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El presupuesto público (página 2)


Partes: 1, 2, 3

El hecho de que un país no pague sus obligaciones con los organismos de crédito internacionales es la prueba del fracaso de un país, aunque pagar en momentos difíciles sería mucho más grave, porque pondríamos en riesgo el equilibrio económico. Sin dudas el mayor impacto sobre el equilibrio económico es la ruptura del presupuesto económico. Es obligación exclusiva de la Concedente recomponer este equilibrio restaurando las bases económicas del contrato. Respecto a la relación devaluación – equilibrio económico financiero de la Concesión, resulta claro del propio texto contractual como de los antecedentes del proceso licitatorio que el riesgo de una devaluación nunca fue una variable que pesara sobre los accionistas dado que el contrato otorga respecto de la equivalencia económica de la convertibilidad un verdadero seguro de cambio. Los negocios de estas características tienen 3 fuentes de financiamiento para sus inversiones: capital propio, deuda financiera y reinversión de flujos de fondos positivos. Tanto la deuda financiera como el capital de los accionistas (capital social más ganancias reservadas) no son gratuitos sino que remunerados por el negocio. 

La deuda financiera tiene una remuneración explícita en las condiciones de financiamiento a través de la tasa de interés y un plazo predeterminado de devolución. 

Planificación fiscal, tributaria y monetaria

Planificación Fiscal

Determina el conjunto de medidas e instrumentos que toma el estado para recaudar los ingresos necesarios para la realización de la función del sector público.

Planificación Tributaria

A nivel empresarial, gran parte de las decisiones que realiza el empresario tienen consecuencias tributarias que, por la relevancia de los impuestos en relación con los costos y utilidades, deben ser consideradas antes de hacerlas operativas. Lo anterior hace imprescindible contar con una adecuada planificación tributaria.

La tendencia mundial creciente a la concentración de las actividades económicas rentables en empresas trasnacionales resulta ya indiscutible y aparentemente irreversible. Estas empresas, en opinión de los autores, configuran un complejo empresarial compuesto por entes jurídicamente independientes y que, si bien se constituyen en distintos países, son dirigidos por sociedades madres y sometidos a un control común. Y es precisamente el predominio del interés del grupo por sobre el de las unidades operativas independientes, el que de algún modo representa la génesis de la "planificación tributaria mundial", la cual tiene como objetivo orientar las actividades comerciales hacia los países donde la tributación es menor.

Los impuestos corresponden a la participación del gobierno en las diferentes actividades económicas y están reguladas por un conjunto de normas que establecen sus montos, exenciones y periodicidades. La planificación tributaria es una actividad que permite maximizar los flujos financieros y cuyo impacto dependerá de la actividad económica que se desarrolle.

Planificación Monetaria

Define el sistema monetario que seguirá el gobierno Nacional para conseguir la estabilidad del valor del dinero y evitar una balanza de pagos adversa, alcanzar el pleno empleo y buscar el estado de liquidez de toda economía.

Importancia del presupuesto público

La importancia del presupuesto, son causas que tienen un carácter político, económico y social:

  • 1. El presupuesto está compuesto por recursos que se extraen a la sociedad y representa cargas fiscales en grupos sociales. Se relaciona con el poder del estado de meter la mano en los bolsillos y decidir sobre su asignación.

2. En esa decisión sobre la distribución, el presupuesto revela las prioridades del gobierno y permite evaluarlo a través del análisis de impactos, así como de la revisión-auditoria.

3. El presupuesto tiene un peso macroeconómico muy evidente en el crecimiento, el empleo, la inflación, y la estabilidad. Las políticas de ingreso y de asignación del gasto público son elementos clave de la política económica: tienen impactos definitivos en el crecimiento de la economía y en el desarrollo social; son además impactos de largo alcance. Con particular fuerza en países en vías de desarrollo, el presupuesto público estimula la acumulación de capital físico y la inversión en capital humano. Por ejemplo, políticas tributarias y políticas de gasto son instrumentos fundamentales para paliar la insuficiencia en el ahorro interno, absorber el costo de la deuda (interna y externa), contener el alza de precios, mantener la estabilidad macroeconómica y redistribuir el ingreso, a través de la reasignación de recursos y esfuerzos hacia programas sociales-educación, mejora en los servicios de salud, disminución de los grados de pobreza, provisión de seguridad pública, creación de infraestructura, desarrollo regional, alientos a la producción, y la inversión en capital físico y humano, motor del desarrollo. En contrasentido, pero con mayor facilidad, políticas de ingreso y egresos erróneas pueden impactar negativamente a la sociedad.

4. El presupuesto tiene un evidente impacto en la economía y el desarrollo en su conjunto, pero también lo tiene en la vida de los habitantes del país. El presupuesto tiene un peso macroeconómico (distribución del ingreso, educación, servicios, oportunidades), con la asignación de recursos para prestar servicios que demanda la sociedad. En contextos democráticos, esas políticas se someten a escrutinio, evaluación y debate públicos. Sabemos que el mercado favorece la generación y distribución de la riqueza, pero que al mismo tiempo ese reparto de los beneficios acaba siendo desigual. La democracia, basada en el principio de la igualdad política, "puede paliar esas desigualdades a través de la política fiscal acordada en los órganos de representación popular y garantizar así un piso mínimo de bienestar para el conjunto de los ciudadanos. Todo estado democrático desarrollado tiene la necesidad de imponer gravámenes para financiar gasto social, y procura así alcanzar un delicado equilibrio entre esa recolección de impuesto y ese gasto, y el estímulo a la inversión tanto en bienes públicos como en los que provienen de los agentes privados" (Elizondo 1998). Las políticas de ingresos y de gasto públicos están en el centro de esas dos tensiones (piso mínimo de bienestar-gasto social-e inversión privada-crecimiento económico), y el presupuesto en un enfoque integral (que incluye ingresos y gastos), tiene un papel clave en la determinación del tipo de desarrollo que adopte un país.

5. Otro factor que le da gran importancia al presupuesto es el hecho de que es la sustancia del funcionamiento gubernamental, de los programas: representa los recursos del estado. El estado, para funcionar (poder ejecutivo, legislativo, judicial), para cumplir con sus funciones básicas (provisión de bienes públicos) y constitucionales, requiere de recursos. Cualquier acción gubernamental, requiere de un aparato administrativo que necesita recursos públicos. Estos se generan a través de las funciones estatales de levantar impuestos, producir algunos bienes, prestar algunos servicios, emitir y contratar deuda pública.

6. Finalmente, pero no menos importante, el presupuesto tiene una fuerte relación con la política (impacto político) y con el poder. La acción gubernamental tiene un impacto determinante en la estructura política: la consolida, la erosiona, siempre la modifica. Las acciones gubernamentales debilitan o favorecen a grupos, regiones, sectores económicos, sociales, geográficos. Desde esta perspectiva, el presupuesto es parte clave de la Política, pues asigna recursos.

El presupuesto privado

Representa la modalidad de presupuesto que se aplica en las empresas privadas, caracterizadas porque su objetivo es maximizar su beneficio, utilidad o ganancia.

Beneficio > 0 maximizar

Ingresos > Egresos

EL PRESUPUESTO PÚBLICO

Representa la modalidad de presupuesto aplicada en las instituciones públicas, cuyo objetivo no es maximizar beneficios, sino hacer un uso óptimo de los recursos de que dispone.

