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Incentivos a la actividad económica de Turismo en Nicaragua (página 8)


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intentado cristalizar el modelo de unidad centroamericana.

A lo largo de la historia se han desarrollado un sinnúmero de intentos por establecer una integración de los países centroamericanos.

1.1. Periodo 1824-1842: Federación Centroamericana Luego de la independencia de los países centroamericanos en 1821, se realiza en enero de 1822 una efímera anexión a México que fracasa rápidamente en 1823. En noviembre de 1824, se realiza una Asamblea General Constituyente promulga una nueva Constitución, y proclama una nueva República: “Federación de Centroamérica”. El primer Congreso Federal se instala en 1825 con la participación de 18 diputados de Guatemala, 9 de El Salvador, 6 de Honduras, 6 de Nicaragua y 2 por Costa Rica. Es electo por este congreso como presidente al liberal salvadoreño Manuel José Arce.

En este periodo, es de tener en cuenta, existen serias diferencias entre la clase política de los diferentes países. Este fue un elemento que socavó el proceso de desarrollo de la Federación de Centroamérica. El autor Alberto Ramírez señala acerca de este periodo: “se abre un proceso muy conflictivo de luchas intestinas entre liberales y conservadores-comerciantes-iglesia católica, presiones muy fuertes del imperialismo ingles, serios problemas económicos…”.355 Todos estos factores fueron los que determinaron que en 1839 feneciera el proyecto de federativo, el cual encontró su fin concluyente en 1842 355 RAMÍREZ,Alberto “¿Hacia donde nos conduce la integración y el TLC con EE.UU.?” Revista de Centroamérica, número 8, enero 2005. Pág. 04.

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con la ejecución del hondureño Francisco Morazán su más ferviente impulsador. El valor de este intento es innegable, al constituir uno de los intentos más serios por agrupar a estos cinco países en una sola nación. Luego del fracaso, se produce en 1856 una importante unidad militar de los ejércitos de los países centroamericanos a fin de luchar en contra de los ejércitos filibusteros de William Walter; quien finalmente es vencido, capturado y ejecutado. A pesar del éxito de esta unidad militar táctica no se impulsa el proyecto hacia la consecución de la unidad política y económica. 1.2. Periodo 1895-1921: Esfuerzos Aislados de unidad en Centroamérica En este periodo se dan varios intentos de propiciar la integración centroamericana. Algunos de estos proyectos incluso no abarcan a todos los países que conforman Centroamérica, sino que sus impulsores eran una parte de estas naciones. Uno de estos intentos fue el Pacto de Ampala firmado el 20 de junio de 1895, constituido por los países de El Salvador, Honduras y Nicaragua formando la llamada “República Mayor de Centroamérica”. Esta República contó con una Asamblea Constituyente y un Presidente. El impulso de este proyecto se dio desde Nicaragua, el que fue dirigido por José Santos Zelaya artífice de la “revolución liberal” que modernizó el país. Es destacar que Zelaya utilizó la intervención militar en varias ocasiones en Honduras y El Salvador para lograr imponer su proyecto integracionista; el cual se disolvió finalmente en 1898. En 1921 se proclamó la República Federal formada por Guatemala, El Salvador y Honduras, que fue conocido como la República Tripartita que promulgo su propia Constitución, así como su bandera y escudo. 1.3. Periodo 1960-1979: Mercado Común Centroamericano Este mercado fue integrado en 1960 por cuatro países centroamericanos (Guatemala, El Salvador, Honduras y Nicaragua), uniéndose posteriormente Costa Rica en 1963. Este proyecto constituía una unión económica que establecía una zona de libre comercio. Así mismo los países crearon incentivos fiscales a las nuevas industrias; de igual forma se crearon nuevas instituciones regionales como la Secretaria del Tratado de Integración Centroamericana (SIECA), el Banco Centroamericano de Integración Económica (BICIE), el Consejo Monetario (CM), la Cámara de Compensación Centroamericana (CCCA); algunas de

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estas aún perviven en la actualidad con las obvias modificaciones que se hicieron posteriormente con la creación del Sistema de Integración Centroamérica (SICA).

Acerca de este periodo se da “en el marco del ciclo largo de la economía capitalista de posguerra de los años 1940-1970 caracterizado por la expansión y altas tasas de crecimiento, es por ello que tiene un éxito relativo”.356 Uno de los organismos internacionales que potenció este proyecto fue la Comisión Económica para América Latina (CEPAL), el cual fue denominado como “Modelo de sustitución de Importaciones”; y cuyo objetivo era que las naciones de Centroamérica pudiesen enfrentar el intercambio comercial desigual que se presenta entre los países desarrollados y nuestros países en vías de desarrollo; la aplicación de este modelo conllevó en el área centroamericana un relativo desarrollo industrial teniendo su impacto más importante en el sector manufacturero. En el periodo de 1961 a 1969 el comercio interregional se multiplicó por siete, así como el crecimiento económico global era de un 6% en el Producto Interno Bruto (PIB) como promedio en los países del MCCA.

La meta principal de este modelo fue lograr el “Desarrollo Equilibrado” de los países de la región. Esta meta y la integración realmente iban de la mano. Así el desarrollo equilibrado se aceptaba como un concepto que explicaba la correlación e interdependencia entre la magnitud del esfuerzo y los recursos que un país aportaba al programa de integración, en comparación con los beneficios y ventajas que deriva en su condición de socio del mismo. Es decir existía una relación Costo-Beneficio con respecto al proceso de integración. Así: “Un país puede aportar al programa: su mercado, su financiamiento a las instituciones de integración, su crédito internacional, su sacrificio fiscal para acoplarse a una política común, cesión limitada de soberanía, etc., y espera estructura productiva, en el financiamiento que recibe para sus programas de desarrollo y beneficios en sus relaciones económicas internacionales por la actuación coordinada del bloque integrado.”357 Este “Desarrollo Equilibrado” se planteaba solamente podía obtenerse por medio de un esfuerzo común, en el plano práctico, para la reestructuración del esquema en que se desarrollaban las economías. Así lo planteaban: “(…) se vuelve imperativo establecer el puente que realice la convergencia entre el imperfecto esquema actual, con su diversidad de situaciones nacionales, 356 357 IBIDEM, Pág. 05 COMITÉ DE ALTO NIVEL PARA ELPERFECCIONAMIENTO Y LA REESTRUCTURACIÓN DEL MERCADO COMÚN CENTROAMERICANO “Lineamientos Básicos Sobre el Tema del Desarrollo Equilibrado (Representación de Guatemala ante el CAN” Acta del Octavo Periodo de sesiones del 18 al 20 de noviembre de 1974. Tomado de Revista de Integración Centroamericana. Número 16. Noviembre de 1975. Tegucigalpa, Honduras. Pág. 157

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y el proyectado; pero cuidando que la transición sea de tal manera armónica, que no ponga en peligro ni los objetivos nacionales ni los de la integración futura.” 358

Este modelo entró en crisis en 1979 por la revolución nicaragüense. Aparte de esto, el contexto económico internacional ya para 1980 era un factor que tendía al debilitamiento de este modelo, se señala que “Después de 1980. Centroamérica enfrentó un contexto externo en deterioro que se caracterizaba por precios del petróleo mas altos, altas tasas mundiales de interés real y precios deprimidos de las exportaciones tradicionales de productos básicos, tales como el café y plátanos”. Aún así, durante la década de los años 80, se suscribieron tratado importantes: Acuerdo de Luxemburgo entre Centroamérica y la Comunidad Europea, el Plan Especial de Cooperación de las Naciones Unidas para Centroamérica, y el Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.359

Todos estos factores condujeron al déficit fiscal y el consecuente endeudamiento externo que propició la caída del producto per capita. Phillip Brock en su obra señala que ya en 1986 el comercio intrarregional había caído más del 60% en comparación a 1980, es decir se había reducido para aquella fecha en 1,339 millones de dólares.360

1.4. Periodo 1990-2006: Situación Actual de la Integración Centroamericana En la década de los 90 los procesos de integración económica regional, comienzan a ser un elemento de importancia económica relevante, no solo en Centroamérica, sino también en América Latina y el mundo. Un proceso que ha comenzado a ser promovido por los países mas desarrollados, al norte Estados Unidos (NAFTA, CAFTA, ALCA), y al sur por Brasil y Argentina (MERCOSUR). Es en esta década que: “Todos los países vivieron intensos proceso de apertura económica que incluyeron la rebaja de aranceles, la supresión de las restricciones no arancelarias, la adhesión al GATT, el fortalecimiento del MCCA y la apertura a la inversión extranjera directa.”361 358 COMITÉ DE ALTO NIVEL PARA ELPERFECCIONAMIENTO Y LA REESTRUCTURACIÓN DEL MERCADO COMÚN CENTROAMERICANO “Puntos de vista de El Salvador sobre el Desarrollo Equilibrado Regional” Acta del Octavo Periodo de sesiones del 18 al 20 de noviembre de 1974. Tomado de Revista de Integración Centroamericana. Número 16. Noviembre de 1975. Tegucigalpa, Honduras. Pág. 167 359 360 361

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Esta transición queda clara si tenemos en cuenta que: “Golpeado por las secuelas de los conflictos armados intestinos y la crisis de la deuda externa, el MCCA se desmoronó en el transcurso de la década de los ochenta. Con la restauración de la paz, los signatarios se dieron a la tarea d revivir el MCCA. Se acordó un nuevo AEC y se ratificó el principio de libre comercio entre los cinco Estados miembros. Como resultado, la participación del comercio intrarregional dentro del intercambio total que anotan estos países con el exterior ha experimentado un repunte”362

Nicaragua estuvo involucrada activamente en este proceso, que se caracterizó por una relación no siempre armoniosa entre lo regional y lo nacional. Entonces estos esfuerzos para establecer un AEC, han sido socavados por varias situaciones, dentro de las mas relevantes podemos mencionar: primero, que cada país puede negociar excepciones al AEC; segundo, que dentro del marco de la OMC cada país ha consolidado su arancel a tasas diferentes; tercero, que los países andan en forma individual en procura de acuerdo de libre comercios con terceros; cuarto, grupos de países dentro del MCCA están abogando por la formación de “clubes exclusivos” ejemplo de ello es el acuerdo Nicaragua-Honduras para la unificación aduanera.363

Las iniciativas en pro de la unión centroamericana entonces, se han tomado exclusivamente en los “marcos” y se han desestimado las “políticas “como tal. Pareciese que se ha perdido la perspectiva estratégica de la integración económica regional. Se debe entonces buscar el correcto cause de la integración pues: “En la medida que los países centroamericanos, además de mejorar sus propios “marcos” mejoren su complementariedad productiva, tecnológica y comercial, su competitividad y su capacidad de negociación conjunta ante los demás países, a fin de aprovechar los “marcos” de libre comercio continental e internacional.”364

Una nueva realidad, es que los países centroamericanos a partir de esta realidad mundial, acordaron en la pasada década acelerar la integración económica, sobre todo porque las potencias económicas como Estados Unidos y la propia Unión Europea, exigen como requisito primordial la unidad Centroamérica como zona económica de cara a la firma de acuerdos de libre comercio.

