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Modelos de gestión de las organizaciones no gubernamentales según las distintas formas de evaluar (página 4)

Enviado por Carolina Rodriguez


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Bibliografía

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  1. Estatuto para la Asociación…….Pág N° 76

    Acta de la Asamblea Constitutiva de la Asociación Civil…..Pág N ° 101

    Entrevista realizada al presidente de la Ong…..Pág. N ° 103

  2. Anexos

  3. Entrevista al cura párroco de la Ong Iglesia ….Pág N °105

    Entrevista a un integrante de la Asociación Ama de Casas ……Pág N ° 108

    Entrevista a un integrante del Centro de Residente Chamamecero…….Pág N ° 110

    Entrevista a un integrante de la Ong del Taller Protegido……Pág N ° 112

    Entrev. a un integ. de la Ong Asociación Civil sin Fines de Lucro…Pág N ° 114

    Cuestionarios ….Pág N ° 116

  4. Entrevista un integrante de la Ong Iglesia …….Pág N °107

    1. ARTICULO 1:

      Constituyendo, con fecha de de 2004, bajo la denominación de una Asociación Civil sin fines de lucro y por tiempo indeterminado, con asiento y domicilio en la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, República Argentina.

      ARTICULO 2:

      La entidad será regida por las disposiciones del presente estatuto y sus normas acordes con la legislación vigente, con todos los derechos y obligaciones emergentes del mismo y de las normas legales.

      ARTICULO 3:

      Será jurisdicción del territorio dentro de los límites de la ciudad de Rosario.

      ARTICULO 4:

      La entidad es autónoma, se rige por su Estatuto y esta gobernada por las autoridades legalmente constituidas y libremente elegidas por sus asociados.

    2. CAPITULO 1: DENOMINACIÓN, DOMICILIO, DURACIÓN Y JURISDICCIÓN

      ARTICULO 5:

      La Asociación. Civil tendrá por objeto:

      1) la colaboración mutua entre los asociados promoviendo, estimulando y organizando acciones tendientes a mejorar y desarrollar la calidad de vida de la comunidad y la solución de todo asunto o problema colectivo relacionado con ella.

      2) – Promover la cultura y fomentar la amistad entre los asociados.

      3) Estimular y organizar actividades sociales, culturales, deportivas, que fomenten los vínculos de unión, fraternidad y solidaridad social.

      Para el logro de tales objetivos, la Asociación Civil podrá realizar las siguientes actividades:

      A)- Relacionarse con las autoridades municipales, provinciales y/o nacionales; las empresas estatales y/o privadas proveedoras de bienes y/o servicios para la solución de los problemas o cuestiones existentes en su jurisdicción B)- Creación de un comedor comunitario y copa de leche tendientes a paliar las carencias alimentarias que sufrieren niños, ancianos y/o discapacitados de al zona. C)- Creación de talleres de apoyo escolar y de alfabetización destinados a cubrir las necesidades de esta índole. D)- Creación de un costurero comunitario tendiente a reciclar toda prenda obtenida en donación y/o confeccionar nuevas prendas a los fines de asistir a los niños, ancianos y discapacitados de la zona que tuvieren necesidades en este sentido. E) Creación de una Huerta Comunitaria cuyo producido será destinado a cubrir necesidades del Comedor Comunitario o distribuidas de manera equitativa a los vecinos de la zona.

      La enunciación precedente no tiene carácter limitativo, por lo que la Asociación podrá realizar todas las actividades necesarias y/o convenientes para el mejor cumplimiento de su objeto y en ningún caso importarán directa o indirectamente beneficios y/o ventajas económicas para sus asociados.

      ARTICULO 6:

      La Asociación Civil, se declara totalmente desvinculado y ajeno a cualquier tendencia política, religiosa, racial, gremial o ideológica, quedando prohibido a sus Asociados plantear, discutir, comentar, considerar, resolver, promover o difundir cuestiones sobre los temas mencionados, como así también sobre temas contrarios a la moral y a las buenas costumbres.

