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La Educación Básica en Venezuela: Legislación Vigente y Principios (página 2)


Partes: 1, 2

El Artículo 102 de la CNRB indica que:

"La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La educación es un servicio público y está fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa, consciente y solidaria en los procesos de transformación social consustanciados con los valores de la identidad nacional, y con una visión latinoamericana y universal. El Estado, con la participación de las familias y la sociedad, promoverá el proceso de educación ciudadana de acuerdo con los principios contenidos de esta Constitución y en la ley."

El Artículo 103:

"Toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad, permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. La educación es obligatoria en todos sus niveles, desde el maternal hasta el nivel medio diversificado. La impartida en las instituciones del Estado es gratuita hasta el pregrado universitario. A tal fin, el Estado realizará una inversión prioritaria, de conformidad con las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas. El Estado creará y sostendrá instituciones y servicios suficientemente dotados para asegurar el acceso, permanencia y culminación en el sistema educativo. La ley garantizará igual atención a las personas con necesidades especiales o con discapacidad y a quienes se encuentren privados de su libertad o carezcan de condiciones básicas para su incorporación y permanencia en el sistema educativo. Las contribuciones de los particulares a proyectos y programas educativos públicos a nivel medio y universitario serán reconocidas como desgravámenes al impuesto sobre la renta según la ley respectiva."

En lo referido a la Ley Orgánica de Educación, el artículo 6º, de la misma indica:

"Todos tienen derecho a recibir una educación conforme con sus aptitudes y aspiraciones, adecuada a su vocación y dentro de las exigencias del interés nacional o local, sin ningún tipo de discriminación por razón de la raza, del sexo, del credo, la posición económica y social o de cualquier otra naturaleza. El estado creará y sostendrá instituciones y servicios suficientemente dotados para asegurar el cumplimiento de la obligación que en tal sentido le corresponde, así como los servicios de orientación, asistencia y protección integral al alumno, con el fin de garantizar el máximo rendimiento social del sistema educativo y de proporcionar una efectiva igualdad de oportunidades educacionales".

El Artículo 8º, señala que:

"La educación que se imparta en los institutos oficiales será gratuita en todos sus niveles y modalidades. La Ley de Educación Superior en lo referente a este nivel de estudios y el Ejecutivo Nacional en la modalidad de educación especial, establecerán obligaciones económicas cuando se trate de personas provistas de medios de fortuna. Los recursos financieros que el Estado destina a educación, constituyen una inversión de interés social que obliga a todos sus beneficiarios a retribuir servicios a la comunidad."

El Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación, Decreto Nº 313/1999, incluye los aspectos organizativos y soporte legal a la educación en nuestro país, al respecto el Artículo 2, señala que:

"El presente Reglamento regirá para los niveles y modalidades del sistema educativo, excepto para el nivel de educación superior, en el cual se aplicarán las regulaciones pertinentes de la Ley Orgánica de Educación y las de la ley especial correspondiente y su reglamentación."

Y en el Artículo 4, indica las formas en que el Estado puede impartir la educación:

"La educación como función y servicio público y como derecho permanente e irrenunciable de la persona se impartirá mediante un proceso escolarizado y no escolarizado."

Sin embargo también la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente, incluye entre sus postulados a la educación de los sujetos ubicados en el ángulo de contexto de la misma, para ello en su Artículo 53, señala:

"Derecho a la Educación. Todos los niños y adolescentes tienen derecho a la educación.

Asimismo, tienen derecho a ser inscritos y recibir educación en una escuela, plantel o instituto oficial, de carácter gratuito y cercano a su residencia."

Como se puede inferir de lo antes planteado, la Educación Venezolana, se encuentra bien fundamentada y soportada por leyes específicas que las vinculan al desarrollo de la república, y que funcionan en concordancia con la Carta Magna del año 1999; sin embargo, existe algunas lagunas que deberán ser subsanadas por la Ley Orgánica de Educación que actualmente se discute en la Asamblea Nacional, de manera de llevarla a un nivel más alto de corresponsabilidad, participación, solidaridad, democrática y sobre todo crítica de la situación nacional, que coadyuve en la formación de Venezolanos cónsonos con el modelo de sociedad que se construye.

