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Modelo económico y presupuesto público


  1. La necesidad de cambiar el modelo económico
  2. ¿Qué se conoce como impuestos?
  3. ¿Qué se conoce como impuesto al valor agregado (IVA)?
  4. ¿Qué se conoce como "impuesto sobre la renta"?
  5. Bibliografía

El presente ensayo es una reflexión inacabada, como son todas las reflexiones, acerca del papel que el presupuesto público ha tenido en el presente modelo económico neoliberal.

Esta reflexión la inicié planteándome una pregunta, ¿qué entendemos por presupuesto público? Considero que el presupuesto es algo más que el dinero que administra el Estado a nombre de todos los mexicanos. El presupuesto público es un instrumento de dominio y control que ejerce el grupo económico y político en el poder. En la era de la globalización económica neoliberal el gran capital es el que define las prioridades del uso del presupuesto y en general de toda la política económica de los países del mundo.

Por esta razón, en este trabajo voy a hablar de cuál es el modelo económico en México, qué medidas de política económica ha instrumentado, cuáles han sido las consecuencias en términos de desarrollo económico y social y cuál ha sido el papel del presupuesto público, en particular.

Las décadas de los ochenta y de los noventa: desaparición del estado de bienestar, crecimiento hacia afuera y pobreza

Las décadas de los ochenta y de los noventa pasarán a la historia de México como las del tiempo en que la imposición de las políticas económicas neoliberales llevó al empobrecimiento más indignante que haya registrado el país. Los tres últimos gobiernos cancelaron los logros alcanzados por el período sustitutivo de importaciones en términos de desarrollo social. El año de 1982 representó el inicio formal de la aplicación de las políticas económicas neoliberales y el abandono de los principios de justicia social. Es decir, de la renuncia a una visión ética de la economía, que pone en el centro de sus objetivos, por lo menos de manera formal, una visión de economía moral para la población.

El sentido social de la economía fue sustituido por el capitalismo salvaje de libre mercado, que asegura las ganancias de los grandes capitales trasnacionales (tanto nacionales como extranjeros), y deja en la completa indefensión a los trabajadores del país y a los micro, pequeños y medianos empresarios vinculados al mercado interno.

En la era de la globalización económica, el gran capital marca y dirige las prioridades de desarrollo en el mundo. Los grandes capitales utilizan a los organismos financieros internacionales como el Banco Mundial (BM), el Fondo Monetario Internacional (FMI) y la Organización Mundial de Comercio (OMC), para imponer sus políticas a los países del orbe.

En los últimos dieciocho años, los gobiernos neoliberales de México han cedido, como ningún otro país en el mundo, a las exigencias de estos organismos al aceptar, e incluso aplicar con mayor dureza, las políticas económicas neoliberales impuestas por ellos y por gobiernos de Estados Unidos. El crecimiento económico hacia afuera, impulsado por los últimos gobiernos, está llevando al país a depender cada vez más del exterior, en particular de la economía estadounidense.

Los gobiernos neoliberales han intentado mantener el "equilibrio de los indicadores macroeconómicos" como la inflación, el déficit presupuestal, el tipo de cambio, la balanza de pagos, etc., y han impulsado profundas transformaciones en la estructura económica del país, tales como:

La apertura económica al exterior. Según la posición oficial, la liberalización comercial es el único camino que puede llevar al país a la competitividad de la planta productiva, en virtud de que en el período sustitutivo de importaciones se protegió a los empresarios volviéndo los ineficientes. Para ellos, el resultado de este modelo: "empresarios ricos, empresas pobres", llevó a los déficits presupuestales más altos, a la inflación galopante y a las consecuentes devaluaciones. Esta concepción los llevó a tomar medidas que convirtieron a México en uno de los países más globalizados del mundo. Además de pertenecer a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y a la Organización Mundial de Comercio, el país ha firmado ocho tratados de libre comercio. En otras palabras, el país es uno de los más abiertos del mundo a la competencia externa. En particular, la firma y entrada en vigor del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLC-AN) ha sido la negociación comercial más desventajosa que el país haya firmado, debido a que, en los hechos, ha significado la apertura inmediata de todos sus sectores productivos con la economía más fuerte del mundo: Estados Unidos.

