14. Al dispersar reuniones violentas, los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley podrán utilizar armas de fuego cuando no se puedan utilizar medios menos peligrosos y únicamente en la mínima medida necesaria. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley se abstendrán de emplear las armas de fuego en esos casos, salvo en las circunstancias previstas en el principio 9.
Vigilancia de personas bajo custodia o detenidas 15. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, en sus relaciones con las personas bajo custodia o detenidas, no emplearán la fuerza, salvo cuando sea estrictamente necesario para mantener la seguridad y el orden en los establecimientos o cuando corra peligro la integridad física de las personas.
16. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, en sus relaciones con las personas bajo custodia o detenidas, no emplearán armas de fuego, salvo en defensa propia o en defensa de terceros cuando haya peligro inminente de muerte o lesiones graves, o cuando sea estrictamente necesario para impedir la fuga de una persona sometida a custodia o detención que presente el peligro a que se refiere el principio 9.
17. Los principios precedentes se aplicarán sin perjuicio de los derechos, obligaciones y responsabilidades de los funcionarios de establecimientos penitenciarios, tal como se enuncian en las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos, sobre todo las reglas 33, 34 y 54.
Calificaciones, capacitación y asesoramiento 18. Los gobiernos y los organismos encargados de hacer cumplir la ley procurarán que todos los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley sean seleccionados mediante procedimientos adecuados, posean aptitudes éticas, psicológicas y físicas apropiadas para el ejercicio eficaz de sus funciones y reciban capacitación profesional continua y completa. Tales aptitudes para el ejercicio de esas funciones serán objeto de examen periódico.
19. Los gobiernos y los organismos encargados de hacer cumplir la ley procurarán que todos los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley reciban capacitación en el empleo de la fuerza y sean examinados de conformidad con normas de evaluación adecuadas. Los funcionarios que deban portar armas de fuego deben estar autorizados para hacerlo sólo tras haber finalizado la capacitación especializada en su empleo.
20. En la capacitación de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, los gobiernos y los organismos correspondientes prestarán especial atención a las cuestiones de ética policial y derechos humanos, especialmente en el proceso de indagación, a los medios que puedan sustituir el empleo de la fuerza y de armas de fuego, por ejemplo, la solución pacífica de los conflictos, el estudio del comportamiento de las multitudes y las técnicas de persuasión, negociación y mediación, así como a los medios técnicos, con miras a limitar el empleo de la fuerza y armas de fuego. Los organismos encargados de hacer cumplir la ley deben examinar sus programas de capacitación y procedimientos operativos a la luz de casos concretos.
21. Los gobiernos y los organismos encargados de hacer cumplir la ley proporcionarán orientación a los funcionarios que intervengan en situaciones en las que se empleen la fuerza o armas de fuego para sobrellevar las tensiones propias de esas situaciones.
Procedimientos de presentación de informes y recursos 22. Los gobiernos y los organismos encargados de hacer cumplir la ley establecerán procedimientos eficaces para la presentación de informes y recursos en relación con todos los casos mencionados en los principios 6 y 11 f). Para los casos con respecto a los cuales se informe de conformidad con esos principios, los gobiernos y los organismos encargados de hacer cumplir la ley asegurarán que se establezca un procedimiento de revisión eficaz y que autoridades administrativas o judiciales independientes estén dotadas de competencia en circunstancias apropiadas. En caso de muerte y lesiones graves u otras consecuencias de importancia, se enviará rápidamente un informe detallado a las autoridades competentes para la revisión administrativa y la supervisión judicial.
23. Las personas afectadas por el empleo de la fuerza y de armas de fuego o sus representantes legales tendrán acceso a un proceso independiente, incluido un proceso judicial. En caso de muerte de esas personas, esta disposición se aplicará a sus herederos.
24. Los gobiernos y los organismos encargados de hacer cumplir la ley adoptarán las medidas necesarias para que los funcionarios superiores asuman la debida responsabilidad cuando tengan conocimiento, o debieran haberlo tenido, de que los funcionarios a sus órdenes recurren, o han recurrido, al uso ilícito de la fuerza y de armas de fuego, y no adopten todas las medidas a su disposición para impedir, eliminar o denunciar ese uso.
25. Los gobiernos y los organismos encargados de hacer cumplir la ley adoptarán las medidas necesarias para que no se imponga ninguna sanción penal o disciplinaria contra los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley que, en cumplimiento del Código de conducta pertinente y de estos Principios Básicos, se nieguen a ejecutar una orden de emplear la fuerza o armas de fuego o denuncien ese empleo por otros funcionarios.
26. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley no podrán alegar obediencia de órdenes superiores si tenían conocimiento de que la orden de emplear la fuerza o armas de fuego, a raíz de la cual se ha ocasionado la muerte o heridas graves a una persona, era manifiestamente ilícita y tuvieron una oportunidad razonable de negarse a cumplirla. De cualquier modo, también serán responsables los superiores que dieron las órdenes ilícitas.
INSTRUCCIÓN BASICA DE LOS EFECTIVOS POLICIALES La preparación de los efectivos policiales constituye un proceso permanente de capacitación y entrenamiento que debe permitirle desempeñarse adecuadamente ante los diversos requerimientos que el contexto social presenta durante el cumplimiento de su misión. Los planes y programas del sistema educativo policial deben garantizar una alta profesionalización, individual y colectiva, incidiendo en los aspectos de uso de armas de fuego, defensa personal, técnica policial y ética; esta instrucción se debe mantener en los diferentes niveles educativos, garantizando el sostenimiento de una evaluación real que permita apreciarla calificación de la aptitud para cumplir con la función policial. Es importante que la capacitación y el entrenamiento no sean sólo un condicionamiento de calificación, pues el requerimiento de aptitud y competencia son necesidades básicas para prestar un servicio eficiente y seguro, por lo tanto debe motivarse que ésta se realice principalmente por el interés personal de cada efectivo policial y no como una obligación. ( P B 18, 2 0) La instrucción debe ser profesional, lógica y realista. Con ella se adquiere habilidad y destreza, permitiendo que el policía pueda enfrentar las tareas con menor riesgo para su integridad física y su vida, asegurándole cumplir con su función de servir a la comunidad y proteger a las personas en el marco irrestricto del respeto a los derechos humanos.
PREPARACION PSICOLOGICA.- La seguridad del efectivo policial está directamente relacionada con su preparación o estado mental. Esto le permitirá visualizar y ensayar sus acciones, de modo que se tenga una respuesta en razón a la forma de actuar de los presuntos infractores de la ley. Por estas mismas razones se debe proporcionar a los efectivos policiales orientación para que puedan sobrellevar las tensiones propias de situaciones en las que se empleen la fuerza o las armas ( P B 2 1) Para actuar en la vida real, usted tiene que entrenar lo máximo posible. Acuérdese que todas las situaciones son posibles de ser simuladas con realismo durante los entrenamientos. Realícelo mentalmente. Si usted no se prepara mentalmente para las situaciones, o lo que resulte de ellas, muy probablemente tendrá un desempeño no deseado, pudiendo incluso quedarse paralizado y ser víctima de los acontecimientos. Discuta, intercambie ideas, realice simulaciones sólo o con su equipo, aprovechando reportajes periodísticos, boletines de ocurrencia, testimonios de sus compañeros y todo lo que sea necesario.
Contrario a lo que se puede pensar, el condicionamiento físico y el arma que usted tiene no son lo más relevante para su seguridad. El principio básico es su preparación mental que proporciona la base para todas sus decisiones. Las emociones como la cólera, la ira, la compasión, el miedo, entre otras, son estados de ánimo que influyen directamente en el accionar del efectivo policial; el dominio de estas emociones nos permitirá mantener un comportamiento adecuado y realizar las operaciones policiales de manera apropiada, de igual forma el equilibrio emocional permite mantener la serenidad ante el peligro y el valor suficiente para enfrentar situaciones de riesgo, garantizando el éxito de la intervención policial y haciendo prevalecer el sentido de justicia.
Recuerde que ignorar el peligro no es la mejor manera de vencerlo .Reconocer una situación de amenaza requiere de una capacidad de respuesta basada en su carácter y en una inteligente decisión.
