Libro XIV: De las leyes con relación al clima.
Idea general.
Si es cierto que el carácter del alma y las pasiones del corazón presentan diferencias en los diversos climas, las leyes deben estar en relación con esas diferencias.
Los hombres son muy diferentes en los diversos climas.
El aire frío contrae las extremidades de las fibras exteriores de nuestro cuerpo: esto aumenta la elasticidad y favorece la vuelta de la sangre desde las extremidades hacia el corazón. Disminuye la longitud de las mismas fibras aumentando la fuerza. El calor, al contrario, afloja las extremidades de las fibras y las alarga, disminuyendo su fuerza y su elasticidad.
Resulta, pues, que en los climas fríos se tiene más vigor. Se realizan con más regularidad la acción del corazón y la reacción de las fibras; los líquidos están más en equilibrio, circula bien la sangre. Todo esto hace que el hombre tenga más confianza en sí mismo, esto es más valor, más conocimiento de la propia superioridad, menos rencor, menos deseo de venganza, menos doblez, menos astucias, en fin, más fineza y más franqueza. Quiere decir esto, en suma, que la variedad de climas forma caracteres diferentes.
Haciendo helar la mitad de la lengua de carnero se ha observado en el punto que a simple vista aparece cubierta de mamilas. Con el microscopio se ve sobre ellas una especie de pelusa; entre las mamilas había unas pirámides que formaban por la punta como unos pincelillos. Hay algún fundamento para creer que estas pirámides son el órgano principal del gusto.
Los hombres del Norte, son menos susceptibles de alteración y desorden que las fibras más delicadas de los del mediodía. Es más sensible al dolor el alma de los hombres en los países ardientes. En los países cálidos se ama el amor por el amor; es éste la causa de la felicidad: es la Vida. El calor del clima puede ser tan extremado que el cuerpo del hombre desfallezca. Perdida la fuerza física, el abatimiento se comunicará insensiblemente al ánimo; nada interesará, no se pensará en empresas nobles, no habrá sentimientos generosos; todas las inclinaciones serán pasivas, no habrá felicidad fuera de la pereza y la inacción, los castigos causarán menos dolor que el trabajo, la servidumbre será menos insoportable que la fuerza de voluntad necesaria para manejarse uno mismo.
Los malos legisladores han favorecido los vicios propios del clima; se han opuesto a ellos los buenos legisladores.
Los indios creen que el reposo y la nada son el principio y el fin de todas las cosas. Foe, un legislador de los indios, tomo por guía sus impulsos naturales al reducir a los hombres a un estado completamente pasivo.
Más sensatos los legisladores de China, consideraron a los hombres en la actividad propia de la vida, la quietud para ellos era un ideal de perfección al que habían de llegar un día. Tanto como impulsen al reposo las causas físicas, deben apartar de él las morales.
Medios de fomentar la industria.
Podría emplearse el efecto contra la causa, valerse del orgullo para combatir la indolencia. Premiar a lo labradores por sus cultivos y a los artesanos por que perfeccionaran sus industrias, es un proceder que en cualquier país daría buenos resultado. En nuestros días ha servido en Irlanda para establecer una de las más importantes manufacturas de hilo que hay en Europa.
De las leyes contra los suicidas.
No vemos en la historia que ningún romano se diese muerte sin motivo; pero los ingleses de nuestros días se matan algunas veces por ignoradas causas, hasta en el seno de la felicidad.
Es claro que las leyes de algunos países han tenido razones para castigar el suicidio con la infamia; pero en Inglaterra no es posible castigarlo sino como se castigan los efectos de la demencia.
Otros efectos del clima.
Los antiguos germanos vivían en un clima en que eran poco vehementes las pasiones. Sus leyes no encontraban en las cosas más que lo que se veía, no ponían mayor refinamiento en los insultos hechos a las mujeres. En este particular es muy curiosa la ley de los alemanes. Pero al trasladarse a España un pueblo germánico, impuso el clima otras leyes, la de los visigodos prohibió a los cirujanos el sangrar a una mujer ingenua como no fuera en presencia de su padre o de su madre o demás familiares. La imaginación de los pueblos inflamó a los legisladores igualmente: La ley sospechó de todo en un pueblo que podía sospecharlo todo. La mujer ingenua que se entregaba a un hombre casado era puesta en poder de la mujer ofendida, quien disponía de ella según su voluntad. Las mismas leyes obligaban a los esclavos a atar y presentar al marido la mujer a quien sorprendían en adulterio, así fueron dichas leyes más a propósito para refinar la susceptibilidad y el pundonor que para formar una buena policía.
De la diferente confianza que las leyes tienen en el pueblo, según los climas.
El carácter del pueblo japonés es tan atroz, que sus legisladores y sus magistrados no han tenido ninguna confianza en el; no le han puesto delante de los ojos otra cosa que jueces, amenazas y castigos, y le han sometido para todo a la inquisición y a las pesquisas de la autoridad.
No es así en los indios, los indios otorgan fácilmente la libertad a un esclavo, los casan, los tratan como a sus propios hijos, esto es debido al clima afortunado que produce el candor en las costumbres y la blandura en las leyes.
Libro XVIII: De las leyes con relación a la naturaleza del terreno.
De cómo influye en las leyes la naturaleza del terreno.
La buena calidad de las tierras de un país establece en él la dependencia de manera natural. Los campesinos, que constituyen la parte principal del pueblo, no son muy celosos de su libertad, ya que están demasiado ocupados con sus asuntos Particulares. En el campo, donde se producen bienes en abundancia, se teme el pillaje y los ejércitos. ¿Quiénes forman el buen partido?—preguntaba Cicerón a Ático—. ¿Serán acaso los comerciantes y campesinos? a menos que pensemos que se oponen al gobierno, ellos, indiferentes a todo Gobierno desde el momento en que se sienten tranquilos
Así, pues, encontraremos con frecuencia el Gobierno de uno solo en los países fértiles y el Gobierno de varios en los que no lo son, lo cual es a veces una compensación.
La aridez del suelo del Ática estableció allí el Gobierno popular; la fertilidad del de Lacedemonia, el Gobierno aristocrático, pues en aquel tiempo nadie quería en Grecia el Gobierno de uno solo; ahora bien, el Gobierno aristocrático es el más parecido al Gobierno de uno solo.
Los países fértiles son llanuras donde no se puede disputar nada al más fuerte: todos se someten a él y, una vez sometidos, es imposible recobrar el espíritu de libertad; los bienes del campo son una prenda de la fidelidad. En los países montañosos se puede conservar lo que se tiene, pero es muy poco lo que hay que conservar. La libertad, es decir, el Gobierno de que se disfruta, es el único bien que merece defenderse. Así, pues, hay más libertad en los países montañosos y abruptos que en aquellos que parecen más favorecidos por la Naturaleza.
Los habitantes de las montañas conservan un Gobierno más moderado porque no están expuestos a la conquista. Se defienden fácilmente y se les ataca con dificultad: reunir y llevar hasta allí las municiones de guerra y boca necesarias, supone grandes gastos, pues el país no las suministra. Así, pues, es más difícil hacerles la guerra y más arriesgado emprenderla. Apenas tienen allí objeto las leyes que se hacen con vistas a la seguridad del pueblo.
Cuales son los países más cultivados.
Los países no están cultivados según el grado de su fertilidad, sino según su libertad. Si dividimos la tierra mentalmente nos asombraremos al ver, casi siempre, desiertos en las zonas más fértiles, y grandes pueblos allí donde parece que el terreno lo niega todo.
Es natural que un pueblo abandone un país malo para buscar otro mejor, y no que abandone uno bueno para buscar otro peor. La mayor parte de las invasiones van a recaer, pues, en los países creados por la Naturaleza para ser felices. Y como nada está más cerca de la invasión que la devastación, los mejores países suelen estar despoblados mientras que el espantoso país del Norte está siempre habitado, por la única razón de que es casi inhabitable.
Otros efectos de la fertilidad o esterilidad del las tierras.
La aridez del suelo hace a los hombres industriosos, sobrios, curtidos en el trabajo, valientes y aptos para la guerra, pues es preciso que busquen lo que la tierra les niega. La fertilidad de un país da, junto con la comodidad, cierta blandura y cierto amor por la conservación de la vida.
Se ha observado que las tropas alemanas reclutadas en lugares donde los campesinos son ricos, como en Sajonia, no son tan buenas como las otras. Las leyes militares podrán remediar este inconveniente por medio de una severa disciplina.
De los pueblos insulares.
