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Islas Malvinas (página 3)

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ENCUENTROS DIPLOMÁTICOS

1- En las Naciones Unidas

La incorporación del tema de las Islas Malvinas a las Naciones Unidas comenzó con la resolución 1514, aprobada el 14 de diciembre de 1960, donde se estableció que " todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país, es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas".De esta manera, dicha resolución, proclama mediante siete puntos poner fin al colonialismo en todas sus formas y manifestaciones, declarando que:

  • La sujeción de pueblos a una subyugación, denominación y explotación extranjeras constituye una denegación de los derechos humanos fundamentales, es contraria a la Carta de las Naciones Unidas y compromete la causa de la paz y de la cooperación mundiales.
  • Todos los pueblos tienen derecho de libre determinación; en virtud de este derecho, determinan libremente su condición política y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural.
  • La falta de preparación en el orden político, económico, social o educativo no deberá servir nunca de pretexto para retrasar la independencia.
  • A fin de que los pueblos dependientes puedan ejercer pacíficamente y libremente su derecho a la independencia completa, deberá cesar toda acción armada o toda clase de medidas represivas de cualquier índole dirigidas contra ellos, y deberá respetarse la integridad de su territorio nacional.
  • En los territorios en fideicomiso y no autónomos y en todos los demás territorios que no han logrado aun su independencia deberán tomarse medidas para traspasar todos los poderes a los pueblos de esos territorios, sin condiciones ni reservas, en conformidad con su voluntad y sus deseos libremente expresados, y sin distinción de razas, credos ni color, para permitirles gozar de una libertad y una independencia absolutas.
  • Todo intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas.
  • Todos los Estados deberán observar fiel y estrictamente las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas, de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y de la presente Declaración sobre la base de la igualdad, de la no intervención en los asuntos internos de los demás Estados y del respeto de los derechos soberanos de todos los pueblos y de su integridad territorial.

Londres se aferró desde el comienzo al punto 2 de esta resolución, lo cual no encaja en el tema de las Malvinas, cuya población (británica) en su origen, desalojo a los legítimos residentes isleños. En cambio, el argumento argentino se baso en el punto 6 de la misma.

Sin embargo, lo mas importante de esta resolución fue la creación, en el año 1962, del comité de los 24, que se encargaba de vigilar el proceso de descolonización, incluyendo a las Islas Malvinas en la lista de territorios a descolonizar.

En el año 1965, los derechos e intereses de la Republica Argentina logran un categórico reconocimiento en la ONU, ya que la Asamblea General, por la resolución 2065 "toma nota de la existencia de la disputa acerca de la soberanía" sobre las islas y establece que las Islas Malvinas no pueden ser descolonizadas por la autodeterminación. O sea, no es valido en las Malvinas el pronunciamiento de la población importada a ese territorio por los británicos, luego de que sus tropas la usurparan en 1833 por la fuerza y dispersaran a la población argentina.

Por consiguiente, se reconoce que las Islas Malvinas constituyen un "caso especial" y que para su descolonización deben ser atendidos no los "deseos" sino los "intereses" de sus habitantes. Asimismo, invita a los gobiernos de la Argentina y del Reino unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a proseguir, sin demora, las negociaciones recomendadas por el Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos teniendo debidamente en cuenta las disposiciones y los objetivos de las Carta de las Naciones Unidas y de la resolución 1514, asi como los intereses de la población de las Islas Malvinas; pidiendo que informen al Comité Especial y a la Asamblea General sobre el resultado de las negociación.

Cabe destacar que en dicha resolución se encuadro el caso como una situación colonial, se reconoció la disputa, se recomendó proseguir las negociaciones, pedía a los estados informes sobre los resultados y equiparaba los nombres de Malvinas y Falkland.

Ante esto, Gran Bretaña alego que no era un problema de descolonización sino de reclamación de soberanía argentina y sostuvo que las decisiones deberían depender de los deseos de la población, al tiempo que se oponía al cambio de denominación. En enero de 1966 el secretario de Relaciones Exteriores de Gran Bretaña visito la Argentina y firmo con el canciller Miguel Ángel Zavala Ortiz, un comunicado conjunto en el que se concordaba proseguir las negociaciones e informar a la ONU.

El 29 de Enero de 1974 la Asamblea General aprobó la Resolución 3160 respecto a la cuestión de las islas Malvinas en donde, reconociendo los continuos esfuerzos realizados por el Gobierno de la Argentina para facilitar el proceso de descolonización y promover el bienestar de las población de las islas:

  • Aprueba los capítulos del informe del Comité Especial encargado de examinar la situación con respecto a la aplicación de la Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales concernientes a las Islas Malvinas.
  • Declara la necesidad de que se aceleren las negociaciones previstas en la resolución 2065 entre los gobiernos de la Argentina y del Reino Unido para arribar a una solución pacifica de la disputa de soberanía existente entre ambos sobre las islas Malvinas.
  • Insta a los Gobiernos a que de acuerdo con las prescripciones de las resoluciones pertinentes de la Asamblea General, prosigan sin demoras las negociaciones para poner termino a la situación colonial.

En el año 1979, la Resolución del Bloque de No alineados, con el apoyo unánime de sus miembros, declaro explícitamente que las Isla Malvinas son argentinas y reclamo que Gran Bretaña las restituyera a sus legítimos dueños.

Por último, el 1º de Abril de 1892, el representante permanente del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte escribe una carta dirigida al presidente del Consejo de Seguridad ante las Naciones Unidas (la cual se adjunta en el anexo I).

En la sesión celebrada por dicho motivo, el Consejo de Seguridad, consciente de la responsabilidad primordial que en virtud de la Carta de las Naciones Unidas tiene por el mantenimiento de la paz y la seguridad internacional, expreso su preocupación por la tensión en la región de las Islas Malvinas. Por lo tanto, insto a los gobiernos de Argentina y del Reino Unido a que ejerzan la máxima moderación y se abstengas del uso o la amenaza de la fuerza en la región y a que se prosiga la búsqueda de una solución diplomática.

