Descargar

La APEC (página 2)

Enviado por Yorka Galarce


Partes: 1, 2, 3

Partes: 1,

3.4 Régimen de tránsito de mercancías

El régimen de tránsito consiste en el traslado de mercancías bajo control fiscal de una aduana nacional a otra.

Hemos de señalar que este régimen reviste dos modalidades:

  1. Tránsito interno de mercancías

b) Tránsito internacional de mercancías

Se considera que el tránsito de mercancías es interno cuando se realiza conforme a lo siguiente:

  • La aduana de entrada envía las mercancías de procedencia extranjera a la aduana que se encargará del despacho para su importación
  • La aduana de despacho envía las mercancías nacionales o nacionalizadas a la aduana de salida para su exportación
  • La aduana de despacho envía las mercancías importadas temporalmente en programas de maquila o de exportación a la aduana de salida para su retorno al extranjero

Se considera que el tránsito de mercancías es internacional cuando se realiza conforme a alguno de los siguientes supuestos:

  • La aduana de entrada envía a la aduana de salida las mercancías de procedencia extranjera que lleguen al territorio nacional con destino al extranjero
  • Las mercancías nacionales o nacionalizadas se trasladan por territorio extranjero para su reingreso al territorio nacional

Ambos tránsitos deben promoverse por conducto de agente aduanal, el cual formula el pedimento correspondiente determinando provisionalmente las contribuciones, aplicando la tasa máxima señalada en la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, la que corresponda tratándose de las demás contribuciones, así como las cuotas compensatorias, debiendo anexar la documentación que acredite el cumplimiento de las regulaciones o restricciones no arancelarias (permisos, normas o autorizaciones), incluyendo el documento en que conste el depósito efectuado para garantizar las contribuciones y cuotas compensatorias que pudieran causarse con motivo de la operación de comercio exterior.

3.5 Régimen de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado

El régimen de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado consiste en la introducción de mercancías extranjeras o nacionales a dichos inmuebles para su elaboración, transformación o reparación, para ser retornadas al extranjero o para ser exportadas en definitiva, respectivamente.

La introducción de mercancías extranjeras bajo este régimen se sujetará al pago del impuesto general de importación y de las cuotas compensatorias aplicables a este régimen cuando se encuentren bajo un programa de diferimiento o devolución de aranceles. El impuesto general de importación se deberá determinar al destinar las mercancías a este régimen.

En ningún caso pueden retirarse del recinto fiscalizado aquellas mercancías destinadas a este régimen si no es para su retorno al extranjero o para su exportación.

Las autoridades aduaneras pueden autorizar que dentro de los recintos fiscalizados, las mercancías en ellos almacenadas puedan ser objeto de elaboración, transformación o reparación. El retorno de los productos resultantes de los procesos de elaboración, transformación o reparación, pagarán el impuesto general de importación cuando se encuentren bajo un programa de diferimiento o devolución de aranceles.

Las empresas que requieran maquinaria y equipo para realizar la elaboración, transformación o reparación de mercancías en recinto fiscalizado de mercancías extranjeras o nacionales pueden introducirlas al país, siempre que paguen el impuesto general de importación y cumplan las regulaciones y restricciones no arancelarias aplicables a este régimen.

4. Personas autorizadas para promover el despacho aduanero

Los únicos que pueden llevar a cabo los trámites y todas las actuaciones y notificaciones que se deriven del despacho aduanero de las mercancías son los agentes y apoderados aduanales, quienes fungen como representantes legales de los importadores y exportadores, una vez recibida la carta de encomienda.

El agente aduanal es responsable de la veracidad y exactitud de los datos e información suministrados, de la determinación del régimen aduanero de las mercancías y de su correcta clasificación arancelaria, así como del cumplimiento de las demás obligaciones que en materia de regulaciones y restricciones no arancelarias rijan para dichas mercancías, de conformidad con lo previsto por la Ley Aduanera y por las demás leyes y disposiciones aplicables.

Aunque existen excluyentes de esta responsabilidad, entre otras cuando la misma derive de la falsedad de los datos o documentos proporcionados por su cliente, siempre y cuando el agente no hubiera podido conocer dicha inexactitud o falsedad al examinar las mercancías; de la veracidad del valor declarado cuando conserve la manifestación de valor y copia del documento en que conste la garantía en materia de precios estimados; cuando la omisión de contribuciones se deba a la aplicación de un arancel preferencial derivado de un tratado de libre comercio, siempre y cuando guarde copia del certificado de origen debidamente documentado, se cerciore de que la mercancía está amparada por el mismo y cumple con las reglas de origen aplicables. Estas excluyentes no aplican cuando el agente utilice un Registro Federal de Contribuyentes (RFC) falso.

El agente aduanal es responsable solidario del pago de los impuestos al comercio exterior y de las demás contribuciones, así como de las cuotas compensatorias que se causan con motivo de la introducción de mercancías al territorio nacional, en cuyo despacho aduanero intervenga personalmente o por conducto de sus mandatarios o empleados autorizados. La responsabilidad solidaria comprende los accesorios, con excepción de las multas.

Como excepción de lo anterior, los particulares podrán promover el despacho aduanero personalmente única y exclusivamente en los siguientes casos:

  • Cuando el valor de las mercancías que importen como pasajeros internacionales, excluyendo la franquicia, no exceda del equivalente en moneda nacional a mil dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas extranjeras
  • Tratándose de pasajeros internaionales que traigan consigo un equipo de cómputo y su valor sumado al de las demás mercancías, no exceda de 4 mil dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas extranjera

 

 

5. Obligaciones de los importadores

Quienes importen mercancías están obligados al cumplimiento de las siguientes disposiciones:

  • Llevar un sistema de control de inventarios registrado en contabilidad, que cumpla con las reglas establecidas por la SHCP. Quien utilice los regímenes de importación temporal para elaboración, transformación o reparación en programas de maquila o exportación, de depósito fiscal o de elaboración, transformación o reparación en recinto fiscalizado debe llevar un sistema de control de inventarios automatizado. Quien declare trimestralmente en términos del artículo 12, fracción III, segundo párrafo, de la LISR, puede llevar un sistema de control de inventarios manual
  • Contar con la información, documentación y medios de prueba necesarios para comprobar el país de origen y de procedencia de las mercancías, para efectos de preferencias arancelarias, marcado de país de origen, aplicación de cuotas compensatorias, cupos y otras medidas establecidas conforme a la Ley de Comercio Exterior y tratados internacionales de los que México sea parte y proporcionarlos a las autoridades aduaneras cuando éstas lo requieran
  • Entregar al agente o apoderado aduanal que promueva el despacho de las mercancías una manifestación escrita, bajo protesta de decir verdad, con los elementos que permitan determinar el valor en aduana de las mercancías. Deberá conservar copia de dicha manifestación, obtener la información, documentación y otros medios de prueba necesarios para comprobar que el valor declarado ha sido determinado de conformidad con las leyes mexicanas y proporcionarlos a las autoridades aduaneras cuando éstas lo requieran. También debe hacerle entrega del documento en el que conste el mandato —carta de encomienda— que compruebe el encargo que le hubiere conferido al agente aduanal, mismo que podrá expedirlo para una o más operaciones o por períodos determinados, excepto cuando adopte los medios electrónicos de seguridad para encomendar operaciones de comercio exterior
  • Estar inscritos en el padrón de importadores a cargo de la SHCP, para lo cual deben encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, comprobar ante las autoridades aduaneras que se encuentran inscritos en el RFC y cumplir con las disposiciones legales que regulan el ingreso y salida de las mercancías.

