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Globalización: un reto para las administraciones tributarias y aduaneras (página 4)


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Mejor práctica aplicada:

La mayoría de los países ha introducido modificaciones en el procedimiento aduanero de exportación a través de medidas que facilitan la operación suavizando la rigidez de los trámites e implantando controles selectivos dirigidos a operaciones que puedan representar un determinado nivel de riesgo para los intereses fiscales, o de otra clase, protegidos por las leyes. El conjunto de las siguientes medidas representa la mejor práctica en cuanto a la exportación:

  • La aduana puede autorizar que se realice la inspección física de las mercancías en las instalaciones de la empresa exportadora, estableciendo medidas de salvaguardia para evitar que las mercancías puedan ser alteradas o sustituidas después de la inspección.
  • La aduana acepta la declaración sin exigir que la mercancía se encuentre dentro del recinto del puerto o aeropuerto.
  • Aplicación de circuitos de selección de declaraciones, similares a los de importación, basados en análisis de riesgo. La tendencia, en la exportación, se sitúa en torno al 5% de reconocimientos físicos y 80% de embarque inmediato.
  • Aceptación provisional de las cantidades declaradas, especialmente en graneles y productos perecederos, con el fin de permitir que el exportador pueda embarcar la cantidad que le convenga de acuerdo con el espacio disponible en el medio de transporte. Una vez efectuada la carga, la aduana regulariza la cantidad conforme al conocimiento de embarque emitido por el portador.

Esta flexibilización de los datos de la declaración es preferible a la utilización del documento denominado "orden de embarque". Mediante esta orden, que contiene casi todos los datos de la declaración de exportación, la aduana autoriza el embarque de la cantidad de mercancía declarada en la orden de embarque con obligación de que, dentro de un plazo establecido, el exportador presente declaración aduanera con los datos definitivos. Esta es una práctica alternativa de segunda clase pero no es la mejor práctica porque, aunque también agiliza el embarque, obliga a la aduana y a los exportadores a realizar un doble trámite y sus ventajas se pueden conseguir más fácilmente dando carácter provisional a ciertos datos de la declaración (cantidad de producto).

III.3.3 La Información en las Aduanas.

La información tiende a convertirse, si no lo es ya, en el corazón de la aduana. La función informativa de las aduanas tiene, al menos, tres aspectos: la obtención de la información, el uso que hace de ella y la provisión de información a los interesados, especialmente a los operadores comerciales.

Incluimos aquí las mejores prácticas relacionadas con dos de estos aspectos: la forma en que la aduana recibe la información y la manera en que la provee a los operadores y al público en general. El primero se refiere a la transmisión electrónica de datos y documentos, y el segundo al conjunto de información que los operadores necesitan para cumplir mejor, o más fácilmente, sus obligaciones (normas, criterios, procedimientos, etc.).

III.3.3.1 La transmisión electrónica de datos:

Las legislaciones más recientes, como las de Costa Rica y Perú, junto con las modificaciones introducidas en otras como las de Bahamas y Chile, permiten la posibilidad de que las declaraciones y otros datos puedan ser enviados y procesados por las aduanas a través de medios electrónicos.

No obstante de las restricciones derivadas del estado de la tecnología y de los recursos disponibles, las administraciones aduaneras y los gobiernos expresan cierta cautela a-nte los eventuales riesgos de que la información transmitida pueda ser interceptada o modificada por terceras personas. Con todo, la objeción más fuerte al uso de la electrónica para el envío de información se refiere al campo legal, en la medida en que las legislaciones no permiten la sustitución del documento escrito por la información electrónica y, sobre todo, la sustitución de la firma autógrafa por un simple código. Esta limitación afecta directamente al sistema de responsabilidades derivadas de la firma y a sus efectos probatorios.

Mejores prácticas aplicadas:

Chile puso en marcha, en febrero de 1997, un sistema para el envío electrónico de las declaraciones utilizando el sistema UN/EDIFACT y redes de valor agregado nacional (VAN). El agente o Despachante de Aduanas se conecta a una de las VAN y envía sus declaraciones de importación desde su oficina a las casillas del Servicio Nacional de Aduanas que las retira periódicamente, las procesa, las valida o rechaza y devuelve a los agentes el resultado de la validación.

Es cierto que una gran parte de los países está utilizando los sistemas electrónicos para la recepción de los datos de las declaraciones en la aduana mediante la conexión de agentes despachantes al sistema informático de la aduana. Lo que diferencia a Chile del resto, en este punto, es que utiliza el lenguaje codificado EDIFACT/CUSDEC (Customs Declaration) que garantiza la uniformidad de los datos y la seguridad de la información.

El segundo país que dio un paso importanmte fue Brasil con la supresión del formulario "papel" de la declaración desde el momento en que no es necesario presentar a la aduana ni la declaración "escrita" ni los documentos que soportan los datos declarados (factura comercial, conocimiento de embarque, etc.).

Perú utiliza también EDIFACT para que los navieros y otros transportistas envíen datos de los manifiestos con anticipación a la llegada del medio de transporte. El código utilizado, en este caso, es IFTMCS utilizando el sistema EDI (Electronic Data Interchangel).

En la Argentina se implementó el sistema informático María (SIM), basado en el sistema Francés Sofía, que utiliza el Sistema Operativo UNIX y Base de Datos Oracle. El SIM fue muy cuestionado en sus comienzos y recién a partir del año 1999 se ha instalado en casi todas las aduanas del país; no obstante, a pesar de que es un sistema informático, el despachante de Aduanas desde su oficina imprime el formulario

OM 1993 SIM con la declaración de la mercancía y junto a la documentación complementaria lo presenta a la Aduana para la prosecución del trámite respectivo.

III.3.3.2 El acceso a la información:

En una encuesta realizada por el banco Interamericano de Desarrollo (BID), en 1996, el 75% de los países respondieron que los criterios utilizados por la aduana, especialmente en materia de clasificación arancelaria y valoración, están disponibles para el público por escrito. Igualmente, las normas que regulan los procedimientos aduaneros también están disponibles para el público.

Sin poner en duda la veracidad de las respuestas, nos atrevemos a decir que esto es verdad, pero no toda la verdad. Las normas generales que regulan los procedimientos y las reglas de clasificación arancelaria y de valoración tienen que ser publicadas en las gacetas oficiales y, en ese sentido, están disponibles para el público. Pero existe una serie de criterios y resoluciones, muchas veces internas, que ni siquiera son conocidas en todas las oficinas de las aduanas; existen procedimientos específicos y diferenciados, de aplicación local, y que no siempre tienen la publicidad ni la difusión de las normas generales y que, sin embargo, deciden el desarrollo de los procedimientos de las operaciones diarias.

