Los individuos, los grupos y las culturas tienen conflictos de identidad. Hay una identidad personal y varias identidades colectivas que se debe siempre de aunar en el análisis. No hay un solo "nosotros", sino varios, no excluyentes, sino superpuestos en la unicidad de la persona. Así, se habla de: "nosotros los seres humanos", de "nosotros los latinoamericanos" o de nosotros "los guatemaltecos". Es decir, la identidad es un concepto relativo, que puede referirse a la individualidad de la persona o al conjunto de las personas que comparten cosas comunes.
Como concepto colectivo, la identidad distingue nuestro colectivo de otros, así como la identidad individual distingue a nuestra individualidad de otras. La identidad colectiva es a la vez común y diferente, según el contexto. Por ejemplo, "nosotros los hombres" se opone a los "no hombres". El nosotros, es móvil y contextual. Son muchas las identidades colectivas y algunas incluyen a otras.
En algunos contextos culturales se da mayor relevancia a algunos "nosotros" (por ejemplo, "nosotros los blancos" – Sudáfrica, EE.UU.) y, por lo tanto, cualquier otra característica queda relegada a un segundo plano. Tal es el caso de las culturas racistas, etnocéntricas o sexistas. Así, la imagen de "ellos" (por ejemplo, "ellos los de color") implica prejuicios y segregación, lo que revela un conflicto de identidad en quienes han creado el "ellos". Lo que el "nosotros" no logra asimilar, lo proyecta hacia un "ellos" reprimido y negado en el interior del propio grupo.
Toda identidad va cambiando y supone alteridad. No se puede reconocer una identidad, si a la vez no se reconoce una alteridad que se presenta como su antagonista. Por ejemplo, para algunos una persona puede ser culta y para otros ignorante o mediocre. Estos antagonismos nos crean conflictos con los demás, pero también con nosotros mismos. Si el otro no confirma mi identidad, se transforma en una amenaza y es frecuente que se intente evitar el contacto con aquellos que nos amenazan, que ponen en riesgo mi identidad, mi autoimagen y mi autoestima. Recordemos lo que Maslow plantea en su Escala de necesidades básicas, que es la necesidad de afiliación, esto es ser parte de…, sentirse reconocido por…
Desde el punto de vista individual, podemos definir a la identidad como el centro de gravedad de la personalidad. Sin embargo, la identidad no es un concepto exclusivamente psicológico, es un concepto tan amplio que trasciende muchos ámbitos. Es decir, la identidad es polifacética, evolutiva y está en proceso de cambio permanente, lo que implica la afirmación de particularidades, pero también de diferencias y relaciones con los otros. Se trata de una pregunta siempre presente y cuya respuesta se busca en imágenes, fragmentos, recuerdos, historias, relaciones con uno mismo y con otros, así la identidad es del psicoanálisis el resultado del conjunto de identificaciones que una persona va incorporando a lo largo de su historia.
En términos simples las identificaciones son aquellas cosas, rasgos de carácter, que una persona toma de otra que en algún punto admira, idealiza, o en el peor de los casos teme. Es por eso que para decir que se tienen cosas comunes con una determinada persona, constantemente se dice que alguien se identifica con alguien; a efecto de dar a entender que uno es imagen de otro en ciertos aspectos. Hoy día, es común que un sujeto no encuentre en su ambiente personas modelos de las cuales puede identificarse. Pareciere que hay una crisis de valores de personas que promuevan identificación por algún rasgo valorado de carácter o personalidad. Este es un problema social que afecta a la población joven de nuestra época actual.
Si tomamos en cuenta ahora en que momento se define una determinada identidad, nos encontramos que fundamentalmente se va edificando como hemos comentado, a través de determinadas identificaciones que el sujeto va realizando en interacción con las personas significativas de su ambiente hasta alrededor de finales de la adolescencia (20 años aproximadamente y algunos más probablemente).
Ya en más de una ocasión hemos mencionado el término identificación, como un concepto derivado de la identidad. En tal sentido la identificación, podemos definirla como el conjunto de rasgos que distinguen a un sujeto de otro. Identificación, define un concepto genérico aplicable tanto a personas como a cosas.
De un modo más específico, aplicable al ámbito de la identificación personal consideraremos que identificar a una persona consiste en el estudio técnico-científico de unas características físicas del individuo, para su posterior comparación o cotejo con un patrón de referencia (Ejemplo: registro anterior de esas características del individuo), para comprobar su similitud y establecer de este modo su relación de identidad, asociando a esta persona, si fuera posible, unos datos de filiación. La filiación, es una institución jurídica cuya significación en nada difiere del significado común que tiene el término, por lo que para definirla utilizaremos el Diccionario de la Real Academia Española, que define la filiación como "la acción y efecto de filiar. La relación de procedencia de los hijos respecto a los padres". En nuestro medio la filiación comprende un conjunto de caracteres que se reflejan en la personalidad del individuo como lo son: Nombre propio, apellidos paterno y materno, fecha y lugar de nacimiento, nombre de los progenitores, domicilio y número de algún documento de identidad.
Un concepto erróneo es identificar mediante el simple cotejo de estos datos de filiación debido a que se trata de unos datos de tipo "social", los cuales la persona que pretendemos identificar los puede mutar a voluntad, e incluso puede darse la casualidad que existan dos o más personas cuyos datos de filiación sean coincidentes. Por lo tanto cotejaremos datos de tipo físico, que el individuo porta en todo momento, exigiendo a esos datos dos propiedades:
- Que sean consustanciales al individuo, es decir, que lo hagan único respecto al resto de la población; y
- Que sean invariables a lo largo del tiempo, por si necesitásemos identificar a esa persona más de una vez a lo largo de su vida.
La identificación de una persona, conforma las características que integran su identidad. En tal sentido, podemos decir que identificar a una persona es establecer un centro de gravedad en torno al si mismo, que implica esto que más allá de los cambios internos y externos, más allá de los nuevos conocimientos y saberes que el individuo incorpora hay un "Yo" relativamente unificado, esto implica que el sujeto construye en casi dos décadas de existencia una posición básica de ser en el mundo.
Esto significa que cada individuo tendrá determinados tipos de necesidades, impulsos, motivaciones que satisfacer para sentirse básicamente feliz y realizado a la vez y aquí es donde se generan grandes problemas, esto es: armar con base a esa identidad un proyecto de vida lo cual incluye vocación, profesión, ocupación (estudio y trabajo), sexualidad (formar pareja, consolidar una familia), un conocimiento acerca de quién soy, qué necesito, implica auto evaluación, autoestima etc.
El tema de consolidar la identidad es entonces un trabajo que tiene una doble finalidad, por una lado encontrar un sentimiento interno de unidad, y por otro desde nuestras relaciones con el mundo el de singularizarnos, esto es diferenciarnos del otro, desde algún punto, no por algo la sociedad premia o destaca aquello que es creativo, aquello que se convierte en marca registrada. Una identidad es una totalidad, como un universo, que incluye varias partes o subsistemas: La identidad sexual o de género, la identidad física, la identidad psicológica, la identidad social, la identidad moral y la identidad ideológica.
En resumen, el concepto de identidad tiene diferentes significados y se utiliza en una variedad de contextos que necesitan ser distinguidos para evitar confusiones y clarificar el sentido en que lo utilizaremos en este trabajo. Un primer significado de identidad se encuentra en las tradiciones metafísicas escolásticas y aristotélicas que la concebían como uno de los principios fundamentales del ser y como una ley lógica del pensamiento. El principio ontológico de identidad o de "no contradicción" afirma que todo ser es idéntico consigo mismo y, por lo tanto, una cosa no puede ser y no ser al mismo tiempo y desde un mismo punto de vista. Como una regla del pensamiento lógico, el principio de identidad establece que dos proposiciones contradictorias no pueden ser falsas o verdaderas al mismo tiempo y que una idea contradictoria (por ejemplo un círculo cuadrado) no tiene sentido. Como propiedad de todos los seres, la identidad no depende necesariamente de que un ser particular sea capaz de reflexión o no. Una mesa es idéntica consigo misma del mismo modo que un ser humano es idéntico consigo mismo aunque la mesa no sea consciente de ello y el ser humano pueda serlo.
Para un sinfín de actividades cotidianas es necesario estar identificado, cualidad que normalmente se suele demostrar mediante un documento que acredita dicha identidad, pero que para la expedición de ese documento acreditativo anteriormente se ha registrado junto a los datos de la persona en él expresados, alguna característica consustancial de la persona portadora (por ejemplo la impresión dactilar en el documento legal de identificación, la fotografía en la licencia de conducir o en algún otro tipo de documento, etc.). Dentro de la actividad policial, tiene una doble faceta:
- A nivel penal, identificación de personas implicadas en hechos delictivos. Además de la identificación, se asociará a estas personas su historial delictivo (antecedentes) y toda información procesal que pudiera ser relevante sobre esa persona (búsquedas, reclamaciones por alguna autoridad judicial, etc.).