6. Depósito ante la Aduana

Las mercancías pueden quedar en depósito ante la aduana en los recintos fiscales o fiscalizados con el propósito de destinarlas a un régimen aduanero, siempre que se trate de aduanas de tráfico marítimo o aéreo. La SHCP, mediante reglas, puede autorizar el depósito ante la aduana en aduanas de tráfico terrestre. Las mercancías explosivas, inflamables, corrosivas, contaminantes o radiactivas sólo pueden descargarse o quedar en depósito ante la aduana a su ingreso o salida del territorio nacional cumpliendo los siguientes requisitos:

  • Que las mercancías cuenten con la autorización de las autoridades competentes
  • Que el recinto cuente con lugares apropiados para su almacenaje, por sus condiciones de seguridad

Tratándose de mercancías radiactivas y explosivas que queden en depósito ante la aduana en recintos fiscales, las autoridades aduaneras las entregarán de inmediato a las autoridades y organismos competentes en la materia, bajo cuya custodia y supervisión quedarán almacenadas.

Los pasajeros internacionales que requieran los servicios de un agente aduanal porque rebasaron los mil o cuatro mil dólares en valor de mercancía deben acudir con el jefe de la sala de revisión de equipajes de la aduana para que la mercancía quede en depósito ante la aduana mientras contratan un agente aduanal y se cubren los requisitos necesarios para su despacho. Tienen un plazo para retirarla de la aduana, si no causará abandono y deberán cubrir los gastos de almacenaje.

Los pasajeros internacionales en tránsito que ingresen a territorio nacional por vía aérea o terrestre pueden utilizar el depósito ante la aduana aunque no vayan a destinar las mercancías a un régimen aduanero, y cuando salgan del país las retornen al extranjero. Tambíen tienen un plazo para causar abandono y deben cubrir los gastos de almacenaje.

Las mercancías en depósito ante la aduana pueden ser objeto de actos de conservación, examen (reconocimiento previo por el agente aduanal), etiquetado, marcado, colocación de leyendas de información comercial y toma de muestras, siempre que no se altere o modifique su naturaleza o las bases gravables para fines aduaneros. Las muestras requieren autorización de la autoridad aduanera y deben pagar los impuestos correspondientes.

Si las mercancías en depósito ante la aduana se destruyen por accidente, la obligación fiscal se extingue salvo que los interesados destinen los restos a algún régimen aduanero. El fisco federal responde por el valor de las mercancías depositadas en recinto fiscal y custodiadas por autoridades aduaneras que se extravíen, así como por los créditos fiscales pagados.

El propietario de mercancías extraviadas tiene un plazo de dos años para solicitar a la SHCP el pago del valor que tenían las mercancías en el momento de quedar en depósito ante la aduana, debiendo acreditar que en el momento del extravío las mismas se encontraban en el recinto fiscal y bajo custodia de las autoridades aduaneras, así como el valor de las mercancías extraviadas.

Los recintos fiscalizados son responsables ante el fisco federal por los créditos fiscales que debieran pagar las mercancías extraviadas y ante los interesados por el valor que tenían las mercancías al momento de su depósito ante la aduana.

Se considera que una mercancía se ha extraviado cuando hayan transcurrido tres días a partir de la fecha en que se haya pedido para examen, entrega, reconocimiento u otro propósito y no sea presentada por el personal encargado de su custodia. Si la mercancía extraviada aparece antes del pago la autoridad aduanera notificará al interesado para que éste elija entre la devolución o el pago del valor de los bienes. En caso fortuito o fuerza mayor el fisco y sus empleados no son responsables.

Se podrá llevar a cabo el depósito de mercancías ante la aduana, tanto en las aduanas interiores terrestres del país, como en las siguientes aduanas fronterizas:

1. De Ciudad Hidalgo, con sede en Ciudad Hidalgo, Chiapas.

2. De Ciudad Juárez, con sede en Ciudad Juárez, Chihuahua.

3. De Ciudad Reynosa, con sede en Ciudad Reynosa, Tamaulipas.

4. De Colombia, con sede en Colombia, Nuevo León.

5. De Matamoros, con sede en la ciudad de Matamoros, Tamaulipas.

6. De Mexicali, con sede en la ciudad de Mexicali, Baja California.

7. De Nogales, con sede en la ciudad de Nogales, Sonora.

8. De Nuevo Laredo, con sede en la ciudad de Nuevo Laredo, Tamaulipas.

9. De Piedras Negras, con sede en la ciudad de Piedras Negras, Coahuila, únicamente en su Sección Aduanera del Aeropuerto Internacional Plan de Guadalupe, en la ciudad de Ramos Arizpe.

10. De Subteniente López, con sede en la población de Subteniente López, Quintana Roo.

11. De Tijuana, con sede en la ciudad de Tijuana, Baja California.

También podrá llevarse a cabo el depósito de mercancías en las demás aduanas fronterizas, siempre que se trate de operaciones "in bond".

7. Abandono de mercancías a favor del fisco federal

Causan abandono en favor del fisco federal las mercancías que se encuentran en depósito ante la aduana en los siguientes casos:

  • Expresamente, cuando los interesados así lo manifiesten por escrito
  • Tácitamente, cuando no sean retiradas dentro de los siguientes plazos: tres días, tratándose de mercancías explosivas, inflamables, contaminantes, radiactivas o corrosivas, así como de mercancías perecederas o de fácil descomposición y de animales vivos; tres meses en exportación, y dos meses en los demás casos

Los plazos se calculan a partir del día siguiente al cual las mercancías ingresen al almacén y queden en depósito ante la aduana, salvo que se realice por tráfico marítimo, que se calcula a partir del día siguiente al cual termine la descarga del buque, y tratándose de mercancía, equipajes o menajes propiedad de embajadas o consulados extranjeros u organismos internacionales o a sus funcionarios o empleados, que inicia tres meses después de que hayan ingresado a depósito ante la aduana.