La aduana de Perú ha creado una oficina de atención al público en la que puede efectuarse toda clase de consultas sobre asuntos particulares de los interesados o sobre temas generales como los requerimientos para realizar una determinada operación. La aduana generalmente contesta en el acto o, si no tiene una respuesta inmediata, envía la respuesta por correo y/o por teléfono u otros medios.

En forma complementaria, para cubrir otro tipo de demandas y de público, la aduana de Perú creó en 1996 su página WEB en Internet (WWW. aduanas.gob.pe) en la que puede encontrarse información general sobre la aduana, los procedimientos de importación y exportación, la recaudación y estadísticas actualizadas sobre comercio exterior.

En 1997, Costa Rica ha creado una interesante página web () en la que se puede encontrar información sobre las normas básicas aplicables, el Arancel centroamericano y las tarifas aplicables, los procedimientos operativos, las declaraciones de importación, estadísticas y algunos indicadores de gestión. Los datos de la declaración relativos al importador se mantienen protegidos y codificados de manera que las autoridades habilitadas pueden identificar al importador al que pertenecen. Hay información concreta de cada aduana con el nombre del Administrador y teléfono de contacto. Desde la página se pueden establecer conexiones con otros organismos nacionales (DG de Tributación Directa, Banco Central) e internacionales (BCIE, OMA, BID). La Argentina con la creación de la AFIP (fusión de la Administración Nacional de Aduanas y la Dirección General de Impositiva a partir de 1996), ha creado una página WEB en Internet (http:www.AFIP.GOV.AR).

III.3.4 La integridad de los funcionarios de Aduanas

La mayor parte de los cambios introducidos por la reforma aduanera tienden a mejorar, en cierta medida, la integridad del comportamiento de los funcionarios de las administraciones de aduanas. Chile, Perú, México y Costa Rica han adoptado una serie de medidas que contribuyen a eliminar o al menos reducir la corrupción.

A veces no es un verdadero programa de integridad, pero contiene elementos valiosos para conseguir el mismo objetivo. Estas son algunas de las medidas adoptadas:

  • Ordenamiento y clarificación de las normas tributarias aduaneras y reducción de los aranceles. La eliminación de interpretaciones ambiguas suprime las oportunidades de negociación; una tarifa menos dispersa y con impuestos más bajos reduce las oportunidades y el incentivo el fraude.
  • Simplificación, automatización y publicidad de los procedimientos con el fin de facilitar su conocimiento por los operadores y suprimir así la discrecionalidad de su aplicación por parte de los funcionarios.
  • Profesionalización de los recursos humanos. Esto incluye el mejoramiento de los conocimientos técnicos, una estabilidad razonable en el empleo y un nivel de retribuciones digno y acorde con las responsabilidades de cada puesto de trabajo.
  • Establecimiento de un sistema de seguimiento y de auditoría interna apoyado en sistemas automatizados de control de gestión que proporcione información de las oficinas y los empleados que puedan desviarse en la aplicación de los procedimientos y las normas.
  • Aplicación efectiva de las sanciones previstas en las leyes cuando se descubren casos de corrupción.

Para que este conjunto de medidas funcione en la dirección correcta sería muy útil que se den ciertas condiciones tales como:

  • que exista un compromiso serio, al más alto nivel, para respaldar las medidas que haya que adoptar en casos de corrupción. Obviamente, el comportamiento de los jefes es esencial para la eficacia de las medidas que desean implantar.
  • un poder judicial independiente y honesto que respalde los dispositivos legales.
  • colaboración de los operadores comerciales para no participar en forma activa o pasiva en prácticas ilícitas.
  • medios de comunicación comprometidos con la formación de una opinión social favorable a la lucha contra la corrupción.

III.4 EL FUTURO DE LAS ADUANAS

Hemos visto en el capítulo anterior que los programas de reforma y modernización de las aduanas de América Latina y el Caribe incluyeron, en mayor o menor medida, algunas de las recomendaciones contenidas en la Declaración de Columbus. No existió un Plan Estratégico, especialmente en los comienzos, sino que se fueron abordando e implementando a medida que las condiciones del país y de la aduana permitían atender las demandas de los sectores del comercio.

Sin embargo, algunas de las recomendaciones han quedado al margen o han sido abordadas con timidez. Este es el caso de la cooperación con los operadores comerciales, la gestión del riesgo, la coordinación de los organismos públicos que intervienen en las operaciones de comercio exterior y, en cierto modo, los programas de integridad.

Es preciso salir del ámbito latinoamericano y del Caribe para ver cómo otros países han asumido estas recomendaciones y las han incluido en sus programas de readaptación de las aduanas al nuevo entorno. En parte, se trata de los primeros pasos que conducirán a lo que será el futuro inmediato de las aduanas; por tanto, no hay nada definido sino que están abiertas todas las opciones. Cada país tendrá que decidir sus propias pautas de trabajo para cumplir con sus fines y poner a su sector privado en condiciones no menos favorables que las de sus competidores en cualquier lugar del mundo.

Las mejores prácticas citadas en el capítulo anterior no son casos aislados sino que son las más sobresalientes entre un amplio número de países que ya las han introducido en sus administraciones aduaneras. Esto significa que, en términos generales, se han mejorado los procedimientos aduaneros en la región y se han ampliado considerablemente las facilidades a los importadores y exportadores de cada país.

III.4.1 Las demandas del sector privado

No obstante el avance registrado, la situación dista mucho de ser perfecta y es natural que continúen las demandas del sector privado para que las aduanas aumenten sus estándares en cuanto a facilitación, eficiencia e integridad. Para que las respuestas a estas demandas encuentren una formulación precisa y, sobre todo, para que puedan ponerse en práctica, se necesita un buen clima de diálogo entre las partes interesadas y la sensibilidad adecuada por parte de la aduana. Es en los países desarrollados donde, hasta ahora, se ha encontrado el ambiente más propicio para iniciar este diálogo porque existía, entre otros motivos una menor desconfianza y crispación entre la aduana y los operadores comerciales.

Así mismo, las entidades que representan a los sectores públicos o privados han hecho llegar también sus planteamientos a la Organización Mundial de Aduanas y a los gobiernos. En consecuencia el resultado es que las aduanas hoy conocen, por un camino u otro, lo que quiere y necesita el sector privado y, en gran parte, están dispuestas a hacer los cambios necesarios para atender estas demandas o, cuando menos, discutirlas abiertamente.