Los pueblos insulares tienden más a la libertad que los pueblos del continente. Las islas tienen generalmente una extensión pequeña; no es fácil que una parte del pueblo pueda oprimir a la otra; el mar los separa de los grandes imperios y la tiranía no puede auxiliarse
Los conquistadores se ven detenidos por el mar; de ese modo los insulares no son envueltos en la conquista y conservan más fácilmente sus leyes.
De los países formados por la industria de los hombres.
Los países que son habitables gracias a la industria de los hombres y que necesitan de dicha industria para existir, prefieren el Gobierno moderado. Hay principalmente tres de este tipo: las dos hermosas provincias de Kiangnan y Tchekiang en China, Egipto y Holanda.
De las obras de los hombres.
Los hombres han hecho la tierra más apta para vivir en ella gracias a sus cuidados y a sus buenas leyes. Vemos correr ríos allí donde antes había lagos y pantanos, y esto es un bien que no ha hecho la Naturaleza, pero que ella conserva.
Del mismo modo que las naciones destructoras causan males que duran más que ellas, hay naciones industriosas que producen beneficios que no se terminan con ellas.
Relación general de las leyes.
Las leyes guardan estrecha relación con el modo en que el pueblo se procura el sustento. Un pueblo que se dedica al comercio y al mar necesita un código de leyes más extenso que uno que se limita a cultivar sus tierras. Este necesita uno mayor que el pueblo que vive del pastoreo. Y este último necesita uno mayor que un pueblo que viva de la caza.
Del terreno de América.
La causa de que haya tantas naciones salvajes en América, es que la tierra produce por sí misma muchos frutos con que poder alimentarse. Si las mujeres cultivan una parcela de tierra alrededor de su cabaña, plantan maíz en primer lugar La caza y la pesca acaban de poner a todos en la abundancia. Además, los animales que pastan, como los bueyes, búfalos, etc., se crían mejor que los animales carnívoros, los cuales han tenido su imperio en África.
Creo que en Europa no tendríamos todas estas ventajas si se dejasen las tierras sin cultivar: sólo se darían bosques de roble y otros árboles improductivos.
Del número de hombres en relación con la manera de vivir.
Cuando las naciones no cultivan las tierras, la proporción en que se encuentra su número de habitantes es la siguiente: el número de los salvajes en un país donde no se cultivan las tierras es al número de labradores en uno donde se cultivan, como el producto de un terreno inculto es al producto de un terreno cultivado. Cuando el pueblo que cultiva la tierra cultiva también las artes, la proporción que guardan pediría muchos detalles.
Tales pueblos no pueden formar una gran nación. Si son pastores necesitan un país extenso para poder subsistir en gran número; si son cazadores, son menos numerosos y forman, para vivir, una nación más pequeña.
Su país está por lo común cubierto de bosques, y como los hombres no han dado salida a las aguas, está lleno do pantanos, donde cada horda se acantona formando una pequeña nación.
De los pueblos salvajes y de los pueblos bárbaros.
La diferencia entre los pueblos salvajes y los pueblos bárbaros es que en los primeros son pequeñas naciones dispersas, imposibilitadas de reunirse por unas u otras razones, y los segundos son también pequeñas naciones que pueden reunirse. Los pueblos salvajes son generalmente cazadores, los pueblos bárbaros suelen ser pastores, si los rebaños se juntan, pueden formar un cuerpo todas las hordas de bárbaros; y sucede así cuando un jefe se impone a los demás. Entonces no puede ocurrir más que una de estas dos cosas: o vuelven a separarse, o emprenden la conquista de algún imperio del Sur.
Del derecho de gentes en los pueblos que no cultivan la tierra.
Estos pueblos, no viviendo en un territorio demarcado, se disputaran los terrenos incultos como entre nosotros hay disputas por las lindes y las heredades; les sobraran motivos de querella.
De las leyes civiles en los pueblos que no cultivan la tierra.
La división de las tierras es lo que aumenta el volumen del código civil. Pocas leyes civiles necesitaran las naciones donde no exista la división de tierras. Las instituciones de estos pueblos deben llamarse costumbres más bien que leyes.
Sus leyes regularán el reparto del botín y atenderán particularmente a los robos, como nuestras leyes sálicas.
Del estado politico de los pueblos que no cultivan la tierra.
Estos pueblos gozan de la mayor libertad, pues no siendo labradores no se encuentran atados a la tierra, son vagabundos. Entre ellos es tan grande la libertad del hombre, que lleva consigo la del ciudadano.
De los pueblos que conocen el uso de la moneda.
El cultivo de la tierra trae consigo el uso de la moneda, porque la agricultura supone muchas artes y conocimientos; las artes y conocimientos caminan al mismo paso que las necesidades. Todo esto conduce al establecimiento de un signo de los valores.
De las leyes civiles en los pueblos que no conocen el uso de la moneda.
Pueblo que no conozca el uso de la moneda, no conocerá tampoco otras injusticias que las derivadas de la violencia, y de esta se defiende la debilidad por medio de la unión, que hace la fuerza. Tampoco habrá legislaciones civiles solo convenciones políticas.
De las leyes políticas en los pueblos que no conocen la moneda.
En los pueblos donde no hay moneda son muy pocas las necesidades y las satisfacen todas fácil e igualmente, de donde resulta la igualdad; los jefes, por consiguiente, no son despóticos.
Fuerza de la superstición.
Las preocupaciones de la superstición pueden más que todas las supersticiones. Aunque los pueblos salvajes no conocen naturalmente el despotismo, éste los conoce. Los natchez adoran el sol, y si su jefe no hubiera imaginado y hecho creer que era hermano del sol, todos le habrían tenido por un cualquiera.
De la libertad de los arabes y de la servidumbre de los tartaros.
Ambos eran pueblos pastores, los árabes son el caso general del que se ha hablado y los tártaros eran esclavos políticos. Los pueblos vencidos pueden conservar alguna libertad, cuando por la fuerza de su situación pueden ajustar convenios después de sus derrotas; pero los tártaros, cuyo territorio no tiene defensa, mal pueden pactar condiciones cuando son vencidos.
De los derechos de gentes de los tártaros.
Los tártaros no tenían ciudades y emprendían todas sus guerras con ímpetu y prontitud. Con semejantes costumbres, consideraban contrario a su derecho de gentes que los detuviera una cuidad incapaz de resistirles, sacrificaban muchas victimas para tomar ciudades y se cobraban en sangre la que ellos derramaban.
Leyes civiles de los tártaros.
Entre ellos el heredero es siempre el menor de los varones; la razón es que los hijos mayores, a medida que están en edad a propósito para el pastoreo, se alejan de sus casas con la cantidad de ganado que les da el padre y se van a formar otra vivienda. No quedando en casa paterna más que el menor de los hijos, este es el heredero natural.
Una ley civil de los pueblos germanos.
La ley sálica dispone que si un hombre tiene hijos, le sucedan en la tierra sálica los hijos varones con exclusión de las hembras. La palabra sálica viene de la palabra" sala", que quiere decir casa, por consiguiente la tierra sálica era la tierra de la casa, lo germanos no habitaban en urbes ni permitían que sus casas estuvieran juntas. Cada uno tenía un terreno contiguo, o alrededor de su casa, que había de estar cercado. Tácito habla con exactitud al decir: pues varias leyes de los códigos bárbaros contiene disposiciones contra los que derribaran las cercas y penetraran en la casa. Por Tácito y por César tenemos conocimientos de que los germanos recibían por un año las tierras que habían de cultivar. Ninguno tenía más patrimonio que la casa y un pequeño campo cercado alrededor de la misma: todo esto era lo que heredaban los varones, a las hembras no les tocaba nada, puesto que pasaban a otra casa.
Tierra sálica, era el recinto dependiente de la casa del germano, quien no tenía más propiedad que aquella.
Los francos, después de la conquista adquirieron nuevas posesiones y siguieron dándoles el nombre de tierras sálicas. Después de la conquista, que proporcionó a los francos más vastas adquisiciones de tierras, ya les pareció muy duro no darles nada a las hijas ni los hijos de sus hijas. Y se introdujo entonces la usanza mediante la cual se alteró la ley antigua adoptándose nuevas. El objeto de la ley sálica no era dar la preferencia a un sexo en perjuicio del otro; menos aún el perpetuar el nombre, la familia o la transmisión de la tierra: todo esto era completamente ajeno a las ideas de los germanos.