El 3 de Abril de 1982, el Consejo de Seguridad profundamente preocupado por los informes acerca de la invasión por fuerzas armadas de la Argentina de 1982 y declarando que existe un quebrantamiento de la paz en la región de las Islas Malvinas, aprueba la Resolución 502, que:

  • Exige la cesación inmediata de las hostilidades.
  • Exige la retirada inmediata de todas las fuerzas argentinas de las Islas Malvinas.
  • Exhorta a los Gobiernos de la Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte a que procuren una solución diplomática a sus diferencias y a que respeten plenamente los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas.

2- La Organización de los Estados Americanos (OEA)

La primera Conferencia Interamericana Extraordinaria se reunió en Washington a fines de 1964. Esta conferencia produjo una Resolución, que luego se incorporaría a la carta de la OEA como articulo octavo, que fue un reconocimiento de toda la comunidad latinoamericana a la justicia del reclamo argentino, y un desconocimiento a la pretensión inglesa de que las Malvinas sea considerada una colonia y por lo tanto otorgarle a sus pobladores el derecho de la autodeterminación. Este articulo dice "El Consejo Permanente no formulara ninguna recomendación ni la Asamblea General tomara decisión alguna sobre la solicitud de admisión presentada por una entidad política cuyo territorio este sujeto, total o parcialmente, y con anterioridad a la fecha del 18 de diciembre de 1964 fijada por la primera Conferencia Interamericana Extraordinaria, a litigio o reclamación entre un país extracontinental y uno o mas Estados miembros de la Organización, mientras no se haya puesto fin a la controversia mediante procedimientos pacíficos". De esta manera se advierte el compromiso de resolver el caso de las Malvinas por la vía pacifica recomendada por las Naciones Unidas. También queda descartada la posibilidad de que el Reino Unido le otorgue la independencia al archipiélago austral y este solicitar su ingreso en la OEA.

El 16 de enero de 1976 el Comité Jurídico Interamericano aprueba una declaración sobre el problema de las Islas Malvinas, en donde:

*Recordando su resolución del 18 de febrero de 1974 en la que expreso su preocupación porque en tierras de América todavía se conservan territorios ocupados por potencias extranjeras no obstante las reiteradas reclamaciones de Estados Latinoamericanos que exigen su devolución por constituir parte integrante de sus territorios nacionales.

*Recordando los justos títulos que posee la Republica Argentina a la soberanía sobre las Islas Malvinas fundados en las normas internacionales vigentes en el momento en que tuvo origen el conflicto.

*Recordando la Resolución 2065 en la que se recomienda a ambos gobiernos a proseguir las negociaciones tendientes a solucionar la disputa acerca de la soberanía de las Islas Malvinas y la Resolución 3160 en la que declara la necesidad de acelerar las negociaciones entre ambos Gobiernos a fin de llegar a una solución pacifica en el conflicto sobre la soberanía de dichas islas.

*Recordando que en cumplimiento de tales resoluciones, el gobierno argentino suscribió con el gobierno del Reino Unido diversos convenios de cooperación.

DECLARA:

  • Que la Republica Argentina tiene inobjetable derecho de soberanía sobre las Islas Malvinas por lo que la cuestión fundamental a resolver es el procedimiento a seguir para el reintegro de su territorio.
  • Que la "Misión Shackliton", prohijada por el gobierno del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, importa innovar unilateralmente y por ende contraviene las resoluciones 2065 y 3160 de las Naciones Unidas.
  • Que constituyen amenaza a la paz y a la seguridad del continente, asi como flagrantes violaciones a las normas internacionales sobre no intervención, la presencia de naves de guerra extranjera en aguas adyacentes de Estados americanos, asi como el anuncio intimidatorio, por parte de autoridades británicas, del envió de otros navíos.
  • Que todo ello configura una conducta hostil con el fin de acallar las reclamaciones del Gobierno argentino y destinada a obstruir el desarrollo de las negociaciones recomendadas por la Asamblea General de las Naciones Unidas.

De esta manera el OEA fue un foro intensamente utilizado por la diplomacia argentina para sumar votos favorables de la región en temas sensibles a los intereses argentinos. Por ejemplo, en la XV Asamblea General de la OEA, a principios de 1985, 17 países presentaron y aprobaron en forma unánime un proyecto de resolución que instaba a respetar las resoluciones de la ONU, de acuerdo a las cuales la Argentina y Gran Bretaña debían negociar en forma pacifica su disputa de soberanía sobre las Islas Malvinas. No obstante, la efectividad de dicha resolución fue prácticamente nula, dado que no modifico la postura británica.

La XVI Asamblea General de la OEA reunida en Guatemala, en noviembre de 1986, respaldo el comunicado de gobierno argentino que sostenía que la "zona de exclusión" decretada por Gran Bretaña alrededor de las Malvinas constituía una amenaza cierta a la paz. La resolución, aprobada por consenso de sus 31 miembros, instaba a la Argentina y Gran Bretaña a negociar, criticaba la decisión británica en tanto generaba un elemento adicional de tensión en el diferendo, y subrayaba la necesidad de evitar acciones que agravaran el problema existente en el Atlántico Sur.

Las autoridades británicas rechazaron la resolución de la OEA, limitándose a declarar que las potencias pesqueras tendrían que habituarse a las nuevas disposiciones de Londres.

Un nuevo respaldo de la OEA a la Argentina en la cuestión de las Malvinas tuvo lugar en Rió de Janeiro el 4 de febrero de 1987, cuando una resolución de Comité Jurídico Internacional, ratifico que "la Argentina tiene inobjetable soberanía sobre las Islas Malvinas" y califico como "un acto atentatorio no solo contra el derecho sino también contra la paz y la seguridad internacional" la decisión británica de establecer una zona de exclusión pesquera en aguas ubicadas alrededor del archipiélago.

El 1º de marzo de 1988, tuvo lugar en Washington un Reunión Extraordinaria del Consejo Permanente de la OEA, convocada por la Argentina para analizar la gravedad y posibles consecuencias de las maniobras militares que Gran Bretaña tenia programado realizar días despues en el Atlántico Sur, conocidas con el nombre de "Fire Focus". Luego de analizar el caso, el Consejo aprobó por 25 votos a favor una resolución que incluía cuatro puntos: 1) exhortación a Gran Bretaña y la Argentina para entablar negociaciones para resolver lo que el documento define como una "disputa de soberanía", 2) preocupación por el aumento de tensión en el Atlántico Sur como consecuencia de los ejércitos militares programados por Gran Bretaña entre el 7 y 31 de marzo de 1988, 3) esperanza de que Londres reconsiderara la decisión de maniobrar en el Atlántico Sur, y 4) transmisión de la resolución a la ONU.

