Importación de los equipos de audio y su incidencia en la rentabilidad de la empresa Vtronica (página 2)
Enviado por Fabiajn Patricio Toscano Sanguil
Si la empresa VTrónica al no importar los equipos de audio los clientes no tendrán la oportunidad de emplear estos dispositivos de última tecnología, con esto la competencia tendrán la oportunidad de ganar nuestros clientes potenciales y así los socios ya no invertirán en la empresa para lo cual comenzara a tener una rentabilidad baja para que no ocurra aquello se debe implementar la importación de estos equipos de audio.
Para esto es necesario aprender a planificar y no precisamente en pedidos, deseos particulares, necesidades, problemas imprevistos sino por el contrario, ya que si se piensa de esa manera se obtendrá resultados desordenados, sin dimensión, aun cuando haya buena voluntad de los socios de la empresa, por eso se debe realizar el estudio de mercado para conocer que equipos debemos importar a nuestro país y con esto tener éxito en lo que vamos a realizar.
En el presente y a futuro la empresa corre riesgos, por estar rodeados de una competencia extranjera que ofrece productos a costos bajos, nuestro país es eminentemente importador de bienes del exterior, por lo que la calidad y buenos precios acentuaran en el mercado local.
Formulación del Problema
¿Cómo influye la importación de los equipos de audio en la rentabilidad de la empresa VTrónica?
1.2.8 Delimitación del Problema
Temporal. Para la realización de esta investigación el tiempo en que durará será desde marzo del 2008 hasta octubre del 2008 además los datos recolectados serán del segundo semestre del año 2007.
Espacial. Todos los datos que se van a tomar para realizar dicha investigación serán obtenidos de la empresa VTrónica la cual nos brindaran todas las facilidades para el desarrollo, la empresa se encuentra en la Bolívar entre Mera y Montalvo.
Justificación
La investigación que se propone tiene una importancia muy relativa en la práctica pues esta conlleva a resolver en sí el problema de la rentabilidad insatisfecha por los socios de la empresa VTrónica, con esto se pretende orientar a las importaciones, con lo cual podemos mejorar el manejo de estos equipos para que la empresa VTrónica tenga una mayor rentabilidad y utilidad, el cual superara el nivel de vida tanto en los trabajadores socios, proveedores y de los mismos clientes.
En su elaboración se considera población, necesidades de los clientes, tomando en cuenta todo al área del audio para esto la autogestión mediante los socios de la empresa, además la investigación planteada tendrá un impacto satisfactorio para VTrónica puesto que solucionara el problema de la insatisfacción de la rentabilidad en los socios, además para estas importaciones planteadas se tiene un buen plan de financiamiento con la autogestión, además se consideraran los créditos bancarios que también serán muy importante, por lo tanto el impacto en la demanda consistirá en la productividad, desarrollo y por ende un mayor servicio para los clientes .
La investigación es susceptible de ejecutarse ya que se puede contar con los recursos que contamos como son humanos, materiales, económicos, tecnológicos están al alcance para poder realizar dicha investigación además la asesoría y la accesibilidad a la información son muy bien facilitadas por las personas que trabajan en la empresa de hecho se tiene una buena relación con los empresarios que tienen ya experiencia en este ámbito.
Objetivos.
1.4.1 Objetivo General
Determinar un procedimiento para la importación de equipos de audio para incrementar la rentabilidad en la Empresa VTrónica.
1.4.2 Objetivos Específicos
1. Establecer una política adecuada para el proceso de importación de equipos de audio.
2. Realizar un análisis de la incidencia de las importaciones con la rentabilidad.
3. Proponer un plan de importaciones para empresa.
CAPÍTULO II
Marco teórico
2.1 Antecedentes Investigativos
Según Javier Romero (2006: pag.17) en su tesis Manual de Importación de Repuestos Automotrices y su Determinación en la Rentabilidad de Autorepuestos Universal de la Ciudad de Ambato.
El Ecuador no tiene recursos necesarios para la elaboración y producción de repuestos automotrices por lo que la libre oferta y demanda impone los precios en los mercados sin control, el único determinante de la estabilidad es seria la competencia, por lo que se puede observar que la rentabilidad si compensa los gastos y determina excelentes utilidades siempre y cuando estos tengan un control adecuado, caso contrario el deslizamiento de gastos excesivos por causa de errores de importación puede llevar a perdidas como el caso de la reexportaciones.
Según Gabriela Guerrero (2005: pág. 89-90) en su tesis Análisis de Satisfacción de Clientes y su impacto sobre la rentabilidad en la empresa Megakons S.A. en el primer semestre del 2005.
Debido a la larga trayectoria de la empresa Megakons S.A. y al buen manejo de la misma, el componente que obtuvo el porcentaje más alto es la imagen empresarial, seguido de una buena atención y servicio brindado a los clientes por parte de los empleados. La ubicación de la empresa y el producto fueron los componentes en los cuales se debe poner más énfasis para así incrementar la satisfacción. El índice de satisfacción de los clientes es el 80%, que se considera muy bueno ya que se puede concluir que la empresa está cumpliendo con los objetivos. Se obtuvo una rentabilidad financiera del 2,56% en el primer semestre del 2005, por lo que se puede concluir que, si se incrementa el 80% de satisfacción de los clientes obtenida en el análisis, la rentabilidad crecerá.
Según Irina Bonilla López (2002: pág. 112) en su tesis Manual de Importaciones para Empresas de Comercialización – Importadora Medaico S.A.
El importador que no conoce, en la mayoría de los casos el trámite que rige las importaciones busca personas para que realice la gestión de importación. Al importador lo único que le interesa es que se efectúe la importación lo más rápidamente posible, para tener los productos con los que va a comercializar y obtener las utilidades previstas. En consecuencia se hace preciso la utilización de este manual para empresas privadas o públicas según sea el caso en el cual se puede observar conocimientos profundos en la materia de importación. La burocracia existente en las Aduanas y la corrupción de la misma no permiten que los importadores trabajen con agilidad en vista de que los trámites de importación se vuelven eternos.
2.2 Fundamentación Filosófica
El desarrollo de la investigación que se propone se ejecutará bajo las normativas del paradigma crítico propositivo, debido a que, esta escuela filosófica permitirá analizar e interpretar la realidad de la empresa con la intención de contribuir al cambio y mejorar la calidad de vida de quienes están directamente relacionados con la misma.
Se trabajará con el paradigma planteado por que facilita la visión de la realidad de la empresa de una manera dinámica, en donde todos los seres humanos que trabajan en la misma aporten de manera activa en la contribución de su entorno, interactuando inseparablemente con el propósito de alcanzar su desarrollo y progreso.
El paradigma crítico propositivo será una guía en la investigación que se expone ya que será la norma que oriente a la carga axiológica de las personas que laboran en la empresa VTrónica sin apartarse de la verdad y del servicio, considerándoles a estos como factores relativos susceptibles de alcanzar la perfectibilidad.
El paradigma crítico propositivo permitirá también poner en práctica la relación dialéctica entre la teoría y la práctica para de una manera abierta, flexible y participativa para solucionar los problemas de la empresa.
