La Ética en la Función Pública de la UGEL Nº 05 de San Juan de Lurigancho, Perú (página 4)
Enviado por JOHNNY FÉLIX FARFÁN PIMENTEL
18. Manejar un cuaderno anecdotario por tutoría y una ficha conductual para reportar el rendimiento académico y la conducta de los alumnos que presentan problemas, así como los méritos, para luego mantener informados a los padres de familia.
19. Informar periódicamente a los alumnos y padres de familia sobre el resultado de sus evaluaciones.
20. Colaborar y participar en las formaciones generales y las celebraciones de las fechas cívicas, bajo responsabilidad.
21. Los docentes de aula y los docentes de asignatura son responsables del orden, la disciplina y la limpieza dentro y fuera del aula, y de velar por la seguridad de los alumnos aun en las horas de recreo.
22. Organizar y ambientar permanentemente su aula con la colaboración y participación de los educandos y los padres de familia y asumir con responsabilidad su conservación y mantenimiento al finalizar su labor debe supervisar el aseo.
23. Registrar en el parte diario los temas desarrollados y demás documentos que se consignen (nivel secundario), bajo responsabilidad.
24. Tener un registro auxiliar de evaluación y asistencia.
25. Firmar obligatoriamente el libro de Actas después de cada asamblea previa audición de la lectura de los acuerdos establecidos.
26. Los acuerdos generales establecidos en la asamblea deben ser respetados y cumplidos, cuando la mayoría del personal que asiste, los apruebe.
27. El personal que no asiste a una asamblea debe acatar y cumplir obligatoriamente los acuerdos establecidos.
28. El personal que se encuentre en algún punto de la agenda tratada en asamblea y que haya sido aprobado por mayoría, deberá firmar el libro de actas e indicar su observación.
29. Cumplir sus funciones con dignidad y eficacia, con lealtad a la Constitución Política del Perú y las leyes y el reglamento interno de la I.E.
30. Terminado su labor el docente será el último en salir del aula después de los alumnos.
31. Las coordinaciones de las comisiones de trabajo se realizaran fuera del horario de trabajo.
32. Contribuir eficazmente en la formación de los estudiantes en todas las dimensiones del desarrollo humano
33. Mantener la idoneidad profesional, probada solvencia moral y salud física y mental que no ponga en riesgo la integridad de los estudiantes.
34. Planificar, desarrollar y evaluar actividades que aseguren el logro del aprendizaje de los estudiantes, así como trabajar en el marco del respeto de las normas institucionales de b) Participar en la Institución Educativa y en otras instancias a fin de contribuir al desarrollo del Proyecto Educativo Institucional así como del Proyecto Educativo Local, Regional y Nacional
35. Participar en los programas de capacitación y actualización profesional, los cuales constituyen requisitos en los procesos de evaluación docente.
ARTÍCULO 18.- Son funciones del tutor de Educación Secundaria:
1. Conocer e identificarse con los objetivos de la Institución Educativa.
2. Conocer, difundir y hacer cumplir el Reglamento Interno, mediante vigilancia constante, comprensiva y amistosa los alumnos a su cargo.
3. Constituir el comité de aula y orientar sus actividades
4. Velar y vigilar el cuidado permanente y el arreglo del aula en la Institución Educativa.
5. Cuidar y mantener limpio el aula y en buen estado el mobiliario y otros enseres del aula y de la Institución Educativa, en caso de su incumplimiento se debe informar a la dirección sobre el deterioro del mismo y coordinar con el profesor del aula para las sanciones correspondientes.
6. Velar y vigilar por la buena presentación, conservación y ambientación del aula.
7. Estar presente en las formaciones generales de ingreso y salida; y revisar en forma permanente el aseo y la presentación del alumno.
8. Exigir al brigadier de la Sección la anotación numérica de los presentes en forma diaria y registra presente la inasistencia.
9. Coordinar oportunamente con el auxiliar de educación a fin de solucionar los problemas de conducta e inasistencia escolar de 3 días o más.
10. Colaborar con el coordinador de nivel en la aplicación de test a fin de conocer mejor a nuestros alumnos.
11. Realizar entrevistas a los alumnos en casos de problemas de conducta y de bajo rendimiento académico.
12. Consultar tendencias reacciones, actitudes y comportamientos de sus alumnos canalizando sus problemas.
13. Utilizar en forma permanente fichas de seguimiento conductual.
14. Informar a sus alumnos sobre el cumplimento de sus deberes y derechos en la Institución Educativa aconsejar a sus alumnos de manera individual o grupal.
15. Incentivar a los alumnos en el estudio y el trabajo escolar.
16. Entrevistarse con los padres de familia según horario establecido por la dirección
17. Realizar un seguimiento especial los alumnos que tengan más de 3 áreas, desaprobadas para asesorarlos y elevar su rendimiento académico bajo responsabilidad.
18. Participar en actividades cívico – culturales según el calendario escolar.
19. Realizar todo trabajo académico que le encomiende la dirección e informar semestralmente y anualmente sobre el desarrollo del mismo.
20. Llevar al día su carpeta tutorial.
21. Realizar actividades de prevención integral del educando.
22. Propiciar el dialogo orientado en valores y temas de actualidad con la participación de todos sus titulados.
23. La labor del tutor se desempeña permanentemente dentro y fuera del aula.
24. Por su naturaleza en la tutoría no hay exámenes escrito, orales, que deban rendir los alumnos y por consiguiente no hay calificaciones ni actas de tutoría (R.M. 030-2004-ED)
25. Participar con sus estudiantes en el desarrollo de las actividades de calendario Cívico Escolar.
26. Respetar el horario de trabajo de tutoría sin interrumpir con otras áreas.
ARTICULO 19.- Son funciones del auxiliar de educación.
1. Controlar permanentemente la disciplina y el orden del alumnado y organizar a los policías escolares en forma democrática.
2. Brindar trato respetuoso a los docentes, personal administrativo, padres de familia y a los alumnos en general.
3. Asegurar la matrícula de los estudiantes a su cargo en el SIAGIE.
4. Iniciar sus labores 15 minutos antes y después de la hora señalada para el ingreso y salida de los alumnos y cumplir su jornada laboral de 6 horas cronológicas en forma estricta en su turno correspondiente. De acuerdo al D.S. Nº 19-90-RM Nº 352-89-ED y D.L. Nº 276.
5. Mantener actualizado por grado y/o secciones a su cargo el registro de asistencia y/o tardanza de los alumnos y con justificación en casos necesaria y así mantener al día el promover en los alumnos el cultivo de los valores morales, cívico patrióticos, éticos – sociales y religiosos.
6. Fomentar hábitos de higiene, puntualidad y el correcto uso del uniforme escolar en el alumnado.
7. Fomentar hábitos de disciplina, buenas costumbres, responsabilidad orden respeto solidaridad entre sus compañeros y hacia los alumnos.
8. Atender a los padres de familia sobre asuntos relacionados con la conducta, disciplina y asistencia de sus hijos, con el debido respeto.