    3. CAPITULO II: FINES Y OBJETIVOS
    4. CAPITULO III: CAPACIDAD Y PATROMONIO DE LA ENTIDAD

    ARTICULO 7:

    La entidad tiene plena capacidad jurídica: podrá ejercer por medio de sus órganos toda clase de actos jurídicos y todos los contratos necesarios y que se correspondan con su naturaleza jurídica, quedando en consecuencia autorizada a efectuar los actos, trámites, gestiones y peticiones que sean necesarias y/o convenientes a saber: adquirir a título oneroso o gratuito bienes muebles o inmuebles, Venderlos, permutarlos, cederlos en comodatos, locación, uso o usufructo, gravarlos con derecho de hipoteca; contraer mutuos; otorgar, hacer y recibir donaciones; aceptar legados, subsidios, herencias o subvenciones; hacer operaciones con instituciones bancarias, a plazo fijo, cuenta corriente o cualquier otra operación que permitan sus cartas orgánicas y que tiendan al cumplimiento de sus fines y objetivos sociales y de cualquier otra entrada o ingreso lícito acorde con el fin de la Institución.

    ARTICULO 8:.

    El patrimonio esta formado por: A)- Las cuotas que abonen los asociados, sean de ingreso mensual o especiales que pudieran resolverse en Asamblea convocada a tal efecto. B)- Los bienes que adquiera por cualquier título, así como de sus frutos y productos .. C)- Las donaciones, herencias, legados, subsidios, subvenciones, oblaciones voluntarias que se le otorguen y que acepte. D)- Los beneficios que se obtengan en la organización de reuniones sociales, conferencias, torneos y competencias deportivas, festivales, excursiones o cualquier espectáculo público. E)- Los intereses o ganancias que devenguen los fondos de la entidad. F)- Cualquier entrada lícita que no desvirtúe los fines y objetivos sociales.

    CAPITULO IV: DE LOS ASOCIADOS.

    ARTICULO 9: CATEGORÍAS DE ASOCIADOS.

    La Asociación Civil tiene y reconoce las siguientes categorías de asociados: a) Activos, b) Adherentes. c) Honorarios. :

    ARTICULO 10 CONDICIONES, REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA EL INGRESO DE ASOCIADOS.

    Podrá ser admitido como Asociado de la entidad, cumpliendo los requisitos correspondientes a la categoría a la cual ingrese y los requerimientos establecidos en el presente Estatuto, toda persona jurídica o física, mayor de edad, que gocen de plena capacidad que compartan el objeto de la entidad, de conducta respetable, reputación y antecedentes irreprochables y ocupación o profesión lícita, que cumpla los siguientes requerimientos: a)- solicitar el ingreso, llenando y firmando un formulario que le suministrara la entidad, b)- que la Comisión Directiva apruebe el ingreso del postulante como Asociado, c)- Abonar la cuota de ingreso vigente al momento en que la Comisión Directiva apruebe el ingreso. Las personas de existencia ideal podrán actuar en el seno de la entidad mediante el representante que acrediten expresamente para ello.

    ARTICULO 11:

    Las solicitudes de ingreso de los postulantes, se expondrán en lugar visible en la sede durante 15 días, a efecto que la Comisión Directiva pueda recibir posibles objeciones escritas al ingreso requerido por parte de algún Asociado, las objeciones formuladas no se darán a publicidad, deberán ser de carácter reservado.

    ARTICULO 12:

    La Comisión Directiva, considerara las solicitudes en la primera reunión que realice y por orden de presentación de aquellas. La aceptación o rechazo, se hará por votación y la decisión se comunicara por escrito al postulante.

    ARTICULO 13:

    El postulante a quien se le hubiera rechazado el ingreso, podrá solicitar reconsideración de tal decisión dentro de los 15 días de haberse notificado la Resolución recaída.

    De ratificarse la resolución que tomará la Comisión Directiva en primera instancia, será inapelable.

    El postulante, podrá presentar una nueva solicitud de ingreso, transcurrido un año del primer rechazo.

    ARTICULO 14: ASOCIADOS ACTIVOS.

    Serán Asociados activos, las personas mayores de 21 años de edad, que simpaticen con los fines y objetivos de la entidad.

    ARTICULO 15: .