Este proceso se ha acelerado aún más en el nuevo milenio, a partir del 2002, cuando se establece como realidad la firma del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica y Estados Unidos (CAFTA, por sus 362 363 364 AGOSÍN, “Globalización, liberalización…” Op. Cit. Pág. 12 ÍDEM. SOLÓRZANO, Op. Cit. Pág. 28

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siglas en inglés). A partir de ese año se inició por parte de los países centroamericanos un proceso de adaptar sus legislaciones económicas en función de dicho tratado.

Haroldo Rodas, en ese momento secretario del SICA, señala: “el objetivo del proceso de económica centroamericana definido en el Protocolo de Guatemala es el de la Comunidad Económica… el mismo se conseguirá a través de un proceso gradual y por etapas. Actualmente, los presidentes de los países de la región han definido como meta para el 31 de diciembre de 2003 alcanzar la unión aduanera”.365 Se plantea entonces, conseguir en un periodo relativamente corto, un sinnúmero de objetivos y tareas de cara a la vigencia del CAFTA.

Como conclusión podemos aseverar primero que: “El aceleramiento de la apertura en los ámbitos regional y nacional, fue mas resultado de las políticas macroeconómicas internas de los países y de sus compromisos con dichos organismos financieros internacionales, que el resultado de los compromisos comerciales en la Ronda de Uruguay y la OMC (…) La integración centroamericana se ha ampliado formalmente en el ámbito político y socia, para hacerla mas completa, pero irónicamente se ha debilitado en el ámbito económico y tecnológico y en la capacidad de acción conjunta.”366 Y en segundo lugar que aunque Centroamérica ha negociado en conjunto tratados importantes como el CAFTA-DR; la integración regional propiamente dicho aún es un anhelo. Es decir que “Sigue pendiente, pues, la construcción de una visión común de una Centroamérica unida, cuyo núcleo lo constituye un mercado común operante. Esto supone una cesión de prerrogativas de cada país, para lo cual no se observa todavía la voluntad política indispensable.” 367

2.- Incentivos en el modelo de Desarrollo Regional Centroamericano La atracción de la Inversión Externa o Inversión Extranjera Directa según es llamada por algunos autores, se ha convertido en uno de los objetivos fundamentales de los gobiernos de los países centroamericanos de las últimas décadas, esto, obedeciendo a los lineamientos de las políticas económicas o estrategias para el desarrollo planteadas por los actores de la economía mundial, paquete de medidas económicas que en su mayoría han sido derivadas del denominado “Consenso de Washington”. Esto queda claro al afirmar que: “Hay evidencia pues de que la IED está comenzando a repuntar en el conjunto de la región. Si los países 365 366 367 Semanario “Tiempos del Mundo” # 52. Semana del 26 de diciembre del 2002 al primero de enero del 2003. SOLÓRZANO, Op. Cit. Pág. 27 AGOSÍN, “Globalización, liberalización…” Op. Cit. Pág. 14

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son capaces de mantener las condiciones actualmente favorable para los inversionistas, es probable que Centroamérica sea testigo de la afluencia considerable de flujos de IED en el futuro próximo.”368

Para tal efecto es necesaria la Integración Regional como medio para alcanzar un “mejor acceso a los mercados mundiales de capital”, esto en base a la teoría que apuesta a un crecimiento económico en base a las inversiones dejando atrás la idea del crecimiento a base de productos. Este desarrollo se conseguirá -de acuerdo al documento antes citado-, por medio de la creación de los “Cluster” o conglomerados los cuales son en palabras de PORTER: “concentraciones geográficas de empresas e instituciones interconectadas de un ámbito determinado”. Para lograr la inversión –plantean-, es necesario desarrollar cuatro núcleos principales; El turismo, la agroindustria de alto valor agregado, textiles y vestuarios y la manufactura de piezas electrónicas y prestación de servicios informáticos. Como consecuencia de estas recomendaciones se han visto a los gobiernos de la zona emprender acciones para propiciar el desarrollo de estas industrias.

2.1. Competencia Tributaria Internacional Como se ha mencionado, es la atracción de Inversión Extranjera Directa el pilara fundamental del desarrollo de estos “clusters” pues se tiene como principio que: “Si quieren (los países centroamericanos) incursionar agresivamente en los mercados externos y promover un cambio sustancial en el patrón de ventajas comparativas, los países de la región tendrán que implementar un paquete de medidas que incluya incentivos apropiados y bien diseñados a las exportaciones.”369

Esta premisa provoca una degeneración interna en Centroamérica, pues en vez de llegar a un consenso con respecto a las medidas de incentivos en la región, cada país ha buscado posicionar mejor su “paquete de incentivos” que sus vecinos. Al contar unos países con respecto a otros de similares condiciones, con diferentes políticas de incentivos fiscales orientadas a la atracción de la inversión extranjera, se instaura de forma natural una competencia internacional Tributaria, (o también llamada “guerra de incentivos”) en la cual unos países ofertan mayores beneficios que otros, por lo que el esfuerzo de uno se ve disminuido o anulado, todos con el objetivo de influir en la localización de inversiones.

Lo importante a destacar, es lo nocivo en que esta competencia o guerra se puede convertir, ya que, el otorgamiento de beneficios fiscales de forma excesiva causa indiscutiblemente un deterioro de la finanzas 368 369 IBIDEM,Pág. 16 IBIDEM,Pág. 24

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del Estado, debido a la reducción significativa de sus ingresos; sobre todo ante la necesidad de aumentar la recaudación fiscal que cubra el déficit fiscal que caracteriza nuestra economía en particular y la de los países en vías de desarrollo en general.

Otro aspecto que debemos de tomar en cuenta es lo debatible de la voluntad de los países para otorgar incentivos tributarios, en países en los cuales el déficit fiscal es grande y por ende la necesidad de aumentar las recaudaciones es mayor, otorgar incentivos que golpeen los ingresos del Estado es una medida desesperada en busca del desarrollo, que al cabo es tomada por la necesidad de competir u ofrecer similares condiciones a los inversionistas con respecto a los países vecinos. Al respecto AVI-YONAH explica: “(…) Así, se podría decir que, dada la necesidad de recaudar impuestos, en general los países en desarrollo preferirían no otorgar incentivos tributarios, si sólo se les pudiera garantizar que los demás países en desarrollo tampoco los otorgarían… El problema de la competencia de esta índole es esencialmente uno de coordinación y confianza. Cada jurisdicción preferiría gravar a los inversionistas extranjeros con el fin de obtener ingresos, pero teme que al hacerlo los empujará a otras jurisdicciones donde no estén sujetos a impuestos. Si hubiera una manera de coordinar medidas entre jurisdicciones, todas podrían obtener ingresos adicionales sin correr el riesgo de perder inversión (…)” 370

Las recomendaciones que automáticamente se generan para tratar el problema son de gran sencillez de simple deducción, puesto que si existe la voluntad en todos los países inmiscuidos en las medidas para la atracción de inversiones, de recaudar los impuestos frutos de estas, la clave para encontrar una solución al problema de la competencia tributaria es atacarlo desde un “frente multilateral amplio”, tal y como lo menciona AVI YONAH. , para, de esta manera competir con otros elementos que no resulten nocivos para las economías de estos países, elementos tales como las riquezas naturales, la estabilidad política, la solidez financiera, etc.

La región centroamericana en conjunto cuenta con antecedentes referidos al tema específico de los incentivos tributarios aunque dirigidos al desarrollo industrial. En Julio de 1962, los países centroamericanos firmaron el “Convenio Centroamericano de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial” el cual se normaba los beneficios que los países partes ofrecían a las industrias que pretendían instalarse en los cualquiera de los mismos, y su objetivo era conseguir homologar las legislaciones para no competir 370 AVI-YONAH, Reuven S. “Globalización y competencia tributaria: implicaciones para los países en desarrollo” Revista de la CEPAL. # 74 Agosto 2001. Pág. 05

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entre sí. Los objetivos planteados por esta legislación consideramos que hoy más que antes son vigentes, puesto que los beneficios que los estados ofertan a los inversionistas extranjeros pueden de alguna manera convertirse en fuentes de corrupción. La explicación de esta afirmación se encuentra en la situación en la cual, el inversionista puede utilizar el incentivo que otro país brinda como instrumento para “negociar” (infringiendo la Ley) con el funcionario designado, para la obtención de determinado beneficio ilegal, bajo la amenaza que de no obtenerlo dirigirá su inversión al otro país que le ofrece un mejor incentivo, y así el funcionario muchas veces de buena o mala fe, buscará la forma de retener la inversión.

El caso del Mercado Común Centroamericano y del Convenio Centroamericano de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial es de estudio elemental, y de especial importancia para la comprensión de la presente obra, por lo que procedemos a ampliarlo.