- A nivel social, toda identificación no asociada a hechos delictivos, por ejemplo: expedición de documentos acreditativos de identidad, personas inconscientes en hospitales, amnésicos, dementes, víctimas de grandes catástrofes, cadáveres sin identificar, etc.
Legalmente, toda persona tiene una identidad propia, que nace con el derecho natural que tiene el individuo como ser humano. Nuestra legislación sustantiva civil reconoce la denominada personalidad y tiene existencia desde el nacimiento y termina con la muerte, tal y como lo estipula el Código Civil guatemalteco, en el artículo 1, Capítulo I del Libro Primero.
Tal y como la personalidad o identidad es concebida por nuestra legislación, podemos decir que jurídicamente la personalidad y por ende la identidad, en un gran concepto formado por ciertas características que en su conjunto forman el estado civil de una persona, bajo el entendido que como estado civil no tendremos el estado de soltería y/o la circunstancia de estar casado, sino el conjunto total de circunstancias que individualizan a una persona, como lo son: el nombre propio, los apellidos, la circunstancia de haber nacido en una fecha y lugar determinados, ser hijo de determinados padres, las circunstancias que conlleva ser menor de edad como la patria potestad, la capacidad, etc.
Como una característica de la personalidad o de la identidad, el Código Civil determina en el artículo 4, reformado por el artículo 1 del Decreto número 38-95 del Congreso de la República: "La persona individual se identifica con el nombre con que se inscriba su nacimiento en el Registro Civil, el que se compone del nombre propio y del apellido de sus padres casados o de sus padres no casados que lo hubieren reconocido. Los hijos de madre soltera serán inscritos con los apellidos de ésta. Los hijos de padres desconocidos serán inscritos con el nombre que les de la persona o institución que los inscriba. En el caso de los menores ya inscritos en el Registro Civil con un solo apellido, la madre, o quien ejerza la patria potestad, podrá acudir nuevamente a dicho Registro a ampliar la inscripción correspondiente para inscribir los dos apellidos".
Asimismo, el Decreto 1735 del Congreso de la República, emitido el 30 de mayo de 1931, publicado el 13 de junio de 1931, que contiene la Ley de Cédulas de Vecindad, establece que a partir de la mayoría de edad, que en Guatemala se alcanza a los 18 años, las personas deberán identificarse con su respectiva Cédula de Vecindad, documento que desde entonces expide el Registro de Cédulas Vecindad o Registro de Vecindad, que funciona adscrito a la Municipalidad del lugar en el que reside el vecino. Sin embargo, este documento parece que agoniza toda vez que con fecha 23 de noviembre de 2005, el Congreso de la República aprobó la Ley del Registro Nacional de Personas (RENAP), la cual da paso a un nuevo sistema para la inscripción e identificación personal de los guatemaltecos, que probablemente entrará en vigencia a finales del año 2007.
Sin embargo, la identidad no la forman solamente las características notorias que diferencian a un individuo de otro y la identificación que legalmente le corresponde a cada persona; es un concepto aún más amplio, puesto que a esas condiciones debe adicionarse las características biométricas que posee el individuo, en virtud de las cuales cada persona es única en el universo.
El Dr. Ednlond Locard, dice que en tal sentido la identidad es "la cualidad o conjunto de cualidades que posee una cosa que la diferencia de todas las demás"; y refiriéndose a la identidad personal dice que "es el conjunto de caracteres por los cuales el individuo define su personalidad propia y se distingue de sus semejantes".
Son varias las características biométricas que prueban que el individuo es un ser único en el Universo y que por consiguiente ninguna otra persona es idéntica a otra. Entre estas características están: las huellas dactilares, las huellas de las palmas de manos y pies, las orejas, el paladar de la boca, el iris del ojo, el rostro, la voz, la forma de caminar, y otros. Estos caracteres dan lugar a una disciplina llamada Biometría.
1.2. El Derecho de identidad, un derecho natural
Algunos tratadistas entre ellos Guillermo Cabanellas consideran a la identidad un derecho natural de la persona que le deviene de su condición de ser humano. En esa virtud define la identidad como "el hecho comprobado de ser una persona, constituyendo la determinación de la personalidad individual a los efectos de relaciones jurídicas".
El mencionado autor define la identificación como "el reconocimiento y comprobación de que una persona es la misma que se supone o se busca". De estos conceptos se puede concluir que la prueba de la identidad es lo que se llama identificación. Es importante señalar que existen ciertos factores que ayudan a la individualización e identificación de las personas, porque "la identidad sólo se logra con la diferencia". Estos factores se encuentran comprendidos en el ámbito privado de las personas.
Se observa una tendencia en la evolución del contenido del derecho a la privacidad, confluyendo en éste un conjunto más amplio de espacios de lo individual, que ameriten protección jurídica. Es el caso de los derechos a la imagen, al nombre y a la voz.
Con relación al derecho a la imagen es conveniente precisar qué entiende la doctrina por imagen de una persona. Actualmente se ha confundido la extensión del contenido de la imagen, por cuanto ésta se ha delimitado erróneamente al reconocimiento del rostro. Sin embargo, dentro del concepto de imagen, hay que tener en cuenta otros factores que ayudan a determinar ese reconocimiento para la identificación de las personas. Existen muchas características físicas del ser humano que colaboran con la función de identificar o contribuir a identificar a las personas y a las mismas nos referiremos con mayor amplitud más adelante. Por ahora simplemente señalamos que estas características constituyen lo que se llaman datos biométricos, y entre éstos figuran: las huellas dactilares, fondo del ojo, firma, contorno de la mano, la escritura manual, los labios, la oreja, y la velocidad de las pulsaciones de las teclas de una máquina de escribir, entre otros. Conviene señalar que hoy día, los datos biométricos ya constituyen una imagen que puede leer una computadora, previa introducción de dicha imagen a una base de datos. La imagen se introduce bajo la forma de Píxel o llamado también picture elements, conteniendo caracteres bajo la forma de cadenas de bits.
De igual forma, a través de la imagen, sobre todo del rostro se puede reflejar la personalidad de un individuo, descifrarse sus sentimientos, comportamientos, gustos, costumbres, que necesariamente no tienen la finalidad de identificación pero si podrían tener otras como la selección o el marketing, pudiendo ser utilizada su imagen y ser objeto de interpretaciones que pudieran ser erróneas o subjetivas, causando si fuera el caso, un menoscabo a su reputación.
El derecho a la imagen consiste en la prohibición de la reproducción, utilización, transmisión o divulgación de la imagen de una persona por parte de terceros, sin que ésta haya prestado su consentimiento. Ahora bien, para merecer la reparación por la utilización indebida de la imagen, ésta debe permitir identificar a la persona.
Como parte de los derechos que deriva la identidad, está el derecho del individuo a tener un nombre, es decir el derecho al nombre, característica que forma parte de la personalidad individual y del estado civil de la persona. El respeto de la identidad e individualidad de la persona, hace que surja la necesidad de tutelar su seguridad, puesto que hoy día es muy común hablar de robo de identidad. Hablamos de un mecanismo de seguridad que podría evitar la invasión de la privacidad de la persona; mecanismo que hasta la fecha no surge de las instituciones jurídicas, y que en esa virtud nos obliga a pensar en el mecanismo que utiliza el derecho mercantil para tutelar la exclusividad y derecho de identidad de las sociedades. Sin embargo, con solo imaginar la operatividad de este mecanismo podemos deducir que el mismo resulta materialmente imposible. Tan solo imaginemos que previo a inscribir el nacimiento de un menor, debamos publicar el nombre que los padres desean darle, citando a quienes se consideren perjudicados con el hecho para que hagan valer su oposición. Implementar ese mecanismo además de poco viable, significaría poner en peligro otros derechos del menor.
La identidad es un derecho que también abarca la posibilidad de evitar que alguien utilice el nombre propio con fines comerciales, siempre y cuando pueda probar la titularidad de ese derecho, evitando así la apropiación de seudónimos con cualquier fin, ya sea comercial, artístico, entre otros. De forma que, hasta el seudónimo, que constituye una vía de preservar tanto la intimidad como la privacidad, puede ser utilizado y respetado, inclusive como si fuera el propio nombre de la persona, como ha sido recogido en diferentes convenios internacionales sobre propiedad intelectual, tal es el caso del Convenio de Berlín, en su artículo 15, y el Acuerdo de Caracas de 1911.
Con relación al derecho a la voz, conviene en primer término distinguir claramente en su ámbito de protección que es la voz humana. En efecto el tema de la voz remite al plano de los sonidos, simplemente porque ésta es un sonido. Sin embargo, nos limitaremos a la voz humana, que es un medio identificador del individuo.
