Necesidades básicas del ser humano y su satisfacción a través de la cultura (página 4)
Enviado por Giovanni G. Bassetto Fajardo
Métodos cualitativos | Métodos cuantitativos |
Propensión a "comunicarse con" los sujetos del estudio | Propensión a "servirse de" los sujetos del estudio |
Se limita a preguntar | Se limita a responder |
Comunicación más horizontal… entre el investigador y los investigados… mayor naturalidad y habilidad de estudiar los factores sociales en un escenario natural |
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Son fuertes en términos de validez interna, pero son débiles en validez externa, lo que encuentran no es generalizable a la población | Son débiles en términos de validez interna -casi nunca sabemos si miden lo que quieren medir-, pero son fuertes en validez externa, lo que encuentran es generalizable a la población |
Preguntan a los cuantitativos: ¿Cuan particularizables son los hallazgos? | Preguntan a los cualitativos: ¿Son generalizables tus hallazgos? |
GRANDES PROBLEMAS DEL SALUD DEL SIGLO XXI
La Sociedad Cambia Más Rápido Que La Sanidad
La sociedad del siglo XXI cambia de forma rápida en dirección incierta. El sociólogo Zygmunt Bauman ha acuñado el concepto de sociedad o vida líquida para definir un modelo emergente de sociedad en el que las cosas se convierten en objetos de consumo o en objetos de reciclaje, y en la que nunca se sabe con certeza hacia dónde se evoluciona1. En este mismo contexto, el sociólogo Ulrick Beck ha hablado de la sociedad del riesgo como aquella en la que la búsqueda de certezas genera más incertidumbre2. Finalmente, Francis Fukuyama se ha referido al fin de la historia para definir un modelo de sociedad en la que los acontecimientos pasan con gran rapidez, de forma inmediata y son objetos de múltiples análisis en tiempo presente3. Este proceso de finitud de la historia, como disciplina encargada de la descripción y el análisis retrospectivo de los acontecimientos sociales, es consecuencia de un conjunto de fenómenos que, en lo que respecta a los sistemas sanitarios, se pueden clasificar como "transiciones sanitarias" (Tabla 1) y que permiten la visualización de los cambios conforme éstos se van produciendo, en "tiempo real".
Este concepto de now-history o "historia en tiempo real" dificulta la capacidad de reacción de los agentes sanitarios, a los que los determinantes del cambio suelen pillarles desprovistos de soluciones. Ello es debido, en parte, a que la velocidad del cambio es mayor que la capacidad de reacción al mismo por parte de las personas e instituciones sanitarias. Un ejemplo de esta situación lo constituye el aumento de tarjetas sanitarias que se ha producido en algunas CC.AA. y que ha supuesto un colapso de algunos servicios sanitarios debido a una demanda asistencial no prevista. A ello se une la escasa capacidad de planificación de los servicios sanitarios, como se ha demostrado con la imprevisión producida en la estimación del número de médicos necesarios. La coexistencia en el tiempo de un aumento del número de jubilaciones de profesionales con la disminución del número de nuevos licenciados en activo -resultante de las políticas de numerus clausus que se han aplicado desde 1980 en las facultades de medicina– era un fenómeno previsible que no había sido adecuadamente previsto.
Los sociólogos modernos concluyen que vivimos en la sociedad de la incertidumbre, del cambio y del exceso, y esas características también se reflejan en las actitudes de los ciudadanos con respecto a la salud y a los sistemas sanitarios. Las características más relevantes de este nuevo modelo de cambio social se describen tabla 2.
Así, en España se ha configurado un nuevo modelo de usuario de la sanidad que condiciona los patrones de utilización de los servicios sanitarios y aumenta la complejidad de la visita médica. Una complejidad que, de hecho, está influenciada por una condiciones de presión asistencial, difusión rápida de nuevas tecnologías, escasa preparación de los profesionales de la medicina en habilidades de relación y comunicación con los pacientes, mayor exigencia de los usuarios, baja autoestima y burn-out de los profesionales de la atención médica, y unas elevadas expectativas en la capacidad resolutiva de los servicios de salud y en el beneficio potencial de los avances científicos.