Beneficio = 0

Ingresos = Egresos

PRESUPUESTO PRIVADO Y PRESUPUESTO PÚBLICO

SEMEJANZAS

1. SIMILAR OBJETO DE ESTUDIO: EL PRESUPUESTO.

2. SIMILARES VARIABLES CUANTITATIVAS USADAS: INGRESOS Y GASTOS.

3. SIMILARES VARIABLES CUALITATIVAS USADAS: OBJETIVOS Y METAS.

4. AMBOS SON PLANES, PROCESOS Y ACTOS LEGALES. (*)

5. AMBOS ESTÁN CONSTITUIDOS POR ACTOS PRESUPUESTARIOS.

6. AMBOS SON PARTE INTEGRANTE DE LA ECONOMÍA NACIONAL

DIFERENCIAS

1. DISTINTO ÁMBITO DE APLICACIÓN: PRIVADO VERSUS PÚBLICO.

2. DISTINTO FIN PERSEGUIDO EN CUANTO AL BENEFICIO O UTILIDAD.

3. LA LOAFSP RIGE PARA EL PTO. PÚBL., MAS NO PARA EL PTO. PRIVADO.

4. PTO. PÚBL. USA EL CLASIFICADOR PRESUPUESTARIO, PTO. PRIV. NO (*).

Aspectos generales del proceso presupuestario venezolano

La planificación del desarrollo económico y social constituye una de las responsabilidades fundamentales del sector público; el sistema de planificación está constituido por diversos instrumentos, cada uno de los cuales cumple una función específica, complementaria por los demás; y que, dentro de ellos, al Plan Anual Operativo le corresponde la concreción de los planes de largo y mediano plazo.

La concepción moderna del presupuesto está sustentado en el carácter de integridad de la técnica financiera, ya que el presupuesto no sólo es concebido como una mera expresión financiera del plan de gobierno, sino como una expresión más amplia pues constituye un instrumento del sistema de planificación, que refleja un a política presupuestaria única.

Bajo este enfoque de la integridad se sustenta la necesidad de que las diversas etapas del proceso presupuestario, sean concebidas como aspectos igualmente importantes del sistema presupuestario y, por lo tanto, estén debidamente coordinados.

Plan Operativo Anual: Instrumento de Gestión de apoyo a la acción pública, que contiene las directrices a seguir: áreas estratégicas, programas, proyectos, recursos y sus respectivos objetivos y metas, así como la expresión financiera para acometerlas.

Presupuesto: es la expresión financiera para apoyar la ejecución de las acciones contempladas en el Plan Operativo Anual Nacional (P.O.A.N.).

PRESUPUESTOS QUE SE ELABORAN EN LOS DISTINTOS NIVELES DEL SECTOR PÚBLICO

Principios

El presupuesto público es la previsión de gastos e ingresos para un determinado periodo de tiempo, por lo general un año. El presupuesto es un documento que permite a las empresas, los gobiernos, las organizaciones privadas y las familias establecer prioridades y evaluar la consecución de sus objetivos. Para alcanzar estos fines puede ser necesario incurrir en déficit o, por el contrario, ahorrar, en cuyo caso el presupuesto presentará un superávit.

Los principios por los que se rige el presupuesto público son los mencionados a continuación:

  • Programación: Se desprende de la propia naturaleza del presupuesto y sostiene que éste -el presupuesto- debe tener el contenido y la forma de la programación.

  • Contenido: establece que deben estar todos los elementos que permitan la definición y la adopción de los objetivos prioritarios. El grado de aplicación no está dado por ninguno de los extremos, pues no existe un presupuesto que carezca completamente de una base programática, así como tampoco existe uno en el que se hubiese conseguido la total aplicación de la técnica.

  • Forma: en cuanto a la forma, con él deben explicitarse todo los elementos de la programación, es decir, se deben señalar los objetivos adoptados, las acciones necesarias a efectuarse para lograr esos objetivos; los recursos humanos, materiales y servicios de terceros que demanden esas acciones así como los recursos monetarios necesarios que demanden esos recursos.

  • Integralidad: En la actualidad, la característica esencial del método de presupuesto por programas, está dado por la integralidad en su concepción y en su aplicación en los hechos. El presupuesto no sería realmente programático si no cumple con las condiciones que imponen los cuatro enfoques de la integralidad. Es decir, que el presupuesto debe ser:

  • Un instrumento del sistema de planificación.

  • El reflejo de una política presupuestaria única.

  • Un proceso debidamente vertebrado; y

  • Un instrumento en el que debe aparecer todos los elementos de la programación.

  • Universalidad: Dentro de este postulado se sustenta la necesidad de que aquello que constituye materia del presupuesto debe ser incorporado en él.

Naturalmente que la amplitud de este principio depende del concepto que se tenga de presupuesto. Si este sólo fuera la expresión financiera del programa de gobierno, no cabría la inclusión de los elementos en términos físicos, con lo cual la programación quedaría truncada. En la concepción tradicional se consideraba que este principio podía exponerse cabalmente bajo la "prohibición" de la existencia de fondos extrapresupuestarios.

  • Exclusividad: En cierto modo este principio complementa y precisa el postulado de la universalidad, exigiendo que no se incluyan en la ley anual de presupuesto asuntos que no sean inherentes a esta materia. Ambos principios tratan de precisar los límites y preservar la claridad del presupuesto, así como de otros instrumentos jurídicos respetando el ámbito de otras ciencias o técnicas. No obstante, de que en la mayoría de los países existe legislación expresa sobre el principio de exclusividad, en los hechos no siempre se cumplen dichas disposiciones legales.

  • Unidad: Este principio se refiere a la obligatoriedad de que los presupuesto de todas las instituciones del sector público sean elaborados, aprobados, ejecutados y evaluados con plena sujeción a la política presupuestaria única definida y adoptada por la autoridad competente, de acuerdo con la ley, basándose en un solo método y expresándose uniformemente. Es indispensable que el presupuesto de cada entidad se ajuste al principio de unidad, en su contenido, en sus métodos y en su expresión. Es menester que sus políticas de financiamiento, funcionamiento y capitalización sean totalmente complementarias entre sí.

  • Acuciosidad: Para el cumplimiento de esta norma es imprescindible la presencia de las siguientes condiciones básicas en las diversas etapas del proceso presupuestario:

  • a) Profundidad, sistema y organicidad en la labor técnica, en la toma de decisiones, en la realización de acciones y en la formación y presentación del juicio sobre unas y otras.

  • b) Sinceridad, honestidad y precisión en la adopción de los objetivos y fijación de los correspondientes medios; en el proceso de su concreción o utilización; y en la evaluación de nivel del cumplimiento de los fines, del grado de racionalidad en la aplicación de los medios y de las causas de posibles desviaciones.

En otras palabras, este principio implica que se debe tender a la fijación de objetivos posibles de alcanzar, altamente complementarios entre sí y que tengan la más alta prioridad.

  • Claridad: Este principio tiene importancia para la eficiencia del presupuesto como instrumento de gobierno, administración y ejecución de los planes de desarrollo socio-económicos. Es esencialmente de carácter formal; si los documentos presupuestarios se expresan de manera ordenada y clara, todas las etapas del proceso pueden ser llevadas a cabo con mayor eficacia.

  • Especificación: Este principio se refiere, básicamente, al aspecto financiero del presupuesto y significa que, en materia de ingresos debe señalarse con precisión las fuentes que los originan, y en el caso de las erogaciones, las características de los bienes y servicios que deben adquirirse.

En materia de gastos para la aplicación de esta norma, es necesario alejarse de dos posiciones extremas que pueden presentarse; una sería asignar una cantidad global que serviría para adquirir todos los insumos necesarios para alcanzar cada objetivo concreto y otra, que consistiría en el detalle minucioso de cada uno de tales bienes y servicios.

La especificación significa no sólo la distinción del objetivo del gasto o la fuente del ingreso, sino además la ubicación de aquellos y a veces de éstos, dentro de las instituciones, a nivel global de las distintas categorías presupuestarias, y, en no contados casos, según una distribución espacial. También es indispensable una correcta distinción entre tales niveles o categorías de programación del gasto.