La imposición de los gobiernos, junto con los empresarios, de la política de flexibilidad laboral. La política económica neoliberal concibe al salario como uno de los responsables de la inflación. La flexibilidad laboral tiene que ver, entre otras cosas, con la más férrea política de contención de los salarios de los trabajadores del país y con el uso intensivo de la mano de obra a través de nuevas formas de organización del trabajo en "aras de la mayor productividad de las empresas".

La privatización de las empresas estratégicas del país. Se parte de la concepción de que el gasto público es otro de los causantes de la inflación, y que las empresas paraestatales son uno de los rubros que más contribuye a su déficit, por su supuesta ineficiencia, así que privatizarlas se convierte en la forma de, por un lado, hacerlas eficientes y, por otro, reducir el déficit público.

El impulso de condiciones únicas de inversión en la esfera productiva y financiera. Como ya señalamos, la libre competencia en el mercado es vista como la solución a la ineficiencia productiva, ahora bien, para que la planta productiva del país entrara a tal competencia, plantean los neoliberales, es necesaria la atracción y/o retención de la inversión privada; en los hechos, ésta sólo puede provenir de las grandes empresas trasnacionales nacionales y extranjeras. Los salarios deprimidos de los trabajadores del país son la mayor de las ventajas comparativas que los gobiernos neoliberales ofrecen, sin problema ético alguno, a los inversionistas extranjeros y les garantiza un régimen fiscal paradisíaco, además, resultan ser muy permisivos, por ejemplo, con las empresas altamente contaminantes, entre otras disposiciones.

Pero, ¿cuál ha sido el resultado de estas medidas en términos de desarrollo social y económico? A continuación tenemos las siguientes consideraciones:

1. La liberalización de la economía ha provocado la progresiva desintegración del sistema productivo nacional:

• En el campo, la liberalización comercial, el desmantelamiento de los apoyos (principalmente subsidios a la producción, comercialización e, incluso, al consumo), y su orientación a la producción de cultivos de exportación, lo han llevado a la peor crisis experimentada en los últimos 30 años: el campo está descapitalizado; el Producto Interno Bruto (PIB) agrícola está prácticamente estancado; hay una eliminación de subsidios a los productores; un incremento en los costos de producción; su población sufre hambre y miseria y miles de trabajadores del campo tienden a emigrar cada vez más a los llamados "polos de desarrollo" del país y a los Estados Unidos; hay un aumento sin precedentes de la importación de alimentos, sobre todo de la Unión Americana, que antes el país producía e incluso exportaba, tales como maíz, frijol, carne, etc., entre otros problemas.

2. Al mismo tiempo, en el sector urbano, el esfuerzo industrial del llamado "período sustitutivo de importaciones" empieza a ser sustituido por la industria maquiladora de exportación. El crecimiento económico, basado en el sector exportador, ha ocasionado la quiebra de miles de micro, pequeñas y medianas empresas con el consiguiente despido de sus trabajadores. Además, la planta productiva acentúa cada vez más su integración a los encadenamientos productivos externos, ocasionando la desarticulación de las cadenas productivas nacionales. Las ciudades que son consideradas como de un alto desarrollo económico y, por lo tanto, como importantes receptoras de mano de obra, han empezado a destacar como expulsoras de fuerza de trabajo hacia los Estados Unidos, debido al deterioro salarial y al desempleo creciente.

3. La imposición de la flexibilidad laboral del trabajo se ha traducido en modificaciones y violaciones de los contratos colectivos, salarios deprimidos, inestabilidad laboral, precarización de las condiciones de trabajo, intensificación de la jornada laboral, movilidad del empleo, polivalencia del trabajador y desempleo creciente, entre otras medidas. Debido a que en la realidad cotidiana se ha empezado a flexibilizar el trabajo y se han violado los derechos de los trabajadores, los empresarios y el Gobierno pretenden legalizar las ilegales condiciones laborales presionando para que se reforme la Ley Federal del Trabajo y el artículo 123 constitucional.

4. El crecimiento económico orientado a la exportación beneficia sólo a unas 300 empresas de carácter trasnacional y tiene efectos limitados en el resto de la economía. La demanda interna de insumos y mano de obra que generan tiene efectos limitados y no logra arrastrar la economía en su conjunto. Este sector depende, para poder exportar, de bienes intermedios y de capital importados, por lo que mantiene en déficit permanente a la balanza de pagos.