2.2. Convenio Centroamericano de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial

2.2.1 Armonización Tributaria y Competencia de Incentivos a la Industria en Centroamérica. Durante la década de los 60 y parte de los 70; Centroamérica atravesó por una provechosa etapa de desarrollo económico fruto del auge industrial. Este auge industrial condujo a los países de la región a beneficiar a los inversionistas con un sinnúmero de incentivos fiscales. Se crearon distintas calificaciones de empresas manufactureras: industrias nacientes, industrias existentes, industrias básicas, necesarias o convenientes371. El grado de discrecionalidad para conceder los incentivos era muy grande. Además todas las leyes de fomento industrial de los países centroamericanos aseguraban que la competitividad de los productos nacionales no fuera dañada por las exenciones fiscales que gozaban otros empresarios del MCCA.

En este contexto, a principio de la década de los años 60, la Misión Conjunta de Programación Económica Centroamericana planteó la necesidad de armonizar los sistemas tributarios de los países de la región. A pesar de esto, a mediados de los años 70 aún se discutía el carácter de fondo que debía tener esta armonización tributaria, que los negociantes definieron así: “(…) en el proceso de reestructuración del Mercado Común, es de suma importancia armonizar los sistemas tributarios de los países miembros, con el propósito de corregir las distorsiones que pueden producir los impuestos: a) en las estructuras de 371 CLARK, Joel “Tax incentives in Central America Development” Enero, 1971 contenido en Economic development and Cultural Change Vol. XIX. # 2. citado por CEPAL Op. Cit. Pág. 144

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precios relativos de los productos que se intercambian; b) en la localización de las inversiones; y c) en los flujos de rentas que las inversiones generen.” 372 Con respecto al objetivo a), es manifiesta la necesidad de armonizar la forma en que se estructuran los impuestos que afecten el consumo, a fin de que se apliquen de acuerdo con el principio de imposición que se adopte a nivel regional. Con respecto a los acápites b) y c), de importancia para nuestro estudio, se menciona que: “(…) se pone en evidencia por el tratamiento impositivo que se aplica a las utilidades e ingresos de las empresas, por lo que es conveniente asegurar una neutralidad a fin de que las decisiones para invertir en uno u otro país, estén determinadas por las diferencias reales en los costos y en las tasas de rentabilidad y no por aquellas que resulten de la aplicación de los impuestos. Eliminar esas distorsiones es fundamental para los recursos económicos se localicen dentro de la región, según sus usos mas productivos.”373

La Comisión de Alto Nivel, tomando en cuenta las anteriores apreciaciones y en busca de echar andar la armonización termina señalando como sus objetivos claves: 374 Eliminar las distorsiones creadas por el componente tributario en la estructura de precios relativos y en las relaciones de competencia en escala regional. Facilitar el flujo de rentas y de capitales entre los países miembros, evitando la doble imposición y los tratamientos discriminatorios; y Perfeccionar los instrumentos tributarios con el propósito de aumentar su eficacia en el cumplimiento de la función preponderante que se le asigne, ya sea ésta fiscal o económica y establecer prácticas y procedimientos administrativos uniformes para la aplicación de los impuestos al consumo y a las utilidades.

Con respecto a los Incentivos en particular, en 1962 se suscribió el Convenio Centroamericano de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial, su objetivo básico era uniformar los incentivos a fin de evitar disparidades ratifícales en las condiciones de oferta de los productos manufacturados, así como evitar desviaciones ratifícales de las inversiones hacia los países que otorgaban incentivos mayores, así como “racionalizar el sacrificio fiscal que es inherente a toda política de fomento mediante exoneraciones tributarias.”375 O sea, que la armonización de los incentivos fue uno de los objetivos de los órganos de 372 COMITÉ DE ALTO NIVEL SOBREARMONIZACIÓNTRIBUTARIA,“Consenso del Comité de Alto Nivel sobre Armonización Tributaria” Tomado de la Revista de Integración Centroamericana. Número 13. Abril 1975. Tegucigalpa, Honduras. Pág. 75 373 374 375

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integración, que veían en dicha armonización una necesidad pues “(…) Aún cuando los incentivos fiscales no participan propiamente en ninguna de las etapas del proceso (de armonización tributaria), debe señalarse que la posibilidad de lograr una armonización real no meramente formal de estos instrumentos, requiere como condición el que haya producido previamente la respectiva armonización de los sistemas impositivos, respecto de los cuales, el otorgamiento de aquellos constituye una situación de excepción.” 376

El Comité de Alto nivel situaba a la armonización de fondo misma, como un elemento primordial y condicional para la armonización particular de los incentivos fiscales; pues de lo contrario dicha armonización sería “meramente formal; o sea que no se daría solución a los verdaderos problemas de fondo que surgen de la discrepancia reales existentes en los sistemas tributarios respecto de los cuales los incentivos constituyen un instrumento accesorio.” 377

En realidad este temor ya manifestado con anterioridad fue lo que en la práctica sucedió, pues aún con la firma del convenio a principios de la década de los 60, la entrada en vigencia de éste fue pospuesta por los países hasta 1969. Peor aún, la realidad es que en los hechos nunca llego aplicarse. Todo lo contrario, las medidas de transición hacia el nuevo régimen adoptadas por los gobiernos del área significaron en los hechos, la ampliación de los plazos de vigencia de las exoneraciones e incluso la ampliación particular para algunas empresas. Entre las estipulaciones nacionales, y las transicionales hacia el convenio centroamericano, algunas empresas obtuvieron hasta 27 años de vacaciones fiscales. La causa principal de esta situación, según la SIECA fue la interpretación y aplicación de las leyes nacionales y transicionales al convenio con una liberalidad excesiva.

En el periodo de transición, 1962-1969 se observa un actuar contradictorio al espíritu de convenio por parte de los gobiernos de los países centroamericanos, pues con la entrada en vigencia a la vista (1969) la administración pública se dedicó a otorgar incentivos de manera exagerada, a fin de atraer la mayor cantidad de inversión posible antes de realizar la homologación de dichas medidas a nivel centroamericano. Sobre las consecuencias de este comportamiento señala la SIECA: “(…) ha conducido en la práctica a una equiparación de beneficios en sus niveles más altos, y a que se hayan visto afectados de manera significativa por esa vía los ingresos fiscales de todos los países centroamericanos; hayan 376 377 COMITÉ DE ALTO NIVEL SOBREARMONIZACIÓNTRIBUTARIA,“Addendúm al Consenso…” Op. Cit. Pág. 87 IBIDEM. Pág. 87 y 88.

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aumentado en el área las posibilidades de duplicación de inversiones y se hayan creado, acaso, condiciones artificiales en la localización industrial.”378

En términos generales se estaba creando una base productiva sin bases reales de competitividad, que básicamente se apoyaba en mecanismo de exoneraciones fiscales. Síntomas de estas debilidades fueron el establecimiento de empresas del mismo giro en un mercado reducido como el nuestro. En su momento la CEPAL sugirió la revisión del Convenio Centroamericano, así como la inclusión de una fuerte normativa de control y sanción; y más aún, una reglamentación estricta del periodo de transición.

El fracaso de dicho instrumento se debió a la falta de voluntad política primero para llevar a cabo la meta global de armonización fiscal; y en segundo, a la competencia por atraer con mayores incentivos a los inversionistas. Esta situación fue tan evidente, que en junio de 1974 el Comité de Alto Nivel declaraba: “(…) el actual Convenio Centroamericano de Incentivos Fiscales ya no responde adecuadamente a la evolución que ha alcanzado dicho sector. Así mismo, consideró que una nueva política arancelaria común no seria sustitutiva de una política de fomento a las actividades manufactureras, sino que esta materia debería ser parte de un esquema integral de política industrial.” 379 Mas negativo aún, es que ante este fracaso, el Comité estipula como medida supletoria: “Utilizar los incentivos fiscales en el grado y alcance que se considere conveniente, como instrumento complementario de las demás políticas de promoción y estímulo de las actividades industriales, y en conjunción y congruencia con todas y cada una de tales políticas, en especial con la arancelaria y la tributaria.”380

2.2.2 El Coste Fiscal de la Competencia de Incentivos. El proceso anteriormente descrito tuvo un serio impacto en los ingresos de cada uno de los Estados centroamericanos, y de la región en su conjunto. Esto se puede observar por una simple comparación del coste fiscal de periodos.

Así en el periodo comprendido 952-1959 la SIECA estimaba que los países centroamericanos habían concedido un total de 395 concesiones fiscales. Una vez que se inicia el proceso de integración, estas 378 379 SIECA, Op. Cit. Pág. 144. COMITÉ DE ALTO NIVEL SOBREARMONIZACIÓNTRIBUTARIA,“Consenso del Comité de Alto Nivel sobre los lineamientos que deberían orientar la utilización de los Incentivos Fiscales como instrumento del Desarrollo Industrial Integrado” Tomado de la Revista de Integración Centroamericana. Número 13. Abril 1975. Tegucigalpa, Honduras. Pág. 93 380

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concesiones fiscales se dispararon, ya que entre 1960 y 1969 se otorgaron 2,779 exenciones fiscales, que beneficiaron en términos generales a las empresas grandes que operaban en la región ya para 1968.381

El principal aliciente fiscal aplicado en este periodo estaba referido a la exoneración del impuesto sobre la renta y de los aranceles de importación. Las exoneraciones de los aranceles de importación, constituyeron el 23% de lo recaudado en dicho periodo, alcanzando los 264 millones de dólares.

Con respecto a las exoneraciones al impuesto sobre la renta no se cuenta con un estudio profundo de su coste fiscal. Empero, sí se puede afirmar que en este periodo: “Los ingresos por impuestos directos aumentaron su importancia relativa durante los años sesenta. Muy poco de este incremento se originó en el sector industrial; las evidencias disponibles sugieren que el impuesto sobre la renta pagado por el sector industrial promedió mucho menos del 1% del producto industrial total, o, aproximadamente el 4.6% de las utilidades”.