Hay otras leyes que se pudieran incluir, que contemplan a la educación básica de alguna u otra manera, como la Ley para las Personas Discapacitadas, la Ley de las Comunidades Indígenas y la Ley de los Consejos Comunales.

EL SISTEMA EDUCATIVO VENEZOLANO

El sistema educativo venezolano está organizado de la siguiente forma: el primer nivel, Educación Preescolar; el segundo nivel, Educación Básica; el tercer nivel, Educación Media, Diversificada y Profesional; el cuarto nivel, Educación Superior y el quinto nivel, Post Grado. Consideramos importante mencionar que en Venezuela en los actuales momentos está en discusión una nueva Ley de Educación.

Cada uno de estos niveles cumple las correspondientes funciones:

  1. − Primer nivel: Educación Preescolar. En este nivel se atiende a los niños en las edades de 3 a 5 años y su función principal es socializar al niño en el entorno escolar.
  2. − Segundo nivel: Educación Básica. El segundo nivel está constituido por tres etapas designadas así. La primera etapa abarca la formación desde primero hasta tercer grado; la segunda etapa comprende la formación desde cuarto hasta sexto grado y la tercera etapa va desde séptimo hasta noveno grado.

Los dos primeros períodos se centran en la formación integral del niño (desde los seis años) en las áreas académicas de lengua y literatura, matemática, ciencia y tecnología, ciencias sociales, educación estética y educación física. Estructurado curricularmente sobre el concepto de ejes transversales definidos en torno a las siguientes áreas: lenguaje, desarrollo del pensamiento, trabajo y valores para la I etapa y luego incorpora además el eje de: ambiente e identificación nacional en la II etapa. A través de un currículo globalizado, integrador y socializador que se fundamenta en el desarrollo de las competencias en los aprendizajes avalados por la UNESCO del ser, hacer, conocer y convivir. La III Etapa de Educación Básica representa el último ciclo de la Educación Básica legalmente constituida en los artículos 9, 21, 22 de la Ley Orgánica de Educación.

El Ministerio de Educación en la "Propuesta Curricular para la III etapa de Educación Básica" (1998b: 40-41) expone los siguientes fines educativos:

La Formación integral de un ciudadano sano, culto y crítico, capaz de participar creativa, consciente y solidariamente en los procesos de transformación social; con una conciencia ciudadana para la conservación, el uso racional de los recursos naturales, la defensa y mejoramiento del ambiente y de la calidad de vida; con capacidad científica, técnica, humanística y artística; con valores tales como el amor, la identidad nacional, el respeto por la vida, la libertad, la justicia, la perseverancia, la honestidad, la convivencia, la comprensión, la tolerancia y demás actitudes que favorezcan el fortalecimiento de la paz entre las naciones y los vínculos de integración y solidaridad latinoamericana; con la consolidación de conocimientos en disciplinas y técnicas que permitan al educando el ejercicio de una función socialmente útil; con destrezas para el manejo del lenguaje, de los procesos de pensamiento, la valoración hacia el trabajo y la participación ciudadana en acciones ambientales; con un desarrollo integrado de los cuatro aprendizajes fundamentales: "aprender a ser", "aprender a conocer", "aprender a hacer" y "aprender a convivir".

En consecuencia, el perfil del egresado de la III etapa de Educación Básica propone un alumno que deberá: Ser, Conocer, Hacer y Convivir; retos, necesidades y compromisos acordes con la realidad nacional y (UNESCO).

