Abordaje a victimas de violencia familiar y sexual (página 3)
Enviado por Luz Marina ALA – VEDRA ROCHA
6. La víctima de violencia sexual debe permanecer en la sala de recibo de la comisaría, donde se le debe brindar la tranquilidad e inspirar seguridad. No se debe interrogar ni permitir que otros lo hagan, ya que la entrevista sólo procede por única vez cuando está presente el Fiscal.
7. Comunicar al Juez de Familia para que dispongan las medidas de protección que correspondan.
8. El Fiscal es el titular de la acción penal y como tal le corresponde la carga de la prueba contra el delincuente (violador); sin embargo al requerir la víctima medidas de protección, es necesaria la intervención del juez de Familia para que asuma competencia con NNA víctima.
9. Solicitar el Reconocimiento Médico Legal.
10. Recibir la declaración de la víctima en presencia del Fiscal, padres (siempre que no sean autores del hecho), tratando de establecer la identidad y /o el identikit de agresor.
11. De conocerse la identidad del agresor y si es adulto:
a) Comunicar al Fiscal Penal
b) Ubicar, identificar, al presunto autor. Solicitar al Juez la orden de detención y proceder a detenerlo y/o capturarlo.
c) Solicitar las pericias correspondientes
d) Proceder con los adultos conforme a los procedimientos establecidos para la investigación de delitos comunes.
12. Si el autor es adolescente:
a) Comunicar al Fiscal de Familia y proceder de conformidad con los procedimientos por Infracción a la Ley Penal.
b) Comunicar el hecho investigado a los familiares del adolescente.
13. Solicitar evaluación psicológica de la víctima al Instituto de Medicina Legal, Departamento de Psicología Forense.
14. Solicitar Evaluación Psicológica y Social de la víctima al Centro de Salud, Área Técnica de la Unidad del caso de Lima, solicitarla a la DIVFAM o centros preventivos.
15. Entregar a la niño/a/adolescente víctima a sus familiares con acta de entrega y con conocimiento del Fiscal y del Juez, notificándolos para que se presenten a la Fiscalía y Juzgado de Familia cuando sean requeridos.
IV UNIDAD
Maltrato infantil
DECIMO PRIMERA SEMANA
(02 HORAS)
18 DE JUNIO DEL 2012
PRIMERA SESION
MALTRATO INFANTIL.DEFINICIÓN.TIPOS DE MALTRATO INFANTIL:
MALTRATO FISICO, MALTRATO EMOCIONAL,MALTRATO POR ABANDONO MORAL O DESCUIDO.CONSECUENCIAS DELMALTRATO INFANTIL
— El maltrato y abuso contra los niños, niñas y adolescentes es uno de los problemas más graves actualmente en nuestra sociedad, es sabido que el aumento de la violencia y desorganización familiar, la desmoralización y en muchos casos el incremento del consumo de alcohol han favorecido la presencia del maltrato infantil en nuestro país, el cual no solo se produce en casa y en el barrio, sino también en la escuela. Existen algunos padres de familia, vecinos y maestro que insultan, golpean o someten a castigos injustos y excesivos a los niños, por lo que el Estado y la sociedad en general deben desarrollar programas para la prevención y atención del maltrato infantil.
DEFINICION DE MALTRATO INFANTIL
Es toda agresión o daño producido al niño por sus padres, hermanos, familiares, maestros y otras personas a pesar de que sea hecho con la intención de disciplinarlo.
Hay maltrato también cuando no se atienden las necesidades del niño como la alimentación, salud, protección, afecto y cuidado
¿Por que maltratan los adultos?
Por problemas y tensiones en su vida diaria.
Experiencias de maltrato en su vida actual o en su infancia
Pautas de crianza erradas
Escasez de recursos económicos para satisfacer sus necesidades básicas
TIPOS DE MALTRATO INFANTIL:
1. Maltrato físico
El maltrato físico se produce a través de golpes aplicados al niño con violencia con la intención de disciplinarlo o educarlo; en casos extremos el agresor puede producir lesiones físicas que causan la muerte: puñaladas, asfixia, hemorragias internas por desgarro de órganos.
¿Qué conducta puede presentar?
Es temeroso con sus padres.
Desconfiado de los adultos.
Inquieto cuando otros niños lloran
Pueden presentarse conductas extremas: muy agresivo o distraído y ausente.
Manifiesta problemas en su rendimiento escolar.
En ocasiones puede decir que ha sido golpeado.
2. Maltrato Emocional
Este es uno de los maltratos más difíciles de identificar, porque no puede ser determinado a simple vista, como si ocurre con el maltrato físico. Lo producen los padres, familiares y personas encargadas del cuidado del niño.
También se da a través de expresiones de desprecio o de rechazo, o por la indiferencia hacia el niño.
También se da a través de insultos o mensajes destructivos: "No sirves para nada, eres un inútil, un estúpido, no te quiero."
¿Qué conducta puede presentar?
Puede ser agresivo, violento y destructor.
También puede presentar conductas extremas: es muy conformista y pasivo, o bien muy agresivo y exigente.
Puede presentar problemas de sueño o pesadillas.
Tiene problemas para jugar con otros niños.
Puede manifestar miedos excesivos, sentimientos de tristeza, o ideas reiteradas y exageradas sobre alguna cosa.
Puede tener problemas de lenguaje o en su forma de expresarse (tartamudear por ejemplo)
Otros niños pueden presentar conductas fácilmente adaptables pero que no corresponden a su edad: o son demasiado adultos, o demasiado infantiles.
El maltrato emocional afecta profundamente al niño en su autoestima y no permite que su personalidad se desarrolle adecuadamente. Con el tiempo el niño se vuelve temeroso, inseguro y triste. En otras ocasiones puede más bien desarrollar una conducta agresiva y violenta.
3. Maltrato por abandono moral o descuido
Se produce cuando los padres no velan por las necesidades del niño, cuando estos sufren maltrato por descuido frecuentemente tienen accidentes: caídas, quemaduras, intoxicaciones, extravíos en la calle. En ocasiones desarrollan enfermedades que pudieron prevenirse.
Dice que nadie se preocupa por él.
Está cansado no mantiene la atención, se duerme.
Roba o mendiga.
Usa drogas.
Al no estar atendidas sus necesidades, tiene dificultad para asistir a la escuela.
Abandona la escuela para estar en la calle.
La deserción escolar puede ser una consecuencia del maltrato por descuido.