NIVELES DE ALERTA.- Al atender una ocurrencia o aproximarse a lo que puede ser una situación de crisis, usted estará en un cierto nivel de alerta, que dependerá de su capacidad de anticipación al peligro. Cuanto mejor preparado mentalmente se encuentre, mejor condición tendrá para operar en el nivel apropiado de alerta y con la rapidez que la situación exija; detectar señales de riesgo y amenazas y pasar rápidamente a un nivel superior de alerta, de acuerdo con la evolución de la ocurrencia. El estado de alerta puede ser identificado a través de los siguientes niveles:
a. Nivel de distracción Se distrae con lo que está sucediendo a su alrededor, lo que puede ser ocasionado por el cansancio o la creencia de que no hay posibilidad de problemas. Su estado mental no está preparado para un eventual enfrentamiento, aumentando su propia inseguridad y también la de su equipo durante el servicio policial.
b. Nivel de atención Es el nivel de alerta que usted debe tener en todo momento cuando está patrullando, dando prioridad a la búsqueda de una amenaza potencial. Con frecuencia los efectivos policiales son lesionados por algo que no anticiparon, no respondieron ni estaban mentalmente preparados para enfrentar.
El estado de atención no es una garantía de protección, pero dará mejores condiciones para detectar un peligro y también en el caso de pasar a los estados de reacción.
c. Nivel de seguridad Hay conciencia de la existencia de un peligro, sin embargo su entrenamiento, experiencia, educación y buen sentido le permiten efectuar un planeamiento táctico a seguir, en el que se incluye el pedido de cobertura de otros efectivos policiales, el uso de abrigos, la identificación de alguien que pueda representar una amenaza y el uso de la fuerza si fuese necesario. El nivel de seguridad disminuye los riesgos de usted y su equipo. Si son sorprendidos se encontrarán listos para dar las respuestas que la situación exija.
d. Nivel de reacción Positiva.- El riesgo es real y la reacción debe ser instantánea. Debe focalizar la amenaza y tener en mente una acción necesaria para controlar la intervención verbal, fuerza física o fuerza potencialmente letal, conforme las circunstancias exijan. La preparación mental y el entrenamiento colocan al efectivo policial en condiciones plenas para realizar su defensa y la de terceros.
Negativa.- Cuando el peligro se mantiene por un tiempo prolongado o el efectivo policial enfrenta un peligro para el cual no está preparado, el organismo entra en un proceso de sobrecarga, por lo tanto no consigue dar respuestas compatibles y funcionar adecuadamente; podrían producirse fallas en la percepción de la situación en que se encuentra. Esto caracteriza al estado de pánico.
En este estado sus ojos pueden ver la amenaza, pero su mente no estará preparada para suministrar las respuestas correctas de reacción, haciendo que el efectivo policial realice actos impensados como herir, patear, atracar-se torpemente, disparar agresiva e instintivamente, incluso voltearse y correr desesperado.
PENSAMIENTO TÁCTICO Está en relación directa con el estado de alerta del policía, quien con un buen pensamiento táctico podrá analizar y controlar la situación al momento de intervenir; evaluando peligros potenciales, identificando amenazas y adoptando las medidas necesarias para superarlas, por lo que se debe delimitar objetivamente las dos áreas siguientes:
a. Área de seguridad Es el área donde el policía tiene el dominio de la situación, luego de una acción de control que le permite minimizar cualquier riesgo para su integridad física y la de sus compañeros.
b. Área de riesgo Es aquélla donde el policía no tiene dominio de la situación, de la que puede surgir una amenaza que no sea evidente o latente. Toda área de riesgo ya dominada se convierte en área de seguridad.
c. Puntos de peligro Son aquéllos de donde podría provenir una amenaza dentro del área de riesgo. La identificación de estos puntos depende de las circunstancias y el entorno, por ejemplo:
• Una persona. En cuyo caso se debe priorizar la atención en las manos.
• Una edificación. En cuyo caso se debe priorizar la atención en las puertas, ventanas y escaleras.
• Calles. En cuyo caso se debe priorizar la atención en personas, vehículos o animales.
VERBALIZACIÓN Es el medio más utilizado en una intervención policial, cuya característica principal es tratar de imponer el principio de autoridad, a través del empleo enérgico de la expresión oral adecuada a cada situación particular; es importante enfatizar que la verbalización no es una conversación amical o coloquial, por el contrario, es una confrontación verbal para persuadir y convencer al infractor que deponga su ilícita actitud, sobre todo cuando se le prive de su libertad. Correctamente utilizada, minimiza los riesgos y maximiza los resultados de la intervención. Sea firme en sus indicaciones. Una orden enérgica puede evitar una tragedia y hacer innecesario el uso de la fuerza física o letal. Si el intervenido sigue sus órdenes, su integridad, en principio, estará asegurada y en consecuencia el control se mantendrá sin necesidad de elevar el nivel de fuerza.
El presunto infractor puede obedecer su orden inmediatamente, huir o reaccionar de manera violenta ante la intervención. Cualquiera fuera su reacción, el momento es tenso, crítico y riesgoso. Al intervenir verbalmente a una persona en actitud sospechosa, esté siempre preparado para cualquier eventualidad.
No amenace al intervenido ni le diga algo que no pueda cumplir, como por ejemplo: "Se lo diré por última vez…". Si el individuo decide probar su alardeo, usted perderá la credibilidad. Por otro lado, si el intervenido obedece, manténgase preparado, no descuide su seguridad, no se confíe, este puede ser el momento más peligroso de la intervención.
La posición en la que el policía sostiene su arma también ayuda en la verbalización. El policía puede o no apuntar el arma en función de la percepción del riesgo y la reacción del intervenido; esto es, de acuerdo a cómo se desarrollen los hechos, tratando siempre de usar el nivel mínimo de fuerza, subiéndolo o reduciéndolo gradualmente, conforme convenga. ( P B 4 , 5a; CC 3) ¡SEA FIRME! – ¡SEA JUSTO! – ¡SEA CORTÉS! USO DE LA FUERZA Es necesario, como aspecto prioritario, tener un concepto claro y objetivo de lo que significa "fuerza". Suele entenderse como vigor, energía, acción de contacto físico, entre otros, inclusive la consideramos como un acto de violencia. Sin embargo, una definición de fuerza en el accionar policial, debe entenderse como: "El medio compulsivo a través del cual el efectivo policial logra el control de una situación que atenta contra la seguridad, el orden público, la integridad y la vida de las personas dentro del marco de la ley", aplicándose mediante un acto discrecional, legal, legítimo y profesional; no obstante, debemos tomar conciencia que todo empleo excesivo de la fuerza se convierte en violencia y es visto como un acto arbitrario, ilegal, ilegítimo y no profesional, con lo cual debe quedar claro para los efectivos policiales que "FUERZA NO ES VIOLENCIA".
La facultad de recurrir al empleo de la fuerza en determinadas circunstancias cuando otros medios resultan ineficaces ( PB 4 ; C C 3 ) , lleva consigo la gran responsabilidad de velar para que ésta se ejerza lícita y eficazmente, ya que su uso excesivo afecta directamente los derechos humanos. Es esencial, por consiguiente, adoptar medidas que impidan su uso excesivo o indebido. Esto se logrará a través de la capacitación del personal policial en temas referidos a solución pacifica de conflictos, estudio del comportamiento de multitudes, así como técnicas de persuasión, negociación y mediación ( PB 2 0 ). De presentarse excesos en el uso de la fuerza, se dispondrán las investigaciones y sanciones correspondientes. ( P B 6 ; 1 1 e ; 2 2 ) PRINCIPIOS DEL USO DE LA FUERZA La Organización de las Naciones Unidas emitió en su Octavo Congreso sobre la Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana (Cuba) en 1990, los "Principios Básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley" (PBEFAF), los cuales deben ser respetados en toda circunstancia, por lo que no cabe invocar situaciones excepcionales o de emergencia pública para justificar su quebrantamiento. ( P B 8; CC 5) Asimismo, es de suma importancia y obligatoriedad que todas las intervenciones policiales se basen en los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad, y éstos deben ser puestos en práctica con un alto grado de racionalidad y sustentados en una conducta ética. ( P B4 ; 5a ,b ; CC 3).
Legalidad Todos los actos que realiza el efectivo policial en el cumplimiento de su función, deben estar amparados en las normas legales (ley, reglamentos, directivas, entre otras); de igual forma los procedimientos que adopte el efectivo policial deben ceñirse a todas las disposiciones legales nacionales e internacionales.
"El uso de la fuerza debe estar dirigido a lograr un objetivo legal".
Necesidad La intervención policial debe ser la respuesta a una situación que represente una amenaza y que requiera de una acción inmediata para evitar su agravamiento.
