Descargar

Las entidades fiscalizadoras superiores y la auditoría basada en resultados en el sector defensa (página 2)


Partes: 1, 2, 3, 4, 5

i) Efectuar las acciones de control ambiental y sobre los recursos naturales, así como sobre los bienes que constituyen el Patrimonio Cultural de la Nación, informando periódicamente a la Comisión competente del Congreso de la República; j) Emitir opinión previa vinculante sobre adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios u obras, que conforme a ley tengan el carácter de secreto militar o de orden interno exonerados de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa; k) Otorgar autorización previa a la ejecución y al pago de los presupuestos adicionales de obra pública, y de las mayores prestaciones de supervisión en los casos distintos a los adicionales de obras, cuyos montos excedan a los previstos en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y su Reglamento respectivamente, cualquiera sea la fuente de financiamiento; l) Informar previamente sobre las operaciones, fianzas, avales y otras garantías que otorgue el Estado, inclusive los proyectos de contrato, que en cualquier forma comprometa su crédito o capacidad financiera, sea que se trate de negociaciones en el país o en el exterior; ll) Designar de manera exclusiva, Sociedades de Auditoría que se requieran, a través de Concurso Público de Méritos, para efectuar Auditorías en las entidades, supervisando sus labores con arreglo a las disposiciones de designación de Sociedades de Auditoría que para el efecto se emitan; m) Requerir el apoyo y/o destaque de funcionarios y servidores de las entidades para la ejecución de actividades de control gubernamental; n) Recibir y atender denuncias y sugerencias de la ciudadanía relacionadas con las funciones de la administración pública, otorgándoles el trámite correspondiente sea en el ámbito interno, o derivándolas ante la autoridad competente; estando la identidad de los denunciantes y el contenido de la denuncia protegidos por el principio de reserva; ñ) Promover la participación ciudadana, mediante audiencias públicas y/o sistemas de vigilancia en las entidades, con el fin de coadyuvar en el control gubernamental; o) Participar directamente y/o en coordinación con las entidades en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de éste; p) Recibir, registrar, examinar y fiscalizar las Declaraciones Juradas de Ingresos y de Bienes y Rentas que deben presentar los funcionarios y servidores públicos obligados de acuerdo a ley; q) Verificar y supervisar el cumplimiento de las disposiciones sobre prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios y servidores públicos y otros, así como de las referidas a la prohibición de ejercer la facultad de nombramiento de personal en el Sector Público en casos de nepotismo, sin perjuicio de las funciones conferidas a los órganos de control; r) Citar y tomar declaraciones a cualquier persona cuyo testimonio pueda resultar útil para el esclarecimiento de los hechos materia de verificación durante una acción de control, bajo los apremios legales señalados para los testigos; s) Dictar las disposiciones necesarias para articular los procesos de control con los Planes y Programas Nacionales, a efecto de visualizar de forma integral su cumplimiento, generando la información pertinente para emitir recomendaciones generales a los Poderes Ejecutivo y Legislativo sobre la administración de los recursos del Estado, en función a las metas previstas y las alcanzadas, así como brindar asistencia técnica al Congreso de la República, en asuntos vinculados a su competencia funcional; t) Emitir disposiciones y/o procedimientos para implementar operativamente medidas y acciones contra la corrupción administrativa, a través del control gubernamental, promoviendo una cultura de honestidad y probidad de la gestión pública, así como la adopción de mecanismos de transparencia e integridad al interior de las entidades, considerándose el concurso de la ciudadanía y organizaciones de la sociedad civil.

u) Establecer los procedimientos para que los titulares de las entidades rindan cuenta oportuna ante el Órgano Rector, por los fondos o bienes del Estado a su cargo, así como de los resultados de su gestión; v) Asumir la defensa del personal de la Institución a cargo de las labores de control, cuando se encuentre incurso en acciones legales; derivadas del debido cumplimiento de la labor funcional, aun cuando al momento de iniciarse la acción, el vínculo laboral con el personal haya terminado; w) Establecer el procedimiento selectivo de control sobre las entidades públicas beneficiarias por las mercancías donadas provenientes del extranjero; x) Ejercer el control de desempeño de la ejecución presupuestal, formulando recomendaciones que promuevan reformas sobre los sistemas administrativos de las entidades sujetas al Sistema; y) Regular el procedimiento, requisitos, plazos y excepciones para el ejercicio del control previo externo a que aluden los literales j), k) y l) del presente artículo, así como otros encargos que se confiera al Organismo Contralor, emitiendo la normativa pertinente que contemple los principios que rigen el control gubernamental; z) Celebrar Convenios de cooperación interinstitucional con entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras.

Los Informes de Control emitidos por el Sistema Nacional de Control constituyen actos de la administración interna de los órganos conformantes de éste, y pueden ser revisados de oficio por la Contraloría General, quien podrá disponer su reformulación, cuando su elaboración no se haya sujetado a la normativa de control, dando las instrucciones precisas para superar las deficiencias, sin perjuicio de la adopción de las medidas correctivas que correspondan.

El Congreso de la República fiscaliza la gestión de la Contraloría General.

Interpretando a Bravo (2010)[15], en función al interés institucional, la CGR participa principalmente en las instancias de la INTOSAI siguientes: a) Comité de Creación de Capacidades: Su finalidad es promover competencias y capacidades profesionales en las EFS mediante la formación, la asistencia técnica y otras actividades de desarrollo; la presidencia está a cargo de EFS de Marruecos, la CGR del Perú participa como miembro. Actualmente está conformado por tres Subcomités: – Subcomité 1: Fomento de mayores actividades de creación de capacidades entre los miembros de la INTOSAI. (Presidencia: EFS de Reino Unido); Subcomité 2: Desarrollo de Servicios de Asesoría y Consultoría, presidida por la Contraloría General de la República del Perú; Subcomité 3: Fomento de las mejores prácticas y garantía de calidad a través de revisión de pares. (Presidencia: EFS de Alemania); Subcomité 2: Desarrollo de Servicios de Asesoría y Consultoría, el cual tiene por objetivos: Desarrollar una base de datos de expertos e investigadores en fiscalización pública; Alentar programas de auditoría conjunta, coordinada y paralela; Promover programas de pasantías y visitas técnicas; b) La CGR del Perú como responsable de la línea de acción "Creación y desarrollo de una base de datos de expertos e investigadores en fiscalización pública" ha desarrollado el aplicativo: Grupo de Trabajo sobre Auditoría del Medio Ambiente: Su propósito es mejorar los instrumentos y mandatos de auditoría de la protección del Medio.

El Grupo de Trabajo presta especial atención a auditorías conjuntas de EFS acerca de asuntos y políticas transfronterizos así como a la auditoría de acuerdos internacionales acerca del medio ambiente. La presidencia de este Grupo de Trabajo está a cargo de la EFS de Estonia, la CGR del Perú participa como miembro; c) Grupo de Trabajo para la Rendición de Cuentas y la Auditoría para la Ayuda en Casos de Catástrofes: Tiene como objetivo establecer una plataforma internacional de EFS de países favorecidos de ayuda internacional y de países donantes, para enfocar las capacidades y competencias específicas de la fiscalización pública externa (internacional); d) El Grupo de Trabajo promueve la transparencia e información en el traspaso de donaciones y además identifica el rol de las organizaciones internacionales (multilaterales, ONG). Basándose en las lecciones aprendidas, aspira desarrollar mejores prácticas para gobiernos nacionales, instituciones internacionales y ONGs para fomentar la rendición de cuentas en la ayuda para catástrofes. La presidencia está a cargo del Tribunal de Cuentas Europeo, la CGR del Perú participa como miembro; e) Grupo de Trabajo para la Lucha contra la Corrupción y el Lavado de Dinero: Su propósito es promover un papel proactivo y de cooperación entre los miembros de la INTOSAI en lo que se refiere a la lucha contra el lavado de dinero y la corrupción, así como de la necesidad de la independencia de la INTOSAI. La presidencia de este Grupo de Trabajo está a cargo de la EFS de Egipto, actualmente la participa como miembro. La Contraloría General de la República del Perú presidió desde su fundación hasta el año 2008 este Grupo de Trabajo cuando fue Task Force,

