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La Ética en la Función Pública de la UGEL Nº 05 de San Juan de Lurigancho, Perú (página 3)


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El aumento de la transparencia en las operaciones de gobierno pone límites a las conductas de los funcionarios, haciendo cumplir estos límites por medio de sanciones y del aumento del escrutinio público, garantizando así que los derechos de los ciudadanos se respeten de forma absoluta, justa y con igualdad. Hay que reconocer que la transparencia es «una recién llegada» a la práctica democrática aunque nadie puede dudar de la importancia que tiene el acceso a la información pública como condición fundamental para incrementar la calidad democrática, mejorar el servicio público así como la capacidad de control de la sociedad sobre la gestión pública. La transparencia es un elemento «facilitador» de todo gobierno democrático al permitir que cualquier ciudadano pueda acceder directamente a aquellos datos que le interesen particularmente y al propiciar la divulgación de la información que se encuentra en manos del gobierno. Además, la transparencia es necesaria para exigir cuentas a los gobernantes, por un lado, obligando a los servidores públicos a que respondan por lo que hacen y, por otro, influyendo en los ciudadanos para que sancionen las malas prácticas.

La democracia requiere que lo gubernamental sea transparente, con lo que queremos decir que la información que debe estar a disposición de los ciudadanos es aquella que posibilita la evaluación del desempeño real del gobierno y sus representantes, a los que se debe exigir la rendición de cuentas para evaluar positiva o negativamente sus acciones. De ahí que un gobierno sea más democrático cuanta más información cierta y precisa esté dispuesto a entregar a la sociedad. Si hay transparencia, surgen rumbos alternativos, el cuestionamiento, mayor apego a la ley y, en especial, mayor cuidado en todo aquello que el gobierno dice y hace.

La transparencia es un instrumento de control del poder. «Se espera que la transparencia cumpla un doble papel, por un lado, disuadir la mala conducta de los servidores públicos (por el temor de ser descubierto) y, segundo, proporcionar a los ciudadanos los medios para detectarla, atacarla y corregirla». Si la información es distorsionada se afecta directamente a la calidad democrática. Por ello, no se debe temer transparentar la información y rendir cuentas porque, de ese modo, se genera mayor credibilidad en la sociedad y se pueden tomar las decisiones más adecuadas dentro del marco mismo de la democracia.

Así, la transparencia se convierte en un valor fundamental para la ética pública. Alcanzar la máxima transparencia y el arraigo de la cultura de la rendición de cuentas en los diversos estamentos y niveles del gobierno es una cuestión de conciencia y compromiso con los valores éticos y sociales pues, sin transparencia, sin acceso a la información y sin rendición de cuentas no hay democracia, no hay un correcto ejercicio del poder, no hay un adecuado desempeño del servicio público, no hay ética pública. La difusión de los actos de gobierno no es una concesión de los mismos sino, más bien, un derecho legítimo de la sociedad de conocer y evaluar el desempeño de sus servidores públicos, quienes manejan recursos públicos, por lo tanto, estamos hablando de una obligación ineludible del poder político.

La transparencia debe ser respetada y reconocida por todos, debe transformarse en parte sustancial de todo gobierno. No pueden permitirse situaciones excepcionales porque se manejan recursos de la sociedad, de los trabajadores, por lo que necesariamente debe haber acceso a la información. Es un derecho que está por encima de los intereses particulares: se deben hacer públicos los asuntos públicos, que la información esté abierta a todos, sea verificable, incluyente y que se emplee con responsabilidad.

El tradicional secreto administrativo basado en una actitud paternalista de los entes públicos, que consideraban menores de edad a los gobernados, cambia radicalmente con la implementación de una política de transparencia y contribuye a combatir la corrupción, profundiza la confianza ciudadana en sus autoridades políticas y promueve la eficiencia en los servicios públicos. Por ello decimos que la ética pública es un mecanismo de control de las arbitrariedades y antivalores aplicados en el uso del poder público. La ética pública se convierte en un factor esencial para la generación y el mantenimiento de la confianza en la administración y sus instituciones.

Se requiere potenciar las políticas de gestión del capital humano, poniendo especial énfasis en la responsabilidad y sensibilidad de los servidores públicos, en la búsqueda de excelencia en la gestión a fin de que el ciudadano sea el destinatario de un servicio de calidad, fortaleciendo el desarrollo continuo de la transparencia. El objetivo de la prestación de servicios públicos es el logro de una sociedad del bienestar. Se hace indispensable la obtención de una administración pública participativa, con valores, orientada a conjugar las diversas fuerzas o grupos de interés en aras de resolver las necesidades de la ciudadanía, buscando el bienestar social a través del progreso de la ética pública.

  • TEORIAS CIENTÍFICAS SOBRE LA GESTIÓN EDUCATIVA.

  • GESTIÓN EDUCATIVA.

La educación es uno de los punto de desarrollo de los países del mundo de tal forma que es un elemento de discusión en cada una de las diversas cumbres internacionales; por ejemplo, la UNESCO (Organización para la Educación, la Ciencia y la Cultura) ha emitido recomendaciones para disminuir el analfabetismo e incrementar la tasa de escolaridad de los países en vías de desarrollo así mismo ha emitido declaraciones para la educación básica, media y educación superior. Sin embargo, no sólo la UNESCO, sino también otros organismos mundiales, como el Banco Mundial (BM), el Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), así como la OCDE, tienen sus propuestas y retos a la educación a todos los niveles. Empero, estos últimos han sido fuente de debate debido a los intereses económicos que se encuentran en juego y que muchas instituciones han considerado ejes de trabajo para sus reformas universitarias.

La calidad educativa es uno de los grandes problemas de la educación actual en el Perú y el mundo. Un simple ejemplo, los estudiantes de los colegios durante los 5 años de la secundaria estudian inglés; sin embargo, al concluir no lo terminan aprendiendo. Es por ello que la Mundialización ha conducido a preguntarse si los graduados poseen las competencias que exige el mundo de hoy.

Es así, que al considerar la calidad Educativa como una meta a lograr por las Instituciones de Educación Superior, significa el esfuerzo de todos los elementos que conforman el ámbito social, económico, productivo, educativo, gubernamental, etc. Llevar a cabo todos los esfuerzos conjuntos para lograr este objetivo es lo que se analiza, la respuesta a preguntas como ¿Qué parte es importante para lograr esta política educativa de calidad? ¿Qué elementos prácticos pueden ser utilizados para obtener logros significativos en el proceso de calidad?

La educación que tenemos aún no es suficiente para construir el país que se desea, es decir, un país competente para participar en la comunidad internacional actual. No obstante los avances educativos nos plantean retos sin precedentes. Es por ello que para afrontarlos, tenemos que dar un salto cualitativo y, así, lograr que la educación se consolide como el motor del cambio al que aspiramos todos. Es por este motivo, que una vía favorecedora para impulsar el desarrollo armónico e integral del individuo y de la comunidad es contar con un sistema educativo de buena calidad. Por todo lo expuesto, nos es importante la fomentación y desarrollo de una cultura nacional que la identifique como el medio fundamental para lograr la prosperidad individual y colectiva y así obtener mejoras en la educación pública y privada en todos sus niveles y modalidades.

Otro punto importante es la acción que influye en el mejoramiento de la calidad, la innovación de los esquemas de participación social en torno a las instituciones educativas. Se trata de que todos (profesores, alumnos, padres) sumemos esfuerzos para fortalecer su papel como agentes del cambio. De que todos participemos en un ambiente de respeto y corresponsabilidad en el que se valore la contribución de todas las organizaciones de la sociedad, tanto del sector público como del privado y del social.

Tanto en el Perú como en otros países de la región, se ha avanzado en la recolección de información y el desarrollo de investigaciones que dan a conocer el estado de la calidad de la educación y qué hacer para mejorarla. A pesar de ello, esta información ha sido poco difundida y usada por los agentes involucrados en el tema. Por eso, es necesario pensar en estrategias para que los resultados se difundan y utilicen.

