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Compendio médico para neurofisiología clínica, sintetizado y alfabetizado. Letra N-O (Versión 2015) (página 11)


Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20

Síndrome del túnel tarsiano: no es frecuente (un caso cada 4 años según experiencia propia) en comparación con otros síndromes canaliculares. Todos los casos vistos personalmente eran secundarios a algo, por ejemplo, a edema maleolar, o a un lazo venoso engrosado que comprimía el nervio, o a un callo óseo, etc por lo que parece dudoso que exista el atrapamiento primario de este nervio, o incluso que sea un síndrome compresivo y no un síndrome de atrapamiento. Cursa con hipoestesia en la yema del dedo gordo que personalmente se considera crucial para el diagnóstico cuando aparece, dado que en algunos pacientes no se observa. Si hay afectación motora es característica la existencia de actividad denervativa en abductor hallucis, así como el trazado simplificado, y la caída de amplitud del potencial motor. En cambio, en los casos vistos hasta ahora, no se ha encontrado alargamiento de la latencia motora distal (el alargamiento de la latencia motora distal ha sido señalado como criterio diagnóstico de este síndrome por algunos autores), siendo por tanto lo más señalable para el diagnóstico de este síndrome, según la experiencia propia, la caída de amplitud del potencial motor, además de la clínica compatible, aunque en algunos casos no se consigue demostrar dicha caída de amplitud y los únicos hallazgos compatibles con la clínica son la actividad denervativa en abductor hallucis y el trazado de máxima contracción simplificado. A Pardal también le ha llamado la atención la caída de la amplitud del potencial motor más que el alargamiento de la latencia motora distal (Pardal JM. Síndrome del túnel tarsiano bilateral por sinovitis. Aportación diagnóstica combinada de ecografía y electrofisiología. Rev Neurol 2013; 56- 124-125). Como ocurre en otros casos similares, ante un trazado neurógeno en abductor hallucis con caída de la amplitud del CMAP, a pesar de la sospecha de síndrome del túnel tarsiano, en ocasiones hay que ser cautos y asegurarse de que no se trata de una polineuropatía, por ejemplo, de una enfermedad de Charcot-Marie- Tooth.

NERVIO TORÁCICO LARGO: véase músculo serrato.

NERVIO TRIGÉMINO: véase neuralgia del trigémino. Véase síndrome de Sturge-Weber-Dimitiri. Véase dolor. Véase nervio cigomático facial. Véase neuralgia facial.

NEURALGIA AMIOTRÓFICA: síndrome de Parsonage-Turner. Personalmente se ve un caso al año, más o menos. Dolor agudo en hombro, brazo, cuello, espalda, durante horas o menos de una semana, seguido de paresia de predominio proximal y atrofia, con más frecuencia unilateral. Diagnóstico diferencial con hernia discal, pues clínicamente pueden ser indistinguibles (en una ocasión un individuo visto personalmente debutó con un cuadro de dolor agudo e intenso de pocos días seguido de escápula alada con parálisis sólo del serrato, y que resultó ser una voluminosa hernia discal cervical, no un síndrome de Parsonage-Turner). Músculos más afectados: deltoides, serrato anterior, supraespinoso e infraespinoso, tríceps, etc. Puede aparecer por stress y asociarse a otros cuadros paréticos de miembro superior previos o concomitantes.

Plexitis braquial tipo neuralgia amiotrófica; en neoplasia de sigma y quizá otras neoplasias, como la de próstata.

Neuralgia amiotrófica hereditaria: neuropatía hereditaria del plexo braquial. AD; en algunas familias se ha encontrado talla corta, hipertelorismo, paladar hendido, epicanto, asimetría facial, sindactilia parcial (también aparece hipertelorismo en el síndrome de Moynaham y en el síndrome LEOPARD, etc.).

Plexitis braquial autoinmune, cruzada o no cruzada.

NEURALGIA DEL GLOSOFARÍNGEO: síndrome de Wilfred-Harris. Dolor en faringe y oído. Signo de la cortina de Vemet: al pronunciar la letra "a" hay desviación al lado sano. Idiopática, tumoral.

NEURALGIA DEL TRIGÉMINO: neuralgia facial. Idiopática, tumoral, inflamatoria, trombosis venosa, esclerodermia. Anestesia dolorosa: iatrogénica, zóster oftálmico. Tras numerosos intentos, personalmente no se le ha encontrado por ahora utilidad diagnóstica al blink reflex en la neuralgia del trigémino y otros tipos de dolor facial, a pesar de referencias al respecto según las cuales sí sería útil (Jääskeläinen et al. 1999). Truini et al. (2007) refieren alteración habitual en R1 en neuralgia del trigémino con causa subyacente, y normalidad en el blink reflex en la forma idiopática, extremo que hasta ahora no se ha conseguido confirmar personalmente.