En primer término, se ha distinguido con relación a la señal vocal entre: a)El reconocimiento de la palabra dicha por una persona cualquiera no identificable, como un mensaje cualquiera; y, b)El reconocimiento del hablante, que es una persona identificada por el sonido que produce su aparato de fonación.
Y en segundo lugar, se ha distinguido entre: a)Programas de reconocimiento del hablante, por ejemplo a través de la comprobación de la voz a partir de una muestra de la misma, captada en cualquier momento y compuestos de centenares de muestras de voz; y, b)Partiendo de la muestra de una voz y de la identidad declarada por el hablante, se identifica al mismo, por medio de la comprobación de sus expresiones sobre la base de unos datos, a fin de establecer que la identidad declarada sea realmente la del hablante.
Estas distinciones, que juegan un papel predominante al momento de determinar las aplicaciones en las cuales interviene la voz humana, no influyen, sin embargo, en la forma de cómo deba plantearse la protección de la vida privada ante los peligros que genera la digitalización de la voz. De esta forma resulta que proteger la voz humana como dato de una persona trae como consecuencia la protección de las secuencias de voz emitidas por esa persona, siempre y cuando le identifiquen, pero también abarca la protección del contenido del mensaje vocal expresado.
Con gran acierto, Pablo Andrés Palazzi, contempla el habeas data y afirma que éste protege un "complejo de derechos personalísimos, que incluyen la privacidad y la identidad, relacionados a su vez con la imagen y con los conceptos de verdad e igualdad."
1.2.1. El nombre: un concepto de identidad
El nombre es sin duda el elemento más característico de la identidad. Cabanellas explica que "el nombre de las personas constituye la palabra o vocablo que se da a un individuo con el fin de identificarla y distinguirla de los demás." Explica el mencionado autor que en relación con las personas, el nombre se puede entender de tres maneras: Como nombre de pila o particular (Héctor, José, Gerardo); como apellido (Torres, Fernández); cual nombre y apellido a la vez.
– Caracteres del nombre
En España la institución se denomina nombre civil, en Guatemala simplemente nombre. La doctrina y la legislación, difieren en las características que le atribuyen al nombre. Según el notable tratadista Federico Puig Peña, el nombre entre otras tiene las características siguientes:
- Obligatorio, en relación a que se tiene y se usa.
- Inmutable, porque no cambia por efectos de la voluntad privada, a no ser en casos muy especiales que la ley lo permita, como por ejemplo en algunos casos de adopción.
- Indisponible, no se puede comercializar, ni regalar, ni donar.
- Imprescriptible, porque no se pierde ni se adquiere con el transcurso del tiempo. Es extrapatrimonial, no susceptible de valoración económica.
- Es inherente a la persona, pues la persona nace, vive y muere con su propio nombre.
- Es un derecho absoluto, erga omnes, oponible a todos, imponiendo la obligación a los demás de abstenerse de usar indebidamente el nombre de otra persona.
– Elementos del nombre
Según el tratadista español Federico Puig Peña, los elementos esenciales del nombre de las personas naturales son:
- El nombre patronímico, que es el apellido de familia, sirviendo para designar a todas las personas de una familia.
- El nombre de pila o nombre individual, constituye esa palabra que va a diferenciar e identificar entre sí a los portadores del mismo apellido.
– Elementos accidentales del nombre
Estos elementos son los agregados que se utilizan para evitar confusiones que podrían resultar de la homonimia, por ejemplo: junior, hijo. Federico Puig Peña dice que los elementos accidentales no forman parte del nombre civil; añadiendo que en España pese al paso del tiempo aún es usual este elemento, añade que básicamente comprende el seudónimo, el sobrenombre, los títulos, grados y dignidades eclesiásticas, militares o académicos, o calificaciones nobiliarias.
En España, este elemento es válido toda vez que proviene de los usos y costumbres, así como de la circunstancia de ser un Estado moderno que aún conserva monarquía, pero que pese a que aún goza de reconocimiento legal y existencia social, ésta no ejerce funciones gubernamentales. En cambio, conforme al derecho civil venezolano ningún ciudadano venezolano debe aceptar o usar título nobiliario otorgado por alguna potencia extranjera y si fuesen aceptadas y usadas por algún ciudadano venezolano, éste se considerará como traidor a los principios republicanos y en consecuencia inhábil para servir todo cargo oficial dependiente de los Poderes Nacionales y de los Estados. El fundamento del referido precepto legal lo constituyen los principios democráticos que inspiraron al Libertador Simón Bolívar.
No obstante lo expuesto, así como el hecho de que el pseudónimo, apodo o sobrenombre, es en ocasiones el nombre con el que su comunidad mejor identifica a una persona, es el caso que el mismo no constituye el nombre legal del individuo; toda vez que su nombre legal es aquel con el que quedó inscrito su nacimiento en el registro respectivo; aquel que le dan sus padres y que por consiguiente es el que indican al funcionario que inscribe la partida de nacimiento quien comparece a inscribir al menor, que puede ser el padre, la madre o quien los represente para el efecto.
– Determinación del apellido
El apellido, normalmente se deriva de la filiación, y en esa virtud el nacimiento del menor recién nacido se deberá inscribir con el nombre que sus progenitores le asignaron y primer apellido del padre seguido del apellido de la madre. Así lo establece nuestra legislación civil vigente, de conformidad con el contenido del artículo 4 del Código Civil, antes transcrito. En igual forma lo tiene contemplado la legislación argentina, cuyo Código Civil en su artículo 235 determina que los apellidos que llevará el menor nacido quedarán establecidos así: "el primer apellido del padre y de la madre forman, en ese orden, los apellidos de los hijos. El hijo concebido y nacido fuera del matrimonio cuya filiación haya sido establecida en relación con ambos progenitores, tomará los apellidos de estos en el mismo orden que los hijos concebidos o nacidos durante el matrimonio". En Guatemala, el nombre personal se compone de nombre y apellidos.
Pese al principio que dice que el nombre es inmutable, en Guatemala la persona puede cambiar su nombre si así lo desea. Frecuentemente el interés en promover las diligencias voluntarias de cambio de nombre se originan de la circunstancia de que al titular no le agrada el nombre que le dieron sus padres al inscribir su nacimiento.
1.3. Sistemas de identificación personal
Actualmente en la generalidad de Estados existe interés por la adopción de sistemas de identificación personal que ofrezcan las mejores garantías, en una era caracterizada por la concurrencia y acentuación de fenómenos delictivos. En nuestro medio, por ejemplo, la alta demanda de infantes para adopción, ha contribuido al aumento de delitos como el de sustracción de menores, puesto que el país no cuenta con la estructura y medios que doten un sistema identificación personal que ofrezca mejores garantías. Por otra parte el denominado "robo o hurto de identidad" es otra circunstancia que obliga al Estado a adoptar un sistema de registro personal cuyos procedimientos no hagan posible que un individuo utilice más de una identidad. Asimismo el narcotráfico y otros delitos de alto impacto, son situaciones que despiertan el interés de los delincuentes por obtener una identidad nueva y distinta de la que les corresponde, obtenida ya sea por el bisturí del cirujano o mediante la falsificación de documentos de identidad.
El objeto de estos sistemas, es pues la identificación personal y la protección de la identidad, que recordemos es el conjunto de caracteres físicos que individualizan a una persona haciéndola igual a sí misma y distinta a todas las demás.
Asimismo, los sistemas de identificación personal constituyen un apoyo para la implementación de sistemas de registro de personas más eficientes, la identificación a diferencia de la identidad es la cualidad de una cosa que hace que ésta sea ella misma, diferenciándose de cualquier otra. Procedimiento mediante el cual se recogen y agrupan sistemáticamente esos caracteres.
Por lo expuesto, la sociedad y el Estado debe utilizar y aprovechar los sistemas de identificación personal para garantizar a todos y cada uno de los ciudadanos la exclusividad del uso de su identidad personal, así como la certeza al sistema de administración de justicia de que quienes incurran en la comisión de delitos de cualquier grado y naturaleza serán sancionados conforme a la ley.
En tal virtud, los sistemas de identidad son el medio que trata de dotar a los gobiernos de los mecanismos más seguros de identificación personal. Algunas pruebas y sistemas de identificación personal que a continuación describiremos, están incluidos en las pruebas que forman la clasificación biométrica que más adelante se detallará. En esa virtud, sin perjuicio de los sistemas biométricos de identificación personal, haremos una breve descripción de los sistemas de identificación personal que con distinta base o fundamento tienen un respaldo científico.
