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Oportunidades de financiamiento para el Siglo XXI (página 2)


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Titularización

Las condiciones económicas por las que atraviesa el mundo capitalista en los últimos tiempos, producto de acoplamientos internacionales en la materia, han producido descompensaciones en diferentes generadores de esta actividad que se ven reflejados en las entidades locales que no son capaces de cumplir con sus planes de desarrollo debido al desfinanciamiento por causa entre otras de la crisis financiera mundial. Esta situación lleva a que los agentes ajusten sus niveles de consumo, inversión y gastos, reduciendo la capacidad de los mismos y por ende disminución en los ingresos para los entes.

El dinero es un recurso escaso, por lo que la obtención de efectivo en el corto plazo puede resultar difícil y muy costosa para la mayoría de entes locales, si se recurre exclusivamente al mercado de dinero (la banca comercial), como fuente de financiamiento. El costo de los recursos y la fuente de estos recursos, son los aspectos más relevantes a la hora de desarrollar cualquier proyecto, por eso los gobiernos deben ser cada vez más selectivos y recursivos en la búsqueda de fuentes económicas. El mercado de valores ofrece la titularización de activos como una salida para el cumplimiento de los diferentes programas previsto en los planes de gobierno.

Proceso histórico en América

La titularización se inició en la década de los 70 en Estados Unidos, en Europa se implementó en la década de los ochenta, iniciando en Inglaterra, Francia y España. En Inglaterra, se inicia con la titularización de cartera hipotecaria a través de la figura de las sociedades especializadas de objeto social único. Las hipotecas objeto de titularización son aquellas que generan intereses mensuales, teniendo amortizaciones del capital al final de la vida de la hipoteca. El desarrollo de la titularización se vio favorecida por un ambiente regulatorio y legal amplio. Hay un gran desarrollo al punto que se está a la vanguardia en el total de emisiones efectuadas bajo el sistema de titularización frente a los demás países europeos.

En Suramérica, Argentina y Brasil comenzaron el proceso en el año 2000, y en Colombia se empieza a encontrar el mecanismo de la titularización en 1955, con la ley 50 que estableció la posibilidad de emitir cédulas y títulos representativos de derechos sobre inmueble, mecanismo que no tuvo acogida.

EN COLOMBIA

El sector financiero en Colombia está regido por los mercados de dinero y los mercados de capitales (valores). El mercado de dinero lo ofrecen los bancos comerciales, con aceptación de corto plazo y los mercados de capitales que están integrados por una serie de participantes que, compra y vende acciones e instrumentos de crédito con la finalidad de que los financistas cubran sus necesidades de capital y los inversionistas coloquen su exceso de capital en negocios que generen rendimiento.

Según la Superfinanciera en el mercado de valores en Colombia encontramos:

Aceptaciones Bancarias, Bonos Ordinarios, bonos convertibles en acciones (BOCEAS), Bonos Públicos, Bonos de Garantía General, Bonos de Garantía Especifica, Certificado de Depósito a Término (CDT), Papeles Comerciales, Títulos de Tesorería (TES), Títulos de Devolución de Impuestos (TIDIS) y Titularizaciones.

La titularización de activos se constituye en una de las oportunidades de financiamiento que puede ser utilizada por los gobiernos locales para el desarrollo de sus proyectos. El proceso ha tenido en nuestra historia proyectos importantes de desarrollo y nos permitirá para esta investigación, hacer un análisis de la titularización de activos como fuente de financiamiento de las entes locales, el alcance de este proceso en el mercado de Valores Colombiano, sus ventajas comparativas frente al financiamiento de la Banca Comercial, y aspectos legales que la rigen, los bienes objeto de titularización, partes que intervienen en el transcurso y en general toda la información necesaria, que complementan y ayudan a dar una visión clara del asunto.

Los procesos de titularización podrán iniciarse a partir de la conformación de fondos o patrimonios con sumas de dinero destinadas a la adquisición de cualquiera de los bienes; sólo en los procesos de titularización efectuados para el desarrollo de obras públicas, se podrán utilizar proyecciones de flujos futuros como base de la estructuración del proceso.

En este proceso interviene un originador, aquel que transfiere los bienes; el agente de manejo quien recauda los recursos provenientes de la emisión; la administradora, entidad encargada de la custodia de los bienes, y la colocadora, entidad facultada para actuar como suscriptor.

Es importante mencionar que en el esquema de financiamiento colombiano existen de corto y largo plazo; los primeros se utilizan principalmente para solventar pasivos menores a un año, su principal fuente es espontánea y su ofrecimiento esta dado por la banca comercial, en cuanto al segundo tipo están dirigidos a desarrollar grandes proyectos o activos de largo plazo y sus principales fuentes de financiamiento son la banca comercial y el mercado de capitales, siendo la fuente más barata.

Es una fuente de financiamiento a largo plazo que permite a una empresa transformar sus activos o bienes generadores de flujos de ingresos, actuales o futuros, en valores negociables en el mercado de valores, posibilitando la obtención de liquidez en las mejores condiciones por costo financiero.

La posibilidad de estructurar procesos de titularización genera una nueva dimensión en las opciones de fuentes de recursos no intermediados para las compañías. Lo anterior representa la posibilidad de obtener liquidez a muy bajo costo, puesto que los recursos financieros provienen directamente del público inversionista. Sobre el particular, es importante anotar que, según estudios de la Superintendencia Superfinanciera basados en los procesos de titularización aprobados, los costos y gastos generados en estos procesos representan tan solo el 1.88% del valor de la emisión.

Adicionalmente, la titularización permite adecuar la estructura financiera del originador a sus propias necesidades, bien sea disminuyendo su nivel de endeudamiento o reduciendo sus niveles de activos fijos o improductivos para asignar su valor al capital de trabajo o a invertir en nuevos proyectos.

Otro aspecto importante, es facilitar a las empresas la obtención de beneficios adicionales producto de la aceleración de flujos de caja con la consecuente reducción del costo de capital e incremento de su capacidad de expansión o crecimiento. Lo anterior es altamente provechoso para los procesos de reconversión industrial y reestructuración de empresas.

En un país como Colombia, es indispensable contar con alternativas de bajo costo para la financiación de proyectos de infraestructura y de servicios públicos. Bajo esta premisa, la titularización se convierte en un esquema ideal para proveer de recursos a estos proyectos, mediante modalidades que se ajusten a sus necesidades específicas de plazo, costo y demás características financieras.