De acuerdo con las peticiones más frecuentemente reiteradas por representantes de los operadores comerciales a la aduana, ellos necesitan contar con un servicio oportuno, eficiente y acorde con las necesidades del cliente, lo que significa:

  • El flujo ininterrumpido de mercancías, con servicios funcionando las 24hs.
  • Tener un acceso fácil a este servicio con funcionarios aduaneros plenamente dedicados a su trabajo.
  • Trabajar con procedimientos sencillos, eficientes y, en la medida de lo posible, similares a los utilizados por el sector privado.
  • Recibir un trato diferenciado de acuerdo con el volumen del negocio o las características de éste y con el comportamiento del operador: los clientes importantes o especiales, con buen historial de cumplimiento, deberían disponer de procedimientos y/o circuitos más expeditivos.
  • La asociación "Internacional Express Carrier’s Conference", representante de las empresas "couriers", insiste constantemente en que las aduanas deben habilitar procedimientos que se ajusten a las características de la mensajería rápida. Además, estos procedimientos deberían armonizarse para que el tratamiento sea similar en cualquier país.
  • Las multinacionales piden a las aduanas que modifiquen el tratamiento de sus operaciones. Por una parte, quieren que las aduanas consideren las transferencias internas como una sola operación aunque se realice entre dos países sin obligarles a emitir una factura para la exportación y otra para la importación. Por otra, las multinacionales de la Unión Europea, han planteado recientemente que los despachos de importación (declaración y pago) se realicen en la aduana del país en que radica la firma aunque las mercancías entren por cualquier otro país de la Unión.

El planteamiento, netamente federalista, desborda claramente el ámbito aduanero por las implicaciones que tiene en otras áreas. En organizaciones políticas de carácter federal, este planteamiento no tiene implicaciones fiscales pero significa un nuevo reparto del trabajo que asignaría al país de entrada de las mercancías los servicios menos especializados o que producen externalidades negativas (transporte, almacenamiento) mientras que el país donde radica la multinacional se reserva los servicios de carácter financiero.

Al mencionar a las multinacionales no se puede perder de vista que más de 2/3 de las transacciones mundiales de bienes corresponden a transferencias internas o a operaciones entre empresas transnacionales.

III.4.2 Respuestas de las Aduanas.

No es fácil, en un trabajo de extensión limitada, tratar de recoger las diversas acciones de las aduanas ante cada una de estas peticiones, teniendo además en cuenta los distintos matices con que, en cada país, han sido formuladas. Por este motivo y para facilitar la comprensión de los cambios que tales respuestas implican, se ha acotado el terreno y presentamos en dos grupos, según la profundidad y la extensión de los cambios. En cada uno de estos grupos se hemos seleccionado tres respuestas, que consideramos representativas de las "reacciones" de las aduanas.

En ambos grupos, incluimos respuestas que trascienden el ámbito propio de la administración aduanera y que requieren decisiones coordinadas con otros órganos o agencias del gobierno o que respondan a planteamientos más amplios que afectan a la administración tributaria en su conjunto. En el primer grupo, la coordinación de los organismos que intervienen en las operaciones aduaneras es un ejemplo de esta clase de respuestas y en el segundo, la solución a la necesidad de mayor autonomía de las aduanas, sea como entidad independiente o integrada con la administración de los tributos internos.

III.4.2.1 Cambios específicos:

Se trata de soluciones concretas ofrecidas por las aduanas de algunos países a problemas puntuales pero que, a su vez, son comunes a muchos países. Ni el hecho de que todavía no sean soluciones generalizadas ni el que sean respuestas específicas les restan importancia en comparación con los cambios de mayor impacto, analizados en el segundo grupo, que afectan a la organización misma de las aduanas y al manejo general de las operaciones y de los recursos.

III.4.2.1.1 Los couriers;

La participación de estas empresas en el transporte internacional es, en conjunto, relativamente pequeña. Sin embargo, las características de las mercancías que transportan y el carácter urgente de los envíos hacen que éstos hayan demandado a las aduanas la aplicación de procedimientos más sencillos y rápidos.

Sin perjuicio de los acuerdos logrados entre las compañías, en conjunto o por separado y las aduanas de los diferentes países interesa destacar aquí el hecho de que se está trabajando a nivel regional para implantar procedimientos ágiles y armonizados. Así, las aduanas de América latina han aprobado un Reglamento común para el despacho de los "envíos y encomiendas" que transportan estas empresas. El Reglamento incorpora facilidades otorgadas previamente por países de mayor desarrollo y con un mayor tráfico transportado por los "couriers".

El rasgo más destacado de estos acuerdos es que las empresas de mensajería se convierten en un nuevo "auxiliar " o colaborador de la aduana en el mismo sentido que los Agentes o Despachantes de Aduanas. Son tan responsables como éstas ante la aduana de las declaraciones que presenten y del pago de los derechos e impuestos que correspondan a los documentos y encomiendas transportados. Pero presentan una diferencia notable y es que integran en una sola figura las funciones, derechos y responsabilidades que, por separado, tienen los Agentes de Aduanas y los transportistas; su función va más allá, incluso, del simple traslado puesto que realizan por sí mismos el transporte y, además, presentan las declaraciones directamente a la aduana.

Las empresas han elaborado sus propios programas informáticos, sujetos a validación previa por las aduanas, que les permiten utilizar los datos obtenidos de sus propios sistemas contables y de facturación. De esta manera, se facilita el trabajo de la empresa y los datos resultan más confiables para la aduana, que permite la retirada inmediata de los envíos en la medida en que cumplan con las condiciones establecidas en el reglamento de "couriers".

III.4.2.1.2 La coordinación de otros organismos;

Además de la aduana, en las operaciones de comercio exterior intervienen, según la naturaleza de la mercancía, un amplio grupo de Organismos, Ministerios o Agencias que controlan la calidad, cantidad o, en general, el cumplimiento de ciertos requisitos.

En algunos casos, las mercancías son sometidas a tres análisis similares por tres organismos distintos con el consiguiente costo y las demoras en la liberación de las mercancías. Es necesario que los Gobiernos adopten las medidas pertinentes para eliminar estas demoras en los trámites y el consecuente costo de las operaciones y que, en definitiva, estas entidades se acomoden a las nuevas demandas del comercio internacional.

Se han hecho intentos de coordinación a través de las denominadas "ventanillas únicas" que, en general, se han limitado a la exportación solamente y no han pasado de situar en el mismo edificio las distintas ventanillas ante las cuales los exportadores tiene que agilizar sus trámites. La principal dificultad para coordinar sus actuaciones con las de la aduana no es de carácter técnico sino, más bien, sociopolítico. El "celo profesional" de los funcionarios de estos Organismos y la negativa de los Ministerios de los que dependen a ceder parcelas de actividad o poder, son los principales obstáculos.

La OMA, en la declaración de Columbus, recomendó a los Gobiernos que hicieran los esfuerzos necesarios para coordinar las diferentes entidades y la aduana o para dar competencias y proveer expertos a la aduana para que, juntamente con los trámites aduaneros, realicen los que corresponden al resto de las intervenciones. Canadá y Australia son ejemplos de cada una de estas alternativas.