5. Llegó a 75 millones el número de pobres, a causa del modelo económico, 54 de los cuales viven en la extrema pobreza, de acuerdo con el investigador Julio Boltvinik. De esos 54 millones, más de 32 viven en las ciudades y casi 22 en el campo.

6. Ha aumentado la subordinación de la economía mexicana a la estadounidense: las exportaciones mexicanas pasaron de representar el 83% en 1993, al 88% en 1999, y las importaciones pasaron del 71% al 75% para el mismo período; debido a la apertura comercial, México ha pasado a ser dependiente alimentariamente de la economía norteamericana: las trasnacionales estadounidenses cubren casi el cien por ciento de las importaciones totales de maíz, frijol, sorgo, soya, arroz, carnes preparadas y endulcolorantes, entre otros productos. Estados Unidos ha empezado a completar el déficit de la producción interna de algunos de estos alimentos y, en otros, como el frijol y el arroz, viene a competir con dumping, causando que la producción nacional de estos comestibles se quede almacenada hasta pudrirse; por otra parte, el 72% de la inversión extranjera directa proviene del vecino del norte; asimismo, algunas estimaciones refieren que el crecimiento económico de la Unión Americana ha influido en el 38.5% sobre la actividad económica de México en los últimos ocho años.

7. Respecto al uso del presupuesto público, la política social ha desaparecido y en su lugar han surgido políticas asistenciales que se focalizan a los pobres extremos del país. La desaparición del Estado benefactor, que concebía a la administración pública como la responsable de garantizar a la población servicios básicos, tales como educación, vivienda, salud, cultura, etc., es decir, implica la tendencia a la disminución progresiva pero acelerada del llamado salario social por los recortes del presupuesto a estos rubros, junto con la seguridad social.

Pongamos por ejemplo el presupuesto destinado a los subsidios alimentarios, que disminuyeron 49.1% en términos reales, al pasar de 3 mil 778.6 millones de pesos en 1996, a 1 922.3 millones de pesos en el año 2000. El subsidio social de leche, en particular, disminuyó 82.1% en términos reales, al pasar de 622.4 millones de pesos a 141.9 millones de pesos, en el mismo período. Respecto al padrón de niños beneficiados con la distribución de leche subsidiada, éste paso de 6 millones 779 mil niños en 1993, a 3 millones 968 mil para el año 2000, significando una disminución del 41.5% por ciento.

Respecto a la distribución diaria de tortillas vía FIDELIST, ésta pasó de 2 046 toneladas en 1996, a 1 078 en el 2000, lo que significó una disminución en el abasto del 47.3%. Asimismo, el padrón de familias atendidas por este programa pasó de 2 millones 300 mil familias en 1995, a un millón 187 mil familias en el año 2000.

Contrariamente, el manejo discrecional de los recursos públicos le ha permitido a los gobiernos neoliberales transferir recursos a los sectores que considera "prioritarios", además de rescatar a los sectores que considera "estratégicos" para la economía. Los principales beneficiarios del gasto público han sido las grandes corporaciones monopólicas. En particular, la actual administración será recordada, entre otras cosas, por haber llevado el rescate del mayor número de empresas y de particulares. Se estima que el costo asciende a 1.2 billones de pesos, equivalente al Producto Interno Bruto anual del país.

Tomemos el caso de los banqueros que han sido rescatados a través del Fondo Bancario de Protección al Ahorro/Instituto de Protección al Ahorro Bancario (FOBAPROA/IPAB). Los pasivos del IPAB en marzo pasado ascendieron a 737 mil 185 millones de pesos y se espera que al cierre del 2000 se ubiquen en 742 mil millones. El IPAB le garantiza a los bancos una renta de cuando menos 25 años. Y que decir del rescate carretero que benefició a las grandes constructoras como Ingenieros Constructores y Asociados (ICA) y Grupo Mexicano de Desarrollo (GMD), cuyo costo fue estimado en 30 mil millones de pesos.

La necesidad de cambiar el modelo económico

 A 18 años de la imposición del modelo económico neoliberal de crecimiento hacia afuera, éste no sólo ha sido incapaz de frenar la pobreza de la población, sino que la ha aumentado en beneficio de unos cuantos empresarios ligados al mercado internacional. La aplicación de las políticas económicas neoliberales ha inhibido el más elemental desarrollo social y ha fallado en darle al país un crecimiento económico sostenido e incluyente de todos los sectores y ramas productivas; por lo tanto, no ha sido capaz de generar los salarios y el empleo que los trabajadores del país demandan.