Del mismo modo, revierte importancia para la CGR del Perú, las instancias siguientes: a) Subcomité de Contabilidad e Informes: Su propósito es estudiar los temas relacionados con la contabilidad y los informes financieros del sector público; la presidencia está a cargo de la EFS de Canadá, la CGR del Perú participa como miembro del Subcomité; b) Grupo de Trabajo sobre Auditoría de Tecnologías de Información (TI): Su propósito es ayudar a las EFS a desarrollar sus conocimientos y aptitudes en el ámbito de la utilización y la auditoría de tecnología de información, proporcionando información y recursos para el intercambio de experiencias, y alentando la colaboración bilateral y regional. La presidencia de este Grupo de Trabajo está a cargo de la EFS de India, la CGR del Perú participa como miembro; c) Grupo de Trabajo sobre Valor y Beneficio de las EFS: Su propósito es propiciar el reconocimiento de la EFS como una organización modelo independiente y como una institución que crea valor y diferencia en la vida de los ciudadanos. Actualmente la presidencia está a cargo de la EFS de Sudáfrica. La CGR del Perú participa como miembro

  • SISTEMA DE CONTROL GUBERNAMENTAL

El Sistema Nacional de Control, está normado por la LEY Nº 27785- Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República. Dicho Sistema tiene por filosofía, propender al apropiado, oportuno y efectivo ejercicio del control gubernamental, para prevenir y verificar, mediante la aplicación de principios, sistemas y procedimientos técnicos, la correcta, eficiente y transparente utilización y gestión de los recursos y bienes del Estado, el desarrollo honesto y probo de las funciones y actos de las autoridades, funcionarios y servidores públicos, así como el cumplimiento de metas y resultados obtenidos por las instituciones sujetas a control, con la finalidad de contribuir y orientar el mejoramiento de sus actividades y servicios en beneficio de la Nación.

El Sistema Nacional de Control es el conjunto de órganos de control, normas, métodos y procedimientos, estructurados e integrados funcionalmente, destinados a conducir y desarrollar el ejercicio del control gubernamental en forma descentralizada. Su actuación comprende todas las actividades y acciones en los campos administrativo, presupuestal, operativo y financiero de las entidades y alcanza al personal que presta servicios en ellas, independientemente del régimen que las regule. El Sistema está conformado por los siguientes órganos de control: a) La Contraloría General, como ente técnico rector; b) Todas las unidades orgánicas responsables de la función de control gubernamental sean éstas de carácter sectorial, regional, institucional o se regulen por cualquier otro ordenamiento organizacional; c) Las sociedades de auditoría externa independientes, cuando son designadas por la Contraloría General y contratadas, durante un período determinado, para realizar servicios de auditoría en las entidades: económica, financiera, de sistemas informáticos, de medio ambiente y otros.

El ejercicio del control gubernamental por el Sistema Nacional de Control en las entidades, se efectúa bajo la autoridad normativa y funcional de la Contraloría General de la República, la que establece los lineamientos, disposiciones y procedimientos técnicos correspondientes a su proceso, en función a la naturaleza y/o especialización de dichas entidades, las modalidades de control aplicables y los objetivos trazados para su ejecución. Dicha regulación permitirá la evaluación, por los órganos de control, de la gestión de las entidades y sus resultados. La Contraloría General de la República, en su calidad de ente técnico rector, organiza y desarrolla el control gubernamental en forma descentralizada y permanente, el cual se expresa con la presencia y accionar de los órganos a que se refiere el literal b) del artículo precedente en cada una de las entidades públicas de los niveles central, regional y local, que ejercen su función con independencia técnica.

Son atribuciones del Sistema Nacional de Control las siguientes: a) Efectuar la supervisión, vigilancia y verificación de la correcta gestión y utilización de los recursos y bienes del Estado, el cual también comprende supervisar la legalidad de los actos de las instituciones sujetas a control en la ejecución de los lineamientos para una mejor gestión de las finanzas públicas, con prudencia y transparencia fiscal, conforme a los objetivos y planes de las entidades, así como de la ejecución de los presupuestos del Sector Público y de las operaciones de la deuda pública; b) Formular oportunamente recomendaciones para mejorar la capacidad y eficiencia de las entidades en la toma de sus decisiones y en el manejo de sus recursos, así como los procedimientos y operaciones que emplean en su accionar, a fin de optimizar sus sistemas administrativos, de gestión y de control interno; c) Impulsar la modernización y el mejoramiento de la gestión pública, a través de la optimización de los sistemas de gestión y ejerciendo el control gubernamental con especial énfasis en las áreas críticas sensibles a actos de corrupción administrativa; d) Propugnar la capacitación permanente de los funcionarios y servidores públicos en materias de administración y control gubernamental. Los objetivos de la capacitación estarán orientados a consolidar, actualizar y especializar su formación técnica, profesional y ética. Para dicho efecto, la Contraloría General, a través de la Escuela Nacional de Control, o mediante Convenios celebrados con entidades públicas o privadas ejerce un rol tutelar en el desarrollo de programas y eventos de esta naturaleza. Los titulares de las entidades están obligados a disponer que el personal que labora en los sistemas administrativos participe en los eventos de capacitación que organiza la Escuela Nacional de Control, debiendo tales funcionarios y servidores acreditar cada dos años dicha participación. Dicha obligación se hace extensiva a las Sociedades de Auditoría que forman parte del Sistema, respecto al personal que empleen para el desarrollo de las auditorías externas; e) Exigir a los funcionarios y servidores públicos la plena responsabilidad por sus actos en la función que desempeñan, identificando el tipo de responsabilidad incurrida, sea administrativa funcional, civil o penal y recomendando la adopción de las acciones preventivas y correctivas necesarias para su implementación. Para la adecuada identificación de la responsabilidad en que hubieren incurrido funcionarios y servidores públicos, se deberá tener en cuenta cuando menos las pautas de: identificación del deber incumplido, reserva, presunción de licitud, relación causal, las cuales serán desarrolladas por la Contraloría General; f) Emitir, como resultado de las acciones de control efectuadas, los Informes respectivos con el debido sustento técnico y legal, constituyendo prueba pre-constituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que sean recomendadas en dichos informes. En el caso de que los informes generados de una acción de control cuenten con la participación del Ministerio Público y/o la Policía Nacional, no corresponderá abrir investigación policial o indagatoria previa, así como solicitar u ordenar de oficio la actuación de pericias contables; g) Brindar apoyo técnico al Procurador Público o al representante legal de la entidad, en los casos en que deban iniciarse acciones judiciales derivadas de una acción de control, prestando las facilidades y/o aclaraciones del caso, y alcanzando la documentación probatoria de la responsabilidad incurrida. Los diversos órganos del Sistema Nacional de Control ejercen estas atribuciones y las que expresamente les señala la Ley del Sistema Nacional de Control y sus normas reglamentarias.

Interpretando lo establecido por la CGR (1998)[16], el control gubernamental consiste en la supervisión, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la gestión pública, en atención al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economía en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado, así como del cumplimiento de las normas legales y de los lineamientos de política y planes de acción, evaluando los sistemas de administración, gerencia y control, con fines de su mejoramiento a través de la adopción de acciones preventivas y correctivas pertinentes. El control gubernamental es interno y externo y su desarrollo constituye un proceso integral y permanente.

El control interno gubernamental, comprende las acciones de cautela previa simultánea y de verificación posterior que realiza la entidad sujeta a control, con la finalidad que la gestión de sus recursos, bienes y operaciones se efectúe correcta y eficientemente. Su ejercicio es previo, simultáneo y posterior. El control interno previo y simultáneo compete exclusivamente a las autoridades, funcionarios y servidores públicos de las entidades como responsabilidad propia de las funciones que le son inherentes, sobre la base de las normas que rigen las actividades de la organización y los procedimientos establecidos en sus planes, reglamentos, manuales y disposiciones institucionales, los que contienen las políticas y métodos de autorización, registro, verificación, evaluación, seguridad y protección. El control interno posterior es ejercido por los responsables superiores del servidor o funcionario ejecutor, en función del cumplimiento de las disposiciones establecidas, así como por el órgano de control institucional según sus planes y programas anuales, evaluando y verificando los aspectos administrativos del uso de los recursos y bienes del Estado, así como la gestión y ejecución llevadas a cabo, en relación con las metas trazadas y resultados obtenidos. Es responsabilidad del Titular de la entidad fomentar y supervisar el funcionamiento y confiabilidad del control interno para la evaluación de la gestión y el efectivo ejercicio de la rendición de cuentas, propendiendo a que éste contribuya con el logro de la misión y objetivos de la entidad a su cargo. El Titular de la entidad está obligado a definir las políticas institucionales en los planes y/o programas anuales que se formulen, los que serán objeto de las verificaciones a que se refiere esta Ley.