  • Periodicidad: Este principio tiene su fundamento, por un lado, en la característica dinámica de la acción estatal y de la realidad global del país, y, por otra parte, en la misma naturaleza del presupuesto.

A través de este principio se procura la armonización de dos posiciones extremas, adoptando un período presupuestario que no sea tan amplio que imposibilite la previsión con cierto grado de minuciosidad, ni tan breve que impida la realización de las correspondientes tareas. La solución adoptada, en la mayoría de los países es la de considerar al período presupuestario de duración anual.

  • Continuidad: Se podría pensar que al sostener la vigencia del principio de periocidad se estuviera preconizando verdaderos cortes en el tiempo, de tal suerte que cada presupuesto no tiene relación con los que le antecedieron, ni con los venideros. De ahí que es necesario conjugar la anualidad con la continuidad, por supuesto que con plenos caracteres dinámicos. Esta norma postula que todas la etapas década ejercicio presupuestario deben apoyarse en los resultados de ejercicios anteriores y tomar, en cuenta las expectativas de ejercicios futuros.

  • Flexibilidad: A través de este principio se sustenta que el presupuesto no adolezca de rigideces que le impidan constituirse en un eficaz instrumento de: Administración, Gobierno y Planificación.

Para lograr la flexibilidad en la ejecución del presupuesto, es necesario remover los factores que obstaculizan una fluida realización de esta etapa presupuestaria, dotando a los niveles administrativos, del poder suficiente para modificar los medios en provecho de los fines prioritarios del Estado.

Según este principio es necesario sino eliminar, por lo menos restringir al máximo los llamados "Recursos Afectados" es decir, las asignaciones con destino específico prefijado. En resumen, la flexibilidad tiende al cumplimiento esencial del presupuesto, aunque para ello deban modificarse sus detalles.

  • Equilibrio: Este principio se refiere esencialmente al aspecto financiero del presupuesto aún cuando éste depende en último término de los objetivos que se adopten; de la técnica que se utilice en la combinación de factores para la producción de los bienes y servicios de origen estatal; de las políticas de salarios y de precios y en consecuencia, también del grado de estabilidad de la economía.

Características

Los Presupuestos del sector público se elaboran con base en la idea de control de gastos., se hace primero una estimación de los gastos que se han de originar debido a necesidades pública y después se planea la forma de cubrirlas, estudiando la aplicación de ingresos que se recaben de los impuestos, obtención de empréstitos y la emisión de papel moneda que ocasionaría inflación.

Estructura

Para el cumplimiento de los deberes primordiales del Estado, se establecen las Funciones que identifican las acciones a ejecutar por los Pliegos Presupuestarios, de acuerdo a lo siguiente:

  • Legislativa

El Clasificador Funcional Programático, define y desagrega las Funciones, en Programas y Subprogramas, el mismo que se aprueba y modifica por Resolución de la Dirección Nacional del Presupuesto Público.

Las Funciones, Programas y Subprogramas se orientan al cumplimiento de los Objetivos Institucionales y no responden a la estructura orgánica de los Pliegos Presupuestarios.

ESQUEMAS QUE SE UTILIZAN PARA CLASIFICAR, CALCULAR Y ESTRUCTURAR EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y GASTO PÚBLICO NACIONAL

Presupuesto de Ingresos

El computo anticipado de los ingresos es el primer paso en implantación de todo programa presupuestal ya que este renglón es el que proporciona los medios para poder llevar a cabo las operaciones.

 El presupuesto de ingresos está formado por: 

Antiguamente las ventas estaban consideradas y supeditadas a la habilidad de los vendedores pero en la actualidad con técnicas aplicadas en la Administración como lo es en este caso la enorme gama integral de la mercadotecnia para dar lugar a especulaciones con más o menos precisión en los resultados tan es así que para poder determinar el presupuesto de ventas se han encontrado diversos que sirven para prever casi de forma acertada.

  Las ventas son factores de diversos caracteres que marcan los procedimientos para el logro del presupuesto de ventas dichos son:

Factores específicos de ventas. Se clasifican a su vez en:

  • De ajuste. Se refieren aquellos factores por causas fortuitas accidentales que influyen en la predeterminación de las venta estos pueden ser de efecto perjudicial o de efecto saludable.

  • Los primeros son aquellas que afectaron en decremento las ventas del periodo anterior y que obviamente deberán tomarse en cuenta para el presupuesto de los ingresos del ejercicio siguiente como ejemplo de estos factores se puede citar los siguientes:

  • Huelga.

  • Incendio.

  • Inundación.

  • Rayo.

  • Los segundos (efecto saludable) son aquellos que afectaron en beneficio del periodo anterior y que posiblemente no vuelvan a ocurrir como por ejemplo:

  • Productos que no tuvieron competencia, contratos especiales de venta, situaciones o políticas, etc.

Son de cambio:

  • Se refieren aquellas modificaciones que van efectuarse y que desde luego, influirán en las ventas tales como:

  • Cambio de material.

  • Cambio de productos.

  • De presentación.

  • Rediseños.

  • Cambio de producción.

  • Adaptación de programa de producción.

  • Mejoras de situaciones de la empresa.

  • Cambio de mercados.

  • Cambios en los métodos de venta.

  • Mejores precios.

  • Servicios.

  • Publicidad.  

Aplicando mejores sistemas de distribución en los renglones referentes a comisiones y compensaciones. 

Corrientes de crecimiento.

Estos factores se refieren al desarrollo en las ventas, tomando en cuenta factor efectuados por la propia empresa como lo es los créditos independientemente de otras ramas productivas con las que lógicamente se tendrá un incremento en las ventas. 

Fuerzas económicas generales.

Representan una serie de factores externos que influyen en las ventas y estos factores son un estado de situaciones y no algo preciso de las cuales se abren términos cualitativos surgiendo en problema cuando se hace referencia a términos cuantitativos.

  Para determinar este factor se deben obtener datos proporcionados por instituciones de crédito, dependencias gubernamentales y organismos particulares que preparan índices de las fuerzas económicas generales, aportando datos, tales como, precios, producción, ocupación, poder adquisitivo de la moneda, finanzas, informes sobre el banco, ingresos de y producción nacional, ingreso percapita, por clase, por zona, etc.

  Con base a los datos anteriores es posible conocer la tendencia en el ciclo económico y el movimiento que pueda darse a la empresa. 

Influencias Administrativas.

A diferencia del anterior es de carácter interno de la entidad económica refiriéndose a las decisiones que deben tomar los directivos de la misma, después de considerar los factores específicos de ventas y los factores específicos generales que desde luego repercuten en forma directa en el presupuesto de ventas dichas decisiones pueden optar por cambiar la naturaleza o tipo de producto, estudiar, nueva política de mercados, aplicar otra política de publicidad, variar la política de producción, de precios, etc. 

Fórmula del presupuesto de ventas. 

PV= [(V± f) E] (

  PV= Presupuesto de ventas.

V± = ventas del año anterior.

F = factores específicos de ventas.

a)     factores de ajuste.

b)     Factores de cambio.

c)      Factores corrientes de crecimiento.

E = Fuerzas económicas generales (% estimado de realización de prevista)

( = Influencia administrativa. (% estimada de realización por la Administración). 

Los factores de ajuste:

Son acontecimientos accidentales no recurrentes.

  • Factores de ajuste perjudicial (huelga, incendio).

  • Factores de ajuste saludables. (contratos especiales, etc.)

  • Influyen benéficamente en las ventas.  

