y 230, con el fin de permitir la reelección inmediata de cualquier cargo de elección popular de manera continua o indefinida. Según el segundo Boletín emitido por el CNE el 16 de febrero, el Sí alcanzó 6.310.482 votos (54,85%) y el No 5.193.839 votos (45,14%), con el 99,57% de actas transmitidas y una abstención de 29,67%, siendo promulgada por el Presidente de la República en Caracas, el 19 de febrero de 2009. Año 198º de la Independencia y 149º de Federación.

LEY DE CONSEJOS COMUNALES

Disposiciones generales

Objeto

Artículo 1. La presente Ley tiene por objeto regular la constitución, conformación, organización y funcionamiento de los consejos comunales como una instancia de participación para el ejercicio directo de la soberanía popular y su relación con los órganos y entes del Poder Público para la formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas, así como los planes y proyectos vinculados al desarrollo comunitario.

Consejos comunales

Artículo 2. Los consejos comunales, en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre los ciudadanos, ciudadanas y las diversas organizaciones comunitarias, movimientos sociales y populares, que permiten al pueblo organizado ejercer el gobierno comunitario y la gestión directa de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades, potencialidades y aspiraciones de las comunidades, en la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista de igualdad, equidad y justicia social.

Principios y valores

Artículo 3. La organización, funcionamiento y acción de los consejos comunales se rige por los principios y valores de participación, corresponsabilidad, democracia, identidad nacional, libre debate de las ideas, celeridad, coordinación, cooperación, solidaridad, transparencia, rendición de cuentas, honestidad, bien común, humanismo, territorialidad, colectivismo, eficacia, eficiencia, ética, responsabilidad social, control social, libertad, equidad, justicia, trabajo voluntario, igualdad social y de género, con el fin de establecer la base sociopolítica del socialismo que consolide un nuevo modelo político, social, cultural y económico.

Definiciones

Artículo 4. A los efectos de la presente Ley se entiende por:

1. Comunidad: núcleo espacial básico e indivisible constituido por personas y familias que habitan en un ámbito geográfico determinado, vinculadas por características e intereses comunes; comparten una historia, necesidades y potencialidades culturales, económicas, sociales, territoriales y de otra índole.

2. Ámbito geográfico: es el territorio que ocupan los habitantes de la comunidad, cuyos límites geográficos se establecen o ratifican en Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, de acuerdo con sus particularidades y considerando la base poblacional de la comunidad.

3. Base poblacional de la comunidad: es el número de habitantes dentro del ámbito geográfico que integra una comunidad. Se tendrá como referencia para constituir el consejo comunal: en el ámbito urbano entre ciento cincuenta y cuatrocientas familias; en el ámbito rural a partir de veinte familias y para las comunidades indígenas a partir de diez familias; manteniendo la indivisibilidad de la comunidad y garantizando el ejercicio del gobierno comunitario y la democracia protagónica.

4. Organizaciones comunitarias: son las organizaciones que existen o pueden existir en el seno de las comunidades y agrupan un conjunto de personas con base a objetivos e intereses comunes, para desarrollar actividades propias en el área que les ocupa.

5. Comité de trabajo: es el colectivo o grupo de personas organizadas para ejercer funciones específicas, atender necesidades en distintas áreas de trabajo y desarrollar las aspiraciones y potencialidades de su comunidad.

6. Vocero o vocera: es la persona electa mediante proceso de elección popular, a fin de coordinar el funcionamiento del consejo comunal, la instrumentación de las decisiones de la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas.

7. Proyectos comunitarios: es el conjunto de actividades concretas orientadas a lograr uno o varios objetivos, para dar respuesta a las necesidades, aspiraciones y potencialidades de las comunidades. Los proyectos deben contar con una programación de acciones determinadas en el tiempo, los recursos, los responsables y los resultados esperados.

8. Áreas de trabajo: son ámbitos de gestión que se constituyen en relación con las particularidades, potencialidades y los problemas más relevantes de la comunidad. El número y contenido de las áreas de trabajo dependerá de la realidad, las prácticas tradicionales, las necesidades colectivas y las costumbres de cada comunidad. Las áreas de trabajo agruparán varios comités de trabajo.