Canadá a puesto en funcionamiento un sistema de comunicación electrónica con el Ministerio de Foreign Affairs and International Trade (FAIT) que emite los permisos de importación cuando son exigibles y los envía electrónicamente al sistema de la aduana para que realice el despacho de las mercancías.

De forma similar, en 1997, la aduana se ha conectado con la Canadian Food Inspection Agency (CFIA) encargada del control de los productos agrícolas, utilizando el intercambio electrónico de datos; de esta manera se evita el envío de papeles y se reduce notablemente el tiempo para los trámites de importación y exportación. La coordinación con CFIA se ha tomado como modelo para próximos acuerdos con otros Organismos del Gobierno que también intervienen en las operaciones de comercio exterior, tales como salud, industria, pesca, recursos naturales y medio ambiente, estadísticas, etc.

Australia ha optado por la solución alternativa de integrar los servicios que

tienen que ver con el comercio exterior en el ámbito de la aduana. Obviamente, no significa que asuma las competencias en materia de salud, agricultura, etc. que siguen asignadas a los correspondientes Ministerios; en la aduana se han puesto los recursos humanos y las competencias suficientes para poder prestar los servicios y ejercer los controles establecidos sobre determinadas operaciones de comercio exterior en un único lugar y en una misma actuación.

III.4.2.1.3 Los importadores habituales:

Si bien es cierto que la mayoría de los importadores son habituales en la medida en que la importación es una parte o el todo de su negocio, nos referimos aquí a aquellos que realizan operaciones repetidas con un reducido número de mercancías; es decir, se trata de importadores "frecuentes" de los mismos productos. Cuando, además, estos importadores cumplen sus obligaciones correctamente y los bienes que importan ofrecen escaso riesgo, las aduanas de algunos países han establecido un tratamiento especial para aligerar la disponibilidad de las mercancías y ahorrar recursos aduaneros para dedicarse a operaciones que puedan necesitar un examen más minucioso.

Vale la pena mencionar dos sistemas diferentes pero que significan importantes facilidades a los importadores que reúnen los requisitos mencionados: 1).- el sistema de levante rápido para importadores frecuentes implantado por Canadá bajo las siglas FIRST (frecuent importers release system) y 2).- el despacho en la empresa o factoría que España habilitó a comienzos de los ’70 y Colombia lo implantó en 1992 para empresas por encima de un nivel mínimo de importaciones.

El esquema de funcionamiento de ambos programas se puede resumir en los siguientes pasos:

  • first:

1º- El importador frecuente solicita a Revenue Canada (RC) los beneficios de FIRST; el expedidor (exportador o embarcador) y el transportista tienen que estar de acuerdo para participar en este sistema; el importador declara los productos a importar descritos como aparecerán en la factura, la partida arancelaria y el vendedor. Si RC autoriza la solicitud le asigna un número de usuario.

2º- El expedidor debe preparar los documentos que incluye el formulario especial FIRST y las facturas; el transportista lo tiene que presentar a la aduana al entrar en Canadá.

3º- Los números que identifican al importador y la transacción están codificados y la aduana los introduce en el sistema automatizado que puede autorizar la entrada inmediata o someter la expedición al procedimiento normal del despacho.

4º- Revenue Canada confirma la autorización de levante al día hábil siguiente; en el mismo plazo, el importador debe enviar a la aduana la declaración (Formulario B3) y la documentación de soporte en los plazos establecidos (Memorandum D17-1-5).

  • Despacho en factoría:

1º- La empresa importadora solicita el régimen a la aduana aportando una relación de los productos que importa, su descripción, número de referencia o identificación interna de la empresa y partida arancelaria.

2º- Las mercancías pueden llegar directamente a los locales de la empresa o en tránsito interno desde el puerto o aeropuerto de entrada. La empresa debe comunicar a la aduana, inmediatamente, la llegada de las mercancías a sus locales y enviar la factura por fax.

3º- Si en el plazo establecido (2 horas) la aduana no ha comunicado su intención de verificar la carga y/o las mercancías, la empresa puede disponer de ellas libremente.

4º- El importador presenta mensualmente una declaración que consolida todas las transacciones realizadas en el período, liquida los derechos e impuestos y los paga. Entre tanto, las cantidades pendientes de pago han estado aseguradas con la correspondiente garantía bancaria del importador.

Ambos procedimientos son indudablemente facilitadores pero el "despacho en factoría" es más liberal en cuanto que permite la llegada directa de las mercancías a las instalaciones de la empresa y, además, requiere que la aduana actúe con diligencia y, si no lo hace, su silencio se interpreta en forma positiva como autorización de levante.

Ambos tienen algunas restricciones lógicas tales como el buen comportamiento del importador en el cumplimiento de sus obligaciones, el tratarse de un número limitado de productos cuya importación se repite con frecuencia y normalmente vendidos por los mismos exportadores o expedidores.

III.4.2.2 cambios estructurales:

Se consideran, en este grupo, aquellos cambios introducidos por las aduanas de algunos países que afectan profundamente a los planteamientos tradicionales e incluso implican modificaciones en su organización o en la forma en que las aduanas han afrontado las operaciones aduaneras. Implican, por una parte, un cambio radical en la actitud hacia los operadores económicos y, por otra, una respuesta al desafío de tener que atender volúmenes crecientes de comercio exterior con los mismos recursos o, a veces, con menores recursos, como consecuencia de la reducción del tamaño del Estado.

Los tres ejemplos que se presentan a continuación tienen que ver con la búsqueda de la eficiencia en la asignación de los recursos disponibles, tratando de maximizar los resultados o de enfocarlos hacia sectores o actividades prioritarios.

III.4.2.2.1 La co-responsabilidad:

Las leyes aduaneras establecen ciertas obligaciones a cargo de los importadores, exportadores, transportistas, agentes, etc. Es indudable que éstos son los sujetos pasivos y, por tanto, los principales obligados al cumplimiento de los deberes formales y/o sustantivos. A la aduana corresponde velar para que esas obligaciones se cumplan de la manera que señalan las leyes o los reglamentos. En este sentido, hay una co-responsabilidad de la aduana con los operadores comerciales en el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el comercio exterior.

Esta responsabilidad compartida se ha traducido, en el pasado, en una actitud policial de la aduana, empeñada en sorprender flagrantes infracciones de los operadores. Sin embargo, algunos países han empezado a modificar la posición de sus aduanas por actitudes de cooperación con los importadores y exportadores.