  1. − Tercer nivel – Medio, Diversificado y Profesional. Este ciclo se completa en un período de dos años y ofrece al estudiante egresado de la educación básica las opciones de: ciencias, humanidades y técnico medio en diferentes especialidades; siendo el inglés enseñado desde un enfoque con propósitos específicos (ESP).
  2. − Cuarto nivel – Educación Superior. Alrededor del año 1960 existían en Venezuela tres universidades de educación superior: la Universidad Central de Venezuela, la Universidad de los Andes (Mérida) y la Universidad del Zulia; además de dos privadas: la Universidad Católica Andrés Bello y la Universidad Santa Maria y el Instituto Pedagógico de Caracas; los cuales cubrían la demanda educativa de todo el país.

En el presente trabajo documental haremos énfasis en la EDUCACIÓN BÁSICA, por cuanto es el área en la cual nos desenvolveremos como profesionales.

La Educación Básica en Venezuela

La Educación Básica en nuestro país se inicia a partir del año 1980, con la aprobación y publicación en Gaceta Oficial de la Ley Orgánica de Educación. Sin embargo tiene sus antecedentes en la educación primaria o elemental implementada por Guzmán Blanco en el año 1870, con el Decreto de Instrucción Pública Obligatoria.

Antes de ese período gubernamental, la educación era individualista y asequible a los adinerados o pudientes de la época.

Las bases legales (Vigentes) de la Educación Básica, están enmarcadas en los artículos 21 y 22 de la Ley Orgánica de Educación, donde se postula la finalidad de contribuir a la formación del educando, de acuerdo a sus capacidades y destrezas, para ser incluido en la sociedad como un ente promotor y productor de la misma, indicando también tiempo de duración (9 años) y la obtención de un certificado al culminar la misma.

En el reglamento de la Ley Orgánica de Educación en sus artículos 19-20-21-22-23, se refuerza el carácter obligatorio de la misma, la división en tres etapas, cada una de ellas en función del desarrollo psicosocial del niño y del adolescente. Se instituye que el inicio en la educación básica es a partir de los seis años de edad, señalando que los alumno que posean la madurez y el desarrollo que los haga competentes con los contenidos, podrán avanzar en un tiempo menor al establecido, previo cumplimiento de las exigencias dispuestas en el régimen de evaluación de dicho reglamento.

Indican también, el plan de estudios, estableciendo las asignaturas obligatorias en cada etapa y en concordancia con el sistema nacional de fronteras y pueblos indígenas.

Otro punto importante que establece este reglamento, es lo concerniente al rol que deben cumplir las comunidades educativas, con el fin de auspiciar el desenvolvimiento del estudiante con su entorno social y familiar.

La educación básica en nuestro país, también está sujeta a tratados y convenios internacionales, así como a otras leyes. A continuación se nombran las mismas:

  1. Ley Orgánica de Administración Central:

Artículo 1: La elaboración de los programas de Educación preescolar, educación básica, educación media, diversificada inclusive la técnica, así como de las modalidades que determinan la Ley de educación.

Artículo 5: La creación, dotación, organización y funcionamiento de planteles, instituciones y servicios educativos y culturales para la ejecución de los planes y programas de estudio.

Artículo 6: La supervisión general y control de la educación. La inspección y vigilancia de los institutos educativos.

  1. Ley Orgánica de Descentralización y Transferencia de Competencias del Poder Público

Artículo 4: En ejercicio de las competencias concurrentes que establece la Constitución, y conforme a los procedimientos que esta Ley señala, serán transferidos progresivamente a los Estados, servicios que actualmente presta el poder nacional.

  1. Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescentes

Artículo 53, señala: "Derecho a la Educación. Todos los niños y adolescentes tienen derecho a la educación.

Asimismo, tienen derecho a ser inscritos y recibir educación en una escuela, plantel o instituto oficial, de carácter gratuito y cercano a su residencia."

  1. Ley del Deporte: Artículos 1, 2, 5, 9,12.
  2. Ley Tutelar de Menores: Artículos: Artículo 1 numeral 4.

OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN BÁSICA EN VENEZUELA

El Estado venezolano aspira que al concluir la educación Básica el educando:

 Logre una formación integral y desarrollo una dimensión ético moral inspirada en los valores básicos para la vida y para la convivencia, en un sistema de valores dirigido a fomentar la actitud democrática, responsable, tolerante que favorezca la participación activa y solidaria en la sociedad, a objeto de propiciar niveles cada vez mas altos de libertad, igualdad y justicia social.