9. Plan comunitario de desarrollo integral: es el documento técnico que identifica las potencialidades y limitaciones, las prioridades y los proyectos comunitarios que orientarán al logro del desarrollo integral de la comunidad.

10. Gestión: son las acciones que exigen el cumplimiento de los objetivos y metas, aprobados por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas, de cada una de las unidades de trabajo que integran el consejo comunal.

11. Economía comunal: es el conjunto de relaciones sociales de producción, distribución, intercambio y consumo de bienes, servicios y saberes, desarrolladas por las comunidades bajo formas de propiedad social al servicio de sus necesidades de manera sustentable y sostenible, de acuerdo con lo establecido en el Sistema Centralizado de Planificación y en el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación.

12. Redes socio productivas: es la articulación e integración de los procesos productivos de las organizaciones socio productivas comunitarias, para el intercambio de saberes, bienes y servicios, basados en los principios de cooperación y solidaridad; sus actividades se desarrollan mediante nuevas relaciones de producción, comercio, distribución, cambio y consumo, sustentables y sostenibles, que contribuyen al fortalecimiento del Poder Popular.

LEY DE SERVICIOS COMUNITARIOS DE EDUCACION SUPERIOR

TÍTULO I

DISPOSICIONES FUNDAMENTALES

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Objeto

Artículo 1. La presente Ley tiene como objeto normar la prestación del servicio comunitario del estudiante de educación superior, que a nivel de pregrado aspire al ejercicio de cualquier profesión.

Principios

Artículo 2. Esta Ley se regirá por los principios constitucionales de solidaridad, responsabilidad social, igualdad, cooperación, corresponsabilidad, participación ciudadana, asistencia humanitaria y alteridad.

Ámbito de Aplicación

Artículo 3. La prestación del servicio comunitario, tendrá su ámbito de aplicación en el área geográfica del territorio nacional, que determine la Institución de Educación Superior correspondiente.

CAPÍTULO II

Del Servicio Comunitario

Definición

Artículo 4. A los efectos de esta Ley, se entiende por Servicio Comunitario, la actividad que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de educación superior que cursen estudios de formación profesional, aplicando los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos adquiridos durante su formación académica, enbeneficio de la comunidad, para cooperar con su participación al cumplimiento de los fines del bienestar social, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en esta Ley.

Comunidad

Artículo 5. A los efectos de esta Ley, la comunidad es el ámbito social de alcance nacional, estatal o municipal, donde se proyecta la actuación de las instituciones de educación superior para la prestación del servicio comunitario.

Requisito para la obtención del título

Artículo 6. El servicio comunitario es un requisito para la obtención del título de educación superior, no creará derechos u obligaciones de carácter laboral y debe prestarse sin remuneración alguna.

Fines del Servicio Comunitario

Artículo 7. El servicio comunitario tiene como fines:

  • Fomentar en el estudiante, la solidaridad y el compromiso con la comunidad como norma ética y ciudadana.

  • Hacer un acto de reciprocidad con la sociedad.

  • Enriquecer la actividad de educación superior, a través del aprendizaje servicio, con la aplicación de los conocimientos adquiridos durante la formación académica, artística, cultural y deportiva.

  • Integrar las instituciones de educación superior con la comunidad, para contribuir al desarrollo dela sociedad venezolana.

  • Formar a través del aprendizaje servicio, el capital social, en el país.

Duración del Servicio Comunitario

Artículo 8. El servicio comunitario tendrá una duración mínima de ciento veinte horas académicas, las cuales se deben cumplir en un lapso no menor de tres meses. Las instituciones de educación superior adaptarán la duración del Servicio Comunitario a su régimen académico.

Condiciones

Artículo 9. No se permitirán realizar actividades de proselitismo, político partidistas, durante la prestación del servicio comunitario.

De los recursos

Artículo 10. Las instituciones de educación superior, incluirán los recursos necesarios para la realización del servicio comunitario en el plan operativo anual, sin menoscabo de los que puedan obtenerse, através de los convenios.