El control externo gubernamental es el conjunto de políticas, normas, métodos y procedimientos técnicos, que compete aplicar a la Contraloría General u otro órgano del Sistema por encargo o designación de ésta, con el objeto de supervisar, vigilar y verificar la gestión, la captación y el uso de los recursos y bienes del Estado. Se realiza fundamentalmente mediante acciones de control con carácter selectivo y posterior. En concordancia con sus roles de supervisión y vigilancia, el control externo podrá ser preventivo o simultáneo, cuando se determine taxativamente por la presente Ley o por normativa expresa, sin que en ningún caso conlleve injerencia en los procesos de dirección y gerencia a cargo de la administración de la entidad, o interferencia en el control posterior que corresponda. Para su ejercicio, se aplicarán sistemas de control de legalidad, de gestión, financiero, de resultados, de evaluación de control interno u otros que sean útiles en función a las características de la entidad y la materia de control, pudiendo realizarse en forma individual o combinada. Asimismo, podrá llevarse a cabo inspecciones y verificaciones, así como las diligencias, estudios e investigaciones necesarias para fines de control.

Interpretando lo establecido por la CGR (1998)[17], son principios que rigen el ejercicio del control gubernamental los siguientes: a) La universalidad, entendida como la potestad de los órganos de control para efectuar, con arreglo a su competencia y atribuciones, el control sobre todas las actividades de la respectiva entidad, así como de todos sus funcionarios y servidores, cualquiera fuere su jerarquía; b) El carácter integral, en virtud del cual el ejercicio del control consta de un conjunto de acciones y técnicas orientadas a evaluar, de manera cabal y completa, los procesos y operaciones materia de examen en la entidad y sus beneficios económicos y/o sociales obtenidos, en relación con el gasto generado, las metas cualitativas y cuantitativas establecidas, su vinculación con políticas gubernamentales, variables exógenas no previsibles o controlables e índices históricos de eficiencia; c) La autonomía funcional, expresada en la potestad de los órganos de control para organizarse y ejercer sus funciones con independencia técnica y libre de influencias. Ninguna entidad o autoridad, funcionario o servidor público, ni terceros, pueden oponerse, interferir o dificultar el ejercicio de sus funciones y atribuciones de control.

d) El carácter permanente, que define la naturaleza continua y perdurable del control como instrumento de vigilancia de los procesos y operaciones de la entidad; e) El carácter técnico y especializado del control, como sustento esencial de su operatividad, bajo exigencias de calidad, consistencia y razonabilidad en su ejercicio; considerando la necesidad de efectuar el control en función de la naturaleza de la entidad en la que se incide; f) La legalidad, que supone la plena sujeción del proceso de control a la normativa constitucional, legal y reglamentaria aplicable a su actuación; g) El debido proceso de control, por el que se garantiza el respeto y observancia de los derechos de las entidades y personas, así como de las reglas y requisitos establecidos; h) La eficiencia, eficacia y economía, a través de los cuales el proceso de control logra sus objetivos con un nivel apropiado de calidad y óptima utilización de recursos; i) La oportunidad, consistente en que las acciones de control se lleven a cabo en el momento y circunstancias debidas y pertinentes para cumplir su cometido; j) La objetividad, en razón de la cual las acciones de control se realizan sobre la base de una debida e imparcial evaluación de fundamentos de hecho y de derecho, evitando apreciaciones subjetivas; k) La materialidad, que implica la potestad del control para concentrar su actuación en las transacciones y operaciones de mayor significación económica o relevancia en la entidad examinada; l) El carácter selectivo del control, entendido como el que ejerce el Sistema en las entidades, sus órganos y actividades críticas de los mismos, que denoten mayor riesgo de incurrir en actos contra la probidad administrativa; ll) La presunción de licitud, según la cual, salvo prueba en contrario, se reputa que las autoridades, funcionarios y servidores de las entidades, han actuado con arreglo a las normas legales y administrativas pertinentes; m) El acceso a la información, referido a la potestad de los órganos de control de requerir, conocer y examinar toda la información y documentación sobre las operaciones de la entidad, aunque sea secreta, necesaria para su función; n) La reserva, por cuyo mérito se encuentra prohibido que durante la ejecución del control se revele información que pueda causar daño a la entidad, a su personal o al Sistema, o dificulte la tarea de este último; o) La continuidad de las actividades o funcionamiento de la entidad al efectuar una acción de control; p) La publicidad, consistente en la difusión oportuna de los resultados de las acciones de control u otras realizadas por los órganos de control, mediante los mecanismos que la Contraloría General considere pertinentes; q) La participación ciudadana, que permita la contribución de la ciudadanía en el ejercicio del control gubernamental; r) La flexibilidad, según la cual, al realizarse el control, ha de otorgarse prioridad al logro de las metas propuestas, respecto de aquellos formalismos cuya omisión no incida en la validez de la operación objeto de la verificación, ni determinen aspectos relevantes en la decisión final.

Los citados principios son de observancia obligatoria por los órganos de control y pueden ser ampliados o modificados por la Contraloría General, a quien compete su interpretación.

Interpretando lo establecido por la CGR (1998)[18], la acción de control es la herramienta esencial del Sistema, por la cual el personal técnico de sus órganos conformantes, mediante la aplicación de las normas, procedimientos y principios que regulan el control gubernamental, efectúa la verificación y evaluación, objetiva y sistemática, de los actos y resultados producidos por la entidad en la gestión y ejecución de los recursos, bienes y operaciones institucionales. Las acciones de control se realizan con sujeción al Plan Nacional de Control y a los planes aprobados para cada órgano del Sistema de acuerdo a su programación de actividades y requerimientos de la Contraloría General. Dichos planes deberán contar con la correspondiente asignación de recursos presupuestales para su ejecución, aprobada por el Titular de la entidad, encontrándose protegidos por el principio de reserva. Como consecuencia de las acciones de control se emitirán los informes correspondientes, los mismos que se formularán para el mejoramiento de la gestión de la entidad, incluyendo el señalamiento de responsabilidades que, en su caso, se hubieran identificado. Sus resultados se exponen al Titular de la entidad, salvo que se encuentre comprendido como presunto responsable civil y/o penal.

Las acciones de control que efectúen los órganos del Sistema no serán concluidas sin que se otorgue al personal responsable comprendido en ellas, la oportunidad de conocer y hacer sus comentarios y aclaraciones sobre los hallazgos en que estuvieran incursos, salvo en los casos justificados señalados en las normas reglamentarias. Cuando en el informe respectivo se identifiquen responsabilidades, sean éstas de naturaleza administrativa funcional, civil o penal, las autoridades institucionales y aquéllas competentes de acuerdo a ley, adoptarán inmediatamente las acciones para el deslinde de la responsabilidad administrativa funcional y aplicación de la respectiva sanción, e iniciarán, ante el fuero respectivo, aquéllas de orden legal que consecuentemente correspondan a la responsabilidad señalada. Las sanciones se imponen por el Titular de la entidad y, respecto de éste en su caso, por el organismo o sector jerárquico superior o el llamado por ley.

