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Diseño de un Modelo de Organización Aplicando la Teoría Ergodica (página 3)

Enviado por JUAN TEVES CAMARGO


Partes: 1, 2, 3, 4

Tales gerentes evitan mostrar que su propio desempeño depende del desempeño de los miembros de su equipo.

Mantener la visibilidad

Los gerentes retiene ciertas tareas , particularmente las importantes para mantenerse bien vistos antes sus jefes. Esto tiene relación con " Asegurar su futuro" (Ascensos, Carrera).

Carencia de tiempo

El tiempo de los ejecutivos es escaso y muchos de ellos estiman que delegar y sobre todo supervisar los resultados de la delegación les consume mucho tiempo, particularmente cuando los empleados son nuevos, poco experimentados, de alguna manera sensibles, o la tarea es compleja.

Venciendo La Resistencia de los Empleados a la Delegación

La mayor razón que muchos gerentes han encontrado en relación a la resistencia de los empleados a la delegación, es que estos no la desean. Por muchas razones un empleado es que tiene la suficiente habilidad para la tarea decide no aceptarla. Podemos mencionar, entre otras; las siguientes:

Falta de Incentivos

Esta es la principal razón de rechazo, para ellos, el nivel de recompensa no es igual al nivel del tiempo , energía y riesgo demandado. En muchos casos, los empleados se motivan cuando son involucrados en tareas de planeamiento y toma de decisiones.

Falta de Entrenamiento

En muchas ocasiones se solicita a los empleados realizar tareas que no conocen lo suficiente o para las que no fueron capacitados.

Evasión de Responsabilidad

La mayoría de empleados piensan que tomar las decisiones mas importantes sobre una tarea, acarrea también asumir la mayor responsabilidad sobre los resultados de la misma . De otro lado; los gerentes disfrutan de tomar decisiones . El resultado de estas dos tendencias es un empleado que no aprende a tomar decisiones.

Temerosidad e incertidumbre

En muchos casos los trabajadores realizan las tareas al gusto del jefe, para complacerle , dan respuestas que el jefe desea oír. El empleado actúa con total falta de independencia.

Los Mitos del Éxito Organizacional

El Super trabajador

Algunos gerentes no delegan porque desean ser vistos como super trabajadores.

Esto puede ser algo así como "Complejo de mártir" o por cuestión de Super ego. Un Super trabajador disfruta teniendo la reputación de ser alguien que "trabaja duro".

El Perfeccionista

" Si quieres algo bien hecho, hazlo tu mismo"; esta parece ser tu paradigma preferido . Ponen especial atención a los detalles para lograr resultados perfectos.

Temor a ser reemplazado

Algunos gerentes no delegan por temor a ser desplazados por un empleado que es capaz de hacer muy bien el trabajo de estos.

Algunas veces se carece de tiempo porque los gerentes no han planificado el trabajo y calendarizado las actividades que se necesitan. En este caso el gerente puede realizar un esfuerzo personal de ultimo minuto para salvar los proyectos, y piensa que así se convierte en el " Héroe del departamento"

Carencia de familiaridad

Un numero creciente de gerentes no delegan porque ellos temen o no comprenden las nuevas tecnologías. El Jefe de un departamento de estadística o actuarial, no familiarizado con las computadoras, prefiere hacer sus cálculos a mano, mas bien que delegar la tarea a un especialista en el tema.

Habito Individual

Si un ejecutivo viene haciendo la misma tarea por muchos años, simplemente la continuara haciendo por habito.

No es su trabajo

Muchos empleados piensan que al tomar decisiones, están haciendo el trabajo del jefe.

Desconfianza en el Gerente o en la Organización

Si el empleado cree que el gerente ganara crédito por el trabajo que el realiza o si tiene la idea de que el jefe tiene por costumbre cambiar o pedir que se rehaga el trabajo; entonces; el estará reticente a aceptarla.

Preparándose para Delegar

Desarrollo de las actividades correctas

Seguridad personal

Asumir riesgos

Sentido de confianza

Respaldo a las decisiones de los

miembros del grupo.

No remarcar sobre los errores del grupo

No espiar al grupo

No retenga información (no monopolice la información)

Sea abierto

Clarifique expectativas

Muestre respeto

No manipule

Analice los supuestos.

Decida que delegar

Método básico

Haga una lista de responsabilidades de trabajo corrientes que dejaría atrás si usted fuera ausentarse del puesto de trabajo.

Identifique las personas calificadas de su equipo que están en condiciones de asumir dichas responsabilidades. Si hubiera alguien que no reúne las condiciones deje un espacio en blanco (al lado derecho).

Cuando la lista este completa, analice los espacios en blanco para determinar que tipo de problemas dejaría al ausentarse.

Esta usted satisfecho con los resultados.

Que debería delegarse

Tareas respectivas.

Recopilación de información.

Trabajos con excesivos detalles.

Representación en reuniones.

Tareas que serán de su responsabilidad a futuro.

Mejoramiento de los costos.

Que no debería delegarse

El proceso mismo de delegación .

La evaluación del desempeño.

Acciones disciplinarias.

Problemas de consejería y moral.

Tareas de planeamiento y pronostico.

Trabajos confidenciales.

Tareas que le han sido asignadas

exclusivamente a usted.

Situaciones complejas.

Situaciones sensibles a generar

conflictos.

A quien delegar

Selección de factores de efectividad

Habilidad demostrada ¿ Quien puede?

Motivación del empleado ¿Quien esta

Dispuesto?

Carga de trabajo del empleado

Concilie habilidades del grupo con

naturaleza y requerimientos de las tareas

a delegar

Definición de metas de Desempeño

¿ Que se requiere hacer? Especifica

¿Cuándo debe ser concluido? Mensurable

¿Cuáles son las consecuencias de no haberse

concluido a tiempo? Alcanzable

¿Qué nivel de precisión se requiere? Relevante

¿cómo se ajusta la tarea al esquema total de cosas por hacer? Programable ¿De cuantas partes consta el proceso total?

¿A cargo de quienes están esas partes?

Excusas que dan los gerentes para no delegar

Mis empleados carecen de experiencia.

Me toma mas tiempo explicar que hacer el trabajo yo mismo.

El error del empleado podría ser costoso.

Mi posición me permite lograr mas rápida acción.

Existen algunas cosas que yo no podría delegar a nadie.

Mis empleados especialistas, ellos carecen de conocimientos globales que muchas decisiones requieren.

Mi gente esta ya demasiado ocupada.

Mis empleados no están dispuestos a aceptar mas responsabilidades.

Estoy preocupado sobre la falta de control sobre el desempeño de mis empleados cuando delego cualquier trabajo.

Me gusta mantenerme ocupado y tomando mis propias decisiones.

Delegar me parece espantoso.

2.4. Marco Filosófico

La filosofía griega tiene a los filósofos que buscaban una explicación del mundo en términos físicos y quienes subrayaban la importancia de las formas inmateriales o de las ideas

La escuela filosófica griega, la jonia o milesia eran en gran parte materialistas.

Pitagoras destaco la importancia de la forma sobre la materia al explicar la estructura material, la escuela eleatica según Parménides la apariencia del movimiento y la existencia en el mundo de objetos distintos son mera ilusión sólo parecen existir.

Estas explicaciones materialistas alcanzaron su punto culminante en las doctrinas de Demócrito nos dice que las diferentes formas de materias están causadas por diferencias en la forma, tamaño posición y orden de los átomos que la componen.

Platon en su teoría de las ideas sostuvo que los objetos del mundo real son meras sombras de las formas eternas o ideas, las únicas e inmutables ideas puede ser objeto del conocimiento verdadero, percepción de sus sombras, el mundo tal como se ve, siente y oye su meta era conocer las formas eternas e instruir a los demás en este conocimiento, sostiene que tanto los objetos materiales como el individuo que los percibe están en constante cambio, pero como el conocimiento se relaciona tan sólo con los objetos inmutables y universales, el conocimiento y la percepción son diferentes en esencia, por lo tanto el hombre debe de tener dominio propia para lograr cumplir con todos los objetivos que se ha planteado, para lo cual debe de buscar cultivar todas las virtudes y cualidades de ayudar al mundo, de esta manera su fervor y amor hará que pueda cumplir con todos los objetivos propuestos, venciendo todos los obstáculos que se presenten en la empresa tanto internos como externos.