Consecuencias del maltrato infantil:
Los niños criados en hogares donde se les maltrata suelen mostrara desórdenes postraumáticos y emocionales. Muchos experimentan sentimientos de escasa autoestima y sufren de depresión y ansiedad por lo que suelen utilizar el alcohol u otras drogas para mitigar su distress psicológico siendo la adicción al llegar la adultez, más frecuente que en la población general.
Los efectos que produce el maltrato infantil, no cesan la niñez, mostrando muchos de ellos dificultades para establecer una sana interrelación al llegar a la adultez.
Algunos niños sienten temor de hablar de lo que les pasa por que piensan que nadie les creerá. Otras veces no se dan cuenta que el maltrato a que son objeto es un comportamiento anormal así aprenden a repetir este "modelo" inconscientemente. La falta de un modelo familiar positivo y la dificultad en crecer y desarrollarse copiándolo, aumenta las dificultades de establecer relaciones.
Puede que no vean la verdadera raíz de sus problemas emocionales, hasta que al llegar a adultos busquen ayuda para solucionarlos.
"Para muchos niños / as que sufren de maltrato, la violencia del abusador se transforma en una forma de vida. Crecen pensando y creyendo que la gente que lastima es parte de la vida cotidiana, por lo tanto este comportamiento se toma "aceptable" y el ciclo del abuso continua cuando ellos se transforman en padres que abusan de su hijos y estos de los suyos, continuando así el ciclo vicioso por generaciones".
Muchas personas no pueden cortar el ciclo del abuso, pero hay niños al que la bibliografía mundial denomina "resilentes" que poseen características que les permite superar este obstáculo. Estos niños tiene la habilidad de llamar positivamente la atención de otras personas, se comunican bien, poseen una inteligencia promedio, se nota en ellos un deseo por superarse y creen en sí mismos. Muchas veces es la aparición de un adulto preocupado por ellos lo que les permite desarrollar esta habilidad y romper con el ciclo del abuso.
Como todos sabemos, los niños aprenden de lo que viven.
El niño aprende lo que vive:
Si vive con tolerancia aprende a ser paciente
·Si vive criticado aprende a condenar
· Si vive con aprobación aprende a confiar en sí mismo
· Si vive engañado aprende a mentir
·Si vive en equidad aprende a ser justo
Si vive con vergüenza aprende a sentirse culpable
·Si vive con seguridad aprende a tener fe en sí mismo
Si vive hostilizado aprende a pelear
· Si vive en la aceptación y la amistad aprende a encontrar el amor en el mundo.
Problemas de conducta como consecuencia del Maltrato infantil:
La literatura sobre el tema de abuso infantil coinciden manifestar que los niños que sufren malos tratos presentan un funcionamiento comportamental problemático (Cerezo, 1997c. En España, de forma consistente a lo encontrado en otros países, se observa que comparando a niños que reciben abuso con niños que no lo reciben, los primeros manifiestan más problemas de conducta, tanto cuando la información procede de los padres como cuando procede de los maestros. Las conductas que se han descrito en estos niños han sido: agresividad, verbal y física, hostilidad, oposición, robos, mentiras, absentismo, que se integrarían en la categoría de problemas de conducta externalizantes. En un estudio longitudinal encontraron que la experiencia del daño físico intencional sufrido durante los primeros cinco años estaba asociado con un incremento considerable del riesgo a sufrir problemas de conducta externalizantes. Pero aunque estos problemas sean los más frecuentes, sin embargo, también algunos de estos niños presentan problemas de eliminación, miedos, desobediencia encubierta, pero incluso algunos niños presentan combinación de ambas categorías.
SEGUNDA SESION:
TALLER: Análisis y discusión de casos prácticos sobre los tipos de maltrato infantil
DECIMA SEGUNDA SEMANA
02horas)
25 DE JUNIO DEL 2012
PRIMERA SESION:
ESTRATEGIAS DE INTERVENCIÓN POLICIAL FRENTE AL MALTRATO INFANTIL
La Policía Nacional a través de sus unidades o secciones especializadas en atención a víctimas de violencia familiar, tiene como misión brindar protección y ayuda a las mujeres, hombres y niños en situación de riesgo de su libertad e integridad personal investigando preliminarmente y denunciando los casos de violencia familiar ante las autoridades competentes, para lo cual al recibir la denuncia por maltrato infantil el policía encargado de la investigación deberá conocer las técnicas de intervención específicas en el ámbito de la violencia cuyas víctimas son menores de edad, que conlleven a realizar un trabajo eficaz en estos casos.
ESTRATEGIAS DE INTERVENCION
Menores en presunta SITUACIÓN DE ABANDONO
1. Auxiliarlo conduciéndolo al centro hospitalario o asistencial más cercano, si su estado lo requiere
2. Indagar o entrevistarlo por sus nombres, los de sus padres y/o responsables, así como de su domicilio para reintegrarlo al seno del hogar
3. Solicitar el reconocimiento médico legal, requiriendo su edad aproximada, lesiones y/o violación sexual que pudiera haber sufrido
4. En caso de desconocer el nombre de sus padres y/o domicilio se procederá a realizar lo siguiente
Comunicar al fiscal de familia, indicando el lugar donde se encuentra en el término de 24 horas
Tomarle su referencia
Realizar las diligencias preliminares, realizando lo siguiente
Solicitar información a los diferentes centros preventivos de menores de la policía nacional, debiendo quedar registrado sino lo está
Oficiar a la División de personas desaparecidas de la DININCRI – PNP
Solicitar información a la comisaría policial donde domicilia el niño u adolescente
Oficiar a los medios de comunicación y difusión escrita, hablada y televisiva para la ubicación de sus padres o familiares
Si el niño es de provincias, se solicitará información mediante radiograma, fax, teléfono o cualquier otro medio de comunicación a la dependencia policial respectiva
En caso de ubicarse a los padres o familiares exigir la presentación de la partida de nacimiento respectiva
5. En casos de INFANTES, se procederá:
Como los puntos 1, 3 y 4
Solicitar la pericia pelmatoscópica a la División de Identificación policial (DIVIDCRI) de la Dirección de Criminalística de la PNP
Entregar preventivamente al infante en calidad de custodia al CPM Nº 1 de SALAMANCA en LIMA y en provincia a una institución pública o privada que reúna las condiciones para su permanencia.
