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La independencia en Santa Marta – Último bastión realista del caribe colombiano- (página 2)


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"En la ciudad de Santafé, a veinte de julio de mil ochocientos diez, y hora de las seis de la tarde, se presentaron los SS. M.I.C. en calidad extraordinario, en virtud de haberse juntado el pueblo en la plaza pública y proclamado por su Diputado el señor Regidor don José Acevedo y Gómez, para que le propusiese los Vocales en quienes el mismo pueblo iba a depositar el Supremo Gobierno del Reino; y habiendo hecho presente dicho señor Regidor que era necesario contar con la autoridad del actual Jefe, el Excelentísimo señor don Antonio Amar, se mandó una diputación compuesta por el señor Contador de la Real Casa de Moneda don Manuel de Pombo, el doctor don Miguel de Pombo y don Luis Rubio, vecinos, a dicho señor Excelentísimo, haciéndole presente las solicitudes justas y arregladas de este pueblo, y pidiéndole para su seguridad y ocurrencias del día de hoy, pusiese a disposición de este Cuerpo las armas, mandando por lo pronto una Compañía para resguardo de las casas capitulares, comandada por el Capitán don Antonio Baraya. Impuesto Su Excelencia de las solicitudes del pueblo, se prestó con la mayor franqueza a ellas. En seguida se manifestó al mismo pueblo la lista de los sujetos que había proclamado anteriormente, para que unidos a los miembros legítimos de este Cuerpo (con exclusión de los intrusos don Bernardo Gutiérrez, don Ramón Infiesta, don Vicente Rojo, don José Joaquín Alvarez, don Lorenzo Marroquín, don José Carpintero y don Joaquín Urdaneta) (salva la memoria del Intendente Patricio doctor don Carlos de Burgos), se deposite en toda la Junta el Gobierno Supremo de este Reino interinamente, mientras la misma Junta forma, la Constitución que afianza la felicidad pública, contando con las nobles Provincias, a las que al instante se les pedirán sus Diputados, formando este Cuerpo el reglamento para las elecciones en dichas Provincias, y tanto éste como la Constitución de Gobierno debieran formarse sobre las bases de libertad e independencia respectiva de ellas, ligadas únicamente por un sistema federativo, cuya representación deberá residir en esta capital, para que vele por la seguridad de la Nueva Granada que protesta no abdicar los derechos imprescriptibles de la soberanía del pueblo a otra persona que a la de su augusto y desgraciado Monarca don Fernando VII, siempre que venga a reinar entre nosotros, quedando por ahora sujeto este nuevo Gobierno a la Superior Junta de Regencia, ínterin exista en la Península, y sobre la Constitución que le del pueblo, y en los términos dichos, y después de haberle exhortado el señor Regidor su Diputado a que guardase la inviolabilidad de las personas de los europeos en el momento de esta fatal crisis, porque de la recíproca unión de los americanos y los europeos debe resultar la felicidad pública, protestando que el nuevo Gobierno castigará a los delincuentes conforme a las leyes, concluyó recomendando muy particularmente al pueblo la persona del Excelentísimo señor don Antonio Amar; respondió el pueblo con las señales de mayor complacencia, aprobando cuanto expuso su Diputado.

Y en seguida se leyó la lista de las personas elegidas y proclamadas en quienes con el ilustre Cabildo ha depositado el Gobierno Supremo del Reino, y fueron los señores doctor don Juan Bautista Pey, Arcediano de esta santa iglesia Catedral; don José Sanz de Santamaría, Tesorero de esta Real Casa de Moneda; don Manuel Pombo, Contador de la misma; doctor don Camilo de Torres; don Luis Caycedo y Flórez; doctor don Miguel Pombo; don Francisco Morales; doctor don Pedro Groot; doctor don Fruto Gutiérrez; doctor don José Miguel Pey, Alcalde ordinario de primer voto; don Juan Gómez, de segundo; doctor don Luis Azuola; doctor don Manuel Alvarez; doctor don Ignacio Herrera; don Joaquín Camacho; doctor don Emigdio Benítez; el Capitán don Antonio Baraya; Teniente Coronel José María Moledo; el Reverendo Padre Fray Diego Padilla; don Sinforoso

Mutis; doctor don Juan Francisco Serrano Gómez; don José Martín París, Administrador general de tabacos; doctor don Antonio Morales; doctor don Nicolás Mauricio de Omaña.

En este estado proclamó el pueblo con vivas y aclamaciones a favor de todos los nombrados; y notando la moderación de su Diputado el expresado señor Regidor don José Acevedo, que debía ser el primero de los Vocales, y en seguida nombré también de tal Vocal al señor Magistral doctor don Andrés Rosillo, aclamando su libertad, como lo ha hecho en toda la tarde, y protestando ir en este momento a sacarlo de la prisión en que se halla; el señor Regidor hizo presente a la multitud los riesgos a que se exponía la seguridad personal de los individuos del pueblo si le precipitaba a una violencia, ofreciéndole que la primera disposición que tomara la Junta será la libertad de dicho señor Magistral y su incorporación en ella. En este estado, habiendo ocurrido los Vocales electos con todos los vecinos notables de la ciudad, prelados, eclesiásticos, seculares y regulares, con asistencia del señor don Juan Jurado, Oidor de esta Real Audiencia, a nombre y representando la persona del Excelentísimo señor don Antonio Amar, y habiéndole pedido el Congreso pusiese el parque de artillería a su disposición por las desconfianzas que tiene el pueblo, y excusándose por falta de facultades, se mandó una diputación a Su Excelencia, compuesta de los señores doctor don Miguel Pey, don José Moledo y doctor don Camilo Torres, pidiéndole mandase poner dicho parque a órdenes de don José Ayala. Impuesto Su Excelencia del mensaje, contestó que lejos de dar providencia ninguna contraria a la seguridad del pueblo, había prevenido que la tropa no hiciese el menor movimiento, y que bajo de esta confianza viese el Congreso que nuevas medidas quería tomar en esta parte. Se le respondió que los individuos del mismo Congreso descansaban con la mayor confianza en la verdad de Su Excelencia.; pero que el pueblo no se aquietaba, sin embargo de habérsele repetido varias veces desde los balcones por su Diputado que no tenía que temer en esta parte y que era preciso, para lograr su tranquilidad, que fuese a encargarse y cuidar de la artillería una persona de su satisfacción, que tal era el referido don José de Ayala. En cuya virtud previno dicho Excelentísimo señor Virrey que fuese el Mayor de la Plaza don Rafael de Córdoba con el citado Ayala a dar esta orden al Comandante de Artillería, y así se ejecutó. En este estado, impuesto el Congreso del vacío de facultades que expuso el señor Oidor don Juan Jurado, mandó otra Diputación, suplicando a Su Excelencia se sirviese concurrir personalmente, a que se excusó por hallarse enfermo; y habiéndolas delegado todas verbalmente a dicho señor Oidor, según expusieron los Diputados, se repitió el mensaje para que las mande por escrito con su Secretario don José de Leiva, a fin de que se puedan dar las disposiciones convenientes sobre la fuerza militar, y de que autoricen este acto. Entretanto se recibió juramento a los señores Vocales presentes, que hicieron en esta forma, a presencia del M.I. Cabildo y en manos del señor Regidor primer Diputado del pueblo don José Acevedo y Gómez: puesta la mano sobre los Santos Evangelios y la otra formando la señal de la cruz, a presencia de Jesucristo Crucificado, dijeron: juramos por el Dios que existe en el Cielo, cuya imagen está presente y cuyas sagradas y adorables máximas contiene este libro, cumplir religiosamente la Constitución y voluntad del pueblo expresada en esta acta, acerca de la forma del Gobierno provisional que ha instalado; derramar hasta la última gota de nuestra sangre por defender nuestras sagrada Religión C. A. R., nuestro amadísimo Monarca don Fernando VII y la libertad de la Patria; conservar la libertad e independencia de este Reino en los términos acordados; trabajar con infatigable celo para formar la Constitución bajo los puntos acordados, y en una palabra, cuanto conduzca a la felicidad de la Patria. En este estado me previno dicho señor Regidor Diputado a mí el Secretario certificase el motivo que ha tenido para extender esta acta hasta donde se halla. En su cumplimiento digo: que habiendo venido dicho señor Diputado a la oración llamado a Cabildo extraordinario, el pueblo lo aclamó luego que lo vio en las galerías del Cabildo y después de haberle excitado dicho señor a la tranquilidad, el pueblo le gritó se encargase de extender el acta, por donde constase que reasumía sus derechos, confiando en su ilustración y patriotismo, lo hiciese del modo más conforme a la tranquilidad y felicidad pública, cuya comisión aceptó dicho señor. Lo que así certifico bajo juramento, y que esto mismo proclamó todo el pueblo-Eugenio Martín Melendro.

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En este estado, habiendo recibido por escrito la comisión que pedía el señor Jurado a Su Excelencia, y esto estando presentes la mayor parte de los señores Vocales elegidos por el pueblo, con asistencia de su particular Diputado y Vocal el Regidor don José Acevedo, se procedió a oír el dictamen del Síndico Personero doctor don Ignacio de Herrera, quien impuesto de lo que hasta aquí tiene

sancionado el pueblo y consta del acta anterior, dirigida por especial comisión y encargo del mismo pueblo, conferida a su Diputado el señor Regidor don José Acevedo, dijo que el Congreso presente compuesto del M. I. C., cuerpos, autoridades y vecinos, y también de los Vocales del nuevo Gobierno, nada tenía que deliberar, pues el pueblo soberano tenía manifestada su voluntad por el acto más solemne y augusto con que los pueblos libres usan de sus derechos, para depositarlos en aquellas personas que merezcan su confianza; que en esta virtud los Vocales procediesen a prestar el juramento y en seguida la Junta dicte las más activas providencias de seguridad pública. En seguida se oyó el voto de todos los individuos del Congreso, que convinieron unánimemente y sobre que hicieron largas y eruditas arengas, demostrando en ellas los incontestables derechos de los pueblos, y particularmente los de este Nuevo Reino, que no es posible puntualizar en medio del inmenso pueblo que nos rodea.

