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El índice de libertad económica en el campo mexicano (página 7)

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Restricciones a la posesión de empresas por parte de extranjeros. Hasta hace algunos años el capital foráneo tenía totalmente prohibido introducirse a las llamadas áreas estratégicas que eran reservadas de manera exclusiva al Estado, es decir, ni los mexicanos podían invertir allí. Ningún extranjero podía fundar una empresa generadora de electricidad, tampoco le estaba permitido extraer petróleo, ni procesarlo, ni distribuirlo. No les estaba permitido fundar una telefónica para dar servicios de comunicación; no podían tener empresas de correos ni telégrafos. Sin embargo, ya se observan algunos cambios.

Al menos en correo y radiotelegrafía ya no se mencionan las restricciones. Aunque hay que considerar que la misma tecnología ha dejado obsoletas las restricciones. Ahora, por correo electrónico se puede comunicar la gente al instante y muy pronto los servicios de Internet permitirán la comunicación con voz e imagen en tiempo real. De esta manera, aunque el Estado impusiera restricciones, dejarían de tener sentido.

La reforma de 1994 a la Ley de Inversiones Extranjeras permitió que el capital extranjero pudiera llegar hasta el 51% en muchas empresas que no son consideradas estratégicas. Esto marcó un parte aguas pues el capital extranjero ya podía ser mayoritario. A partir de 1999 se introduce otra reforma importante para permitir inversiones hasta en un 100% de capital extranjero.

Sin embargo, para el renglón de empresas estratégicas la prohibición no ha tenido cambios, salvo en lo que se refiere a la generación de electricidad. Aunque, como ya se mencionó antes, existen demasiadas restricciones.

Por tal motivo la evaluación de esta variable empieza con cinco y es hasta 1996 que mejora su índice al pasar a cuatro. La variación en todo el período de once años es de diez décimas.

En las empresas de transporte terrestre internacional de pasajeros, turismo y de carga y el de servicios de administración de centrales camioneras de pasajeros estaban totalmente reservadas a los mexicanos. Pero a partir de 1996 ya puede participar la inversión extranjera hasta en 49% del capital social y a partir del 2001 hasta 51%; a partir de 2004 hasta el 100% sin necesidad de obtener algún permiso especial. Es un avance significativo.

También se hace mención en el artículo sexto de la Ley de Inversiones Extranjeras que los inversionistas foráneos pueden participar a partir de 1999 hasta con un 100% en la fabricación y ensamble de partes, equipo y accesorios para la industria automotriz.

Lo mismo aplica para la prestación de servicios de videotexto y conmutación de paquetes donde se especifica la posibilidad del 100% de capital foráneo sin necesidad de contar con el permiso de la Comisión.

Sólo que esta muestra de apertura no se da en lo que se denomina "sectores estratégicos" sino en renglones marginales de la economía. Pero aún en empresas de segundo orden, como podrían ser las cooperativas de producción, está prohibido el ingreso de los extranjeros. En parte esto se debe a las prerrogativas que el Estado quiso dar a las cooperativas, como son la exención de impuestos y aranceles, además, gozaban del privilegio de recibir subsidios del gobierno. La intención del gobierno era que estos "derechos" sólo beneficiaran a los mexicanos. Pero el resultado final es que no beneficiaban ni a los mexicanos ni a los extranjeros.

La recomendación en este renglón no consiste en abrir las cooperativas a la inversión extranjera, pues significaría dar ventajas a costas de terceros, más bien, se trata de que los gobiernos no promuevan esas figuras o asociaciones dado que no constituyen una alternativa para sacar de la pobreza a la gente. La experiencia ha demostrado que las cooperativas, dada su indefinición de propiedad, no funcionan. De cualquier forma, si hubiera inversionistas extranjeros que traen nuevos modelos de cooperativas, debe permitirse su ingreso sin que ello implique transferirles recursos del erario.

Posesión de tierras por parte de extranjeros. Que los extranjeros tengan el derecho de llegar a un país y adquirir tierras para generar producción o simplemente para vivir, crea confianza y buenas condiciones que benefician a la economía y por lo tanto a la sociedad. Vale la pena destacar que los emigrantes generalmente son personas que buscan mejores estándares de vida y por lo tanto ejercen efectos virtuosos en las economías. Pero si por su calidad de extranjeros se les prohíbe comprar tierras, el país pierde la oportunidad de contar con esas fuerzas explosivas de desarrollo.