Solicitar información a la División de personas desaparecidas de la DININCRI – PNP, para verificar si existe denuncia
Si se identifica a los padres y se comprueba su responsabilidad, se le formulará el atestado policial por delito de exposición a peligro o abandono de personas en peligro, poniéndolos a disposición de la Fiscalía Provincial en lo Penal, continuándose con las investigaciones del infante por presunción de abandono
6. Si el niño o adolescente es INTERVENIDO POR PERSONAL PNP, deberá realizar lo siguiente:
Si diera razón de su domicilio, deberá conducirlo a dicho lugar y entregarlo a sus padres y/o responsables con acta de entrega
En caso de que no diese razón de su domicilio, deberá ser puesto a disposición de la comisaría de la jurisdicción
En caso de comprobarse el estado de vagancia, mendicidad, consumo de drogas, prostitución de niños y adolescentes, trastornos mentales o sensoriales serán investigados como presunción de abandono.
7. EN CASO DE DENUNCIA POR MALTRATO
Detener a los responsables y ponerlos a disposición de la autoridad competente
Realizar las indagaciones para determinar si los maltratos fueron habituales, con manifiesta crueldad o psicológica
Solicitar con los oficios respectivos para que el menor maltratado pase los exámenes de reconocimiento médico legal o ectoscopico y el examen psicológico u otros exámenes necesarios para el esclarecimiento del hecho al Instituto de Medicina Legal o Laboratorio de Criminalística de la PNP.
Comunicar al Fiscal de Familia de turno, solicitando su presencia
Tomar la referencia del niño o adolescente en presencia del fiscal o de sus padres, siendo imprescindible la presencia del representante del Ministerio Público
Entregar al niño u adolescente a sus padres o encargados, si tuvieran presente y no tuvieran responsabilidad en el hecho
Citar a los testigos si los hubiere
En caso de denuncias (por maltrato), por comisión de delitos o faltas contra la vida, el cuerpo y la salud en agravio de menores de edad, se procederá a la inmediata intervención, constatación del hecho siguiéndose los procedimientos ya establecidos
La investigación policial se sigue de oficio, terminada la investigación el atestado policial se formulará de acuerdo al Manuel de Documentación Policial con todas las diligencias practicadas, investigaciones realizadas y pruebas obtenidas, el atestado policial será remitido con el oficio respectivo a la fiscalía de Familia correspondiente.
SEGUNDA SESION:
TALLER: FORUM "REVICTIMIZACION DEL NIÑO MALTRATADO"
DECIMO TERCERA SEMANA
(02 HORAS)
02 DE JULIO DEL 2012
PRIMERA SESION:
TALLER: CASOS DE NEGLIGENCIA U OMISIÓN EN LA ATENCIÓN POLICIAL Y EN LA DERIVACIÓN DE CASOS DE MALTRATO INFANTIL. (TÉCNICA. "SIMULACIÓN DE ROLES)
La policía nacional es una profesión orientada a la consecución y al servicio del bien común de las cuales depende la seguridad y la integridad del prójimo. La policía Nacional no está exenta en el ejercicio de su función de cometer Negligencia, que es la omisión o el descuido voluntario y consciente en su tarea cotidiana y sobre todo en casos de Maltrato Infantil. Esta falta grave o culpa generalmente son punibles de una sanción en materia penal.
SEGUNDA SESION:
EXAMEN PARCIAL II
.
V UNIDAD
Acciones de abordaje
DECIMA CUARTA SEMANA
(02 HORAS)
09 DE JULIO DEL 2012
TALLER: PREVENCION COMUNITARIA DE LA VIOLENCIA FAMILIAR Y ABUSO SEXUAL.
PREVENCION COMUNITARIA DE LA VIOLENCIA FAMILIAR Y ABUSO SEXUAL
En el desarrollo de este Taller, hemos tomado información dinámica sobre aspectos conceptuales, procedimentales o de comportamiento de las personas participantes de esta anómala situación como es la Violencia Familiar y Sexual, aspectos legales y resilientes, que nos permiten avizorar vientos de esperanza para mejorar las relaciones familiares y del entorno; tanto así que contamos con diferentes instituciones que participan para este propósito loable y humano.
La Ley de Violencia Familiar N°26260 y sus modificatorias Ley N° 27306, Ley N°28236 y Ley N° 29282, nos permiten tener un panorama de las Instituciones que están involucradas en esta problemática, y que permiten tener participación para el logro de cómo abordar, cómo afrontar, cómo proceder, cómo resolver estas situaciones conflictuales de familia así como hechos relativos a la violencia sexual.
Entonces tenemos en cuenta que nuestro ordenamiento jurídico a través de la Constitución Política que nos ampara, con las Leyes antes acotadas, el Reglamento de la Ley de Violencia Familiar (DS N° 002-98-JUS), por ellas, podemos ubicar la participación de la PNP como Institución tutelar del Estado, y es dentro de esta Atención, que se recibe la denuncia pertinente, pero que no es solo de recibir sino saber abordar, y esto significa tener en cuenta lo estudiado en semestres anteriores como es la psicología aplicada a la función policial, o el curso de psicología del delincuente o criminología, curso de Derecho Constitucional y Penal, Código Procesal Penal, Técnicas de procedimientos policiales de investigación, y otros más; que nos permiten un actuar profesional y técnico en la labor.
Entre las Instituciones del Estado que intervienen para los casos de Violencia Familiar y Violencia Sexual, tenemos:
Policía Nacional del Perú
Ministerio Público, Fiscalías correspondientes y el Instituto de Medicina Legal, con sus Certificados pertinentes
Poder Judicial, Juzgados respectivos
Ministerio de la Mujer y Desarrollo (MIMDES)
Ministerio de Educación, en sus diversos niveles de enseñanza
Gobiernos Locales o Municipales y Regionales y las DEMUNA (s), Hogares de Refugio Temporal, Servicios de Consejería, Grupos de Ayuda Mutua, Servicios de Rehabilitación.