9. Controlar el desarrollo de las tareas escolares en las aulas, en caso de ausencia del docente.
10. Distribuir las citaciones y recomendaciones pertinentes a los alumnos.
11. Cuidar en todo momento la integridad física y bienestar de los alumnos.
12. Efectúa visitas permanentes por diferentes ambientes de la I.E. vigilando por el estricto cumplimiento de las normas disciplinarias y el mantenimiento del mobiliario.
13. Vigilar en forma permanente las aulas a su cargo manteniéndose en un lugar visible durante sus horas de trabajo para un mejor seguimiento de los alumnos y no permanecer en la dirección.
14. Realizar las formaciones del alumnado para las actividades cívicas-patrióticas en los días que corresponden.
15. Por delegación controlar la asistencia del profesor en el aula y comunicar al Director en caso de ausencia para su reemplazo.
16. Cumplir estrictamente el control de cambio de hora a fin de evitar la indisciplina de los alumnos.
17. Atender a los alumnos en caso de emergencia.
18. Controlar de manera estricta la asistencia, inasistencia de los alumnos y en caso de detectar 3 tardanzas debe ser informado a la coordinación general y en su defecto a la Dirección, para la respectiva citación del padre. la asistencia de los estudiantes lo reporta por vía SIAGIE e informa al director de la I.E.
19. Llevar un cuaderno de registro conductual y asistencial de los alumnos aplicable tanto para el auxiliar como por el brigadier de aula, el cual también será del uso de los docentes de asignatura y profesores de aula del nivel primario bajo responsabilidad.
20. Sellar las agendas escolares apoyado por brigadieres y buscando la mejor estrategia para el cumplimiento de esta función.
21. Informar a la dirección sobre los logros de los responsables de la disciplina al interior del aula para su felicitación y/o amonestación.
ARTÍCULO 20: Son derechos de los auxiliares de educación:
1. Merece trato Cortes y respeto por parte del Personal del Colegio, Alumnado y Público en general.
2. Solicitar la justificación de Tres Inasistencias al año previa presentación de solicitud y aprobación por el Director de acuerdo a las necesidades de la institución Educativa, de acuerdo a ley.
ARTÍCULO 21: Prohibiciones de los Auxiliares de educación:
1. Desacatar las órdenes de las autoridades del Colegio.
2. Delegar sus funciones a los alumnos bajo responsabilidad.
3. Interrumpir las clases de los profesores salvo en caso de suma emergencia, autorizada por las autoridades del plantel.
4. Efectuar la venta de objetos, rifas u otros artículos entre el alumnado para fines particulares, o recibir dinero de los Padres de Familia.
5. Utilizar las instalaciones o implementos del Colegio por fines ajenos al mismo.
6. Emplear insultos o humillaciones a los alumnos.
7. Ser concesionario (a) del Kiosco y cafetería.
8. Recibir gratificaciones por servicios que soliciten alumnos o público en general.
9. Dar permiso a los alumnos para salir fuera del plantel sin autorización de la dirección y/o coordinador general.
ARTICULO 22: Son funciones del trabajador de servicio
1. Depende de la Dirección y Subdirección de la I. E.
2. Tener el cargo de portero, mantenimiento y limpieza.
3. Realizar labores de seguridad, vigilancia y portería de la I. E.
4. Controlar el ingreso y salida del alumnado de acuerdo al horario establecido, con el apoyo de los auxiliares de educación en horas de clases con la autorización correspondiente expedida por el Director y/o Subdirectora, coordinador Y/o profesora de la Institución Educativa.
5. Realizar el mantenimiento, conservación y limpieza de los ambientes de la Institución Educativa tanto externo como interno y áreas verdes, baños.
6. Permanecer en la I.E. el tiempo establecido en su horario de trabajo.
7. Observar buena conducta y cuidar su presentación personal.
8. Cumplir funciones de apoyo y/o por necesidad de servicio.
Personal de Servicio III
1. Depende del Director y de la Subdirectora de la Institución Educativa.
2. Realizar custodia a través de rondas permanentes de los ambientes de toda la I.E., durante su jornada de trabajo.
3. No permitir el ingreso de personas ajenas a la I.E. fuera del horario de atención y días feriados salvo con una autorización de la Dirección de la I.E.
4. El trabajo de servicio III controlar el ingreso y salida de materiales diversos dentro de su jornada laboral dando cuenta en el día a su jefe inmediata por escrito.
5. Registrar en el cuaderno de ocurrencias las novedades producida durante el horario de trabajo.
6. Realizar labores de portería en forma permanente en el turno correspondiente en caso sea encomendado en otra función y/o eventualidad autorizado por la autoridad inmediata, este delegara a otro su reemplazo.
7. Apoyará a otras funciones afines a su cargo que le asigne el director por necesidad de servicio: limpieza de aula, función de secretaría, administración de SIAGIE y otros.
8. Permanecer en la I. E. en el tiempo establecido de acuerdo a su horario de trabajo.
9. Tener buena conducta y cuidar su presentación personal.
10. Velar por la seguridad, conservación y mantenimiento de los materiales, herramientas y/o implementos de trabajo a su cargo.
11. Mantener las aulas cerradas en horas y días no laborables.
12. Permitir el ingreso de vehículos autorizados por el Director de la Institución Educativa.
13. Deberá mantener la puerta principal en horario de salida de los alumnos en ambos turnos.
14. Acondicionar el estrado e instalar el equipo de amplificación los días de formación para la apertura de la semana escolar y actividades centrales, así como apoyar a recoger el mobiliario del escenario para devolverlos bajo responsabilidad.
15. No realizar quehaceres extras ajenas a su responsabilidad funcional durante su jornada laboral.
Personal de Servicio II
1. Depende del Director y la Subdirectora de la Institución Educativa.
2. Es apoyar en el controlar el ingreso y salida del alumnado de acuerdo al horario establecido.
3. Controlar que los bienes, enseres y otras que salen de la Institución Educativa, cuentan con la debida autorización del Director(a).
4. Realizar limpieza de las aulas como ventanas, pizarras, carpetas y escritorio, SS. HH. y de más ambientes internos como externos.
5. Vela a la seguridad del mobiliario y enseres de la Institución Educativa siendo su responsabilidad durante su jornada de trabajo.
6. Realiza labores de consejería.
7. Realiza otras funciones afines que la asigna el director y/o subdirectora.
8. Permanecer en la Institución Educativa durante su horario de trabajo.
9. Tener buena conducta y cuidar su presentación personal.
10. Limpiar los patios y demás ambientes en un horario adecuado, que es de las horas de clase.
11. Establecer el horario de su jornada laboral en coordinación con el director.
12. Establecer un cuaderno de ocurrencias del mantenimiento y limpieza de las aulas, en el cambio de turno.
ARTÍCULO 23: Son funciones del Auxiliar de Laboratorio
1. Es el responsable de la conservación, mantenimiento y seguridad del laboratorio. Depende del Director, subdirector y/o coordinador general.
