Interpretación literal.- Cuando el sentido de la norma es claro, se atenderá su tenor literal, sin perjuicio de que, para lograr un resultado justo en el caso, se puedan utilizar otros métodos de interpretación. La interpretación literal consiste en que debe de estar conforme al texto de la ley.
41¿En qué consiste el Debido Proceso?
Debido proceso.- En todo procedimiento constitucional se respetarán las normas del debido proceso prescritas en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos. El debido proceso consiste en que se debe garantizar de acuerdo a la constitución todas las garantías básicas como por ejemplo que todo ciudadano o ciudadana se presumirá que sea inocente mientras no se le declare culpable en un tribunal por resolución firme o sentencia ejecutoriada. (Art. 76 Const. RE).
El debido proceso, es el conjunto de derechos de carácter sustantivo y procesal que le asiste a toda persona humana, reconocidos por la Carta Política , que procura la igualdad de las partes, la tutela judicial efectiva, la economía y celeridad procesal, derecho a la defensa, presunción de inocencia, plazo razonable, contradicción e inmediación, publicidad y un juicio justo, en suma el respeto de las garantías fundamentales y a obtener de los órganos judiciales y administrativos un proceso transparente y oportuno.
El debido proceso y principio de motivación de las resoluciones judiciales página 14. Dr. Hermes Sarango Aguirre
El instituto del debido proceso tiene rango Constitucional, porque de legal pasa a un proceso Constitucional, dotado de garantía fundamental de principios y presupuestos que concilien con las garantías procesales, el fin de que se haga efectivo el desarrollo de los derechos fundamentales del ciudadano o ciudadana en el Ecuador.
El debido proceso es un principio jurídico procesal, universal, ya que los ciudadanos y ciudadanas en el Ecuador o en cualquier parte del mundo en que se halle tiene las garantía mínimas que le tienden asegurar que su proceso sea lo más justo y equitativo, además que tiene la oportunidad de ser oído y presentar sus pretensiones ante al juez o jueza.
Código de procedimiento Penal Ecuador, 24 de marzo del 2009 Registró Oficial N° 555 suplemento Artículo 1.
Debido Proceso.- Se aplicarán las normas que garanticen el debido proceso en todas las etapas o fases hasta la culminación del trámite; y se respetarán los principios de presunción de inocencia, inmediación, contradicción. Derecho a la defensa, igualada de oportunidades de las partes procesales, imparcialidad del juzgador y fundamentación en sus fallos.
42¿En qué consiste el Principio de Aplicación Directa de la Constitución?
Aplicación directa de la Constitución.- Los derechos y garantías establecidas en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos, serán de directa e inmediata aplicación por y ante cualquier servidora o servidor público, administrativo o judicial, de oficio o a petición de parte.
Cuando no hay norma legal, la antinomia, no existe ley especifica que desarrolle el derecho constitucional, opera el juez o jueza aplicándola en forma directa.
43¿Qué es la Motivación en la Sentencia?
Motivación.- La jueza o juez tiene la obligación de fundamentar adecuadamente sus decisiones a partir de las reglas y principios que rigen la argumentación jurídica. En particular, tiene la obligación de pronunciarse sobre los argumentos y razones relevantes expuestas durante el proceso por las partes y los demás intervinientes en el proceso.
Constitución Art. 76.- En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas
7. El derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes garantías:
l) Las resoluciones de los poderes públicos deberán ser motivadas. No habrá motivación si en la resolución no se enuncian las normas o principios jurídicos en que se funda y no se explica la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho. Los actos administrativos, resoluciones o fallos que no se encuentren debidamente motivados se considerarán nulos. Las servidoras o servidores responsables serán sancionados.
Los juzgadores (juezas y jueces) deben fundamentar adecuadamente sus decisiones y explicar porque aplicó ese principio esa norma jurídica en forma clara y precisa. El juez o jueza al pronunciarse en las sentencias y autos definitivos deberá utilizar los argumentos, razones relevantes que sean expuestas por los sujetos procesales que se dan dentro del proceso.
Si no están debidamente motivadas las sentencias y los autos se consideran nulos, en otras palabras carecen de eficacia jurídica, lo que causa perjuicio a los sujetos procesales de esta manera se violenta el debido proceso.
(兩 como dispone el profesor Tulio Enrique Tascón, la exigencia de la motivación obedece a la necesidad de evitar la Arbitrariedad de los jueces: ellos en sus fallos deben exponer las disposiciones legales y las razones de justicia y equidad que constituyen los fundamentos de la decisión.
El Dr. Jorge Zavala Baquerizo manifiesto sobre la motivación lo siguiente: La motivación constituye un juicio lógico que se desarrolla alrededor de la pretensión. El juez al momento de sentenciar debe exponer, a las partes y a la sociedad, las razones que han tenido para resolver en la forma constante en la parte dispositiva de la sentencia宐ara estimar o desestimar la pretensión punitiva, el juez debe ponerla en relación con el derecho objetivo宐ero, además en el caso que el juez estimare la pretensión punitiva, la motivación o parte lógica se la sentencia debe comprender también las causas de la calidad y de la cantidad de la pena, es decir, las razones por las cuales se impone el máximo o no se admite la variación o, en su defecto, se atenúa la pena. Por otro lado, si se estima la pretensión, se debe incorporar en la motivación el fundamento para establecer la calidad de la pena, o en su caso, la razón para que proceda la imposición de ciertas medidas de seguridad proyectadas inclusive para el tiempo posterior al de la ejecución de la pena
44¿Qué es la Argumentación Jurídica?
A.- En el ámbito jurídico, y siguiendo a Manuel Atienza, quien se formula la pregunta ¿Qué significa argumentar jurídicamente?, explica que en la actualidad parece obvio que la argumentación es un ingrediente importante de la experiencia jurídica, en todas sus facetas: tanto si se considera la aplicación como la interpretación o la producción del Derecho,; y tanto si uno se sitúa en la perspectiva del Juez como en la del abogado, el teórico del derecho, el legislador (a los que hoy podemos denominar operadores jurídicos).
B.- Es el conjunto de principios, reglas, que fundamenta la decisión de una resolución o de una causa. Es la norma constitucional aplicada del derecho tanto por el juez, abogado o jurisconsulto, Asambleístas, o teóricos del derecho (doctrinarios).
La argumentación jurídica está ligado al Estado de derechos base o soporte de los jueces y juezas en un Estado Constitucional de Derechos y justicia, donde prima la Constitución.
45¿Qué es la Modulación de los Efectos de la Sentencia?
A.- Entendida por el autor Rodrigo Escobar Gil como la "塣tividad de adecuación realizada por el máximo Juez de la constitucionalidad cuando se ve precisado a ofrecer respuestas a situaciones excepcionales, cuya resolución de conformidad con los cánones tradicionales y de uso más habitual daría lugar a resultados contraproducentes."; modulación que se produce, primordialmente, en el campo del control de constitucionalidad de las leyes, y la cual lleva a decisiones distintas a la declaratoria de constitucionalidad o inconstitucionalidad, ocupando por lo tanto un lugar intermedio entre estos dos modelos de decisión.
B.- Las juezas o jueces cuando ejerzan jurisdicción constitucional, regulan los efectos de la sentencia, en el tiempo, la materia y el espacio de sus providencias, para garantizar la vigencia y eficacia de los derechos constitucionales y la supremacía de la misma.