Desde la antigüedad, la administración ha recibido gran influencia de la filosofía Haimann, como también Koontz y O¨donnell se refieren al filosofo griego Socrates (470 a. C.-399 a.C.) quien en su discusión con Nicomaco, expone su punto de vista acerca de la administración como una habilidad personal separada del conocimiento técnico y de la experiencia.

Con respecto a cualquier cosa que el pueda presidir, un hombre será, si sabe lo que necesita y si es capaz, de proveerlo, un buen dirigente, ya sea que tenga la dirección de un coro, de una familia, de una ciudad o de un ejercito . ¿ No es también un trabajo castigar a los malos y honrar a los buenos Por tanto, Nicomaco, no despreciéis a los hombres hábiles en administrar sus propios haberes, pues los quehaceres privados difieren de los públicos solo en magnitud, en otros aspectos son similares; pero lo que mas se debe observar es que ninguno de ellos puede ser dirigido sin hombres. Los quehaceres privados no son dirigidos por una especie de hombre y los públicos por otra: pues aquellos que conducen los negocios públicos por otra; pues aquello que conducen los negocios públicos no utilizan hombres de naturaleza diferente de aquellos empleados por quienes dirigen los negocios privados, y quienes saben emplearlos , conducen tanto los negocios públicos como los privados juiciosamente, mientras que aquellos que no saben se equivocan en la administración de ambos.

Tomas Hobbies (1588-1679): Desarrollo una teoría del origen contractualista del Estado, según la cual el hombre primitivo que vivía en estado salvaje, paso lentamente a la vida social mediante un pacto entre todos. Mas aun, "el hombre es un lobo para el hombre", o sea, que el hombre primitivo era un ser antisocial por definición, y vivía en guerra permanente con sus vecinos. El estado vendría a ser, por tanto, la resultante inevitable de dicha situación, para imponer el orden y la organización en la vida social ,a la manera de un Leviatan. El Estado, a medida que crece, presenta las dimensiones de un dinosaurio, amenazando la libertad de todos los individuos.

Jean Jaques Rousseau (1712-1778) desarrolla la teoría del contrato social: el Estado surge de un acuerdo de voluntades. Rousseau imagina una convivencia individualista, en la cual los hombres comparten cordial y pacíficamente, sin fricciones con sus semejantes. Sin embargo, si el hombre es por naturaleza bueno y afable, la vida en sociedad lo corrompe.

Karl Marx (1818-1883) y su socio Friedrich Engels (1820-1895) proponen una teoría del origen económico del Estado. El surgimiento del poder político y del Estado no es mas que el fruto de la dominación económica del hombre por el hombre. El Estado se convierte en un orden coercitivo, impuesto por una clase social explotadora.

En el manifiesto comunista, afirman que la historia de la humanidad fue siempre la historia de la lucha de clases. Hombres libres y esclavos, patricios y plebeyos, nobles y siervos, maestros y artesanos, en una palabra, explotadores y explotados, siempre mantuvieron una lucha, a veces oculta, a veces patente. Marx sostiene que todos los fenómenos históricos son el producto de las relaciones económicas entre los hombres.

El marxismo fue la primera ideología en preconizar el estudio de las leyes objetivas del desarrollo económico de la sociedad, en oposición a los ideales metafísicos.

Con el surgimiento de la filosofía moderna, la administración deja de recibir contribuciones e influencias de tipo filosófico puesto que e el objeto de estudio de la filosofía se aleja enormemente de los problemas organizacionales.

Influencia de la Revolución Industrial

A partir de 1776, con la invención de la maquina de vapor por James Wat (1736-1819) y su posterior aplicación en la producción, una nueva concepción del trabajo modifico por completo la estructura social y comercial de la época, provocando profundos y rápidos cambios de orden económico, político y social que en un lapso aproximado de un siglo, fueron mayores que los ocurridos en el milenio anterior. A este periodo, se lo conoce como de la Revolución Industrial, se inicio en Inglaterra y se extendió, por todo el mundo civilizado con rapidez.

La Revolución Industrial puede dividirse en dos épocas bien diferenciadas.

De 1780 a 1860: primera Revolución Industrial o revolución del carbón y del hierro.

De 1860 a 1914: segunda Revolución Industrial o revolución del acero y de la electricidad.

Aunque se haya iniciado a partir de 1780, la Revolución Industrial no adquirió todo su ímpetu antes del siglo XIXI. Surgió como una bola de nieve con aceleración creciente.

Si recordamos cuando la filosofía se hizo parte de nuestra vida podemos decir que lo hizo desde el momento que emitimos sonido y este sonido se convirtió en mensaje y este a su vez en información traducible solo cuando esta información se separo del significado y se hizo traducible en todos los idiomas mediante el uso de las computadoras al separar la información del significado es darle lingüística la forma de números 0 o 1 estableciendo numéricamente la información dentro de la computadora e iniciando al matematizacion obligatoria de las ciencias sociales y de las demás ciencias, estableciendo un puente de información numérica en todo el mundo, dándoles razón a los griegos que todas la cosas que existen son números y los números son cosas, La comunicación ha hecho duplicar la información en forma astronómica pudiendo progresar desmedidamente, la información numérica codificada ha hecho posible el desarrollo humano hoy se multiplica la información trayendo desarrollo continuo modificando rápidamente los arquetipos sociales, nuestras organizaciones están en constante cambio transformando nuestro mundo de forma irreversible.

El constante cambio nos da no solo precisión, sino que la excelencia es cada día más creciente transformando las profesiones, del saber único al saber universal en una palabra ha dado el salto mas grande de la humanidad.

Determinándose la diferencia entre esclavos y amos, del que sabe y el que no sabe obviamente la consecuencia se dejaran ver en pocos años, esta sustancial diferencia se aprecia en el sentido que hoy en día la educación tenga que cambiar a procedimientos mas efectivos porque la información excesiva es difícil de clasificarlo creando el caos en la información en nuestra sociedad y esto nos exige cada día mas incrementando la manera de pensar de comunicarnos de manera diferente cada día, siendo nuestro lenguaje actual el lugar donde existe la información ordenada y codificada, convirtiéndose en poder y el poder en información.

Estas personas tuvieron gran importancia promoviendo ideas que, con el tiempo tendrían mucha influencia.

2.5. Formulación de Hipótesis

a) Hipótesis General

El diseño de un Modelo de organización aplicando la Teoría Ergodica contribuye al desarrollo empresarial de las imprentas del cercado de Lima

b) Hipótesis Especificas:

  • 1- Si el diseño de un modelo de capacitación empresarial, se apoya a la teoría Ergodica entonces, el nivel de rendimiento del personal se elevara en las imprentas del cercado de Lima

  • 2- Si la organización es de tipo abierta en el modelo liberal entonces, Su capacidad de servicios y la modernización de la maquinaria, genera un producto de buena calidad al usuario de las imprentas del cercado de Lima

  • 3- Si las organizaciones de las imprentas se encuentran dispuestas a la adaptabilidad del cambio entonces su dirección es inteligente y flexible

2.6. Variables e Indicadores

2.6.1. Variables

a)Independiente

En Hipótesis General

Variable Independiente (P)

Diseño de un Modelo de organización aplicando la Teoría Ergodica

En Hipótesis Secundaria

a) Primera Hipótesis

Variable Independiente (P)

Modelo de capacitación empresarial

b) Segunda Hipótesis

Variable Independiente (P)

Organización Abierta

c) Tercera Hipótesis

Variable Independiente (P)

Organizaciones dispuestas a la adaptabilidad

b) Dependiente

En Hipótesis General

Variable Dependiente (Q)

Contribuye al desarrollo empresarial

En Hipótesis Secundaria

a) Primera Hipótesis

Variable Dependiente (Q)

elevación del rendimiento

b) Segunda Hipótesis

Variable Dependiente (Q)

Capacidad de servicios producto de buena calidad

c) Tercera Hipótesis

Variable Dependiente (Q)