Transcurrido el plazo, la aduana debe notificar personalmente al interesado, por correo certificado con acuse de recibo o por estrados (pizarrón de la aduana), que se ha vencido el plazo de abandono y que cuenta con 15 días para retirar la mercancía contados a partir del día hábil siguiente a la notificación del abandono, previo cumplimiento de los actos y formalidades del despacho y, de no hacerlo, pasará a propiedad del fisco federal.

8. Medios de introducción de las mercancías

Las mercancías podrán introducirse al territorio nacional o extraerse del mismo mediante los siguientes medios o tráficos:

  • Marítimo
  • Terrestre
  • Aéreo
  • Fluvial
  • Por cualquier otro medio de conducción autorizado
  • Por vía postal

La entrada o la salida de mercancías del territorio nacional, las maniobras de carga, descarga transbordo y almacenamiento de las mismas, el embarque o desembarque de pasajeros y la revisión de sus equipajes deben efectuarse por lugar autorizado, en día y hora hábiles. Quienes efectúen su transporte por cualquier medio están obligados a presentar dichas mercancías ante las autoridades aduaneras, junto con la documentación exigible.

La autoridad aduanera, a petición de parte interesada, podrá autorizar que los servicios del despacho aduanero y servicios conexos sean prestados por el personal aduanero en lugar distinto del autorizado o en día u hora inhábiles. Las aduanas podrán proporcionar los servicios de despacho aduanero en lugar distinto del autorizado, así como días y horas inhábiles, en los casos en que el servicio lo amerite, siempre y cuando existan causas debidamente justificadas para ello.

Cuando se trate de la importación de las mercancías que se clasifiquen en las fracciones arancelarias listadas en el Anexo 29 de las Reglas de Carácter General, el horario en que podrán ser despachadas estas mercancías en las aduanas autorizadas para ello, será de la hora de inicio de operaciones de la aduana hasta las 14:00 horas. Tratándose de aduanas marítimas, para las importaciones de manzana, frijol, maíz, pescado, azúcar y aceites de petróleo y minerales bituminosos, el horario será de la hora de inicio de operaciones de la aduana hasta las 18:00 horas.

Lo previsto en el párrafo anterior, no será aplicable a las operaciones de importación que se realicen los días sábados y domingos; a las efectuadas por empresas certificadas o por las empresas de mensajería y paquetería con pedimento clave T1; a las importaciones temporales realizadas por las empresas maquiladoras y PITEX; las de mercancías que se destinen al régimen de depósito fiscal para ser sometidas a los procesos de ensamble y fabricación de vehículos efectuados por la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte; y a las que se presenten para su despacho transportadas en ferrocarril.

9. Ingreso de mercancías por vía postal

Las mercancías que ingresen a territorio nacional por vía postal quedan confiadas al Servicio Postal Mexicano (Sepomex) bajo la vigilancia y control de las autoridades aduaneras.

Para tales efectos, Sepomex debe abrir los bultos postales procedentes del extranjero en las oficinas postales de cambio a la autoridad aduanera, presentarle a ésta la mercancía, la declaración postal y la documentación anexa para que la autoridad proceda a su despacho y, en su caso, clasificación arancelaria, valoración y determinación de créditos fiscales. Sepomex debe proporcionar los datos y exhibir la documentación que requiera la autoridad aduanera a efecto de que ésta pueda ejercer sus funciones, para lo cual está autorizado para recabarlos del interesado.

La autoridad aduanera es la encargada de determinar las contribuciones relativas a la importación por la vía postal y, en su caso, las cuotas compensatorias, aunque el interesado tiene derecho a solicitar que dicha determinación la efectúe él mismo por conducto de agente o apoderado aduanal.

Cuando se introduzcan mercancías a territorio nacional cuya importación esté prohibida, Sepomex informará de dicha circunstancia a la autoridad aduanera, para que ésta proceda conforme a las disposiciones legales aplicables.

Tratándose de la importación de las mercancías que a continuación se enlistan, incluso cuando las mismas ostenten marcas, etiquetas oleyendas que las identifiquen como producidas en países que no sea parte de algún tratado de libre comercio, aun y cuando se cuente con el certificado de origen, se aplicarán las siguientes tasas globales:

Mercancía

Tasa

Bebidas con contenido alcohólico y cerveza con una graduación alcohólica de hasta 14° G.L.

88.03%

Bebidas con contenido alcohólico y cerveza con graduación alcohólica de más de 14° G.L. y hasta 20° G.L.

95.55%

Bebidas con contenido alcohólico y cerveza con una graduación alcohólica de más de 20° G.L., alcohol y alcohol desnaturalizado.

125.63%

Cigarros (con filtro).

305.24%

Cigarros populares (sin filtro).

305.24%

Puros y tabacos labrados.

102.71%

Mercancías previstas en el "Decreto por el que se reforman diversas fracciones arancelarias de la TIGI relacionadas con el calzado, artículos de talabartería, peletería artificial", publicado en el DOF el 30 de mayo de 1995 o cualquier otro instrumento legal que se aplique en lugar de éste.

56.17%

Mercancías previstas en el "Decreto por el que se reforman diversas fracciones arancelarias de la TIGI relacionadas con prendas y accesorios de vestir y demás artículos textiles confeccionados", publicado en el DOF el 30 de mayo de 1995 o cualquier otro instrumento legal que se aplique en lugar de éste.

56.17%

 

POLITICAS DE IMPORTACIÓN

BARRERAS AL COMERCIO INTERNACIONAL

1.Políticas de importación.

1.1.Clasificación arancelaria.

Algunos embarques chilenos han sido retenidos por estar mal clasificados según las autoridades aduaneras mexicanas. Sin embargo, la propia Resolución Miscelánea de Comercio Exterior de México (D.O. 31.03.99) en su numeral 3.5.5 señala: "Cuando se importen mercancías bajo trato arancelario preferencial amparadas por un certificado de origen de conformidad con algún acuerdo comercial suscrito por México, y la clasificación arancelaria que se señale en el certificado de origen se formule con base en un sistema de codificación y clasificación arancelaria diferente al utilizado por México, el certificado de origen se considerará válido, siempre que la descripción de la mercancía señalada en el certificado que se trate coincida con la declarada en el pedimento y con las mercancías importadas".

1.2. Precios mínimos de referencia:

El 4 de Septiembre de 1998 las autoridades mexicanas publicaron una Resolución mediante la cual se modifica el mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en la importación de mercancías sujetas a precios estimados. Con este sistema, los importadores de ciertas mercancías que declaren un valor inferior al señalado en la Resolución antes mencionada, deberán acompañar a la solicitud de importación una fianza a favor de la Tesorería mexicana, la que deberá tener una vigencia no menor a un año, y que tiene por objeto garantizar el pago de las contribuciones y cuotas compensatorias que se causarían por la diferencia entre el valor declarado y el precio estimado.