En referencia a las leyes de México se tiene que la Constitución Mexicana estipula que los extranjeros, como tales, no pueden comprar tierras en México, a menos que se naturalicen. Pero si un extranjero adquiere la nacionalidad mexicana, deja de ser extranjero. Por lo tanto, extranjero como tal, no tiene la posibilidad de comprar tierras.

Es hasta la creación de la Ley de Inversión Extranjera donde se abre la posibilidad de que los extranjeros, como tales, adquieran tierras para habitar, salvo en una franja fronteriza y en las costas.

Subsiste, sin embargo, la prohibición para que los extranjeros compren tierras para usos productivos, digamos para sembrar maíz, arroz. O para poner alguna factoría. La forma en que han tenido que sortear estas prohibiciones va desde la renta, hasta el uso de prestanombres mexicanos. Para mejorar el índice en este renglón se necesita que las leyes permitan a los extranjeros la compra de tierras de todo tipo en cualquier parte del territorio nacional.

Leyes que garantizan un trato igualitario para las empresas nacionales y extranjeras. Hasta el fin del período de sustitución de importaciones existía un trato más favorable a las empresas mexicanas y de cierto rechazo a la inversión extranjera. Desde 1982 se ha cambiado la actitud del gobierno de México ampliando el margen para el capital foráneo. Empero, no existe una legislación que garantice un trato igualitario para las empresas extranjeras y nacionales. Aunque en el discurso y en la legislación se notan diferencias ya que la empresa extranjera está sujeta a más reglamentaciones, en los hechos, se mueven con mayor facilidad dado el poder económico que representan.

Restricciones a la repatriación de las ganancias. Las empresas extranjeras llegan a un país con el fin de obtener ganancias. Pero no siempre cuentan con el apoyo del Estado. Son pocos los gobiernos que se disponen a ayudar a los inversores para, si lo desean, se lleven sus ganancias a sus países de origen; incluso algunos fijan impuestos confiscatorios a fin de obligar a los inversionistas para que inviertan todas sus ganancias en dicho país. Pero no siempre se obtiene los resultados deseados. Más aún, algunos inversionistas se desestimulan y prefieren no invertir en el país que les pone obstáculos para sacar sus ganancias.

Si las leyes mexicanas declararan respeto al deseo de repatriar ganancias, es posible que más inversionistas se atreviesen a invertir en México y en el sector rural.

Restricciones a las transacciones de capital. Esta variable se refiere a la política del gobierno ante las transacciones de los agentes económicos. Es frecuente ver que algunas empresas tienden a fusionarse, otras compran a la competencia, o crecen sin límite o venden sus acciones a terceros, incluso a los extranjeros.

En México, casi no se han observado mayores problemas para la fusión o venta de grandes empresas, salvo las que se refieren a la aviación (Mexicana y Aeroméxico). En general las transacciones son más o menos libres aunque tienen que estar supervisadas y avaladas por la autoridad. Funcionan como autoridad la Comisión Nacional de Competencia que regula las transacciones para que no se formen monopolios y las notarías que dan fe pública de las transacciones.

También hay varios grupos políticos que han intentado crear leyes que regulen las transacciones de capital en la bolsa mexicana de valores, pero que no han logrado su propósito.

Por otro lado, en el sector rural es inexistente la bolsa agropecuaria por lo que no se puede asumir que existan restricciones. En general, desde 1994 se respira una mayor libertad para las transacciones de capital y se ha acentuado desde el año 2000.

La idea de introducir controles a las transacciones de capital se basan en la preocupación de que se formen monopolios. Sin embargo, esta preocupación es infundada. El monopolio, según definición de la Real Academia de la Lengua Española, es la prerrogativa que el Estado otorga a una empresa o institución para ser la única en el mercado. Si por efecto de una transacción financiera dos empresas se unen para formar una gran empresa, eso no significa que esté formando un monopolio. La prueba contundente para ver si una empresa es monopolio es cuando una nueva empresa, pequeña, mediana o grande, trata de penetrar en el mercado. Si la fuerza del Estado se usa para evitar su entrada, entonces se puede presumir la existencia de monopolio. Pero si puede ponerse al lado y se deja que el mercado sea quien decida quién sobrevive y quien no, entonces no hay monopolio.