2.3 Fundamentación Legal
2.3.1 Ley de Régimen Tributario Interno
Podemos encontrar en el Art. 13, en la que nos dice que: serán deducibles, y no estarán sujetos al impuesto a la renta en el Ecuador ni se someten a retención en la fuente, los siguientes pagos al exterior:
1.- Los pagos por concepto de importaciones;
2.- Los intereses y costos financieros por financiamiento de proveedores externos en las cuantías que figuren en el permiso de importación respectivo o en los documentos que respalden la importación, siempre que no excedan de las tasas de interés máximas referenciales fijadas por el Directorio del Banco Central de Ecuador a la fecha de la aprobación del documento de importación. Si los intereses y costos financieros exceden de las tasas máximas fijadas por el Directorio del Banco Central del Ecuador, se deberá efectuar la retención correspondiente sobre el exceso para que dicho pago sea deducible;
3.- Los intereses de créditos externos registrados en el Banco Central del Ecuador, siempre que no excedan de las tasas de interés máximas referenciales fijadas por el Directorio del Banco Central de Ecuador a la fecha del registro del crédito o su novación. Si los intereses exceden de las tasas máximas fijadas por el Directorio del Banco Central del Ecuador, se deberá efectuar la retención correspondiente sobre el exceso para que dicho pago sea deducible. La falta de registro conforme las disposiciones emitidas por el Directorio del Banco Central del Ecuador, determinará que no se puedan deducir los costos financieros del crédito;
4.- Las comisiones por exportaciones que consten en el respectivo contrato y las pagadas para la promoción del turismo receptivo, sin que excedan del dos por ciento (2%) del valor de las exportaciones. Sin embargo, en este caso, habrá lugar al pago del impuesto a la renta y a la retención en la fuente si el pago se realiza a favor de una persona o sociedad relacionada con el exportador, o si el beneficiario de esta comisión se encuentra domiciliado en un país en el cual no exista impuesto sobre los beneficios, utilidades o renta;
5.- Los gastos que necesariamente deban ser realizados en el exterior por las empresas de transporte marítimo o aéreo, sea por necesidad de la actividad desarrollada en el Ecuador, sea por su extensión en el extranjero.
6.- El 96% de las primas de cesión o reaseguros contratados con empresas que no tengan establecimiento o representación permanente en el Ecuador;
7.- Los pagos efectuados por las agencias internacionales de prensa registradas en la Secretaría de Comunicación del Estado en el noventa por ciento (90%);
8.- El 90% del valor de los contratos de fletamento de naves para empresas de transporte aéreo o marítimo internacional; y,
9.- Los pagos por concepto de arrendamiento mercantil internacional de bienes de capital, siempre y cuando correspondan a bienes adquiridos a precios de mercado y su financiamiento no contemple tasas que sean superiores a las establecidas por el Banco Central del Ecuador en los términos previstos en el numeral 2 de este artículo. En caso contrario, se retendrá el Impuesto a la renta sobre los valores que excedan de dichas tasas. Si el arrendatario no opta por la compra del bien y procede a reexportarlo, deberá pagar el impuesto a la renta como remesa al exterior calculado sobre el valor depreciado del bien reexportado.
2.3.2. El Régimen Legal Aduanero
Capítulo II
Obligación Tributaria
Art.10 Obligaciones Tributarias Aduaneras.- La obligación Tributaria Aduanera es el vínculo jurídico personal entre el Estado y las personas que operan en el tráfico internacional de mercancías, en virtud del cual, aquellas quedan sometidas a la potestad aduanera, a la prestación de los tributos respectivos al verificarse el hecho generador y al cumplimiento de los demás deberes formales.
Art.11 Sujetos de Obligación Tributaria Aduanera.- Son sujetos de la obligación tributaria: el sujeto activo y sujeto pasivo.
Sujeto Activo de la obligación tributaria aduanera es el Estado, por intermedio de La Corporación Aduanera Ecuatoriana.
Sujeto Pasivo de la obligación tributaria aduanera es quien debe satisfacer el respectivo tributo en calidad de contribuyente o responsable.
En las importaciones, contribuyente es el es el propietario o consignatario de las mercancías; y, en las exportaciones, contribuyente es el consignante.
Art. 12 Hecho Generador de la Obligación Tributaria Aduanera.- El hecho generador de la obligación tributaria aduanera, es el ingreso o salida de los bienes; para el pago de impuestos al comercio exterior; es la presentación de la declaración; en las tasas, es la presentación de los servicios aduaneros.
Art. 13 Nacimiento de la Obligación Tributaria Aduanera.- La Obligación Tributaria Aduanera, en el caso de los impuestos, nace al momento de la aceptación de la declaración por la administración aduanera, en el de las tasas, nace por la utilización del respectivo servicio aduanero.
Art 14 Base Imponible.- la base imponible de los impuestos arancelarios, en las importaciones es el valor CIF y en las exportaciones es el valor FOB de las mercancías, determinados según las normas del valor de aduana.
La Corporación Aduanera Ecuatoriana, mediante resolución dictara las normas correspondientes sobre el valor en aduana de las mercancías, en base al convenio de Adhesión del Ecuador a la Organización Mundial de Comercio.
Para el cálculo de la base imponible, los valores expresados en moneda extranjera, serán convertidos en dólares de los Estados Unidos de América.
Art.15 Impuestos Aplicables.- Los impuestos al comercio exterior aplicables para el cumplimiento de la obligación tributaria aduanera son los vigentes a la fecha de la presentación de la declaración a consumo.
Con sujeción a los convenios internacionales y cuando las necesidades del país lo requieran, el Presidente de la República, mediante decreto y previo dictamen favorable del Consejo de comercio e inversiones, COMEXI, establecerá, reformara o suprimirá los aranceles, tanto en su nomenclatura como en sus tarifas.
Art. 16 Exigibilidad de la Obligación Tributaria Aduanera.- Los atributos aduaneros son exigibles:
a) En caso de impuestos:
1) En la autoliquidación, desde el día hábil siguiente a la fecha en que se acepto la liquidación.
2) En la rectificación de tributos, a partir del día hábil siguiente al de su notificación; y,
b) En el caso de las tasas, desde la fecha en que se presto efectivamente el servicio.
Art. 17 Extinción de la Obligación Tributaria.- La obligación tributaria aduanera se extingue por:
a) Pago.
b) Compensación.
c) Prescripción.
d) Aceptación del abandono expreso de las mercancías; y,
e) Decomiso administrativo de las mercancías.
Art. 18 Medios de Pago.- Son medios de pago de las obligaciones tributarias aduaneras: el dinero en efectivo; las notas de crédito por obligaciones fiscales; y, los cheques certificados.
Art. 19 Plazos para el Pago.- Los impuestos aduaneros se pagaran en los siguientes plazos:
a) En el caso de la autoliquidación, dentro de los dos días hábiles de aceptada la declaración o de realizado el aforo físico en los casos en los que este proceda; y,
b) En los demás casos, dentro de los ocho días hábiles de la notificación del título de crédito u orden de cobro.
El pago de las tasas aduaneras se realizara dentro de los dos días hábiles siguientes a la prestación efectiva del servicio.
El pago de las obligaciones tributarias dentro de los plazos establecidos no genera intereses. En materia aduanera no se concederá facilidades de pago.
Art. 20 Recaudación.- Las obligaciones tributarias aduaneras serán recaudadas por las instituciones del sistema financiero nacional autorizadas por el directorio de la corporación aduanera ecuatoriana.
Art. 21 Acción Coactiva.- El estado, a través de la Corporación Aduanera Ecuatoriana, podrá cobrar coactivamente los tributos al comercio exterior y demás obligaciones como acreedor de la obligación tributaria aduanera, aplicando para ello las disposiciones contenidas en el Código Tributario.
Art. 22 Compensación.- Se compensara total o parcialmente, de oficio o a petición de parte, las deudas de sujeto pasivo con los créditos que tuvieren por pago indebido o en exceso de obligaciones fiscales o por indemnizaciones originadas en las perdidas o daños de su mercancías durante el almacenamiento temporal o en depósitos aduaneros.
Art. 23 Prescripción.- La acción de la Administración Aduanera para cobrar las obligaciones tributarias, así como la acción de pago indebido del contribuyente, prescriben en el plazo de tres años contados desde la fecha de exigibilidad de la autoliquidación o de la rectificación de tributos firme o ejecutoriada del Código Tributario.
Art. 24 Abandono Expreso.- Es la renuncia escrita de la propiedad de las mercancías hechas a favor del Estado por quien tiene la facultad legal de hacerlo. Su aceptación por parte del Gerente Distrital extingue la obligación Tributaria.
Las mercancías fungibles, es fácil descomposición, cuyo abandono expreso se hubiere aceptado, serán donadas a las instituciones de asistencias social, beneficencia o de educación que designe el gerente general de la corporación aduanera Ecuatoriana.