Los factores de cambio:

Ofrecen un medio para estimar las ventas si se estudiaron las posibilidades.

a)     Cambio de producto, material o rediseño.

b)     Cambio de producción, instalaciones, etc.

c)      Cambios de mercados, moda, etc.

d)     Cambios en los métodos de venta, publicidad y propaganda, comisiones y compensaciones, etc. 

Factores corrientes de crecimiento:

  • Superación en las ventas.

  • Desarrollo o expansión.

  • Crédito mercantil.

  Fuerzas económicas generales: son factores externos que también influyen en el momento de cuantificar las ventas.

  Precios, producción, ocupación, poder adquisitivo de la moneda, finanzas, informes sobre la banca y crédito, ingreso y producción, nacional, ingreso per capita, por ocupación, por clase, por zona, etc.

  Factores de influencias administrativas: este factor de carácter interno se refiere a las decisiones que toman los directivos y que influyen en el estudio del presupuesto de ventas.

  Se toma la decisión después de conocer los factores específicos de ventas y las fuerzas económicas generales.

  Cambio de naturaleza o tipo de producto, estudio de nueva política de mercados, nueva política de publicidad, variación en la política de producción, de precios. 

  • Presupuesto de ventas en unidades y valores.

Generalmente el presupuesto de ventas es el eje de los demás presupuestos por lo que debe primeramente cuantificarse en unidades, en especie, por cada tipo de líneas de artículos para posteriormente proceder a su valuación de acuerdo con los precios de mercado regidos, por la oferta y la demanda o cuando no sea así por el precio de venta unitario determinado con lo cual se tiene el monto de ventas en valores monetarios. 

Fórmula del presupuesto de ventas. 

PV= [(V± f) E] (

  PV= Presupuesto de ventas.

V± = ventas del año anterior.

F = factores específicos de ventas.

d)     factores de ajuste.

e)     Factores de cambio.

f)       Factores corrientes de crecimiento.

E = Fuerzas económicas generales (% estimado de realización de prevista)

( = Influencia administrativa. (% estimada de realización por la Administración).

Ley orgánica de administración financiera del sector público

Artículo 10 Los presupuestos públicos expresan los planes nacionales, regionales y locales, elaborados dentro de las líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la Nación aprobadas por la Asamblea Nacional, en aquellos aspectos que exigen, por parte del sector público, captar y asignar recursos conducentes al cumplimiento de las metas de desarrollo económico, social e institucional del país; y se ajustarán a las reglas de disciplina fiscal contempladas en esta Ley y en la Ley del marco plurianual del presupuesto. El plan operativo anual, coordinado por el Ministerio de Planificación y Desarrollo, será presentado a la Asamblea Nacional en la misma oportunidad en la cual se efectúe la presentación formal del proyecto de ley de presupuesto.

LEY ORGÁNICA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Artículo 18. El funcionamiento de los órganos y entes de la Administración Pública se sujetará a las políticas, estrategias, metas y objetivos que se establezcan en los respectivos planes estratégicos y compromisos de gestión. Igualmente, comprenderá el seguimiento de las actividades, así como la evaluación y control del desempeño institucional y de los resultados alcanzados.

Artículo 19. La actividad de los órganos y entes de la Administración Pública perseguirá el cumplimiento eficaz de los objetivos y metas fijados en las normas, planes y compromisos de gestión, bajo la orientación de las políticas y estrategias establecidas por el Presidente o Presidenta de la República, por el gobernador o gobernadora, el alcalde o alcaldesa según el caso.

La actividad de las unidades administrativas sustantivas de los órganos y entes de la Administración Pública se corresponderán y ceñirá a su misión, y la actividad desarrollada por las unidades administrativas de apoyo técnico y logístico se adaptará a la de aquellas.

Artículo 20. La asignación de recursos a los órganos y entes de la Administración Pública se ajustará estrictamente a los requerimientos de su funcionamiento para el logro de sus metas y objetivos. El funcionamiento de la Administración Pública propenderá a la utilización racional de los recursos humanos, materiales y presupuestarios.

En los casos en que las actividades de los órganos y entes de la Administración Pública, en ejercicio de potestades públicas que por su naturaleza lo permitan, fueren más económicas y eficientes mediante la gestión del sector privado o de las comunidades, dichas actividades serán transferidas a éstos, de conformidad con la

ley, reservándose la Administración Pública la supervisión, evaluación y control del desempeño y de los resultados de la gestión transferida.

La Administración Pública procurará que sus unidades de apoyo administrativo no consuman un porcentaje del presupuesto destinado al sector correspondiente mayor que el estrictamente necesario. A tales fines, los titulares de la potestad organizativa de los órganos y entes de la Administración Pública, previo estudio económico y con base en los índices que fueren más eficaces de acuerdo al sector correspondiente, determinarán los porcentajes mínimos de gasto permitido en unidades de apoyo administrativo.

Artículo 21. El tamaño y la estructura organizativa de los órganos y entes de la Administración Pública serán proporcionales y consistentes con los fines y propósitos que les han sido asignados. Las formas organizativas

que adopte la Administración Pública serán suficientes para el cumplimiento de sus metas y objetivos y propenderán a la utilización racional de los recursos del Estado. Sin perjuicio de sus unidades estratégicas propias, los órganos de la Administración Pública podrán incluir oficinas técnicas de carácter estratégico, integradas por un cuerpo multidisciplinario de asesores cuya remuneración se podrá establecer por vía contractual con base en honorarios profesionales u otras modalidades fijadas de conformidad con la ley, al margen de la escala de los sueldos y salarios de la Administración Pública, con el objeto de obtener una asesoría técnica de máxima calidad y eficiencia.

Artículo 23. Las actividades que desarrollen los órganos y entes de la Administración Pública estarán orientadas al logro de los fines y objetivos del Estado, para lo cual coordinarán su actuación bajo el principio de unidad orgánica. La organización de la Administración Pública comprenderá la asignación de competencias, relaciones, instancias y sistemas de coordinación necesarios para mantener su orientación institucional de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la ley.

Gasto Público:

Son las inversiones o erogaciones de riquezas que las entidades públicas hacen para la producción de los servicios necesarios para la satisfacción de las necesidades públicas, y para enfrentar a otras exigencias de la vida pública, que son llamadas propiamente servicios.

En cuanto al gasto público, este se define como el gasto que realizan los gobiernos a través de inversiones públicas. Un aumento en el gasto público producirá un aumento en el nivel de renta nacional, y una reducción tendrá el efecto contrario. Durante un periodo de inflación es necesario reducir el gasto público para manejar la curva de la demanda agregada hacia una estabilidad deseada. El manejo del gasto público representa un papel clave para dar cumplimiento a los objetivos de la política económica.

El gasto público se ejecuta a través de los Presupuestos o Programas Económicos establecidos por los distintos gobiernos, y se clasifica de distintos maneras pero básicamente se consideran el Gasto Neto que es la totalidad de las erogaciones del sector público menos las amortizaciones de deuda externa; y el Gasto Primario, el cual no toma en cuenta las erogaciones realizadas para pago de intereses y comisiones de deuda publica, este importante indicador económico mide la fortaleza de las finanzas públicas para cubrir con la operación e inversión gubernamental con los ingresos tributarios, los no tributarios y el producto de la venta de bienes y servicios, independientemente del saldo de la deuda y de su costo.

El gasto público lo rigen principios que dependen de los objetivos que se quieran alcanzar. Gastar lo menos posible; Obtener el máximo beneficio posible con los recursos posibles; los gastos deben ser adecuados a la capacidad económica; Incentivar pero no inmiscuirse en la economía privada. Se origina como respuesta a las necesidades públicas.

  • ? Necesidades absolutas, propias e ineludibles del estado, las realiza directamente: Defensa; Seguridad y Paz Social; Administración de justicia.

