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El tráfico y la introducción ilícita de personas en Asia del sur (página 3)


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    1. La presentación.-
  1. ETAPA DE PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE LA SOLICITUD Y LOS DOCUMENTOS ANEXOS.-

La presentación de la solicitud y los documentos a ésta debe ser hecha personalmente por el interesado, o a través de un representante debidamente acreditado ante la Misión Diplomática u Oficina Consular peruana en cuya jurisdicción resida el interesado. Excepcionalmente, y mediando causa que lo justifique, podrá presentarse personalmente esta solicitud ante cualquier Misión Diplomática u Oficina Consular distinta de la de su lugar de residencia.

Si, excepcionalmente, el interesado no reside en la ciudad en la cual se encuentra la sede consular, la presentación de documentos puede ser hecha vía postal, por un representante o por una agencia de viajes subsidiaria, sucursal o filial de la que organiza el viaje debidamente acreditada. En estos casos, a fin de evitar viajes, gastos y presión innecesarios, siempre se pedirá al interesado (vía telefónica, facsimilar o correo electrónico) que no programe viaje alguno y que sólo lo haga siempre y cuando se le indique.

Cuando la visa haya sido autorizada por la Dirección General de Migraciones (DIGEMIN) sin que dicha autorización haya sido solicitada por la Embajada del Perú en la India, se debe solicitar a la Dirección General de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores, lo siguiente:

  1. Nombres y apellidos completos (no siglas) del beneficiario de la autorización.
  2. Copia simple del oficio de la DIGEMIN mediante el cual se comunica la autorización.
  3. Número de pasaporte y fotocopia legible de las páginas de éste y en las que aparecen la fotografía, las generales de ley, los datos personales y la firma del titular del pasaporte.
  4. Copia simple del formulario de la solicitud de visa presentado a la DIGEMIN.
  5. Nombres y apellidos, generales de ley y datos personales del ciudadano peruano o extranjero que invita o garantiza.
  6. Copia fotostática y del Documento Nacional de Identidad (DNI) o carné de extranjería y número del Registro Único de Contribuyentes.
  1. En esta etapa, el funcionario debe verificar exhaustivamente que la solicitud de visa esté debidamente llenada y que los documentos anexos a ella cumplan con lo detallado en las hojas de requisitos.

    Si el funcionario estima que la solicitud no ha sido debidamente llenada o que los documentos anexos no cumplen con lo detallado en las hojas de requisitos, devolverá estos al interesado y le indicará verbalmente o por escrito las razones de la devolución.

    Si el funcionario estima que la solicitud ha sido debidamente llenada o que los documentos anexos cumplen con lo detallado en las hojas de requisitos, numerará, pondrá fecha ingreso y aceptará la solicitud y los documentos anexos.

    La aceptación de la solicitud y los documentos anexos no significarán, en ningún caso, la aprobación de la visa, sino solamente la aceptación de estos para su evaluación y verificación.

  2. La recepción.-
  3. El principio o ley de Residencia.-

Este es un principio elemental. Sólo será posible verificar aquellos hechos y documentos que son emitidos por las autoridades del país sede de la oficina o sección consular, especialmente si se trata los interesados son ciudadanos de los países que requieren una autorización previa de la DIGEMIN (Irán, Irak, Cuba, Sri Lanka, Nepal, Paquistán y China).

Esta sana costumbre, sin embargo, no es practicada por todos las oficinas y secciones consulares peruanas en el exterior y se han dado casos en los cuales éstas han tramitado ante la DIGEMIN las solicitudes de visa de, por ejemplo, ciudadanos que residen en países que se encuentran localizados en el otro lado del mundo.

Esta debería ser una norma obligatoria. Evitaría muchos problemas.

    1. El pasaporte.-
  1. ETAPA DE VERIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS Y DE LOS HECHOS QUE ESTOS ACREDITAN O CONTIENEN.-

En primer lugar, el funcionario consular debe conocer con precisión cuáles son las técnicas relativas a los materiales y elementos de seguridad del pasaporte: el papel utilizado, la técnica de impresión de seguridad, la técnica de protección contra el copiado y la técnica de expedición.

En tal sentido, el funcionario consular deberá verificar:

  1. Que sus páginas se encuentren correlativamente numeradas, que no hayan sido alteradas, que la costura de estas se encuentre en buen estado y no haya sido alterada;
  2. Que la fotografía y los datos del titular del pasaporte no hayan sido alterados;
  3. Que los elementos y características normales y verificables a simple vista del pasaporte no hayan sido alterados; y
  4. Que los elementos y características de seguridad del pasaporte se encuentren presentes y no hayan sido alterados, para lo cual utilizará es muy útil una lupa y una linterna de luz ultravioleta:
  1. Verificar la autenticidad de las visas previamente otorgadas por los consulados de otros países. Es decir, que los elementos y características normales y de seguridad de dichas visas no hayan sido alterados, para lo cual se utilizará una lupa y la luz ultravioleta.

    En caso sea necesario, consultar por vía telefónica y correo electrónico a los consulados que hayan emitido dichas visas.

  2. Las visas previamente existentes en el pasaporte.-

    Son los documentos otorgados por compañías y entidades privadas y públicas como las cartas o certificados que certifican la membresía de una empresa o institución en determinado Registro Público, consejo de promoción de exportaciones, Ministerios, Organismos Públicos, cámaras de comercio e industria regional o asociaciones de éstas (CII, FICCI, ASSOCAM, FEIO, PHD)

    La situación jurídica es el hecho del registro y la membresía. La carta o certificado da cuenta de ello a quien corresponda pero no puede crear una stuación jurídica. Esta antecede a aquellos.