La ley sálica decía que después de la hermana del padre sucediera el pariente más cercano por línea de varón, con tal que no pasara del quinto grado. Así una mujer en quinto grado de parentesco habría sido sucesora, en perjuicio de un hombre pariente de sexto grado. Y esto se ve en la ley de los francos ripuarios. Si el padre al fallecer dejaba hijos, la ley sálica mandaba a que las hembras quedaran excluidas de la sucesión en cuanto a la tierra sálica. Las leyes de los pueblos bárbaros, todos oriundos de Germania, se interpretan las unas a las otras, tanto más por tener todas casi el mismo espíritu. La ley de los sajones quiere que el padre y la madre leguen si herencia al hijo y no a la hija; pero si no tienen más que hijas, ellas son las herederas.
Ni la ley sálica ni la de los borgoñones daban a las hijas el derecho de compartir con sus hermanos la sucesión de las tierras; tampoco sucedían en la corona, la ley de los visigodos admitió a las hijas como sucesoras, como sus hermanos; con ellos sucedían en las tierras. Algunas mujeres ciñeron la corona, la ley civil se extendió a la ley política. No fue éste el único de los casos en que la ley política se ajustó a la ley civil entre los francos.
De la luenga cabellera de los reyes francos.
Los reyes de los francos, de los borgoñones y de los visigodos, no usaban más distintivo que los cabellos largos.
De los matrimonios de los reyes francos.
Los primeros reyes tenían tantas mujeres: las tenían como atributo de su dignidad, y no por incontinencia; al privarles de tal prerrogativa, se les habría rebajado. Por la misma razón no era seguido su ejemplo por los vasallos.
Childerico.
"Los matrimonios entre los germanos son severos; los vicios allí no son motivo de broma; pervertir o ser pervertido no es cosa que se achaque a las costumbres; si hay ejemplos de adulterio, son escasos." Childerico rey disoluto que atropellaba costumbres no corrompidas.
Del la mayoridad de los reyes francos.
Se era mayor de edad al cumplir los quince años, si un ripuario muere o lo matan, dice la ley y deja un hijo, no podrá este demandar ni ser demandado hasta que tenga los quince años cumplidos; cuando los tenga, responderá personalmente o nombrará un campeón.
Luego se reformo la ley e inmediatamente después de muerto el padre el hijo tomaba su lugar, pero aun con este cambio se conservó el antiguo espíritu; no se ejecutaba ningún acto en nombre de los reyes en tutela. Había, pues, un doble gobierno entre los francos; uno concerniente al rey pupilo y otro encargado del reino. En los feudos había diferencia entre tutela y bailía.
De las asambleas de la nación entre los francos.
Los príncipes, deliberan y resulten en las cosas menudas, pero las cosas importantes son tratadas por la nación entera, con la intervención de un príncipe, esto fue conservado hasta después de la conquista.
De la autoridad del clero en tiempo de los primeros reyes.
Los cleros eran los que cuidaban del orden del pueblo ya que nadie más que ellos podían castigar y no lo hacían por orden del príncipe, ni para infligir pena sino que lo hacían por un mandato divino.
No debe, pues, sorprendernos que en los comienzos de la primera raza fueran los obispos árbitros de los juicios y que influyeran tanto en las decisiones de los reyes y se hicieran ricos.
Libro XXIII: De las leyes con relación al número de habitantes.
De los hobres y los animales con relación a la propagación de cada especie.
Las hembras de los animales tienen más o menos una fecundidad constante. Pero en la especie humana, la manera de pensar, el carácter, las pasiones, las fantasías, los caprichos, la idea de conservar la belleza, la molestia del embarazo y la de una familia demasiado numerosa, alteran la propagación de mil maneras.
De los matrimanios.
La obligación natural que tiene el padre de sustentar a sus hijos ha hecho que se establezca el matrimonio, sin el cual no se sabría a quien incumbe aquella obligación. Los garamantas las fijaban por el parecido.
De las familias.
La familia es un género de propiedad: el hombre que no tiene hijos del sexo que la perpetúa, no esta contento. Los apellidos, que dan la idea de una cosa imperecedera, son muy convenientes para inspirar a cada familia el deseo de prolongar su duración.
De los diversos órdenes de mujeres legítimas.
Hay países donde la mujer legitima goza en la casa de casi iguales honores que la esposa única de nuestros climas. Gracias a esta ficción no hay en china hijos bastardos; y en los países que tal ficción no existe, la ley que legitima los hijos de las concubinas es una ley forzosa, porque si así no fuera, la parte más numerosa de la nación quedaría deshonrada por la ley. Por otra parte la cuchilla que exterminará la madre exterminará también al hijo.
De los bastardos en los diversos gobiernos.
No hay bastardos donde la poligamia es permitida pero si los hay donde no es permitida la poligamia, pero siendo importante la calidad de ciudadano en las democracias, puesto que en ellas gobierna el ciudadano, se hacían leyes en las antiguas republicas acerca de la condición de los bastardos, no tanto por la bastardía o la honestidad del matrimonio como por la constitución particular del gobierno. Esta es la causa por la cual, algunas veces admitiera el pueblos por ciudadanos a los hijos bastardos, con lo que aumentaba su poder contra los magnates.
Del consentimiento paterno para casarse.
El consentimiento de los padre se funda en su potestad, es decir, en su derecho, pero también en su amor en su experiencia y en su desconfianza del acierto de los hijos, inexpertos por su edad y enajenados por las pasiones.
En las republicas pequeñas, puede haber leyes que den a los magistrados cierta inspección en los casamientos de los hijos de los ciudadanos, como la que ha concebido a los padres la naturaleza misma. El amor al bien público puede ser tan grande en ellos que iguale o sobrepuje a cualquiera otro.
En Inglaterra, las solteras abusan a menudo de la ley para casarse a su antojo son consultar a sus padres. Las mujeres no pueden tomar otro estado que el del matrimonio y, no son libres de rehusarlo. En Francia, donde existe el monacato, a las solteras les queda siempre el recurso de hacerse monjas, la ley que las obliga a esperar el consentimiento de sus padres es muy conveniente. En Italia y España existe el monacato, y sin embargo, es posible casarse son el consentimiento de los padres.
De las solteras.
Se cree que la mujer solo estando casada es libre ya que de lo contrario es estúpida ya que están condenadas siempre a nimiedades, frivolidades y a preceptos, son desde luego y por sí mismas bastante inclinadas al matrimonio, caso contrario es el del hombre que necesita estímulo para casarse.
De la dureza del gobierno.
Las personas que no tienen nada en absoluto, como los mendigos, tienen muchos hijos. La razón es que se encuentran en el caso de los pueblos jóvenes: no le cuesta nada al padre legar su oficio a sus hijos que son ya, al nacer, instrumentos de dicho oficio. Estas gentes se multiplican en un país rico o supersticioso, porque no sufren las cargas de la sociedad, sino que son ellos los que constituyen una carga para la sociedad. Pero los que son pobres por vivir en un Gobierno duro, los que miran sus tierras más como pretexto para vejaciones que como fundamento de su subsistencia, tienen pocos hijos Carecen de alimento, ¿cómo podrían pensar en compartirlo?; no pueden cuidarse en sus enfermedades ¿cómo podrían criar niños aquejados continuamente de esa enfermedad que es la infancia?
La ligereza para hablar y la incapacidad para examinar, es lo que ha hecho decir que cuanto más pobres son los súbditos, más numerosas son las familias; que cuanto más cargados están de impuestos, mejor pueden pagarlos: dos sofismas que han perdido siempre a las Monarquías y que las perderán para siempre.
La dureza del Gobierno puede llegar a destruir los sentimientos naturales por medio de los mismos sentimientos naturales. ¿Acaso no abortaban las mujeres americanas para que sus hijas no tuviesen amos tan crueles?
De las producciones de la tierra que exigen más o menos hombres.
Los países de pastos están poco poblados, porque son pocas las personas que encuentran ocupación en ellos; las tierras de pan llevar ocupan más hombres, y los viñedos muchísimos más.
En Inglaterra ha habido con frecuencia quejas de que el aumento de los pastos hacía disminuir el número de habitantes, y se observa en Francia que la gran cantidad de viñedos es una de las causas importantes de su gran población.
Los países en que las minas de carbón proporcionan materias combustibles, tienen la ventaja sobre los demás de que no necesitan bosques, pudiéndose cultivar todas las tierras.
En los lugares donde se da el arroz, son necesarios muchos trabajos para regular las aguas, y así se da trabajo a mucha gente. Además, para atender a la subsistencia de una familia se necesitan menos tierras que en los países donde se cultivan otros granos, y, finalmente, la tierra que se emplea en otros lugares para el alimento de los animales, sirve en éstos inmediatamente para la subsistencia de los hombres, pues el trabajo que realizan los animales en otros países, lo hacen allí los hombres, y el cultivo de la tierra se convierte así en una inmensa manufactura.