NEURALGIA FACIAL, TIPOS: neuralgia del trigémino. Véase enfermedad de Horton. Véase neuralgia del trigémino.

Anestesia dolorosa: iatrogénica, zóster oftálmico.

Síndrome de Raeder: síndrome de Horner+paresia oculomotora.

Fosa media. Primera rama del quinto par.

Síndrome de Gradenigo: primera y segunda ramas del quinto par. Disminución de sensibilidad. Paresia abducción ocular. Tumoral, inflamatoria, mastoidopatía.

Neuralgia del glosofaríngeo. Véase neuralgia del glosofaríngeo.

Neuralgia del nervio laríngeo superior: este nervio se ocupa de la deglución, el bostezo, el habla, etc. Su disfunción conlleva tos, ronquera, etc. Causa infecciosa, tumoral.

Neuralgia del nervio nasociliar: dolor en ángulo ocular interno, causa idiopática o infecciosa.

Neuralgia del ganglio pterigopalatino o de Sluder: dolor en órbita y maxilar, con lagrimeo y rinorrea. Causa idiopática. Predominio en mujeres.

Neuralgia de nervio auriculotemporal: por parotiditis.

Neuralgia vidiana o del nervio petroso mayor: ángulo interno del ojo. Idiopática o inflamatoria.

Síndrome de Tolosa-Hunt: dolor retroorbitario. Idiopático. Neuralgia del ganglio geniculado.

Síndrome de la apófisis estiloides.

Síndrome de Costen: dolor preauricular y en lengua, con mareos y tinnitus. Origen en articulación temporomandibular.

Neuropatía mentoniana (descartar neoplasia).

Neuralgia occipital: dolor en cualquiera de los tres nervios occipitales. Estrictamente no es una neuralgia facial, lógicamente, pero interesa en el diagnóstico diferencial. La causa más frecuente es cualquier tipo de irritación o traumatismo de los nervios. Puede estar desencadenada por una vasculitis de la arteria occipital, entre otras causas, como parte de una arteritis de Horton (signo del halo en la ecografía). Garcia J et al. Neuralgia occipital secundaria a vasculitis de la arteria occipital. Diagnóstico mediante dúplex color. Rev Neurol 2014; 58: 430-432. NEURITIS ÓPTICA: véase nervio óptico.

NEUROACANTOCITOSIS: sídrome de McLeod. Afección multisistémica de origen genético. Anemia, acantocitosis, atrofia muscular progresiva, afectación del sistema nervioso central y periférico (neuropatía hereditaria), hígado, corazón, etc.

NEUROFIBROMATOSIS: véase enfermedad de Von Recklinghausen.

NEUROFISIOLOGÍA CLÍNICA, ADMISIÓN Y PERMANENCIA DEL PÚBLICO EN LA UNIDAD ASISTENCIAL (SERVICIO, SECCIÓN,

ETC.): la permanencia del público en las instalaciones de la unidad debe estar justificada, de modo que no se debe autorizar la presencia en la sección de personas ajenas a la misma sin causa justificada, o sin autorización expresa, al tratarse de un bien común, no para uso particular. Los familiares y acompañantes podrán permanecer en las salas de espera, habilitadas a tal efecto. Dadas las características del tipo de exploraciones realizadas, que por su precisión, riesgo de pinchazos y dificultad no admiten interrupciones o distracciones, amén de la limitación de espacio disponible para tal fin, los acompañantes no deben pasar a las salas de exploración, salvo autorización expresa del facultativo en tal sentido motivada por alguna causa de fuerza mayor o una justificación razonable (normalmente y en general para acompañar a niños o personas con discapacidad). Las instalaciones, por su importancia y coste, deben ser conservadas en el mejor estado posible, evitándose el deterioro gratuito e injustificado de las mismas, tanto del inmueble como de los bienes muebles, con tal motivo, y en función de la experiencia previa al respecto, las puertas de acceso a la unidad deben quedar cerradas bajo llave al final de cada jornada y hasta el comienzo de la siguiente, y estar incluidas en la ronda del vigilante de seguridad.

NEUROFISIOLOGÍA CLÍNICA, CONOCIMIENTOS NECESARIOS PARA EL DESEMPEÑO DE LA LABOR FACULTATIVA: el

facultativo especialista de área (FEA) de neurofisiología clínica debe ser licenciado en medicina, y especialista en neurofisiología clínica vía MIR (en España). Además debe poseer empatía, don de gentes, habilidad manual y capacidad diagnóstica. Debe poseer conocimientos y habilidades acerca de las técnicas neurofisiológicas existentes en la actualidad con utilidad clínica demostrada científicamente de manera objetiva y fehaciente, y también conocimientos de informática, idiomas, biofísica y de la patología clínica específicamente relacionada con la especialidad. Su formación debe ser suficiente como para atender en persona, en su campo, de forma correcta y completa, según arte, a todo el que lo requiera, y suficiente como para emitir un informe médico válido, con interés diagnóstico, pronóstico y con orientación terapéutica. El FEA se ve obligado a una continua puesta al día, y al deber ético de presentar proyectos de mejora científica, técnica y humana, con el fin de lograr la óptima asistencia al enfermo.