2. Proporciona y distribuye oportunamente los materiales para las prácticas de acuerdo a lo solicitado.
3. Colabora en la organización, mantenimiento e inventario de los equipos y materiales.
4. Limpia y esteriliza según sea el caso, materiales, instrumentos y ambientes de laboratorio.
5. Participa en el plan anual de trabajo, y cronograma de prácticas del laboratorio.
6. Lleva al día el registro de prácticas de laboratorio.
7. Elabora el cuadro de requerimiento de materiales, instrumentos e insumos que se requieran en el laboratorio.
8. Apoya en las prácticas con la preparación de muestras, registros de análisis y otros.
9. Elabora su jornada laboral en coordinación con el director, de acuerdo a las necesidades de la Institución Educativa
10. Otros que se asignen de acuerdo a la naturaleza de sus funciones y por necesidad de servicio.
11. Llevar el inventario actualizado de los materiales registrados las altas y bajas de los mismos.
ARTÍCULO 24: Derechos del personal de servicio y auxiliar de laboratorio:
Ser tratados con cortesía y consideración por el personal del Centro Educativo alumnado y público en general.
1. Recibir los implementos necesarios para el cuidado de su salud.
2. Solicitar permiso de justificación de tres inasistencias al año, previa presentación de solicitud y aprobación del Director y un día libre por onomástico de acuerdo a ley.
3. Participar en las reuniones generales donde se toquen temas inherentes a su cargo.
4. Participar en las capacitaciones programadas por la UGEL 05, previa autorización del Director, fuera del horario de trabajo.
5. Tienen 30 minutos de refrigerio dentro del horario de trabajo el cual no se contabiliza la jornada laboral.
6. Ejercer la función en respeto a la comunidad educativa.
ARTÍCULO 25: Prohibiciones del Personal de Servicio y Auxiliar de Laboratorio:
1. Desacatar las órdenes de las autoridades de la Institución Educativa.
2. Presentar una imagen negativa que denigre la imagen de la institución.
3. Usar en beneficio propio las instalaciones o implementos del plantel.
4. Realizar trabajos en el local institucional en beneficio propio durante las horas de labores.
5. Abandonar sus tareas o salir del Centro Educativo en horas de trabajo sin autorización del Director
6. Solicitar remuneración extraordinaria por trabajo que realiza, al servicio del colegio.
7. Dejar manipular los insumos químicos, eléctricos o contaminantes a estudiantes sin la supervisión personal o del docente.
8. Ser concesionario del Kiosco o Cafetería del Plantel.
ARTÍCULO 26: El CONEI, es un órgano de consulta institucional y está constituido por el Director(a) (quien lo preside), Subdirector, un docente representante de cada nivel, un representante del personal administrativo y dos padres de familia.
Las funciones y alcances de este Consejo están contemplados en su reglamento. Brinda un apoyo importante y adopta decisiones sobre la disciplina de los alumnos.
1. Está encargado de estudiar, evaluar y emitir recomendaciones sobre los alumnos que cometan faltas graves dentro de la Institución Educativa.
2. Decidir libremente y autónomamente en las competencias que le otorga la ley.
3. Deberán dejar constancias de lo actuado en un libro o cuaderno de actas.
ARTÍCULO 27: Son funciones del Comité de Evaluación y Supervisión Docente:
1. El Comité de Evaluación y Supervisión Docente está integrado por el Director, la Subdirectora, el coordinador general, un Docente de Educación Primaria, un Docente de Educación Segundaria y un Representante de la Asociación de Padres de Familia o Representantes de los comités de aula. Su designación es de acuerdo a ley
2. Evaluar y Supervisar a los docentes nombrados y contratados, con el objeto de mejorar la calidad educativa, la cual, al final del año elaborara un informe final a la Dirección de la I.E.; siendo su informe de conocimiento del interesado (a).
3. Presentar al Director el cronograma de evaluación y supervisión con conocimiento de los docentes.
4. Elaborar las fichas de supervisión educativa con el asesoramiento del Director y Sub. Directora con conocimiento de los docentes basados en normas.
5. Sugerir la entrega de estímulos y/o premios a los docentes destacados, previo informe el cual será dado a conocer en el mes de diciembre en una asamblea general.
6. Comunicar los resultados de la Evaluación.
ARTICULO 28: Son funciones del Docente de Turno (nivel primario).
1. Es el encargado de la organización de la disciplina, el orden y el cumplimiento de las normas del Reglamento Interno durante una semana, le corresponde desempeñar esta función por orden de lista programado por la subdirección.
2. Dirigir la formación general del alumnado los días Lunes a la hora de ingreso para rendir honores a Dios y a los símbolos patrios y presenciar la celebración de Fechas Cívicas del calendario escolar. Asistir media hora del ingreso general a la I.E.
3. Apoyar en el control de la disciplina del alumnado durante la hora del recreo.
4. Controlar que cada docente de aula conduzca a sus alumnos formados al ingreso y salir del aula bajo responsabilidad.
5. El cumplimiento de estas funciones son de carácter obligatorio e irrenunciable. Bajo responsabilidad funcional.
6. Coordinar con las brigadas existentes.
ARTICULO 29: Son funciones del docente encargado de una fecha cívica.
1. Es responsable de una o más fechas cívicas durante el año escolar.
2. Organizar eficientemente la deserción de un discurso y/o la escenificación alusiva a la celebración de una fecha cívica.
3. Coordinar con la Dirección a fin de que se brinde todas las facilidades del caso y se pueda cumplir de la mejor manera la labor encomendada.
4. Buscar mecanismos y/o estrategias para que los alumnos participen de la disertación de las fechas cívicas.
5. Presentar una Danza Folklórica u otro número artístico en la fecha cívica por grado, según lo establecido en acta.
ARTICULO 30: Son funciones de la Comisión de Gestión de Riesgo.
1. Son docentes responsables de coordinar, prever y supervisar las actividades de evacuación, protección personal en caso de desastres naturales y/o accidentes.
2. Organizar charlas de prevención frente a la probabilidad de desastres naturales y/o otros.
3. Señalizar en la I.E. los lugares más seguros en caso de desastres naturales para evacuar en forma ordenada.
4. Organizar simulacros de evacuación de acuerdo a un Plan de Trabajo previamente establecido para acciones de prevención.
5. Capacitarse en el órgano intermediario u otras instituciones para su mejor organización.
6. Elaborar un plan de trabajo acorde a las necesidades de la I.E.
ARTICULO 31: Son funciones de la Comisión de Primeros Auxilios.
1. Es responsable de coordinar las acciones de atención inmediata en casos de accidentes dentro de la I.E.
2. Organizar las actividades a su cargo con los alumnos seleccionados.
3. Transportar a los alumnos gravemente heridos al Centro de Salud mas cercano.
4. Organizar charlas de Primeros Auxilios.
5. Implementar los botiquines escolares a nivel de toda la I.E.
6. Dar un uso adecuado destinado para el Tópico Escolar.
ARTICULO 32: Son funciones de la Comisión de Policía Escolar.
1. Su organización esta a cargo de los docentes tutores de educación Primaria y de los docentes tutores de educación Secundaria, coordinador general, auxiliares de educación y Director del Plantel.