  • LUCHA CONTRA LA CORRUPCION POR LAS ENTIDADES FISCALIZADORAS SUPERIORES

Interpretando a Bravo (2010)[19], la Contraloría General de la República, como Entidad Fiscalizadora Superior, ha considerado que su accionar y sus objetivos estratégicos institucionales deben estar articulados en una estrategia integral de control, la cual se ha desarrollado con la finalidad, de erradicar o reducir al máximo los niveles de corrupción, a través de la utilización de los enfoques comúnmente tratados por las Entidades Fiscalizadoras Superiores, tales como: control de políticas macro, control de gestión, auditorias financieras y acciones anticorrupción, invirtiéndose para estas últimas el 75% de sus recursos y el 25% restante en las otras orientaciones. Esta estrategia integral dirige sus esfuerzos en materia anticorrupción en tres niveles: a corto plazo, con el fortalecimiento de las acciones anticorrupción a través del afianzamiento de sus funciones en contra de la corrupción; a mediano plazo, con la Medición del Desempeño que implica revisar el ejercicio que tienen las organizaciones, determinado a través de los criterios de eficiencia y de valor por dinero, con el objeto de verificar, si el producto generado por la Organización con el presupuesto asignado beneficia al país; y a largo plazo, con la Prevención para el desarrollo futuro, a fin de evitar problemas ulteriores. Las acciones anticorrupción (detección – investigación) son desarrolladas a través de las siguientes herramientas: Acciones Rápidas, Acciones de Control, Fiscalización de Declaraciones Juradas de Ingresos, Bienes y Rentas, Operativos en cubierto, así como el fortalecimiento de los Órganos de Control Institucional y de las Oficinas Regionales, con el objeto que desarrollen controles autónomos e independientes, permitiéndose una mayor presencia del Sistema Nacional de Control a nivel nacional. La Contraloría General de la República, en el nivel de Prevención de la citada estrategia integral, ha desarrollado específicamente, la Estrategia Preventiva Anticorrupción –EPA-, la cual trata de cubrir una de los componentes de la lucha contra la corrupción, toda vez que ésta implica un conjunto interrelacionado de componentes que tienen que ver con: a) Prevención; b) Detección-Investigación; c) Juzgamiento; d) Sanción. En la actualidad, el proceso institucional de lucha contra la corrupción dirige fundamentalmente sus empeños, a la detección – investigación, al enjuiciamiento y a la sanción de los actos corruptos; sin embargo, urge la necesidad de plantear una estrategia dirigida a la prevención de la corrupción, etapa importantísima del proceso que requiere destinar mayores esfuerzos, pretendiendo realizar e impulsar acciones que apunten a resolver el problema de manera integral. La Contraloría General de la República, a partir de lo desarrollado a nivel estatal como institucional con relación a la lucha contra la corrupción, considera que, resulta necesario involucrarse en la etapa preventiva del proceso, la participación concertada y activa de los diversos sectores del Estado, así como de la sociedad civil y la ciudadanía en general, a fin de emprender una tarea cuya finalidad es la erradicación o reducción de la corrupción de la administración pública y de propiciar cambios en la conducta de los funcionarios públicos y de la ciudadanía frente a ese degradante flagelo. La Contraloría General de la República, teniendo en consideración y sustento los criterios técnicos expuestos y con el propósito de contribuir a lograr la transparencia y honestidad en la administración del Estado, diseña y pone en marcha la Estrategia Preventiva Anticorrupción -EPA-

Interpretando a Bravo (2010)[20], la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República Ley Nº 27785, establece un nuevo concepto de control gubernamental, que permite el desarrollo de forma más eficaz, oportuno e independiente, afianzando su propósito preventivo y de contribución a la mejora de la gestión pública, constituyéndose en el marco legal apropiado para modernizar el control como un instrumento efectivo de protección de los recursos del Estado definidos por ley, así como de los recursos medioambientales y del patrimonio cultural. El control gubernamental es ejercido a través del control posterior externo e interno (concurrente), enfocando la estrategia integral de control sus esfuerzos a largo plazo, con el control preventivo. El acotado marco normativo ha establecido expresamente la labor de prevención de este Organismo Superior de Control, ampliándose con ello su ámbito de competencia con el objeto de mejorar la capacidad y eficiencia de las entidades del Estado en la toma de sus decisiones, así como de prevenir la correcta, eficiente y transparente utilización y gestión de los recursos y bienes del Estado y del desarrollo probo y honesto de las funciones y actos de las autoridades, funcionarios y servidores públicos, con la finalidad de disminuir y/o erradicar la corrupción administrativa del Estado. En tal sentido, la Contraloría General de la República puede ejercer el control externo de manera preventiva, en atención al desarrollo de sus roles de supervisión y vigilancia, sin que ello conlleve injerencia en los procesos de dirección y gerencia a cargo de la administración de la entidad o interfiera en el control posterior que corresponda. En concordancia con lo expuesto, la referida normativa ha establecido a este Organismo Superior de Control diversas atribuciones y funciones de contenido preventivo, orientadas a: 1) Formular oportunamente recomendaciones que eviten la comisión de errores en la administración de los recursos del Estado; 2) Incentivar la puesta en marcha del control interno en la administración pública; 3) Promover una cultura de valores éticos; 4) Propiciar la participación de la ciudadanía en el control social; 5) Comprometer a que los actores privados realicen sus transacciones con el Estado de manera transparente y proba; 6) Institucionalizar la lucha contra la corrupción, involucrando a los poderes del Estado.

La estrategia preventiva anticorrupción- EPA: Es la creación y acondicionamiento de un ambiente apropiado, favorable y protegido, dentro del cual las instituciones públicas, la ciudadanía, la sociedad civil, el sector privado empresarial y el Sistema de Control, puedan participar y desenvolverse combinando sus esfuerzos transparente y eficazmente, para la prevención de la corrupción, así como desarrollando mecanismos, metodologías e instrumentos que permitan erradicar o disminuir el flagelo de la corrupción y propiciar cambios en la conducta de la ciudadanía frente a éste, para lograr un Estado moderno y eficiente. Constituirse en el blindaje para evitar que la Corrupción penetre en el Estado, el cual se encuentra vigilado por una Ciudadanía Activa, preparada en una Educación en Valores fortalecida para la Función Pública, permitiendo de esta manera el desarrollo de un Estado Moderno y Eficiente. La ejecución de esta estrategia se desarrolla a través de los siguientes ejes transversales: a) Alianzas estratégicas y trabajo horizontal: Debido a la envergadura y magnitud de la corrupción y por las diversas tareas necesarias para hacerle frente preventivamente, es necesario que las instituciones del Estado, el Sistema de Control, la ciudadanía, la sociedad civil y el sector empresarial estén involucrados, según su especialidad y predisposición, con el objeto de lograr el concurso necesario para proponer e impulsar medidas y acciones preventivas de la corrupción, así como fortalecer el control social responsable; b) Comunicación, difusión y educación: Para formar valores éticos, despertar la conciencia y desalentar los actos de corrupción en los servidores públicos y la ciudadanía; c) Medidas de conductas y procedimientos: Elaboración de lineamientos para hacer mas eficiente y seguro el sistema de contratación del Estado; para precisar y formalizar el compromiso ético y legal del personal integrante de la Administración Pública; para el uso eficiente de los bienes y servicios adquiridos por el Estado, entre otros aspectos; d) Gestión de riesgos: Conjunto de políticas, estrategias, instrumentos y medidas orientadas a impedir, reducir, prever y controlar los riesgos de actos de corrupción o irregularidades.

En esta estrategia han de intervenir actores o agentes del sector público y del privado, ambos actuarán en forma integrada y mancomunada para alcanzar los propósitos de erradicar o reducir los actos de corrupción y de propiciar cambios en la conducta de la ciudadanía frente a este flagelo. En tal sentido, y a fin que dichas competencias tengan efectos sinérgicos en la prevención y lucha contra la corrupción, se ha previsto que formen parte y se interrelacionen dentro de la estrategia preventiva anticorrupción, así como en atención a los criterios de relevancia, capacidad y fuerza se seleccionaron a los siguientes agentes o los actores, sin embargo podrán involucrarse gradualmente otros actores o agentes que resulten necesarios para los fines de ésta: a) El Sector Público Ejecutivo: se encarga de la ejecución de las políticas públicas, de la administración del patrimonio público, así como del ejercicio de la función pública, teniendo por ello, la obligación de desarrollar controles para el adecuado ejercicio de la gestión pública, sin embargo, muchas veces estos resultan insuficientes u obsoletos; siendo por tanto un ambiente propenso para la ocurrencia de irregularidades y/o actos de corrupción. Este sector se encuentra comprometido en la estrategia, debido a que, será uno de los escenarios donde se actúe, necesitándose para ello del enfoque integral, tanto interno como externo; b) El Sistema de Justicia: está integrado por diversas entidades vinculadas al enjuiciamiento de acciones penales, civiles, constitucionales, la labor judicial fundamentalmente está definida en las etapas de juzgamiento y sanción del proceso institucional anticorrupción, y es en base a estas experiencias que se pueden adoptar acciones para prevenir que vuelvan ocurrir en el futuro; c) El Congreso: es una instancia que tiene a su cargo el ejercicio del control político del Estado, su participación en la estrategia es debido a que puede: fortalecer las capacidades institucionales; normar y regular en materia de prevención y lucha contra la corrupción, así como lo señalado en las convenciones internacionales sobre el particular; por un lado, y por otro, fiscalizar, investigar y sancionar a las autoridades políticas a cargo de la administración Estado, y sus experiencias apreciarlas para diseñar y desarrollar medidas preventivas para evitar se repitan en el futuro; d) Supervisión y Control: está integrado por Entidades o instituciones públicas que tienen a su cargo funciones de regulación, control, supervisión o fiscalización referidos a la administración del patrimonio del Estado, al ejercicio de la función pública, a la conducta jurisdiccional de magistrados y fiscales, a la competencia leal y honesta de los agentes comerciales y económicos, a la inversión privada en los servicios públicos. Estas entidades dada sus funciones están consideradas en las etapas de prevención y detección – investigación del proceso anticorrupción, de ser el caso y en base a sus experiencias se pueden adoptar acciones para prevenir que vuelvan ocurrir tales actos en el futuro; d) Sociedad Civil: Existen organizaciones que realizan monitoreo del desempeño del gobierno en materia de lucha contra la corrupción, así como que organizan foros, proporcionan diagnósticos y propuestas a las autoridades y la opinión pública, e incluso en formar alianzas entre organizaciones para incorporar la lucha contra la corrupción en sus agendas de trabajo; e) Sector Privado Empresarial: En las investigaciones anticorrupción se han constatado que ofertantes, proveedores y contratistas privados han estado involucrados en la sobre valoración de obras o de compras de bienes y servicios, por lo cual resulta importante para esta estrategia, la participación de organizaciones gremiales empresariales a fin de promover que la interacción del empresariado con el Estado, se realice transparentemente y con reglas de juego claras, con el objeto de mejorar la capacidad de compra de la administración pública, ahorrando el dinero de los contribuyentes; f) Educación: Componente adecuado para implantar una conducta ajustada a valores en la sociedad, a través de medios apropiados para que en forma individual y colectiva se practique la honestidad, se rechacen los actos de corrupción y se impulsen los cambios en las instituciones, razón por la cual resulta fundamental su presencia y participación, en forma transversal en la Estrategia Preventiva Anticorrupción, a través de un rol proactivo educativo y comunicacional; f) Policía Nacional del Perú: Institución investigadora cuyas funciones son velar por el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y privado, así como prevenir, combatir, investigar y denunciar los delitos y faltas previstos en el Código Penal y leyes especiales, perseguibles de oficio. Su participación en la estrategia es importante, debido a que, sus experiencias y metodologías en materia de investigación de delitos de corrupción, así como su competencia funcional ayudarán en el diseño e implantación de medidas preventivas.