En España se ha producido en los últimos años una elevada alfabetización de la población, entendida ésta como un aumento del porcentaje de ciudadanos que saben leer, escribir y hacer operaciones numéricas simples. A ello se ha unido un incremento de la educación formal de la ciudadanía, medida por el porcentaje de personas que han finalizado los estudios de bachillerato y los que han tenido acceso a estudios universitarios. Curiosamente, este aumento de la alfabetización formal básica y superior no se ha acompañado de un incremento de la alfabetización sanitaria y de la educación cívica. Por alfabetización sanitaria se entiende la capacidad de las personas para encontrar, entender y utilizar adecuadamente, en beneficio propio o de aquellas personas que cuidan, la información relacionada con los temas de salud. Asimismo, el concepto de educación cívica hace referencia, en este caso, a la capacidad de los ciudadanos para realizar un uso justificado y adecuado de los recursos públicos. A estos déficits de alfabetización sanitaria y educación cívica se une la extensión, en el Estado del bienestar, de los servicios sanitarios al ámbito de las políticas sociales. Esta situación se manifiesta en tres situaciones específicas: los centros de salud, los servicios de urgencias y la atención sociosanitaria.
En los sistemas sanitarios modernos el centro de salud se convierte en un "centro social" ya que parte de la patología que atiende está relacionada o acompañada de situaciones relativas a la dependencia, problemas de salud mental, estrés, soledad y adicciones, entre otras condiciones de naturaleza social. Ello ha llevado a algunos sistemas sanitarios a considerar al centro de salud como un centro social o sociosanitario, lo que supondría, en términos de organización de la asistencia, dar una mayor relevancia de la que tienen en la actualidad a los profesionales de enfermería y a los trabajadores sociales.
Otra característica singular de nuestro sistema sanitario es la utilización que se hace de los servicios de urgencias. En ésta se ve el reflejo de una sociedad que no sabe esperar y que busca encontrar soluciones rápidas a los problemas de salud. El hecho de que las urgencias hospitalarias sea la puerta preferida por muchos ciudadanos para entrar en el sistema sanitario cuando tienen un problema de salud indica, en aquellos casos en los que no constituye la alternativa adecuada, un déficit de educación cívica sobre los usos de los bienes públicos y un problema de alfabetización sanitaria. A ello se une la ausencia de servicios de salud que atiendan a los pacientes en horario de tarde-noche y de fin de semana.
Finalmente, el envejecimiento de la población produce un incremento de la comorbilidad, lo que se define, en la denominada transición epidemiólogica, como la transición de un estadio de enfermedad única y aguda, a uno de pluripatología y enfermedad crónica. Todo ello en un entorno sanitario donde predomina el hospital de alta tecnología y la fragmentación por especialidades, obviando una aproximación más cercana a las necesidades de salud y sociales de los pacientes.
El escenario expuesto se hace más complejo cuando la atención sanitaria califica a sus usuarios como clientes y no como pacientes. La naturaleza del concepto de cliente o consumidor implica una capacidad de elección de lo servicios por parte de éste, una participación del usuario en la evaluación de los servicios obtenidos, dar prioridad a la visión subjetiva de la necesidad médica y la adopción de un modelo de relación entre profesionales y usuarios más simétrico, entre otras tendencias emergentes. La diferencia esencial es que un consumidor de un servicio convencional, por ejemplo un supermercado, puede decidir si acude o no a éste, cuándo va y qué va a comprar, mientras que un usuario de los servicios sanitarios se supone que acude a los mismos por necesidad, no por voluntad, y su capacidad de elección está restringida. En este sentido, en los servicios de atención sanitaria se manifiesta la tensión existente entre una organización diseñada para atender enfermos de forma gratuita y universal y una concepción del paciente como usuario, cliente o consumidor. Ello configura la necesidad de determinar un nuevo marco de derechos y obligaciones acordes con un nuevo modelo de paciente.
Finalmente, en la denominada sociedad de la información, Internet ha supuesto una verdadera revolución. Se ha pasado de una situación de incapacidad para acceder a información sobre temas de salud o del acceso a una información de escasa calidad y genérica, a acceder a una gran cantidad de información de calidad desigual y que supera la capacidad de cribado de los internautas. Así, en el mes de octubre de 2006 se podían encontrar 300 millones de referencias sobre cáncer en el buscador Google, de las que más de 3 millones eran de cáncer de mama y 1.390.000 sobre el tratamiento de este tipo de tumores con un nuevo fármaco, el Herceptin. Curiosamente, o no, Internet permite acceder a las búsquedas más variopintas, como la de encontrar 455 webs que hacían referencia al inexistente tratamiento de la angina de pecho con frijoles.