2. Coordinar la elección de 3 policías escolares y un brigadier por aula (N.S) y 2 policías escolares y 1 brigadier general (N.P).
3. Seleccionar al Brigadier General de acuerdo a sus buenas calificaciones y su buen comportamiento.
4. Renovar o ratificar a los Policías Escolares y/o sancionar cuando el caso lo requiera.
5. Instruir, supervisar, asesorar y hacer cumplir el orden y la disciplina dentro y fuera del aula.
6. Organizar la ceremonia de juramentación del Brigadier General y los Policías Escolares.
7. Organizar el servicio de Inteligencia Estudiantil (SEI) con el coordinador General y la comisión de disciplina, para elegir alumnos que cumplan la función de vigilar, detectar e informar sobre los incidentes graves que perjudiquen a la I.E.
8. La función de esta comisión es permanente durante el año académico.
9. Organizar el orden con los policías escolares y brigadieres en las actividades centrales.
ARTICULO 33: Son funciones de la Comisión del Municipio Escolar.
1. Son los responsables del cumplimiento del Estatuto Municipal dentro de la I.E.
2. Apoyar y participar en la solución de problemas planteados en el Proyecto Educativo de la I.E.
3. Organizar las elecciones del Municipio Escolar.
4. La función de esta comisión es permanente durante el año académico.
5. Asistir a las capacitaciones programadas por la UGEL 05 y la municipalidad.
6. Velar por el cumplimiento de los planes de trabajo.
ARTICULO 34: Son funciones de las comisiones
1. Se formaran en asamblea general.
2. Presentar su plan de trabajo a la Dirección para su efectiva aprobación.
3. Desarrollar las actividades previstas dentro del Plan de Trabajo con apoyo del personal directivo, docente, personal administrativo, alumnos y Padres de Familia.
4. Elevar un informe final sobre los logros, dificultades y sugerencias encontradas durante el desarrollo del mencionado plan.
ARTICULO 35: Son funciones de los responsables del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria (Nivel Primario).
Este trabajo se debe realizar por grados y en colaboración del APAFA y comités de aula y el asesoramiento de los docentes.
Son docentes responsables de organizar y supervisarla distribución de desayunos escolares a los alumnos de educación Primaria.
Supervisar el adecuado mantenimiento e higiene del ambiente utilizado como almacén de alimentos.
Los responsables del desayuno escolar depende de la administración y supervisión del Director y/o la subdirectora.
ARTICULO 36: Son funciones de la Comisión de Imagen Institucional y Servicios Sociales.
1. Son docentes responsables de organizar y seleccionar alumnos y/o profesores para representar a la I.E. y participar en los eventos Cívicos-Patrióticos y culturales.
2. Velar, mantener y elevar el nivel de prestigio de la I.E.
3. Elaborar un manual de instrucciones sobre "Cómo actuar con Diplomacia" para difundirlo y aplicarlo con los alumnos, docentes y personal administrativo dentro y fuera de la I.E.
4. Solicitar apoyo y/o coordinar con el personal administrativo, profesores de aula, tutores, subdirectora y Director(a) para el buen funcionamiento, perfección y conservación de la infraestructura y los servicios de la I.E.
5. En casos de enfermedad grave o fallecimiento de familiares directos de primer orden se establecerá una cuota de apoyo solidario, equivalente a S/. 10.00 cuyo informe final se elevará a la dirección.
6. Mejorar las relaciones humanas, mediante la realización de actividades que tengan la finalidad de celebrar los onomásticos.
ARTICULO 37: Son funciones de la comisión de Infraestructura e inventario.
1. Velar por la reparación, funcionamiento y conservación de los bienes enseres; los cuales son mobiliarios escolares, equipos de sonido e iluminación y área verdes.
2. Informar a la instancia correspondiente (Director) sobre el deterioro de los bienes y enseres de la I.E.
3. Elaborar un inventario sobre los bienes y enseres de la I.E. y las condiciones en que se encuentran cada uno de ellos.
4. Registrar en el cuaderno de "Registro de Inventario" cada uno de los bienes y enseres para su mejor control y conocimiento oportuno.
CAPITULO IV
DE LA ORGANIZACIÓN
4.1. Académica
a) Planificación
ARTÍCULO 38: El planeamiento educativo se realiza en el mes de Diciembre y se desarrolla durante el año, comprendido las siguientes acciones:
1. Organización del proceso de matrícula y/o ratificación de la misma.
2. Elaboración del Proyecto de Desarrollo Institucional (PEI), el Plan Anual de Trabajo y mejora (PATMA), el Reglamento Interno (RI) y Plan Operativo Anual (POA).
3. Organización el proceso de evaluación de recuperación y subsanación.
4. Elaboración del cuadro de horas.
5. Elaboración del Proyecto Curricular de la Institución Educativa y del Proyecto Curricular del aula.
6. Calendarización del año escolar.
7. Elaboración y aprobación del Calendario Cívico Escolar 2011.
8. La calendarización del año Escolar (2011) para los estudiantes se inicia el 01 de Marzo y termina el 30 de diciembre.
9. Planificación, organización y evaluación de la comisión de disciplina para el educando.
10. Planificación, organización y evaluación de la comisión de infraestructura.
11. Planificación y organización de la comisión del cuidado de las áreas verdes.
b) Programación:
Se efectuara en forma bimestral en el nivel primaria y secundaria contando con ello 4 bimestres.
Las Unidades Didácticas durante el presente año lectivo se programaran en ocho unidades
c) Calendarización
ARTÍCULO 39: La calendarización de las actividades escolares en la Institución Educativa para el presente año tiene una duración de 40 semanas donde cada nivel debe cumplir:
a) El trabajo pedagógico de cada nivel es por bimestre.
b) Primaria 1100 horas y secundaria 1200 horas
c) Periodo de vacaciones escolares
Bimestre | Cronograma | Semanas de duración | |
I, II, III, IV | Del 30 de julio al 10 de Agosto |
ARTICULO 40: De los permisos, licencias y vacaciones.
1. El periodo vacacional que corresponde al profesorado conforme a las áreas magisteriales, es el siguiente:
Los profesores del área de la Docencia tiene derecho a 60 días anuales de vacaciones al término del año escolar.
Los profesores del área de la administración de la Educación y los Directores y Sub Directores de la Institución Educativa y Programas Educativos tienen derecho a 30 días anuales de vacaciones.
2. Durante las vacaciones escolares de medio año, los profesores del área de docencia desarrollan actividades correspondientes a terminar los trabajos del primer semestre y a preparar los del segundo.
3. El periodo de vacaciones escolares de medio año será de 2 semanas de acuerdo a la R.M. 030-2004-E.D.
4. Los profesores y personal tienen derechos a licencia según ley
5. Los profesores interinos, auxiliares y personal de servicio tienen derecho a permiso por tres días al año, el cual deberá solicitarse con antelación al Director y ser autorizado por el mismo antes de hacer uso el permiso.
6. Las licencias y los permisos por salud serán acreditadas con certificado médico oficial o médico particular visado por el área de salud y a la vez por la UGEL..