Por otro lado, es necesario también involucrar a otros sectores, además del educativo, en el diseño de políticas para mejorar la calidad de la educación. Esto debido a que algunos aspectos que influyen en el nivel de logro de los estudiantes, tales como la nutrición del alumno, el nivel económico de su familia, el trabajo infantil y de adolescentes, entre otros, están más relacionados con políticas que pueden ejecutarse desde otros sectores.

La exigencia actual a la gestión educativa peruana es superar las brechas de inequidad (entre la escuela pública y privada, la escuela urbana y rural, entre niños y niñas, entre pobres y no pobres), y favorecer la igualdad de oportunidades de aprendizaje para todos los peruanos. Ello plantea algunos desafíos a la gestión de la educación –y en particular a quienes estamos dedicados a la formación de especialistas en gestión de la Educación– como son: la atención a la calidad, la eficacia y la equidad, la atención a las diferencias culturales –por ser un país multicultural y multilingüe– así como incluir la dimensión ética y moral en la reflexión sobre los procesos de gestión. Aspectos que van a más allá de un enfoque tecnocrático de la gestión para avanzar en una propuesta culturalmente pertinente y centrada en los sujetos de la educación.

  • GESTIÓN EDUCATIVA EFICIENTE Y ÉTICA.

Ya no se discute que el éxito o fracaso de una reforma educativa se juega en definitiva en la escuela. Naturalmente, con una gestión educativa que promueva el logro de aprendizajes significativos de niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adultos. La gerencia de las instituciones educativas, sin duda, requiere de profesores competentes, padres colaboradores y alianzas estratégicas con la comunidad. Indudablemente, la gestión no solamente debe centrarse en la planificación, el financiamiento, la administración de recursos humanos y materiales, y en la autoevaluación, sino también en lo referente al currículo, tutoría, espacios y medios educativos, así como en la práctica docente, en un marco donde lo pedagógico es lo central.

Desde luego, sólo podremos hablar de una gestión institucional, administrativa y pedagógica de calidad si se encuentra enmarcada dentro de la ética. Los valores no sólo los deben asumir y poner en práctica los estudiantes, sino también los directivos, maestros, padres de familia y demás actores educativos. No se puede pedir que los educandos sean, por ejemplo, honestos, responsables, veraces, justos, respetuosos de las diferencias, puntuales y disciplinados, si es que los adultos en la escuela y los padres se comportan de manera opuesta.

Por eso, es indispensable un liderazgo consistente del director del centro de enseñanza, que promueva el desarrollo de las potencialidades de nuestros estudiantes y maestros. Un liderazgo con autoridad efectiva, solvencia moral y capacidad técnico-profesional para crecer y mejorar. Y, por supuesto, que fomente un clima institucional propicio para la formación integral de los alumnos.

Asimismo, en los ámbitos nacional, regional, local e institucional, es necesario fortalecer la supervisión, el monitoreo y el acompañamiento permanente de los procesos pedagógicos para recoger información y tomar decisiones que permitan que las grandes intenciones se concreten en logros verificables en el quehacer educativo cotidiano. Por cierto, una gestión descentralizada, unitaria, eficiente y ética, además, debe caracterizarse por la humildad, el trabajo en equipo, la motivación, el optimismo, la iniciativa y la innovación para continuar avanzando hacia una escuela pública universal, inclusiva y gratuita, que asegure aprendizajes de calidad. El reto está planteado y nos compromete a todos y todas.

  • LA ÉTICA EN EL CONTEXTO EDUCATIVO.

La Ética se considera como una ciencia práctica y normativa que estudia el comportamiento de los hombres, que conviven socialmente bajo una serie de normas que le permiten ordenar sus actuaciones y que el mismo grupo social ha establecido. Las ha establecido en función de delimitar las competencias y actuaciones de cada uno de los miembros que conforman un grupo social determinado. Estos "grupos sociales determinados" debemos visualizarlos como las partes que constituyen un todo. Por ejemplo, un grupo social está conformado a su vez por una serie de subgrupos, que se atomizan de acuerdo a sus comunes intereses.

Tenemos así que, en un grupo social que se rige por unas determinadas normas; sociales, religiosas, económicas, políticas, profesionales, educativas y otras no menos importantes; existen como dijimos anteriormente, subgrupos que tomando en cuenta las normas generales, crean sus propias reglas o normas para delimitar su acción.

Ética, según Schweitzer, es el nombre que le damos a nuestro interés por la buena conducta. Sentimos la obligación de considerar no solamente nuestro bienestar propio, sino también el de los demás y el de toda la sociedad humana como un todo. Pasemos a considerar uno de los tantos elementos que conforman la Ética: El comportamiento de un grupo de personas con intereses afines. Estos intereses afines suelen ser clasificados en tres rubros: El Institucional y educativo, el personal, el profesional y empresarial.

Los elementos que conforman estos tres rubros, pueden ser interrelacionados, por su dinámica y flexibilidad. Desde el punto de vista Institucional – Educativo y Empresarial, existen Códigos de Ética o Normas que regulan la actividad que en ellas se desarrollan. Recientemente este planteamiento tiene una singular importancia, según Ibarz (1996) quien señala:

"La sencillez de la Ética aplicada le vendrá de su conexión con la experiencia moral ordinaria, de su continuidad con la universal capacidad de todos los hombres para percibir la correcta conveniencia de algo o su repulsa; el lenguaje corriente a veces llama sentido común a esa capacidad".

"Todos poseemos un instinto básico que nos dice cuando algo nos conviene o nos perjudica, y todos poseemos también la capacidad de ver más allá – de ver el fondo – que se esconde tras las manifestaciones superficiales".

"El mundo organizacional está lleno de intangibles. Por tanto, las cosas no pueden juzgarse como verdaderas o convenientes solamente en función de que se las pueda cuantificar. El interés por la Ética ha crecido paralelamente con la proliferación de códigos de comportamiento y comités éticos en las organizaciones:"

Es necesario indicar en esta breve introducción la no muy clara diferenciación entre la moral personal y la Etica profesional. La Etica abarca las normas que permiten la convivencia de personas y grupos y la moral abarca la conciencia individual, que se considera subjetiva, por razones obvias.

La Etica estudia actos voluntarios, que el hombre controla consciente y deliberadamente y de los que es fundamentalmente responsable y los actos involuntarios, son los que obviamente ejecuta inconsciente o involuntariamente y no poseen significado Etico alguno.

La existencia de un sinnúmero de regulaciones en el orden Institucional, Personal y Profesional nos ha llevado a considerar la Etica profesional en el marco de la Gerencia y Praxis Educativa, propiciando su análisis para su observancia y beneficio del sistema educativo.

El objeto del presente trabajo no solo se circunscribe a la revisión bibliográfica de un número determinado de documentos y planteamientos desde el punto de vista Ético y demostrar su interrelación en la práctica diaria de los deberes y derechos que tiene y alega el profesional de la docencia en los diferentes roles que desempeña, sino también a fortalecer los valores individuales y sociales del educador, y su capacidad de conducirse conforme a la ejemplaridad demostrada por el dominio de una teoría de valores implícita en su gestión supervisora, directiva y pedagógica.

Igualmente es extensivo para todos aquellos profesionales que coadyuvan en el proceso educativo, tales como los psicólogos, trabajadores sociales, terapistas de lenguaje, auxiliares de biblioteca, y otros, independientemente que se rijan por sus propios códigos de ética.

Actualmente el país y todas las estructuras que la sustentan, se encuentran sumergidas en una crisis que está planteada a todo nivel: Económico, Político, Educativo, (Sector al cual se le endosa una alta cuota de responsabilidad), Religioso, Militar, Gremial, e incluso de orden Moral.