La experiencia de los pacientes en España
En los últimos años, desde la Fundación Biblioteca Josep Laporte se han dirigido y promovido diferentes estudios genéricos en pacientes y usuarios de la sanidad con los siguientes objetivos4: valorar la percepción y experiencia de los usuarios y pacientes con el Sistema Nacional de Salud; evaluar los cambios producidos en el sistema sanitario; visualizar tendencias en la utilización de los servicios sanitarios y en el auto-cuidado; estudiar la confianza de los ciudadanos en el sistema de salud y revisar el estado de la opinión pública sobre los temas de salud y sanidad. Los estudios realizados seguían metodologías cuantitativa y cualitativa. Entre las investigaciones cuantitativas destacan: una encuesta realizada en julio 2001 para el Observatorio de Salud y Mujer en 6.530 mujeres españolas valorando sus necesidades de información de salud; otra encuesta llevada a cabo en septiembre de 2002 en una muestra de 2.700 usuarios de la sanidad y una tercera realizada en noviembre de 2005 con la Universidad de Harvard en 3.010 ciudadanos. Entre los trabajos cualitativos, destacan: el estudio internacional "El Paciente del Futuro" que dirigido desde el Picker Institute de Oxford se realizó en 8 países europeos con la metodología de grupos focales, el estudio "El Paciente Oncológico", y estudios en pacientes con osteoporosis y con enfermedades cardiovasculares. Los principales resultados de los estudios cuantitativos aparecen resumidos en las tablas 3 y 4.
En ellos se pone en evidencia la escasa implicación de los pacientes en la toma de decisiones sanitarias, donde adoptan mayoritariamente un rol pasivo, la necesidad de mejorar los procesos de información a los pacientes -tanto en cantidad como en calidad- y la importancia del médico y de los medios de comunicación como agentes de información. Los resultados del estudio de "Confianza en el Sistema Nacional de Salud"5 evidencian la elevada confianza de la población en las profesiones sanitarias con respecto a otras profesiones. También ponen de manifiesto que la población es consciente de que la sanidad atraviesa problemas financieros o de sostenibilidad, pero, a pesar de ello, no están dispuestos a aceptar medidas de financiación complementaria -basadas en el copago de servicios o en la subida de impuestos– a excepción de los impuestos del tabaco y del alcohol.
Los principales resultados del estudio español del proyecto internacional "El Paciente del Futuro" aparecen descritos en la tabla 5.
Los mismos evidencian cómo los españoles sitúan la sanidad y los temas de salud como prioritarios. Este dato confirma los resultados obtenidos en las diferentes encuestas realizadas a principios de la década de los 90 en España. También destaca la reivindicación de la figura de "mi médico" como agente de salud de los pacientes, a pesar de que se le pide una mayor dedicación en tiempo de visita y en la calidad de la información proporcionada. Esta visión se confirma en el estudio de "Confianza". Asimismo, aparece la dicotomía pasiva-activa en la actitud de los pacientes hacia los temas de salud que, posteriormente, se confirma en los estudios cuantitativos. La tendencia pasiva de los pacientes exige el protagonismo de los médicos en los procesos de toma de hijos de personas mayores.
Desde el año 2003 diferentes iniciativas han intentado fomentar la educación cívica y la promoción de los derechos de los pacientes en España. La decisiones, adoptando un modelo de relación paternalista. Por el contrario, la tendencia activa, minoritaria en los estudios cualitativos y cuantitativos, evidencia la aparición emergente de un nuevo tipo de pacientes que quieren participar y adoptar un rol protagonista en los procesos de toma de decisiones que afectan a su salud.