Del número de habitantes con relación a las artes.
Cuando existe una ley agraria, y las tierras están repartidas con igualdad, el país puede estar muy poblado, aunque disponga de pocas industrias, ya que cada ciudadano encuentra con qué alimentarse en el trabajo de su tierra, y todos los ciudadanos juntos consumen todos los frutos del país. Esto es lo que ocurría en algunas antiguas repúblicas.
Pero en nuestros Estados actuales, los terrenos están distribuidos con desigualdad, producen más frutos de los que pueden consumir quienes los cultivan; si se descuidan las industrias, dándose solo importancia a la agricultura, el país no puede estar poblado. Los que cultivan o hacen cultivar, tienen frutos de sobra y nada les obliga a trabajar al año siguiente: los frutos no serían consumidos por las gentes ociosas, pues éstas no tendrían con qué comprarlos. Es preciso, pues, que se establezcan las industrias para que los frutos sean consumidos por los labradores y los artesanos. En una palabra, estos Estados necesitan que muchas personas cultiven más de lo que precisan, y para ello hay que inspirarles deseos de tener cosas superfluas que sólo pueden proporcionar los artesanos.
Las máquinas, cuyo objeto es abreviar la industria, no son siempre útiles. Si una obra tiene un precio medio, que conviene igualmente al que la compra como al obrero que la ha hecho, las máquinas que simplificarían su manufactura, es decir, que disminuirían el número de operarios, serían perniciosas; si los molinos de agua no se hubieran establecido en todas partes, yo no los creería tan útiles como dicen, porque han dejado ociosos una infinidad de brazos, han privado a mucha gente del uso de las aguas y han hecho perder la fertilidad a muchas tierras.
De las miras del legislador en lo relativo a la propagación de la especie.
Los reglamentos sobre el número de los ciudadanos dependen mucho de las circunstancias. Hay países donde la Naturaleza lo ha hecho todo y, por consiguiente, el legislador no tiene nada que hacer. ¿Para qué incitar a la propagación por las leyes, si la fecundidad del clima da bastante población? A veces el clima es más favorable que el terreno; el pueblo se multiplica, pero el hambre lo destruye: es el caso de China, donde los padres venden a sus hijas y exponen a sus hijos. Las mismas causas, producen en Tonkín los mismos efectos, y para explicar esto no hay que recurrir a la creencia en la metempsicosis, como hacen los viajeros árabes, de los que Renaudot nos ha dado la relación.
Por los mismos motivos, la religión de Formosa no permite a las mujeres traer hijos al mundo hasta los treinta y cinco años: antes de esa edad, una sacerdotisa las hace abortar.
De Grecia y del número de sus habitantes.
Los griegos formaban una gran nación compuesta de ciudades, cada una de las cuales tenia sus leyes y su propio gobierno entre algunas de ellas se tenia una constitución singular. En estos gobiernos se trato de regular la población ya que iba creciendo degeneradamente y se puso un limite de embarazos si la mujer se pasaba del limite tenia que abortar al feto antes que tuviera vida.
Despoblación del universo.
Todas las pequeñas republicas fueron absorbidas por una grande, en el universo comenzó insensiblemente a despoblarse; no hay más que ver lo que eran Italia y Grecia antes y después de las victorias romanas.
De las leyes de los romanos sobre la propagación de la especie.
Las antiguas leyes de Roma se encaminaban a facilitar los casamientos. Aparte de las leyes los censores también se cuidaban de los matrimonios atendiendo a las necesidades de la republica; para promoverlos se valían de las amonestaciones y de las penas.
Por las leyes antiguas no se podía privar a nadie de la facultad natural que tiene cada uno de casarse y tener hijos; así al recibirse un legado con la condición de no casarse, y al exigirle a un liberto el juramento de que no se casaría, la ley Papia declaraba nulos este juramento y aquella condición. Las cláusulas de mantenerse en viudez, usuales entre nosotros, se hallan en contradicción con el derecho antiguo y se derivaban de las constituciones de los emperadores, inspiradas en las ideas de perfección.
La misma razón espiritualista que lleva a permitir el celibato impuso pronto la necesidad de establecerlo. Es regla sacada de la naturaleza que, cuanto más se disminuye el número de matrimonios que podrían efectuarse, tanto más se corrompen los que existen: a menos personas regularmente casadas, menos fidelidad en los matrimonios, como al aumentarse el número de ladrones son más numerosos lo robos.
De la exposición de los hijos.
Los romanos en sus primeros tiempos tuvieron muy bien reglamentada la exposición de los hijos, los germanos no exponían a sus hijos y entre ellos tienen más fuerza las buenas costumbres que en otras partes las buenas leyes. No se encuentra ninguna ley romana que permita exponer a sus hijos; sin duda fue esto un abuso introducido en los primeros tiempos, cuando el lujo acabó con el bienestar de las familias, cuando a las riquezas divididas se las llamo pobreza, cuando el padre entendió perder lo que daba a los suyos y distinguió familia de propiedad.
Mudanzas acaecidas en Europa respecto el número de habitantes.
Las reuniones sucesivas de los estados pequeños han traído la actual disminución. Cada ciudad de Francia ha sido una capital; ahora no hay más que una. Cada región del estado era un centro de poder; pero hoy dependen todas de un centro común, de un centro único, el cual, por decirlo así es El Estado.
De lo dicho que sucede en Europa tiene todavía necesidad de leyes que favorezcan la multiplicación de la familia humana; por lo mismo, así como los políticos griegos hablan siempre del excesivo número de ciudadanos que pesaban sobre la republica, los políticos modernos hablan de los medios conducendentes a aumentar la población.
De la ley hecha en Francia para favorecer la propagación de la especie.
Luis XIV concedió pensiones para lo que tuvieran diez hijos, y otras mayores para los que tuvieran doce o más, pero lo importante no era dar premios pródigos, era establecer a ejemplo de los romanos, premios y penas generales.
De cómo puede remediarse la despoblación.
Cuando un Estado se encuentra despoblado por accidentes particulares como guerras, pestes o hambre, hay recursos para repoblarlo. Los hombres que quedan pueden conservar el amor al trabajo y a la industria, pueden tratar de reparar las desgracias, y la misma calamidad los hará más industriosos. Pero el mal e casi incurable cuando la despoblación tiene su origen profundo y remoto el un vicio interior o en un mal Gobierno. Los hombres han perecido, en ese caso por una enfermedad insensible y habitual: nacidos en la inacción y en la miseria, en la violencia y en los prejuicios del Gobierno, se han visto destruir, sin comprender siquiera las causas de su destrucción. Los países devastados por el despotismo o por las excesivas ventajas del clero sobre los laicos constituyen dos grandes ejemplos.
Para restablecer un Estado despoblado de este modo, se esperaría en vano el socorro de los niños que podrían nacer. Ya no es el momento; los hombres, en su desierto, están sin ánimo y sin industria. Con tierras para alimentar a un pueblo, apenas tienen con qué alimentar a una familia. El bajo pueblo, en estos países, ni siquiera tiene parte en su miseria, es decir, en las tierras incultas que abundan por todas partes. El clero, el príncipe, las ciudades, los grandes y algunos ciudadanos principales, han ido adueñándose de todo el territorio y éste queda inculto; las familias destruidas les han dejado los pastos y al trabajador no le queda nada.
En esta situación habría que hacer en toda la extensión del imperio lo que los romanos hacían en una parte del suyo: practicar en los períodos de escasez lo que ellos observaban en la abundancia; distribuir tierras a todas las flameas que no tienen nada, procurarles medios para roturarlas y cultivarlas. Esta distribución debería hacerse en el momento en que existiera un hombre para recibirla, de manera que no hubiera un momento perdido para el trabajo.
Asilos y hospitales.
Un hombre es pobre por carecer de trabajo. Cuando la nación es pobre, la pobreza particular se deriva de la general; es por decirlo así una parte de la miseria común. En este caso, no bastan a remediarla todos lo hospitales del mundo; al contrario, estimulando la pereza, aumenta la pobreza general y consiguientemente la particular.
En Roma gracias a los hospicios, todo el mundo lo pasa bastante bien menos los que trabajan, menos los que atienden alguna industria, menos los cultivadores de las artes, menos los que labran la tierra o se dedican al comercio.
Las naciones ricas necesitan hospitales, porque en ellas está expuesta a mil accidentes la suerte de cada uno; pero se comprende que los socorros pasajeros serían preferidos a los establecimientos perpetuos. Donde el mal es momentáneo, el socorro debe ser lo mismo: aplicable al accidente particular y sin ningún carácter permanente.
