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Marco jurídico de los ingresos públicos


  1. Los ingresos públicos
  2. La política impositiva o fiscal
  3. Principios de los impuestos
  4. Elementos del régimen fiscal
  5. Conclusiones
  6. Bibliografía

Los ingresos públicos

LOS INGRESOS PÚBLICOS Y SU MARCO JURÍDICO

Los ingresos públicos son los recursos que obtiene el Estado de forma coactiva (tributos), voluntaria (donación, legado) de la economía de los particulares y del uso de sus bienes (venta, usufructo, arrendamientos) para satisfacer las necesidades colectivas, a través de la prestación de los servicios públicos. Dichos ingresos son los que percibe el sector público, y que normalmente se consolidan en el presupuesto nacional, con los que se hace frente a los gastos del gobierno central y sus diferentes organismos. Los ingresos fiscales provienen, fundamentalmente, de los impuestos que se cobran a la población. Tales impuestos pueden ser recaudados por el gobierno central o por los gobiernos regionales y locales, correspondiéndoles a estos últimos una mayor o menor proporción de los mismos según lo estipule el ordenamiento legal vigente. Puede hablarse así, según los casos, de federalismo fiscal o de centralismo fiscal.

Los ingresos públicos al igual que el gasto público también tienen su sustento y marco jurídico principal en la Constitución Política de cada país puede clasificarse en general en cuatro importantes rubros que son:

  • Según el título jurídico: ingresos de derecho público e ingresos de derecho privado.

Ingresos de Derecho Público: los recursos que obtiene el Estado bajo regulación y control del derecho público. Ejemplos: impuestos, tasas, contribuciones especiales, precios públicos, multas, sanciones, transferencias intergubernamentales, créditos.

Ingresos de Derecho Privado: son los recursos que obtiene el Sector Público sometidos a regulación y control del derecho privado. Ejemplo: beneficios, dividendos, intereses, ingresos por venta de activos y cualquier actividad regulada por el derecho privado, el código civil, el código de comercio, Ley de saca.

  • a. Impuestos: es un tributo, o carga que ha de pagarse al Estado para hacer frente a las necesidades públicas: el IVA es un impuesto.

  • b.  Aportaciones de Seguridad Social: Son las contribuciones establecidas en la ley a cargo de personas, que son sustituidas por el Estado, en el cumplimiento de las obligaciones fijadas por la ley en materia de seguridad social.

  • c. Derechos: conjunto de leyes, reglamentos y demás resoluciones, de carácter permanente y obligatorio, creadas por el Estado para la conservación del orden social.

  • d. Contribuciones Especiales: consiste en el régimen jurídico integrado por el conjunto de normas del rango constitucional, ordinario y reglamentario que establecen y desarrollan en forma general (ley de ingresos) y de manera específica (cada impuesto, derecho, etc), las contribuciones en un Estado, las cuales varían en diversas épocas y acorde a las circunstancias históricas que vive una nación.

  • e. Tributos o Contribuciones Accesorias: son las prestaciones en dinero o en especie que el Estado exige en ejercicio de su poder de imperio con el objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines.

  • Ingresos Financieros: son todos aquellos que provienen de las diversas fuentes de financiamiento a las que el Estado se ve precisado a recurrir, en adicción a las prestaciones fiscales recibidas de los contribuyentes, para integrar el Presupuesto Nacional.

  • a. Emprésito: es llamado así a los créditos o financiamientos otorgados a un gobierno por un Estado extranjero, por organismos internacionales de crédito, por instituciones privadas de crédito extranjeras o por instituciones nacionales de crédito para la satisfacción de determinadas necesidades presupuestales.

  • b. Emisión de Moneda: es la cantidad de billetes y monedas puestas en circulación por el banco central, asi como los depósitos a la vista y especiales en moneda nacional en el banco central. Los depósitos a la vista son aquellos depósitos retirables mediante la emisión de cheques en la banca comercial.

  • c. Emisión de Bonos de Deuda Pública: son instrumentos negociables que el Estado coloca entre el gran público inversionista, recibiendo a cambio un cierto precio y asumiendo como contraprestación obligaciones de reembolsar su importe más una prima o sobreprecio en un plazo determinado y de garantizar la propia emisión con sus reservas monetarias o con los futuros rendimientos de la explotación de los recursos naturales que por mandato constitucional están bajo su dominio directo.