Dirección inteligente y flexible

  • a) Del Modelo: Para

  • b) Ambito: Cercado de Lima

  • c) Duración: de 1996 hasta el 2000

2.6.2. indicadores y su Operacionalización

  • a) Para Variables Independientes

Operadores en Hipótesis General

  • 1- Círculos de Calidad

  • 2- Calidad Total

  • 3- Empowermen

  • 4- Organizaciones Autopoyeticas

  • 5- Organizaciones Inteligentes

Operadores en Hipótesis Secundaria

Diseño de un Plan de Estudio

Comprometer al personal con el logro de los objetivos y metas trazadas por la empresa

Diseño de un sistema de información adecuado

Implementaron de un sistema de control interno

Convenios Institucionales

Reuniones de trabajo en equipo

Diagramas de Procesos

Diseño de organigramas y flujoframas

  • b) Para Variables Dependiente

Operadores en Hipótesis General

Tecnología de manejo de recursos humanos

Sistemas de Información adecuados

Reducción de costos

Satisfacción del Cliente

Cumplimiento de los objetivos y metas

Crecimiento de la empresa

Operadores en Hipótesis Secundaria

Aumento de la producción

Planeamiento estratégico efectivo

Incremento de las ventas

Mejor calidad del servicio

Compromiso del personal con el cumplimiento de los objetivos y metas

Aumento de las inversiones por los accionistas

2.6.3. Método y Diseño

a) Método

La investigación empleara básicamente el método INDUCTIVO – DEDUCTIVA por cuanto se hace partiendo de aspectos particulares con la finalidad de llegar hasta la generalización de la conclusión, la forma operativa del método es el DESCRIPTIVO – EXPLICATIVO, con la finalidad de explicar las relaciones existentes entre las variables identificadas en este proyecto.

b) Diseño

El diseño de la investigación, viene a estar conformado por el plan, estructura y estrategia de la labor estrictamente científica; es decir, por los aspectos más importantes del estudio, como son: la metodología a servirse, las hipótesis a comprobarse los métodos y técnicas a emplearse y el cronograma a cumplirse.

El diseño especifico, a emplearse en este proyecto es el DESCRIPTIVO – EXPLICATIVO, porque su objetivo es describir si existe una relación determinada entre dos o más aspectos a través de una muestra

c) Tipo y Nivel de Investigación

Por función principal a cumplir en el desarrollo de la investigación, esta será de carácter EXPLORTIVA – DESCRIPTIVA – EXPLICATIVA, por cuanto sé esta examinando "Un Modelo de organización aplicando la Teoría ERGODICA contribuye al desarrollo empresarial de las imprentas en el cercado de Lima".

2.6.4. Población y Técnicas estadísticas

a) Universo

Esta investigación se ejecutara geográficamente en el departamento de Lima.

b) Población

1000 Imprentas

c) Muestra

La Muestra materia del estudio se circunscribe a las siguientes unidades de observación, teniendo en cuenta sus conocimientos sobre el tema:

200 Imprentas: seleccionando 1 profesional por imprenta

200 Profesionales seleccionados en la Muestra:

  • 20 Psicólogos

  • 30 Economistas

  • 40 Administradores

  • 50 Propietarios

  • 60 Contadores

c) Técnicas de Investigación

Técnicas de Recolección de Información

Para esta investigación utilizaremos las técnicas más típicas que son aplicables en la investigación administrativa – económica:

a) Cuestionario

Este instrumento se va a elaborar en función al problema planteado, la hipótesis y las variables identificadas: para lo cual, previamente, se va a formular el cuestionario de preguntas teniendo en cuenta el tipo de población a efectos de recoger adecuadamente esta información.

b) Análisis Documental

Esta técnica estará en función del análisis de las estadísticas y planteamientos teóricos de diversas instituciones gubernamentales y privadas sobre el tema.

c) Fichas de Registro

Al momento de recolectar la información formularemos las fichas respectivas, afín de almacenarlas y procesarlas debidamente en el momento oportuno y en la elaboración del informe final.

2.6.5. Procesamiento de los datos recolectados

a) Selección y Representación por Variables

Luego de haber realizado el trabajo de campo y de haber concluido con la toma de las encuestas, se irá seleccionando las respuestas de acuerdo a las variables formuladas y si en caso hubiera necesidad, las codificaremos.

b) Matriz Tripartita de Datos

En este instrumento almacenaremos provisionalmente la información obtenida y que previamente ha sido seleccionada o representada en la Matriz de Datos.

c) Utilización de Procesador Sistematizado

La información clasificada y almacenada en la Matriz de Datos la trasladaremos a un procesador de sistema computarizado que nos permita realizar las técnicas estadísticas apropiadas, para lo cual debemos tener en consideración el Diseño y las diversas pruebas que se utilizaran en la contratación de las hipótesis. En este caso trabajaremos con el paquete estadístico spss, Office Excel.

d) Pruebas Estadísticas

Trabajaremos en función de las diversas técnicas estadísticas para la comparación de la proporción observada en una muestra con la proporción teórica de la población.

Resultados de investigaciones

3.1. Modelo de organización de imprentas en el cercado de Lima

3.1.1. Estructura operativa de las imprentas

  • a) Organigrama

IMPRENTA PUBLIC – GRAFIC

La Imprenta PUBLIC – GRAFIC es una sociedad Colectiva ubicada en el Distrito de Lima, de la provincia de Lima, del Departamento de Lima, constituida de acuerdo a lo dispuesto en la Ley General de Sociedades y dispositivos vigentes.

Cuenta con personería Jurídica como producto de la inscripción respectiva en los Registros Públicos, Identificada con RUC Nº 12281268003 otorgada por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria y con licencia de Funcionamiento Nº 1999

La Imprenta PUBLIC – GRAFIC ha sido creada por voluntad propia por sus socios tal como se hace notar en la respectiva acta de constitución.

ACTIVIDAD PRINCIPAL

La Imprenta PUBLIC – GRAFIC brinda el servicio de la confección de trabajos publicitarios y de arte gráfico a la colectividad consistente en:

  • Afiches en general

  • Elaboración de Trabajos de Imprenta

  • Elaboración de Gráficos Artísticos

  • Reproducción de folletos, libros, revistas y otros.

FINALIDAD

La Imprenta PUBLIC – GRAFIC, tiene por finalidad de atender a las instituciones publicas y particulares, así como personas individuales, en los requerimientos de trabajos de publicidad, imprenta y arte gráfico, de igual forma apoyar a las instituciones benéficas en las medidas de las posibilidades que tiene la empresa.

Promover e impulsar el desarrollo socioeconómico del departamento de Ica.

OBJETIVOS

La imprenta PUBLIC – GRAFIC, tiene por objetivo alcanzar la consolidación en los servicios de publicidad e impresiones gráficas a nivel de la Región y lograr el desarrollo del Departamento de Ica.

FUNCIONES GENERALES

La Imprenta PUBLIC – GRAFIC, cumple las siguientes funciones:

  • Conducir y ejecutar los trabajos de publicidad, impresión de folletos y libros, arte gráfico y offset.

  • Gestionar y monitorear estudios relativos al arte gráfico y publicidad.

  • Apoyar a las entidades benéficas con trabajos publicitarios.

  • Administrar y Controlar el patrimonio de la empresa.

  • Conducir y fortalecer las acciones con las entidades publicas y privadas de la región.

ESTRUCTURA ORGANICA

La Imprenta PUBLIC – GRAFIC, tiene la siguiente estructura Orgánica:

ORGANO DE DIRECCION

  • Gerencia

ORGANO DE LINEA

  • Sub Gerencia de Producción

  • Sección de Offset

  • Sección de Tipografía

  • Sección de Arte Gráfico

  • Sub Gerencia de Marketing

  • Sección de Ventas

  • Sección de Publicidad

  • Sección de Productos Terminados

ORGANO DE APOYO

  • Sub Gerencia de Administración

  • Sección de Logística

  • Sección de Finanzas

  • Sección de Personal

FUNCIONES DE LA GERENCIA

  • Representar a la Imprenta PUBLIC – GRAFIC ante las entidades públicas o privadas.

  • Orientar y supervisar las actividades de las dependencias que conformen la estructura orgánica.

  • Suscribir los contratos, convenios y demás documentos vinculados a la gestión de la empresa.

  • Proponer operaciones de crédito externo o interno.

  • Proyectar la imagen institucional mediante un adecuado uso de las comunicaciones.