 Desarrolle sus capacidades cognitivas- intelectuales, cognitivas- motrices y cognitivas- afectivas, así como sus competencias comunicativas en atención a los procesos de comprensión y producción del lenguaje oral y escrito; a la valoración del trabajo en su sentido individual, social, y trascendental a fin de formar un individuo autónomo que pueda desenvolverse como ciudadano con plenos derechos y deberes en la sociedad en la que vive.

 Conozca, comprenda y aprecie las distintas manifestaciones, hechos y fenómenos del entorno cultural y social; su diversidad y sus relaciones mediante la aplicación del pensamiento científico, del razonamiento lógico, verbal y matemático, así como ce la creatividad, la sensibilidad estética y la expresión corporal.

 Elabore sus propios juicios críticos ante los problemas o conflictos sociales y personales a objeto de adoptar frente a ellos actitudes y comportamientos basados en el análisis.

 Participe de manera activa, solidaria y consciente en los procesos de transformación social, con los valores de identidad nacional , la responsabilidad, el amor, la justicia, la libertad que contribuyan al desarrollo de una conciencia ciudadana, para la conservación ambiental y la paz entre los pueblos.

 Desarrolle la capacidad científica, técnica, humanista y artística que le permita tener una visión integral de la vida y el mundo.

FINALIDADES DE CADA NIVEL DE LA EDUCACIÓN BÁSICA EN VENEZUELA

En la concepción del Nivel de Educación Básica, el Modelo Curricular considera los mandatos de la Constitución Nacional y el ordenamiento legal expresado en la Ley Orgánica de Educación, su Reglamento y otros instrumentos legales que rigen la materia educativa.

En concordancia con estas bases legales, con los planteamientos curriculares y los principios del modelo, se plantean como finalidades del Nivel de Educación Básica las siguientes:

  1. La formación integral del educando;
  2. La formación para la vida;
  3. La formación para el ejercicio de la democracia;
  4. El fomento de un ciudadano capaz de participar activa, consciente, y solidariamente en los procesos de transformación social;
  5. El desarrollo de una conciencia ciudadana para la conservación, defensa, y mejoramiento del ambiente y la calidad de vida y para el uso racional de los recursos naturales;
  6. El desarrollo de sus destrezas y su capacidad científica, técnica, humanística y artística;
  7. El inicio de la formación en el aprendizaje de disciplinas y técnicas que le permitan el ejercicio de una función socialmente útil;
  8. El desarrollo de las capacidades del ser, conocer, hacer y convivir de cada individuo de acuerdo con sus aptitudes;
  9. La dignificación del ser.

La dignificación del ser como finalidad se consolida en las tres etapas del nivel. Es importante destacar, que la Primera Etapa de Educación Básica es un período donde los ejes transversales y las disciplinas del saber aparecen totalmente integrados, por esta razón se le reconoce como una etapa de integración, en la cual el aprendizaje se da de una manera globalizada. En este caso, los ejes transversales no tienen una epistemología propia, ni un espacio determinado en el Diseño Curricular. Estos se desarrollan en el contexto de las áreas académicas.

En la Segunda Etapa del nivel los ejes continúan interrelacionados con las áreas del conocimiento. Aún cuando éstas comienzan a tomar su propio carácter y naturaleza. Esta etapa se reconoce como un periodo de interrelación.

La Tercera Etapa es una etapa de independencia, donde se plantea el reto de controlar el número de asignaturas y continuar con el concepto de áreas interdisciplinarias en lo referido al saber y al hacer. Asimismo, reforzar la presencia de los ejes transversales con el propósito de fortalecer la convivencia en democracia; los valores universales y culturales; la preservación de la salud, y de contribuir a resolver los problemas de actualidad de cuya solución depende el disfrute de una vida mejor.

