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El Desarrollo Forestal Posible de la Venezuela Socialista del siglo XXI (página 4)

Enviado por Inocencio Soto


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Con esta política el Estado venezolano conseguirá bajar significativamente su dependencia de la explotación petrolera, diversificará su producción, incrementará importantemente su economía, elevará el nivel de vida de su población, asegurará un mejor patrimonio para las futuras generaciones de venezolanas y venezolanos, responderá a su compromiso con la humanidad y el mundo y, lo más importante, modificará favorablemente nuestra cultura y por tal la relación pueblo venezolano – naturaleza.

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Políticas asociadas

Como ya sabemos, una política para el desarrollo forestal debe estar enmarcada en una política sobre Aprovechamiento de nuestros Recursos Naturales y esta, a su vez, dentro de una política sobre Ambiente y Desarrollo y debe incluir políticas sobre Patrimonio Forestal, Recursos Forestales, Bosques Naturales, Tierras Forestales y Organización socio productiva forestal, entre varias otras.

Muchas de las líneas que deben contemplar estas políticas "asociadas" a la de Desarrollo Forestal ya están señaladas por nuestra Constitución Nacional y por la LeyPrograma (54) Algunas líneas que deberían contener estas políticas son:

AMBIENTE y DESARROLLO:

  • El Ambiente es de todas y todos. Es NO – mercadeable.

  • Deber del Estado y actores sociales en brindar un ambiente sano

  • Entregar un mejor ambiente para el futuro

  • Sólo se podrán ejecutar proyectos que puedan compensar (prevenir, mitigar o corregir) los Impactos Ambientales Negativos que originen.

APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALES:

  • Los recursos naturales son, unos, propiedad del Estado, otros, propiedad social o de colectivos. Los mismos son inalienables.

  • Los recursos naturales son instrumento de desarrollo del pueblo.

  • El aprovechamiento de los recursos naturales sólo se justifica cuando es para producir beneficio social.

PATRIMONIO FORESTAL:

  • Como tal, es de interés social y utilidad pública. Protegidos por el Estado.

  • Como tal, estamos obligados a legarlo a las futuras generaciones en igual o mejores condiciones.

  • Es la herramienta clave para emprender el desarrollo forestal del país.

  • El Estado y Gobierno desplegará un plan para el engrandecimiento y fortalecimiento del patrimonio Forestal.

RECURSOS FORESTALES EN GENERAL:

  • De interés nacional y utilidad pública.

  • Reconocimiento de su papel fundamental para la existencia de la humanidad

  • Reconocimiento de su papel estratégico para el desarrollo armónico nacional.

  • Reconocimiento de la complejidad sistémica de estos recursos y de nuestro escaso conocimiento sobre ello.

  • Responsabilidad primaria de preservarlos.

  • Intención de incrementarlo y mejorarlo para las futuras generaciones.

BOSQUES NATURALES:

  • Necesidad y compromiso de preservarlos.

  • Intención de mejorarlos y de incrementar su superficie.

  • Posibilidad de aprovecharlos solamente si se garantiza su estabilidad estructural y funcional.

  • El Bosque Alto solamente podrá aprovecharse una sola vez con fines madereros. Dejar a las futuras generaciones la decisión sobre nuevas intervenciones madereras.

TIERRAS FORESTALES:

  • Destinadas al desarrollo de proyectos forestales.

  • Compromiso de evitar su degradación.

  • Necesidad de incorporar proyectos agrícolas y pecuarios acompañando todo proyecto forestal que en ellas se establezca.

  • Sometimiento a legislación especial.

Pero existen otras políticas asociadas a lo forestal que deben definirse también, como por ejemplo: Investigación, Fomento, Estímulo a la organización social productiva, etc.

Comparación de las Metas planteadas

Para quien le parezcan demasiado ambiciosas o irrealizables las metas que planteo en la definición política propuesta (base para el debate y construcción colectiva final) primero digo que, como país, tenemos con qué hacerlo, dónde hacerlo y sabemos cómo hacerlo. Segundo, permítanme señalar algunas cifras sobre metas contemporáneas de establecimiento de plantaciones forestales que adelantan varios países latinoamericanos:

  • Colombia. Plan de Acción para la Reforestación Comercial, 2011 – 2014 (56) Meta: Contar con 600.000 Hectáreas de plantaciones forestales comerciales para el año 2014. Reto: Establecer 250.000 hectáreas de plantaciones comerciales en tres años (2012, 2013, 2014)

  • Brasil. Para la década de los 60 este país hermano contaba con 200.000 hectáreas de plantaciones forestales. Para el año 2002 poseía poco más de 5.000.000 de hectáreas (8) Para el año 2012, 7 millones de Has., y pretende llegar a la cifra de 10 millones de hectáreas de plantaciones forestales para el año 2020 (9) Esto es, establecer tres (03) millones de hectáreas en ocho años, es decir, unas 375.000 has anuales.

  • Méjico. Con su Plan Estratégico Forestal 2001 – 2025 (57) este país hermano pretende establecer dos (02) millones de hectáreas de plantaciones forestales en diez (10) años, desde el 2016 hasta el 2025, cuando alcanzarían los 2,5 millones de hectáreas totales de plantaciones forestales. Esto es 200.000 has anuales de plantaciones.

  • Ecuador. El Plan Nacional de Forestación y Reforestación (58) contempla el establecimiento de 50.000 hectáreas anuales de plantaciones durante 20 años.

  • Perú. En su Plan Nacional de Reforestación elaborado en el 2005 (59) este hermano país contempla el establecimiento de 50.800 has anuales promedio de plantaciones forestales a partir del 2008, para alcanzar la meta de 864.500 has en total para el 2024.

56. PLAN DE ACCIÓN PARA LA REFORESTACIÓN COMERCIAL. Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Gobierno de Colombia. Bogotá. Agosto de 2011.

57. PLAN ESTRATÉGICO FORESTAL PARA MÉXICO 2025. Secretaría del Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca de México – Gobierno de Finlandia – BID. México D.F. Junio de 2001.

58. PLAN NACIONAL DE FORESTACIÓN Y REFORESTACIÓN DEL ECUADOR. Ministerio del Ambiente de la República del Ecuador – BID. Ecuador 2011.

59. PLAN NACIONAL DE REFORESTACION PERÚ. Instituto Nacional de Recursos Naturales, Ministerio de Agricultura, Gobierno del Perú. Lima. Diciembre 2005.

  • Honduras. En su Estrategia de Reforestación Nacional 2011 (60) este hermano país centroamericano se plantea el establecimiento, por parte del Gobierno, sin incluir las iniciativas comunitarias y estrictamente privadas, de 140.000 has de plantaciones forestales en tres años (2012, 2013, 2014) La meta final de su Plan Nacional es de establecer a largo plazo 1,4 millones de hectáreas.

Nosotros tenemos una capacidad semejante a la de Brasil; tierras forestales, poder financiero, experiencia técnica científica y operacional. Incluso poseemos una gran ventaja comparativa: Pueblo en revolución.

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Sobre la meta del millón de hectáreas en sistemas agroforestales y Agrosilvopastoriles, las bases de la pretensión son las tres siguientes:

  • El conocimiento científico con respaldo vivencial del hecho que la incorporación del elemento arbóreo, especialmente de leguminosas, en los agroecosistemas aumenta la productividad de estos, su resistencia al ataque de plagas y enfermedades y mejora la fertilidad de los suelos. La producción agrícola vegetal, la producción de carne y la producción de leche, aumentan.

  • El hecho que la incorporación de elementos arbóreos en las unidades de producción agrícola y pecuaria significa nuevas fuentes de insumos (madera para estantes, leña, carbón) diversifica su producción y aumenta el valor de los predios. Por estas dos razones, de lo que se trata es de promocionar la idea y apoyar a nuestros productores rurales, quienes, sin duda, dadas las facilidades acompañamiento y beneficios, acogerán con beneplácito tal propuesta.

  • El hecho de que en el país existen (para el 2007 – 2008) 424.256 unidades de producción agropecuaria, que juntas suman 27.073.879 Has, para una superficie promedio de unidad de producción agropecuaria de 64 Has (61) Lograr que los productores dediquen, al menos dos (02) en promedio tres (03) hectáreas de sus unidades de producción a sistemas combinados, sería el reto.