Las técnicas neurofisiológicas con más interés clínico en la práctica en la actualidad, que el FEA debe dominar, son básicamente las siguientes: electroencefalografía (EEG), electromiografía (EMG) y potenciales evocados (PPEE).

NEUROFISIOLOGÍA CLÍNICA, CONSENTIMIENTO INFORMADO:

rara vez los pacientes no dan su consentimiento para llevar a cabo una EMG convencional. Según experiencia propia la cifra ha ido disminuyendo progresivamente durante los últimos años, siendo en la actualidad de aproximadamente 1 de cada 4000, y bajando. El 50% de los pacientes que rechazan el EMG convencional lo hacen antes de empezar la exploración. El fenómeno es conocido en otros centros; Shook et al hacen referencia a un abandono de la exploración del EMG convencional por parte de 194 pacientes de un total de 5031 investigados en su institución (Shook SJ, Shields R. Patients who quit their electrodiagnostic examination: Characteristics and implications. Clínical Neurophysiology 2008; 119: 63). El consentimiento informado está definido en la Ley General de Sanidad (España). La Ley de Galicia 3/2001, de 28 de mayo, define el consentimiento informado como la conformidad expresa del paciente, manifestada por escrito, previa obtención de la información adecuada, para la realización de un procedimiento diagnóstico o terapéutico que afecte a su persona y que comporte riesgos importantes, notorios o considerables. Éste no es el caso de las exploraciones neurofisiológicas. El que se exija una manifestación por escrito del consentimiento informado en el caso de una actividad médica de riesgo es un requisito sólo a efectos de esta ley, y no tiene utilidad diagnóstica, ni terapéutica, ni como prognosis. El paciente debe consentir la exploración neurofisiológica antes de llevarla a cabo, de modo que debe existir, como en todo acto médico, un consentimiento informado como parte del contrato verbal entre médico y paciente. De este modo se cumplirá uno de los requisitos para que sea efectivo el contrato tácito entre médico y paciente.

Los requisitos de este contrato son el consentimiento y la conformidad de voluntades entre contrarios, es decir, la oferta y aceptación de la relación contractual en función de la existencia de un objeto y una causa para el establecimiento de tal contrato. Los profesionales sanitarios tienen el deber ético de evitar el mal y no dañar, actuar con justicia y sin discriminación, buscar el bien de los pacientes y respetar su autonomía, su voluntad y sus decisiones. El consentimiento informado se basa en estos preceptos. Por tanto, la información que se otorgue al paciente debe incluir datos acerca de la relación entre el riesgo y el beneficio de la exploración, así como sobre alternativas a la exploración, incluida la posibilidad de la denegación voluntaria de la asistencia médica por el paciente (con la excepción de que conlleve riesgo para la salud pública, porque, según las leyes vigentes en España, el derecho a la vida suele prevalecer sobre el derecho a la libertad). En el caso de la exploración neurofisiológica es suficiente con un consentimiento informado verbal, dada la poca peligrosidad de las exploraciones llevadas a cabo.

Por norma el documento del consentimiento debe incluir las siguientes partes: un preámbulo que incluya el nombre del paciente; un cuerpo con la información técnica sobre la relación entre el riesgo y el beneficio de la exploración y las alternativas, y un apartado donde conste la aceptación. De acuerdo con la ley debe contar además con la identificación del centro, del procedimiento médico, del paciente o representante y del médico que informa del consentimiento; debe contar con una declaración de revocabilidad del consentimiento, con el lugar y fecha del consentimiento, y con la firma de las partes. Además debe constar una declaración según la cual el paciente comprende el documento y que conserva una copia del mismo.

A continuación se presenta un modelo de consentimiento informado por escrito para el caso del EMG de fibra simple, como ejemplo:

Sección de Neurofisiología Clínica del Complejo Hospitalario de Pontevedra. Documento para el consentimiento informado (ley de Galicia 3/2001, de 28 de mayo) Paciente: ………………………………………………………………………………………. Información: usted va a someterse a una prueba de electromiografía de fibra simple, solicitada por su médico, que ayudará a diagnosticar su enfermedad. Se explorará el funcionamiento de sus músculos, para lo que será necesaria la inserción de un electrodo de aguja estéril, normalmente en la zona de la frente, para detectar las señales eléctricas de sus músculos y así conocer su estado. La inserción de la aguja puede resultar molesta e incluso dolorosa, y la zona puede quedar dolorida unos días y con un pequeño hematoma. La prueba está contraindicada en trastornos importantes de la coagulación, como la hemofilia. En esta exploración no se inyectan sustancias ni se extraen muestras orgánicas. Debe informar al personal sanitario si puede transmitir alguna enfermedad contagiosa (hepatitis, VIH, etc.).