DESCRIPCIÓN DEL PROCESO

Los procesos de titularización pueden conformarse mediante la transferencia de bienes o activos para constituir con ellos un patrimonio autónomo, mediante un contrato de fiducia mercantil irrevocable. Esta es la práctica utilizada para la estructuración de procesos de titularización en Colombia. Así mismo, se puede iniciar una titularización a partir de la constitución de fondos o patrimonios con sumas de dinero destinadas a la adquisición del bien o activo objeto de la titularización.

La normatividad actual contempla también la posibilidad de generar nuevos títulos valores emitidos por fondos de valores administrados por sociedades comisionistas de bolsa o por fondos comunes administrados por sociedades fiduciarias.

El Originador, es quien transfiere los bienes o activos base del proceso de titularización, pueden personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras. El originador no se requiere para los casos de titularizaciones estructuradas a partir de fondos. El Agente de Manejo, es el vocero del patrimonio autónomo. Se encarga de recaudar los recursos provenientes de la emisión y se relaciona con los inversionistas en virtud de tal vocería, de acuerdo con los derechos incorporados en los títulos. El agente de manejo debe velar por el manejo seguro y eficiente de los recursos que ingresen al patrimonio.

Un punto importante a tener en cuenta, es que cuando el originador se encuentre vinculado con el agente de manejo, se debe nombrar a una persona independiente para que actúe como representante de los tenedores de los títulos, con el fin de evitar un posible conflicto de interés.

El Administrador, es la entidad encargada de la administración, custodia y conservación de los activos o bienes objeto de la titularización, así como del recaudo y transferencia al agente de manejo de los flujos provenientes de dichos activos o bienes.

Pueden actuar como administrador de una titularización el originador de la misma, el agente de manejo o una persona diferente. Sin embargo, la actuación del administrador no exonera al agente de manejo de su responsabilidad en la realización diligente de los actos necesarios para la consecución de la finalidad perseguida en el proceso de titularización.

El colocador, es la entidad que, facultada por su objeto social, puede actuar como suscriptor profesional o underwriter de una emisión. Aunque la existencia de esta entidad no es indispensable en un proceso de titularización, puesto que el mismo agente de manejo puede efectuar directamente la colocación de los títulos en el mercado, se considera que la actuación de un underwriter puede asegurar el éxito del proceso.

Los títulos emitidos en desarrollo de procesos de titularización, tienen las prerrogativas de los títulos valores. Lo anterior significa que deben mencionar el derecho que incorporan y la firma de quien los crea. Además, deben inscribirse en el Registro Nacional de Valores e Intermediarios y ser susceptibles de ser colocados mediante oferta pública.

En cuanto a la ley de circulación, estos valores pueden ser nominativos o a la orden. En los procesos de titularización es factible emitir tres modalidades de títulos:

1) Títulos corporativos o de participación: En los que el inversionista adquiere una parte alícuota del patrimonio autónomo o fondo y participa de las utilidades o pérdidas que éste genere. Se asimilan a títulos de renta variable y se encuentran normalmente referenciados en unidades de participación. Pueden ser redimidos antes de la extinción del patrimonio autónomo o fondo, debido a la liquidación de parte de sus activos o bienes.

2) Títulos de contenido crediticio: Incorporan derechos a percibir la cancelación del capital y de los intereses de acuerdo con las condiciones señaladas en el título. Se asimilan a los títulos de renta fija y los activos que conforman el patrimonio autónomo respaldan el pasivo con los inversionistas.

3) Títulos mixtos: Es la mezcla de los dos anteriores. Esto es, que pueden contemplar una rentabilidad mínima o una máxima o las dos. También pueden incorporar derechos de participación y ser amortizables.

TITULARIZACIÓN EN COLOMBIA

Cuando se titulariza un bien inmueble destinado a garantizar proyectos de obra pública, los títulos a emitir representan un derecho sobre la propiedad y no le otorga el derecho del uso, sino de rendimientos. El gran objetivo de titularización de inmobiliaria consiste en poder convertir en financiero o flujo de caja, por ser inmueble, permite recuperar el dinero que se tienen invertido en un inmueble o que proyecta realizar una obra, sin perder la posibilidad de usarlo, es decir, continuando con el derecho de uso exclusivo y ejerciendo por tanto la propiedad.

De otra parte la titularización inmobiliaria incluye la posibilidad de estructurar procesos a partir de proyectos inmobiliarios. En este caso, el patrimonio autónomo está conformado por el lote en que se construirá el inmueble, los estudios técnicos y de factibilidad financiera, y el presupuesto de costos del proyecto. Esta figura constituye una interesante alternativa para la reducción de costos financieros en la construcción inmobiliaria y para facilitar la comercialización de proyectos.

La titularización de obras de infraestructura y servicios públicos. En esta modalidad, el patrimonio autónomo se conforma a partir de la existencia de flujos futuros de fondos, los cuáles pueden ser: Determinados con bases en estadísticas de los 3 años inmediatamente anteriores ó determinables con apoyo de proyectos de 3 años. Estas titularizaciones pueden corresponder a obras específicas o a fondos de obras de infraestructura y de servicios públicos cuyos recursos se destinen a este tipo de proyectos. En razón a los elevados montos y plazos requeridos en estas obras, es de esperarse que en un principio se encuentren orientados estos procesos de titularización a ser ofrecidos simultáneamente en el mercado nacional y en mercados extranjeros, y para que esto se pueda llevar a cabo se necesitara ofrecer una rentabilidad que sea atractiva a inversionistas extranjeros.

De la década de los noventa a nuestra fecha es importante la titularización de bienes inmuebles, donde intervinieron originadores como los bancos . Aspecto que demuestran que las entidades que buscaban liquidez mediante sus patrimonios conformados por inventarios de bienes inmuebles y poco efectivo, cambiaron esos inmuebles por dinero efectivo que provino de instituciones como los fondos de pensiones y cesantías, es un claro ejercicio de administrar sus bienes.

A pesar que la titularización de inmuebles y de activos principales en el sector público son muy escasas, quizás las falencias obedecen a las creencias que poseen los administradores públicos locales en los trámites, solicitudes, autorizaciones y requerimientos para su consideración, como la falta de emprendimiento, cultura financiera y popular para su aplicabilidad. Por ello, la difusión y publicidad del proceso por parte de entes tanto públicos y privados en esta alternativa de financiera que ofrece el mundo actual, como medida de rompimiento a las murallas que se encuentran en todas las entidades públicas locales, permitirá la posibilidad de una fuente dinámica de financiamiento para programas y proyectos en infraestructura física, en servicios, entre otros.