El público se ha opuesto en los términos más claros, terminantes y decisivos a que ninguna persona salga del Congreso antes de que quede instalada la Junta, prestando sus Vocales el juramento en manos del señor Arcediano Gobernador del Arzobispado, en la de los dos señores curas de La Catedral bajo la fórmulas que queda establecida y con la asistencia del señor Diputado don José Acevedo; que en seguida presten el juramento de reconocimiento de estilo a este nuevo Gobierno los Cuerpos civiles, militares y políticos que existen en esta capital, con los Prelados seculares y regulares, Gobernadores del Arzobispado, Curas de la Catedral y Parroquias de la capital, con los Rectores de los Colegios.

Impuesto de todo lo ocurrido hasta aquí el señor don Juan Jurado, comisionado por Su Excelencia para presidir este acto, expuso no creía poder autorizarle en virtud de la orden escrita que se agrega, sin dar parte antes a Su Excelencia de lo acordado por el pueblo y el Congreso, como considera dicho señor que lo previene Su Excelencia. Con este motivo se levantaron sucesivamente varios de los Vocales nombrados por el pueblo, y con sólidos y elocuentes discursos demostraron ser un delito de lesa majestad y alta traición el sujetar o pretender sujetar la soberana voluntad del pueblo, tan expresamente declarada en este día, a la aprobación o improbación de un Jefe cuya autoridad ha cesado desde el momento en que este pueblo ha reasumido en este día sus derechos y los ha depositado en personas conocidas y determinadas. Pero reiterando dicho señor su solicitud con el mayor encarecimiento, aunque fuera resignando su toga, para que el señor Virrey quedase persuadido del deseo que tenía dicho señor de cumplir su encargo en los términos que cree habérsele conferido. A esta proposición tomó la voz el pueblo ofreciendo a dicho señor garantías y seguridades por su persona y por su empleo; pero que de ningún modo permitía saliese persona alguna de la sala sin que quedase instalada la Junta, pues a la que lo intentase se trataría como a reo de alta traición, según lo había protestado el señor Diputado en su exposición, y que le diese a dicho señor certificación de este acto para los usos que le convengan. Y en este estado dijo dicho señor que su voluntad de ningún modo se entendiera ser contraria a los derechos del pueblo que reconoce y se ha hecho siempre honor por su educación y principios de reconocer; que se conforma y jurará el nuevo Gobierno,

con la protesta de que reconozca al Supremo Consejo de Regencia. Y procediendo al acto del juramento, recordaron los Vocales doctor don Camilo Torres y el señor Regidor don José Acevedo que en su voto habían propuesto se nombrase Presidente de esta Junta Suprema del Reino al Excelentísimo señor Teniente General don Antonio Amar y Borbón; y habiéndose vuelto a discutir el negocio, le hicieron ver al pueblo con la mayor energía por el doctor don Fruto Joaquín Gutiérrez, las virtudes y nobles cualidades que adornan a este distinguido y condecorado militar, y más particularmente manifestada en este día y noche, en que por la consumada prudencia se ha terminado una revolución que amenazaba las mayores catástrofes, atendida la misma multitud del pueblo que ha concurrido a ella, que pasa de nueve mil personas que se hallan armadas, y comenzaron por pedir la prisión y cabezas de varios ciudadanos cuyos ánimos se hallaban en la mayor división y recíprocas desconfianzas desde que supo el pueblo el asesinato que se cometió a sangre fría en el de la Villa del Socorro por su Corregidor don José Valdés, usando de la fuerza militar, y particularmente desde ayer tarde, en que se aseguró públicamente que en estos días iban a poner en ejecución varios facciosos la fatal lista de diez y nueve ciudadanos condenados al cuchillo, porque en sus respectivos empleos han sostenido los derechos de la Patria; en cuya consideración tanto los Vocales, Cuerpos y vecinos que se hallan, presentes, como e! pueblo que nos rodea, proclamaron a dicho señor Excelentísimo don Antonio Amar por Presidente de este nuevo Gobierno. Con lo cual y nombrando de

Vicepresidente de la Junta Suprema de Gobierno del Reino al señor Alcalde Ordinario de primer voto doctor don Miguel Pey de Andrade, se procedió al acto del juramento de los señores Vocales en los términos acordados. Y en seguida prestaron el de obediencia y reconocimiento de este nuevo Gobierno el señor Oidor que ha presidido la Asamblea; el señor don Rafael de Córdoba, Mayor de la Plaza; el señor Teniente Coronel don José de Leiva, Secretario de Su Excelencia; el señor Arcediano, como Gobernador del Arzobispado y como Presidente del Cabildo Eclesiástico; el Reverendo Padre Provincial de San Agustín; el Prelado del Colegio de San Nicolás; los curas de Catedral y parroquiales; Rectores de la Universidad y Colegios; el señor don José María Moledo, como Jefe militar; el M. I. Cabildo secular, que son las autoridades que se hallan actualmente presentes, omitiéndose llamar por ahora a las que faltan, por ser las tres y media de la mañana. En este estado se acordó mandar una diputación al Excelentísimo señor don Antonio Amar, para que participe a Su Excelencia el empleo que le ha conferido el pueblo de Presidente de esta Junta, para que se sirva pasar el día de hoy a las nueve a tomar posesión de él, para cuya hora el presente Secretario citará a los demás Cuerpos y autoridades que deben jurar la obediencia y reconocimiento de este nuevo Gobierno.

Juan Jurado – Doctor José Miguel Pey – Juan Gómez -Juan Bautista Pey – José María Domínguez-Castillo – José Ortega – Fernando de Benjumea – José Acevedo y Gómez -Francisco Fernández Heredia Suescún – Doctor Ignacio de Herrera – Nepomuceno Rodríguez Lago – Joaquín Camacho -José de Leiva – Rafael Córdoba – José Maria Moledo – Antonio Baraya – Manuel Bernardo Alvarez – Pedro Groot -Manuel de Pombo – José Sanz de Santamaría – Fr. Juan Antonio

González, Guardián de San Francisco – Nicolás Mauricio de Omaña – Pablo Plata – Emigdio Benítez – Fruto Joaquín Gutiérrez de Caviedes – Camilo Torres – Doctor Santiago Torres y Peñal – Francisco Javier Serrano Gómez de la Parra Celi de Alvear – Fr. Mariano Garnica – Fr. José Chaves – Nicolás Cuervo – Antonio Ignacio Gallardo, Rector del Rosario – Doctor José Ignacio Pescador – Antonio Morales -José Ignacio Alvarez – Sinforoso Mutis – Manuel Pardo.

Las firmas que faltan en esta acta, y están en el cuaderno de la Suprema Junta, son las siguientes: Luis Sarmiento – José María Carbonell – Doctor Vicente de la Rocha – José Antonio Amaya – Miguel Rosillo y Meruelo – José Martin Paris -Gregorio José Martin Portillo – Juan María Pardo – José María León – Doctor Miguel de Pombo – Luis Eduardo de Azuola – Doctor Juan Nepomuceno Azuero Plata – Doctor Julián Joaquín de la Rocha – Juan Manuel Ramírez – Juán José Mutienx – Ante mí, Eugenio Martín Melendro".

No lejos de Santa Marta, capital de la Provincia, en la Ciudad de los Santos Reyes del Valle de Upar, hoy Valledupar, estalló una revuelta ocasionada por un aristócrata criollo, el Marqués de Valde-Hoyos, oriundo de Cartagena de Indias.

La historia cuenta que, en 1806 llegó a Valledupar el Marqués de Valde-Hoyos, Coronel retirado de Caballería y amigo personal del Virrey Antonio José Amar y Borbón. Al parecer cometió numerosos atropellos en contra del pueblo de Valledupar y discrepó con el alcalde de esa localidad a quien tildó de ignorante en su cara. El alcalde le respondió de igual manera. El altercado del entonces alcalde con el Marqués llegó a oídos del mismo virrey en 1807 por lo que destituyó al alcalde y nombró al Marqués como alcalde en reemplazo del ofendido. Son las ganancias y privilegios del poder. Como expresara Oscar Wilde: "La importancia de llamarse Ernesto". En 1808, el gobernador del Riohacha, Juan de Sámano, de visita en Valledupar, envió una nota al virrey donde le informaba lo que acontecía con el Marqués, en donde el pueblo estaba iracundo por sus abusos.

Es de suponer que, esta crisis presentada en Valledupar tuvo eco en Santa Marta, en el seno de algunas familias pudientes, quienes a pesar de su ceguera por la lealtad al Rey, tuvieron que presentir el cambio radical que se avecinaba.

El espíritu de rebeldía contra el Viejo Régimen se fue acrecentando en Valledupar, y los documentos de la época muestran una afinidad con los rebeldes de Cartagena de Indias, en pleno desacuerdo con la realista Santa Marta.