"El uso de la fuerza es necesario cuando no existe otra forma de lograr dicho objetivo legal".
Proporcionalidad Es la equivalencia o correspondencia entre la gravedad de la amenaza y la cantidad de fuerza empleada. En otros términos, es la respuesta del efectivo policial en relación a la conducta del sujeto, clase, Magnitud u oposición que éste presente. Es conveniente mencionar que la Ley Nº 27936 modificó el artículo 20, numeral 3, literal "b" del Código Penal en lo referente a la legítima defensa, donde se excluye el criterio de proporcionalidad de medios como requisito para valorar la necesidad racional del medio empleado, considerándose en su lugar, entre otras circunstancias, la intensidad y peligrosidad de la agresión, la forma de proceder del agresor y los medios que se disponga para la defensa.
"El uso de la fuerza es proporcional cuando existe un equilibrio entre la gravedad de la amenaza y la cantidad de fuerza empleada, para alcanzar el objetivo legal deseado".
USO DIFERENCIADO Y PROGRESIVO DE LA FUERZA El efectivo policial, al intervenir a personas en el cumplimiento de su función encontrará como respuesta una serie de conductas clasificadas en niveles de resistencia, que van desde riesgo latente hasta agresión letal, ante lo cual el policía deberá hacer un uso diferenciado y progresivo de la fuerza. ( P B4; 5a; CC 3).
Niveles de resistencia Pasiva – Riesgo latente. Es la amenaza permanente no visible presente en toda intervención policial.
– Cooperador. Acata todas las indicaciones del efectivo policial, sin resistencia manifiesta durante la intervención.
– No cooperador. No acata las indicaciones. No reacciona ni agrede.
Activa – Resistencia física. Se opone a su reducción, inmovilización y/o conducción, llegando a un nivel de desafío físico.
– Agresión no letal. Agresión física al personal policial o personas involucradas en la intervención, pudiendo utilizar objetos que atenten contra la integridad física.
– Agresión letal. Acción que pone en peligro inminente de muerte o lesiones graves al efectivo policial o a personas involucradas en la intervención.
Niveles del uso de la fuerza por el efectivo policial Responden al nivel de resistencia del intervenido, variando de acuerdo a las características de cada intervención, siendo necesario mantener dinamismo en su acción.
Preventivo – Presencia policial. Es entendida como demostración de autoridad, por ello el efectivo policial correctamente uniformado, equipado, en actitud diligente y alerta, será suficiente para disuadir y prevenir la comisión de una infracción o un delito. Debemos tener en cuenta que esa presencia siempre debe ser en lo posible igual o superior al número de personas a intervenir.
– Contacto visual. Es el dominio visual sobre una persona, vehículo, impedir la realización de un acto ilícito – Verbalización. Es el uso de la comunicación oral con la energía necesaria y el empleo de términos adecuados que sean fácilmente entendidos y comprendidos. Las variaciones en el tono de voz dependen de la actitud de la persona intervenida. En situaciones de riesgo es necesario el uso de frases cortas y enérgicas.
La verbalización debe ser utilizada en todos los niveles del uso de la fuerza. El entrenamiento y la experiencia mejoran la capacidad de verbalizar. Durante su empleo debe mantenerse contacto visual con el intervenido siempre que sea posible.
Reactivo – Control físico. Es el empleo de las técnicas policiales que permiten controlar, reducir, inmovilizar y conducir al intervenido, evitando en lo posible causar lesiones.
– Tácticas defensivas no letales. En este nivel recurriremos al equipo con el que contamos, lo que nos permitirá contrarrestar y/o superar el nivel de resistencia. Asimismo, con la intención de lograr un impacto psicológico para que el intervenido desista de su actitud, habrá situaciones en las que tendremos que desenfundar nuestra arma de fuego para conseguir este objetivo.
– Fuerza potencialmente letal. Disparo del arma de fuego por el policía contra el cuerpo de quien ejerza una agresión letal, con el objetivo de controlarlo y defender la vida propia o de otras personas.
Los niveles de resistencia que puede ejercer la persona intervenida, deben ser entendidos de forma dinámica, ya que se puede subir gradual o repentinamente del primer nivel hasta el máximo nivel o viceversa; o presentarse en cualquier nivel y subir o bajar gradual o repentinamente.
No siempre se van a dar en una intervención todos los niveles del uso de la fuerza, toda vez que habrá oportunidades en que bastará una buena verbalización para lograr el control de la situación que se enfrenta, y otras en que hagamos uso inmediato de la fuerza potencialmente letal.
Por tanto, el policía debe estar concentrado en observar los cambios de los niveles de resistencia de la persona intervenida, para decidir qué nivel de uso de la fuerza debe emplear, el mismo que debe ser progresivo y diferenciado. Esta decisión se basa en el grado de confianza alcanzado por una buena formación, permanente capacitación, entrenamiento, evaluación, experiencia y el equipo adecuado para cumplir la misión.
En el desarrollo de los niveles del uso de la fuerza, encontramos las respuestas al ¿cuándo? y al ¿cómo debemos usarla?, concluyendo que el efectivo policial SIEMPRE HACE USO DE LA FUERZA y debe hacerlo de forma PROFESIONAL. ( P B 5 a, b, c, d; 6; 8).
MANEJO DE EQUIPO Los efectivos policiales, para el cumplimiento de su servicio deben contar con un equipamiento básico, principalmente una vara de goma, esposas, chaleco balístico, arma de fuego y munición reglamentaria; pero fundamentalmente es necesario que conozcan su uso y manejo, así como la ubicación de los mismos al portarlos, de tal manera que al momento de actuar lo pueda utilizar sin perder de vista el riesgo que enfrenta. Esto se logrará, a través de un permanente entrenamiento. ( P B 19) No podemos dejar de mencionar que hay Unidades Policiales que, por la naturaleza de su función, deben contar también con equipamiento especial, tales como: casco protector, máscara antigás, protectores corporales, escudos, escopetas lanza gas, etc. ( P B 2) VARA DE GOMA El uso de la vara de goma utilizada por el personal entrenado es una excelente arma defensiva, que permite establecer un espacio de seguridad mayor al de la protección alcanzada con brazos y pies; para lograr ello debe emplearse adecuadamente, nunca debe utilizarse como elemento de castigo ni como arma ofensiva o de intimidación, buscando reducir al mínimo las lesiones. Sin embargo, de presentarse alguna situación involuntaria, deberá permitirse la asistencia médica. ( P B 4 ; 5b , c; CC 6) Descripción La vara de goma es parte del equipo básico empleado por los miembros de la Policía Nacional del Perú. Está hecha de goma, revestida de cuero, de unos 3 cm de diámetro y aproximadamente 50 cm de largo; el revestimiento de cuero tiene un doblez que sirve como costura, desde la punta hasta la base de unión en la parte posterior, que es rematado en un anillo de cuero de aproximadamente 4 cm de diámetro, el cual a la vez sirve de tope al empuñarla. A unos 15 cm aproximadamente del extremo superior de la vara, se encuentran cuatro remaches que sujetan una presilla de cuero, la cual sirve para pasar la mano debiendo ser regulada de acuerdo a la necesidad de cada efectivo policial.
Empuñamiento – Se pasa por encima del pulgar, a través del dorso de la mano con la vara colgando hacia abajo. Para adaptar la presilla de cuero a la mano de cada policía, es necesario medir la extensión de la misma y anudarla en la parte superior de acuerdo a la dimensión requerida, como a continuación se detalla:
– Con el pasador sobre el pulgar y sobre la parte exterior de la mano, con la vara colgando libremente hacia abajo, se voltea la mano por debajo y se le cierra para sujetar la vara.
– El pulgar debe extenderse paralelo a la vara, esto es de mucha importancia porque permite mayor facilidad de acción y mejor dirección en su uso cuando se extiende el brazo.
– Esta forma de empuñar la vara permite utilizarla con mayor energía y sobre todo, facilita su soltura inmediata si fuera necesario.
Es importante asegurarse que el doblez de la costura del forro de cuero quede siempre hacia la palma de la mano, evitando así lesiones innecesarias.
El empuñamiento puede ser de dos formas: – Toma corta: se sujeta la vara por su parte media, siempre con el doblez de cosido hacia la palma de la mano y el pulgar extendido a lo largo de ésta, permitiendo mayor control de la vara sobre todo en situaciones en que se enfrente a personas demasiado cercanas, con poco espacio para utilizarla en extensión del brazo.