Dependiendo de las características físicas del individuo que sean objeto de estudio para su identificación diremos que estamos empleando uno u otro sistema. Los sistemas de identificación más utilizados en la actualidad son los siguientes:
1.3.1. Sistema antropométrico
Basado en características físicas generalistas del individuo, fácilmente observables e incluso algunas de ellas mesurables. Su precursor fue Alphonse Bertillon, quien estableció un método de observación y registro (Bertillonaje) de ciertas características físicas agrupándolas del modo siguiente:
- Señalamiento antropométrico general, consistente en la medición de determinadas partes el cuerpo: estatura, longitud máxima de brazos extendidos en cruz, contorno craneal, extremidades, etc.
- Señalamiento descriptivo, basado en singularidades principalmente fisonómicas de la persona, conformando lo que Bertillon llamaba "el retrato hablado" (portrait parlé).
- Señalamiento de marcas particulares, como lunares, cicatrices, tatuajes, amputaciones, anquilosis, etc.
Este sistema de identificación presenta como principales inconvenientes, su gran laboriosidad, lentitud, subjetividad por parte del especialista que estudia estas características y problemas de variabilidad natural (cambio de estatura con el crecimiento, cambio de color de pelo, de color de tez, etc.) de algunos de los rasgos observados.
- Sistemas lofoscópicos
Son los que estudian la morfología de determinadas rugosidades presentes en ciertas zonas de la anatomía humana. Engloba las rugosidades e irregularidades más estudiadas, que son las crestas papilares, finos relieves epidérmicos presentes en las manos y pies, y dependiendo que zona sea objeto de estudio, tendríamos:
- Dactiloscopia, sistema de identificación basado en el estudio de los dibujos formados por las crestas papilares en las yemas de los dedos de las manos. Al respecto el Doctor José Adolfo Reyes Calderón, conceptualiza la Dactiloscopia como: "El examen de los dedos. Método de identificación personal basado en las impresiones producidas por las crestas papilares que se encuentran en las yemas de los dedos".
- Quiroscopía, que es la rama de la lofoscopía que estudia los dibujos formados por las crestas papilares de las palmas de las manos, con fines de identificación. Su nombre procede de las voces Keiros que significa mano y scopeo que significa examen. Crea un sistema de identificación basado en el estudio de los dibujos formados por las crestas papilares en la palma de las manos. El Criminólogo y Criminalista Doctor José Adolfo Reyes Calderón, le denomina palmatoscopía, indicando que es la disciplina que "estudia la disposición, registro y clasificación de las crestas papilares de las palmas de las manos". Adelante se incluye la figura de un quirograma en forma de cuadro sinóptico.
- Pelmatoscopía, sistema de identificación basado en el estudio de los dibujos formados por las crestas papilares en la planta de los pies. No existen dos dibujos iguales formados por crestas papilares, siendo por lo tanto un elemento único para cada individuo; término que define el Doctor José Adolfo Reyes Calderón como: "la disciplina que estudia las crestas que se encuentran en las plantas de los pies. Analiza la disposición, registro y clasificación de las crestas papilares de las plantas de los pies".
- Palatoscopía, sistema de identificación basado en el estudio de las rugosidades presentes en el paladar superior de la boca (rugosidades palatinas) cuyo dibujo es esencialmente el mismo a lo largo de la vida del sujeto.
- Queiloscopía, sistema de identificación basado en el estudio de los pliegues de los labios de la boca. Según el Odontólogo Forense catalán Pueyo Moya: "es el estudio de las huellas labiales que cada individuo posee así como la huella dactilar es única e irrepetible, no se altera con la edad y es de gran ayuda para la Odontología Forense, especialmente para la identificación de cadáveres de personas que perecieron en una catástrofe natural, accidente aéreo, etc. Por ende es una disciplina, que en todo caso constituye un gran apoyo para los casos que requieran una investigación criminalística".
Figura: Cuadro sinóptico del Quirograma
1.3.3. Sistema odontológico
También denominado sistema de odontología legal y forense, es la ciencia y arte que propone los conocimientos odontológicos en asistencia y colaboración en la aplicación del derecho en la solución de problemas o situaciones judiciales relacionados con la identificación de las personas.
El sistema Odontológico está basado en el estudio de la morfología de las piezas dentales y de las diferentes particularidades que pudieran presentar, como por ejemplo ausencia de alguna pieza, caries, desgastes o elementos más singularizadores como intervenciones hechas por un estomatólogo (empastes, fundas, puentes, prótesis totales o parciales). Este sistema plantea el problema de encontrar elementos de cotejo o comparación, para lo cual se suele utilizar fotografías o radiografías anteriores de las piezas dentales. Sin embargo, en determinadas situaciones extremas (cadáveres carbonizados, cadáveres en avanzado estado de descomposición, cadáveres esqueletizados, grandes catástrofes, etc.) resulta ser un sistema muy útil debido a la gran resistencia de las piezas dentales a las altas temperaturas o fuertes impactos.
Los dientes son en sí las piezas más resistentes del cuerpo a la destrucción tanto física como química. El estudio detallado permite conocer especie, raza, sexo, talla y edad aproximadas, además de valiosos datos sobre identificación individual. En este último caso, es imprescindible contar con información dental previa de la supuesta víctima.
Las fuentes de variabilidad en los dientes pueden ser de naturaleza congénita, como la forma y el tamaño; estigmas debidos a profesiones o hábitos, como el color característico en los fumadores; enfermedades graves de la infancia que afectan la formación de la dentina y el esmalte; y la existencia de tratamientos odontológicos.
La importancia y responsabilidad de esta disciplina recae en el Odontólogo Forense dentro del equipo multidisciplinario, en la acción de identificación tiene que ver en la relación que existe entre las piezas dentarías y su perdurabilidad. La aplicación de los conocimientos odontológicos al servicio de la justicia y a la elaboración de leyes correlativas a su especialidad, ha nacido como consecuencia de la necesidad de aplicar los conocimientos acerca de los dientes y de los arcos dentarios en la resolución de problemas de índole legal.
Ocasionalmente puede ser necesario determinar la identidad de un individuo del que se carece de elementos que puedan conducir a la identificación judicial o médico legal y en cambio se dispone de su sistema dentario; tal caso suele ocurrir por cuanto las especiales características de los dientes los hacen aptos para resistir la acción del tiempo, de la putrefacción, el fuego, de traumatismos que lesionan y deforman regiones blandas vecinas. Los dientes aportan información de suma importancia para la comparación de los datos ante mortem con los post mortem.
Las piezas dentarías están formadas por esmalte, que es el tejido más duro del cuerpo humano. Debido a ello por su posición y ubicación en y dentro de los huesos maxilares, proporciona una fuente de información importantísima.
1.3.4. Sistemas biológicos
Son aquellos basados en el análisis en el laboratorio de alguna sustancia del organismo del individuo cuya composición es única para cada persona, constituyendo de este modo un indudable elemento identificativo. Hoy en día dentro de estos estudios analíticos, los más empleados son las técnicas genéticas basadas en el estudio de la composición del ADN (ácido desoxirribonucleico), compuesto presente en todas las células nucleadas del individuo, y cuya composición es única para cada persona. Una ventaja de este sistema de identificación es que para el cotejo se podrá emplear un registro anterior (una muestra con la composición de esta sustancia) o bien una muestra de la composición del ADN de un familiar directo (padres o hijos del interesado), ya que dicha composición es hereditaria y transmisible.
A mediados de la década de 1980 comienzan a desarrollarse sistemas de identificación de individuos basados en el estudio de polimorfismos de ADN, los cuales reflejan la amplia variación de secuencias localizadas en diferentes regiones del genoma. Conforme al Diccionario de la Real Academia Española, genoma es el "Conjunto de los genes de un individuo o de una especie, contenido en un juego haploide de cromosomas".
Todos estos sistemas de identificación se basan en "lo que la persona es", es decir, en características intrínsecas a la persona. Sin embargo, existen otros sistemas de identificación basados en determinadas acciones llevadas a cabo por los individuos ("lo que la persona hace") a través de las cuales pueden ser identificados y cuya aplicación es más frecuente en el ámbito de la Criminalística. Entre ellos podemos señalar:
- Sistemas Fonológicos o Acústicos, basados en la identificación a través de la voz, en la cual existen determinados rasgos inherentes a cada persona, persistentes incluso aunque se modifique el tono, el volumen u otras características de la misma.
- Sistemas grafoscópicos, basados en la identificación de la persona a través de su escritura, de determinados trazos generados de una manera inconsciente y que pueden caracterizar el modo de escribir de la persona.
1.4. Sistema de identificación personal adecuado
Además de los sistemas estudiados existen otras técnicas. No sería correcto decir que un sistema de identificación es el "mejor". Incluso podría darse el caso de la complementariedad entre ellos, es decir, que un sistema nos sirva para orientar de quien se puede tratar, acotar la búsqueda entre varios candidatos y otro para confirmar realmente la identidad de la persona. Además es conveniente tener en cuenta que la elección de uno u otro sistema al momento de identificar a una persona, vendrá determinada por dos factores:
- Las circunstancias en que se encuentre la persona, es decir, que esté en perfecto estado cuando se trate de un cadáver, que ese cadáver esté en avanzado estado de putrefacción, que estén separados algunos de sus miembros etc.