  • d. Amortización y Conversión de la Deuda Pública: el pago oportuno y a su vencimiento, de las exhibiciones correspondientes a capital e intereses estipuladas en los empréstitos y bonos, contratados y emitidos por el Estado; mientras que la conversión implica el pago anticipado de la totalidad o parte de las obligaciones económicas que componen la deuda pública.

  • e. Moratorias y Renegociaciones: Dentro del complejo proceso de administración de la deuda pública, destacan dos procedimientos, no siempre aconsejables, pero a los que se recurre con cierta frecuencia, con el objeto de ganar tiempo para que los empréstitos contratados alcancen a generar rendimientos productivos que permitantanto una amortización más desahogada como la obtención de algún superávit presupuestario.

  • f.  Devaluaciones: se refiere a la disminución del sistema monetario de una región o nación.

  • g. Revaluaciones: un aumento substancial de las reservas disponibles, debido a los excedentes obtenidos en numerosas ventas de exportación, al crecimiento del ahorro interno proporcionado por un pueblo trabajador y ordenado: al manejo prudente y cautelosamente planeado del gasto público; a la presencia de una economía sólida y sana que a sus elevadas tasas de desarrollo opone ínfimas tasas de inflación y desempleo.

  • h. Productos y Derechos: son las contribuciones establecidas en Ley por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la Nación, así como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados u órganos desconcentrados cuando en este último caso, se trate de contraprestaciones que no se encuentren previstas en la Ley Federal de Derechos. También son derechos las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado.

  • i. Expropiaciones: conducta desarrollada por la administración pública para privar a una persona de la titularidad de un bien (como una casa, una empresa o una fábrica) o de un derecho, a cambio de una indemnización.

  • j. Decomisos: es la pérdida de los instrumentos y efectos del delito o infracción. En el decomiso se presenta una pérdida parcial de los bienes de una persona, por las razones del interés público contenidas en la legislación.

  • k. Nacionalizaciones: acto jurídico unilateral por virtud del cual se establece que, en lo sucesivo, una determinada actividad económica queda reservada en forma exclusiva a la acción del Estado, expropiándose, en consecuencia, todos los bienes y recursos propiedad de los particulares, que habían venido desarrollando dicha actividad, con anterioridad a la intervención estatal.

3. Tarifas y Servicios Públicos: es el precio que pagan los usuarios o consumidores de un servicio público al Estado o al concesionario, a cambio de la prestación del servicio. Esta tarifa es fijada, en principio, libremente por el concesionario. Sin embargo, en los casos que lo determina la ley, la Administración fija, generalmente en colaboración con el concesionario, un precio máximo o tarifa legal.

4. Deuda Pública: hace mención al conjunto de deudas que mantiene el Estado frente a otro país o particulares. Se trata de un mecanismo para obtener recursos financieros a través de la emisión de títulos de valores.

Otra clasificación de los ingresos públicos, que es más específica es la siguiente: impuestos, aportaciones de Seguridad Social, contribuciones de mejoras, derechos, contribuciones no comprendidas en las fracciones precedentes causadas en ejercicios fiscales anteriores, pendientes de liquidación o pago, productos, aprovechamientos, ingresos derivados de financiamientos y otros Ingresos.

Durante el transcurrir de los años los ingresos mencionados anteriormente han sido los más importantes, ya que son los ingresos vía impuestos (ingresos tributarios), y los ingresos derivados del financiamiento (deuda pública). En éste capítulo se analizará con detalle a los ingresos tributarios y en otro posterior los ingresos por financiamiento ajeno o deuda pública (tanto interna como externa). Esto se debe a la importancia histórica que dichos ingresos han representado para los países de la región latinoamericana con respecto a sus ingresos totales, así como por el impacto dentro de las finanzas públicas de cada uno de estos países. Los ingresos tributarios provienen de manera exclusiva de la relación jurídico-fiscal. Es decir, se trata de aportaciones económicas de los gobernados que, por imperativos constitucionales y legales, se ven forzados a sacrificar una parte proporcional de sus ingresos, utilidades o rendimientos para contribuir a los gastos públicos. Actualmente los ingresos tributarios están integrados por muchas clases distintas de impuestos entre los que destacan los siguientes

UNA CLASIFCACION DE LOS IMPUESTOS DE ACUERDO A POLITICAS PUBLICAS DE INGRESOS DE LA FEDERACION:

  • Impuesto Sobre la Renta (ISR).