Una de las ventajas más importante en la titularización de cualquiera de sus formas es el bajo costo de accesibilidad sobre el mercado financiero o bancario, por grado de intermediación, mientras que la financiación a través del mercado de capitales que tan solo obedece a bajos costos en comisiones, otra hace referencia a que no afecta la capacidad de pago, ni la parte contable de las finanzas de los entes locales, tal medida permitirá financiarse fuera del balance o lo que se denomina OFF-BALANCE.

Este instrumento que ofrece el mercado de capitales, posibilitan que los entes locales desplieguen proyectos en infraestructura como impulso al desarrollo de su comunidad. Esta herramienta poco ha sido utilizada por los entes locales debido a que los administradores públicos desconocen las bondades.

Se espera que los administradores públicos con este trabajo, incluyan en su horizonte financiero este elemento importante para realizar diferentes programas en especial los proyectos de infraestructura en obras prioritarias y opten por obtener recursos de algunos activos inmobiliarios que tan solo les producen gastos.

La titularización tendrá un papel protagónico en los próximos años, tanto por su sofisticación como por los volúmenes de negociación. Es allí donde se encontrará que esta figura contribuya en buena parte a lograr la tan deseada profundización del mercado público de valores colombiano.

Esta alternativa de financiamiento se convierte en una salida para la consecución de obras de infraestructura y de equipamiento de los entes locales como plazas de mercado, plazas de ferias, centrales de abastos, paradores de carga y pasajeros, entre obras que pueden proveer infraestructura para los entes locales.

Inversión extranjera directa

La teoría de la inversión extranjera directa, sugiere que ese fenómeno se presenta cuando existen motivos de localización de la producción en diferentes países y las firmas tienen incentivos de internacionalización, es decir, estímulos para mantener control sobre los procesos productivos. Los motivos de localización se dan al haber diferencias en las dotaciones y los precios de los factores o al existir costos de movilización entre países, ya sea por costos de transporte o por barreras de política al flujo de bienes y servicios.

La Inversión Extranjera Directa (IED) puede clasificarse en tres grandes grupos: vertical, horizontal con productos homogéneos y horizontales con productos diferenciados.

  • La IED vertical, ocurre cuando el tratamiento de elaboración de un producto se puede separar a bajo costo en un proceso corporativo y otro productivo, concentrando el primero en un país relativamente bien dotado de capital, y ubicando al segundo en un país con bajos costos de producción.

  • La IED horizontal con productos homogéneos se presenta cuando una firma tiene plantas en muchos países debido a que los costos de transporte y las barreras de política al comercio son lo suficientemente altos como para justificar este esquema productivo. Esta clase de IED puede darse entre países con dotaciones de factores similares.

  • La IED horizontal con productos diferenciados se manifiesta cuando hay economías de escala a nivel de la producción de una variedad. Esta clase de IED es complementaria al comercio internacional al promover los flujos de comercio intra-industria.

INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA EN LA COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES.

Observando cuál ha sido la estrategia para atraer la inversión extranjera a la comunidad andina debemos remitirnos a la normatividad establecida por éste. En lo relativo a sus políticas de inversión, la Comunidad Andina de Naciones (CAN) ha introducido un régimen común de inversiones que comenzó prohibiendo la inversión extranjera directa (IED) en sectores fundamentales, para evolucionar hasta llegar a su liberalización.

Entre las medidas proactivas adoptadas por los países para la promoción de inversiones se encuentra la mejora de los determinantes económicos dinámicos de los países anfitriones y un proceso de facilitación de negocios competitivo a nivel internacional. Los programas de promoción de inversiones más activos apuntan a aquellos negocios acordes con la estrategia general de desarrollo del país. Las agencias de promoción de inversiones (API) en países exitosos han tenido una marcada influencia sobre sus políticas (a fin de planificar en función de necesidades específicas a la inversión como es el caso de la mano de obra calificada y la infraestructura), han participado en importantes actividades de promoción de IED (visitas de campo, búsqueda de socios, etc.), han apoyado la facilitación de negocios (ayudando en la obtención de permisos), y han mantenido una estrategia coherente a través de largos períodos, mediante el desarrollo de paquetes de inversión basados en oportunidades potenciales.

En los últimos años (2002-2006) la IED captada por la Comunidad Andina, sin considerar la correspondiente a Venezuela, se ha situado en promedio en los 7.724 millones de dólares anuales, siendo lideradas por los flujos de inversión externa atraídos por Colombia y Perú. Aunque se puede señalar que los flujos de inversión se han mantenido, particularmente en los sectores de petróleo, gas y telecomunicaciones.

INVERSIÓN EXTRANJERA EN LA COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES.

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INVERSIÓN EXTRANJERA EN COLOMBIA.

La inversión extranjera directa, en Colombia en los últimos años presenta balance positivo para su economía, producto de un manejo consciente de las políticas económicas en sectores productivos, garantizando a los capitales extranjeros los beneficios, legales, de seguridad y logísticos para quienes quieren invertir.

De acuerdo con la balanza de pagos, el registro de todas las entradas y salidas de dólares al país en el primer semestre, que hace el Banco de la República, podemos destacar, la importancia de la inversión extranjera que en un solo semestre ¨ llegó a los 4.109 millones de dólares, con un aumento del 43%, frente al año 2006 ($ US 2.876 millones), destacándose en sectores, petrolero, establecimientos financieros, manufacturas, comercio, restaurantes., entre otros.

De los países que invirtieron, en orden de importancia en inversión extranjera directa, en el Segundo Trimestre de 2007, podemos destacar, ¨Estados Unidos ($38%), Anguila (26%), Francia (11%) Panamá y México (11%). Es importante precisar algunos sectores donde se adquirieron empresas como, la compra de la principal del acero, Acerías paz del Rio, por el grupo Votorantim; y los planes de expansión y de nuevos lanzamientos de Hyundai.

Inversión Extranjera por Sectores II trimestre 2007.

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VISIONES SOBRE INVERSIÓN EXTRANJERA EN LA COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES.

Las economías de los países miembros, en estos momentos se encuentran en una etapa de crecimiento, su seguridad ha mejorado sustancialmente. Sin duda, estos factores han propiciado expectativas positivas logrando incremento en la IED, Sin embargo, es necesario tener en cuenta que en el contexto internacional hay un boom de IED hacia economías emergentes y que, de hecho, la participación de América Latina y el Caribe en este boom de IED han descendido. Este hecho sugiere que se debe realizar una combinación de políticas macroeconómicas y de seguridad internas que permite que el contexto internacional sea favorable en incremento de la IED en la comunidad andina, para ello se hace necesario pensar en políticas más proactivas y focalizadas que cautiven IED.