Las protestas de los vecinos de Valledupar hicieron eco en Riohacha en presencia de Juan Sámano, quien se desempeñaba como gobernador. Alarmado por el ruido del conflicto envía una carta al Virrey, en la que esboza la situación y su promotor: "todos los vecinos me han expresado su inconformidad con las actuaciones del Marqués de Valde-Hoyos, por sus atropellos y arbitrariedades…las quejas son fundadas, pero no se puede desautorizar a un excelente y leal servidor de Su Majestad".[11]

En la capital del Virreinato, la tremolina de Valledupar no fue acogida con beneplácito, puesto que, en medio de la algarabía, las gentes adineradas y el pueblo vociferaban: "!Abajo el Alcalde-Marques de Valde-Hoyos!, ¡abajo el Excmo. Virrey!,!muera Su Majestad Fernando VII!". Este tratamiento a las autoridades fue considerado como una revolución. No contentos con estas exaltaciones contra la Monarquía, decidieron publicar pasquines más álgidos:"!Abajo el Rey!,¡viva la Libertad!".

Los republicanos de Valledupar, no obstante el parentesco que los unía con familias de Santa Marta, no pudieron entablar un diálogo afín. En vista de la testaruda mentalidad de los samarios, los valduparenses hicieron caso omiso de ellos, y en alianza con Santa Fe y Cartagena, alzaron las alas, y delegando funciones en una dama de alta prosapia criolla María concepción Loperena, proyectaron un Acta en la que plantearían la Independencia definitiva de España. Hubo entonces un acto público. Allí, en medio del bullicio y jolgorio del pueblo quemaron las armas heráldicas del rey y su retrato.

El lenguaje de María concepción Loperena es entusiasta, y refleja una separación absoluta de sus raíces. ¿Qué libros iluministas había leído?. En todo caso, aunque nos asombre, así escribió la heroína:

"Sea notorio a cuantos esta acta vieren, como yo María Concepción Loperena Fernández de Castro, mujer libre, de origen realista pero hoy republicana, en nombre del cabildo de justicia y regimiento de esta ilustre ciudad, proclama libre e independiente a la ciudad de Valle de Upar del gobierno español y la somete a los auspicios del supremo Presidente S.E. Jorge Tadeo Lozano y hace sabedores a todos los aquí presentes, que la ilustre ciudad está por esta acta, ahora que son las diez de la mañana, LIBRE y dispuesta a luchar por conseguir la libertad de todos los pueblos que guardan unión con el vínculo indestructible del idioma y el pensamiento. Pongo a disposición del gran Simón Bolívar trescientos caballos de mis haciendas, que llevaré en persona al ilustre militar. En presencia de todos exijo juramento de fidelidad y quemo por mis propias manos el retrato y escudo de armas de su Majestad y ordeno, en nombre del Cabildo de que hablo poner los pechos valientes al sacrificio en aras de la libertad de los pueblos dirigidos por su excelencia Jorge Tadeo Lozano. En constancia firmo en la ciudad de Valle de Upar a los cuatro días de febrero de 1813".

María Concepción Loperena de Fernández de Castro."

Se adhirieron:

José Valerio de las Caxigas,

Nicolás Baute,

José F. Quintero,

Israel de Quiroz,

José Vicente Maestre,

Rafael Araujo,

Vicente S. Maestre,

J.M. Pumarejo,

Juan de Plaza,

José Dolores Céspedes,

José Vicente Ustáriz

Pedro Fernández de Castro

Rafael Díaz Granados,

Rafael de Armas, y otros.

La suerte ya estaba echada. El pueblo que elige, al cabo del tiempo se subleva, y esta es una condición que siempre olvidan los tiranos. En consecuencia de tantos vejámenes, el pueblo de Valledupar, tomó las riendas del carruaje de la Libertad.

Creo que todas las ilustraciones y ejemplos textuales nos preparan para revivir la Independencia en Santa Marta, ciudad considerada en los anales de la historia de Colombia, como el último bastión realista de la Nueva Granada, y confirmaremos que, no es una invención, sino una verdad histórica categórica, con pruebas fidedignas descubiertas hace poco en los archivos de la corte Suprema de Justicia, en cuyas estancias me fue develado un proceso anti-patriota del año de 1823, fraguado en Santa Marta, en donde en ese momento aún pervivían algunos criollos extraviados y no satisfechos con la pérdida irremediable de su añorado Monarca Fernando VII.

El deber moral del historiador es descubrir la verdad histórica en las fuentes. Es del dominio de los intelectuales el lema de que la historia es escrita por los vencedores. Fue verdad. Ahora, en el siglo XXI, la historia tiene que ser reinterpretada por los vencidos. Y, reinterpretar la historia es divorciarla de todo matrimonio con fanatismos y sectarismos de todo orden. No hay historia, si la escribo para complacer al poder establecido. Esta historia es amañada y se hace para complacer a los tiranos. En suma," Nemo potest duobus dominis serviré" (Nadie puede servir a dos señores).

William Hernández Ospino

En Santa Marta, el 19 de Octubre del 2011

CAPÍTULO I

Actas del cabildo de la ciudad de Santa Marta, 1810, y la desafiante actitud realista de sus miembros

En algún fragmento de la introducción de este libro, me referí a la falta de ilustración en la colonial villa de Rodrigo de Bastidas, a comienzos del siglo XIX. El apunte no es mío, sino de inteligencias autorizadas, y lo describe Ernesto Restrepo Tirado, en su "Historia de la Provincia de Santa Marta", apuntando que la ciudad estaba "incontaminada" de toda influencia proveniente de la Revolución Francesa, y de los filósofos que inspiraron dicho movimiento. Al puerto sólo arrimaban viajeros esporádicos dedicados al comercio, y "ajenos a las transacciones del espíritu". Los periódicos que llegaban a las manos de los samarios traían noticias de la Monarquía, y la vetada "Traducción de los Derechos del Hombre", elaborada por Antonio Nariño, no era noticia en estos lares. De otra parte, la ciudad no contaba con cátedras ni de Gramática ni de Bellas Letras, así que, de acuerdo con el obispo Miguel Sánchez Cerrudo, tanto el clero como el pueblo estaba impedido por un devastador analfabetismo.

En estas circunstancias, y con unos habitantes sumisos a la autoridad divina del Rey, la Independencia no pudo echar raíces en este suelo quebrantado tantas veces por legiones de corsarios y piratas.

En Santa Marta, los dos cabildos, civil y eclesiástico expresaban en sus actos públicos un sometimiento irrestricto al rey de España. Cualquier evento que rodeara la vida de Su Majestad, tenía resonancia en esta ciudad, y las autoridades locales se encargaban de celebrarlo con toda la pompa requerida. Es por esto que, el 5 de julio de 1808, el gobernador Domingo José Díaz Granados informó al obispo Miguel Sánchez Cerrudo que, el rey Carlos IV, según Real Decreto, dado en Aranjuez el 19 de marzo del presente año, determinó abdicar la corona en su hijo heredero el príncipe de Asturias Don Fernando VII, y por este motivo ruega al prelado que, a través suyo, el pueblo de Santa Marta, lo reconozca y lo obedezca por rey natural de estos dominios, y además suplica a Su Señoría se celebre misa, se cante un Te Deum en acción de gracias. El obispo acató complacido la petición del gobernador Díaz Granados, y el 7 de julio de 1808, las campanas retumbaron en medio de los cantos gregorianos.[12]

Al cabo de tres meses, el mismo gobernador se dirige otra vez al obispo con un estilo afligido, implorando al obispo, para que se reúnan dineros, a fin de aliviar las necesidades del rey, perseguido por la perfidia y opresión de Napoleón Bonaparte.

Con la intención de conmover a sus feligreses, y orientar los ánimos en favor de la Monarquía, Monseñor Sánchez Cerrudo, lee en una ceremonia de la Catedral, las reales disposiciones de Carlos IV, recibidas un poco tarde en este puerto, pero en las que "el Rey Nuestro Señor, animado por su ardiente celo con respecto a las personas sujetas a su Real Dominación, y principalmente de aquellas que afligidas y aquejadas de enfermedades y dolencias y escasez de todas las cosas",[13] dispuso recursos económicos, para que los Hermanos de San Juan de Dios, encargados del hospital, puedan cumplir con su caritativa misión.

Tanto el obispo como el gobernador Díaz Granados sembraban en tierra fértil, y los frutos se cosecharon en 1810, cuando la población compuesta por "nobles y plebeyos", respaldaron los designios de su rey.

Por lo tanto, es posible sospechar que todas las pastorales del Obispo de Santa Marta recomendaran el amor al Rey, y esta estrategia diplomática abonó el terreno para los eventos que se perfilaban en el horizonte. Al respecto, Monseñor Luis García Benítez, en las memorias de los obispos ya citadas, arguye que el prelado vislumbraba los cambios políticos, y la experiencia acaecida en Valledupar preludiaban una imprevista forma de gobierno en estas colonias. Acuciado por esta preocupación, el 18 de enero del mismo año, convocó al Cabildo Eclesiástico, y en presencia del gobernador Víctor de Salcedo y Somodevilla, tomó la urgente necesidad de aportar a la causa de Fernando VII, la suma de cinco mil pesos de los sobrantes del Arca de tres llaves, de las cuales, una poseía el obispo, otra el gobernador y otra un individuo del Cabildo.[14]

Sobre este mismo particular Ernesto Restrepo Tirado en su "Historia de la Provincia de Santa Marta", anota: "En las Cajas Reales había un saldo de 15.000 pesos de los sobrantes de novenos beneficios de diezmos. Sánchez Cerrudo, de acuerdo con el Cabildo, destinó cinco mil pesos para urgencias de la guerra….el Consejo ordenó al gobernador que juntase lo que quedaba y lo remitiese para atender a los más urgentes gastos de la guerra en España".[15]

Como resultado de una agotadora pesquisa en el Archivo de la Diócesis de Santa Marta, encontré unas pastorales de Sánchez Cerrudo, avisando al clero que, "como fiel vasallo del Rey Nuestro Señor", se ve en la necesidad de emitir su edicto pastoral, para conocer el estado de las rentas de su Diócesis, pues, así lo ha requerido en tres reales cédulas.