  • Impuesto al Valor Agregado (IVA).

  • Impuesto a los Activos.

  • Impuestos Especiales Sobre Producción y Servicios Específicos.

  • Impuesto sobre Erogaciones por Remuneración de Trabajos Personales Prestado bajo la. Dirección y Dependencia de un Patrón.

  • Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles.

  • Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos.

  • Impuesto Sobre Automóviles Nuevos.

Impuesto Sobre Servicios Expresamente Declarados de Interés Público por determinada Ley, en los que intervengan empresas concesionarias de bienes del dominio directo de la Nación.

Impuesto a los Rendimientos de un bien Nacional como Petroleo, Minerales, Mares, Recursos Naturales.

Impuestos por la Prestación de Servicios en Telecomunicaciones (Red Telefónica, uso de aeropuertos, etc.)

Los dos impuestos más importantes en las economías occidentales son el Impuesto Sobre la Renta (ISR). El cual se propone gravar la riqueza en formación. La renta está constituida esencialmente por los ingresos del contribuyente, ya sea que provengan de su trabajo, de su capital o de la combinación de ambos y el Impuesto al Valor Agregado (IVA) que es un impuesto nacional a los consumos que tiene que ser abonado por las personas en cada una de las etapas del proceso económico, en proporción al valor agregado del producto, así como sobre la realización de determinadas obras y locaciones, y la prestación de servicios.

Usualmente es el poder ejecutivo nacional o federal el único facultado para otorgar los estímulos y subsidios a los contribuyentes, consultando la opinión de las dependencias ministerios o componentes de la Administración Pública Federal. Los estímulos y subsidios tratan de fomentar y desarrollar ciertas actividades o sectores que se consideran prioritarios y estratégicos para un país. Cabe destacar que los ingresos de un Estado parten del principio de que el gobierno sólo debe utilizarlos de acuerdo a lo estipulado y autorizado en su presupuesto de egresos.

  • LOS INGRESOS PROPIOS

Los ingresos propios Son la totalidad de las percepciones de las diversas entidades del Sector Público, exceptuando las transferencias y los ingresos por financiamiento interno y externo de un gobierno, por lo que están básicamente constituidos por:

Ingresos Tributarios: trata de las aportaciones económicas de los gobernados que, por imperativos constitucionales y legales, se ven forzados a sacrificar una parte proporcional de sus ingresos, utilidades o rendimientos para contribuir a los gastos públicos. Cabe resaltar la existencia de cinco clases de ingresos tributarios: impuestos, aportaciones de seguridad social, derechos, contribuciones especiales y contribuciones accesorias

Ingresos No Tributarios: Son los ingresos que el Gobierno obtiene como contraprestación a un servicio público (derechos), del pago por el uso, aprovechamiento o enajenación de bienes de dominio privado (productos), del pago de las personas físicas y morales que se benefician de manera directa por obras públicas (contribución de mejoras) y por los ingresos ordinarios provenientes por funciones de derecho publico, distintos de impuestos, productos y aprovechamientos.

Ingresos de Capital: son aquellos recursos provenientes de la venta de activos fijos y valores financieros, financiamiento interno y externo. Las transferencias del Gobierno Federal a las entidades paraestatales para inversión física, financiera y amortización de pasivos, constituyen para ellas ingresos de capital.

Cabe destacar, que los ingresos tributarios constituyen la mayor parte de los ingresos propios, mientras que los ingresos no tributarios y los de capital siempre han representado una mínima parte de los ingresos propios. Por ello los impuestos constituyen uno de los instrumentos más importantes de la política económica y las finanzas públicas de un país.

  • INGRESOS TRIBUTARIOS (IMPUESTOS)

Los impuestos son prestaciones en dinero o en especie de naturaleza tributaria, cuyo presupuesto es un hecho o una situación jurídica que no constituye una actividad del Estado referida al obligado y destinada a cubrir los gastos públicos.

El sector público de un país tiene como fuente principal de recursos económicos el sistema tributario, es decir el cobro obligatorio de impuestos. El sistema tributario procura afectar a todo y a todos, de tal forma que nada ni nadie con capacidad contributiva deje de pagar algún tipo de impuesto con los que cuenta un país.