PROYECTO EDUCATIVO NACIONAL 2001

El Estado venezolano al asumir la educación como función indeclinable en todos los niveles y modalidades del sistema educativo establece como misión referente a ellos, en el cumplimiento de las finalidades descritas, bajo los principios de integralidad y totalidad del conocimiento la formación de un ciudadano democrático, justo y valorativo de la doctrina de derechos a través de su incorporación en la Educación Maternal, la Universalización de la Educación Preescolar , la Educación Integral y de calidad de la niñas, niños y adolescentes, con la vinculación de las escuelas rurales y las escuelas granjas como fuentes de desarrollo artesanal y su inserción al sistema productivo y alimentario con reconocimiento de la pluriculturalidad, interculturalidad y multietnicidad, la atención educativa integral de los educandos con necesidades especiales , la diversificación del nivel de Educación Media con pertinencia local y regional , modernización y reactivación de las escuelas técnicas y su inserción al sistema productivo alimentario formando y capacitando al adulto, con reconocimiento de sus saberes y su integración al sistema productivo como pequeños microempresarios.

Para responder a los estatutos legales de políticas y normativas nacionales del Estado Venezolano, el Ministerio de Educación Cultura y Deportes, asumiendo su responsabilidad de garantizar una "Educación Integral y de Calidad para Todos", desarrolla políticas y planes educativos actuales y con proyección hacia el año 2015 que garanticen el acceso y permanencia de los niños, niñas y jóvenes con edades comprendidas entre los 7 y 15 años de edad en la Educación Básica. En este sentido en relación con la Tercera Etapa (7 ° a 9 ° grados) se establecen políticas, ejecutando líneas de acción y actividades relacionadas con:

  1. • Lograr la continuidad escolar de los niños y niñas de la segunda etapa de Educación Básica hacia la tercera etapa de este nivel educativo facilitándoles su ingreso a centros educativos gratuitos, con espacios físicos e instalaciones de calidad (infraestructura, comedores escolares, núcleos integrales de bienestar estudiantil, bibliotecas escolares, centros informáticos y telemáticos, laboratorios, entre otros), cuya ubicación sea cercana a su lugar de residencia.
  2. • Lograr un incremento anual en la atención de la población escolar de estudiantes de la tercera etapa de Educación Básica (1% aproximadamente) desde el año 2000 al 2015.
  3. • Llevar a cabo la Transformación del Currículo de Educación Básica con énfasis en la Tercera Etapa.
  4. • Realizar eventos (talleres, jornadas, conferencias, seminarios) locales, regionales y nacionales para la construcción, validación, administración y seguimiento del currículo de la tercera etapa de EB,.
  5. • Ejecutar actividades diversas para la elaboración de recursos didácticos de enseñanza y de aprendizaje, como herramientas pedagógicas que enriquecen la administración del Currículo de la tercera etapa.
  6. • Realizar actividades que favorezcan la formación permanente de los docentes que laboran en la tercera etapa de Educación Básica en función de la transformación curricular.
  7. • Realizar acciones de formación integral para los estudiantes de la tercera etapa a través de las Sociedades Bolivarianas Estudiantiles y de Folklore; Centros de Ciencias y Tecnología; Centros para la Educación Ambiental.
  8. • Producir materiales en distintos formatos (impresos, audiovisuales, electrónicos, otros) para docentes, estudiantes y comunidades que apoyen la actividad pedagógica, educativa y social.
  9. • Fomentar el desarrollo Integral de los estudiantes de la Tercera Etapa a través de las Escuelas Productivas, con la filosofía de aprender haciendo y enseñar produciendo.
  10. • Formar a los estudiantes y comunidades en general para la producción efectiva de alimentos agropecuarios a través de las Escuelas Productivas para la Seguridad Alimentaria.
  11. • Dotación de materiales, laboratorios, talleres a escuelas de la tercera etapa de Educación Básica, así como lo relativo a construcción, remodelación de la infraestructura de planteles oficiales en todo el país.
  12. • Educar para el Trabajo, a través del currículo, a los jóvenes estudiantes de la tercera etapa a fin de incorporarlos a la vida productiva, permitiéndole y exigiéndole su participación transformadora en beneficio propio y de su comunidad.
  13. • Ejecutar actividades educativas que permitan la formación integral de los jóvenes de la tercera etapa de manera de superar la violencia familiar, de género, infantil- juvenil y otras formas de maltrato a través de una Educación para la Paz.
  14. • Desarrollar en las unidades educativas de todo el país actividades para la formación integral en Educación Sexual y Reproductiva de jóvenes de la tercera etapa de Educación Básica, mediante la revisión e incorporación en el currículo de contenidos en el área, la producción de materiales didácticos, ejecución de talleres para la formación de docentes y otros miembros de la comunidad, otros) con el fin de mejorar la calidad de vida de los venezolanos y venezolanas, facilitando el disfrute general de los derechos sexuales y reproductivos que la constitución garantiza. Estas, estarán coordinadas con el Fondo de Población de las Naciones Unidas y otros organismos nacionales e internacionales.
  15. • Lograr una renovación de la actividad evaluativa de los alumnos de la tercera etapa de Educación Básica considerándola como un proceso continuo y sistemático y como herramienta de aprendizaje que promueva el desarrollo intelectual de los estudiantes y el logro de los objetivos curriculares, a través de acciones de formación de los docentes para llevar a cabo este proceso, participación de distintos sectores de las comunidades.
  16. • Extender progresivamente la propuesta de Escuelas Bolivarianas a todas las escuelas venezolanas del nivel de Educación Básica, con la finalidad de incorporar la jornada escolar completa, que es una de las características esenciales de este modelo y que garantiza el abordaje efectivo de los diferentes ejes transversales contenidos en el diseño curricular de la I y II etapa de Educación básica.