3-DECLARACIÓN CONJUNTA SOBRE COMUNICACIONES

En junio de 1971, ambos gobiernos por medio de sus respectivas delegaciones, celebraron en Buenos Aires una serie de conversaciones, que culminaron en una declaración conjunta, relacionada con las comunicaciones y movimiento de personas entre territorio argentina y las Islas. Dichas conversaciones tuvieron lugar dentro del marco general de las negociaciones recomendadas por la Resolución 2065 de la Asamblea General de las Naciones Unidas. De esta manera, los delegados llegaron a la conclusión de que deberían ser adoptadas las siguientes medidas en el entendimiento de que ellas pueden contribuir al proceso de una solución definitiva de la disputa sobre las islas entre los dos gobiernos, por lo que establecieron la creación de una Comisión Consultiva Especial constituida por representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores argentino y la embajada británica, con sede en Buenos Aires.

Se estableció que el gobierno argentino otorgara un documento a los residentes en las Islas Malvinas, sin referencia a la nacionalidad, que deseen viajar al territorio continental argentino y que permitiría su libre desplazamiento en el. Además los residentes de las islas serán declarados exentos del pago de derechos e impuestos y de cualquier otra obligación como resultado de las actividades en las islas.

Por último, el 26 de abril de 1977, los gobiernos argentino y británico alcanzaron un acuerdo sobre los términos de referencia para las negociaciones sobre la disputa acerca de las Islas Malvinas, de la siguiente forma:

"Los gobiernos de la Republica Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte han acordado mantener negociaciones, las que se referirán a las futuras relaciones políticas, incluyendo soberanía, con relación a las Islas Malvinas, las Georgias del Sur y las Sándwich del Sur y a la cooperación económica con respecto a dichos territorios en particular y al Atlántico Sud occidental en general. En estas negociaciones serán tratadas las cuestiones que afectan el futuro de las Islas y las negociaciones se dirigirán a la elaboración de la solución pacifica a la disputa existente entre los dos estados sobre soberanía y el establecimiento de un marco para la cooperación económica argentino-británica, la que contribuirá substancialmente al desarrollo de las islas y de la región en general"

Un objetivo importante de las negociaciones será lograr un futuro estable, prospero y políticamente duradero para las islas, cuya población será consultada por el Gobierno del Reino Unido durante el transcurso de las negociaciones.

Evolución de la Política Exterior Argentina con respecto a las Malvinas en la Década del '90:

Realizaremos una descripción de estrategia instrumentada durante la Administración del Dr. Alfonsín, luego del retorno a la democracia. La brevedad de este punto responde al hecho de que, si bien la descripción de lo sucedido durante el Gobierno radical es fundamental para entender cual es el punto de partida de la gestión del Dr. Menem, éste no es un trabajo dedicado estrictamente a la comparación entre las políticas de ambas administraciones. Por lo tanto, no se trata de abundar en los aspectos específicos que los acercan o distancian, sino de enumerar objetivamente los hechos más destacados. Es por ello que, siendo un trabajo que intenta analizar las políticas desarrolladas durante la Administración Menem, se concentran y desagregan por áreas temáticas las gestiones de sus Cancilleres -Cavallo y Di Tella-, haciendo sólo en el punto que sigue, referencias específicas a los aspectos más relevantes de la gestión del ex Canciller Caputo.

Se utilizaron entonces los "non-papers", correspondencia no oficial entre las partes, intercambiada a través del Departamento de Estado de los EE.UU. En este punto de acentuado desgaste del gobierno radical, la necesidad de impulsar algún camino diplomático que mantuviese mínimamente las negociaciones, llevó a la sugerencia de la fórmula del "paraguas de soberanía" a través de la cual, excluyendo el tema de la soberanía, se discutirían aspectos relacionados como el restablecimiento de relaciones consulares, la explotación de los recursos ictícolas, hidrocarburíferos, etc. Esta iniciativa, se abonó a través de los buenos oficios de España, Brasil, Uruguay y EE.UU.

La Administración Menem: Cavallo, la Estrategia Bilateral, los Acuerdos de Madrid y el Paraguas.

Ya durante la Administración Menem el gobierno argentino eliminó las restricciones que impedían las importaciones desde el Reino Unido e Irlanda del Norte. Este acto, a quince días de la reunión de New York fue resaltado ya que "…dado que constituía un gesto unilateral sin contrapartida británica; la decisión de la diplomacia peronista era una nueva y clara señal de las serias intenciones de la nueva Administración de destrabar los obstáculos existentes entre ambos países." Finalmente lo bosquejado en la reunión informal de New York de agosto de 1989, se concretó oficialmente con la firma de los Acuerdos de Madrid de octubre de 1989 y febrero de 1990, considerados como el primer paso concreto de la política exterior de esa Administración con respecto a Malvinas. A continuación se enumerarán y describirán sucintamente cada uno de los puntos más relevantes de la política exterior de la Administración Menem, empezando por los ya mencionados acuerdos.

Como resultado de la reunión en la capital española entre los representantes Lucio García del Solar y Crispin Tickell,17 el 19 de octubre de 1989 se firmó el Acuerdo de Madrid I, a través del cual, entre las principales medidas…:

• Se acordó formalmente el cese de hostilidades de todo tipo.

• Se restablecieron las relaciones consulares.

• Se creó un grupo e trabajo con el objetivo de evitar incidentes en el campo militar promoviendo la cooperación y confianza (unilateralmente el Reino Unido eliminó el requisito de acuerdo previo para que los buques mercantes argentinos ingresen a la zona de protección y más importante aún, hizo coincidir los límites de la "zona de exclusión pesquera" con los de la "zona de protección").

• Se estimularon las relaciones comerciales y financieras mediante la eliminación de todas las restricciones impuestas a partir de 1982 (el Reino Unido convino en facilitar los vínculos de cooperación entre la Argentina y la entonces Comunidad Económica Europea).

• Se reanudaron las comunicaciones aéreas y marítimas.