Art. 25 Pérdida o Destrucción Total de las Mercancías.- La Obligación Tributaria Aduanera se extingue por pérdida o destrucción total de las mercancías, ocurrida durante su almacenamiento temporal o en depósito, siempre y cuando se produzca por caso fortuito o fuerza mayor, aceptado por la administración aduanera.
Art. 26 Decomiso Administrativo.- El decomiso administrativo es la pérdida de la propiedad de las mercancías por la declaratoria del Gerente Distrital, en resolución firme o ejecutoriada, dictada en los siguientes casos:
a) Mercancías rezagadas, inclusive en la zona primaria, cuando se desconozca su propietario, consignatario o consignante.
b) Mercancías naufragadas;
c) Mercancías que hayan sido objeto de hurto o robo en los recintos aduaneros, o a bordo de los medios de transporte, cuando luego de recuperadas se ignore quien es su propietario, consignatario o consignante;
d) Mercancías de prohibida importación que no hayan sido reembarcadas, de conformidad con lo dispuesto en esta ley; y,
e) Mercancías a las que, por falta de certificado de inspección, cuando proceda, se ha ordenado el reembarque y no se ha realizado en los quince días posteriores contados a partir de la fecha de la resolución.
Capítulo III
Exenciones
Art.27 Exenciones.- Están exentas del pago de tributos al comercio exterior, excepto las tasas por servicio aduanero, las importaciones a consumo de las siguientes mercancías:
a) Efectos personales de viajeros;
b) Menajes de casa y equipos de trabajo;
c) Envíos de socorro por catástrofes naturales o siniestros análogos a favor de entidades del sector público o de organizaciones privadas de beneficencia o de socorro;
d) Las que importe el estado y las instituciones y organismos que constan en el Catastro de Entidades del Sector Público y La Sociedad de Lucha Contra el Cáncer (SOLCA);
e) Donaciones provenientes del exterior, a favor de las instituciones del Estado o del sector privado sin fines de lucro, destinadas a cubrir servicios de salubridad, alimentación, asistencia técnica, beneficencia, asistencia médica, educación, investigación científica, y cultural, siempre que tengan suscritos contratos de cooperación de cooperación con instituciones del estado.
No habrá exención de impuestos en las donaciones de vehículos, excepto que se trate de aquellos necesarios para usos especiales, tales como ambulancias, vehículos clínicos o radiológicos, coches biblioteca, carros bomberos, etc., y siempre que su función sea compatible con la actividad de la institución beneficiaria.
f) Féretros o cadáveres que contengan cadáveres o restos humanos;
g) Muestras sin valor comercial;
h) Las previstas en la ley de inmunidades, Privilegios y Franquicias diplomáticas, que incluye las representaciones y misiones diplomáticas y consulares, organismos internacionales y otros organismos gubernamentales extranjeros acreditados ante el gobierno nacional; e,
i) Los vehículos ortopédicos, aparatos médicos ayudas técnicas, herramientas especiales, materia prima para órtesis y prótesis que utilizan las personas con discapacidades para su uso o las personas jurídicas encargadas de su protección.
No se reconocen mas exoneraciones que las previstas en este articulo, por lo tanto las exclusiones o dispensas previstas en otras leyes, generales o especiales, no se aplicaran en la liquidación de los tributos al comercio exterior.
Las importaciones de maquinarias, implementos y otros implementos necesarios para la exploración y explotación de hidrocarburos que realicen directamente las empresas que hayan suscrito con el Estado contratos para la explotación y exploración de hidrocarburos, en sus diversas modalidades durante el periodo de exploración y en los diez primeros años de explotación, siempre que dichos artículos no se produzcan en el país, se acogen a lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley de Hidrocarburos; consecuentemente gozaran de la exención del cien por ciento de los impuestos arancelarios.
Capítulo IV
Operaciones Aduaneras
Art.30 Cruce de la Frontera Aduanera.- El ingreso o salida de personas, mercancías o medios de transporte, al o del territorio nacional se efectuara únicamente por los lugares, en los días y horas habilitados por el Directorio de la Corporación Aduanera Ecuatoriana.
Todo medio o unidad de transporte que ingrese al territorio aduanero queda sujeto al control de la Corporación Aduanera Ecuatoriana y se dirigirá por la vía habilitada a la bodega de almacenamiento temporal.
Art. 32 Carga y Descarga.- La mercancía que provenga del exterior, por cualquier vía, deberá estar expresadamente declarada en el manifiesto de carga o contar con la constancia de inspección otorgada por una empresa verificadora cuando sea exigible.
Declarada libre practica del medio de transpone, el Gerente Distrital autorizará la descarga de las mercancías importadas en la zona primaria, en los días y horas hábiles o habilitados.
El Gerente Distrital podrá autorizar la descarga fuera de los lugares habilitados para el efecto, cuando la cantidad, volumen o naturaleza de las mercancías la ameriten.
Las mercancías destinadas a la exportación estarán sometidas a la potestad de la Administración Aduanera hasta que la autoridad naval, aérea o terrestre que corresponda, autorice la salida del medio de transporte.
Capitulo V
Declaración Aduanera
Art. 43 Obligatoriedad o Plazo.- El propietario, consignatario o consignante, en su caso, personalmente o a través de un agente de aduana, presentara en el formulario correspondiente, la declaración de las mercancías provenientes del extranjero o con destino a él, en la que solicitara el régimen aduanero al que se someterán.
El declarante es personal y pecuniariamente responsable por la exactitud de los datos consignados en la declaración. En el caso de personas jurídicas, la responsabilidad recae en la persona de su representante legal.
En las importaciones, la declaración se presentara en la aduana de destino, desde siete días antes, hasta quince días hábiles siguientes a la llegada de la mercancía.
En las exportaciones, la declaración se presentara en la aduana de destino, desde siete días antes, hasta quince días hábiles siguientes al ingreso de las mercancías a la zona primaria aduanera.
En la importación y exportación a consumo, la declaración comprenderá la autoliquidación de los impuestos correspondientes.
El Gerente Distrital podrá autorizar el desaduanamiento directo de las mercancías en los casos previstos en el reglamento y previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el mismo.
Art. 44 Documentos de Acompañamiento.- A la declaración aduanera se acompañaran los siguientes documentos:
a) Original o copia del conocimiento del embarque, guía aérea o carta de porte;
b) Factura comercial o póliza de seguro expendida de acuerdo con la Ley General de Seguros y el Decreto Supremo N° 1147, publicado en el registro oficial N°123 de 7 de diciembre de 1963, que servirá de base para la declaración aduanera;
c) Certificado de inspección en origen o procedencia cuando sea el caso;
d) Certificados de origen cuando proceda;
e) Visto bueno del Banco Central del Ecuador o de sus corresponsales, previo al embarque de las mercancías en las importaciones a consumo; y,
f) Los demás exigibles por regulaciones expedidas por el directorio del Banco Central del Ecuador.
Art. 46 Aforo.- Es el acto administrativo de determinación tributaria, mediante el cual el distrito aduanero procede a la revisión documental o al reconocimiento físico de la mercancía, para establecer su naturaleza, cantidad valor y clasificación arancelaria.
Los aforos se realizan por parte de la Administración Aduanera o por las empresas contratadas o concesionadas y se efectuará en destino, conforme a las disposiciones que dicte para el efecto La Corporación Aduanera Ecuatoriana. Las empresas contratadas o concesionadas serán responsables solidarias con el importador en los términos previstos en los contratos de concesión que estuvieren vigentes.
El aforo físico en destino es obligatorio en los siguientes casos:
a) Cuando la mercancía venga con certificados de inspección en origen y se active el mecanismo de selección aleatoria.
b) Cuando el declarante no acepte las observaciones formuladas por la aduana a su declaración;
c) Cuando el Gerente Distrital conociere o presumiere del cometimiento de un ilícito aduanero;
d) En los casos en que la verificación en origen no sea exigible;
e) Cuando le solicite el declarante; y,
f) En los demás que establezca el directorio de la Corporación Aduanera Ecuatoriana.
Procede el aforo documental cuando la importación venga con certificado de inspección de origen y no se active el mecanismo selectivo aleatorio.