PLAN DE LA NACION 2007-2013

Este documento define el Proyecto Nacional Simón Bolívar en su Primer Plan Socialista -PPS- del Desarrollo Económico y Social de la Nación para el período 2007 – 2013.

A partir del 2 de febrero de 1999 se inició un proceso de cambios en Venezuela, orientado hacia la construcción del Proyecto Nacional Simón Bolívar, el cual continúa en esta nueva fase de gobierno para profundizar los logros alcanzados por las Líneas Generales del Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2001 – 2007.

En este próximo período 2007 – 2013, se orienta Venezuela hacia la construcción del Socialismo del Siglo XXI, a través de las siguientes directrices:

I. Nueva Ética Socialista

Propone la refundación de la Nación Venezolana, la cual hunde sus raíces en la fusión de los valores y principios más avanzados de las corrientes humanistas del socialismo y de la herencia histórica del pensamiento de Simón Bolívar.

II. La Suprema Felicidad Social

A partir de la construcción de una estructura social incluyente, un nuevo modelo social, productivo, humanista y endógeno, se persigue que todos vivamos en similares condiciones, rumbo a lo que decía El Libertador: "La Suprema Felicidad Social".

III. Democracia Protagónica Revolucionaria

Para esta nueva fase de la Revolución Bolivariana se consolidará la organización social, tal de transformar su debilidad individual en fuerza colectiva, reforzando la independencia, la libertad y el poder originario del individuo.

IV. Modelo Productivo Socialista

Con el fin de lograr trabajo con significado, se buscará la eliminación de su división social, de su estructura jerárquica y de la disyuntiva entre la satisfacción de las necesidades humanas y la producción de riqueza subordinada a la reproducción del capital

V. Nueva Geopolítica Nacional

La modificación de la estructura socio-territorial de Venezuela persigue la articulación interna del modelo productivo, a través de un desarrollo territorial desconcentrado, definido por ejes integradores, regiones programa, un sistema de ciudades interconectadas y un ambiente sustentable.

VI. Venezuela: Potencia Energética Mundial

El acervo energético del país posibilita una estrategia que combina el uso soberano del recurso con la integración regional y mundial. El petróleo continuará siendo decisivo para la captación de recursos del exterior, la generación de inversiones productivas internas, la satisfacción de las propias necesidades de energía y la consolidación del Modelo Productivo Socialista.

VII. Nueva Geopolítica Internacional

La construcción de un mundo multipolar implica la creación de nuevos polos de poder que representen el quiebre de la hegemonía unipolar, en la búsqueda de la justicia social, la solidaridad y las garantías de paz, bajo la profundización del diálogo fraterno entre los pueblos, su autodeterminación y el respeto de las libertades de pensamiento.

LA NORMATIVA DEL CUMPLIMIENTO DEL SERVICIO COMUNITARIO DE LA UNESR

CAPÍTULO I

Disposiciones generales

Artículo 1: A los efectos de las presentes normas, se entiende por Servicio Comunitario toda actividad realizada en las comunidades por los estudiantes de educación superior, a fin de poner en práctica todos los conocimientos adquiridos durante la formación académica, bien sea culturales, deportivos, humanísticos, técnicos o científicos, en beneficio de la comunidad, a fin de lograr los objetivos planteados en pro del bienestar común.

Artículo 2: Las presentes normas tienen su fundamento legal en los principios legales establecidos en el Artículo 135 de la Constitución de la República Bolivariana de Bolivariana, los artículos 2, 3, 4, 83 y 138 de la Ley de Universidades y la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior.

Artículo 3: El presente Reglamento tiene por objeto desarrollar los principios constitucionales referentes a la organización, administración, funcionamiento y control de la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior. Asimismo, se regirá por los principios de solidaridad, responsabilidad social, igualdad, cooperación, corresponsabilidad, participación ciudadana, asistencia humanitaria y respeto mutuo.

Artículo 4: La Universidad está en la obligación de difundir la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior a todos los niveles, utilizando diversos mecanismos de comunicación, a fin de garantizar el conocimiento por parte de toda la comunidad universitaria y de las comunidades de todas las regiones donde la universidad pueda brindar su colaboración.