  • ?  Necesidades relativas. Pueden ser satisfechas por particulares. El estado delega pero supervisa: Salud; Educación; Energía eléctrica; Control de calidad.

Los gastos se clasifican de acuerdo a su:

Propósito: justicia, seguridad, bienestar social, desarrollo económico.

Poder coercitivo: impuestos, racionamiento, reglamentaciones, etc.

Producción: necesarios para la generaciones de bienes y servicios) o con su redistribución.

Redistribución: necesarios para compensar iniquidades en la distribución del ingreso o de la riqueza.

Otra Clasificación:

1. Gasto Programable

Es el agregado que más se relaciona con la estrategia para conservar la política fiscal, requerida para contribuir al logro de los objetivos de la política económica. Por otro lado resume el uso de recursos públicos que se destinan a cumplir y atender funciones y responsabilidades gubernamentales, así como a producir bienes y prestar servicios. La clasificación económica permite conocer los capítulos, conceptos y partidas específicas que registran las adquisiciones de bienes y servicios del sector público. Con base a esta clasificación, el gasto programable se divide en gasto corriente y gasto de capital. Estos componentes a su vez se desagregan en servicios personales, pensiones y otros gastos corrientes dentro del primer rubro, y en inversión física y financiera dentro del segundo.

2. Gasto Corriente

Dada la naturaleza de las funciones gubernamentales, el gasto corriente es el principal rubro del gasto programable. En él se incluyen todas las erogaciones que los Poderes y Órganos Autónomos, la Administración Pública, así como las empresas del Estado, requieren para la operación de sus programas. En el caso de los primeros dos, estos recursos son para llevar a cabo las tareas de legislar, impartir justicia, organizar y vigilar los procesos electorales, principalmente. Por lo que respecta a las dependencias, los montos presupuestados son para cumplir con las funciones de: administración gubernamental; política y planeación económica y social; fomento y regulación; y desarrollo social.

Por su parte, en las empresas del Estado los egresos corrientes reflejan la adquisición de insumos necesarios para la producción de bienes y servicios. La venta de éstos es lo que permite obtener los ingresos que contribuyen a su viabilidad financiera y a ampliar su infraestructura.

3. Gasto de Capital

El gasto de capital comprende aquellas erogaciones que contribuyen a ampliar la infraestructura social y productiva, así como a incrementar el patrimonio del sector público. Como gastos; gastos de Defensa Nacional, también se pueden mencionar la construcción de Hospitales, Escuelas, Universidades, Obras Civiles como carreteras, puentes, represas, tendidos eléctricos, oleoductos, plantas etc.; que contribuyan al aumento de la productividad para promover el crecimiento que requiere la economía.

Factores que determinan la composición del gasto público

Estos rubros o categorías se ven afectados por una serie de variables y factores que dependen mucho del país, de su nivel de desarrollo, de su herencia cultural, de su orientación política y de sus alianzas internacionales. Los más importantes son los siguientes:

  • Factores demográficos: El crecimiento de la población y su composición es uno de los factores más importantes para la demanda de servicios públicos. Las expectativas de vida, la proporción de la población urbana y la tasa de mortalidad infantil afectan a la tasa de crecimiento y a la composición del gasto público, por ejemplo: un aumento de la proporción de la población infantil incrementa la demanda de escuelas, mientras que un aumento de la esperanza de vida influye en la provisión d servicios médicos para los ancianos.

  • Cambios Sociológicos: Las transformaciones por las que pasa una sociedad afectan necesariamente la composición del gasto público, por ejemplo: la demanda de guarderías infantiles públicas ha aumentado porque, en muchos países, el número de madres que trabajan en el sector comercial también ha aumentado.

  • Orientación Política: Los programas y objetivos de los partidos políticos determinan los medios e instrumentos necesarios para mejorar el desarrollo económico y, por tanto, el gasto.

  • Factores tecnológicos: Los avances tecnológicos pueden facilitar la consecución de los objetivos, pero la adquisición de tecnologías inadecuadas puede acarrear gastos innecesarios.

  • Factores ambientales: No se puede ignorar la contaminación o la preservación del ambiente como factor importante en la magnitud y el tipo de servicios públicos que se proveen. El nivel de ingreso nacional per capita y su tasa de crecimiento explican, casi en su totalidad, la composición del gasto público; sin embargo la provisión total de bienes y servicios públicos disponibles está determinada por las fuentes de financiamiento, más que por el ingreso nacional. El gobierno de un país rico, si no puede cobrar impuestos, gastará menos que un país rico que recaude más.

ORGANIZACIÓN, FUNCIONES Y RELACIONES DE LAS INSTITUCIONES

ONAPRE

Organización

El Organigrama del Ministerio de la Oficina Nacional de Presupuesto se muestra a continuación:

edu.red

Funciones

La Oficina Nacional de Presupuesto es el órgano rector del Sistema Presupuestario Público, creado con la finalidad de cumplir las atribuciones que le confiere el artículo 21 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público (LOAFSP, Gaceta Oficial N° 37.029, del 5 de septiembre de 2000).

  • 1. Participar en la formulación de los aspectos presupuestarios de la política financiera que, para el sector público nacional, elabore el Ministerio de Finanzas.

  • 2. Participar en la elaboración del plan operativo anual y preparar el presupuesto consolidado del sector público.

  • 3. Participar en la preparación del proyecto de ley del marco plurianual del presupuesto del sector público nacional bajo los lineamientos de política económica y fiscal que elaboren, coordinadamente, el Ministerio de Planificación y Desarrollo, el Ministerio de Finanzas y el Banco Central de Venezuela, de conformidad con la ley.

  • 4. Preparar el proyecto de ley de presupuesto y todos los informes que sean requeridos por las autoridades competentes.

  • 5. Analizar los proyectos de presupuesto que deban ser sometidos a su consideración y, cuando corresponda, proponer las correcciones que considere necesarias.

  • 6. Aprobar, conjuntamente con la Oficina Nacional del Tesoro, la programación de la ejecución de la ley de presupuesto.

  • 7. Preparar y dictar las normas e instrucciones técnicas relativas al desarrollo de las diferentes etapas del proceso presupuestario.

  • 8. Asesorar en materia presupuestaria a los entes u órganos regidos por esta Ley.

  • 9. Analizar las solicitudes de modificaciones presupuestarias que deban ser sometidas a su consideración y emitir opinión al respecto.

  • 10. Evaluar la ejecución de los presupuestos aplicando las normas y criterios establecidos por esta Ley, su reglamento y las normas técnicas respectivas.

  • 11. Informar al Ministro de Finanzas, con la periodicidad que éste lo requiera, acerca de la gestión presupuestaria del sector público.

  • 12. Las demás que le confiera la Ley.

MINISTERIO DE FINANZAS

Organización

El Organigrama del Ministerio de Finanzas se muestra a continuación:

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Funciones

La Ley Orgánica de Administración Central en el Capítulo II "Del Número, Denominación y Competencias de cada Ministerio", establece en su artículo 42, las atribuciones del Ministerio de Finanzas: "Corresponde al Ministerio de Finanzas la regulación, formulación y seguimiento de políticas, la planificación y realización de las actividades del Ejecutivo Nacional en materia financiera y fiscal, la participación en la formulación y aplicación de la política económica y monetaria; lo relativo al crédito público, interno y externo; el régimen presupuestario; la regulación, organización, fiscalización y control de la política bancaria y crediticia del Estado; la intervención y control de las actividades aseguradoras; la regulación y control de mercado de capitales; el régimen de registro, inspección y vigilancia de las cajas de ahorros, fondos de empleados y similares; la Tesorería Nacional; la recaudación, control y administración de todos los tributos nacionales y aduaneros; la política arancelaria; la contabilidad pública; así como las demás competencias que le atribuyan las Leyes."