7. Los profesores tienen derecho a permisos sin compensación horaria en los siguientes casos:
Los profesores con jornada laboral ordinaria, al término del periodo post-natal, a una hora diaria de permiso por lactancia hasta que el hijo cumpla 01 años de edad.
Un día de permiso por onomástico.
Un día de descanso por "Día del Maestro".
Otras establecidas por ley.
4.1 Supervisión Educativa:
El monitoreo y la supervisión se llevara a cabo por parte del Director, la Subdirectora y por delegación el coordinador académicos del nivel secundaria durante todo el proceso del año escolar, previa planificación.
ARTÍCULO 41: La Institución Educativa "Saúl Cantoral Huamaní" cuenta con los siguientes recursos.
a) Recursos Humanos:
Personal directivo, docente y administrativo.
Alumnos, Padres de Familia, ex alumnos y comunidad.
b) Recursos Materiales:
1) Infraestructura física de la Institución Educativa.
2) Mobiliario escolar
3) Medios y materiales educativos.
4) Sala de computo
5) Materiales y/o equipos laboratorio
6) Instrumentos de banda musical
7) Biblioteca Escolar
8) Tópico escolar
9) Laboratorio
10) Aula de Innovación Pedagógica
11) Taller de carpintería
4.3. Régimen Administrativo-Económico
a) Ingresos directamente recaudados: Son los ingresos que provienen de los siguientes conceptos.
1) Expedición de Certificados de Estudios.
2) Derecho de examen de recuperación y subsanación, de convalidación, rectificación de nombres.
3) Otros considerados en el TUPA
b) Ingresos Opcionales:
Alquiler de las áreas y ambiente de la I.E.
CAPÍTULO V
DEL PROCESO DE MATRÍCULA, EVALUACIÓN, REPITENCIA Y CERTIFICACIÓN
ARTÌCULO 42: Matrícula
1. La matrícula y el traslado son gratuitos, no está condicionada a ningún pago de la cuota de APAFA, ni de otra índole, bajo responsabilidad del Director de la IE.
2. En el caso de los estudiantes con discapacidad la presentación de documentos pedagógicos y certificados de discapacidad, no debe condicionar la matrícula.
3. Los padres de familia y apoderados deben matricular a sus hijos teniendo en cuenta el cronograma y horarios establecidos.
ARTÌCULO 43: Evaluación
1. El proceso de evaluación del aprendizaje es permanente, integral y diferencial. La comunicación de los resultados debe ser oportuna a los alumnos y padres de familia.
2. En el primer grado de primaria la promoción es automática.
3. En Educación Secundaria procede la promoción de los estudiantes cuando:
-Aprueban todas las áreas curriculares del grado de estudios correspondiente, incluso cuando tienen un área pendiente del grado anterior.
-Tienen hasta un área curricular desaprobada en el grado de estudios correspondiente o luego de concluir el Programa de Recuperación Evaluación antes del inicio del año lectivo escolar.
– Los estudiantes de 5º grado de Educación Secundaria que tengan hasta 02 áreas curriculares desaprobadas incluyendo el área pendiente del año anterior, podrán participar en el Programa de Recuperación académica o presentarse directamente a la Evaluación de Recuperación hasta antes del inicio del año lectivo siguiente. De persistir la desaprobación en más de un área curricular, en el mes de marzo, desaprobaran el año escolar.
ARTÌCULO 44: CERTIFICACIÒN
1. Los certificados de estudios se expiden de acuerdo con la Directiva Nº 004-VMGP2005, aprobada por RM. Nº 0234-2005-ED y su modificatoria
2. Los Certificados Oficiales, son de expedición gratuita (siempre y cuando se disponga de los formatos gratuitos del Ministerio de Educación), salvo que se trate de la entrega de duplicados.
CAPÍTULO VI
DEL REGISTRO ESCALAFONARIO
ARTÌCULO 45. Organización del Escalafón Docente, Administrativo
Es responsabilidad de la dirección y de la Subdirección tener actualizado y sustentado con documentos el registro escalafonario de ambos niveles.
CAPÍTULO VII
DERECHOS, DEBERES, FALTAS, ESTÍMULOS DEL PERSONAL
ARTICULO 46. De los derechos del personal docente son:
1. Gozar del pleno ejercicio de sus derechos civiles, políticos, sociales y laborales.
2. Estabilidad laboral en la plaza, nivel, cargo, lugar y centro de trabajo de acuerdo a ley
3. Percibir una remuneración justa, acorde con su elevada misión y con su conducción profesional, dicha remuneración es reajustable con el costo de vida.
4. Participar en la formación, ejecución y evaluación de los planes de trabajo de su I.E.
5. Realizar sus funciones en forma creativa, analítica y sintética dentro del marco de la organización institucional.
6. Gozar de vacaciones
7. Ser informado periódicamente del estado de su desempeño profesional.
8. Ascensos, reasignaciones de acuerdo con el Escalafón, en estricto orden de capacidad y méritos.
9. El docente tiene derecho a licencias y otros beneficios de acuerdo a ley
10. Respeto a los procedimientos legales y administrativos en la aplicación de sanciones.
11. Reconocimiento, por parte del Estado, la comunidad y los Padres de Familia, sus méritos en la labor educativa.
12. Informar de sus tardanzas e insistencias 72 horas antes de ser enviadas a la superioridad, previa publicación de los consolidados de inasistencia.
13. Ser tratado y atendido con el debido respeto por los miembros de la Comunidad Educativa.
14. Ser considerado en forma prioritaria, en estricto orden de capacidades y meritos en los convenios de intercambio educativo.
15. Libre asociación y sindicalización.
16. Los demás derechos pertinentes establecidos en la legislación laboral y en la Constitución Política del Perú.
17. Percibir subvención en estricto orden de capacidad y meritos para seguir estudios de maestría, doctorado y otros de post grado en las universidades del país y del extranjero.
18. Los profesores tiene derecho a permisos sin compensación horaria en los siguientes casos: Previa anticipación:
a. Los profesores con jornada laboral ordinaria, al término del periodo post natal, a una hora diaria pedagógica de permiso por lactancia hasta que el hijo cumpla (01) un año de edad.
b. Un día de permiso por onomástico.
c. Un día de permiso por el día del Maestro.
d. Los demás derechos establecidos en la ley y en la Constitución Política del Perú.
ARTÍCULO 47.- Son deberes de los docentes:
1. Desempeñar su función educativa con dignidad y eficiencia; con lealtad a la constitución a las leyes, y a los fines de la Institución Educativa.
2. Orientar al educando con respecto de su libertad; cooperará con sus padres y la dirección de la Institución Educativa a su formación integral. Evaluar permanentemente este proceso y proponer las acciones correspondientes para asegurar los mejores resultados.
3. Respetar los valores éticos, morales y sociales de la comunidad y participar en su desarrollo cultural cívico y patriótico.
4. Velar por el mantenimiento adecuado del local, instalaciones y equipamiento de la Institución Educativa y promover su mejora y conservación.