Libro XXIV: De las leyes con relación a la religión establecida en cada país, considerada en sus prácticas y en sí misma.
De las religiones en general.
Como entre tinieblas, también entre las falsas religiones pueden apreciarse cuáles sean las más conformes al bien de la sociedad, las que, si no llevan a los hombres a la bienaventuranza en la otra vida, contribuyen en ésta a su felicidad.
No examinaremos, las diversas religiones sino en cuanto al bien que se saca de ellas en el orden civil, lo mismo si hablamos de la que tiene su origen en el cielo que si nos referimos a las que tienen su raíz en la tierra.
Respecto a la verdadera religión, será bastante un poco de equidad para comprender que no se ha pretendido posponer sus intereses a los políticos, sino armonizar los unos con los otros; para lo cual es preciso conocerlos.
La religión cristiana, al ordenar que los hombres se amen entre sí, quiere sin duda que cada pueblo tenga mejores leyes políticas y civiles ya que el mayor bien que un hombre puede hacer esta en el dar y recibir.
La paradoja de Bayle.
El señor Bayle ha pretendido probar que más vale ser ateo que idólatra, o en otros términos, que es menos malo no tener religión que tener una religión falsa. Para la humanidad lo único que importa es que se crea en la existencia de Dios. De la idea de que no lo hay Dios, se deduce la de nuestra independencia; y si esta idea es inconcebible, se concibe a lo menos la de nuestra rebelión. Aunque fuera inútil que los súbditos profesaran una religión, no lo sería que los príncipes creyeran en alguna, la cual sería el único freno que atascara a los que no temen las leyes de los hombres.
El príncipe que ama la religión y que la teme, es un león que se amansa ante la mano que lo acaricia o la vos que aplaca su fiereza. Para atenuar el horror del ateísmo se pinta la idolatría con colores demasiado negros.
El gobierno moderado conviene más a la religión cristiana y el despótico a la mahometana.
La religión cristiana se aviene mal con el despotismo puro. Mientras los príncipes mahometanos den sin cesar la muerte o la reciben, la religión hace más tímidos o menos crueles a los príncipes cristianos. La religión cristiana, a pesar de la extensión del imperio y del vicio del clima, ha impedido que el despotismo se establezca en Etiopía, llevando a esa parte de África las leyes y las costumbres de Europa. Como cristiano el príncipe heredero de Etiopía da a los demás súbditos ejemplo de amor, de obediencia, de fidelidad.
Puede decirse que los pueblos de Europa no están hoy más desunidos que lo estaban los pueblos y los ejércitos, o unos ejércitos de otros, en el imperio romano, cuando éste degeneró es despótico y militar; se recompensaba entonces a los combatientes dejándoles entrar a saco en las ciudades, se despojaba a los vencidos de sus posesiones, se confiscaban las tierras y se repartían entre los vencedores.
Consecuencias del carácter de la religión cristiana y de la mahometana.
La religión debe suavizar las costumbres de los hombres, que no sean verdaderas. Es triste para la humanidad que la religión sea dada por un con conquistador. La mahometana, que no habla de otra cosa sino de la violencia, obra siempre en los humanos con el destructor espíritu que de Sabacón su fundador.
La religión católica es más propia de una monarquía: la protestante se acomoda mejor a una república.
Al formarse una religión en un Estado, se adapta por lo común al régimen político, al gobierno existente en el país. Porque los hombres que la reciben y los que la enseñan no suelen tener otras ideas que las del Estado en que nacieron y viven. Aun en los países en que triunfó la religión protestante, se hicieron las revoluciones según el gobierno existente en cada uno.
Cada una de estas dos religiones se podía creer la más perfecta: el calvinista se consideraba más cristiano, es decir, más dentro de la predicción de Jesucristo; el luterano se creía más conforme a lo que practicaron los apóstoles.
Otra paradoja de Bayle.
El señor Bayle, después de haber insultado a todas las religiones, anatematiza la cristiana y sostiene, extremando su osadía, que los cristianos verdaderos no formarán nunca un Estado capaz de subsistir. ¿Por qué no? Serían ciudadanos bien conocedores de sus deberes y celosos de cumplirlos; comprenderían los derechos de defensa natural; cuanto más creyeran deber a la religión, tanto más creerían deber al patria.
Parece mentira que tan grande hombre desconozca el espíritu de su propia religión, que no acierte a distinguir el cristianismo de las reglas que establecerlo, que confunda meros consejos con los preceptos del evangelio, cuando un legislador en lugar de dar leyes da consejos, es porque entiende que si los diera como leyes serían contrarias al espíritu de las leyes.
De las leyes de perfección en la religión.
Las leyes humanas se dirigen al entendimiento, por lo que deben dar preceptos y no consejos; la religión que le habla al sentimiento, debe dar consejos y no preceptos.
La religión no da reglas para el bien, sino para lo mejor, no para lo bueno, sino para lo perfecto.
El celibato fue un consejo del cristianismo. El legislador se cansó y cansó a la sociedad, en su empeño de que los hombres ejecutaran por precepto lo que por simple consejo hubieran ejecutado los amigos de la perfección.
De la coincidencia de las leyes de la moral con las de la religión.
En un país que tiene la desgracia de que su religión no sea la que Dios ha dado, es indispensable que a lo menos, estén las creencias concordes con la moral; así la religión, aun siendo falsa, es la mejor garantía que pueden tener los hombres de la probidad ajena.
Los puntos principales de la religión que profesan los habitantes de Perú, son los que siguen: no matar, no robar, huir de la impudicia, no hacer ningún mal al prójimo sino todo el bien posible.
De la secta estoica.
Las diversas sectas filosóficas de los antiguos podían considerarse religiones. Jamás ha habido cuyos principios fuesen más dignos del hombre ni más a propósito a formar gente de bien que la de los estoicos.
Ella sola sabía formar ciudadanos; ella sola hacía los grandes hombres; ella sola modelaba los grandes emperadores.
Los estoicos pensaban todos que, nacidos para la sociedad, su destino era trabajar por ella sin serle nada gravosos, puesto que hallaban su recompensa en sí mismos; su felicidad la hallaban en su filosofía, puesto que solamente podía aumentar la suya la felicidad de los demás.
De la contemplación.
Llamados los hombres a conservarse, alimentarse, vestirse y tomar parte en las acciones de la sociedad, no debe a religión obligarles a una vida contemplativa en exceso.
La religión de los güebros, corregían los malos efectos del despotismo absoluto, hizo en otros tiempos que el reino de Persia prosperase. La religión mahometana es lo que destruye hoy el mismo imperio.
De los delitos inexpiables.
El paganismo, religión que no prohibía más que algunos crímenes groseros, que detenía la mano y dejaba el corazón, podía tener delitos inexpiables. Pero una religión que se extiende a todas las pasiones, una religión que alcanza a todos los actos, y se cuida tanto como de los actos de los deseos y de los pensamientos; que no nos ata con algunas cadenas sino con un sin número de hilos; que deja tras sí la justicia humana para iniciar otra justicia; que es adecuada para llevar del arrepentimiento al amor y del amor al arrepentimiento, y entre el justo y el mediador un gran juez; una religión así no debe tener delitos expiables.
De cómo la fuerza de la religión se aplica a la de las leyes civiles.
Las religiones y las leyes civiles deben tender principalmente a hacer a los hombres buenos ciudadanos. Cuando la religión establece el dogma de la necesidad de las acciones humanas, debe ser las penas legales más severas y la policía más vigilante para que los hombres sean determinados por estos motivos, sin los cuales se descuidaran; pero si la religión establece el dogma de libertad, eso es otra cosa. Si la religión condena cosas que las leyes civiles deben permitir, es peligroso que les permitan; faltaría la armonía, necesariamente entre las leyes de la religión. Las leyes que hacen mirar como necesario lo que es indiferente, hacen que se mire como indiferente lo que es verdaderamente necesario.
Cuando la religión aprueba o justifica por cosas externas o accidentales, pierde inútilmente el resorte más poderoso que exista entre los hombres.
El respeto de las cosas antiguas, la sencillez o la superstición, han establecido alguna vez ceremonias o misterios que podían ser molestos para el pudor.
Las leyes religiosas corrigen los inconvenientes de la constitución política.
La religión puede ser apoyo del estado cuando no bastan las leyes. Cuando hay muchos motivos de odio en un Estado, es preciso que la religión de muchos medios de reconciliación. Los árabes, se hacían unos a otros daños frecuentes injurias e injusticias.
De cómo las leyes de la religión surten el efecto de las civiles.