Marco conceptual

Ética: la ética es considerada una de las ramas de la filosofía más importantes. Está ligada estrechamente con conceptos como la moral la cuáles considerada como su sinónimo, los valores y la cultura principalmente, y se destaca al momento de tomar decisiones porque tiene que ver con el proceder de los hombres en relación a su conciencia y responsabilidad. (Gurria, 1996, p.37)

Gestión: hace referencia a la acción y a la consecuencia de administrar o gestionar algo. Al respecto hay que decir que gestionar es llevar a cabo diligencias que hacen posible la realización de una operación determinada.

Conflicto: es una situación en que dos o más individuos con intereses contrapuestos entran en confrontación, oposición o emprenden acciones mutuamente antagonistas, con el objetivo de neutralizar, dañar o eliminar a la parte rival, incluso cuando tal confrontación sea verbal, para lograr así la consecución de los objetivos que motivaron dicha confrontación.

Gestión de conflictos: actividad orientada a prevenir o contener la escalada de un conflicto o a reducir su naturaleza destructiva, con el fin último de alcanzar una situación en la que sea posible llegar a un acuerdo o incluso a la resolución del propio conflicto.

Clima organizacional: es el nombre dado al ambiente generado por las emociones de los miembros de un grupo u organización, el cual está relacionado con la motivación de los empleados. Se refiere tanto a la parte física como emocional.

CAPITULO III

Metodología de la investigación

  • Variable Independiente: Ética en la función pública.

El objetivo material de la ética, son los actos humanos, el objeto formal es el orden que debe existir en estos actos humanos. La ética no crea normas, sino que las descubre y explica. Al guiar al hombre los valores y principios que han de orientar su marcha en el mundo, afina y desarrolla su sentido moral e influye de este modo en su conducta. (Aguilar N.)

  • Variable Dependiente: Gestión Educativa.

La gestión educativa es un proceso orientado al fortalecimiento de los Proyectos Educativos de las Instituciones, que ayuda a mantener la autonomía institucional, en el marco de las políticas públicas, y que enriquece los procesos pedagógicos con el fin de responder a las necesidades educativas locales, regionales, con el fin de formarlos integralmente para ser miembros de una sociedad.

  • Metodología.

Esta investigación se realizó siguiendo los lineamientos dado por el método cualitativo en el cual se aplicó el diseño propuesto en el presente estudio, , todas las informaciones obtenidas serán atendidas de acuerdo al mencionado enfoque cualitativo,

El método hipotético-deductivo es el procedimiento o camino que sigue el investigador para hacer de su actividad una práctica científica. El método hipotético-deductivo tiene varios pasos esenciales: observación del fenómeno a estudiar, creación de una hipótesis para explicar dicho fenómeno, deducción de consecuencias o proposiciones más elementales que la propia hipótesis, y verificación o comprobación de la verdad de los enunciados deducidos comparándolos con la experiencia. Este método obliga al científico a combinar la reflexión o momento racional (la formación de hipótesis y la deducción) con la observación de la realidad o momento empírico (la observación y la verificación).

  • Tipo de estudio:

La presente investigación es aplicada, según el nivel de medición y análisis de la información es de tipo: no experimental.

Es descriptiva: porque esta investigación se centrara en la descripción de fenómenos, actividades, procesos, personas y objetos, que conforman el contexto del proceso educativo, tal como se manifiestan en la realidad. Se pretende describir los caracteres esenciales de la situación que se investiga: ¿Cómo influye la ética en la función pública en la gestión educativa de la Instituciones Educativas, UGEL Nº 05 del distrito de San Juan de Lurigancho – El Agustino 2015?

  • Diseño.

El diseño de estudio empleado fue el no experimental, de tipo transversal pues según las definiciones de Hernández et al. (2003), no se realiza manipulación de las variables, se recolectan datos en un solo período de tiempo y se describen las variables de la Gestión de Conflictos y clima Organizacional.

Según Hernández et. al. (2003), describen este estudio como "los estudios que se realizan sin la manipulación deliberada de variables y en los que solo se observan los fenómenos en su ambiente natural para después analizarlos". Además según la dimensión cronológica, es una investigación descriptiva debido a que se ajusta a un diseño transeccionales o transversales, debido a que se encarga en recoger información en un momento único, se describe a la variable en ese mismo momento. Estos a su vez se clasifican el descriptivos, correlacionales o causales.

El siguiente esquema corresponde a este tipo de diseño:

edu.red

Población.

Estará constituido por los docentes de las Instituciones Educativas, UGEL 05 del distrito de San Juan de Lurigancho. El cálculo de la muestra oficial de estudio con dos desviaciones estándar y un error de estimación del 5%.

Muestra.

Para seleccionar la muestra se utilizó la técnica del muestreo aleatorio simple, esta técnica consiste en que cada miembro de la población tiene la misma probabilidad de ser seleccionado como sujeto de estudio. Para el cálculo de la muestra, se empleó la técnica de determinación muestral para una variable cuantitativa y población conocida.

edu.red

n = Tamaño de muestra

N = Población = 120

Z = Nivel de confiabilidad: 95% = 1,96

p = Probabilidad de éxito: 50% (50/100) = 0,50

q = Probabilidad de fracaso: 1 – p (1 – 0,5 = 0,5)

E = Error máximo: 5% = 0,05

Substituyendo los datos en la fórmula, se obtiene n = 90 que viene a ser el tamaño de la muestra.

Conclusiones

A partir de esta investigación se llegó a las siguientes conclusiones:

Primera:

La ética pública es la disciplina que estudia y analiza el perfil, la formación y el comportamiento responsable y comprometido de las personas que se ocupan de los asuntos públicos, generando un cambio de actitud en ella al inculcarles valores de servicio público. Hablar de ética es hablar de justicia, de decidir entre lo que está bien y lo que está mal, es definir cómo aplicar reglas que fomenten un comportamiento responsable tanto individual como en grupo. Es también la esencia de cada persona y se encuentra muy en el fondo de nuestros valores, los cuales afectan las decisiones de cada persona.

Segunda:

La ética en la administración pública pone en juego todo un conjunto de valores para ofrecer servicios de calidad a la comunidad. La ética aplicada a la función pública es de vital importancia porque tiene como eje central la idea de servicio, es decir, las tareas y actividades que realizan los funcionarios públicos están orientadas al bien común.

Tercera:

La ética pública es un instrumento fundamental para evitar la corrupción al elegir a los representantes más idóneos para gobernar. Los cargos públicos deben ser ocupados por las personas más capaces, por aquellas que son leales a la constitución política y que tengan un gran sentido de justicia. Existe una gran crisis de valores que se refleja en el comportamiento de gobernantes, funcionarios, legisladores y jueces, entre otros, y que pone de manifiesto una gran necesidad de promover la ética pública como un modo de detener dichos comportamientos que afectan directamente al buen funcionamiento de la administración pública.

Cuarta:

En la administración pública se realizan actividades de servicio a los ciudadanos. Si la prestación de servicios no es adecuada, las instituciones públicas se desacreditan. La ética pública aglutina un conjunto de valores como la honradez, la laboriosidad, la eficacia, la transparencia, la atención y el servicio al ciudadano, la imparcialidad, la objetividad y otros que hacen del trabajo en el sector público una inmensa tarea de la cual la sociedad espera frutos de calidad.

En la actualidad existe una gran pérdida de valores que se ve reflejada en la administración pública, en el desprestigio de los servidores públicos y en las prácticas corruptas que en ella se producen, lo cual trae consigo una falta de credibilidad en el gobierno y una sensación de traición hacia la comunidad. La ética pública tiene que ver directamente con la integridad del servicio público, que a su vez, se hace posible gracias a la aplicación del valor de la transparencia.

Recomendaciones

Primera:

Se sugiere el conocimiento de la Ética en la función pública debido a su relevancia para la buena gestión de las instituciones educativas, ya que encaminan una correcta marcha de los procesos educativos en el continuo mejoramiento del ambiente y condiciones de trabajo y de las relaciones armoniosas entre los miembros de la comunidad educativa, por ello se considera que es un factor clave en el desarrollo de las instituciones y su estudio es primordial en las instituciones educativas.