60. ESTRATEGIA DE REFORESTACION NACIONAL 2011. Instituto de Conservación y Desarrollo Forestal, Gobierno de Honduras. 2011

61. VII CENSO AGRICOLA 2007 – 2008. Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras – Instituto Nacional de Estadística. Carcas, Venezuela.

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Propuesta para el debate

Repito, lo que aquí planteo son solamente propuestas. Propuestas para la discusión y construcción colectiva de la o las políticas necesarias.

Lo importante es la participación decidida de todas las fuerzas sociales progresistas en esta materia. Gobierno Central, demás Gobiernos, empresariado real, academias, gremios y otros colectivos, pueblo organizado.

PROPUESTAS SOBRE ESTRATEGIAS PARA EL DESARROLLO FORESTAL VENEZOLANO

Asociado a la definición política, viene el conjunto de estrategias de despliegue de ella. He aquí mis propuestas a este respecto.

Un Plan Nacional de Desarrollo Forestal (PNDF) y Planes Asociados

En acuerdo de unas metas y plazos, confiados en nuestras fortalezas, conscientes de nuestros riesgos y amenazas, contando con los recursos comprometidos y necesarios, toca elaborar los planes de trabajo. Esta planificación por supuesto es multidisciplinaria.

A este nivel hablamos del plan macro y general que defina y ordene las grandes tareas políticas y estratégicas con sentido integral coherente y orgánico y visión completa de los tiempos (corto mediano y largo plazo)

Este plan macro deberá multiplicarse en planes temáticos, de acuerdo a las líneas generales de acción – metas (grandes programas):

  • Manejo del Bosque Natural Alto (Productor y Bajo Protección Absoluta)

  • Plantaciones Forestales con Objetivo Fabril

  • Sistemas Forestales para la Conservación y Recuperación Ambiental

  • Manejo del Bosque Secundario, de Galería y del Monte Espinoso Tropical

  • Sistemas Agro Forestales (y Agro Silvo Pastoriles)

  • Arboledas Urbanas y Peri Urbanas

El plan macro también debe generar planes temáticos "transversales":

  • Organizativos

  • Financieros

  • De Equipamiento

  • De Divulgación y Extensión Educativa

  • De Aseguramiento del Recurso (Vigilancia, Protección)

  • De Activación del Patrimonio Forestal Nacional

  • De Abordaje Geográfico

Todos estos planes deberán desmenuzarse, profundizar en ellos y detallarlos suficientemente, hasta derivar en planes estratégicos / tácticos y perfectamente tácticos / operativos:

  • Planes a 25 años.

  • Planes a 10 años

  • Planes a 5 años

  • Planes Bi anuales, y

  • Planes anuales.

Cada uno de los planes a elaborarse deberá contar con las herramientas gerenciales necesarias para su seguimiento, control, evaluación y retroalimentación (ajustes) Cronogramas, plazos, metas intermedias, formas y métodos de observación y análisis, indicadores de gestión, deben estar incluidos.

Un Órgano Rector del Desarrollo Forestal

Esta es pieza clave del éxito de la presente propuesta. Un solo organismo centralizador de todo el asunto forestal venezolano.

Uno de los inconvenientes actuales al posible desarrollo máximo del sector es la desagregación del tema. El MPPAMB marcha por su lado con la ENFS, Árbol Misión Socialista, CONARE y otros. El MPP para la Industria conduce Maderas del Orinoco, la Empresa Básica de Pulpa y Papel c.a. (PULPACA) entre otras y todo el asunto de las plantaciones industriales (Plan Forestal Industrial de la Patria. 25) Maderas del Alba creo, sigue adscrita al MPPAyT. Cada quien con las mejores intenciones. Asumo que incluso estos ministerios deben estar "coordinando" pero en todo caso se trata de planes y programas aislados o separados que, como lo demuestra la realidad de los hechos, lo que ha producido son tímidas iniciativas (casi todas) sin ligazón orgánica y con notable ausencia del elemento político estructurante.

La conducción de un plan nacional, macro, complejo e integralmente orgánico, requiere de una sola autoridad rectora, una sola dirección, una misma instancia decisora. Un solo ente que permita la coherencia y fluidez necesarias de todo el desarrollo. Una potencia que trabaje única y exclusivamente, a tiempo completo y dedicación exclusiva sobre el tema forestal y el PNDF. Un "ÓRGANO RECTOR NACIONAL DEL DESARROLLO FORESTAL" (ORNDF) es mi propuesta.

Un solo organismo con facultades de planeación y ejecución, coordinación y promoción de todo lo relacionado al tema forestal, tanto productivo como de conservación, igual sobre nuestros bosques naturales, tierras forestales y plantaciones con diversos fines, en general sobre todos los recursos forestales y buena parte del patrimonio forestal también; sobre toda actividad primaria forestal así como del procesamiento industrialización y colocación de los bienes y servicios forestales. Que trabaje junto y para el pueblo organizado, también con los emprendedores privados particulares, pero siempre enarbolando la bandera de la construcción del socialismo, de las EPS y las Comunas.

Un solo organismo planificador sin duda otorga garantías de coherencia y organicidad. Un solo organismo ejecutor representa certidumbre de oportunas respuestas, de acciones sólidas y contundentes. Necesitamos de acierto, efectividad y eficiencia.

Propongo la constitución de una CORPORACIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO (Uso, Conservación y Mejoramiento) FORESTAL, que funja como casa matriz de varios conglomerados de empresas de propiedad social y otros entes. Sería una corporación de desarrollo, no amarrada a lo geográfico como nuestras tradicionales corporaciones regionales, sino ligada a lo temático: el asunto forestal.

Esta propuesta de creación de una Corporación Nacional para el Desarrollo Forestal, puede soportarse legalmente en el artículo 236, numerales 2 y 11 de la Constitución Nacional, en la Ley Orgánica de Administración Central y con los artículos 13 y 98 de la Ley de Bosques (15) que expresa textualmente lo siguiente:

Art. 13: Son empresas forestales del estado las creadas o por crearse, cuyo objeto se refiera a la producción sustentable de bienes y beneficios derivados del bosque y demás componentes del patrimonio forestal, quedando sujetas, en consecuencia, en sus objetivos y fines, a los lineamientos de la Política Nacional Forestal.

Art. 98: El Ejecutivo Nacional, en el marco de los programas de promoción y fomento al desarrollo industrial forestal podrá constituir empresas públicas o mixtas e implementar otros mecanismos de inversión pública directa, con el objeto de incrementar y diversificar la producción e industrialización de productos forestales.

A esta corporación nacional estarían adscritas todas las estructuras públicas y socioproductivas que hayan de constituirse para el desarrollo del tema forestal. También a esta corporación pasarían en adscripción todas las estructuras públicas y mixtas que sobre el asunto forestal existen ya en el país, desligándolas de sus actuales ministerios de adscripción, a saber, entre otras: ENFS (quien bajo esta propuesta estratégica termina de perder su justificación de vida) Árbol Misión Socialista, CONARE, el Laboratorio Nacional de Productos Forestales, la Fundación IFLA, Maderas del Orinoco, PULPACA, Maderas del Alba, etc. Esto permitiría la convergencia orgánica y sincronización de todo el accionar público sobre lo forestal. El ORNDF tendría la potestad de finiquitar, modificar, fusionar o ajustar, la naturaleza objetos sociales y actuación de estos órganos.

Este órgano rector nacional (ORNDF) debería estar adscrito directamente al Despacho del Vicepresidente de la República (Vicepresidencia para el área económica) bajo supervisión directa y en coordinación permanente con los ministerios de Ambiente, Industrias, Agricultura y Tierras y Comunas. Creo que los ministerios del poder popular de Ciencia, Tecnología e Innovación y para la Defensa, también deberían participar en esa colegiatura. Igualmente, el Consejo Federal de Gobierno (CFG) dada su facultad rectora y planificadora en cuanto a descentralización, transferencia de poderes al pueblo soberano y planificación de Distritos Motores de Desarrollo, está llamado a participar en primera línea de la iniciativa socialista de desarrollo forestal.

Este Órgano Rector Nacional de lo Forestal, para mí ya tiene nombre: Corporación Forestal Bolivariana.