    Son derechos de los Asociados Activos los siguientes: a) Recibir una credencial que acredite su condición y categoría de Asociado; b) Frecuentar la sede social, haciendo uso de todas las instalaciones y servicios, participar en todas las actividades que programe la entidad, según corresponda; c) Participar con voz y voto en las Asambleas; d) Elegir y ser elegidos miembros de la Comisión Directiva y demás autoridades; cuando reúnan la correspondiente antigüedad, no registren deudas con la Tesorería y se hallen incluidos en el padrón respectivo. e) Integrar sub- comisiones, en caso de ser elegidos; f) Sugerir a la comisión directiva, toda iniciativa que estime beneficiosa para la entidad; g) Objetar por escrito, fundamentada y en forma reservada ante la Comisión Directiva, la solicitud de ingreso de cualquier postulante a Asociado; h) Solicitar a la Comisión Directiva, la convocatoria a Asamblea Extraordinaria, la que deberá celebrarse dentro de los 40 días de solicitada; i) Peticionar a la Comisión directiva, la inclusión de determinados puntos en el Orden del Día de la Asamblea Ordinaria, siempre que la solicitud se efectúe hasta 15 días posteriores al cierre del ejercicio Socio Anual, por 20 socios activos como mínimo.

    ARTICULO 16:

    Los Asociados activos, ejercitaran sus derechos de la siguiente manera: a) Desde la fecha de aprobado el ingreso: los derechos explicativos en los incisos a) y b) del artículo 15. b) Con una antigüedad mínima e ininterrumpida de 6 meses en la categoría: todos los derechos explicativos en el artículo 15.

    ARTICULO 17:

    Son deberes de los Asociados Activos, los siguientes: a) Conocer, respetar y cumplir con las prescripciones del Estatuto, Reglamentos y resoluciones de la Comisión Directiva y de las Asambleas; b) Abonar puntualmente las cuotas sociales y contribuciones resueltas por Asambleas según corresponda, como así también los adicionales resultantes por la prestación de servicios adicionales;. c) Velar, en toda ocasión, por el prestigio y buen nombre de la entidad y cooperar con la Comisión Directiva, en su gestión para el logro de los fines y objetivos sociales; d) Mantener dentro de la Sede social, y demás dependencias de la entidad, y en todo momento que actúe como asociado, una conducta digna e irreprochable, con modales y actitudes correctas y utilizando un lenguaje moderado en sus manifestaciones hacía los demás asociados y la entidad; e) Comunicar los cambios de domicilio…

    ARTICULO 18: ASOCIADOS ADHERENTES.

    Serán Asociados Adherentes, las personas menores de 21 años de edad que, simpaticen con los objetivos y fines de la entidad. y los que, compartiendo el objeto social, no desean tener participación en la actividad de la entidad. Sus derechos son los prescritos en los incisos a) y b) del artículo 15, pueden asistir a las Asambleas, exclusivamente con derecho a voz cuando tuvieren la edad de 18 años como mínimo. Sus deberes son los prescritos en el artículo 17. Abonarán una cuota inferior a la fijada para los asociados activos.

    ARTICULO 18 bis: ASOCIADOS HONORARIOS:

    Revestirán el carácter de honorarios las empresas, personas o instituciones en general que colaboren con el cumplimiento del objeto de la entidad y se hagan acreedores del reconocimiento como tales por parte de la Comisión Directiva. La designación quedará supeditada a la aprobación de la Asamblea de asociados.

    Son derechos y obligaciones de los asociados Honorarios, además de los que se les asignan en otras disposiciones estatutarias, los siguientes:

    a) conocer, respetar y cumplir fielmente con estos estatutos y con las disposiciones emanadas de la Asamblea y la Comisión Directiva. b) exponer verbalmente o por escrito ante la Asamblea o la Comisión Directiva las ideas, proyectos o sugerencias que consideren útiles para el mejor cumplimiento de los fines de la Asociación c) concurrir con voz y sin voto a las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de la Asociación.

    ARTICULO 19: CAMBIOS DE CATEGORÍA.

    Los Asociados Adherentes que alcancen la mayoría de edad, podrán solicitar su ingreso a la categoría de Asociados Activos. Una vez aceptado el ingreso, si así lo decidiera la Comisión Directiva, deberán abonar la diferencia existente entre las cuotas de ingreso de ambas categorías, si estas fueran de distinto importe.

    ARTICULO 20: DE LAS SANCIONES A LOS ASOCIADOS.