No debe omitirse que el obispo pertenecía al Consejo de Su Majestad, y ostentaba el título de Teniente y Vicario General de los Reales Ejércitos de Mar y Tierra. De modo que, los súbditos de Santa Marta, quisieran o no, se veían avocados a obedecer los mandatos de los dos personajes de máximo rango, quienes a su vez besaban los pies de Su Majestad.[16]

Los samarios, desde la fundación de la ciudad por Rodrigo de Bastidas, nunca se sintieron separados de la Península. En su fuero interior, cada samario guardó siempre la certeza de su procedencia, y en su código de comportamiento sólo existían dos principios que obedecían con fervor y ceguera: "La Religión y el Rey". Un suceso ya incluido en la introducción de este libro, que reitero para que sea grabado en la memoria de los lectores e historiadores, invitándolos a analizar este fenómeno:

Proclamación de Fernando VII en Santa Marta el 6 de abril de 1808

Antes del 20 de julio de 1810 hubo en Santa Marta acontecimientos que son dignos de mencionar, dado que ilustran más al lector a comprender el sentimiento realista de estas gentes. En efecto, el 6 de abril de 1808, el obispo Miguel Sánchez Cerrudo celebra con toda pompa la proclamación de Fernando VII como Rey de España. Las palabras del obispo son las mismas que se pronunciaron en la Península y todos los pueblos de las Indias: "un Soberano tan justo, tan benéfico y Virtuoso, cuyas virtudes unidas brilla en Vuestra Augusta Persona". En Santa Marta "hubo grandes festejos, y se repartieron medallas de oro y de plata con jeroglíficos del retrato de nuestro amado Fernando VII, y un perro, palma y oliva que demuestra la lealtad, victoria y fidelidad"[17]

El 4 de agosto de 1810, la ciudad estaba cubierta por la peste del vómito negro, y el obispo cayó en las manos de esta epidemia, lo que le impidió ver firmada el Acta del Cabildo Extraordinario de Santa Marta, apoyando las juntas de gobierno de la capital.[18]

De este episodio, debo recuperar la obstinada pasión del obispo hacia su Rey. En el lecho moribundo, sabiendo de antemano que la crisis política crecía como un vendaval en todo el ámbito del Virreinato, de rodillas, exhortó a los Cabildos Civil y Eclesiástico que, permanecieran fieles a la voluntad de Fernando VII. En estas circunstancias, defendiendo la Monarquía peninsular murió el obispo Fray Miguel Sánchez Cerrudo.

No es en vano que insisto en estos comentarios en torno al prelado. Intento convencer a los incrédulos que, Santa Marta como Pasto fue un alcázar realista, y lo constataremos en las guerras que luego se libraron contra los patriotas.

La misma serenidad habitual que todavía perdura en las cálidas brisas de Santa Marta, reinaba (para usar un verbo monárquico) en el mes de agosto de 1810. Los vecinos no se inmutaban. Todos estaban ausentes, sin percibir los bruscos cambios que se avecinaban en el panorama nacional. Los rumores de Valledupar se acrecentaron con los de Santa Fe de Bogotá. Sin embargo, los habitantes seguían sumergidos en la añoranza del Virreinato, y los escudos colgaban de las gruesas paredes. En las casas de los apellidos centenarios la efigie de Fernando VII resplandecía amparada por la luz de los cirios que se prendían a la Providencia, para que lo librara del Emperador de los franceses, del enemigo del Papa y del Rey español.

El profesor Juan Manuel Martínez Fonseca expone que, Santa Marta, rival de Cartagena sentía en la figura del Rey una cierta seguridad. No obstante, me pregunto: ¿Por qué reverenciar a un Rey que, a través de sus instituciones había canalizado su protección hacia Cartagena de Indias, abandonando a Santa Marta a su desventura, por carecer de una economía productora de riquezas que saciaran la voracidad de la Monarquía?. Así lo puntualiza el profesor Martínez Fonseca: "El puerto de Santa Marta es de los más importantes de la costa Caribe, pero en la época de la colonia se vio eclipsado por la influencia y preponderancia que alcanzó el de Cartagena en las relaciones mercantiles entre la metrópoli y el Nuevo Reino de Granada. De hecho, la trata de negros y el ataque de los piratas fueron más significativos en Cartagena que en Santa Marta, por eso las medidas que se tomaron para proteger la ciudad fueron notables, como la construcción de una fortaleza militar, lo que hizo necesario el ingreso de gruesas sumas de dinero".[19]

En el siglo XVIII, Santa Marta era un puerto en donde el contrabando imperaba en la vida cotidiana de sus habitantes. Incluso los mismos gobernadores usufructuaban las ganancias del generoso negocio. Los funcionarios reales en su totalidad participaban de este "prohibido" comercio marítimo.

En su "Historia de la Provincia de Santa Marta", Restrepo Tirado consigna una cita significativa sobre este asunto:

"Bernardo Ruíz Noriega quien recibió del Virrey Solís una capitulación para la pacificación de la Guajira, se quejaba de que las autoridades, incluyendo al gobernador de Río Hacha Antonio Lezcano, se oponían a sus proyectos por temor de que con la pacificación de los indígenas se les quitara el pretexto del contrabando y del comercio clandestino de perlas.[20]

Con el paso del tiempo, las autoridades reales, emiten leyes que debilitan este "comercio ilícito", y como resultado Santa Marta queda a la deriva, relegada a la pobreza que la ha perseguido desde su fundación. Entonces, me planteo la misma pregunta:"¿ En que residía ese afecto inusitado, casi demente por la representación del rey como máxima autoridad?.

En esos días llegó una comunicación a la casa de Antonio Viana, informándole sobre los episodios de Santa Fé. En el acto, el Teniente de Gobernador, salió en busca del Caballero Síndico y Procurador General, Basilio del Toro, y en mutuo acuerdo convencieron a otros individuos prestantes, para que se adhirieran al movimiento de la capital, y procedieran a la creación de una Junta de Gobierno provisional. Acto seguido, acudieron al gobernador Víctor de Salcedo, instándole a que los secundara en el proyecto. Hubo Cabildo abierto. En el acto, el Teniente de Gobernador Antonio Viana abrió un papel lacrado, en el que guardaba la noticia del arresto del Virrey Amar y Borbón y de su esposa. Asimismo que, en la capital se había constituido una Junta Suprema. El Gobernador apoyó la sugerencia, convencido de que con esta medida se conservarían estos territorios para el Rey.

A continuación reproduzco las actas resultantes del Cabildo, por las que se instituyó la Junta provisional de Santa Marta, aunque el aliento que se respira en todas sus líneas, es sin dudas, una confirmación de la majestad del Rey. No existe un mínimo vestigio de anhelo republicano.

Actas del Cabildo de la ciudad de Santa Marta [21]

9 de Agosto de 1810[22]

En la ciudad de Santa Marta, a nueve de Agosto de mil ochocientos diez, se congregaron en esta Sala Capitular los señores don Víctor de Salcedo y Somodevilla, coronel de infantería, gobernador, comandante general de esta plaza y provincia por Su Majestad; don Josef Munive, coronel de milicias, diputado en Cortes de esta dicha plaza y provincia; don Apolinar de Torres y don Josef Nicolás de Ximeno, alcaldes ordinarios; don Vicente Moré, regidor alférez real; don Manuel Conde, alcalde mayor provincial; don Esteban de Morrón, fiel ejecutor; don Simón Guerrero, alguacil mayor; únicos capitulares por ocupación del señor regidor añal don Enrique Arroyuelo, con asistencia del caballero síndico procurador general, doctor don Basilio de Toro; a efecto de tratar de los asuntos que han de uso y costumbre en beneficio de esta república. Así mismo se abrió un pliego de los señores de la Junta de Real Hacienda, que con oficio primero del presente acompañan un testimonio de las diligencias actuadas en dicho tribunal con motivo de la postura que para la entrada de fusiles, correajes y pólvora hizo el teniente de infantería don Josef Víctor de Salcedo, que se pregonó y sacó a remate público, y no se verificó por lo que del auto del dicho remate resulta.