- La posibilidad de encontrar un patrón con el cual comparar, ya sea un registro anterior de las mismas características o algo válido para establecer esta relación de identidad.
1.5. Justificación de la identificación personal y registro de personas
Como apuntamos anteriormente la identidad y la identificación son una necesidad del hombre, por cuanto su individualismo es instintivo y en esa virtud le interesa ser diferenciado de las demás personas. Para la sociedad y por ende para el Estado es muy importante contar con una institución que registre el nacimiento de las personas, los actos que afectan su estado civil y su muerte, toda vez que como organización social, es una necesidad del Estado saber cuántos ciudadanos tiene y quiénes son. Los partidarios de la teoría del derecho natural, según apunta Federico Puig Peña, fundan la necesidad de la identificación personal en verdades objetivas derivadas de la ley divina; de un derecho que se tiene por la simple circunstancia de su condición humana.
No obstante lo anterior el Registro Civil no surgió repentinamente para responder a esa necesidad. Surgió más bien por el interés de la inquisición de sancionar a quienes incumplieran sus deberes religiosos. Es el caso que en la antigüedad, era a través de los censos que el Estado romano, obtenía el registro estadístico y de identidad de sus ciudadanos. Era una especie de recuento o encuesta que se practicaba tanto en Roma como en los territorios conquistados por los romanos.
La idea del Registro Civil actual surge después de la caída del Imperio Romano, precisamente en la época en que la iglesia Católica pasó a tomar un papel protagónico en las sociedades de la Europa Central y Occidental, de esa cuenta la recaudación de tributos, la imposición de penas por delito y la posesión de las tierras recayó en la iglesia católica. Toda vez que la herejía era duramente sancionada, el poder de la Iglesia se fue fortaleciendo de tal forma que monarquías e iglesia se distribuyeron el ejercicio del poder. Era notoria la observancia que la población hacía de los Mandamientos cuya enseñanza impartía y consagraba la iglesia; y la administración de los sacramentos se convirtió en una actividad obligada para el pueblo, por lo que se hacía necesario que la iglesia llevara un registro de los sacramentos que administraba, a efecto de controlar que todos los recibieran. No recibir los santos sacramentos constituía un grave delito, una grave ofensa hacia Dios, una herejía que merecía ser duramente castigada. Los registros bautismales fundados por la Iglesia Católica en Europa, trascendieron en América, y en todos aquellos territorios conquistados por los europeos. Los registros parroquiales, tanto en Europa como en América, constituyen el antecedente histórico de lo que hoy es el Registro Civil. De esa misma forma lo ratifica el tratadista Federico Puig Peña que sitúa el origen del registro civil en los registros parroquiales de la Iglesia Católica, precisamente en la Edad Media.
Pero qué es en sí el registro de nacimiento? El registro de nacimiento es la constancia oficial del nacimiento de un niño que un determinado nivel administrativo del Estado asienta en un archivo, bajo la coordinación de un particular ramo del gobierno. Constituye un registro permanente y oficial de la existencia del niño. Idealmente, la inscripción de los nacimientos forma parte de un sistema eficaz de registro civil que reconoce la existencia de la persona ante la ley, establece los vínculos familiares del niño y recorre la trayectoria de los acontecimientos fundamentales en el vivir de un individuo, desde el nacimiento con vida hasta el matrimonio y la muerte. Un sistema de registro civil completamente funcional debería ser obligatorio, universal, permanente y continuo y debería asimismo asegurar el carácter confidencial de los datos personales. Debería recoger, transmitir y acumular datos de manera eficiente y garantizar la calidad e integridad de los mismos.
El registro Civil debe promover dos objetivos principales: uno legal y otro estadístico. Un sistema con tales características, gracias a su valor instrumental en la salvaguardia de los derechos humanos, contribuye al funcionamiento normal de toda sociedad.
Al inscribir el nacimiento de un niño en el registro, se le permite también obtener un certificado de nacimiento. En algunos casos, la expedición del certificado es automática luego del registro del nacimiento, mientras que en otros es necesario presentar una solicitud por separado. En ambos casos, el certificado de nacimiento es un documento personal expedido por el Estado cuyo beneficiario es un individuo. Por lo tanto, el registro de nacimiento y la expedición de un certificado de nacimiento son dos cosas distintas aunque estrechamente vinculadas.
El certificado de nacimiento es la prueba más visible del reconocimiento legal por parte de un gobierno de la existencia del niño como miembro de la sociedad. Si cuando un niño nace no se registra su nacimiento ni se redacta un acta de nacimiento, tampoco tendrá más tarde un certificado de nacimiento, con todo lo que implica verse privado de los importantísimos datos que el mismo sirve a demostrar: el nombre y la relación con los padres y con el Estado. En realidad, el certificado de nacimiento es, por lo general, el documento que determina la nacionalidad del niño, dado que son muchos los países que conceden la nacionalidad según el lugar de nacimiento. En los países que utilizan otros criterios, como el de consanguinidad, el certificado de nacimiento sigue siendo, en todo caso, el documento con valor probatorio más importante del nacimiento y de la nacionalidad del menor nacido, puesto que alude inclusive a la nacionalidad de los padres.
El registro del nacimiento de las personas, el registro de los cambios o modificaciones en su estado civil, el registro de vecinos de una circunscripción territorial (municipio), así como el registro de la muerte de las personas; constituyen las actividades básicas del Registro Civil. Esencialmente el Registro Civil es una institución en la que se encuentran inscritas, personas vivas y muertas, en la cual tiene como base la identificación personal de los inscritos con el nombre que les corresponde.
La identificación personal es consecuencia de la identidad individual del individuo y de la necesidad adicional de que dicha identidad quede registrada públicamente. En función de esa necesidad es que el nacimiento de cada persona se inscribe consignando la fecha y lugar preciso en el que ocurrió el parto, así como el nombre de los padres que lo procrearon.
La mayoría de edad es una condición objetiva que marca la madurez física y mental de la persona, y como consecuencia de ella la ley reconoce a favor del mayor de edad, la capacidad de ejercitar por sí mismo de sus derechos. Asimismo, la mayoría de edad, también es el inicio de la responsabilidad legal de la persona, y en esa virtud, con la mayoría de edad la persona nace como sujeto de obligaciones. La responsabilidad, es la condición personal por la cual toda persona íntegra y mentalmente sana, tiene la obligación de responder de los actos trascendentales para el derecho; en esa virtud, el mayor de edad, como ciudadano debe responder de las obligaciones que le corresponden como persona, como sujeto de familia, heredero, como contribuyente, como empleado, como empleador, como comerciante, como sujeto de derecho civil y como sujeto de derecho penal, en caso de incurrir en conducta que sea constitutiva de delito de conformidad con la ley.
La trascendencia que tiene para las personas alcanzar la mayoría de edad, hace necesaria para el Estado la creación de una institución que además de llevar el registro ordenado de los ciudadanos capaces por sí mismos para ejercitar sus derechos y responsables para cumplir sus obligaciones; institución que expida un documento que permita identificarse ante la sociedad a quienes han alcanzado la mayoría de edad y con ella la madurez para ser sujeto de derecho. Con el fin de responder a esa necesidad, se creó el Registro de Cédulas de Vecindad, en donde además del nombre y demás datos que integran el estado civil, deja constancia de ciertas características personales como lo es la imagen de su rostro por medio de la fotografía que se integra a su registro vecinal y a la cédula que se le extiende, la impresión dactilar de su dedo pulgar derecho y la descripción de las notas o características físicas que le son propias.
El registro cedular de vecindad, responde también a una necesidad del Estado, de controlar a los ciudadanos, especialmente a los infractores del ordenamiento jurídico vigente, actividad en la cual la identificación personal cumple un papel muy importante. El poder establecer de manera indudable la identidad de las personas ha sido una preocupación constante a través del transcurso de los tiempos, siendo posiblemente la identificación personal el antecedente remoto donde se basa la moderna Criminalística.