El Ordenamiento Territorial Especial Forestal. Los Distritos Motores Forestales

Identificar los grandes espacios del país sobre los cuales se desplegaría el PNDF es tarea fundamental. Identificarlos y darles personalidad jurídica y funcional. Estos espacios se corresponden con sub regiones geográficas conformadas por una superficie continua de territorio con aptitud forestal y/o agroforestal. Obviamente nuestras reservas forestales, las tierras incluidas en el decreto 1.660 (5) y las subregiones agropecuarias del país, pertenecen a estos "espacios forestales".

Hablo de un "Ordenamiento Territorial Especial" concebido y hecho realidad para atender el tema del desarrollo forestal nuestro y sin menoscabo a otras actividades que en esos espacios se realicen.

Estos "grandes espacios para lo forestal" coinciden o se tratan de los denominados "Distritos Motores de Desarrollo" concebidos por nuestro comandante eterno, definidos legalmente por el Reglamento de la Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno (62) en su artículo tercero:

Distritos Motores de Desarrollo: Se entiende por Distrito Motor de Desarrollo la unidad territorial decretada por el Ejecutivo Nacional que integra las ventajas comparativas de los diferentes ámbitos geográficos del territorio nacional, y que responde al modelo de desarrollo sustentable, endógeno y socialista para la creación, consolidación y fortalecimiento de la organización del Poder Popular y de las cadenas productivas socialistas en un territorio delimitado, como fundamento de la estructura social y económica de la Nación venezolana.

En ese sentido, los Distritos Motores de Desarrollo son conforme a sus características históricas, socio-económicas, culturales y a sus potencialidades productivas, donde se localizan esfuerzos institucionales, económicos, políticos y sociales, dirigidos a garantizar su desarrollo integral y sustentable.

(62)

La Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno (63) en su artículo sexto señala la potestad de creación de un Distrito Motor al Presidente de la República en consejo de ministros:

El Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros y Ministras, sin perjuicio de la organización política territorial de la República, podrá crear Distritos Motores de Desarrollo con la finalidad de impulsar en el área comprendida en cada uno de ellos un conjunto de proyectos económicos, sociales, científicos y tecnológicos, destinados a lograr el desarrollo integral de las regiones y el fortalecimiento del Poder Popular, en aras de facilitar la transición hacia el socialismo.

Serían unos Distritos Motores dedicados a lo forestal ("Distritos Motores Forestales", DMF) Un DMF podrá tal vez sobreponerse o solaparse con otro Distrito Motor concebido para otro tema o con cualquier otra figura del ordenamiento jurídico – funcional – territorial, mientras sean compatibles o complementarias las actividades a desarrollarse en ambos.

Las figuras geográficas – sociales – productivas de Distritos Motores de Desarrollo, Comunas y Ejes Territoriales son elementos de la mayor importancia para la nueva concepción geopolítica de la nación. El Programa de la Patria 2013 – 2019 (54) hace uso intensivo de estas "herramientas" para su esquematización de objetivos estratégicos y generales.

2.3.2.1 Lograr la consolidación de un sistema de articulación entre las diferentes instancias del poder popular con el fin de trascender la acción local al ámbito de lo regional y nacional, rumbo a la construcción de un subsistema de Comunas, Distritos Motores de Desarrollo y Ejes de Desarrollo Territorial, en consonancia con las potencialidades territoriales y acervo cultural de los habitantes de cada localidad, atendiendo a la sintonía y coherencia con los planes de Desarrollo Estratégico de la Nación. (54)

62. DECRETO DEL REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO FEDERAL DE GOOBIERNO. Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela. Caracas, 09 de Marzo de 2010. Publicado en Gaceta Oficial no 39.416 Ordinaria, de fecha 04/05/2010.

63. LEY ORGÁNICA DEL CONSEJO FEDERAL DE GOBIERNO. Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela. Palacio Federal de Gobierno, Caracas. 09 de Febrero de 2010.

Al respecto de los "espacios para lo forestal" (DMF) el Consejo Federal de Gobierno se convierte en aliado institucional de los más importantes en el marco de la presente propuesta, por la función señalada en el artículo 5to de su ley (63) sobre el estudio y planificación de los Distritos Motores que se creen para apoyar especialmente en obras y servicios esenciales a las comunidades y regiones de menor desarrollo relativo (64)

El artículo 23 de la Ley del CFG señala:

El Fondo de Compensación Interterritorial (FCI) depende del Consejo Federal de Gobierno, el cual decide sobre la asignación de sus recursos. Anualmente, el Consejo Federal de Gobierno discutirá y aprobará los montos que asignará a través de los estados, los municipios, las organizaciones de base del Poder Popular y la estructura de los Distritos Motores de Desarrollo. (63)

La concepción de un Distrito Motor Forestal, en sus características básicas generales se deberá corresponder con lo pautado por la legislación respectiva. Adicional a este requerimiento, evidentemente la creación de un DMF responderá a la potencialidad efectiva del espacio para lo forestal.

Artículo 21 del Reglamento de la ley del CFG (62):

Creación de los Distritos Motores de Desarrollo: El establecimiento de los ámbitos territoriales de los Distritos Motores de Desarrollo estará determinado en razón de la concurrencia de los siguientes criterios:

1. Que constituyan espacios geográficos con condiciones físico-naturales, socio-culturales, económicas y geopolíticas semejantes.

2. Que sean espacios continuos y que tengan por lo menos un centro de servicio capaz de articular sus áreas de influencia, promover la ocupación del territorio y el desarrollo de actividades productivas socialistas.

El Presidente o Presidenta de la República en Consejo Revolucionario de Ministros y Ministras podrá decretar la creación, supresión o modificación de uno o varios Distritos Motores de Desarrollo, estableciendo la delimitación territorial y productiva que les corresponda.

En consecuencia, se podrán crear Distritos Motores de Desarrollo en base a criterios geográficos y/o productivos. Éstos últimos podrán ser turísticos, agrícolas, agroindustriales, pesqueros, industriales, mineros, forestales, científicos tecnológicos, entre otros.

De igual manera, el Consejo Federal podrá recomendar al Presidente o Presidenta de la República la creación de Distritos Motores de Desarrollo.

Los límites de los Distritos Motores de Desarrollo podrán coincidir o no con los límites político territoriales de los estados, municipios o dependencias federales; en su defecto serán establecidos de acuerdo al sistema de coordenadas geográficas o Universal Transversal de Mercator (U.T.M.), o considerando criterios geográficos asociados a las divisorias de aguas y cotas que representan cambios significativos de pendiente que dan lugar a unidades de paisaje diferentes.

(62)

64. ¿CÓMO SE CONSTRUYE UN DISTRITO MOTOR DE DESARROLLO? Evaristo Marcano Marín. APORREA.COM. 11 de Mayo 2011.

Luego de identificados, delimitados y asegurados jurídicamente, estos DMF serían sujetos a un ordenamiento funcional a lo interno (tarea que, en principio, según la legislación, corresponde al CFG) un ordenamiento orientado a las futuras y posibles actividades forestales que allí puedan practicarse (manejo y aprovechamiento del bosque natural, protección integral, recuperación de ecosistemas suelos y fuentes de agua, establecimiento de plantaciones para la industria, establecimiento de sistemas agroforestales, manejo de arboledas urbanas y periurbanas, establecimiento de conglomerados industriales, etc.)

El ordenamiento espacial interno de los DMF se realizaría con una combinación de criterios y métodos (Fisiográficos – paisajísticos, ecosistémicos, de dinámica social, de potencialidades y limitaciones, de accesibilidad, de sostenibilidad económica) En este sentido, los métodos y criterios definidos y aplicados por J. L. Berroterán (65) y por Manuel Briceño (66) serán de mucha ayuda. Igualmente la labor de ordenación de Imataca V ejecutada por la ENFS (39) constituye una experiencia muy valiosa que debe ser aprovechada.

Este ordenamiento interno de los DMF dará lugar a su subdivisión en Unidades de Manejo Forestal, Agroforestal y Forestal Industrial, algunas para producción inmediata de bienes y servicios primarios, otras para establecimiento y manejo de plantaciones, otras para establecimiento de conglomerados industriales, otras para investigación, protección, recreación. Un mismo Distrito Forestal podrá contener distintos tipos de Unidades de Manejo.