Segunda:

Se sugiere la comprensión de la Ética en la función pública y su importancia en la Organización institucional ya que permite el mejoramiento continuo de los procesos para el desarrollo institucional, por ello se considera que es un factor esencial y merece un estudio a cabalidad. Asimismo institucionalmente se debe reconocer que si los con?ictos son buenos o malos; esta deberá fundamentalmente ofrecer mecanismos para entenderlos lógicamente, criterios científicos para analizarlos así como metodologías (creatividad, empatía y no-violencia) para transformarlos, ya que incidirán en la organización.

Tercera:

Se sugiere la una reflexión acerca de la Ética en la función pública y las Relaciones Humanas porque encaminan la gestión de cambios en el continuo mejoramiento organizacional, por ello se considera que es un factor primordial en el desarrollo estratégico de las instituciones educativas. Las Relaciones Humanas debe ser motivo de estudio más profundo.

Cuarta:

Se sugiere la comprensión de la Ética en la función pública y su relevancia con la Comunicación es esencial debido a que la gestión de información para el continuo mejoramiento del ambiente de trabajo es fundamental, por ello se considera que es un factor básico en la comprensión de los procesos comunicativos en las instituciones y su estudio en profundidad.

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Anexos

NORMAS DE ÉTICA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA:

  • Ley del Código de Ética de la función pública: Ley Nº 27815

  • Reglamento de la Ley del Código de Ética de la función pública: D.S Nº 033-2005-PCM.

  • Resolución Ministerial Nº 0074-2015-ED, que crea la Comisión de Atención de Denuncias y Reclamos.

  • Resolución Ministerial Nº 0256-2012-ED, de fecha 11 de julio del 2012.

Las denuncias que se presenten y tramiten bajo los alcances de la presente Directiva, se interpondrán ante la Mesa de Partes del MINEDU, la DRELM o las UGEL de Lima Metropolitana.

La Oficina General de Ética Pública y Transparencia, a través de la Oficina de Control y Seguimiento, velará por el cumplimiento de la presente Directiva en las CADER de la DRELM y las UGEL de Lima Metropolitana.

Precisar que los demás extremos de la Directiva Nº 003-2012-MINEDU/VMGI-CADER, "Procedimiento para la atención de denuncias contra servidores y funcionarios del Sector Educación", aprobada por Resolución Ministerial Nº 0056-2012-ED, mantienen plena vigencia.

edu.red

CAPITULO I

DE LA FUNCION PÚBLICA

Artículo 1º.- Ámbito de aplicación

Los Principios, Deberes y Prohibiciones éticos que se establecen en el presente Código de Ética de la Función Pública rigen para los servidores públicos de las entidades de la Administración Pública, de acuerdo a lo establecido en el artículo 4º del presente Código.

Para los fines de la presente Ley se entenderá por entidad o entidades de la Administración Pública a las indicadas en el artículo 1º de la Ley Nº 27444 [T.299,§106], Ley del Procedimiento Administrativo General, incluyendo a las empresas públicas.

Artículo 2º.- Función Pública

A los efectos del presente Código, se entiende por función pública toda actividad temporal o permanente, remunerada u honoraria, realizada por una persona en nombre o al servicio de las entidades de la Administración Pública, en cualquiera de sus niveles jerárquicos.

Artículo 3º.- Fines de la Función Pública

Los fines de la función pública son el Servicio a la Nación, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política, y la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, conforme a lo dispuesto por la Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.

Artículo 4º.- Servidor Público

4.1 A los efectos del presente Código se considera como servidor público a todo funcionario, servidor o empleado de las entidades de la Administración Pública, en cualquiera de los niveles jerárquicos, sea éste nombrado, contratado, designado, de confianza o electo que desempeñe actividades o funciones en nombre o al servicio del Estado.

4.2 Para tal efecto, no importa el régimen jurídico de la entidad en la que se preste servicios ni el régimen laboral o de contratación al que esté sujeto.

4.3 El ingreso a la función pública implica tomar conocimiento del presente Código y asumir el compromiso de su debido cumplimiento.

Artículo 5º.- Interpretación y consultas

5.1 La Presidencia del Consejo de Ministros es la entidad encargada de dictar las normas interpretativas y aclaratorias del presente Código.

5.2 En caso de duda con relación a una cuestión concreta de naturaleza ética, la entidad correspondiente deberá consultar a la Presidencia del Consejo de Ministros.

CAPITULO II

PRINCIPIOS Y DEBERES ETICOS DEL SERVIDOR PÚBLICO

Artículo 6º.- Principios de la Función Pública

El servidor público actúa de acuerdo a los siguientes principios:

1. Respeto

Adecua su conducta hacia el respeto de la Constitución y las leyes, garantizando que en todas las fases del proceso de toma de decisiones o en el cumplimiento de los procedimientos administrativos, se respeten los derechos a la defensa y al debido procedimiento.

2. Probidad

Actúa con rectitud, honradez y honestidad, procurando satisfacer el interés general y desechando todo provecho o ventaja personal, obtenido por sí o por interpósita persona.

3. Eficiencia

Brinda calidad en cada una de las funciones a su cargo, procurando obtener una capacitación sólida y permanente.

4. Idoneidad

Entendida como aptitud técnica, legal y moral, es condición esencial para el acceso y ejercicio de la función pública. El servidor público debe propender a una formación sólida acorde a la realidad, capacitándose permanentemente para el debido cumplimiento de sus funciones.

5. Veracidad

Se expresa con autenticidad en las relaciones funcionales con todos los miembros de su institución y con la ciudadanía, y contribuye al esclarecimiento de los hechos.

6. Lealtad y Obediencia

Actúa con fidelidad y solidaridad hacia todos los miembros de su institución, cumpliendo las órdenes que le imparta el superior jerárquico competente, en la medida que reúnan las formalidades del caso y tengan por objeto la realización de actos de servicio que se vinculen con las funciones a su cargo, salvo los supuestos de arbitrariedad o ilegalidad manifiestas, las que deberá poner en conocimiento del superior jerárquico de su institución.

7. Justicia y Equidad

Tiene permanente disposición para el cumplimiento de sus funciones, otorgando a cada uno lo que le es debido, actuando con equidad en sus relaciones con el Estado, con el administrado, con sus superiores, con sus subordinados y con la ciudadanía en general.

8. Lealtad al Estado de Derecho

El funcionario de confianza debe lealtad a la Constitución y al Estado de Derecho. Ocupar cargos de confianza en regímenes de facto, es causal de cese automático e inmediato de la función pública.

Artículo 7º.- Deberes de la Función Pública

El servidor público tiene los siguientes deberes:

1. Neutralidad

Debe actuar con absoluta imparcialidad política, económica o de cualquier otra índole en el desempeño de sus funciones demostrando independencia a sus vinculaciones con personas, partidos políticos o instituciones.

2. Transparencia

Debe ejecutar los actos del servicio de manera transparente, ello implica que dichos actos tienen en principio carácter público y son accesibles al conocimiento de toda persona natural o jurídica. El servidor público debe de brindar y facilitar información fidedigna, completa y oportuna.

3. Discreción

Debe guardar reserva respecto de hechos o informaciones de los que tenga conocimiento con motivo o en ocasión del ejercicio de sus funciones, sin perjuicio de los deberes y las responsabilidades que le correspondan en virtud de las normas que regulan el acceso y la transparencia de la información pública.

4. Ejercicio Adecuado del Cargo

Con motivo o en ocasión del ejercicio de sus funciones el servidor público no debe adoptar represalia de ningún tipo o ejercer coacción alguna contra otros servidores públicos u otras personas.

5. Uso Adecuado de los Bienes del Estado

Debe proteger y conservar los bienes del Estado, debiendo utilizar los que le fueran asignados para el desempeño de sus funciones de manera racional, evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento, sin emplear o permitir que otros empleen los bienes del Estado para fines particulares o propósitos que no sean aquéllos para los cuales hubieran sido específicamente destinados.