Así también se cuenta con Instituciones Privadas:
ONG Familia Sur con la Familia Hacia el Futuro
"Rincón de la Familia en Perú"
Aspedperu
ONG Asociación Pro Desarrollo Perú Vida
Manuela Ramos Http://Www.Manuela.Org.Pe/Manuela-Ramos/
Flora Tristán Http://Www.Flora.Org.Pe/Prog_Ddhh.Htm
Niveles de Atención:
Niveles Preventivos
Niveles Atención, Apoyo y Tratamiento
Niveles de Control
Niveles de Rehabilitación de Agresores
Policía Nacional del Perú
La PNP antes del 2008 tiene cifras donde su imagen fue considerada buena por el 27% de encuestados, mala por el 48% y muy mala por el 15%, la desconfianza ciudadana se refleja con respecto a la Policía en dos aspectos Corrupción (54%) y Falta de Competencias para Solucionar problemas (49%); para el 2008 una encuesta de victimización realizada por la Pontificia Universidad Católica del Perú revela que el 43% de los encuenstados consideran la dedicación y entrega de al Servicio de los Policías es muy bueno/bueno y el 52% lo considera malo/muy malo, con respecto al trato al público el 64% lo considera malo/muy malo, con relación a su eficacia a atender demandas las demandas de los ciudadanos el 71%% lo califica de muy malo/malo, y con respecto a su honradez el 82% de muy malo/malo.
La Policía Comunitaria surge en el Perú el año 2003 como un Proyecto Piloto diseñado por su fundador el Coronel PNP Enrique Hugo MULLER SOLON, actualmente en situación policial de Retiro y llevado adelante por 65 Policías que prestaban servicios en la ciudad de Trujillo – PERU. Proyecto fundamentado y argumentado, principalmente en las exitosas experiencias internacionales de la Policía Comunitaria de la Policía Nacional de Colombia. Este Proyecto que nace de la iniciativa de su autor pero que se hace realidad con el trabajo dedicado y profesional de 65 Policías trujillanos con vocación proactiva y sensibilidad social, lamentablemente no fue internalizado institucionalmente y tres años después de su creación y funcionamiento fue desactivado y con el todos los programas preventivos y sociales que venia realizando.
La PNP Comunitaria tiene propósitos, como de ser un Servicio Policial que anticipe y prevenga las dificultades, los problemas, los riesgos y el delito; Conocer su territorio y ser conocido por sus habitantes; Responder a los requerimientos de la población por un diálogo constante y una atenta escucha de los ciudadanos planteando soluciones a sus problemas de inseguridad.
Incorporando Programas como "Cuadras Solidarias" con participación de ciudadanos vecinos, quienes luego fueron capacitados en "Escuelas de Seguridad Ciudadana" y luego como "Promotores de Seguridad Ciudadana", para conformar "Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana"; también incorporando el Plan Barrio para identificar y solucionar problemas de riesgo y peligro que afectan su seguridad; conformando redes de apoyo y alianzas estratégicas.
Ministerio Público, Fiscalías Provinciales Penales o de Familia
Desde Mayo del 2008 viene organizando proyectos de atención para extender el resguardo y apoyo a las víctimas de violencia familiar, los mismos que se vienen desarrollando.
Si se requiriese la presencia de un representante del Ministerio Público para atenuar la posible comisión de un hecho delictivo, hay Fiscalías Provinciales Especializadas en Prevención del Delito en todos los Distritos Judiciales del país. Asimismo, Fiscalías Especializadas en Delitos Aduaneros y en Propiedad Intelectual.
Poder Judicial
Contando con los Juzgados respectivos o de Familia, en su función jurisdiccional cumplen con las denuncias formalizadas por el Ministerio Público al Juez Especializado de Familia del lugar donde domicilia la víctima o del lugar de la agresión, indistintamente. El tratamiento que debe recibir la víctima, su familia y el agresor, si se estima conveniente, La reparación del daño d) El establecimiento de una pensión de alimentos para la víctima, cuando corresponda legalmente, si a criterio del juzgado ello es necesario para su subsistencia.
El Ministerio de Justicia (Minjus) tiene suscrito un convenio de cooperación interinstitucional con el Ministerio de la Mujer (Mimdes) con la finalidad de que los Centros de Emergencia de Mujer (CEMs) del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual funcionen en cada una de las Casas de la Justicia que se vienen inaugurando a nivel nacional, se comprometieron a realizar acciones destinadas a implementar mecanismos que incentiven el desarrollo, difusión y uso de los servicios especializados de atención y prevención en temas relacionados al acceso a la justicia y la lucha contra la violencia familiar y sexual.
Ministerio de Educación, en sus diversos niveles de enseñanza se promueven, se mantienen e incentivan los conocimientos sobre los derechos y deberes de la persona, de manera individual, en sociedad, en familia, llegando a especificar situaciones de reacción ante posibles hechos que enmarcan la Violencia Familiar y la Violencia Sexual.
Gobiernos Locales o Municipales y Regionales y las Defensorías Municipales del Niño y del Adolescente DEMUNA (s)
Que llevan adelante estas las audiencias de conciliación destinados a resolver conflictos descritos en el Código del Niño y Adolescente, con excepción de los conflictos originados por violencia familiar, siendo su labor de prevención a actos de violencia en contra de los niños y adolescentes.
Hogares de Refugio Temporal (promovidas en su desarrollo por el MIMDES a través de su programa específico), Servicios de Consejería, Grupos de Ayuda Mutua, Servicios de Rehabilitación son otras formas de participación ante la violencia familiar y violencia sexual.
OTROS ORGANISMOS
ONG Familia Sur con la Familia Hacia el Futuro
Busca lograr que desde cada ámbito de la sociedad se rescate la dimensión familiar del individuo, dando así, a través de familias fuertes y unidas, un gran impulso al desarrollo social, implica una interacción permanente con todos los sectores.
"Rincón de la Familia en Perú"
Rincón de la Familia es un servicio de orientación ante problemas específicos de la vida familiar. Cada Rincón de la Familia, es un centro en donde la familia o alguno de sus integrantes pueden recurrir para recibir contención y una orientación que lo ayudará a enfrentar los problemas que atraviesa y salir adelante, en familia.
Aspedperu
Es una institución que contribuye al desarrollo integral de niños(as), adolescentes, jóvenes y otros actores sociales a través del fomento de la educación, en un marco de equidad de género, igualdad de oportunidades, derechos humanos, ciudadanía y democracia, previniendo integralmente diversos riesgos psicosociales, tales como: uso indebido de drogas, violencia familiar, embarazos no deseados, infecciones de transmisión sexual, sida
ONG Asociación Pro Desarrollo Perú Vida – APRODE PERÚ
ONG de Ayuda humanitaria en Lima (Perú), es una Organización No Gubernamental de Desarrollo (ONG"D), creada en el Perú con el objetivo de contribuir en la promoción del desarrollo humano y social en las comunidades de intervención, desde una perspectiva innovadora de formulación de programas y proyectos que beneficien de manera real a muchas personas que necesitan de oportunidades para mejorar su calidad de vida.