De hecho una pequeña empresa puede ser tan competitiva como una grande. El concepto de competencia en economía es diferente al de una carrera de caballos. En la carrera de caballos sólo hay un ganador, el que llega primero; en economía el que logra vender es competitivo. Si un productor logra vender una cantidad que le hace sentirse bien, es un productor competitivo, aunque no venda lo mismo que una gran empresa.

Para que esta variable mejore considerablemente, se requiere que la legislación mexicana declare su respeto a todas las transacciones y movimientos de capital.

Restricciones de la financiación nacional para las empresas extranjeras. En esta variable se mide la política de financiación de las instituciones del gobierno para proporcionar recursos a los inversionistas extranjeros. Proporcionar recursos no quiere decir subsidios o regalos de capital a las empresas extranjeras, sino que el capital nacional pueda ser utilizado por empresarios extranjeros que necesiten ser apoyados y que regresan el capital con todos los intereses. Esto no quiere decir que el dinero disponible sólo debe ser para apoyar a los extranjeros. Si se dispone de un peso y dos agentes lo piden, uno es nacional y el otro extranjero, queda el problema de a quién se debe otorgar. La solución de mercado dice que en subasta lo debe ganar quien esté dispuesto a pagar la mejor tasa de interés, sin ver si es nacional o no.

En décadas pasadas, el financiamiento oficial sólo se daba a través de la participación del Estado en las acciones de las empresas extranjeras, pero esta práctica ha dejado de operar. Algunas instituciones creadas para financiar a las empresas, sólo lo hacen para las nacionales, pero es un error que pronto deberá corregirse. Es cierto que muchas empresas obtienen recursos en México pero es de la banca privada. Otras lo obtienen del exterior y, por lo tanto, los intereses que podrían quedarse en México se van a otro lado.

Cuadro 4.11 Variación del ILE de los flujos de capital e inversión extranjera

 

Variables

94

05

V

1

Código de Inversión Extranjera

5

4

1

2

Restricciones a la posesión de empresas por parte de extranjeros

5

4

1

3

Restricciones a las industrias y compañías abiertas a los inversores extranjeros

5

4

1

4

Restricciones y requisitos de rendimiento para las compañías extranjeras

5

4

1

5

Posesión extranjera de tierras

5

3

2

6

Leyes que garantizan un tratamiento igualitario para las empresas extranjeras y

nacionales

4

4

0

7

Restricciones a la repatriación de las ganancias

5

5

0

8

Restricciones a las transacciones de capital

3

2

1

9

Disponibilidad de financiación nacional para las empresas extranjeras

4

3

1

 

ÍLE

4.3

3.6

0.7

Es posible que este factor siga mejorando en los próximos años.

4.6 ILE DE LA ACTIVIDAD BANCARIA Y FINANCIERA

Cuadro 4.12 ILE de la actividad Bancaria y Financiera

Variables

94

95

96

97

98

99

00

01

02

03

04

05

Posesión de instituciones financieras por parte del Gobierno

5

5

5

5

5

5

5

5

5

5

5

4

Restricciones a la capacidad de los bancos extranjeros para abrir sucursales y filiales

3

3

3

3

3

3

2

2

2

2

2

2

Influencia gubernamental sobre la asignación de créditos

3

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

2

Regulaciones gubernamentales que inhiben la actividad financiera

5

5

5

5

5

5

4

4

4

4

4

4

Libertad para ofrecer todo tipo de servicios financieros, valores y pólizas de seguros

4

4

3

3

3

3

3

3

2

2

2

2

ÍLE

4

3.8

3.6

3.6

3.6

3.6

3.2

3.2

3

3

3

2.8

En las economías de mercado los bancos son una parte fundamental para el desarrollo de los proyectos productivos y de negocios de los individuos. En ellos pueden conseguir los créditos necesarios para construir los inmuebles, comprar materia prima, maquinaria, y hasta para resolver gastos corrientes mientras se realizan las mercancías. Los comerciantes usan los bancos para transferir dinero, ahorrar, financiar compras y los trabajadores solicitan créditos para comprar casas, automóviles o enseres.

Por lo tanto, la actividad bancaria es clave para el desarrollo de una economía. Sin embargo, no todos los gobiernos lo consideran así. Hay quien ve a los banqueros como usureros y casi los comparan con delincuentes. Las leyes tratan de limitar sus operaciones, cobrar impuestos, regular y restringir su desarrollo y en algunos países de plano se prohíbe la existencia de bancos. El resultado de una mala política hacia el sistema bancario no se deja esperar.