Un ejemplo de modulación sería un política pública, para que se le plazo al Ministerio de Vivienda para la Construcción de viviendas para las personas que tengan una discapacidad, el juez analiza el tiempo y el espacio y resuelve.
46¿Cuál es la finalidad de las Garantías Constitucionales?
Las garantías jurisdiccionales tienen como finalidad la protección eficaz e inmediata de los derechos reconocidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos y de la naturaleza garantizar la supremacía Constitucional, la declaración de la violación de uno o varios derechos, así como la reparación integral de los daños causados por la vulneración.
47¿Qué es la Legitimación Activa?
A.-El peticionario es legitimado activo para presentar la presente acción por incumplimiento de sentencias y dictámenes constitucionales, ya que cumple con todos los requerimientos establecidos en el artículo 439 de la Constitución de la República que expone: Las acciones constitucionales podrán ser presentadas por cualquier ciudadana o ciudadano individual o colectivamente.
B.- Para hacer efectiva la garantías jurisdiccionales forma parte la legitimación activa que son ejercidos por cualquier persona, comunidad, pueblo, nacionalidad o colectivo que amenazado en sus derechos constitucionales, quien actúa por sí mismo, o propuesta por el defensor del pueblo.
48¿Qué es la Legitimación Pasiva?
A.- La tienen quienes son accionados, esto es la autoridad o autoridades públicas, o los particulares en su caso, responsables de violar los derechos individuales constitucionalmente reconocidos, y en contra de quienes se propone la acción, los cuales tienen una carga defensiva y el derecho de oponer excepciones. De igual manera hablamos de legitimación pasiva al referirnos a personas que actúan por delegación o concesión de una autoridad pública, quienes incurrirían en acto ilegítimo.
B.- La legitimación procede contra todo acto u omisión de una autoridad pública no judicial, que haya vulnerado un derecho, del prestador de servicio público personas naturales o jurídicas del sector público y de todo acto que vulnere, discrimine, cometido contra el ciudadano, ciudadana o la misma naturaleza.
49¿En qué consiste la Disposición Derogatoria de la Constitución?
En que se deroga la Constitución Política de la República del Ecuador publicada en el Registro Oficial numero uno de agosto de 1998, y toda norma contraria a la constitución vigente (RO.20 OCT.2008). El resto del ordenamiento jurídico permanecerá vigente en cuanto no sea contrario a la Constitución.
Ninguna ley o norma atentara contra los derechos que reconoce la Constitución
50¿Qué son las Políticas Públicas?
Las Políticas Públicas se pueden entender como el ámbito privilegiado de realización del "pacto" entre Estado y sociedad. Un nuevo papel del Estado, en el sentido de hacerlo más ágil y organizador. Aquí podemos rescatar el sentido participación entre estos dos actores, pero el objetivo final de beneficio a la sociedad. El Ecuador tiene un Plan Nacional de Desarrollo y es aquí donde las Políticas Públicas ya tienen un norte y lo que tienen que hacer sus administradores es adecuarlos o cumplirlos para el bien común.
51¿En qué consiste el Pluralismo Jurídico?
Es la existencia simultánea de varios sistemas jurídicos que se encuentran incorporados en la Constitución ecuatoriana y son justicia ordinaria, justicia indígena, justicia comunitaria y justicia constitucional, reconocidos legalmente dentro de un determinado Estado Constitucional. Carlos María Cárcova, lo ha definido como "嬡 coexistencia, en un mismo territorio de dos o más sistemas jurídicos; es decir, de normas organizadas alrededor de distintas reglas de reconocimiento".
La administración de Justicia se constituye en un pilar fundamental de la garantía de derechos de los distintos sujetos amparados en la Constitución el Constituyente estructuró su organización en cuatro sistemas, que son: justicia ordinaria, justicia indígena, justicia comunitaria y justicia constitucional.
52¿Cuáles son las funciones del Defensor del Pueblo?
Garantizar que los servicios básicos sean óptimos, que no haya publicidad engañosa, que se respeten los derechos fundamentales, individuales o colectivos que la Constitución de la República, las leyes, los convenios y tratados internacionales ratificados por el Ecuador garanticen, así mismo los derechos humanos de todos los ecuatorianos, tanto dentro del territorio nacional como en el exterior, y ejercer las demás funciones que le asigne la Ley, hacer un seguimiento y vigilar que a las sentencias se le dé cumplimiento.
53¿Cómo se reforma la Constitución según la actual Carta Magna?
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR Art. 441.- La enmienda de uno o varios artículos de la Constitución que no altere su estructura fundamental, o el carácter y elementos constitutivos del Estado, que no establezca restricciones a los derechos y garantías, o que no modifique el procedimiento de reforma de la Constitución, se realizará:
1. Mediante referéndum solicitado por la Presidenta o Presidente de la República, o por la ciudadanía con el respaldo de al menos el ocho por ciento de las personas inscritas en el registro electoral.
2. Por iniciativa de un número no inferior a la tercera parte de los miembros de la Asamblea Nacional. El proyecto se tramitará en dos debates; el segundo debate se realizará de modo impostergable en los treinta días siguientes al año de realizado el primero. La reforma sólo se aprobará si obtiene el respaldo de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional.
Art. 442.- La reforma parcial que no suponga una restricción en los derechos y garantías constitucionales, ni modifique el procedimiento de reforma de la Constitución tendrá lugar por iniciativa de la Presidenta o Presidente de la República, o a solicitud de la ciudadanía con el respaldo de al menos el uno por ciento de ciudadanas y ciudadanos inscritos en el registro electoral, o mediante resolución aprobada por la mayoría de los integrantes de la Asamblea Nacional. La iniciativa de reforma constitucional será tramitada por la Asamblea Nacional en al menos dos debates. El segundo debate se realizará al menos noventa días después del primero. El proyecto de reforma se aprobará por la Asamblea Nacional. Una vez aprobado el proyecto de reforma constitucional se convocará a referéndum dentro de los cuarenta y cinco días siguientes. Para la aprobación en referéndum se requerirá al menos la mitad más uno de los votos válidos emitidos. Una vez aprobada la reforma en referéndum, y dentro de los siete días siguientes, el Consejo Nacional Electoral dispondrá su publicación.
54.- Explique ¿Por qué los Derechos se cautelan a través de la Acción y no de la Demanda?
Por la inmediatez, los jueces o juezas deben ordenar inmediatamente pedida. Es decir por la celeridad y eficacia para proteger el derecho amenazado y que siendo vulnerado. Para declarar la violación del derecho por lo que no se requiere calificación del requerimiento para que proceda la acción.
Porque a través de la acción se busca reivindicar los derechos por lo que será sencillo, rápido, eficaz y será oral en todas sus fases e instancias, siendo hábiles todos los días y horas, no será indispensable el patrocinio de un Abogado para proponer la acción.
55¿Qué es un Acto Administrativo?
A.- ERFAJE.- Art. 65.- ACTO ADMINISTRATIVO.- Es toda declaración unilateral efectuada en ejercicio de la función administrativa que produce efectos jurídicos individuales de forma directa.
Es el acto que realiza una autoridad administrativa y que afecta derechos, deberes e intereses de particulares o de entidades.