    Sin embargo, se dan casos en los cuales las compañías india han obtenido una firma y sello de alguna cámara de comercio sin estar registradas ni ser miembras de ella, razón por la cual siempre es necesario confirmar por vía telefónica, epistolar, facsimilar o correo electrónico, la autenticidad de la carta o certificado.

    La existencia de las compañías y entidades privadas y públicas puede también ser verificada utilizando las herramientas de la red Internet, particularmente, a través de la guía telefónica, y los Sitios en la Red (Web Sites) de los consejos de promoción de exportaciones, Ministerios, Organismos Públicos, cámaras de comercio e industria regional o asociaciones de éstas (CII, FICCI, ASSOCAM, FEIO, PHD).

  3. Los documentos que informan situaciones jurídicas pre-existentes.-

    Los Affidavits o Declaraciones Juradas, documentos de práctica cotidiana y aceptación general en el sistema jurídico de los países de Asia del Sur, requieren una explicación especial.

    En principio, un Affidávit, al igual que los documentos a que se refiere el punto anterior, sólo debe ser válido para dar cuenta de una situación juridica realmente preexistente, hacer una promesa legal o formalizar un consentimiento contractual, práctica que, en una sociedad con un alto nivel de seguridad jurídica en donde la palabra vale tanto como un papel, es saludable y claramente evita trámites burocráticos innecesarios.

    Sin embargo, en esta región del mundo, un Affidavit tiene aplicaciones mucho más amplias y ambiciosas: es útil para dar cuenta de una situación juridica realmente preexistente, hacer una promesa legal, para formalizar un consentimiento contractual e, inclusive, para obtener documentos de identidad y hasta para acreditar que se es propietario de algún bien inmueble. Se hace ante un Notario y, por ser una declaración jurada, no hace falta documento alguno que sustente el dicho. El uso del Affidávit, pues, en sociedades de tradición oral, enorme informalidad y alta inseguridad jurídica como la de los países de Asia del Sur, es una práctica muy peligrosa.

    Un Affidávit, al igual que los documentos mencionados en el punto anterior, no puede servir para crear una situación jurídica que realmente no existe. Será útil para, por ejemplo, hacer inventario de bienes pero no para acreditar la propiedad de tales bienes, o para hacer una promesa legal o para formalizar un compromiso o la voluntad de contraer un compromiso contractual pero de ninguna manera para acreditar que una relación contractual existe.

    Por ello, en Asia del Sur, la etapa de verificación puede ser muy difícil y frustrante, más aún cuando se trabaja en una cuyo presupuesto es deficitario. El Jefe de Misión debe dotar a la sección consular de las herramientas informáticas necesarias y facilitar los recursos necesarios para el desarrollo y mantenimiento de contactos y labor de campo. Esta labor no se puede hacer sólo detrás de un escritorio.

    En conclusión, se recomienda no aceptar de modo alguno Affidavits que contegan declaraciones que pretedan acreditar situaciones jurídicas que no se hallen sustentadas en documentos emitidos por autoridades públicas competentes.

  4. Los Affidavits (declaraciones juradas).-
  5. Verificación de la existencia de la empresa o persona natural que invita o garantiza al interesado.-

Si el garante es persona jurídica, se debe solicitar:

  • Copia de la Libreta Electoral o Carné de Extranjería del representante de la Empresa legalizada notarialmente;
  • Copia legalizada notarialmente del pago efectuado a la SUNAT por el último trimestre del IGV y del pago del FONAVI;
  • Copia legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de la DIGEMIN de la Licencia de apertura de funcionamiento de su Empresa o Negocio;
  • Registro Único de Contribuyente (RUC) o Registro Único Simplificado (RUS) y Registro Unificado, según sea el caso.

Si el garante es persona natural, se debe solicitar:

  • Copia de la Libreta Electoral o Carné de Extranjería legalizada notarialmente o autenticada por el fedatario de la DIGEMIN;
  • Que acredite solvencia económica equivalente a ocho (8) unidades impositivas tributarias de renta neta, a través de sus estados de cuentas bancarias, declaraciones juradas de pago de impuestos, títulos de propiedad, etc.
  1. La Sección Consular cuenta con una Lista Negra de agencias de viaje, instituciones de diversa índole y personas de varias nacionalidades que han estado alguna vez involucradas en el tráfico de visas y personas y falsificación de visas y documentos o son sospechosas de haberlo estado.

    Dicha lista incluye los nombres de los representantes, direcciones domiciliarias y de correo electrónico y números de teléfono y de facsímil.

    También se cuenta con una carpeta que reúne todos los casos de tentativa de tráfico de visas y personas y falsificación de visas y documentos que desde 1997 fueron descubiertos por la Sección Consular.

    El funcionario debe consultar obligatoriamente dichas lista y carpeta y mantenerlas actualizadas.

  2. Verificación de la reputación de las compañías y agencias de viaje locales.-
  3. Mecanismo de coordinación entre los Cónsules y Jefes de Secciones Consulares de las diferentes misiones acreditadas en Nueva Delhi. –

El cumplimiento de esta labor de evaluación y verificación requiere que el funcionario se encuentre bien informado y ello se hace no sólo a través de los medios de comunicación de toda índole sino también a través de una participación activa en las reuniones mensuales de los Cónsules y Jefes de Secciones Consulares de las diferentes misiones acreditadas en Nueva Delhi.