El modelo de escuela de tiempo completo

El Proyecto Escuelas Bolivarianas constituye una política del Estado Venezolano, dirigida a brindar una educación integral, de calidad, a niños, niñas y adolescentes en los niveles de preescolar y básica de I y II Etapa, afrontando las deficiencias presentadas en dichos niveles. El proyecto se inscribe en el proceso de transformación política y social que vive el país y responde a la alta prioridad que se le otorga a la educación como eje fundamental para la transformación social dentro de este proceso.

Una de las características esenciales del modelo Escuelas Bolivarianas es que se rige por un horario de atención integral (8 horas) que, a diferencia de la escuela convencional, garantiza una educación integral de calidad que atiende las necesidades básicas de alimentación y salud y se abordan en forma efectiva los diferentes ejes transversales contenidos en el diseño curricular de la I y II etapa de la básica, permitiendo una mejor relación tiempo/contenido.

En las escuelas convencionales de I y II etapas, los niños, niñas y adolescentes, reciben 3 horas y 45 minutos de contenidos académicos curriculares de acuerdo a cada grado; incluyendo en esta carga horaria las horas destinadas a educación física, artes plásticas y otras disciplinas (19 horas y 45 minutos a la semana).

En cambio en las escuelas bolivarianas se utilizan seis horas de actividades curriculares de contenidos programáticos (matemática, lengua materna, ciencias, historia, educación física, deportes, folklore, música ú otras disciplinas). De tal forma, que en la semana los niños, niñas y adolescentes tienen 25 horas de contenidos curriculares.

La característica más importante del docente de las Escuelas Bolivarianas es el de ser maestro integral, el cual está capacitado para orientar el proceso de enseñanza en casi todas las áreas. En deportes, educación física, música, folklore, etc. el alumnado es atendido por docentes especialistas de cada una de ellas. El docente integral, desempeña un trabajo de aula 35 horas a la semana y destina 5 horas a la semana para la planificación.

En el sector rural la educación básica se atiende mediante unidades operativas distribuidas en todo el país, las mismas son:

Núcleos Escolares Rurales: Son instituciones técnico-administrativas integradas por escuelas concentradas y unitarias, que se encuentran ubicadas en un determinado medio geográfico y su finalidad es garantizar la escolaridad a los niños del campo en la I y II etapa de y en algunos casos la III Etapa de Educación Básica.