B.-Constituye un mecanismo de expresión de la voluntad administrativa en el ejercicio del poder legal, la decisión que tome la autoridad pública afectara y tendrá efectos tanto a particulares como a entidades.
56¿Quiénes son los competentes para conocer de las Garantías Jurisdiccionales?
Será competente cualquier jueza o juez de primera instancia del lugar en donde se origina el acto u omisión o donde se producen sus efectos. Cuando en la misma circunscripción territorial hubiere varias juezas o jueces competentes, la demanda se sorteará entre ellos. Estas acciones serán sorteadas de modo adecuado, preferente e inmediato. En caso de que se presente la demanda oralmente, se realizará el sorteo sólo con la identificación personal.
57¿Cuándo se Inadmite la Acción de Protección?
Cuando de los hechos no se desprenda que existe una violación de derechos constitucionales. Cuando los actos hayan sido revocados o extinguidos, salvo que de tales actos se deriven daños susceptibles de reparación. Cuando en la demanda exclusivamente se impugne la constitucionalidad o legalidad del acto u omisión, que no conlleven la violación de derechos. Cuando el acto administrativo pueda ser impugnado en la vía judicial, salvo que se demuestre que la vía no fuere adecuada ni eficaz. Cuando la pretensión del accionante sea la declaración de un derecho. Cuando se trate de providencias judiciales. Cuando el acto u omisión emane del Consejo Nacional Electoral y pueda ser impugnado ante el tribunal Contencioso Electoral.
58¿Por qué razón se notifica y no se cita al Legitimado Pasivo? Se notifica y no se cita, por la eficacia y la inmediatez, la sencilla razón de que el legitimado pasivo tiene la facultad de hacerlo se lo hace por la vía informal sin el patrocinio de abogado. Ya que es rápido y eficaz.
59¿En qué consiste la Acción Pública de Inconstitucionalidad?
Esta acción, también denominada acción de inexequibilidad, consiste en la facultad que tienen todos los ciudadanos, de manera individual o colectiva de impugnar ante la Corte Constitucional, por ser violatorios de la norma fundamental, los ciertos actos que violenten la carta magna u otras disposiciones legales.
60¿Qué es un Acto Normativo?
El acto normativo es una manifestación de voluntad excepcional de la Administración Pública que nace del ejercicio de una potestad legislativa material atribuida a un órgano del Estado específicamente determinado.
61¿Cuáles son las modalidades de Control Constitucional?
Para efectos del control constitucional de las enmiendas, reformas y cambios constitucionales, la Corte Constitucional intervendrá a través de los siguientes mecanismos:
1. Dictamen de procedimiento.
2. Sentencia de constitucionalidad de la convocatoria a referendo.
3. Sentencia de constitucionalidad de las enmiendas, reformas y cambios constitucionales.
62¿Qué es el Bloque de Constitucionalidad?
El bloque de constitucionalidad se refiere a aquellas normas y principios que, sin aparecer formalmente en el articulado del texto constitucional, son utilizados como parámetros del control de constitucionalidad de las leyes, por cuanto han sido normativamente integrados a la Constitución, por diversas vías y por mandato de la propia Constitución.
63¿En qué consiste el Control Constitucionalidad?
El Control constitucional es el mecanismo jurídico por el cual, para asegurar el cumplimiento de las normas constitucionales, se realiza un procedimiento de revisión de las normas ordinarias, y en caso de contradicción con la Constitución se procede a la invalidación de las normas de rango inferior que no hayan sido hechas en conformidad con aquellas. El fundamento de este control es el mantenimiento del Principio de Supremacía Constitucional.
64¿En qué consiste el Control Convencionalidad?
El control de convencionalidad es un mecanismo que consiste en que debe ser llevado a cabo, primero por los cuerpos judiciales domésticos, haciendo una "comparación" entre el derecho local y el supranacional, a fin de velar por el efecto útil de los instrumentos internacionales, sea que surja de los tratados.
65¿En qué consiste el Control Constitucional de las Consultas Populares?
En que la Corte Constitucional realizará un control automático de constitucionalidad de todas las convocatorias a consulta popular. El control de constitucionalidad se ejercerá en los mismos términos y condiciones que el control previsto en la Sección Tercera del Capítulo Cuarto del presente Título, y estará encaminado a garantizar la libertad de la electora o elector y la constitucionalidad de las disposiciones jurídicas o las medidas a adoptar a través de este procedimiento.
Las disposiciones jurídicas que fueren el resultado de un referendo, se someterán al régimen general del control constitucional. (127LOGJCC)
66¿En qué consiste el Control Constitucional de las Omisiones Normativas?
El control abstracto de constitucionalidad comprende el examen de las omisiones normativas, cuando los órganos competentes omiten un deber claro y concreto de desarrollar normativamente los preceptos constitucionales. Este control se sujetará al régimen general de competencia y procedimiento del control abstracto de constitucionalidad. (ART.128LOGJCC)
67 Efectos de la Sentencia de la Corte Constitucional
Las Sentencias de la Corte Constitucional constituyen jurisprudencia vinculante, son de cumplimiento inmediato un precedente obligatorio y sirve de jurisprudencia.
68¿En qué consiste el Control Constitucional de los Estatutos de Autonomía?
(Art, 133 LOGJCC) Para efectos del control constitucional de los Estatutos de Autonomía de las regiones autónomas y de los distritos metropolitanos autónomos, la Corte Constitucional intervendrá a través de los siguientes mecanismos:
1. Control previo de constitucionalidad
2. Control automático de constitucionalidad
3. Control posterior de constitucionalidad
Lo hace con proyectos de estatutos, normativas, convenios y tratados internacionales que cumplan con la normativa constitucional vigente, ejemplo que los Organismos Autónomos Descentralizados (se rigen por la COOTAD) y si deciden unificarse estos organismos los nuevos Estatutos deberán pasar el control constitucional.-
COOTAD= CÓDIGO ORGÁNICO DE ORGANIZACIÓN TERRITORIAL, AUTONOMÍA Y DESCENTRALIZACIÓN.-
Art. 7 Facultad normativa.- Para el pleno ejercicio de sus competencias y de las facultades de manera concurrente podrán asumir, se reconoce a los consejos regionales y provinciales, concejos metropolitanos y municipales la capacidad de dictar normas de carácter general a través de ordenanzas acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de su circunscripción y territorial.
69¿En qué consiste el Control Constitucional de los Actos Normativos No Parlamentarios?
Procederá la acción de inconstitucionalidad respecto de cualquier acto normativo o administrativo de carácter general que vulnere normas constitucionales. La constitucionalidad de dichos actos no se agota ni se presume por su sujeción a la ley. Cuando la inconstitucionalidad del acto deriva de la inconstitucionalidad de la ley, se analizará la inconstitucionalidad conexa de la norma correspondiente. (Art. 135 LOGJCC).-
Ejemplo un acto normativo, no Legislativo las Resoluciones del SRI (Servicio de Rentas Internas), Corte Constitucional hace el control de ella.
70¿En qué consiste el Control Constitucional de los Actos Administrativos de Carácter General?
Para el control de los actos normativos y administrativos de carácter general, a la Corte Constitucional le corresponde el Control de Constitucionalidad de todos los actos normativos y administrativos de carácter general art 136 LOGJCC.
Le compete la utilización de la norma en todos los actos administrativos que no haya contraposición con la Constitución y los Tratados Internacionales en derechos Humanos.