Sin embargo, debe resaltarse que el punto de coincidencia inicial y fundamental para no caer en el fracaso de la Conferencia de Berna de 1984, consistió en la expresa declaración de que ninguna de las negociaciones que demande este Acuerdo ni sus resultados, serían interpretados como un cambio o un fundamento tendiente a cambiar el status quo sobre la soberanía y la jurisdicción de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y sus espacios marítimos circundantes. Es decir que se respetó entonces la fórmula del "paraguas de soberanía".

Durante las negociaciones de febrero de 1990 el objetivo era profundizar las negociaciones iniciadas en el Acuerdo de Madrid. Por lo tanto, el marco de diálogo del Acuerdo de Madrid II siguió siendo el mismo, manteniendo la postura de mantener el "paraguas" como garantía de diálogo. De esta manera:

• Se restablecieron las relaciones diplomáticas.

• Se eliminó la "zona de protección" alrededor de las Islas Malvinas.

• Se aprobó el Informe final del "Grupo de Trabajo Argentino-Británico sobre Medidas Tendientes a Aumentar la Confianza y Evitar Incidentes en la Esfera Militar."

• Se aprobó el Informe del "Grupo de Trabajo Argentino-Británico sobre Pesca", sentando las bases para el intercambio de información acerca de especies, flotas pesqueras, estado de los stocks y posibilidades de conservación y explotación conjunta.

• Se creó el "Grupo de Trabajo Atlántico Sur" que dará continuidad a las negociaciones ya iniciadas por los grupos formados ad hoc durante las negociaciones del Acuerdo de Madrid I.

• Se convino la visita de los familiares de los caídos en combate, al cementerio de Puerto Darwin, bajo el auspicio de la Cruz Roja Internacional.

A partir de entonces las negociaciones continuaron realizándose dentro del "paraguas…", y se concentraron fundamentalmente en dos aspectos conflictivos, la explotación de los recursos ictícolas y la exploración y -en mayor medida- explotación, de los recursos hicrocarburíferos, en las aguas circundantes. Así, luego de la gestión del Canciller Cavallo, ambos puntos se transformarían, no sólo por ser expresiones del ejercicio de la soberanía, sino por su incidencia económica, en el eje alrededor del cual girarían las discusiones bilaterales con el Reino Unido y las discusiones internas en la Argentina, con respecto a la política exterior implementada por el Gobierno.

La Administración Menem: Di Tella, la Seducción, la Pesca, el Petróleo y el Paraguas.

Si bien es cierto que durante la primera etapa de la gestión del Canciller Di Tella, la estrategia multilateral pasó a un segundo plano, la concentración en la agenda bilateral adoptó dos vertientes: la negociación bilateral con el gobierno del Reino Unido y la negociación bilateral con los habitantes de las islas, conocida por la forma en que se instrumentó, como estrategia de seducción.

El siguiente punto se ocupará de describir sucintamente la evolución de ambas vertientes de la estrategia bilateral. Mientras que los siguientes harán referencia a otros dos temas domésticamente discutidos, la política instrumentada con respecto a los recursos ictícolas y a los recursos hicrocarburíferos.

Las Vertientes de la Relación Bilateral: la Seducción y otras Propuestas

El 1° de febrero de 1991 asume como Canciller el Ingeniero Guido Di Tella y aunque continúa con la estrategia diplomática de su antecesor, profundiza el acercamiento con los habitantes de las islas, a través de la estrategia de la seducción o charme politics; entendida como un conjunto de propuestas realizadas por el Gobierno Argentino directamente a los habitantes de las islas, respetando sus deseos; con el objetivo de aumentar el grado de confianza y contribuir en última instancia a la recuperación de la soberanía. Casi una marca registrada del Canciller Di Tella, esta estrategia ha sido muy criticada desde la oposición, entendida en muchos casos como una posición insostenible, condenada al fracaso desde el inicio y llena de ingenuidad y desconocimiento acerca de cómo se dirimen este tipo de cuestiones a nivel diplomático, que además, valida el papel de los kelpers como tercer actor en la disputa.

En 1992 comenzó a manifestarse de diversas maneras, a saber: "las reuniones informales en Londres con representantes de las islas, el reconocimiento argentino de su disposición al diálogo y a la cooperación con los habitantes, con el objeto de salvaguardar su bienestar e intereses, el reportaje concedido a la emisora de Puerto Argentino, los intercambios de documentos vía fax entre la

Cancillería y el gobierno de las Islas."27 Posteriormente, alcanzó al grado de un cometido personal del Canciller, a través de la propuesta de indemnización28 y otras más anecdóticas como el envío de salutaciones para las fiestas navideñas, libros, etc.

Lamentablemente la consecuencia de todos esos esfuerzos no sólo no ayudó a que los habitantes de las islas revieran su posición acerca de las relaciones con el continente y la posibilidad de que la Argentina se acercara a su objetivo de máxima, sino que por el contrario, aumentaron el rechazo hacia el Canciller en particular, al negarle la posibilidad de visitar las islas (aún a pesar de su investidura) y hacia el Gobierno Argentino en general.

Sin embargo los "costos" de esta política, han sido superiores al simple rechazo de la figura de un Ministro o de un Gobierno. Peor aún, en el marco de la implementación de las charme politics, el Gobierno Argentino realizó gestos unilaterales como por ejemplo imponer la autolimitación en la pesca del calamar o permitir que sobrevuelen el espacio aéreo argentino.30 En el capítulo II se realizará un análisis acerca de las posturas de las oposición acerca de esta política, considerando la situación contextual y los márgenes de maniobra imperantes.

Con respecto a las propuestas derivadas de la negociación bilateral con el Reino Unido, a priori debe entenderse que para cualquier conflicto, una fórmula que considere la hipótesis de que una de las partes renuncie a la soberanía sobre un determinado territorio, tendrá mayores posibilidades de ser aceptada cuanto mayor sea el grado de consolidación de la relación y de la confianza entre las partes, como un piso a partir del cual puede darse la posibilidad de encarar esa discusión. En el caso específico del Reino Unido, ésta idea, dados sus antecedentes de desoír las Resoluciones de las Naciones Unidas, se refuerza aún más.