La exploración puede ser cancelada por el paciente en cualquier fase de la misma, aunque, en caso de no completarse hasta el final, la información obtenida hasta entonces puede ser insuficiente. Existe otra prueba médica que puede sustituir a ésta para obtener un resultado similar, que es la medición del "jitter" con electrodo concéntrico, también disponible en esta sección. Consentimiento: manifiesto que he sido informado/a por el dr./dra……………………………. de la sección de neurofisiología clínica y que he comprendido la información proporcionada, tanto de los beneficios como de los riesgos de la prueba, y de las alternativas, que mis dudas han sido contestadas y que conservo copia de este documento, y, por tanto, doy mi consentimiento a los facultativos de la sección de neurofisiología clínica para que me practiquen la técnica electromiográfica indicada para el diagnóstico de mi enfermedad, sabiendo que en cualquier momento puedo revocar mi consentimiento. Firmo ejemplar y copia en Pontevedra, a……… de……………, de 201…… Firma del paciente o representante, Firma del Facultativo por incapacidad o minoría de edad (DNI) En la actualidad en las revistas médicas suelen exigir por sistema que en las investigaciones clínicas con pacientes estos hayan manifestado de antemano y por escrito su consentimiento para participar en dicha investigación, que es un motivo para disponer en esta sección de estos modelos para el consentimiento informado.

NEUROFISIOLOGÍA CLÍNICA, DEFINICIÓN DE LA

ESPECIALIDAD: la neurofisiología clínica es una especialidad médica, que se ocupa de la exploración funcional del sistema nervioso central y periférico mediante el registro y procesamiento de señales bioeléctricas. Sus aplicaciones son clínicas, con fines diagnósticos, pronósticos y con orientación terapéutica. La especialidad en la actualidad incluye tres grupos fundamentales de técnicas para la exploración funcional del sistema nervioso: electroencefalografía, electromiografía (electromiografía+electroneurografía) y potenciales evocados (visuales, auditivos, somatosensoriales, etc.).

NEUROFISIOLOGÍA CLÍNICA, DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DE LA UNIDAD ASISTENCIAL: en España

la unidad asistencial hospitalaria de neurofisiología clínica, o servicio o sección de neurofisiología clínica, es un servicio médico central, es decir, independiente jerárquicamente de ningún otro departamento ni servicio médico, dependiente, en todo caso, de la dirección asistencial del centro hospitalario, algo lógico, debido a la especialización (complejidad) de la neurofisiología clínica, que la independiza desde el punto de vista metodológico y técnico del resto de las especialidades. No obstante, en centros médicos de diversos países las unidades de neurofisiología clínica todavía dependen de otras unidades o departamentos. Englobar a esta unidad en otro departamento o servicio es innecesario, ya que la neurofisiología clínica es una especialidad independiente, y que además presta su servicio a casi todos los demás servicios médicos: traumatología, pediatría, reumatología, rehabilitación, neurología, otorrinolaringología, UCI, medicina interna, oftalmología, atención primaria, etc. y así hasta recibir, antes o después, enfermos provenientes de cualquier servicio médico en la práctica, por lo que no tendría sentido descentralizar la neurofisiología clínica para englobarla en un departamento con algún otro servicio. El servicio o sección de neurofisiología clínica depende jerárquicamente de la dirección médica del centro hospitalario, que a su vez depende de la dirección asistencial y ésta de la gerencia hospitalaria. En este servicio se lleva a cabo la labor propia de la especialidad médica de neurofisiología clínica y en él se atiende a pacientes remitidos desde cualquier servicio médico.

NEUROFISIOLOGÍA CLÍNICA, ESTATUS DEL PERSONAL DE LA

UNIDAD: por la especialización del trabajo en esta unidad, el personal sanitario debe permanecer adscrito a la misma de manera fija, con su plaza en dicha sección.

El personal sanitario no facultativo debe realizar toda su labor profesional y cumplir el horario en la sección de neurofisiología clínica, durante su horario laboral correspondiente, y además, cuando corresponda, en la UCI, en neonatología, etc. Durante la jornada, con frecuencia, surgen necesidades asistenciales imprevistas en la agenda de trabajo diario (pacientes procedentes de urgencias, de la UCI, de Reanimación, de la unidad de corta estancia, del equipo de transplante de órganos, pacientes no citados que acuden a la sección para ser atendidos por motivos diversos, etc.) que implican la necesidad ineludible de la presencia en la sección del personal adscrito al mismo.

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