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Alcances Gubernamentales para Erradicar la Violencia Contra la Mujer y la Familia en Venezuela (página 2)


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Es por esto que se plantea dar a conocer a través de foros de divulgación comunitaria, los alcances obtenidos por el gobierno Nacional, en materia jurídica, sobre la erradicación de la violencia contra la mujer y la familia de una forma general con el fin de proporcionarle herramientas a las personas afectadas y a los miembros de las diversas comunidades, destacando la suma importancia que tiene el conocimiento de la nueva "ley orgánica sobre el derecho a las mujeres a una vida libre de violencia" que por su novísima vigencia es de ignorancia a los ciudadanos; o que si se conoce de esta a duras penas solo se llega a creer que se trata de una ley feminista que solo ampara a estas y no lo que en verdad engloba la norma como tal "Protección Integral de la familia"

Delimitaciones

Pueden existir varias limitantes para dar a conocer los Alcances Gubernamentales para Erradicar la Violencia Contra la Mujer y la Familia en Venezuela a través de Foros de Divulgación Comunitaria, entre la cuales podemos enumerar:

  • 1. Falta de apoyo de los entes gubernamentales para dar a conocer sus Alcances en cuanto a Erradicar la Violencia Contra la Mujer y la Familia en Venezuela.

  • 2. Falta de recursos económicos, materiales y humanos para la estructuración del Foros de Divulgación Comunitaria.

  • 3. Disposición de un espacio físico que facilite la realización del Foros de Divulgación Comunitaria

CAPITULO II

Marco Teórico

Antecedentes de la Investigación

Coronel (2.006), en una monografía titulada: "Maltrato a la mujer", en sus conclusiones deduce "el abuso y maltrato contra la mujer afecta enormemente la salud no sólo de ella sino también de sus hijos o personas de su entorno. Por tanto, existe un riesgo de que la violencia predisponga a la mujer a la mala salud. Un número cada vez mayor de estudios acerca de la salubridad indica el aumento de los efectos negativos de la violencia", es por lo antes expuesto, que la violencia contra la mujer es un problema que compete y afecta todos los ámbitos sociales, culturales, y gubernamentales, ya que no es menos cierto que la mujer, es el pilar fundamental en vida de todo ser humano y la sociedad.

Salazar (2.004), en un estudio realizado sobre la violencia en la pareja, para la Universidad de Los Andes Escuela de Criminología. Concluye que "La violencia se ha convertido en un patrón de socialización, que es trasmitido de generación en generación, el cual abarca todos los ámbitos de la vida del individuo, desde su lenguaje hasta su forma de relacionarse, por lo que es necesario ·promover y desarrollar políticas educativas y sociales en el cual el Estado sea garante del cumplimiento de las mismas", en tal sentido se puede deducir que a través del tiempo la violencia se ha incrementado a tal punto que se encuentra inmersa en todos los espacios de la vida cotidiana, igualmente se puede considerar que una de las principales causa del incremento de la violencia contra la mujer ha sido la falta de políticas educativas y sociales que promuevan, y divulguen, la erradicación de la violencia contra la mujer y la familia.

Torres M. (2004). Violencia contra las mujeres y derechos humanos. Aspectos teóricos y jurídicos. "Cualquier política pública o programa específico cuyo objetivo sea erradicar la violencia de género tiene que articular varios frentes (cultural, educativo, social, laboral, etc.), pero sobre todo debe subrayar la construcción de relaciones equitativas entre los géneros. La legislación es sólo un componente más, insuficiente para producir cambios sustanciales y a largo plazo. La lucha contra la violencia debe darse en múltiples batallas".

Bases Teóricas

LA VIOLENCIA

Se define violencia como el uso de la fuerza (verbal, física y/o psicológica) sobre el cuerpo, la voluntad, el deseo y los afectos de otras personas (Buvinic et al., 1981). Se ejerce cuando una persona más fuerte, o con mayor autoridad y poder, atenta contra los bienes, la libertad, la salud y los derechos humanos de otras personas amenazándolas, causándoles daño u obligándolas a realizar actividades en contra de su voluntad y sus derechos.

En la mayoría de las culturas, las mujeres y los niños/as suelen encontrarse en condiciones de menor poder, lo que les hace más vulnerables a ser víctimas de violencia.

La violencia es un comportamiento deliberado que resulta, en daños físicos o psicológicos a otros seres humanos, o más comúnmente a otros animales o cosas y se lo asocia, aunque no necesariamente, con la agresión, ya que también puede ser psicológica o emocional, a través de amenazas u ofensas. Algunas formas de violencia son sancionadas por la ley o la sociedad, otras son crímenes-

La violencia se origina en la falta de consideración hacia la sociedad en que vivimos, si creamos mayor conciencia en nosotros mismos, si analizamos que la violencia no es la mejor forma de alcanzar las metas, de seguro nuestra sociedad crecería y se desarrollaría.

La Violencia Contra La Mujer

La violencia hacia las mujeres es denominada violencia de género o violencia basada en género (VBG)2 y se refiere a la que éstas sufren por el hecho de ser mujeres, como una expresión de las relaciones de poder entre hombres y mujeres.

Este tipo de violencia puede darse en el ámbito de la familia, en el lugar de trabajo, en la escuela, en la comunidad, en la calle, en las instituciones.

La violencia o malos tratos hacia la mujer afecta a millones de mujeres en el mundo entero, independientemente de su situación socioeconómica y cultural.

Las Naciones Unidas definen la violencia contra la mujer como todo acto de violencia basado en el género que tiene como resultado posible o real un daño físico, sexual o psicológico, incluidas las amenazas, la coerción o la privación arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o en la privada.

Hay muchas formas de violencia contra la mujer, incluidos el abuso sexual, físico o emocional por la pareja; el abuso físico o sexual por familiares u otras personas; el acoso y el abuso sexual por figuras de autoridad (como profesores, funcionarios de policía o empleadores); el tráfico para trabajos forzados o explotación sexual; y prácticas tradicionales tales como los matrimonios forzados o infantiles; la violencia relacionada con la dote; y los homicidios por honor, en que se sacrifica a la mujer para proteger el honor familiar. Los abusos sexuales sistemáticos en las situaciones de conflicto son otra forma de violencia contra la mujer.

La Violencia en las Etapas de la Vida

La violencia tiene un efecto profundo sobre la mujer. Empieza antes del nacimiento, en algunos países, con abortos selectivos según el sexo. O al nacer, cuando los padres desesperados por tener un hijo varón pueden matar a sus bebés del sexo femenino. Y sigue afectando a la mujer a lo largo de su vida. Todos los años, millones de niñas son sometidas a la mutilación de sus genitales. Las niñas tienen mayor probabilidad que sus hermanos de ser violadas o agredidas sexualmente por miembros de su familia, por personas en posiciones de poder o confianza, o por personas ajenas. En algunos países, cuando una mujer soltera o adolescente es violada, puede ser obligada a contraer matrimonio con su agresor, o ser encarcelada por haber cometido un acto "delictivo". La mujer que queda embarazada antes del matrimonio puede ser golpeada, condenada al ostracismo o asesinada por sus familiares, aunque el embarazo sea producto de una violación.

Después del matrimonio, el riesgo mayor de violencia para la mujer sigue habitando en su propio hogar, donde su esposo y, a veces la familia política, puede agredirla, violarla o matarla. Cuando la mujer queda embarazada, envejece o padece discapacidad mental o física, es más vulnerable al ataque.

La mujer que está lejos del hogar, encarcelada o aislada de cualquier forma es también objeto de agresión violenta. Durante un conflicto armado, las agresiones contra la mujer aumentan, tanto de parte de las fuerzas hostiles como de las "aliadas". (Anexo Nro 01)

Tipos de Violencia

La Asamblea General de las Naciones Unidas aprueba en 1993 la "Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer" en la que se describen las expresiones de la violencia basada en género (VBG), las cuales incluyen:

Violencia Psicológica o Emocional:

Constituye toda acción u omisión que cause daño, dolor, perturbación emocional, alteración psicológica o disminución de la autoestima de la mujer. La violencia psicológica está presente también en los casos de violencia física y sexual. Incluye los siguientes actos: amenaza de daño, aislamiento físico y social, celos extremos y posesión, privación, intimidación, degradación y humillación; llamar a la víctima con nombres peyorativos, criticarla, insultarla, devaluarla constantemente; ignorar, minimizar o ridiculizar sus necesidades y sus logros.