En tales reuniones se intercambia experiencias, se toma conocimiento de nombres de personas naturales y compañías fraudulentas y se obtiene documentación, contactos e información para la verificación de visas, especialmente de los consulados de países desarrollados que cuentan con servicios de inteligencia indiscutibles con quienes se ha establecido mecanismos de cooperación y coordinación y, algo muy importante, se accede a las personas que proveerán la información acerca las técnicas relativas a los materiales y elementos de seguridad de los pasaportes expedidos por sus respectivos países.

En otras palabras, se transciende las pautas de actuación protocolares que son esencialmente lentas y poco eficaces para estos fines, se participa activamente y se cimientan relaciones interpersonales entre los cónsules y jefes de secciones consulares y se dan, por ende, valiosos y continuos intercambios de opinión.

    1. La identificación y la identidad.-
  1. ETAPA DE EVALUACIÓN Y VERIFICACIÓN DE LA IDENTIDAD E IDONEIDAD DEL INTERESADO (LA ENTREVISTA PERSONAL).-

No hay que confundir identificación con identidad. El solicitante se identifica con su carnet de identidad, ,licencia de conducir o pasaporte, pero ello no acredita necesariamente que esa sea su identidad y ésta, en algunos casos, requiere ser verificada.

Tampoco hay que confundir identificación con verificación de la identidad. La identificación es el acto mediante el cual el solicitante, de manera personal y mediante la presentación de parte de los documentos de identidad pertinentes, sostiene ser quien es. Él aporta el dicho y pretende probar el hecho. La verificación de la identidad, no siempre necesaria, es el acto (o actos) que se ejecuta cuando es necesario conocer quien es realmente el solicitante, tiene dudas acerca de los documentos presentados y conviene determinar a autenticidad y legitimidad de éstos y su contenido.

En Asia del Sur, dado el alto nivel de informalidad e inseguridad jurídica y documental, la verificación de la identidad es parte crucial del proceso de evaluación de la idoneidad del interesado.

Pero, ¿cómo se hace verifica una identidad?

En primer lugar, el funcionario debe ocuparse de tomar nota y conocer:

  • La estructura, registros y facultades de los gobiernos de administración local o regional que, en el caso de la India, son las Corporaciones Municipales en las ciudades y los Panchayats en las áreas rurales.
  • Los criterios de ubicación geográfica y de funcionamiento de los Registros de Estado Civil y los Registros Públicos nacionales, regionales y locales, según el caso.
  • El sistema de identificación local, su estructura funcional, sus procedimientos, metodologías y técnicas de comprobación así como las autoridades que en ello participan.
  • Los sistemas de verificación de identidad y de comprobación de existencia de bienes ofrecidos en garantía que utilizan los bancos e instituciones financieras urbanas y rurales en el trámite de solicitudes de préstamo.
  • Los niveles de informalidad empresarial.

Sobre esa base y según las características de cada país, se debe determinar una cadena de identidad que tiene como fundamento el hecho de que todo documento de identidad (carné, licencia de conducir o pasaporte), hacia atrás, ha sido hecha sobre la base de un documento fuente y, hacia delante, puede servir para legitimar una prueba falsa de identidad como, por ejemplo, un pasaporte, una licencia de conducir, un carnet de extranjería o de mebrecía, una libreta de ahorros o una tarjeta de crédito que, a su vez, puede ser utilizada para alguna transacción contractual.

Jan Grijpink, en su artículo el estudio "Identity fraud in an information society: The case for a chain approach" publicado en la página en la red de la INTERPOL, proporciona una guía importante para determinación de una cadena de identidad:

Eslabones de la cadena de identidad

Documento fuente

Documento legal u oficial de identidad para uso general

Documento contractual de identidad o número de identidad personal (PIN)

Transacción

Ejemplos

Partida o certificado de nacimiento

Pasaporte, licencia de conducir, carné de extranjería

Tarjetas o carnes de pago o de membresía, PIN, etc.

Autorizaciones, accesos, etc.

  1. La entrevista personal.-

La entrevista, en tanto es uno de los métodos más importantes de evaluación del comportamiento humano, es un instrumento muy eficaz de selección. Se caracteriza por ser fundamentalmente una comunicación oral entre dos o más personas donde existen dos roles definidos, entrevistador y entrevistado, unos objetivos conocidos y en el contexto de una relación no simétrica cuyo control está a cargo del entrevistador.

Es obligatoria en principio y se efectúa a fin de comprobar:

  • La identidad del solicitante.
  • La validez de la documentación personal o de la documentación aportada.
  • La regularidad de la residencia en el país de la solicitud.
  • Las condiciones económicas, académicas o profesionales del solicitante.
  • La regularidad de la estancia o residencia en el país de solicitud, el motivo, itinerario, duración del viaje y las garantías de retorno al país de residencia.

Es recomendable que la entrevista personal se lleve a cabo en los siguientes casos:

  • Cuando el interesado no tiene un historial de visas.
  • Cuando el historial de visas no es convincente o han sido otorgadas por países "fáciles" o no pueden ser fácilmente verificadas por no haber sido otorgadas en Delhi sino en otras ciudades.
  • Cuando los documentos anexos a la solicitud presentan contradicciones entre sí, con la realidad de los hechos o con los hechos comprobados en el proceso de verificación.
  • Cuando se trate de artistas o grupos artísticos o de cadenas de producción de películas, documentales y videos.
  • Cuando la visa ha sido autorizada por la Dirección General de Migraciones (DIGEMIN) sin que dicha autorización haya sido solicitada por la Misión, no se haya solicitado previamente verificación alguna y no existan antecedentes favorables sobre el beneficiario en los archivos de la Misión. Lamentablemente, se han dado muchos casos en los cuales DIGEMIN ha autorizado el otorgamiento de visas temporales de turismo y negocios sin haber tenido la posibilidad física de entrevistar personalmente al interesado, ni verificar la autenticidad de los documentos supuestamente emanados de entidades públicas o privadas locales (no peruanas), ni mucho menos verificar los hechos que tales documentos pretenden acreditar.