En la Resolución se detallan las mercancías afectas a precio estimado. Se ha recibido información que indica que los precios estimados por las autoridades mexicanas no corresponderían a la realidad, y aún más, algunos productos mexicanos han llegado a Chile con un precio de menos de la mitad que el precio de referencia mexicano.

1.3.Revisiones de la Procuraduría General de la República:

Las Revisiones de la Procuraduría General de la República (PGR) en recintos aduaneros (revisión policial), preferentemente motivada por el problema de la droga en México y que se realiza a cada importación, son engorrosas, lentas y muchas veces daña la carga y el embalaje.

2. NORMAS Y REGLAMENTOS TECNICOS

2.1. Certificación:

Bajo la legislación mexicana, aquellos productos sujetos a regulaciones técnicas (más conocidas como Normas Oficiales Mexicanas, NOM’s) deben ser certificados por la Dirección General de Normas (DGN) o bien un órgano de certificación independiente. La Dirección trabaja con un programa nacional de acreditación de laboratorios. Sin embargo, sólo los laboratorios establecidos en México pueden acceder a este programa de acreditación para realizar procedimientos de evaluación de conformidad. Ello aumenta los costos de los envíos nacionales, y adicionalmente, se corre el riesgo de que el embarque sea rechazado, habiendo ya incurrido en importantes desembolsos.

2.2. Falta de laboratorios acreditados:

Otro de los problemas que se presenta es la inexistencia de laboratorios acreditados, ya sea por falta de intereses comerciales o de capacidad técnica para certificar. Pero una de las dificultades mayores ha ocurrido cuando los laboratorios acreditados corresponden a productores de la competencia, produciéndose los problemas esperados en cuanto a la transparencia, dado que la certificación de los productos (sean importados o nacionales) recae en una empresa de la competencia.

2.3. Sector farmacéutico:

Empresas farmacéuticas nacionales han manifestado que para poder vender productos farmacéuticos en México deben cumplir con requisitos que sólo se pueden registrar los productos de laboratorios productivos instalado en México, o bien, obtener el registro sanitario a través de un laboratorio mexicano ya instalado, por lo que el registro no pertenece a la empresa productora sino a la empresa mexicana que lo solicita. En este último caso, la marca comercial del producto queda bloqueada con el registro, situación que deja en riesgo toda la inversión promocional.

Una vez que se obtiene el registro sanitario, si se requiere fabricar un medicamento genérico intercambiable, es necesario realizar un estudio de bioequivalencia en México, pues no se reconocen estudios realizados en el país.

2.4. Medidas sanitarias y fitosanitarias:

Aduciendo razones de sanidad, la Secretaría de Salud exige un permiso previo para la importación de conservas de productos del mar y una veintena de productos más. Sin embargo, para lograr este objetivo se exige documentación en exceso y la repetición de algunos procedimientos que ya han sido realizados en origen.

Previo al embarque se solicita factura comercial, constancia sanitaria por lote a embarcar de la autoridad del país de origen, descripción del empaque, etiqueta en cada empaque que identifique el número de lote, análisis físico-químico, análisis microbiológico.

Luego de ello, se exige la presentación de la solicitud de "Autorización Sanitaria Previa de Importación" más un pago de US$ 80. Esta autorización incluye la facultad discrecional por parte de la autoridad mexicana de tomar un lote de muestra para analizarlo nuevamente en México. El trámite dura cinco días hábiles.

2.5. Prohibiciones de Ingresos:

Palta e higo

Actualmente la palta (aguacate) y el higo de Chile no pueden entrar a México. Chile solicitó la autorización de la entrada de estos productos a México en 1996. La DGSV (Dirección General de Sanidad Vegetal) informó que está estudiando la información técnica enviada por el SAG, en especial lo que respecta al riesgo de plagas.

La DGSV informó el 11 de marzo del 2003 que el Análisis de Riesgo de higo se encuentra aún en fase 1. En el caso de la palta, se informó en noviembre de 2003 que el ARP (Análisis de Riesgo de Plagas) se encuentra en fase final.

Papa

Actualmente no está permitido el ingreso de Papa (In-vitro, minitubérculos, semilla tubérculo y papa consumo) a México. Chile solicitó los requisitos fitosanitarios para la autorización de la entrada de este producto. Chile envió antecedentes de zona libre de nemátodos de quiste.

Avena de grano

Chile solicitó autorización para la entrada de este producto. La DGSV iniciará el proceso de análisis de riesgo de plagas, a fin de establecer los requisitos fitosanitarios, luego de recibir solicitud y antecedentes técnicos del SAG entregados en febrero de 2002.

El 29 de marzo del 2004 la DGSV envió solicitud de información técnica sobre plagas específicas que afectan a este producto para elaborar el ARP correspondiente.

Flor cortada de tulipán

El SAG solicitó respuesta a su solicitud de requisitos fitosanitarios para la exportación de este producto. Se espera respuesta de las autoridades de México.

El análisis de riesgo se encuentra en fase 1 desde el año de la solicitud (julio 2001).

Frijol

En 1998 México actualizó la norma NOM-028-FITO-1995, dónde se establece los requisitos fitosanitarios para la importación de granos y semillas (excepto para siembra), dónde excluyeron a Chile. En Noviembre de 2002, México notificó que se preparó una propuesta de modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-028-FITO-1995 donde se incluyó entre otros al frijol de origen chileno, la misma que ha sido enviada a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER). Se espera respuesta de las autoridades de México.

Granada

Chile solicitó autorización para la entrada de la granada a México. La DGSV solicitó información adicional sobre ciertas plagas y el SAG envió esa información.

El ARP ya fue concluido, queda pendiente la inclusión del producto a la Norma Oficial.

Exportación de genética porcina de Chile

Chile solicitó los requisitos de México para la importación de genética porcina (machos y hembras reproductores) de Chile a México, los que no pueden ingresar a dicho país.

2.6. Fósforos:

Desde 1993 en adelante las exportaciones chilenas de fósforos de seguridad al territorio de México han sufrido una serie de dificultades para su acceso y comercialización en ese país.

Los problemas se resumen en los siguientes puntos:

  1. Los fósforos de seguridad no son un explosivo sino que un sólido inflamable poco peligroso, según está establecido en las Recomendaciones de ONU. Esto significa que el producto no debiera estar contemplado en la Ley de Armas y Explosivos ni en su Reglamento.

b) Los requerimientos de transporte y almacenaje para los fósforos de seguridad parecen ser exagerados y no congruentes con la propia norma sobre transporte terrestre existente en México.

c) El tratamiento de los cerillos como explosivos en México es único en el mundo, ya que ningún otro país considera tan peligrosos a estos productos.

d) Existencia de una serie de medidas administrativas, que consisten en prácticas que no tienen fundamento en ninguna disposición legal o reglamentaria mexicana, que han

tenido como efecto dificultar el acceso y distribución de los fósforos chilenos.