Los griegos primitivos formaban pequeñas agrupaciones, pueblos pequeños, dispersos casi siempre: sin leyes, sin policía, que pirateaban en el mar y eran injustos en la tierra. ¿Qué más podía hacer la religión que lo que hizo para inspirar horror al homicidio? Estableció que el hombre muerto violentamente se enfurecía contra el matador. No se podía tocar al culpable ni hablar con el si quedar mancillado o inhábil para se testigo, la ciudad había de expiar la presencia del homicida y librarse de ella.
La verdad o falsedad de un dogma influye menos que sea útil o pernicioso, que el uso o abuso que se hace de él.
Los más verdaderos y más santos dogmas pueden tener funestas consecuencias cuando no están ligados con los principios de la sociedad. Para una religión no es bastante el establecer un dogma: le es necesario, el dirigirlo. Es lo que hace de una manera admirable la religión cristiana en lo que se refiere a los expresados dogmas. Los libros sagrados de los antiguos persas decían:" Si quieres ser santo instruye a tus hijos porque todas las cosas buenas que ellos hagan te serán imputadas": Estos dogmas eran falsos, pero útiles.
De las metempsicosis.
El dogma de la inmortalidad del alma se divide en tres ramificaciones: la de la inmortalidad pura, la de un simple cambio de morada y la de la metempsicosis, la de los cristianos, la de los escritas y la de los indios. En la tercera, el sistema de los indios, produce buenos y malos efectos según que haya sido bien o mal dirigido. Las mujeres allí mueren quemadas al quedarse viudas: las personas inocentes son las únicas que no fenecen de muerte natural.
Es perjudicial que la religión inspire horror a cosas indiferentes.
Por ciertos prejuicios religiosos, las castas de la India se miran con horror unas a otras. Es un honor fundado en la religión únicamente, distinciones de familia que en el orden civil no son tales funciones. Las leyes de la religión deben impedir que se sienta mas desprecio que el del vicio y evitar, que se entibie o se pierda el amor que deben sentir los hombres a sus semejantes.
De las fiestas.
Cuando una religión ordena la suspensión del trabajo, debe atender a las necesidades de los hombres antes que a la grandeza del ser quien pretende honrar. Los países protestantes, por su misma situación necesitan más trabajo que los países católicos, por eso la supresión o reducción de fiestas ha sido más necesaria en los primeros que en los últimos. Estas diferencias debe tenerlas en cuenta una religión que hubiera de establecerse en unos u otros países.
De las leyes locales de religión.
Hay muchas leyes locales en las diferentes religiones. La antigua Atenas tenía una población muy numerosa, y por ser su territorio estéril, se estableció la máxima religiosa de que eran más gratas a los dioses las ofrendas más pequeñas: se los honraba más con ofrendas diminutas que inmolándoles bueyes.
Inconvenientes de trasladar una religión de un país a otro.
Resultan inconvenientes graves de trasladar la religión de un país a otro. En los países cálidos se hacen continuas abluciones. Por lo mismo las ordenan las religiones mahometana e india. Cuando una religión cuyas prácticas se fundan en el clima repugna en otro país, no ha podido establecerse en él. Podría decirse que los límites de la religión cristiana y de la mahometana los ha marcado el clima. En las leyes concernientes sin prescribir una mortificación determinada. El cristianismo abunda en buen sentido: es de derecho divino la abstinencia, pero una abstinencia particular es cuestión de policía y puede cambiarse.
Libro XXVII: Del origen y de las revoluciones de las leyes romanas acerca de las sucesiones.
De las leyes romanas acerca de las sucesiones.
Rómulo distribuyo las tierras de su pequeño estado entre todos los habitantes del mismo. Creo que de aquí proceden las leyes romanas sobre sucesiones.
La ley de la división de tierras exigía que los bienes de una familia no pasasen a otra; de esto resulto que solo hubo dos órdenes de herederos llamados por la ley. Los hijos y todos los descendientes que estuvieran bajo la potestad del padre, a los que llamo herederos de si mismo, y a falta de ellos los más próximos parientes por línea masculina, a los que se dio el nombre de agnados. Los parientes por línea femenina, a los que llamo cognados, no debían suceder, pues habrían hecho pasar los bienes a otra familia. La ley de las Doce Tablas excluye a tales herederos, puesto que llama a la sucesión a los agnados y el hijo y la madre no son tales entre si.
Entre los romanos de los primeros tiempos, las mujeres sucedían cuando esto no alteraba la división de las tierras, pero no cuando podía alterarla. Tales fueron las leyes sucesorias de Roma primitiva; y por lo mismo que eran consecuencia natural del reparto de las tierras, se ve que eran de origen romano, es decir, que no formaban parte de las que trajeron las diputaciones enviadas a las ciudades griegas. Dionisio de Halicarnaso nos dice que Servio Tulio, encontrando abolidas las leyes de Rómulo y de Numa sobre la repartición de tierras, las puso de nuevo en uso u aun las reforzó con otras. Es indudable que dichas leyes fueron obras de los tres legisladores citados.
Las antiguas leyes de Atenas no permitían que el ciudadano hiciera testamento. Preciso es confesar que las antiguas leyes de Atenas eran más consecuentes que las de Roma. Como los testamentos habían de hacerse en la asamblea del pueblo, el ciudadano que estaba en el ejército se hallaba imposibilitado de testar. Pero el pueblo concedió a los soldados el derecho de manifestar su última voluntad ante algunos de sus compañeros con la misma validez que si la declarase ante el pueblo reunido.
Las grandes asambleas del pueblo sola ente de reunían dos veces cada año, y como el pueblo había aumentado y los negocios también, se creyó conveniente permitir que todos los ciudadanos pudieran testar en cualquier momento, en presencia de cinco testigos que fueran ciudadanos romanos ante los cuales el heredero le compraba al testamento su familia la moneda todavía. No faltan razones para que los cinco testigos representaran las cinco clases del pueblo, no estado representado la sexta, que ni siquiera la contamos, porque compuesta de gente que nada poseían.
La mayor parte de las leyes que en sucesivo regularon los testamentos nacieron de estas ventas, como lo prueban los fragmentos de Ulpiano. El sordo, por no poder oír las palabras del comprador de la familia; el mudo, por no poder expresar el nombre del mismo comprador, el prodigo, porque estándole prohibida la gestión de cualesquiera negocios, mal podía estar facultado para vender su familia. Como los testamentos se hacían en la asamblea del pueblo, eran actos de derecho político mas bien que de derecho privado; de esto resultaba que un hijo no podía hacer testamento mientras estuviera bajo la patria potestad. ero Roma, donde los testamentos se derivaron del derecho publico, exigían mas formalidades que todos los demás actos, lo cual subsiste en las comarcas de Francia que se rigen por el derecho romano.
Siendo el testamento una ley del pueblo, como he dicho, había hacerse en forma de mando, con palabras directas e imperativas, como no fuera en términos de mandato, donde se siguió que en ciertos casos no hubiera inconveniente en hacer una sustitución, mandando que la herencia pasase a otro heredero; mas nunca se podía hacer fideicomiso, esto es, encargara alguno, en forma de ruego, que entregase a otro la herencia a parte de ella. Ley Voconia, acabamos de ver que esta ley se proponía impedir que las mujeres sucediesen, y el capitulo que ponía limites a la facultad de legar responde a este pensamiento; porque no habiendo limitación en los legados hubieran podido las mujeres recibir como legatarias lo que no podían recibir como herederas. La Ley Voconia se hizo para regularizar las riquezas y no para regularizar la pobreza; el mismo Cicerón nos dic que no se aplicaba sino a los inscritos en el censo.
La ley voconia sacrificaba al hombre y al ciudadano, pues no pensaba más que en la republica, Las guerras civiles hicieron parecer a un infinito numero de ciudadanos: en tiempo de Augusto era Roma una ciudad desierta y se hacia preciso repoblarla. Se dieron entonces las leyes Papias, en las cuales no se omitía nada que estimulara al casamiento y a la procreación. Uno de los medios empleados fue el aumentar las 4speranzas de suceder para aquellos que secundaban los fines de la ley, disminuyéndolas para los que no se prestaban a secundarios; y como la ley Voconia había incapacitado a las mujeres parta suceder, la ley Papia las favoreció. Las antiguas leyes romanas comenzaba a parecer duras, y los pretores ya no atendía sino a consideraciones de equidad, de moderación y de decencia. Justiniano emperador hizo desaparecer los últimos restos del derecho antiguo en lo referente a sucesiones; estableció tres ordenes de herederos; los descendientes, los ascendientes y los colaterales, sin distinción ente varones y hembras, ni entre parientes por línea masculi8na y parientes por línea femenina. Creyó ajustarse a la Naturaleza al derogar todo lo que el llamaba estorbos de la jurisprudencia consuetudinaria.