Violencia Física:

Es considerada como todo acto de fuerza que cause daño, dolor o sufrimiento físico en las personas agredidas, cualquiera que sea el medio empleado y sus consecuencias, sin considerarse el tiempo que se requiera para su recuperación. La violencia física puede incluir los siguientes maltratos: empujar, abofetear, golpear, patear; atacar con un arma; sujetar, amarrar o recluir; dejar a la víctima en un lugar peligroso; negar ayuda a la víctima estando enferma o herida. La violencia contra el patrimonio de la víctima también es considerada violencia física en la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia.

Violencia Sexual:

Se considera todo maltrato que constituya imposición en el ejercicio de la sexualidad de una persona y que la obligue a tener relaciones u otras prácticas sexuales con el agresor o con terceros, mediante el uso de la fuerza física, intimidación, amenazas o cualquier otro medio coercitivo. La violencia sexual incluye los siguientes actos: tratar de que la víctima realice actos sexuales en contra de su voluntad; intentar tener actividad sexual con la víctima cuando no está totalmente consciente, no se le pregunta o ella siente temor a negarse; producir daño físico durante la relación sexual, o lesionar sus genitales, incluyendo el uso de objetos o armas, de manera intravaginal, oral o anal; obligar a la víctima a tener relaciones sexuales sin protección anticonceptiva o contra Infecciones de Transmisión Sexual (ITS); criticar y utilizar palabras sexualmente degradantes para la víctima.

Violencia económica:

Es el ejercicio abusivo del poder que incluye el control y manejo, por parte del hombre, de dinero, propiedades y, en general, de los recursos de la familia. Algunas manifestaciones de este tipo de violencia son: hacer que la mujer tenga que dar todo tipo de explicaciones cada vez que necesita dinero; dar menos dinero del que se necesita en el hogar, a pesar de contar con él; inventar que no hay dinero para gastos que la mujer considera importantes; gastar el dinero sin consultar con la mujer; disponer del dinero de la mujer; que el hombre tenga a su nombre las propiedades derivadas del matrimonio; privar de vestimenta, comida, transporte o vivienda.

Violencia Política.

Es aquella que surge de los grupos organizados ya sea que estén en el poder o no. El estilo tradicional del ejercicio político, la indiferencia del ciudadano común ante los acontecimientos del país, la no participación en las decisiones, así como la existencia de las llamadas coimas como: manejo de algunas instituciones y las prácticas de Nepotismo institucional. También la violencia producida por la respuesta de los grupos alzados en armas.

Violencia Cultural.

La existencia de un Perú oficial y un Perú profundo (comunidades nativas y campesinas), son distorsiones de los valores de identidad nacional y facilitan estilos de vida poco saludables.

Violencia Delincuencial.

Robo, estafa, narcotráfico, es decir, conductas que asumen medios ilegítimos para alcanzar bienes materiales. Toda forma de conducta individual u organizada que rompe las reglas sociales establecidas para vivir en grupo. Establecido no ayuda a resolver los problemas. Todos sueñan con el modelo que les vende la sociedad, el éxito fácil. Pero ser un profesional idóneo o un técnico calificado requiere de esfuerzo y preparación. Requiere desarrollar recursos internos y metas. Los jóvenes de nuestro país tienen oportunidades de orientación y canalización de sus frustraciones y en esto dependen de sus familias, la escuela y las instituciones; la responsabilidad es de todos. Es decir, las expresiones de violencia sin futuro y sin horizontes pueden cambiar.

Otras Formas de Discriminación.

La preferencia por un hijo varón se puede manifestar en otras prácticas que son discriminatorias contra la niña. En la mayoría de las sociedades, se asigna mayor valor a los hijos varones. En casos extremos, el estado reducido de las hijas puede dar lugar a la violencia. La selección prenatal del sexo puede ocasionar un número desproporcionado de abortos de fetos femeninos en comparación con los fetos masculinos. Después del nacimiento, en las familias donde la demanda de hijos varones es más elevada, se puede practicar el infanticidio de los lactantes del sexo femenino.

En la nueva Ley Orgánica sobre el Derecho de la Mujeres de una Vida libre de Violencia, aprobada en Gaceta Oficial Nro: 38.647, el 19 de marzo de 2.007, en su artículo Nro. 15 se consideran formas de violencias de género en contra de las mujeres, las siguientes:

  • 1. Violencia psicológica:

Es toda conducta activa u omisiva ejercida en deshonra, descrédito o menosprecio al valor o dignidad personal, tratos humillantes y vejatorios, vigilancia constante, aislamiento, marginalización, negligencia, abandono, celotipia, comparaciones destructivas, amenazas y actos que conllevan a las mujeres víctimas de violencia a disminuir su autoestima, a perjudicar o perturbar su sano desarrollo, a la depresión e incluso al suicidio.

  • 2. Acoso u Hostigamiento:

Es toda conducta abusiva y especialmente los comportamientos, palabras, actos, gestos, escritos o mensajes electrónicos dirigidos a perseguir, intimidar, chantajear, apremiar, importunar y vigilar a una mujer que pueda atentar contra su estabilidad emocional, dignidad, prestigio, integridad física o psíquica, o que puedan poner en peligro su empleo, promoción, reconocimiento en el lugar de trabajo o fuera de él.

  • 3. Amenaza:

Es el anuncio verbal o con actos de la ejecución de un daño físico, psicológico, sexual, laboral o patrimonial con el fin de intimidar a la mujer, tanto en el contexto doméstico como fuera de él.

  • 4. Violencia Física:

Es toda acción u omisión que directa o indirectamente está dirigida a ocasionar un daño o sufrimiento físico a la mujer, tales como: Lesiones internas o externas, heridas, hematomas, quemaduras, empujones o cualquier otro maltrato que afecte su integridad física.

  • 5. Violencia Doméstica:

Es toda conducta activa u omisiva, constante o no, de empleo de fuerza física o violencia psicológica, intimidación, persecución o amenaza contra la mujer por parte del cónyuge, el concubino, ex cónyuge, ex concubino, persona con quien mantiene o mantuvo relación de afectividad, ascendientes, descendientes, parientes colaterales, consanguíneos y afines.

  • 6. Violencia Sexual:

Es toda conducta que amenace o vulnere el derecho de la mujer a decidir voluntaria y libremente su sexualidad, comprendiendo ésta no sólo el acto sexual, sino toda forma de contacto o acceso sexual, genital o no genital, tales como actos lascivos, actos lascivos violentos, acceso carnal violento o la violación propiamente dicha.

  • 7. Acceso Carnal Violento:

Es una forma de violencia sexual, en la cual el hombre mediante violencias o amenazas, constriñe a la cónyuge, concubina, persona con quien hace vida marital o mantenga unión estable de hecho o no, a un acto carnal por vía vaginal, anal u oral, o introduzca objetos sea cual fuere su clase, por alguna de estas vías.

Se entiende por prostitución forzada la acción de obligar a una mujer a realizar uno o más actos de naturaleza sexual por la fuerza o mediante la amenaza de la fuerza, o mediante coacción como la causada por el temor a la violencia, la intimidación, la opresión psicológica o el abuso del poder, esperando obtener o haber obtenido ventajas o beneficios pecuniarios o de otro tipo, a cambio de los actos de naturaleza sexual de la mujer.

Se entiende por esclavitud sexual la privación ilegítima de libertad de la mujer, para su venta, compra, préstamo o trueque con la obligación de realizar uno o más actos de naturaleza sexual.

Es la solicitud de cualquier acto o comportamiento de contenido sexual, para sí o para un tercero, o el procurar cualquier tipo de acercamiento sexual no deseado que realice un hombre prevaliéndose de una situación de superioridad laboral, docente o análoga, o con ocasión de relaciones derivadas del ejercicio profesional, y con la amenaza expresa o tácita de causarle a la mujer un daño relacionado con las legítimas expectativas que ésta pueda tener en el ámbito de dicha relación.

  • 11. Violencia Laboral:

Es la discriminación hacia la mujer en los centros de trabajo: públicos o privados que obstaculicen su acceso al empleo, ascenso o estabilidad en el mismo, tales como exigir requisitos sobre el estado civil, la edad, la apariencia física o buena presencia, o la solicitud de resultados de exámenes de laboratorios clínicos, que supeditan la contratación, ascenso o la permanencia de la mujer en el empleo. Constituye también discriminación de género en el ámbito laboral quebrantar el derecho de igual salario por igual trabajo.