Uno de los ejemplos más significativos es el de la aduana de los Estados Unidos. El preámbulo de la Ley de Modernización de la Aduana, de 1993, acogió el concepto de "Informed compliance", que podríamos traducir como cumplimiento asistido, informado y que impone a la aduana el deber de asegurarse de que los importadores cuentan con la información necesaria y actúan con la debida diligencia cuando realizan sus operaciones. Esto tiene implicaciones concretas que han conducido al rediseño de los procedimientos y a la elaboración de planes para mejorar el cumplimiento voluntario de los importadores.

En la nueva actitud de la aduana todos los conceptos mencionados están interrelacionados para conseguir la meta común de elevar el nivel de cumplimiento voluntario que es menos costoso para los operadores y para la aduana. De allí el interés de la aduana en que los operadores pongan en práctica medidas que demuestren su intención de cumplir. La aduana considerará estas medidas como "diligencia" en el cumplimiento de las obligaciones y, en caso de que produzcan errores o fallos, las consecuencias serán muy diferentes de las que tendrán esos mismos fallos cuando el operador no hubiera optado por las medidas que indiquen su deseo de cumplir.

En el primer caso, la aduana proveerá asesoría y capacitación para ayudar a la empresa a mejorar su comportamiento y evitar los fallos en el futuro; en el segundo, las medidas son más duras ("enforcement") y van desde la investigación a las multas y el comiso de las mercancías.

Desde la perspectiva de la co-responsabilidad, tanto la aduana como los importadores deben llevar a cabo determinadas acciones de carácter general que están relacionadas entre sí, como se ve en el siguiente cuadro:

RESPONSABILIDAD DE LOS OPERADORES

RESPONSABILIDAD DE LA ADUANA

Usar la información que la aduana ofrece en sus programas de información básica o especializada.

Ofrecer la información básica y especializada necesaria para cumplir las obligaciones.

Establecer controles internos sobre las operaciones aduaneras.

Medir el nivel de cumplimiento y la existencia de mecanismos que aseguran la correcta declaración de las operaciones.

Asegurarse de que el personal que realiza las operaciones aduaneras está debidamente entrenado.

Ofrecer programas de entrenamiento sobre responsabilidades derivadas de la Ley de Modernización de la aduana.

Colaborar con la aduana para desarrollar programas de cumplimiento asistido.

Realizar seminarios para mejorar los conocimientos técnicos de los funcionarios.

Pedir aclaración a la aduana cuando sus requisitos o normas no se entiendan.

Contestar las consultas recibidas especialmente las de carácter vinculante.

Además de estas actuaciones responsables de ambas partes, la aduana ha desarrollado una estrategia interesante para asignar los escasos recursos de la manera más eficiente. El punto de partida es la constatación de que un número relativamente pequeño realiza la mayor parte de las importaciones de los Estados Unidos: 350 empresas realizan más del 50% de las importaciones y los 1000 importadores más grandes cubren el 61%. Por tanto, se puede conseguir un buen impacto concentrando los esfuerzos en estas empresas sin aumentar de manera significativa los recursos.

Adicionalmente, la aduana americana ha utilizado tres criterios para identificar las mercancías que merecen una atención prioritaria: su impacto en la seguridad o en el bienestar económico, el nivel de cumplimiento o correcta declaración del sector analizado y su peso en el total de las importaciones. La combinación de estos criterios permitió identificar ocho sectores de atención preferente que incluyen, entre otros, el acero, automóviles, textiles y calzado, electrónica y agricultura.

De acuerdo con su participación en las operaciones de importación, la aduana agrupa las empresas en grandes, medianos y pequeños importadores, con un tratamiento diferente para cada nivel.

A cada uno de los grandes importadores, empezando por los sectores prioritarios, la aduana le asigna a nivel nacional un "Gerente" que es responsable de facilitar a la empresa el cumplimiento de sus obligaciones con las leyes aduaneras y de comercio. Esta es la persona de contacto entre la empresa y la aduana, cuenta con toda la información general y específica relacionada con las operaciones de la empresa y cuenta con los especialistas locales y nacionales en cada materia (valoración, clasificación, origen, etc.) para apoyar las actividades de la empresa relacionadas con la importación.

La empresa cuenta, además, con la facilidad de formular periódicamente sus declaraciones y el pago de los derechos e impuestos. Se pasa así de un análisis individualizado de cada operación de importación a un enfoque global de todas las importaciones en un período determinado. Para asegurarse del cumplimiento estimado, la aduana verifica la existencia de mecanismos en la empresa que garanticen el cumplimiento de sus obligaciones en forma correcta y oportuna. Si el Gerente aduanero considera que no existen tales mecanismos, propone a la empresa la adopción de las medidas oportunas para la implementación de los mecanismos adecuados.

Los medianos importadores son asistidos por personal de las aduanas de entrada en coordinación con el nivel central que les proporciona toda la información necesaria para apoyar a las empresas y, además, informes sobre las operaciones de la empresa en otros puertos o aeropuertos. También en este grupo de importadores, la actividad de la empresa se analiza en conjunto en lugar de cada una de las importaciones por separado.

Por último, el grupo de pequeños importadores cuenta también con el apoyo necesario para ayudarle al cumplimiento de sus obligaciones, pero el control se ejerce sobre cada una de las importaciones.

Es obvio que la aplicación de esta nueva estrategia requiere ser apoyada por abundante y actualizada información para la toma de decisiones sobre el tratamiento aplicable y para justificar por qué unas empresas pueden ver sometidas sus operaciones a exámenes sistemáticos mientras que otras sólo esporádicamente son objeto de inspección.

III.4.2.2.2 La gestión del riesgo:

Dentro de la modernización de las aduanas, como hemos visto, hay una estrategia imprescindible para asignar los escasos recursos de la forma más eficiente: analizar las situaciones e identificar aquéllas en que la presencia de la aduana es necesaria o puede producir un rendimiento más beneficioso para la comunidad. Los criterios que se utilicen para el análisis e identificación de estas situaciones dependerá de las circunstancias de cada país, incluso de cada región dentro de un país, según las características de su comercio y de los países de su entorno, de la escala de valores de la sociedad a la que sirva, etc.

Esta metodología se conoce como análisis de riesgos y se sustenta en varios principios: la aceptación de la imposibilidad material de examinar minuciosamente cada una de las operaciones, la creencia en la buena fe de los operadores y en el hecho constatado de que un alto porcentaje de las operaciones son correctas, la necesidad de evitar costos innecesarios a los contribuyentes cumplidores y la utilidad de dedicar los recursos disponibles para evitar que los no cumplidores perjudiquen los intereses fiscales, económicos, la salud y la seguridad de los ciudadanos.

Además de los principios, el análisis de riesgo necesita un gran volumen de información sobre las operaciones de importación, el comportamiento de los importadores, los hábitos de consumo de la población, la desviación de las tendencias del comercio de importación, etc. Esta información debe estar disponible en forma inmediata y la aduana tiene que contar con la capacidad, la metodología y las herramientas adecuadas para procesarla.

