De Sousa Santos, incorpora esta variable de análisis y plantea que los medios de comunicación, particularmente la televisión, "promueven una visión inconsciente y fragmentada del derecho, con mensajes sobrepuestos y contradictorios, hechas de reglas y contra-reglas que incitan tanto a la obediencia, como a la desobediencia, tanto a la acción legal, como a la acción ilegal" (Santos, 2003, 252).
El sistema penal es el administrador diferencial de los ilegalismos (Foucault, 1999), reprime unos tipos de ilegalismos y tolera otros. El modo en que se desarrollan las herramientas del derecho penal, incluso los tipos de programas presentados por los poderes ejecutivos en relación a la seguridad, permiten entrever los modos en que se presenta la selectividad del sistema penal.
Los pedidos de resolución del caos a partir de la instauración de herramientas de derecho penal no sólo se constituyeron en discursos sino que se transformaron en prácticas concretas. Muchos de los puntos considerados en los petitorios de Blumberg se convirtieron rápidamente en Leyes sancionadas por el Congreso de la Nación.
Algunos de los proyectos de Ley aprobados entre abril y julio de 2004 que endurecieron el sistema penal y procesal penal, en la línea de lo reclamado por Blumberg, a través de sus petitorios fueron, por ejemplo, el aumento de penas en delitos cometidos con arma de fuego, portación ilegal de armas, se limitó la excarcelación y se estableció la sumatoria de penas hasta 50 años. A la vez, entre los proyectos que fueron presentados pero no se aprobaron se encuentra el establecimiento de juicios por jurados.
Este modo de resolución se replica en momentos en los que la sensibilidad pública por el tema de la seguridad aumenta producto de las campañas mediáticas producidas por determinados sectores sociales y políticos. Un ejemplo claro de este tipo de tratamiento se vislumbra en el caso de la muerte del oficial Falduto, producida cuando se enfrentaba con dos jóvenes que entraron a robar en la misma confitería donde él se encontraba. Falduto, que en esa época era el guardaespaldas del entonces canciller Carlos Ruckauf, murió instantáneamente y se desató una campaña pública en los medios de comunicación, respaldada por Ruckauf y el diputado Casanovas (anterior ministro de Justicia del propio Ruckauf) para bajar la edad de imputabilidad y aumentar las penas de quienes maten policías. Si bien la primera medida no pudo ser puesta en práctica, en apenas dos semanas el Congreso de la Nación sancionó una Ley que sumaba penas a aquellos delincuentes matasen a un oficial policial.
Legítima y necesaria reacción de la sociedad para la tutela y la afirmación de los valores sobre los que se funda el consenso de la mayoría" (Pavarini, 1996, 49). El conjunto de estas propuestas generadas por las "víctimas/ciudadanos reactivos" y de las políticas llevadas adelante por Estado, no hacen más que reforzar un tipo de solución incapaz de salir de la dicotomía entre el bien y el mal, y avanzar hacia un tipo de resolución de los conflictos delimitado por el castigo mediante la instauración de herramientas legales "más duras".
CAPITULO IV
Leyes
4.1 TRATAMIENTO Y REFORMAS.
La tematización del delito como inseguridad, se instalo en los medios de manera permanente desde hace unos años. Las victimas visibles y la victimizacion, se transformaron en los elementos con los que la sociedad se fue identificando.
Puntualmente Axel Damián y Juan Carlos Blumberg, se trasformaron en uno de los mayores exponentes de la visivilizacion de las victimas durante el ultimo tiempo; las imágenes de una familia destruida, con la que todos podíamos identificarnos.
Estas imágenes se repitieron de manera intensiva y la mediatización constante llevo a la movilización popular; en lo que se denomino "Cruzada Axel, por la vida de nuestros hijos"; este suceso fue captado por varios criminalistas que advirtieron como la influencia de los medios de comunicación causaba efecto en las políticas penales.
Ahora bien, esta mediatización de la cuestión seguridad, ha llevado a preguntarme si el Poder Ejecutivo, el Legislativo y los Jueces, fijaron acciones en base a la presión popular de mano dura, ocurrida durante el año 2004; generando ello un cambio en las agendas del Estado, particularmente en los debates parlamentarios que se realizaron en torno a la seguridad.