    En caso de verificarse alguna transgresión a los requerimientos específicos en el estatuto, Reglamento o al no acatamiento de las resoluciones de la Comisión Directiva y Asambleas o inconducta manifiesta de los Asociados, la Comisión Directiva, esta facultada para aplicar las siguientes sanciones: a) APERCIBIMIENTO: Consiste en un llamado de atención, mediante el cual se notificara al Asociado la falta cometida y la posibilidad de suspender o expulsar, en caso de reincidencia; b) SUSPENSIÓN: Consiste en la suspensión temporaria de los derechos del Asociado sancionado, manteniéndose los deberes. El tiempo de suspensión lo decidirá la comisión Directiva, en virtud de la falta cometida y de acuerdo a las pruebas que disponga. Se procurara aplicar este tipo de sanciones con la mayor prudencia; c) CESANTÍA: Consiste en la pérdida de la condición de Asociado. Se aplicará en los casos de morosidad de los Asociados o cuando estos sean declarados en Concurso Preventivo o Quiebra, esta sanción se mantendrá hasta la rehabilitación de los así declarados; d) EXPULSION: Consiste en la pérdida definitiva de la condición de Asociado, prohibiéndosele al sancionado el ingreso y permanencia en la sede Social y demás instalaciones, asimismo se le exigirá la devolución de la credencial social.

    ARTICULO 21:

    Previo a la aplicación de cualquiera de las sanciones mencionadas precedentemente, la Comisión

    Directiva, citara al Asociado, a efectos que este efectúe su defensa. Luego de efectuada esta, la Comisión Directiva resolverá de acuerdo a las disposiciones estatutarias. La notificación de cualquier sanción, se hará mediante comunicación escrita, dirigida al último domicilio denunciado por el Asociado. La vigencia de la sanción, comenzara a partir del momento en que el Asociado se notifique de la resolución recaída.

    ARTICULO 22:

    Todo Asociado que hubiere sido sancionado, tiene el derecho de apelar la sanción de que hubiera sido objeto, ante la primera Asamblea, que se celebre, sin admitir cláusulas que importen la renuncia al fuero judicial.

    El recurso de Apelación, deberá ser interpuesto por el Asociado sancionado dentro de los 15 días de notificada la sanción.

    ARTICULO 23: DE LA PERDIDA DE LA CONDICION DE ASOCIADO

    Los Asociados perderán la condición de tales, por las siguientes causas: a) Fallecimiento; b) Renuncia; c) Cesantía; d) Expulsión.

    ARTICULO 24: RENUNCIA.

    Los Asociados podrán renunciar a su condición de tales, presentando una nota dirigida a la Comisión Directiva, en la cual exprese su decisión voluntaria de renunciar. La renuncia sólo se aceptará cuando el asociado que la solicite se encuentre al día con la Tesorería.

    Si así no fuera, se le intimará al efecto por medio fehaciente y de no cumplir en el término que se le fije será considerado asociado moroso y podrá ser excluido.

    La Comisión Directiva, tratará la renuncia en la primera reunión que efectúe, y el renunciante mantendrá todas las obligaciones hasta tanto le sea aceptada la renuncia.

    ARTICULO 25: CESANTIA.

    La cesantía de los Asociados se producirá por los siguientes motivos: a) Morosidad; b) Cuando los Asociados sean declarados en Concurso Preventivo o en Quiebra.

    ARTICULO 26:

    Todo Asociado que adeudare las cuotas correspondientes a 3 meses o cualquier otra suma a la entidad, será notificado fehacientemente mediante comunicación escrita dirigida al último domicilio denunciado por el Asociado.

    Una vez notificado, tendrá un plazo de 15 días para regularizar su situación con la tesorería, abonando lo adeudado más un 5% de la suma resultante en concepto de gastos administrativos. Vencido este plazo y no satisfecha la deuda a valores actualizados, será declarado cesante y perderá su condición de Asociado.

    ARTICULO 27:

    Excepcionalmente, la Comisión Directiva, considerará los casos de morosidad producidos por situaciones de fuerza mayor, carencias económicas profundas, desempleo o cualquier otro motivo evidentemente justificado, estando facultada para otorgar plazos y condiciones especiales para el pago de las deudas que los Asociados mantuvieran con la entidad.

    ARTICULO 28:

    Los Asociados declarados en Concurso Preventivo o en Quiebra, serán declarados cesantes y perderán su condición de Asociados.

    ARTICULO 29: EXPULSION.

    Son causales de expulsión: a) Faltar voluntariamente al cumplimiento de las obligaciones impuestas por el Estatuto, Reglamentos, Resoluciones de asambleas o Resoluciones Estatutaria tomadas por la Comisión Directiva; b) Observar una conducta inmoral; c) Haber cometido graves actos de deshonestidad, engañando o tratando de engañar a la entidad para obtener beneficios en provecho propio o de terceros, utilizando su condición de asociado o la denominación de la entidad; d) Hacer voluntariamente daño a la entidad, provocar desórdenes graves en su seno u observar una conducta notoriamente perjudicial a los intereses sociales; e) Transgredir el artículo 6; f) Por la comisión de hechos delictivos, con sentencia firme judicial.