Un principio elemental sobre los impuestos es que son contribuciones que deben estar establecidas en una ley específica de manera clara, y que dichas contribuciones deben ser pagadas por las personas físicas (naturales) y morales (sociedades o empresas) que se encuentren en la situación jurídica o de hecho prevista por la respectiva Ley.

El origen del impuesto es debido a que el individuo forma parte de una sociedad política organizada que origina necesidades colectivas las cuales debe cubrir el Estado y para ello debe allegarse de recursos.

La política impositiva o fiscal

La política impositiva o fiscal, se refiere a la forma de pagar impuestos en determinado país o región económica como la Unión Europea. Dicha política es un instrumento de la política económica para su estrategia de captar los recursos necesarios para cubrir el gasto público. Este instrumento se basa en una serie de principios, los cuales se resumen en los siguientes puntos:

El impuesto es una contribución que debe estar contenida en un Código o ley Fiscal congruente con la Constitución Política del Estado o País.

El impuesto es establecido por la ley y la obligación de pagarlo tiene como fuente inmediata la voluntad del Estado por medio de dicha ley. Así queda entendido que siempre para el cobro del impuesto es necesario que exista una ley que lo establezca y quede comprendido que "no habrá tributo o impuesto si no hay ley".

Los impuestos lo deben pagar personas físicas y morales, nacionales o extranjeras que residan en un país o en el extranjero con fuente de riqueza ubicada en el territorio nacional, y siempre que dichas personas se encuentren en la situación jurídica o de hecho prevista por las leyes fiscales.

El impuesto es por naturaleza una prestación. Esto quiere decir que a cambio de lo que paga el contribuyente este no percibe nada concreto. La prestación del contribuyente (el pago) no es seguida de una contraprestación del Estado (otorgamiento directo de un bien o servicio público), ya que sólo mediante el gasto público el Estado devuelve el importe otorgando servicios públicos a sus ciudadanos pero de manera general e impersonal. Así los contribuyentes no perciben una relación directa, inmediata y perceptible entre el pago particular del impuesto y la actividad del Estado como prestador de servicios públicos.

Principios de los impuestos

Podemos decir que los impuestos pueden estar fundamentados sobre seis principios que son:

  • 1. El Principio de Justicia: dice que los ciudadanos deben contribuir al sostenimiento del gobierno en proporción a su capacidad económica. Es decir, en proporción a los ingresos que reciben los individuos bajo la protección del Estado.

  • 2.  El Principio de Generalidad: establece que todos los que tengan capacidad contributiva deben pagar impuestos.

  • 3. El Principio de Uniformidad: señala que todos son iguales frente al impuesto. Para que los impuestos sean uniformes se requiere la combinación de diversas clases de gravámenes en un sistema fiscal que logre la mejor redistribución de la riqueza de la nación entre sus habitantes.

  • 4. El Principio de Certidumbre: dice que el impuesto debe ser fijado previamente y no ser arbitrario. Para ello se debe establecer de forma clara una fecha de pago, la forma de realizarse dicho pago y la cantidad a pagar. Para cumplir este principio el sistema fiscal o impositivo debe determinar con precisión: los sujetos (a quien se paga y quien paga), el objeto, la cuota, la forma de hacer la valuación, la base, la forma de pago, las penas en caso de infracción y los recursos que proceden frente a una actuación administrativa.

  • 5. El Principio de Comodidad: se refiere al plazo óptimo del pago del impuesto regido de acuerdo a la capacidad contributiva del ciudadano, seleccionando una época oportuna, que el lugar de pago sea cercano al lugar del contribuyente y el personal que lo atienda lo haga de forma respetuosa y digna.

  • 6. El Principio de Economía: se refiere a que el costo de la recaudación del impuesto sea el mínimo posible y no mayor que el propio monto del impuesto pagado.

Elementos del régimen fiscal

En cuanto a los elementos básicos y más importantes del régimen fiscal están cuatro componentes que son:

  • La Hacienda Pública: es el conjunto de recursos que una entidad pública (ministerio o secretaría de estado) posee en un momento dado para la realización de sus atribuciones y para el cumplimiento de las deudas a su cargo. Los recursos de la Hacienda Pública están conformados por recursos materiales y recursos financieros.