Toda importación, cuyo valor sea superior a 4000 dólares de los Estados Unidos de América, deberá contar con el correspondiente certificado de verificación de origen, excepto las importaciones destinadas al sector diplomático y consular, las mercaderías declaras en tránsito aduanero con destino al exterior.
Toda mercadería proveniente de zonas francas, puertos libres, puertos de transferencia, y, en general de los denominados paraísos fiscales, ingresado vía terrestre, marítima, fluvial o aérea, será obligatoriamente sometida a aforo físico en destino.
2.3.2.1. INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO O DILIGENCIAMIENTO DE LA DECLARACION ANDINA DEL VALOR EN ADUANAS.
Instrucciones para el Diligenciamiento del Formulario.
El formato de la declaración Andina del Valor en Aduana está diseñado para consignar los datos de los productos que ampara una sola factura comercial. De existir mas facturas se tendrán que llenar formularios adicionales.
El formulario consiste de cinco secciones: I) Datos Generales; II) Descripción de la Mercancía; III) Intermediario entre importador y proveedor; IV) Condiciones de la Transacción; V) Determinación del Valor.
I) DATOS GENERALES
N° preimpreso del formulario principal.- El formulario principal de la DAV debe contener un numero preimpreso que será determinado por las autoridades nacionales.
CASILLA 1.- HOJAS ADICIONALES: En caso de que la factura comercial presente más productos que deban declararse individualmente en hojas adicionales BIS, se colocara en este espacio el número de orden del formulario en la declaración y en segundo lugar el número total del formulario, de la siguiente forma:
a) Si solo consta del formulario principal, anótese 1 de 1
b) Si consta del formulario principal más dos hojas adicionales, se anotara en el principal 1 de 3, y en las hojas adicionales 2 de 3 y 3 de 3.
CASILLA 2.- Número de Formulario: esta casilla está destinada a llevar el número correspondiente de formulario, de acuerdo a las disposiciones de las autoridades competentes de cada País Miembro.
CASILLA 3.- Aduana: Indicar el código de la aduana de nacionalización, de acuerdo con el anexo 1 del presente instructivo.
CASILLA 4.- Declaración de Importación: N° para uso de la autoridad aduanera de cada País Miembro.
La autoridad aduanera de cada País Miembro consignara el número correspondiente a la declaración de importación.
CASILLA 5.- Fecha: Para uso de la autoridad aduanera de cada País Miembro. La autoridad aduanera de País Miembro consignara la fecha correspondiente a la declaración de importación.
IMPORTADOR.
CASILLA 6.- Nombre o razón social: En caso de personas naturales indicar los apellidos y nombres; y, en caso de personas jurídicas, la razón social.
CASILLA 7.- Número de identificación tributaria u otro documento: Indicar el número de identificación tributaria del importador, de acuerdo con la legislación nacional. En caso de poseer número de identificación tributaria, colocar el número de otro documento de identificación que sea aceptado por las autoridades competentes de los Países Miembros.
CASILLA 8.- Nivel Comercial: colocar el código de acuerdo a la codificación siguiente:
1. Mayoristas
2. Minoristas
3. Otros
CASILLA 9.- Especificar el nivel comercial en el caso en que la casilla 8 se haya respondido otros.
PROVEEDOR
CASILLA 10.- Nombre o razón social.
CASILLA 11.-Domicilio
CASILLA 12.- Ciudad
CASILLA 13.- Indicar el código del país de acuerdo con el anexo 2
CASILLA 14.- Número de teléfono.
CASILLA 15.- Número de Fax
CASILLA 16.- Condición: Colocar la condición del proveedor de acuerdo con la codificación siguiente:
1. Fabricante
2. Distribuidor
3. Otros
CASILLA 17.- Especificar la condición del proveedor en el caso que en la casilla 16 se haya respondido otros.
TRANSACCION
CASILLA 18.- Condiciones de Entrega:
INCOTERMS: Indicar la condición de entrega de las mercancías, según los términos internacionales establecidos en los INCOTERMS-1990, publicación N°460 de la Cámara de Comercio de Paris.
LUGAR: Indíquese el lugar o punto específico de entrega de mercancías, Ejem.: si es puerto o aeropuerto el nombre del mismo o el de la ciudad en que este ubicado, si es zona franca el nombre de la misma, si es fabrica la ciudad, pueblo o municipio donde este ubicada.
CASILLA 19.- País de Procedencia: Colocar el código del país donde se embarcó la mercancía para su exportación al País Miembro.
CASILLA 20.- Resolución de Aduana N°: Indicar el número de cualquier resolución que pueda afectar el valor de la mercancía y acompañar copian de la misma.
CASILLA 21.- Fecha de resolución: Indicar la fecha de la resolución de aduana cuyo número consignó en la casilla 20.
CASILLA 22.- Factura N°: Indicar el número de la Factura comercial que ampara las mercancías.
CASILLA 23.- Fecha de Factura: Señalar la fecha de la factura comercial: Año, mes y día (AA/MM/DD).
CASILLA 24.- N° de Contrato u otro documento: En caso de existir un contrato u otro documento de venta indicar el número.
CASILLERO 25.- Fecha de Contrato u otro Documento: Señalar la fecha de contrato u otro documento de venta; Año, mes y día (AA/MM/DD).
CASILLERO 26.- Moneda: Indicar el código del país al que pertenece la moneda que figura en la factura comercial.
CASILLERO 27.- Tipo de Cambio: Indicar el tipo de cambio utilizado para la conversión de la moneda extranjera a dólares de los Estados Unidos de América (U.S. $); dicho tipo de cambio será el de venta de la moneda extranjera debidamente publicado por las autoridades competentes, vigente a la fecha de la aceptación de la declaración de despacho a consumo.
CASILLERO 28.- Fecha de tipo de cambio: Corresponde a la fecha del tipo de cambio utilizado: Año, mes, día (AA/MM/DD)
CASILLERO 29.- Naturaleza de la Transacción: Indicar la naturaleza de la transacción, según la codificación que se detalla en el anexo 4.
CASILLERO 30.- Forma de Envío: Indicar la forma de envío de la mercancía objeto de la transacción comercial de acuerdo con la codificación siguiente:
1. Envíos Fraccionarios
2. Envío total
II DESCRIPCION DE LA MERCANCIA
La descripción de las mercancías a detallar en cada ítem debe ser por producto. Se debe señalar que las características de las mercancías de cada tipo, entendiéndose como tales las relativas a su especie, calidad y valor facturado. Si la factura ampara varios productos se utilizara hojas adicionales BIS, señalando el número de ellas en el espacio superior derecho del formulario principal de la DAV.
CASILLERO 31.- Item: Las autoridades aduaneras de los Países Miembros podrán expedir o autorizar la expedición de formularios con los números de los ítems. Preimpresos en caso contrario, corresponderá al usuario indicar el numero de ítem de la mercancía a describir.
CASILLERO 32.- Subpartida NANDINA: Indicar la Subpartida Arancelaria de la mercancía a 10 dígitos (sin puntos) ejemplo: 5902101000.
CASILLERO 33.- Nombre Comercial: se refiere al nombre comercial de la mercancía importada.
Ejemplo; papas fritas, gomas de mascar, medias, papel bond, motor, camión.
CASILLERO 34.- Características, tipo, clase, variedad: Se entiende como tal la denominación comercial de la mercancía, expresada en términos suficientemente claros para permitir su identificación y clasificación a nivel de subpartida, así como las características, tipo, clase, dimensiones, capacidad, etc.
CASILLERO 35.- País de Origen: Indicar los códigos de los países en los cuales las mercancías objeto de la transacción, han sido producidas, cultivadas, manufacturadas, o extraídas.
CASILLERO 36.- Marca Comercial: Denominación o sigla que le da cada fabricante a su mercancía.
Ejemplo:
Nombre Comercial Marca Comercial
Bicicleta Murray
Monitor Samsung
CASILLERO 37.- Modelo: Referido al diseño especifico de la mercancía. Ejemplo:
Nombre Comercial Modelo
Bicicleta MTB montañera
Monitor KV 1514
CASILLERO 38.- Año: Se refiere al año de fabricación de maquinarias y vehículos de transporte.