    ARTICULO 30: REINGRESO DE ASOCIADOS.

    Los Asociados renunciantes, o declarados cesantes, por morosidad, no podrán solicitar su reingreso hasta después de transcurrido un año, salvo que abonen las cuotas entre la fecha de su renuncia o cesantía y la fecha de reingreso, a valores actualizados, más el 20% de la cuota de ingreso en ese momento y, en su caso, lo adeudado a la entidad.

    Transcurrido el año, serán considerados nuevos postulantes, los asociados declarados cesantes por haber sido declarados en Concurso Preventivo o en Quiebra, podrán reingresar a la entidad luego de su rehabilitación, si lo solicitarán expresamente y si lo aprobará la Comisión Directiva.

    ARTICULO 31:

    Los Asociados, deberán abonar la cuota social por mes adelantado en el local de la Sede Social. La entidad podrá efectuar el cobro de las cuotas a través de cobradores domiciliarios. La eventual falencia de estos cobradores no será justificativo para la morosidad de los Asociados.

    ARICULO 32: DEL INICIO Y FINALIZACION DEL EJERCICIO SOCIAL ANUAL.

    El ejercicio socio anual, se iniciará el día 1 del mes de Enero y finalizará el día 31 del mes de Diciembre de cada año.

    CAPITULO V: DE LA COMISION DIRECTIVA Y DEMAS AUTORIDADES.

    ARTICULO 33: COMPOSICION DE LAS AUTORIDAES DURACION DE LOS MANDATOS.

    La Asociación Civil será gobernada, dirigida y administrada por una Comisión directiva, a saber: 1 Presidente, 1 Vice- Presidente, 1 Secretario, 1 Tesorero, 2 Vocales Titulares, habrá también 2 Vocales Suplentes. .

    ARTICULO 34:

    Los miembros de la Comisión Directiva, Vocales y Vocales Suplentes, durarán dos años en sus cargos y funciones.

    ARTICULO 35:

    La Comisión Directiva y las demás autoridades, serán elegidas en la Asamblea Ordinaria Anual, por simple mayoría de votos de los Asociados presentes en la Asamblea. Todos podrán ser reelectos.

    ARTICULO 36:

    Para poder ser miembro de la Comisión Directiva y demás autoridades, se deberán cumplimentar los siguientes requisitos: a) Ser Asociado Activo y tener una antigüedad mínima de 6 meses, en forma ininterrumpida; b) Estar en el pleno goce de sus derechos como Asociado y tener plena capacidad jurídica; c) Estar al día con la Tesorería Social; d) No estar ejerciendo cargos políticos; e) No tener antecedentes policiales o penales infamantes o haber sido declarados en Concurso Preventivo o en Quiebra y no estar rehabilitado.

    ARTICULO 37:

    Los cargos de la Comisión Directiva y demás Autoridades, son de carácter personal e indelegable. A los miembros de la Comisión Directiva y demás Autoridades, les esta prohibido percibir sueldos o remuneración alguna por el desempeño de los cargos, o por trabajos o servicios prestados a la entidad.

    ARTICULO 38:

    Las reuniones de la Comisión directiva se realizarán validamente con la presencia de la mitad más 1 de los miembros que la integran y las resoluciones se adoptaran por mayoría absoluta de los miembros presentes.

    Las reconsideraciones de asuntos ya resueltos, requerirán el voto de las 2 terceras partes, en reunión de igual o mayor número de asistentes de aquella en que se resolvió el asunto a reconsiderarse.

    ARTICULO 39:

    La Comisión Directiva se reunirá no menos de 1 vez cada 15 días, en día y hora que se fija en el cronograma de reuniones, que fijará aquella en la primera reunión que se efectúe en el año y que tendrá vigencia para todo el año que cursa.

    ARTICULO 40:

    La Comisión Directiva también se reunirá por petición del Presidente o su reemplazante, por petición del Síndico Titular o pedido de 3, como mínimo, de sus miembros, debiendo en estos casos realizarse la reunión dentro de los 5 días de efectuada la solicitud. La citación se hará en forma personal y por escrito, a través del Secretario y con una anticipación no menor a los 2 días.