En el año 2002, las autoridades mexicanas sacaron los fósforos de la Ley de Control de Armas y Explosivos, pero aún seguían vigentes el resto de las restricciones.

Las barreras mencionadas anteriormente, han tenido como resultado que el país dejó, hace varios años, de realizar envíos de fósforos chilenos a México.

En el año 2004 las conversaciones bilaterales habrían conducido a superar este problema.

2.7. Incremento de exigencias para la exportación de algunas frutas:

Existen reiterados intentos por parte de las autoridades de la Dirección General de Sanidad Vegetal de México, destinadas a implementar nuevos protocolos técnicos para las exportaciones de manzanas, peras y frutas de carozo, en los cuales se pretende incrementar el nivel de exigencias, a través de la incorporación en los acuerdos de nuevas plagas y sanciones a productores y empresas exportadoras.

En relación a las exportaciones de uva, la temporada pasada se exigió la fumigación de esta fruta, bajo un esquema similar al aplicado por parte del Departamento de Agricultura de Estados Unidos. Sin embargo, no han habilitado instalaciones de fumigación en los puertos de ingreso, situación que no ocurre con las exportaciones destinadas al mercado de Estados Unidos.

3. DEFENSA COMERCIAL

3.1. Salvaguardia a los envíos forestales chilenos:

El 7 de enero de 2002, la Asociación Nacional de Fabricantes de Tableros de Madera, ANAFAT, solicitó a la Secretaría de Economía de México el inicio de una investigación por salvaguardias y la imposición de medidas provisionales, a través del incremento en los aranceles sobre las importaciones de madera contrachapada (triplay).

El 15 de agosto de 2002 las autoridades de México iniciaron una investigación para determinar la aplicación de medidas de salvaguardia a 11 glosas arancelarias de maderas contrachapadas. La investigación se encuentra en curso.

El 2 de diciembre de 2003, según información de IMEXFOR, se habría reunido el Comité de Comercio Exterior para someter a votación la ficha correspondiente de esta medida de salvaguardia que se inició hace 18 meses. El resultado obtenido sería a favor de imponer esta medida, lo cual afectará directamente a Chile.

El decreto o resolución definiría aranceles de 12%, 8% y 4% en el año 1, 2 y 3 respectivamente para las importaciones de Chile y otros países asiáticos, excluyendo a Estados Unidos.

El 18 de febrero de 2004, la Oficina comercial informó que la Asociación de Importadores habría hecho una presentación a la Secretaría de Hacienda contradiciendo la aplicación de salvaguardia y se habría iniciado una negociación con los fabricantes nacionales que utilizan este insumo para, a pesar de fijar aranceles especiales, fijar cuotas que no estarían sujetas a aranceles, en la medida que ese producto va a bienes que México exporta.

Finalmente se logró que el gobierno mexicano no aplicara salvaguardias.

3.2. Salvaguardia sobre las importaciones de carne bovina:

Se recibió el 2 de octubre de 2003 una carta de parte de la Secretaría de Economía de México en la cual invita a celebrar consultas. Lo anterior producto de una solicitud por parte de productores mexicanos de carne, para el inicio de una investigación para la posible aplicación de salvaguardias.

Las exportaciones de carnes bovinas de Chile al mercado mexicano en la actualidad son nulas dado que no existe una homologación de los procesos de las plantas faenadoras ni tampoco un reconocimiento mutuo.

El 19 de noviembre de 2003, se envió una carta a la Secretaría de Economía haciendo ver que Chile debería quedar excluido de la investigación y la eventual aplicación de derechos de salvaguardia, ya que actualmente Chile no exporta a México.

CHILE

País (nombre oficial) :República de Chile

Año que ingresa a APEC :1994

Capital :Santiago

Superficie :292.260millas 756.950 km

Población :15.116.345

Idioma :Español

Alfabetismo :95,2%total 95,4%hombres 95% mujeres

Religiones :Católicos89% Protestantes11%

Gobierno :República

Moneda :Peso Chileno

PIB per capita :U$10.100.-

Chile es un país con características especiales en América latina, ya que cuenta con una organización muy particular. En primer lugar su organización política cuenta con tres poderes autónomos que son el Poder Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial.

Geográficamente se divide en 13 regiones, 51 provincias y 346 comunas, cada una con en manos de un representante que las administra.

Económicamente Chile se destaca por implementar una economía de libre mercado que, a pesar de sus detractores, le ha permitido ser una de las economías más estables de Latinoamérica.

Desde el punto de vista de la geografía económica cuenta con una gran cantidad de ventajas comparativas respecto a los demás países del mundo, debido a su variedad de climas, reservas de metales, su ubicación geográfica, etc.

ORGANIZACION POLITICA DE CHILE

1. LOS PODERES DEL ESTADO CHILENO

1.1. El Poder Ejecutivo

El presidente de la República de Chile, encabeza este poder. Según la Constitución de 1980, reformada en algunos artículos en 1989, la autoridad del Presidente se extiende a todo cuanto tiene por objeto la conservación del orden público en el interior y la seguridad externa de la república, de acuerdo con la constitución y las leyes.

1.2 El Poder Legislativo

Este poder del Estado lo ejerce el Congreso Nacional, a través de un parlamento Bicameral integrado por la Cámara de Diputados y el Senado de la República. El Congreso Nacional tiene entre sus principales objetivos, ejercer la representación de la ciudadanía, concurrir a la formación de las Leyes con el presidente de la República y Fiscalizar los actos del gobierno.

Quienes integran cada una de las ramas del Congreso, tanto los 120 Diputados como los 48 Senadores, representan al pueblo que los eligió y reflejan sus distintas posiciones, ideas y sensibilidades. Es en esta institución donde la Democracia existe y cobra mayor sentido.

En la actualidad, el Congreso Nacional se rige por la Constitución Política de 1980 y la Ley orgánica constitucional N°18.918. Esta Institución se localiza a diferencia de los otros poderes del Estado, en la ciudad de Valparaíso, V Región de nuestro país.

La Cámara de Diputados está integrada por 120 miembros elegidos en votación directa por los distritos electorales que establece la ley orgánica constitucional respectiva. Duran en sus cargos cuatro años, pudiendo ser reelegidos.

1.2.1 Funciones del Senado

Según la Constitución de 1980 el Senado esta compuesto por:

  • 38 Senadores elegidos democráticamente. Estos Corresponden a 2 por cada una de las 19 circunscripciones en que se divide el país.
  • 9 Senadores designados nombrados por diferentes órganos estatales
  • 2 Senadores por derecho propio

1.3 El Poder Judicial

Este Poder del Estado tiene como misión administrar Justicia.