Esto en los hechos significó que fue desperdiciada la posibilidad de sacar provecho del rápido crecimiento del sector industrial, lo que hubiese apuntado al alivio de las dificultades fiscales; y que degeneró finalmente en la concesión indiscriminada de incentivos fiscales, lo que sumó a una deficiente administración tributaria y una evasión a gran escala.382

Ahora bien, los incentivos deben además de las condiciones ya mencionadas, mantener una vida útil en el contexto nacional, lo que ya ha sido recalcado; y que en el caso del caso de los incentivos a la industria la SIECA señaló: “después de superada la etapa industrial inicial, no parece tener justificación que se mantenga en toda su diversidad y magnitud los incentivos fiscales”.383

Ante lo expuesto en los dos epígrafes anteriores, la CEPAL señala dos aspectos: “El primero, que no existe una convergencia o una política común centroamericana en materia de incentivos fiscales. Los gobiernos están metidos en una carrera de otorgamiento de incentivos que expande el costo fiscal para cada país centroamericano. Los riesgos de alentar inversiones espurias, sostenidas principalmente por las exoneraciones fiscales, son grandes. Además, a través de esas concesiones se generan abrigos fiscales que no sólo reducen la base tributaria sino que también sirven para prácticas de elusión y evasión de las 381 382 383 SIECA, Op. Cit. Pág. 97 citado por CEPAL, Op. Cit. Pág. 145 CEPAL, Op. Cit. Pág. 144 SIECA, Op. Cit.

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obligaciones fiscales. (…) Por otro lado, la disparidad de incentivos fiscales quebranta una de las bases fundamentales para el funcionamiento de una zona económica común (…)”.384 Una política con estas características tan nocivas, solo conduce a la región centroamericana al padecimiento de permanentes insuficiencias fiscales, generando un marco macroeconómico inadecuado para el crecimiento económico y una carencia de bienes públicos indispensables para propinar la actividad productiva.

2.3. Perspectiva centroamericana con respecto al Turismo En la actualidad –como se apuntó a lo largo de la presente obra- , el turismo figura como una de las actividades económicas de mayor utilización para el desarrollo de los países. Esto ha abierto las puertas a que las inversiones en esta actividad y la actividad misma sean beneficiadas con incentivos.

En la actualidad los países centroamericanos sin excepción poseen normativas de fomento para esta actividad económica; esto hace procedente el reflexionar acerca de la necesidad de evitar a toda costa otra “guerra de incentivos”, como la acaecida en la década de los años 60 y 70 con respecto a la industria. Al respecto haremos algunas consideraciones.

El área centroamericana como se ha señalado, posee elementos culturales, ascendencia, cultura e idioma común; la situación geográfica hace que nuestros países posean un basto repertorio de bellezas naturales; esto es una característica sui generis del turismo como actividad económica; pues las demás industrias no toman en cuenta estos aspectos al momento de establecerse en una región geográfica en particular, atendiendo otros factores como los salarios, las vías de comunicación, etc. En este sentido se hace menester señalar, que ante el no acuerdo de los gobiernos para la unificación de las normativas turísticas de fomento; los empresarios como tal si muestran una unidad que les permite explotar los recursos centroamericanos sin distingo de fronteras. Un ejemplo marcado de ello, es que las empresas turísticas de Costa Rica ofrecen destinos turísticos nicaragüenses en sus paquetes, con lo que le garantizan mayor plusvalía al viaje del turista, y así ampliar su demanda, lo que en los hechos atrae mayor turismo al vecino país. La existencia de acuerdo entre países podría apuntar a la creación de una “oferta turística centroamericana” que garantice un desarrollo equitativo en el área.

Por otro lado, las bellezas naturales deben ser bien explotadas por los Estados de la región; recurso que junto al desarrollo infraestructural deben de ser utilizados como el factor preponderante para la atracción 384 CEPAL, Op. Cit. Pág. 151

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de la inversión, desplazando a los incentivos a un menor grado de influencia en el comportamiento del inversionista. Ya con respecto al régimen de incentivos para la actividad industrial (maquila), se ha señalado mas profundamente esta indicación; recomendando tareas que igualmente deben ser compatibilizadas con el régimen correspondiente a la actividad económica del turismo; las mas necesarias son: “(…) La armonización, también para le conjunto de la región, de las exenciones sobre el impuesto a la renta, incluido un acuerdo acerca del periodo máximo de vigencia de las franquicias; (…) Tratados de doble tributación con Estados Unidos; Programas especiales de capacitación y modernización tecnológica orientados al desarrollo de proveedores eficientes de insumos; Programas de capacitaciones en las escuelas vocacionales y secundarias con el objeto de satisfacer los requerimientos de mano de obra calificada (…)”385

Es ampliamente necesario, que los países centroamericanos homologuen sus normativas de incentivos, pues de lo contrario otra guerra de incentivos haría que al final la explotación de los recursos fuese irracional e infructífera para el Estado mismo. El provecho de la inversión pasa por “(…) la necesidad de cooperación y coordinación entre países a fin de evitar la competencia de incentivos entre países, que genera excesos en el otorgamiento de incentivos y acarrea despilfarro de recursos públicos y distorsiones económicas”.386

Sección II.- DERECHOCOMPARADO

1.- Incentivos al Turismo en las Legislaciones Centroamericanas Las acciones producto del modelo económico definido para Centroamérica se encuentran reflejadas en diversas formas, en el caso específico del turismo se han visto personificadas en leyes creadoras de entes reguladores de la actividad turística y leyes que instauran incentivos fiscales a la industria que los poderes legislativos de cada uno de los países han aprobado; en el Salvador recientemente se creó la Ley de Turismo mediante el decreto Nº 899 , en Costa Rica la Ley de Incentivos para el Desarrollo Turístico (Ley No. 6990); en Nicaragua la Ley de Incentivos para la industria turística de la República de Nicaragua (Ley No. 306) en Honduras la Ley de Incentivos al Turismo (Decreto No. 314-98) y en Guatemala la Ley de que se prevé sea sustituido por la iniciativa de ley Fomento Turístico mediante el Decreto 25-74 presentada recientemente en el poder legislativo. 385 386 AGOSÍN,“Globalización, Liberalización…” Op. Cit. Pág. 23 y 24 CEPAL, Op. Cit. Pág. 164

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En este capítulo se abordarán algunas de estas leyes que los países Centroamericanos han creado referente a los incentivos fiscales para el turismo, esto con la tarea de valorar algunos de los elementos más importantes para luego compararlos con los mismos de la ley nacional. Lo anterior debe de realizarse tomando en cuenta el contexto interno y externo en que cada país se encuentra, para así hacer una evaluación sobre la viabilidad de tomar algunos aspectos de las mismas para futuras reforma a la ley 306 de Nicaragua o desde nuestra perspectiva enfocar de una manera más crítica y amplia el tema de los incentivos. Se ha excluido de este análisis el decreto 25-74 de Guatemala porque este decreto data de 1974 período acerca del cual no poseemos la suficiente información y además por la existencia de la iniciativa de ley mencionada.

1.1. El Salvador En la República del El Salvador la ley denominada “Ley del Turismo”387 es la normativa que establece la posibilidad del otorgamiento de incentivos fiscales al Turismo, esta ley contiene 41 artículos que regulan el otorgamiento de los incentivos, el procedimiento para el otorgamiento y las sanciones por incumplimiento o violación de la ley. Se encuentra vigente desde el 28 de Diciembre del 2005, por lo cual consideramos pertinente el estudio de la misma ya que es de suponer que en el diseño de la misma se analizaron algunas de las experiencias de los países vecinos y quizás nuestra propia ley 306.

Esta ley ofrece a las empresas además de los incentivos fiscales una serie de beneficios orientados a la promoción del Turismo como lo es la inclusión en el catálogo de la oferta turística de El Salvador, Información y respaldo de la Secretaría de Estado ante las diversas oficinas gubernamentales, participación en candidaturas para el otorgamiento de premios y reconocimientos de la industria turística que sean realizados por la Secretaría de Estado y el apoyo de las entidades y organismos gubernamentales o privados en la creación de parques nacionales o áreas naturales protegidas.

Al igual que en nuestro país se crea un “Registro Nacional de Turismo” con el objeto de manejar el control de las empresas dedicadas al turismo y que deseen acogerse a los incentivos y beneficios que la ley otorga, pero además determina algunas obligaciones que las empresas inscritas deben atender, aunque poco significativas. 387 ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LAREPÚBLICA DEEL SALVADOr, “Ley del Turismo” G.D.O. # 237, Tomo # 369, del 20 de diciembre del 2005.