Las políticas a diseñar deben atraer IED, mostrando las ventajas comparativas del país y ciertos aspectos estructurales que generen confiabilidad en el inversionista extranjero como consolidar un marco jurídico que facilite la entrada de IED. Las políticas activas incluyen medidas específicas destinadas a atraer tipos de inversión que tienen un mayor potencial para traducirse en externalidades positivas para el país (i.e. encadenamientos productivos, generación de valor, conocimientos y empleo, entre otros).

Es importante mencionar el impulso que pueden dar a los entes locales la IED, y éstos deben ofrecer beneficios, uno de ellos se ha venido consolidando y en la actualidad la mayoría de entes locales en Colombia, han elevado a norma municipal un tratamiento especial en materia tributaria a las empresas que generen empleo directo, ya sean las que están establecidas o las que inician labores, por otra parte reciben beneficios por operaciones de exportación.

Quizás el ejemplo del desarrollo de una política fiscal clara y precisa hace referencia a los gobiernos del municipio de Duitama, que en término de por lo menos 15 años han ofrecido garantías tributarias a la inversión empresarial, se convierte en un claro ejemplo de responsabilidad financiera.

Fondos de cohesión social

La fuente proveniente de los fondos de cohesión se convierten en otra oportunidad, para acceder a recursos de países que busquen equilibrar las diferencias sociales, convirtiéndose un tema esencial en los proceso de integración, debido a las disparidades que se pueden generar entre las regiones que los establecen, en el caso de la Unión Europea (UE), tiene como objetivo en un largo plazo la reducción de las ayudas concedidas por muchos estados miembros a sus propias regiones, es evidente que sólo la Comunidad puede intervenir eficazmente para corregir estos desequilibrios.

Como principio se deberá revisar constantemente sus políticas regionales para sacar de ellas el máximo provecho y asegurar que el crecimiento de las regiones menos desarrolladas se traduce en la creación de puestos de trabajo y en la obtención de progresos duraderos hacia la convergencia económica de Europa. No obstante, es sabido que, para alcanzar este objetivo, la Comunidad deberá centrarse a largo plazo en las regiones más necesitadas y otorgar una importancia primordial a la lucha contra el paro, la protección del medio ambiente y la búsqueda de la competitividad.

En el caso de la comunidad andina de naciones, luego se una serie de reuniones y que se precisaron en la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Europea, América Latina y el Caribe, celebrada en Guadalajara en mayo de 2004, los países participantes, entre los que se encontraban los andinos, se comprometieron a trabajar por la cohesión social, siendo una primera expresión de ese trabajo en la Comunidad Andina es el Plan Integrado de Desarrollo Social (PIDS) que ya está en marcha, paralelamente a las acciones encaminadas a diseñar una estrategia comunitaria de cohesión social.

A partir del PIDS, se está trabajando en el desarrollo de una estrategia comunitaria de cohesión social, cuyos probables ejes de acción serían los siguientes: Superación de asimetrías sociales (pobreza, exclusión e inequidad); Superación de las grandes asimetrías territoriales al interior de la CAN; Superación de la debilidad institucional y del ejercicio de la ciudadanía; Superación de la discriminación y la conflictividad interétnica; Creación de un Fondo Social Andino; Fondo social y el fondo Humanitario Social.

La propuesta de creación de la Red andina (la cual se constituirá próximamente) en la que se detallan objetivos, funciones, estructura y componentes, fue presentada en el seminario subregional andino, Hacia una estrategia comunitaria de cohesión social y la constitución de un fondo social andino.

PRINCIPALES CARACTERÍSTICAS DEL PIDS

El PIDS contiene un conjunto de propuestas, presentadas como perfiles de proyectos, cuyo fundamento son los objetivos de las cumbres sociales de Copenhague y del Milenio. Sin embargo, no atiende adecuadamente a todos los Objetivos de Desarrollo del Milenio de la ONU (ODM), por ejemplo, las propuestas para promover la equidad de género son débiles e insuficientes y, por otra parte, implícitamente propone un conjunto de objetivos que van más allá de lo previsto en los ODM (por ejemplo: calidad de la educación). Como fundamento para la definición de una estrategia comunitaria andina de cohesión social, entonces, las prioridades señaladas en el PIDS son, por una parte, insuficientes y, por otra, van más allá y son más ambiciosas de lo que proponen las cumbres sociales mundiales.

Una segunda característica del PIDS es el enfoque integral para acometer los desafíos de la pobreza, la exclusión y la inequidad social. Parte de la premisa de que esos son fenómenos multi causales y que, por tanto, una estrategia para enfrentarlos no puede ser sectorial sino integrada. La conformación de los comités nacionales del PIDS en los que, como se apuntó, participan entidades responsables de todas las políticas sociales y de desarrollo, deberá servir para reforzar esa característica del PIDS en su puesta misma en ejecución. Es de fundamental importancia, por tanto, que los comités nacionales continúen activos, que se aprovechen adecuadamente las ventajas derivadas de su integración interinstitucional y que participen en ellos los sectores más representativos de la sociedad civil y académica en cada país miembro.

Una tercera característica del PIDS, importante de destacar, es que, salvo contadas excepciones, fundamentalmente el Plan Andino de Salud en las Fronteras (PASAFRO) y algunas otras acciones que se definan para zonas fronterizas, sus proyectos no lo son de acción directa. Ello responde al principio de subsidiariedad ya señalado en la DEC 553 como uno de los criterios rectores del PIDS, como consecuencia del cual las iniciativas de alcance comunitario deben añadir valor a las políticas sociales nacionales mediante acciones de cooperación, intercambio y coordinación entre los países miembros, pero de ninguna manera pueden pretender suplantarlas.

En cuarto lugar hay que señalar que la mayor parte de los proyectos del PIDS tienen como propósito, de manera explícita o no, contribuir a la convergencia de las políticas públicas en los ámbitos que toca: el fomento al empleo digno, derechos fundamentales de los trabajadores, la educación y la cultura, la salud y la nutrición, el desarrollo rural, la seguridad alimentaria, la gestión de los recursos hídricos y el aprovechamiento sustentable de los recursos de la biodiversidad entre otros.

Un quinto aspecto que tiene relación directa con los dos anteriormente señalados, es el proyecto del PIDS para armonizar los indicadores sociales de los cinco países andinos. La elaboración de un sistema integrado de indicadores sociales de la CAN (SIISCAN), se encuentra ya en proceso, y será sin duda uno de los instrumentos más importantes para impulsar la convergencia de las políticas sociales nacionales. Permitirá a los países miembros, además, efectuar el seguimiento comunitario de los ODM y demás objetivos y metas sociales compartidos, con base en indicadores formulados conjuntamente, con criterios comunes y, por tanto, compatibles y comparables entre sí.