  • El Fisco: es el gobierno en sus tres niveles, Federación, Provincias, Departamentos o Estados y Municipios o Distritos. Dicho gobierno es considerado como el titular de la Hacienda Pública, y por lo mismo con derecho para exigir el cumplimiento de las prestaciones existentes a su favor y con obligaciones de cubrir las que resulten a su cargo.

  • La Materia Fiscal: es toda aquella cuestión que se refiere a la Hacienda Pública o Tesorería de un país. Debe atribuirse carácter fiscal a cualquier ingreso del erario (contribuyente), y a toda prestación pecuniaria en favor del Estado sin que interese distinguir si el deudor es un particular, persona natural o física y persona jurídica o moral.

  • La Política Fiscal: es un instrumento de la política económica que utiliza el Estado para allegarse de recursos a través del cobro de impuestos. Este instrumento se utiliza para la mejor distribución del ingreso nacional. La política fiscal también recibe el nombre de política impositiva.

  • IMPUESTO SOBRE LA RENTA I.S.R.

La renta es el producto del uso capital como el cobro de intereses, dividendos y utilidades, así como también, del trabajo con respecto a los sueldos, salarios y honorarios; o bien, ambos.

Se pueden diferenciar dos tipos de rentas para efectos impositivos:

  • 1. La Renta Bruta, que es el ingreso total percibido por una persona o empresa sin deducción alguna.

  • 2. La Renta Neta, que es el ingreso que resulta después de deducir del ingreso total y los gastos necesarios para su obtención.

Así la renta libre será lo que queda cuando después de deducir de los ingresos brutos los gastos necesarios (deducibles) para la obtención de la renta se permite también la deducción de ciertos gastos particulares del sujeto del impuesto.

Es de conocimiento, que todo sujeto está obligado al pago del impuesto sobre la renta, las personas naturales o jurídicas, ya sean nacionales o extranjeras, residentes en el país o en el extranjero, cuyos ingresos procedan de fuentes de riquezas ubicadas en el territorio nacional.

El impuesto sobre la renta impone los ingresos en efectivo, en especie o en crédito que modifican el patrimonio del contribuyente, personas o empresas, provenientes de los productos o rendimientos de su capital, trabajo o de la combinación de ambos. Como el impuesto sobre la renta consigna la fuente y no el acto se dice que es un impuesto directo y normalmente es el ingreso propio más importante del sector público. Así mismo es el impuesto más importante de todos los demás impuestos que existen en un país de economías de mercado.

  • IMPUESTO AL VALOR AGREGADO.

Es una carga fiscal sobre el consumo, es decir financiado por el consumidor, aplicado en muchos países con el fin de modernizar la estructura del sistema tributario indirecto, eliminando la premiación impositiva y sus efectos inflacionarios en cascada que presentaban otros impuestos al consumo y generalizado en la Unión Europea, conocido también por sus iniciales IVA.

El impuesto indirecto al consumo final, que se aplica tanto al consumo de bienes y servicios producidos en el país, como de bienes y servicios adquiridos en el exterior, es llamado IVA. Los sujetos del pago del IVA son aquellas personas naturales o jurídicas que dentro del país efectúen los actos o actividades siguientes:

  • Enajenación de Bienes.

  • Prestación de Servicios Independientes.

  • Otorgamiento de Uso o Goce Temporal de Bienes y Servicios.

  • Importación de Bienes y Servicios.

El IVA forma parte del grupo de impuestos a las ventas y afecta al consumidor a través de industriales y comerciantes. Aparentemente grava al ingreso del industrial y del comerciante pero en realidad grava el gasto del consumidor. En este caso, el impuesto a pagar se define como la diferencia del impuesto a su cargo (trasladado por el contribuyente y denominado IVA por pagar), y el pagado (impuesto acreditable o IVA por acreditar).

En los últimos años la participación del IVA en el total de los ingresos de varios gobiernos ha ido ganando terreno con respecto al ISR, pues se estima que la evasión fiscal es menor si se grava al consumo en lugar que al ingreso. Además, para el IVA se pueden establecer varias tasas impositivitas, en donde se grave menos el consumo de artículos básicos, hasta imponer tasas más significativas para los artículos de lujo. Así el IVA es un elemento cada vez más importante en el sistema fiscal de varios países para la redistribución de la riqueza.