La Corte Suprema de Justicia es él más alto Tribunal existente en el país. Es un órgano Colegiado integrado por 21 Ministros. Su jurisdicción abarca todo el territorio nacional. Le corresponde la superintendencia directiva, correccional y económica de todos los tribunales Electorales Regionales y los Tribunales Militares.

Los integrantes de este Poder deben establecer lo que es justo para cada caso particular del cual toca conocer y fallar, enmarcado dentro del ordenamiento jurídico y según su competencia. En la Constitución de 1980 se establece que el Poder Judicial tiene "la facultad de conocer de las causas civiles y criminales de resolverlas y de hacer ejecutar lo Juzgado, pertenece exclusivamente a los tribunales establecidos por la ley. Ni el Presidente de la República ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer funciones judiciales, avocarse a causas pendientes, revisar los fundamentos o contenidos de sus resoluciones o hacer revivir procesos fenecidos". (art.73. cap. VI)

Jerárquicamente, por debajo de la Corte Suprema, se encuentran las Cortes de Apelaciones, que se distribuyen a lo largo del territorio nacional. Dependiendo de las Corte de Apelación respectiva se ubican los juzgados que pueden ser del Crimen, Civil, de Menores y del trabajo.

2. Descripción Político Geográfica:

Chile es un estado de América del tipo unitario, aquel que posee un centro de poder (el presidente) ejercido a través de órganos encargados de diversas funciones, con sede en la capital del estado, donde las personas obedecen a una sola constitución con el objeto de estar al servicio de la persona humana promoviendo el bien común.

Limita al norte con Perú, al noreste con Bolivia, al este con Argentina y al sur y oeste con el Océano Pacifico.

La superficie total del territorio incluido su parte continental, antártica y polinésica es de 2.006.626 de kilómetros cuadrados.

La capital y principal ciudad es Santiago, con una población de 6.091.120 habitantes y un total de 15 millones de habitantes en todo el país, siendo su idioma oficial el español

2.1 División Administrativa y Sistema de Gobierno.

El país de acuerdo a su estructura geográfica y la legislación vigente se encuentra dividido en un total de 13 regiones, 51 provincias y 346 comunas a lo largo del país.

El estado chileno se estructura jerárquicamente en tres poderes: el ejecutivo, encabezado por el Presidente de la República, el cual esta encargado del gobierno y la administración del Estado y asesorado por un consejo o gabinete de ministros. El poder Judicial que incumbe a la corte suprema de Justicia, que cuenta con la Corte de apelaciones y los tribunales a fin de velar por la justicia de toda la comunidad y el poder legislativo ejercido de forma bicameral con 49 senadores y 120 diputados.

Estos tres poderes enmarcan su labor en la Constitución Política del Estado, que fue dictado en 1980 habiendo en la actualidad algunos cambios sobre ella.

2.1.1 La Administración Regional: corresponde al gobierno regional, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo social, cultural y económico de la región. Como principal órgano esta el Intendente que es el representante directo del presidente en ella, además de ser designado y removido por él. Sus funciones son de acuerdo a la constitución y a las leyes que la competen, como también a las ordenes e instrucciones del presidente. También se cuenta con el consejo regional que tiene como objetivo ser un órgano resolutivo, normativo y fiscalizador de esta. Las funciones administrativas de esta son apoyadas por las Secretarias Regionales Ministeriales, que son desconcertadas por los ministerios y subordinadas por el Intendente.

2.1.2 La administración Provincial corresponde a la Gobernación, que es presidida por el Gobernador quien es también designado y removido por el Presidente, siendo además una administración que le compete al Intendente. Como órgano consultivo esta el Consejo Económico Social Provincial que cuenta también con el Gobernador.

2.1.3 La Administración Comunal: corresponde a la Municipalidad, la cual esta encabezada por el Alcalde como autoridad superior y por el consejo como órgano resolutivo, normativo y fiscalizador de él, que cuenta con los concejales y con el Alcalde.

3. Organización Económica de Chile

Chile posee una Economía de Libre Mercado, que fue impuesta después de varias pruebas de modelos económicos en la crisis de comienzo de los ochenta. La unidad monetaria es el peso. Dentro de los organismos estatales que regulan la actividad se encuentran el Ministerio de Economía, el Ministerio de Hacienda y el Banco central. La Economía está constituida por diferentes factores, tales como: el PIB, las actividades económicas, el empleo, las políticas monetarias, etc.

3.1 FACTORES QUE CONSTITUYEN LA ECONOMIA

3.1.1 Producto Interno Bruto: es el valor total de la producción de bienes y servicios de un país en un determinado periodo (por lo general un año, aunque a veces se considera el trimestre), con independencia de la propiedad de los activos productivos.

En el año 2004 el producto interno bruto fue de 57.356.464 millones de pesos, presentando un aumento de un 6.10% de variación real respecto del año 2003.

3.1.2 El Empleo: en el marzo 2005 la fuerzo de trabajo, es decir, de personas ocupadas es de 6.335.000 personas. El 7.9% representa la tasa de desocupación en el mismo periodo.

3.1.3 La Deuda Externa: En el año 2004 la deuda externa bruta de Chile es de 43.931 millones de dólares, de los cuales 8.543 corresponden a obligaciones a corto plazo y 35.388 a obligaciones a largo plazo.

3.1.4 Índice de Precios al Consumidor: En 0,9% varió el Índice de Precios al Consumidor de abril, acumulándose en los primeros cuatro meses del año un alza de 1,1%. La variación anual alcanza a 2,9%.

3.1.5 Exportaciones: En una economía globalizada las exportaciones cumplen un rol fundamental en el desarrollo económico de un país, en Chile se han aplicado diversas medidas para fomentar esta actividad las cuales han causado un aumento significativo en el sector, sobre todo en los últimos 17 años. En el año 2004 las exportaciones fueron US$32.000 millones.

3.1.6 Importaciones: Chile al ser un país sub-desarrollado tiene que importar varios productos industriales que no se producen en Chile. Las importaciones alcanzaron el año 2004 a 22.956 millones de dólares.

4. Organismos Estatales que Regulan la Economía

4.1 Ministerio de Economía: El ministerio de economía es el ente del Poder Ejecutivo encargado de formular y efectuar las políticas y programas orientados a generar un crecimiento sostenido y sustentable, con progresiva equidad en la distribución de sus frutos.

4.2. Banco Central de Chile: Las políticas del Banco Central tienen amplia repercusión económica, lo que convierte a esta institución en una de las más relevantes, económicamente del país. En efecto, una política monetaria mas o menos restrictiva tendrá efectos en la inflación, el empleo y el crecimiento de un determinado año, lo que incide directamente en el Bienestar de la población.

4.2.1 Objetivos Principales: los objetivos que deben ser cautelados por la institución son, la estabilidad en el valor de la moneda y el normal funcionamiento de los internos y externos.