71¿En qué consiste el Control Concreto de Constitucionalidad?
Tiene como finalidad garantizar la Constitucionalidad de la aplicación de las disposiciones jurídicas dentro de los procesos judiciales, los jueces y juezas aplicaran las disposiciones constitucionales, sin necesidad que se encuentren desarrolladas en otras normas, dicha decisión no se podrá restringir, menoscabar o inobservar su contenido. En otras palabras al detectarla la expulsa del ordenamiento jurídico es causa de nulidad del proceso.
Es el mecanismo jurídico por el cual se establece el aseguramiento y cumplimiento de las normas constitucionales, se invalidan las normas legales de rango inferior, que no hayan sido dictadas de conformidad con aquellas. El fundamento del Control de Constitucionalidad es el principio de supremacía constitucional. La Constitución ecuatoriana es garantista de derechos, todas las normas que se dicten deben adecuarse a la norma suprema. La Función Legislativa (con el nombre que tenga la misma en los diferentes países), así como también los decretos y demás resoluciones que emita la Función Ejecutiva, o las disposiciones y normas legales dictadas por entidades autónomas y las sentencias y demás resoluciones emitidas por los jueces.
72¿En qué consiste el Control Difuso de Constitucionalidad?
Este sistema implica que son múltiples los órganos a quienes se les ha encomendado la misión de velar por la eficacia de la Constitución. Con la expresión control difuso nos referiremos a la facultad que tienen todos los órganos jurisdiccionales, en vía de excepción, de estudiar la Constitucionalidad de normas generales, especialmente, y omitir su aplicación en un caso concreto o, si se tratase de actos stricto sensu, declarar su nulidad.
El control difuso se encarga de que se cumpla la norma y se la detecta cuando los jueces o juezas constitucionales de primera instancia encuentran vicios de inconstitucionalidad y lo envían al superior, para poder sustentar la sentencia.
73¿En qué consiste la Acción de Interpretación Constitucional?
ACCIÓN DE INTERPRETACIÓN LOGJCC ART. 154.- Objeto y Competencia.- La Corte Constitucional, a petición de parte, realizará la interpretación de las normas de la parte orgánica de la Constitución de la República, con el objeto de establecer el alcance de dichas normas, siempre que no exista una ley que desarrolle la cuestión objeto de interpretación.
La Asamblea Nacional podrá expedir leyes sobre la materia que fue objeto de los dictámenes interpretativos de la Corte Constitucional, sin perjuicio del control de constitucionalidad que pueda realizarse.
74¿Cuáles son los Efectos de las Sentencias y Dictámenes Constitucionales?
Las sentencias y dictámenes constitucionales son de inmediato cumplimiento, sin perjuicio de la interposición de los recursos de aclaración o ampliación, y sin perjuicio de su modulación. (Art. 162 LOGJCC)
75¿En qué consiste la Acción de Incumplimiento de Sentencias Constitucionales?
Las juezas y jueces tienen la obligación de ejecutar las sentencias en materia constitucional que hayan dictado. Subsidiariamente, en caso de inejecución o defectuosa ejecución, se ejercitará la acción de incumplimiento ante la Corte Constitucional. Si la Corte Constitucional apreciara indicios de responsabilidad penal o disciplinaria en la jueza o juez que incumple, deberá poner en conocimiento del hecho a la Fiscalía o al Consejo de la Judicatura, según corresponda. (Art. 163 LOGJCC) 76¿Cuáles son los Deberes Primordiales del Estado?
76. ¿Cuáles son los Deberes Primordiales del Estado?
El más alto deber del Estado, consiste en respetar y hacer respetar los derechos garantizados en la Constitución.
Son deberes primordiales del Estado: (Art. 3 Constitución de la República)
1. Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales.
2. Garantizar y defender la soberanía nacional.
3. Fortalecer la unidad nacional en la diversidad.
4. Garantizar la ética laica como sustento del quehacer público y el ordenamiento jurídico.
5. Planificar el desarrollo nacional, erradicar la pobreza, promover el desarrollo sustentable y la redistribución equitativa de los recursos y la riqueza, para acceder al buen vivir.
6. Promover el desarrollo equitativo y solidario de todo el territorio, mediante el fortalecimiento del proceso de autonomías y descentralización.
7. Proteger el patrimonio natural y cultural del país.
77¿Qué son las Acciones Afirmativas?
A- Acciones afirmativas son estrategias públicas destinadas a establecer la igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos y ciudadanas, por medio de medidas que compensen o corrijan las discriminaciones resultantes de prácticas o sistemas sociales. Tienen carácter temporal, están justificadas por la existencia de la discriminación secular contra grupos de personas y resultan de la voluntad política superarla.
B.- Son Políticas públicas o medidas orientadas a reducir y eliminar las desigualdades de tipo social, cultural, económico de aquellas personas o grupos de personas que tradicionalmente han sido marginadas o discriminadas. Son pues instrumentos diferenciales, que otorgan preferencias, diseñados para asegurar la participación de bienes, servicios, para el logro de una mayor representación en el escenario político, social, económico de una parte de la sociedad que fue relegada por mucho tiempo y que Ecuador está dando el ejemplo en este campo; las demás naciones Latinoamericanas recogen estas experiencias para ponerlas en práctica y lograr la igualdad entre sus ciudadanos.
78¿Cuál es la Función del Consejo de Participación Ciudadana?
1. Promover la participación ciudadana, estimular procesos de deliberación pública y propiciar la formación en ciudadanía, valores, transparencia y lucha contra la corrupción.
2. Establecer mecanismos de rendición de cuentas de las instituciones y entidades del sector público, y coadyuvar procesos de veeduría ciudadana y control social.
3. Instar a las demás entidades de la Función para que actúen de forma obligatoria sobre los asuntos que ameriten intervención a criterio del Consejo.
4. Investigar denuncias sobre actos u omisiones que afecten a la participación ciudadana o generen corrupción.
5. Emitir informes que determinen la existencia de indicios de responsabilidad, formular las recomendaciones necesarias e impulsar las acciones legales que correspondan.
6. Actuar como parte procesal en las causas que se instauren como consecuencia de sus investigaciones. Cuando en sentencia se determine que en la comisión del delito existió apropiación indebida de recursos, la autoridad competente procederá al decomiso de los bienes del patrimonio personal del sentenciado.
7. Coadyuvar a la protección de las personas que denuncien actos de corrupción.
8. Solicitar a cualquier entidad o funcionario de las instituciones del Estado la información que considere necesaria para sus investigaciones o procesos. Las personas e instituciones colaborarán con el Consejo y quienes se nieguen a hacerlo serán sancionados de acuerdo con la ley.
9. Organizar el proceso y vigilar la transparencia en la ejecución de los actos de las comisiones ciudadanas de selección de autoridades estatales.
10. Designar a la primera autoridad de la Procuraduría General del Estado y de las superintendencias de entre las ternas propuestas por la Presidenta o Presidente de la República, luego del proceso de impugnación y veeduría ciudadana correspondiente.
11. Designar a la primera autoridad de la Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública, Fiscalía General del Estado y Contraloría General del Estado, luego de agotar el proceso de selección correspondiente.
12. Designar a los miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral y Consejo de la Judicatura, luego de agotar el proceso de selección correspondiente.