Sin embargo, la entrevista no se justifica cuando la solicitud del interesado ha pasado satisfactoriamente el proceso de verificación de documentos o cuando tiene un historial de visas otorgadas por la misma u otras oficinas o secciones consulares peruanas y, en general, la solvencia económica, social y moral ha quedado demostrada.

  1. ¿Qué se debe tener en cuenta en una entrevista?

En principio, la entrevista debe hallarse semi-estructurada. Es decir que debe existir un texto o secuencia prefijada pero no excluyente de preguntas, abiertas o cerradas, obtenidas de un estudio minucioso del expediente. Dicha estructura, sin embargo, no debe ser rígida sino que debe tener la flexibilidad necesaria para que el funcionario consular haga otras preguntas sobre la base del esquema o plan previo o fuera de él.

Se debe apreciar positivamente en el entrevistado:

  • La actitud activa y comunicativa.
  • El conocimiento del objeto de su viaje y del lugar a donde va.
  • El conocimiento del idioma castellano o del inglés. De no entender el castellano, deberá explicar la forma como se desenvolverá idiomáticamente en el Perú.
  • Las respuestas precisas a preguntas precisas.
  • Las Ideas claras.
  • La disposición a colaborar en la verificación de cualquier información o documento

Por el contrario, será negativo:

  • La apatía o indiferencia o, por el contrario, el nerviosismo.
  • Las respuestas evasivas o parciales, es decir, ignorar o pretender no haber entendido las preguntas o pedidos específicos del funcionario consular.
  • El ánimo impositivo para convencer.
  • La premura y excesiva urgencia del viaje
  • El uso injustificado de representantes.
  • La imposibilidad o dificultad en conseguir que los representantes hagan que los interesados acudan a una entrevista personal, generalmente bajo pretextos como "es muy difícil", "vive muy lejos", "es muy caro", "vendrá sólo si usted me dice que le dará la visa" o cualquier otro por el estilo. 
  1. La diversidad y los valores sociales, políticos, morales y estéticos.-

La diversidad.-

En la India se hablan más de 1,600 dialectos, comprendidos en 14 grandes grupos. La Constitución estipula que el hindi (hablado por el 30% de la población) es el idioma oficial del país, mientras el inglés es un idioma asociado a los asuntos administrativos. No obstante, el dominio oficial del hindi es inaceptable para estados como Tamil Nadu en el sur de la India. La Constitución también reconoce 17 idiomas regionales oficiales, de los cuales los más extendidos son telugu, bengalí, marathi, tamil, urdu y gujerati.

La mayoría de los pueblos orientales y septentrionales hablan idiomas indoarios como assamés, punjabí, urdu, hindi y bengalí. La influencia de contactos con Persia y el periodo mogol se pueden apreciar en el idioma al igual que en la arquitectura, indumentaria y otros aspectos de la vida en el norte del país. Estos idiomas derivan del sánscrito, ahora una lengua casi muerta, pero que todavía se utiliza en la lectura de textos sagrados y otras ceremonias religiosas.

Como contraste, los idiomas drávidas del sur, como el kannada, el telugu y el malayalam, derivan ante todo del tamil, aunque el malayalam contiene un número considerable de palabras sánscritas. Todos estos idiomas han dado lugar a una rica y abundante literatura. De los 17 idiomas reconocidos en la constitución, el manipuri, el idioma del Estado norteño más lejano de Manipur, tiene origen chino-tibetano.

La cosmovisión predominante.-

Según la cosmovisión predominante (la hinduista), la vida, el universo y todo lo que hay en él tienen una trayectoria de vida cíclica que va de la creación perfecta, un proceso inevitable de degeneración y llega siempre a la destrucción y luego a una nueva creación, degeneración, destrucción y así sucesivamente.

Por razones de índole filosófica se acepta que la vida es llevadera tal como está dada, con todas sus limitaciones y, por ello, la actitud hacia el disfrute y el espíritu emprendedor y aventurero es algo sin sentido.

Los valores sociales.-

La organización social india se basa en la idea de jerarquía, no en la de igualdad. La ideología de las castas estratifica la sociedad humana en diferentes tipos de funciones (espiritual, militar, política y administrativa, productiva y servil) y éstas responden a un sistema de valores en el que se gradúan según su importancia para el funcionamiento y salud de la sociedad y según un sistema de recompensas y privilegios que tienen relación directa con las funciones.

Al no creer que todos los seres humanos son iguales sino sólo "igualmente humanos", no se cree que todos deban tener las mismas oportunidades o un nivel de vida uniforme, concepto que muy ligado a las ideas de la trascendencia de la individualidad como el valor más elevado y en donde los conceptos de la vida como algo lineal con un principio y un fin, la evolución y el progreso no existen.

El objetivo principal de cada individuo es siempre la perpetuación del estatus en la sociedad. Aunque, la valoración del hombre se basa en la pertenencia de éste a un grupo y no como individuo en sí.