Y habiendo conferenciado todo lo conveniente en beneficio del Rey y la Patria, y habiéndose anunciado que en el Norte América se aprontaba una expedición de tres mil hombres franceses para esta costa de América, sin descubrirse el punto a que se dirija. Reflexionando los dichos señores que esta Plaza puede ser interesante al enemigo común, y estando indefensa parece muy arreglado a justicia que este Cabildo, como el tribunal de representación del Pueblo en quien debe confiar éste, tome todas las providencias […] del día, por cuyo motivo, y habiendo propuesto don Josef María Martínez de Aparicio que él personalmente pasará a Jamaica o a cualquiera otro puerto que tenga por conveniente, a comprar los fusiles y demás pertrechos, con cien quintales de pólvora, dándolos a esta ciudad a los principales que tengan en dichas colonias, con más trescientos sables. Y habiendo oído el dictamen del señor coronel de milicias don Josef Munive, y como representante en Cortes de esta provincia, quien expuso que sin embargo de ser

administrador de aguardientes y correos dicho don Josef María Martínez de Aparicio, opinaba que por las mismas urgencias que se han tenido presentes, se le comisione para que a la mayor brevedad verifique su expedición para la seguridad de esta plaza, dándosele por estas Reales Cajas nueve o diez mil pesos bajo de su responsabilidad. Y en su consecuencia se determinó por unánimes votos de conformidad que se comisione a dicho Aparicio para la citada expedición, y que se le pase recado a dicho Aparicio para que concurra a este Sala Capitular, y se le haga saber esta confianza, a fin de que sin pérdida de tiempo se realice cuanto sea necesario para el caso. Y habiendo comparecido el citado administrador don José María Martínez Aparicio, impuesto del motivo a que ha sido llamado, dio las gracias a este ilustre cuerpo por la confianza que se hacía de su persona, y ofreció evacuar su comisión sin pérdida de tiempo, con calidad de que se le haya de dar al maestro armero de la ciudad, Pedro Echeverría, para que le acompañe, y valerse de su inteligencia para la compra de las armas, que a su costa lo mantendrá y gratificará para acreditar sus ideas en beneficio de esta plaza que tanto ama. Que se le dé 10.000 pesos en plata fuerte u oro y demás cosas que sean necesarias, que se le deberán pagar al regreso de su viaje luego que entregue los fusiles y armamentos. Que se le han de dar las credenciales necesarias para los dos señores almirantes de mar y tierra de la isla de Jamaica, y pasaporte del Gobierno. Que con motivo de ir a hacer un servicio particular a la Real Hacienda y a la Patria dando los fusiles y armamentos sin utilidad propia, sino a los principales, que dé cuenta de la misma Real Hacienda cuesten, no deberá ésta exigir derecho alguno. Y habiéndose oído por el mismo cuerpo, manda que se le den las gracias por sus ideas patrióticas en unas circunstancias que tanto se debe apreciar con un servicio tan particular como el que ofrece hacer, se pase inmediatamente oficio con testimonio de este acuerdo a los señores de la Junta de Real Hacienda para que inmediatamente le entreguen los diez mil pesos en plata fuerte u oro que se han graduado para la expedición, evitándose dar cuenta al excelentísimo señor virrey del Reino para esperar sus órdenes, porque las circunstancias no dan tiempo para ello, y porque se considera que la misma Real Hacienda está destinada para la seguridad de los vasallos y del Rey.

Con lo cual se concluyó esta acta que formaron los señores que la compusieron con el administrador don Josef María Aparicio por ante mí el escribano de gobierno interino del cuerpo, que doy fe.

Víctor de Salcedo. Josef Munive. Antonio Viana. Apolinar de Torres. Josef Nicolás de Ximeno. Vicente Moré. Manuel Conde. Esteban de Morrón. Simón Guerrero. Basilio de Toro de Mendoza. Agustín Gutiérrez y moreno. Josef María Martínez de Aparicio. Josef León Godoy.

10 de agosto de 1810

En la ciudad de Santa Marta, a las seis de la tarde del día diez de Agosto de mil ochocientos diez, se congregaron a cabildo extraordinario los señores capitulares a saber: don Víctor de Salcedo y Somodevilla, coronel de infantería, gobernador, comandante general de esta plaza y provincia por Su Majestad; don José Munive, coronel de estas milicias, diputado en Cortes de esta dicha ciudad y su provincia; don Antonio Viana, teniente gobernador,

auditor de guerra, asesor general de gobierno por Su Majestad; don Apolinar de Torres y don José Nicolás de Ximeno, alcaldes ordinarios; don Vicente Moré, regidor alférez real; don Manuel Conde, regidor alcalde mayor provincial; don Esteban de Morrón, regidor fiel ejecutor; don Simón Guerrero, regidor alguacil mayor; únicos capitulares por ocupación del señor regidor añal don Enrique Arroyuelo, con asistencia del caballero síndico procurador general, doctor don Basilio de Toro de Mendoza, y del señor doctor don Agustín Gutiérrez y Moreno(1), abogado de la Real Audiencia del distrito, asesor de este cuerpo; con motivo de haberse juntado la parte más principal del vecindario en casa del señor gobernador presidente, exponiéndole que deseaban se formara una Junta Provincial de Gobierno que velase sobre la seguridad del Pueblo, y en quien éste pudiese depositar su confianza, mediante a que así lo habían hecho las demás provincias del Reyno, y aún la misma capital, según varias noticias que se habían recibido; en cuya virtud propuesto por el señor gobernador el motivo de la celebración del Cabildo, y convocados los vecinos que habían hecho la solicitud, con otros muchos más, y un numeroso pueblo que compareció al frente de las casas consistoriales, manifestó el señor teniente gobernador los papeles que había recibido por un propio de la capital de Santafé, y habiéndose leído se vio contenían lo ocurrido en la instalación de la Suprema Junta de Gobierno del Reyno en los días veinte y veinte y uno del pasado julio, y los objetos que se proponía dicha Junta Suprema y motivos de su formación. En cuyo estado el caballero síndico procurador general hizo presente que desde el día nueve de este mes en que se celebró cabildo ordinario tenía ya preparado un pedimento solicitando la formación de una junta provincial en esta ciudad, el que no manifestó en dicho día por las ocurrencias que hubo en él, y lo hizo en el acto, y habiéndose leído como resultase pedir efectivamente la instalación de la Junta Provincial, haciendo mérito de los oficios y testimonios que había remitido el ilustre Cabildo de Cartagena a éste, invitándolo a adoptar el sistema de gobierno de que ahora se trata, se acordó que debía formarse la Junta Provincial que pedía el Pueblo, en cuya consecuencia se procediese a la elección de vocales que debían componerla, y que se instalase y gobernase el pueblo en los mismos términos propuestos por el citado ilustre Ayuntamiento de Cartagena, por parecer los más conformes a la seguridad del Pueblo e inspirarla la confianza que debe tener en los que lo gobiernan y a la subsistencia de la misma Junta, en su consecuencia se acordó también se recibiesen los sufragios de todo el Pueblo que había concurrido, y habiéndose así verificado resultó del escrutinio concurrir la totalidad de votos para presidente a favor del señor don Víctor de Salcedo y Somedevilla, coronel de infantería de los Reales Ejércitos, y la pluralidad para vice-presidente al señor coronel de milicias diputado en Cortes don José Munive. Para vocal nato el señor teniente gobernador don Antonio Viana, en quien también concurrió el número de setenta y cinco votos para vicepresidente, y para vocales los señores arcediano dignidad don Pedro Gabriel Díaz Granados, don Plácido Hernández Domínguez, provisor vicario capitular; don Basilio García, oficial real jubilado; don Pedro Rodríguez, actual tesorero oficial real; don Rafael Zúñiga, teniente coronel de milicias; doctor don Ramón de Zúñiga, don José María Martínez de Aparicio, administrador de las reales rentas de aguardientes, naipes y correos de esta plaza; don Miguel María Martínez de Aparicio, don José Ignacio Díaz Granados, doctor don Esteban Díaz Granados, don Manuel María Dávila, don Venancio Díaz Granados, don Rafael Sánchez y Gálves, contador interventor de la real renta de aguardientes y naipes; y don Francisco Xavier Días Granados. En este estado se recibió juramento a dichos señores vice-presidente y vocales, a excepción de los cuatro señores son José Ignacio Díaz Granados, doctor don Esteban Díaz Granados, don Manuel María Dávila y don Francisco Xavier Días Granados por hallarse ausentes, y le prestó por ante el muy ilustre Cabildo en la forma siguiente: puesta la mano sobre los santos evangelios, formando la señal de la cruz y preguntados por el señor presidente ¿juráis a Dios por estos santos evangelios cumplir y desempeñar el encargo de vice-presidente y vocales de la Junta Provincial de Gobierno, velando por la seguridad del pueblo, derramar vuestra sangre y sacrificar vuestras vidas en defensa de nuestra Religión Católica Apostólica Romana, de nuestro muy amado soberano el señor don Fernando Séptimo y defender la libertad y seguridad de la Patria? Respondieron cada uno de por sí: si juro. En este estado se recibió también igual juramento al señor presidente, quien lo prestó en manos de los señores arcediano don Pedro Gabriel Díaz Granados y provisor don Plácido Hernández Domínguez en la forma expresada. En acto seguido se recibió también juramento a los señores de este muy ilustre Ayuntamiento, quienes ofrecieron obedecer y reconocer a la Junta Provincial de Gobierno, haciendo lo mismo el caballero síndico procurador general a nombre de todo el pueblo.

Con lo que quedó instalada la expresada Junta

Gubernativa y posesionados en sus respectivos cargos los señores presidente, vice-presidente y vocales arriba expresados, a excepción de los cuatro ausentes. Y lo firman los señores del Ayuntamiento, los señores posesionados con los que saben de los vecinos presentes y por los que no saben y se han ausentado o retirado a sus casas el caballero síndico procurador general por ante mí el escribano público de gobierno e interino del cuerpo de que doy fe.