La EPA ha previsto políticas o pautas que regulen el interrelacionamiento de los actores, cuyo propósito es orientarlos, en la participación, la toma de decisiones y las acciones en la ejecución de la estrategia: a) Política de Competencias: Cada entidad interviene en la Estrategia única y exclusivamente en el marco de sus atribuciones y competencias establecidas, así como libre de todo protagonismo; b) Política de Independencia: La participación en la estrategia, no implica de ninguna manera la subordinación de las actividades propias de la entidad. Cada actor es independiente, conforme a sus atribuciones, para actuar de la forma que estime conveniente en temas que no hayan sido planificados o acordados para la actuación coordinada en la ejecución de la estrategia; c) Política de Delegación: A fin de no demorar el proceso de toma de decisiones, los actores podrán designar oficiales de enlace con facultades delegadas, cuando no puedan asistir a las reuniones programadas; d) Política de Recursos: Los actores destinan recursos presupuestales, propios o de cooperación internacional, para la ejecución de la estrategia preventiva; e) Política de Administración de Recursos: Cada actor administra los recursos provenientes de cooperación internacional o de donaciones que le transfieran o puedan obtener, para la ejecución de la estrategia preventiva; f) Política de Rendición de Cuentas: Los actores presentarán los informes que les sean solicitados relacionados a la ejecución y avances de la implementación de la estrategia en la parte que les correspondan; g) Política de Evaluación de Gestión: La evaluación de la gestión anual de los planes ejecutados, así como del avance general de la implantación de la Estrategia será realizada externamente por organismos especializados; h) Política de Información: Los actores mantienen una línea comunicacional uniforme, coherente y oportuna de información así como con la cautela y reserva en lo pertinente. Asimismo, mantendrán informando al público, en el marco de las atribuciones y competencias establecidas en la normativa vigente; i) Políticas de Consenso:

Para asegurar la consistencia y compromiso pleno en las acciones conjuntas y coordinadas para el desarrollo de la Estrategia, las decisiones sobre estas acciones se toman de común acuerdo entre los actores involucrados y con ausencia de protagonismos; j) Política de Sostenibilidad: Los actores preverán en sus respectivos presupuestos y planes de desarrollo general, la sostenibilidad de la Estrategia, cuando se concluya el respaldo de los Organismos de Cooperación Internacional.

Los instrumentos operativos de la EPA; son mecanismos concretos de participación e interacción entre los actores intervinientes, que se desarrollan a través de acciones, actividades y proyectos, con el objeto de ejecutar las estrategias de prevención y lucha contra la corrupción, promover la institucionalización de una cultura de valores, de forma que permitan erradicar o disminuir los actos de corrupción. Se generan debido a la necesidad de implementar la EPA y articular operativamente las competencias de los actores de la EPA y los ejes transversales que la conforman, con la finalidad de dar integralidad a la prevención y lucha contra la corrupción. Articular las competencias y funciones de los actores de la EPA, para la prevención y lucha contra la corrupción desde sus propias perspectivas, a través de implementación de mecanismos para asegurar el desarrollo de un Estado justo, eficaz y eficiente, evitando que se genere actos de corrupción.

La Contraloría General medirá el desempeñó de los gobiernos regionales y locales a través del Barómetro de Gobernabilidad, una herramienta informática que registra y analiza información referida a la gestión institucional, sus sistemas administrativos, planeamiento, sistemas de control interno y transparencia, entre otras materias de importancia. El objetivo es promover buenas prácticas de gobierno y una gestión pública basada en resultados que puedan ser medidos y efectivamente conlleven a la prestación de mejores servicios públicos para bienestar de todos los peruanos. El Barómetro de Gobernabilidad fue desarrollado por el Proyecto USAID/Perú ProDescentralización de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional – USAID Perú, y a través de un convenio ha sido cedido a la Contraloría General para su aplicación y administración. Esta alianza técnica ha sido suscrita por el Contralor, Fuad Khoury Zarzar, y el Director de USAID –Perú, Richard Goughnour, en un acto que contó con la presencia de altos funcionarios de ambas instituciones. El Barómetro es un instrumento compuesto por indicadores que miden el desempeño institucional de una entidad; y mostrará también indicadores de la situación social de una jurisdicción determinada. De esta manera, proveerá a las autoridades información gerencial para la toma de decisiones oportunas y poner en marcha acciones preventivas en mejora de la gestión pública. Además que éste instrumento técnico, promoverá el ejercicio de la vigilancia ciudadana, toda vez que proporcionará a la población acceso a indicadores de avance de la gestión que realizan sus autoridades regionales o municipales en temas como ejecución presupuestal, desarrollo económico, participación ciudadana, simplificación administrativa, entre otros. El Barómetro de la Gobernabilidad ha sido validado por el Proyecto USAID/Perú ProDescentralización en los gobiernos regionales y municipios provinciales de Junín, Ayacucho, San Martín y Ucayali. El instrumento cuenta con información de los 25 gobiernos regionales, 195 municipalidades provinciales y todas las municipalidades distritales de la Región Ucayali y de Lima Metropolitana.

  • TECNOLOGIA DE INFORMACION UTILIZADA POR LAS ENTIDADES FISCALIZADORAS SUPERIORES

Interpretando a Arens & Loebbecke (2011)[21], las tecnologías de la información y la comunicación (TIC o bien NTIC para Nuevas Tecnologías de la Información y de la Comunicación o IT para «Information Technology») agrupan los elementos y las técnicas usadas en el tratamiento y la transmisión de las informaciones, principalmente de informática, internet y telecomunicaciones. Las tecnologías de la información y la comunicación no son ninguna panacea ni fórmula mágica, pero pueden mejorar la vida de todos los habitantes del planeta. Se disponen de herramientas para llegar a los Objetivos de Desarrollo del Milenio, de instrumentos que harán avanzar la causa de la libertad y la democracia, y de los medios necesarios para propagar los conocimientos y facilitar la comprensión mutua" (Kofi Annan, Secretario general de la Organización de las Naciones Unidas, discurso inaugural de la primera fase de la WSIS, Ginebra 2003). El uso de las tecnologías de información y comunicación entre los habitantes de una población, ayuda a disminuir en un momento determinado la brecha digital existente en dicha localidad, ya que aumentaría el conglomerado de usuarios que utilizan las TIC como medio tecnológico para el desarrollo de sus actividades y por eso se reduce el conjunto de personas que no las utilizan.

Se denominan Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, en adelante TIC, al conjunto de tecnologías que permiten la adquisición, producción, almacenamiento, tratamiento, comunicación, registro y presentación de informaciones, en forma de voz, imágenes y datos contenidos en señales de naturaleza acústica, óptica o electromagnética. Las TIC incluyen la electrónica como tecnología base que soporta el desarrollo de las telecomunicaciones, la informática y el audiovisual.