• El país es cada día más vulnerable y dependiente en tanto no define internamente la política económica a seguir, privatiza sus empresas estratégicas, depende alimentariamente de los Estados Unidos y requiere permanentemente de la entrada de capitales (deuda externa pública y privada y de la Inversión Extranjera Directa [IED] y especulativa o de cartera), para poder financiar las crecientes importaciones de bienes intermedios y de capital del sector exportador.

Sin embargo, en palabras de Noam Chomski, la "dictadura empresarial", que es la que en verdad rige al mundo a través de lo que se ha dado en llamar "globalización económica", le ha dictado ya de antemano al siguiente gobierno la continuidad del modelo económico.

No obstante, los trabajadores del país tenemos la responsabilidad histórica de revertir para nosotros y para las futuras generaciones el retroceso social y económico, que en realidad han significado las políticas neoliberales. Las necesidades de la población mexicana son muchísimo más grandes que una mera reasignación del presupuesto y que, incluso, un aumento de las partidas presupuestales a los rubros en educación, vivienda, salud, etc. Y es que en los últimos años en el manejo del gasto público, no obstante de ser la palanca económica y política de primera importancia para regular y orientar la producción nacional y el empleo, no aparece por ningún lado el objetivo de recobrar los niveles de nutrición de la población, de recuperar la autosuficiencia alimentaria, de conservar y devolver los recursos estratégicos del país, de aumentar los empleos y el poder adquisitivo de los trabajadores, de elevar los niveles de educación, vivienda y salud para la población, de revertir la desintegración de la industria nacional, etcétera.

Por lo tanto, es necesario cambiar el modelo económico del país. Sobran propuestas al respecto: Julio Boltvinik propone, por ejemplo, una articulación sinérgica de la política económica y la política social, en donde primero hay que definir el bienestar de la población, en lugar de la estabilidad o crecimiento de las variables macroeconómicas, como el objetivo central de todas las políticas públicas. Es decir, dejar de medir el desarrollo a través del crecimiento del PIB y hacerlo mediante índices que pongan en el centro a las personas y su bienestar (desarrollo humano, progreso social y disminución de la pobreza, etcétera).

Asimismo, propone ampliar el campo de acción de la política social para que incluya no sólo los ámbitos tradicionales, sino también los elementos que inciden directamente en los ingresos de los hogares, tales como las políticas de empleo, de salarios y de promoción de la economía popular, entre otras medidas.

Habría que impulsar una amplia discusión sobre el modelo de país que queremos y empezar a preguntarnos, por ejemplo, si es posible que nos convirtamos en un país libre y soberano a pesar de la globalización económica.  

¿Qué se conoce como impuestos?

Los impuestos son prestaciones, hoy por lo regular en dinero, al Estado y demás entidades de derecho público, que las mismas reclaman, en virtud de su poder coactivo, en forma y cuantía determinadas unilateralmente y sin contraprestación especial con el fin de satisfacer las necesidades colectivas.

El impuesto es una prestación tributaria obligatoria, cuyo presupuesto de hecho no es una actividad del Estado referida al obligado y destinada a cubrir los gastos públicos.

El impuesto es la prestación de dinero o en especie que establece el Estado conforme a la ley, con carácter obligatorio, a cargo de personas físicas y morales para cubrir el gasto público y sin que haya para ellas contraprestación o beneficio especial, directo e inmediato.

¿QUE SE DENOMINA COMO "SUJETOS DEL IMPUESTO"?

Entendemos por tales a aquellas personas físicas y morales legalmente obligadas a pago de dicho impuesto.

De acuerdo a la Ley del Impuesto al Valor Agregado en su Art. 1º, están obligados al pago de impuesto al valor agregado las personas físicas y morales que, en territorio nacional, realicen los actos o actividades siguientes:

  • 1. Enajenación de bienes.

  • 2. Prestación de servicios independientes.

  • 3. Otorgar el uso o goce temporal de bienes.

  • 4. Importen bienes o servicios.

1. Enajenación:

Se entiende por enajenación toda transmisión de la propiedad de bienes, con excepción de la que se realice por causa de muerte o por fusión de sociedades.

La donación se considera como enajenación gravada, cuando la realicen empresas para las cuales el donativo no sea deducible para los fines del ISR.