Víctor de Salcedo. José Munive. Antonio Viana. Apolinar de Torres. José Nicolás de Ximeno. Vicente Moré. Manuel Conde. Simón Guerrero. Esteban de Morrón. Basilio de Toro de Mendoza. Agustín Gutiérrez y Moreno. Pedro Gabriel Díaz Granados. Plácido Hernández Domínguez. Pedro Rodríguez. Basilio García. Rafael de Zúñiga. Doctor Ramón de Zúñiga. José María Martínez de Aparicio. Venancio Díaz Granados. Rafael Sánchez y Gálves. Salvador Vives y Ferrer. Silvestre Díaz Granados. Juan José Ujueta. Lázaro de Robles. Abdón Altafulla. Leandro Ximénez de Cisneros. Pablo Oligos. Agustín José de Sojo. Juan Benito Núñez. Manuel González. Claro Miranda. Blas José Noriega. Nicolás Viloria. Hipólito Ibarra. José Antonio Almanza. Francisco Jerónimo de Hita. Por los que se han retirado y ausentes, Basilio de Toro de Mendoza.

Ante mí, Josef León Godoy.

Seguidamente se congregaron los señores que componen la Junta Gubernativa provincial, afecto de nombrar secretario de ella, para que se haga cargo de los papeles, actas y demás documentos que se hayan de actuar, dando principio con un testimonio de la anterior acta de instalación. Y habiendo votado de unánime consentimiento al doctor don Agustín Gutiérrez Moreno, que obtuvo para vocal de la misma Junta noventa y un sufragios, se le declaró con voto con respecto a la suma confianza que se tiene de su conducta y literatura; y habiéndosele dado noticia, compareció en el mismo acto, y admitiendo el nombramiento que se la ha hecho, dando gracias a la misma Junta, juró en manos del señor presidente por Dios Nuestro Señor y los Santos Evangelios cumplir bien y fielmente su oficio. Con lo que queda posesionado, y lo firma con los señores, por ante mí el escribano de que doy fe.

Víctor de Salcedo, presidente. José Munive, vicepresidente. Antonio Viana, vocal nato. Pedro Gabriel Díaz Granados. Plácido Hernández Domínguez. Pedro Rodríguez. Basilio García. Rafael de Zúñiga. Doctor Ramón de Zúñiga. José María Martínez de Aparicio. Venancio Díaz Granados. Miguel María Martínez de Aparicio. Rafael Sánchez y Gálvez. Agustín Gutiérrez y Moreno.

Ante mí, Josef León Godoy.

Congregada la misma Junta en las sesiones de once, trece y catorce del presente mes de Agosto, en que habiendo comparecido alguno de los vocales ausentes en el día de la instalación, jurando el fiel y exacto desempeño de sus oficios, y habiéndose también reconocido con igual forma dicho Congreso por los jefes y corporaciones de la Plaza, se dispuso que las órdenes, oficios y comunicaciones que debían hacerse tanto dentro como fuera la ciudad se firmasen en asocio del señor presidente por los dos señores diputados vicepresidente don José Munive y vocal nato don Antonio Viana.

Quedaron señalados los días sábados para las juntas semanales, sin perjuicio de celebrarse en otros días las extraordinarias, según las ocurrencias.

Se nombró por patrono y protector de dicha Junta al glorioso patriarca señor San José, y con asistencia de dicha Junta se celebró en la Santa Iglesia Catedral, el día doce último, una misa solemne con Te Deum en acción de gracias por la quietud, unión y conformidad con que se celebró la instalación. Sobre el asiento de los señores vocales en las asistencias a cualesquiera actos de iglesia, fue acordado que construyéndose nuevas bancas y colocándose al lado del Evangelio, sirviesen de asiento a dichos señores, quedando al frente, en el de la Epístola, los del muy ilustre Cabildo. Que en caso de ausencia o impedimento del señor presidente tenga su lugar el señor vicepresidente de la Junta, y el señor teniente gobernador nato en el Ayuntamiento, conforme a la disposición de las leyes, en inteligencia de que el asiento del señor vocal nato nunca será la silla misma del señor presidente, por corresponderle ésta como vicepatrono. Se dispuso también fijar el término del ejercicio de los ministerios de vocal hasta el fin del mes de diciembre de este año, en cuya época quedará resuelto si deben continuar por más tiempo en ellos o relevarse, y el modo y forma con que han de ejecutarse las futuras elecciones.

Se acordó, igualmente, que las apelaciones que puedan ocurrir en los asuntos de justicia que se agitan en la ciudad vayan a la Junta, ínterin se establece la Suprema que debe gobernar el Reino y componerse de los diputados del mismo. Y que en los avisos de oficio dados a los cinco ayuntamientos de la Provincia, capitanes aguerra y demás jueces a la instalación, se les comunicase esta determinación para que, prestando su consentimiento a lo dicho, puedan llevar sus recursos a la capital de la Provincia.

Que se recogiesen y pusiesen en la sala de armas todas las que existían en poder de los individuos de la Compañía urbana, de cuyo cumplimiento quedó encargado el señor presidente. Que por el mismo se diese orden para que el capitán don Pablo Oligos se hiciese cargo de la batería Santa Bárbara, reservándose para otra sesión tratar sobre el modo de seguir los destacamentos de dicha batería y la del Rosario.

En la misma conformidad se acordó que se pusiese sobre las armas, para aumento de la guarnición de la plaza, una compañía de las de milicias, por la notoria falta que hay en ellas de fuerzas suficientes. Con el logro de estos mismos objetos se dispuso la compra de 18 cañones del calibre de diez y ocho, fusiles y otros pertrechos de guerra necesarios a la fortificación de la plaza, para cuyo encargo se comisionó al señor vocal don José María Martínez de Aparicio, quien debía entenderse con los señores oficiales reales sobre la cantidad necesaria, que no podía bajar de doce mil pesos.

Que las materias dignas de discusión en la Junta no se han de determinar en la misma sesión, sino en la inmediata siguiente, y que al intento deben darse á cada uno do los señores vocales los puntos que se pro­pongan, los que se han de determinar por pluralidad de votos.

Que a la Junta se le dé de oficio el tratamiento de Señoría, poro ninguno á sus individuos, quienes satisfechos con el glorioso nombre de patriotas, no aspiran á otros honores. También se acordó se fijaran carteles o cedulones en los parajes públicos, avisando que cualquiera de los individuos del pueblo que quiera representar á la Junta algún plan o pensamiento útil a todo el común y al mejor gobierno de la Provincia, lo pueda hacer por medio de memorial que entregará cerrado a abierto al señor secretario vocal de la propia Junta, para que le dé el curso correspon­diente, con prevención de que estando el pliego cerrado deberá suscribir en su cubierta el sujeto que lo entregue. El escribano Don José León Godoy, que autorizó las primeras sesiones de la Junta, renunció ante ella su propio apelativo como un nombre de eterna execración, en odio del infame favorito, denominándose en adelante solamente Don José de León, lo que fue admitido por la Junta, mandando se le diese certificación de dicho acuerdo para los usos que le convengan. Y mediante a estar ya reasumido en la Junta el Gobierno de la Provincia, se le nombró de escribano de la misma Junta, con la asignación de cien pesos anuales, sin perjuicio de su aumento, y con abono de los costos necesarios para su oficio. Se mandaron publicar por bando las actas de que viene hecha relación, comunicándose debidamente a los cabildos foráneos y justicias de la misma Provincia, para que la expresada Junta se reconozca por la superior de ella; dándose noticia de la instalación al muy ilustre Cabildo y Gobierno de la plaza de Cartagena y la del de Riohacha. Recibidos por el correo ordinario del 14 los pliegos de la capital de Santafé en que se comunicaron al Ayuntamiento de Santa Marta las ocurrencias de la misma capital, instalación de una Junta, y en que se invita a la formación de otra Suprema del Reino, compuesta de los respectivos diputados de sus provincias, fue deliberado que mediante la gravedad del negocio, en que era muy importante la más detenida reflexión, se le contestase a dicha Junta acusando simplemente el recibo del oficio e impresos, reservándose para otra sesión la determinación conveniente.

Al mes, los samarios escriben a Su Majestad un mensaje en el que dan fé de su inalterable fidelidad:

Carta de los habitantes de Santa Marta a Fernando VII, ratificando su lealtad y sumisión

"En ocasión de seguir a la Península una polaca española anclada en este puerto, damos cuenta a V.M. de hallarnos a pedimento de todo vecindario y por elección a voz y voto, representando un tribunal de Seguridad con el título de Junta provisional, para velar, como lo hacemos en el mejor modo, en el bien de este pueblo y de su provincia, a quien la tiene llamada y de que alguna parte está en conformidad, según lo han avisado las Justicias respectivas, esperándose por instantes lo hagan también los de los lugares más distantes; pero quedando como han quedado, en el libre uso de su jurisdicción todas las autoridades legítimas antes constituidas. Este pueblo fiel y leal a su rey don Fernando VII, cada día da pruebas de su mayor obediencia y a prevenirse de funestos resultados por las ocurrencias de la Capital del Reino, se creyó en la necesidad de pedir la instalación de esta Junta, que con el mayor sosiego se benefició la noche del 10 de agosto último, cuyo acto solemnizaron con vivas manifestaciones vivas y personales. El Ayuntamiento de esta ciudad, ante quien se hizo la instalación, noticia a V.M. este acaecido, remitiéndonos a los documentos que acompaña a fin de que V.M. se digne como lo suplicamos mirar por este fiel pueblo que no pide ni quiere otra cosa que obediencia a su legítimo y suspirado soberano, tranquilidad y medios para su mayor seguridad en las circunstancias que nos rodean, con la Real aprobación de sus sanos y necesarios procedimientos.[23]

Dios Nuestro Señor guarde la C.R.P. de Vuestra Majestad los muchos años que la Monarquía necesite. Sala Constitucional de Santa Marta, setiembre 22 de 1810".