Artículo 5: La Universidad establecerá los mecanismos de coordinación y convenios entre entidades públicas, privadas, asociaciones gremiales, consejos comunales, y la comunidad organizada, a los efectos de garantizar una cartera de proyectos sociales que respondan a las características señaladas por la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior, atendiendo a los perfiles que corresponden al egresado de las carreras que ofrece la UNESR. Asimismo, desarrollará ofertas de proyectos a través de alianzas estratégicas que se establezcan con la Dirección de Convenios Interinstitucionales y otras instancias involucradas en la organización, ejecución y seguimiento de los proyectos en el marco del Servicio Comunitario.

CAPÍTULO II

Planificación del Servicio Comunitario

Artículo 6: A los fines de lograr el cumplimiento del servicio comunitario, la Universidad celebrará convenios y/o alianzas con organismos tales como: entes gubernamentales, instituciones públicas y privadas, asociaciones gremiales, consejos comunales, comunidad organizada, entre otros, a fin de formular proyectos y dictar lineamientos para unificar los objetivos, contenidos y metas que esté en concordancia con el desarrollo local, regional y nacional dentro del marco constitucional de nuestra carta magna. Los acuerdos serán firmados por personas jurídicas representantes de los organismos donde se cumplirán las actividades.

Artículo 7: Los entes Gubernamentales, Institucionales Públicos y Privados, Organismos y Comunidades seleccionadas como sede de la prestación de Servicio Comunitario deberán facilitar la aplicación de la práctica de los conocimientos, habilidades y destrezas adquiridos en la Universidad previstos en los contenidos curriculares de las carreras que ofrece la Institución. Así mismo, deberán designar un personal que sirva de enlace entre la Organización a recibir el beneficio y la Universidad.

Artículo 8: La Universidad es responsable de realizar la supervisión para que el participante no reciba contraprestación alguna por parte del Organismo donde cumpla con el servicio social comunitario. Además, de evaluar el aprendizaje que del mismo se derive a favor de una educación integral del educando.

CAPÍTULO III

Organización del Servicio Comunitario

Artículo 9: La Universidad a través de la Dirección de Extensión creará la Coordinación del Servicio Comunitario en cada uno de los núcleos, la cual estará bajo la tutela del Subdirector (a) de Extensión, Cultura y Deporte respectivo. La Coordinación será la responsable de la planificación, ejecución y supervisión de las actividades inherentes a la prestación de Servicio Comunitario por parte de los participantes.

Artículo 10: El Director (a) de cada Núcleo conjuntamente con el Subdirector de Extensión, Cultura y Deporte nombrará una Comisión que funcionará como unidad de apoyo a la Coordinación del Servicio Comunitario. Esta Unidad de apoyo estará conformada por los Subdirectores de Extensión, Cultura y Deporte quien la presidirá, Subdirección Académica, Coordinadores de Carrera, Investigación, Pasantías, Desarrollo Estudiantil, Coordinadores de líneas de Investigación un representante del Centro de Estudiantes, un estudiante miembro de la Oficina de Misiones Educativas (OME) y cuales otros sean pertinentes según la realidad del Núcleo respectivo, éstos tendrán entre sus responsabilidades las siguientes atribuciones:

  • Hacer cumplir la Ley de Servicio Comunitario y las Normas internas que rigen la prestación del Servicio Comunitario de la UNESR en cada Núcleo.

  • Velar por el buen funcionamiento del Servicio Comunitario en cada Núcleo.

  • Garantizar la planificación, ejecución, supervisión y acompañamiento de los proyectos para la prestación del servicio comunitario conjuntamente los entes gubernamentales, instituciones públicas y privadas, asociaciones gremiales, consejos comunales, comunidad organizada, entre otros.

  • Coordinar y facilitar el establecimiento de alianzas entre comunidades organizadas a través de entes públicos y privados.

  • Someter a la aprobación del Consejo de Núcleo y este a su vez al Consejo Directivo los proyectos que se planifiquen en función del diagnóstico participativo realizado en las comunidades.

  • Atender las necesidades de capacitación en trabajo comunitario a docentes, alumnos y miembros de las comunidades.

  • Llevar un registro pormenorizado acerca del alcance de los proyectos.