CASILLERO 39.- Estado de la Mercancía: Indicar el estado en que se encuentran las mercancías objeto de la transacción.
CASILLERO 40.- Cantidad: Indicar la cantidad de mercancías objeto de la transacción en las unidades estándar correspondientes a la subpartida en que se clasifican dichas mercancías.
CASILLERO 41.- Unidad Estándar: Indicar la unidad estándar en que se ha expresado la cantidad de las mercancías objeto de la transacción en la casilla anterior de acuerdo a las disposiciones de cada País miembro.
Ejemplo: kilogramo (kg), litro (l), unidades (u), etc.
CASILLERO 42.- Precio FOB Unitario (US $): se debe indicar el precio FOB unitario en dólares americanos (US$), considerando la unidad estándar consignada en la casilla 41. El importador, debe consignar esta información aun si la transacción corresponde a una condición de entrega diferente a FOB.
III INTERMEDIARIO ENTRE EL IMPORTADOR Y PROVEEDOR
CASILLERO 43.- Intermediario entre el importador y proveedor: Indicar si la transacción comercial fue realizada con participación de algún intermediario denominado también agente, comisionista, u otros.
Si la respuesta es afirmativa, precisar:
CASILLERO 44.- El nombre o razón social del intermediario;
CASILLERO 45.- El domicilio del intermediario;
CASILLERO 46.- La ciudad del intermediario;
CASILLERO 47.- El país del intermediario; y,
CASILLERO 48.- El tipo de intermediario, de acuerdo con los siguientes códigos:
1. Intermediario de venta
2. Intermediario de compra
3. Corredor.
IV CONDICIONES DE LA TRANSACCION.
CASILLERO 49.- VINCULACION: Indicar si existe vinculación entre el importador y el proveedor extranjero, si se presentan alguna de las siguientes condiciones:
1. Si una de estas personas ocupa cargos de responsabilidad o dirección de una empresa de la otra.
2. Si están legalmente reconocidas como asociadas en negocios,
3. Si están en relación de empleador y empleado;
4. Si una persona tiene, directa o indirectamente, la propiedad, el control o la posesión, del 5% o más de las acciones o títulos en circulación y con derechos a voto de ambas:
5. Si una de ellas controla directa o indirectamente a la otra.
6. Si ambas personas están controladas directa o indirectamente por una tercera;
7. Si juntas controlan directa o indirectamente a una persona; o,
8. Si son de la misma familia.
CASILLERO 50.- Precio Influido por Vinculación: Si la casilla 49 se respondió afirmativamente, contestar si la vinculación ha influido o no en el precio de las mercancías.
CASILLERO 51.- Valores Criterio: Son valores criterio, es decir los valores en aduana ya revisados, y aceptados por la administración aduanera, conocidos por el importador o a disposición de la administración aduanera. La respuesta es potestativa, sin embargo el aporte de esta información permitiría la determinación del valor en la Aduana por el primer método de valoración. Si se conoce algunos de estos valores criterio, acompañe los documentos que los sustenten. El valor criterio no debe utilizarse como sustitutivo del valor declarado sino con fines de comparación.
CASILLERO 52.- Restricciones: Son limitaciones impuestas por el proveedor extranjero al importador para la cesión o utilización de las mercancías, diferentes a las que: impongan o exijan la ley o las autoridades del País Miembro, limiten el territorio geográfico donde puedan revenderse las mercancías, o no afecten sensiblemente al valor de las mercancías.
Dar explicaciones detalladas, acompañadas de los documentos sustentatorios.
CASILLERO 53.- Condiciones o Contraprestaciones: se refiere a Condiciones o Contraprestaciones exigidas por el proveedor al importador en relación con la venta que influyen en el precio de las mercancías.
CASILLERO 54.- Valor de las condiciones o Contraprestaciones: Indicar si puede determinarse el importe de las condiciones o contraprestaciones. En caso afirmativo indíquese su importe en el casillero 60.
Dar explicaciones detalladas, acompañadas de los documentos sustentatorios.
Los siguientes ejemplos se refieren a la naturaleza de las contraprestaciones o condiciones cuyo valor no pueda determinarse:
a) El proveedor establece el precio de las mercancías importadas a condición de que el importador adquiera también cierta cantidad de otras mercancías.
EJEMPLO
El fabricante F en el país de exportación E vende al importador X en el país I articulo de cuero a un precio unitario de 50US$ a condición de que X adquiera también un lote de calzado al precio unitario de 30US$
b) El precio de las mercancías importadas depende del precio o precios a que el importador de las mercancías importadas venden otras mercancías al proveedor de las mercancías importadas.
EJEMPLO
El fabricante F en el país de exportación E concreta un acuerdo con el importador X en el país I, para el suministro de un equipo especializado ideado por F, a un precio unitario de 10.000US$, a condición de que el importador X les suministre unos relés que F utiliza en la producción del equipo al precio unitario de 150US$.
c) El precio se establece condicionándolo una forma de pago ajena a las mercancía importadas son productos semiacabados suministrados por el proveedor a un determinado precio, a condición a recibir cierta cantidad de las mercancías acabadas.
EJEMPLO
El importador I compra a un proveedor madera que utiliza para fabricar escritorios. El precio al que compra la madera está condicionada a la obligación para el importador de entregar cierta cantidad de escritos al proveedor.
Los Países Miembros podrán tener ejemplos adicionales, adecuados a su realidad comercial.
CASILLA 55.- pagos Indirectos o Descuentos Retroactivos: se entiende por pagos indirectos, los importes que forman parte del valor comercial de las mercancías pero que no aparecen de las mercancías pero que no aparecen en la factura, por ejemplo, la cancelación por el importador, en su totalidad o en parte, de una deuda a cargo del proveedor.
Se entiende por descuentos retroactivos los descuentos: los descuentos concedidos con relación a transacciones comerciales anteriores; por ejemplo, descuentos concedidos para subsanar equivocaciones en envíos anteriores.
En caso afirmativo, indíquese su importe en la casilla 60.
CASILLA 56.- Cánones y Derechos de licencia (Regalías): Pagos relativos a patentes, marcas comerciales, derechos de autor, etc., siempre y cuando se realicen como condición de venta y estén relacionados con las mercancías importadas. En caso afirmativo, indíquese su importe en la casilla 65.
Dar explicaciones detalladas, acompañadas de los documentos sustentatorios.
CASILLA 57.- Reversiones al Vendedor: Se refiere alguna parte del producto de la venta, cesión o utilización posterior de las mercancías que reviertan directa o indirectamente a su proveedor extranjero. En caso afirmativo indíquese su importe en la casilla 66.
Dar explicaciones detalladas, acompañadas de los documentos sustentatorios.
V DETERMINACION DEL VALOR
En esta parte se calcula el valor en aduana de acuerdo al método del valor de transacción para el total de las mercancías o por subpartida NANDINA, que estén amparadas en una factura comercial, de acuerdo a los establecimientos internos establecidos en cada país miembro.
Si bien en la determinación del valor se encuentra una columna que corresponde al dólar de los Estados Unidos de América cabe aclarar que las legislaciones nacionales de los Países Miembros podrán exigir 2 columnas adicionales que corresponderían a la moneda de facturación distinta del dólar de los Estados Unidos de América y a la moneda nacional.
CASILLA 58.- Tipo de Cambio: Llenar solo cuando se utilicen varias monedas en la transacción comercial o cuando La legislación interna de los Países Miembros lo requiera. De lo contrario, solo bastara llenar la casilla 27.
En el caso de utilizar varias monedas, el tipo de cambio será el de venta de la moneda extranjera debidamente publicado por las autoridades competentes, vigente a la fecha de la aceptación de la declaración de despacho de consumo.
Cuando se utilice la subcasilla a) esta corresponderá al tipo de cambio para la conversión a US $ de cualquier moneda de facturación diferente a dicha divisa; y la subcasilla b) se refiere al tipo de cambio para la conversión de US $ a la moneda nacional.