Mientras que en muchos países el análisis de riesgo se aplica para determinar las

operaciones a fiscalizar por la aduana en el punto de introducción al país, Canadá ha desarrollado todo un sistema de gestión de riesgos que abarca otras áreas de la administración pública más allá de la aduana. Partiendo de las directrices sobre manejo de riesgos, emanadas del Treasury Board y de la Canadian Standard Association así como la experiencia del Servicio Público de Australia, Revenue Canadá ha elaborado un documento para la aplicación de estas ideas en la actuación de las aduanas.

Desde el punto de vista de la aduana es riesgo la posibilidad de que suceda algo que afecte negativamente a la observancia de las leyes aduaneras; y la gestión del riesgo es un método sistemático para identificar, evaluar y controlar los eventuales sucesos negativos y sus consecuencias, de manera que la aduana pueda cumplir sus deberes legales combinando la facilitación y las medidas coercitivas. Como en todos los riesgos, se pueden distinguir tres aspectos: la probabilidad de que ocurra, la magnitud del impacto y el daño que puede causar a la organización.

El proceso de gestión de riesgo incluye varias fases:

  • La identificación de las áreas que pueden representar un peligro

para los objetivos del gobierno y, en particular, de la aduana, utilizando diversas herramientas las tendencias de la economía, la información y las denuncias de los directamente afectados o la realización de auditorías, inspecciones físicas, etc.

  • La determinación o evaluación de la gravedad del impacto que, de ocurrir el riesgo, producirá en los objetivos socioeconómicos de la política del gobierno o en los objetivos de la aduana;
  • La búsqueda de soluciones a la amenaza del riesgo, teniendo en cuenta la capacidad de respuesta de la aduana;
  • Definición de indicadores que permitan medir el éxito de las medidas adoptadas y;
  • Evaluación y análisis periódicos del proceso para ver si las soluciones son adecuadas: la gravedad asignada al impacto sigue siendo válida, se alcanzan los objetivos o se identifican nuevos problemas. Todas estas fases deben estar presentes tanto en el nivel estratégico como en el ejecutivo y operativo.

La gestión del riesgo, como método para mejorar el cumplimiento voluntario de los operadores comerciales, no se queda solamente en el nivel conceptual, sino que se aplica a aspectos concretos del trabajo de las oficinas aduaneras. Un ejemplo de esta aplicación es el proceso ("targeting") para identificar un importador, exportador, transportista o una mercancía o un viajero que llega o sale de Canadá y sobre los cuales se van a realizar reconocimientos, comprobaciones u otro tipo de inspecciones.

Estos "blancos" se utilizan tanto en las operaciones comerciales como en el régimen de viajeros. Básicamente, el perfil del blanco u objeto se define utilizando entre uno y ocho elementos que se refieren al medio de transporte, fecha de partida o llegada, cantidad y valor de la mercancía, país de origen, partida arancelaria, etc. Por cada uno de los ocho elementos se pueden seleccionar hasta doce opciones que pueden ser países, fechas, rangos de valor o de partidas arancelarias. Por ejemplo, para el elemento país de origen se pueden marcar los códigos correspondientes hasta 12 países de manera que las mercancías o personas originarias de cualquiera de ellos serán objeto de una revisión especial por parte de la aduana. Los objetivos así definidos tienen un período de validez marcado y su aplicación se puede establecer a nivel nacional o limitada a algunas aduanas. Este sistema se selección está incorporado en los programas automatizados (FIRST y otros) para determinar qué expediciones se liberan en forma inmediata y cuáles serán objeto de un reconocimiento detallado.

III.4.2.2.3 La autonomía:

La tendencia relativamente reciente de las aduanas a proponer su propia autonomía es, en gran parte, la respuesta a las demandas de eficiencia por parte de los operadores comerciales. En efecto, uno no puede esperar un nivel aceptable de eficiencia de una administración cuyas decisiones en materia de recursos humanos, por ejemplo, dependen de un largo proceso de aprobación en otras instancias distintas y ajenas a la necesidad que motiva la decisión.

Pero no es sólo la eficiencia la justificación de las propuestas de autonomía para las aduanas. La necesidad imperiosa de mejorar su nivel de integridad requiere, sobre

todo, la autonomía técnica, de manera que la aduana pueda organizar su gestión y tomar sus decisiones con total independencia de las influencias políticas respetando, obviamente, la política fiscal definida por el gobierno.

Es preciso señalar que se plantean tres niveles de autonomía: financiera, técnica y administrativa. El juego conjunto de estas tres autonomías debe proporcionar a la aduana los recursos económicos necesarios y, en un tiempo oportuno, la posibilidad real de definir los criterios aplicables a la gestión aduanera, eliminando cualquier otra influencia en la toma de decisiones, y la utilización de los recursos asignados, en la forma más adecuada para la consecución de los fines de la institución.

A partir de esa autonomía cabe esperar, y es exigible, una mayor eficiencia derivada de la mayor agilidad y oportunidad en la gestión de los recursos humanos, materiales y financieros, así como de la mayor responsabilidad de los dirigentes y de la profesionalización de los empleados (preparación técnica, estabilidad y salarios).

Ocurre, sin embargo, que la situación de deterioro a que llegaron las aduanas no favorece en absoluto las demandas de autonomía: ni el Estado ni la sociedad civil confían en la capacidad ni en la honestidad institucional de la aduana para gestionar, en forma autónoma, los recursos que pudiera asignarle la ley. Por otra parte, la conveniencia de la autonomía no es un planteamiento exclusivo de la aduana; antes que ella, en muchos países, las autoridades

consideraron que la administración tributaria, para ser eficiente y eficaz, tenía que tener la autonomía necesaria para disponer de recursos, emplearlos en la forma más adecuada y tomar sus decisiones con criterios técnicos.

Se abrieron, pues, dos alternativas hacia la autonomía de las aduanas: como entidad independiente o integrada con la administración de los tributos internos. Como entidades autónomas e independientes se pueden citar las aduanas de Estados Unidos, Chile y Perú; como entidades integradas en la administración tributaria las de Argentina (AFIP), Brasil, Canadá, Colombia, España, Honduras, México y Venezuela .

No se trata aquí de discutir cuál es la mejor fórmula; más bien, se recoge como un hecho, la tendencia de los gobiernos a aceptar que es conveniente que los organismos del estado con la responsabilidad de recaudar los ingresos del estado tengan un cierto nivel de autonomía dentro de la administración pública. También es un hecho que el número de países que han seguido la vía de integrar sus administraciones tributarias es mayor que el de los que han adoptado por dotar de autonomía a la aduana como entidad independiente y que, hasta la fecha, la integración ha resultado menos exitosa que la autonomía separada, por ser aquel un proceso mucho más complejo y por la forma en que ha sido abordada la integración en muchos casos.