Hay gobiernos que comprenden a medias la importancia de los sistemas bancarios y creen que el gobierno puede ejercer bien el papel del banquero. De esa manera, se llega a crear un gran sistema bancario gubernamental con cientos o miles de sucursales. Pero al final fracasa dicho sistema pues el servicio se burocratiza, los créditos se hacen incobrables y los gobernantes no tienen incentivos para perseguir a los deudores para no perder votos políticos. Al final sólo quedan las pérdidas irremediables.

En otros países, se admite la existencia de la banca privada, pero el Estado no reconoce su importancia y por lo tanto no les brinda la protección adecuada y las deja a la merced de la delincuencia. Los agentes económicos llegan a percibir la actitud del Estado y es posible que dejen de cumplir sus compromisos: se endeudan demasiado y no pagan sus préstamos. Esto hará que pronto desaparezca la banca y toda la sociedad sufrirá. Por lo tanto, tener un buen sistema bancario es fundamental para el buen desarrollo de la economía.

Posesión de instituciones financieras por parte del gobierno. El crédito en el siglo XVIII se movía a través del tendero, del hacendado o la Iglesia. Los primeros bancos formales que se establecieron en México fueron extranjeros (ingleses y holandeses) en el siglo XIX. A principios del siglo XX la banca sufrió estancamiento y algunas instituciones desaparecieron por efecto del movimiento revolucionario.

La banca se recompuso en la década de los 50 del siglo XX, pero en 1982 el gobierno expropió todos los bancos y se erigió en un monopolio estatal. Pronto tuvo que dar marcha atrás para volver a privatizarlos. Sin embargo, muchos bancos no regresaron a sus antiguos dueños, quedando en manos inexpertas o corruptas. Estando de nuevo en manos del sector privado muchos bancos desaparecieron, se fusionaron o fueron absorbidos por la banca internacional. Hoy en día, prácticamente no existen más de dos o tres bancos mexicanos privados y los demás son filiales de bancos internacionales.

Por su parte, el gobierno mantiene los siguientes organismos bancarios: Banco de México (FIRA), Nacional Financiera, Banobras, Financiera Rural, Banco Obrero, Banco del Ejército. La llamada Banca de Desarrollo sigue estando en manos del Estado (Nacional Financiera, FIRA y Financiera Rural)

El Banco de México es quien conduce la política bancaria y administra la moneda del país. Hoy en día se le ha dado autonomía a fin de que no genere efectos perversos en la economía. La discusión en un futuro inmediato tiene que ver con la posibilidad de que el Banco de México sea totalmente privado, es decir, que el gobierno no tenga control alguno sobre él.

Aunque pareciera irreal la posibilidad de que el gobierno no posea un Banco Central, hay que recordar que hay países que no tienen banca central y pueden funcionar sin problema. Uno de ellos es Hong Kong y otro Panamá, aunque hay más. En Hong Kong el banco central es privado y en Panamá, donde se usa el dólar, no tienen necesidad de banco central. Hay otros países donde la banca es un monopolio del Estado (Cuba y Corea del Norte).

Hay importantes esfuerzos para que la banca en manos del Estado adopte criterios reales, de negocios. Pero esto va a ser posible hasta que se privaticen totalmente. En realidad, los gobiernos no deben poseer ningún banco. Es mejor que toda la banca esté en manos privadas a fin de que los propietarios asuman el riesgo.

Restricciones a la capacidad de los bancos extranjeros para abrir sucursales y filiales. Después de la experiencia de nacionalización de los bancos en 1982, la poca banca mexicana que sobrevivió se vio en la necesidad de protegerse mediante la asociación con la banca internacional. De esta manera entraron a México los grandes bancos BHCS (Hong-Kong), SCH (España), BBVA (España).

A partir del 2000 se han eliminado en gran medida las restricciones para el ingreso de la banca internacional a México, sin embargo hay normas y reglamentaciones que impiden que lleguen pequeños bancos extranjeros que se dedican a nichos específicos. Es posible que en poco tiempo se mejore este índice al remover esas normas y restricciones.