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Por su importancia es necesario señalar, lo específico que es la ley con el tema del control y de las sanciones para evitar infracciones de la misma. Se establece que la institución que vigilará el régimen fiscal de las empresas que se acojan a los incentivos fiscales será el “órgano ejecutivo del ramo de Hacienda” y paralelamente a esto de igual forma se establece que la Secretaría de Estado por medio de sus delegados vigilará y controlará el monto de inversiones efectuadas bajo este régimen. La segunda sección de la ley se refiere a las sanciones y el procedimiento para la aplicación de las mismas. En esta se establecen tres tipos de sanciones: Leves, Graves y Muy graves; dentro de las primeras se menciona el hecho de no comparecer sin causa justificada a las citaciones que les hicieren las instituciones competentes según la ley y realizar actos discriminatorios por razones de género, nacionalidad, etnia, preferencia sexual, religión o cualquier otra particularidad; esta faltas son sancionadas con una multa de veinte salarios mínimos vigentes para la industria en la Ciudad de San Salvador. No informar acerca de la venta o traspaso de activos o acciones y negar u obstaculizar la función supervisora de las autoridades competentes, son consideradas como graves y la sanción es de una multa de treinta salarios mínimos vigentes para la industria en la Ciudad de San Salvador. Como faltas muy graves se clasifican el dar uso diferente al autorizado a los incentivos fiscales y a los bienes que hayan sido importados al amparo de los incentivos de la presente Ley; o no tener debidamente identificados los bienes importados al amparo de la presente Ley como de uso exclusivo para la actividad incentivada, suministrar datos falsos a las entidades u organismos, o no enviar la información que les sea requerida por autoridad competente, falsificar la inscripción en el Registro, cobrar impuestos, derechos u otros tributos en ocasión de la prestación de servicios que no sean los establecidos en las Leyes y estas son penalizadas con cuarenta salarios mínimos vigentes para la industria en la Ciudad de San Salvador. En las disposiciones transitorias de la ley, se estable que por 5 años contados a partir de la vigencia de la ley se otorgarán los incentivos, esto bajo la condición general que el monto de la inversión no sea inferior a cincuenta mil Dólares Americanos (U$ 50000.00). Los incentivos ofrecidos son: Exención del impuesto sobre Transferencia de bienes raíces que afecte la adquisición del inmueble o inmuebles que serán destinados al proyecto. Exención de los derechos e impuestos, incluyendo el Impuesto a la Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de Servicios, en la importación de sus bienes, equipos y accesorios, maquinaria, vehículos,

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aeronaves o embarcaciones para cabotaje y los materiales de construcción para las edificaciones del proyecto. El monto exonerado no podrá ser mayor al 100% del capital propio invertido del proyecto en cuestión.

Exención del pago del Impuesto Sobre la Renta por el período de 10 años, contados a partir del inicio de operaciones.

Exención parcial de los impuestos municipales por el período de 5 años, contados a partir del inicio de operaciones, relativas a las actividades turísticas hasta por un 50% de su valor. Para ello, el interesado presentará al municipio correspondiente su inscripción en el registro turístico, la calificación de proyecto turístico otorgada por Acuerdo Ejecutivo en el Ramo de Turismo y certificación de la declaración de renta presentada al Ministerio de Hacienda.

Para la adquisición de estos incentivos la empresa deberá ser calificada como de Interés Turístico Nacional por medio de Acuerdo Ejecutivo en el Ramo de Turismo y los incentivos podrán ser solicitados solamente una vez, aunque cuando se realicen ampliaciones se podrán solicitar incentivos sobre las mismas.

Algo realmente destacable es que las empresas beneficiadas por esta ley deben de contribuir con el 5% de las ganancias que obtenidas en el período de vigencia de los incentivos, a la promoción del turismo que el gobierno a través de la Corporación Salvadoreña del Turismo (CORSATUR) realizará a lo interno y externo del país.

1.2. Honduras La “Ley de Incentivos al Turismo”388 de Honduras publicada el 23 de Abril de 1999 y reformada mediante el decreto 194 – 2002, publicado el 5 de Junio del 2002, contiene 23 artículos que en conjunto otorgan incentivos fiscales y establecen algunas sanciones por el incumplimiento de los disposiciones del mismo. Tiene vigencia desde el 23 de Abril de 1999. 388 CONGRESONACIONAL DE LA REPÚBLICAHONDURAS, “Ley de Incentivos al Turismo”, G.D.O. del 23 de Abril de 1999.

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A diferencia de la ley Salvadoreña, esta ley se refiere de forma directa a incentivos fiscales principalmente, consecuentemente en el título II, se recogen lo incentivos de forma detallada, que resumimos; Exoneración del Impuesto Sobre la Renta por diez (10) años a partir del inicio de operaciones. Exoneración de todos los impuestos de importación de los bienes y equipos nuevos necesarios para la construcción e inicio de operaciones de los proyectos. Exoneración de todos los impuestos de importación de todo material impreso para promoción o publicidad de los proyectos o del país como destino turístico; Exoneración de todos los impuestos de importación para la reposición por deterioro de los bienes y equipos, durante un período de diez (10) años. Exoneración de todos los impuestos de importación de vehículos automotores nuevos, como: Bus, pick-up, panel, camión y los que adquieran las arrendadoras de vehículos automotores, todos para el uso exclusivo en el giro del negocio. Exoneración del pago de impuestos y demás tributos que cause la importación de aeronaves o embarcaciones nuevas y usadas, para el transporte aéreo, marítimo y fluvial. Exoneración (de forma excepcional) de impuestos de bienes Inmuebles Municipal. Estos incentivos están dirigidos a los proyectos nuevos emprendidos por comerciantes individuales o sociales, con la excepción que el artículo 5, establece al abrir la posibilidad de acogerse a los incentivos (sin incluir la exoneración del impuesto sobre la renta) por proyectos de ampliación o remodelación de empresas ya existentes. La ley es bastante específica dado que establece las actividades comerciales que podrán considerarse con turísticas para los efectos de lo beneficios de la ley, de igual forma establece el procedimiento para la obtención, inclusive determina los documentos requeridos para presentar la solicitud.

1.3. Costa Rica El 30 de Julio de 1985, en Costa Rica se publica y obtiene vigencia la ley Nº 6990, “Ley de Incentivos para el Desarrollo Turístico”389, en la cual como de su nombre se deduce se otorgan una serie de beneficios fiscales a las empresas que incursionan en la industria turística. Esta ley fue reformada de forma explícita por medio de la ley Nº 7293 del 3 de abril de 1992 y por la ley Nº 8114 del 9 de Julio del 389 ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DECOSTARICA. “Ley de Incentivos para el desarrollo turístico”, G.D.O. # 143, del 30 de Julio de 1985.

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2001 e implícitamente por la ley Nº 7509 “Ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles”, publicada en la Gaceta del 9 de Junio de 1995. Por medio de esta ley (6990), se pretende estimular la realización de programas y proyectos de importante magnitud en el sector turismo. Se declara al turismo como de “interés nacional”, declaración que de igual forma es realizada por la ley Nº 306 de nuestro país. Los incentivos que esta ley otorga, son clasificados de acuerdo al giro de la empresa turística, hay un grupo integrado por los incentivos otorgados a las empresas de servicios de Hotelería, otro a las de transporte aéreo internacional y nacional de turistas, a las de transporte acuático de turistas, a las empresas dedicadas al turismo receptivo o agencias de viajes que se dediquen exclusivamente a esta actividad, y los incentivos dirigidos a las empresas de arrendamiento de vehículos a turistas extranjeros y nacionales. Los incentivos otorgados a las empresas del ramo Hotelero son: Exención todos los tributos de importación o compra local de los artículos para el funcionamiento de empresas nuevas o de aquellas que, al estar establecidas, ofrezcan nuevos servicios, así como para la construcción, ampliación o remodelación del respectivo edificio, con excepción de vehículos automotores y combustibles. Depreciación acelerada de los bienes que por su uso y naturaleza se extinguen con mayor rapidez, de conformidad con la Ley del Impuesto sobre la Renta. Concesión de las patentes municipales que requieran las empresas para el desarrollo de sus actividades. Autorización del Banco Central de Costa Rica para que empresas hoteleras costarricenses dedicadas a la atención del turismo internacional, sean contratadas como cajas auxiliares de dicha Institución para la compra de divisas a los turistas extranjeros. Esta ley sufrió una reforma implícita del numeral V del artículo 7, mediante la aprobación de la ley Nº 7509 ley de Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Este numeral establecía la exoneración del impuesto territorial, hasta por un período de seis años a partir de la firma del contrato, a aquellos establecimientos que se instalen fuera de la región metropolitana establecida por el Ministerio de Planificación. Los incentivos otorgados a las empresas de transporte aéreo internacional y nacional de turistas son: Depreciación acelerada, de conformidad con la Ley de Impuesto sobre la Renta.

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Suministro de combustible a un precio competitivo no mayor al promedio establecido en el mercado internacional. Exención de los impuestos de importación de los repuestos necesarios para el correcto funcionamiento de las aeronaves. Los incentivos para las empresas de transporte acuático de turistas son: Exención de todos los impuestos de importación de bienes indispensables para la construcción, ampliación o remodelación de muelles y otros lugares destinados al embarque o desembarque de turistas, así como para la construcción y mantenimiento de marinas, balnearios y acuarios destinados a la atención del turismo, Depreciación acelerada, de conformidad con la Ley de Impuesto sobre la Renta. Exoneración de todos los impuestos, excepto de los derechos arancelarios a la importación cuya tarifa se fija en un veinte por ciento (20%), a la importación o compra local de naves acuáticas destinadas exclusivamente al transporte turístico de pasajeros. Las empresas dedicadas al turismo receptivo o las agencias de viajes que se dediquen exclusivamente a esta actividad serán beneficiadas con: Exoneración de todo tributo y sobre-tasas, excepto de los derechos arancelarios para la importación de vehículos para el transporte colectivo con una capacidad mínima de quince personas.- Si la tarifa del impuesto ad valórem supera el cinco por ciento (5%), se exonerará la obligación tributaria correspondiente a dicho exceso tarifario. Las empresas dedicadas al arrendamiento de vehículos para turistas pueden optar a: Exoneración del cincuenta por ciento (50%) del monto total resultante de aplicar los impuestos vigentes que afecten la importación de los vehículos automotores destinados exclusivamente a arrendarlos a los turistas. En la plena vigencia de la Ley 6990, establecía en el artículo 7, exoneraciones del impuesto sobre ventas, exoneración que fue derogada por medio de la mencionada ley Nº 7293. Costa Rica es el país de la región que mayor desarrollo turístico posee en el istmo centroamericano, así mismo fue la primera nación en el área en establecer una normativa de fomento a la actividad económica del turismo. Actualmente la vecina nación recibe en concepto de turismo mas de 1 billón de dólares, diez veces más que nuestro país.