Para cada uno de los Distritos Motores Forestales habría un Órgano Rector Forestal del Distrito (ORFD) Este "órgano rector distrital" debería estar adscrito, bajo la tutela, orientación, coordinación y control de la Corporación Forestal Nacional (punto este que requiere de análisis legal y probablemente de acuerdo y delegación con el Consejo Federal de Gobierno y la Presidencia de la República)

Ejemplos de Distritos Motores Forestales pueden ser: > DMF Imataca, constituido por toda la R. F, de Imataca, el Lote Boscoso Dorado – Tumeremo, la altiplanicie de Nuria y la llamada zona de amortiguación constituida por toda la extensión de tierras ubicadas entre estas ABRAES y el margen izquierdo de la troncal 10 del estado Bolívar sentido San Félix – El Dorado > DMF San Pedro, constituido por la R. F. San Pedro y el gran triángulo agropecuario Upata – El Manteco – El Callao > DMF Caura > DMF Delta del Orinoco > DMF Sur de Anzoátegui y Monagas > DMF Eje Medio Orinoco – Apure > DMF Monte Espinoso Tropical Noroccidental (Falcón y Zulia) > DMF Monte Espinoso Tropical Larense > DMF Sur del Lago de Maracaibo > DMF Pie de Monte Andino Barines > DMF Bosque Nublado Andino > DMF Ticoporo – Caparo > DMF Arismendi de Barinas > DMF Manglares del Caribe venezolano, entre otros posibles.

Si me preguntasen por cuales DMF iniciaría el trabajo, diría que, para el quinto año de vida de la iniciativa tendríamos en proceso constructivo y de operación:

65. BASES TÉCNICAS PARA EL ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA RESERVA FORESTAL IMATACA. Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales – Laboratorio de Ecología de Paisajes y Agroecología de la UCV. Caracas. Enero, 2003.

66. BASE TEÓRICO METODOLÓGICA PARA LA IDENTIFICACIÓN DE OPCIONES Y PROPUESTAS DE DESARROLLO FORESTAL. Manuel Briceño Méndez. Revista Forestal Latinoamericana no 35. 2004

  • Primera Avanzada: Imataca y San Pedro en el estado Bolívar; El Monte Espinoso Tropical Larense; el Delta del Orinoco y; el Sur de Monagas y Anzoátegui.

  • Segunda Avanzada: Monte Espinoso Tropical Falconiano; Pie de Monte Andino Barinés; Ticoporo – Caparo; Sur del Lago de Maracaibo; Perijá; Eje Medio, Rivera Norte, Orinoco – Apure (sur de Guárico) y; El Caura.

  • Tercera Avanzada: Confluencia Táchira – Apure – Barinas (R.F. San Camilo, EL Piñal, La Pedrera, Guasdualito, Nula) Región de Barlovento; Manglares del Caribe Oriental y Deltaico; Manglares del Caribe Occidental; Turimiquire y; municipio Cedeño del estado Bolívar (El potencial DMF del municipio Cedeño es uno de los más diversos y ricos del país)

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Las Unidades de Manejo Forestal

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Como anteriormente señalé, las UNIDADES DE MANEJO son las subdivisiones funcionales – operativas de los DMF. Surgen de un ordenamiento espacial metodológico, científico – técnico. La Unidad de Manejo es el elemento geográfico y funcional básico o más elemental del propuesto desarrollo forestal moderno venezolano, el desarrollo forestal de la Venezuela socialista del siglo XXI.

El artículo 20 del Reglamento de la ley del CFG (62) indica varias figuras que pueden servir como sub – espacios para los Distritos Motores:

Unidades de gestión territorial: Son unidades de gestión territorial los Distritos Motores de Desarrollo y sus desagregación en Comunas, ejes comunales, zonas de desarrollo, ejes de desarrollo, corredores productivos y las entidades territoriales delimitadas por competencias político administrativas derivadas de la división político territorial, las comunas y aquellas bajo estatus jurídico especial otorgado a porciones del territorio nacional que por sus características específicas, constituyen áreas especiales de conservación de patrimonios ecológicos y prestación de beneficios ambientales; o que, por sus características particulares, representan un desarrollo potencial agrícola, pecuario, forestal, minero, energético, industrial, turístico, o de seguridad fronteriza.

Tocaría incluir en las anteriores "desagregaciones" de los Distritos Motores, las "Unidades de Manejo Forestal". Tal vez la figura de "Zonas de Desarrollo", señalada en el anterior artículo 20 transcrito, sirva para arropar de inicio a la de "Unidades de Manejo Forestal".

Las Unidades de Manejo se concebirán, en términos generales, para alguno de los siguientes fines básicos:

  • Aprovechamiento Inmediato del Bosque Natural incluido el Monte Espinoso Tropical (maderable y no maderable, específico o múltiple, estrictamente forestal o combinado con otras actividades no – forestales)

  • Establecimiento, manejo y futuro aprovechamiento de plantaciones densas a campo abierto.

  • Establecimiento, manejo y futuro aprovechamiento de sistemas agroforestales y agrosilvopastoriles.

  • Manejo y aprovechamiento de arboledas urbanas y peri urbanas.

  • Procesamiento Industrial (establecimiento de conglomerados industriales forestales)

  • Estrictamente para Investigación

  • Recreación y Turismo (la cual permite otros usos pasivos como investigación, etc.)

  • Protección Integral y Absoluta, y

  • Recuperación de Áreas Degradadas

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Toda Unidad de Manejo que se pretenda destinar a la producción de bienes y servicios y al establecimiento de plantaciones o sistemas forestales para su cosecha a futuro, deberán poseer una extensión y potencialidad tales que aseguren el desenvolvimiento con rentabilidad económica (sostenibilidad) de su proyecto o plan de manejo. Igualmente deberá ser obligatorio que toda Unidad de Manejo para producción, incluidas las unidades para asentamiento de conglomerados industriales, cuenten con establecimiento de proyectos agrícolas y/o pecuarios (producción estratégica y táctica de alimentos)

Las Unidades de Manejo destinadas a fines no valorables económicamente (protección integral, investigación, recreación, etc.) solo responderán en su concepción a criterios de conservación y/o mejoramiento ambiental y social.

Por tanto, las unidades de manejo bajo esta propuesta poseerán extensiones territoriales muy variables, desde unos cuantos cientos de hectáreas hasta decenas y centenas de miles.

Existirán: > Unidades de Manejo del Bosque Alto Tropical con fines de aprovechamiento maderero y múltiple. > Unidades de Manejo (UM) del Bosque Alto Tropical para aprovechamiento de bienes no – maderables (látex, frutos, orquídeas, etc.) > UM de Bosques Secundarios y de Galería en Sabanas Naturales para el aprovechamiento del Palo Blanco el Pardillo y otras especies. > UM en zonas agropecuarias para el establecimiento manejo y aprovechamiento de sistemas agroforestales y agrosilvopastoriles > UM combinado forestal y de Fauna Silvestre. > UM para el establecimiento manejo y futuro aprovechamiento de plantaciones forestales densas a campo abierto > UM para la recuperación de cuencas hidrográficas específicas > UM para la investigación básica y aplicada; entre otras varias posibilidades, todo de acuerdo a los diagnósticos y resultados del ordenamiento.

Los "Manejadores" de las Unidades

De acuerdo a la naturaleza y finalidad de creación de una UM, esta será administrada (ordenada, planificada, protegida, manejada y aprovechada) por un distinto tipo de "manejador", en cada circunstancia.

Hablo de "Sociedades Forestales" pues nunca, en ningún caso, este "manejador" será una sola persona, empresa o colectivo en particular que detente tal potestad. Siempre se tratará de asociaciones estratégicas entre distintos actores. El ORNDF siempre tendrá algún porcentaje de participación en cada una de estas sociedades, directamente o por intermedio de sus entes adscritos. En todos los casos, el ORNDF directamente o a través de sus ORFD u otros entes adscritos, hará un acompañamiento técnico y político permanente ("marcación cerrada" para decirlo en términos deportivos) del desarrollo de cada una de las UM y de cada una de las "sociedades forestales manejadoras".

Estas Sociedades Forestales serán de distinta naturaleza jurídica y funcional, acorde con la finalidad de la UM:

  • Para el caso de UM destinadas estrictamente a la investigación, se constituirán EPS de servicios (de investigación e información) en asociación del ORNDF con algunos de los siguientes actores: centros de investigación nacionales y regionales, universidades y otros centros educativos, entes de Gobierno, empresas privadas, colectivos de profesionales y técnicos y cualquier otro colectivo que manifieste interés y capacidad en el asunto.