– Toma larga: se sujeta la vara lo más cerca del extremo superior donde está el revestimiento final del cuero en mayor diámetro. La posición de la mano que sujeta la vara no varía.
Posiciones – Preventiva: en toma larga, la otra mano sujeta la vara a unos 10 cm de la punta, ésta debe encontrarse a la altura del bajo abdomen con los brazos relajados pegados ligeramente al cuerpo.
– Defensiva: en toma larga, se coloca el brazo que sujeta la vara pegado al cuerpo flexionado hacia arriba, descansando la vara entre el cuello y el hombro; brazo, antebrazo y vara deben encontrarse lo más cerca del cuerpo; brazo contrario totalmente estirado con la palma dando frente a la amenaza, los dedos juntos y hacia arriba, el cuerpo ligeramente inclinado, la pierna contraria a la mano que empuña la vara debe encontrarse hacia adelante con las puntas de los pies en la misma dirección que la mano que se encuentra extendida, ambas piernas ligeramente flexionadas.
Técnicas de uso Partiendo de la posición preventiva:
– Se puede empujar haciendo retroceder a un tumulto de gente o manteniéndola alzada para evitar que se acerque un grupo que no se muestre agresivo.
– En toma corta, con la punta de la vara "hincando" en el abdomen, permitiendo así alejar a las personas que obstaculicen el desplazamiento o intenten ingresar a una zona restringida.
Partiendo de la posición defensiva:
– Si la agresión fuera decidida e inevitable, se advierte al agresor la intención de utilizar la vara, retrocediendo dos pasos.
– Si mantiene esta actitud, se avanza con la pierna del mismo lado de la mano que empuña la vara, efectuando dos golpes de manera cruzada, de arriba hacia abajo, de afuera hacia adentro.
– Se debe golpear sobre las partes de mayor volumen muscular (piernas, glúteos, brazos), evitar los golpes en la cabeza, cuello o tórax.
– Al ceder en su actitud, se debe evitar el uso nuevamente de la vara; recuerde que se está disuadiendo al ciudadano de atacar al policía, no se le está agrediendo ni mucho menos atacando para dominarlo.
En todo momento es importante verbalizar para controlar la situación, se debe buscar la persuasión antes de pasar al control físico. Empuñamiento adecuado de la vara de goma.
LAS ESPOSAS
Las esposas, grilletes o "marrocas", constituyen un elemento muy útil e imprescindible del equipo básico del policía, pues no sólo permite neutralizar la acción agresiva del delincuente o infractor de la ley, sino también la sujeción momentánea de éstos, para su aseguramiento o traslado ante la autoridad competente.
Son medios técnicos no violentos que limitan el uso de la fuerza y el empleo de las armas de fuego (P B 4), por lo que:
– Neutralizan el accionar violento del intervenido y evitan que éste se autolesione – Reducen las posibilidades del intervenido de agredir al efectivo policial, garantizando su integridad física y la de sus compañeros.
– Reducen las posibilidades del intervenido de agredir a terceras personas.
– Por el material empleado en su fabricación, el uso de las esposas puede originar lesiones; por ello el efectivo policial deberá posibilitar la atención médica necesaria en caso que estas lesiones se hayan producido. (P B 5c; CC 6).
Descripción
Técnicas de uso Directa – El intervenido debe encontrarse de espaldas al efectivo policial interviniente, se le debe indicar que coloque las manos juntas en la parte posterior de la cintura, con las palmas hacia los costados y los pulgares hacia arriba.
– Los grilletes se sujetan con la mano fuerte, quedando la cadena y los eslabones fijos dentro de la palma; las anillas simples hacia abajo, y las cerraduras hacia el lado del efectivo policial.
– El policía sujeta los pulgares del intervenido llevándolos hacia sí, alejando la unión de las manos de la espalda del intervenido para que permita el ingreso de los grilletes, empujando éstos sobre las muñecas en un solo movimiento de arriba hacia abajo; luego se colocan los seguros.
Indirecta – Se cogen las esposas con la mano fuerte por el medio de éstas, el dedo índice y pulgar sujetan la esposa, presionando la anilla simple sobre la muñeca hasta lograr el esposamiento.
– Se hace girar el brazo esposado llevándolo hacia la parte posterior de la cintura, mediante la toma del grillete con el pulgar e índice hacia el lado opuesto de la toma inicial.
– Con la otra mano se sujetan los dedos de la mano libre del intervenido, llevándola hacia atrás junto a la otra para colocarle la esposa y los seguros. La mano fuerte sujeta firmemente los grilletes. Se aleja las manos del intervenido de su cuerpo para facilitar el empleo de los grilletes.
Recomendaciones Toda persona que presumiblemente haya cometido un delito, deberá ser esposada para su inmovilización, registro, conducción y traslado ante la autoridad competente.
También deberán ser esposados los intervenidos que se encuentren bajo el influjo de drogas, alcohol o cualquier estado emocional alterado que represente peligrosidad para sí mismo o para otros. Una vez colocadas las esposas, no se usará con el intervenido ningún otro medio de coerción ni fuerza física alguna que atente contra su integridad física o dignidad. (PB 15). Las esposas se manipularán exclusivamente para su colocación, nunca como medio de intimidación o humillación. Antes de utilizar las esposas, es recomendable que la parte dentada de éstas tenga de 3 a 4 dientes sobresalidos para facilitar el enganche o cierre. El grillete debe ser colocado presionando y no golpeando el brazo del intervenido. Colocado el grillete el giro del brazo es firme, sin soltar las manos del intervenido.
Se debe mantener los dedos de la mano libre sujetos hasta colocarle la esposa. La conducción de un sospechoso arrestado debe ser siempre segura.
Los grilletes listos facilitan su uso.
ARMA DE FUEGO Las armas de fuego y municiones de uso reglamentario en el servicio policial son: revolver calibre 38" de bala de plomo únicamente, y pistolas de calibre 9 mm de proyectil encamicetado. Asimismo, las armas de largo alcance utilizadas son las que emplean munición de calibre 5.56×31, 7.62×39 y 7.62×51. (PB 11a) Sólo se emplearán para el servicio policial las armas autorizadas.
ASPECTOS A TENER EN CUENTA PARA EL USO DEL ARMA DE FUEGO Objetivo del disparo Cuando el policía dispara su arma, no lo hace para asustar, herir o desarmar.
El disparo puede resultar letal, pues lo hace para interrumpir la agresión o amenaza que atente contra su vida o de la otra persona. El objetivo es lograr que el agresor cese su ataque ilegal de manera inmediata.
Para utilizar adecuadamente un arma de fuego, con seguridad y precisión, los efectivos policiales deben estar familiarizados con las normas de seguridad, fundamentos y posiciones básicas, practicar los aspectos fundamentales de tiro y los ejercicios que mejoren su manejo; las directivas institucionales específicas establecen el control de su tenencia y afectación. (PB 11a, 19) Normas de seguridad Como una cuestión previa, es importante que el efectivo policial conozca sus destrezas y habilidades, como son:
– Mano fuerte, mano débil Se entiende como mano fuerte la de mayor dominio o habilidad, y la débil la otra.
– Ojo dominante.- Es aquel que trasmite mayor imagen al cerebro, aun cuando se mantenga los dos ojos abiertos. La manera práctica de reconocerlo es fijando la vista a un punto a través del dedo pulgar estirado, cerrando alternadamente los ojos; el ojo dominante será aquel que permita visualizar el pulgar y el punto en una sola línea.
Otro aspecto importante son las disposiciones vigentes relativas al uso y empleo de las armas de fuego en la Policía Nacional, (PB 11a, b, c) siendo necesario resaltar lo siguiente:
– Internamiento – almacenamiento Con la finalidad de evitar incidentes de tiro, el efectivo policial entregará y recibirá las armas de fuego desabastecidas, tanto para el caso de las pistolas con el cerrojo abierto o la corredera hacia atrás -lo que permite apreciar la recámara vacía- como para los revólveres con el tambor abierto.
– Aprestamiento para el servicio Al momento de recibir el arma, el efectivo policial deberá efectuar un control físico-visual de la recámara o tambor, para asegurarse de que se encuentre desabastecida.
– Cargar y descargar Este procedimiento deberá realizarse sujetando el arma con la mano fuerte y las acciones complementarias con la mano débil (abastecer, desabastecer, cargar, etc.); teniendo presente que deberá efectuarse en un lugar seguro, que no represente riesgo alguno para el efectivo o terceros. "Es importante recordar que el seguro de un arma está en la mente y en el dedo índice de quien la usa".