Para el cumplimiento de estas atribuciones, además de las Dependencias que le son propias, de conformidad con el Reglamento Orgánico que lo rige, cuenta con un grupo de entes adscritos, bajo las figuras de Institutos Autónomos, Fundaciones, Fondos y Empresas del Estado; y Servicios Autónomos. Los Institutos Autónomos constituyen entidades creadas por actos del Poder Público, dotadas de personalidad jurídica y patrimonio propio, tutelados por el Ministerio de adscripción, el que ejerce sobre ellos las funciones de coordinación y control que le corresponde conforme a la Ley Orgánica de Administración Central y a las leyes especiales de creación. Las Fundaciones del Estado, que también están sometidas a la tutela del Estado ya que su patrimonio se encuentra formado en más de la mitad por los aportes hechos por la República, Institutos Autónomos y Empresas del Estado. Las Empresas del Estado que son compañías anónimas cuyas acciones pertenecen en todo o en parte al Estado, participando en proporción a la posición accionaria dentro de la misma. Los Servicios Autónomos, entes sin personalidad jurídica pero que poseen patrimonio propio y autonomía financiera, son aquellos mediante los cuales el Estado presta determinados servicios públicos.

SENIAT

Organización

El Organigrama del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria se muestra a continuación:

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Funciones

En concordancia con la Ley del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, publicada en la Gaceta Oficial No. 37.320 de fecha 8 de noviembre de 2001, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) es un servicio autónomo sin personalidad jurídica, con autonomía funcional, técnica y financiera, adscrito al Ministerio de Finanzas. Constituye un órgano de ejecución de la administración tributaria nacional, al cual le corresponde la aplicación de la legislación aduanera y tributaria nacional, así como, el ejercicio, gestión y desarrollo de las competencias relativas a la ejecución integrada de las políticas aduanera y tributaria fijadas por el Ejecutivo Nacional.

Su misión es recaudar con niveles óptimos los tributos nacionales, a través de un sistema integral de administración tributaria moderno, eficiente, equitativo y confiable, bajo los principios de legalidad y respeto al contribuyente.

Su visión es ser una institución modelo para el proceso de transformación del Estado Venezolano, de sólido prestigio, confianza y credibilidad nacional e internacional, en virtud de su gestión transparente, sus elevados niveles de productividad, la excelencia de sus sistemas y de su información, el profesionalismo y sentido de compromiso de sus recursos humanos, la alta calidad en la atención y respeto a los contribuyentes, y también por su contribución a que Venezuela alcance un desarrollo sustentable con una economía competitiva y solidaria.

– Incrementar la recaudación tributaria de origen no petrolero.

– Modernizar el sistema jurídico tributario.

– Desarrollar la cultura tributaria y, mejorar la eficiencia y eficacia institucional

COMISIÓN DE FINANZAS DE LA ASAMBLEA NACIONAL

Funciones

La Oficina de Asesoría Económica y Financiera (OAEF) es un organismo técnico auxiliar del Poder Legislativo, cuya creación se llevo a cabo mediante un convenio de Cooperación Técnica celebrado el 18 de marzo de 1997 con el Banco Interamericano de Desarrollo-BID (Convenio Nro. 945/OC-VE) con el objetivo de asesorar al Congreso de la República, hoy "Asamblea Nacional", en las áreas de economía y finanzas en general, pero con especial énfasis en los impactos económicos que pudiesen causar la aprobación de determinadas leyes, particularmente en sus costos fiscales. 

En el reglamento de la OAEF se especifican las siguientes funciones: 

  • a. Elaborar estudios técnicos de la Ley de Presupuesto y créditos adicionales y Leyes de Crédito Público, los cuales deben contener un análisis sobre la consistencia macroeconómica y los impactos económicos y sociales de tales proyectos en el contexto del sector público consolidado (ingresos, gastos, déficit, fuentes de financiamiento e implicaciones sobre el endeudamiento neto y el servicio de las deudas que mediante ellos se contraigan) de manera tal, que la Asamblea Nacional de la República pueda determinar si el déficit fiscal que tales instrumentos crea o disminuye, es compatible con los otros instrumentos de política económica y las metas macroeconómicas, y hacerlos del conocimiento de las Comisiones de Finanzas y Economía. 

  • b. Asistir con derecho a voz a las reuniones de las Comisiones de la Asamblea Nacional, cuando en ellas se discuta cualquier proyecto de ley u otro acto legislativo con implicaciones presupuestarias. 

  • c. Informar, al menos trimestralmente al Presidente de la Asamblea Nacional y a los de las Comisiones Permanentes de Finanzas y Economía, acerca de la evolución de la economía nacional, indicadores socioeconómicos, situación del sistema financiero y de las finanzas públicas en general, así como del impacto económico y social que pueda tener cualquier medida adoptada por el Poder Ejecutivo o sus órganos. 

  • d. Recabar a través de los respectivos Presidentes de las Comisiones Permanentes de Finanzas y Economía, los datos e indicadores de carácter social, económico y financiero que las diferentes personas públicas, territoriales o sus órganos y demás personas jurídicas están obligadas a suministrar a la Asamblea Nacional o a sus órganos de acuerdo a la ley, analizarlos e informar lo que consideren pertinente. 

  • e. Modificar, en caso que sea necesario, los estudios correspondientes a los instrumentos legales a que se refiere el numeral 1, para adecuarlos a los cambios que hayan sufrido los proyectos en la Asamblea Nacional. 

  • f. Pronunciarse con respecto a las implicaciones económicas y sociales de los proyectos de leyes que sean sometidos a consideración de la Asamblea Nacional y hacer del conocimiento del Presidente respectivo, las observaciones que el proyecto le merece, todo de acuerdo a lo establecido en el Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional. 

  • g. Estudiar y emitir un pronunciamiento sobre las implicaciones económicas y sociales que se deriven de las leyes que sean aprobadas por la Asamblea Nacional y hacerlo del conocimiento del Presidente de la Asamblea y de las Comisiones Permanentes de Finanzas y Economía 

  • h. Realizar los estudios que estime necesarios acerca de las políticas y decisiones del Poder Ejecutivo o del Poder Judicial que puedan tener un impacto en las finanzas públicas y hacerlos del conocimiento del Presidente de la Asamblea Nacional y de las Comisiones Permanentes de Finanzas y Economía.

MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO (CORDIPLAN)

Organización

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Funciones

CORDIPLAN es la abreviatura que identifica a la Oficina Central de Coordinación y Planificación de la Presidencia de la República, creada por decreto Presidencial Nº 492 del 30 de diciembre de 1958.

Su misión es asesorar al Presidente de la República, al Consejo de Ministros y a los demás centros de decisión del Gobierno, en la formulación e instrumentación de la estrategia de desarrollo económico – social del país, promoviendo para tal efecto los planes, políticas y proyectos Nacionales compatibles con esta estrategia, facilitando al mismo tiempo la indispensable coordinación entre las organizaciones relevantes para su ejecución.

  • 1. Proponer y actualizar permanentemente las estrategias y planes de desarrollo de la nación y las políticas económicas y sociales correspondientes.

  • 2. Procurar la asignación eficaz y eficiente de los recursos públicos mediante la coordinación del Sistema Nacional de Inversión Pública.

  • 3. Promover y actualizar procesos de modernización y cambio institucional en la Administración Pública.

  • 4. Asesorar a los centros de decisión pública con especial referencia al Ejecutivo Nacional en el mantenimiento de consistencia necesaria entre las decisiones de política sectorial y la estrategia de desarrollo nacional.

  • 5. Apoyo en la formulación de políticas y planes de desarrollo regional y ordenamiento territorial.