Estos pacientes optarían por un modelo de relación médico-paciente deliberativo e incluso, en algunos casos, científico. Se podría hipotetizar que los ejemplos de este nuevo modelo de paciente se visualizarían en un nivel educativo alto, pacientes jóvenes, padres de niños enfermos y en primera de estas iniciativas fue la Declaración de Barcelona de las Asociaciones de Pacientes, formulada por representantes de 50 organizaciones de pacientes y usuarios del Estado español6. La difusión de la misma llevó a la constitución del Foro Español de Pacientes, que agrupa 14 grandes organizaciones, 637 asociaciones de pacientes y 267.000 miembros. El Foro está impulsando en la actualidad la creación de foros autonómicos, de los que ya existe el "Forum Catalá de Pacients" que agrupa 25 asociaciones y 31.000 miembros. El Foro ha organizado ya dos congresos nacionales de pacientes y se ha constituido en una organización de promoción de los derechos de los pacientes. Finalmente, con el objeto de promover una mayor alfabetización sanitaria de la sociedad civil y de los pacientes se ha creado la Universidad de los Pacientes. Este es un proyecto promovido por la Universitat Autónoma de Barcelona y la Fundació Biblioteca Josep Laporte que tiene como misión promover actividades de información, incluidos los "podcasts epacientes" y diferentes sitios webs, de investigación, de formación, con los programas de paciente experto y de paciente tutor, y de asesoría y acreditación de actividades.
Mutaciones Demográficas
Según las previsiones medias de las Naciones Unidas, la población mundial alcanzará 8.000 millones en 2028 y 9.000 millones en 2054, y luego se estabilizará en torno a esa cifra. No habrá entonces una explosión demográfica, sino más bien un gran aumento seguido de un estancamiento. Algunos demógrafos estiman que dentro de algunos decenios podría incluso producirse una implosión. En efecto, según las previsiones más bajas de las Naciones Unidas la población mundial se estabilizaría en torno a los 7.300 millones hacia 2050, antes de empezar a declinar. Teniendo en cuenta que la transición demográfica se ha acelerado, no se puede descartar que a mediados del siglo XXI la población mundial supere apenas los 8 mil millones.
Por otra parte, la población mundial está envejeciendo. Según la hipótesis media de las Naciones Unidas, de 1995 a 2050 los menores de 15 años disminuirán -del 31% al 19% de la población mundial-, mientras que las personas de más de 60 años aumentarán -del 10% al 22%. También está evolucionando la distribución geográfica de la población mundial. A no ser que se produzcan grandes corrientes migratorias -un fenómeno siempre posible-, la población de Europa y Japón disminuirá en los próximos 50 años. Según algunos estudios, la única solución para resolver la drástica disminución de la proporción entre personas activas e inactivas sería la inmigración. Las causas de mortalidad también evolucionan. La Organización Mundial de la Salud (OMS) ha dado la voz de alarma sobre la inminente posibilidad de que estalle una crisis mundial provocada por las enfermedades infecciosas. A pesar de los progresos considerables en la lucha contra esas enfermedades -se ha logrado erradicar la viruela y podrían declararse definitivamente vencidas la poliomielitis y la dracunculosis-, siguen causando la tercera parte de las muertes que ocurren en el mundo. Las bacterias y los virus que las provocan son nuevos, están en constante mutación o han aprendido a resistir a los tratamientos que nos protegían hasta ahora. En cualquier caso, todos se caracterizan por una enojosa tendencia a desplazarse.
Cuando una enfermedad desaparece, surge otra nueva: en 1980 la OMS anunciaba la erradicación mundial de la viruela, y un año después se identificaba el sida por primera vez. Además, hay un recrudecimiento de enfermedades graves como la tuberculosis, se han identificado nuevos agentes infecciosos como el prión y varias enfermedades conocidas empiezan a resistir a los antibióticos clásicos, al mismo tiempo que disminuyen las investigaciones sobre las vacunas. En Botswana, el país más diezmado por la epidemia del sida, una cuarta parte de la población adulta está infectada por el virus y la esperanza de vida al nacer decayó de 61 años a 47 en el último decenio, cuando debería ser actualmente de 67 años si no existiera esa epidemia. La esperanza de vida también se redujo en la Federación de Rusia y en varios países de la antigua URSS.
Existe un vínculo entre la educación de las jóvenes y las cuestiones de población y desarrollo. Muchos estudios han puesto de relieve la repercusión positiva que tiene la educación de la mujer en el desarrollo social y la salud, y más concretamente en los índices de mortalidad infantil y fecundidad. A este respecto, cabe preguntarse si el mejor método anticonceptivo no es la educación para todos a lo largo de toda la vida. El aumento de la población mundial conlleva una urbanización masiva, acelerada por las transformaciones socioeconómicas, que transforma la escala de las ciudades y va acompañada por fenómenos sin precedentes: pobreza y exclusión urbanas, secesión de grupos y barrios, problemas ambientales, acceso a los recursos naturales y culturales, derecho a la vivienda, nuevos problemas de ciudadanía y retracción del espacio público. De confirmarse estas tendencias, se estima que dentro de 40 años habrá que construir el equivalente de 1.000 ciudades de 3 millones de habitantes, o sea casi tantas ciudades como las que existen actualmente.