En muchas oportunidades, la tasa general de este impuesto disminuye su gravamen para los alimentos industrializados y se incrementa para los bienes y servicios de lujo o no indispensables. La tasa para los productos farmacéuticos también suele disminuirse, al igual que se exenta del gravamen a editores de libros periódicos y revistas y a los profesionistas independientes.

El IVA interno está en función de las ventas comerciales principalmente. Algunos estudios apuntan a que más de la mitad de la recaudación del IVA interno se explica por las variaciones de las ventas comerciales y por su recaudo en el período inmediato anterior. En el caso del IVA externo el valor de las importaciones explica más de las dos terceras partes de la variación en la recaudación por este impuesto.

  • INGRESOS NO TRIBUTARIOS

Obtiene como contraprestación a un servicio público, el pago por el uso, aprovechamiento o enajenación de bienes de dominio privado, del pago de personas físicas y morales que se benefician de manera directa por obras públicas y por ingresos ordinarios provenientes por funciones de derecho público, distintos de impuestos, derechos, productos y aprovechamientos; son ingresos propios del gobierno nacional pero no comprenden a los impuestos. Están constituidos principalmente por los derechos, productos y aprovechamientos de un país.

  • LOS DERECHOS

Los derechos son ingresos corrientes pues se reciben con periodicidad. Se pueden definir como contribuciones por los servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público, así como por el uso o aprovechamiento de bienes de dominio público de un país. En síntesis son las contraprestaciones establecidas por el poder público en pago de un servicio; cabe destacar que las prestaciones de servicios más importantes son: el registro civil, la expedición de licencias, los registros de giros mercantiles, la expedición de placas o matrículas de vehículos, la legalización de firmas, el servicio de panteones, etc.

  • LOS PRODUCTOS

Se consideran productos todos aquellos ingresos que perciben los entes públicos en el ejercicio de actividades que no suponen el ejercicio de una autoridad respecto a los habitantes de la comunidad, así contraprestaciones por los servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho privado, así como por el uso, aprovechamiento o enajenación de bienes de dominio privado. Estos ingresos provienen de actividades que no corresponden al desarrollo de las funciones del Estado, propias de derecho público o por la explotación de sus bienes patrimoniales, como por ejemplo: utilidades de loterías; intereses a cargo de empresas estatales; dividendos de presas, canales y zanjas; explotación de bandas radiales, telefónicas y televisivas; teatros; museos; ruinas; venta de desechos producidos por el gobierno; dividendos recibidos por su participación en empresas, ventas de activos gubernamentales, entre otros.

  • LOS APROVECHAMIENTOS

Son ingresos ordinarios provenientes de las actividades de derecho público que realiza el gobierno, y que recibe en forma de recargos, intereses moratorios o multas, o como cualquier ingreso no clasificable, como impuestos, aportaciones de seguridad social, contribución de mejoras, derechos o productos.

  • INGRESOS DE CAPITAL.

Como ya fueron estudiados anteriormente, estos ingresos están constituidos principalmente por diversos fideicomisos en favor de empresas públicas y privadas, así como ventas de activos del sector público. Representan generalmente una mínima parte de los ingresos del sector público y como ejemplos se pueden citar los siguientes: recuperación de capital, los fondos de fideicomisos en favor de empresas públicas y privadas, inversiones en obras de agua potable, ingresos derivados de la venta de bienes y valores, venta de bienes inmuebles, venta de valores de empresas públicas y privadas, etc.

  • INGRESOS NO PROPIOS

Son aquellos ingresos que están constituidos por la deuda pública, la emisión de moneda, emisión de títulos negociables, etc. El tema de la deuda gubernamental se desarrollará más ampliamente en el siguiente capítulo titulado "Deuda Pública".

  • LOS INGRESOS PETROLEROS

Por la importancia que tiene el petróleo en varios países de Latinoamérica en el aspecto económico, hemos llevado a cabo una clasificación que divide los ingresos del sector público: en Ingresos petroleros e ingresos no petroleros.

Los ingresos petroleros son aquellas cantidades que se captan por medio de la comercialización interna o externa del hidrocarburo y sus derivados, como por ejemplo el petróleo crudo, la gasolina el gas, el diesel, etc.