A los Reales Pies de Vuestra Majestad,

Víctor Salcedo y Somodevilla, José Munive, Pedro Miguel Díaz Granados, Plácido Herz Rodríguez, Rafael Zúñiga, José Ignacio Díaz Granados, Miguel María Martínez de Aparicio, Manuel María Dávila, Rafael Sánchez y Gálvez, Venancio Díaz Granados, Francisco Xavier Díaz Granados.

Al día siguiente, los ciudadanos que no pudieron asistir a la instalación de la Junta, prestaron juramento solemne de fidelidad a la religión, al rey y a la patria, y en orden a los principios religiosos y a las tradiciones se encomendaron a San José, Patrono de la ciudad.

He subrayado las frases más reveladoras del Acta, en las que, se puede evidenciar que, en la mentalidad de los samarios no había cabida para un cambio de régimen, y que, "las ocurrencias de la capital del Reyno" no alteraban el juramento de sumisión y lealtad al Rey.

La despedida de la carta acongoja, y con toda certeza abismó a los patriotas cartageneros, en ciernes, porque denota un espíritu rebelde de una clase dirigente reacia a perturbar la tranquilidad de sus costumbres.

En el Acta de Santa Marta no se descubre ninguna insatisfacción por el despotismo de la Monarquía española. Los firmantes están hablando en nombre de la voluntad del pueblo, pero no se necesita una linterna de Diógenes, para saber que el pueblo no contó en la decisión de acoger el encargo de Santa Fé.

Los ciudadanos samarios del siglo XIX reflejan en el anterior documento un cabal desconocimiento de los acontecimientos intelectuales, resultado de la filosofía iluminista, inspirada en Juan Jacobo Rousseau, luz de la Revolución Francesa, y luego de todos los procesos independentistas que dieron un vuelco a las instituciones políticas de toda la América Meridional.

En cambio, en el Acta de Cartagena de Indias, sí crepita el espíritu de las ideas promulgadas por Antonio Nariño, y se intuye la conmoción ideológica causada más tarde por el General Simón Bolívar. En suma, en el Acta de Santa Marta, el pueblo no protesta por la larga esclavitud y opresión de las Leyes de Indias, además, porque es cándido afirmar que el pueblo humilde haya sido consultado, sino que, por el contrario, es la voz viva de una clase privilegiada durante trescientos años, y con el ánimo de dilucidar este capítulo de la historia de Santa

Marta, creo indispensable hacer una analogía con los patriotas cartageneros, en cuyo lenguaje se profesa un rechazo innegable de la autoridad real:

Resumen del Acta del Cabildo de

Cartagena de Indias

"En la ciudad de Cartagena de las Indias a nueve de agosto de mil ochocientos diez, los señores del muy ilustre Cabildo Justicia y Regimiento…..y después de haberse conferenciado lo conveniente, con presencia de lo informado por el señor síndico procurador general en su respuesta del día y enterados todos los señores acordaron se conteste a la ilustre Junta de Santafé la satisfacción y suma complacencia con que este Cuerpo ha visto llegada la feliz y suspirada época del exterminio de la tiranía y despotismo con que asolaban a todo el Reyno los funcionarios del antiguo Gobierno, bajo cuyo duro yugo acaso es la Provincia de Cartagena la que más ha padecido,[24] y por tanto procuró acelerar entre los riesgos y las contradicciones más obstinadas, en cuanto ha estado de su parte, todas las medidas y disposiciones que creyó convenientes para contener el impulso de las violencias, y preparar a las demás del Reyno las bases de su respectiva restauración que por tan feliz acontecimiento este cuerpo felicita con toda la efusión de su corazón al heroico y generoso Pueblo de Santafé, le da las gracias más expresivas como a sus dignos representantes, que con sus luces y denodado patriotismo han cooperado en tanta parte a dicho acontecimiento".

Si se descosen con diestros dedos y con riguroso criterio investigativo, los párrafos anteriores, ausente de todo sectarismo, se detectan en sus líneas los argumentos en los que he sustentado mi afirmación sobre la exaltada sumisión de los samarios a la autoridad del rey español.

En primer lugar, los miembros del cabildo cartagenero no invocan el auxilio de Dios, ni acuden a la Biblia como garantía del juramento, y en segundo lugar no deploran con nostalgia el cambio que se avecina. Por el contrario, ensalzan a los líderes santafereños por haber abierto el camino glorioso de la Libertad.

En este aparte, los cabildantes guiados por un numen patriótico presagian el Manifiesto de Cartagena: "Corramos a romper las cadenas de aquellas víctimas que gimen en las mazmorras, siempre esperando su salvación de vosotros; no burléis su confianza; no seáis insensibles a los lamentos de vuestros hermanos. Id veloces a vengar al muerto, a dar vida al moribundo, soltura al oprimido y libertad a todos".[25]

Analogía entre el pensamiento patriótico de Cartagena de Indias y el pensamiento realista de Santa Marta

Samarios:

"Este pueblo fiel y leal a su rey don Fernando VII, cada día da pruebas de su mayor obediencia y a prevenirse de funestos resultados por las ocurrencias de la Capital del Reino……Que V.M. se digne como lo suplicamos mirar por este fiel pueblo que no pide ni quiere otra cosa que obediencia a su legítimo y suspirado soberano".

Cartageneros:

"Los señores del muy ilustre Cabildo Justicia y Regimiento acordaron se conteste a la ilustre Junta de Santafé la satisfacción y suma complacencia con que este Cuerpo ha visto llegada la feliz y suspirada época del exterminio de la tiranía y despotismo con que asolaban a todo el Reyno los funcionarios del antiguo Gobierno, bajo cuyo duro yugo acaso es la Provincia de Cartagena la que más ha padecido".

El 22 y 24 de diciembre de 1810, el Cabildo de Santa Marta convocó a dos sesiones extraordinarias, con el fin de reorganizar la primera Junta Superior, y llama sobremanera la atención los términos despectivos empleados por los miembros de dicho ayuntamiento, que nos permite entrever la antipatía que les inspiraba tales juntas, y la distancia que existía entre las dos clases sociales de la época: "porque mucha parte del pueblo noble y otros plebeyos faltaban a la concurrencia ……votando los vecinos cabezas de familia, así nobles como plebeyos".[26] No satisfechos con su hidalga prepotencia, los criollos samarios, conceptúan que, en vista de que el pueblo (los plebeyos) les ha otorgado confianza en la Junta, en consecuencia, el pueblo ya no tiene ni voz ni voto:" y que el pueblo, por haber depositado sus derechos y confianza en ella, ha fenecido para reiterar su voz aprestando su voz en otra elección, pues en los derechos que se le deban conservar como serán sostenidos, no se debe entender que sea precisamente para que por él se hagan otras elecciones de vocales, sino quo la nueva Junta los elegirá para evitar tumultos".

El panorama de la mentalidad antipatriótica de los samarios tiene cada vez un perfil más definido: es una sociedad feudal en donde los señores nobles ocupan una posición distante a la del pueblo, los plebeyos.

Ahora, con toda certeza, pisamos tierra firme. Ningún intérprete de este período histórico, se arriesgaría a ponderar un espíritu patriótico en la ciudad de Santa Marta, pues, nunca se consolidó, como en efecto sucedió en Cartagena de Indias, hecho este que se traduce en el preámbulo del Acta de Independencia, suscrita y promulgada el 11 de noviembre de 1811:

Acta de Independencia de Cartagena de Indias

"En el nombre de Dios Todopoderoso, Autor de la Naturaleza, nosotros los representantes del buen pueblo de la Provincia de Cartagena de Indias, concretados en Junta plena, con asistencia de todos los Tribunales de esta ciudad, a efecto de entrar en el pleno goce de nuestros justos e imprescriptibles derechos que se nos han devuelto por el orden de los sucesos con que la Divina Providencia quiso marcar la disolución de la monarquía española, y la erección de otra nueva dinastía sobre el trono de los Borbones: antes de poner en ejercicio aquellos mismos derechos que el sabio Autor del Universo ha concedido a todo el género humano, vamos a exponer a los ojos del mundo imparcial el cúmulo de motivos poderosos que nos impelen a esta solemne declaración, y justifican la resolución tan necesaria que va a separarnos para siempre de la monarquía española.

Apartamos con horror de nuestra consideración aquellos trescientos años de vejaciones, de miserias, de sufrimientos de todo género, que acumuló sobre nuestro país la ferocidad de sus conquistadores y mandatarios españoles, cuya historia no podrá leer la posteridad sin admirarse de tan largo sufrimiento: y pasando en silencio, aunque no en olvido, las consecuencias de aquel tiempo tan desgraciado para las Américas, queremos contraernos solamente a los hechos que son peculiares a esta Provincia, desde la época de la revolución española; y a su lectura el hombre más decidido por la causa de España no podrá resistirse a confesar que mientras más liberal y más desinteresada ha sido nuestra conducta con respecto a los gobiernos de la Península, más injusta, más tiránica y opresiva ha sido la de éstos contra nosotros".

Un documento de esta magnitud no se produjo nunca en Santa Marta. Al contrario, unos meses más tarde de haber divulgado las actas probatorias de las Juntas provisionales, los dirigentes de la ciudad se fortalecen en sus principios monárquicos, y delegan en Miguel María Martínez de Aparicio, la encomienda de viajar a Jamaica, en busca de armas para defender la ciudad de los sediciosos patriotas.

A partir de este momento, se originan dos tendencias: los europeos y criollos adictos al Rey, y los inconformes con los impuestos que el gobierno monárquico les imponía, sin ninguna recompensa. Estos, pues, engrosaron la fila de los patriotas. En cuanto a los escasos indígenas, se pasaron al bando de los realistas, al oír rumores sobre las Leyes de Indias y del capítulo "De los Caciques" que los protegía a través de sus caciques. Estos relegados del destino, guardaban la esperanza de conservar las cenizas de sus aniquiladas propiedades.