Por último, es también importante señalar que el PIDS es un instrumento idóneo para instrumentar acciones de cooperación y convergencia en materia social con los demás países miembros de la Comunidad Sudamericana de Naciones actualmente en vías de concreción. En junio2005, la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social del Perú, a la sazón Presidenta pro témpore del Consejo Andino de Ministros de Desarrollo Social de la Comunidad Andina (CADS), propuso a la VIII Reunión de Ministros y Autoridades de Desarrollo Social del Mercado Común del Sur (MERCOSUR), cooperar en el desarrollo de una agenda social común en el marco de la Comunidad Sudamericana de Naciones.

Búsqueda de lo social bajo la perspectiva de la alternativa bolivariana para las Américas (ALBA)

Bajo la perspectiva del ALBA, se convierte en el querer de los mandatarios que la componen el ámbito social y en ella consideran que la pobreza, la inequidad y la exclusión social han alcanzado en el hemisferio niveles sin precedentes, afectando el desarrollo y sostenimiento de numerosos países, lo que a su vez se ha traducido en incremento de los niveles de desnutrición, analfabetismo, propagación de enfermedades y en general, de un deterioro económico, social y moral de nuestras sociedades.

Uno de los aspectos importantes que persigue el ALBA, es poder irradiar integración no sólo en lo económico, sino promover los social, es por ello, que deciden buscar, desde esa perspectiva, la cohesión social, a través de la integración, aunque, en éstos momentos tan sólo obsculta el pensar y algunas acciones de manera independiente, por parte de países que buscan irradiar estrategias para disminuir la pobreza, como principio rector de la alternativa.

Este proceso de integración está dirigido por una serie de principios rectores en lo social, forma de tratar de exponer el ideario que guía este proceso de integración, uno de ellos va dirigido a la propuesta de atención en la lucha contra la pobreza y la exclusión social, todas las personas tienen derecho a recibir protección integral del Estado, especialmente quienes que se encuentren en las siguientes situaciones: Tercera edad, · Con discapacidad, Desempleo, Orfandad, Desplazamiento forzado, · Violencia, · Hambre. (Establecido en la carta social, para las Américas, Pág. 5 Art.33).

Los recursos se deben obtener de un fondo social que deben aportar los diferentes países según su condición y de los préstamos del Banco del Sur, que tiene su principal objetivos en lo social, además los gobiernos de cada nación están comprometidos al igual que empresas estatales productoras de Energía intervendrán activamente en los procesos sociales según los planteado en los desafíos para los pueblos.

COOPERACIÓN FINANCIERA INTERNACIONAL

América latina y el Caribe proporcional indudablemente el mejor ejemplo de una red bien desarrollada de unas instituciones financieras subregionales, constituidas por las tres importantes entidades. La Corporación Andina de Fomento (CAF), El banco Centroamericano y del Caribe (BCEI), y EL Banco de Desarrollo del Caribe (BDC). Estas Instituciones fueron creadas en los años sesenta con el propósito de respaldar los procesos de integración subregional correspondiente y prestan esencial servicio al los países pequeños y medianos de la región.

COOPERACIÓN MULTILATERAL

En la era de la globalización, las cuestiones relativas al desarrollo son cada vez más complejas. La pobreza o la degradación del medio ambiente son graves problemas que no conocen fronteras. Todos los países, pueblos y organizaciones están llamados a dar prueba de solidaridad. Dentro de esta óptica la cooperación multilateral desempeña un papel primordial, dado que permite aunar los esfuerzos de los donantes individuales y coordinar mejor las actividades a nivel político.

En este tipo de cooperación las fuentes multilaterales son los organismos internacionales en los cuales participan varios países con intereses determinados de carácter político, regional o sectorial. Estos organismos multilaterales otorgan o ejecutan cooperación con sus propios recursos o con fondos entregados por los países miembros para programas concretos.

Un organismo que se ha preocupado durante muchos años por la cooperación internacional es el Multilateral Organisations Performance Assessment Network (MOPAN), por ello me permito referirme sin desconocer los anteriores que han servido en muchos programas como el campo de la educación donde han aportado recursos a sectores desprotegidos y de extrema pobreza, con el programa de Mejoramiento de la Calidad de Vida y Pertenencia educativa para poblaciones diversas y en Condición de Vulnerabilidad propiciado por ACNUR, con un monto de ciento noventa millones de pesos, con aplicabilidad en varias localidades del choco y de Nariño, entre otros municipios. Las delegaciones suizas pueden participar en la definición de las actividades de estas instituciones ejerciendo su derecho de voto o de elección y pronunciándose en el seno de sus órganos de dirección o de control. Al lado de este compromiso en el nivel más elevado, Suiza está igualmente presente en la vida cotidiana de las instituciones multilaterales y participa activamente en los trabajos de los diferentes grupos de trabajo y redes, especialmente en el seno del Comité de Ayuda al Desarrollo (CAD). En el plano multilateral, Suiza representa diferentes posiciones, dado que interviene para defender no solamente sus propios intereses sino también los de sus países contraparte.

En su calidad de miembro de diversas instituciones, Suiza está en la posibilidad de aportar en los debates su gran experiencia en las políticas de desarrollo y de contribuir con ideas innovadoras a la búsqueda de soluciones. De este modo, Suiza ha participado activamente los últimos años en la elaboración de soluciones innovadoras que han encontrado un vasto eco en la escena internacional, sobre todo en lo que concierne a la política de reducción del endeudamiento, a la coordinación de diferentes sectores políticos y a la concentración de los recursos nacionales.

REDES DE CIUDADES

Otros aspecto que las entidades locales pueden aprovechar son las que ofrece la fase de integración Regional, expuesto por Odonne (2008), en las redes de ciudades un nuevo contexto nacional e internacional, capaz de generar desde el ámbito local verdaderos procesos de cambio por intermedio de sus planes y acciones entrelazados con el nacional, que busca ejecutar o proponer a las instancias nacionales respuestas precisas a las problemáticas presentadas en los niveles nacionales y abrogados al ámbito local.

Las ciudades, como actores subnacionales, encuentran una nueva realidad de integración en la cual pueden desarrollar sus potencialidades, estableciendo a partir de la participación y asociación en redes la posibilidad de alcanzar nuevos objetivos y dar respuesta a problemáticas específicas dadas.