Por ello, no es extraño que la posición británica se haya mantenido intransigente ante el arbitraje internacional propuesto en 1992. Lo que sí es poco común es que determinadas propuestas sobre un tema de interés nacional que por lo tanto deberían ser el resultado de una política de Estado y no de partidos, generen tanto rechazo a nivel doméstico, como fue el caso de la fórmula propuesta por el Dr. Escudé que contemplaba la independencia de las Malvinas.

En 1993, 1995 y 1996 la soberanía compartida o condominio tampoco generó comentarios favorables del Foreign Office. La última de esas propuestas se lanzó en el marco de una estrategia destinada a favorecer la idea reeleccionista del Presidente Menem y consistía en lograr un acuerdo para que la bandera argentina flamee en las islas para el año 2000. En este marco de inconsistencia entre los tiempos diplomáticos y los tiempos político-reeleccionistas, la reacción del Gobierno Inglés fue más dura que de costumbre, llegando incluso a sostener que la Argentina "sigue siendo una amenaza".

La idea del Estado Libre Asociado, planteada en 1993 tomando como ejemplo el caso de Puerto Rico con los Estados Unidos, tuvo una reacción doméstica tan marcada que fue rápidamente descartada.

Otra de las propuestas, aunque no oficiales, se dio durante la visita conjunta de los representantes inglés e irlandés en la Argentina, William Mardsen y Art Agnew para explicar los alcances del Acuerdo por el Ulster. Allí el Canciller realizó una analogía entre ese conflicto y la disputa por las Malvinas rescatando la capacidad de las partes tuvieron para arribar a una solución que contempló la simultaneidad de deseos de los habitantes que deseaban seguir perteneciendo a la Corona Británica y los que deseaban integrarse a la República de Irlanda.

Por último el Gobierno Argentino se refirió a la posibilidad de internacionalización de las islas, a través de la cual, tomando el caso de la disputa entre Noruega y Rusia sobre la soberanía de las islas Spitbergen, las partes renunciarían mediante un Tratado Internacional a la soberanía de las islas y se transformarían en territorios administrados por ambas partes.

Debe aclararse que cualquier fórmula que no contemple lisa y llanamente la soberanía absoluta de la Argentina, exige la modificación de la Disposición Transitoria Primera establecida en la Constitución Nacional como consecuencia de la Reforma de 1994 que sostiene que "la Nación Argentina ratifica su legítima e imprescindible soberanía sobre las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos e insulares correspondientes, por ser parte integrante del territorio Nacional"…"La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía respetando el modo de vida de sus habitantes y conforme a los Principios del Derecho Internacional, constituye un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino."

Los Recursos Ictícolas

La explotación de los recursos ictícolas fue otro de los aspectos conflictivos que adquirió mayor relevancia durante la gestión del Canciller Di Tella. En efecto, luego de la aprobación del Informe presentado en el marco de los Acuerdos de Madrid, por el "Grupo de Trabajo Argentino-Británico sobre Pesca" (acerca del intercambio de información acerca de especies, flotas pesqueras, estado de los stocks y posibilidades de conservación y explotación conjunta, etc.); y la continuidad posterior de las negociaciones dentro del "Grupo de Trabajo Atlántico Sur", ambos países firmaron en noviembre de 1990 el primer acuerdo sobre la materia, denominado "Declaración Conjunta sobre Recursos Pesqueros". Allí se establecían medidas tendientes a evitar la sobreexplotación y a mejorar la "convivencia" entre las naves de las

partes. Concretamente, se establecía una zona vigilada por ambos países al oeste de las islas dentro de la cual, se prohibía la pesca de buques de cualquier bandera.

Sin embargo, este acuerdo no satisfizo los deseos del Gobierno Argentino que sabía que los habitantes de las islas habían otorgado gran cantidad de licencias de pesca a buques extranjeros. Estas medidas unilaterales que violaban el status quo, ya bastante perjudicial para los intereses de nuestro país, constituyen desde entonces la mayor fuente de ingresos para los habitantes, sin que exista ninguna contrapartida económica para la Argentina. El resultado fue la creación en 1992, del Registro de Buques y Artefactos Navales Extranjeros, a través del cual la Argentina concedió permisos de pesca para buques extranjeros.

Disminuidos los ingresos de los isleños, se iniciaron las negociaciones dentro de la "Comisión Argentino-Británica de Pesca del Atlántico Sur" de la cual se convino en diciembre de 1992, aún a pesar de la protesta británica que procuraba volver a la situación anterior, un cupo de cuarenta y cinco permisos y un total de doscientas veinte mil toneladas por partes iguales. Sin embargo, el cobro de una licencia a un pesquero argentino en aguas de las Georgias a principio de marzo de 1996 y otras decisiones unilaterales, derivaron en un nuevo endurecimiento de la relación e indirectamente en una nueva prórroga del viaje del Presidente Menem a Inglaterra. A partir de entonces, la situación prácticamente se mantuvo ya que mientras que Londres insiste con la necesidad de un acuerdo, la Cancillería se refiere a una "politización" del tema ya que mientras que los británicos marcan una diferencia de jurisdicción entre las Malvinas y las Georgias la Argentina la rechaza.

Desde la oposición se ha tenido antes que desde el oficialismo, la convicción de que debe utilizarse el Acuerdo Pesquero para obtener avances concretos, revirtiendo la políticas de los gestos unilaterales inconducentes; en este sentido la política oficial pareciera dirigirse finalmente en esa dirección. No obstante, la impaciencia del Congreso (incluso del bloque oficialista) y la ininterrumpida actividad británica en el lugar, han derivado en la elaboración de un proyecto que, al igual que con la llamada Ley Eduardo Menem para el caso de los recursos hidrocarburíferos (ver siguiente punto), propone sancionar a aquellos que realicen actividades pesqueras en la zona sin el consentimiento argentino.

El viaje del Presidente Menem:

La invitación a Inglaterra ha sido, desde que asumió su mandato, uno de los objetivos del Dr. Menem, ergo, dada la estructura verticalista del gobierno, uno de los objetivos de la política exterior dela Argentina.