En su debido tiempo, trataremos la decidida participación del Cacique Antonio Núñez, gobernante del Cacicazgo de Mamatoco, quien, como es evidente, cultivaba un supremo resentimiento hacia las autoridades criollas que aún persistían en despojarlos de lo poco que les había quedado de sus propiedades.

A pesar de la oposición de los realistas, algunos patriotas "en ciernes" no se amilanaron y tomaron las riendas de la causa. Uno de ellos Ramón de Zúñiga Núñez, se llenó de valentía, y en el centro de la plaza pública amonestó al pueblo, para que despertara de su prolongado silencio:

Proclama de Ramón de Zúñiga Núñez-Dávila al pueblo de Santa Marta

"¡Ciudadanos de Santa Marta! Llegó el feliz momento en que expira la tiranía y desaparece el despotismo; pero aún el uno puede tener sus cadenas y el otro su espantosa voluntad ocultas en los corazones de algunos malos ciudadanos: para destruirlo, de una vez, y que en lo sucesivo no renazca de sus mismas cenizas este monstruo que tanto nos ha hecho padecer y sufrir, es indispensable que a todos nos anime el sincero patriotismo, una unión perfecta, el olvido do todo agravio o rencor particular; y que un solo modo de pensar nos haga concurrir á mejorar nuestra suerte, procurando con nuestros desvelos y trabajos formar una Constitución nueva que nos dé leyes estables y análogas a nuestros intereses y situación local, y que produzcan a estos países un comercio activo y una agricultura floreciente, que son las verdaderas riquezas de un Estado. Nombrados por vuestros sufragios libres, sin estrépito de armas ni tumulto, para representar el Gobierno de esta Provincia, vuestra felicidad será nuestra sola y única ocupación. Todavía no hemos podido ocuparnos sino en algunas formalidades que son indispensables en el establecimiento de un nuevo sistema de Gobierno; pero aun en medio de estas ocupaciones no hemos perdido de vista mejorar vuestra suerte; y al efecto, si alguno tuviere que quejarse, sea contra quien fuere, que se presente, y si es pobre, que no tema al enemigo, por poderoso que sea; que se haga cargo que va á hablar á sus mismos hermanos ó á los defensores de sus derechos, y á unos ciudadanos que siempre se manifestarán gratos para escuchar al infeliz y hacerle justicia, vengando la opresión de su inocencia con el castigo que el delincuente seguramente hallará en nuestras determinaciones, por las que sentirá todo el peso de la ley que lo condene. Tales son, conciudadanos, nuestras sanas intenciones, que os manifestamos en estos primeros días de nuestro Gobierno, para inspiraros la verdadera confianza que debéis tener en este nuevo Tribunal. El actual sistema de gobierno trata de reformar todas las providencias que hayan sido gravosas al ciudadano; pero esto no es obra de un día; para conseguirlo es necesario mucho trabajo, suma aplicación y una constante firmeza. La Junta general o superior del Reino que se ha de establecer en Santafé, o en otro punto, pondrá orden en todo; tendréis en ella quien represente vuestros derechos sagrados, y vosotros mismos formareis las leyes que os han de gobernar. No serán éstas ya unos preceptos desabridos que el rigor o el despotismo os haga obedecer; serán, sí, unas ordenanzas que marcadas con el indeleble sello de la voluntad de los pueblos, ellos mismos se estimulen por la propia utilidad que les resulta de cumplirlas y obedecerlas, y para que en un todo tengáis parte en el establecimiento del nuevo Código que ha de gobernar este Reino, la Junta os invita, ciudadanos, os convida y suplica para que con toda libertad, y sin excepción de personas pueda cada uno de vosotros manifestar a este Cuerpo sus pensamientos, planes y proyectos, siempre que los considere útiles a la Patria ó al Reino todo, o que puedan de algún modo contribuir a vuestra felicidad.[27]

No ignoramos que hay hombres en todas las sociedades que siembran la discordia entre los vecinos; os exhortamos, pues, para que no os dejéis seducir de estos cobardes enemigos de la tranquilidad pública, y a quienes una vergonzosa pusilanimidad les hace predecir mil desbarres; contestad a esos compungidos, despreciables y discursistas incendiarios, que sois verdaderos patriotas, que tenéis grabado en vuestro mismo corazón el amor a la Patria, que juráis con nosotros fidelidad eterna a Fernando VII, a ese desgraciado Príncipe, víctima de su buena fe, que todos estarnos listos y prontos para derramar hasta la última gota de nuestra sangre por nuestra sagrada Religión, por nuestra Patria y por nuestro Rey, y que ellos, si puede haberlos en esta plaza, sepan y estén entendidos de que la Junta por ahora corre un denso velo por todo lo pasado, pero que al mismo tiempo velará incesantemente sobre sus operaciones y conducta, y 9 que si en ésta se advierte alguna culpabilidad voluntariamente criminal, ningún pretexto los excusará del rigor de la ley que condena a los sediciosos. ¡Jefes y Oficiales militares! Estad prontos con las tropas de vuestro mando para defender los sagrados derechos que protegemos: uníos con nosotros para sostenerlos. Tenemos todos unos mismos intereses y defendemos una misma causa, y de este modo podremos con sobrada satisfacción decir á cualquier enemigo oculto que nosotros nos burlamos de sus dañadas intenciones. ¡Pastores y Ministros del Santuario! Vosotros sabéis que vuestro ministerio sagrado no se reduce sólo a predicar la palabra de Dios; se extiende también, sí, á hacer conocer á aquella clase de gentes á quien la Providencia ha escaseado sus luces, lo que debe á su gobierno; por tanto, hacedles saber y repetidles en todas ocasiones: que Dios quiere y bendice al pueblo que ama, sirve y se sacrifica por el bien y defensa de su Religión, de la Patria y de su Rey. Estos son los únicos y verdaderos sentimientos do la Junta Superior Gubernativa de Santa Marta, explicados por el débil órgano de uno de sus miembros.

Santa Marta, 14 de Agosto de 1810. Doctor Ramón de Zúñiga y Núñez Dávila.

El Dr. Ramón de Zúñiga y Núñez Dávila (1769), era hijo de los samarios don Manuel José de Zúñiga y doña Francisca Núñez Dávila. Había estudiado en el Colegio Mayor del Rosario, en donde se graduó de Bachiller en Filosofía en 1790, y en 1793 obtuvo el Licenciado y Doctor en Derecho Canónico.

Partida de Bautismo del Patriota y Héroe de la Independencia Ramón Josef Vicente Ruisindo de Zúñiga y Núñez Dávila

Partida de Bautismo del Prócer Patriota Ramón de Zúñiga y Núñez Dávila[28]

"En el Tomo 353, Folio 26 del Archivo Histórico de la Diócesis de Santa Marta, se encuentra una Partida de Bautismo que a la letra dice:

En la ciudad de Santa Marta a veintiocho días del mes de febrero de 1769 años, yo el infrascrito cura certifico que en mi presencia el señor don Josef Joaquín Merino, Presbítero Tesorero, Dignidad de esta Santa Iglesia catedral, y en ella su Obispado provisor Vicario General, bautizó, puso óleo y crisma a Ramón Josef Vicente Ruisindo, hijo legítimo de don Manuel Josef de Zúñiga y de Doña Francisca Josefa Núñez Dávila, fueron sus padrinos Don Esteban Josef Nieto Machado, Presbítero, Cura del pueblo del Molino, y doña María Manuela Mozo de la Torre, a quienes hice presente el parentesco espiritual, y para que conste lo firmo,

Luis de Robles

Presbítero".

Partida de Matrimonio de Don Manuel de Zúñiga Machado y Doña Francisca Núñez Dávila y Mozo de la Torre.[29]

En el Archivo Histórico de la Diócesis de Santa Marta, Tomo 404, Folio 83, existe una Partida de Matrimonio que a la letra dice:

"En la ciudad de Santa Marta, en quince días del mes de octubre de 1759 años, yo Don Lucas Antonio López, cura del Sagrario certifico: Como de licencia al señor don José Joaquín Merino, Tesorero de esta Santa Iglesia Catedral, casó por palabras de presente que hicieron legítimo y verdadero matrimonio a Don Manuel de Zúñiga, natural de esta ciudad, hijo legítimo de Don José de Zúñiga y Doña Dorotea Machado, con doña Francisca Núñez Dávila, hija legítima del Alférez don Francisco Núñez Dávila y Doña Ana Teresa Mozo de la Torre, todos vecinos de esta ciudad, habiéndoles amonestado según derecho y no resultando impedimento. Fueron testigos Don Juan Antonio Masa, Oficial Real de esta ciudad y el Capitán de Fragata Don Juan de Avilés, y los demás que se hallaron presentes, y porque conste lo firmo,

Lucas Antonio López".

El grupo de los patriotas estaba cobrando fuerza. El clima de descontento por un gobierno más benigno empieza a germinar. Aún se desconoce el desenlace, pero los caudillos emocionados estampan en sendas cuartillas sus pensamientos. Leamos una carta explosiva suscrita por el secretario de la Junta provisional Agustín Gutiérrez Moreno:[30]

Carta del secretario don Agustín Gutiérrez Moreno a su hermano, don José Gregorio Gutiérrez Moreno, sobre la organización de la Junta Superior Provincial

Santa Marta, 15 de agosto de 1810.

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