Los indios tienen un concepto bastante fuerte sobre la hospitalidad y la amistad. Los huéspedes e invitados son tratados siempre como personas honorables e importantes.

En India, estar solo es estar solitario y el concepto de privacidad y espacio mínimo es casi inexistente. De hecho, en hindi, todas las palabras relacionadas con privacidad y soledad tienen connotaciones negativas de pérdida o de rechazo. Cuando un indio siente que existe una amistad, se sienten de inmediato con el derecho de disfrutar de los privilegios de los amigos como efectuar y recibir visitas a cualquier hora del día y sin previo aviso y permanecer en casa para cenar o simplemente pasar un rato de ocio o leer libros, pedir favores y consejo sobre como lograr una visa y un viaje de turismo, estudios o trabajo a algún país de Europa, Norteamérica o Sudamérica, ofrecer y esperar ayuda.

Dicha conducta, que suele ser experimentada como una imposición, puede llevar a grandes malentendidos y su manejo requiere de mucho tacto. Los indios suelen sentir que los extranjeros no son sinceros en sus afectos iniciales y los extranjeros que éstos sólo están interesados en su amistad por lo que pueden obtener de ellos.

Los valores morales.-

Los valores morales, por su parte, se rigen por la política de "vive y deja vivir", la actitud es tímida y poco agresiva, carece de severidad y de convicción respecto a las cuestiones de "lo correcto y lo incorrecto", "lo verdadero y lo falso" y "el bien y el mal" y por la ausencia de un propósito de búsqueda de la perfección.

La trascendencia de la individualidad y la perpetuación del estatus en la sociedad como valor y objetivo principales, el Karma (el destino preestablecido) y el Dharma (el deber asociado a lo que se espera de un individuo por pertenecer a una casta, como acción e independientemente de su resultado) hacen que los conceptos en sentido estricto de verdad, pecado, compasión y remordimiento prácticamente no existan.

La India tiene fundamentalmente una cultura de tradición oral, la sociedad india es bastante relajada, informal y amante de las murmuraciones y el "chismorreo" sin finalidad alguna y por el puro placer que ello y las relaciones humanas significan. La gente no suele inclinarse a actuar a favor de quienes no conocen personalmente, pero son capaces de hacer ciertos sacrificios por aquellos que conocen. Les cuesta mucho relacionarse con una persona si lo único que conocen de ella es una firma y un nombre en un papel. Necesitan el contacto personal.

Los valores estéticos.-

Las creaciones tienen casi siempre un valor meramente estético y no utilitario, tal como si ocurre en occidente, razón por la cual, las expresiones artísticas indias son muy espontáneas y casi nunca siguen un patrón voluntariamente pre-establecido sino aquello que "está dado" en la naturaleza de cada obra.

La percepción del tiempo.-

El concepto del tiempo, por su parte, incluso en las ciudades, es más el de una sociedad agrícola que industrial y se puede incluso decir que no existe. De hecho, en hindi, los conceptos "ayer" y "mañana" son definidos con la misma palabra, con lo cual ésta quiere decir algo así como "no hoy" y que toma sentido dentro del contexto de una conversación. La puntualidad –producto de la sociedad industrial- no es una virtud en este país en donde la hora convenida es siempre "muy temprano" y el lema es "no haga hoy lo que puedes hacer después".

La entrevista personal es, por ello y en muchos casos, una sesión de interrogación y confrontación de hechos, versiones y comprobaciones para lo cual se requiere haber estudiado minuciosamente cada caso y ser capaz de utilizar instrumentos psicológicos verbales y conductuales. Así, por ejemplo, cuando se trate de grupos artísticos o de cadenas de producción de películas, documentales y videos, es conveniente incluso solicitar la representación de un fragmento del drama o de la danza, la ejecución de los instrumentos, el manejo de los equipos en la embajada para averiguar si artistas o delegados son genuinos o no.

En algunos casos, se deberá ser cortés pero riguroso y en otros muy amigable, dependiendo ello de la personalidad del interesado.

En el caso de los ciudadanos de los países de Asia del Sur, se requiere de hecho mucha paciencia y tener claro que para la mayoría de ellos todo, absolutamente todo, es susceptible de ser negociado, regateado y sobornado, aún en el caso de los migrantes legales quienes estarán dispuestos a negociar, regatear y sobornar si con ello se obtiene un atajo en el trámite. Por ello, las indicaciones deben ser extremadamente claras y, de preferencia, ser por escrito pues el interesado, aún los migrantes legales, negará sin rubores cualquier cosa que hayan dicho o hecho y que no les favorezca.

  1. Es indispensable el uso de la tecnología informática, tanto de los medios físicos como de los medios lógicos (aplicaciones) de tratamiento electrónico de la información y de la tecnología de telecomunicación de datos.

    Los instrumentos informáticos con los debe necesariamente contar la oficina o sección consular son tanto las herramientas de productividad administrativa que dan apoyo al trabajo administrativo que suponen la automatización parcial del trabajo del personal administrativo, como las bases de datos accesibles a distancia y las redes de comunicaciones digitales en sí, fundamentalmente las redes de transmisión de información a escala global y el mecanismo tecnológico global de articulación y soporte de flujos de información a escala planetaria (INTERNET).