  • Coordinar la formulación, ejecución y evaluación del presupuesto.

  • Supervisar y evaluar la ejecución del Plan de Trabajo.

  • Controlar que la ejecución de los convenios o contratos se cumplan de acuerdo a las normas legales establecidas.

  • Evaluar y proponer las acciones de personal.

CUADRO DE CARGO

  • Gerente

  • Secretaría

  • Técnico Administrativo

FUNCIONES DE LA SUB GERENCIA DE PRODUCCIÓN

  • Formular y conducir los trabajos de imprenta y arte gráfico.

  • Sistematizar el estudio de costos de los trabajos requeridos.

  • Manatener actualizada la documentación técnica.

  • Brindar apoyo y asesoramiento técnico en el área.

  • Formular normas sobre el proceso de Producción.

  • Controlar la correcta aplicación y uso de los recursos materiales.

  • Participar en la formulación de bienes y termino de referencia y documentación mecánica para los convenios o contratos.

  • Realizar los requerimientos de materiales de su área.

CUADRO DE CARGO

  • Sub Gerente de Producción

  • Dibujante

  • Fotógrafo

  • Tecnico en Arte Grafico

  • Operador de Equipo de imprenta

  • Programador de Sistema PAD

  • Técnico Administrativo.

FUNCIONES DE LA SUB GERENCIA DE MARKETING

  • Conducir las políticas y estrategias de ventas.

  • Mantener comunicación e información con las entidades del estado y con el sector privado.

  • Identificar y priorizar oportunidades de inversión.

  • Organizar y mantener el almacén de productos terminados.

  • Difundir las nuevas técnicas de producción de la empresa.

  • Impulsar el crecimiento en el servicio de impresiones.

CUADRO DE CARGO

  • Sub Gerente de Marketing.

  • Especialista en Comercialización.

  • Especialista en Ventas.

  • Técnico Administrativo.

  • Técnico en Almacén.

  • Especialista en Publicidad.

FUNCIONES DE LA SUB GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN

  • Participar en la formulación del presupuesto.

  • Proponer directiva que permitan mejorar la gestión.

  • Llevar la contabilidad y elaboración de los estados financieros.

  • Prestar asesoramiento y apoyo técnico en las materias de su competencia.

  • Presentar y brindar información sobre la contabilidad y acciones de financiamiento.

  • Ejecutar controles y custodiar los fondos y valores.

  • Elaborar métodos de trabajo para el adecuado funcionamiento financiero.

  • Elaborar el programa de adquisiciones.

  • Elaborar y mantener el inventario patrimonial.

  • Conducir y supervisar los servicios de mantenimiento, vigilancia y custodia de materiales.

  • Desarrollar el proceso técnico de personal.

  • Elaborar y ejecutar programas de personal.

  • Prestar asesoramiento en materia de personal-

CUADRO DE CARGOS

  • Sub Gerente de Administración.

  • Especialista en Finanzas.

  • Especialista en Personal.

  • Especialista en Abastecimiento.

  • Técnico en Finanzas.

  • Técnico en Personal.

  • Técnico en Abastecimiento.

  • Trabajador de servicio.

3.1.2. Legalidad de funcionamiento

  • a) Inscripción en la Sunat

Régimen General

  • 1- Están Comprendidas:

Las personas naturales y sucesiones indivisas, sociedades conyugales que ejerzan la opción prevista en el articulo 16º del texto Unico Ordenado de la Ley del impuesto a la renta aprobado por el Decreto Supremo 054-99-EF, Asociaciones de hecho, personas jurídicas que generen renta de tercera categoría detalladas en articulo 14º del TUO de la Ley. Las asociaciones de hecho Joint Ventura, consorcios, comunidad de bienes y demás contratos de colaboración empresarial que no lleven contabilidad independiente, atribuirán sus rentas a las personas naturales o jurídicas que las integran o que sean parte contratante.

Libros de Contabilidad:

El TUO de la Ley en su articulo 65º dice que las PERSONAS JURIDICAS están obligados a llevar contabilidad completa, aclarando que los otros perceptores de renta de rentas de tercera categoría, están obligados a llevar contabilidad de acuerdo a los siguientes tramos:

*Ingresos brutos anuales

*Hasta 100 UIT

Libros de ingresos y gastos

Libro de Inventario y Balances

*Mas 100 UIT

Los libros contables deberán legalizarse conforme a ley.

Libro de Planillas y Boleta de Pago

  • 1- Base legal

  • D.S. N. 001-98-TR, (22.01.98), vigente a partir del 01.02.98.

  • D.leg.861, modificada por la ley N-26612.

  • Ley N-26935(23.03.98).

  • TUPA del Ministerio de Trabajo D.S. N-007-2000-TR (17.10.2000).

  • D.S. N- 017-2001-TR(07.06.2001).

  • 2- Obligación de llevar libro de planillas

  • De conformidad con la ley N-26935 y el D.S. N-001-98-TR,D.S..

  • 017-2001-TR, las planillas de pago, sean libros, hojas sueltas o microformas, deberán ser autorizados por la Autoridad Administrativa de trabajo, antes de su utilización.

  • Es facultad del empleador llevar mas de una planilla, en función a la categoría, centro de trabajo, o cualquier otra pauta que considere conveniente durante un criterio de razonabilidad

  • En el caso de las empresas que desarrollan actividades de construcción civil, las planillas podrán ser llevadas por cada obra o en conjunto por varias obras

  • En ellas deberá indicarse el nombre o razón social del empleador, ya sea contratista o subcontratista y el nombre del propietario de la obra, salvo que este sea el empleador, de ser así se indicara que reúne ambas calidades

  • Al termino de su contrato, el contratista o subcontratista entregara al propietario de la obra una copia certificada de la planilla y los duplicados de las boletas de pago

  • Las planillas de diferentes centros de trabajo de una misma empresa, podrán ser centralizadas y llevadas en cualquiera de ellos. En este caso cada centro de trabajo deberá contar con una copia simple de las planillas que les correspondan y de las boletas que les correspondan y de las boletas de pago que se refiere el Art.18ª del presente D.S. siempre que se encuentre en una suscripción territorial distinta al de la Autoridad Administrativa de Trabajo que autorizo la planilla centralizada

Obligación de Registrar a los trabajadores en la

planilla

  • Los empleadores deberán registrar a sus trabajadores en la planilla de pago, dentro de las 72 horas de ingresados a prestar sus servicios, independientemente que se trate de un contrato por tiempo indeterminado, sujeto a modalidad o tiempo parcial

  • Tratándose de trabajadores que perciban una remuneración integral cuyo abono sea pactado por un periodo mayor a un mes, el empleador deberá registrar mensualmente en la planilla, el importe de la alicuota correspondiente a cada mes de labores y estará obligado a realizar las aportaciones mensuales de ley que afecten dicha remuneración, deduciendo

  • dichos montos en la oportunidad en que corresponda

  • 3- Autorización de las planillas de pago

  • Las planillas de pago deberán ser autorizadas previamente a su utilización por la Autoridad Administrativa de trabajo, del lugar donde se encuentre ubicado el centro de trabajo.

  • En caso de que cuenten con mas de un centro de trabajo ubicados en diferentes lugares, se podrá solicitar la autorización en cualquiera de ellos.

  • En los lugares donde no haya Autoridad Administrativa de trabajo serán los jueces de Paz Letrados respectivos, quienes autorizaran las planillas de pago

Los requisitos para la legalización del Libro de Planillas:

  • a) Legalización del Primer libro u hojas sueltas de

Planillas de Pago

  • Solicitud dirigida al Subdirector de Registros Generales y Pericias según el formato establecido, pidiendo autorización de planillas y hojas sueltas, adjuntando:

  • Libro u hojas sueltas. Las hojas sueltas deberán estar enumeradas y con el formato impreso, según lo establece el Art.14ª del D.S. N-001-98-TR.