  • 12. Violencia patrimonial y económica:

Se considera violencia patrimonial y económica toda conducta activa u omisiva que directa o indirectamente, en los ámbitos público y privado, esté dirigida a ocasionar un daño a los bienes muebles o inmuebles en menoscabo del patrimonio de las mujeres víctimas de violencia o a los bienes comunes, así como la perturbación a la posesión o a la propiedad de sus bienes, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, documentos personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o recursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades; limitaciones económicas encaminadas a controlar sus ingresos; o la privación de los medios económicos indispensables para vivir.

  • 13. Violencia Obstétrica:

Se entiende por violencia obstétrica la apropiación del cuerpo y procesos reproductivos de las mujeres por personal de salud, que se expresa en un trato deshumanizador, en un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, trayendo consigo pérdida de autonomía y capacidad de decidir libremente sobre sus cuerpos y sexualidad, impactando negativamente en la calidad de vida de las mujeres.

  • 14. Esterilización Forzada:

Se entiende por esterilización forzada, realizar o causar intencionalmente a la mujer, sin brindarle la debida información, sin su consentimiento voluntario e informado y sin que la misma haya tenido justificación, un tratamiento médico o quirúrgico u otro acto que tenga como resultado su esterilización o la privación de su capacidad biológica y reproductiva.

  • 15. Violencia Mediática:

Se entiende por violencia mediática la exposición, a través de cualquier medio de difusión, de la mujer, niña o adolescente, que de manera directa o indirecta explote, discrimine, deshonre, humille o que atente contra su dignidad con fines económicos, sociales o de dominación.

  • 16. Violencia Institucional:

Son las acciones u omisiones que realizan las autoridades, funcionarios y funcionarias, profesionales, personal y agentes pertenecientes a cualquier órgano, ente o institución pública que tengan como fin retardar, obstaculizar o impedir que las mujeres tengan acceso a las políticas públicas y ejerzan los derechos previstos en esta Ley, para asegurarles una vida libre de violencia.

  • 17. Violencia Simbólica:

Son mensajes, valores, íconos, signos que transmitan y reproducen relaciones de dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales que se establecen entre las personas y naturalizan la subordinación de la mujer en la sociedad.

Son todos los actos que implican su reclutamiento o transporte dentro o entre fronteras, empleando engaños, coerción o fuerza, con el propósito de obtener un beneficio de tipo financiero u otro de orden material de carácter ilícito.

  • 19. Trata de mujeres, niñas y adolescentes:

Es la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de mujeres, niñas y adolescentes, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza o de otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre mujeres, niñas o adolescentes con fines de explotación, tales como prostitución, explotación sexual, trabajos o servicios forzados, la esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.

Ciclo de la Violencia

Generalmente, la violencia doméstica tiene un carácter cíclico y suele manifestarse en tres etapas o fases

Fase de Tensión:

En este período, las expresiones de violencia pueden incluir insultos y un conjunto de demostraciones que no son considerados por la mujer y el agresor, como extremas. En esta fase, ella intentará calmarlo o evitará hacer aquello que le pueda molestar, bajo la falsa suposición de que su acción o inacción logrará controlarlo.

Fase de Explosión de la Agresión:

En esta etapa, ocurre un hecho considerado extremo por parte de la víctima y el agresor. La tensión va aumentando y los límites de las conductas consideradas no extremas se reducen, generándose un incremento en el número y tipo de situaciones de violencia física, psicológica y sexual.

Fase de reconciliación

Arrepentimiento o luna de miel: luego de la fase de explosión, el agresor intenta dar señales de arrepentimiento, generalmente prometiendo que no volverá a ocurrir.

Algunas instituciones (AVESA; FUNDAMUJER; ORG. LAS MANUELAS) que trabajan en la atención y prevención de la violencia intrafamiliar y de género en América Latina han planteado que existe una fase intermedia, que se da justo después de la fase de agresión: la fase de alejamiento o separación temporal. En este período, la mujer busca ayuda en distintas instancias, incluyendo familiares, amigos/as y centros de ayuda. Esta fase es considerada muy importante ya que en ella la mujer adquiere información y realiza actividades que pueden ayudarla a enfrentar el problema y, además, generalmente evalúa distintas opciones en términos legales, de atención psicológica y alternativas económicas, entre otras.

Las intervenciones en esta fase pueden hacer la diferencia entre la vida y la muerte de la mujer

Causas de la Violencia contra la Mujer

La violencia contra las mujeres se produce por el modo en que hemos sido educados y por el modo en que no hemos sido educados.

  • a) Es la familia con sus expectativas quien crea el niño y la niña a quienes atribuye diferente educación, rol y valores.

  • b) El alcoholismo es un sin número de casos que registra que un gran por ciento de las mujeres que son agredidas por sus compañeros conyugales, están bajo el efecto del alcohol.

  • c) Al varón se le define con una sexualidad preponderante, urgente, dominante, (lo masculino es: la fuerza, la dominación y la violencia) y a las mujeres con una sexualidad a disposición del varón, es decir, una no sexualidad femenina.

  • d) A la mujer le falta la palabra, es el otro quien nos define como somos.

  • e) El vivir en la sociedad patriarcal heterosexista, de roles rígidos que han reducido el papel de la mujer a reproducir y ser objeto de deseo del hombre, sin sexualidad propia.

  • f) Las mujeres siendo fuertes han debido mostrarse débiles y sentirse limitadas y sometidas como si de "lo natural" se tratara.

  • g) Fuerte ignorancia que hay de no conocer mejor vía para resolver las cosas: no saben que la mejor forma de resolver un fenómenos sociales conversando y analizando qué causa eso y luego tratar de solucionarlo.

  • h) El no poder controlar los impulsos: muchas veces somos impulsivos, generando así violencia, no sabemos cómo resolver las cosas.

  • i) La falta de comprensión existente entre las parejas, la incompatibilidad de caracteres: la violencia intra-familiar es la causa MAYOR que existe de violencia, un niño que se críe dentro de un ambiente conflictivo y poco armonioso ha de ser, seguro, una persona problemática y con pocos principios personales.

Consecuencias de la Violencia contra la Mujer

  • a) Consecuencias para la salud

La violencia contra la mujer y la niña, y demás miembros de la sociedad, aumenta su riesgo de mala salud. Un número cada vez mayor de estudios que exploran la violencia y la salud informan sistemáticamente sobre los efectos negativos. La verdadera medida de las consecuencias es difícil de evaluar, sin embargo, porque los registros médicos carecen generalmente de detalles vitales en cuanto a las causas violentas de las lesiones o la mala salud.

Las consecuencias de la violencia contra la mujer pueden no ser mortales y adoptar la forma de lesiones físicas, desde cortes menores y equimosis (golpes, moretones) a discapacidad crónica o problemas de salud mental. También pueden ser mortales; ya sea por homicidio intencional, por muerte como resultado de lesiones permanentes o SIDA, o debido a suicidio, usado como último recurso para escapar a la violencia. En esta carpeta de información, Consecuencias para la salud de la violencia contra la mujer y la niña, se explora el tema en más profundidad

  • b) Homicidio

Numerosos estudios informan que la mayoría de las mujeres que mueren de homicidio son asesinadas por su compañero actual o anterior.

En las culturas en que se practica la costumbre de la dote (bienes que aporta la mujer al matrimonio o que dan a los esposos sus padres o terceras personas, en vista de su matrimonio), esta puede ser mortal para la mujer cuyos padres no pueden satisfacer las demandas de regalos o dinero. La violencia que comienza con amenazas puede terminar en "suicidio" forzado, muerte por lesiones u homicidio.

  • c) Lesiones graves

Las lesiones sufridas por las mujeres debido al maltrato físico y sexual pueden ser sumamente graves. Muchos incidentes de agresión dan lugar a lesiones que pueden variar desde equimosis (golpes y moretones) a fracturas hasta discapacidades crónicas. Un alto porcentaje de las lesiones requiere tratamiento médico.

  • d) Lesiones durante el embarazo

Las investigaciones recientes han identificado a la violencia durante el embarazo como un riesgo a la salud tanto de la madre como del feto no nacido. Las investigaciones sobre este rubro han indicado mayores niveles de diversas condiciones.