La individualización de las personas es imprescindible en toda relación jurídica, administrativa, económica etc. Sin embargo, posiblemente sea dentro del ámbito de actuación judicial y policial donde más evidente resulta la necesidad de utilizar métodos de identificación personal fiables y seguros (y de ser posible rápidos), por la práctica frecuentemente empleada por algunos delincuentes que tratan de ocultar o falsear su verdadera identidad, para escapar a la acción de la Justicia. Cuando se trata de cadáveres, a las necesidades legales de establecer esa identidad por cuestiones de herencias y sucesiones (problemas de premoriencia y comorencia), se suman, además, razones humanitarias y motivos religiosos que inducen a todas las personas a honrar a los familiares fallecidos. Como consecuencia de esto, la identificación personal tiene especial importancia en aquellos casos en que la identificación de personas fallecidas suele plantear grandes dificultades, es decir, en casos que suelen resultar complicaciones, ya sea por no portar el fallecido el documento que legalmente lo identifique, en caso de víctimas múltiples en una catástrofe; que son situaciones en las cuales si se actúa con falta de previsión, fácilmente se puede incurrir en equivocación al identificar a una persona. Es en casos como los indicados, en los que la Biometría ayuda en la identificación personal; y en esa virtud es más aconsejable que los sistemas de identificación personal por medios biométricos sean practicados por expertos, a efecto de establecer en forma indubitable la identidad de fallecidos bajo circunstancias que hacen difícil su identificación.
Como resultado de lo antes expuesto, podemos afirmar que la identificación de las personas por medios biométricos tiene importancia en los hechos siguientes:
- Como medio de establecer la identificación personal de personas vivas en general;
- Como medio de identificación de personas fallecidas en circunstancias que no pueden ser fácilmente identificados por sus familiares o personas conocidas que a falta de familiares del fallecido pueden dar cuenta de su identidad; y
- Identificación de cadáveres y víctimas de hechos violentos, grandes catástrofes o cualquier otra especial circunstancia que haga problemática su identificación. El desarrollo de la tecnología, hace que hoy día se disponga de los medios más seguros para lograr la identificación de personas vivas y muertas.
CAPÍTULO II
SISTEMAS BIOMÉTRICOS DE IDENTIFICACIÓN PERSONAL
2.1. Antecedentes históricos
Pese a que los antecedentes de la biometría incluyen los referentes a la Dactiloscopía, en el presente trabajo se distinguirá entre los antecedentes de la biometría en general y los antecedentes de la Dactiloscopía en particular, a los que nos referiremos más adelante.
La necesidad de identificación de las tribus antiguas, fue satisfecha por medio de adornos de plumas, pinturas y tatuajes. El tatuaje revela la tribu, el clan y la familia. En los países de clima extremadamente frío como Siberia, se dice que las mujeres tatuaban el dorso de la mano, el antebrazo y la parte anterior de las piernas y los hombres se hacían en la muñeca, la marca o signo que usaban como firma. En la sociedad primitiva, a los delincuentes, se les hacia una marca de fuego como medio individualizador y ejemplificador que se llamaba Tatuaje Judicial. Las cicatrices servían también como individualizantes. Existían pueblos bárbaros que procedían a mutilar distintos miembros (dedos, orejas, nariz), según el delito cometido. La utilización de dichas marcas para la imputación de actos a determinadas personas con cuya base eran castigados los responsables por los miembros de otra tribu, consideramos son el antecedente histórico más remoto de las pruebas biométricas.
Todas estas marcas se usaron hasta mediados del siglo XIX en que desaparecieron con el nacimiento de las doctrinas penales. Pero el signo individualizador por excelencia, fue el nombre, más tarde nace la necesidad del apellido. La filiación fue el primer sistema empleado para tratar muy rudimentariamente la individualización personal, luego los estudios morfo-antropológicos permitieron determinar con mayor precisión los caracteres y formas del cuerpo. Así se crea el retrato hablado por Bertillon, padre de la policía científica.
El sistema antropométrico consiste en la aplicación para la identidad de los delincuentes de algunas de las medidas del cuerpo humano que utilizaban algunos antropólogos para sus investigaciones y la descripción de las observaciones fisonómicas tomadas de los estudios que con fines también antropológicos habían iniciado Della Porta, Cortes, Bell, Darwin, etc. La obra de Bertillon consistió en lo que Galton llamaba la lexiconización de las medidas, o sea, el clasificar las medidas ordenándolas a la manera de palabras en el diccionario.
En 1658, los anglosajones marcaban a los criminales con una letra hecha con hierro candente, sobre el dedo pulgar izquierdo: "A" significaba adúltero, "M" significaba asesino o matador, "T" significaba felonía o traición. En Francia, los condenados a galeras eran marcados con la señal GAL. Junto a la marca de la yerra, se empleó la mutilación. En Cuba, se cortaban las orejas a los esclavos y las narices de los criminosos. En los Estados Unidos, si un hombre casado practicaba sodomía, sería castrado y también se le amputaba las orejas a los criminales condenados.
Sin embargo, los especialistas coinciden en considerar que la fase científica de esta disciplina se inicia en el Siglo XVII, alrededor del año 1665, cuando Malpighi, anatomista de esa época, resalta las diversas formas o dibujos que se presentaban en la cara palmar de cada uno de los dedos; al morir, dos de sus principales discípulos, F. Ruyech y Albinus, continúan su obra, pero no es hasta el año de 1823, cuando Juan Evangelista Purkinje, logra separar y clasificar en nueve tipos diferentes todas las características antes descubiertas por sus antecesores.
En 1664 Marcelo Malpighi (1628–1694), médico y anatomista italiano que describió el glomérulo renal que lo recuerda con su nombre, al igual que el estrato profundo de la epidermis, publicó un trabajo titulado "Epístola sobre el órgano del tacto" en el que se estudian los diseños digitales y palmares, que tal vez sea la iniciación moderna de esta materia. En 1840, con la aparición de la fotografía, ésta pasó a ser empleada como proceso exclusivo de identificación criminal, comenzando en Suiza.
En 1856 José Engel publicó el "Tratado del Desarrollo de la Mano Humana", en el que hace un estudio sobre los diseños digitales. Afirmó que los diseños digitales existen desde el sexto mes de vida intrauterina, y redujo a cuatro los nueve tipos descritos por Purkinje. En 1858 William James Herschel, agente del gobierno inglés en Bengala, India, inició sus estudios sobre las impresiones digitales. Tomó las impresiones digitales a los nativos en los contratos que firmaban con el gobierno. Esas impresiones hacían las veces de firma. Herschel, entonces, aplicó este procedimiento en los registros de fallecimientos y utilizó el mismo en las prisiones para el reconocimiento de los evadidos. Henry Faulds, un médico inglés que ejercía en el hospital de Tokio, contribuyó para el estudio de la Dactiloscopía, examinando las impresiones digitales en piezas de cerámica prehistórica japonesa. Faulds previó la posibilidad de descubrir un criminal por la identificación de las líneas papilares y preconizó una técnica para tomar las impresiones digitales, utilizando una placa de estaño y tinta de imprenta.
Desde 1864 César Lombroso había promovido los procedimientos antropométricos aplicándolos al estudio de los criminales y más tarde Morselli los aplicó a los alienados, inventando un instrumento que denominó Antropométrico. El sistema antropométrico no es otra cosa sino la aplicación de las medidas antropométricas a la determinación de la identidad.
El sistema de Bertillon era mas bien un nuevo sistema identificativo, un procedimiento de clasificación para poder encontrar la fotografía y la descripción de los rasgos fisonómicos y de las señas particulares de los detenidos reincidentes, descansa sobre estos tres principios:
- La firmeza de la armadura ósea humana a partir de los 20 años.
- La extrema diversidad de dimensiones que presenta el esqueleto de los hombres comparados entre sí.
- La facilidad y relativa precisión con que puede ser medidas ciertas dimensiones del esqueleto humano.
El procedimiento consta de los principios fundamentales:
- El señalamiento antropométrico
- El señalamiento descriptivo
- El de las marcas particulares y la fotografía.
Las medidas practicadas eran las siguientes:
- Talla, brazos y busto
- Longitud de la cabeza
- Ancho de la cabeza
- Diámetro bizigamático
- Longitud del pie, del dedo, del auricular izquierdo y del codo.
Los inconvenientes y dificultades que se aducen contra el sistema antropométrico son los siguientes:
- Que solo es aplicable a los delincuentes que han alcanzado su completo desarrollo.
- Que el desarrollo físico en el hombre no termina a los 20 años sino a los 25 años.
- Que no es aplicable a los menores delincuentes precoces.
- Que las medidas empleadas, sobre todo la estatura, se modifica con la vejez.
- Que las diferencias de estatura pueden ser imitadas con facilidad.
- Que no se obtiene una prueba definitiva y terminante.
- Que es más bien un método de eliminación y no de identificación.
- No puede aplicarse a las mujeres por varias razones.
- Exige un instrumental costoso y personal especializado.
- No puede aplicarse contra la voluntad del detenido.
- No es aplicable a la identificación de los cadáveres.
- Tampoco a los simples detenidos por su carácter vejatorio.
- No puede utilizarse para la identificación civil.
- Lo complicado del método, el tiempo y elementos que se requiere para cada identificación.