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El estudio del modelo de fomento costarricense, y más aún la evolución en el tiempo de éste constituye un valioso elemento para el análisis de un régimen de incentivos. 1.3.1 Evolución del Régimen de Incentivos Costarricense. En este acápite nos interesa ilustrar el desarrollo a lo largo del tiempo del régimen de incentivos al turismo, que ha brindado Costa Rica desde mediados de la década de los años 80. La legislación de fomento no ha permanecido monolítica a lo largo de este tiempo, y más bien ha contado con dos grandes modificaciones o reformas, que han obedecido a un planeamiento detallado por parte del Estado de las metas y logros alcanzados; y han procurado la reforma del régimen cuando así lo indica el interés público. Se pueden apreciar etapas en la legislación costarricense, que pueden señalarse según el alcance o beneficios otorgados por las leyes. La etapa de mayor beneficio es la primera, que se materializa a través de la Ley 6990 de 1985, que eximía del pago del impuesto sobre la renta hasta por 12 años a las empresas con contrato turístico; así como brindaba créditos fiscales a las empresas, que aún sin contrato turístico, invirtiesen en las que si lo poseían; este beneficio tenía un límite pues solamente se podía acreditar el 50% de la inversión, siempre y cuando esta cantidad no superase el 25% de la renta bruta. La segunda etapa inicia en 1992 con la ley 7293, la cual eliminó la exención del impuesto sobre la renta para las empresas con contrato turístico, así como el beneficio de crédito fiscal a las empresas de segundo nivel de participación (sin contrato turístico). Obviamente el beneficio quedó vigente para aquellas empresas que hubiesen suscrito el contrato turístico antes de la vigencia de esta ley, obedeciendo el principio de inviolabilidad de los derechos adquiridos. Este recorte obedeció a que la industria estaba alcanzando su techo natural de expansión, haciendo imprescindible la disminución de los incentivos, que a la larga solamente conllevarían una fuerte erosión de ingresos fiscales. La ley deja vigente las exoneraciones sobre impuestos indirectos sobre todo para la compra de insumos; y con respecto al impuesto sobre la renta, sustituye las exenciones por beneficios menos pecuniarios para el Estado, como lo es la depreciación acelerada de activos fijos. Esta evolución etapista de los incentivos, obedece obviamente al desarrollo dialéctico de la misma industria a fomentar, y en el caso del vecino país del sur se puede apreciar claramente como las reformas de la legislación de fomento, están dirigidas a la conservación de los intereses del Estado. Existe una

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conjugación adecuada entre el interés nacional que posee la actividad económica del turismo, y la necesidad del Estado de recaudar los impuestos necesarios para el gasto nacional. Si observamos el recorte de incentivos no es del todo drástico o dramático como se quiere hacer creer, más bien es equilibrado pues no se eliminan de plano, sino que se cambian instrumentos de mayor incidencia recaudatoria, por instrumentos de menor incidencia en el ingreso fiscal. Es el caso claro de la sustitución de las exenciones al impuesto sobre la renta, por el mecanismo de depreciación acelerada. Sección III.- ELCAFTA Y SUS EFECTOS 1.- Efectos del CAFTA en el Turismo Centroamericano Para realizar una análisis de los efectos del CAFTA en la industria turística de Nicaragua, consideramos que se debe de partir desde dos enfoques; el primero referido a las implicaciones del mencionado acuerdo comercial en la actividad turística de forma específica o sea la referida a la actividad a lo interno del país, que se puede encasillar como el de la comercialización de productos, y el segundo enfocado en las implicancias a lo externo del país o bien, para especificar más, lo referido en el tratado para la atracción de inversiones. Por su naturaleza misma, de previo podemos afirmar que el CAFTA promete una amplia repercusión de forma directa o indirecta según el enfoque desde el cual se analice, en la industria turística nacional. Las repercusiones indirectas (primer enfoque), están enmarcadas en la comercialización de productos con el levantamiento de las barreras arancelarias en las aduanas y la eliminación de las ya agónicas políticas económicas de protección para los productores nacionales; asuntos que ocasionarán la introducción de productos de manufactura extranjera de mejor calidad a menores costos fruto de las técnicas de producción a grandes escalas y de las mentadas formas de la competitividad que los productores de países en mejor posición económica que Nicaragua (especialmente EE.UU.) han logrado con el apoyo de sus gobiernos. Estas repercusiones se vislumbran de forma negativa; puesto que la actividad turística no la compone solamente la estadía temporal en un sitio distinto a su residencia con fines recreativos o similares , sino

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que también conlleva, la adquisición de productos para su consumo inmediato o posterior, actividad que genera un porcentaje de los ingresos nacionales generados por el turismo (por el llamado efecto multiplicador del mismo), dado que, en la actualidad generalmente estos, son de manufactura nacional y lo que se vaticina es que una porción de los mismos sean relegados por productos de origen extranjero, por la posibilidad de la práctica de denominado “dumping” . El fundamento de lo anterior es que en Nicaragua, como resultado del escaso apoyo y asesoramiento que el gobierno ha hecho a los productores nacionales, estos no estarán facultados para que en la entrada en vigencia del tratado, mejoren sus productos y mucho menos a amplíen su producción y compitan con las grandes empresas internacionales que, vale decir, tienen el capital para invertir en la tecnología y en las materias primas para establecerse en el mercado nacional, razón por la cual los pequeños y microempresarios que producen y en la mayoría de los casos venden para los turistas, (frutas, artesanías, enseres, souvenir, etc.) terminarán siendo trabajadores de las empresas internacionales. Por otro lado, vale indicar, que para la población consumidora de estos productos esto será un beneficio en un primer momento cuestión que a largo plazo se revertirá en contra de los mismos consumidores por las implicaciones propias de la salida de estos capitales obtenidos. El segundo enfoque que se le da al asunto, es el referido a las implicaciones de carácter macroeconómico que el CAFTA tendrá en Nicaragua, esto como resultado de lo acordado por los países partes del mismo en lo referente a las inversiones “cubiertas” por el tratado. Al respecto el CAFTA norma de forma muy general el régimen de inversiones y de forma un tanto específica las maneras de dirimir los conflictos suscitados fruto de las mismas, además de asegurar las inversiones con la regulación de aspectos tales como la expropiación, indemnizaciones, transferencias, etc. El gobierno apuesta a una considerable aumento de las inversiones en el país, cuestión que debemos aceptar como cierta dado que comprobar la veracidad de tal afirmación escapa a los objetivos del estudio, por lo cual si asumimos como cierta dicha aseveración el turismo sería uno de los sectores de mayor beneficios ya que nuestro país cuenta con grandes atractivos turísticos que fácilmente pueden ser explotados y que dado el crecimiento que de forma sostenida ha tenido produce grandes utilidades para los inversionistas. Anexo a esto se considera que el área centroamericana es, dado las bellezas naturales de grandes magnitudes y por todos conocidos, una de las áreas de inversión más atractivas y competitivas según el Centro Latinoamericano de Competitividad y Desarrollo Sostenible (CLADS), esto puesto que la

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“disponibilidad y calidad de los recursos naturales y culturales”, constituyendo esta competitividad en una más de las razones que justifican la tesis de las inversiones luego de la vigencia del CAFTA.

De igual forma, algunos autores plantean que, el CAFTA atraerá la inversión en todas sus esferas, esto según ellos, como resultado de las normativas establecidas en el tratado que brindan mayor protección a las inversiones, protección que será ampliada por los gobiernos de la región mediante la creación de leyes internas, al respecto la Asamblea Nacional ya h aprobado en nuestro país algunas leyes que promueven las inversiones asegurando el capital de los inversionistas, tal como lo estipula la Ley para la Promoción de Inversiones vigente en el país.

El capítulo X y XI del CAFTA, regula las inversiones y los servicios respectivamente, ambos están íntimamente relacionados entre sí, dado la naturaleza de la industria turística, puesto que como se mencionó anteriormente el turismo es un servicio que una localidad presta a personas de procedencia distinta. De hecho el tratado en el anexo I de Nicaragua, impone la necesidad de la derogación de los requisitos que Ley 306 asigna en los artículos 16.1 y 16.2 que refieren la necesidad de que las empresas que deseen acogerse a los incentivos fiscales deben de presentar la inscripción en el Registro Público de nuestro país que se supone atentan en contra de precepto de Presencia Local y de Trato Nacional a las empresas inversoras.

Otro argumento es el desprendido de la afirmación que los lazos comerciales y negocios entre las empresas nacionales y las internacionales se fortalecerán dado que los niveles de importación y los exportación aumentarán, consecuencia de esto el país ofrecerá un mejor clima de negocios inversionistas.

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CAPÍTULO I.- C. MARCO METODOLÓGICO

METODOLOGÍA DE LA INVESTIGACIÓN Sección I.- APROXIMACIONESGENERALES.

1.- Delimitación Temporal Para el análisis del análisis de los indicadores que requieran una limitación temporal, hemos de tomar en cuenta desde dos años anteriores a la vigencia de la legislación de fomento que se retoma para este estudio (Ley 306) hasta el año recién pasado. Es decir desde 1997 hasta el 2005. Ahora bien, ante la realidad evidente que muchos instrumentos estadísticos no han sido incorporados al estudio de la actividad turística, sino hasta hace relativamente poco, hacemos hincapié en que estos datos serán incorporados al presente estudio con las fechas con que nos sean brindados. Así advertimos, de que no toda la información necesariamente corresponderá a aquél periodo.

2.- Delimitación Espacial. En cuanto al ámbito Espacial del estudio, por llevarse las cifras necesarias a nivel nacional por parte de los distintos órganos del Estado, retomaremos este criterio para el presente estudio.

Sección II.- METODOLOGÍA AUTILIZAR.

A continuación realizaremos las apreciaciones metodológicas que hemos tomado en cuenta para llevar a cabo los objetivos de nuestro trabajo.

1.- Ilustración de los Elementos de la política de Desarrollo turístico. Está se realizará por medio del estudio y ubicación de las políticas estatales con miras al desarrollo de la actividad turística, sobre todo para contextualizar dentro de ellas las medidas de fomento correspondiente.

Está tomará como principales instrumentos el Plan Nacional de Desarrollo, y el Plan Estratégico del INTUR.