  • Para los casos de UM destinadas a la recuperación de áreas degradadas, se empleará la figura de "Comités Conservacionistas Multiparticipativos" (CCM) conformados en cada oportunidad por los organismos adscritos al ORNDF abocados al tema (CONARE, Misión Árbol) y por algunos de los siguientes actores: los Consejos Comunales interesados (a través de sus comités conservacionistas locales) entes y empresas del Estado (las hidrológicas, CORPOELECT,, PDVSA, empresas básicas) las gobernaciones, las municipalidades, universidades y otros centros educativos, colectivos sociales, etc.

  • Para el caso de las UM destinadas a la recreación y al turismo, deberán constituirse EPS de servicios recreativos y turísticos, siempre con la participación del ORNDF y algunos de los siguientes actores: Consejos Comunales, otras EPS, municipalidades, otros entes de Gobierno, colectivos sociales, empresa privada particular, asociaciones civiles y otras formas de organización social y socio productiva.

  • Para los casos de UM destinadas a estricta y absoluta protección, el ORNDF creará un "Cuerpo de Guarda Bosques" (CGB) Este cuerpo de guardabosques no es al que se refieren las "Brigadas de Guardabosques" señaladas en el artículo 113 de la ley de bosques (15) Esta ley habla de un cuerpo "Voluntario" de personas integrantes de comunidades (vecinos) con atribuciones de contraloría social en cuanto a gestión forestal se refiere. Los Guardabosques del ORNDF serán "Profesionales" altamente capacitados, idealmente provenientes de la reserva o milicia de la Fuerza Armada Bolivariana, contratados por tiempo indeterminado como "Funcionarios Públicos" para estos fines. El despliegue de unidades de Guardabosques de la ORNDF en las UM de protección, así como toda la inversión necesaria para asegurar el debido resguardo y la efectiva preservación de esas UM estará a cargo, financieramente, del conjunto de manejadores del resto de Unidades de Manejo que conforman el Distrito Motor. El órgano rector forestal del Distrito (ORFD) y el órgano nacional (ORNDF) tendrán bajo su responsabilidad directa todo el accionar del manejo protector de esas UM.

  • Para el caso de Unidades destinadas al manejo de arboledas urbanas o periurbanas, el ORNDF, a través de sus ORFD o algunos de sus otros entes adscritos, creará empresas de propiedad social en asociación con consejos comunales, otras EPS y organizaciones socioproductivas locales, otros colectivos sociales locales y/o con las municipalidades.

  • Para los casos de UM destinadas al establecimiento manejo y aprovechamiento de sistemas agroforestales y agrosilvopastoriles se constituirán EPS de producción y de servicios. Aquí deberán participar, además del ORNDF, los productores agropecuarios de la unidad de manejo en cuestión, colectivos de profesionales y técnicos, frentes campesinos, comunidades locales, universidades, entre otros posibles.

  • Para los casos de Unidades de Manejo destinadas al establecimiento de plantaciones forestales densas a campo abierto, el ORNDF constituirá, en asociación con alguno o varios de los siguientes actores, EPS de producción y de servicios: Comunidades locales, colectivos sociales, otras empresas de propiedad social, otros entes y empresas públicas, gobernaciones, municipalidades, capital privado particular nacional, empresas extranjeras.

  • Para el caso de UM destinadas al manejo y aprovechamiento "inmediato" del bosque natural, incluido el monte espinoso tropical, el ORNDF constituirá, en asociación con alguno o varios de los siguientes actores, EPS de producción y de servicios: Comunidades locales, colectivos sociales, otras empresas de propiedad social, otros entes y empresas públicas, gobernaciones, municipalidades, capital privado particular nacional, empresas extranjeras.

  • Para el caso de UM destinadas al establecimiento de conglomerados procesadores de bienes y servicios forestales, el ORNDF constituirá, en asociación con alguno o varios de los siguientes actores, EPS de producción y de servicios: Comunidades locales, colectivos sociales, otras empresas de producción social, otros entes y empresas públicas, gobernaciones, municipalidades, capital privado particular nacional, empresas extranjeras.

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La participación de estas "Sociedades Forestales Manejadoras" comienza desde la concepción misma del Plan de Ordenación y Manejo respectivo de cada UM y, en teoría, no tiene fin, pues la atención a lo forestal dentro de las unidades de manejo es un proceso continuo y cíclico. Estas sociedades forestales tendrán plenos derechos y todos los deberes sobre sus UM asignadas, esto es, ordenación y planificación (elaboración del POMF) formulación y ejecución de presupuesto, ejecución del manejo, aprovechamiento y usufructo, conservación y protección. Incluso un manejador de UM podrá llegar más allá del ámbito geográfico – funcional de actuación y pasar también a darle valor agregado a su producción (procesamiento industrial, transformación y elaboración de productos más acabados, distribución y colocación de los productos)

De hecho, también, la ordenación macro del Distrito Motor Forestal (DMF) para que tenga validez, deberá contar no sólo con las consultas previas obligatorias a las comunidades, no sólo con las consultas profesionales a las instituciones y especialistas, sino por sobre todo con la participación activa y permanente de las comunidades organizadas, los colectivos sociales, las municipalidades, las gobernaciones y todo aquel con interés en el asunto.

Una gran ventaja, entre otras, que representa la figura de las "Sociedades Forestales Manejadoras" para el desarrollo forestal pretendido, es que el ORNDF podrá conseguir recursos para este fin, más allá de su presupuesto ordinario y de sus fuentes ordinarias exclusivas o "naturales". La participación de otros actores en el manejo, sean públicos, sociales – colectivos o privados particulares, abre puertas a otras fuentes financieras (Ministerio de las Comunas, Banca pública y privada, Consejo Federal de Gobierno, capital de otras instituciones públicas, capital privado, municipalidades, gobernaciones)

La participación activa y dual, socio y fiscalizador, de la ORNDF y de sus autoridades rectoras forestales de distrito (ORFD) dentro de las sociedades forestales manejadoras, garantiza el cumplimiento de los preceptos ecosocialistas la preservación de nuestros recursos naturales y la revalorización en positivo de nuestro patrimonio forestal. No importa el nivel de conocimientos técnicos – científicos de "los socios", no importa su nivel educativo, no importa su preparación para el trabajo. Para eso estarán siempre presentes atentos y preparados, el ORNDF y sus ORFD. Los órganos rectores y el ejercicio práctico educarán formarán y capacitarán a "los socios".

Sobre el porqué del acento o insistencia con las EPS para manejadores forestales, está dicho anteriormente. Estas figuras socioproductivas son, en palabras de El Troudi y Monedero (29) "el portaestandarte del socialismo del siglo XXI". Una verdadera EPS resume los ideales socialistas de construcción de una nueva realidad social económica y ambiental. Una EPS auténtica asegura una producción de bienes y servicios para la humanidad no para el mercantilismo; asegura una actuación ecológica, ambientalmente amigable; es referencia de un enlace íntimo, solidario, con las comunidades de su entorno; significa la aparición de nuevas relaciones sociales de producción y de participación justa y equitativa en las riquezas producidas. El ORNDF pondrá atención fundamental a la conformación de las EPS manejadoras de UM.

Según Álvarez y Rodríguez, citados por Vílchez N. (67) las EPS son: … la célula fundamental de un nuevo tejido productivo que opera guiado por los principios de solidaridad, cooperación, complementación, reciprocidad y sustentabilidad. Y Mas Herrera, citado por la misma autora, afirma que: son entidades completas, cuya misión se fundamenta en la formulación e implementación de nuevas formas de producción social eficientes y eficaces, acompañadas de procesos de distribución de beneficios con justiciaequidad y reciprocidad entre toda la comunidad que participe; a través de la utilización de técnicas propias y tecnología de vanguardia, en el contexto del socialismo bolivariano de Venezuela.

La figura de las EPS es tan importante que incluso, las actuales empresas forestales del estado que vienen desarrollando actividades y que serían adscritas al ORNDF (CONARE, PULPACA, Maderas del Orinoco y tal vez hasta Maderas del Alba) deberán ser "reformuladas" y convertidas en EPS.

Unidades de Manejo, EPS y Comunas están consecuentemente ligadas. La figura de EPS es uno de los caminos para llegar a las Comunas.

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67. EMPRESAS DE PRODUCCIÓN SOCIAL COMO ACTIVADOR DEL DESARROLLO ENDÓGENO. Niveya Vílchez. Artículo publicado en MONOGRAFÍAS.COM, s/f.