Pero no sería oportuno ni justo ir más allá y proponer modelos ni hacer inferencias: es pronto aún para sacar conclusiones, puesto que se trata de procesos en marcha. Simplemente debemos tomarlo como dos opciones que los países pueden elegir de acuerdo con sus propias políticas e idiosincrasias.

III.5 LA ADUANA ARGENTINA PARA EL PROXIMO MILENIO

Obviamente la Argentina todavía tiene un largo camino por recorrer en materia de reforma aduanera para poder hacer frente al comercio internacional del próximo milenio.

La Ley Nº22.415 que rige nuestro Código Aduanero fue creada en los años ‘80, y ha pesar de haber sido muy útil en aquellos años, no está acorde con los cambios económicos producidos en nuestro país y en el mundo en los ‘90, conocidos popularmente como "Globalización".

Así por ejemplo, hasta el año 1990 no existían los Canales de Selectividad (Verde, Naranja y Rojo) para la verificación de las mercancías, como tampoco el Sistema Informático María; pero estos cambios fueron hechos mediante Resoluciones Aduaneras no cambiando el actual Código Aduanero, lo que ha generado desde entonces muchas controversias entre los Operadores (Importadores/Exportadores), Despachantes de Aduana y la propia Aduana. Como tratamos en los capítulos anteriores, las reformas aduaneras se han encarado en forma parcial en los países de Latinoamérica, y el país que hoy podemos citar como mejor preparado para el nuevo milenio es Chile.

Intentaremos aquí mencionar algunas ideas que, aunque tal vez no sean compartidas por algunos lectores, creemos que son necesarias para el futuro de la Aduana y el Comercio Internacional de la Argentina con el resto del mundo.

III.5.1 El Transporte

Un tema muy importante que nunca se ha tratado seriamente en el ámbito gubernamental es el transporte de las mercancías que arriban y egresan de la Argentina. Como todos sabemos desde hace muchos años el ferrocarril es obsoleto e incluso se han levantado algunos ramales por antieconómico, algo muy curioso ya que muchos países han crecido y se han hecho "grandes" gracias al ferrocarril.

Hoy en la Argentina la mayor parte del transporte de las mercancías se realiza en camión, lo que genera inconvenientes y costos muy elevados para muchas empresas, como así también el deterioro de rutas y caminos. Por lo tanto se deberían renovar las vías férreas, crear nuevos ramales hacia los puertos más importantes e impulsar una legislación que obligue a utilizar el transporte por ferrocarril para distancias superiores a los 500 Kmts. Esto abarataría notablemente el costo del transporte, ya que el ferrocarril puede transportar en un mismo viaje el equivalente a varios camiones, no existiendo el costo de neumáticos, sueldos de chofer, gastos de seguro, etc. y, por sobre todo, la disminución de la contaminación ambiental y el riesgo de accidentes en rutas.

III.5.2 El Control y la entrega de la mercancía

Actualmente el control que se realiza a las operaciones es igual tanto para grandes como pequeños operadores, lo que en algunos casos dificulta la agilidad y, en consecuencia la eficacia de los controles. Por ejemplo, en el rubro automotriz, que realiza grandes volúmenes de importaciones y exportaciones, se deben cumplimentar gran cantidad de papeles que muchas veces no llegan a ser vistos correctamente y en su totalidad por el verificador de la Aduana.

Nosotros pensamos que se deberían crear tres categorías de Operadores de Comercio Internacional: a) Grandes Operadores, b) Medianos Operadores y c) Operadores Eventuales o No Regulares. Dichas categorías no serían de carácter rígido, sino que una empresa que opera dentro una categoría puede en una determinada operación u período (por ej. por el tipo de la mercancía) ser encuadrada en otra categoría. Pasaremos, a continuación, a describir brevemente cada una de estas categorías.

III.5.2.1 Grandes Operadores

Podemos citar en este caso a modo de ejemplo a las fábricas automotrices. A este tipo de empresas, que generalmente trabajan con la misma mercadería y en grandes volúmenes, se debería conceder un régimen preferencial en cuanto a la operatoria y al control. Actualmente, previo al libramiento de la mercancía, se les exige el pago de todos los tributos y la tediosa tarea de cumplimentar toda la papelería para luego presentarla ante la Aduana: Certificados de Origen, Conocimientos y/o Manifiestos de Carga, Facturas de Compra, realizar la Declaración Detallada y posteriormente la impresión de la misma, que resulta ser en algunos casos, cientos de hojas, a la que, además, el verificador no puede revisar y controlar correctamente, porque no dispone del tiempo físico necesario.

En el caso del pago de los tributos, se les debería permitir la liberación de la mercancía sin el pago previo, y solo mediante la constitución de una garantía bancaria renovable que respalde un determinado número, período o monto de operaciones que va a realizar y que cumplido un plazo establecido, se debite de una cuenta bancaria designada a tal fin el importe correspondiente a los tributos a pagar. Además el Despachante de Aduana una vez que realizó la Destinación y la presentó informáticamente no debería ser necesario que realice la impresión en papel y la posterior presentación junto con la Documentación Complementaria ante la Aduana de la misma, sino que, una vez que el Despachante de Aduana oficializó la Destinación y luego la Aduana la presentó desde la sede también informáticamente, y si luego de haber pasado las dos horas de haber sido presentada, la Aduana no ha dado aviso de que la misma será verificada, se procederá a liberar la misma sin un control previo de la mercancía ni de la documentación.

Luego, cuando la Aduana lo crea conveniente, se realizará una auditoría en conjunto con personal de Fiscalización de la DGI a la firma, controlando toda la documentación interviniente en las operaciones en cuestión, tales como: facturas de compra, certificados de origen, conocimientos de carga, certificados de exenciones impositivas, libros de IVA y ganancias, certificado de cumplimiento fiscal, etc. Si como resultado de la auditoría se detecta alguna infracción, se le aplicarán las sanciones correspondientes a toda infracción aduanera y, además,se le privará, por un período a determinar, de operar mediante este beneficio.

Si en algún determinado momento la empresa realiza una operación en donde la mercadería documentada no es habitual, como por ejemplo una automotriz que importara una máquina de control numérico, se tratará esa operación como si fuera realizada por un operador de otra categoría, es decir, se el asignará Canal Roja obligatorio y se le realizarán el control físico y el documental.

III.5.2.2 Medianos Operadores

En esta categoría se encontrarían las empresas que realizan un volumen de Importaciones/Exportaciones que, aunque no sean de gran volumen comparadas con la categoría anterior, no dejan de ser por su origen, procedencia, tipo de mercancía, antecedentes del operador, actividad, etc. de una importancia considerable (como, por ejemplo, un importador de juguetes que vende al público).