Manuela Ramos [1]
Manuela Ramos es el nombre que se usa para destacar a la mujer que, en forma anónima y desde su quehacer cotidiano, aporta a la construcción de la democracia y de relaciones de género equitativas.
Flora Tristán[2]
• Violencia y diversidad sexual
• Albergue para madres adolescentes
• Avisos con contenidos sexuales
• Las mujeres y el conflicto interno
Promueve la vigencia de los derechos humanos de las mujeres a nivel nacional y regional. Formula reportes ante Naciones Unidas sobre la situación de los derechos humanos de las mujeres en el Perú.
LAS REDES SOCIALES
Son formas de interacción social definida como un intercambio dinámico entre personas, grupos e instituciones en contextos de complejidad, un sistema abierto y en construcción permanente que involucra a conjuntos que se identifican en las mismas necesidades y problemáticas y que se organizan para potenciar sus recursos.
Clases de Redes Sociales
Red Social Primaria: por familiares, amigos, y demás conocidos, brindando campaña social, apoyo emocional, material orientación e información necesaria, permite que la persona se inserte en la sociedad.
Red Social Secundarias: por profesionales y funcionarios de instituciones públicos y privadas, miembros de organizaciones sociales de la comunidad, brindan atención especializada, orientación e información.
Redes Sociales Intermedias, constituidas por personas (denominadas promotoras) que han recibido capacitación especializada en violencia familiar y/o maltrato infantil, su función es prevenir y apoyar a las víctimas de violencia.
El Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual del MIMDES, sostiene como propuesta y ejecución la conformación de Redes Locales o Interinstitucionales tomando como base el desarrollo de las redes sociales, para enfrentar la violencia familiar. Es un trabajo coordinado entre las Instituciones y Organizaciones de la Comunidad, destinada a prevenir y atender a las personas afectadas por la violencia.
TEMA PARA EL TALLER
PERÚ: POLICÍA COMUNITARIA: NUEVO PARADIGMA DE LA SEGURIDAD CIUDADANA [3]
Dinámica: Por grupos (aprovechando la organización de Trabajos Grupales por ejemplo) debaten sobre el contenido y proponen como pueden actuar ante la comunidad para prevenir estas violencias si están encargados de un Programa de Prevención. (Se puede hacer Simulando roles como Niños – Madres – Padres – Policía en un evento comunitario)
La Policía Nacional debe restablecer sus lazos de acercamiento y solidaridad con la comunidad, y esa es precisamente la función y la dinámica que hoy se debe impulsar a través de la implementación del Servicio de Policía Comunitaria, alternativa que viene siendo utilizada exitosamente por muchos países en el mundo; sin embargo la PNP resulta siendo actualmente la única organización policial en América del Sur que no avanza en el camino de la Policía Comunitaria.
En este contexto a nivel mundial, las experiencias de Policía Comunitaria que vienen siendo llevadas a la práctica, dan importancia relevante a la participación de la comunidad en alianza estratégica con los Gobiernos Locales, con las autoridades en general y con las fuerzas vivas de la comunidad. Esta tendencia bastamente difundida en Norteamérica y en Europa, busca adaptar el accionar policial a las demandas ciudadanas que son consistentes con sus requerimientos y necesidades frente a la inseguridad, los riesgos y la violencia, y para ello establece relaciones horizontales con los ciudadanos; se ubica en parejas en cuadrantes o sectores determinados, focaliza su actuación en la identificación, análisis y solución de problemas locales; rinde cuentas a la comunidad de la actuación policial y promueve acciones preventivas coordinadas con otros responsables públicos de la Seguridad Ciudadana.
La Policía Comunitaria de Trujillo integrada por 65 Policías, descentralizó la toma de decisiones de los mandos policiales (Comisarios), tomando en cuenta la opinión de los vecinos para la determinación de sus estrategias (Plan de Barrio) y enfrentando de manera proactiva los problemas de inseguridad, desarrollando una serie de Programas de Prevención Social y Prevención Situacional frente al delito, entre ellos recordamos: Cuadras Solidarias, Vecinos Vigilantes, Escuelas de Seguridad Ciudadana, Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana, Integración Familiar, Conversando con los Vecinos, Infractores Potenciales, Victimas Potenciales, Rescatando Valores, Aprender Jugando, Acción Cívica, Comunidad Segura, entre otros. La Policía Comunitaria, entendida como un Servicio de Patrullaje proactivo trabaja en todos estos aspectos y además propicia generar Cultura de Seguridad Ciudadana, para que cada ciudadano sea consciente del rol que le corresponde en la sociedad para mejorar los niveles de seguridad y convivencia pacífica. La Policía Comunitaria trabaja en la comunidad, con la comunidad y por la comunidad
Trujillo, 23 de Junio del 2010.
Hugo Muller Solón: Coronel de la Policía Nacional del Perú en situación policial de Retiro. Abogado y Ex – Defensor del Policía. Impulsor del primer Proyecto Piloto de Policía Comunitaria en Trujillo – Perú. Conferencista y asesor en temas de Seguridad Ciudadana
AYUDAS AUDIOVISUALES POR INTERNET
Prevención del Abuso Sexual
YO SE CUIDAR MI CUERPO
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Video sobre Violencia Intrafamiliar y Abuso Sexual
YO SE CUIDAR MI CUERPO – PATERNIDAD RESPONSABLE MINISTERIO DE EDUCACION SPOT
DÉCIMO QUINTA SEMANA
(02 horas)
16 DE JULIO DEL 2012
TALLER: MODELOS DE ABORDAJE EN VÍCTIMAS DE VIOLACIÓN".
(TÉCNICA SIMULACIÓN DE ROLES).
CASO: Inimputabilidad en Psicosis Aguda: Dejando atrás criterios obsoletos
El 17 de setiembre de 1998, cuando se encontraba en su domicilio, Z. Ch. M., una mujer de 36 años de edad, cogió intempestivamente del cuello a su menor hija e intentó estrangularla. La madre de la agresora, habiendo observado el ataque, intentó detenerlo y, al no lograr ningún resultado, solicitó ayuda de agentes policiales, quienes finalmente consiguieron separar a Z.Ch.M. de la niña. Días después de ser internada en un centro hospitalario, la menor, de 10 años de edad, falleció a causa de las lesiones. Z.Ch.M. fue procesada por delito de "parricidio".