6. Responsabilidad

Todo servidor público debe desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral, asumiendo con pleno respeto su función pública.

Ante situaciones extraordinarias, el servidor público puede realizar aquellas tareas que por su naturaleza o modalidad no sean las estrictamente inherentes a su cargo, siempre que ellas resulten necesarias para mitigar, neutralizar o superar las dificultades que se enfrenten.

Todo servidor público debe respetar los derechos de los administrados establecidos en el artículo 55º de la Ley Nº 27444 [T.299,§106], Ley del Procedimiento Administrativo General.

CAPITULO III

PROHIBICIONES ETICAS DEL SERVIDOR PÚBLICO

Artículo 8º.- Prohibiciones Éticas de la Función Pública

El servidor público está prohibido de:

1. Mantener Intereses de Conflicto

Mantener relaciones o de aceptar situaciones en cuyo contexto sus intereses personales, laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimento de los deberes y funciones a su cargo.

2. Obtener Ventajas Indebidas

Obtener o procurar beneficios o ventajas indebidas, para sí o para otros, mediante el uso de su cargo, autoridad, influencia o apariencia de influencia.

3. Realizar Actividades de Proselitismo Político

Realizar actividades de proselitismo político a través de la utilización de sus funciones o por medio de la utilización de infraestructura, bienes o recursos públicos, ya sea a favor o en contra de partidos u organizaciones políticas o candidatos.

4. Hacer Mal Uso de Información Privilegiada

Participar en transacciones u operaciones financieras utilizando información privilegiada de la entidad a la que pertenece o que pudiera tener acceso a ella por su condición o ejercicio del cargo que desempeña, ni debe permitir el uso impropio de dicha información para el beneficio de algún interés.

5. Presionar, Amenazar y/o Acosar

Ejercer presiones, amenazas o acoso sexual contra otros servidores públicos o subordinados que puedan afectar la dignidad de la persona o inducir a la realización de acciones dolosas.

CAPITULO IV

INCENTIVOS, SANCIONES Y PROCEDIMIENTO

Artículo 9º.- Órgano de la Alta Dirección

9.1 El Órgano de la Alta Dirección de cada entidad pública ejecuta, en la institución de su competencia, las medidas para promover la cultura de probidad, transparencia, justicia y servicio público establecida en el presente Código.

9.2 El Órgano de la Alta Dirección establece los mecanismos e incentivos que permitan una actuación correcta, transparente y leal de los servidores públicos. En ese sentido, dicho órgano está encargado de:

a) Difundir el Código de Ética de la Función Pública.

b) Diseñar, establecer, aplicar y difundir los incentivos y estímulos a los servidores públicos que cumplan con los principios, deberes y obligaciones del presente Código y respeten sus prohibiciones.

c) Desarrollar campañas educativas sobre las sanciones para los servidores públicos que tengan prácticas contrarias a los principios establecidos en el presente Código.

Artículo 10º.- Sanciones

10.1 La transgresión de los principios y deberes establecidos en el Capítulo II y de las prohibiciones señaladas en el Capítulo III, de la presente Ley, se considera infracción al presente Código, generándose responsabilidad pasible de sanción.

10.2 El Reglamento de la presente Ley establece las correspondientes sanciones. Para su graduación, se tendrá presente las normas sobre carrera administrativa y el régimen laboral aplicable en virtud del cargo o función desempeñada.

10.3 Las sanciones aplicables por la transgresión del presente Código no exime de las responsabilidades administrativas, civiles y penales establecidas en la normatividad.

Artículo 11º.- Obligación de comunicar transgresión del Código

Todo servidor público que tenga conocimiento de cualquier acto contrario a lo normado por el presente Código tiene la obligación de informar a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos disciplinarios de la entidad afectada, o al órgano que haga sus veces, para la conducción del respectivo proceso, bajo responsabilidad.

Artículo 12º.- Procedimiento

Las entidades públicas aplicarán, contando con opinión jurídica previa, la correspondiente sanción de acuerdo al reglamento de la presente Ley, al Decreto Legislativo Nº 276 [T.126,Pág.141] y su Reglamento, cuando corresponda, y a sus normas internas.

Artículo 13º.- Registro de Sanciones

13.1 Amplíese el contenido del Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido, establecido en el artículo 242º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444 [T.299,§106], y anótese en él las sanciones producidas por la transgresión del presente Código.

13.2 El Registro deber acontecer los datos personales del servidor, la sanción impuesta, el tiempo de duración y la causa de la misma.

13.3 La inscripción en el Registro tiene una duración de un año contado desde la culminación de la sanción.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

Primera.- Integración de Procedimientos Especiales

El Código de Ética de la Función Pública es supletorio a las leyes, reglamentos y otras normas de procedimiento existentes en cuanto no lo contradigan o se opongan, en cuyo caso prevalecen las disposiciones especiales

Segunda.- Reglamentación

El Poder Ejecutivo, a través de la Presidencia del Consejo de Ministros, reglamenta la presente Ley en un plazo máximo de 90 días a partir de su vigencia.

Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación.

En Lima, a los veintidós días del mes de julio de dos mil dos.

CARLOS FERRERO, Presidente del Congreso de la República. HENRY PEASE GARCIA, Primer Vicepresidente del Congreso de la República.

AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR TANTO:

Mando se publique y cumpla.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de agosto del año dos mil dos.

ALEJANDRO TOLEDO, Presidente Constitucional de la República.

LUIS SOLARI DE LA FUENTE, Presidente del Consejo de Ministros.

REGLAMENTO DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Nº 1183 "SAÚL CANTORAL HUAMANÍ"

edu.red

INSTITUCION EDUCATIVA Nº 1183

"SAÚL CANTORAL HUAMANÍ"

UGEL 05 – S.J.L. – E.A.

PRESENTACIÓN

El presente documento normativo ha sido elaborado por la Comisión de Reglamento Interno, la misma que estuvo integrada por representantes de docentes del Nivel Primaria, Nivel Secundaria y personal administrativo.

Este proyecto está conformado por 14 Capítulos, con 65 Artículos. Los mismos que recogen los postulados establecidos en las normas legales vigentes; así mismo los de carácter organizacional y funcional propio de la Institución Educativa.

El objetivo fundamental de este reglamento es coadyuvar a la optimización del servicio educativo en nuestra institución mediante el cabal cumplimiento de las funciones de cada uno de sus miembros. También es espíritu de este reglamento conceder estímulos a los agentes que contribuyan eficaz y eficientemente a ese propósito.

El conocimiento y cumplimiento del Manual de Reglamento Interno tiene carácter obligatorio para toda la comunidad educativa, por lo cual, todo miembro de las comunidad educativa debe mostrar predisposición a la entrega sin reserva alguna a la tarea educativa para plasmar adecuadamente el presente Reglamento Interno.

LA COMISIÓN

INDICE

PRESENTACIÓN ……………………………………………………………………….Pág. 02

CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES……..……………….………….….… Pág. 03

CAPITULO II DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Nº 1183 "SAUL CANTORAL HUAMANI………………….……………………………………………….………… Pág. 06

CAPITULO III DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA…………….……….… Pág. 08

CAPITULO IV DE LA ORGANIZACIÓN………………….……………….. Pág. 30

CAPITULO V DEL PROCESO DE MATRÍCULA, EVALUACIÓN PROMOCIÓN REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN…………………………………………………..… Pág. 34

CAPITULO VI DEL REGISTRO ESCALAFONARIO…………………….…. Pág. 35

CAPITULO VII DERECHOS, DEBERES, ESTÌMULOS, FALTAS, Y SANCIONES DEL PERSONAL………………………………………………………………………….…… Pág. 35

CAPITULO VIII DERECHOS, OBLIGACIONES, FALTAS, ESTÍMULOS Y SANCIONES A LOS EDUCANDOS………………………………………………………………..…. Pág.44

CAPÍTULO IX RELACIONES Y COORDINACIONES………………………Pág. 49

CAPÍTULO X DISPOSICIONES FINALES……………………………….………….Pág. 50

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

1.1. Concepto

ARTICULO 1: El Reglamento Interno es el documento que norma la labor institucional interna del plantel en los aspectos académicos y administrativos en los niveles de Educación Primaria y Educación Secundaria de Menores, constituyendo un documento de gestión y control ya que establece las responsabilidades de cada uno de sus componentes en cuanto al cumplimiento de sus fines de educación de acuerdo al cargo que ocupan.