Influencia gubernamental sobre la asignación de créditos. Cuando la banca estaba totalmente en manos del Estado (1982), naturalmente que el gobierno era el único que determinaba quién debía recibir créditos. Actualmente se puede decir que el gobierno decide sólo lo que corresponde a las seis instituciones financieras del Estado y otros organismos como son el ISSSTE (para compra de autos y casas), Fonacot (muebles de línea blanca y otros enseres), INFONAVIT, SOFOLES (casas y departamentos), FONHAPO que es el Fondo Nacional para la Habitación Popular. El resto de los créditos se dejan al criterio de la banca comercial. Un cambio notable en las instituciones del Estado es que cada vez adoptan más los criterios de rentabilidad. Por ejemplo, las tasas de interés convergen hacia las que cobra cualquier institución privada. Sin embargo, hay que reconocer que estas instituciones gubernamentales compiten con las privadas de manera desleal, ya que cuentan con el respaldo del gobierno.

Regulaciones del gobierno que inhiben la actividad financiera. La actividad financiera es muy diversa y en economías libres cada día surgen nuevas formas e instrumentos. Además de la banca tradicional, pueden surgir afianzadoras, seguros, bolsas, empresas de factoraje, mercados secundarios, de derivados, cajas de ahorro y préstamo, mutualidades, tandas y otros mecanismo.

Todos estos instrumentos son beneficiosos para la sociedad, aún cuando muchos de ellos llevan altos riesgos. Si los gobiernos logran entender la importancia de la diversidad de estos instrumentos los dejarán libres, sin intervención ni regulación alguna. Pero si los gobernantes no lo entienden, intentarán regularlos y con ellos destruirán el maravilloso mecanismo de las finanzas puras.

Existen, a pesar de todo, instituciones privadas informales. Estas son las cajas de ahorro que no están registradas pero que brindan un servicio eficaz hacia una buena parte de la población en el campo y en la ciudad. Estas cajas de ahorro deben ser protegidas por el Estado y permitir que a mediano y largo plazo se constituyan en instituciones formales, en bancos con instalaciones propias.

Restricciones para ofrecer todo tipo de servicios financieros, valores y pólizas de seguros. Con esta variable se evalúa la política del Estado en cuanto a la iniciativa de los particulares tanto nacionales como extranjeros. En condiciones de libertad plena, la gente inventa mecanismos a veces insospechados para hacer frente a los problemas financieros. Es importante tener un ambiente donde la gente pueda poner en juego toda su creatividad. En tal caso, el Estado sólo debería tener el papel de vigilante para que no se hagan fraudes.

Aunque la legislación no señala a todos los tipos de servicios financieros posibles, valores y seguros, la Ley de inversiones ya muestra una voluntad clara para liberalizarlos. Se puede leer, en dicha ley, la posibilidad de que los extranjeros puedan participar hasta en un 49% en algunos sistemas financieros a partir de 1995; con el 52% a partir de 2001 y con el 100% a partir de 2004.

Cuadro 4.13 Variación del ILE de la actividad bancaria y financiera

Variables

94

05

Variación

Posesión de instituciones financieras por parte del gobierno

5

4

1

Restricciones a la capacidad de los bancos extranjeros para abrir sucursales y filiales

3

2

1

Influencia gubernamental sobre la asignación de créditos

3

2

1

Regulaciones gubernamentales que inhiben la actividad financiera

5

4

1

Libertad para ofrecer todo tipo de servicios financieros, valores y pólizas de seguros

4

2

2

ÍLE

4

2.8

2.8

El avance de este factor es de 2.8 puntos desde el inicio del período considerado. Todavía hay mucho qué hacer para que mejore este índice.

4.7 ILE DEL CONTROL DE SALARIOS Y PRECIOS

Cuadro 4.14 ILE del control de salarios y precios

Variables

94

95

96

97

98

99

00

01

02

03

04

05

V7.1 Leyes de salario mínimo

5

5

4

4

4

4

3

3

3

3

3

3

V7.2 Libertad para fijar precios en forma privada sin influencia gubernamental

5

5

4

4

4

4

4

4

4

4

4

4

V7.3 Controles gubernamentales de los precios

5

5

5

5

5

5

4

4

4

4

4

4

V7.4 Alcance de los controles gubernamentales de los precios

5

5

5

5

5

5

4

4

4

4

4

4

V 7.5 Subsidios gubernamentales que afectan a los precios

5

5

5

5

5

5

5

5

5

5

5

5

ÍLE

5

5

4.6

4.6

4.6

4.6

4

4

4

4

4

4

En economías libres los precios tienen un papel fundamental para que los recursos se distribuyan eficientemente. Si un precio se empieza a elevar, quiere decir que puede haber escasez o que la demanda se está incrementando ante una oferta rígida. En uno u otro caso, se generen incentivos para que los agentes económicos tomen cartas en el asunto y realicen los mejores esfuerzos para cubrir la demanda. Pero cuando la autoridad no deja que los precios se manifiesten, los agentes caminan sin saber por dónde van. En consecuencia, se pueden crear demandas insatisfechas innecesarias o bien, sobreofertas que significan un uso inadecuado de los recursos.