79¿En qué consiste el Control Abstracto de Constitucionalidad?
A.- El control abstracto de constitucionalidad tiene como finalidad garantizar la unidad y coherencia del ordenamiento jurídico a través de la identificación y la eliminación de las incompatibilidades normativas, por razones de fondo o de forma, entre las normas constitucionales y las demás disposiciones que integran el sistema jurídico. El fundamento de este control es el mantenimiento del Principio de Supremacía Constitucional vigente en el Ecuador desde el 20 de octubre del 2008.-
80¿En qué consiste el Principio Pro-Homine?
El Principio Pro-Homine está vinculado a los Derechos Humanos del ciudadano y ciudadana, implica que la interpretación jurídica siempre debe buscar el mayor beneficio para el hombre, es decir, que debe acudirse a la norma más amplia o a la interpretación extensiva cuando se trata de derechos protegidos. El principio pro homine tiene su origen en el ámbito del derecho internacional de los derechos humanos inherentes del ciudadano y ciudadana, los mismos que deben ser protegidos frente a los actos de las autoridades permitiendo se reparen las violaciones a los derechos humanos, por lo que dicho principio tiene como fin el aplicar la norma protectora y preferir la interpretación de mayor alcance que reconozca y garantice el ejercicio de un derecho fundamental e inversamente reconocido, a la norma o a la interpretación más restringida cuando se trata de establecer restricciones al ejercicio de los derechos.
81¿En qué consiste el Derecho a la Resistencia contemplado en la Constitución?
A.- Consiste en el derecho que tiene el ciudadano y ciudadana a resistir actos ilegítimos que lo perjudiquen. Se organizan los individuos y los colectivos frente a acciones u omisiones de la Función Pública o de las personas naturales o jurídicas no estatales, que vulneren o puedan vulnerar sus derechos constitucionales, y demandar el reconocimiento de nuevos derechos.
B.- La Resistencia contemplada en la Constitución, en su significado actual, puede ser entendida como aquella garantía, en virtud de la cual los ciudadanos pueden tomar medidas de presión, en sí mismas no violentas, que tiendan a restaurar la plenitud del ejercicio de los Derechos Humanos cuando las garantías institucionales resultan insuficientes o inaplicadas.
82¿Qué es la Dignidad Humana?
La dignidad, o 룵alidad de digno묠deriva del adjetivo latino 'digno y se traduce por 붡lioso뮠Hace referencia al valor inherente al ser humano en cuanto ser racional, dotado de libertad y poder creador, pues las personas pueden modelar y mejorar sus vidas mediante la toma de decisiones y el ejercicio de su libertad. El Tribunal Constitucional español ha señalado que la dignidad humana "女 un valor espiritual y moral inherente a la persona, que se manifiesta singularmente en la autodeterminación consciente y responsable de la propia vida y que lleva consigo la pretensión al respeto por parte de los demás.
La dignidad humana es el valor moral abstracto del derecho natural, ya que el Asambleísta (Ecuador) crea la norma generales, el juez o jueza constitucional con su sentencia crea meta normas para garantizar derechos de los ciudadanos y ciudadanas en su dignidad humana .
Es que contiene elementos subjetivos, que corresponden al convencimiento de que las condiciones particulares de vida permiten alcanzar la felicidad y de elementos objetivos, vinculados con las condiciones de vida que tiene la Persona, para obtenerla. Así las cosas se determinaron a la Dignidad Humana, como un derecho fundamental.
83¿Qué son los Principios?
Según Alexy, "los principios son mandatos de optimización que se caracterizan porque pueden cumplirse en diferente grado", dependiendo el grado de cumplimiento de las posibilidades fácticas y jurídicas. También sostiene que son mandatos de optimización, es decir, como "normas que ordenan que algo sea realizado en la mayor medida posible.-
Es un conjunto de reglas y valores que nacen de la Filosofía, que inspiran las normas escritas que organizan la vida de una sociedad concreta sometida a las funciones de una Autoridad, generalmente el Estado. La ley establece una obligación social, de forma coercitiva y sancionadora sometida a la constitucionalidad, por lo tanto los ciudadanos y ciudadanas deben regirse por las reglas establecidas en un estado constitucional de principios, derechos y garantías.
84¿Qué son las Reglas?
Según Alexy, las reglas son mandatos definitivos, son normas que solo pueden ser cumplidas o no, pues dadas determinadas condiciones, ordenan, prohíben, permiten u otorgan un poder de manera definitiva, de tal forma que sin son validas entonces debe hacerse exactamente los que ellas exigen, ni más ni menos, pues se supone contienen determinaciones en el ámbito de lo fáctica y jurídicamente posible.
Las Reglas están dirigidas al ciudadano y ciudadano para que su comportamiento sea el más adecuado en la sociedad dispuesta por una autoridad, su incumplimiento puede llevar aparejado una sanción. Dichas reglas en el entorno constitucional son más claras, imponen deberes y confiere derechos a los ciudadanos y ciudadanas en un Estado. Las reglas desarrollan, principios y normas.
85¿Qué es la Justicia Constitucional?
Es aquella que procura, esencialmente, la preservación de los derechos individuales constitucionalmente protegidos y de la organización política del Estado, incluyendo el ejercicio de las funciones que atribuye la Ley Fundamental a los órganos creados por la misma para su fiel cumplimiento y aplicación, lo que trae consigo el debido control y vigilancia de la supremacía de la Constitución, en todos los órdenes.
86¿Qué es el Garantismo?
Es una característica del Estado Constitucional de Derechos, ya que garantiza el reconocimiento de los Derechos Humanos.
El Garantismo es una concepción filosófica y política sobre el derecho, cuyo origen se sitúa en el ámbito del derecho penal Italiano.
En palabras de Luigi Ferrajoli -uno de sus exponentes más representativos- es sinónimo de un Estado Constitucional de Derechos en sentido fuerte. Desde esa perspectiva, el derecho es asumido como un sistema de garantías, que limita y vincula a todos las Funciones Públicas, los privados también para la efectiva protección y tutela de los derechos fundamentales.
La Ley es solo un instrumento de la Constitucionalidad ya que la misma exige por el respeto a los derechos fundamentales. El juez o jueza se encarga de garantizar los derechos de los ciudadanos y ciudadanas que son vulnerados por funcionarios públicos o privados los mismos que deberán responder a los diferentes entes creados por la Constitución-
87¿En qué consiste el Sistema de Fuentes Constitucionales?
Las fuentes del derecho Constitucional, son la Constitución, Corte Interamericana de Derechos Humanos, Doctrina, Convenios Internacionales, Derecho delimitado. El sistema de fuentes constitucionales consiste en los convenios internacionales, la doctrina, derecho comprado, la costumbre y la jurisprudencia referente jurisprudencial, las resoluciones de la Corte Constitucional si son vinculantes precedente jurisprudencial inclusive puede ser norma constitucional.
88¿Qué es la Ratio Decidendi?- Quiere decir, razones que tiene el juez o jueza es vinculante en una sentencia, para sustentar motivadamente, razón jurisprudencial, subyace para caso concreto.
Ratio decidendi es una expresión latina, que significa literalmente en español "razón para decidir" o "razón suficiente". Hace referencia a aquellos argumentos en la parte considerativa de una sentencia o resolución judicial que constituyen la base de la decisión del tribunal acerca de la materia sometida a su conocimiento.