El desarrollo de internet ha significado que la información esté ahora en muchos sitios. Antes la información estaba concentrada, la daban los padres, los maestros, los libros. La escuela y la universidad eran los ámbitos que concentraban el conocimiento. Hoy se han roto estas barreras y con internet hay más acceso a la información. El principal problema, es la calidad de esta información. También se ha agilizado el contacto entre personas, y también entre los que hacen negocios. No hace falta moverse para cerrar negocios en diferentes ciudades del mundo o para realizar transacciones en cualquier lugar con un sencillo clic. Hasta muchos políticos tienen su blog o vídeos en YouTube, dejando claro que las TIC en cuarenta años -especialmente los últimos diez (2000-2010)- han modificado todos los aspectos de la vida.

En parte, estas nuevas tecnologías son inmateriales, ya que la materia principal es la información; permiten la interconexión y la interactividad; son instantáneas; tienen elevados parámetros de imagen y sonido. Al mismo tiempo las nuevas tecnologías suponen la aparición de nuevos códigos y lenguajes, la especialización progresiva de los contenidos sobre la base de la cuota de pantalla (rompiendo la cultura de masas) y dando lugar a la realización de actividades inimaginables en poco tiempo. TIC conforman el conjunto de recursos necesarios para manipular la información y particularmente los ordenadores, programas informáticos y redes necesarias para convertirla, almacenarla, administrarla, transmitirla y encontrarla.

Interpretando a Arens & Loebbecke (2011)[22], de acuerdo con el Informe COSO[23]el componente de información y comunicación comprende los métodos, procesos, canales, medios y acciones que, con enfoque sistémico y regular, aseguren el flujo de información en todas las direcciones con calidad y oportunidad. Esto permite cumplir con las responsabilidades individuales y grupales. La información no solo se relaciona con los datos generados internamente, sino también con sucesos, actividades y condiciones externas que deben traducirse a la forma de datos o información para la toma de decisiones. Asimismo, debe existir una comunicación efectiva en sentido amplio a través de los procesos y niveles jerárquicos de la entidad. La comunicación es inherente a los sistemas de información, siendo indispensable su adecuada transmisión al personal para que pueda cumplir con sus responsabilidades. Este componente comprende: las funciones y características de la información; Información y responsabilidad; Calidad y suficiencia de la información; Sistemas de información; Flexibilidad al cambio; Archivo institucional; Comunicación interna; Comunicación externa; Canales de comunicación.

Funciones y características de la información: La información es resultado de las actividades operativas, financieras y de control provenientes del interior o exterior de la entidad. Debe transmitir una situación existente en un determinado momento reuniendo las características de confiabilidad, oportunidad y utilidad con la finalidad que el usuario disponga de elementos esenciales en la ejecución de sus tareas operativas o de gestión. Los flujos de información deben ser coherentes con la naturaleza de las operaciones y decisiones que se adopten en cada nivel organizacional. Por ello debe distinguirse que en los niveles inferiores generalmente se realizan actividades programadas que requieren información de carácter operacional. En cambio, en la medida que se asciende en los niveles, se requiere disponer de otro tipo de información orientada al logro de los objetivos estratégicos y de gestión. Por ello requiere ser seleccionada, analizada, evaluada y sintetizada para reducir los grados de incertidumbre que caracterizan a la actividad gerencial en la toma de decisiones, reflejada en la elección de diversas alternativas posibles. La información debe ser usada para la creación de conocimiento en la entidad, siendo necesario el establecimiento de un sistema de gestión del conocimiento que permita el aprendizaje organizacional y la mejora continua.

Información y responsabilidad: La información debe permitir a los funcionarios y servidores públicos cumplir con sus obligaciones y responsabilidades. Los datos pertinentes deben ser captados, identificados, seleccionados, registrados, estructurados en información y comunicados en tiempo y forma oportuna. El titular y funcionarios deben entender la importancia del rol que desempeñan los sistemas de información para el correcto desarrollo de sus deberes, mostrando una actitud comprometida hacia éstos. Esta actitud debe traducirse en acciones concretas como la asignación de recursos suficientes para su funcionamiento eficaz y otras que evidencien la atención que se le otorga. La obtención y clasificación de la información deben operarse de manera de garantizar la adecuada oportunidad de su divulgación a las personas competentes de la entidad, propiciando que las acciones o decisiones que se sustenten en la misma cumplan apropiadamente su finalidad.

Calidad y suficiencia de la información: El titular o funcionario designado debe asegurar la confiabilidad, calidad, suficiencia, pertinencia y oportunidad de la información que se genere y comunique. Para ello se debe diseñar, evaluar e implementar mecanismos necesarios que aseguren las características con las que debe contar toda información útil como parte del sistema de control interno. La información es fundamental para la toma de decisiones como parte de la administración de cualquier entidad. Por esa razón, en el sistema de información se debe considerar mecanismos y procedimientos coherentes que aseguren que la información procesada presente un alto grado de calidad. También debe contener el detalle adecuado según las necesidades de los distintos niveles organizacionales, poseer valor para la toma de decisiones, así como ser oportuna, actual y fácilmente accesible para las personas que la requieran. La información debe ser generada en cantidad suficiente y conveniente. Es decir debe disponerse de la información necesaria para la toma de decisiones, evitando manejar volúmenes que superen lo requerido.

Sistemas de información: Los sistemas de información diseñados e implementados por la entidad constituyen un instrumento para el establecimiento de las estrategias organizacionales y, por ende, para el logro de los objetivos y las metas. Por ello deberá ajustarse a las características, necesidades y naturaleza de la entidad. De este modo, el sistema de información provee la información como insumo para la toma de decisiones, facilitando y garantizando la transparencia en la rendición de cuentas. La entidad debe implementar sistemas de información que se adecuen a la estrategia global y a la naturaleza de las operaciones de la entidad, pudiendo ser informáticos, manuales o una combinación de ambos. Pueden orientarse al manejo, preparación y presentación de la información económica, financiera, contable, presupuestaria y operacional, entre otras de manera imparcial y objetiva. Deben estar en posibilidad de brindar información con respecto a: Misión, planes, objetivos, normas y metas institucionales; Programación, ejecución y evaluación de actividades, con expresiones monetarias y físicas; Niveles alcanzados en el logro de los objetivos estratégicos y operativos; Estados de situación económica, contable y financiera por períodos y expuestos

Comparativamente, Gestión administrativa, presupuestal y logística de la entidad, en consonancia con la normativa sobre transparencia fiscal y acceso público a la información; Otros requerimientos específicos de orden legal, técnico u operativo. Los sistemas de información deben estar orientados a integrar las operaciones de la entidad, de preferencia y dependiendo del caso en tiempo real. La calidad de los sistemas de información debe asegurarse por medio de la elaboración de procedimientos documentados.

Flexibilidad al cambio: Los sistemas de información deben ser revisados periódicamente, y de ser necesario, rediseñados cuando se detecten deficiencias en sus procesos y productos. Cuando la entidad cambie objetivos y metas, estrategia, políticas y programas de trabajo, entre otros, debe considerarse el impacto en los sistemas de información para adoptar las acciones necesarias. La revisión de los sistemas de información debe llevarse a cabo periódicamente con el fin de detectar deficiencias en sus procesos y productos y cuando ocurren cambios drásticos en el entorno o en el ambiente interno de la entidad. En consecuencia, producto de la evaluación realizada se debe decidir por efectuar cambios en sus partes u optar por el rediseño del sistema. La flexibilidad al cambio debe considerar en forma oportuna situaciones referentes a: Cambios en la normativa que alcance a la entidad, Opiniones, reclamos, necesidades e inquietudes de los clientes o usuarios sobre el servicio que se les proporciona.

Archivo institucional: El titular o funcionario designado debe establecer y aplicar políticas y procedimientos de archivo adecuados para la preservación y conservación de los documentos e información de acuerdo con su utilidad o por requerimiento técnico o jurídico, tales como los informes y registros contables, administrativos y de gestión, entre otros, incluyendo las fuentes de sustento. La importancia del mantenimiento de archivos institucionales se pone de manifiesto en la necesidad de contar con evidencia sobre la gestión para una adecuada rendición de cuentas. Corresponde a la administración establecer los procedimientos y las políticas que deben observarse en la conservación y mantenimiento de archivos electrónicos, magnéticos y físicos según el caso, con base en las disposiciones técnicas y jurídicas que emiten los órganos competentes y que apoyen los elementos del sistema de control interno.