En las economías de mercado puras, las autoridades políticas no intervienen en absoluto en el sistema de precios. En las economías controladas, las autoridades dictan los precios del trabajo, las tasas de interés, el precio de la gasolina, la electricidad, y con ello generan una mala asignación de recursos y crisis recurrentes.

Ley de salario mínimo. Cuando los gobiernos establecen leyes de salario mínimo para los trabajadores, distorsionan el mercado de trabajo. Los trabajadores pierden su capacidad de negociación pues el Estado dicta lo que se debe ganar. Si el salario dictado por el gobierno es más alto que el que consiguiera el trabajador en un mercado libre de trabajo, la consecuencia será que los empresarios reducirán su demanda de trabajadores, muchas empresas cerrarán o se irán a otros países. Por lo tanto, se provocará desempleo.

Por otro lado, si el salario dictado por el gobierno es más bajo que el de mercado, los trabajadores no querrán trabajar y eso también generará desempleo. La gente tratará de buscar la satisfacción de sus necesidades en otras latitudes. Por otro lado, los empresarios no tendrán al personal idóneo debido a los bajos salarios decretados por el gobierno. Por tanto, sea que el gobierno dicte salarios menores o mayores, va a causar daños al mercado de trabajo y por tanto a la economía. Por esta razón, el índice de libertad económica otorga calificación de uno cuando los gobiernos no intervienen en absoluto en el sistema de precios del trabajo, tasa de interés o precios de las mercancías, y se evalúa con cinco cuando los gobiernos imponen los precios.

Libertad para que los particulares fijen precios sin ingerencia alguna del Estado. Cuando el Estado no interviene de manera alguna en el establecimiento de precios se tiene una economía de mercado pura. Sin embargo, la intervención en el sistema de precios puede darse de muchas maneras: Sea de forma directa imponiendo precios a las gasolinas, electricidad, telefonía o cuotas de peaje. También se da por medio de los impuestos, ya que éstos tienen el efecto de incrementar el precio de un bien. Dado que en México hay impuestos a todas las mercancías, se puede conducir que hay alta intervención del Estado en la formación de precios.

Control gubernamental de los precios. La creencia de que el gobierno puede ejercer un control eficiente de los precios cada día queda en el abandono. Aquellas instituciones llenas de encuestadores, estadísticos o matemáticos, para recoger información y procesarla a fin de determinar el precio que debe tener un kilogramo de trigo, han desaparecido o permanecen como burocracias indeseables, pero difíciles de despedir por los altos costos políticos.

Hay que decir que, aún cuando la influencia del gobierno es cada vez menor sobre el control de los precios, todavía el gobierno dicta precios en determinadas industrias importantes, como son electricidad, gasolinas, telefonía, gas, agua y además ejerce cierta influencia en los tipos de interés por la administración de valores gubernamentales (CETES). Ello se ve reflejado en el ILE.

Alcance de los controles gubernamentales a los precios. Esta variable se refiere al margen que el gobierno aplica al control de precios. Por ejemplo, si el Estado tuviera control únicamente sobre los precios de los helados de fresa el margen de alcance sería mucho menor que el de la gasolina. En el primer caso, sólo afecta al consumidor de helados de fresa que tendrá que reducir su consumo y eso tiene efecto sobre la producción de helados y la de fresas, pero es mucho menor que el efecto del precio de la gasolina pues éste afecta a muchos más sectores.

El alcance de los precios que controla el Estado mexicano es amplio ya que tan sólo la electricidad y gasolina afectan prácticamente a toda la población.

Subsidios gubernamentales que afectan a los precios. Los subsidios consisten en asignaciones gubernamentales fuera del mercado. Es decir, el Estado le otorga una cantidad a cierta empresa o institución sin recibir a cambio alguna mercancía. La empresa promete dedicarse a alguna labor social o productiva para la población.