5. Abstenerse de realizar en el centro de trabajo actividades que contravengan los fines, objetivos de la Institución Educativa.
6. Cuidar su presentación personal.
7. Estar actualizado permanentemente para el mejor desempeño profesional dentro de su área.
8. Informar oportunamente sobre los actos indisciplinarías de la comunidad educativa a la comisión de disciplina.
9. Evaluar en forma permanente el proceso de formación integral del educando, mediante la aplicación de técnicas y estrategias acordes con la realidad.
10. Formar en cada aula su Municipio Escolar formado por 01 presidente y 04 regidores desde 1º grado al 5º año.
11. El docente a la hora de salida deberá salir son sus alumnos correctamente formados hasta la puerta (primaria).
12. Respetar a los estudiantes y a los PP.FF. y no utilizar con ellos violencia verbal y física.
13. Cuidar, hacer uso óptimo y rendir cuenta de los bienes a su cargo que pertenezcan a la IE.
14. Colaborar solidariamente con un aporte de S/. 10 en caso de enfermedad o fallecimiento de un familiar en primer grado (Padres, conyugue, hijos y hermanos) de línea colateral obligatoriamente.
15. Cumplir oportunamente con la entrega de documentación previamente establecida mediante cronograma y con conocimiento del docente.
ARTICULO 48.- De las prohibiciones del personal docente:
1. Atentar contra la integridad física, psíquica, moral de los alumnos o contra su dignidad.
2. Utilizar el tiempo en horas de clase en actividades ajenas a la labor educativa.
3. Mandar o hacer encargos personales a los alumnos.
4. Hacer política partidaria dentro de la Institución Educativa.
5. Hacer amistades con los alumnos del Plantel o fuera de él en forma particular extra-escolar haciendo invitaciones que comprometan la imagen del profesor en beneficio propio.
6. Utilizar las notas de evaluación para conseguir favores o represalias.
7. Realizar rifas, venta de objetos entre el alumnado, así como textos, separatas, objetos que no estén debidamente autorizados por la Dirección y utilizar el colegio con fines particulares.
8. Permitir a los alumnos el manejo de los registros de evaluación.
9. Dar permiso a los alumnos en horas de clase, salvo casos de emergencia (servicios higiénicos)
10. Ser concesionario del kiosco o cafetería del Colegio.
11. Salir de la Institución Educativa sin autorización en el horario de clases o trabajo.
12. Evaluar fuera del colegio y retener los documentos más del tiempo establecido por la Dirección.
13. Recibir regalos a cambio de favores particulares.
14. Firmar el parte de asistencia y no ingresar inmediatamente al aula para el desarrollo de sus clases o trabajo.
15. Ser suplantados o marcar la tarjeta de asistencia por otra persona.
16. Suplantar en clases al docente estando ausente o presente el titular.
17. Asistir al plantel en estado de ebriedad y causar desorden (D.S. Nº 276) y si continuara será retirado del plantel.
18. Retener los exámenes de evaluación de los alumnos y no informarle sobre sus calificaciones en el momento oportuno, siempre en cuando esté autorizado por el comité de aula, e informada oportunamente a la dirección.
19. Utilizar las instalaciones e implementos de la Institución educativa para fines particulares.
20. Sacar fuera de la Institución Educativa, materiales, herramientas u otros objetos del Colegio sin autorización de la dirección.
21. Realizar actividades económicas sin autorización de la Dirección.
22. Hacer publicaciones que dañen el prestigio de la Institución Educativa.
23. Incumplir las funciones correspondientes a su cargo o desempeñarlas negligentemente.
24. Abusar de autoridad y desempeñar sus funciones con fines indebidos.
25. Incumplir las obligaciones que señale el presente Reglamento Interno.
26. Agredir verbal o físicamente al personal o alumnado de la Institución Educativa.
27. No asistir a las asambleas generales convocadas previa citación escrita con 48 horas de anticipación permaneciendo hasta la lectura del acta para su firma correspondiente en la hora y fecha señalada.
28. Llegar tarde a las asambleas generales o de nivel.
29. Retener la libreta de información o calificación y otros documentos del alumno, en caso de licencias o al finalizar el año escolar.
30. Organizar paseos o salidas con los estudiantes los sábados y domingos sin permiso de los padres y el Director.
ARTICULO 49.- De los estímulos y sanciones:
ESTIMULOS:
1. Los estímulos de agradecimiento y felicitación se otorgarán al profesorado, cuando la autoridad educativa conozca de acciones excepcionales en beneficio de la educación y la cultura nacional promovidas y ejecutadas por estas o por el cumplimiento altamente eficiente de las tareas o comisiones encargadas por el Ministerio de Educación.
2. Se considera labor sobresaliente del profesorado las siguientes acciones:
Gestión generadora de la construcción, ampliación o mejoramiento de la infraestructura y el equipamiento educativo, debidamente acreditada.
Desarrollar fuera de la jornada ordinaria de trabajo programadas voluntarios de alfabetización, post-alfabetización y de promoción educativa y desarrollo comunal.
Innovación en la implementación del currículo de estudio y planes de trabajo y procedimientos propios del ejercicio de sus funciones.
Ejecución de programas experimentales o acciones de investigación orientados a elevar la calidad de la enseñanza-aprendizaje.
Invención y/o adecuación de tecnología apropiada para el desarrollo nacional.
Cuando desarrolle acciones que conlleven a elevar y mejorar la imagen institucional.
3. El personal recibirá los siguientes estímulos:
Resolución Directoral previa aprobación del CONEI
Oficio de agradecimiento.
Oficio de felicitación.
Diploma de mérito.
Comunicar a la autoridad inmediata superior la acción meritoria realizada siguiendo su reconocimiento. Oficial.
Toda acción meritoria será registrada en el Escalafón Interno de la Institución.
Otros según los permita la capacidad de financiamiento de la Institución Educativa.
Recibir capacitación costeado por la institución.
4. El otorgamiento de estímulos para el profesorado podrá ser por:
La dirección de las instituciones de la comunidad, los municipios, asociaciones de padres de familia, organizaciones sindicales y asociaciones magisteriales reconocidas, asociaciones de ex alumnos y otras similares relacionados con las acciones educativas, podrán reconocer la labor sobresaliente del profesor (a) otorgándole:
Felicitación escrita.
Diploma al merito
Resolución, cuando se trate de gobiernos locales.
Medalla al mérito educativo cuando se trate del Ministerio de Educación.
Oficio de agradecimiento.
Toda acción meritoria será registrado en el escalafón interno de la Institución Educativa.
Otros según el desempeño adecuado del docente.
Estos estímulos y reconocimiento se toman en cuenta para el profesor en la evaluación del profesorado como labores sobresalientes.
SANCIONES:
Los profesores que incumplen en los deberes y obligaciones correspondientes a su cargo son objeto de las siguientes sanciones:
1. Amonestación escrita.
2. Suspensión en el cargo hasta por treinta (30) días sin goce de remuneraciones.
3. Cese temporal en el cargo sin goce de remuneraciones desde treinta y un (31) días hasta doce (12) meses.
4. Destitución del servicio.
5. Si el docente no asistiera a las asambleas generales de su nivel y/o llegará tarde, además, no justifique su inasistencia estará sujeto a sanción de acuerdo al presente reglamento.