Alrededor de 1870, un antropólogo francés ideó un sistema para medir y registrar las dimensiones de ciertas partes huesudas del cuerpo. Estas medidas, integraron una fórmula que se aplicaría en teoría a una persona y que no cambiaría durante su vida del adulto. Este sistema de Bertillon, nombrado así por su inventor, "Alphonse Bertillon", fue aceptado generalmente por treinta años. Pero nunca se recuperó de los acontecimientos ocurridos en 1903, cuando condenaron a un hombre inocente en los Estados Unidos, en la Penitenciaría de Leavenworth, Kansas. Fue hasta en 1882, que el sistema antropométrico, lanzado en París por Bertillon, fue reconocido como el primer sistema científico de identificación, basado en elementos antropológicos del hombre. Consistía en el señalamiento hecho en milímetros, de varias partes de su cuerpo: diámetro de la cabeza, forma de la oreja derecha, forma del pie izquierdo, estatura, envergadura (distancia entre los extremos de los brazos extendidos en cruz); señalamiento descriptivo del formato de la nariz, labios, orejas, y también de marcas particulares, como tatuajes o cicatrices. Esos datos eran registrados en una ficha antropométrica, que contenía también una fotografía del identificado.
De sus antecedentes históricos, podemos decir que la biometría no se puso en práctica en las culturas occidentales hasta finales del siglo XIX, pero era utilizada en China desde al menos el siglo XIV. Un explorador y escritor que respondía al nombre de Joao de Barros escribió que los comerciantes chinos estampaban las impresiones y las huellas de la palma de las manos de los niños en papel con tinta. Los comerciantes hacían esto como método para distinguir entre los niños jóvenes.
En Occidente, la identificación confiaba simplemente en la "memoria fotográfica" hasta que Alphonse Bertillon, jefe del departamento fotográfico de la Policía de París, desarrolló el sistema antropométrico en 1883. Éste era el primer sistema preciso, utilizado científicamente para identificar a criminales y convirtió a la biométrica en un campo de estudio. Funcionaba midiendo de forma precisa ciertas longitudes y anchuras de la cabeza y del cuerpo, así como registrando marcas individuales como tatuajes y cicatrices. El sistema de Bertillon fue adoptado extensamente en occidente hasta que aparecieron defectos en el sistema, principalmente problemas con métodos distintos de medidas y cambios de medida.
En 1903 El sistema Bertillon colapsó al ser sentenciados en forma condenatoria dos hombres, posteriormente determinados gemelos idénticos, en la penitenciaria norteamericana de Leavenworth, Kansas. Sus nombres Eran Will y William West. Después de esto, las fuerzas policiales occidentales comenzaron a usar la huella dactilar, esencialmente el mismo sistema visto en China cientos de años antes, particularmente hay documentación en archivos que acreditan que entre 1905 y 1908 se implementó el uso de sistemas de huellas digitales en la Fuerza Aérea, Ejército y Armada de Estados Unidos.
Con ocasión a un caso específico, el 4 de agosto de 1915 el Inspector Harry H. Caldwell del departamento de policía de Oakland (California, USA) solicitó a "Criminal Identification Operators" realizar una reunión en Oakland con el propósito de crear una organización para llevar mas allá los ideales de la profesión de identificación. Un grupo de veintidós hombres se encontraron y como resultado en octubre de 1915 se fundo la asociación internacional para identificación criminal (IAI).
En 1918 Edmond Locard escribió que si 12 puntos o detalles Galton coinciden en una comparación de dos huellas digitales, es suficiente para una identificación positiva, sin embargo no hay un estándar mundial sobre el uso mínimo de puntos para identificación positiva y algunos países tienen sus propios estándares al respecto.
Los oftalmólogos Carleton Simon y Isodore Goldstein escriben un artículo para New York State Journal of Medicine que fue publicado en septiembre de 1935 y se titulo "A new Scientific Method of Identification", en este artículo plantean que los patrones vasculares de la retina son únicos en cada individuo. El oftalmólogo Frank Burch propone el concepto de usar los patrones del iris como método de reconocimiento individual en 1936.
La primera patente que registra el uso de huellas digitales es la No. 2530758 del 21 de noviembre de 1950 en Estados Unidos que se trataba de una cámara de identificación y huellas digitales, desarrollada por William T. Cirone.
En 1955 Paul Tower publica un artículo en Archives of Ophthalmology titulado "The fundus Oculi in monozigotic twins: Report of six pairs of identical twins", en este articulo él afirma que lo que menos se parece en dos gemelos idénticos son los patrones vasculares de la retina.
Gunnar Fant, profesor suizo, publicó en 1960 un modelo describiendo los componentes fisiológicos de la producción del discurso acústico. El 9 de marzo de 1963 el "nature publishing group" publica un artículo de Mitchell Trauring titulado "Automatic Comparison of Finger-Ridge Patterns". Durante 1964 y 1965 Woodrow Wilson Bledsoe, Helen Chan Wolf y Charles Bisson trabajaron en el uso del computador para el reconocimiento facial humano. Desarrollaron el primer sistema semi-automático de reconocimiento. La Aviación Norteamericana desarrolló el primer sistema de reconocimiento de firma en 1965.
El 14 de mayo de 1968 Claus Helmut Claassen y Louis Dell Green patentaron un sistema de seguridad personal que tiene tarjetas personales portables con identificación de huella digital, asignado a Internacional Business Machines Corporation (IBM) con la patente de Estados Unidos No. 3383657. En 1969 el FBI impulsa a automatizar el proceso de reconocimiento de huella digital, contactando al National Institute of Standards and Technology (NIST) para que estudiarán el proceso de automatización de identificación de huellas digitales. Se identificaron dos retos principales:
- Escanear las tarjetas de huella digital e identificar las minucias; y
- Comparar y coincidir la lista de minucias.
John Pierce de Bell Telephone Laboratories publico en "The Journal of the Acoustical Society of America" en octubre de 1969 un articulo titulado "Whither Speech Recognition?", que trataba sobre la investigación en el reconocimiento de documentos. El 25 de noviembre de 1969 Salvatore R. Danna patentó en Estados Unidos un instrumento para identificar la firma, asignándole el uso a Conetta Manufacturing Company y presentada el 20 de octubre de 1965.
En la década comprendida entre 1970 y 1980 Goldstein, A. J., Harmon, L. D. y Lesk, A. B. usaron 22 marcas específicas subjetivas como el color de cabello y grosor de labios para automatizar el reconocimiento facial. El problema con estas soluciones es que las mediciones y localización eran digitadas manualmente. En mayo de 1971 publicaron en Proceedings of the IEEE un articulo sobre el tema, titulado "Identification of human faces". En 1970 componentes conductuales del discurso son modelados por primera vez por el Dr. Joseph Perkell, que uso rayos-x de movimientos e incluyo la lengua y la mandíbula. El 25 de mayo de 1971 se patentó en Estados Unidos un sistema de identificación de la palma de la mano por parte de Norman G. Altman.
El FBI consolidó en 1975 el desarrollo de escáneres y tecnología que extrae minucias, que llevó al desarrollo de un prototipo lector. Solo se almacena las minucias de la huella digital y los lectores usaban técnicas capacitivas para recolectar las características de las huellas digitales. El 25 de mayo de 1976 Jacob Sternberg y Robert W. Freund patentaron en Estados Unidos un método y aparato para grabar la firma asignando el uso de dicha patente a Veripen Inc. El 12 de julio de 1977 fue patentado en Estados Unidos un aparato para identificación personal por parte de Austin G. Boldridge y Robert W. Freund, asignado a Veripen Inc., considerada la primera patente de adquisición de información dinámica de una firma. El 22 de agosto de 1978 se patento un aparato y método para identificar individuos a través de sus patrones vasculares de la retina, fue patentado por Robert Hill B. inicialmente en Estados Unidos, Japón, Gran Bretaña y Alemania. En la década de 1980 el instituto nacional de estándares y tecnología (NIST) creó el Grupo de Discurso de NIST para estudiar y promover el uso de técnicas de procesamiento del discurso.
El 3 de febrero de 1987 Leonard Flom y Aran Safir patentaron en Estados Unidos un sistema de reconocimiento del iris del ojo humano. Asimismo, el 31 de julio de 1987 Eduard Menoud patentó en la Confederación Suiza un método para identificar una persona a partir de la geometría de su mano. En 1988, la división Lakewood del Departamento de Sheriff del Condado de Los Ángeles empezó a usar dibujos compuestos ó imágenes de video para realizar búsquedas en bases de datos de fotografías de criminales, es considerado el primer sistema semi-automático de reconocimiento facial.