Durante ese año, se lograron avances importantes en temáticas penales. Las marchas realizadas frente al Congreso y la aplicación del discurso punitivo mediatizado, pareció definir las agendas. Las cifras así lo reflejan; en 22 de las 74 sesiones realizadas en el año 2004, se trataron modificaciones en materia Penal o se hizo referencia a alguna cuestión de seguridad. Es decir que en más del 35 por ciento de las reuniones realizadas en el Congreso, se trataron temas relacionados a la problemática.
Si analizamos cada una de las movilizaciones convocadas por Juan Carlos Blumberg, podemos advertir que de las 11 sesiones de la Cámara de Diputados donde se debatieron cuestiones Penales; 7 de ellas se realizaron en torno a las marchas, (una en la primer movilización; tres en la segunda y tres en la tercera), En lo que respecta a la Cámara de Senadores, de las 11 sesiones que abordaron cuestiones Penales, 8 se realizaron en torno a las marchas, (tres en torno a la primera, tres en la segunda y dos en la tercera). En pocas palabras, las cuestiones Penales tratadas en el año 2004, se realizaron en torno a las marchas de reclamos sociales que se mediatizaron.
Como resultado de estos tratamientos, se sancionaron 10 normas que guardan relación con la política Criminal. Las Leyes modificadas fueron la: 25.882; (modifica el articulo 166 del Código Penal, agravando la pena para el Robo con arma de fuego y crea la figura del Robo con arma que no es apta para el disparo, con una pena que va de los 3 a los 10 años). La Ley 25.886; (aumenta la pena por tenencia y portación de armas). La Ley 25.890 (realiza modificaciones en el Código Penal, en relación al delito de abigeato). La Ley 25.891 (trata sobre la clonación de teléfonos celulares y la adulteración de las tarjetas SIM). La Ley 25.892, (trata sobre las modificaciones realizadas al artículo 13 del Código Penal, el que refiere a delitos Sexuales). La Ley 25.893, (refiere sobre el aumento de penas a Homicidas y Violadores). La Ley 25.928, (trata sobre modificaciones que se realizaron al articulo 55 del Código Penal, el que refiere a como será la aplicación de la pena cunado concurren varios hechos delictivos de manera independiente). La Ley 25.938, (refiere a la creación del Registro Nacional de Armas decomisadas y secuestradas). La Ley 25.948, (Ley de ejecución penal sobre el periodo de prueba, detención domiciliaria para el condenado mayor de 80 años o que padezca una enfermedad terminal incurable, revocación de la detención domiciliaria) y finalizando la Ley 25.990, (la que modifica el articulo 67 del Código Penal que trata sobre la interrupción de la acción penal). A excepción de esta última norma, las restantes implicaron un endurecimiento de las Leyes penales; en lo que respecta a concurso de delitos, tipificaciones específicas y la duplicación de la pena máxima de 25 años, además de agravarse las condiciones para obtener la Libertad condicional.
Este grupo de modificaciones tiene una estrecha relación con los reclamos realizados en 2004. Del total de Leyes, vemos que la mayoría se realizo en torno a las marchas por reclamo de Seguridad. Las dos primeras se realizaron en torno a la primera marcha de reclamo que se realizo el 1 de Abril de 2004; (Ley 25.882 el 07-04-04 y Ley 25.886 el 14-04-04). Las cuatro siguientes se realizaron en torno a la segunda marcha que se realizo el 22 de Abril de 2004; (Ley 25.890 el 21-04-04, Ley 25.891 el 28-04-04, Ley 25.892 y 25.893 el 05-05-04). Las dos siguientes se sancionaron en torno a la tercera marcha que se llevo a cabo el día 26 de Agosto de 2004. (Ley 25.928 el 18-08-04 y Ley 25.938 el 22-09-04). Las dos siguientes fueron sancionadas más adelante; la Ley 25.948 en 20-10-04 y la Ley 25.990 el 16-12-04 respectivamente.
Sin embargo, si bien es posible afirmar que las Leyes se sancionan en el medio de la puesta en agenda mediática y política de la seguridad y la necesidad de introducir reformas legislativas para frenar con la ola de delincuencia. El reclamo ciudadano y mediático, no impulso la generación de los proyectos legislados en este periodo. Por el contrario funcionaron como aceleradores para la pronta sanción de los mismos.
Es digno de mencionar, que la mayoría de los proyectos de Ley definitivamente sancionados, fueron presentados con anterioridad al inicio de las marchas. En este sentido, de los 31 proyectos tratados en la Cámara de Diputados a lo largo del año 2004, solo nueve fueron presentados con posterioridad a la marcha del 1º de Abril y a la puesta en agenda del caso. En ese sentido solo dos Leyes tuvieron la totalidad de sus proyectos presentados con posterioridad a este fenómeno (Ley 25.893 y 25.990), Y es mas llamativo aun, que de las diez Leyes dictadas en 2004, cuatro ya habían tenido su tratamiento parlamentario (media sanción), en 2003.