La venta en la que el vendedor se reserve la propiedad de la cosa vendida desde que se celebre el contrato, aún cuando la transferencia opere con posterioridad, o no llegue a efectuarse.  Las adjudicaciones, aun cuando se realicen a favor del acreedor. La aportación a una sociedad o asociación.  La que se realiza mediante el arrendamiento financiero

Exenciones:

No se paga impuesto en la enajenación de los siguientes bienes

  • 5. El suelo.

  • 6. Construcciones adheridas al suelo, destinadas o utilizadas para casa habitación. Cuando sólo una parte del inmueble se utilicen a casa habitación, no se pagará el impuesto por dicha parte. Los hoteles no quedan comprendidos en esta fracción.

  • 7. Libros, periódicos y revistas, así como el derecho para explotar una obra, que realice su autor.

  • 8. Bienes muebles usados, a excepción de los enajenados por empresas.

  • 9. Billetes y demás comprobantes que permitan participar en loterías, rifas, sorteos o juegos con apuestas y concursos, así como los premios respectivos, a que se refiere la Ley del ISR.

  • 10. Moneda nacional y extranjera, así como las piezas de oro o de plata que hubieran tenido tal carácter y las piezas denominadas "onza troy".

  • 11. Lingotes de oro con un contenido mínimo de 99% de dicho material, siempre que su enajenación se efectúe en ventas al menudeo con el público en general.

Se considera realizada la enajenación en cualquiera de los siguientes supuestos:

  • Desde el momento que se envíe o entregue el bien al comprador.

  • Desde que se pague parcial o totalmente el precio del bien.

  • Desde el momento que se expide el documento que ampare la enajenación.

2. Prestación de Servicios Independientes:

Son considerados servicios independientes:

  • La prestación de obligaciones de hacer que realice una persona a favor de otra, cualquiera que sea el acto que le dé origen y el nombre o clasificación que a dicho acto le den otras leyes.

  • El transporte de bienes o personas.

  • El seguro, el afianzamiento y el re-afianzamiento.

  • El mandato, la comisión, la mediación, la agencia, la representación, la correduría, la consignación y la distribución.

  • La asistencia técnica y la transferencia de tecnología.

  • Toda otra obligación de dar, de no hacer o de permitir, asumida por una persona en beneficio de otra, siempre que no este considerada por esta ley como enajenación o uso o goce temporal de bienes.

ExencionesNo se paga el impuesto por la prestación de los siguientes servicios:

  • Los prestados directamente por la Federación, DF., Estados y Municipios que no correspondan a sus funciones de derecho público.

  • Los prestados por instituciones públicas de seguridad social.

  • Comisiones y contraprestaciones que cubra el acreditado a su acreedor con motivo del otorgamiento de créditos hipotecarios.

  • Las comisiones que cobren las Afores por la administración de sus recursos.

  • Los servicios gratuitos.

  • Los servicios de enseñanza.

  • El transporte público terrestre de personas, excepto ferrocarril.

  • El transporte marítimo internacional de bienes prestado por residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país.

  • Los de maquila de harina o masa, de maíz o trigo.

  • Los de pasteurización de leche.

  • El aseguramiento contra riesgos agropecuarios y los seguros de vida, ya sea que cubran el riesgo de muerte u otorguen rentas vitalicias o pensiones, así como las comisiones de agentes que correspondan a los seguros citados.

  • Operaciones financieras derivadas.

  • Servicios proporcionados a sus miembros, partidos políticos, asociaciones, coaliciones, sindicatos, cámaras de comercio, asociaciones patronales y colegios de profesionales.

  • Los de espectáculos públicos por el boleto de entrada. No se considera espectáculo público los prestados en restaurantes, bares, cabarets, salones de fiesta o de baile y centros nocturnos.

3. Uso o goce temporal de bienes:

Se entiende por uso o goce temporal de bienes el arrendamiento, el usufructo y cualquier otro acto, independientemente de la forma jurídica que al efecto se utilice, por el que una persona permita a otra usar o gozar temporalmente bienes tangibles a cambio de una contraprestación.

Exenciones:No se pagará el impuesto en los siguientes casos:

  • Inmuebles destinados o utilizados exclusivamente para casa habitación. Si un inmueble tuviere varios usos, por la parte proporcional a la casa habitación s se pagará impuesto.

  • Fincas para fines agrícolas o ganaderas.