  • Copia del Registro Unico del Contribuyente (RUC)

  • Copia simple del documento de identidad del representante legal

  • Recibo de pago efectuado en el Banco de la Nación

  • (La tasa es el 1 % de la UIT vigente a la fecha por cada 100 hojas)

  • b) Legalización del segundo y siguiente planillas de pago

  • Para efectos de la autorización del segundo libro o posteriores, así como de las hojas sueltas, el empleador adjuntara a su solicitud el libro de planillas anterior debidamente autorizado o en el caso de hojas sueltas ,la autorización anterior y la ultima hoja trabajada, dejando constancia la Autoridad Administrativa de Trabajo de su conclusión cumpliendo además los requisitos establecidos en el párrafo.

  • En el caso de perdida de planillas se debe presentar copia Certificada de la denuncia policial

  • c) Autorización para el uso de microforma

En caso de utilizar microformas, es necesario obtener la autorización de la AAT, para ello de debe presentar

  • Solicitud dirigida al subdirector de Registros Generales y Pericias en la cual, además de los datos ya mencionados anteriormente, adjuntar el certificado de idoneidad técnica expedido por el organismo competente

  • Pago de una tasa del 3% de la UIT

  • Indicar con precisión el numero de código, serie u otra referencia análoga que permita identificar individualmente el medio físico a ser utilizado.

  • La administración de trabajo emitirá una resolución autorizando el uso de la microforma, precisando la identificación del medio físico autorizado, el cual no podrá ser sustituido por rl empleador sin autorización previa

  • El empleador será responsable de proporcionar los equipos y sistemas idóneos a la Autoridad competente, de requerirlo pueden revisar el contenido de las planillas

  • 4- Contenido de las planillas de pago

  • Al inicio de las Planillas de pago(sea este el libro, hojas sueltas o microformas)

  • Los trabajadores deben registrarse por una sola vez, dentro de las 72 horas de ingresados a prestar sus servicios, debiendo registrar la siguiente información:

  • Nombre completo, sexo y fecha de nacimiento.

  • Domicilio, nacionalidad y documento de identidad.

  • Fecha de ingreso o reingreso a la empresa.

  • Cargo u ocupación

  • Numero de registro o código de asegurado o afiliado a los Sistemas Provisionales correspondientes;

  • Fecha de cese.

  • De agotarse la disponibilidad de espacio para esta información, podrán utilizarse nuevas hojas, sin necesidad de que estas sean autorizadas por la Autoridad Administrativa de Trabajo.

Las Planillas deben consignar

  • Nombre y apellidos del trabajador.

  • Remuneraciones que se abonen al trabajador, de acuerdo al Art.6 y 7 del D.S. 003-97-TR(27.03.97).

  • Numero de días y hojas trabajadas.

  • Numero de horas trabajadas en sobretiempo.

  • Deducciones de cargo del trabajador, por concepto de tributos, aportes a los sistemas provisionales, cuotas sindicales, descuentos autorizados y ordenes por mandato judicial y otros conceptos similares.

  • Los tributos y aportes de cargo del empleador.

  • Cualquier otro pago que no tenga carácter remunerativo, según el Art. 7ª de la LCPL.

  • La fecha de salida y retorno de vacaciones, salvo que por la naturaleza del trabajo o por el tiempo trabajado solo hubiera lugar al pago de la remuneración vacacional.

  • En cuanto a la remuneración vacacional, si bien se debe abonar antes del inicio del descanso, se debe registrar en el mes al que corresponde el descanso (D. Leg. 71308.11.91 y su reglamento D.S. N-º 012-92-TR 03-12-92)

  • Se consideraran cerradas las planillas en la fecha en que el empleador lo comunique a la AAT, parta ello deberá adjuntar la copia de la ultima planilla utilizada

  • La rectificación de cualquier error u omisión en las planillas se hará constar en la hoja siguiente a la ultima utilizada, debiendo expedirse una boleta que contenga la información rectificada u omitida, la misma que deberá ser firmada por el trabajador, caso contrario corresponderá al empleador la prueba respecto del pago de remuneración.

Pago de Remuneraciones y entrega de la Boleta de Pago

  • El pago de las remuneraciones se acredita con una Boleta de Pago, firmada por el trabajador o con una constancia respectiva, cuando aquel que se haga a través de terceros sin perjuicio de la entrega de la boleta al trabajador a mas tardar el tercer día hábil siguiente a la fecha de pago.

  • La Boleta de Pago debe contener los mismos datos que figuran en las planillas y debe ser sellada y firmada por el empleador o representante legal. El duplicado de la boleta de pago quedara en poder del empleador, esta deberá ser firmada por el trabajador, o si el trabajador no supiera firmar, imprimirá su huella digital. Sin embargo si el empleador lo considera por conveniente, la firma de la boleta por el trabajador será opcional. En este caso corresponderá al empleador la carga de la prueba respecto al pago de la remuneración. La firma del trabajador en la boleta de pago no implicara renuncia por este a cobrar las sumas que considere le corresponden y no figuran en la boleta

  • Presentación al Ministerio de Trabajo y Promoción Social de la Hoja de Resumen de Planillas del mes de Junio

  • Base Legal: D.S. N-º 007-TC DE 27.05.1968; D.S. N-º 018-85-TR DE 2.07.1985; Directiva N-º 001-2001- TR/OETP

  • Las empresas sean persona s naturales o jurídicas, incluidos las cooperativas de trabajadores cuyos trabajadores están sujetos al régimen Laboral de la actividad privada, están obligados a presentar anualmente la Hoja de Resumen de Planillas de Remuneraciones, correspondientes al mes de junio del año respectivo, de acuerdo a la Directiva que se expida sobre el particular

  • 5- Infracciones y Sanciones relacionadas con la obligación de llevar el libro de planillas

  • Una de las obligaciones generales que todo empleador debe considerar o tener en cuenta, es la de llevar Planillas de pago de Remuneraciones

  • Por lo tanto, si tal incumplimiento fuera verificado en un Procedimiento de inspección de trabajo, realizado por la Autoridad Administrativa de trabajo, el empleador recibirá una multa

  • Conservación de las Planillas y Entrega a la ONP

  • Los empleadores, cualquiera sea su forma de constitución y siempre que no formen parte del Sector Publico Nacional, están obligados a conservar sus libros, correspondencia y otros documentos relacionados con el desarrollo de su actividad empresarial por un periodo que no excederá de 5 años contados a partir de la ocurrencia del hecho, la emisión del documento o el cierre de las planillas. Pasado ese periodo, las planillas de pago deberá ser entregado a la Oficina de Normalización Previsional (ONP)

Asignación Familiar

  • 1- Base Legal

  • Ley N-º 251239 del 04.12.89 – Ley de Asignación Familiar.

  • D.S. N-º 035-90-TR DE 06.06.1990. Reglamento de la Ley de Asignación Familiar.

  • 2- Protección del Derecho

  • Los trabajadores de la actividad privada cuyas remuneraciones no se regulen por negociación colectiva, tienen derecho apercibir el 10% de la Remuneración Mínima Vital vigente en la oportunidad en que corresponde percibir el beneficio.

  • La Asignación Familiar tiene carácter y naturaleza remunerativa

  • 3- Requisitos para su percepción:

  • Tienen derecho a percibir la asignación, los trabajadores que se encuentren con vinculo laboral vigente y que tengan a su cargo uno o mas hijos menores de 18 años, el trabajador esta obligado a acreditar la existencia del hijo o hijos que tuviere.

  • Los trabajadores que tengan hijos, que al cumplir la mayoría de edad se encuentren realizando estudios superiores o universitarios, por un máximo de 6años posteriores al cumplimiento de dicha mayoría de edad.

  • En el caso de que ambos padres trabajen en una misma empresa, ambos trabajadores tendrán derecho a percibir este beneficio.

  • Si un trabajador labora para mas de un empleador, tendrá derecho a percibir la Asignación Familiar por cada empleador

  • 4- Oportunidad de Pago

  • La Asignación Familiar será abonada por el empleador bajo la misma modalidad con que viene efectuando el pago de las remuneraciones a sus trabajadores.

Bonificación por Tiempo de Servicios

  • 1. Base Legal

  • 2. Generalidades

  • Los trabajadores que en aplicación a la 5ta disposición complementaria, transitoria del TUO de la Ley de Productividad y Competitividad Laboral, hayan alcanzado el derecho a la Bonificación por Tiempo de Servicios, continuaran percibiendo dicho beneficio

  • 3. Trabajadores con Derecho

  • Tienen derecho a esta bonificación los trabajadores comprendidos en el régimen laboral de la actividad privada que al 28 de julio de 1995 hubiera alcanzado el derecho a ella, como sigue

  • a) Las trabajadoras, empleadas y obreras que al 28 de julio de 1995 hayan alcanzado 25 años de servicios al mismo empleador tienen derecho a percibir una bonificación del 25% de la remuneración mensual computable (Remuneración básica y horas extras) que perciba la trabajadora.