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Incentivos Económicos en la Legislación Nicaragüense. 2.- Delimitación del Régimen de Incentivos a la actividad económica del turismo. Para realizar esta tarea, lo indispensable será ubicar en nuestra legislación los distintos tipos de incentivos, otorgados ya sea de manera automática o de manera Selectiva. Para tal efecto, no solamente la ubicaremos, sino que serán ordenadas según varios criterios. El primero obedecerá al modo de ser aprobadas: Automáticas o Selectivas. El segundo criterio, será el tipo de incentivo: Tributario, Crediticios y otros. Igualmente este criterio poseerá subdivisiones según el caso. La ilustración final del Esquema de ubicación será: 3.- Correspondencia del Régimen Selectivo de Incentivos nicaragüense con el Marco Teórico Doctrinario. Esta evaluación, es relativamente sencilla, partiendo del marco teórico abordado en el presente estudio, se ha seleccionado un grupo de elementos o variables que en general caracterizan a las medidas de fomento, a éstos les hemos llamado Criterios Jurídico-Doctrinarios; los cuales se especifican mas adelante.

4.- Estimación del Impacto de los Incentivos Económicos a la actividad económica del Turismo. La evaluación de las medidas de fomento desde la perspectiva doctrinal, debe ser separada de los efectos objetivos, económicos de dichas medidas; y que en última instancia éste solo podrán apreciarse estudiando el desarrollo de la actividad turística en nuestro país.

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Por ello creemos conveniente realizar una división en la Metodología del presente objetivo. Ya que para su correcto cumplimiento se hace necesario “crear” dos dimensiones o espacios de estudio. En primer lugar, estudiar y analizar los incentivos económicos propiamente dichos; y en segundo lugar, analizar y estudiar la Actividad Económica del Turismo. Aunque la temática del estudio corresponde a los incentivos a la actividad económica del turismo en Nicaragua, la división hace más digerible la comprensión. Esta bidimensionalidad igualmente, facilita el estudio del tema general, ya que se parte de la premisa, de que los incentivos poseen doctrinariamente determinados impactos, pero que estos no son apreciables per se, sino que están íntimamente ligados a la actividad a la cual benefician, en este caso el turismo. Esta división es: Evaluación de los Incentivos Económicos. Evaluación de la Actividad Económica del Truismo. 4.1. Evaluación de los Incentivos Económicos. Para llevar a cabo el análisis del impacto de los incentivos fiscales y crediticios que se conceden al turismo, hemos optado para efectos de mejor ilustración, subdividir los criterios a partir de los cuales se llevará a cabo dicho análisis. Con respecto a los incentivos, creemos útil no solamente limitarnos a tratar de ilustrar los resultados a partir de las dimensiones económica-empresariales sobre las que influyes; sino incluir también un estudio de la naturaleza jurídica de éstos, a fin de aproximar un criterio para juzgar el correcto apego a los criterio practico doctrinales ya expuestos en este trabajo. La plataforma de este análisis se limita a las leyes de incentivos al turismo. Así, los instrumentos jurídicos base para este análisis serán: Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua y sus correspondientes reformas. Reglamento a la Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua. Proyecto de Ley Especial de Creación de los Bonos para la Inversión Turística. Ley 575: Reforma a la Ley de Incentivos para la Industria Turística de la República de Nicaragua. Entrando en materia, establecemos dos grupos de parámetros para analizar la función de los Incentivos: Criterios Jurídico-Doctrinales.

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Criterios Económico-empresariales.

4.1.1 Criterios Jurídico-Doctrinales. Los elementos a partir de los cuales ponderaremos los incentivos en la legislación nacional, son las características que doctrinalmente se le otorgan a esta figura. Para tal efecto retomaremos componentes de la teoría de fomento.

Los Criterios que instrumentalizaremos serán: 4.1.2 Criterios Económico-Empresariales. Estos son criterios mucho más operativos. Los hemos determinado sobre todo a partir del estudio de los efectos del establecimiento de un programa de incentivos, en particular a la actividad turística. Doctrinalmente estos efectos han sido estudiados en el acápite correspondiente a “Impacto de los Incentivos para el Desarrollo”, los cuales se resumen así: en la atracción de la inversión privada; en la Redituabilidad de la Inversión y, en los Precios de los Servicios y Productos. Para efectos de análisis práctico del presente trabajo; solamente intentaremos ilustrar el primer efecto, o sea: El impacto que han tenido los incentivos turísticos en atraer la inversión privada hacia la actividad económica de turismo.

Esta consideración obedece a que para realizar una valoración relativamente eficiente de los demás factores, es requerido un marco metodológico de mayor amplitud y complejidad, como muestras de campo, entrevistas, control contable, etc. medios que objetivamente están fuera del alcance de los autores. Cabe resaltar que el estudio de estos factores que escapan de nuestras capacidades, en otros países, el Estado y sus órganos llevan un control riguroso y eficiente, situación que esta mas demás aclarar no es la de nuestro país.

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4.2. Evaluación de la Actividad Turística. El análisis de los indicadores propios de la actividad turística, como hemos señalado, se hace necesario para el presente en la medida de que los incentivos objeto principal de este estudio, encuentran en esta actividad su campo de actuación, por lo tanto se hace indispensable establecer criterios para ilustrarnos sobre su desarrollo que en alguna medida depende de dicho programa de beneficios. La primera apreciación a realizar, es que los incentivos poseen diversidad efectos en la economía nacional, los cuales ya se han analizado. Igualmente para tener una base amplia de juicio retomaremos algunos de los indicadores macroeconómicos del turismo ya expuestos anteriormente, pero también la influencia que estos tienen en el marco económico global. Esto nos obliga partir los criterios en dos clases: Indicadores Macroeconómicos propios de la Actividad Turística. Influencia de la Actividad Turística en los Indicadores Económicos Nacionales. 4.2.1 Indicadores Macroeconómicos del Turismo. Estos los hemos abordado ya correctamente en la Sección “Indicadores Macroeconómicos del Turismo”. Así mismo, se han estudiado los efectos del turismo en diversos aspectos de la economía que también son importantes para la presente investigación, estos efectos a veces no necesariamente poseen un indicador base que nos ayude a cuantificarlo, igualmente trataremos de ilustrar los mas importantes. Es necesario realizar un planteamiento entonces, de los indicadores de la actividad turística que guardan relación con las medidas de fomento, y que con esta conjugación de factores, poder establecer un parámetro para su apreciación y ponderación. La relación efecto-Indicador que nos interesa estudiar lo limitamos de la siguiente manera.

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4.2.2 Influencia de la Actividad Turística en los Indicadores Económicos Nacionales. Igualmente existen efectos del turismo que poseen participación y afectan los indicadores económicos nacionales. Es en este aspecto mayormente, que se puede intentar realizar una apreciación macroeconómica de la influencia del turismo como actividad económica ha tenido, siempre teniendo en cuenta que los incentivos fiscales han aportado al desarrollo de este sector económico. Sección III.- ESQUEMAEVALUATIVO. . Una vez señalados los instrumentos y metas a cumplir para alcanzar los objetivos, procedemos a señalar el Esquema Evaluativo Formal en que se abordará el Desarrollo del presente estudio y que se dividirá en 2 capítulos, el primero que contendrá las tareas descritas en los acápites 1 y 2 de la anterior sección; y el segundo que abordará la tarea descrita en los acápites 3 y 4 de la misma.

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CAPÍTULO I.- D. DESARROLLO

FOMENTO E INCENTIVOS ECONÓMICOS A LA ACTIVIDAD ECONÓMICA DE TURISMO EN NICARAGUA

Para el correcto análisis del papel de los incentivos en la consecución de desarrollo económico y social, en primer lugar será necesario identificarlos claramente dentro de nuestra legislación, para así lograr apreciar de mejor manera su impacto y utilidad. Sección I.- NICARAGUA: PLANIFICACIÓN PARA EL DESARROLLO, PLANEACIÓN Y POLÍTICA ECONÓMICA DEL TURISMO

1.- El Turismo en los Nuevos Modelos Económicos El estado de Nicaragua, ante el atraso económico que deriva en grandes contrastes sociales, ha buscado en la última etapa la articulación de políticas que tiendan al desarrollo. Desde el agotamiento de los viejos modelos económicos como la sustitución de importaciones, el modelo de economía mixta, el país busca el rumbo hacia una economía equilibrada y sobria que le permita propiciar la paz social.

Ha sido en los últimos años, sobre todo ante la presión de organismos internacionales (BM, FMI, BID, etc.) que se ha propiciado la existencia de planes articulados, que intenten coordinadamente conseguir mejoría económica. Un elemento impulsor del ordenamiento económico, ha sido la necesidad de economías sanas con miras a la integración económica regional, siendo que el libre comercio constituye hoy en día una de las políticas globales mas destacadas.

Esta demás decir, que nuestra economía –al igual que la de los demás países en vías de desarrollo- dependen mayormente del contexto internacional, ya sea por la influencia de los órganos internacionales ye mencionados, ya sea por las relaciones comerciales de dependencia que se tiene con países determinados, verbigracia Estados Unidos.

En la actualidad creemos que no se puede hablar de que se planifica una economía nacional, sino que en la inserción en el mercado mundial, hoy en día depende del tamaño de los mercados, por lo que en el caso de

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Nicaragua, su economía esta necesariamente interrelacionada con la de los demás países centroamericanos, que por su pasados, costumbres, raza, cultura común realmente constituyen en el contexto mundial una sola unidad económica. Acertadamente se señala: “el resto del mundo todavía no percibe a América Central como una región. A escala internacional, los mercados de capitales no reconocen a América Central como una región, lo que redunda en un menor flujo de capitales. Muchos inversionistas extranjeros siguen haciendo sus cálculos con base en las oportunidades que ofrece un determinado país para exportar a otros países fuera de América Central”.390

Los procesos de desarrollo del área centroamericana, son de variado estudio, pero es importante seguirlos de una manera coherente, para así comprender la etapa en la que nos encontramos, y mejor aún, hacia donde nos dirigimos. Particularmente, para poder apreciar la inserción del desarrollo turístico en estos modelos de desarrollo.