    ARTICULO 41:

    El miembro de la Comisión Directiva que, debidamente citado, faltara sin previo aviso justificado a 3 reuniones consecutivas o a 6 alternadas en un año calendario, podrá ser desplazado de su cargo.

    ARTICULO 42:

    Todo miembro de la Comisión Directiva que, por razones muy fundadas no pueda asistir a las reuniones o atender la misión que se le encomendara, podrá solicitar licencia parcial o temporal, la que será acordada en reunión de Comisión Directiva.

    ARTICULO 43:

    En caso de renuncia, fallecimiento, ausencia, expulsión, cesantía o cualquier otro impedimento de cualquier miembro titular, que le impida ejercer su cargo y función, será reemplazado por un suplente hasta la terminación de la ausencia o del mandato del miembro reemplazado. El miembro reemplazante, tendrá las mismas atribuciones y obligaciones que el miembro a quién reemplace.

    ARTICULO 44: REGIMEN DE REEMPLAZOS.

    En caso de aplicación del artículo 43, el régimen de reemplazos será el siguiente: El Presidente será reemplazado por el Vice- Presidente, el Secretario por el 1er. Vocal y el tesorero por el 2do. Vocal. Los Vocales titulares, serán reemplazados por los Vocales Suplentes y el Síndico Titular será reemplazado por el Síndico Suplente.

    ARTICULO 45:

    Cuando el número de miembros de la Comisión Directiva, quede reducido a menos de la mitad más 1 de la totalidad, habiendo ya sido llamados todos los suplentes a reemplazar a los titulares, deberá convocarse a Asamblea a los efectos de su integración, dentro de los 20 días, todo esto sin perjuicio de las responsabilidades que puedan recaer sobre los miembros directivos renunciantes o ausentes. Los electos durarán en sus cargos por el resto del período de los que reemplazan.

    ARTICULO 46:

    Queda prohibido a los miembros de la Comisión Directiva y demás autoridades lo siguiente: a) Hacer públicas las manifestaciones que, individualmente, hubieran hecho los miembros en las deliberaciones, por sí o por terceras personas.

    ARTICULO 47: ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DE LA COMISION DIRECTIVA.

    Son atribuciones y obligaciones de la Comisión Directiva: a) Ejecutar las resoluciones de las Asambleas, cumplir y hacer cumplir este Estatuto y los reglamentos, interpretándolos en caso de duda, con cargo a dar cuenta a la Asamblea más próxima que se celebre; b) Ejercer la administración de la entidad; c) Convocar a Asamblea conforme a las disposiciones establecidas en esta estatuto ; d) Resolver la admisión de los que soliciten ingresar, como asociados y las renuncias que presenten los mismos; e) Dejar cesantes, apercibir, suspender o expulsar a los asociados; f) Otorgar plazos y condiciones especiales para el pago de las deudas que los asociados mantuvieran con la entidad; g) Nombrar empleados y todo el personal que se requiera para el cumplimiento de los fines y objetivos sociales, asignarles sueldo, fijarles las obligaciones, amonestarías, suspenderlos y despedirlos; h)Presentar a la Asamblea General Ordinaria, la Memoria, Balance General, Inventario, Cuenta de Gastos y Recursos e informe del Síndico y el Presupuesto y la Programación para el siguiente ejercicio; i) Realizar los actos que especifica y determina el art. 1881 y concordantes del Código Civil, aplicables a su carácter jurídico y con cargo de dar cuenta a la primera Asamblea que se celebre, salvo los casos de adquisición, enajenación, hipotecas y constitución de gravámenes de bienes inmuebles o de bienes muebles de comprobado y real gran valor, en que será necesaria la previa aprobación por parte de una Asamblea; j) Dictar los reglamentos necesarios para el cumplimiento de sus finalidades los que deberán ser aprobados por la asamblea y luego presentados a la Inspección general de Personas Jurídicas de la Provincia de Santa Fe para que esta los apruebe, previo a ser aplicados; k) Crear subcomisiones y nombrar sus presidentes e integrantes; l) Fijar y ajustar las cuotas sociales, pudiendo aumentarlas o disminuirlas de acuerdo a las necesidades, fijar cuotas extraordinarias o cualquier contribución transitoria, pudiendo aumentar o disminuir su importe o decidir la suspensión transitoria de aquella, en función de la obtención de los fines y objetivos sociales. Todo esto con cargo de dar cuenta a la primera Asamblea que se celebre; m) Adoptar medidas disciplinarias con los miembros que infrinjan lo establecido en los artículos 41 y 46; n) Resolver los asuntos no contemplados en este Estatuto y que sean urgentes, con cargo a dar cuenta a la primera Asamblea que se celebre. o) Remitir a la Inspección General de Personas Jurídicas dentro de los quince días (15) de efectuada la Asamblea Ordinaria, copia de la Memoria y Balance del último ejercicio y nómina de la nueva Comisión Directiva (si así correspondiera) e Inventario.