Hoy en día el crecimiento urbano más acusado se produce, o bien en las regiones más pobres y en este caso no guarda relación con un desarrollo efectivo, o bien en las zonas de auge económico más rápido. En este último caso, el "boom" suele provocar una explosión caótica que genera grandes problemas de abastecimiento de agua potable, energía, aprovisionamiento alimentario suficiente, violencia, marginación y exclusión. Esto hace que en muchos países proliferen "comunidades cerradas" que se amurallan y protegen con barreras, o se aíslan en lugares apartados. Millones de personas fascinadas por el brillo de las grandes ciudades truecan la pobreza del medio rural por la miserable "soledad acompañada" de las grandes aglomeraciones, donde suelen carecer de los servicios más elementales, ya se trate de escuelas, sistemas sanitarios o infraestructuras básicas, y viven sumidas en la miseria y la exclusión que a menudo son terrenos abonados para la violencia y el extremismo. Ante esas situaciones, ¿cómo humanizar la ciudad, reconstituir la urbanidad y el civismo, e integrar a los marginados?
CONDICIONES DE VIDA, FACTORES SOCIO-ECONÓMICOS, EMPLEO, EDUCACIÓN, RECREACIÓN
Todo comenzó principalmente con la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948. Lo que se pretendía era establecer un conjunto de normas de derechos humanos que, por ser formalmente positivadas y tener la aceptación voluntaria de los Estados miembros de las Naciones Unidas, y generar un ambiente político internacional de normas de derechos humanos.
Los derechos económicos, sociales y culturales, además de ser proclamados en la Declaración Universal dos Derechos Humanos de 1948, fueron codificados en una norma específica: Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales – documento que vino a ser adoptado por la ONU en 1966 y ratificado por Brasil en 12 de diciembre de 1991.
La primera idea fue la creación de una Carta Internacional de Derechos Humanos y un único pacto internacional, que tuviese obligatoriedad para los Estados signatarios y que tratase tanto de los derechos civiles y políticos como de los derechos económicos, sociales y culturales. Las divergencias entre los bloques mundiales – Unión Soviética (firmes defensores de los derechos económicos, sociales y culturales) y Estados Unidos (defensores de los derechos civiles y políticos) – las objeciones acerca la naturaleza jurídica de eses derechos impidieron esa formulación, adoptándose dos tratados distintos: El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales:
"La Comisión de Derechos Humanos recibió por medio del ECOSOC el encargo de la Asamblea General de preparar un instrumento que precisara en términos jurídicos los derechos enunciados en la Declaración Universal, comenzó a trabajar sobre la idea de elaborar un solo pacto dedicado únicamente a los derechos civiles y políticos. Posteriormente, al declarar la Asamblea General la indisolubilidad entre el goce de ambas clases de derechos, se decidió incluir dentro del pacto los derechos económicos, sociales y culturales, siguiendo el modelo de la Declaración Universal. Pero las dudas sobre el carácter justiciable de unos derechos cuya formulación era imprecisa, indujeron a la Asamblea General a variar su opinión y configurar dos pactos distintos."
Los trabajos comenzaron en 1947, sin embargo, en 1954 todavía no habían sido concluidos. No por falta de reuniones de las comisiones o por falta de propuestas de un pacto único, sino por las presiones políticas durante la Guerra Fría que impidieron la conclusión del pacto único, restando, como única solución inteligente la creación de los dos pactos.
Esos adoptados en 1966, pero solamente entraron en vigor diez años después, cuando consiguieron el número de ratificaciones necesarias. Lo que prevaleció en realidad, fue una visión liberal de derechos humanos minimizando la discusión de derechos económicos y sociales como derechos que deberían ser aplicados cuando fuera posible o conveniente. Fue una tendencia ideológica que prevaleció en la adopción de esos pactos.