A inicios de los 90, con una nueva coyuntura internacional luego de la caída de los Estados Obreros en Europa occidental, y regional con la firma de los acuerdos de paz de Esquipulas y los subsiguientes procesos democráticos; en nuestros países se inicia un proceso de reestructuración con miras a conseguir el desarrollo luego de mas de una década de inestabilidad regional y de guerras civiles en 2 países del istmo (El Salvador y Guatemala).

Un hito en este proceso es el llamado “Consenso de Washington”, en el cual se establecen postulados para la estabilización de varios países incluyendo los centroamericanos, dentro de las recetas del plan encontramos: Estabilización macroeconómica, que tiene como prioridad el superávit fiscal y la reestructuración de los sistemas de presión social Realización de reformas estructurales, que abarcan las privatización, la liberalización financiera y comercial y la desregulación de los mercados (apertura a capital extranjero). Repunte de las inversiones como palanca de un nuevo ciclo de crecimiento económico.391 390 BULMER-THOMAS, Víctor y DOUGLAS KINCAID, A. “Centroamérica 2020: Hacia un Nuevo Modelo de Desarrollo Regional” Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO) Cuaderno de Ciencias Sociales número 121. San José, Costa Rica. 2001 Pág. 391 Pág. 21

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Los modelos de crecimiento, en lo sucesivo, son la meta de los organismos internacionales y de los economistas de cada Estado. Uno de los estudios que a nuestro parecer es muy completo y profundo es el realizado por Michael PORTER conocido como el “Plan Harvard-INCAE” 392 en el cual aborda la problemática centroamericana, sus perspectivas de crecimiento para lograr un modelo de desarrollo eficaz.

Se señala la necesidad de evolucionar en nuestros países de una economía basada en los factores productivos, hacia una economía cuya base sea la inversión y finalmente a una basada en la innovación. Se identifican 4 etapas en este proceso, en donde cada etapa es una superación de la anterior: Calidad y cantidad de los factores productivos; Condiciones de la demanda en el mercado interno; La presencia de industrias interconectadas (generalmente conocidas como núcleos); Estrategia, estructura y rivalidad empresarial.

El estado debe jugar un papel importante en la relación entre estos elementos, y su incidencia tiene efecto directo en su éxito o fracaso. El motor de la evolución de una etapa a otra se encuentra en las ventajas comparativas que las empresas crean por su inversión e innovación.

Esta evolución, significa que el crecimiento económico pasa de estar basado en la producción de productos básicos a uno basado en la inversión, proponiendo que se desarrollen cuatro núcleos fundamentales: turismo, agroindustria de alto valor agregado, textiles y vestuario (maquila de bajo valor agregado), y la manufactura de piezas electrónicas y prestación de servicios informáticos (maquila de alto valor agregado). El plan, señala que debe existir una política gubernamental que actúe sobre la conformación de estos cuatro núcleos (conglomerados), sobre todo reformas en cinco áreas: competitividad empresarial, medio ambiente, gobernabilidad, reforma judicial y macroeconomía; igualmente establece cuatro prioridades: un corredor logístico centroamericano, fortalecimiento del sistema financiero, certificación de la sustentabilidad del turismo, y fuerte inserción en el mercado del desarrollo limpio que se abre a raíz del Protocolo de Kioto. 392 INCAE-HIID, “Central America in the 21s t Century: An Agenda for Competitiveness and Sustainable Development”, San José, Costa Rica, and Cambridge, MA. 1999 Citado por BULMER, Op. Cit. Pág. 41

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El proyecto señala metas para los siguientes veinte años, entre ellas acelerar al 5% la tasa de crecimiento anual del ingreso per cápita y reducir la pobreza a menos del 15% de los hogares.

La postura defendida por PORTER, posee una serie de críticas, sobre todo en cuanto al modelo que propone. Pues ubica que Centroamérica se encuentra en la etapa de crecimiento basado en los factores productivos, en la cual el patrimonio constituido por la infraestructura, los recursos naturales, la tierra, la mano de obra y el capital converge para generar un aumento productivo que no conlleva un aumento significativo de la productividad, asumiendo que el crecimiento con base en los factores productivos implica menores tasas de inversión dando la impresión de un inferior crecimiento con base en la inversión. Esto contrasta con el hecho de que el crecimiento en Centroamérica se ha basado siempre en los factores productivos y es poco probable que ello vaya a evolucionar durante las próximas dos décadas.393

En última instancia, el plan Harvard-INCAE, posee aspectos de interés para el estudio del modelo de desarrollo Regional, el establecimiento de núcleos394 o conglomerados, de los cuales tres dependen de factores productivos que actualmente están a la mano en el istmo, sobre todo el turismo y ecoturismo que depende directamente de los recursos y bellezas naturales de cada país, lo que no implicaría la evolución de los factores que señala el plan como premisa para el desarrollo. Esta premisa si es válida con respecto al cuarto núcleo (manufactura de piezas electrónicas y prestación de servicios informáticos).

La estructuración de estos núcleos realmente constituye una verdadera misión pues tardan largos años en crearse, pues no solamente se necesitan gran número de empresa, sino que un marco normativo en base al cual deben competir y colaborar, lo necesita mucho tiempo de planeación. Estas normas deben tender a bajar el costo de operación de las empresas.

El proyecto Harvard-INCAE ubica como autores de su plan de desarrollo a los grupos empresariales, en alianza con los gobiernos y las instituciones regionales. La sociedad civil, las ONG, el movimiento sindical y las cooperativas campesinas tienen en este proyecto un perfil muy bajo. Más aún, se observa una clara preferencia por aquellas empresas que puedan aportar a la promoción de los cuatro “núcleos” señalados anteriormente.395 393 394 BULMER, Op. Cit. Pág. 33 PORTER define núcleos como: “una concentración geográfica de empresas e instituciones interconectadas de un ámbito determinado” BULMER, Op. Cit. Pág. 42 395

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Centroamérica efectivamente necesita aumentar el valor de sus exportaciones durante los próximos veinte años, de modo que las propuestas de Harvard-INCAE en el sentido de mejorarla competitividad a escala nacional son muy importantes. Pero lo ideal sería no centrar esta promoción en sectores específicos, pues esto significaría apostar el éxito a grupos reducidos. El desarrollo debe conseguirse de manera incluyente con todos los sectores económicos. El beneficio de parte de la política pública no debe rayar en lo excesivo para evitar un modelo que favorezca a un sector a expensas de otros. Las exportaciones deben ser el eje del desarrollo, pero el sector exportador debe mantener lazos con el sector no exportador para propiciar una potenciación mutua que conlleve una transferencia de tecnología y aumento de la productividad. Un crecimiento aislado de las exportaciones conllevaría resultados negativos, pues también significarían un aumento de las importaciones. Los modelos de desarrollo regional, para la inserción en el mercado mundial no son virtuales, son una realidad. Y se hace necesario su estudio para poder comprender, en el caso particular de nuestro estudio, como la política gubernamental del desarrollo regional, y del turismo específicamente, encajan en un macro dinámica económica que efectivamente debe ser tomada en cuenta para determinar sus fines, metas, así como sus instrumentos y estrategias. 2.- Planificación Nacional del Desarrollo En términos generales todo país posee un marco de planificación nacional, este incluye muchos aspectos (económicos, sociales, culturales, etc.). Este plan nacional, en alguna medida está relacionado con el modelo de desarrollo regional, el cual hemos aproximado en el epígrafe anterior. Para el presente, lo que pretendemos es dar un vistazo a la política que actualmente tiene el gobierno, sobre todo para enmarcar la actividad turística y de fomento dentro de esta política global.

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El instrumento primordial de estudio será el Plan Nacional de Desarrollo396 (PND). En el estudio de este documento, se procura observar los elementos más relevantes que deben conformar una planificación coherente, elementos que se han ilustrado en epígrafes anteriores.

El PND, reconoce que es el sector productivo el motor del crecimiento económico, y principal vía para la creación de empleo y riqueza.

Efectivamente, se hace un reconocimiento de la realidad actual de la economía y factores productivos de nuestro país, y señala que estos se muestran insuficientes para crear la cantidad y calidad de oportunidades de empleo e ingresos que necesita la sociedad. Ante esta realidad, se hace necesario mirar hacia mercados internacionales, lo que implica una variedad de retos: Construcción un entorno competitivo Apoyo a los Conglomerados Productivos Desarrollo Humano Gobernabilidad Gasto Público y Financiamiento.

Algunos de estos aspectos se encuentran relativamente relacionados directa o indirectamente a la actividad turística, por lo que estudiaremos los aspectos específicos de cada uno que le son útiles al presente.

2.1. Consecución del Entorno Competitivo Para la consecución del entorno competitivo el plan establece tres grandes metas: Generación de Empleo y Crecimiento Económico Sostenible Incremento de las Exportaciones e Inversiones Incremento del Ingreso para Reducir la Pobreza

Igualmente, para conseguir estas metas, propone un conjunto de acciones e iniciativas que se concentran en diez áreas de trabajo: 1. Marco de Regulación 2. Derechos de Propiedad y Conflictos de Tierra 396 SECRETARÍA DECOORDINACIÓN Y ESTRATEGIA(SECEP) DE LA PRESIDENCIA DE LAREPÚBLICA DE NICARAGUA“Plan Nacional de Desarrollo Operativo 2005-2009” Septiembre 2004. Managua, Nicaragua. Versión Digital.

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3. Adopción de Tecnología 4. Acceso a Servicios Financieros 5. Promoción de Exportaciones 6. Atracción de Inversión Extranjera Directa (IED) 7. Desarrollo empresarial de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MIPYME) 8. Desarrollo Rural 9. Desarrollo ambiental sostenible 10. Infraestructura Nos aproximaremos a algunas de estas áreas, sobre todo las que tengan relación directa con el desarrollo d

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