  • 6. Promover la coordinación entre las diferentes instituciones relevantes para darle viabilidad a las estrategias, políticas y proyectos.

  • 7. Promover la coordinación entre las diferentes instituciones relevantes para darle viabilidad a las estrategias, políticas y proyectos.

Evaluar los rendimientos e impactos de las estrategias y políticas con el objeto de retroalimentar la toma de decisiones

BCV. (Banco Central De Venezuela)

Misión

El Banco Central de Venezuela es persona jurídica de derecho público, con autonomía para la formulación y el ejercicio de las políticas de su competencia y ejercerá sus funciones en coordinación con la política económica general, para alcanzar los objetivos superiores del Estado y la Nación.

Su objeto fundamental es lograr la estabilidad de precios y preservar el valor interno y externo de la unidad monetaria como parte de las políticas públicas tendentes a facilitar el desarrollo ordenado de la economía nacional.

El Banco Central de Venezuela se proyecta como un organismo de alto prestigio y credibilidad en el ámbito nacional e internacional que, centrado en su misión y en correspondencia con sus funciones, promueve la coherencia y coordinación de las políticas de su competencia, en un ambiente de ejercicio pleno de su autonomía, de actuación consistente y firme, que fortalece la legitimidad del Instituto ante el entorno y le hace merecedor del respeto de la comunidad. Para ello se ha de apoyar en un modelo organizacional integral y flexible que optimice sus capacidades internas, facilite la oportunidad y calidad de las respuestas y asegure el cumplimiento de sus políticas, estimulado por una cultura de excelencia y el esfuerzo conjunto del equipo humano, altamente calificado y motivado al logro.

Funciones

El BCV es un organismo público responsable de la gestión de la política monetaria. Institución a cargo de la regulación de la oferta monetaria y del crédito interno y de la emisión de la moneda de curso legal de un país o grupo de países. También es prestamista de última instancia del sistema financiero.

El Banco Central de Venezuela es persona jurídica de derecho público, con autonomía para la formulación y el ejercicio de las políticas de su competencia y ejercerá sus funciones en coordinación con la política económica general, para alcanzar los objetivos superiores del Estado y la Nación.

      Su objeto fundamental es lograr la estabilidad de precios y preservar el valor interno y externo de la unidad monetaria como parte de las políticas públicas tendentes a facilitar el desarrollo ordenado de la economía nacional

Para el adecuado cumplimiento de su objetivo, el Banco Central de Venezuela tendrá a su cargo las siguientes funciones:

  • Formular y ejecutar la política monetaria.

  • Participar en el diseño y ejecutar la política cambiaria.

  • Regular el crédito y las tasas de interés del sistema financiero.

  • Regular la moneda y promover la adecuada liquidez del sistema financiero.

  • Centralizar y administrar las reservas monetarias internacionales de la República.

  • Participar en el mercado de divisas y ejercer la vigilancia y regulación del mismo, en los términos en que convenga con el Ejecutivo Nacional.

  • Velar por el correcto funcionamiento del sistema de pagos del país y establecer sus normas de operación.

FONDO DE ESTABILIZACIÓN MACROECONÓMICA

Funciones

El Directorio del Banco Central de Venezuela funge como Directorio del Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica. El Directorio del Fondo ejerce la suprema dirección del Fondo y en particular sus atribuciones son las siguientes:

  • a. Velar por el cumplimiento del objeto del Fondo.

  • b. Aprobar el presupuesto anual de funcionamiento del Fondo.

  • c. Aprobar el informe anual de resultados del Fondo. Copia de dicho informe será remitido al Congreso de la República dentro de los quince días siguientes a su aprobación.

  • d. Dictar las normas de funcionamiento interno del Fondo.

  • e. Aprobar los egresos de los recursos del Fondo en los casos previstos en este Decreto.

  • f. Establecer las políticas y criterios de inversión de los recursos del Fondo.

  • g. Las demás que sean necesarias para asegurar el buen funcionamiento del Fondo y el cumplimiento de su objeto.

Recursos

Los recursos del Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica están constituidos por: 

  • a. Los aportes que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4°, 5° y 6° de este Decreto, deberán hacer la República, las entidades estadales y Petróleos de Venezuela, S.A.

  • b. Los beneficios netos que se obtengan como producto de las operaciones que se realicen con los aportes referidos en el literal anterior.

  • c. Los beneficios netos que se deriven de la enajenación de sus bienes.

  • d. Los aportes extraordinarios que efectúe el Ejecutivo Nacional distintos a los previstos en este Decreto.

El Ejecutivo Nacional debe transferir al Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica los siguientes ingresos, una vez deducida la suma correspondiente al situado constitucional, la parte correspondiente que debe transferirse a los Estados de conformidad con la Ley de Asignaciones Económicas Especiales para los Estados Derivadas de Minas e Hidrocarburos y la porción de ingresos que conforme a la Ley Orgánica de Creación del Fondo de Rescate de la Deuda Pública de Venezuela debe destinarse a este último fondo:  

  • a. Ingresos por impuesto sobre la renta causado en cabeza de los contribuyentes que se dedican a realizar las actividades contempladas en el artículo 9° de la Ley de Impuesto Sobre la Renta, percibidos en exceso del promedio de dichos ingresos recaudados en los últimos cinco años calendario.

  • b. Ingresos por impuesto de explotación del petróleo y del gas percibidos en exceso del promedio de dichos ingresos recaudados en los últimos cinco años calendario.

  • c. Ingresos por dividendos decretados y pagados por Petróleos de Venezuela, S.A., recibidos en exceso del promedio de dichos ingresos en los últimos cinco años calendario.

  • d. Ingresos por impuesto sobre la renta causado sobre los ingresos que perciban Petróleos de Venezuela S.A. y sus empresas filiales constituidas o domiciliadas en Venezuela, derivados de las cuotas de participación pagadas por las compañías privadas precalificadas para participar en los procesos licitatorios para la apertura petrolera, de los bonos de desempate ofrecidos y pagados por las compañías ganadoras, de los bonos sobre la rentabilidad neta de los proyectos denominados "PEG" pagados en base al porcentaje ofrecido por los inversionistas y de cualquier otro similar.

  • e. El Ejecutivo Nacional adquirirá divisas al Banco Central de Venezuela y transferirá las mismas al Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica.

  • f. Los ingresos que correspondan a las entidades estadales por concepto de situado constitucional y por concepto de asignación económica especial, derivados de los ingresos recibidos por la República, serán transferidos al Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica.

  • g. El Ejecutivo Nacional, con la porción de ingresos correspondientes a cada entidad estadal, adquirirá, por cuenta de cada entidad, divisas al Banco Central de Venezuela y transferirá las mismas al Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica e informará a las entidades estadales el monto correspondiente a cada una de ellas transferido al Fondo.

  • h. Petróleos de Venezuela, S.A. deberá mantener en el Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica los ingresos por exportación de hidrocarburos y sus derivados, después de deducir únicamente los impuestos correspondientes, derivados del aumento del precio de exportación de los hidrocarburos y sus derivados respecto al precio promedio de exportación de los últimos cinco años calendario. Igualmente, Petróleos de Venezuela, S.A. deberá mantener en el Fondo los ingresos extraordinarios que perciba, luego de deducir el impuesto sobre la renta correspondiente. Petróleos de Venezuela, S.A. mantendrá propiedad sobre estos recursos.

  • i. Petróleos de Venezuela, S.A. transferirá divisas al Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica.

  • j. El Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica mantendrá en cuentas separadas los recursos aportados por la República, las entidades estadales y Petróleos de Venezuela, S.A., así como la parte proporcional que a cada uno de ellos le corresponda en los beneficios obtenidos por las inversiones efectuadas.