Su campo de acción se circunscribe al incremento en el precio de los predios beneficiados con la acción urbanística o la ejecución de la obra pública se determinará por la diferencia

de precios del metro cuadrado vigente antes y después de la acción urbanística. La diferencia entre el precio comercial del suelo de un predio, después del hecho generador y antes de él, constituye la base gravable de la participación en plusvalía.

En Colombia el ente autorizado para determinar dicha acción es el Instituto Geográfico

Agustín Codazzi o los peritos técnicos debidamente inscritos en las Lonjas e Instituciones análogas, establecerán los precios comerciales por metro cuadrado de los terrenos para cada una de las zonas beneficiarias, teniendo en cuenta su situación anterior a la acción o acciones urbanísticas generadoras de la plusvalía y determinarán el nuevo precio de referencia, es decir, el precio de referencia después del hecho generador.

Estas dos herramientas, que la normatividad les ofrece, su dinamismo muy escaso. El distrito capital, es un ejemplo de aplicabilidad, siguiendo, Medellín, Cali, Neiva, Ibagué,

Barranquilla, otras capitales de departamentos empiezan a su implementación para atender su programa de infraestructura muy requeridos para atenderlos en un mundo cada vez más globalizado.

ANEXO 2.

Constituciones latinoamericanas

EN BRASIL

Se sustenta en el Artículo 239. El resultado de la recaudación de las contribuciones al Programa de Integración Social, establecido por la Ley Complementaria N º 7, 7 de septiembre de 1970, y el Programa de Capacitación para el Patrimonio de servicio público, modificado por la Ley Complementaria N º 8 de 3 de diciembre de 1970, que garantiza que a partir de la promulgación de esta Constitución, que se financiarán en virtud de la cual la ley exige, el programa de seguro de desempleo, y subsidios a que se refiere el apartado 3.

En los parágrafos de este artículo, determinan los recursos a destinaran a financiar a los programas para el desarrollo económico, a través del Banco Nacional de Desarrollo Económico y Social, buscando equidad y dichas fuentes deben ser por lo menos un 45% bajo el precepto Constitucional de 1988, le entrega la competencia a los entes locales con la capacidad de recaudo y propiedad de tributos e ingresos, para financiar los diferentes programas (Art. 30), mediante los programas de inversión plurianuales.

EN ECUADOR

El régimen de desarrollo es el conjunto organizado, sostenible y dinámico de los sistemas económicos, políticos, socio-culturales y ambientales, que garantizan la realización del buen vivir. El Estado planificará el desarrollo del país para garantizar el ejercicio de los derechos, la consecución de los objetivos del régimen de desarrollo y los principios consagrados en la Constitución. La planificación propiciará la equidad social y territorial, promoverá la concertación, y será participativa, descentralizada, desconcentrada y transparente. El buen vivir requerirá que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades gocen efectivamente de sus derechos, y ejerzan responsabilidades en el marco de la interculturalidad, del respeto a sus diversidades, y de la convivencia armónica con la naturaleza.

EI Plan Nacional de Desarrollo es el instrumento al que se sujetarán las políticas, programas y proyectos públicos; la programación y ejecución del presupuesto del Estado; y la inversión y la asignación de los recursos públicos; y coordinar las competencias exclusivas entre el Estado central y los gobiernos autónomos descentralizados.

EN EL SALVADOR

Corresponde al Consejo de Ministros elaborar un plan general del Gobierno elaborar el proyecto de presupuesto (Art. 167. C.N 1983). Los fondos municipales no se podrán centralizar en el Fondo General del Estado, ni emplearse sino en servicios y para provecho de los Municipios. Para garantizar el desarrollo y la autonomía económica de los Municipios, se creará un fondo para el desarrollo económico y social de los mismos.

Los Concejos Municipales administrarán el patrimonio de sus Municipios y rendirán cuenta circunstanciada y documentada de su administración a la Corte de Cuentas de la República. La ejecución del Presupuesto será fiscalizada a posteriori por la Corte de Cuentas de la República, de acuerdo a la ley.

EN GUATEMALA

Consejo Nacional de Desarrollo Urbano y Rural. Para la organización y coordinación de la administración pública, se crea el Consejo Nacional de 174 Desarrollo Urbano y Rural coordinado por el Presidente de la República e integrado en la forma que la ley establezca. Este Consejo tendrá a su cargo la formulación de las políticas de desarrollo urbano y rural, así como la de ordenamiento territorial.

EN HONDURAS

El Estado promueve el desarrollo económico y social, que estará sujeto a una planificación adecuada. La ley regulará el sistema y proceso de planificación con la participación de los poderes del Estado y las organizaciones políticas, económicas y sociales, debidamente representadas.

EN MÉXICO

Corresponde al estado la rectoría del desarrollo nacional para garantizar que este sea integral, que fortalezca la soberanía de la nación y su régimen democrático y que, mediante el fomento del crecimiento económico y el empleo y una justa distribución del ingreso y la riqueza, permita el pleno ejercicio de la libertad y la dignidad de los individuos, grupos y clases sociales, cuya seguridad protege esta constitución. El Estado planeara, conducirá, coordinara y orientara la actividad económica nacional, y llevara al cabo la regulación y fomento de las actividades que demande el interés general en el marco de libertades que otorga esta Constitución.

El sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas que se señalan en el, Artículo 28 párrafo cuarto de la Constitución, manteniendo siempre el gobierno federal la propiedad y el control sobre los organismos que en su caso se establezcan.

La ley establecerá los mecanismos que faciliten la organización y la expansión de la actividad económica del sector social. Las organizaciones de trabajadores, cooperativas, comunidades, empresas que pertenezcan mayoritaria o exclusivamente a los trabajadores y, en general, de todas las formas de organización social para la producción, distribución y consumo de bienes y servicios socialmente necesarios.

La ley alentara y protegerá la actividad económica que realicen los particulares y proveerá las condiciones para que el desenvolvimiento del sector privado contribuya al desarrollo económico nacional, en los términos que establece esta constitución.

La ley facultara al ejecutivo para que establezca los procedimientos de participación y consulta popular en el sistema nacional de planeación democrática, y los criterios para la formulación, instrumentación, control y evaluación del plan y los programas de desarrollo. Asimismo determinara los órganos responsables del proceso de planeación y las bases para que el ejecutivo federal coordine mediante convenios con los gobiernos de las entidades176federativas e induzca y concierte con los particulares las acciones a realizar para su elaboración y ejecución. En el sistema de planeación democrática, el Congreso de la Unión tendrá la intervención que señale la ley.