A. BASE DE CÁLCULO
CASILLA 59.- Precio Neto según factura: Indicar el importe neto que aparece en la factura comercial, en el término de entrega en que se ha efectuado la transacción.
CASILLA 60.- Pagos indirectos, descuentos retroactivos u otros: indicar el importe de los pagos indirectos, descuentos retroactivos, condiciones o contraprestaciones ver casillas 54 y 55.
CASILLA 61.- Total A: Es la sumatoria de las casillas 59 y 60
B. ADICIONES: Importes no incluidos en A y a cargo del importador.
CASILLA 62.- Comisiones y corretajes excepto las comisiones de compra: Indicar el importe de las comisiones de venta pagadas directamente al agente o representante del proveedor extranjero y los gastos de corretajes.
CASILLA 63.- Embases y Embalajes: Indicar el importe de los embalajes que a efectos aduaneros se consideren como formando un todo con las mercancías importadas. Se incluirán los gastos de embalaje, entendiendo por tales la mano de obra y los materiales, cuando no estén incluidos en el costo de embases y embalajes. Ejemplo, Contratación de operarios y gastos de materiales en casos de importaciones de maquinaria, obras de arte, etc., con el objeto de preparar un embalaje especial o adicional que no es común, para la producción y venta con destino a la exportación, de las mercancías importadas.
Indicar los conceptos de acuerdo con los siguientes códigos:
1. Materiales, piezas, elementos, partes y artículos análogos incorporados a las mercancías importadas;
2. Herramientas, matrices, moldes y elementos análogos utilizados para la producción de mercancías importadas;
3. Materiales consumidos en la producción de mercancías importadas;
4. Ingeniería, creación y perfeccionamiento, trabajos artísticos, diseños, planos, y croquis realizados fuera del país de importación y necesarios para la producción de mercancías importadas.
CASILLA 65.- Cánones y derechos de Licencia (regalías): Si contesto afirmativamente en la casilla 56, colocar el importe de los cánones o derechos de licencia.
CASILLA 66.- Producto de la reventa.- Si contesto afirmativamente en la casilla 57, colocar el importe de la parte que revierte al proveedor extranjero como producto de la reventa.
CASILLA 67.- Gastos de entrega hasta el lugar de importación: Indicar el código del lugar de importación, entendiéndose como tal la primera oficina aduanera al territorio del País Miembro en la que la mercancía deba ser sometida a formalidades aduaneras.
CASILLERO 68.- Gastos de transporte por Manejo y entrega al exterior hasta el lugar de embarque: Indicar los gastos incurridos por el manejo y entrega de mercancías desde el lugar de entrega en el exterior hasta el lugar de embarque.
CASILLERO 69.- Gasto de transporte desde el lugar de embarque hasta el lugar de importación: Indicar los gastos, fletes o de traslado de la mercancía desde el lugar de embarque hasta el lugar de importación.
CASILLERO 70.- Gastos de carga, descarga y manipulación: Indicar los gastos de carga y descarga y manipulación ocasionados por el traslado de las mercancías desde el lugar de embarque hasta el lugar de importación. No se incluirán los gastos de descarga y manipulación en el puerto o lugar de importación, siempre que se distingan de los gastos totales de transporte.
CASILLERO 71.- Seguro: Indicar el importe correspondiente del gasto o de seguro desde el lugar de entrega de la mercancía hasta el puerto o lugar de importación, de acuerdo con la documentación sustentatoria pertinente. Cuando alguno de los elementos descritos en las casillas 68 y 71 anteriores fuere gratuito o se efectuare por medios de servicios propios del importador, deberá calcularse su valor conforme a las tarifas o primas normalmente aplicables.
CASILLERO 72.- Total B: Es el total de adiciones que deben formar parte del valor de aduana.
C. DEDUCCIONES:
Importes incluidos en A
Estos importes se deducirán si están incluidos en la factura y"siempre que se distingan" del precio pagado o por pagar.
CASILLERO 73.- Gastos de entrega posteriores a la importación: Indicar los gastos de transporte de las mercancías ulteriores al lugar de importación.
CASILLERO 74.- Gastos de construcción, armado, instalación, montaje, mantenimiento y asistencia técnica: Realizados después de la importación en relación con mercancías importadas. Este rubro deberá tomarse en cuenta, entre otros casos, cuando se trate de maquinarias o equipos industriales y se indicara el importe correspondiente.
CASILLERO 75.- Derechos y otros impuestos: Indicar el importe en el caso de los derechos y otros impuestos aplicados en el país de importación que ya estén incluidos en esta factura.
CASILLERO 76.- Intereses.- Indicar el importe de los intereses devengados en virtud de un acuerdo de financiación concertado por el importador, relativo a la compra de las mercancías importadas. (Ver artículo 7 de la decisión 378).
CASILLERO 77.- Otros gastos.- Indicar el importe de otros gastos que no se considera como parte del valor en Aduana. Por ejemplo: Las comisiones de compra.
CASILLERO 78.- Total C.- Es el monto total de las deducciones que no forman parte del valor en Aduana.
CASILLERO 79.- VALOR DE TRANSACCION DECLARADO.- Es el valor en Aduana que declara el importador y se calcula de la siguiente manera:
VALOR DE TRANSACCION DECLARADO= BASE DE CALCULO (A) + ADICIONES (B) – DEDUCCIONES (C)
Los datos referentes al valor en Aduana deberán ser consignados en la Declaración de importación.
CASILLERO 80.- Ajustes provisionales.- indicar si en la presente declaración del valor, el importe consignado por cánones y derechos de licencia (casilla 65), o por cualquier producto de la reventa, cesión o utilización posterior de las mercancías que reinvierta directa o indirectamente a su proveedor extranjero (casilla 66), es provisional o definitivo.
DATOS SOBRE EL DECLARANTE:
El declarante, persona que diligencia el presente documento, será determinado de acuerdo a las legislaciones nacionales de los Países Miembros.
Con su firma el declarante se hace responsable de la veracidad y exactitud de los datos consignados en el presente documento, según los términos señalados en las legislaciones nacionales de los Países Miembros.
LEY DE IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES
El ecuador es uno de los países firmantes del Área de Libre Comercio de las Américas (ALCA), acuerdo que se formalizo en Miami en diciembre de 1994; en el mismo se fijo en el año 2005 para el establecimiento de dicha área, sobre la base de los acuerdos subregionales y bilaterales existentes para ampliar y profundizar la integración económica hemisférica.
Diversas leyes tienen como objetivo intensificar los intercambios comerciales con el resto del mundo creando un marco adecuado a las nuevas exigencias internacionales:
Ley de Facilitación de Exportaciones y Transporte Acuático. Garantiza la libre competencia en la prestación de los servicios de transporte fluvial y marítimo. La meta es la ampliación y modernización de las infraestructuras y la prestación de servicios de transporte y comunicaciones, promoviendo un intercambio comercial más dinámico.
Ley de las Zona Libre. Su objetivo es promover las exportaciones, la inversión foránea, la transferencia de la tecnología y también incrementar la productividad comercial. Las solicitudes para operar en La Zona Libre (Conazofra). Las importaciones de materias primas, bienes en proceso, insumos y maquinaria, así como las exportaciones, se encuentran exentas de aranceles e impuestos.
2.4 CONCEPTUALIZACION
2.4.1 Importación
"La importación de mercaderías continua jugando un papel preponderante dentro de la economía nacional, pues constituye una fuente de abastecimiento de faltantes en la producción domestica, un medio idóneo para limitar movimientos especulativos por parte de expendedores, y un indicador de las nuevas actividades industriales y los procesos tecnológicos que requiere el desarrollo del país"
2.4.2 Documento Único de Importación – DUI:
El Documento Único de Importación (DUI) es el documento oficial que utilizarán los importadores tanto en la declaración de importación a los Bancos Corresponsales del Banco Central, como en la declaración aduanera para desaduanizar la mercadería.