  • El monto de la bonificación será del 25% de la remuneración mensual, pero se incrementa al 30% cuando ala trabajadora cumpla 30 años de servicio al mismo empleador

  • B)Los Trabajadores, empleados y obreros que al 28 de julio de 1995

  • hayan alcanzado 30 años de servicio al mismo empleador, tienen derecho a percibir una bonificación del 30% de la remuneración mensual computable que perciba el trabajador

Ley 24504 y Tercera Disposición Transitoria y Final del D. Leg N-º688

  • 4. Artículos Derogados

  • El Art. 19 al 23 del D. Leg 688fueron derogados por Ley 26513. Sin embargo, según la 5ta Disposición Complementaria y Transitoria del TUO del D. Leg 728, estas bonificaciones se seguirán abonándose a los trabajadores que ya habían alcanzado derecho a ellas.

Compensación Por Tiempo de Servicios

  • 1. Base Legal:

  • TUO del D. Leg 650 aprobado por D.S. N-001-97-tr (01.03.97)

  • Reglamento de la Ley de CTS. D.S. N-004-97-TR(15-04-97)

  • Ley N-27326 Ley por la que se modifica el Art.57 del TUO de la Ley de CTS. (24.07.2000).

  • D.U. Nº 070-2000, Prorroga de Convenios Individuales de Sustitución de Depositario y el traslado de Deposito Acumulados por CTS., (06.09.2000).

D.U. N° 127.2000. Depósitos Mensuales de CTS. (30.12.2000)

  • 2. Naturaleza de la CTS.

La Compensación por Tiempo de Servicios, tiene la calidad de beneficio social de previsión de las contingencias que origina el cese en el trabajo y de promoción del trabajador y su familia, su deposito esta a cargo del empleador Sus depósitos, intereses, traslados, retiros parciales y totales, están infectos o en su caso exonerados, de todo tributo creado o por crearse ,incluido el impuesto a la Renta

La compensación por Tiempo de Servicios devenga desde el primer mes de iniciado el vinculo laboral, cumplido en el mes de trabajo toda fracción de tiempo se computa por treintavos

  • 3. Característica de la CTS

A) Es intangible: Los depósitos de la CTS. ,incluidos sus intereses , son intangible e inembargables, salvo por juicio de alimentos hasta el 50%. Su abono procede al cese del trabajador, a excepción de lo retiros parciales y en caso de impugnación de un despido nulo en que la CTS. y sus intereses se entrega al trabajador

B)Tiene calidad de bien común: , a partir del matrimonio civil o de

Transcurridos 2 años continuos de la unión de hecho. Art. 39 D.S. 001-97-TR.

C) La CTS. acumulada al 31.12.90 así como los depósitos e intereses, siempre que no exceda en conjunto del 50% del beneficio, pueden garantizar

  • Sumas adeudadas por los trabajadores a sus empleadores por concepto de prestamos, adelantos de remuneración, venta o suministro de mercadería producida por su empleador.

  • Prestamos y sus intereses otorgados al trabajador por la Cooperativas de Ahorro y Crédito a que pertenece.

Prestamos y sus intereses otorgados al trabajador por los depositarios

  • 4. Remuneraciones Computables

  • Conceptos remunerativos que conforman la Remuneración Computable Son remuneración computable la remuneración básica y todas las cantidades fijas y permanentes que regularmente perciba el trabajador, en dinero o en especie como contraprestación de su labor, cualquiera sea la denominación que se les de siempre que sean de su libre disposición. Se incluye en este concepto la alimentación principal

  • Alimentación Principal: Se entiende por alimentación principal el desayuno, almuerzo o refrigerio de mediodía cuando los sustituye, y la cena o comida, otorgada en dinero o en especie, con o sin rendición de cuentas.

  • La alimentación principal otorgada en especie se valoriza de común acuerdo, de lo contrario, regirá la que establezca el Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición u organismo que lo sustituya.

  • La alimentación otorgada en especie a través de concesionarios , u otras formas que no impliquen pago en efectivo , se valorizada con el importe que tenga el ultimo día laborable del mes anterior a aquel en que se efectúe el deposito correspondiente.

  • Remuneración en Especie:

  • Se entiende por tal los bienes que recibe el trabajador como contraprestación del servicio. Se valorizara de común acuerdo, o a falta de este, por el valor del mercado

  • Remuneraciones variables o imprecisas. (Horas Extras, Comisiones)

  • Para ser consideradas como computables para la CTS. las remuneraciones variables o imprecisas deben haber sido percibidas por lo menos 3 meses el respectivo semestre.(Deposito semestral)

  • Según el D.S. N-001-2001-TR, Art. 4. . Determina que las remuneraciones complementarias de naturaleza variable o imprecisa que corresponde percibir en el mes, forman parte de la remuneración computable para CTS. , independientemente de si cumplen o no con el requisito de regularidad. (Depósitos Mensuales de CTS.)

  • Remuneración principal imprecisa

  • Cuando la remuneración principal sea variable o imprecisa, la remuneración computable se establece en base al promedio de las comisiones, destajo o remuneración principal imprecisa percibidas por el trabajador en el semestre respectivo.

  • Remuneraciones de periodicidad Semestral(Gratificaciones de Fiestas Patria y Navidad

  • Se incorporan a la remuneración computable a razón de un sexto de lo percibido en el semestre respectivo. (Deposito CTS. semestral)

  • Se incorporan a la remuneración computable de CTS. en el mes en que corresponde percibirlas en su totalidad. (Deposito CTS. mensual)

  • Remuneraciones de periodicidad mayor a un semestre: Siempre que la periodicidad no sea mayor a un año serán a razón de un dozavo de lo percibido en el semestre respectivo.

  • Remuneraciones de periodicidad menor a un semestre pero superior a un mes

  • Los montos percibidos se incorporan a la remuneración computable

dividiendo el resultado de la suma de ellos entre seis

  • 5. Remuneraciones no Computables

  • Gratificaciones extraordinarias: u otros pago que perciba el trabajador ocasionalmente, a titulo de liberalidad del empleador o que hayan sido materia de convenios colectivos o aceptados en los procedimientos de conciliación o mediación.

  • Cualquier forma de participación de las utilidades de la Empresa.

  • El costo o valor de las condiciones de trabajo.

  • La canasta de Navidad o similares.

  • El valor del transporte, siempre que este supeditado a la asistencia al centro de trabajo y que razonablemente cubra el respectivo traslado. Se incluye en este concepto el monto fijo que el empleador otorgue por pacto individual o convención colectiva, siempre que cumpla con los requisitos mencionados.

  • La asignación o bonificación por Educación siempre que sea un monto razonable y se encuentre debidamente sustentado. Esta asignación comprende a las otorgadas con ocasión de los estudios escolares, superiores, técnicos o universitarios e incluye todos aquellos gastos que se requieran para el desarrollo de los estudios respectivos, como uniformes, útiles educativos y otros de similar naturaleza.

  • Las asignaciones o bonificaciones por cumpleaños, matrimonio, nacimiento de hijos, fallecimiento, otras de igual naturaleza. Igualmente, las asignaciones que se abonen con motivo de determinadas festividades siempre que sean consecuencia de una negociación colectiva.

  • El refrigerio que no constituya alimentación principal.

  • Los bienes que la empresa otorgue a sus trabajadores, de su propia producción, en cantidad razonable, en cantidad razonable para su consumo directo y de su familia.

  • La alimentación proporcionada directamente por el empleador que tenga calidad de condición de trabajo por ser indispensable para la prestación de los servicios, o cuando se derive de mandato legal.