En el common law, es decir, en el derecho anglosajón, la ratio decidendi tiene gran importancia, pues al revés del obiter dictum, sí tiene carácter vinculante y, por tanto, obligan a los tribunales inferiores cuando deben resolver casos análogos (principio de stare decisis). En algunas sentencias se encuentra al final de las mismas.
89¿Qué es la Obíter Dicta?
Quiere decir caso concreto no es vinculante, Jurisprudencia. En otras palabras antecedentes. Obiter dicta es una expresión latina que literalmente en español significa dicho de paso. Hace referencia a aquellos argumentos expuestos en la parte considerativa de una sentencia o resolución judicial que corroboran la decisión principal, pero carecen de poder vinculante, pues su naturaleza es meramente complementaria.
Es el propio juez el que opina acerca de un tema en concreto, y es esta opinión la que mas tarde se puede tomar como válida para el uso en un juicio, pero nunca tendrá valor de ley.
90¿Qué es el Stare Decisis? .- Stare decisis es una locución latina, que se traduce interpretativamente como "mantenerse con las cosas decididas", utilizada en derecho para referirse a la doctrina según la cual las sentencias dictadas por un Tribunal crean precedente judicial y vinculan como jurisprudencia a aquellas que, sobre el mismo objeto, se dicten en el futuro.
91¿En qué consiste el Estado de Excepción?
Son regímenes jurídicos especiales originados en circunstancias extraordinarias de variada índole –natural, ecológica, sanitaria, económica, política-, que ponen en peligro la estabilidad de las instituciones, o la vida de la nación o de sus habitantes, cuya finalidad es procurar el restablecimiento de la normalidad.
92¿Qué son los Derechos Fundamentales?
Conjunto de derechos subjetivos y garantías reconocidos en la Constitución, como propios de las personas y que tienen como finalidad prioritaria garantizar la dignidad de los ciudadanos y ciudadanas, la libertad, la igualdad, la participación política y social, el pluralismo o cualquier otro aspecto fundamental que afecte al desarrollo integral de la persona en una comunidad de hombres libres. Tales derechos no sólo vinculan a la Función Pública los mismos que deben respetarlos y garantizar su ejercicio estando su quebrantamiento protegido jurisdiccionalmente y constitucionalmente, sino que también constituyen el fundamento sustantivo del orden político y jurídico de la comunidad.
93¿Qué son los Derechos Humanos?
Los Derechos Humanos son aquellas libertades, facultades, instituciones o reivindicaciones relativas a bienes primarios o básicos que incluyen a toda persona, por el simple hecho de su condición humana, para la garantizar de una vida digna, sin distinción alguna de etnia, color, sexo, idioma, religión, orientación sexual, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
94¿Qué son las Metanormas? .- Es la norma que crea el juez o jueza, que subyace en un caso concreto. Ya que hay un espacio entre la Constitución y la ley , le toca al juez o jueza llenarla con la metanorma, ejemplo el Asambleísta crea una ley General, el juez o jueza procura garantizar la dignidad humana (debe crear una ley interpretativa, un discapacitado trae un carro usado, razones prohibido hacerlo en el País pero el país no produce este tipo de carros, hay derechos que colisionan, pero el discapacitado tiene derecho a la movilidad) se ponderan diferentes leyes para tomar la decisión adecuada.
Una Metanorma es una norma para cumplir otra norma. El término Metanorma fue popularizado por el científico Robert Axelrod como propuesta de mecanismo para promover la cooperación entre individuos egoístas.
95¿Por qué el Juez en el Estado Constitucional ya no es más la boca de la Ley?
El juez o jueza ya no es la boca de la ley, ya que en el Estado constitucional de Derechos hay un cambio sustancial se asegura la dignidad humana y el juez o jueza, crea leyes, normas en las sentencias, de una manera estructurada.
En el Estado Constitucional de Derechos se revaloriza la dignidad de los ciudadanos y ciudadanas, se reconoce la supremacía de la Constitución, respeto a los derechos y garantías de las personas. Asignando un rol activo a las juezas y jueces en el despliegue de las potencialidades humanísticas de la Constitución, los jueces (zas) dejan de ser seres "inanimados" que modulaban las palabras de la ley, para convertirse en creadores de leyes para la protección de derechos.
96¿En qué consiste las lagunas en el Derecho?- Se denomina lagunas del Derecho a la ausencia de reglamentación legislativa en una materia concreta. Es una situación de vacío en la ley que ha sufrido la patología jurídica de omitir en su texto la regulación concreta de una determinada situación, parte o negocio, que no encuentra respuesta legal específica; con ello se obliga a quienes aplican dicha ley (jueces, abogados, fiscales, secretarios judiciales, etc.) al empleo de técnicas sustitutivas del vacío, con las cuales obtener respuesta eficaz a la expresada de manera legal.
97¿Qué son las Normas Jurídicas? .- La normativa jurídica en el Ecuador se encarga la Asamblea Nacional, Municipios, Consejos provinciales, Corte Nacional de Justicia, las que crean las normas que tienen que estar adecuadas al Estado Constitucional de Derechos, hasta que se terminen de dictar leyes sobreviven las que no sean contrarias a la Constitución.
La norma jurídica es una regla dirigida a la ordenación del comportamiento humano prescrita por una autoridad cuyo incumplimiento puede llevar aparejado una sanción. Generalmente, impone deberes y confiere derechos.
98¿Qué es el Positivismo Jurídico?- Es una corriente de pensamiento jurídico. La principal tesis del positivismo jurídico es la separación conceptual entre moral y derecho, que supone un rechazo a una vinculación lógica o necesaria entre ambos. A la vez, el positivismo jurídico define las instituciones jurídicas como un tipo particular de instituciones sociales. Kelsen decía que "positivismo jurídico" es el nombre que damos a la teoría jurídica que concibe únicamente como "derecho" al derecho positivo, esto es, al derecho producido por actos de voluntad del hombre.
99. ¿En qué consiste el Derecho de Participación? .- Consiste en que todos los ecuatorianos nos podemos involucrar en los diferentes estamentos de participación pública mediante los derechos a: elegir y ser elegidos, participar en los asuntos públicos, presentar proyectos de iniciativa popular normativa, ser consultados, fiscalizar los actores del poder público, revocar el mandato de todos los cargos de elección popular, desempeñar cargos públicos, conformar partidos y movimientos políticos; reglas para el ejercicio del derecho al voto; la representación paritaria de mujeres y hombres de forma alternada y secuencial.
100. ¿Quiénes son los titulares del Derecho de acuerdo a la Constitución?- Las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos son titulares y gozaran de los derechos garantizados en la Constitución y en los instrumentos internacionales. La naturaleza será sujeto de aquellos derechos que le reconozca la Constitución.
101.- ¿Cuántas Salas Especializadas tiene la Corte Nacional de Justicia en el Ecuador? 2013-04-16 El Pleno de la Corte Nacional de Justicia, en sesión del 30 de Enero del 2012 conformó sus ocho Salas Especializadas conforme lo dispone el Código Orgánico de la Función Judicial, en su artículo 183.
102.- ¿La Sala Especializada de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia en el Ecuador tiene competencia para conocer Recursos de Casación?