El DUI consta de tres formularios:
En el formulario A, se consignará la información general respecto de la importación y permite la declaración de una subpartida arancelaria.
El formulario B, es un complemento del DUI-A, en el que el importador declara hasta cuatro subpartidas arancelarias, por tanto se utilizarán varios DUI-B cuantas subpartidas se necesiten declarar.
En el formulario C, se realiza la liquidación por parte de la aduana por el pago de tributos correspondientes a las partidas arancelarias.
Para la obtención del visto bueno en el Documento Único de Importación, el importador debe presentar al Banco Corresponsal del Banco Central, dos copias de la Nota de Pedido correspondiente a la importación declarada
2.4.3 Financiación de Importaciones
Es una facilidad, otorgada por el Banco a su cliente, con el objeto de que el mismo cubra sus obligaciones con el exterior. A través de esta facilidad el Banco asume la responsabilidad del desembolso por parte del cliente.
Líneas del Exterior para financiamiento de Importaciones:
a.- Bancoldexb.- CCC (Commodity Credit Corporation)c.- Eximbankd.- Finamexe.- Bancoex
2.4.4 Búsqueda Personalizada
Aquí se encarga de buscar varias opciones de empresas fabricantes especializadas del producto que EL CLIENTE requiera, de acuerdo a las características y especificaciones que EL CLIENTE se propone.
2.4.5 Entrega de Información.
Se presentamos un documento gráfico en el cual se incluyen los precios que ofertan los productores, la validez de la oferta es, usualmente, de 8 días calendario.
2.4.6 Muestras
Se inicia el proceso de adquisición de muestras (MÁXIMO 1 POR PRODUCTO), esto dependerá del tipo de producto que se esté negociando, ya que no todos los productos necesitarán de una muestra para verificar que es exactamente lo que el cliente requiere y que cumpla con las condiciones necesarias para su funcionamiento o utilización.
NOTA: Se sugiere a los clientes, que requieran de productos con especificaciones técnicas puntuales, que importen muestras, para garantizar un resultado satisfactorio. En caso de que el cliente decida no importar una muestra,
La inversión en la importación de la o las muestras y demás gastos generados en este proceso, corren en su totalidad por cuenta del cliente.
2.4.7 Entrega de la o las Muestras
Las o la muestra será entregada en un período de 8 días laborables dependiendo del producto.
2.4.8 Pedido de la Mercancía.
Una vez que el cliente está de acuerdo con las muestras y con la lista de precios, se procede a realizar el pedido formal para empezar con el proceso de compra de los productos, para lo cual es necesario que el cliente cancele el 100% del precio FOB de la mercadería.
2.4.9 Preliquidación del Transporte y Desaduanización.
El momento en que la información proporcionada por los proveedores se encuentre en las oficinas, se procede en PRESENCIA DEL CLIENTE a elaborar una PRELIQUIDACIÓN del costo del transporte y desaduanización de la carga. La empresa que baya a realizar la transferencia de la mercancía sugerirá al cliente las cantidades y sistemas de transporte más convenientes para la movilización de su carga.
El valor de la preliquidación deberá estar cancelado en un 100% a , para iniciar el proceso de movimiento o transporte de la carga.
2.4.10 Tipo de Transporte
Para la movilización de la carga, se pone a disposición de los clientes, las siguientes alternativas de importación:
EXPRESS: Esta alternativa se utiliza exclusivamente para la movilización de muestras, por su costo; también se aplica en caso de que el CLIENTE requiera su carga en un tiempo muy corto (8 días laborables), siempre que el CLIENTE haya aceptado los costos que esta alternativa de importación del producto le representan.
AÉREO: Esta alternativa permite contar con la mercadería en unos 20 días laborables.
MARÍTIMO: Esta alternativa permite contar con la mercadería en unos 45 días laborables.
2.4.11 Entrega de la Mercadería
La carga será entregada en las instalaciones que estarán ubicadas en las principales ciudades del país de o las empresas que están encargadas de realizar la importación.
2.4.12 La Oferta
Según La Contabilidad General de José Orozco Cadena
Todo productor de país industrializado se interesa por vender sus artículos en el exterior, directamente o a través de comisionistas ubicados en los países donde desea vender.
2.4.13 Suscripción del Contrato
Según La Contabilidad General de José Orozco Cadena
Una vez que el importador ha llegado a un acuerdo con el vendedor del exterior o su representante, sobre los términos relacionados con la cantidad, calidad, precios y demás condiciones de la compra venta de mercaderías de permitida importación, procede a la suscripción del contrato, a la formulación de la nota de pedido y al consiguiente trámite de la importación.
2.4.14 Precio FOB
www.aduana.gov.ec/contenido/boletin.asp?num=12#Pagina Web de la Aduana del Ecuador
Gatos de envío hasta el buque, Solamente aplica a envíos por alta mar o ríos.
2.4.15 Precio CIF
www.aduana.gov.ec/contenido/boletin.asp?num=11# Página Web de la Aduana del Ecuador
Gasto de envío y seguro hasta el puerto de destino no incluye impuestos.
2.4.16 Documentos de Importación.
Según La Contabilidad General de José Orozco Cadena
Todo formulario o documento de trámite relacionado con la importación, tiene que ser suscrito por el importador o su representante autorizado, cuyas firmas y antefirmas deben registrarse en el Banco Central.
2.4.17 Permisos
Según La Contabilidad General de José Orozco Cadena
Salvo los casos de excepción previstos en la ley de Cambios Internacionales, toda importación requiere del correspondiente permiso concedido por el Banco Central con anterioridad al embarque de las mercaderías desde el lugar de procedencia.
2.4.18 Rentabilidad
La rentabilidad de una empresa debe ser aquella que satisfaga las aspiraciones de sus miembros, por ello es importante que todo trabajo dentro y fuera de la institución sea planificado y supervisado dentro de ciertos parámetros de eficiencia y calidad.
La rentabilidad no es otra cosa que "el resultado del proceso productivo". Si este resultado es positivo, la empresa gana dinero y ha cumplido su objetivo. Si este resultado es negativo, el producto en cuestión está dando perdidas.
Según Internet http://www.wikipedia.org/wiki/finanzascorporativas
"La rentabilidad es una noción que se aplica a toda acción económica en la que se movilizan unos medios materiales, humanos y financieros con el fin de obtener resultados.
En la literatura económica, aunque el termino rentabilidad se utiliza de forma muy variada y son muchas las aproximaciones doctrinales que inciden en una u otra faceta de la misma, en sentido general se denomina rentabilidad a la medida del rendimiento que en un determinado periodo de tiempo producen los capitales utilizados en los mismos."
Según Martin (1999)
"Rentabilidad.- Capacidad que tiene una inversión para generar una inversión para generar o no un beneficio neto. Relación existente, generalmente expresada en términos porcentuales entre un capital invertido y los rendimientos netos que de él se obtiene"
2.4.19 Producto
En la Contabilidad de Costos de Ralph S. en su Tercera Edición dice:
Los productos conjuntos son productos individuales, cada uno con valores de venta significativos, que se generan de manera simultánea a partir de la misma materia prima y/o proceso de manufactura. Por Ejemplo, el aceite y la carne de soya son productos conjuntos que resultan del procesamiento de la soya. También se generan productos conjuntos en la industria empacadora de carne y muchas industrias que refinan recursos naturales. Las características básicas de los productos conjuntos son:
1 los productos conjuntos tienen una relación física que requieren un procesamientos común simultaneo.
2 la manufactura de productos conjuntos siempre tienen un punto de separación en el cual surgen productos separados, que se venderán como tales o se someterán a proceso adicional.
3 ninguno de los productos conjuntos es significativamente mayor en valor que los demás productos conjuntos.
2.4.20 Precio
Según la Contabilidad de Costos de Ralph S. en su Tercera Edición
Cuando varia el precio de venta por unidad el punto de equilibrio cambiara en su dirección opuesta al cambio en el precio de venta. Es decir, si una firma puede aumentar su precio de venta se requerirán menos unidades para lograr el punto de equilibrio.