James R. Young y Robert W. Hammon patentaron el 14 de febrero de 1989 un método y aparato para verificar la identidad de un individuo, la patente fue asignada a Int. Bioaccess Systems Corp. Esta innovación se basa en la dinámica de pulsaciones de tecla de un individuo para identificarlo. En enero de 1990 M. Kirby y L. Sirovich publicaron "Application of the Karhunen-loeve procedure for the Characterization of Human Faces", un procedimiento que trata sobre el uso de simetrías naturales de reflexión de imagen (imágenes espejo) en una familia de patrones bien definida (rostros humanos). Anteriormente en 1987, ya ellos habían publicado otro titulo "A Low-Dimensional Procedure for the Characterization of Human Faces" que también trataba el tema de reconocimiento facial.
En 1991 Matthew Turk y Alex Pentland publican un documento llamado "Eigenfaces for Recognition" en "Journal Cognitive Neuroscience", donde se planteaba que el reconocimiento facial en tiempo real era posible. En octubre de 1992 tuvo su primera reunión Biometric Consortium una organización establecida por la agencia de seguridad nacional (NSA) de Estados Unidos; este consorcio inicialmente estaba compuesto por agencias gubernamentales, miembros de la industria privada y de la academia. De 1993 a 1997 corrió el programa FERET (Face Recognition Technology) patrocinado por el departamento de defensa hasta la Agencia de Investigación de Productos de Avance de Defensa (DARPA) de Estados Unidos, su misión principal fue el desarrollo de capacidades de reconocimiento facial automático que pudiera ser empleado por personal de seguridad, inteligencia y justicia en el desarrollo de sus labores.
En 1993 la agencia de defensa nuclear de Estados Unidos inicio trabajos con IriScan, Inc. (empresa creada por Leonard Flom y Aran Safir) para probar y entregar un prototipo de unidad de reconocimiento de iris.
En 1994 al final de la competencia de un sistema de identificación de huellas digitales integrado y automatizado (IAFIS), donde se investigaba y se identificaron tres grandes retos: Adquisición de la huella digital; extracción local de las características de las ondulaciones; y, comparación de patrones de las características de las ondulaciones. Lockheed Martin Inc. fue seleccionado para construir el IAFIS del FBI. El primer sistema AFIS conocido que se construyó y que soporta huellas palmares se cree que fue desarrollado en 1994 por una compañía húngara conocida como RECOWARE y el sistema se conoce con el nombre de Recoderm.
El primero de marzo de 1994 John G. Daugman patentó en Estados Unidos un sistema biométrico de identificación personal basado en el análisis del iris, patente asignada a IriScan Incorporated, que también quedó patentado ante la Organización Mundial de Propiedad Intelectual el 28 de abril de 1994. Los algoritmos presentados en esta patente son la base de todos los algoritmos actuales de sistemas de reconocimiento de iris del ojo humano. Oki Electric Industry Ltd., uno de los líderes mundiales en el suministro de cajeros automáticos (ATM) en 1995 ofrece la tecnología de reconocimiento de iris a los bancos clientes en Japón.
En 1997 se presenta el proyecto HA-API (Human Authentication API), un estándar de interoperabilidad biométrico genérico y centrado en facilitar la integración y permitir el intercambio e independencia del vendedor. En 1998 el FBI lanza CODIS (Combined DNA Index System) para el almacenamiento digital, búsqueda y recuperación de los marcadores de ADN con el propósito de la entrada en vigor de la ley forense en Estados Unidos.
El 28 de julio de 1998 Clayden David Oswald patentó una identificación biométrica de individuos usando patrones de venas subcutáneas, esta patente fue asignada a British tech group y patentada en Estados Unidos, Gran Bretaña, Organización Mundial de Patentes de Invención y European Patent Office. El nueve de octubre de 2001 se patentó una segunda invención, esta vez por parte de Hwan-Soo Choi, asignada a BK Systems y titulada aparato y método para identificar individuos a través de sus patrones de venas subcutáneas y sistema integrado usando dicho aparato y método, se patentó en Estados Unidos y Japón.
En 1999 la Organización Internacional de Aviación Civil (ICAO) inició el estudio de la aplicabilidad de la tecnología actual disponible en biometría con la emisión y procesos de inspección pertinentes a la Máquina Lectora de Documentos de Viaje (MRTD), como resultado se estableció que a más tardar el primero de abril del 2010, los países que hacen parte de la ICAO deben implementar el e-passport con todas las recomendaciones que figuran en el documento de la MRTD.
En el 2000 se dio inicio a la prueba de reconocimiento facial del vendedor (FRVT) que proporciona evaluaciones gubernamentales independientes de tecnologías y prototipos de reconocimiento facial. Estas evaluaciones se diseñan para proporcionar la información al gobierno de los Estados Unidos de América y agencias de ley con información que los ayude a determinar dónde y cómo la tecnología de reconocimiento facial puede ser mejor desarrollada, se considera que es el reemplazo del programa FERET.
En enero de 2001 se uso el sistema de reconocimiento facial en el Súper Bowl en Tampa, Florida, en búsqueda de identificar individuos buscados que entraran al estadio. La demostración no encontró individuos buscados pero manejo el fallo en identificación en más de una docena de fanáticos. En consecuencia los medios y el congreso presentó grandes preocupaciones en cuanto a la introducción de biométricos y lo relacionado con la privacidad.
En marzo de 2001 el "Journal of the Korean Physical Society" publica un documento de Sang-Kyun Im, Hyung-Man Park, Young-Woo Kim, Sang-Chan Han, Soo-won Kim y Chul-Hee Kang titulado "An Biometric identification system by extracting hand vein patterns", que explica el uso de los patrones de la venas en las manos para la identificación de una persona.
La organización Internacional de Estándares (ISO) estableció el subcomité 37 en el Comité de Junta Técnica (JTC) en el 2002 para apoyar la estandarización de tecnologías biométricas genéricas. El 1 de febrero de 2002 se creo el programa FEARID (Forensic ear identification) con una duración de 40 meses, programa de la Unión Europea y que era manejado por CORDIS (Community Research & Development Information Service) en el que se estudian propuestas para un procedimiento estandarizado para la recolección de impresiones de oreja y un procedimiento para la clasificación y comparación. El 10 de febrero de 2004 se hizo público un nuevo sistema basado en la forma de la oreja humana en Forensic Science Internacional titulado "Exploratory study on classification and individualisation of earprints", escrito por Lynn Meijerman, Sarah Sholl, Fracesca De Conti, Marta Giacon, Cor van der Light, Andrea Drusini, Meter Vanezis, y George Maat.
El 30 de mayo de 2002 se publicó la concesión de una patente en Colombia a Jean François Mainguet cuyo dueño es Thomson CSF, la patente se titula "Sistema de Lectura de Huellas Dactilares". En el 2003 se establece el Foro Europeo de Biométricos (European Biometrics Forum) una organización europea independiente apoyada por la Comisión Europea cuya visión global es establecer a la Unión Europea como el líder mundial en excelencia biométrica.
El Colombia Trek 2000 International Ltd. solicito la patente para un dispositivo portátil que tiene capacidades de autentificación basadas en biometría, inventado por Poo Teng Pin y Lim Lay Chuan y publicada el 30 de enero de 2004. En mayo de 2004 empezó el gran reto del reconocimiento facial (The Face Recognition Grand Challenge FRGC) consiste en una serie de problemas reto que son progresivamente mas difíciles, el objetivo principal de FRGC es mejorar la calidad de los sistemas de reconocimiento facial sobre la prueba de reconocimiento facial del vendedor (The Face Recognition Vendor Test FRVT).
En el 2005 Sarnoff Corporation demostró en la conferencia 2005 del Biometrics Consortium, la finalización de la investigación y sistema prototipo capaz de recolectar imágenes de iris de individuos caminando a través de un portal, llamado Iris on the Move, este sistema puede identificar 20 personas por minuto, caminando a paso normal a través de un portal de reconocimiento. El sistema fue patentado el 14 de diciembre de 2006 ante la Organización Mundial de Propiedad Intelectual con el nombre de "Método y Aparato para obtener información Biométrica del Iris de un sujeto en movimiento", sus inventores fueron Dominick Loiacono y James R. Matey.
Como puede observarse en los últimos treinta años ha aumentado el interés en utilizar sistemas biométricos para la identificación de personas, dirigido a las instituciones encargadas de establecer registros de personas, y a instituciones financieras, bancos, tarjetas de crédito y a empresas especializadas en la instalación de mecanismos de seguridad para controlar el ingreso a recintos; en estas últimas es en donde con más constancia se ha notado su utilización. Las medidas de seguridad que adicionalmente han adoptado los distintos Estados del mundo con motivo de la proliferación de las actividades dirigidas por el terrorismo, han resultado mejor apoyadas por los sistemas biométricos de seguridad; por lo que la innovación de estos sistemas es un tema dinámico y de constante progreso.
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