Según los testigos, la procesada parecía no encontrarse en posesión de sus facultades mentales. Durante los hechos, pronunciaba frases incoherentes, lanzaba palabras soeces y llamaba "demonios" a su madre y a los agentes policiales que intervinieron. En la comisaría adonde fue conducida, sin dejar sus arrebatos verbales, agredió a las demás detenidas y se desnudó en medio del patio. Debido a su estado, el médico legista que la examinó dispuso su internamiento en el Hospital "Víctor Larco Herrera".
DEMUS asumió la defensa de la acusada y solicitó que fuese exenta de responsabilidad penal por inimputabilidad. Fundaba su alegato en la consideración de que el ataque fue realizado en un estado mental profundamente alterado, desencadenado por los diversos factores estresantes bajo los cuales Z.Ch.M. vivía. En efecto, ella sostenía una relación severamente conflictiva con su esposo ¾de quien estaba separada pero con el que mantenía un vínculo sexual¾ el cual le infligía un maltrato psicológico continuo, que incluía humillaciones (le mostraba indiferencia, desprecio, la tildaba de "vieja" y "acabada"), limitación de acción (le prohibía relacionarse con otras personas), manipulaciones (la amenazaba constantemente con quitarle a su hija). Tenía, además, dificultades económicas (el esposo, lejos de ayudarla en la manutención de la niña, le hacía pagar sus gastos), un horario laboral prolongado, y debía enfrentar exigencias familiares de una mayor dedicación a su hogar, así como problemas de rendimiento escolar de la menor. No es de extrañar que, como consecuencia de tan difíciles circunstancias, desarrollara un episodio psicótico agudo que alteró sus funciones normales y le hizo perder el control de sí misma, provocando en ella una ruptura temporal con la realidad que la llevó a agredir gravemente a su hija.
La defensa de DEMUS enfrentaba, sin embargo, con un obstáculo: la jurisprudencia nacional de manera reiterada consideraba inimputables por anomalía psíquica sólo en los casos de esquizofrenia crónica, a pesar de que la doctrina y la ley son de más amplio criterio.
Para que una persona sea responsable ante el Derecho Penal no es suficiente que la acción sea típica y antijurídica; ésta también debe ser culpable. La culpabilidad tiene su base en las facultades que tienen las personas de comprender los mensajes normativos penales y de determinarse según esta comprensión. Además, según la doctrina, ella consta de tres elementos: la capacidad de culpabilidad o la imputabilidad, el conocimiento del injusto o de la antijuricidad, y la no exigibilidad de otra conducta.
Para el caso que nos ocupa, examinaremos sólo el primer aspecto. Nuestro Código Penal define la imputabilidad negativamente, a través de la inimputabilidad. Inimputable es aquel que, no obstante haber cometido un delito, no ha estado en posibilidad, por diversas causas establecidas en la ley, de comprender la criminalidad del hecho. A decir de los juristas, la inimputabilidad estará determinada por la capacidad de apreciar el carácter delictivo del acto y de actuar según esta comprensión.
Para el Derecho, las personas alcanzan madurez psicobiológica cuando logran la capacidad intelectual de conocer sus deberes, de advertir su inclusión en el ordenamiento jurídico y de entender los imperativos que la sociedad exige a los individuos que la integran. Esta capacidad, unida a los otros elementos que conforman la culpabilidad, permite atribuir una conducta a una persona y determinar su responsabilidad por las consecuencias derivadas de la misma, por lo que hace o deja de hacer. Por consiguiente, cualquier alteración de esta capacidad hará inimputable al procesado y resultará en la atenuación o exclusión de su culpabilidad.
Para el ordenamiento jurídico peruano son supuestos de inimputabilidad los taxativamente señalados en el artículo 20, incisos 1 y 2, del Código Penal. El inciso 1 del mencionado artículo señala que está libre de responsabilidad penal: "El que por anomalía psíquica, grave alteración de la conciencia o por sufrir alteraciones en la percepción, que afecten gravemente su sentido de la realidad, no posea la facultad de comprender el carácter delictuoso de su acto o para determinarse según esta comprensión".
La anomalía psíquica es un término que vino a reemplazar al de "enfermedad mental", abarcando todas las enfermedades psíquicas, desórdenes y trastornos, permanentes o transitorios, cuya gravedad altere de tal modo la psiquis de la persona afectada que se perturbe su sentido de la realidad.
Sin embargo, las múltiples y variadas manifestaciones de la "anomalía psíquica" no habían sido tomadas en cuenta por la jurisprudencia nacional. Esta, partiendo de la base de que el trastorno debe ser permanente, había puesto en vigencia un criterio de interpretación excluyente y restrictivo respecto de todos aquellos casos de desórdenes agudos o transitorios.
Se ignoró por mucho tiempo que la psicosis, por su duración, varía en su manifestación pero no en su naturaleza ni en sus características. En otras palabras, sea aguda (de un día a menos de un mes) o crónica es, de acuerdo con el criterio de la Organización Mundial de la Salud, un "trastorno mental en el cual el deterioro de la función mental ha alcanzado un grado tal que interfiere marcadamente con la introspección y la capacidad para afrontar algunas demandas ordinarias de la vida o mantener un adecuado contacto con la realidad".
Si bien Z.Ch.M. no perdió la conciencia entendida médicamente como el estado de vigilia, estar despierto y alerta, sí presentaba, en el momento de los hechos, un cuadro de psicosis aguda que le ocasionó la pérdida del juicio y el razonamiento, una ruptura con el entorno y la realidad, una incapacidad tanto de ejercer control sobre su voluntad y sus impulsos como de conocer y comprender que actuaba antijurídicamente.
Así fue establecido en el debate pericial llevado a cabo en el acto oral entre los médicos legistas y el psiquiatra que evaluó y dio tratamiento a la procesada en el Hospital "Víctor Larco Herrera", cuyas conclusiones fueron ratificadas por la pericia de la psiquiatra Cristina Eguiguren. El informe pericial de esta última señala que el cuadro clínico que presentaba Z.Ch.M. el día de los hechos "es compatible con el diagnóstico de PSICOSIS AGUDA, (con inicio abrupto, presencia de temores, ideas referenciales, pensamiento incoherente, desconexión de la realidad, delusiones de posesión demoníaca, actitudes y conductas místicas, conducta desorganizada, agitación psicomotriz, sin control de impulsos y alteración en el control de su voluntad)". Y añade que debido a que "durante el episodio psicótico presentado por la examinada […] se tiene alterados el juicio y razonamiento, sin capacidad de autocrítica, siendo su percepción interferida por la presencia de delusiones que desfiguran la objetividad del mundo real"; cuando cometió el ataque contra su hija Z.Ch.M "NO ESTABA EN USO DE SUS FACULTADES MENTALES".