  • Elaborar una ficha de control para evaluar los beneficios alcanzados por el participante que presta el servicio y los logros alcanzados por la comunidad atendida a fin de recoger las experiencias de aprendizaje para colocarlos al servicio de docencia, investigación y extensión de la Institución.

  • Designar profesores (Facilitadores-Voceros) por áreas de conocimiento, los cuales estarán adscritos a la unidad de apoyo de servicio comunitario, como responsables de la planificación, ejecución y evaluación de proyectos comunitarios.

  • Prever costos y financiamiento para el desarrollo de programas, recursos técnicos y apoyo presupuestario, de viáticos para viajes de profesores (Facilitadores-Voceros) y subvenciones estudiantiles.

  • Aprobar programas de capacitación sobre el servicio comunitario, dirigido a las comunidades y facilitadores – Voceros.

  • Revisar y evaluar los proyectos sociales presentados o solicitados por los participantes, profesores, universidad, comunidad organizada, gremios, iglesias, instituciones públicas y privadas.

  • Determinar el número de proyectos sociales a ser atendidos por los facilitadores – voceros.

  • Evaluar los proyectos presentados por los sectores con iniciativa, a objeto de ser considerada su aprobación.

  • Proponer ante los consejos comunales en cada uno de los Estados la creación de la Mesa de Participación Social Comunitaria con el fin de iniciar la fase diagnostica de necesidades que conducirán a la planificación, ejecución y supervisión de los proyectos donde los estudiantes prestarán el Servicio Comunitario.

Artículo 11: El Servicio Comunitario se llevará a cabo mediante una planificación que comprende los ejes de investigación participativa y de sensibilización y acción comunitaria. La primera se instrumentará mediante la inserción curricular del eje investigación social, a través del cual se integrarán las diversas áreas académicas del Ciclo profesional mediante la incorporación de elementos comunes subyacentes tales como técnicas y métodos de investigación participativa.

Artículo 12: En condiciones de emergencia social, el Director (a) del Núcleo por vía de excepción tendrá entre sus atribuciones la potestad de incluir a participantes voluntarios, en actividades que se consideren especiales y a través de un informe emitido por dicha dirección se acreditaran las horas trabajadas según los formatos establecidos por la Coordinación del Trabajo Comunitario.

CAPÍTULO IV

Proyectos del Servicio Comunitario

Artículo 13: La prestación del servicio comunitario se atenderá bajo la modalidad de proyectos, los cuales serán presentados por la Coordinación del Servicio Comunitario para ser aprobados por el Consejo de Núcleo.

Artículo 14: El Servicio Comunitario consta de las siguientes etapas:

  • Plataforma conceptual preparatoria (Fase de inducción, la cual incluye los contenidos de las asignaturas del Ciclo profesional, los seminarios y talleres preparatorios).

  • Fase de diagnóstico.

  • Plan de trabajo

  • Prácticas del proyecto de servicio comunitario

  • Seguimiento y Evaluación.

  • Presentación final y divulgación de los resultados del trabajo comunitario.

  • Certificación.

Artículo 15: La Universidad ofertará un taller con carácter obligatorio denominado "Servicio Social Comunitario", en el cual el participante deberá inscribirse. Una vez aprobado el taller el participante deberá seleccionar un proyecto comunitario ofertado por el Núcleo, así como también al Facilitador-Vocero que orientará su participación en el mismo.

Artículo 16: Cada proyecto presentado por la comisión del servicio comunitario deberá llevar dos (2) fases. La primera se refiere a la propuesta en la cual se presenta el diagnóstico, la justificación y objetivos del proyecto. La segunda fase debe describir la ejecución de la propuesta incluyendo el lugar, actividades a cumplir, entes participantes y resultados que se esperan.

Artículo 17: El participante cumplidor del servicio comunitario presentará un informe (Resumen) por escrito en el cual se sintetizarán las experiencias de aprendizaje adquiridas en la comunidad. Este informe será avalado por el Facilitador- Vocero del proyecto y deberá ser entregado a la Unidad de Apoyo de Servicio comunitario para su aprobación o no aprobación.