Debe entenderse primero cuales son las razones que justifican los viajes presidenciales. A los efectos de una relación más fluida y un mayor grado de cooperación entre los Estados, los viajes presidenciales son siempre recomendables y en muchos casos más fructíferos que los asiduos contactos entre niveles menores de los Gobiernos. También suelen ser muy útiles a la hora de destrabar conflictos. Su trascendencia mediática ejerce influencia sobre la opinión pública generando a su vez presiones hacia los gobernantes. Por último la sola investidura de los primeros mandatarios, otorga validez y trascendencia a los acuerdos que se firman.

Es más, todas las visitas presidenciales periódicas, salvo que se especifique lo contrario, implican la firma de algún tipo de acuerdo entre las partes que constituye la manifestación escrita de su entendimiento y voluntad de cooperación. Por lo tanto, sólo la búsqueda de alguno de estos objetivos justifica este tipo de visitas al más alto nivel.

Entonces, por todo lo expuesto se entiende que un viaje presidencial es un medio hacia la persecución de un determinado objetivo. El caso de la relación de la Argentina con el Reino Unido no es una excepción. El asunto es determinar cual es ese objetivo.

La invitación a este viaje se remonta al año 1995, cuando luego de la firma del Acuerdo Petrolero por el cual las partes convenían la explotación conjunta de una zona al este de las islas, el entonces Primer Ministro John Major decidió que era el momento adecuado. Sin embargo, posteriores incidentes por el cobro de una licencia de pesca a un pesquero argentino en aguas de las Georgias y la decisión unilateral de los kelpers de llamar a una licitación al norte de las islas, determinaron su prórroga. Finalmente a fines de 1997 se convino que se realizaría durante el último trimestre de 1998.

Desde que surgió la idea, siempre se ha pensado que el objetivo supremo del viaje era mejorar las relaciones.

Sin embargo, las partes han afirmado hasta el cansancio que salvo por el caso de Malvinas, las relaciones son inmejorables, sin que hiciera falta visita presidencial alguna. Además se han barajado y luego descartado, dos objetivos más específicos como ser el definitivo Acuerdo de Pesca y el llamado a licitación conjunta para la exploración y explotación hidrocarburífera en la zona establecida por el Acuerdo del Petróleo de 1995. Sin embargo, la primera reunión de los primeros mandatarios inglés y argentino después de la guerra y luego de 37 años (Dr. Illia en 1961) sólo tendrá como corolario un memorándum de entendimiento en materia de transportes, habiéndose expresamente advertido a la Argentina en más de una oportunidad acerca del no diálogo acerca de la soberanía de Malvinas. Por otro lado, los miembros más representativos de la Alianza opositora, que cuenta con chances ciertas de ser Gobierno en 1999, han declinado sistemáticamente los ofrecimientos tanto de la Cancillería como del Embajador inglés en la Argentina para acompañar al Presidente, con lo cual quitan carácter institucional al viaje y reflejan la falta de cohesión y coherencia interna recomendables con respecto a una política que afecta el interés nacional, como es la de Malvinas.

Por lo tanto, si las relaciones bilaterales están en un punto inmejorable, si no hace falta una visita presidencial para mejorarlas aún más, si no se realizará ningún acuerdo relevante (por lo menos para el Gobierno, esto es pesca o petróleo), si se sabe que Inglaterra restará trascendencia a un diálogo que no incluirá a los referentes más importantes de un partido que podría bien ser Gobierno a un año de la visita y si a pesar de haber transcurrido un tiempo prudencial, sólo se discutirá acerca de economía y cultura y no de soberanía, ¿cuál es el objetivo de la visita del Presidente?.

Debe concluirse que el viaje del Dr. Menem sin dudas servirá para mejorar las relaciones a nivel económico y cultural, por cierto de gran importancia. El problema es para lo que no servirá. A pesar de que constituye una oportunidad única para avanzar en el diálogo acerca de la soberanía y hacia el cumplimiento de la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional, no será aprovechada como tal y sus efectos serán semejantes a los de las visitas a otros Estados con los que ciertamente no se mantiene una disputa a nivel de soberanía. Ante esta situación y dadas las circunstancias específicas del caso, debe concluirse que sólo se cumplirá con un objetivo de la política exterior argentina de este Gobierno, un objetivo devenido en un fin antes que en un medio: lograr que el Presidente sea recibido por el Primer Ministro Británico Tony Blair y por su Majestad la Reina de Inglaterra.

SITUACIÓN DE LAS ISLAS ANTES DE 1982

Declaración conjunta

En junio de 1971 ambos gobiernos, el argentino y el británico, mediante sus respectivas delegaciones, celebraron en Buenos Aires una serie de conversaciones, que culminaron con una declaración conjunta, relacionada con las comunicaciones y movimientos de personas entre el territorio continental argentino y las islas.

Comunicado conjunto

Los gobiernos anteriormente mencionados han alcanzado un acuerdo sobre los términos de referencia para las negociaciones sobre la disputa acerca de las Islas Malvinas de la siguiente forma:

Los Gobiernos de la República Argentina y del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte acordaron mantener negociaciones a partir de junio o julio de 1977, las que se refirieron a las futuras relaciones políticas, incluyendo soberanía, con relación a las Islas Malvinas, las Georgias de Sur y las Sandwich del Sur y a la cooperación económica con respecto a dichos territorios en particular y al Atlántico Sur occidental en general. En estas negociaciones fueron tratadas las cuestiones que afectaron el futuro de las Islas y las negociaciones se dirigieron a la elaboración de la solución pacífica a la disputa existente entre los dos estados sobre soberanía y al establecimiento de un marco para la cooperación económica argentino – británica, la que contribuirá substancialmente al desarrollo de las islas y de la región en general.

Negociaciones sobre las Islas Malvinas. ONU

El 16 de diciembre de 1965 el plenario de la asamblea general de la ONU aprobó por noventa y cuatro votos a favor, catorce abstenciones y ningún sufragio contra el proyecto aceptando la cuestión argentina. En él se encuadró el caso como una situación colonial, se reconocía la disputa, se recomendaba proseguir las negociaciones, pedía a los estados informes sobre los resultados y equiparaba los nombres de Malvinas y Falkland.