FUNDAMENTOS BÁSICOS DE TIRO • Empuñamiento Es la forma en que se sujeta el arma. La mano fuerte forma una "V" con el pulgar y el índice, la empuñadura del arma descansa en la palma de la mano con la "V" colocada lo más alto posible en la espiga (base alta de la empuñadura de la pistola o revólver).
– El dedo índice descansa a lo largo del armazón, por encima del guardamonte y por debajo de la corredera (conjunto móvil o tambor).
– Los tres dedos restantes de la mano fuerte rodean firmemente la empuñadura.
– El pulgar de la mano fuerte yace a lo largo del armazón por encima de la empuñadura y por debajo de la corredera.
– La mano débil envuelve con firmeza los dedos de la mano fuerte, paralelamente a tierra. El pulgar de la mano débil descansa paralelamente y por debajo del pulgar de la mano fuerte, con la base del pulgar (palma) firmemente en contacto con la empuñadura.
• Posición del cuerpo El cuerpo debe estar en una posición adecuada (para todas las posiciones) que permita estar equilibrado y con soporte necesario para que el disparo no interrumpa la continuidad de la acción.
• Alineación de las miras Es la proyección visual de la mira frontal (guión) y la mira posterior (alza).
• Imagen de tiro Es la proyección visual entre la alineación de miras y el blanco.
• Respiración El control de la inspiración-expiración es fundamental, se debe evitar la fatiga o los disparos cuando no se tenga control sobre ella.
• Control del gatillo Es importante el contacto suave y en progresión leve de fuerza para efectuar el disparo con una proyección de adelante hacia atrás, en forma recta, evitando así que se jale el arma hacia los lados por la mala presión del dedo sobre el disparador. Es recomendable hacerlo con la primera falange.
• Continuidad en el disparo (seguimiento) Efectuado el disparo, si se tiene una posición adecuada y un empuñamiento correcto se debe mantener la imagen de tiro que permita asegurar los impactos, evitando movimientos bruscos del arma.
• Posiciones de tiro La posición ideal para disparar no existe, pues en una situación real deberá acondicionarse al terreno, a la situación particular o a las características especiales de la intervención: proximidad del riesgo, elemento contra el que se dispara, obstáculos, luminosidad, etc.
Sin embargo, para asegurar el disparo de pie, puede adoptarse la siguiente posición:
– Los pies deben estar separados a la distancia de los hombros aproximadamente, las puntas orientadas hacia el blanco y uno más adelantado que el otro.
– Las rodillas deben estar ligeramente flexionadas, pero sin agacharse.
– El peso se distribuye equitativamente equilibrándolo sobre ambos pies, éstos deben estar colocados de plano contra el suelo.
– El dorso ligeramente inclinado hacia delante (esta inclinación es necesaria para controlar el retroceso propio del disparo, reduciendo el tiempo de recuperación para continuar con los mismos).
– Ambos brazos extendidos hacia el blanco, bien rectos o ligeramente doblados en los codos, con las manos adoptando una empuñadura normal.
– La mano débil aplica presión hacia atrás sobre la mano fuerte, esta presión debe ser controlada para evitar los naturales temblores de una excesiva presión o el movimiento por su ausencia. La cabeza debe estar recta dando frente al blanco, no inclinada hacia delante ni desviada hacia los lados, lo que permitirá una visión completa y despejada.
– Ambos ojos deben permanecer abiertos, en la medida de lo posible; si no se acostumbra a hacer imagen de tiro adecuadamente, utilice un ojo por periodos cortos, sólo para efectuar la imagen de tiro, abriéndolos al terminar el disparo.
POSICIONES BÁSICAS • Posición de entrevista Adoptando una posición normal, es aquella en la que el efectivo policial se encuentra con el arma enfundada, manteniendo las manos en forma pasiva y no amenazadora en frente del abdomen, lo que le permitirá acceder rápidamente al equipamiento que porta.
• Posición de contacto (posición 1) La mano débil sobre la hebilla del correaje o ligeramente por encima de ella.
La mano fuerte en la empuñadura de la pistola, el pulgar abre el botón del seguro de la funda, el índice extendido a lo largo de la parte exterior de la funda, los dedos restantes alrededor de la empuñadura de la pistola o revólver.
• Posición preventiva (posición 2) La mano fuerte desenfunda el arma empuñándola correctamente y llevándola a la altura del abdomen; pudiendo adoptar la posición expuesta o cubierta, dependiendo de la evaluación del riesgo existente.
• Posición de alerta (posición 3) Ante la inminencia de una amenaza, pero desconociendo su proximidad, se adopta la siguiente posición: Posición de entrevista. Expuesto. Posición alerta.
Posición de contacto. Cubierto. Posición de potencial de disparo. Se desenfunda el arma llevándola a la altura del pecho, debiendo ésta permanecer lo más cerca del cuerpo, con la boca del cañón ligeramente hacia abajo, listo para alinear con la vista y efectuar disparos; su presentación (imagen de tiro) no debe durar más que fracciones de segundo.
• Posición de potencial disparo (posición 4) Se desenfunda el arma extendiendo los brazos hacia el objetivo, apuntando directamente al centro de la masa corporal. La evaluación de la amenaza a la vida o a la integridad determinará si existe la necesidad de disparar.
Después de disparar, el efectivo policial deberá verificar que no existan otras amenazas, y adoptará la posición de alerta (3), evaluando su zona de responsabilidad ante posibles amenazas adicionales. La posición que debe adoptar el efectivo policial responde a la evolución del riesgo que se enfrente, no necesariamente debe seguir la secuencia descrita.
Asimismo, el arma nunca se enfunda sin hacer una verificación primero en la posición preventiva, con la finalidad de comprobar que el arma esté asegurada (puede ser al seguro o despejando munición de la recámara); esto también refuerza la evaluación de la situación que se enfrenta antes de enfundar definitivamente el arma.
No basta que el policía sepa disparar, sino también tiene que saber cuándo y cómo hacerlo, porque muchas veces son los procedimientos policiales correctos y no los disparos los que preservan la vida y solucionan los problemas.
PROCEDIMIENTOS PARA EL EMPLEO DEL ARMA DE FUEGO El efectivo policial, antes de disparar su arma de fuego, seguirá el siguiente procedimiento:
(1) Identificarse plenamente como policía aun cuando esté uniformado.
¡ALTO POLICÍA! o ¡ES LA POLICÍA! (2) Dar al presunto infractor una clara advertencia de su intención de disparar su arma de fuego, dándole tiempo suficiente para que lo entienda y tome una decisión.
¡ARROJE ELARMA! o ¡SUELTE ELARMA! ¡NO SE MUEVA! o ¡NO INTENTE REACCIONAR, ESTAMOS ARMADOS PODEMOS DISPARAR! Estos procedimientos no se ejecutarán, si su práctica creara un riesgo de muerte o lesiones graves para los efectivos policiales u otras personas, o la advertencia resultara evidentemente inadecuada o inútil, dadas las circunstancias del caso. (PB 10; 11b,e) El uso del arma de fuego contra las personas es excepcional. Sólo podrá utilizarse cuando sea estrictamente inevitable para proteger una vida (PB 9; CC 3), en los siguientes casos:
• En defensa propia o de otras personas en caso de peligro inminente de muerte o lesiones graves; o • Con el propósito de evitar la comisión de un delito particularmente grave que entrañe una seria amenaza para la vida; o • Cuando en una situación de fuga o resistencia a la autoridad, se pone en peligro inminente de muerte o lesiones graves a los efectivos policiales u otras personas.