  • e) Embarazo no deseado y a temprana edad

La violencia contra la mujer puede producir un embarazo no deseado, ya sea por violación o al afectar la capacidad de la mujer de negociar el uso de métodos anticonceptivos. Por ejemplo, algunas mujeres pueden tener miedo de plantear el uso de métodos anticonceptivos con sus parejas por temor de ser golpeadas o abandonadas.

Los adolescentes que son maltratados o que han sido maltratados como niños, tienen menos probabilidad de desarrollar un sentido de autoestima y pertenencia que los que no han experimentado maltrato.

Tienen mayor probabilidad de descuidarse e incurrir en comportamientos arriesgados como tener relaciones sexuales en forma temprana o sin protección. Un número creciente de estudios indica que las niñas que son maltratadas sexualmente durante la niñez tienen un riesgo mucho mayor de embarazo no deseado durante la adolescencia.

Este riesgo mayor de embarazo no deseado acarrea muchos problemas adicionales. Por ejemplo, está bien documentado que la maternidad durante la adolescencia temprana o media, antes de que las niñas estén maduras biológica y psicológicamente, está asociada con resultados de salud adversos tanto para la madre como para el niño. Los lactantes pueden ser prematuros, de bajo peso al nacer o pequeños para su edad gestacional.

Cuando se produce un embarazo no deseado, muchas mujeres tratan de resolver su dilema por medio del aborto. En los países en que el aborto es ilegal, costoso o difícil de obtener, las mujeres pueden recurrir a abortos ilegales, a veces con consecuencias mortales.

  • f) Vulnerabilidad a las enfermedades

Si se comparan con las mujeres no maltratadas, las mujeres que han sufrido cualquier tipo de violencia tienen mayor probabilidad de experimentar una serie de problemas de salud graves.

Se ha sugerido que la mayor vulnerabilidad de las mujeres maltratadas se puede deber en parte a la inmunidad reducida debido al estrés que provoca el maltrato. Por otra parte, también se ha responsabilizado al auto descuido y a una mayor proclividad a tomar riesgos. Se ha determinado, por ejemplo, que las mujeres maltratadas tienen mayor probabilidad de fumar que aquellas sin antecedentes de violencia.

Consecuencias Psicológicas

  • a) Suicidio

En el caso de las mujeres golpeadas o agredidas sexualmente, el agotamiento emocional y físico puede conducir al suicidio. Estas muertes son un testimonio dramático de la escasez de opciones de que dispone la mujer para escapar de las relaciones violentas

  • b) Problemas de salud mental

Las investigaciones indican que las mujeres maltratadas experimentan enorme sufrimiento psicológico debido a la violencia. Muchas están gravemente deprimidas o ansiosas, mientras otras muestran síntomas del trastorno de estrés postraumático. Es posible que estén fatigadas en forma crónica, pero no pueden conciliar el sueño; pueden tener pesadillas o trastornos de los hábitos alimentarios; recurrir al alcohol y las drogas para disfrazar su dolor; o aislarse y retraerse, sin darse cuenta, parece, que se están metiendo en otro problemas, aunque menos graves, pero dañino igualmente.

Factores asociados a la Violencia Contra la Mujer

Son diversas las variables que confluyen para propiciar la aparición de la violencia de género. Los estudios reportan como las más frecuentemente citadas, las siguientes: el nivel socioeconómico, la escolaridad y el grupo de edad. Hay acuerdo en señalar que la VBG puede ocurrir en todos los estratos económicos, sin embargo, mientras más bajas las tres variables señaladas, más alto es el riesgo.

Otras variables asociadas son el estado civil (las mujeres no casadas están en mayor riesgo), el haber sufrido abuso o violencia durante la infancia o el haber sido testigo de ella (tanto la mujer como su pareja); la condición de ocupación de la pareja (si está desempleado aumenta el riesgo) así como de la mujer (si trabaja fuera de la casa disminuye el riesgo); la dependencia económica de la mujer suele incrementar el riesgo, sobre todo cuando las pautas sociales y culturales obstaculizan la obtención de bienes económicos por parte de ella. En algunas culturas el hombre no sólo es el único que puede heredar y manejar los bienes económicos (incluso procedentes de la familia de ella), sino que puede decidir la vida o muerte de la mujer.

El número de hijos, el número de años de la unión, y el consumo de alcohol (en los tres casos, mientras más alto, más riesgo de violencia). La existencia de una marcada asimetría de poder en la pareja, sustentada en los roles tradicionales de género12, que no pocas veces enseña y hace creer a las mujeres que se "merecen" ese maltrato.

Un elemento importante es el no reconocimiento de muchas conductas como violentas asumidas como expresión natural de la virilidad. Es que los hombres son así. Al preguntar a una mujer si el marido la maltrataba, respondió: Lo normal. Es decir, que ni los hombres ni las mujeres identifican y diferencian los hechos de violencia. Muchas mujeres desconocen que el ser obligadas por el esposo a tener relaciones sexuales es una expresión de violencia sexual, la cual se justifica con argumentos como "el deber de la mujer es complacer a su marido", "para eso me casé con ella", "para eso la mantengo", "para eso soy su mujer".

La Unidad de Género y Salud de la OPS ha desarrollado el Modelo integral para abordar la violencia contra las mujeres, el cual ha sido implementado en 10 países de las Américas, y que incluye la construcción de redes comunitarias para la provisión de atención y apoyo a las víctimas de violencia, y la promoción de relaciones no-violentas.

Finalmente, muchas sociedades hacen poco o nada para reducir la violencia o castigar a los que la cometen. Aun en lugares donde existen leyes explícitas contra la violencia doméstica, este problema es frecuentemente menospreciado por la policía y el sistema jurídico.

Dimensiones de la violencia contra la mujer

Derechos Humanos:

Que implica el hacer visibles y penalizar las violaciones de los DH generales de las mujeres como el llamar la atención sobre los hechos agresivos particulares que las afecta; lo cual incluye sus derechos civiles y políticos, socioeconómicos y de corte legal poniendo énfasis en asuntos tales como la Violencia Doméstica entre cuyas consecuencias están la no consecución de justicia y protección, problemas de salud, deterioro de la productividad social y/o imposibilidad de participación cívica. En síntesis, pasar de los públicos exclusivamente, a lo privado.

Lo Jurídico-Legal:

Que plantea un de disposiciones de defensa, prevención y sanción que incluyan compromisos estatales para el cumplimiento de los derechos antes señalados.

De Educación:

Que supone formación en DH especificando los de las Humanas, e inclusive a partir de las últimas para poder reconstruir al ser humano, hombres y mujeres, en una relación de afecto, compañerismo, trabajo solidario para vivir una vida cada vez más digna.

En el Desarrollo:

Apunta a la construcción de relaciones de equidad y solidaridad entre géneros como condición para la realización personal y el desarrollo integral. (Moser citada en MORENOP: 28.,14) la dependencia económica y psicológica de las mujeres a las cuales de les educa para valorarse en función de los hombres que las acompañan les hace difícil si acaso algunas veces imposible, salir de una situación de violencia por ello los planes socioeconómicos deben incluir la concepción de género produciendo teórica y prácticamente una mejora en la calidad de vida de las acciones de pareja. La dependencia femenina es un obstáculo para desarrollo.

De Salud Integral:

Considerando lo fisiológico, lo biológico, aunado a social para reconocer las relaciones y su influencia en la salud mental y física de la mujer, no sólo en la enfermedad sino también en la prevención de las mismas. Así se hace imprescindible el estudio epidemiológico no sólo de la mortalidad y morbilidad de niñas y mujeres, de los conocidos males relacionados con el cáncer sino también de la violencia que llena a los Hospitales los fines de semana, por ejemplo. Se trata de observar e incluir ante la desigualdad experimentada por las mujeres por evidenciarse menores probabilidades de gozar de salud, en términos generales.

Reconocer especialmente el hecho de que la mujer ha jugado y sigue jugando un rol especialísimo en la gestión de salud en sus círculos familiares y comunitarios influyendo a decenas de personas que las rodean, trabajo diario y continuo que no se ha valorado nunca, que se considera "natural".