Ante esto, Gran Bretaña alegó que no era un problema de descolonización sino de reclamación de soberanía argentina y sostuvo que las decisiones deberían depender de los deseos de la población, al tiempo que se oponía al cambio de denominación. En enero de 1966 el secretario de Estado de Relaciones Exteriores de Gran Bretaña visitó la Argentina y firmó con el canciller Miguel Ángel Zavala Ortiz, un comunicado conjunto en el que se concordaba proseguir las negociaciones e informar a la ONU. Desde ese momento la cuestión Malvinas se desarrollo en dos planos, el de la negociación bilateral y el de las Naciones Unidas. Ya en 1868 existía la convicción en el Parlamento británico de que la soberanía de las islas era el tema de las negociaciones y con ello, el problema fue acercándose a la cesión o transferencia de las islas a la Argentina.

Sucesos Anteriores al 2 de abril

En 1982, los casi 2 mil habitantes de las Malvinas, llamados kelpers ("los que comen algas"), gozaban de una vida relativamente tranquila. La gran mayoría de ellos residían en Puerto Stanley y se dedicaban a la cría de 650 mil ovejas, bajo la gestión de la empresa inglesa Falkland Island Company. En Argentina, en cambio, la vida se había tornado cada vez más complicada desde que los militares habían ascendido al poder en 1976, mediante un golpe de estado.

En 1982 el militar Leopoldo Galtieri gobernaba el país y sabía que necesitaba urgentemente un recurso que afianzara su gobierno y el poder de la junta militar. Esta atravesaba el momento más crítico desde su instauración. Galtieri dio prioridad durante todo su mandato al recupero de las islas Malvinas: Los preparativos de la invasión se hicieron en el mayor secreto. Esta se basó en dos etapas: la Operación Alfa, que usaría para encubrirse al empresario argentino Constantin Davidoff, comprador de chatarra. Davidoff introduciría comandos militares entre el grupo de obreros que mandaba a trabajara Puerto Leith, en Georgia, para desmantelar unas instalaciones balleneras abandonadas. Y la Operación Rosario que consistía en una serie de acciones de intensidad creciente encaminadas a la recuperación argentina de las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur que se ejecutarían en sentido inverso (de Este a Oeste y de menor a mayor relevancia política), iniciándose de la manera más discreta posible y culminando con la toma del archipiélago de las Islas Malvinas y de su capital, Port Stanley mediante un asalto directo.

El episodio de las islas Georgias fueron las desencadenantes de la guerra de 1982: el grupo de operarios de la empresa chatarrera argentina de Davidoff desembarcó en las islas San Pedro, en las Georgias, el 19 de marzo de 1982, con el propósito de desmantelar viejas instalaciones balleneras. Esta actividad, nos obstante ser conocida por el gobierno británico provocaron notoria irritación que se puso de manifiesto al aparecer en San Pedro el patrullero inglés Endurance, el cual según versiones de Londres, tenía instrucciones de desalojar por la fuerza, si era necesario, al grupo de trabajadores argentinos.

El 26 de marzo de 1982, el comité militar argentino resolvía prestar apoyo al grupo de ciudadanos. A tal efecto, se acercaron al lugar varias unidades de la flota de guerra argentina, entre ellas, el Bahia Paraíso.

Entre tanto, en el Ministerio de Relaciones Exteriores británico, se hablaba de negociaciones para un retiro inmediato del grupo de trabajadores de las Georgias.-

LA GUERRA DE LAS MALVINAS. POSICIÓN DE LA ONU Y OEA.

Durante la noche de 1º de abril, parte de la flota argentina operaba frente a las islas. Entretanto, los infantes de marina británicos en la capital malvinense (entonces Puerto Stanley) se desplegaban en actitud defensiva. El ataque coincidió con el último intento por hallar una negociación que evitara el conflicto, impulsada por el presidente peruano Esa mismas noche, se reunía el consejo de seguridad de la ONU que denunció ¨la inminente amenaza de la invasión argentina a las islas¨.

El 2º de abril, la Argentina logró desembarcar en Puerto Stanley y ocupar las islas. A día siguiente a la ocupación, fue designado gobernador de las Malvinas el general Mario Benjamín Menendez, pasando a ser el segundo gobernador argentino. El primero fue Luis Vernet en 1829.

Rápidamente se realizaron gestiones diplomáticas para impedir la guerra: la resolución 502 del Consejo de Seguridad de la ONU respaldó la posición británica y reclamó que la Argentina retirara sus tropas de las islas y comenzara a negociar con Gran Bretaña. La Comunidad Económica Europea decidió sanciones contra la Argentina. La OEA apoyó a la reivindicación argentina.

El 5 de mayo, dos aviones Super Etendard de la aviación argentina, atacaron el moderno destructor HMS Sheffield que se movía en la vanguardia de Task Force. Un misil logró inutilizar la nave. Murieron 20 británicos.-Los británicos, mientras tanto, seguían bombardeando las islas con sus aviones Vulcan, que volaban desde las islas Ascensión.

El 21 de mayo los británicos desembarcaron en las islas. En tierra, la infantería fue superada por el profesionalismo de los marines y paracaidistas británicos. Así, el 29 de mayo los ingleses triunfaron en el decisivo encuentro de Goose Green, aunque sufrieron un duro golpe el 8 de junio, cuando la aviación argentina atacó al transporte Sir Galahad.

El 26 de mayo se reunió nuevamente el Consejo de seguridad aprobando la Resolución 505, que reafirmaba la anterior, e instaba a las partes a cooperar con el Secretario gral. Javier Pérez de Cuellar, en sus esfuerzos por poner fin a las hostilidades

El 28 de mayo se reunieron en la sede le da OEA (Washington) los cancilleres de los 21 países miembros del Tratado Interamericanote Asistencia Recíproca (TIAR), y adoptaron una resolución ¨condenando el ataque británico a la Argentina y solicitanto a los Estados Unidos que cese su asistencia militar al Reino Unido¨. Esta resolución tuvo cuatro abstenciones: Estados Unidos, Colombia, Chile, y Trinidad-Tobago. Chile, le permitió a Gran Bretaña realizar una escala en su territorio a fin de abastecer combustible a los aviones.

Ante la gravedad de la situación, El Papa Juan Pablo II, decidió viajar de inmediato a la Argentina. Llegó el 1 de junio, y se pronunció ante la Nación Argentina, instándola a orar por la paz.