Sin embargo, si las circunstancias que enfrenta el efectivo policial así lo permiten, éste deberá priorizar el disparo selectivo en determinada zona del cuerpo, con la finalidad de reducir al mínimo las lesiones y sin poner en riesgo su seguridad, teniendo en cuenta la intensidad y peligrosidad de la agresión, así como el objetivo legítimo que se persigue. (PB 5 a,b; 11b) Cuando se hayan producido heridos como consecuencia del disparo de armas de fuego, se procederá al auxilio inmediato y, de ser necesario, a la evacuación para la asistencia por personal de salud. (PB 5c) El efectivo policial o la unidad a la que pertenece, deberá hacer todo lo posible para identificar, ubicar y notificar lo sucedido a los familiares de los heridos, a la menor brevedad. (PB 5d) El efectivo policial que hace uso del arma de fuego contra personas, deberá comunicarse verbal e inmediatamente con sus superiores, y luego mediante el "parte de ocurrencia", en el que detallará los motivos de su intervención, uso del arma de fuego y sus consecuencias, así como las medidas adoptadas con posterioridad a su empleo. (PB 5c,d; 6; 22) Los policías no podrán alegar obediencia a órdenes superiores si tenían conocimiento de que éstas eran manifiestamente ilícitas; en caso se haya ejecutado, también serán responsables los superiores que dieron dichas órdenes. Estos últimos tendrán responsabilidad además, cuando conozcan –debiendo haber conocido- el uso ilícito de la fuerza o armas de fuego por los policías a sus órdenes, sin adoptar las medidas necesarias para impedir, eliminar o denunciarlo. (PB 26; 24) Los efectivos policiales no serán objeto de ninguna sanción penal o administrativo disciplinario, cuando en cumplimiento del Código de Conducta y los Principios Básicos sobre el empleo de la fuerza y de las armas de fuego, se nieguen a ejecutar una orden ilegal de empleo de la fuerza o armas de fuego, o denuncien ese empleo ilegal por otros policías. (PB 25; CC 8).
TÉCNICAS DE INTERVENCIÓN POLICIAL Las técnicas básicas sugeridas en este capítulo deberán ser empleadas exclusivamente para neutralizar o minimizar toda posibilidad de riesgo que atente contra la integridad de los participantes en la intervención policial (público o víctima, policía e inclusive el infractor).
Para tal efecto, es necesario que el policía esté preparado profesionalmente y motivado para el desarrollo adecuado de actitudes, habilidades, confianza, espíritu de equipo positivo, liderazgo eficaz y la ejecución de tácticas operacionales; aspectos que deben formar parte de su instrucción y entrenamiento.
Con el uso correcto de las tácticas y técnicas adecuadas, el efectivo policial podrá minimizar los factores adversos y obtener grandes ventajas, previniendo así agresiones y estableciendo perímetros de seguridad, proyectando el procedimiento policial a emplear en base a la apreciación inicial del riesgo o la amenaza, lo que disminuye la posibilidad de ser sorprendido por el o los intervenidos.
Los efectivos policiales deben trazar siempre una línea imaginaria que divida el área de la intervención, estableciendo el área de seguridad (dominada por ellos) y el área de riesgo (no controlada por ellos), en donde se presuma o se tenga la certeza de la presencia del intervenido o presunto infractor.
Los procedimientos de la intervención policial propiamente dicha (identificación, reducción, inmovilización y registro) deberán efectuarse siempre en la zona de seguridad. El efectivo policial jamás ingresará al área de riesgo, si es que ésta no ha sido debidamente controlada.
El policía debe saber que el armamento y equipo afectado para el servicio, debe ser utilizado en defensa y protección de las personas y la sociedad, empleándolos solamente ante una acción violenta de parte de los infractores o intervenidos y no como una demostración de fuerza excesiva en su intervención; para ello debe establecer necesariamente prioridades de seguridad en cuanto a la protección de la integridad física y la vida, teniendo como prioridad a la víctima o público, la seguridad del propio efectivo policial, la de sus compañeros, e inclusive la del propio infractor. (PB 4; 5; 9) Se debe tener siempre presente que no existen dos intervenciones iguales, por lo tanto, se hace imposible diseñar una "situación modelo" para cada una de ellas; sin embargo, los principios básicos que deben regir a éstas hacen posible su adaptación a cada situación particular.
TÉCNICAS DE INTERVENCIÓN Toda intervención policial, por lo general, debe ser efectuada como mínimo por dos efectivos policiales, debiendo ser planificada apenas se tenga conocimiento de ella (no necesariamente en un documento), definiendo los roles que le corresponda cumplir a cada efectivo policial. P1 será el que se encargue de efectuar el contacto con la persona a intervenir; P2 prestará la seguridad respectiva.
En caso que la intervención sea ejecutada por dos efectivos a pie, éstos deben formar en lo posible un cono de seguridad, en cuya base deben ubicarse los policías interventores, y en el vértice o punto medio proyectado del cono el presunto infractor.
Aspectos importantes a tener en cuenta: – Actitud de la persona a ser intervenida El efectivo policial debe tener en cuenta el comportamiento de la persona a intervenir, que puede ser de colaboración, resistencia pasiva o activa, llegando inclusive a la agresión letal.
– Percepción del riesgo Este aspecto va más allá de la persona a intervenir. Se debe considerar las características del lugar de la intervención (ubicación, estructuras desconocidas, callejones, edificaciones, iluminación, entre otros) que puedan representar un riesgo para la integridad del efectivo policial o de terceros, así como el posible apoyo de otras personas al infractor. El efectivo policial deberá valerse de barreras naturales o artificiales que le brinden verdadero abrigo.
– Nivel de fuerza a emplear Luego de una apreciación de la situación y las circunstancias que se presentan en la intervención, el efectivo policial empleará la fuerza, de acuerdo al nivel de resistencia de la persona a intervenir.
INTERVENCIÓN A PERSONAS EN LA VÍA POR EFECTIVOS POLICIALES A PIE. Se han considerado dos situaciones que se presentan en forma cotidiana en el servicio policial: la primera, con fines de identificación, y la segunda, cuando se trate de un presunto infractor. Sin embargo, una no es excluyente de la otra.
INTERVENCIÓN CON FINES DE IDENTIFICACIÓN Es conveniente tener en consideración los siguientes aspectos:
– Formar el cono de seguridad, tomando una distancia aproximada de dos brazos extendidos, que impida al intervenido atentar contra la integridad física del o los efectivos policiales; de existir una pared (inmueble), el efectivo que da la seguridad debe ubicarse de espaldas a ésta.
– Individualizar claramente a la persona a intervenir (vestimenta, características físicas, sexo, etc.) – Identificarse (grado, apellidos y unidad en la que presta servicio), haciéndole conocer el motivo de la intervención.
– Solicitarle sus documentos de identificación personal, permaneciendo siempre en una actitud vigilante, sin descuidar el contacto visual.
– Recibir los documentos con la mano que no porte el arma de fuego; esto para permitir que ante una eventual reacción pueda usarla con libertad de acción.
– Al verificar los documentos, hacerlo en una posición tal que no obstaculice el dominio visual, principalmente de las manos del intervenido.
– Efectuar preguntas relacionadas a los datos consignados en el documento de identidad con la finalidad de contrastarlos, o formular preguntas modificando algunos datos que permitan establecer la titularidad de los mismos; por ejemplo, mencionarle como su segundo nombre uno que no le corresponde.
– Culminada la intervención sin novedad, el policía de contacto (P1) agradecerá su colaboración, desplazándose luego hacia la ubicación del policía de seguridad (P2), para que el ciudadano reinicie su camino acompañándolo con la mirada hasta cierta distancia.
INTERVENCIÓN A UN PRESUNTO INFRACTOR Estas intervenciones son las que representan un mayor nivel de riesgo para los efectivos policiales; pueden presentarse durante el patrullaje o a mérito de una comunicación radial o telefónica de la unidad policial. En ese sentido, es de suma importancia que la información que recaben los efectivos que van a intervenir sea detallada con la finalidad de tomar conocimiento de la situación.
Esta intervención se debe iniciar con la verbalización, teniendo en cuenta los siguientes pasos:
– El policía debe identificarse como tal expresando en voz alta: !ALTO POLICÍA! – ! Levante las manos, míreme ! – Hacerle saber el motivo de la intervención, por ejemplo: "Es usted sospechoso de….." o "ha cometido el delito de…….." – Indicarle que se le va a identificar y registrar, para que pueda colaborar con la intervención. De ser necesario, ordenar que adopte una posición apropiada para la inmovilización temporal (colocándole las esposas) y realizar el registro preliminar. Para ello se deben utilizar términos que sean fáciles de entender, como:
• ¡PONGA LAS MANOS SOBRE LA CABEZA! Despacio, despacio, tranquilo.
• ¡ENTRELACE SUS DEDOS! (o ¡CRUCE LOS DEDOS SOBRE LA CABEZA!).
• ¡GIRE! (o ¡DESE VUELTA, DE ESPALDAS A MÍ!).
• ¡MANTENGA LA CALMA! Este es un procedimiento de rutina, en la medida que usted colabore, estaremos realizándola más rápido y de manera segura, no ofrezca resistencia.