Los Órganos Rectores de los Distritos Motores Forestales

Un Distrito Motor Forestal poseerá "n" cantidad de Unidades de Manejo, de distintas dimensiones naturaleza complejidades y finalidades. La intención de creación de estas UM es manejarlas, así que, progresivamente existirán más y más EPS, Comités Conservacionistas y Unidades de Guardabosques operando uno al lado del otro dentro de un mismo DMF.

Además, el DMF como tal, por el hecho de ser una unidad geográfica y funcional, posee un rumbo y objetivos particulares los cuales trascienden a los de sus unidades de manejo individualmente y que lo más probable es que nunca sean exactamente iguales y por el contrario sean bien distintos (dentro de los límites lógicos impuestos por el tema general: el desarrollo forestal) a los de otro DMF.

Por otro lado, dentro de un DMF existirán necesidades y aspiraciones iguales y similares entre las distintas UM y "manejadores" que lo conforman. Vigilancia y protección, por ejm., vialidad principal o troncales de acceso, políticas y acciones de apoyo a las comunidades inmersas o en el área de influencia del DMF, análisis coyunturales y estratégicos de mercado, búsqueda permanente de tecnologías, proveedores de bienes y servicios, etc.

Por último, el trabajo paralelo de un conjunto cada vez mayor de empresas e instituciones dentro de un DMF requiere de supervisión y asesoramiento cercano, de evaluación "en tiempo real" y estas, las sociedades forestales manejadoras, a su vez, requieren o requerirán de respuestas perentorias.

Todas las anteriores razones imponen la necesidad de contar, en el sitio mismo de los acontecimientos, con una autoridad coordinadora del desempeño del DMF y de todas las sociedades forestales manejadoras que hacen vida en dicho distrito. Hablo de un "Órgano Rector del Distrito Forestal" u "Órgano Rector Forestal del Distrito" (ORFD) Este órgano rector distrital deberá poseer facultades planificadoras, ejecutoras, asociativas, coordinadoras, fiscalizadoras y sancionadoras. Este ORFD deberá poseer autonomía funcional financiera y operativa y, por supuesto, estarían adscritas al órgano rector nacional (ORNDF)

El ORFD tutelaría al conjunto de EPS, CCM y Unidades de Guardabosques de su Distrito, es decir, que su perfil es el de una "Casa Matriz", una "Corporación de empresas y otros entes", una "Corporación Forestal Distrital". Como esto es así, entonces nuestro órgano rector forestal nacional (la "Corporación Forestal Bolivariana") es una "Corporación de Corporaciones".

Este punto de una autoridad única rectora en lo forestal sobre un distrito motor, autoridad distrital que dependería del ORNDF, requiere de análisis legal (62):

Artículo 24 Autoridad Única Distrital Se designará, por cada Distrito Motor de Desarrollo una Autoridad Única de Área conforme a la normativa aplicable, que a los efectos del presente reglamento se denominará Autoridad Única Distrital. (Subrayado mío)

Artículo 25 Funciones de la Autoridad Única Distrital Son funciones de la Autoridad Única Distrital:

1. Administrar eficientemente los recursos asignados a los proyectos del Distrito en función de la Misión y Plan Distrital.

2. Promover la participación, organización y protagonismo de las comunidades y productores en los proyectos del Distrito.

3. Garantizar el buen desempeño de las instituciones de la Administración Pública Nacional, desconcentradas en su ámbito de competencia.

4. Abordar los problemas sociales existentes en el Distrito y junto con las comunidades procurar soluciones a los mismos.

5. Promover la participación política, cultural y económica de los diversos actores sociales y organizaciones del Poder Popular de su zona de influencia.

6. Impulsar proyectos productivos acorde con las potencialidades del Distrito Motor de Desarrollo.

7. Las demás que le sean asignadas por el Presidente o Presidenta de la República en el Decreto de creación del respectivo Distrito Motor de Desarrollo.

El Reglamento NO señala explícitamente de qué jerarquía superior depende la "Autoridad Única Distrital", pareciera al contrario indicar (art. 24) que es viable legalmente, sin mayores complicaciones, adscribir la Autoridad Única de un DMF al órgano rector nacional en materia forestal (ORNDF) En todo caso este punto, como muchos otros de la presente propuesta, requieren de análisis jurídico.

Si lo anterior es como presumo, mi propuesta de ORFD avanza de una figura meramente organizacional – productiva (casa matriz de un conjunto de empresas) a "Autoridad Gubernamental" propiamente dicha, con más competencias y responsabilidades.

Ejemplos de Corporaciones Forestales Distritales (CFD / ORFD) podrían ser entonces: > Corporación Forestal Imataca > Corporación Forestal Manglares del Caribe Occidental > Corporación Forestal Monte Espinoso Tropical Larense > Corporación Forestal del Pie de Monte Andino – Barinés, etc., etc.

La Comuna Forestal

Muchos colectivos sociales y socioproductivos, habitando una misma región (Distrito motor) trabajando sobre una misma continuidad geográfica, unos al lado de los otros, haciendo similares cosas, con una misma historia y buscando los mismos fines, teniendo las mismas necesidades, con un alto nivel educativo y de conciencia social, individual y colectivamente, rotas las cadenas de la explotación del hombre por el hombre, todos bajo la misma bandera del ecosocialismo, nos lleva a una sola futura cosa: LA COMUNA FORESTAL.

Uno de los grandes objetivos políticos de esta propuesta de Plan Nacional de Desarrollo Forestal (PNDF) es "Sembrar el país con Comunas Forestales". Comunas para seguir avanzando en la construcción del socialismo. La Ley Orgánica de Las Comunas (68) define este término como:

Comuna: Es un espacio socialista definido por la integración de comunidades vecinas con una memoria histórica compartida, rasgos culturales, usos, y costumbres, que se reconocen en el territorio que ocupan y en las actividades productivas que les sirven de sustento y sobre el cual ejercen los principios de soberanía y participación protagónica, como expresión del poder popular, en concordancia con un régimen de producción social y el modelo de desarrollo endógeno, sustentable y socialista contemplado en el Plan Nacional de Desarrollo.

68. LEY ORGÁNICA DE LAS COMUNAS. Asamblea nacional de la República Bolivariana de Venezuela. Palacio Federal Legislativo, Caracas. 13 de Diciembre, 2010.

Un concepto político sobre el mismo término "Comunas", algo enrevesado y medio poético, bastante profundo, es el que da el investigador Alejandro Álvarez:

Una antropológica comunitaria para una razonable visión de conjunto, un sistema en colectivo social proyectado para su pertinente administración; eficiente, eficaz, y efectiva contra los carteles de injerencias foráneas desvirtuantes de la vida en comunión, humanamente en lo posible, vinculando al ejercicio legítimo del poder soberano con el protagonismo de las voluntades de sus integrantes en peculiares circunstancias humanas para distintas empresas sociales,… (69)

La aparición de esta figura política – social – productiva – jurídica en el escenario del desarrollo forestal aquí propuesto, nos conduce a otro nivel, produce un salto cualitativo en el camino de construcción del nuevo socialismo. Hablaríamos aquí de "la nueva ciudad ecosocialista"; espacio socio geográfico productivo donde ha desaparecido la explotación del hombre por el hombre, donde imperan nuevas y socialistas relaciones de producción; donde la gente depende casi exclusivamente de la calidad ambiental de su hábitat, fuente a su vez de su riqueza y bienestar.

"Distrito Motor" y "Comuna" están intrínseca y explícitamente ligados. Política y legalmente ambas figuras son consecuentes. Una de las intenciones de creación de los distritos motores es la culminación en Comunas. Pueden surgir en un mismo distrito motor una o varias comunas, dependiendo de diversos factores. El artículo tercero del Reglamento de la ley del CFG así lo expresa:

Desarrollo Territorial Desconcentrado: Es la gestión y administración nacional del ordenamiento territorial urbano-regional a través de sus diferentes niveles de gobierno, en función de fortalecer la integración territorial y la soberanía nacional, así como promover la igualdad social, la justicia y la solidaridad, a través de los Distritos Motores de Desarrollo para impulsar actividades económicas que generen efectos de atracción e incentivos para reforzar el asentamiento poblacional en un subsistema de Comunas, procurando con ello una distribución de la población cónsona con la utilización de las capacidades productivas del territorio, junto al desarrollo de espacios organizativos forjadores del poder popular. Los planes y programas enmarcados en el proceso de desarrollo regional del territorio sirven de soporte para la elevación de la eficiencia de la gestión pública, como para el mejoramiento de prestación de servicios públicos a la ciudadanía. En ese sentido, el pueblo organizado asume el ejercicio del poder, referenciado a su ámbito de convivencia. (62) (Subrayado mío)

Con la aparición de la Comuna Forestal el órgano rector del distrito (ORFD) pierde sentido y deja de existir. Se impone el autogobierno comunal, se crea un "Territorio Libre en América", aparecen "ciudades libres repletas de gentes libres" en nuestra geografía nacional.