Si tiene competencia para conocer el recurso de Casación y Revisión en materia penal, según los artículos 184.1 de la Constitución de la República del Ecuador. Art .360 del Código Procedimiento Penal y 186.1 del Código Orgánico de la Función Judicial.
Art. 184.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las siguientes: Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.
Art. 76.- En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas:
7. El derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes garantías: k) Ser juzgado por una jueza o juez independiente, imparcial y competente. Nadie será juzgado por tribunales de excepción o por comisiones especiales creadas para el efecto.
103.- ¿ Que es el Constitucionalismo moderno desde su percepción Latinoamericana?
Debemos analizarlo desde nuestra propia naturaleza, e impulsar este nuevo paradigma, ya que los derechos y principios han sido elevados a nivel Constitucional. Y es aquí que con este nuevo modelo lo importante es el ciudadano y ciudadana, ya que todas las instituciones sean estas públicas o privadas están sometidas a la nueva Constitucionalidad a los instrumentos como convenios y tratados internacionales EN DERECHOS HUMANOS que sean más favorables y no a la ley como era anteriormente . Porque los doctrinarios Latinoamericanos están en la obligación de repensar la nueva Doctrina que tiene un nuevo horizonte, donde lo importante es el ser humano y la Naturaleza ya que tienen la misma jerarquía y derechos en la Constitución Ecuatoriana que es Garantista. N.A.T.A.
104.- ¿Defina que es un Principio? Es el desarrollo humano, cultural, convivencia humana, valores que se van construyendo con la experiencia humana y que nos ayuda a crecer, esto nos sirve como guía que nos permite vivir en armonía, este conjunto de valores que pasan a ser parte de una cultura y que son aceptados por una sociedad logran vivir de mejor manera.
105.- Haga un cuadro sinóptico de la Constitución y Principios, normas, dignidad humana, valores.
106.- Razonamiento, ¿En cuál se aplican los principios artículos 168 y 169 de la Constitución de la República del Ecuador?-
Constitución Art. 168.- La administración de justicia, en el cumplimiento de sus deberes y en el ejercicio de sus atribuciones, aplicará los siguientes principios:
1. Los órganos de la Función Judicial gozarán de independencia interna y externa. Toda violación a este principio conllevará responsabilidad administrativa, civil y penal de acuerdo con la ley.
2. La Función Judicial gozará de autonomía administrativa, económica y financiera.
3. En virtud de la unidad jurisdiccional, ninguna autoridad de las demás funciones del Estado podrá desempeñar funciones de administración de justicia ordinaria, sin perjuicio de las potestades jurisdiccionales reconocidas por la Constitución.
4. El acceso a la administración de justicia será gratuito. La ley establecerá el régimen de costas procesales.
5. En todas sus etapas, los juicios y sus decisiones serán públicos, salvo los casos expresamente señalados en la ley.
6. La sustanciación de los procesos en todas las materias, instancias, etapas y diligencias se llevará a cabo mediante el sistema oral, de acuerdo con los principios de concentración, contradicción y dispositivo.
Art. 169.- El sistema procesal es un medio para la realización de la justicia.
Las normas procesales consagrarán los principios de simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación, celeridad y economía procesal, y harán efectivas las garantías del debido proceso. No se sacrificará la justicia por la sola omisión de formalidades.
107.- ¿Qué Instituciones dictan el nuevo ordenamiento jurídico en el Ecuador?
En el Ecuador la normativa jurídica se encarga la Asamblea Nacional, crean normas que se adecuan formal y materialmente con la nueva Constitución y respetar los tratados y convenios internacionales por progresividad ya que dichos instrumentos son parte constitucional; los Municipios (Gobiernos Autónomos descentralizados), Consejos Provinciales, Corte Nacional de Justicia con precedentes jurisprudenciales, las mismas que crean normas adecuadas a la Constitución.
108.- Haga un cuadro de los sujetos de derechos de la Constitución Ecuatoriana.
Garantías Constitucionales
109.- ¿El Estado tiene o no derechos fundamentales?
No tiene derechos fundamentales pero si tiene derechos Constitucionales.
110.- ¿Cuáles son las fuentes del Derecho Constitucional?
1- Constitución. 2 Corte Interamericana de Derechos Humanos, 3. Doctrina, 4. Convenios Internacionales, 5.- Derecho Determinado.
111.- ¿Cuál de ellas prevalece, La Ley o la Constitución en el Estado Ecuatoriano?
En El Estado Ecuatoriano la Constitución es la norma suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurídico, las normas y los actos de la función pública deberán mantener conformidad con las disposiciones constitucionales, en caso contrario carecerán de eficacia jurídica.
112.- ¿Si hay Tratados Internacionales en Derechos Humanos, mejores que la Constitución Ecuatoriana cual prevalece?
Los Tratados Internacionales de Derechos Humanos ratificados por el Ecuador que reconozcan derechos más favorables a los Contenidos en la Constitución, prevalecerán sobre cualquier otra norma jurídica o acto de la función pública.
113.- ¿Qué es la Justicia Constitucional en el Ecuador?
Es una herramienta eficaz e idónea para hacer realidad el texto constitucional, para asegurar el principio democrático y para controlar eficazmente la actividad de las funciones públicas y de los particulares.
114.- ¿Los derechos son justiciables o no en el Ecuador?.-
Los derechos serán plenamente justiciables, no podrá alegarse falta de norma jurídica para justificar su violación o desconocimiento, para desechar la acción por esos hechos ni para negar su reconocimiento por parte de los operadores de justicia.
115.- ¿Por acciones u omisiones de Funcionarios Públicos en sus cargos, el Estado puede plantear el derecho de repetición?
El Estado Ecuatoriano si puede plantear el derecho de repetición en forma inmediata, contra del funcionario o funcionaria que haya sido causante de la acción u omisión o daño producido (detención arbitraria error judicial, retardo injustificado, violación a la tutela efectiva, violaciones a los principios y reglas del debido proceso) sin perjuicio de las responsabilidades civiles, penales y administrativas .
116.- ¿Cuántos Jueces y Juezas fueron posesionados en la Corte Nacional de Justicia por el Consejo de Judicatura en el Ecuador en el 2012?
Nombrados y posesionadas 21 Jueces y Juezas Nacionales el 26 de Enero del 2012 por el Consejo de la Judicatura en Transición.
117.- ¿Qué entiende por seguridad Jurídica Penal?
En un Estado Constitucional de Derechos y Justicia, siempre va imperar los principios y derechos y garantía constitucional, la aplicación de disposiciones jurídicas vigentes, este principio implica que hechos iguales sometidos a los órganos jurisdiccionales las resoluciones van a ser las mismas, las autoridades administrativas y judiciales no pueden hacer interpretaciones arbitrarias o al margen de la ley, se garantizan los procedimientos tendientes y resarcirlos, la seguridad jurídica es un limitante del ejercicio del poder de los servidores público.
118.- ¿La seguridad jurídica se fundamenta en嬠y cuando incumple la función pública la ley o las sentencias, que acción se debe plantear?
Art. 82.- El derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las autoridades competentes.
La acción se incumplimiento se interpone para garantizar la aplicación de normas o actos administrativos, de sentencias e informes de organismos internacionales de protección de derechos humanos.
119.- ¿Qué importancia tiene el debido proceso en el Ecuador con referencia a los Derechos Humanos?