  • Bienes tangibles cuyo disfrute sea otorgado por residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en territorio nacional.

  • Libros, periódicos y revistas.

4. Importación de bienes:

La ley considera importación de bienes:

  • La introducción de bienes extranjeros al país.

  • La adquisición por personas residentes en el país de bienes tangibles enajenados por personas no residentes en él.

  • El uso o goce temporal, en territorio nacional, de bienes intangibles proporcionados por personas no residentes en él.

  • El uso o goce temporal, en territorio nacional de los servicios a que se refiere el tema anterior, cuando se presten por no residentes en el país. Esta fracción no es aplicable al transporte internacional.

Exenciones:

  • Aquellas que no lleguen a consumarse, sean temporales, tengan el carácter de retorno de bienes exportados temporalmente o sean objeto de tránsito o trasbordo.

  • Las de equipaje y menajes de casa referidas en el código aduanero.

  • Bienes donados por residentes en el extranjero a la Federación, Estados, Municipios de acuerdo a las reglas de carácter general establecidas al efecto por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

5. Exportación de bienes o servicios:

Las empresas residentes en el país pagarán el impuesto por enajenación de bienes o prestación de servicios cuando unos u otros exporten aplicando la tasa del 0%.

  • La enajenación de bienes intangibles realizada por personas residentes en el país a quien resida en el extranjero.

  • El uso o goce temporal, en el extranjero, de bienes intangibles proporcionados por personas residentes en el país.

  • El aprovechamiento en el extranjero de servicios prestados por residentes en el país por concepto de: a) asistencia técnica, b) operaciones de maquila para exportación, c)publicidad, d) comisiones y mediación, e) seguros y reaseguros, f) operaciones de financiamiento.

  • La transportación internacional de bienes prestada por residentes en el país.

  • La transportación aérea de personas, prestadas por el residente en el país, por la parte del servicio que no se considera prestada en territorio nacional.

El exportador podrá elegir entre el acreditamiento o la devolución de las cantidades pagadas sobre los bienes o servicios exportados aun cuando se trate de artículos exentos, o cuando las empresas residentes en el país exporten bienes tangibles para enajenarlos o para conceder su uso o goce en el extranjero.

Obligaciones de los contribuyentes:

Los contribuyentes tienen obligación de llevar contabilidad de sus operaciones, separando aquellas gravadas y exentas y de las que no den lugar al acreditamiento.

Expedir documentos que comprueben el valor de la contratación pactada, señalando expresamente y por separado el impuesto al valor agregado que se traslada. Estos documentos deberán entregarse al adquiriente dentro de los quince días naturales siguientes a la operación.

A presentar declaraciones, aquellos contribuyentes que tengan varios establecimientos deben presentar una sola declaración.  Dar comprobantes donde se traslade el IVA por separado.  Los comisionistas realizarán la separación de su contabilidad de las de otros registros.  El IVA se incluirá en el precio, cuando se trate con el público en general.  Se deberá conservar en cada establecimiento, copia de las declaraciones de pago.  Expedir constancias por efecto de retensiones.

¿Qué se conoce como impuesto al valor agregado (IVA)?

El impuesto sobre el valor agregado, forma parte del grupo de impuestos a las ventas, afecta al consumidor a través de industriales y comerciantes. Porque el impuesto sobre el valor agregado grava aparentemente el ingreso del industrial y del comerciante, cuando en realidad lo que grava es el gasto del consumidor.

El Estado considera que independientemente de las ganancias que el particular pueda obtener con su actividad, existe el beneficio que el particular deriva de la acción del Estado, encaminada a la prestación de servicios públicos y por la cual debe pagar con el objeto de sostener los gastos que esos servicios públicos demandan.

Esto significa que por la acción del Estado, el particular deriva dos clases de beneficios: uno que está representado por el uso que puede hacer de los servicios que el Estado proporciona y el otro por la ganancia que puede derivar de la actividad que desarrolla dentro del mundo jurídico en que se mueve, dentro de los límites y bajo la protección del Estado.

El Impuesto al Valor Agregado abroga o sustituye, entre otros, al impuesto federal sobre ingresos mercantiles, cuya principal deficiencia radicaba en que se causaba en "cascada", es decir, que debía pagarse en cada una de las etapas de producción y comercialización, lo que determinaba en todas ellas un aumento de los costos y los precios, aumento cuyos efectos acumulativos, en definitiva, afectaban a los consumidores finales.