4.2.2 Funciones del Banco Central de Chile:

• Emisión: El Banco Central tiene la potestad exclusiva para emitir billetes y acuñar monedas.

• Regulación de la cantidad de dinero en circulación y de crédito.

• Regulación del sistema financiero y mercado de capitales.

• Facultades para cautelar la estabilidad del sistema financiero.

• El Banco Central puede actuar como agente fiscal en la contratación de créditos externos e internos y en aquellas operaciones que sean compatibles con las finalidades de la institución.

• Facultad para formular y administrar políticas cambiarias.

• Funciones estadísticas: debe publicar oportunamente los principales indicadores macroeconómicos nacionales.

5 PRINCIPALES ACTIVIDADES ECONOMICAS

5.1 Agricultura: Es una de las principales actividades del país, con una participación cercana al 5.6% del PIB y ocupa a 700.000 personas aproximadamente (13% de los ocupados). Se desarrolla principalmente en el valle longitudinal.

5.2 Minería: Esta actividad representa un 8.4% del PIB y acoge al 1.4% de los ocupados del país. Su principal producto es el cobre.

5.3 Industria manufacturera: La industria es uno de los principales elementos del PIB, con una participación de un 15.7% del total y ocupa a 773.560 personas aproximadamente.

5.4 Comercio: Tiene una participación de un 10.7% del PIB, y tiene empleadas a más de 1.000.000 de personas.

5.5 Servicios (Financieros, Empresariales, Personales, públicos, etc.): Es el sector más importante, con una participación de un 27.7% del PIB y con más de 1.800.000 personas empleadas.

6. Indices Económicos Regionales .

6.1 I Región de Tarapacá.

Las principales actividades económicas de la región son el comercio y la industria Manufacturera. La minería del cobre y del oro también es relevante, así como las capturas pesqueras y la industria de harina y aceites de pescado. El turismo aparece como una actividad emergente y de gran potencialidad futura.

Esta región tiene un PIB de US$ 6.100.000.000 y un ingreso pér capita US$ 14.200.

6.2 II Región de Antofagasta.

La minería es la principal actividad económica de la Región. La producción de Cobre, Oro, Plata, Molibdeno, Salitre, Yodo y Carbonato de Litio.

Esta región tiene un PIB de US$ 13.200.000.000 y un ingreso pér capita US$ 26.500.

6.3 III Región de Atacama.

La minería es la principal actividad económica de la Región, la producción de Cobre, Oro, Plata y Hierro. Aunque cabe destacar que la fruticultura es otra actividad importante para la región, donde destaca la producción de uva de exportación, localizada en los valles de Huasco y Copiapó.

Esta región tiene un PIB de US$ 3.100.000.000 y un ingreso pér capita US$ 10.600

6.4 IV Región de Coquimbo.

La principal economía regional se vincula fundamentalmente con las actividades minera y agropecuaria, destacándose en el primer caso la producción de cobre, hierro y oro. En el segundo caso, destaca la producción de uva de mesa de exportación y la elaboración de piscos en los valles del Elqui, Limarí y Choapa.

Esta región tiene un PIB de US$ 4.000.000.000 y un ingreso pér capita US$ 6.400.

6.5 V Región de Valparaíso

Las principales actividades económicas son la industria y el comercio que se concentran en sus principales ciudades, la minería en Petorca y Los Andes, la horto-fruticultura en las Comunas interiores, los cultivos tradicionales en el secano costero, el Turismo en el borde costero y los servicios portuarios y marítimos en San Antonio y Valparaíso.

Esta región tiene un PIB de US$ 15.000.000.000 y un ingreso pér capita US$ 9.000.

6.6 VI Región del Libertador B. O´higgins.

Las principales actividades son las agropecuarias y la minería, destacándose la fruticultura, la horticultura.

Esta región tiene un PIB de US$ 7.400.000.000 y un ingreso pér capita US$ 8.800.

6.7 VII Región del Maule.

La agricultura y la industria son las principales actividades económicas de la región.

Esta región tiene un PIB de US$ 6.400.000.000 y un ingreso pér capita US$ 6.700.

6.8 VIII Región del Bío Bío

Las principales actividades productivas del Bío-Bío son la forestal, la agricultura, la agroindustria, la industria básica del hierro, la textil y la pesca.

Esta región tiene un PIB de US$ 16.400.000.000 y un ingreso pér capita US$ 8.000.

6.9 IX Región de la Araucania.

La principal actividad económica de la Araucanía es la agropecuaria-silvícola, donde se destacan los cultivos tradicionales, la ganadería y la producción forestal.

Esta región tiene un PIB de US$ 4.400.000.000 y un ingreso pér capita US$ 4.800.

6.10 X Región de Los Lagos.

Las principales actividades económicas de la Región de Los Lagos son la agropecuaria (donde destacan la producción de cereales y la ganadería para lechería), la silvícola, la pesca y el turismo.

Esta región tiene un PIB de US$ 8.300.000.000 y un ingreso pér capita US$ 7.400.

6.11 XI° Región del Gral. Carlos Ibáñez del Campo.

La agricultura, la ganadería, el forestal, la pesca y más recientemente el turismo son las principales actividades económicas de la Región de Aysén.

Esta región tiene un PIB de US$ 1.000.000.000 y un ingreso pér capita US$ 10.000.

6.12 XII° Región de Magallanes y la Antártica Chilena.

La agricultura, la ganadería, el forestal, la minería, la industria, la pesca y más recientemente el turismo son las principales actividades económicas de la región.

Esta región tiene un PIB de US$ 2.400.000.000 y un ingreso pér capita US$ 14.400.

6.13 Región Metropolitana

En particular, en la Provincia de Santiago se concentran, la industria, comercio, Construcción, transporte, servicios financieros, electricidad, gas y agua y servicios comunales que son las principales actividades económicas. La minería, la agricultura y el turismo de montaña también están presentes en la región.

Esta región tiene un PIB de US$ 80.200.000.000 y un ingreso pér capita US$ 12.300.

7.- Comportamiento de la Moneda.

Durante el año 2004, el peso chileno se depreció en relación al dólar alcanzando un valor promedio 557 pesos por dólar, resultado superior a los niveles alcanzados en los años 2003 (550 pesos por dólar) y 2002 (549 pesos por dólar).

El tipo de cambio mostró una recuperación importante en el año 2004, superando los niveles mensuales alcanzados en los años anteriores. Esta recuperación comenzó en el mes de febrero alcanzando su máximo en septiembre, cerrando el año casi 10 pesos sobre el valor observado en enero. La volatilidad del tipo de cambio se redujo en el último año, pasando en un 9,8% en el 2003 a un 6,0% en el 2004.

IMPORTANCIA DE APEC PARA CHILE

En el plano general, Chile se ha beneficiado del éxito obtenido por APEC en la reducción de aranceles y medidas para-arancelarias. Por otra parte, las economías de APEC son las principales receptoras de las exportaciones chilenas.