Escuelas Granja: Son unidades operativas, cuya finalidad es impartir al alumno egresado de los núcleos escolares rurales o escuelas básicas rurales, prosecución escolar en la II y III etapa de Educación Básica. En esta institución el alumno adquiere destrezas propias de educación para el trabajo, campo y cría, taller-hogar, etc. Al cumplir la III etapa de Educación Básica el alumno puede continuar en educación técnica profesional o ingresar al mercado de trabajo. En estas escuelas el alumno puede permanecer en condiciones de interno o externo según su domicilio.

Escuelas Básicas Graduadas Rurales: Son instituciones cuya finalidad es: organizar, planificar y controlar la ejecución del diseño curricular de Educación Básica atendiendo las tres etapas de este nivel en el sector, y a los alumnos de estas instituciones, su preparación se enfatiza en el área de educación para el trabajo.

Cooperativas y Huertos Escolares: Además de las instituciones anteriormente señaladas, los alumnos atendidos en el medio rural, fronterizo e indígena, reciben beneficios de los programas de cooperativas escolares y huertos escolares.

Cooperativas Escolares: Son asociaciones educativas, que desarrollan actividades económicas sencillas con fines didácticos, que permiten al educando organizarse, aprender en forma práctica cómo se realiza una gestión económica y hacer hombres aptos para el ejercicio de la vida democrática, además de facilitar la organización de las actividades escolares.

Huertos Escolares: Es un programa de actividades educativas, realizado en los planteles de educación básica ubicados en medio rural, donde los niños inician desde temprana edad el aprendizaje de técnicas para los cultivos, la producción de alimentos y la cría de animales domésticos. Este programa contribuye a la capacitación de los jóvenes, los ayuda a valorar el trabajo del campo y les permite obtener herramientas para organizarse e incorporarse al desarrollo del proceso productivo.

¿Por qué los cambios curriculares en Venezuela?

En nuestro país, la búsqueda de soluciones a los problemas siempre ha sido lograda con perspectivas hacia el mediano y largo plazo.

La historia ha demostrado que las soluciones a corto plazo no han funcionado cabalmente, bien sea porque no se le han dado continuidad, o bien, por sus efectos inmediatistas que no provocan cambios a futuro, de acuerdo a lo que se desea lograr al respecto del avance de la sociedad.

Sin embargo es de considerar que las reformas, cambio y avances que, mal que bien, ha tenido el proceso educativo le han conferido características propias que deben ser erradicadas por su efecto pernicioso en la sociedad.

Así se tiene la misma ha sido evolucionista desde lo administrativo y su evaluación es sumativa o lo que es lo mismo es no integradora ni homogeneizadora de:

  1. tiempo
  2. espacios
  3. agentes
  4. sujetos
  5. medios

Es fragmentaria en relaciones praxisteoría, está sujeta a modelos extranjeros, teniendo poca valoración de la raíz propia, con una visión curricular fragmentada, no integrada y conductista, que no refleja los intereses ni las alternativas que permitan que se avance en función del desarrollo de conocimiento en función de las múltiples identidades e inteligencias que muestra cada ser humano en proceso de formación y que será característica suya por el resto de su vida.

La educación actual desarticula las relaciones entre lo humano, el tiempo, el espacio, los valores, la identidad, lo ético. Siendo lo económico el valor predominante.

Por tanto, la actual concepción de la educación, y en especial manera de la Educación Básica, busca romper este abstraccionismo y esta decadencia que muestra la sociedad venezolana en la actualidad, pero para ello el proceso debe abarcar desde la infancia a través de la Educación Inicial y culminar en la profesionalización del individuo con una visión colectiva de la sociedad, primando el bien común sobre el individual. Superando la desviación cognitivista con la integralidad del ser-hacer-saber-convivir, y así crear el modelo curricular basado en el continuo humano de visión total del ser social y colectividad.