El IVA eliminó los resultados nocivos del impuesto federal de ingresos mercantiles, pues destruye el efecto acumulativo en cascada y la influencia que la misma ejerce en los niveles generales de precios.

EL IVA no grava ni pretende gravar la utilidad de las empresas, lo que grava es el valor global, real y definitivo de cada producto a través de la imposición sobre los distintos valores parciales de cada productor, fabricante, mayorista, minorista va incorporando al artículo en cada etapa de la negociación de las mercaderías, tanto en el ciclo industrial como en el comercial, son productores de riqueza y deben ser en consecuencia, gravados con este tipo de impuesto.

El IVA, no obstante que también se paga en cada una de las etapas de producción, no produce efectos acumulativos, ya que cada industrial o comerciante al recibir el pago del impuesto que traslada a sus clientes, recupera el que a él le hubieran repercutido sus proveedores, y sólo entrega al Estado la diferencia; de esta forma, el sistema no permite que el impuesto pagado en cada etapa influya en el costo de los bienes y servicios, y al llegar éstos al consumidor final no llevan oculta en el precio ninguna carga fiscal.

El IVA en México, es un impuesto indirecto, es decir lo paga una persona que tiene no sólo el derecho sino la obligación de trasladarlo, para que al final lo pague el consumidor. Es de tipo real porque el hecho imponible no tiene en cuenta las condiciones personales de los sujetos pasivos, sino sólo la naturaleza de las operaciones económicas.

¿Qué se conoce como "impuesto sobre la renta"?

Se llama Renta, al producto del capital, del trabajo o de la combinación del capital y del trabajo. Puede distinguirse para los efectos impositivos la renta bruta, que es el ingreso total percibido sin deducción alguna, como sucede por ejemplo cuando un impuesto grava los ingresos derivados del trabajo o derivados del capital en forma de intereses. Otras veces se grava la renta libre que queda cuando después de deducir de los ingresos los gastos necesarios ara la obtención de la renta, se permite también la deducción de ciertos gastos particulares del sujeto del impuesto.

Sujeto.Las personas físicas y morales deben pagar ISR por:

  • Residentes en el país respecto de sus ingresos.

  • Residentes en el extranjero que tengan un establecimiento permanente o una base fija en el país, respecto de los ingresos atribuibles a dicho establecimiento o base. Igualmente aquellos cuyos ingresos procedan de fuentes dentro de territorio nacional y que no cuenten con un establecimiento permanente y cuando éste existe, que los ingresos no sean atribuibles a ellos.

Establecimiento permanente:

Se le denomina a cualquier lugar de negocios en el que se desarrollen actividades empresariales (sucursales, agencias, oficinas, talleres, instalaciones, minas, lugar de exploración, explotación o extracción de recursos naturales).

Ingresos de un establecimiento empresarial:

Son los provenientes de la actividad empresarial desarrollada, los provenientes de honorarios y aquellos que deriven de la prestación de un servicio personal independiente. También por la enajenación de mercancías o bienes inmuebles en territorio nacional.

Personal Moral según la Ley del ISR:

Son consideradas personas morales las sociedades mercantiles, organismos descentralizados con actividad empresarial, instituciones de crédito, sociedades y asociaciones civiles.Las personas morales pagarán por concepto de ISR el resultado de aplicar al 35% al Resultado Fiscal obtenido en el ejercicio (Art. 10 ISR).

Resultado Fiscal:

  • Se obtiene la utilidad fiscal disminuyendo de la totalidad de los ingresos acumulables obtenidos en el ejercicio, las deducciones autorizadas por la Ley.

  • A la utilidad fiscal del ejercicio se le disminuirán las pérdidas fiscales pendientes de aplicar de otros ejercicios.

Exención parcial:

Se concederá exención parcial a personas morales dedicadas exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras siempre que sus ingresos en el ejercicio no excedan de 20 salarios mínimos generales elevados al año.

Dicha exención no excederá en su totalidad de 200 veces el salario mínimo.  Además no pagarán ISR por sus productos:

  • Empresas sociales.

  • Asociaciones rurales de interés colectivo.

  • Unidad agrícola industrial de la mujer campesina.

  • Colonias agrícolas y ganaderas.