Artículo 18: La Coordinación del Servicio Comunitario notificará previa acta de evaluación los alcances en el cumplimiento del Servicio por parte de los participantes a la Unidad de Control de Estudios. La misma entregará acta certificada del mencionado servicio por el cumplimiento satisfactorio de las 120 horas de servicio comunitario en un lapso no menor de tres (03) meses.

CAPÍTULO V

Deberes y Derechos del Participante en su Rol de Prestador de Servicio Comunitario

Artículo 19: Los participantes están en el derecho de mantenerse informados sobre los procesos y requisitos para cumplir con el servicio social comunitario. Asimismo, tendrán los siguientes derechos:

  • Obtener información oportuna de los proyectos ofertados por la UNESR para el Servicio Comunitario.

  • Recibir la preparación previa a través del curso "Servicio Social Comunitario.

  • Obtener información sobre los requisitos y procedimientos para inscribirse en los proyectos ofertados por la UNESR.

  • Recibir la asesoría adecuada y oportuna para desempeñar el servicio comunitario por parte del Facilitador-Vocero.

  • Recibir un trato digno y ético durante el cumplimiento del servicio comunitario.

  • Realizar actividades comunitarias de acuerdo a lo ofertado por la UNESR.

  • Recibir de la UNESR la constancia de culminación del servicio comunitario.

  • Recibir de la UNESR, reconocimientos o incentivos académicos, los cuales deben ser establecidos por cada uno de los núcleos.

  • Participar en la elaboración de los proyectos presentados como iniciativa de la UNESR.

Artículo 20: Son deberes de los participantes como prestadores del servicio comunitario, los siguientes:

  • Realizar el servicio comunitario como requisito para la obtención del título de educación superior. Dicha labor no sustituirá las prácticas profesionales (prácticas docentes / pasantías) incluidas en los planes de estudio de las carreras de la UNESR.

  • Acatar las disposiciones que se establezcan en los convenios realizados por la UNESR.

  • Actuar con respeto, honestidad y responsabilidad durante el servicio comunitario.

  • Acatar las directrices y orientaciones impartidas por la coordinación y el Facilitador-Vocero del proyecto para el cumplimiento del servicio comunitario.

  • Cumplir con el servicio comunitario según lo establecido en la Ley que lo rige.

  • Cursar el taller "Servicio Social Comunitario", establecido en la matriz curricular de la carrera.

Artículo 21: El Servicio Comunitario tendrá una duración mínima de ciento veinte horas (120), las cuales deberán cumplirse en un conjunto de fases o etapas que tendrán una duración total no inferior a tres (3) meses continuos.

Artículo 22: Para la participación en el servicio comunitario, deberán cumplirse además de lo establecido en el artículo anterior, los siguientes requisitos:

  • Haber cursado el ciclo introductorio, y mínimo el 50% de los cursos que conforman el ciclo general de la carrera que cursa.

  • Tener la certificación de aprobación del taller de servicio social comunitario, emanada por la coordinación del Servicio Comunitario.

  • Estar inscrito en un proyecto social comunitario ofertado por la

  • UNESR.

  • Tener asignado un (01) facilitador-vocero para que lo oriente en el proceso de aprendizaje.

Artículo 23: El servicio social comunitario deberá prestarse sin remuneración alguna, de preferencia en organismos o instituciones de carácter público, y de manera complementaria en instituciones o empresas de carácter privado, principalmente en aquellas que cumplen una función de tipo social.

CAPÍTULO VI

Evaluación y Certificación de los Proyectos Comunitarios

Artículo 24: La Evaluación de los proyectos debe cumplirse de acuerdo a las normas existentes en la UNESR, fundamentado en las actividades desarrolladas por el participante en la organización en la que llevó a cabo el trabajo comunitario. La misma será realizada por el facilitador-vocero del proyecto y la calificación final será "aprobado" o "reprobado".

Artículo 25: La Subdirección de Secretaría emitirá la certificación correspondiente una vez que esta haya recibido de la Coordinación del Servicio Comunitario, la calificación considerada por el Facilitador-Vocero.