MINEP

Misión

Nuestra Misión consiste en la coordinación y planificación de políticas dirigidas a fomentar el surgimiento de emprendedores y contribuir a la construcción de microempresas, cooperativas y unidades de producción autosustentables que aporten bienestar a la colectividad en general. Dignificar el trabajo productivo y mejorar la calidad de vida de las familias venezolanas. Fortalecer la política microfinanciera, orientando la entrega de microcréditos de forma coordinada con los entes adscritos al MINEP, focalizando el esfuerzo en torno al fortalecimiento y consolidación de los  Núcleos de Desarrollo Endógeno.

Visión

Nuestra Visión es, conjuntamente con todas la instituciones, integrar los objetivos para ocupar equilibradamente todo el territorio nacional con población, infraestructura, servicios y actividades productivas, es decir, impulsar la descentralización desconcentrada. En un encuentro con los coordinadores municipales de los programas de formación académica de Vuelvan Caras de todo el país, el viceministro de Financiamiento y Comercialización del (MINEP), Carlos Luis Rivero, señaló la necesidad de que los lanceros y lanceras constituidos en cooperativas redimensionen la elaboración y construcción de su propuesta así como el monto que solicitan a los entes crediticios del Estado.

"Los proyectos que se han evaluados han establecido montos muy superiores a la capacidad de financiamiento del Gobierno nacional", indicó. El Viceministro de Financiamiento y Comercialización del MINEP informó que ya han sido evaluados mil proyectos de diferentes cooperativas en todo el país, a través de los más de 90 Comité de Créditos de Financiamiento y Comercialización que están distribuidos a lo largo y ancho del territorio nacional, los cuales con los nuevos parámetros deberán ser reevaluados.

Asimismo, destacó que la idea de los créditos es apoyar los proyectos para que arranquen con su producción y generen ganancias. "Si nosotros a través del proyecto endeudamos a las cooperativas de forma exorbitante, en vez de estar haciéndoles un favor les hacemos un mal". Rivero recordó que los proyectos socioproductivos de los lanceros y lanceras organizados en cooperativas son los únicos que pueden optar a este tipo de financiamiento. En cuanto al alcance del crédito, dijo que se financiará únicamente al capital semilla que consiste en una ayuda mínima para iniciar la actividad productiva con los recursos indispensables que satisfagan las necesidades de la sociedad y generen ingresos a las cooperativas.

De igual modo, señaló que los financiamientos incluyen la obtención, compra, arrendamiento, dotación o comodato de espacios sólo para aquellos proyectos que requieran del lugar para iniciar su actividad.

El Viceministro destacó que se busca con las cooperativas generar proyectos vinculados con el desarrollo endógeno, y a partir de ellos satisfacer las necesidades tanto de una población determinada como de los cooperativistas. En la actividad se contó con la presencia de la presidenta del Banco de la Mujer, Nora Castañeda, y del presidente del Banco del Pueblo Soberano, Darío Baute, así como con autoridades de otros entes crediticios, y se determinó que cada uno de ellos apoyará a diferentes salidas ocupacionales.

En cuanto al Frente Alimentación será llevado por el Banco de la Mujer; el Fondo de Desarrollo, Agropecuario, Pesquero, Forestal y Afines (Fondafa) y el Fondo para el Desarrollo Endógeno (Fonendogeno).

En lo que al área de Industrias se refiere los entes encargados serán: El Instituto Nacional de Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria (Inapyme), el Fondo de Crédito Industrial (Foncrei) y Banmujer. En turismo se trata de Banmujer y el Fondo de Desarrollo Microfinanciero (Fondemi); y en construcción, Fondemi y el Banco del Pueblo Soberano.

En el encuentro también se les insistió a los coordinadores municipales de cada región en la necesidad de evaluar las estrategias de formación conjuntamente con los facilitadores, a fin de evaluar la calidad de formación que se ofrece a los lanceros.

Por otra parte, el viceministro Carlos Luis Rivero anunció que para finales del mes de octubre se espera certificar a los lanceros y lanceras de esta primera fase de la Misión Vuelvan Caras 2006 y otorgarles sus créditos en un acto con el presidente de la República, Hugo Chávez Frías.

A través de este tipo de encuentros el Gobierno Bolivariano a través del Ministerio para la Economía Popular y sus entes adscritos abren espacios para la participación y el intercambio de ideas con el pueblo.

BANCO DEL TESORO

Según la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, se crea la Oficina Nacional del Tesoro como órgano rector del Sistema de Tesorería. Cuando se analiza la participación del Tesoro desde la perspectiva de un sistema integrado de administración financiera, se pueden distinguir algunas interrelaciones mutuas, tales como la coordinación de los flujos de caja del Gobierno, lo cual es de vital importancia para la aplicación combinada de políticas de inversión de saldos disponibles y cobertura de servicios de deuda.

Debe trabajar en armonía con el sistema monetario, de crédito y el mercado de capitales, operando con eficiencia la relación con el agente financiero (BCV), los proveedores, contribuyentes y otros usuarios vinculados al sistema de ingresos y pagos públicos. El Tesoro está estrechamente relacionado con la ejecución del Presupuesto Nacional, el cual organiza la gestión y la vincula con las responsabilidades del Estado, en el cumplimiento de sus funciones vía la realización de planes y programas que producen una oferta de bienes a la comunidad. Si la oferta satisface a la demanda de la comunidad, corresponde al Sistema de Presupuesto realizar la evaluación correspondiente. La actuación del Tesoro puede ser activa, asumiendo las correspondientes responsabilidades, cuando está facultado para establecer límites en compromisos o pagos en el gasto público o aún para autorizar gastos específicos sobre la base de criterios preestablecidos.

Tiene la responsabilidad integral y el mantenimiento de información completa, para autorizar todo movimiento que se realice sobre las entradas y salidas en las cuentas del Estado (fuente y uso de fondos). Por eso, el Sistema de Información del Tesoro debe interactuar con el sistema contable, lo cual requiere procesos en tiempo real y comunicación en línea con las distintas unidades (clasificadores de cuenta y diccionario único).

El presupuesto de caja es la expresión operativa y base de trabajo de dicha planificación e instrumento esencial para la gestión de la Cuenta Única del Tesoro.

El sistema de cuenta única (adoptado por Venezuela) permite operar con los saldos financieros globales del sector público nacional e implantar el concepto de centralización normativa y descentralización operativa en la gestión. De esa forma el Tesoro funciona bajo un enfoque, con una cuenta en el agente financiero, que en nuestro caso es el Banco Central de Venezuela (BCV), que simplifica las múltiples cuentas bancarias, y permite una relación unificada en una cuenta, con un reducido número de subcuentas de mayor que expresan los movimientos globales del sistema. 

Como una digresión, cabe mencionar que si, en vez del BCV, el agente financiero fuera un banco del Estado, el impacto/influencia de la política fiscal sobre la monetaria, podría afectar la independencia que sanamente debe existir entre los dos ámbitos.

Se reorganizan las habituales cuentas corrientes de los Ordenadores de Pagos, reemplazándolas por cuentas de límites financieros en el Tesoro (cuentas T), contando con un sistema para controlar cuentas internas individuales de los organismos y registrar sus movimientos (ingresos y pagos), con registros y operatorias de tipo bancario. El saldo de cada cuenta en éste Banco del Tesoro representará la capacidad efectiva de los respectivos ordenadores para hacer pagos.

La Administración del Banco del Tesoro, hace viable la combinación de políticas de inversión financiera y deuda pública con la programación de caja global del Gobierno y con las condiciones operativas proporcionadas por la cuenta única; es decir, el sistema debe permitir escoger la mejor aplicación de los saldos disponibles para maximizar los rendimientos y armonizar el impacto de los flujos financieros del Gobierno en la economía.

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