En este caso, el Despachante de Aduana realiza la oficialización de la Destinación informáticamente en su oficina, la imprime y la lleva junto con la documentación complementaria, al lugar operativo en el que se liberará la mercancía. Una vez allí, el funcionario de Aduana interviniente realizará la presentación informática de la misma y en ese momento se le asigna el Canal de Selectividad : Rojo, Naranja o Verde. De acuerdo a como el Sistema Informático se lo halla asignado, se procederá a la entrega de la mercancía. Como explicamos anteriormente la asignación de Canal Rojo significa que el verificador de Aduana realizará el control físico a la mercancía y además el control documental, Canal Naranja significa que se realizará sólo el control documental por parte del verificador interviniente y Canal Verde que se libera la mercancía solo controlando la cantidad de bultos, la medición y el peso de los mismos.

Aquí también, en caso de que se considere conveniente, a pesar que se ha analizado al operador a través de todas las operaciones que ha venido realizando de realizarle una inspección, a la que nosotros llamamos "POST", esto es una auditoría en la empresa solicitando las operaciones de un período determinado y los registros contables de las mismas. En caso de que se detecte alguna anomalía o infracción se analizará si se comunica a un área designada a tal fin para que se incluya a la empresa, al Despachante o ambos en Canal Rojo Obligatorio en todas sus operaciones por un período determinado.

III.5.2.3 Operadores Eventuales o No Regulares

Es este caso incluimos aquellos Importadores/Exportadores que por el valor y la cantidad de operaciones que realizan no son de una importancia considerable. Aquí también se le aplicaría la Selectividad de Canales pero con la opción de que puedan realizar la Destinación ellos mismos mediante un trámite más sencillo, directamente en la sede de la Aduana en una oficina habilitada para tal fin, sin la necesidad de contratar a un Despachante de Aduanas.

Esta innovación se debe a que si es un pequeño operador, está realizando un gran esfuerzo y encontró un nicho en el mercado para poder comenzar a incursionar en el comercio Internacional. En esos casos se les debe facilitar la tarea para que disminuyan sus costos operativos o, en su defecto, es una persona que recibe o realiza un envío de carácter personal (como por ejemplo una persona que recibe un envío de libros para uso personal).

III.5.3 Una Fiscalización Inteligente

Proponemos en este caso la creación de un equipo de control formado por especialistas, es decir con profesionales especializados en cada materia: ingenieros, contadores y abogados. El equipo tendría el rango de División dentro de la estructura de la actual Administración (AFIP), y formada por secciones en donde cada sección es un área especializada: sección máquinas, sección electricidad y electrónica, sección metales, sección textil, sección juguetería y regalería, sección carnes y cueros, sección alimentos y vegetales, sección jurídica y sección auditoría contable.

Esta División mediante terminales conectadas a la red informática de la aduana (Sistema María) y a la red informática de la DGI (Base RAEA, Sistema 2000, RAEG, etc.), controlará diariamente todas las operaciones que se están oficializando y presentando, y que, mediante pautas inteligentes, como tipo de mercancía, origen, procedencia, valor, Despachante de Aduana, operador, habitualidad en las operaciones, Cumplimiento Fiscal, etc., decidirá si es importante realizarle una inspección, previamente a la entrega de la misma o en el domicilio del Importador/Exportador o cuando ya se halla entregado. En el caso en que se decidiera realizar la inspección previa a la entrega de la mercancía, el Inspector procederá a bloquear informáticamente la operación, sin que pueda el Guarda o Verificador asignado entregar la misma hasta que el Inspector lo autorice. En el caso que se crea conveniente se podrá realizar una inspección y/o auditoría conjunta con personal de la DGI en el domicilio del operador.

Se llevará una estadística mensual de las irregularidades o infracciones detectadas y luego se informarán los resultados a un área designada a tal fin, que evaluará si a ese operador, Despachante de Aduana o Posición Arancelaria se la incluye en Canal Rojo obligatorio. Cabe destacar que esta fiscalización se realizará a las Destinaciones a las que el Sistema Informático María le haya asignado Canal Naranja o Verde.

III.5.4 Los Tributos Aduaneros

Actualmente en la Argentina los tributos para la importación de mercancías van desde el 0% hasta alrededor de un 18%, de acuerdo a la Posición Arancelaria en que corresponda clasificar a la mercancía.

Existen dos criterios para la aplicación de tributos. Por una parte, existe la dispersión Arancelaria, que aplica distintos tributos para cada tipo de mercancía (los tributos varían para cada Posición Arancelaria) y es la que actualmente se aplica en la Argentina. Por otro lado existe un arancel único para todo tipo de mercancía (todas las Posiciones Arancelarias tienen la misma carga tributaria) y es el que se aplica actualmente en Chile.

El método de arancel único permite que la empresa más eficiente sea la que se imponga, porque todas las empresas estarían en iguales condiciones; lo ideal sería el 0%, pero ello significaría abandonar la soberanía de un país en materia comercial.

Nosotros consideramos que se debería analizar cuál es el método más conveniente para aplicar en la Argentina; por lo que debe ser la carga tributaria que más nos permita acercar nuestros productos al mundo.

Ahora bien, en la exportación se encuentra lo que a nuestro entender es el tema más importante a tratar "El Exportador Argentino". Como todos sabemos, la Argentina desde hace varios años tiene un importante déficit fiscal y la única manera de reducirlo es que ingresen divisas al país; un modo de que esto sea posible es que aumenten las exportaciones. En consecuencia se debe apoyar al Exportador Argentino reduciéndole las cargas impositivas, porque si es una PYME, ha hecho un gran esfuerzo y ha conseguido un espacio en el mercado para colocar sus productos, por lo tanto debe tener un incentivo por parte del estado.

Lo que la Argentina ha exportado siempre en mayor medida hasta nuestros días son Commodities, por lo tanto el precio de esas mercancías lo establece el comercio internacional; ahí por ejemplo, el precio de venta en la operación de exportación de cereales no lo establece el mercado ni el exportador argentino sino el mercado internacional. Por lo tanto, lo más importante para controlar en la exportación son los reintegros y las mercancías que tienen crédito fiscal. Cabe recordar que por reintegro se entiende a la devolución de los tributos pagados por la importación de mercancías que luego es utilizado para la producción de un nuevo bien, o que perfeccionadas éstas mediante un proceso o trabajo productivo le haya agregado valor para luego ser exportadas nuevamente.

Aquí lo importante para controlar es cómo se cobró la venta de lo que se exportó: al contado, mediante un crédito, transferencia, etc. Ello se puede realizar mediante una auditoría en la empresa, lo que hemos llamando Control Post.

Partes: 1, 2, 3, 4, 5
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