Libro XXIX: Del modo de componer las leyes.
Del espíritu del legislador.
El espíritu de la moderación debe ser el que inspire al legislador, el bien político, lo mismo que el bien moral, esta siempre entre dos limites. Ejemplo para la libertad son necesarias las formalidades de la justicia. Pero podrían ser tantas, que contrariasen la finalidad de las leyes que las hubieran establecido, y los procesos no tendrían termino; la propiedad de los bienes quedaría dudosa; dariase a una de las partes, por falta de atento examen, lo que perteneciera a la otra, o se arruinaría a las dos a fuerza de examinar. Los ciudadanos perdería su libertad y su seguridad; los acusadores no tendrían medio de convencer ni los acusados de justificarse.
Discurriendo Cecilio, en Aulo Gelio, acerca de la ley de las Doce Tablas, que permita al acreedor descuartizar a su deudor insolvente, justicia esta cruel disposición por su misma atrocidad, la cual evitaba que nadie tomara a préstamo lo que excediera de sus facultades. ¿serán pues las leyes más duras las mejores?.
Las leyes que al parecer se apartan de las miras del legislador suelen conformarse a ellas.
En nuestra modernas y grandes monarquías, los partidos están formados por pocas personas y el pueblo puede permanecer inactivo, por lo que es natural atraer los sediciosos al grueso de los ciudadanos en lugar de ser los ciudadanos atraídos por los sediciosos. En las pequeñas republicas se debe hacer que el escaso número de personas tranquilas y discretas se unan a los sediciosos: la fermentación de un líquido pueda quizá detenerla una gota de otro.
De las leyes que contrarían las miras del legislador.
Hay leyes que el legislado no ha meditado mucho y le resultan contrarias a lo que se proponía. La que establecen, en Francia, que si muere uno de los dos pretendientes a un beneficio se le de al superviviente, buscan sin duda el evitar litigios o cortarlos; pero resultan contraproducentes, pues vemos a los eclesiásticos embestirse como perros dogos y batirse hasta la muerte.
Prosecución de la misma materia.
Para establecer un buen derecho de gentes entre los griegos, hacia falta acostumbrarlos a pensar que ere cosa nefanda el destruir una cuidad de Grecia; no se debía distribuir ni aun a los destructores. La ley de Anfictión era justa, más no prudente, lo que se prueba con el abuso mismo que se hizo de ella.
Anfictión hubiera podido señalar otras penas, como, por ejemplo, ordenar que algunos magistrados de la ciudad destructora, o cierto número de jefes del ejército destructor, pagaran con la vida su delito; que el pueblo destructor no gozara, por algún tiempo, de los privilegios de los griegos; y que hubiera de satisfacer una multa hasta que ese restaurara la ciudad destruida. La ley debía buscar, ante todo, la reparación del daño.
Las leyes que parecen idénticas o producen siempre el mismo efecto.
Cesar prohibió que nadie guardara en su casa más de sesenta sestercios. Esta ley se considero muy oportuna en Roma, para conciliar a los deudores con los acreedores, porque obligando a los ricos a prestar a los pobres, facilitaba a los pobres y la manera de satisfacer a los ricos. Una ley idéntica se hizo en Francia en tiempo del sistema y resulto funesta, pero fue por haberla dictado en circunstancias horrorosas. El objeto de la de Francia era acapararlo. El tiempo, Cesar, dio por el dinero finas o hipotecas de particulares. El ministro de Francia no daba por el mas que efectos sin valor; y no podían tenerlo por su naturaleza, pues que la ley obligaba a tomarlos.
Continuación de la misma materia, necesidad de componer bien las leyes.
La ley del ostracismo rigió de Atenas, en Argos y en Siracusa. En esta ciudad causo bastantes males porque fue dictada de una manera imprudente. En Atenas, donde el legislador había comprendido la extensión y límites que debía dar a su ley, que el ostracismo cosa admirable: no se aplicaba nunca más que a una sola personas, y requería tal número de sufragios que era difícil desterrar a alguno como u ausencia no fuera verdaderamente necesaria. No era cosa de todos los días, pues se desterraba solamente cada cinco años; como que el ostracismo no debía aplicarse a todo el mundo, sino precisamente a los grandes personajes que se hacían peligrosos.
Las leyes que parecen iguales no siempre han tenido igual motivo.
Se han tomado en Francia casi todas las leyes romanas relativas a sustituciones; pero la razón, en Francia, no es la misma que se tuvo en Roma. Entre los romanos, iban unidos a la herencia algunos sacrificios que había de ejecutar el heredero, y que estaban regulados por el derecho de los pontífices. Esto fue causa de que miraran como deshonroso el morir sin herederos y de que instituyesen heredado a los esclavos e inventaran las sustituciones. La sustitución vulgar, que fue la primera de todas y no tenía efecto sino cuando el heredero sustituido no aceptaba la herencia, es prueba de lo que digo; su objeto no era perpetuar la herencia en una familia del mismo nombre, sino encontrar alguno que la aceptara.
Leyes griegas y romanas castigaron el homicidio de si mismo, sin fundarse en los mismos motivos.
Debe castigarse, dice Platón al hombre que mata a aquel que le esta mas estrechamente unido, La ley romana castigaba esta acción cuando no se había ejecutado por debilidad, por cansancio de la vida, por no poder soportar el dolor, sino por la desesperación a consecuencia de algún crimen. La ley romana absolvía cuando la ley griega condenaba, y condenaba cuando la otra absolvía. En tiempo de la republica no había en Roma ninguna ley que castigara a los suicidas; los historiadores citan siempre los suicidios como acciones laudables, y no vemos en ningún autor que se castigara a los que los cometían. Cuando los emperadores se hicieron tan avaros como antes habían sido crueles, privaron a las personas de que deseaban deshacerse, del medio que tenían para conservar sus bienes, declarando delito el suicidarse por el remordimiento de haber perpetrado otro crimen.
Leyes al parecer contrarias, suelen tener el mismo fundamento.
Los romanos. La citación judicial la consideraban ellos como una especie de coacción física, y no se podía ir al domicilio de un hombre para emplazarlo, como hoy no se puede ir par prenderlo cuando solo ha sido condenado por deudas civiles. La leyes romanas admitían el principio de que el ciudadano tiene su domicilio por asilo, en el no puede ser objeto de violencia alguna.
De que modo pueden compararse dos leyes diversas.
En Francia se le impone pena capital a los testigos falsos; en Inglaterra, no. Para juzgar cual de estas leyes es mejor, debe añadirse; en Francia se da tormento a los reos, en Inglaterra no; en Francia no puede el acusado presentar testigos y es raro que se admitan hechos justificativos, y en Inglaterra se reciben los testimonios de las dos partes, Las tres leyes francesas forman un sistema lógica, y lógicamente se enlazan entre si las tres inglesas.
El falso testimonio, por lo tanto, es menos terrible en Inglaterra, pues el acusado tiene para rechazarlo un recurso que no existe en nuestra legislación. Por consiguiente, para juzgar cuales de estas son más razonables, es preciso no comparadas una a una, sino es su conjunto.
De cómo las leyes que parecen iguales suelen ser a veces diferentes.
Las leyes griegas y romanas castigaban al encubridor, en el delito de robo, con la misma pena que al ladrón; la ley francesa, lo mismo. Como en Grecia y Roma se imponía al ladrón una pena pecuniaria, lo mismo había de hacerse con el encubridor, porque todo el que de cualquier modo contribuye a causar daño, queda obligado a la reparación. Pero siendo pena capital la señalada en Francia para el robo, no se ha podido aplicar al encubridor, sin extremar las cosas, la misma pena. El que recibe una cosa robada puede recibirla inocentemente; el que la robo siempre es culpable.
Los jurisconsultos han llegado a considerar el encubrimiento mas odioso todavía que el robo, pues este dicen, no quedaría oculto mucho tiempo si el encubridor
Las leyes no deben separarse del objeto para que se hicieron, de las leyes romanas acerca del robo.