Artículo 26: Los participantes inscritos en el Servicio Comunitario que deban retirarse por problemas ajenos a su voluntad, deberán entregar a la Coordinación de Servicio Comunitario una justificación por escrito de los motivos que dan origen al retiro, a fin de ayudarlos en el proceso. En caso de no poder ser resuelto, dicha coordinación le autorizará para proceder a retirar el servicio comunitario mediante el procedimiento que se determine el consejo del núcleo.

CAPÍTULO VII

Responsabilidades del Facilitador-Vocero del Proyecto Comunitario

Artículo 27: El Facilitador – Vocero del proyecto comunitario es el facilitador-asesor del mismo y tendrá el compromiso de orientar al participante en la metodología y aspectos técnicos pertinentes al proyecto social en ejecución.

Artículo 28: Podrán ser Facilitadores – Voceros de los proyectos sociales, los profesores ordinarios y contratados con dedicación exclusiva y a tiempo completa, adscritos a cada núcleo y que hayan recibido la formación previa en servicio comunitario.

Artículo 29: Podrán adscribirse a la Coordinación del Servicio Comunitario, todos los facilitadores que deseen contribuir con el desarrollo de proyectos comunitarios y que tengan conocimientos, competencias o actitudes hacia el servicio social comunitario.

CAPÍTULO VIII

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo 30: Los participantes que hayan aprobado 105UC o más para la finalización del I periodo Académico 2007 en todas las carreras quedaran exceptuados del Cumplimiento del Servicio Comunitario. Esto regirá solo para el II Periodo Académico.

Parágrafo Único: Para el inicio del I Periodo Académico 2008 quedaran exceptuados del cumplimiento del Servicio Comunitario los participantes que tengan aprobado el setenta y cinco por ciento (75%) de las UC de la carrera respectiva.

ESTRATEGIAS PARA EL ACOMPAÑAMIENTO COMUNITARIO:

ESTABLECIMIENTO DEL DIALOGO DINAMICO PARA LA INTEGRACIÓN Y ANALISIS DE INTERESES

El trabajo comunitario posibilita la apertura de escenarios de comunicación. El diálogo no es el punto de partida. No se puede dialogar cuando los derechos son vulnerados, en este caso se exige la restitución del bien o servicio violentado.

El diálogo brota desde la plataforma del respeto y la búsqueda del bien común. Dialogar no es sinónimo de imponer criterios o puntos de vista individuales, es más bien el ejercicio que permite interiorizar la palabra del otro, que busca un eco racional y razonable en la construcción de un sentido.

Para dialogar es necesario encontrarse en igualdad de condiciones. Quien lo hace desde plataformas desiguales, no dialoga: impone o se resigna a perder.

El Gestor de Desarrollo debe respetar el saber de las personas, ellas dialogan desde ese escenario. Por eso dialogar con la comunidad significa entrar a conocer su mundo ético-mítico, su cultura, su experiencia de vida.

La primera condición para empezar a dialogar es aprender a escuchar.

ESTRATEGIAS DIDACTICAS PARA EL TRABAJO EN GRUPO

El trabajo comunitario que se desarrolla con la participación de la comunidad local permite proyectar la solución de sus problemas en el corto, mediano y largo plazo, dinamizando una visión social motivadora y referencial para la realización de sus anhelos en términos de desarrollo comunitario y mejoramiento de las condiciones de vida de los habitantes.

Una comunidad con visión de futuro se enfoca a la solución de sus necesidades fundamentales, optimiza la mayor cantidad de recursos, compromete a todos con el proyecto de desarrollo local, provoca mejores expresiones de identidad y pertenencia, y genera conciencia comunitaria para priorizar sus actividades jalonando en una dirección y rechazando aquello que los desvía de su proyecto comunitario.

La comunidad que no tiene visión de futuro es como el caminante que no sabe para dónde va; cualquier camino le es indiferente pero puede llegar donde no quiere.

El Gestor de Desarrollo debe respetar la visión comunitaria que se construye con la participación de todos. Ella recoge en forma priorizada el sueño común o consensuado de los habitantes de una comunidad local.