CAPITULO V
Reflexiones y conclusiones
Las herramientas de construcción de las noticias sobre el caso Blumberg nos permiten reflexionar sobre los medios como amplificadores de hechos individuales; son elementos narrativos que conducen a la conmoción, al aspecto emocional del crimen; el secuestro, tiene un componente que realza la presencia de una situación de emergencia.
El secuestro extorsivo crea unidad entre los diferentes niveles sociales, ya que todos temen ser victimas de este tipo de delitos. En este sentido, los estereotipos cristalizados potencian una división entre un nosotros que debe ser protegido y otro que debe ser apartado y en muchos casos, eliminado.
Una de las consecuencias criminológicas que se desprende del discurso que circula mediante el caso Blumberg, es la puesta en juego de una situación de desorden social, la que se canaliza a través de llamados al orden, de demandas de mayor control que en ciertas oportunidades, (como esta), se transforman en masivas.
El sentimiento que adelanta estos pedidos de orden, es el temor. Según Norbert Elías, el miedo, en tanto fantasía colectiva, constituye una porción de la realidad, debido a la convicción colectiva de que estas concepciones están fundadas en hechos, lo que les confiere una solidez tal que impide que esas percepciones sean quebrantadas mediante una simple referencia a hechos contradictorios (Elías, 1990).
En este sentido, Elías afirma respecto al ser humano: "su capacidad para superar pensando y actuando de manera conforme a la realidad, los problemas que se le plantean, es tanto menor cuanto mayor es la amenaza que peligros, tensiones y conflictos incontrolables surgidos del ámbito de estos problemas que representan para su vida y, de acuerdo con esto, mayores son los temores, esperanzas y deseos que lo dominan; y su capacidad para contener los peligros, conflictos y amenazas a los que se ve expuesto es tanto menor cuanto mayores son la falta de ajustamiento a la realidad de su pensamiento y su acción y el grado de fantasías y emociones que los dirigen" (Elías, 1990, 100).
Esta construcción posibilita observar la forma en que se manifiesta el miedo. Toda dominación efectiva implica tener en cuenta el temor que es lo que establece y asegura el orden social.
En este marco, ¿cuál es el vínculo entre medios de comunicación y sistema punitivo?. Si bien no podemos generalizar con tanta facilidad cuando hablamos de medios, ya que no se puede dejar a un lado las diferencias entre medios de comunicación, incluso las tensiones al interior de las concepciones periodísticas diferenciales ante la información, el caso Blumberg nos sirve para pensar un tipo de relación entre medios y sistema punitivo.
Los medios no son los que sacan la gente a la calle, los medios no son los que legislan, pero si, como dijo Hobbes, la pasión que hay que tener en cuenta es el temor, los medios sí pueden amplificar estados de conmoción social. Y los contextos de alarma son ámbitos propicios para establecer reformas que garanticen la gobernabilidad a través del endurecimiento de penas.
Los discursos mediáticos que poseen las características como el del analizado caso Blumberg, son modos de materializar discursos de exclusión social que materializan prácticas represivas. Son discursos que legitiman, que habilitan prácticas punitivas simplistas funcionales para la gobernabilidad del nuevo orden social-económico.
El análisis cuantitativo de lo expuesto, nos permite establecer que las erróneamente denominadas "Leyes Blumberg" son el resultado de una puesta en agenda previa, realizada por sectores mediáticos y políticos, antes de la muerte de Axel Blumberg. Así Juan Carlos, pasa a ser un actor primordial en tanto su figura de padre-victima, quien ayuda a impulsar la sanción de proyectos que ya estaban en el Congreso antes del caso. (Cabe aclarar que las posturas de los legisladores, en su mayoría, no procuraban incrementar el poder punitivo o las penas, por el contrario, proponían una participación mas activa del Estado en cuestiones de seguridad Social, Salud, Trabajo, Educación, etc.).