¡ESTO SÍ ES CONSTRUCCIÓN DE SOCIALISMO!

¿Cuándo puede ocurrir esto? …… ¡Apurémonos!

Revolución, es una transformación, radical profunda y rápida. (70)

69. LA COMUNA SOCIALISTA EN VENEZUELA. Alejandro Álvarez Osuna. APORREA.COM. 20/02/2010.

70. Presidente Rafael Correa en Programa Especial de Venezolana de Televisión del 15/01/2014.

Un imaginario ideal Cronograma Inicial

Haciendo un ejercicio de imaginación, asumiendo la aceptación y voz de inicio de la propuesta esbozada en esta obra (voz que sólo puede provenir del Presidente de la República en Consejo de Ministros) con las modificaciones y ajustes del caso, los cuatro (04) primeros años de ejercicio de la misma pueden visualizarse (en aproximación) de la siguiente forma:

PERIODO de TIEMPO

ACCIONES MÁS RELEVANTES

ACCIONES MÁS RELEVANTES

DÍA

1

de los

Primeros 6 Meses

Constitución de una Comisión Presidencial estructuradora de la propuesta

  • Reglamentación del trabajo de la comisión

  • Asignación de unos fondos financieros mínimos que permita el trabajo de la comisión

  • Instrucción a ministerios y otros organismos involucrados de apoyar a la comisión

Primeros 06 Meses

(1er Semestre del 1er Año)

Inicio del trabajo de la Comisión

  • Concepción detallada ("fina") del Órgano Rector del Desarrollo Forestal (ORDF)

  • Elaboración del Plan preliminar Macro de Des. For. (PNDF)

  • Elaboración de la propuesta – proyecto de Ley del PNDF

  • Análisis y Determinación Gruesa del significado económico – financiero del PNDF (costo)

  • Elaboración de un primer plan nacional de adquisición masiva de maquinaria y equipos forestales. Presentación a la Presidencia de la República

  • Ubicación geográfica de la Sede Principal del futuro ORDF

  • Determinación de los perfiles profesionales necesarios.

  • Reglamento General preliminar de funcionamiento del ORDF

  • Elaboración del Presupuesto de Funcionamiento del ORDF de los próximos 18 meses

  • Propuesta de Decreto de creación del ORDF

PERIODO de TIEMPO

ACCIONES MÁS RELEVANTES

ACCIONES MÁS RELEVANTES

DÍA 1

(2do Semestre del 1er Año)

Promulgación del Decreto de creación del ORDF

Dotación financiera del Nuevo ORDF

  • Registro Mercantil

  • Apertura de las Cuentas Necesarias

  • Inicio de Ejecución del Presupuesto

Segundos 06 Meses

(2do Semestre del 1er Año)

Aprobación de la Ley Especial sobre el Plan Nacional de Desarrollo Forestal

Inicio del trabajo del ORDF

  • Construcción o adecuación de infraestructura Sede principal. Equipamiento de Sede. Instalación

  • Despliegue de Plan Informativo

  • Definición y despliegue del plan de reclutamiento y adiestramiento del personal gerencial y profesional de alto nivel

  • Afinamiento de Estructura organizativa y funcional

  • Afinamiento de los planes financieros y equipamiento macro

  • Revisión y Ajuste del PNDF

  • Afinamiento del Plan de Abordaje Geográfico. Elaboración de Propuesta a la Presidencia de la República para creación de los Distritos Motores Forestales

  • Elaboración de los 1eros Planes Estratégicos / Operativos (Quinquenal, Bi anual y anual)

  • Enlace con los Consejos Comunales del área geográfica sede principal del ORDF y programación de trabajo conjunto.

  • Ocupación de las casillas organizativas estructurales

  • Identificación y establecimiento de contactos – fuentes de semilla y plantas

  • Activación del Patrimonio For. Nac. Establecimiento de enlaces con centros académicos y de investigación

  • Establecimiento de canales regulares de comunicaciones con los ministerios de área.

  • Preparación y Presentación de Informes y Proyectos al Alto Gobierno (Ministros del área y Presidencia)

PERIODO de TIEMPO

ACCIONES MÁS RELEVANTES

ACCIONES MÁS RELEVANTES

2do AÑO

Gestión del Alto Gobierno para la importación de la maquinaria y equipos forestales (1er plan de adquisiciones)

Incorporación definitiva de entes públicos forestales existentes, al ORDF

Inicio del despliegue del PNDF

  • Conformación de los Órganos subordinados, coordinadores de los Distritos Motores Forestales (ORFD)

  • Inicio de actividades en los 1ros DMF. Ordenación para su manejo. Vigilancia y Control. Información a las comunidades. Construcción / adecuación de Centros Operativos

  • Despliegue del programa de formación política y capacitación de comunidades y colectivos sociales

  • Constitución de las 1ras EPS Forestales (EFPS)

  • Despliegue del programa de Producción de Plantas

  • Elaboración del 2do plan de Adquisición masiva de Maquinaria y equipos

  • Selección y adecuación de las 1ras áreas de plantaciones

  • Reclutamiento y Capacitación de personal profesional y técnico

  • Propuesta de Leyes Forestales

  • Consolidación de la información cartográfica y del Sistema de Información Geográfica

  • Elaboración de planes y presupuestos de los siguientes 03 años

  • Revisión y Plan de adecuación de los entes prexistentes de futura adscripción al ORDF

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PERIODO de TIEMPO

ACCIONES MÁS RELEVANTES

ACCIONES MÁS RELEVANTES

3er AÑO

Promulgación de Leyes Forestales

Dotación financiera para el inicio en firme del PNDF

Entrega del 1er lote de Maquinaria y Equipos

Establecimiento de las 1ras Plantaciones

  • Consolidación definitiva de las estructuras organizativas y funcionales del ORDF

  • Incorporación de tierras para el programa de plantaciones

  • Incremento y consolidación del programa de producción de plantas

  • Inicio de operaciones en unidades de producción del Bosque Natural

  • Captación y Capacitación del personal operario forestal de las EFPS

  • Continuación del programa de formación política y capacitación de comunidades y colectivos

  • Continuación de constitución de EFPS

  • Inicio del plan de Sistemas Agroforestales

  • Inicio del plan de manejo de Bosques 2rios de Galería y del Monte Espinoso Tropical

  • Inicio del plan de aprovechamiento y manejo de Arboledas Urbanas y sub urbanas, en conjunto con las municipalidades, comunas y consejos comunales

  • Adscripción oficial – efectiva de los entes prexistentes al ORDF

4to AÑO

  • PROLONGACIÓN "NO IDEAL" DE LAS ACCIONES –

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Repito, el anterior cronograma es nada más un imaginario. Su aproximación a la realidad depende del grado de compromiso eficiencia y coordinación de las partes involucradas. De cumplirse este fórmula imaginativa, al quinto año del gran plan en despliegue (PNDF) tendríamos una singular portentosa e impresionante maquinaria científica – técnica – organizativa – social, IMPARABLE, que avanzaría A PASO DE VENCEDORES.

El Respaldo Legal a la iniciativa

La propuesta de desarrollo forestal con las tremendas metas e implicaciones aquí descritas, debe ser respaldada por un cuerpo jurídico amplio y sólido, con incorporación progresiva de elementos.

La inobservancia "de cosas" en la presente elaboración, así como la dinámica en la ejecución (posible) de esta, obligan a un acompañamiento continuo, actualización y ajustes jurídicos. Además, la aparición de nuevas realidades, producto de la dinámica del desarrollo, seguramente también obligará a seguir legislando sobre la materia.