    En "La diplomacia en un mundo globalizado" escrito por Oscar Hernández se resume claramente este aspecto:

    "La tradicional manera de hacer Diplomacia y representar los intereses de los Estados, pareciera quedar fuera de contexto, si no se complementa con modernos estilos gerenciales y una nueva actitud ante la oportunidad de aprovechar racionalmente los recursos humanos disponibles y el acceso a los instrumentos logísticos que tenemos hoy en nuestras manos, tales como los de la comunicación. Por ejemplo, con la apertura de la Internet comercial, miles de empresas aparecen en las páginas del llamado World Wide Web (WWW), la sección de multimedia que intercomunica cerca de 80 millones de usuarios de computadoras"

    "El acceso a la información mas que en ninguna época esta a la vuelta de la esquina. En nuestras casas están las más sofisticadas bases de datos, las noticias de todos los medios del mundo, las bibliotecas a nuestro alcance, estadísticas, análisis y pare usted de contar porque hasta las reservaciones de viaje las podemos hoy hacer cómodamente desde nuestros hogares. Un miembro de la comunidad internacional sin aprovechar estas herramientas pierde gran parte de su efectividad"

    "La información es hoy más atractiva, abre nuevos caminos, sugiere alternativas y si estamos ante una era de diplomacia creativa, ello es fundamental."

    "A través de la informática podemos hoy saber efectivamente dónde se encuentran las oportunidades de negocios para el Estado y para nuestros empresarios, nos adelantamos a prevenir acontecimientos, nos enteramos sobre nuevas tecnologías en todos los campos y podemos hasta evitar conflictos. Vivimos definitivamente en un mundo en donde manejar los de la tecnología de la información es vital."

    De mucha utilidad son las páginas en la Red de los ministerios e instituciones públicas, de las compañías telefónicas, de las cámaras de comercio e industria y asociaciones de éstas, de los diarios y revistas, de las instituciones privadas y públicas y los miles publicadas por entidades comerciales o de apoyo al comercio.

    Las oficinas y secciones consulares cuentan con acceso al servicio de las consultas en línea que brindan la Superintendencia de Administración Tributaria (SUNAT) y del Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (RENIEC), las que son muchísima utilidad, pero no cuenta con acceso al de la Oficina de los Registros Públicos de Lima y Callao y de otras ciudades en el Perú. Este servicio permitiría ver las fichas y partidas electrónicas de las Oficinas Registrales de Lima, Callao, Cañete, Barranca, Huacho y Huaral, particularmente, los Registros de la Propiedad Inmueble, de Personas Jurídicas, de Personas Naturales y Vehicular y llevar a cabo con rapidez los procesos de verificación y decisión no solamente en lo que a visas se refiere sino también en lo concerniente a la función notarial de toda oficina y sección consular.

  2. LA TECNOLOGÍA INFORMÁTICA.-
  3. ETAPA FINAL: APROBACIÓN O DENEGACIÓN DE LA SOLICITUD DE VISA.-

Al final de este proceso, la solicitud de visa es aprobada o denegada. En ambos casos, se mantiene la numeración, se resume los resultados en la hoja de información, verificación y opinión adjunta al formulario de solicitud de visa y se archiva junto con las demás solicitudes. Si la solicitud es denegada, se hará una copia adicional para la carpeta de Casos de Tráfico, Defraudación y Falsificación detectados por la Embajada del Perú y, de ameritarlo, se informará a la Dirección General de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores en Lima y se compartirá la información con los colegas de las embajadas latinoamericanas y de las embajadas que participan en el mecanismo de coordinación entre los Cónsules y Jefes de Secciones Consulares de las diferentes misiones acreditadas en Nueva Delhi.

BASE LEGAL DE LA ESTRATEGIA Y LAS MEDIDAS DE PREVENCIÓN DE LOS DELITOS CONTRA EL ORDEN MIGRATORIO EN AGRAVIO DEL ESTADO PERUANO.-