Comunicación interna: La comunicación interna es el flujo de mensajes dentro de una red de relaciones interdependientes que fluye hacia abajo, a través de y hacia arriba de la estructura de la entidad, con la finalidad de obtener un mensaje claro y eficaz. Asimismo debe servir de control, motivación y expresión de los usuarios. La comunicación interna debe estar orientada a establecer un conjunto de técnicas y actividades para facilitar y agilizar el flujo de mensajes entre los miembros de la entidad y su entorno o influir en las opiniones, actitudes y conductas de los clientes o usuarios internos de la entidad, todo ello con el fin de que se cumplan los objetivos. Es importante establecer buenas relaciones entre el personal de las áreas que componen la entidad, definiendo misiones, responsabilidades y roles con la finalidad de emitir un mensaje adecuado y claro. La política de comunicaciones debe permitir las diferentes interacciones entre los funcionarios y servidores públicos, cualesquiera sean los roles que desempeñen, así como entre las áreas y unidades orgánicas en general.

Comunicación externa: La comunicación externa de la entidad debe orientarse a asegurar que el flujo de mensajes e intercambio de información con los clientes, usuarios y ciudadanía en general, se lleve a cabo de manera segura, correcta y oportuna, generando confianza e imagen positivas a la entidad. Se debe disponer de líneas abiertas de comunicación donde los usuarios puedan aportar información de gran valor sobre el diseño y la calidad de los productos y servicios brindados, permitiendo que la entidad responda a los cambios en las exigencias y preferencias de los usuarios. Las quejas o consultas que se reciben sobre las actividades, productos o servicios de la entidad pueden revelar la existencia de deficiencias de control y problemas operativos. Estas deficiencias deben ser revisadas y el personal encontrarse preparado para reconocer sus implicancias y adoptar las acciones correctivas que resulten necesarias. 03 Los mensajes hacia el exterior deben considerar la imagen que la institución debe proyectar con respecto de la lucha contra la corrupción. Las comunicaciones con los grupos de interés de la entidad y ciudadanía en general deben contener información acorde con sus necesidades, de modo que puedan entender el entorno y los riesgos de la entidad. Deben aplicarse controles efectivos para la comunicación externa de forma que se prevenga flujos de información que no hayan sido debidamente autorizados. Sin embargo, debe garantizarse la transparencia y el derecho de acceso a la información pública, de acuerdo con la normativa respectiva vigente.

Canales de comunicación: Los canales de comunicación son medios diseñados de acuerdo con las necesidades de la entidad y que consideran una mecánica de distribución formal, informal y multidireccional para la difusión de la información. Los canales de comunicación deben asegurar que la información llegue a cada destinatario en la, cantidad, calidad y oportunidad requeridas para la mejor ejecución de los procesos, actividades y tareas. Los canales no sólo deben considerar la recepción de información (mensajes apropiadamente transmitidos y entendidos), sino también líneas de entrega que permitan la retroalimentación y distribución para coordinar las diferentes actividades. El diseño de los canales de comunicación debe contribuir al control del cumplimiento de los planes estratégico y operativo, al control del personal de la entidad, y a la ejecución de procesos, actividades y tareas en la entidad. El diseño de los canales de comunicación debe contemplar, al menos, los siguientes aspectos: Ajustar los recursos a las necesidades de información y en concordancia con la dimensión organizacional; Mejorar la capacidad de procesamiento de la información, aplicando la tecnología informática; Coordinar las oportunidades de información entre los diferentes usuarios de la entidad para evitar duplicidad de tareas o superposición entre las mismas; Generar formas de relaciones participativas en el ámbito de trabajo, tales como: Contactos directos entre gerentes, para lograr la continua transferencia de información entre los mismos; Roles de enlace entre sectores, unidades y departamentos que coadyuven al involucramiento general de los miembros de la entidad en sus diversas áreas de competencia y respectivas problemáticas; Equipos de trabajo en relación con tareas ocasionales o periódicas, permitiendo ahorros en el uso de canales de comunicación; Roles integradores, para ayudar a la supervisión de los trabajos, a las relaciones interdisciplinarias y a la mejora de la visión y logro de los objetivos institucionales. Los canales de comunicación deben permitir la circulación expedita de la información, de modo que sea trasladada al funcionario o servidor competente en un formato adecuado para su análisis y dentro de un lapso conveniente que haga posible la toma oportuna de decisiones. Como medida preventiva, estos canales deben ser usados por el personal de manera uniforme y constante. Ello no implica que deba desestimarse por completo la posibilidad de que, para efectos internos, en determinadas circunstancias y condiciones previamente definidas, algunos canales informales resulten ser el medio requerido.

Interpretando a la Editorial Océano (2006)[24], referente a los controles para las tecnologías de la información y comunicaciones; se tiene que indicar que la información de la entidad es provista mediante el uso de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC). Las TIC abarcan datos, sistemas de información, tecnología asociada, instalaciones y personal. Las actividades de control de las TIC incluyen controles que garantizan el procesamiento de la información para el cumplimiento misional y de los objetivos de la entidad, debiendo estar diseñados para prevenir, detectar y corregir errores e irregularidades mientras la información fluye a través de los sistemas. Los controles generales los conforman la estructura, políticas y procedimientos que se aplican a las TIC de la entidad y que contribuyen a asegurar su correcta operatividad. Los principales controles deben establecerse en: Sistemas de seguridad de planificación y gestión de la entidad en los cuales los controles de los sistemas de información deben aplicarse en las secciones de desarrollo, producción y soporte técnico; Segregación de funciones; Controles de acceso general, es decir, seguridad física y lógica de los equipos centrales; Continuidad en el servicio. Para la puesta en funcionamiento de las TIC, la entidad debe diseñar controles en las siguientes etapas: (i) Definición de los recursos; (ii) Planificación y organización; (iii) Requerimiento y salida de datos o información; (iv) Adquisición e implementación; (v) Servicios y soporte; (vi) Seguimiento y monitoreo. 03 La segregación de funciones implica que las políticas, procedimientos y estructura organizacional estén establecidos para prevenir que una persona controle los aspectos clave de las operaciones de los sistemas, pudiendo así conducir a acciones no autorizadas u obtener acceso indebido a los recursos de información. El control del desarrollo y mantenimiento de los sistemas de información provee la estructura para el desarrollo seguro de nuevos sistemas y la modificación de los existentes, incluyendo las carpetas de documentación de estos. Se requiere definir mecanismos de autorización para la realización de proyectos, revisiones, pruebas y aprobaciones para actividades de desarrollo y modificaciones previas a la puesta en operación de los sistemas. Las decisiones sobre desarrollo propio o adquisición de software deben considerar la satisfacción de las necesidades y requerimientos de los usuarios así como el aseguramiento de su operatividad. Los controles de aplicación incluyen la implementación de controles para el ingreso de datos, proceso de transformación y salida de información, ya sea por medios físicos o electrónicos. Los controles deben estar implementados en los siguientes procesos: Controles para el área de desarrollo: En el requerimiento, análisis, desarrollo, pruebas, pase a producción, mantenimiento y cambio en la aplicación del software; en el aseguramiento de datos fuente por medio de accesos a usuarios internos del área de sistemas, en la salida interna y externa de datos, por medio de documentación en soporte físico o electrónico o por medio de comunicaciones a través de publicidad y página Web. Controles para el área de producción: – En la seguridad física, por medio de restricciones de acceso a la sala de cómputo y procesamiento de datos, a las redes instaladas, así como al respaldo de la información (backup); En la seguridad lógica, por medio de la creación de perfiles de acuerdo con las funciones de los empleados, creación de usuarios con accesos propios (contraseñas) y relación de cada usuario con el perfil correspondiente. Controles para el área de soporte técnico, en el mantenimiento de máquinas (hardware), licencias (software), sistemas operativos, utilitarios (antivirus) y bases de datos. Los controles de seguridad deben proteger al sistema en general y las comunicaciones cuando aplique, como por ejemplo redes instaladas, intranet y correos electrónicos. El control específico de las actividades incluye el cambio frecuente de contraseñas y demás mecanismos de acceso que deben limitarse según niveles predeterminados de autorización en función de las responsabilidades de los usuarios. Es importante el control sobre el uso de contraseñas, cuidando la anulación de las asignadas a personal que se desvincule de las funciones. Para el adecuado ambiente de control en los sistemas informáticos, se requiere que éstos sean preparados y programados con anticipación para mantener la continuidad del servicio. Para ello se debe elaborar, mantener y actualizar periódicamente un plan de contingencia debidamente autorizado y aprobado por el titular o funcionario designado donde se estipule procedimientos previstos para la recuperación de datos con el fin de afrontar situaciones de emergencia. 08 El programa de planificación y administración de seguridad provee el marco y establece el ciclo continuo de la administración de riesgos para las TIC, desarrollando políticas de seguridad, asignando responsabilidades y realizando el seguimiento de la correcta operación de los controles.