Algunos elementos legales que desde este momento se perciben como necesarios son:

Decreto de creación de comisión. La "Comisión Presidencial encargada de la estructuración y puesta a tono del PNDF", con los elementos aquí propuestos, requiere sin duda de un "Decreto de Creación", que debe ser promulgado por la Presidencia de la República. Este decreto, por su puesto, deberá señalar los alcances de la comisión y una normativa de funcionamiento.

Decreto de creación del ORNDF. Aprobado el PNDF afinado por la comisión presidencial, un primer paso del alto Gobierno nacional deberá ser la promulgación del "Decreto de creación del ORNDF". Decreto que deberá contemplar la intención, justificación, objetos sociales, facultades y limitaciones del nuevo organismo, entre otros aspectos.

Ley de Ejecución del PNDF. El plan mismo para el desarrollo forestal nacional, con las ambiciosas metas propuestas, sus implicaciones territoriales, sus afectación a ciertas actividades hasta ahora en desenvolvimiento sobre ciertos espacios nacionales, su complejidad, la necesidad de activar todo el patrimonio forestal nacional, el relativo elevado nivel de financiamiento requerido, el estímulo a la participación social y privada dentro del plan, hacen recomendable blindarlo legalmente con la promulgación de una ley especial.

Ley sobre los ORFD y las SFM. Probablemente (lo dirán los juristas y la comisión primera) haya de darle basamento jurídico o por lo menos fortaleza, a los conceptos de "Órgano Rector Forestal de Distrito" y de "Sociedades Mercantiles Forestales".

Ajustes a la ley de bosques. "Reajuste" de conceptos, incorporación de la figura de guardabosques profesionales, incorporación del concepto de "Distritos Motores forestales", entre otros varios asuntos, creo deben ser tratados en el marco de nuestra vigente ley de bosques. Por lo demás, repito que este instrumento legal nuestro (la ley de bosques) es grandemente conveniente a las pretensiones de desarrollo forestal máximo posible, dado su contenido.

Ley de promoción de la organización socioproductiva forestal. Una ley que trate en específico el asunto de las formas sociales y productivas posibles para atender el asunto forestal. Tipificación, componentes, comportamiento, capital, funcionamiento, créditos, facilidades, registro, aporte y compromisos del Estado, uso de los beneficios, entre otros puntos, deben ser normatizados.

Tal vez se requiera también de una ley de tierras forestales que le facilite el trabajo al ORNDF para la consecución – incorporación de tierras a los proyectos de plantaciones.

Hasta donde alcanzo a ver, son estas las acciones legislativas necesarias a primera mano, para apoyar el despliegue de un plan nacional de desarrollo forestal como el que aquí he propuesto.

El Factor Económico – Financiero para el Despliegue de la Iniciativa

Este es uno de los puntos más débiles de presentación de la propuesta. Falta profundizar debidamente en análisis de información; faltan herramientas y conocimientos agudos en materia económica y financiera. Desmenuzar lo suficiente todo el compendio propuesto requiere de un trabajo especial al respecto, con participación multidisciplinaria y más fuentes informativas. No me es posible pues obtener y mostrar acá cifras confiables y certeras, ni siquiera bien aproximadas. Solo puedo comparar y especular.

Podría iniciar señalando que, a Chile, por ejemplo, el desarrollo forestal que presenta le costó 250 millones de dólares americanos en el transcurso de 15 años, por concepto de impuestos exonerados y rembolso del 75% de los costos de forestación en que incurrieron los privados (10) Brasil aplicó un método similar al chileno, pero mucho más ambicioso. Este gigante dejó en manos privadas el establecimiento de los grandes proyectos de plantaciones, dedicándose el Estado a brindar un conjunto de facilidades (tierras, exoneraciones, incentivos, deforestaciones inclusive, entre otros)

Y radica en lo anterior una primera gran diferencia entre el desarrollo forestal de esos países y el que propongo para nosotros en Venezuela. Por aquellos lares el modelo de desarrollo ha sido capitalista "subvencionado" "muleteado". Por allende el privado es dueño de grandes proyectos forestales, los cuales pudo crear gracias a las múltiples "ayudas" que el Estado y Gobiernos de turno les dieron con los dineros del pueblo. Para nosotros propongo un desarrollo socialista donde, sin menoscabo a la participación de privados particulares, grandes y pequeños, nacionales y extranjeros, serán el Estado y los colectivos sociales los reales protagonistas y dueños del desarrollo.

La presente propuesta obliga al Estado venezolano y a nuestro pueblo a hacer un sacrificio: Desviar recursos económicos para impulsar el PNDF propuesto. Pensándolo bien, también nuestros hermanos pueblos de Chile y Brasil hicieron el sacrificio que aquí pido; la diferencia está en que, allá, unos (muchos, la inmensa mayoría de personas) hicieron el sacrifico y unos muy pocos (poquísimos) son ahora los dueños y beneficiarios del desarrollo forestal emprendido, mientras que aquí, en nuestra actual Venezuela, TODAS y TODOS seríamos dueños y beneficiarios, en respuesta al sacrificio que TODAS y TODOS haríamos.

En lo económico y financiero debe hablarse de dos elementos, los Costos y los Beneficios. Que la relación económica Costo / Beneficio de la actividad forestal ambiciosa y bien conducida es muy favorable a las naciones, no puede haber duda. Brasil, Chile, Tailandia, China, Centroamérica, Las Guyanas, Suriname, son prueba de ello. La insistencia de países como Méjico, Bolivia, Ecuador, Perú y en general todos los países del mundo, especialmente los tropicales, en catapultar su sector forestal es también prueba de lo mismo.

Expongo un ejemplo (proyección) de solamente uno de los beneficios económicos (que a la vez, social) significaría para nuestro país, la ejecución de la presente propuesta:

Brasil, para el año 2002 (8,9) con sus 5 millones de has de plantaciones y más o menos 30 millones de has de bosques naturales manejados y aprovechados anualmente, generaba 6 millones de empleos (1,5 millones directos. 4,5 millones indirectos) Nuestra propuesta incluye 5 millones de hectáreas de plantaciones; el manejo y aprovechamiento múltiple, distribuidos en un período de 25 años de más o menos 20 millones de has de bosques naturales altos; además, 500 mil has de monte espinoso tropical y bosques secundarios y de galería; 500 mil has para la recuperación de áreas degradas; el manejo y aprovechamiento de las arboledas urbanas y periurbanas y; el establecimiento manejo y aprovechamiento de un millón de has de sistemas agroforestales.

La CEPAL (71) proyecta para el año 2040 una población económicamente activa en nuestro país de 20.214.000 personas. Aquí en Venezuela, de arrancar "ya mismo" (2015) con el PNDF aquí esbozado, para ese año 2040 (de aquí a 25-26 años) estaríamos en el máximo apogeo de la iniciativa, el cenit del desarrollo forestal planteado. Seis (06) millones de personas empleadas en el asunto forestal venezolano para esa fecha significarían un 29,7% del total nacional de población activa.

Pero lo de nosotros puede llegar a mucho más. El grueso de la producción forestal brasilera deriva en pulpa y papel, lo cual genera muy poco empleo por su alto nivel de uso tecnológico. Si nosotros nos empeñamos más en la agregación de valor a la producción y nos orientamos a la obtención de productos acabados y elaborados en base a madera sólida (mueblería, elementos para la construcción, elementos decorativos, artesanía utilitaria, entre otros) la generación de puestos de trabajo por efectos de la presente propuesta podría representar para el 2040 hasta un 35% o más del total de población económicamente activa de nuestro país (para esa fecha) Esta es una de las razones por las que afirmo (al igual que otras personas entendidas en la materia) que Venezuela, ante todo, es un país eminentemente forestal.

En términos generales el desarrollo forestal propuesto sería progresivamente autogestionable y sostenible económicamente, hasta llegar al punto de producir ingentes beneficios económicos (iguales o superiores a los del Brasil) De lo que se trata es de darle el impulso inicial necesario para que despegue con toda la fuerza requerida. Este "impulso inicial" seguramente no será menor a quince (15) años ni mayor a (20) Los proyectos particulares orientados al aprovechamiento de bienes y servicios forestales (Unidades de Manejo "productivas") deberán iniciar y consolidar su producción para entonces "soltarlos". Deberá crearse una masa crítica de esta UM en producción para que el ORNDF y el PNDF puedan alcanzar su sostenibilidad (independencia económica)

Partes: 1, 2, 3, 4, 5
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