  • Artículo 12 de la Ley de Extranjería (D. Leg. 703): "Para los efectos de la presente Ley, se entenderá por Visa, la autorización de la calidad migratoria que otorga la Dirección de Migraciones y Naturalización de la Dirección de Gobierno Interno a un extranjero para su admisión, permanencia o residencia en el territorio nacional".
  • Artículo 16 de la Ley de Extranjería: "Las Visas se otorgarán en las oficinas y secciones consulares peruanas, en los lugares de control migratorio que establece el artículo 21 de la presente Ley, así como en las dependencias de la Dirección de Migraciones, de conformidad con las normas del Reglamento de Extranjería".
  • Artículo 21 de la Ley de Extranjería: "Las Oficinas consulares y Secciones Consulares podrán extender a los extranjeros salvoconductos consulares validos para ingresar al territorio nacional en las circunstancias que establece el Reglamento Consular del Perú".
  • Artículo 16, segundo párrafo, de la Ley de Extranjería: "Las autoridades de control migratorio podrán modificar o anular las visas otorgadas en pasaportes comunes que no se ajusten a las normas establecidas en la presente Ley y su reglamento o por razones de seguridad nacional"
  • Artículo 303 – A, del Código Penal vigente (modificado por Ley No. 27202): Delitos contra el Orden Migratorio – Tráfico Ilícito de Personas: Agradeceré ver Anexo 1, Folio No. 39.
  • Artículo 67 del Reglamento Consular vigente: "Para otorgar visación consular a extranjeros, el funcionario deberá ceñirse a lo dispuesto en (…) la Ley de Extranjería y en el Reglamento Consular.
  • Art. 129º del D.S. 005-90-PCM, Reglamento del D.LEG. 276 dice "los funcionarios y servidores deberán actuar con corrección y justeza al realizar los actos administrativos que les corresponda, cautelando la seguridad y el patrimonio del Estado que tengan bajo su directa responsabilidad."
  • Circular MC-32, puntos tercero y cuarto, de nuestra Cancillería del 30 de enero de 1996 sobre "Ingreso de extranjeros al Perú y expedición de visas". Entre otros tópicos, con esta circular se alerta sobre la existencia de mafias que se dedican al tráfico de personas, armas, drogas y falsificación de documentos y se instruye a las oficinas y secciones consulares al estricto cumplimiento de las instrucciones que se les imparte. También se recuerda y enfatiza el hecho de que al Perú no le interesa propiciar el falso turismo y, expresamente, se autoriza a los cónsules a "… exigir otros requisitos que avalen la idoneidad, trabajo o profesión, bolsa de viaje, reservaciones de hoteles, lugares a visitar, etc. del interesado (…) si a su criterio el interesado fuere un falso turista…".
  • Circular MC-243 de nuestra Cancillería del 6 de setiembre de 1996 sobre "Visas NIT a ciudadanos hindúes". En este cable se informa sobre el ingreso al Perú de cuarenta y tres (43) falsos turistas de nacionalidad india y quienes contaban con visas NIT Turista otorgadas por nuestras oficinas consulares. En vista de ello, se instruye, expresamente, a las oficinas consulares que, al momento de otorgar visas NIT Turista a ciudadanos indios, se les exija todos los requisitos mencionados en el acápite B) 7.2.2. del MC-2 y se tenga presente los puntos segundo y tercero de dicho MC-32 en el sentido de desalentar el ingreso a nuestro país del falso turista.
  • Directiva sobre "Visas y autorizaciones de entrada" publicada en la página oficial WEB del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
  • Circular MC-264 de nuestra Cancillería del 13 de julio de 2000 sobre "Tráfico de personas."

LEYES PERUANAS SOBRE LAS MIGRACIONES.-

  1. Leyes.-
  • Ley 26.174 Regula la Aplicación del Programa MigraciónInversión Destinado a Facilitar la Nacionalización de Ciudadanos Extranjeros que Desean Aportar Capital e Invertir en el Perú (22 de marzo de 1993).
  • Ley N° 4145 Exclusión y Expulsión (22 de septiembre de 1920)
  • Decreto Legislativo N° 703 Promulgan la Ley de Extranjería (5 de noviembre de 1991)
  • Decreto Legislativo N° 689 Dictan la Ley para la Contratación de Trabajadores Extranjeros (4 de noviembre de 1991)
  • Decreto Legislativo N° 662 Programa Migración Inversión (29 de agosto de 1991)
  • Decreto Legislativo N° 663 Ley de Promoción de la Migración con Inversión Extranjera (29 de agosto de 1991) (Derogado por la Ley 26.174 del 22 de marzo de 1993).
  • Decreto Legislativo N° 370 Ley Orgánica del Ministerio del Interior (4 de febrero de 1986)
  • Decreto Ley N° 22534 Apruébase la Decisión N° 116: "Instrumento Andino de Migración Laboral" de la Comisión del Acuerdo de Cartagena (15 de mayo de 1979)
  • Decreto Ley N° 21702 Incorporan al Ministerio del Interior Dirección de Migraciones (23 de noviembre de 1976)
  1. Decretos.-
  • Decreto Supremo N° 23-95-RE Establece un Régimen Parcial de Exención de Visas para el Ingreso al Territorio Nacional de Turistas Extranjeros (18 de octubre de 1995)
  • Decreto Supremo 3-95-IN Modifica el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio del Interior en la Parte Relativa a la Dirección General de Migraciones y Naturalización (25 de agosto de 1995)
  • Decreto Supremo 04-IN-94 Modifica el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio del Interior (29 de abril de 1994)
  • Decreto Supremo 014-92-TR Reglamento de la Ley para la Contratación de Trabajadores Extranjeros: Reglamento del Decreto Legislativo N° 689 (21 de diciembre de 1992)
  • Decreto Supremo N° 0014-92-RE Aprueba el Reglamento del Programa de Migración Inversión, Establecido por el Decreto Legislativo N° 663 (22 de mayo de 1992)
  • Decreto Supremo 003-90-IN Dispone que los Extranjeros Inmigrantes y No Inmigrantes Residentes que Salgan o Reingresen al País están Exonerados de Presentar Varios Documentos (Ficha de Salida y Reingreso y Permiso Especial de Salida) (5 de marzo de 1990)
  • Decreto Supremo 002-90-IN Adecuan Procedimientos Seguidos para Obtención de Títulos de Nacionalización Adecuándolos a Exigencias de la Ley de Simplificación Administrativa (1 de marzo de 1990)
  • Decreto Supremo N° 12-80-TR Contratación de Técnicos Extranjeros Altamente Calificados (17 de julio de 1980)
  • Decreto Supremo N° 296-68-HC de los Cambios de Calidad Migratoria con Excepción de los Artistas o No Inmigrantes Residentes en la República (14 de agosto de 1968)
  • Decreto Supremo N° 5-RE Control Tributario de las Personas que se Ausenten del País (2 de febrero de 1957)
  • Decreto Supremo N° 568-RE Procedimiento para Modificar la Calidad Migratoria (11 de octubre de 1956)
  • Decreto Supremo N° 118-RE No Inmigrante Temporal-Artista (11 de marzo de 1953)
  • Decreto Supremo N° 417-RE y Modificaciones – hasta 1987 – al Reglamento de Inmigración del 15 de mayo de 1937
  • Decreto Supremo Relativo a Limitaciones a la Inmigración y a las Actividades de los Extranjeros en el Perú (26 de junio de 1936)
  1. Resoluciones.-
  • Resolución Ministerial N° 989-95-IN Autoriza a la Dirección General de Migraciones y Naturalización, la Emisión y Distribución de la Tarjeta Andina de Migración de Acuerdo al Diseño y Contenido del Formato Aprobado por el Comité Andino de Autoridades de Migración (CAAM) (9 de agosto de 1995)
  • Resolución Ministerial 829-95-IN Modifica la Organización Interna del Ministerio del Interior para Cumplir la Ley 26.473 Que Dispuso la Reestructuración de la Dirección de Migraciones y Naturalización (4 de julio de 1995)
  • Resolución Ministerial N° 548-95-in-030100000000 Normas y Procedimientos para la Aplicación de Sanciones a Extranjeros que Infrinjan la Ley de Extranjería (9 de mayo de 1995)
  • Resolución Ministerial 350-95-IN-03010 Aprueban Directiva sobre Normas y Procedimientos para Adquirir la Nacionalidad Peruana y el Título de Naturalización (30 de marzo de 1995)
  • Resolución Ministerial N° 021-93-TR Aprueban Formularios para la Adecuada Aplicación de la Ley de Contratación de Trabajadores Extranjeros (3 de febrero de 1993)
  • Resolución Ministerial N° 0059-92-IN/DGGI Establecen Responsabilidades y Funciones de los Organos Competentes en los Puntos de Cruce Autorizados para el Tránsito Internacional (23 de enero de 1992)
  • Resolución Ministerial N° 08733-91-IN/GI Aprueba la Directiva N° 001-91-IN/DGGI que Norma los Procedimientos para la Obtención de la Nacionalidad Peruana (3 de octubre de 1991)
  • Resolución Suprema N° 019-90-ICTI/TUR Reglamento de Régimen de Exención de Visas y Pasaportes (12 de junio de 1990)
  1. Reglamentos.-
  • Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior (julio de 1995) .