6. Docentes que no ingresan a las Asambleas estando en la I.E. en turnos laborales (jornada laboral).
ARTÍCULO 50: Las sanciones se aplican según la gravedad de la falta, constituyendo agravante la reincidencia de la falta de acuerdo a la ley de reforma magisterial y su reglamento, con las garantías del debido procedimiento administrativo.
DE LA JORNADA LABORAL
ARTICULO 51: La jornada laboral ordinaria de los profesores al servicio, del Estado, en centros y programas educativos, sea cual fuere el nivel y modalidad está establecido en R.M. 712 – 2006 y el DS Nº 020-2008-ED y R.M Nº 0622-2013- ED que regula el año escolar 2014 modifican que indica de 24 horas pedagógicas en el nivel secundaria y de 30 horas pedagógicas es el nivel primaria. Los profesores del nivel secundaria podrán tener una carga lectiva de hasta 06 horas pedagógicas adicionales.
DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO DOCENTE
ARTÍCULO 52: Del horario del personal de la Institución Educativa:
a. Del Director: 40 horas cronológicas por semana.
b. De la Subdirectora: 40 horas cronológicas por semana.
c. De los docentes de Educación Primaria: 30 horas pedagógicas por semana
d. De los docentes de Educación Secundaria: 24 horas pedagógicas
e. De los auxiliares de educación: 30 horas cronológicas por semana.
f. De auxiliar de laboratorio: 40 horas cronológicas.
g. Del personal administrativo: 40 horas cronológicas por semana.
h. El horario de permanencia diaria del personal directivo en el Centro Educativo es de 8 horas cronológicas siendo flexible. Si tuviera alguna comisión y deberá firmar el cuaderno de desplazamiento y designar con memorando su encargatura.
i. El horario de permanencia diaria del personal docente en la Institución Educativa es el siguiente:
Turno Mañana: de 7:30 a.m. a 1:00 p.m.
Turno Tarde: de 1:10 p.m. a 6:10 p.m.
j. El horario de permanencia diaria de los Auxiliares de Educación en la Institución Educativa es de 15 minutos antes del horario del ingreso general y 15 minutos después del horario de salida general.
k. El control de asistencia y permanencia del personal esta a cargo de la Dirección y sub dirección de educación primaria.
l. Para el control de la asistencia y permanencia en la Institución Educativa; todo personal directivo, docente, administrativo debe marcar su tarjeta y registrar su firma tanto a la hora de ingreso como a la hora de salida del Plantel en el cuaderno.
m. El control de la hora de ingreso y salida se hará con el reloj del colegio o cuaderno de asistencia.
ARTÍCULO 53: De las Tardanzas y justificaciones.
a. Todo el personal de la Institución Educativa no tendrá tolerancia alguna al momento de ingresar en su correspondiente horario de labores.
b. Cada tardanza e inasistencia debe ser justificada por medio de un documento sustentatorios de no ser así se aplicarán los descuentos y sanciones establecidas en ley.
c. Las justificaciones, salud enfermedad grave deben hacerse inmediatamente al día siguiente de producida la inasistencia o deben ser solicitadas con anterioridad. Para acudir a las citas médicas, éstas deben ser justo a la hora de reservada en la cita médica esta debe ser firmada por el médico tratante.
d. El consolidado de inasistencia y tardanzas será publicado oportunamente en forma mensual, para su posible corrección antes de ser remitidos a la UGEL 05 (la publicación durará 48 horas).
e. El personal que no comunique personalmente o por medio de una tercera persona sobre sus inasistencias por 3 días consecutivos o más para los docentes y administrativos, están sujeto a ser declarado como abandono de cargo.
f. Si el personal de la Institución Educativa desea hacer uso de sus 3 días de permiso al año por ley deberá solicitarlo con 48 horas de anticipación y esperar la aceptación para su ejecución.
CAPITULO VIII
DERECHOS Y DEBERES, ESTÍMULOS Y FALTAS Y SANCIONES DE LOS ALUMNOS
ARTÍCULO 54: Los educandos tienen derecho a:
a. Recibir formación integral en cada grado de estudios dentro un ambiente que le brinde seguridad moral y física, así como los servicios de orientación y bienestar.
b. Ser tratado con dignidad y respeto, sin discriminación, y ser informado de las disposiciones que le conciernen como alumno.
c. Percibir en forma gratuita los servicios educativos en los Centros o Programas Educativos del Estado de acuerdo a las normas legales.
d. Recibir estímulos en mérito al cumplimiento de sus deberes y acciones en bien de la institución. Dichos estímulos deben de ser financiado con los recursos Propios de la Institución Educativa (diplomas y otros)
ARTÍCULO 55: Los educandos tienen que permanecer los siguientes deberes u obligaciones:
a. Respetar a sus profesores, condiscípulos, personal del Centro Educativo y otras personas.
b. Participar responsablemente en las actividades educativas de la Institución Educativa.
c. Abstenerse de usar el nombre del Colegio en actividades y acciones no autorizadas por la Dirección.
d. Evitar intervenir en actividades políticas partidarias dentro de la Institución Educativa y actos reñidos contra la moral y buenas costumbres que atenten contra la salud física y mental.
e. Cuidar y conservar los ambientes, talleres, equipo, mobiliario y demás instalaciones de la Institución Educativa.
f. Cumplir el Reglamento Interno y otras disposiciones relativas a la Institución Educativa.
g. No hacer uso de las instalaciones de la Institución Educativa, sin autorización de la dirección.
h. Es deber del alumno asistir correctamente uniformado a la Institución Educativa y así como en las actividades cívicas.
i. Mantener limpio el aula y los demás ambientes de la IE.
ARTITULO 56: Del ingreso y salida de la Institución Educativa.
a. Hacer uso del buzo de Educación Física de acuerdo al horario establecido.
Los alumnos entran a la Institución Educativa con el polo establecido. Solo en caso de las olimpiadas cantoralinas podrán hacer uso de la camiseta diseñado por el aula en forma opcional cuyo uso tendrá una duración hasta culminar dicha actividad deportiva.
b. En caso de inasistencias se justificará con documentos sustentatorios a la dirección de la Institución Educativa en el nivel secundaria y en la sub dirección en caso del nivel primario.
c. Los alumnos que acumulen el 30% de inasistencias injustificadas serán retirados del Plantel.
d. En caso de inasistencia por enfermedad se deberá de dar cuenta inmediatamente y por escrito, con documentos probatorios a la Dirección.
e. Ningún alumno será expulsado de la Institución Educativa sin conocimiento de la Dirección con aprobación del CONEI.
f. Si el alumno reincidiera en su tardanza y estas no sean justificadas se procederá a la suspensión.
g. Los alumnos que lleguen tarde ingresaran a su aula a la segunda hora en el caso de secundaria y esta estará a cargo del auxiliar y en el caso de primaria por el profesor de turno. Ningún alumno regresara a su casa de acuerdo a la R.M. N° 0441-2008-ED
h. Si el niño faltara por más de 3 días, el padre de familia deberá pedir permiso con anterioridad a la dirección.