A esta altura es importante aclarar, que el rol del poder Legislativo no fue simplemente pasivo, ni el poder Ejecutivo permaneció ajeno a las cuestiones tratadas; ya que ambos interactuaron y conformaron un vínculo con la victima, para definir un tipo de normativa consensuada con el campo político. (Ej. Proyectos del poder Ejecutivo: Ley 25.882 sancionada 07-04-04, cuyo proyecto fue presentado el 04-12-03 bajo el numero 428-PE-03; Ley 25.886 sancionada el 14-04-04, proyecto presentado el 04-12-03 bajo el numero 429-PE-03: Ley 25.890 sancionada 21-04-04, proyecto presentado el 04-12-03 bajo el numero 431-PE-03).
Por esta razón, ello nos lleva a pensar que las reformas en materia Penal no fueron solamente el resultado de la agresividad e influencia de una victima fuertemente mediatizada. Por el contrario, entraron en juego un entramado de intereses políticos concretos, especialmente dados por la articulación entre el Poder Legislativo y el Ejecutivo. Juan Carlos Blumberg fue un actor importante e indispensable, cuya imagen fue aprovechada para reactivar proyectos anteriormente elaborados y reinstalar la urgencia de su sanción definitiva. (No presento ningún proyecto de Ley, solamente entrego un petitorio firmado por mas de un millón de ciudadanos).
Por esta razón se podría decir, -utilizando el "sentido común"-, que las modificaciones legislativas del año 2004 fueron "bautizadas" como "Leyes Blumberg", ya que la sociedad se hizo eco de los reclamos de una victima, (más de un millón de firmas y más de 150.000 personas frente a las escalinatas del Congreso Nacional), presionando a los Legisladores a realizar cambios en parte del Código Penal.
Si bien este ha sido un hecho lamentable, sirvió para movilizar, de la mano de Juan Carlos Blumberg, a miles de personas, quienes expresando su disconformidad con las políticas de Gobierno, respecto a cuestiones de seguridad y protecciones sociales, (Según Castel, las protecciones son colectivas o no son), presionaron para que la "noticia" del hecho delictivo, se mantuviera en el tiempo, es decir, que se publique al respecto.
Esta situación fue tomada por los medios de comunicación, (especialmente la prensa escrita), los que la utilizaron en forma desmedida, (con fines comerciales), haciendo "propio" el hecho dramático que se había producido en una localidad del conurbano bonaerense.
La exposición incesante de esta "noticia", hizo que la población se sintiera representada con este suceso y en apoyo a las solicitadas de quienes "estaban" desamparados socialmente, comenzaron a agruparse y movilizarse para hacer extensivo su reclamo a los organismos Estatales.
La presión ejercida por "el común" de la gente, que se aglomero frente a las escalinatas del Congreso de la Nación, como así también las expresiones de repudio, que se plasmaban en cuanto medio de comunicación estuviera a su alcance; fue captada inmediatamente por los órganos del Estado, quienes con el objeto de llevar calma a la sociedad y satisfacer los reclamos generalizados; colocaron en la Agenda Política, el tema en cuestión. Todo ello destinado a "calmar" a "la mayoría silenciosa" que se alzaba contra el Estado, por las desprotecciones que este había permitido que ocurrieran.
Al existir presión Política y Social, los legisladores se vieron obligados a tratar de manera presurosa todo proyecto de Ley que tuviese relación con cuestiones delictuales y de endurecimiento de penas; y haciéndose eco de lo requerido por esta mayoría, comenzó a ventilar en sesiones maratónicas, los proyectos que permanecían encajonados en las diferentes cámaras. Ya que, (como se demostrara a lo largo de la presente investigación), Blumberg no elaboro ningún proyecto de Ley, simplemente realizo un petitorio, y por intermedio de este, presionó para que se de pronto tratamiento a los proyectos presentados con anterioridad.
Ha quedado claro, que si bien las masivas movilizaciones populares, sirvieron para que se instale en los medios de prensa, la noticia de la muerte de Axel Damián Blumberg; ello provoco que el Estado Nacional, lo coloque como tema principal de su Agenda de Gobierno; situación esta que sin lugar a dudas, dio celeridad al tratamiento de Leyes y de esta forma llevar un poco de calma a la Sociedad en su conjunto.
"…Espero que este trabajo aclare dudas, respecto a como se trato la información del caso Blumberg, y de que manera influyo para el posterior tratamiento de Leyes…".-
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Entrevista, ZELIZER, Viviana, "El significado Social del Dinero", Princeton University Press, Año 1997.
Entrevistas, Personal de la Policía de la Provincia de Buenos Aires. Superintendencia de Investigaciones de Delitos Complejos y Crimen Organizado; calle 52 y 117, ciudad de La Plata. Año 2009.
Autor:
Marcelo
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