De Políticas Públicas

La Violencia contra la Mujer, necesariamente, debe ser, intervenida por el Estado. No puede ser neutral ante tanta exigencia nacional e internacional, eso sólo llevaría a mantener establecido, a ser cómplices con situaciones de injusticia y arbitrariedad impidiendo a las personas que los sufre, LA MUJER, el no poder ejercer sus DERECHOS BÁSICOS: como lo son el derecho a la vida sin violencia, a su identidad, a su integridad física y psíquica.

La Violencia contra la Mujer en Venezuela

En Venezuela, miles de mujeres son golpeadas, insultadas y violadas, o sufren otras formas de violencia doméstica a manos de sus parejas o ex parejas. Sólo en 2007, 4.484 mujeres utilizaron la línea de atención telefónica creada por el INAMUJER (Instituto Nacional de la Mujer) para denunciar abusos. Sin embargo, según organizaciones locales, de cada nueve mujeres que sufren este tipo de violencia sólo una la denuncia a las autoridades. La gran mayoría, por diversas razones, permanece en silencio.

La violencia contra las mujeres en la pareja constituye una violación de los derechos humanos de las mujeres, como el derecho a la vida, a la integridad física, al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental, y a la igualdad ante la ley. Los Estados, Venezuela incluida, se han comprometido a respetar, proteger y hacer cumplir esos derechos mediante una serie de tratados internacionales.

Pero, día a día, estos derechos se niegan a las mujeres que viven bajo la sombra de la violencia en el hogar. Las autoridades venezolanas han tomado medidas positivas para erradicar la violencia contra las mujeres en el ámbito familiar, especialmente con la promulgación de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de 2007.

La Violencia contra la Mujer, es un hecho reconocido y sufrido mundialmente por las mujeres. Específicamente en Venezuela los casos de violencia contra las mujeres en sus diferentes presentaciones son abundantes, ya que según INAMUJER en tan solo un año se reportaron 4484 casos de abusos o violencia domestica, sin contar los que se quedan en las sombras debido al miedo a represalias que siente la mujer por parte de su pareja o atacante. En Venezuela, la violencia contra la mujer es común mayormente en las zonas populares y muchos de ellos quedan sin ser tratados o reportados, la mayoría de las mujeres se acostumbran o sencillamente prefieren aguantar o sacrificarse tan solo por el bienestar de sus hijos o familia, con lo cual se debe estar en total desacuerdo ya que ninguna mujer debe tolerar algún tipo de maltrato bajo ninguna prioridad, estas deben ser concientizadas y deben adquirir el valor para enfrentar estas situaciones y salir o liberarse para siempre del yugo al que estarían condenadas si no actúan rápidamente. Es importante hacer destacar que ahora en Venezuela las mujeres cuentan con muchas instituciones que actúan en pro de la seguridad y prevención de la violencia doméstica, así como de la instrucción a los funcionarios policiales para la actuación ante estos abusos, ahora amparados bajo la ley orgánica sobre el derecho a las mujeres a una vida libre de violencia la cual los capacita y les da facultades para la previsión y tratamiento de estos abusos.

AVANCES PARA LA ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER Y LA IGUALDAD DE GÉNERO

En el Ámbito Internacional

El enfrentamiento del problema, al igual que su génesis, es multifactorial. Contempla la formulación de marcos normativos, su aplicación y difusión, el diseño de políticas y programas para atención y prevención, así como de intervenciones sistemáticas, coherentes y permanentes de educación y socialización

En los últimos cinco años ha habido importantes avances en la visualización y enfrentamiento del problema. Desde el contexto de reuniones y acuerdos internacionales se ha exhortado a los gobiernos a asumir la VBG como un problema que les atañe, pues constituye una violación de los derechos humanos y un problema social y de salud pública que tiene un impacto económico importante.en el diseño de políticas y estrategias para abordar la situación.

En el ámbito educativo y cultural, la tarea apunta hacia la reconstrucción de las asignaciones o roles de género tradicionales que fomentan el uso de la violencia por parte del hombre y la aceptación por parte de la mujer. Es necesario resignificar las masculinidades13 y educar a los niños, niñas y adolescentes para la utilización del diálogo y la negociación en la resolución de las diferencias. No es una tarea fácil ni de resultados inmediatos, pero es una intervención que incide en la génesis del problema y que debe acompañar a las acciones emprendidas en el ámbito legal y de salud.

En el área de la atención, resulta fundamental incluir a las dos personas involucradas: la mujer y el hombre. Este enfoque no ha sido el tradicionalmente asumido, más bien se ha centrando en la víctima, tomando al agresor como elemento para la penalización, más que para la intervención psicológica y social. Un ejemplo interesante es la Campaña del Lazo Blanco (White Ribbon Campaign) 14 iniciada en Canadá, la cual se desarrolla a nivel internacional de sensibilización sobre la violencia de los hombres contra las mujeres. La Campaña

está llegando a varios países del mundo, usando el lazo blanco como un símbolo de garantía masculina en no cometer actos de violencia contra mujeres y no eximir de responsabilidad a quien la practique. En los dos primeros meses, 100.000 hombres en Canadá usaron el lazo blanco. La Campaña partió ahora para los Estados Unidos, España, Noruega, Australia, Namibia y Finlandia, y ha inspirado campañas en México, Nicaragua y Brasil. Es de hacer notar que se ha aplicado en países industrializados, en los cuales, al igual que en aquellos en proceso de desarrollo, registran altas tasa de VBG.

El trabajo de los países que participan en las reuniones internacionales ha devenido en la estructuración de importantes acuerdos que han hecho un llamado a la acción para eliminar la violencia contra las mujeres y tratar sus causas subyacentes, para proporcionar servicios para las víctimas de la violencia y crear conciencia pública sobre las consecuencias de la violencia contra las mujeres y la necesidad de ponerle fin.

Entre los acuerdos internacionales de mayor relevancia, referidos al tema se listan los siguientes:

  • Declaración Universal de Derechos Humanos

  • Declaración sobre la eliminación de la discriminación contra la mujer

  • Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

  • Convención sobre los derechos políticos de la mujer

  • Declaración sobre la protección de la mujer y el niño en estados de emergencia o de conflicto armado

  • Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer

  • Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

  • Conferencia Mundial sobre los Derechos Humanos (Vienna 1993)

  • Evaluación de 5 años (Vienna +5 – 1998)

  • Convención Interamericana sobre la Prevención, el Castigo y la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (Convención Belém do Pará) (1994)

  • Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo (Cairo 1994)

  • Evaluación de 5 años (Cairo +5)

  • Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing 1995) Evaluación de 5 años

En Venezuela

El Gobierno del Presidente Hugo Chávez está ejecutando una política de erradicación de la discriminación y violencia contra las mujeres, orientada a proteger sus derechos humanos y liberarlas de la situación de pobreza. El Estado venezolano fortalece el ejercicio pleno de los derechos humanos, políticos y desarrollo integral de la mujer, con la creación de instituciones, programas e instrumentos jurídicos destinados a sancionar y erradicar la violencia y discriminación hacia la mujer en todos los ámbitos.

Venezuela es uno de los países más avanzados de América Latina en la lucha para erradicar la violencia contra la mujer y la igualdad de género, prueba de ello es el paso histórico a través de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, aprobada por referendum popular el año 1.999, al incorporar una visión de equidad entre hombres y mujeres, en la cual las mujeres se hacen visibles mediante un lenguaje no sexista y la garantía de sus derechos, incluyendo el reconocimiento del trabajo doméstico como generador de valor agregado, creador de riqueza y bienestar social. Asimismo, la mujer es reconocida como sujeto histórico-social dentro del marco jurídico venezolano, lo que implica el reconocimiento, la promoción y la protección de sus derechos humanos, a través de diferentes instrumentos jurídicos.

En el primer periodo presidencial del Presidente Chávez, se lograron avances significativos relacionados en la discusión de la situación de las mujeres venezolanas, plasmada en el plan de nacional de Igualdad para la mujeres, propiciando así la creación de tres institución lideradas por mujeres ellas fueron:

  • Instituto Nacional de la Mujer (INAMUJER), que sustituye a CUNAMU

  • La DEFENSORIA DE LA MUJER, como lo estipulada en la ley de igualdad de oportunidades de la mujer, promulgada en 1.993.

  • BANCO DE DESARROLLO DE LA MUJER

Algunas de las acciones más importantes a través de la cual se desarrolla esta política son las siguientes:

  • 1. Creación de las Casas de Abrigo: refugios que otorgan protección y seguridad a mujeres víctimas de violencia intrafamiliar.