EN PANAMÁ

El ejercicio de las actividades económicas corresponde primordialmente a los particulares, pero el Estado las orientará, dirigirá, reglamentará, reemplazará o creará, según las necesidades sociales y dentro de las normas del presente Título, con el fin de acrecentar la riqueza nacional y de asegurar sus beneficios para el mayor número posible de los habitantes del país. El Estado planificará el desarrollo económico y social, mediante organismos o departamentos especializados cuya organización y funcionamiento determinará la Ley.

EN REPÚBLICA DOMINICANA

Es de supremo y permanente interés nacional el desarrollo económico y social del territorio de la República a lo largo de la línea fronteriza, así como la difusión en el mismo de la cultura y la tradición religiosa del pueblo dominicano.

EN URUGUAY

Habrá una Oficina de Planeamiento y Presupuesto que dependerá directamente de la Presidencia de la República. Estará dirigida por una Comisión integrada con representantes de los Ministros vinculados al desarrollo y por un Director designado por el Presidente de la República que la presidirá. El Director deberá reunir las condiciones necesarias para ser Ministro y ser persona de reconocida competencia en la materia. Su cargo será de particular confianza del Presidente de la República.

La Oficina de Planeamiento y Presupuesto se comunicará directamente con los Ministerios y Organismos Públicos para el cumplimiento de sus funciones. Formará Comisiones Sectoriales en las que deberán estar representados los trabajadores y las empresas públicas y privadas.

EN VENEZUELA

El régimen socioeconómico de la República Bolivariana de Venezuela se fundamenta en los principios de justicia social, democratización, eficiencia, libre competencia, protección del ambiente, productividad y solidaridad, a los fines de asegurar el desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa para la colectividad. El Estado conjuntamente con la iniciativa privada promoverá el desarrollo armónico de la economía nacional con el fin de generar fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de la población y fortalecer la soberanía económica del país, garantizando la seguridad jurídica, solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia y equidad del crecimiento de la economía, para garantizar una justa distribución de la riqueza mediante una planificación estratégica democrática participativa y de consulta abierta.

BOLIVIA

La función del Estado en la economía consiste en: Conducir el proceso de planificación económica y social, con participación y consulta ciudadana. La ley establecerá un sistema de planificación integral estatal, que incorporará a todas las entidades territoriales. El Estado garantizará la creación, organización y funcionamiento de una entidad de planificación participativa que incluya a representantes de las instituciones públicas y de la sociedad civil organizada.

PERU

La iniciativa privada es libre. Se ejerce en una economía social de mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta el desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo, salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura.

EN COLOMBIA

Habrá un Plan Nacional de Desarrollo conformado por una parte general y un plan de inversiones de las entidades públicas del orden nacional. En la parte general se señalarán los propósitos y objetivos nacionales de largo plazo, las metas y prioridades de la acción estatal a mediano plazo y las estrategias y orientaciones generales de la política económica, social y ambiental que serán adoptadas por el Gobierno.

Las entidades territoriales elaborarán y adoptarán de manera concertada entre ellas y el Gobierno nacional, planes de desarrollo, con el objeto de asegurar el uso eficiente de sus recursos y el desempeño adecuado de las funciones que les hayan sido asignadas por la Constitución y la ley. Los miembros del Consejo Nacional serán destinados por el Presidente de la República de listas que le presenten las autoridades y las organizaciones de las entidades y sectores a que se refiere el inciso anterior, quienes deberán estar o haber estado vinculados a dichas actividades.

La entidad nacional de planeación que señale la ley, tendrá a su cargo el diseño y la organización de los sistemas de evaluación de gestión y resultados de la administración pública, tanto en lo relacionado con políticas como con proyectos de inversión en las condiciones que ella determine. Los respectivos presupuestos en cada país son preparados por los diferentes órganos del estado ejecutivo y sometido a los entes legislativos para su aprobación, según sus normas presupuéstales que indican la manera como se ejecutar los planes de desarrollo mediante el instrumento denominados presupuestos.

ANEXO 3.

Normas legales presupuéstales latinoamericanas

BRASIL

A iniciativa del poder ejecutivo, las directrices presupuéstales, el plan anual de inversiones y los presupuestos anuales. El presupuesto anual de la ley incluyen:

  • 1. El presupuesto que cubre el fiscal poderes de la Unión, sus fondos, organismos y entidades de la administración directa e indirecta, incluidas las fundaciones instituidas y mantenidas por la autoridad pública.

  • 2. El presupuesto de inversión de las empresas en la Unión Europea, directa o indirectamente, posea la mayoría de acciones con derecho a voto.

  • 3. El presupuesto de seguridad social, que abarca todas las entidades y organismos vinculados a ella, directa o indirecta, la administración, así como los fondos y las fundaciones instituidas y mantenidas por el público.

CHILE

El proyecto de Ley de Presupuestos deberá ser presentado por el Presidente de la República al Congreso Nacional, a lo menos con tres meses de anterioridad a la fecha en que debe empezar a regir; y si el Congreso no lo despachare dentro de los sesenta días contados desde su presentación, regirá el proyecto presentado por el Presidente de la República.

La estimación del rendimiento de los recursos que consulta la Ley de Presupuestos y de los nuevos que establezca cualquiera otra iniciativa de ley, corresponderá exclusivamente al Presidente, previo informe de los organismos técnicos respectivos.

COSTA RICA

La preparación del proyecto ordinario corresponde al Poder Ejecutivo por medio de un Departamento especializado en la materia, cuyo jefe será de nombramiento del Presidente de la República, para un período de seis años. Este Departamento tendrá autoridad para reducir o suprimir cualquiera de las partidas que figuren en los anteproyectos formulados por los Ministerios de Gobierno, Asamblea Legislativa, Corte Suprema de Justicia y Tribunal Supremo de Elecciones.

En el proyecto se le asignará al Poder Judicial una suma no menor del seis por ciento de los ingresos ordinarios calculados para el año económico. Sin embargo, cuando esta suma resultare superior a la requerida para cubrir las necesidades fundamentales presupuestas por ese Poder, el Departamento mencionado incluirá la diferencia como exceso, con un plan de inversión adicional, para que la Asamblea Legislativa determine lo que corresponda.

Para lograr la universalización de los seguros sociales y garantizar cumplidamente el pago de la contribución del Estado como tal y como patrono, se crearán a favor de la Caja Costarricense de Seguro Social rentas suficientes y calculadas en tal forma que cubran las necesidades actuales y futuras de la Institución.

ECUADOR

Orientación. El presupuesto del Gobierno Nacional se orientará a la prestación, de los servicios públicos, al cumplimiento de los objetivos prioritarios de los planes de desarrollo y a la satisfacción de los propósitos y metas de naturaleza social y económica prevista, expresada en los planes operativos anuales, el plan financiero y otros instrumentos de política económica.