Entre los romanos, cuando el ladrón era sorprendido con la cosa robada y antes de llevarla al sitio donde quería esconderla, llamaba robo manifiesto; y se llamaba robo no manifiesto, cuando el ladrón no era descubierto sino después de efectuar la ocultación. La ley de las Doce Tablas disponía que, en los casos de robo manifiesto, fuera azotado el ladrón y cayera en esclavitud, si era púber, y solamente azotado si era impúber. Al autor del robo no manifiesto lo condenaba únicamente a pagar el doble de lo que valiera la cosa robada. Cuando la ley Porcia abolió el uso de azotar con varas a los ciudadanos y el de reducirlos a la esclavitud, se condenaba al ladrón, si el robo era manifiesto, apagar el cuádruple, si se trataba de robo no manifiesto, la pena siguió siendo la misma. Como las leyes civiles dependen de las políticas, porque unas y otras se dictan para la misma sociedad, seria conveniente que no se trasladase ninguna ley civil de una nación a otra sin ver antes que las dos naciones tuvieran iguales instituciones y del mismo derecho político. De modo que cuando las leyes concerniente al robo pasaron de Creta a Lacedemonia como iban acompañadas del gobierno y la constitución, encajaron bien en ambos pueblos; pero al llevarse la Lacedemonia a Roma, como las constituciones eran diferentes, fueron en Romo un elemento extraño sin relación alguna con las demás leyes civiles.
Las leyes no deben separarse de las Circunstancias en que se hicieron.
Las leyes romanas disponían que se pudiera castigar a los médicos culpables de negligencia o de impericia. En estos casos, al medico de condición elevada se le condenaba el destierro y al de condición humilde se le condenaba a muerte. En este punto, nuestras leyes no siguen a las romanas.
Es bueno a veces que una ley se corrija a sí misma.
La ley de las Doce Tablas autorizaba a matar al ladrón nocturno, también al que de día se aprestaba a la defensa al verse perseguido, pero la misma ley mandaba que el que matara si ladrón llamara a voces a los ciudadanos. Este es un requisito que deben exigir todas las leyes cuando autorizaban el individuo a hacerse la justicia por su manso, es el grito de la inocencia que, en el momento de obrar, llama testigos y jueces. Preciso es que el pueblo tenga conocimientos del acto y que lo tengo en el instante de su realización, cuando todo habla, cuando cada palabra y cada gesto condenan o absuelve. Una ley que puede ser tan peligrosa para la seguridad y la libertad de los ciudadanos, debe aplicarse en presencia de estos.
Cosas que deben ser observadas en la composición de las leyes.
El sitio de las leyes ha de ser sencillo; la expresión directa se comprende siempre mejor que la figura, Las Leyes del Bajo Imperio carecen de majestad el príncipe se expresa en ellas como un teórico. Si el es hinchado al estilo de las leyes, parecen estas una obra de ostentación. Lo esencial es que la letra de las leyes despierte las mimas ideas en todos. La ley de Honorio castigaba con la pena de muerte al que compara un manumiso como siervo o hubiese querido inquietarlo.
La ye de los lombardos prohíbe casarse a la mujer que haya vestido el habito de religiosa, aunque no haya profesado: "porque, dicen no pudiendo el hombre que se ha comprometido con una mujer por la simple entrega de un anillo desposarse con otra sin incurrir en delincuencia, menos puede hacerlo la desposada de Dios o de la Virgen…". Por mi cuenta digo que, en las leyes, se debe racionar de lo real o lo real y no lo figurado a lo real ni lo real a lo figurado.
Las leyes no deben se sutiles: se hacen para gentes de entendimiento mediano, han de estar al alcance de la razón vulgar de un padre de familia, sin ser un arte de lógica.
La ley de Platón, como he dicho, disponía que se castigara al que se matara por debilidad y no por evitar la ignominia. Era una ley viciosa, porque en el único caso en que no podía obtenerse del delincuente la confesión de los motivos determinante de su acción, quería que el juez decidera acerca de ellos. En Roma, la ley Falcidia mandaba que al heredero e quedara siempre la cuarta parte de la herencia; otra ley permitió que el testador prohibiese al heredero la retención de la misma cuarta parte; esto es burlarse de las leyes. La ley Falcidia resultaba inútil, porque si el testador quería favorecer a su heredero, para nada necesitaba este de la ley Falcidia; y si era otra su voluntad, le bastaba prohibirle que se aprovechara de ella.
Mala manera de dar leyes.
Los emperadores romanos, como nuestros reyes, manifestaban su voluntad por medio de decretos y de edictos, pero, además, permitía que lo jueces, y aun los particulares, les consultaran por escrito sobre sus diferencias, las respuestas que daban a estas consultas se llamaban rescriptos. Todos los que leyesen las leyes romanas distinguieran bien estas hipótesis, y no las confundiera con los senadoconsultos, con los plebiscitos, con las constituciones generales de los emperadores ni con las leyes que se fundan en la índole de las cosas, como las que hacen referencia a la fragilidad femenina, a la debilidad de los menores y a la utilidad publica.
De las ideas de Uniformidad.
Ciertas ideas de uniformidad, con la que a veces los hombres superiores se connaturalizan (buen testigo es Carlomagno), pero que impresionan infaliblemente el vulgo, que encuentra en ellas un genero de defección que no puede pasar desapercibido; los mismo pesos en el mercado, las mimas medidas en el comercio, las mismas leyes en el Estado, en el Estado la misma religión.
De los legisladores.
Aristóteles quería satisfacer, ya los celos que tenia de Platón, ya su pasión por Alejandro. Platón estaba indignado con la tiranía del pueblo de Atenas. Maquiavelo no pensaba más que en su ídolo, el duque de Valentinois. Tomas Moro, que hablaba de lo que había leído más bien que de lo que había pensado, quería que todos los Estados se gobernaran con la sencillez de una ciudad griega.
- Las leyes tuvieron su origen en Roma con su fundación en el 753 A.C. y han sido compuestas por todas las cosas que rigen a nuestra sociedad que son las costumbres, la religión y la misma sociedad. Las leyes han ido evolucionando con los hombres ya que al igual que la sociedad las leyes también son cambiante solo que se desarrollan después de la sociedad y lo que debemos procurar es que la distancia entre estas no sea tan grande.
- Las leyes también se han visto influenciadas con la naturaleza y el clima porque de estos dependen en una buena parte los grandes cambios que la sociedad va obteniendo y esto influye a las leyes ya que las normas jurídicas surgen de los acontecimientos sociales para poder lograr regir una buena convivencia social. La teoría del clima procede de la medicina; tendencia materialista que liga los estados del alma como reflejo de los humores del cuerpo y su situación como resultado de la diversidad de climas y territorios. El clima se relaciona con diversas enfermedades, con el carácter activo o perezoso, valiente o cobarde. Influye sobre el suelo, condicionando el tipo de cultivo, extensión del terreno, organización del trabajo; influye sobre la cantidad de población que podría alimentar el terreno. Se pueden contrarrestar los efectos de clima y suelo mediante el trabajo y la invención. La abundancia o escasez de suelo y su explotación determinan el tipo de sociedad.
- La religión también ha sido un factor importante en el cambio social y jurídico ya que varias de las normas que rigen a nuestra sociedad se han basado en la religión predominante ya que es el elemento moral más importante en la acusación social. Es un fenómeno social que Montesquieu, estudia su lado convencional y humano pero ordenador de la sociedad a través de las creencias. Considera que es absurdo imponer la religión de una cultura a otra. La religión sirve de freno en los despotismos y sus leyes corrigen a veces los inconvenientes de la constitución política, por lo que cuenta más su utilidad que la verdad o no de sus dogmas. Toda persecución religiosa y todo prosetilismo es por principio intolerante. Y el número de habitantes también ha afectado porque este es el que da la pauta de que tan efectivas son las normas que se están planteando o que tan erróneas están ya que al darse una sobre población se necesitaría de normas que ayuden a disminuir la tasa de natalidad sin que esta implique llegar a cometer delitos tales como el aborto. En los pueblos civilizados se altera favorable o desfavorablemente la relación del número de habitantes con el clima y el suelo mediante las leyes y la organización social.
- http://es.wikipedia.org/wiki/El_esp%C3%ADritu_de_las_leyes
- Montesquieu, "Del espíritu de las leyes", editorial jurídica salvadoreña, 2º edición, San Salvador, El Salvador, C.A.
- Cócar Romano, Orlando; "Seminarios", impreso en talleres y copiados unidos, San Salvador, El Salvador, C.A.
- http://thales.cica.es/rd/Recursos/rd99/ed99-0257-01/montes.html
Obra "Del Espíritu de la Leyes"
Montesquieu
Escultura de Jean Baptiste Leymoyne
Datos del autor.
Maye Elizabeth Damas.
Estudios realizados: primer ciclo en ciencias jurídicas.
Categoría: sociología.
UNIVERSIDAD DR. JOSÉ MATÍAS DELGADO
FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES
DR. ISIDRO MENÉNDEZ
MATERIA: SOCIOLOGÍA GENERAL.
MARZO, 2006
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