En el año 2003, representaron aproximadamente el 57% de las ventas que Chile hizo al exterior y los 5 principales mercados de destino para nuestros productos son economía APEC ( Estados Unidos, Japón, China, Corea y México).

A esto se agrega que entre los principales inversionistas extranjeros en Chile, se cuentan cuatro miembros de APEC: Estados Unidos, Canadá, Australia y Japón, que totalizan un 60% de las inversiones materializadas en el período 1974-2002.

Chile ingresa a APEC como Miembro pleno durante la reunión ministerial de Jakarta, Indonesia, en noviembre de 1994, después de participar como invitado durante un año en los grupos de trabajo. De esta forma, nuestro país cumple con uno de los objetivos de su política exterior comercial, como es el principio de "regionalismo abierto".

Junto a estas razones estratégicas, también existen otros beneficios que ofrece participar en esta instancia, entre las que destacan:

1.- Libertad para llevar a cabo la agenda que se considere más adecuada en materia de relaciones económicas internacionales.

2.- Consolidación de la apertura comercial de Chile, en forma gradual y consistente con otros acuerdos comerciales.

3.- Promoción de acuerdos regionales y bilaterales que faciliten y desarrollen el comercio y la inversión, consistentes con la OMC y cuyo objetivo último sea lograr una mayor apertura comercial multilateral.

4.- Búsqueda de desarrollo en materias en las que no hubo avances significativos a nivel de otros foros internacionales.

5.- Apertura de importantes posibilidades para las inversiones chilenas en el exterior y los productos nacionales de exportación y, fundamentalmente, fomento de la inversión exportadora en Chile

6.- Obtener información del manejo de políticas económicas de la región Asia-Pacífico, lo cual es una de las de comportamiento más dinámico en el mundo. 7.- Formar parte de los programas de cooperación técnica. En particular, en materias de ciencia y tecnología, migratorias, recursos marinos, agricultura y procedimientos aduaneros. 8.- Generar ventajas competitivas para Chile en Sudamérica, reforzando su objetivo de ser puerta de entrada y salida de los mercados asiáticos al continente americano.

ECONOMIA

Reconocido en el mundo entero como un pionero en términos del comercio en Latino América, Chile ha firmado innumerables tratados de libre comercio. Independiente de los acuerdos firmados, en forma sistemática, el país también ha reducido sus impuestos. En enero de 2003, el país bajó su tasa arancelaria uniforme no preferencial desde un 7% a un 6%.

La economía chilena, conducida por un firme compromiso por parte del gobierno hacia la liberación de mercado, la transparencia, y la responsabilidad fiscal, ha experimentado una amplia transformación durante el último cuarto de siglo. La apertura hacia el comercio y las inversiones, junto con la estabilidad institucional han dado fruto a un elogiado modelo económico. Mientras que la eficiencia económica sigue siendo la primera prioridad, el gobierno también trabaja asiduamente para mejorar el sistema legal, de salud y de educación, y para fomentar los ingresos igualitarios y aliviar la pobreza. Por su parte, se destaca la actitud de los chilenos por forjar su propio modelo económico mediante su infalible apoyo, principalmente basado en un significativo mejoramiento del estándar de vida. En efecto, el promedio anual del PIB per cápita, se ha cuadruplicado desde US$ 1,704 entre 1985 – 1989 a US$ 4,262 en 2002. Otra tendencia alentadora es la caída gradual de la inflación. Hacia mediados de los 90, una rigurosa política monetaria había logrado derrotar al IPC de dos dígitos. Desde entonces, la inflación ha disminuido acercándose cada vez más a la de aquellas economías del mundo industrializado.

Disminución de la Inflación:  Crecimiento del IPC a fines de año

1993

1994

1995

1996

1997

1998

1999

2000

2001

2002

12.2

8.9

8.2

6.6

6.0

4.7

2.3

4.5

2.6

2,8

Fuente: INE

En el 2002 Chile se vio afectado por la crisis mundial, a pesar de que nuestro país ha logrado mantener un sentido de estabilidad, transparencia y crecimiento económico. La estabilidad de los fundamentos macroeconómicos de Chile es el resultado de importantes reformas internas.

Principales Indicadores Económicos de Chile

 

1996

1997

1998

1999

2000

2001

2002

PIB Nominal (US$bn)**

67.9

73.0

73.4

67.6

70.1

63.0

66,0

PIB Nominal Per Cápita (US$)*

4,712

4,993

4,950

4,504

4,608

4,090

4,262

PIB (Billones de pesos de 1996)

31,237

33,301

34,377

34,041

35,533

36,533

37,411

Tasa de Crecimiento Real del PIB (Porcentaje basado en pesos de 1986)

6.6

3.2

-0,8

4.2

3,1

2,1

Desempleo (Porcentaje)

6.5

6.1

6.3

9.8

9.2

9.1

9,0

Inflación, IPC al final de año (Porcentaje)

6.6

6.0

4.7

2.3

4.5

2.6

2,8

Exportaciones (FOB) (US$ Millones)

15,395

17,017

14,754

15,915

18,153

17,611

17,430

Importaciones (FOB) (US$ Millones))

16,810

18,112

17,087

14,022

16,832

16,160

15,445

Deuda Externa (US$ Millones)**

22,979

26,701

31,691

34,112

36,477

38,032

40,395

Fuente: Banco Central de Chile; para la inflación Instituto Nacional de Estadísticas; * Source: CLSA; **Al final del periodo

 

Aún cuando el desempleo ha disminuido desde las cifras más altas que alcanzó durante  la reciente recesión, durante el año 2002 siguió obstinadamente alto, en torno al 9.0l%.  El Banco Central redujo las tasas de interés en reiterados intentos por estimular la demanda y la creación de empleos, llegando a 3% a fines de diciembre del 2002.

Gracias a una política comercial abierta y al vigoroso crecimiento de la economía en la última década, los empresarios y los consumidores nacionales pueden adquirir, ahora más que nunca, una mayor gama de productos importados. Durante 2002 las importaciones en valor FOB alcanzaron US$ 15.5 billones.

Rompiendo Fronteras: Exportaciones e Importaciones Chilenas (FOB) 1992-2001 (US$ Millones)

 

1992

1993

1994

1995

1996

1997

Exportaciones

10,007

9,199

11,604

16,024

15,395

17,017

Importaciones

9,285

10,189

10,872

14,643

16,810

18,111

 

1998

1999

2000

2001

2002

 

Exportaciones

14,754

15,915

18,153

17,611

17,430

 

Importaciones

17,087

14,022

16,832

16,160

15.445

 

Fuente:  Banco Central de Chile

Partes: 1, 2, 3
 Página anterior Volver al principio del trabajoPágina siguiente