CONCLUSIONES

En Venezuela, cambios profundos se han venido gestando desde hace mucho tiempo.

Ya en el año 1996, a nivel educativo, se implementó una reforma al sistema curricular de la educación y se implementó la realización de proyectos cuyo fin era preparar al estudiante para afrontar los retos de lograr el desarrollo sostenido de la nación, aunado a ello el gobierno invertiría en capacitación docente, programación y ampliación de las estructuras educativas, pero que en realidad no se logró.

Para el año 1999, y a raíz del proceso Constituyente Educativo, se replanteó la educación en nuestra nación, fundamentándola en los ejes transversales del conocimiento y el desarrollo psicocognitivo-evolutivo de los estudiantes, de acuerdo a cada una de las etapas formales de la educación y su maduración biológica.

Todos los hombres tienen el deseo natural de saber y la disposición y el derecho de aprender. Tienen derecho al conocimiento organizado de las ciencias, las artes, las humanidades, la religión y la tecnología. Pero más importante aún, tienen también derecho de desarrollar todas las capacidades que le permitan construir y apropiarse del conocimiento general y especializado, necesario para entender, adaptarse y transformar la realidad a la que pertenece, en beneficio propio de su desarrollo y disfrute personal y de los otros colectivos.

La educación en Venezuela, ha tenido repercusiones progresistas, pero se estancó en modelos inducidos y desarrollados en otros países a los cuales no se les dio continuidad para su desarrollo, es por ello que la nueva concepción curricular busca construir el desarrollo endógeno de la república, en base a una búsqueda del modelo de equilibrio desde la relación Escuela-Sociedad-Nación, que garantice el continuo humano y el conocimiento como poder del pueblo, enmarcado en las categorías reales determinadas por el proceso renovador que se produce a nivel educativo desde el año 1999.

Siendo la productividad, la salud y la vida, la creación y la creatividad, la paz, el eje de las nuevas tecnologías, el eje comunidad, la comunicación, innovación pedagógica y tecnológica y de inclusión, los pilares fundamentales que permitan crear un nuevo modelo de sociedad humanista y solidario.

Referencias Bibliográficas

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CONGRESO DE LA REPUBLICA DE VENEZUELA. (1980). Ley Orgánica de educación y su reglamento (Gaceta oficial N º 2.635 extraordinario de fecha 28 de julio de 1980, reglamento decreto N º 975 del 22 de enero de 1986, Reforma gaceta oficial N º 36.787 de fecha 15 de septiembre de 1999.

DIRECCIÓN GENERAL SECTORIAL DE EDUCACIÓN BASICA, MEDIA DIVERSIFICADA Y PROFESIONAL. (s /f). Cuaderno para la reforma educativa Venezolana. Caracas, Venezuela: Estudios Librería y Editorial.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN (1997). Currículo básico nacional. Nivel de educación básica. Caracas, Venezuela.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN (1999). Reforma parcial del reglamento general de la Ley Orgánica de Educación. (Decreto N º 313 del 15 de septiembre de 1999). Caracas, Venezuela.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN. (2001). Aspectos Propositivos el proyecto educativo nacional. (PEN). Caracas, Venezuela.

Pérez y Carrasquel (1996) "Sistema Educativo Nacional de Venezuela". Informe para el Ministerio de Educación de Venezuela y la Organización de Estados Iberoamericanos. En http://www.campus-oei.org/quipu/vzla

 

 

 

 

Autor:

Gisifredo José Guzmán García

gisifredoguzman[arroba]gmail.com

Datos del autor

Estudiante del IV Semestre en el Instituto Universitario de Tecnología Industrial Rodolfo Loero Arismendi, extensión Maturín, en la especialidad Educación Integral. Dictado cursos básicos de evaluación, educación bolivariana, planificación, estrategias metodológicas, estrategias didácticas, uso de la música como elemento favorecedor del aprendizaje.

Maturín, Estado Monagas, República Bolivariana de Venezuela.

Maturín, Octubre de 2007

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