• ¡ES LA POLICÍA! • ¡PÉGUESE A LA PARED! ó • ¡ARRODÍLLESE! (o ¡TIÉNDASE EN EL SUELO!).
Tenga especial cuidado de mantener control sobre las manos, piense que desde allí es más probable que pueda partir una agresión. No permita que mueva las manos ni desvíe la mirada sin su autorización. Procure que el infractor mantenga las manos lo más lejos posible del cuerpo o de un posible lugar donde pueda tener oculta un arma.
Las indicaciones impartidas por el efectivo policial al presunto infractor deben ser simples, concisas y objetivas, trasmitidas con claridad y dejando que transcurra un tiempo prudencial para que el infractor oiga, entienda y cumpla. Una acción que ayudará a minimizar los riesgos es efectuar un registro visual del intervenido. Ello nos permitirá ubicar cualquier tipo de amenaza (arma u objeto). Esta acción se efectúa en el momento que el intervenido se encuentra frente al efectivo policial que realiza el contacto verbal, desde la línea imaginaria que divide el área de seguridad y la de riesgo.
Controlada la situación, el efectivo policial deberá identificarse señalando su grado, apellidos y unidad a la que pertenece, así como los derechos que asisten al intervenido y los procedimientos a realizarse con motivo de su detención, por ejemplo: "Usted va a ser conducido a (dependencia policial), desde donde podrá comunicarse con un familiar y solicitar la presencia de un abogado".
Para efectuar el arresto, el efectivo policial puede utilizar básicamente tres posiciones:
De pie: – Esta posición es recomendable cuando en el lugar de la intervención exista un muro, pared, etc., donde el infractor se pueda apoyar.
– Efectuado el contacto visual e iniciada la verbalización, se ubica al intervenido frente a los policías, a una distancia prudencial que les permita formar el cono de seguridad y dominar la situación, indicándole que levante los brazos, con las manos totalmente alejadas una de otra y los dedos separados.
– Hacerlo girar lentamente hasta dar frente a la pared.
– Indicar al infractor que avance hacia la pared, pegando el cuerpo a ésta, bajando los brazos hasta la altura de los hombros en forma paralela al piso, girando las palmas de las manos hacia los policías, manteniendo los pies juntos por los talones, separando las puntas hasta que éstos estén lo más pegados a la pared, logrando así disminuir su resistencia.
– Una vez que el infractor está en esa posición, el efectivo policial se desplaza en forma paralela a la pared en línea perpendicular a su compañero, desarrollando una abertura del cono (ubicación en L invertida), que le permita mejorar el contacto visual con el intervenido, por lo que el efectivo policial de contacto deberá indicarle que gire la cabeza en esa dirección.
– El efectivo policial de seguridad en esta posición debe verbalizar para recabar información y no permitir que el intervenido se concentre en planificar una respuesta violenta contra la acción del policía de contacto.
– El efectivo policial de contacto después de enfundar su arma, toma sus grilletes y se desplaza hacia el infractor, colocándose de costado, de tal manera que su arma quede del lado opuesto al infractor.
– En forma simultánea, coloca el antebrazo contrario a su mano fuerte, ubicando el codo y puño sobre la espalda de éste a la altura de los omóplatos, ejerciendo una ligera presión, al mismo tiempo debe presionar con la parte externa del pie, contrario al lado que se lleva el arma, ambos talones del infractor, procediendo a colocarle los grilletes.
– Luego de colocarle los grilletes (ver acápite Técnicas de esposamiento), se procede a efectuar un registro minucioso del infractor de arriba hacia abajo y de derecha a izquierda o viceversa.
– La conducción del infractor se puede efectuar cogiéndolo del brazo derecho (siempre contrario al lado donde se lleva el arma) por encima del codo, ejerciendo si fuera necesaria una ligera presión; o de ambos brazos cuando sean dos policías los que lo conducen, indicándole la dirección que se va a tomar. Asimismo, por ningún motivo el policía sujetará los grilletes para conducir al intervenido.
De rodillas: – Es recomendable emplear esta técnica cuando el infractor se encuentra en un ambiente abierto.
– Efectuado el contacto visual e iniciada la verbalización, se ordenará al intervenido colocarse frente a los policías, a una distancia que permita dominar la situación, formando el cono de seguridad; se le indica que levante los brazos, con las manos totalmente alejadas una de otra y los dedos separados.
– Que gire lentamente hasta quedar de espaldas a los efectivos policiales.
– Que el infractor se arrodille, manteniendo los brazos levantados.
– Una vez arrodillado, ordenarle entrelazar los dedos de una mano con la otra y que las coloque sobre (encima de) la cabeza; luego que cruce una pierna sobre la otra, siempre y cuando su contextura física lo permita, caso contrario que junte los pies principalmente las puntas y hacerlas estirar.
– Una vez que el infractor está en esa posición, el efectivo policial de seguridad se colocará perpendicularmente a la línea formada por los hombros del intervenido y su compañero, desarrollando una abertura del cono (ubicación en "L" invertida), que le permita mejorar el contacto visual con el intervenido, por lo que el efectivo policial de contacto deberá indicarle que gire la cabeza en esa dirección.
– El efectivo policial de seguridad en esta posición debe verbalizar para recabar información y no permitir que el intervenido se concentre en planificar una respuesta violenta contra la acción del efectivo policial de contacto.
– El efectivo policial de contacto después de enfundar su arma, cogerá sus grilletes y se aproximará al infractor, adoptando una posición diagonal, permitiendo que el lado donde lleva su arma no esté al alcance del infractor.
– Tomar los dedos medio y anular de la mano izquierda del intervenido (esto puede variar por la forma en que las haya entrelazado el infractor), juntándolos levemente y ejerciendo una presión sobre la cabeza para impedir que se suelte.
– Al mismo tiempo se coloca el pie izquierdo entre los pies del infractor, en el caso de estar cruzados; asimismo se ejerce presión sobre las puntas de los pies en caso de estar estirados, con lo cual minimizará la posibilidad de reacción, procediendo a colocarle las esposas.
– Luego se procede a efectuar un registro minucioso del infractor.
Posteriormente, se le ayudará a levantarse tomándolo por los codos.
– La conducción del infractor se hará bajo las recomendaciones hechas en el párrafo de intervención de pie.
Tendido o echado: – Esta posición es la más segura, representa menos riesgo o posibilidad de reacción del infractor. Es la más recomendable cuando exista más de un intervenido.
– Utilizando la verbalización se ordenará al intervenido ubicarse frente a los efectivos policiales, a una distancia que les permita dominar la situación y formar el cono de seguridad, indicándole que levante los brazos, con las manos totalmente alejadas una de otra y los dedos separados.
– Que gire lentamente hasta quedar de espaldas a los efectivos policiales.
– Que se arrodille, manteniendo los brazos estirados, para luego tenderse de cubito ventral, apoyándose en sus manos, las cuales no deberán estar por debajo de su cuerpo (no olvidarse del control visual de las manos), sino en forma separada del mismo y lo más lejos del cuerpo.
– Indicarle que extienda los brazos a la altura de los hombros (en forma de cruz) colocando las palmas de las manos opuestas al piso y que cruce un pie sobre el otro, flexionando ambas piernas hacia sus glúteos.
– Una vez que el infractor está en esa posición, el efectivo policial de seguridad se desplazará desarrollando una abertura del cono, que le permitirá efectuar un contacto visual con el intervenido en línea con la ubicación de su cabeza, para lo cual el efectivo policial de contacto deberá indicarle que gire la cabeza en esa dirección.
– El efectivo policial de seguridad en esta posición debe verbalizar para obtener información y no permitir que el intervenido se concentre en planificar una respuesta violenta contra la acción del efectivo policial de contacto.
– El efectivo policial de contacto enfunda su arma, toma sus grilletes y se desplaza hacia el infractor, adoptando una posición segura, cómoda y flexible, permitiendo que el lado donde lleva su arma no esté al alcance del infractor. Luego coloca su pie izquierdo entre las rodillas del infractor y con su rodilla ejerce leve presión sobre los pies del infractor, minimizando la posibilidad de reacción y procediendo a colocarle las esposas.
– Colocadas las esposas se procederá al registro minucioso del infractor.
– Para levantar al infractor, se le indicará previamente que se procederá a sentarlo con nuestra ayuda, para ello cruzará una pierna sobre la otra y cogiéndolo de los hombros lo ayudamos a sentarse.