ARTICULO 57: Cuadro de Deméritos.
CODIGO | FALTAS | DEMERITOS | ||||
01 | Comer o masticar chicles en aula | – 4 puntos | ||||
02 | Inasistencia injustificada | – 4 puntos | ||||
03 | Inasistencia a actividades cívico – culturales internas y públicas. | – 10 puntos | ||||
04 | Tardanzas a la Institución Educativa y a clase | – 2 puntos | ||||
05 | Salir del aula sin autorización | – 4 puntos | ||||
06 | Integrar grupos o pandillas juveniles dentro y fuera del Centro Educativo. | – 15 puntos | ||||
07 | Desorden en el aula o en otro ambiente | – 5 puntos | ||||
08 | Ingresar y evadirse de la Institución Educativa clandestinamente. | – 10 puntos | ||||
09 | Retraso al llegar a la formación general o ingresar al aula. | – 2 puntos | ||||
11 | Negarse a entregar el cuaderno de control. | – 5 puntos | ||||
12 | No portar el cuaderno de control o perderlo | – 10 puntos | ||||
13 | Falta de aseo personal, corte de cabello (varones) uñas largas y/o pintadas, falda alta, falta de cinta o listón guinda y sin trenza (damas) | – 3 puntos | ||||
14 | No presentar útiles escolares, asignación o tareas escolares | – 3 puntos | ||||
15 | Mal comportamiento en lugares públicos o fuera del plantel. | – 10 puntos | ||||
16 | Falta de respeto a los símbolos patrios o a la escolta. | – 10 puntos | ||||
17 | Falta de obediencia y responsabilidad | – 4 puntos | ||||
18 | Rebeldía y/o alevosía | – 5 puntos | ||||
19 | Portar objetos punzo cortantes y otros no permitidos | – 10 puntos | ||||
20 | Lenguaje incorrecto, soez, utilizar la mota o tiza para jugar. | – 4 puntos | ||||
21 | Hacer inscripciones en el mobiliario, paredes y/o deteriorar a los mismos. | – 10 puntos | ||||
22 | Falta a la verdad (falsificar, mentir, calumniar) | – 5 puntos | ||||
23 | Falta contra el pudor (actos, lectura) | – 5 puntos | ||||
24 | Faltar a la honradez (hurto, fraude, plagio) | – 5 puntos | ||||
25 | Indisciplina en la formación o no formar | – 5 puntos | ||||
26 | Agresión física a sus compañeros | – 10 puntos | ||||
27 | No entregar oportunamente las citaciones, libreta de notas y otros a sus padres | – 5 puntos | ||||
28 | Falta de orden y de aseo en el Aula | – 10 puntos | ||||
29 | Practicar juegos prohibidos | – 10 puntos | ||||
30 | Evadirse de las formaciones generales | – 5 puntos | ||||
31 | Uso de prendas ajenas al uniforme escolar | – 5 puntos | ||||
32 | No cantar el himno nacional en la formación | – 10 puntos |
ARTICULO 58: Cuadro de méritos.
CODIGO | ACCIONES | MERITOS | ||||
A 1 | Colaboración y solidaridad | + 2 puntos | ||||
A 2 | Disciplina y orden en el aula | + 3 puntos | ||||
A 3 | Honradez, orden, puntualidad, responsabilidad y aseo | + 3 puntos | ||||
A 4 | Mantener la disciplina y el orden en la formación y actividades del Centro Educativo | + 3 puntos | ||||
A 5 | Haber destacado como policía escolar, brigadier o en presentación (escolta, banda, otros); además de participar activamente y representar al Centro Educativo. | + 5 puntos |
ARTICULO 59: De las sanciones del educando
De acuerdo a la falta se aplicará las siguientes sanciones:
a) Amonestación verbal por el docente, cuando el alumno:
– Incumpla sus tareas escolares
– Llega tarde a clases permanentemente
– Fomente actos de indisciplina
b) Amonestación Verbal por el Director, cuando el alumno:
– Cuando reincida en una falta
– Realice agresión física leve a un condiscípulo.
– Exprese palabras soeces.
– Maltrate los bienes e infraestructura de la Institución Educativa.
– Consuma tabaco o alcohol dentro y fuera de la Institución educativa.
c) Poner las denuncias ante autoridades correspondientes:
– Robe pertenencias de sus demás condiscípulos de la Institución Educativa.
– Maltrate los documentos administrativos de la Institución Educativa y otros enseres como baños, puertas, fachada, etc.
– Consuma o venta drogas dentro y fuera de la Institución Educativa.
– Falta el respeto al Director, docente y/o personal de servicio con gestor, palabras soeces y otras acciones que denigren la institución.
– Porte armas punzo cortantes.
– Realice agresión física grave dentro o fuera de la Institución Educativa a un condiscípulo o personal de la Institución.
– Acose sexualmente a un condiscípulo.
– Integre pandillas callejeras.
CAPÍTULO IX
RELACIONES Y COORDINACIONES
9.1. Del Proyecto Educativo Comunal
ARTÍCULO 60: La Institución Educativa mantiene estrecha relación con los representantes de la comunidad, parroquia, municipios, centro de salud, comisaría y otras instituciones. Asimismo organiza actividades que beneficien y eleven el nivel cultural y la claridad humana de la comunidad.
9.2. Del Reglamento y Coordinación con la APAFA
ARTICULO 61:
Léase el D.S. 018-04-ED
Léase la R.M. 030-2004-ED
El horario de atención debe elaborarse en coordinación con la dirección del plantel.
CAPÍTULO X
DISPOSICIONES FINALES
ARTÌCULO 62: En los aspectos no contemplados en el presente reglamento para el caso de los profesores se aplicará la ley de reforma magisterial y su reglamento, y otros
ARTICULO 63: Todo el personal de la Institución Educativa portará obligatoriamente el presente Reglamento Interno siendo deber del Director y la comisión proporcionar dicho documento a través del correo electrónico.
ARTÍCULO 64: Ningún docente podrá ocupar el mismo cargo en comisiones de trabajo por dos años consecutivos.
ARTÍCULO 65: El presente reglamento interno entra en vigencia desde el día siguiente de su aprobación y publicación, hasta su próxima renovación y ratificación.
Dedicatoria
A nuestros queridos padres, hermanos y familiares por su apoyo moral y espiritual en el logro de los objetivos propuestos, por brindarnos su constante motivación haciendo posible llegar a la meta con éxito en la vida.
Agradecimiento
Al Dr. Pedro Pablo Chapi Choque, nuestro asesor, por su valioso apoyo y orientación profesional durante el desarrollo de la presente investigación.
Autor:
Investigador:
Dr. Johnny Félix Farfán Pimentel
SECCIÓN: Maestría
LÍNEA DE INVESTIGACIÓN: Gestión Pública
PERÚ – 2015
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