1.2. Línea Axiológica:

ARTÍCULO 2: Los fines del presente Reglamento Interno son:

  • 1. Velar por el adecuado funcionamiento de la Institución Educativa.

  • 2. Elevar a cada uno de los miembros del plantel en el cumplimiento de sus derechos y deberes con la institución.

  • 3. Cultivar hábitos de disciplina de estudios y responsabilidades en el educando con la participación directa del personal docente.

  • 4. Orientar a los padres de familia en el control de sus hijos, en las tareas educativas y en la formación de sus valores y responsabilidades como educando.

  • 5. Mejorar la calidad del proceso de enseñanza y aprendizaje para satisfacer el derecho del educando a recibir una formación integral en Educación de calidad.

  • 6. Mantener informada a los padres de familia sobre los logros y dificultades de sus hijos estudiantes de la Institución Educativa 1183.

  • 7. Estimular a los estudiantes para que asuman responsablemente sus deberes y derechos con el fin de contribuir a su formación integral y elevar la imagen institucional.

1.3. Alcances:

ARTICULO 3: El presente Reglamento Interno debe ser cumplido responsablemente por:

  • El Personal Directivo.

  • El Personal Docente

  • El Personal Administrativo.

  • Los Estudiantes

  • Los Padres de Familia

1.4. Bases Legales

ARTÍCULO 4: El presente Reglamento Interno tiene su base legal en los siguientes documentos normativos vigentes:

  • Constitución Política del Perú.

  • Ley General de Educación 28044.

  • Reforma Magisterial Ley N° 29944

  • Reglamento de Ley de Reforma Magisterial D.S N° 004-2013-ED

  • Ley de Bases de la Carrera Administrativa. Decreto Legislativo Nº 276.

  • Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General.

  • Ley Nº 29060 Ley del Silencio Administrativo.

  • Ley Nº 27942 Ley de Prevención y Hostigamiento Sexual.

  • Ley Nº 27815, Ley del Código de Ética de la función Pública, modificada por Ley Nº

28496 y Reglamentada con Decreto Supremo Nº 099-2003 PCM.

  • Ley Nº 28628 Participación de los Padres de Familia en las I.E. Públicas y su Reglamento DS. 004-2006-ED.

  • Resolución Ministerial Nº 0622-2013-ED que aprueba la Directiva para el Desarrollo del Año Escolar 2014.

  • D.S. Nº 05-90-PCM – Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa.

  • R.M. Nº 03-52-2006-ED – Calendario Cívico Escolar y R.V.M. 022-2007

  • Ley 27815 – Ley del Código de Ética de la función pública y su reglamento aprobado por D.S. Nº 033-2005-P.C.M.

CAPITULO II

DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA Nº 1183 "SAUL CANTORAL HUAMANI"

2.1. Del Funcionamiento

ARTÍCULO 5: La Institución Educativa, brinda una Educación Integral basada en lineamientos políticos de las Normas Legales vigentes, en los niveles de Educación Primaria y de Educación Secundaria de Menores.

2.2. Ubicación

ARTÍCULO 6: La I.E. fue creado por RD. Nº 0388 de la Unidad de Servicios Educativos Nº 03 del 05 de Mayo de 1994, como Colegio Estatal Nº 1183 para la Educación Primaria y Secundaria de Menores en el área de Ciencias Humanísticas, se encuentra ubicado en la Mz. "Q" Lote "09" (entre las Mz. "E" y "Q") del Asentamiento Humano "Saúl Cantoral Huamani", asimismo por R.D. Nº 2227 de la USE 03 se le denomina Colegio Estatal de Menores Nº 1183 "Saúl Cantoral Huamani"

2.3. Ámbito Geográfico

ARTÍCULO 7: La IE 1183 Saúl Cantoral Huamaní, tiene como ámbito geográfico:

  • Asentamiento Humano Saúl Cantoral

  • Asociación de Vivienda Casablanca

  • Asentamiento Humano San Juan de Casablanca

  • Asentamiento Los Frutales de Casablanca

  • Asentamiento Cristo Rey

  • Asentamiento Juan Valer

  • Y alrededores.

2.4. Objetivos

ARTÍCULO 8: Los objetivos generales de la Institución Educativa son:

  • 1. Lograr el desarrollo Integral de los estudiantes a través de experiencias significativas.

  • 2. Brindar una Educación Científica-Humanística orientada hacia la formación Integral del educando.

  • 3. Mejorar las relaciones humanas de la comunidad educativa para fortalecer la armonía, paz y alta productividad.

  • 4. Integrar a la Institución Educativa para el logro de su desarrollo social, económico, político y cultural dentro de su comunidad local y nacional.

  • 5. Desarrollar y perfeccionar una metodología activa que permita mejorar la calidad de la educación incorporando nuevas experiencias basadas en la práctica de valores.

  • 6. Promover una formación analítica, crítica y creativa orientada a la conversación de la Ecología.

  • 7. Promover e inculcar como hábitos la practica de valores dentro y fuera de la Institución Educativa.

  • 8. Elevar la autoestima de los educandos mediante el afianzamiento de valores como: la Responsabilidad, Disciplina, Puntualidad, Justicia, Respeto, Solidaridad, Veracidad y Servicio.

  • 9. Intensificar la actualización profesional y la renovación espiritual del personal docente vía capacitación, implementación y jornadas de reflexión.

ARTÍCULO 9: Los objetivos del nivel de Educación Primaria son:

  • a) Desarrollar habilidades, capacidades y actitudes en el educando, fortaleciendo su autoestima y su formación integral.

  • b) Lograr un adecuado dominio de los tres ejes estratégicos del Plan de Emergencia Educativa como son: Comprensión lectora en el marco de Lenguaje-Comunicación, Razonamiento Lógico Matemático y Formación en Valores mediante actos vivénciales.

  • c) Estimular la capacidad de creación, orientar el desarrollo vocacional y propiciar la adquisición de hábitos de seguridad, orden, higiene, urbanidad y equilibrada realidad social.

  • d) Promover el conocimiento y práctica de valores cívico-patrióticos, éticos y de formación religiosa, teniendo como base la realidad nacional y la educación en el hogar.

ARTÍCULO 10: Los objetivos del nivel de Educación Secundaria son:

  • 1. Brindar al educando oportunidades de aprendizaje que le permitan desarrollar capacidades que reflejen conocimientos, habilidades y actitudes en el estándar del desarrollo humano.

  • 2. Profundizar el conocimiento y afianzar la práctica de valores cívicos patrióticos, éticos y religiosos para su positivo desenvolvimiento social.

  • 3. Brindar a los educandos servicios de bienestar que contribuyen al conocimiento y comprensión de sí mismo y al desarrollo de su personalidad.

  • 4. Lograr las competencias en las siguientes áreas.

  • Comunicación.

  • Idioma extranjero.

  • Ciencia Tecnología y Ambiente

  • Matemática.

  • Historia, Geografía y Economía

  • Persona, Familia y Relaciones Humanas

  • Educación Religiosa

  • Arte

  • Educación para el Trabajo.

  • Educación Física.