  • 2. Misión Madres del Barrio programa social a través del cual se reconoce el valor del trabajo doméstico y brinda atención integral a las mujeres y a las familias en situación de pobreza extrema, mediante una asignación económica equivalente al salario mínimo nacional y la capacitación de las beneficiarias. La asignación económica concluye una vez que las beneficiarias han sido debidamente capacitadas.

  • 3. Adopción de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en la cual se garantiza el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, mediante la creación de condiciones para prevenir, atender, sancionar y erradicar dicha violencia, en cualquiera de sus manifestaciones y ámbitos e impulsando cambios en los patrones socioculturales que sostienen la desigualdad de género y las relaciones de poder sobre las mujeres.

  • 4. Concesión de 12.400 créditos a través del Banco de Desarrollo de la Mujer, los cuales representaron una inversión de aproximadamente US$ 28 millones, que beneficiaron a más de 340.000 personas.

  • 5. Extensión del permiso de lactancia materna de 6 a 9 meses, prorrogable hasta un año, de acuerdo a situaciones especiales.

  • 6. La incorporación de la perspectiva de género en las estadísticas nacionales.

Gracias a las políticas de promoción de la equidad de género del Gobierno del Presidente Hugo Chávez, la participación hoy en día de la mujer no tiene precedentes en Venezuela: de los cinco poderes públicos, la mujer participa de manera protagónica en los espacios públicos como los Consejos Comunales, las Misiones Sociales y los programas populares, en los que, en general, se construye el nuevo orden social de derecho y de justicia y en los que las mujeres no sólo aportan en la participación, sino también comparten activamente el ejercicio de la toma de decisiones.

Asimismo, el Gobierno Nacional ejecuta actualmente un Plan de Igualdad, con base en el cual se desarrollan iniciativas novedosas como los denominados "Puntos de Encuentro", los cuales consisten en grupos organizados de mujeres orientados a rescatar la memoria histórica, conformar redes de solidaridad y luchar contra la pobreza; así como la participación política igualitaria (50 y 50) en cargos de elección popular y la ejecución de la "Campaña del 50 y 50 de participación en las instancias gubernamentales",

De igual manera, se ha puesto en marcha el Plan Nacional de Prevención de la Violencia contra la Mujer, que incluye programas como la línea "0-800 Mujeres" de carácter nacional, gratuito y confidencial y la capacitación de 4.630 funcionarios que trabajan en organismos de denuncia.

Estamos convencidos de que sin equidad de género no podremos construir la nueva sociedad que queremos, una sociedad basada en la justicia social, la participación y el respeto a la dignidad de las mujeres.

ORGANISMOS, A FAVOR DE ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER EN VENEZUELA

Ministerio para la Mujer y la Igualdad de Género

Fue creado mediante decreto presidencial que aparece publicado en la Gaceta Oficial que circuló hoy.

Así lo señalan los decretos números 6.663 y 6.665, de la Presidencia de la República, publicados en la Gaceta Oficial número 39.156, de fecha lunes 13 de abril de 2009,

A este despacho se adscriben: el Instituto Nacional de la Mujer (Inamujer); el Banco de Desarrollo de la Mujer (Banmujer) y la Fundación Misión Madres del Barrio Josefa Joaquina Sánchez.

El Estado venezolano se encuentra adoptando todas las medidas necesarias para asegurar la eliminación y erradicación de la discriminación contra las mujeres.

Asimismo, el Estado requiere el afianzamiento de políticas, programas, planes y proyectos sobre la base de un sistema integral de desarrollo, en el cual se aborden todos los aspectos en relación con las mujeres y en particular en materia política, de salud, seguridad alimentaria, vivienda y hábitat, economía y seguridad social, los saberes de la ciencia y la tecnología, la recreación y el trabajo.

De ahí que el Ejecutivo Nacional cree los órganos y entes públicos necesarios, así como proveer todos los instrumentos pertinentes para garantizar la formación igualitaria de las mujeres y los hombres, así como el derecho a la no discriminación y a la eliminación de obstáculos y prohibiciones que se puedan originar, con el objetivo de que el esfuerzo por el progreso se vincule con los movimientos reivindicativos nacionales e internacionales gubernamentales y no gubernamentales.

Instituto Nacional de la Mujer

INAMUJER

Una sociedad justa es aquella que trata en igualdad de condiciones a todas las personas que la conforman, tomando en cuenta sus particularidades y no permitiendo que éstas se conviertan en desigualdades o motivos de discriminación.

Teniendo esto en cuenta y en cumplimiento de la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer de Belem Do Pará como instrumentos internacionales, y la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley de Igualdad de Oportunidades para la Mujer, como instrumentos nacionales, el Gobierno del Presidente Hugo Chávez crea en 1999 el Instituto Nacional de la Mujer (INAMUJER), como un organismo necesario para superar las discriminaciones que la sociedad realiza contra las mujeres para lograr su plena inclusión en una sociedad verdaderamente justa.

INAMUJER es el órgano permanente de definición, supervisión y evaluación de las políticas y asuntos relacionados con la condición y situación de la mujer.  Tiene por finalidad: planificar, coordinar y ejecutar las políticas dirigidas a la mujer; intervenir en la formulación de políticas públicas que afecten a la mujer en los campos de interés para éstas, tales como los de salud, educación, formación, capacitación, empleo, ingreso y seguridad social; garantizar la prestación de los servicios necesarios en materia jurídica, socioeconómica, sociocultural, sociopolíticas y sociodoméstica, en los términos contemplados en la ley.

Otra de las tareas encomendadas al INAMUJER es conocer sobre situaciones de discriminación de la mujer y formular recomendaciones administrativas o normativas a los órganos competentes del poder público y del sector privado; elaborar proyectos de ley y reglamentos que sean necesarios para la promoción de la igualdad y derecho de la mujer y para la igualdad efectiva de oportunidades por parte de ésta.

Banco de Desarrollo de la Mujer

BANMUJER

El Banco de Desarrollo de la Mujer, C.A., es una institución microfinanciera pública que facilita a las mujeres, en condiciones de pobreza, (las más pobres entre los pobres) en forma relativamente rápida y oportuna, servicios financieros y no financieros, con el propósito de que obtengan herramientas productivas para su plena inserción en el desarrollo socio – económico del país y sus beneficios, todo ello en el contexto de la acción soberana y protagónica, diseñada para y desde nuestro pueblo en la Constitución Bolivariana.

El Banco de Desarrollo de la Mujer, C.A., es un medio para la construcción y potenciación de una economía al servicio, equitativamente, de los hombres y mujeres de nuestro país; base para "una sociedad justa y amante de la paz". En tal sociedad, la economía está al servicio de las personas, y éstas últimas son sujetos sociales activos o activas en la transformación productiva; son constructoras de su propio destino.

Misión Madres del Barrios

"JOSEFA JOAQUINA SÁNCHEZ"

Madres del Barrio se crea a través del Decreto Presidencial Nº 4.342, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.404, del 23 de marzo de 2.006, reimpreso en la Gaceta Oficial Nro. 38.405, del 24 de marzo de 2006.

El 25 de octubre de 2.006, a través de la Gaceta Oficial Nro. 38.549, es reformado el decreto original, incorporando oficialmente el nombre de Misión Madres del Barrio "Josefa Joaquina Sánchez", e incluyendo al Ministerio del Ambiente en la Comisión Presidencial.

La Misión Madres del Barrio "Josefa Joaquina Sánchez" nace como una estrategia integral del Gobierno Bolivariano Nacional para enfrentar de forma corresponsable, con la participación protagónica de las mujeres y las comunidades, la situación de pobreza extrema que enfrentamos en el país. Para ello, se parte de la ama de casa en estado de necesidad como lidereza de todos los procesos de transformación en el núcleo de la familia venezolana.

La Misión pone en práctica un aspecto sumamente innovador y revolucionario, no sólo en nuestro país, sino en todo el mundo, y es el relativo a la concreción del artículo 88 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual indica textualmente: "El Estado reconocerá el trabajo del hogar como actividad económica que crea valor agregado y produce riqueza y bienestar social. Las amas de casa tienen derecho a la seguridad social de conformidad con la ley". Ello ocurre cuando se garantiza la seguridad social de las madres incluidas que ameritan protección de carácter permanente, ya sea por su edad, por condiciones de discapacidad muy severas o por otras dificultades.