Dos años después, en la Conferencia Mundial realizada en Teherán en 1968, se afirmó la indivisibilidad y la interdependencia de los derechos humanos, como nos enseña Cançado Trindade: "Como os direitos humanos e as liberdades fundamentais são indivisíveis, a realizaçao dos direitos civis e políticos sem o gozo dos direitos econômicos, sociais e culturais torna-se impossível"
En ese sentido, las Naciones Unidas a parte de adoptar dos pactos distintos buscó a lo largo de los años afirmar el carácter indivisible e interdependiente de los derechos humanos. En los años setenta, resoluciones de las Naciones Unidas reiteraron esta idea, al afirmar que:
"Todos derechos humanos son universales, indivisibles, interdependientes y están relacionados entre sí. La comunidad internacional debe tratar los derechos humanos en forma global y de manera justa y equitativa, en pie de igualdad y dándoles a todos el mismo peso."
El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales presenta un rol extenso de derechos lo que representa un desarrollo de la DUDH en cuanto al ideal del ser humano liberado del temor y de la miseria por medio del goce integral de los derechos humanos, económicos, sociales y culturales, como también de los derechos civiles y políticos.
El PIDESC busca establecer normas con mayor poder vinculante para los Estados en materia de los derechos económicos, sociales y culturales, fijando igualmente su contenido, alcance y limitaciones; comparando con la DUDH, éste amplía la gama de los derechos económicos sociales y culturales, y es un importantes instrumento buscar la materialización de estos derechos.
De esta forma se clasifica los derechos: En primer lugar, el derecho de los pueblos a su libre autodeterminación política y a proveer su desarrollo económico, social y cultural, disponiendo libremente de sus riquezas y recursos naturales, sin que se pueda privar a un pueblo de sus propios medios de subsistencia.
En segundo lugar, un grupo de derechos laborales que comprende el derecho al trabajo, a la formación técnico profesional, a la ocupación plena, a condiciones de trabajo satisfactorias y equitativas, a un salario justo que permita condiciones dignas al trabajador y su familia, al descanso y al tiempo libre, a los derechos sindicales, que comprenden la libertad sindical de asociación y el derecho a la huelga.
En tales artículos del PIDESC establece el derecho al trabajo, sin discriminación alguna, con derecho a una remuneración justa, y además añade el derecho al individuo a sindicalizarse.
El derecho al trabajo está reconocido por varios instrumentos normativos en el ámbito internacional, pues se trata de un derecho muy importante para el desarrollo de la persona humana, su dignidad y sobretodo para la realización de otros derechos humanos.
"Toda persona tiene el derecho a trabajar para poder vivir con dignidad. El derecho al trabajo sirve, al mismo tiempo, a la supervivencia del individuo y de su familia y contribuye también, en tanto que el trabajo es libremente escogido o aceptado, a su plena realización y a su reconocimiento en el seno de la comunidad."
Es una obligación del Estado garantizar a las personas el derecho al trabajo libremente elegido o aceptado, esta es una definición basada en que la dignidad y el respecto de la persona son posibles a través de su libertad.
Esto genera el desarrollo personal y la integración social y económica de la persona. Según la OIT el "empleo pleno, productivo y libremente elegido" vincula la obligación de los Estados Partes en abolir, condenar y luchar contra todas las formas de trabajo forzado.
Es importante añadir que "el derecho al trabajo no debe entenderse como un derecho absoluto e incondicional a obtener empleo".
Como se ha comentado anteriormente, la importancia del trabajo se caracteriza sobretodo por la dignidad del mismo, y cuanto a ese punto se observa que trabajo digno es aquel que respeta los derechos del hombre como trabajador y los demás derechos de la persona, es decir, añade al trabajador derechos típicos como remuneración y seguridad pero no implica en la restricción de otros derechos fundamentales como la integridad física y mental.
Tal remuneración justa implica una forma equitativa y satisfactoria que garantice una condición a los trabajadores de vivir y asegurar la vida de sus familias con dignidad. Los Estados están obligados a establecer unos mecanismos de fijación del salario mínimo, para determinar, revisar y ajustar periódicamente sus tasas, con la finalidad de mantener con el salario mínimo unas condiciones básicas que garanticen la cualidad de vida digna de los trabajadores.
Según la Observación General Nº 18 del CDESC, el trabajo pleno será posible con la conjunción de los siguientes elementos interdependientes y esenciales, que deberán ser proporcionados por los Estados en la medida de las condiciones internas existentes:
- Disponibilidad: Los Estados Partes deben proporcionar servicios especializados para ayudar y apoyar a los individuos a identificar el empleo disponible y acceder a él.