Hay dos problemas importantes a señalar en cuanto a las políticas de subsidios. En primer lugar, quien otorga el subsidio no es el dueño del recurso, sino generalmente está haciendo uso de los impuestos. Igualmente, quien recibe el subsidio es como si le cayera del cielo, sin que tenga que dar algo a cambio. Existen en México una gran diversidad de instituciones que reciben subsidios, desde escuelas y universidades hasta asociaciones "sin fines de lucro".

Si los subsidios se aplicaran ocasionalmente y en algún renglón donde no tuvieran mayor impacto sobre los precios de otros productos quizás no serían tan dañinos. Por ejemplo, se puede pensar en el caso de una persona mayor de 80 años que no tiene familiar alguno, ni propiedades que le mantengan. Suponiendo que no existen instituciones privadas humanitarias, se puede justificar la existencia de un subsidio a la persona para que cubra sus necesidades elementales. Con ese subsidio, la persona mayor puede elegir una casa de asistencia y cambiar a otra si no le tratan bien. En este caso, el efecto sobre los precios es mínimo. Pero si en lugar de ello, el Estado decide otorgar un subsidio fijo a las empresas asistenciales, entonces el efecto sobre los precios es mayor.

Cuadro 4.15 Variación del ILE del control de Salarios y precios

Variables

94

05

Variación

V7.1 Leyes de salario mínimo

5

3

2

V7.2 Libertad para fijar precios en forma privada sin influencia gubernamental

5

4

1

V7.3 Controles gubernamentales de los precios

5

4

1

V7.4 Alcance de los controles gubernamentales de los precios

5

4

1

V 7.5 Subsidios gubernamentales que afectan a los precios

5

5

0

ÍLE

5

4

1

4.8 ILE DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD

Cuadro 4.16 ILE de los derechos de propiedad

Variables

94

95

96

97

98

99

00

01

02

03

04

05

V8.1 Independencia del sistema judicial con respecto a la influencia gubernamental

5

5

5

5

5

5

4

4

4

4

4

4

V8.2 Código de Comercio que defina los contratos

3

3

3

3

3

3

3

3

3

3

3

3

V8.3 Sanción de arbitraje internacional para las disputas contractuales

4

4

4

4

4

4

3

3

3

3

3

3

V8.4 Expropiación de la propiedad por parte del gobierno

4

4

4

4

4

4

3

3

3

3

3

3

V8.5 Corrupción dentro del Poder Judicial

5

5

5

5

5

5

4

4

4

4

4

4

V8.6 Demoras en la recepción de las resoluciones judiciales

5

5

5

5

5

5

4

4

4

4

4

4

V8.7 Propiedad privada protegida y garantizada legalmente

4

4

4

4

4

4

4

4

4

4

4

4

ÍLE

4.3

4.3

4.3

4.3

4.3

4.3

3.6

3.6

3.6

3.6

3.6

3.6

Los derechos de propiedad privada conforman la base de una economía de mercado. No puede haber mercado sin propiedad privada. Los intercambios libres y voluntarios son posibles únicamente sobre la base de la propiedad privada. Cuando no existe el derecho de propiedad privada es imposible que la gente pueda intercambiar pues no es propietaria de nada. Tampoco puede haber competencia, ya que los agentes no tienen incentivos para mejorar su situación porque su suerte no depende de ellos mismos.

Según Richard Pipes (2002) no hay otro concepto en la sociedad que impulse tanto a los hombres como el derecho a la propiedad. Por tal motivo, la Heritage Foundation le da un papel de capital importancia.

Control gubernamental del sistema judicial. Es fundamental la existencia de un buen sistema judicial en una economía de mercado, pues es el encargado de resolver los problemas que se generan entre los individuos que rompen con las normas del mercado. Si un individuo daña la propiedad de otro y nadie se encarga de administrar la justicia de tal manera que la parte afectada logre compensación en perjuicio del que delinque, entonces se generarán incentivos para que otros violen las reglas de la sociedad y finalmente esa sociedad tienda a desaparecer.

Los aparatos judiciales son, por lo tanto, los encargados de resolver los conflictos adecuadamente. Pero si este sistema judicial es ignorante de la importancia de defender los derechos de propiedad, es seguro que conducirá a la deformación de una sociedad libre. Los individuos se sentirán impotentes al saber que están indefensos ante actos criminales y dejarán de invertir.