FUNDAMUJER

El fin principal de la organización es realizar acciones informativas, divulgativas, de concienciación y sensibilización, orientadoras, preventivas, asistenciales, de capacitación y de investigación en el área de la violencia doméstica hacia la mujer por su parea, con énfasis comunitario. Actualmente mantiene un Convenio con el CEM-UCV y con AVESA para la atención directa a mujeres maltratadas y hombres maltratadores de sus parejas que solicitan ayuda para el cambio, es asesora de múltiples grupos y asociaciones que integran a sus luchas y contenidos la violencia contra las mujeres (Asamblea Nacional, Alcaldía Mayor, Fundaciones diversas) y proporciona información actualizada para la elaboración de trabajos de pre y post grado. También se constituyó en Aliada de la Fundación de la Mujer del Banco Fondo Común.

Defensoría de la mujer

La Defensoría Nacional de La Mujeres es la instancia jurídica de Inamujer que apoya y asiste a la mujer en la defensa de sus derechos, ejecuta el programa sobre Derechos de la Mujer y Acceso a la Justicia con la finalidad de velar por el cumplimiento de las leyes, declaraciones, convenciones, regla mentos y disposiciones que guarden relación con los derechos de la mujer.

En el marco de este programa se brinda atención a las mujeres a las que les fueron vulnerados sus derechos humanos y asesoría legal. Acciones que constituyen el objetivo fundamental de la Defensoría señalada. Fue creada por Decreto Presidencial No.428, de fecha 26 de octubre de 1999, publicada en Gaceta Oficial No. 5.398.

En la Gaceta Oficial No.332935, de fecha 30 de Abril de 2004, según la resolución No. DP-2004049, se crea la Defensoría especial de la Mujer, adscrita a la Defensoría del Pueblo, con competencia a Nivel Nacional sobre los derechos de las mujeres.

Para la protección de los derechos humanos de las mujeres, el estado Venezolano a través de Inamujer formuló y ejecuta el Plan Nacional de Prevención y Atención de la Violencia hacia la Mujer que tiene como objetivo general crear un sistema de intervención interinstitucional e intersectorial, que permita al Estado ve venezolano, atender, sancionar e investigar la violencia hacia la mujer.

En el referido Plan de Violencia, se contempla, dentro de sus actividades, acciones de abrigo y protección a la mujer y su familia víctimas de violencia a través de la creación de Casas de Abrigo para Mujeres en Peligro Inminente sobre su Integridad Física por Violencia Familiar.

Casas de Abrigos

Las casas de abrigo, trabajan con el apoyo de servicios de salud y judiciales de la comunidad, fortaleciendo de esta manera una red de atención en las localidades de ubicación; de igual forma, las casas de abrigo se constituyen como infraestructura de servicio comunitario para un grupo poblacional con un perfil determinado por la violencia familiar.

Abrir una Casa de Abrigo para la Mujer en cada entidad del país durante el próximo año, es una de las metas del Consejo Bolivariano de Primeras Damas de Estados y del Instituto Nacional de la Mujer (Inamujer), y así se establece en la nueva Ley de Orgánica de la mujeres a una vida libre de Violencia, en su Artículo 32.

Estos espacios destinados a la protección de las víctimas de la violencia intrafamiliar, harán posible salvar la vida de tantas mujeres que mueren debido al odio de los que usan la fuerza contra quienes consideran más débiles, manifestó León.

En Venezuela existen tres de estos albergues, ubicados en el Área Metropolitana de Caracas, en Aragua y en Anzoátegui.

Centro de Estudios de la Mujer de la UCV

FUNDACEM

La Fundación de Apoyo al Centro de Estudios de la Mujer de la Universidad Central de Venezuela (FUNDACEM), desarrolla proyectos y convenios generadores de recursos para los programas del CEM-UCV. Su documento de fundación está inscrito en los Registros Públicos el 29 de octubre de 1992, apenas cinco meses después de la creación del CEM y sus fundadoras son Yolanda Jaimes, su primera Presidenta; como Directora General, Freddzia Torres; Secretaria Administrativa (en representación del CEM-UCV), Nora Castañeda y las Vocales, Alix García y Carmen Elena Sánchez.

El objetivo de la Fundación consiste en: a) desarrollar proyectos y actividades dirigidas a suministrar y/o apoyar los servicios que el CEM-UCV decida prestar en cumplimiento de sus objetivos, b) realizar todos los actos materiales y necesarios o requeridos para la realización de los fines de la Fundación.

Observatorio de Género

El OBG se concibe como un espacio que hace seguimiento y análisis de las políticas dirigidas hacia las mujeres, así como el respeto a los elementos culturales y específicos de las mujeres de los pueblos indígenas y de comunidades afrodescendientes.

El OBG nace en junio de 2008 como un proyecto financiado por la Agencia Española de Cooperación Internacional y por el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (Pnud).

Virginia Aguirre, coordinadora, explica que en el primer año realizaron un estudio donde se evaluaba el impacto en las mujeres de las políticas públicas durante la década del gobierno de Hugo Chávez.

Los resultados de la investigación Políticas públicas hacia las mujeres (1999-2009) se hicieron públicos en julio de 2009 en presencia de la ministra María León, quien destacó la importancia de la igualdad de género y la participación política a través del 50 y 50. Este informe representa un aporte a las estadísticas nacionales, ya que permitirá saber en qué áreas se ha avanzado y en cuáles no.

En el acto de presentación del informe del primer año del OBG, Ángel Moreno, de la Agencia de Cooperación Española, informó que 54% del presupuesto de esa institución ibérica es para trabajar en torno a los objetivos de la igualdad de género y aseguró que seguirán empujando en ese tema para cerrar la brecha entre hombres y mujeres

"Ahora está incorporado legalmente a la estructura del Ministerio de la Mujer, como ente asesor a la ministra para la toma de decisiones", indica Aguirre.

Planes y políticas institucionales a favor de erradicar la violencia contra la mujer en Venezuela

Plan de Igualdad para las Mujeres

Se formuló el Plan Nacional de Igualdad para las Mujeres, el cual establece formalmente la inclusión del enfoque de género en todas las instancias gubernamentales del país con la finalidad de garantizar el acceso a la igualdad de oportunidades de las mujeres y a la defensa de sus derechos. Se realizó, en el año 2003,  una consulta nacional sobre el Plan Nacional de Igualdad para las Mujeres,  donde  participaron  2500 mujeres y 35 expertas en el  tema de género. En la actualidad,  el referido plan se encuentra en la fase de impresión, para su divulgación e  implementación  a nivel nacional.

Plan de Prevención y Atención de la Violencia hacia la Mujer

A fin de dar aplicabilidad de la Ley sobre la violencia contra la mujer y la familia, el cual tiene por objetivo crear un sistema nacional de intervención interinstitucional e intersectorial, que permita al Estado Venezolano prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia hacia la mujer.

Programas para la Atención de la Violencia hacia Mujer

Atención telefónica dirigida especialmente a mujeres de cualquier grupo etáreo; víctimas de maltrato o violencia, que requieran de atención primaria en crisis y orientación de tipo legal o institucional, a fin de que puedan manejar con celeridad y firmeza su situación o problemática actual.

El Servicio 0800 Mujeres (0800-6853737) es confidencial, gratuito y de cobertura nacional.

Programa de Desarrollo de los Derechos Económicos de la Mujer

Su objetivo principal es promover, apoyar y garantizar la participación de la mujer, con equidad de género, en el modelo productivo de la nación, fortaleciendo aquellas áreas en las cuales ha sido tradicionalmente discriminada como en la valoración de su rol productivo, la capacitación, la formación tecnológica y el acceso a recursos financieros y a políticas de empleo. Este programa está dirigido a mujeres de escasos recursos económicos, mujeres indígenas, afrodescendientes y artesanas, desertoras escolares y de bajo nivel educativo, jóvenes, adultas y adultas mayores en situación productiva pero desocupadas, jefas de hogar, campesinas. Para la ejecución del programa se cuenta con el apoyo interinstitucional de Fondemi, Ince, Ministerio de Trabajo, Banco de Desarrollo la Mujer, Ministerio de Planificación y Desarrollo y la Escuela de Mujeres Eumelia Hernández. En el 2003, enmarcadas en este programa Inamujer ejecutó 10 Jornadas divulgativas para 300 mujeres.