En tierra, la infantería argentina fue superada por los marines y paracaidistas británicos. Así, el 29 de mayo, los ingleses triunfaron en el decisivo encuentro de Goose Green, aunque sufrieron un duro golpe el 8 de junio, cuando la aviación argentina atacó el transporte Sir Galahad.

El 14 de junio, las fuerzas británicas presionaban con una superioridad manifiesta en armamentos en las afueras del Puerto Argentino, capital Malvinense. Ese día, el Estado Mayor Conjunto argentino dio a conocer el comunicado 163 cuyo texto decía que el comandante de la fuerza británica, el general More, conferenció con el comandante militar de las Malvinas, general Mario Benjamín Menendez el 14 de junio; y que en la zona de Puerto Argentino hay un alto el fuego de hecho, no concertado por ninguna de las dos partes.

Ese mismo día, fue firmada el acta final de rendición del comandante de las fuerzas argentinas. Las cifras finales del conflicto arrojan la pérdida de más de 1.070 británicos y 649 argentinos.

En cuanto a la situación interna de la Argentina: El fracaso de Malvinas marcó la derrota del proceso militar. La multitud exigía la renuncia del Galtieri. Se designa como nuevo presidente al general Reynaldo Bignone.-

SITUACIÓN DE LAS MALVINAS DESPUÉS DE 1982. RELACIÓN ENTRE ARGENTINA Y GRAN BRETAÑA.-

Desde la firma de la rendición, la situación jurídico-política con el Reino Unido por la posesión de las Malvinas no varió sustancialmente. Nuestro País continúa sosteniendo su derecho a la soberanía del territorio y sus intenciones de reanudar las negociaciones bilaterales; pero las mismas se ven trabadas, dado que el gobierno inglés se mantiene inflexible en su posición de no avenirse a tratativas que estén condicionadas por la Argentina a la cuestión de la soberanía, a la vez que se afirma en la tesis de que el futuro de las islas debe ser resuelto por los isleños. En 1985 los ingleses les otorgaron una nueva Constitución que reconoce el derecho de sus habitantes a la autodeterminación.

Hacia el final de la década de los 80 y luego de numerosas marchas y contramarchas, los gobiernos de la Argentina y de Gran Bretaña llegaron a un entendimiento sobre el modo de restablecer las relaciones diplomáticas normales interrumpidas a partir del 2 de abril de 1982. Este acuerdo pudo realizarse porque ambos gobiernos acordaron reiniciar las relaciones diplomáticas sin discutir soberanía.

Este tema fue puesto bajo un "paraguas" que reconocía la existencia del litigio y los reclamos de soberanía de ambas partes en tanto se dejaban para más tarde negociaciones concretas al respecto. Sin embargo, si bien el gobierno del presidente Alfonsín había avanzado hacia un acuerdo con Gran Bretaña, la percepción general era que las negociaciones se habían estancado. Le correspondió al gobierno del presidente Menem, inaugurado el 9 de julio de 1989, poner en práctica este mecanismo con la firma de los Acuerdos de Madrid de febrero de 1990.

CONCLUSIÓN

Si fuerámos la Corte Internacional de Justicia (sin perjuicio que nos colocamos en este lugar sólo como una mera hipótesis para fundamentar nuestra opinión), hubiéramos resuelto el caso otorgándole la soberanía a Argentina, no por una cuestión de que es nuestro país, sino porque estamos convencidas que Gran Bretaña no ha expuesto fundamentos fuertes como para que valga su teoría. Es que en realidad Gran Bretaña no tiene en que basarse para demostrar que adquirió legitamamente la soberanía sobre las islas.

Nos parece insensato pretender que Argentina niegue su soberanía o decline parte de sus fundamentos, puesto que si en casos anteriores con mucho menos a su favor se han otorgado soberanía a otros Estados, como el caso de las Islas de Clepperton (1931), que se le terminó otorgando la soberanía a Francia.

Nos parece que el caso de Las Malvinas pasa más por una cuestión política, en donde juega como más importante el hecho de que Gran Bretaña fue y sigue siendo una potencia mundial muy poderosa.

Si bien en el marco de las Naciones Unidas se ha tratado de que ambos Estados lleguen a una negociación, no se habla generalmente de otorgar la soberanía a uno de los dos Estados, el uno por no tener razones suficientes ara adquirirla, el otro por no ser un país de peso como si lo es el otro. Sin embargo, Argentina no ha dejado de luchar para obtener lo que cree le pertenece por derecho, es más hace poco escuchamos que se estaba tratando un proyecto a relizarse en las islas, presentado por Argentina en la O. E.A (Organización de los Estados Americanos).

Sin querer profundizar mucho en la guerra de Malvinas de 1882, no podemos dejar de mencionar lo que se ha luchado por ese territorio, y lo que han dejado los miles de soldados que dieron la vida por su patria, creyendo y confiando en que algún día iba a ser reconocido por "todos" los Estados nuestro reclamos de soberanía.

Confiamos que por una cuestión de respeto en un futuro cercano podamos celebrar la reivindicación de la soberanía argentina sobre las Islas Malvinas.

Finalmente solo queremos aclarar conforme a uno de los principio de las Naciones Unidas, que se expresa tanto en su artículo 1 cono en su resolución 2625, todos los Estados son soberanos e iguales en la aplicación del Derecho Internacional, entonces ¿por qué al momento de estabecer que Estado es soberano de las Islas Malvinas se toma en consideración el peso político de Estado contrarrestando los poderosos fundamentos del otro estado?

Creemos que sólo nos resta confiar y esperar, pero sin nunca bajar los brazos, pues no sea cosa que finalmente nos ganen por cansancio.

BIBLIOGRAFÍA

VINUESA R. "El Conflicto por las Islas Malvinas y el Derecho Internacional" (Conferencia dada en 1982).

SCAGLIONE DANTE: "Soberanía Territorial".

Resolución 1514 de la Asamblea General de la ONU.

Resolución 2065 (XX) de la Asamblea General de la ONU sobre la cuestión de las Islas Malvinas.

Declaración Conjunta del 1-VII-1971 y acuerdos por notas reversales del 13-IX-1974 entre la República Argentina y el Gobierno del reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre las Islas Malvinas.

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