- Accesibilidad: el derecho a acceder al trabajo, se define en tres dimensiones:
- Sin discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento, discapacidad física o mental, estado de salud, orientación sexual, estado civil, político, social;
- Condición de accesibilidad física para persona discapacitadas;
- Información sobre los medios para obtener acceso al empleo.
- Aceptabilidad y calidad: el derecho del trabajador a condiciones justas y favorables de trabajo, condiciones laborales seguras, el derecho a constituir sindicatos y el derecho a elegir y aceptar libremente empleo.
El artículo 7, d) también trata del derecho al trabajo y establece el derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas una vez que garantizan una elevada productividad, al tiempo que se protege la salud física y mental de los trabajadores. La importancia de ellos se funda en el derecho a la salud, y es explicado en las normas de la OIT que actualmente, tratan del tiempo de trabajo y confieren el marco para la regulación de las horas de trabajo, de los periodos de descanso diarios y semanales, y de las vacaciones anuales.
Los sindicatos desempeñan una función primordial al garantizar el respeto del derecho al trabajo en los planos local y nacional y ayudar a los Estados a cumplir sus obligaciones, "el derecho de sindicación y de constitución de sindicatos y organizaciones de empleadores y de trabajadores es el requisito necesario para la solidez de la negociación colectiva y del diálogo social" , entonces su importancia como señala el artículo 8, parágrafo 1, a), es la libertad de la persona a fundar y a filiarse a los mismos .
Un tercer grupo que tiene que ver con los derechos de subsistencia, que comprenden el derecho a la salud física y mental, el derecho a la seguridad social, el derecho a un medio ambiente sano, el derecho a un nivel de vida adecuado que incluye la alimentación, el vestido y la mejora en las condiciones de existencia .
El derecho a la salud y al bienestar están vinculados con el ejercicio de otros derechos humanos y depende de ellos, en particular el derecho a la alimentación, a la vivienda, al trabajo, a la educación, a la dignidad humana, a la vida, a la no discriminación, a la igualdad, a no ser sometido a torturas, a la vida privada, al acceso a la información y a la libertad:
"Esos y otros derechos y libertades abordan los componentes integrales del derecho a la salud. Gracias a una amplia gama de factores socioeconómicos que promueven las condiciones merced a las cuales las personas pueden llevar una vida sana, y hace ese derecho extensivo a los factores determinantes básicos de la salud, como la alimentación y la nutrición, la vivienda, el acceso a agua limpia potable y a condiciones sanitarias adecuadas, condiciones de trabajo seguras y sanas y un medio ambiente sano."
Tales derechos no deben ser entendidos como derecho a estar "sano", derivan de libertades y derechos como el derecho de la persona a controlar su salud y su cuerpo, incluso su libertad sexual, el derecho a no ser sometido a torturas ni a tratamientos y experimentos médicos sin su consentimiento. Ya en el plano de los derechos se nota las obligaciones positivas del Estado en promover un sistema de protección de la salud a todas las personas con oportunidades y tratamientos iguales.
El Comité interpreta el derecho a la salud como un derecho que no sólo trata la atención de salud como asistencia medica, sino también con la composición de factores determinantes de la salud, y por supuesto del bien estar, como el acceso al agua limpia potable , a condiciones sanitarias adecuadas, alimentos sanos, vivienda adecuada, condiciones sanas en el trabajo y el medio ambiente, y acceso a la educación e información sobre cuestiones relacionadas con la salud, incluida la salud sexual y reproductiva.
El derecho a la alimentación que debe ser asegurado para que la persona pueda disfrutar de un nivel de vida adecuado, también esta vinculado a la dignidad de la persona y de la justicia social, pues requiere la adopción de políticas económicas, ambientales y sociales adecuadas, en los planos nacional e internacional, orientadas a la erradicación de la pobreza y al disfrute de todos los derechos humanos por todos.
El derecho a alimentación adecuada designado a todo hombre, mujer o niño consiste en la disponibilidad de alimentos en cantidad y calidad suficiente para satisfacer las necesidades alimentarías de los individuos, sin sustancias nocivas, y en el acceso de esos alimentos en formas que sean sostenibles y que no dificulten el goce de otros derechos humanos.
Ese derecho tendrá que alcanzarse progresivamente. Con la obligación básica de los Estados en adoptar las medidas necesarias para mitigar y aliviar el hambre.