Programa de Derechos de la Mujer y Acceso a la Justicia

En Venezuela el acceso a la justicia está consagrado en la Constitución en su Artículo 26 que establece el derecho de las personas a acceder a los órganos de la administración de justicia para obtener la tutela judicial efectiva de sus derechos e intereses e incluso los derechos colectivos o difusos. Los órganos serían los Tribunales, el Ministerio Público, la Defensoría Pública, los órganos de investigación penal, los funcionarios de justicia, el sistema penitenciario, los medios alternativos de justicia, los jueces y juezas, y los abogados y abogadas en ejercicio. Se le exige al Estado garantizar una justicia gratuita, accesible, imparcial, idónea, transparente, autónoma, equitativa y expedita, sin dilaciones indebidas, sin formalismos o reposiciones inútiles (Parra, 2002)

La CEDAW para asegurar una protección más efectiva de los derechos de la Mujer dispone en su Art. 2°; " Establecer la protección jurídica de los derechos de la mujer sobre una base de igualdad con los hombres y garantizar, por conducto de los tribunales nacionales competentes y de otras instituciones públicas, la protección efectiva de la mujer contra todo acto de discriminación" Igualmente la Convención "Belem Do Pará " prevé la competencia de la CIDH para recibir peticiones individuales que contengan denuncias o quejas de violación del Art. 7 de la Convención. Pero todo este derecho cobra eficacia y validez solo en el momento en que los reclamos son resueltos efectivamente por las instancias jurisdiccionales a través de sus mecanismos procesales (Parra, 2002)

A fin de dar aplicabilidad de la Ley sobre la violencia contra la mujer y la familia, el cual tiene por objetivo crear un sistema nacional de intervención interinstitucional e intersectorial, que permita al Estado Venezolano prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia hacia la mujer.

Atención y asesoría jurídica a las mujeres como una forma de lograr el acceso a la justicia.

Programa de Fortalecimiento Protagónico, Participación sociopolítica y paritaria de la Mujer

  • Promover y apoyar la organización y participación protagónica de las mujeres en Venezuela en todos los ámbitos del quehacer nacional, haciendo énfasis en los sectores populares

  • Formar y Capacitar a las mujeres en Venezuela para el ejercicio de su ciudadanía brindándoles herramientas para su participación protagónica y paritaria.

  • Visibilizar la participación histórica de las mujeres en Venezuela

Programa de Desarrollo de los Derechos Económicos de la Mujer

Su objetivo principal es promover, apoyar y garantizar la participación de la mujer, con equidad de género, en el modelo productivo de la nación, fortaleciendo aquellas áreas en las cuales ha sido tradicionalmente discriminada como en la valoración de su rol productivo, la capacitación, la formación tecnológica y el acceso a recursos financieros y a políticas de empleo. Este programa está dirigido a mujeres de escasos recursos económicos, mujeres indígenas, afrodescendientes y artesanas, desertoras escolares y de bajo nivel educativo, jóvenes, adultas y adultas mayores en situación productiva pero desocupadas, jefas de hogar, campesinas. Para la ejecución del programa se cuenta con el apoyo interinstitucional de Fondemi, Ince, Ministerio de Trabajo, Banco de Desarrollo la Mujer,

Ministerio de Planificación y Desarrollo y la Escuela de Mujeres Eumelia Hernández.Promover y apoyar, a las mujeres en Venezuela, para el desarrollo de sus capacidades productivas y para su acceso a las oportunidades de empleo y crédito haciendo énfasis en las madres jefas de hogar.

Con la creación de esta institución, el gobierno de la República Bolivariana de Venezuela da cumplimiento a las obligaciones internacionales, contraídas por el Estado Venezolano al firmar la Convención Internacional sobre La Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW) y la Convención de "Belém Do Pará" que tienen jerarquía Constitucional según el Art. 23 de nuestra Carta Magna

Políticas Educativas

En relación con las políticas educativas, se vienen adelantando mecanismos para promover la igualdad de género y la eliminación de todo tipo de discriminación. El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes ha puesto en marcha la revisión del diseño curricular para integrar, a los contenidos curriculares y la metodología de estudio, la perspectiva de género; visibilizando la diversidad cultural de los y las aborígenes y las y los afrodescendientes y a las mujeres en todo el sistema educativo. Para ello se han convocado talleres con la participación de sectores gubernamentales y no gubernamentales, en tanto organizaciones de base y expertas en el tema.

LOGROS Y AVANCES

Participación Política

  • Aprobación de la Resolución del CNE, que establece el 50 y 50 % de participación política en cargo de elección popular.

  • Participación masiva de las mujeres organizadas en los Consejos Comunales.

Presencia Institucional

  • Creación del Sub-comité de Género en el Instituto Nacional de Estadística.

  • Firma de convenios con primeras damas de Estado.

  • Acuerdos de cooperación con varias gobernaciones para la prevención de violencia y creación de casas de abrigo.

  • Incorporación de la Perspectiva de Género al Informe Metas del Milenio

Impacto en el Ámbito Internacional

  • III Encuentro de Solidaridad con la Revolución Bolivariana: Mesa "Movimiento de mujeres y su destacado papel en el proceso revolucionario"

  • Alianza de Cooperación con: UNICEF, UNFPA, UNIFEM, AECI y con Cuba.

  • Representación de Venezuela: Foro Social Mundial, Comisión de la Condición Social de la Mujer (ONU), "Mujer y Retos de la Globalización", "Contra el Terrorismo y la Paz"

Venezuela ante el Comité del CEDAW

  • Reconoce: la presentación puntual, la delegación calificada y el cumplimiento de la firma del Protocolo Facultativo.

  • Celebra: la promulgación de la Constitución Bolivariana por su enfoque de género; el incremento de recursos para la creación de Defensorías, Casas de la Mujer y Casas de Abrigo.

  • Saluda: la legislación, medidas políticas y creación de instituciones.

  • Aprecia: los programas educativos de alfabetización, económicos y de salud.

Impulso a la Atención de la Mujer

  • Salud: Ejecución de proyectos de formación y capacitación en derechos y salud sexual y reproductiva, creada red de mujeres para la prevención de VIH-SIDA.

  • Acceso a la Justicia: 3.280 mujeres asesoradas

  • Prevención de la Violencia hacia la Mujer: Servicio de atención telefónica 0-800-mujeres, atendió 6.909casos.

  • Casas de Abrigo: Salvada la vida a 188 mujeres, 106 niños y 92 niñas.

  • Inclusión Afrodescendiente al Plan de Igualdad para las Mujeres.

  • Gran Salto Comunicacional: Promedio de 18.000 cm/col al año en 20 diarios analizados, una representante en el Directorio de Responsabilidad Social en Radio y Televisión; espacios fijos en programas "Mujeres y Algo Más" (CMT), Canal Abierto (VTV), Enfoque Femenino (RNV)

Derechos Económicos de las Mujeres

  • Firma por parte del Presidente Chávez al Ministerio de Finanzas para incluir la perspectiva de género en los presupuestos nacionales.

  • Se establecieron y reforzaron alianzas con FONDEMI, BANMUJER, INE, CNDNA, FNPNNA.

  • Capacitación financiera de mujeres y hombre en la formación de cooperativas y proyectos para micro créditos.

Bases Legales

EN EL ÁMBITO INTERNACIONAL

  • 1. Carta de las Naciones Unidas (San Francisco, 26 de junio de 1945). Esta organización tiene entre sus propósitos realizar la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario y el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos fundamentales de todas las personas sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión.

  • 2. Declaración Universal de los Derechos Humanos. Proclamada por la Asamblea General de Naciones Unidas, el 10 de diciembre de 1948.Declara el respeto a la dignidad e integridad de la persona sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de sexo.

  • 3. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Naciones Unidas. Nueva York, el 19 de diciembre de 1966). Con este Pacto los Estados partes se comprometen a garantizar a hombres y mujeres la igualdad en el goce de todos los derechos civiles y políticos

  • 4. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Naciones Unidas. Nueva York, 19 de diciembre de 1966). Los Estados se comprometen a asegurar a los hombres y a las mujeres la igualdad en todos los derechos económicos, sociales y culturales emanados de este Pacto.

  • Partes: 1, 2, 3
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