Sectores y proyectos prioritarios. La Junta de Planificación, a base de los planes de desarrollo vigentes, determinará para cada período los sectores prioritarios y los proyectos y programas específicos de los mismos, que a su juicio deban incluirse en el presupuesto para alcanzar los objetivos regionales y sectoriales de desarrollo económico social.

El objetivo del sistema presupuestal es dado en la norma cuando expresa que la finalidad primordial del sistema es establecer en cada entidad y organismo del sector público, métodos y procedimientos de administración presupuestaria aptos para alcanzar los objetivos y metas de los planes de desarrollo, con la integración y mejor utilización de los recursos humanos, materiales y financieros.

BOLIVIA

En materia de procedimiento se tiene dos estadios correlacionados para el cumplimiento de las metas presupuéstales y el desarrollo del plan:

  • a. Nivel Central (Normativo), a cargo de la Secretaria Nacional de Hacienda que, por delegación del Ministro de Hacienda, actúa como Órgano Rector del Sistema, y de la Subsecretaría de Presupuesto que actúa como Órgano Operativo y Coordinador facultados para definir metodologías y procedimientos y las características técnicas del desarrollo del Sistema.

  • b. Nivel Descentralización (Operativo), constituido por todas las instituciones públicas a través de sus unidades técnicas presupuestarias y dependencias operativas, con responsabilidades para programar y administrar sus presupuestos.

PERÚ

La Gestión Presupuestaria de los Gobiernos Locales, es un conjunto de fases sucesivas que determinan su capacidad para lograr los Objetivos Institucionales, mediante el cumplimiento de las metas presupuestarias establecidas para un determinado año fiscal, aplicando los criterios de eficiencia, eficacia y desempeño. Es la Dirección Nacional del Presupuesto Público la más alta autoridad técnico-normativa en materia presupuestal y es la que regula mediante disposiciones normativas el Sistema Nacional del Presupuesto, entre ellos el proceso presupuestario de los gobiernos locales.

VENEZUELA

Los entes a que se refiere este Título se regirán por las Disposiciones técnicas que establezcan la Oficina Central de Presupuesto. A los fines de información, las leyes y ordenanzas de presupuesto de los Estados y Municipios, en los sesenta (60) días siguientes a su aprobación, se remitirán, a través del Ministerio de Relaciones Interiores y de Justicia, a la Asamblea Nacional, a la Oficina Central de Presupuesto y al Ministerio de planificación y Desarrollo. Igualmente, en los treinta (30) días siguientes al fin de cada trimestre, se remitirá información de la respectiva gestión presupuestaria. Los presupuestos públicos expresan los planes nacionales, regionales y locales, elaborados dentro de las líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la Nación aprobadas por la Asamblea Nacional, en aquellos aspectos que exigen, por parte del sector público, captar y asignar recursos conducentes al cumplimiento de las metas de desarrollo económico, social e institucional del país; y se ajustarán a las reglas de disciplina fiscal contempladas en esta Ley y en la Ley del marco plurianual del presupuesto.

En COLOMBIA

El Gobierno formulará anualmente el Presupuesto de Rentas y la Ley de Apropiaciones que deberá corresponder al Plan Nacional de Desarrollo y los presentará al Congreso, dentro de los primeros diez días de cada legislatura. En la Ley de Apropiaciones no podrá incluirse partida alguna que no corresponda un crédito judicialmente reconocido, o a un gasto decretado conforme a ley anterior, o a uno propuesto por el Gobierno para atender debidamente el funcionamiento de las ramas del poder público, o al servicio de la deuda, o destinado a dar cumplimiento al Plan Nacional de Desarrollo.

El proyecto de Ley de Apropiaciones deberá contener la totalidad de los gastos que el Estado pretenda realizar durante la vigencia fiscal respectiva. Si los ingresos legalmente autorizados no fueren suficientes para atender los gastos proyectados, el Gobierno propondrá, por separado, ante las mismas comisiones que estudien el proyecto de ley del presupuesto, la creación de nuevas rentas o la modificación de las s existentes para financiar el monto de gastos contemplados.

El Presupuesto podrá aprobarse sin que se hubiere perfeccionado el proyecto de ley referente a los recursos adicionales, cuyo trámite podrá continuar su curso en el período legislativo siguiente. Si el Congreso no expidiere el presupuesto, regirá el presentado por el Gobierno dentro de los términos del artículo precedente; si el Presupuesto no hubiere sido presentado dentro de dicho plazo, regirá el del año anterior, pero el Gobierno podrá reducir gastos, y, en consecuencia, suprimir o refundir empleos, cuando así lo aconsejen los cálculos de rentas del nuevo ejercicio.

Durante los tres primeros meses de cada legislatura, y estrictamente de acuerdo con las reglas de la Ley Orgánica, el Congreso discutirá y expedirá el Presupuesto General de Rentas y Ley de apropiaciones.

Artículo 350. La Ley de apropiaciones deberá tener un componente denominado gasto público social que agrupará las partidas de tal naturaleza, según definición hecha por la ley orgánica respectiva. Excepto en los casos de guerra exterior o por razones de seguridad nacional, el gasto público social tendrá prioridad sobre cualquier otra asignación.

En la distribución territorial del gasto público social se tendrá en cuenta el número de personas con necesidades básicas insatisfechas, la población, y la eficiencia fiscal y administrativa, según reglamentación que hará la ley. Lo demás de lo señalado en esta Constitución, la Ley Orgánica del Presupuesto regulará lo correspondiente a la programación, aprobación, modificación, ejecución de los presupuestos de la Nación, de entidades territoriales y de los entes descentralizados de cualquier nivel administrativo, y su coordinación con el Plan Nacional de Desarrollo, así como también la capacidad de los organismos y entidades estatales para contratar.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR

UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITÉCNICA

"ANTONIO JOSÉ DE SUCRE"

VICE-RECTORADO PUERTO ORDAZ

DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA INDUSTRIAL

INGENIERÍA FINANCIERA

edu.red

OPORTUNIDADES DE FINANCIAMIENTO PARA EL

SIGLO XXI

 

Enviado por:

PROFESOR:

MSc. Ing. Iván Turmero

 

 

Autor:

Aristigueta Ricardo

Ascanio Ramón

Cassiani Mario

Marchán Jenny

Martínez José

Montero Katherine

Parra Richard

CIUDAD GUAYANA, FEBRERO DE 2012

Partes: 1, 2
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