Todos aquellos montos que se otorgan al trabajador para el cabal desempeño de su labor, o con ocasión de sus funciones, tales como movilidad, viáticos, gastos de representación, vestuario y en general todo lo que razonablemente cumpla tal objeto y no constituya beneficio o ventaja patrimonial para el trabajador

  • 6. Tiempo de Servicios Computables

  • Se considera como computable para el tiempo de

servicios los días de trabajo efectivamente prestados en el Perú y mantenga vinculo laboral vigente con el empleador

  • Por excepción también son computables:

  • Las inasistencias motivadas por accidentes de trabajo o enfermedad v profesional o por enfermedades comprobadas, en todos los casos hasta por 60 días al año. Se computan en cada periodo anual.

  • Los días de descanso pre y post natal.

  • Los días de suspensión de la relación laboral con pago de remuneraciones por el empleador.

  • Los días de huelga, siempre que no haya sido declarado improcedente o ilegal.

  • Los días que devenguen remuneraciones en un procedimiento de calificación de despido, de reposición o de nulidad de despido, según corresponda, de acuerdo a las disposiciones legales pertinentes.

  • Los días de inasistencia justificada, así como los días no computables sé deducirán del tiempo de servicios a razón de un treintavo por cada uno de estos días

  • 7. Trabajadores con Derecho a CTS.

  • Tienen derecho a la Compensación por Tiempo de Servicios los trabajadores de la actividad privada que laboren como mínimo cuatro (4) horas o más en promedio diario o 20 semanales y que hayan cumplido por lo menos un mes de labor.

  • Los trabajado sujetos al régimen laboral y compensatorio común de la actividad privada, aun cuando tuvieran un régimen especial de remuneración. La determinación de la remuneración computable se efectuara atendiendo a dicho régimen especial.

  • Los socios trabajadores de las cooperativas de Trabajadores, tiene derecho a percibir la CTS, de conformidad con el TUO de la Ley de CTS, aprobado por el D.S. 001-97-TR Este derecho sustituye al Fondo de Retiro u otro concepto similar que estuvieran percibiendo los trabajadores a la entrada en vigencia del D.S. N- 004-98-TR (vigencia a partir del 19.07.98) Trabajadores sin Derecho a CTS.:

  • Los trabajadores que laboren menos de 4 horas en promedio diario

  • Los trabajadores que hayan laborado menos de 1 mes

  • Los trabajadores sujetos a regímenes especiales de CTS como:

  • Construcción Civil

  • Pescadores

  • Trabajadores del HOGAR

  • Artistas

  • Otros que estén regidos por sus propias normas

  • Los que perciban 30% o más del importe de las tarifas que paga él publico por los servicios. No se considera tarifa las remuneraciones de naturaleza imprecisa, tales como las comisiones o destajo. Incumplimiento del Empleador:

  • Cuando el empleador no efectúe el pago directamente o no realice los depósitos anuales, semestrales o mensuales, queda obligado a pagar los intereses que hubiera generado el deposito de haberlo efectuado oportunamente, y en su caso a asumir la diferencia de cambio de haber sido solicitado el mismo en moneda extranjera.

  • A efecto del pago de intereses se aplicara la tasa que paga el banco donde el trabajador tiene cuenta CTS, o la tasa promedio publicada por la SBS, en caso de no tener cuenta corriente para CTS, el interés en caso de depósitos semestrales o anuales se aplicara desde el día siguiente al vencimiento del deposito hasta la fecha de realización efectiva del mismo.

  • En el caso de cese del trabajador, este interés se calculara con la tasa bancaria hasta cumplidas las 48 horas del cese del cese del trabajador. A partir de allí los intereses se calcularan con la tasa legal laboral. Reintegros y Depósitos en Exceso de la CTS:

  • Depósitos Diminutos: Si el empleador hubiera realizado depósitos diminutos queda obligado a efectuar el reintegro correspondiente con los intereses y diferencia de cambio de ser el caso.

  • Por incrementos de Remuneraciones: Si por incremento de remuneraciones tuviera que hacerse un reintegro de la CTS. este se depositara sin intereses dentro de los 15 días naturales posteriores a la fecha de publicación de la disposición gubernamental, o de la firma de la convención colectiva o de la notificación del laudo arbitral, o en la fecha en que se hizo efectiva la decisión unilateral del empleador o de cualquier otra forma de conclusión de la negociación colectiva que señala la ley ,según corresponda.

  • Depósitos en Exceso: Los montos que se depositen en exceso corresponden al empleador y podrán imputarse al siguiente o siguiente depósitos, hasta agotarse, no constituyendo precedente para los que se efectúen en el futuro, salvo convenio o decisión unilateral del empleador que expresamente los incluyan en la remuneración computable.

  • Pacto de Remuneración Integral donde se incluye la CTS.:

  • El empleador podrá pactar con el trabajador que perciba una remuneración mensual no menor a 2 UIT, una remuneración integral computada por periodo anual, que comprenda todos los beneficios legales y convencionales aplicables a la empresa, con excepción de la participación de utilidades(Art. 8 del D.S.003-97-TR., Ley de productividad y Competitividad Laboral y Art. 2 D.S. N-004-97-TR).De esta manera el empleador se vera librado de hacer depositas semestrales de la CTS.

  • 8. Aplicación

La compensación por tiempo de servicios, sus intereses, depósitos, traslados, retiros parcial y total, están infectos o exonerados de todo tributo creado o por crearse incluso el impuesto a la Renta. Así como los aportes al Instituto Peruano de Seguridad Social para los regímenes de salud, accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y para el sistema nacional de pensiones. Depósitos de CTS. anual

Según Disposición Transitoria del D.S. N-001-97-TR: dispone que la CTS, acumulada al 31 de diciembre de 1990, deberá ir siendo entregado por el empleador al depositario elegido por el trabajador, dentro del primer semestre de cada año y con efecto cancelatorio, en un plazo máximo de 10 años contados a partir del 13 de marzo de 1991 inclusive , debiendo finalizar este plazo el 13 de marzo de 2001

  • En el caso de que el empleador haya pactado u optado por los convenios para actuar como depositario y se haya acogido a la prorroga de convenios incluyendo en esta prorroga las reservas acumuladas, según el D.U. N-070-2000, entonces el empleador tendrá la opción de poder seguir siendo el depositario de la CTS. de sus trabajadores hasta el 21 de diciembre de 2001, e iniciar la transferencia de la CTS. a la Entidad Financiera elegida por el trabajador

  • c) Impuesto a la Renta

Régimen General

  • 2- Están Comprendidas:

Las personas naturales y sucesiones indivisas, sociedades conyugales que ejerzan la opción prevista en el articulo 16º del texto Unico Ordenado de la Ley del impuesto a la renta aprobado por el Decreto Supremo 054-99-EF, Asociaciones de hecho, personas jurídicas que generen renta de tercera categoría detalladas en articulo 14º del TUO de la Ley. Las asociaciones de hecho Joint Ventura, consorcios, comunidad de bienes y demás contratos de colaboración empresarial que no lleven contabilidad independiente, atribuirán sus rentas a las personas naturales o jurídicas que las integran o que sean parte contratante.

Pagos a cuenta del impuesto a la renta:

Los contribuyentes que obtengan rentas de tercera categoría, abonaran con carácter de pago a cuenta, cuotas mensuales con arreglo a alguno de los sistemas siguientes:

  • A. Sistema de Coeficientes:

Pago a cuenta Coeficiente x Ingresos Netos Mensuales Coeficiente

  • 1. Ene a Dic. = edu.red

En este caso, de no existir impuesto calculado en el ejercicio precedente al anterior se aplicara el método previsto en el inciso

  • 2. Cuando recién inicia sus actividades en el año

2% x ingresos netos

Nota: El coeficiente obtenido se debe expresar con cuatro decimales

Base legal: Inciso a) ARTICULO 85ª TUO; inciso a)y b) articulo

54ª D.S. N° 122-94-EF.

Formalidades:

Presentar el formulario Nº 125, el cual tendrá carácter de declaración jurada y deberá contener la información, requisitos y condiciones para la presentación de la referida declaración, de acuerdo a lo establecido por la SUNAT

Plazo: Dentro del mes siguiente del pago a cuenta cuyo coeficiente se modifica, de acuerdo al cronograma de vencimientos en función del ultimo dígito del RUC

El coeficiente modificado será de aplicación para la determinación de los pagos a cuenta correspondientes a los meses de julio a diciembre de dicho ejercicio, siempre que la modificación se efectúe dentro del plazo para el pago a cuenta del mes de julio. Si la modificación del coeficiente se realizara con posterioridad, el nuevo coeficiente se aplicara a los pagos a cuenta del ejercicio cuyo plazo de presentación y pago no hubiese vencido a la fecha de presentación del balance.