Por ahora, México y su sector rural no poseen un buen sistema judicial aunque se debe reconocer que hay esfuerzos importantes y ello se ha reflejado en un mejoramiento del índice en ese renglón.

Para avanzar significativamente en este renglón es necesaria una modificación sustancial en los órganos judiciales: introducir los juicios orales, compensar a las víctimas con cargo al culpable, lograr que los gastos del juicio los paguen los involucrados en el delito.

Ausencia de leyes que definan el respeto a los contratos comerciales. Esta variable se refiere a la ley que regula las relaciones comerciales entre los individuos. Por ejemplo, cuando alguien quiere comprar una casa la legislación dice: si se firma una "promesa de compra-venta" y el supuesto comprador decide no comprar, pierde el dinero adelantado: pero si el vendedor es quien se arrepiente, entonces tiene que regresar el dinero aumentado con una compensación. De esta manera se evitan muchos conflictos que han degenerado en pérdidas de vidas.

Restricción al arbitraje internacional para las disputas contractuales. Es deseable que en una economía de mercado se permita el arbitraje internacional de cuerpos judiciales a fin de garantizar la mayor neutralidad posible. Sin embargo, muchos países, amparándose en conceptos de soberanía no permiten que organismos internacionales se inmiscuyan en asuntos internos. Muchas veces se ve como violación a la soberanía nacional. Por otro lado, los organismos internacionales no han logrado la confianza suficiente para que se acuda a ellos. Es necesario eliminar los mitos de la soberanía nacional que no permiten la entrada de organismos internacionales con respetabilidad reconocida.

Expropiación de la propiedad por parte del gobierno. Cuando los agentes económicos perciben que están a expensas de la voluntad de los gobiernos y que se les puede expropiar sus propiedades, reducen sus actividades ya que es la forma en que reducen el riesgo. Incluso, el capital foráneo tiende a buscar refugio en otros países y con ello se eliminan muchos empleos. De ahí la importancia de que todos los agentes económicos cuenten con la garantía y la seguridad de que los gobiernos no confisquen sus propiedades, o que si se llega a hacer por razones estrictamente necesarias, sean indemnizados con un sobreprecio respecto al valor de mercado.

Los extranjeros, por ejemplo, abrigan el temor de ser expropiados en algún momento si compran tierras en el campo mexicano. Temen al gobierno Federal, al Estatal y al municipal. Se teme hasta a los grupos violentos que dicen defender la causa de los pobres e invaden ranchos y haciendas. Hay mucho que avanzar en este renglón.

Corrupción del poder judicial. La neutralidad e independencia del poder judicial da confianza y certidumbre a los agentes económicos para que realicen todas sus actividades sabiendo que existe un organismo neutro que impartirá justicia en caso de violación de alguno de sus derechos. Pero si los agentes perciben que el poder judicial es influido por fuerzas políticas o por las ofertas de dinero de una de las partes, entonces los agentes económicos se vuelven poco audaces en sus inversiones. En México, se percibe que existe un alto grado de corrupción judicial. Algunas instituciones colocan a este país en los primeros lugares dentro de las naciones más corruptas. La gente no confía e incluso teme al poder judicial.

Demoras en la recepción de las resoluciones judiciales y/o ejecuciones judiciales. En toda economía de mercado hay conflictos que se pueden resolver casi desde el momento en que las partes acuden al poder judicial; otros conflictos pueden tardar pocos días mientras se pone en claro la verdad del asunto, pero hay otros conflictos que innecesariamente tardan meses y hasta años en resolverse.

Si los agentes económicos saben que en un país sus conflictos duran mucho tiempo, les reduce el estímulo para producir y generar riqueza.

Propiedad privada protegida y garantizada legalmente. Aunque es posible que en varias constituciones se mencione la protección a la propiedad privada, no se le pone el énfasis adecuado, lo cual indica que todavía no se comprende bien su importancia o que deliberadamente se hace de manera marginal porque se valora más a las economías sin propiedad privada.

Por ahora, y de manera sorprendente, la República Popular de China ha colocado en su constitución política la inviolabilidad de la propiedad privada.

Es tan importante el concepto de propiedad privada que termina por definir si un país es capitalista o socialista.

Cuadro 4.17 Variación del ILE de los derechos de propiedad

Partes: 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12
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