Generalmente las empresas petroleras nacionales o privadas, están obligadas al pago de contribuciones, y todos estos ingresos generados por la industria son muy significativos para el sector público. Entre los actos que se pueden gravar están:

  • 1. Derechos sobre la Extracción de Petróleo: las empresas petroleras y sus organismos subsidiarios pueden tener la obligación de pagar el derecho por la explotación de petróleo y gas natural en cada región de un país.

  • 2.  Derecho Extraordinario sobre la Extracción de Petróleo: cuando se establecen derechos extraordinarios sobre los hidrocarburos se entiende que es un tipo de ingreso por la extracción de petróleo crudo y gas natural en territorio nacional. También se puede pagar diariamente y normalmente los ingresos que obtiene el gobierno nacional excluyen de la participación a las provincias, departamentos, estados y municipios.

  • 3.  Impuestos a los Rendimientos Petroleros: las empresas petroleras y sus organismos subsidiarios en ocasiones deben pagar este impuesto de acuerdo a un rendimiento neto obtenido. Es decir, el rendimiento neto se determina restando a los ingresos las deducciones autorizadas. Este impuesto se puede determinar en forma consolidada entre la controladora y sus subsidiarias.

  • 4.  Derechos sobre Hidrocarburos e Impuestos Especiales sobre Producción y Servicios: este derecho se puede establecer por las exportaciones de petróleo y gas natural. Y los impuestos especiales se puedan establecer por la enajenación de gasolina y diesel. A cuenta de este impuesto se pueden hacer pagos anticipados que se entregan diariamente. También se pueden establecer pagos provisionales mensuales. Este impuesto aplica en ocasiones también a la venta de gas natural para camiones y automóviles.

  • 5. Impuesto al Valor Agregado: este ingreso proviene de pagos provisionales que deben efectuarse en la tesorería de la Federación las empresas petroleras y sus organismos subsidiarios. También se efectúan pagos provisionales de este impuesto en las tesorerías de los gobiernos nacionales, usualmente mediante declaraciones mensuales.

  • 6. Contribuciones Causadas por la Importación de Mercancías: estos ingresos provienen por concepto de impuestos causados por la importación de mercancías relacionadas con la industria petrolera.

  • 7. Impuestos a la Exportación: este impuesto se puede originar por la exportación de petróleo crudo, gas natural y sus derivados.

  • 8. Aprovechamientos sobre Rendimientos Excedentes: es cuando en el mercado internacional el precio promedio ponderado acumulado mensual del barril de petróleo crudo excede límites extraordinarios, a las petroleras se les puede imponer pagar un aprovechamiento que se calculará aplicando alguna tasa sobre el rendimiento sobrante almacenado.

Conclusiones

Tales variables pueden ser: la alineación entre los objetivos formales e informales de la empresa (teoría de la firma), el desarrollo e impacto del capital intelectual, el desarrollo del capital social, el entorno socioeconómico o cultural del sector, el marketing social, etc. Al adicionar muchas de estas características se ha llegado a nuevos conceptos de lo que debería ser la empresa moderna, tales como: "empresa sostenible y sustentable", "empresa socialmente responsable", "responsabilidad social corporativa" o simplemente "responsabilidad social empresarial".

Aunque se ha planteado la urgente necesidad de "adoptar y promulgar" una serie de principios universales básicos tendientes a preservar la dignidad y los derechos humanos, así como cuidar el medio ambiente y las normas laborales que debe seguir el empresariado a través de códigos de responsabilidad social, esto no es del todo fácil por la creciente inercia que prevalece en el ambiente de los negocios en cuanto al énfasis predominantemente productivista y personalista

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Autor:

Hernández, Alexis

Martínez, Clariomar Prieto, Raquel Manuel, Ramírez

Rey, Jairelis

Asesor Académico:

MSc. Ing. Iván J. Turmero Astros

República Bolivariana de VenezuelaMinisterio Popular para la Educación Universitaria.Ciencias y Tecnología.Universidad Nacional Experimental Politécnica"Antonio José de Sucre"Vice-Rectorado Puerto Ordaz

Departamento de Ingeniería IndustrialINGENIERIA FINANCIERASección: M1

PUERTO ORDAZ, JUNIO DE 2017

Enviado por:

Iván José Turmero Astros