2.4.21 Calidad
Según el diccionario de la lengua española
Conjunto de cualidades que constituyen la manera de ser de un artículo, superioridad en su línea importancia o gravedad de la mercadería.
2.4.22 Marca
www.proyectosfindecarrera.com/definicion/marca.htm
1. Se entiende por marca todo signo susceptible de representación gráfica que sirva para distinguir en el mercado los productos o servicios de una empresa de los de otras.
2. Tales signos podrán, en particular, ser:
Las palabras o combinaciones de palabras, incluidas las que sirven para identificar a las personas.
Las imágenes, figuras, símbolos y dibujos.
Las letras, las cifras y sus combinaciones.
Las formas tridimensionales entre las que se incluyen los envoltorios, los envases y la forma del producto o de su presentación.
Cualquier combinación de los signos que, con carácter enunciativo, se mencionan en los apartados anteriores.
En términos generales, la marca, además de ser un signo de propiedad de empresas y organizaciones, permite a los compradores 1) identificar con mayor rapidez los bienes o servicios que necesitan o desean, 2) tomar decisiones de compra más fácilmente y 3) sentir la seguridad de que obtendrán una determinada calidad cuando vuelvan a comprar el producto o servicio.
Por otra parte, y desde la perspectiva de las empresas u organizaciones, la marca es el elemento "clave" que les permite diferenciarse de la competencia y les ayuda a establecer una determinada posición en la mente de sus clientes (actuales y potenciales).
Por tanto, resulta imprescindible que todo mercadólogo conozca a profundidad en qué consiste la definición de marca para que esté mejor preparado para tomar decisiones relacionadas con este importante elemento de la empresa y de sus productos.
2.4.23 Garantía
Acción y efecto de afianzar por medio de documentos, prendas o hipoteca lo estipulado. Aval que asegura y protege contra algún riesgo o eventualidad. Forma establecida por la ley para que la administración pública asegure el cumplimiento de las obligaciones contraídas con ella por los proveedores, arrendadores, prestadores de servicios o contratistas.
2.4.24 Mercado
Según Patricio Bonta y Mario Farber, 199 Preguntas sobre Marketing y Publicidad
El mercado es donde confluye la oferta y la demanda. En un sentido menos amplio, el mercado es el conjunto de todos los compradores reales y potenciales de un producto.
Entendemos por mercado el lugar en las que asisten las fuerzas de la oferta y la demanda para realizar las transacciones de bienes y servicios a un determinado precio.
Comprende todas las personas, hogares, empresas e instituciones que tienen necesidades a ser satisfechas con los productos de los ofertantes. Son mercados reales los que consumen estos productos y mercados potenciales los que no consumiéndolos aún, podrían hacerlo en el presente inmediato o futuro.
2.4.25 Financiamiento
Es el conjunto de recursos monetarios financieros para llevar a cabo una actividad económica, con la característica de que generalmente se trata de sumas tomadas a préstamo que complementan los recursos propios. Recursos financieros que el gobierno obtiene para cubrir un déficit presupuestario. El financiamiento se contrata dentro o fuera del país a través de créditos, empréstitos y otras obligaciones derivadas de la suscripción o emisión de títulos de crédito o cualquier otro documento pagadero a plazo.
Los recursos financieros, es el dinero que utiliza la empresa para llevar a cabo sus operaciones. Son los recursos que utilizan para financiar las actividades empresariales, además de los recursos financieros la empresa cuenta con otros elementos como los recursos materiales, recursos financieros, recursos tecnológicos, recursos humanos o capital humano, e información.
2.4.26 Recursos
Conjunto de personas, bienes materiales, financieros y técnicos con que cuenta y utiliza una dependencia, entidad, u organización para alcanzar sus objetivos y producir los bienes o servicios que son de su competencia.
2.4.27 Liquidez
Relación entre el conjunto de dinero en caja y de bienes fácilmente convertibles en dinero, y el total de activo.
2.4.28 Superordinación Conceptual
2.4.29 Subordinación Conceptual
2.5 Hipótesis
La empresa VTrónica con un adecuado procedimiento de importaciones tendrá un incremento en la rentabilidad.
2.6. Variables
Variable Independiente Procedimientos de Importación
Variable Dependiente Rentabilidad
CAPITULO III
Marco metodológico
3.1. Enfoque de la Investigación
El presente trabajo tiene como propósito primordial fundamentar científicamente la problemática que se investiga utilizando el análisis crítico y reflexivo.
El desarrollo de la investigación que se ejecutara en la empresa VTrónica, tendrá un enfoque cualitativo, según el cual, (Briones, G. (1997)) manifiesta que este modelo se caracteriza por que está orientada a observar, describir, interpretar y comprender al problema objeto de estudio, en un ambiente contextualizado, es decir, que se investigara el problema dentro del contexto en el que se produce sin llegar a formular generalizaciones. Para la obtención de la información se emplearan técnicas cualitativas y cuantitativas, para su análisis correspondiente se asumirá una posición dinámica, con una perspectiva de adentro hacia fuera y se pondrá énfasis tanto en el proceso de trabajo como en los resultados del mismo hasta llegar a comprobar la hipótesis.
3.2 Modalidad de la Investigación
En la investigación que se propone presentara características de los siguientes tipos de investigación.
3.2.1. Investigación Bibliográfica o Documental
Presentara características de este tipo de investigación por que se analizara las contribuciones científicas del pasado para establecer relaciones con el estado actual del conocimiento con el problema objeto de estudio en la empresa VTrónica y para ello será necesario revisar, libros, revistas oficiales, tesis de grado, o afines, leyes, reglamentos, registros oficiales, archivo contable de la empresa, etc.; que permitirá estructurar la base científica en la que se cimientan la investigación.
3.2.2. Investigación de Campo
El trabajo que se propone presenta estas características porque se trata de un estudio sistemático de los hechos en el lugar que se producen y para ello se utilizara técnicas como la observación y la entrevista que permitirá estar en contacto directo al investigador con la realidad con la finalidad de recolectar y registrar sistemáticamente información primaria referente al problema de estudio.
3.3 Tipo de Investigación
Para el desarrollo de la investigación que se plantea es necesario recurrir a los siguientes tipos de investigación así:
3.3.1. Explorativa
Mediante este tipo de investigación será posible conocer la realidad de la empresa, fundamentar el planteamiento del problema de investigación, formular las hipótesis de trabajo y orientar la selección de la metodología a emplearse en la investigación.
3.3.2. Descriptiva
Con este tipo de investigación será posible utilizar el método de análisis para llegar a caracterizar el objetivo de estudio en una situación concreta señalando sus propiedades y sus aspectos fundamentales.
3.4 Población y Muestra
3.4.1 Población
Se considera como población a todos y cada uno de las personas que integran la empresa; considerando de que se trata de un número pequeño y de que será posible realizar cualquier tipo de entrevista u observación individual, se trabajara con toda la población que a continuación se indica:
Fuente = Gerente
N= 8
n=8
3.4.2. Muestra
En la investigación que se propone se aplicara un muestreo probabilístico, es decir, cada elemento de la población tendrá la misma probabilidad de ser seleccionado y formar parte de la muestra.
3.5 Operacionalización de Variables
Hipótesis: La empresa VTrónica con un deficiente procedimiento de en las importaciones tendrá una rentabilidad baja.
3.5.1. Variable Independiente: Procedimiento de Importación
CONCEPTUALIZACION | CATEGORIAS | INDICADORES | ITEMS | TÉCNICAS E INSTRUMENTOS | ||
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Procedimiento de Importación |
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Es el que permite determinar que documentos tenemos que utilizar para realizar el trámite de importación | Procedimiento para determinar la documentación Localización del producto a importar | Permisos Ofertas Documentos de AduanaSuscripción del Contrato Internet, Ferias Internacionales, Revistas. | ¿Qué documentos necesita VTrónica para realizar la importación de equipos de audio? ¿Qué medio informativo es el más importante para conocer acerca de los equipos de audio? | Entrevista a los empleados, socios y clientes más potenciales de VTrónica Entrevista a los empleados, socios y clientes más potenciales de VTrónica |
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