BIBLIOGRAFÍA.-

Breve  Historia  de  las  Migraciones. Luis Sanguinet Cabral. Documento redactado por el autor con vistas a su presentación en el Congreso Iberoamericano organizado por Aculco, Asociación de Inmigrantes Colombianos, que se realizó el 21 y 22 de febrero del 2000. Alcalá de Henares, 21 de febrero 2001. 

Boletín trimestral No.21: Tráfico de Migrantes: Existen formas de detener el tráfico mundial de migrantes. Organización Internacional para las Migraciones. Ginebra, Verano de 2000.

Informe de la Organización Internacional para las Migraciones: Lucha internacional contra el tráfico de personas, 2000.

Las migraciones y los cambios socioeconómicos en Africa. Adepoju, A. 1979. Revista Internacional de Ciencias Sociales, vol. 31, nº 2.

Informe / Crítica a las políticas restrictivas. Sección Sociedad. Especial para diario EL MUNDO de España.María Teresa Benítez de Lugo. 2 de Noviembre de 2000.

Informe: Una industria infame: pobreza, inmigración ilegal y esclavitud: Tráfico humano, el delito mundial que más crece. Alejandra Pataro de la Redacción de Clarín de Buenos Aires. Desde Ginebra, Juan Gasparini.

Boletín trimestral No.23: Tráfico de Migrantes: Nuevas cifras de la OIM sobre la escala mundial del tráfico de personas. Organización Internacional para las Migraciones. Ginebra, Abril del 2001. Número Especial.

India: el elefante anémico. Jagadananda Sundar N. Mishra, R. Gopa Kumar. Instituto del Tercer Mundo-Control Ciudadano. Una red de ONG de monitoreo y vigilancia de los compromisos realizados por los gobiernos en la Cumbre Mundial de Desarrollo Social  y la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer.

Análisis económico del turismo receptivo en el Perú. Juan León Mendoza. Economista. Magister en Economía. Profesor de la Facultad de Ciencias Económicas de la UNMSM, Investigador del Instituto de Investigaciones Económicas.

ESTADÍSTICAS DE TURISMO DE LA COMUNIDAD ANDINA. 1990 – 1998. Secretaría General de la Comunidad Andina, enero de 2000

COMUNIDAD ANDINA, Sistema Subregional de Información Estadística – Decisión 115. ELABORACION:COMUNIDAD ANDINA – Secretarïa General, Proyecto 5.2.5 Estadística.

Identity fraud in an information society: the case for a chain approach. Jan Grijpink. Interpol. Informe de la Organización Mundial para las Migraciones.

La administración pública en la era de la información. Informe. Francisco José López Carmona. Subdirector General Adjunto de Medios Informáticos y Servicios del Ministerio de Medio Ambiente. Agosto de 1999.

Oscar Hernández, Diplomacia Creativa, Caracas: Miro Popic Editor, marzo de 1995.

Informe y análisis: "Ventajas turísticas no explotadas". Alberto Mosquera Moquillaza. Revista de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos.

Informe: India: evaluación como mercado potencial de turismo receptivo. Embajada del Perú en la India. Mayo de 2001.

Encuentro de culturas: la visión orgánica y la visión arquitectónica. Pratima Bowes. Traducción de Oscar Pujol. 1997.

Nueva Delhi, Setiembre de 2001.

 

Julio Álvarez Sabogal

Partes: 1, 2, 3

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