– Luego se le indica que recoja ambas piernas hacia adelante, flexionándolas y cruzándolas. El efectivo policial separa sus piernas colocando su hombro y brazo izquierdo en contacto con la espalda del intervenido, seguidamente tomándolo por los codos y en una sola acción se le apoya e impulsa para levantarlo.
– La conducción del infractor se hará de acuerdo a los lineamientos establecidos en las otras posiciones.
– Si durante estos procedimientos el intervenido se torna violento, el efectivo policial de contacto se alejara rápidamente de él, retornando a su área de seguridad empuñando su arma, y reiniciando la verbalización para retomar el procedimiento.
EL CONFLICTO A. Concepto. El conflicto es una forma de conducta competitiva entre personas o grupos.
Ocurre cuando dos o más personas compiten sobre objetivos o recursos limitados percibidos como incompatibles o realmente incompatibles.
Es una situación social en la cual un mínimo de dos partes pugna al mismo tiempo para obtener el mismo conjunto de recursos escasos. Es una lucha expresada entre, al menos, dos personas o grupos interdependientes, que perciben objetivos incompatibles, recompensas escasas, e interferencias del otro en realizar sus metas.
Se puede decir que el conflicto es una situación en la que un actor (una persona, una comunidad, un estado, etc) se encuentra en oposición consciente con otro actor (del mismo o diferente rango), a partir del momento en que persiguen objetivos incompatibles (o estos son percibidos como tales), lo que les conduce a una oposición, enfrentamiento o lucha.
Es la oposición entre grupos e individuos por la posesión de bienes escasos o la realización de valores mutuamente incompatibles.
La palabra "conflicto" tiene una connotación negativa. A menudo se piensa que es lo opuesto a la cooperación y la paz, y frecuentemente se le asocia con la violencia o la amenaza de violencia.
Esta visión sobre el conflicto no siempre resulta útil. En muchos escenarios debería considerarse como una fuerza que puede generar un cambio social positivo: su presencia es una demostración clara de que la sociedad se está adaptando a un nuevo entorno político, económico o físico y que esta adaptación muestra resistencia, lo cual definitivamente se va a dejar notar a través de las conocidas marchas, huelgas, etc. en general disturbios a causa de algún conflicto.
La introducción de nuevas tecnologías, la comercialización de los recursos comunes, la privatización de los servicios públicos, el aumento del consumismo, las nuevas políticas gubernamentales y el decaimiento general de los términos de intercambio para los productos agrícolas, son factores que ejercen una presión para el cambio sobre los individuos y los grupos comunitarios. Los conflictos que surgen de estas alteraciones del entorno no se pueden evitar o eliminar.
Los conflictos si no se manejan a tiempo y debidamente, definitivamente van a originar disturbios en la sociedad (alteración de la paz y la concordia).
Es aquí en donde entra a tallar la Policía Nacional del Perú, con una ardua tarea de vigilancia, control, prevención, persuasión, etc. puesto que no solamente los disturbios se pueden originar de problemas o conflictos planeados, sino también de aquellos que se originan al instante y al efectivo policial lo puede sorprender en el servicio de calle o patrullaje a pie.
B. Clases de Conflictos Básicamente hay dos tipos de conflicto en las organizaciones, los que afectan el rendimiento negativamente y los que lo hacen de manera positiva.
1. Conflicto funcional: Es una confrontación entre grupos que resulta positiva para el rendimiento de la organización. Por, ejemplo, el que se produce entre departamentos con respecto a la forma más eficaz de prestar un servicio. Si en las organizaciones no se produjeran conflictos de este tipo, habría pocos motivos para introducir cambios. De allí que podamos considerar al conflicto como "tensión creativa".
2. Conflicto disfuncional: Es cualquier confrontación o interacción entre grupos que perjudica a la organización o impide que ésta alcance sus objetivos. La dirección debe tratar de eliminar conflictos de este tipo.
Un conflicto beneficioso se transforma a menudo en perjudicial. En la mayor parte de los casos es imposible identificar con precisión el momento en que un conflicto funcional se convierte en disfuncional.
Un nivel idéntico de tensiones y conflictos, que da lugar a que un grupo avance en forma saludable y positiva hacia sus objetivos, puede resultar perturbador y disfuncional en otro grupo (o incluso en el mismo grupo en otro momento). La tolerancia de un grupo con respecto a las tensiones y conflictos también puede depender del tipo de organización.
C. Causas más comunes de los conflictos. 1. Interdependencia laboral. Se produce cuando dos o más grupos de una organización dependen unos de otros para realizar su trabajo. En estos casos, las posibilidades de que surjan conflictos son muy elevadas.
2. Interdependencia combinada. No requiere interacción alguna entre grupos, ya que cada uno actúa independientemente. No obstante, el rendimiento combinado de todos es lo que decide el éxito de la organización. La posibilidad de conflictos es relativamente escasa. Interdependencia secuencial: exige que un grupo finalice un trabajo para que otro pueda hacer lo mismo.
En estas circunstancias, cuando el producto final de un grupo es el insumo de otro, hay mayores posibilidades de que surja un conflicto. Interdependencia recíproca: requiere que el producto final de cada grupo sirva de insumo para otros grupos de la misma organización. Las posibilidades e que surjan conflictos son elevadas.
Cuanto más compleja sea la organización, mayores serán las posibilidades de conflicto y más difícil será la tarea que debe realizar la dirección.
3. Diferentes objetivos. A medida que las diferentes unidades de una organización van especializándose, sus objetivos se van distanciando. Esta diferencia de objetivos se puede traducir en una diferencia de expectativas entre los miembros de cada unidad. Dada la diferencia entre objetivos y expectativas, cabría la posibilidad de que se presenten conflictos.
4. Recursos limitados. A la hora de asignar recursos limitados, la dependencia mutua aumenta y cualquier diferencia de objetivos se hace más clara. Todos los grupos pretenden reducir las presiones a que están sometidos logrando controlar el suministro de recursos básicos y recudiendo la incertidumbre en cuanto a su obtención. Cuando los recursos son limitados, se establece una competencia que puede traducirse en un conflicto disfuncional si los grupos se niegan a colaborar.
5. Estructuras retributivas. Cuando el sistema retributivo está vinculado al rendimiento del grupo más que al de la totalidad de la organización, las posibilidades de conflictos aumentan, aún más cuando un grupo es el principal responsable de la asignación de retribuciones. (recompensa o pago) 6. Diferencias de percepción. Cualquier desacuerdo sobre lo que constituye la realidad puede concluir en un conflicto: Diferentes objetivos: Las diferencias de objetivos entre grupos contribuyen claramente a que existan diferencias de percepción en los mismos.
Diferentes horizontes temporales: las fechas tope influyen sobre las prioridades y la importancia que los grupos asignan a sus distintas actividades Posiciones incongruentes: los conflictos suscitados por la posición relativa de los distintos grupos son habituales e influyen en sus perspectivas.
Percepciones inexactas: lleva a que un grupo cree estereotipos con respecto a los demás. Cuando se insiste en las diferencias entre grupos, se refuerzan los estereotipos, se deterioran las relaciones y aparecen los conflictos.
7. Creciente demanda de especialistas. Los conflictos entre especialistas y generalistas son, con toda probabilidad, los más frecuentes entre grupos. Lo cierto es que especialistas y generalistas se ven y ven a sus respectivos papeles desde perspectivas diferentes. Al aumentar la necesidad de capacitación técnica en todas las áreas de la organización, cabe esperar que se incremente el número de especialistas y que este tipo de conflictos continúe en aumento.
D. Clasificación de las opciones en el Manejo de Conflictos. 1. Fuerza: negociaciones de confrontación; canales legales; algunos sistemas electorales; medios de comunicación masiva para conseguir el apoyo popular; protestas públicas; amenazas de retirada; grupos de presión.
2. Retirada: evasión; abandono; despliegue de tácticas de demora; postergación de la decisión; boicot temporal; huelgas.
3. Adaptación: mantener las relaciones; cultivar la "buena voluntad".
4. Compromiso: arbitraje; análisis costo-beneficio; compensaciones.
5. Consenso: negociación directa basada en el consenso (sin facilidades); negociaciones mediadas/facilitadas por terceros.
E. Análisis de los conflictos. Lo primordial para tratar a los conflictos cualesquiera fuera su causa es en primer lugar conocer sobre el mismo, evaluarlo y poder plantear alternativas de solución.
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