La dinámica pedagógica que permite formular la visión de futuro debe partir de la participación mayoritaria de los miembros de la comunidad, se identifica las necesidades comunes, se reflexiona desde el análisis de causas y consecuencias, se prioriza construyendo consensos, las necesidades se agrupan en núcleos temáticos (salud, educación, vivienda, y otros), se constituyen las mesas de trabajo con cada uno de los núcleos temáticos seleccionados, se construye la misión y visión del Desarrollo Comunitario, y por último, se organiza un plan de formación para la organización y gestión comunitaria, articulando los planes operativos y de gestión.

El Gestor de Desarrollo debe acompañar este proceso, permitiendo que la comunidad sea protagonista y no simplemente observador indiferente o ejecutor de planes impuestos.

Cuando una comunidad construye su visión de futuro desde el análisis participativo de sus necesidades comunes y la confluencia de todas las iniciativas para su solución, enfoca el desarrollo comunitario, es autogestionaria y fortalece su identidad y pertenencia.

ESTRATEGIAS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN

La dinámica de trabajo comunitario participativo encuentra su mejor herramienta para canalizar todas las iniciativas en la planeación de actividades. Este proceso del Desarrollo comunitario debe integrar todos los componentes anteriormente descritos. En todo momento se realiza planeación participativa, por lo tanto, ella se constituye en el alma del Desarrollo comunitario.

El punto de partida para la realización de una actividad comunitaria puede ser la idea de un líder que influye en las demás personas, como también puede ser la constatación de un problema u oportunidad de la comunidad. Sin embargo, desde este punto de partida se debe abrir todos los espacios de participación para que se dinamicen procesos donde todos tengan la posibilidad real de aportar.

El alma de la planeación es la participación.

No podemos seguir armando proyectos públicos que busquen beneficiar a la comunidad, sin la participación de sus mismos beneficiarios.

El alto impacto político y social de los proyectos de desarrollo se garantiza por la participación conciente y real de la mayor cantidad de actores involucrados.

Conclusión

Se pude hacer referencia a la importancia que tiene la investigación como proceso de aprendizaje; ya que la misma posee una gama de características fundamentales y que se estrechan de manera muy compacta para poder captar la información o para lograr los objetivos propuestos, es preciso recordar que la investigación científica es un método riguroso en el cual se obtiene una serie de objetivos antes propuestos y de manera muy técnica, y la investigación es la que tiene por fin ampliar el conocimiento científico, sin perseguir, en principio, ninguna aplicación práctica e investigar es una acción de aclarar.

Es muy conveniente tener un conocimiento detallado de los posibles tipos de investigación que se pueden seguir. Este conocimiento hace posible evitar equivocaciones en la elección del método adecuado para un procedimiento específico. Por eso se podría acotar que el tema se debería de implantar desde la educación básica ya que a pesar de que la investigación siempre está presente, siempre es bueno conocer el lado técnico y científico de las cosas por más comunes y cotidianas que suelan resultar.

Una de las fallas más comunes en la investigación consiste en la ausencia de delimitación del tema, es decir, por ausencia de ambición del tema, por eso es básico tener muy claro los objetivos y el camino que se va a recorrer con la investigación para que esta pueda terminar su camino donde debe.

La hipótesis de una investigación, puede ser desarrollada desde distinto puntos de vista, puede estar basada en una conjetura, en el resultado de otros estudios, en la posibilidad de una relación semejante entre dos o más variables representadas en un estudio, o puede estar basada en una teoría mediante la cual una suposición de proceso deductivo nos lleva a la pretensión de que si se dan ciertas condiciones se pueden obtener ciertos resultados.

El objetivo de la investigación es el enunciado claro y preciso de las metas que se persiguen. El objetivo de la persona que investiga es llegar a tomar decisiones y a una teoría que le permita generalizar y resolver en la misma forma problemas semejantes en el futuro.

Bibliografía

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http://boards5.melodysoft.com/1_Ms_Tec_Educ_Proy_Social/diagnostico-participativo-39.html

 

 

Autor:

*Aranguren Zarelys

*Contreras Víctor

*Ojeda Disleyer

Profesora:

Sandra Tortoza

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL

"SIMON RODRIGUEZ"

NUCLEO APURE

Biruaca, Febrero de 2012

Enviado por:

Sara Rangel

 

Partes: 1, 2, 3
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