Un cuarto grupo son los derechos culturales, que comprende el derecho a la educación, la libertad de los padres a escoger la educación de sus hijos, a participar de la vida cultural y a gozar de los beneficios del conocimiento.
Y finalmente un quinto grupo, incluye los derechos relativos a la protección de ciertas categorías o sectores, primero la familiar especialmente en lo que se refiere protección de la maternidad, de la adolescencia y los derechos de la niñez.
Es importante observar que el Pacto es un instrumento convencional que impone obligaciones jurídicas vinculantes a los Estados partes. Según Cassese:
"Los Pactos tiene valores diferentes: justamente porque constituyen tratados internacionales propiamente dichos, sólo obligan a los países que expresamente los han aceptado por medio del procedimiento formal de la adhesión. Por lo tanto, en un sentido son más fuertes (precisamente porque imponen imperativos jurídicos obligatorios); en otro sentido, en cambio, son más débiles porque solamente implican aquellos Estados que se han comprometido a observarlos."
El artículo 2º del Pacto impone a los Estados la obligación de adoptar medidas hasta el máximo de sus recursos disponibles, de modo que se pueda asegurar progresivamente el pleno ejercicio de derechos en él reconocidos. Ese mismo artículo señala la naturaleza de las obligaciones jurídicas generales de los Estados Parte e incluye tanto obligaciones de comportamiento como obligaciones de resultado.
Los Estados Parte del PIDESC son responsables ante la comunidad internacional y ante sus propios pueblos por el cumplimiento de las obligaciones que se derivan del Pacto, tales obligaciones según el PIDESC son respectar, proteger y realizar.
Se entiende por respetar cuando el Estado se abstiene de hacer algo que viole la integridad de un individuo o infrinja su libertad, incluyendo la libertad de utilizar los recursos materiales disponibles a tal individuo de manera que ése encuentre mejor para satisfacer sus necesidades básicas. La Corte Superior de Sud Africa encontró en el caso de la desconexión de los servicios de agua por parte de la municipalidad sin un procedimiento justo y equitativo, era una ruptura prima facie de esta obligación de respetar el derecho a tener agua.
Por proteger se entiende que el Estado "tome las medidas necesarias para prevenir que otros individuos o grupos violen la integridad, la libertad de acción u otros derechos humanos de un individuo. La Corte Europea de DD.HH en el caso López Ostra v Spain y Guerra v Italy, encontró que los cuerpos gubernamentales habían fracasado en la protección del derecho a la vida privada y familiar, al continuar permitiendo a las industrias que emitieran gases tóxicos y desechos a pesar del daño ambiental y los problemas de salud .
Por último la obligación de cumplir o realizar requiere que los Estados tomen las medidas necesarias para asegurar a cada persona dentro de su jurisdicción las oportunidades para obtener la satisfacción de esas necesidades, reconocidas en los instrumentos de derechos humanos, que no pueden ser aseguradas sólo con esfuerzos personales. Así el derecho a la alimentación debe estar garantizado cuando no se accede a ese derecho por falta de trabajo, avanzada edad, enfermedad, desastre, etc. Lo mismo debe suceder con la vivienda o la salud.
El Comentario General nº 03, de 1990, del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas ofrece una interpretación oficial sobre la naturaleza de las obligaciones impuestas por el PIDESC a los Estados-partes. De acuerdo con las Naciones Unidas, el concepto de progresividad indica que la plena realización de derechos económicos, sociales y culturales no podrá ser alcanzada, de modo general, en un corto período de tiempo e incluye tanto "obligaciones de comportamiento como obligaciones de resultado" Así, las obligaciones impuestas tiene diferencias significativas de aquellas contempladas en el artículo 2º del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que prevé obligación inmediata de respectar y asegurar a los derechos en él previstos .
Entretanto, para el Comité, la progresividad no debe ser interpretada como una justificativa para que el Estado deje de implementar los derechos económicos, sociales y culturales. ésta sería apenas una forma de llevar a cabo la realidad y las dificultades involucradas para plena realización de dichos derechos. Según las Naciones Unidas el Pacto impone, de hecho, a los Estados, obligación de actuar de forma efectiva para la obtención de este objetivo.
VALENCIA, SEPTIEMBRE DE 2008
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Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura
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http://www.almendron.com/politica/especiales/futuros_posibles/119699S.pdf
Autor:
Bassetto, Giovanni
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