El Estado reglamenta la estructura a la que tiene acceso el ciudadano o ciudadana para que pueda acudir a un organismo judicial y se resuelva su conflicto, la exigencia del debido proceso involucra a todas juezas, jueces, fiscales, abogados y al pueblo en general donde reposa el poder.
La vigencia de Los Derechos Humanos es de suma importancia porque se trata del ciudadano o ciudadana y frente al Estado, ya que si está siendo juzgado debe trátaselo como ser humano, respetando su dignidad, su integridad no dejándolo en indefensión, desechando, los abusos, la violencia, chantajes por parte de ciertos uniformados y de autoridades que abusan de su representación.
En un Estado Constitucional de derechos predomina el Garantismo, ya que no solo se limita a lo legal judicial, sino a lo administrativo, en otras palabras todo el sistema está sometido a la Constitución.
120.- ¿Hay seguridad Jurídica para las inversiones en EL Ecuador, que expresa el Presidente de los ecuatorianos?
Constitución claramente garantiza la seguridad jurídica de las inversiones, claramente prohíbe expropiaciones abusivas y sin la justa compensación; el nuevo Código de la Producción establece un contrato de inversión donde se ponen los estímulos, los incentivos para la nueva inversión, lo cual consta en la ley, es innecesario repetirlo en un contrato pero para mayor seguridad se lo pone en el contrato, y se pone "en caso de controversia, centro de arbitraje", pero los centros de arbitraje regionales, por ejemplo Santiago de Chile, no estos centros de arbitraje donde todo está a favor de estas transnacionales; y estamos trabajando a nivel de UNASUR (Unión de Naciones del Sur) para tener nuestro centro de arbitraje de Sudamérica.
121.- ¿Diga por lo menos 5 convenios y tratados ha firmado y ratificado el Ecuador en Derechos Humanos?
Los instrumentos interamericanos de Derechos Humanos. Son: Pacto de San José, Protocolo de San Salvador, Convención de Belém do Pará, Derechos Humanos Relativos a la Abolición de la Pena de Muerte, Desaparición Forzosa de Personas, Prevenir y Sancionar la Tortura, Concesión de Derechos Civiles a la Mujer.
122.- ¿Derecho a la rectificación se encuentra en la Constitución y en el Pacto de San José que dice?
La Constitución Ecuatoriana dice en su artículo 66.- Que toda persona agraviada por informaciones sin pruebas o inexactas, emitidas por medios de comunicación social, a la correspondiente rectificación, réplica o respuesta en forma inmediata, obligatoria y gratuita, en el mismo espacio u horario.
Pacto de San José Artículo 14.- Toda persona afectada por informaciones inexactas o agraviantes emitidas en su perjuicio a través de medios de difusión legalmente reglamentados y que se dirijan al público en general, tiene derecho a efectuar por el mismo órgano de difusión su rectificación o respuesta en las condiciones que establezca la ley.
DEDICATORIAS:
Al inolvidable y tierno recuerdo de mi Sra. Madre Yolanda Alvarado de Rosado, que reposa en el sagrado lugar que el Divino Creador designó para su descanso eterno.
JUDITH ROSADO ALVARADO.
Dedico esta tesis a mi esposa, a mis hijos y a mis hermanos por haberme apoyado desde mis inicios hasta haber culminado esta meta deseada.
También dedico especialmente esta tesis a mis padres que desde el cielo, me han dado la fortaleza espiritual para seguir adelante en los momentos de flaqueza.
Que Dios bendiga siempre a toda mi familia por brindarme durante todo el proceso estudiantil el amor, el respeto y el respaldo incondicional.
PEDRO JARA SOTOMAYOR.
A mi madre con su aporte incondicional y abnegado que ha sabido direccionarme con un norte positivo en la trayectoria de estudio de esta profesión noble así como encaminarme por la senda correcta del bien.
NORMAN BOHÓRQUEZ COLOMA.
Dedico esta investigación a mi esposa e hijos, que han tenido la suficiente paciencia, ya que hemos sacrificado momentos de sano esparcimiento en unión de toda la familia, pero todo sacrificio tiene su recompensa y la meta es llegar a ser Abogado para servir a mis conciudadanos y a la Patria.
NÉSTOR TORRES ÁLVAREZ.
AGRADECIMIENTOS:
Al Divino Creador, a mis queridos padres Yolanda-Roberto, a mis hijos razón de mi esfuerzo y formación profesional: Nayla, Arturo, Rodolfo y Judith, a mi compañero sentimental Alfredo, a mis profesores sembradores de luz y conocimiento, a todos quienes me acompañaron en el transitar para lograr mi objetivo preciado de ser abogada de mi querido país Ecuador.
JUDITH ROSADO ALVARADO.
Agradezco a dios con todo mi corazón por haberme permitido conocer esta ciencia, como dice el proverbio 9 verso 10: "He recibido la enseñanza y no la plata, y la ciencia antes que el oro escogido, porque mejor es la sabiduría que las piedras preciosas"
"Porque la verdadera sabiduría y el conocimiento es el temor de Jehová"
PEDRO JARA SOTOMAYOR.
Principalmente a Dios, a los profesores que con su sapiencia y experiencia supieron enseñarme el conocimiento, a mis compañeros de aula que con su motivación y comprensión hicieron superar muchas barreras y a todas las personas que de una u otra manera aportaron a la culminación de esta tesina
NORMAN BOHÓRQUEZ COLOMA
Agradezco a los catedráticos de la Alma Mater por brindarnos su vasta experiencia que nos servirá en la vida Constitucional que se está posesionando con los nuevos Paradigmas.
A mis compañeros que me han acompañado desde el 2007
NÉSTOR TORRES ÁLVAREZ.
Autor:
Judith Rosado Alvarado.
Pedro Jara Sotomayor.
Norman Bohórquez Coloma.
Néstor Aníbal Torres Álvarez.
TUTOR:
Dr. Johnny Ayluardo Salcedo
UNIVERSIDAD ESTATAL DE LA CIUDAD DE GUAYAQUIL
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO CARRERA EN HORARIO INTENSIVO
TRABAJO DE INVESTIGACIÓN DE LA MATERIA PRÁCTICA CONSTITUCIONAL PREVIO A LA OBTENCIÒN DEL TÌTULO DE ABOGADO DE LOS TRIBUNALES Y JUZGADOS DE LA REPÚBLICA
Guayaquil – Abril 2013
[1] TRIPELLI, A. B. 2008. La protecci?internacional del ambiente en el siglo XXI: Hacia un derecho internacional del desarrollo, Buenos Aires, LexisNexis-AbeledoPerrot. P? 9
[2] JAQUENOD DE ZS??, S. 1991. El derecho ambiental y sus principios rectores, Madrid
[3] 2008. C?go de Hammurabi, Madrid, Tecnos. Edici?de Federico Lara Peinado.
[4] TRIPELLI, A. B. 2008. La protecci?internacional del ambiente en el siglo XXI: Hacia un derecho internacional del desarrollo, Buenos Aires, LexisNexis-AbeledoPerrot
[5] SAND, P. H. 2008. The evolution of international environmental law. In: BODANSKY, D., BRUNN?, J. &HEY, H. (eds.) the Oxford Handbook of International Environmental Law. 1a. Ed. New York: Oxford University Press. P? 37 y 38
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