Actividades con reducción de impuestos::

Se concederá reducción del impuesto en los siguientes casos y porcentajes:

  • 50% a dedicados a agricultura, ganadería, pesca o silvicultura.

  • 25% si dichos contribuyentes industrializan sus productos.

  • 25% si realizan actividades comerciales o industriales en las que tengan como máximo al 50% de sus ingresos.

  • 50% si se dedica a la edición de libros.

Son contribuyentes de este tipo, aquellos cuyos ingresos por sus actividades representes cuando menos al 90% de sus ingresos totales.

Ingresos:Las personas morales acumularán la totalidad de los ingresos en efectivo, bienes, servicio, crédito cualquier otro tipo que obtengan en el ejercicio, inclusive los provenientes de sus establecimientos en el extranjero.

Ganancia inflacionaria:

Es el ingreso que obtienen los contribuyentes por la disminución real de sus deudas.

Otros ingresos acumulables:

Se consideran ingresos acumulables los siguientes:

  • Ingresos en especie.- La diferencia entre la parte de la inversión aún no deducida, actualizada según la ley y el valor que conforme al avalúo practicado por persona autorizada por la SHCP tenga en la fecha en que se transfiera su propiedad por pago en especie.

  • Diferencia entre inventarios en caso de ganaderos.- La diferencia entre los inventarios final e inicial de un ejercicio, cuando el inventario final sea el mayor tratándose de contribuyentes dedicados a la ganadería.

  • Beneficio por mejoras que pasan a poder del arrendador.- Los que provengan de construcciones, instalaciones o mejoras permanentes en inmuebles, que de conformidad en los contratos por los que se otorgó su uso o goce queden a beneficio del propietario.

  • Ganancia por enajenación de activos, títulos, fusión, escisión, etcétera.

  • Pagos por recuperación de un crédito deducido por incobrable.

  • Recuperación por seguros, fianzas. Etcétera.

  • Ingresos por indemnización de seguro del hombre clave.- las cantidades que el contribuyente obtenga como indemnización para resarcirlo de la disminución que en su productividad haya causado la muerte, accidente o enfermedad de técnicos o dirigentes.

  • Intereses y ganancia inflacionaria.

Deducciones: Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes:

  • Devoluciones, descuentos o bonificaciones.- Aun cuando se efectúen en ejercicios posteriores.

  • Adquisición de mercancías, así como de materias primas, productos semiterminados o terminados que utilicen para prestar servicios, para fabricar bienes, para enajenarlos, disminuidas con las devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre las mismas efectuadas inclusive en ejercicios posteriores.

  • Gastos.

  • Inversiones.

  • Diferencia de inventarios en el caso de ganaderos.

  • Créditos incobrables y pérdidas por caso fortuito.

  • Importaciones a fondos para tecnología y capacitación (Art. 27).

  • Creación de reservas para fondos de pensiones, jubilaciones, etcétera.

  • Intereses y pérdida inflacionaria.

  • Anticipos y rendimientos que paguen las sociedades cooperativas de producción, así como los anticipos que entreguen las sociedades y asociaciones civiles a sus miembros.

Bibliografía

Toro Hardy, José: Fundamentos de Teoría Económica. Un Análisis de la Política Económica Venezolana, Editorial Panapo, Caracas 1993.

González, Domingo/ MEZA, Antonio: Tratado Moderno de Economía General. South Western. México.

Favela, Miguel: Política Fiscal, Internet.

Vilca, Gladys: Política Económica y Gestión Tributaria, Internet.

Red Platino: Plataforma Nacional de Información Oficial del Estado Venezolano. (www.platino.gov.ve)

Seniat: Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria. Internet; (www.seniat.gov.ve)

Cordiplan: Programa Económico 2000. Ministerio de Planificación y Desarrollo. www.cordiplan.gov.ve

Venezuela Analítica: Research. El comportamiento de la economía en el 2000. (www.analitica.com)

 

 

Autor:

Carrasquero, Carlos

Amarista, Yeannis

Bello, Eduard

Brisigotti, Carola

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Iván José Turmero Astros

edu.red

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITÉCNICA

"ANTONIO JOSÉ DE SUCRE "

VICE – RECTORADO PUERTO ORDAZ

DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA INDUSTRIAL

CÁTEDRA: INGENIERÌA FINANCIERA

PROFESOR: ING. ANDRÉS BLANCO

PUERTO ORDAZ, MARZO DE 2.005