  • Formación Ciudadana y Cívica

  • Tutoría

CAPÍTULO III

DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

3.1. Diseño Organizacional

ARTÍCULO 11: La I.E. "SAUL CANTORAL HUAMANI" tiene la siguiente estructura orgánica:

  • A. ÓRGANO DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA:

– Director de la Institución Educativa : Lic. Bendezú Vega Octavio Alcibiades

– Sub Directora del nivel primario : Lic. Gehovanna Bardales Madariaga

– Coordinador General de Secundaria : Lic. Job Colquichagua Zevallos

  • B. ÓRGANOS TÉCNICOS PEDAGOGICOS OPERATIVOS:

– Docentes de Educación Primaria – Docentes de Educación Secundaria

– Auxiliares de Educación

  • C. ÓRGANO ADMINISTRATIVO:

– Trabajadores Administrativos.

  • D. ÓRGANOS TÉCNICO PEDAGOGICOS DE ASESORAMIENTO

– Coordinador Académico – Coordinadores de grado

– Coordinadores de área – Coordinadores de Tutoría

  • E. ÓRGANOS DE APOYO Y PARTICIPACIÓN

– Asociación de Padres de Familia -Consejo Educativo Institucional (CONEI)

– Comités de aula – Instituciones de la comunidad.

  • F. ÓRGANOS ESTUDIANTILES

– Municipio Escolar -Defensoría Escolar

– Policía Escolar – Brigada de Defensa Civil

– Brigada Ecológica -Brigada de Primeros auxilios

3.2. Funciones Generales

ARTÍCULO 10: Las funciones generales de la Institución Educativa son:

  • 1. Desarrollar y aplicar la política educativa orientada por la Constitución Política del Perú, la Ley General de Educación y el Proyecto Educativo Nacional.

  • 2. Planificar, organizar, ejecutar, supervisar, controlar y evaluar el proceso educativo dentro de su jurisdicción y redes correspondientes.

  • 3. Proyectar sus actividades y acciones educativas, culturales, deportivas y sociales hacia la comunidad.

  • 4. Mantener estrecha y permanente relación con el Municipio, el Asentamiento Humano, la Comisaria, Parroquia, el Centro de Salud y otras instituciones que colaboren con la educación.

  • 5. Y lo que señale la ley.

3.3. Funciones Específicas

ARTÍCULO 11: El Director(a) es la primera autoridad de la Institución Educativa y depende de la UGEL 05 – San Juan de Lurigancho – El agustino.

ARTICULO 12: Son funciones del Director(a) de la Institución Educativa.

  • 1. Representar legalmente a la Institución Educativa.

  • 2. Planificar, coordinar, ejecutar y evaluar el PEI, PCI, el Plan Anual de Trabajo, Plan Operativo Anual (POA), EL Plan de Emergencia Educativo (PEE), con la participación de los docentes, personal administrativo y el apoyo de la APAFA, con la opinión CONEI.

  • 3. Presidir las reuniones Técnicos Pedagógicos, jornadas de reflexión y otros relacionados con los objetivos de la Institución Educativa.

  • 4. Organizar o dirigir el Monitoreo, el acompañamiento y la Supervisión Educativa de manera permanente.

  • 5. Organizar el proceso de matrícula o autorizar traslados de matrícula, así como exoneraciones de asignaturas (Educación Religiosa, Educación Física en la parte práctica).

  • 6. Realizar de oficio la matricula del menor abandonado o en peligro moral.

  • 7. Autorizar la rectificación en nombres y apellidos de los educandos en los documentos pedagógicos de acuerdo a leyes y normas verificando en la partida de nacimiento o DNI

  • 8. Aprobar el CAP (Cuadro de Asignación de Personal) del personal docente, y solicitar la cobertura de las plazas vacantes ante la autoridad educativa competente.

  • 9. Aprobar la programación curricular, el calendario cívico de actividades en base a los criterios técnicos emitidos por el Ministerio de Educación.

  • 10. Seleccionar y designar el personal docente y personal administrativo en las plazas que les corresponden a la Institución Educativa y previo informe de la Comisión de Evaluación. Además, comunicar a la autoridad competente del Ministerio de educación, la que deberá formalizar el contrato en un plazo de diez (10) días. (R.M.N 06-09-ED)

  • 11. Administrar la documentación de la Institución Educativa.

  • 12. Mantener actualizado el inventario de bienes y enseres del plantel.

  • 13. Mantener actualizado el escalafón interior del plantel, cuadro de asignación (CAP).

  • 14. Administrar los fondos de actividades productivas e ingresos propios de acuerdo a las normas específicas.

  • 15. Autorizar visitas de estudio o excursiones del ámbito departamental (R.M. N 291-95- RD).

  • 16. Convocar a asamblea de profesores y personal administrativo de acuerdo a la necesidad institucional o norma.

  • 17. Preparar los cuadros estadísticos de los alumnos (matricula, traslados, aprobados, desaprobados, etc.)

  • 18. Expedir certificado de estudios y de conducta.

  • 19. Estimular o sancionar al personal conforme a ley.

  • 20.  Recoger planillas.

  • 21. Formular el cuadro de necesidades, bienes y servicios.

  • 22. Autorizar de acuerdo con las disposiciones vigentes el uso eventual de los ambientes y/o equipos del colegio por parte de las instituciones de la comunidad con fines educativos y culturales sin interferencia con el horario de clases.

  • 23. Conceder las licencias conforme el derecho.

  • 24.  Conceder licencias al personal administrativo y cubrir dicha licencia cuando sea sin goce de haberes (R.D. N061-96-ED).

  • 25. Formular El presupuesto de la Institución Educativa y velar por la correcta administración de los recursos recaudados informando a las autoridades competentes (R.D. N061-96-ED).

  • 26. Coordinar con la APAFA sobre el uso de fondos que se recauden.

  • 27. Adjudicar la administración de la cafetería y servicio de fotocopia en coordinación con la comisión nombrada.

  • 28. Informar Trimestralmente a los docentes y a la UGEL 05 sobre el balance de ingresos de los recursos recaudados de la Institución Educativa con documentos sustentatorios, bajo responsabilidad funcional.

  • 29. Controlar y coordinar la ejecución del trabajo del personal administrativo.

  • 30. Controlar el horario de trabajo del personal docente y administrativo.

  • 31.  Publicar oportunamente el consolidado de asistencia, inasistencias y tardanzas a las 48 horas de haber finalizado el mes anterior.

  • 32. Presidir el CONEI

  • 33. Presidir el Comité de Racionalización.

  • 34. Estimular el buen desempeño docente establecido en la IE, prácticas y estrategias de reconocimiento público a las innovaciones educativas y experiencias exitosas.

  • 35. Desarrollar acciones de capacitación del personal.

  • 36. Delegar funciones de acuerdo a las necesidades de la I.E.

  • 37. Monitorear el trabajo de las diferentes comisiones y participar en ellas de acuerdo a lo que le corresponde.

  • 38. Supervisar, monitorear y acompañar en la labor docente de la I.E, y del personal.

  • 39. Reconocer a la junta directiva de APAFA cuando está debidamente constituido y coordinar el mantenimiento de la infraestructura y en otras funciones que la ley otorga a las APAFAs.

PROHIBICIONES DEL DIRECTOR:

  • 1. Atentar contra la integridad física, psíquica, moral de los miembros de la comunidad educativa.

  • 2. Hacer política partidaria dentro de la Institución Educativa.

  • 3. Ser concesionario del kiosco o cafetería de la I.E.

  • 4. Recibir regalos a cambio de favores particulares.

  • 5. Asistir al plantel en estado de ebriedad (D.S. Nº 276) y si continuara será retirado del plantel.

  • 6. Utilizar las instalaciones e implementos de la Institución educativa para fines personales.

  • 7. Sacar fuera de la Institución Educativa, materiales, herramientas u otros objetos del Colegio, sin el registro correspondiente del portero.

  • 8. Hacer publicaciones que dañen el prestigio de la Institución Educativa.

  • 9. Abusar de autoridad y desempeñar sus funciones con fines indebidos.

  • 10. Incumplir las obligaciones que señale el presente Reglamento Interno.

  • 11. Adulterar los documentos de evaluación (Registros y actas oficiales).

ARTICULO 13.- Son funciones de la Sub dirección de Educación Primaria.