Los resultados de los informes y las pericias técnicas fueron tomados en cuenta por el Colegiado, el mismo que, atendiendo las razones alegadas por DEMUS, resolvió declarando la inimputabilidad de la procesada.
La sentencia, resultado de todo el proceso, es la que transcribimos parcialmente a continuación:
"Lima, once de octubre de mil novecientos noventinueve
VISTA […]
CONSIDERANDO: […] que del análisis y valoración que se realiza de la prueba acopiada en autos como de lo actuado en el juicio oral, ha quedado establecido lo siguiente: […] OCTAVO: Que mediante audiencia de fecha quince de setiembre la Sala ordenó que se realice un debate médico entre los médicos legistas CACHAY MUGUERZA y SALAZAR ROJAS y el doctor SARRIA GARCIA estableciendo que al no observar el momento de los hechos la conducta empleada por la acusada no pueden establecer fehacientemente el cuadro o transtorno mental que tuvo la misma, pero de los antecedentes, exámenes previos y relatos de los hechos indican que la acusada estuvo en un cuadro de psicosis aguda pero no tuvo pérdida de la conciencia, conclusión que es corroborada con la de la medico perito de parte Doctora Cristina Eguirugen Li al señalar que la acusada tuvo una psicosis aguda diferenciando la memoria en la cual ella recuerda todo lo que pasó y la conciencia como lo están clarificando o está clarificado en las diferentes evoluciones de la historia, en la que no se evidencia alteración de la conciencia que es de tenerse en cuenta, que a la alteración de la conciencia no le es inherente la amnesia, pero es indiscutible que esta es un signo de sus existencia, científicamente la memoria del hecho no es incompatible con la falta de comprensión para autogobernar su comportamiento con arreglo a las espectativas [sic] de la norma juridica penal de que se trate […] DECIMO: Que para declararse exento de pena a una persona debe estarse a lo dispuesto en el artículo veinte del Código Penal, ahora conforme a los examenes, informes y debates médicos efectuados durante el transcurso del proceso, se acredita que la acusada sufría al momento de los hechos una anomalía psíquica encuadrandose en el inciso primero del artículo precitado […] DECIMO PRIMERO: Que de acuerdo a los antes expresado la acusada […] es una persona inimputable, conclusión establecida por la Sala a traves de lo actuado, estableciéndose que sufre un trastorno mental, reuniendo las características de una paciente psicótica […] LA SALA […] Administrando Justicia a Nombre de la Nación; FALLA: DECLARANDO EXENTA DE PENA por INIMPUTABLE a la procesada […]"
Esta sentencia es de enorme importancia, por cuanto rompe con el criterio jurisprudencial restrictivo de considerar como inimputable por anomalía psíquica sólo en los casos de esquizofrenia crónica. En este sentido, el trabajo crítico y de conciencia llevado por el Colegiado para la resolución de este caso constituye un importante precedente y es una invitación a reflexionar sobre la necesidad de que los jueces hagan uso de la potestad que tienen de apartarse de criterios que por resultar obsoletos pueden afectar los derechos humanos de las procesadas.
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ABUSO Y VIOLENCIA SEXUAL
Existen algunas recomendaciones a considerar para prevenir que los niños sean objeto de abuso o violencia sexual; estas son[4]
-Proporcionar una educación sexual temprana, la cual se puede iniciar desde los primeros años de vida enseñándole al niño a llamar por su nombre a sus órganos sexuales, a asearse adecuadamente, así como el respeto y cuidado que debe tener y exigir para con su cuerpo.
-Hacerle conocer sin exageraciones y de una manera realista sobre los peligros y posibilidad de intentos de abuso sexual que existen no solo en relación a extraños, sino con conocidos como familiares, profesores, entrenadores y amigos.
-Proporcionarle la confianza de que siempre podrá contar con sus padres para discutir abiertamente y sin vergüenza cualquier problema o temor que agobie al niño, sin que ello signifique el sufrir un castigo, perder el afecto, confianza o aprecio de sus padres.
-Tener cuidado de no dejar solos a los niños en la casa ni en la calle, pues por lo general ellos no pueden cuidarse solos.
-No dejar a los niños al cuidado de desconocidos o con personas que presenten las características mencionadas como las de posibles abusadores.
-Organizarse a nivel de vecindario, de asociación de padres de familia, servicio de serenazgo, etc. con el fin de estar atentos ante la presencia de sujetos o de situaciones extrañas y de ser necesario actuar oportunamente.
-Compartir este tipo de información con los niños y miembros de la comunidad a través de charlas, conferencias, Escuelas para Padres, etc. solicitando el apoyo de instructores o profesionales debidamente capacitados.
-Obtener información y consejería sobre la mejor forma de educar a nuestros hijos, especialmente si estamos viviendo una situación irregular dentro de la familia que podría desorientarlos o confundirlos, pues de no tener cuidado y realizar correcciones a tiempo podríamos estar formando futuros abusadores sexuales.
Es importante mencionar que el mayor peligro acerca de la sexualidad humana es saber poco de ella o tener información incierta, de ahí la importancia de educarnos y educar correctamente a quienes nos rodean. Recordar que la mayoría de las personas han participado durante su infancia en juegos de descubrimiento y exploración de la sexualidad sin que ello signifique algún tipo de anormalidad. Que en caso de sospecharse o comprobarse una situación de abuso o violencia sexual actuar con mucho cuidado y de preferencia bajo consejería de un profesional de la salud mental pues muchas veces resulta ser mucho más traumática la reacción de los padres y conocidos que la experiencia misma.
Policía Nacional del Perú
La PNP cuenta dentro de sus responsabilidades, la atención de estos casos, en la Oficina Especial sobre Denuncias de Violencia Familiar y Violencia Sexual en cada una de las Comisarías, con ello establece una cobertura de atención prioritaria y necesaria para la atención y resolución en su nivel de este tipo de denuncias.
Para el Abordaje debemos saber que:
– Puede ser que las personas que maltratan a las mujeres es por una conducta aprendida que se adquiere a través de un modelo, en la familia de donde se formó.