El balance deberá ser registrado en el Libro de Inventarios y Balance a valores históricos.

Los ajustes por inflación se efectuaran extra contablemente

Base legal: Tercer párrafo inciso a)Articulo 85ª TUO; Inciso b Artículos 54º D.S. Nº 122-94-EF; modificado por el D.S. Nº 194-99-EF ; Artículos 1º, 3 º y 4º Resolución de Superintendencias Nº 080-95/SUNAT)

B) Sistema del 2% de los Ingresos Netos: Este sistema consiste en aplicar sobre el monto de los ingresos netos del mes la tasa del 2%.

Sujetos que deben acogerse a este sistema Deben acogerse a este sistema: los que inician sus actividades en el presente año

En el caso que no existiera impuesto calculado en el ejercicio precedente al anterior, para el pago de enero y febrero de los contribuyentes que se encuentre en el sistema a de pagos a cuenta.

El nuevo porcentaje se aproxima a dos decimales y se aplica a los pagos a cuenta a partir del mes que se modifica. Los contribuyentes que hubieran modificado el porcentaje con el balance acumulado al 31 de Enero, deben incrementar o disminuir, según corresponda, dicho porcentaje de acuerdo al balance acumulado al 30 de junio. El nuevo porcentaje será de aplicación para la determinación de los pagos a cuenta de julio a diciembre del ejercicio, cuyo plazo de presentación y pago no hubiese vencido a la fecha de presentación de balance. Si el contribuyente no cumple con presentar el balance al 30 de junio, la SUNAT determinara el nuevo porcentaje de acuerdo con el procedimiento indicado; de no contarse con los datos necesarios la SUNAT podrá fijar el porcentaje en 2% a partir del mes de julio durante todo el segundo semestre, o hasta que se presente el referido balance. B.2.2

Modificación del porcentaje al 30 de junio

a partir del pago a cuenta del mes de julio

Procedimiento

Elaborar un balance al 30 de junio

Determinar la Renta Neta Imponible (R.N.I.)

Deducir seis dozavos (6/12) de las perdidas tributarias arrastrables al 31 de diciembre del ejercicio anterior

Aplicar el 30 por ciento sobre la R.N.I. = Impuesto calculado (I.C.)

edu.red

El nuevo porcentaje se aproxima a dos decimales y se aplica a los pagos a cuenta a partir del mes que se modifica

Plazo: Dentro del mes siguiente del pago a cuenta cuyo coeficiente se modifica, de acuerdo al cronograma de vencimiento del ultimo dígito del RUC.

El balance deberá ser registrado en el libro de Inventarios y Balances a valores históricos.

Los ajustes por inflación se efectuaran extra contablemente.

Base Legal: Inciso b) Art. 85º TUO; e)y f)Art. 54º D.S. Nº 122-94-EF, modificado por el D.S. Nº 194-94-EF .

  • d) Impuesto General a las Ventas

Pague sus impuestos a la renta e IGV en el formulario de Declaración pago 119 0 PDT.

Calcule su impuesto a la renta aplicando la tasa del 2% sobre sus ingresos netos del mes.

Calcule su IGV Aplicando la tasa del 18%.

Si abona remuneraciones deberá pagar el Impuesto Extraordinario de solidaridad (IES) Con la tasa 2%.

Si tiene trabajadores que perciban renta de 5ta categoría pagara el impuesto a la renta obtenido en el formulario 402 o PDT Remuneraciones, según el caso.

A partir del 03 de Abril del año 2000, se encontraran obligados a presentar en el PDT IGV – RENTA Mensual, aquellos contribuyentes que se encuentren obligados a presentar alguna declaración Determinativa de acuerdo a lo regulado en la Resolución 002-2000/ Sunat y los que adquieran arroz que utilicen como crédito fiscal el IGV e IPM con la tasa del 5%.

Los contribuyentes no obligados a presentar PDT deberán seguir presentando sus declaraciones mensuales en el formulario 118, salvo el caso que opten voluntariamente por hacerlo en PDT, en cuyo caso surgirá la obligación de utilizar dicho medio informático para los periodos siguientes.

El PDT podrá ser empleado desde el periodo tributario enero 1998 para regularizar la presentación de las declaraciones de los deudores tributarios.

  • e) Es Salud

Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud (RCSSS):

La Ley Nº 27056(30.01.99) creo el Seguro Social de Salud (ESSALUD) en reemplazo del Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS) como un organismo publico descentralizado con personería jurídica de creo el Seguro Social de Salud (ESSALUD) en reemplazo del Instituto Peruano de Seguridad Social (IPSS) como un organismo publico descentralizado con personería jurídica de derecho publico interno, con la finalidad de dar cobertura a los asegurados y sus derechos ha bientes a través de diversas prestaciones que corresponden al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud (RCSSS), así como mediante otros seguros de riesgos humanos. Este seguro se complementa con los planes de salud brindados por las Entidades Empleadoras ya sea en establecimiento propio o con planes contratados con Entidades Prestadores de salud ( EPS )

Debidamente constituidas. Su funcionamiento es financiado con sus propios recursos. Se regula por la ley Nº 26790 (17.05.97) y su reglamento D.S. Nº 009-97-TR (09.09.97) Y LA ley Nº 27056 (30.01.99) Reglamento D.S. Nº 02-99-TR (27.04.99).

A)- Asegurados al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud

  • a) Afiliados Regulares

Los trabajadores activos que laboran bajo relación de dependencia o en calidad de socios de cooperativas de trabajadores, cualquiera sea el régimen laboral o moralidad a la cual se encuentren sujetos.

Los pensionistas que perciben pensión de jubilación incapacidad o de supervivencia, cualquiera sea el régimen legal al cual se encuentren sujetos.

Los trabajadores del hogar siempre que laboren en una jornada mínima de 4 horas diarias

B )Derecho habientes a los afiliados regulares

Son derecho habientes de conjugue o el concubina al que se refiere el articulo 326º del código civil, así como los hijos menores de edad o mayores incapacitados en forma total y permanente para el trabajo, siempre que no sean afiliados obligatorios.

La calidad del asegurada derecho habiente deriva de su condición de dependiente del afiliado regular.

Base legal: Articulo 3º Ley Nº 26790 (17.05.97), Articulo 7º D.S. Nº -009-97-Ss.a. (09.09.97).

Registro y Afiliación:

a) Afiliados regulares: Son afiliados y registrados por las Entidades Empleadoras respectivas. La inscripción es obligatoria.

Las Entidades Empleadoras tienen la obligación de registrarse como tales ante el ESSALUD.

BASE Legal: Art. 5º Ley 26790 (17.05.97) , Art. 30º 31º 32º D.S. Nº 009-97-S.A. (09.09.97)

Plazo para la Declaración y el pago de las Aportaciones

En virtud de que la Ley 27056 (30.01.99) establece que el ESSALUD puede delegar en otras entidades las facultades de recaudación, fiscalización, determinación y cobranza se firmo el convenio Marco SUNAT- ESSALUD para que la SUNAT brinde un servicio integral de recaudación y control de las aportaciones administradas por ESSALUD ,en amparo de lo dispuesto por la Ley Nº 27038 que modifican el código tributario.

En ese sentido, salvo que se dicte disposición en contrario, para la declaración y el pago de las aportaciones se aplicara el cronograma de pagos aprobado para las obligaciones tributarias cuya recaudación están a cargo de la SUNAT.

Por nota de prensa, ESSALUD a comunicado que el plazo para hacer los pagos del seguro independiente será el ultimo día hábil de cada mes.

Recargos por Mora:

Mediante la Resolución Ministerial Nº085-99 –EF/66 (20.04.99),se preciso que a partir del 01-01-99 seria de aplicación RM Nº 115-93-EF/66(04-06-93) en lo que respecta a la determinación de la TIM aplicable a las aportaciones administradas por el ESSALUD y por la ONP.

Partes: 1, 2, 3, 4
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