  • CALIDAD DE CONTROL GUBERNAMENTAL IMPULSADO POR LAS ENTIDADES FISCALIZADORAS SUPERIORES.

Interpretando a Wolinsky, Jaime I. (1998)[25], la Entidad Fiscalizadora Superior –Contraloría General de la República- es una entidad comprometida a ejercer el control gubernamental con independencia, equidad, probidad y profesionalismo, brindando servicios de manera eficiente, eficaz, oportuna, confiable y de calidad, que permitan optimizar la gestión pública en beneficio de la ciudadanía; bajo un esquema de mejora continua. Para obrar de conformidad con dicha política y alcanzar sus objetivos, está comprometida con los siguientes postulados: i) Contar con un equipo humano competente, comprometido con la estrategia y objetivos institucionales y con capacidad para gestionar los conocimientos en la organización; ii) Mejorar e innovar continuamente los procesos; iii) Estar en permanente modernización tecnológica y organizacional; iv) lograr la confianza de la ciudadanía y el Estado, mediante la satisfacción de sus necesidades de control; v) Promover una cultura de honestidad y transparencia en el ejercicio de la función pública y en el uso de los recursos del Estado.

Para tener cada vez mejor calidad de control gubernamental, la Contraloría dispone del planeamiento estratégico, que viene a ser un proceso que permitirá alcanzar la visión trazada; es el documento que define ordenadamente un conjunto y secuencia de actividades establecidas bajo un análisis exhaustivo del entorno y de nuestros servicios, que recoge a su vez las estrategias a utilizar para lograr el éxito. La implementación del Plan Estratégico será la actividad más importante que las gerencias deban realizar para lograr sus metas. El Proceso Estratégico está conformado por cuatro etapas: La formulación, que contempla el planeamiento y la organización; la ejecución, que comprende la dirección y el desarrollo de las actividades; el seguimiento, que es el monitoreo y control de las actividades planeadas; y la evaluación, que es la verificación en el logro de las metas trazadas. Todas estas fases del proceso necesitan de la participación activa de todo el personal que forma parte de la Contraloría General de la República, donde cada esfuerzo individual consolidación de la entidad en su conjunto. El Planeamiento Estratégico debe ser reflexivo; realiza una evaluación cuantitativa de la situación, emplea un enfoque interno y otro externo, exige síntesis y realismo; analiza, revisa y cuestiona; moldea la dirección futura; es claro y razonado; define una posición estratégica. Este documento comprende tres perspectivas fundamentales: relaciones con el entorno; Control gubernamental y desarrollo organizacional. Estas perspectivas comprenden objetivos generales. Para la primera perspectiva: lograr un alto nivel de confianza en la ciudadanía, incrementar las relaciones institucionales y el trabajo conjunto en la lucha contra lo corrupción, entre otros. Para la segunda perspectiva: reorganizar el Sistema Nacional de Control, descentralizar y desconcentrar la Contraloría General de la República, desarrollar el nuevo enfoque de control, entre otros. Finalmente, para la tercera perspectiva: la mejora de la cultura y clima organizacional, crear un nuevo modelo de gestión del talento humano, implantar la gestión por proyectos, entre otros. En el marco de una política de mejoramiento continuo de la gestión estratégica, se desarrollará un proceso de planificación participativo con el fin de dar coherencia, unidad e integridad al accionar institucional, y de comprometer al personal en el cumplimiento de objetivos estratégicos. Mediante Resolución de Contraloría N° 092-2010-CG, del 13 de Abril 2010, se aprobó la Visión, Misión y Valores, luego de haber realizado un concurso interno que convocó a todo el personal de la institución, y una serie de reuniones de trabajo con participación de la Alta Dirección y de la gerencia para su validación. Estos elementos constituyeron la base para la formulación del Plan Estratégico Institucional, que orienta nuestra gestión hacia el logro de objetivos que buscan modernizar los servicios de control y promover la lucha contra la corrupción, en un marco que fortalezca la acción de los órganos que conforman el Sistema Nacional de Control.

A base al diagnóstico sobre la gestión operativa, prestación de los servicios de control y relaciones interinstitucionales con las entidades conformantes de la cadena de valor del control, se ha identificado la necesidad de que la Contraloría General de la República desarrolle un trabajo proactivo, incrementando las potencialidades del control, tecnológicas y de infraestructura que le permitan contribuir – en mayor medida – a elevar la calidad de la administración pública, en términos de la cobertura de los servicios que brinda a la población y de la lucha contra la corrupción en todos los niveles del Estado. El ente superior de control se encuentra inmerso en un proceso de modernización que involucra una nueva estructura organizacional más funcional, la implantación de un nuevo enfoque de control integral que ponga énfasis en el control de gestión, la gestión del conocimiento e incorporación de las mejores prácticas utilizadas internacionalmente; un nuevo modelo de gestión orientado hacia los resultados, con identificación clara de los productos, impactos y su medición; además de articular eficazmente los esfuerzos en materia de control y supervisión de los órganos del Sistema Nacional de Control. La implantación de la gestión por resultados permitirá el seguimiento de las metas trazadas y la evaluación periódica del cumplimiento de los objetivos estratégicos. Otro de los ejes de la modernización es el establecimiento de alianzas estratégicas con las entidades públicas que participan en la lucha contra la corrupción, lo cual se viene abordando con el apoyo de organismos de cooperación nacional e internacional, y de las instituciones fiscalizadoras de la región. La desconcentración y descentralización es otro de los objetivos institucionales que debemos lograr para asegurar la presencia del control gubernamental en todo el territorio nacional. Así, la institución se desconcentrará constituyendo Macro-regiones, fortaleciendo las Oficinas Regionales e incorporando a los Órganos de Control Institucional, los mismos que bajo una adecuada estructura de gobierno ejercerán la función del control de manera descentralizada trasladando autoridad, capacidades y facultades, según corresponda. Para asegurar la sostenibilidad de los cambios que conlleve el proceso de modernización, es fundamental motivar a todo el personal hacia una actitud de innovación constante que le permita su adaptación hacia los nuevos modelos y cambios tecnológicos. El logro de los objetivos de modernización de la Contraloría General de la República permitirá realizar nuestras labores de control de una manera eficiente y eficaz, lo que redundará en la generación de valor para la sociedad.

Interpretando a Voss (2009)[26], el control gubernamental, entendido como la supervisión, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la gestión pública, en atención al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economía en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado; requiere evolucionar recogiendo las mejores prácticas y tendencias internacionales, tanto en sus productos y servicios como en la oportunidad e intensidad con que se aplican. De tal forma que la administración pública perciba la presencia del control, contribuyendo al mejor uso de los recursos públicos sin restarle dinamismo a la toma de decisiones. En concordancia con lo señalado, es necesario impulsar decididamente el control interno en las instituciones públicas, para asegurar el eficiente, eficaz y transparente uso de los recursos en las operaciones de las entidades. Paralelamente, se enfatizará en el control preventivo con la finalidad de advertir a la administración de los riesgos que pudieran afectar a su gestión, así como generar conciencia en la ciudadanía de su responsabilidad en el control social. El control de gestión y la evaluación de cumplimiento de políticas públicas son servicios que debemos desarrollar para contribuir a la reforma del Estado Peruano. Estos servicios consistirán en la verificación del grado de cumplimiento de los objetivos y metas que las instituciones hayan establecido, y de como éstas vienen impactando en los servicios públicos que prestan a la ciudadanía. Así mismo, se evaluará el grado de articulación e impacto de las acciones que realicen los entes vinculados a las políticas públicas.

En materia de control posterior se rediseñará las diferentes formas de auditoría, aplicando la inteligencia y análisis de la información que nos permita ser certeros en nuestras intervenciones. Y frente a las evidencias de presuntas irregularidades se desplegarán acciones denominadas "operativos sorpresa", las cuales implican intervenciones en una determinada área geográfica o sobre un tema en común o frente a redes de corrupción.

Partes: 1, 2, 3, 4, 5
 Página anterior Volver al principio del trabajoPágina siguiente