– La familia donde se desenvuelve la victima es una totalidad, insertada en un sistema mayor social, establece un sistema de jerarquías, con una circularidad que pueden estar cortados o no entrelazados, quedando abierto, la idea de jerarquía es indispensable para distinguir el peso diferente entre la responsabilidad del abusador y del abusado. Consideramos que la institución familiar es depositaria de la violencia en sus múltiples formas, la vive, la reproduce, la genera, la sufre, pero también, de acuerdo a nuestra experiencia, la familia como sistema es capaz de encontrar nuevos y distintos cauces a sus dificultades, que permitan desarrollarse a cada uno de sus miembros de manera más sana
-Los sistemas sociales (incluida la familia) se basan, en cierto grado, en la fuerza o en la amenaza de hacer uso de la violencia. Plantea que siendo la familia un sistema de poder como cualquier otro, cuando un apersona no encuentre otro recurso, existe mucha posibilidad de que utilice la violencia para mantener su poder
– Un miembro de la familia será violento si el costo de ser violento no sobrepasa los beneficios que se consiguen con la violencia. El beneficio conseguido por los agresores es una imagen de "duros" aumentando así su poder y control en la relación.
– La Violencia Familiar se puede manifestar cuando un individuo se encuentra bajo estrés y carece de recursos personales y de estrategias de enfrentamiento para mitigar su impacto
– El evento puede ser el reflejo de la relación desigual de poder en las relaciones entre las mujeres y los hombres, y que la raíz de la violencia la podemos encontrar en la dimensión de dominio y poder masculino en nuestra sociedad.
Existen cuatro cuestiones en el análisis de la situación del maltrato donde las perspectivas feministas coinciden:
La utilidad explicativa de los constructos género y poder.
Análisis de la familia como una institución que estructura las relaciones heterosexuales de acuerdo al género y al poder.
Comprensión y validación de las experiencias de las mujeres.
Desarrollo de teorías y modelos que reflejen de manera fidedigna las experiencias de las mujeres.
– La teoría de la indefensión o la desesperanza aprendida, planteada por Martín Seligman en la década de los setenta, explica razones que mueven a las mujeres a mantenerse en una relación violenta y describe el desarrollo de la violencia doméstica, teniendo como base tres situaciones presentes en estos casos:
• La motivación de la mujer para cambiar su conducta disminuye como consecuencia de episodios reiterados de golpes.
• La mujer cree que su posible respuesta fracasará. Al generalizar su indefensión cree que no será capaz de alterar el final de la situación.
• En este proceso, la mujer renuncia a tratar de efectuar modificaciones, aprende a vivir asustada y a creer que es imposible producir un cambio en la situación conyugal.
– Recordar el ciclo de la violencia conyugal
– Hay una conducta de lealtad de las mujeres maltratadas con cuestiones específicas de la situación de maltrato en vez de referirla a aspectos de su personalidad o a cuestiones socio – económicas. Unión traumática es el desarrollo de una unión emocional entre dos personas, donde una de ellas amenaza, golpea, maltrata o intimida intermitentemente a la otra.
Ministerio Público
Ante la petición verbal o escrita de la víctima, sus familiares, ex cónyuge ó cónyuge, ex conviviente o conviviente, ascendientes, Descendientes, Parientes colaterales hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, Quienes habitan en el mismo hogar, siempre que no medien relaciones contractuales o laborales, Quienes hayan procreado hijos en común, independientemente que convivan o no, al momento de producirse la violencia.
Las denuncias por maltrato infantil, violencia familiar o sexual contra menores o mujeres, pueden presentarlas las mismas víctimas (sea menor de edad, adolescente o madre de familia) en cualquiera de las Fiscalías Provinciales de Familia de turno a nivel nacional. Ministerio Público – Fiscalia de la Nación. Gerencia Central de Tecnologías de la Información © 2004. Av. Abancay Cuadra 5 s/n. Teléfonos : (Lima) (051) 625-5555 (Cono Norte) (051) 522-3630 / 5223629 / 521-4390, debiendo dictar las medidas de protección inmediata necesarias, incluyendo las medidas cautelares, podrá convocar a la víctima y al agresor a audiencia de conciliación, para buscar una solución que permita el cese de los actos de violencia.
El Ministerio Público cuenta con un Órgano Descentralizado, Rector de la Medicina Legal en el Perú, brindando asesoría técnica forense que requieran la función Fiscal, Judicial y otros que colaboren en la administración de Justicia, realizando peritajes, investigación forense y emitir dictámenes técnico-científicos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, cuenta con Servicios en lo concerniente a este tipo de denuncias, como son:
Servicio Clínico Forense, por Lesiones por Violencia Familiar
Gineco Obstetricia, Examen de Integridad sexual
Psiquiatrìa Forense, Evaluaciones psiquiátricas por Violencia Sexual,· Perfil Psicosexual
Psicología Forense, Examen Psicológico por Violencia Familiar, Diagnóstico contra la Libertad Sexual DCLS, Entrevista en salas privadas (Cámara Gesell ó Salas de Entrevistas Únicas) atención contra la Libertad Sexual, Actos contra el pudor, Trata de personas, Explotación Sexual.
Modelos de abordaje en víctimas de violación".
(Técnica Simulación de Roles)
TEMA: VIOLACION DE MENOR DE EDAD EN LA CIUDAD DE …..
Simulación de Roles – o – Sociodrama
Niño
Adultos que acompañan
Persona Denunciada
Policía de Servicio en la Oficina de Atención a Victimas de Violencia Familiar
DECIMO SEXTA S SEMANA
02HORAS)
23 DE JULIO DEL 2012
TALLER: MODELOS DE ABORDAJE EN VÍCTIMAS DE VIOLENCIA FAMILIAR (TÉCNICA SIMULACIÓN DE ROLES)
DECIMO SETIMA SEMANA
30 DE JULIO DEL 2012 AL 03 DE AGOSTO DEL 2012
EXAMEN FINAL DACA
Autor:
Luz Marina Ala – Vedra Rocha
[1] Http://Www.Manuela.Org.Pe/Manuela-Ramos/
[2] Http://Www.Flora.Org.Pe/Prog_Ddhh.Htm
[3] http://scela.wordpress.com/2010/06/30/peru-policia-comunitaria-nuevo-paradigma-de-la-seguridad-ciudadana-hugo-muller-solon/
[4] http://www.angelfire.com/pe/actualidadpsi/abuso.html ACERCA DEL ABUSO Y LA VIOLENCIA SEXUAL Ricardo Carmen Manrique Psicoterapeuta
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