  • 1. Planificar, organizar, dirigir, monitorear y controlar el desarrollo de las actividades educativas del nivel de Educación Primaria. La Sub dirección depende del Director(a)

  • 2. Orientar, monitorear y evaluar permanentemente las funciones del personal de su nivel.

  • 3. Convocar y dirigir reuniones de carácter técnico pedagógico para coordinar el trabajo educativo.

  • 4. Reemplazar al docente en su ausencia o en caso de inasistencia.

  • 5. Promover la preparación y utilización de material educativo.

  • 6. Orientar y aprobar el horario de su personal.

  • 7. Por delegación, representar al director en caso de ausencia.

  • 8. Comunicar el resultado de la evaluación pedagógica al personal docente.

  • 9. Efectuar el requerimiento de los materiales e insumos y/o económicos de su nivel.

  • 10. Estimular el buen desempeño docente establecido en la IE, prácticas y estrategias de reconocimiento público a las innovaciones educativas y experiencias exitosas.

  • 11. Desarrollar acciones de capacitación y del personal.

  • 12. Participa directamente en actividades propios del nivel.

  • 13. Realizar la matrícula, traslados, nóminas y actas de evaluación de los estudiantes del nivel primaria e informar oportunamente al director para su reporte a las instancias de la administración local, regional y nacional.

ARTICULO 14.- Son funciones del Coordinador Académico del Nivel Secundaria.

  • 1. Coordinar con la dirección de la Institución Educativa. Depende del Director.

  • 2. Planificar, organizar, monitorear y evaluar las actividades técnico pedagógico a delegación del Director

  • 3. Incentivar la participación de todo el personal en las actividades educativas.

  • 4. Difunde y ejecuta las estrategias de Defensa Civil, en caso de sismo y otros desastres, para lo que contara con la participación de los profesores de todas las áreas.

  • 5. Asesorar al profesor de área en la aplicación, manejo y desarrollo de métodos, técnicas e instrumentos del proceso de enseñanza aprendizaje.

  • 6. Participar en la formulación del plan anual de trabajo PAT de la Institución Educativa.

  • 7. Organizar en coordinación con la comisión encargada previa anticipación de los alumnos en desfiles, ceremonias competencias yo concursos, afines.

  • 8. Coordina con los profesores del área el desarrollo del calendario cívico escolar

  • 9. Organizar el trabajo educativo con el personal docente y comisiones, el plan de estudios, el cuadro de distribución de áreas, el horario de clases y los turnos de trabajo.

  • 10. Organizar la correcta aplicación del proceso de evaluación.

  • 11. Supervisar el orden y la limpieza del material educativo, mobiliario y ambientes de la Institución educativa con el apoyo del personal de servicio.

  • 12. Promover, organizar y ejecutar eventos, capacitación y actualización docente; así como la realización de estudios de investigación para mejorar los métodos de enseñanza aprendizaje.

  • 13. Promueve e impulsa un clima armónico entre los alumnos, docentes y padres de familia.

  • 14. Vela por la disciplina de los alumnos con apoyo de docentes y auxiliares.

  • 15. Representa por delegación al Director.

ARTICULO 15.- Son funciones de los coordinadores de grado de Educación Primaria.

  • 1. Controlar el desarrollo de las acciones técnicos pedagógicos aplicados por los docentes en sus respectivos grados y coordinar con los encargados de otros grados. Dependen de la sub Dirección de la I.E.

  • 2. Planificar, organizar, supervisar y evaluar actividades de los grados a su cargo en coordinación con la sub dirección.

  • 3. Promover la realización de proyectos como medio de aprendizaje en contribución al funcionamiento y conservación de las aulas o equipos de acuerdo a las normas específicas para su adecuado mantenimiento.

  • 4. Programar la organización de actividades de reforzamiento académico de acuerdo a da ciclo.

  • 5. Apoyar a la subdirección en las actividades técnico pedagógico bajo responsabilidad.

  • 6. Comunicar a los docentes con 72 horas de anticipación (como mínimo) para la entrega de los documentos técnicos pedagógicos.

ARTICULO 16.- Son funciones de los coordinadores de área del nivel secundaria.

  • 1. Por delegación debe coordinar, monitorear y brindar asesoramiento técnico pedagógico a los docentes de área de la especialidad a su cargo. Depende jerárquicamente del coordinador de educación secundaria.

  • 2. Participar en la formulación del Plan anual de Trabajo, el cuadro de horas y el horario de clases.

  • 3. Coordinar, monitorear y evaluar la programación curricular, elaboración y aplicación del material educativo y el proceso de enseñanza aprendizaje de los docentes de la especialidad a cargo.

  • 4. Promover el desarrollo de métodos técnicas y material educativo en base al intercambio de experiencia entre los docentes del área a su cargo y a la actualización y capacitación permanente.

  • 5. Brindar asesoramiento técnico-pedagógico a los docentes a su cargo en la preparación de clases, para mayor logro de las acciones a su cargo.

  • 6. Supervisar la formulación de los registros de evaluación y estructuración de pruebas de evaluación de las asignaturas a su cargo.

  • 7. Asumir la función de coordinación en caso de ausencia y/o coordinación general.

  • 8. Comunicar a los docentes con 72 horas de anticipación (como mínimo) para la entrega de los documentos técnicos pedagógicos.

ARTÍCULO 17.- Son funciones del personal docente:

  • 1. Participar en la formulación ejecución evaluación del Plan Anual de Trabajo (PAT), Proyecto Educativo Institucional (PEI) Reglamentó Interno (RI), Plan Operativo Anual (POA), Plan Curricular de Centro (PCI), actividades del plan anual de emergencia educativa (PEE) y las reuniones de coordinación convocadas con carácter obligatorio. En caso de ausencia justificada, el director debe comunicar en asamblea.

  • 2. Programar, desarrollar y evaluar el proceso de enseñanza aprendizaje y las actividades curriculares correspondientes a la asignatura o grado a su cargo.

  • 3. Orientar al educando respetando su libertad en el conocimiento de sus derechos y deberes establecidos por la Constitución, las leyes vigentes y los convenios internacionales.

  • 4. Preparar y emplear material didáctico, métodos técnicas necesarias para el educando, desarrollo del programa curricular de la asignatura o grado a su cargo.

  • 5. Integrar comisiones de trabajo y participar en las acciones que permitan el mejor logro de las actividades programadas bajo responsabilidad funcional.

  • 6. Participar en el desarrollo cultural, cívico y patriótico de la comunidad respetando sus valores éticos y sociales.

  • 7.  Realizar acciones de tutoría en las secciones a su cargo.

  • 8. Realizar acciones de nivelación y recuperación pedagógica con previa anticipación al Director o coordinador.

  • 9. Participar en las actividades culturales y artísticas de la Institución Educativa, en cumplimiento del Calendario Cívico Escolar y otras que contribuyan a la formación integral del educando dentro del marco de la Resolución Ministerial Nº 712-2005-ED

  • 10. Coordinar y mantener comunicación permanente con los padres de familia para tratar asuntos relacionados con el rendimiento académico y comportamiento de sus hijos en horarios determinados.

  • 11. Colaborar en la acciones de mantenimiento y conservación de la infraestructura y bienes de la Institución Educativa, bajo responsabilidad.

  • 12. Realizar un seguimiento a los alumnos indisciplinados.

  • 13. Atender a los padres de familia en los horarios de atención a los padres, (salvo de urgencia previa anticipación)

  • 14. Coordinar con el tutor e informar al coordinador de nivel sobre los problemas de conducta de los alumnos.

  • 15. Asistir puntualmente a la Institución Educativa y firmar el libro de asistencia sin borrones ni enmendaduras.

  • 16. Participar en las acciones de investigación y experimentación de métodos y técnicas de trabajo innovadoras; así como en los eventos de capacitación y actualización programadas y organizadas por la I.E.

  • 17. Comunicar a los padres de familia oportunamente sobre los syllabus.

  • Partes: 1, 2, 3, 4
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