    DEL PRESIDENTE Y VICE – PRESIDENTE.

    ARTICULO 48:El Presidente tiene las atribuciones y obligaciones siguientes: a) Es el representante legal de la entidad; b) Convocar a las reuniones de la Comisión Directiva y a las Asambleas y presidirlas; c) Tendrá derecho a voto en las reuniones de la Comisión Directiva, al igual que los demás miembros del cuerpo y, en caso de votaciones empatadas votara nuevamente para desempatar; d) Firmar conjuntamente con el secretario, las actas de reuniones de Comisión directiva y de las Asambleas y la correspondencia y todo documento de la entidad; e) Autorizar con el Tesorero, las cuentas de Gastos, firmando los recibos y demás documentos de la Tesorería, conforme lo resuelto por la Comisión directiva, no permitiendo que los fondos sociales sean invertidos en objetos ajenos a los prescritos por este Estatuto; f) Velar por la buena marcha y la correcta administración de la entidad, observando y haciendo observar este Estatuto, los Reglamentos, las resoluciones de Comisión Directiva y de las Asambleas.

    ARTICUL0 49:

    El Vice- Presidente tiene las atribuciones y obligaciones siguientes: a) Asistir a las reuniones de

    la Comisión Directiva y a las Asambleas; b) Colaborar estrechamente con la gestión del Presidente.

    El Vice- Presidente, reemplazara al Presidente en caso de la aplicación del artículo 43 y según el artículo 44.

    DEL SECRETARIO

    ARTICULO 50:

    El Secretario tiene las atribuciones y obligaciones siguientes: a) Asistir a las reuniones de la Comisión directiva y a las Asambleas, firmando conjuntamente con el Presidente las Actas de las mismas; b) Firmar, conjuntamente con el presidente la correspondencia y todo documento de la entidad; c) Citar a los miembros de la Comisión directiva a aquellas reuniones no previstas en el cronograma anual, en forma personal y escrita, con la debida antelación; d) Encargarse de todo lo concerniente a las convocatorias de las asambleas, cuidando que aquellas se realicen estatutariamente en tiempo y forma; e) Llevar de acuerdo con el Tesorero, el Registro de Asociados.

    DEL TESORERO

    ARTICULO 51:

    El Tesorero tiene las atribuciones y obligaciones siguientes: a) Asistir a las reuniones de la Comisión Directiva y a las Asambleas; b) Llevar, de acuerdo con el secretario, el Registro de Asociados, ocupándose de todo lo relacionado con el cobro de las cuotas sociales y demás acreencias; c) Llevar los libros de Contabilidad; d) Presentar a la Comisión Directiva Balances mensuales y nóminas de asociados morosos y prepara, anualmente, el Balance General, Inventario y Cuenta de Gastos y Recursos, que deberá aprobar la Comisión Directiva para posteriormente, ser sometidos a consideración de la Asamblea General Ordinaria; e) Firmar con el Presidente, los recibos y demás documentos de la Tesorería, efectuando los pagos resueltos por la Comisión directiva; f) Efectuar en el o los bancos que designe la Comisión Directiva, a nombre de la entidad y a la orden conjunta del Presidente y del Tesorero, los depósitos de dinero y valores ingresados a la Caja Social, pudiendo retener en la misma hasta la suma que estime la Comisión directiva, a los efectos de los pagos de urgencia; g) Los cheques, giros u otros documentos para la extracción de fondos, deberá firmarlos conjuntamente con el Presidente; h) Dar cuenta del estado patrimonial, económico y financiero de la entidad, toda vez que la Comisión Directiva o el Síndico Titular se lo soliciten.

    DE LOS VOCALES TITULARES Y SUPLENTES

    ARTICULO 52:

    Los Vocales Titulares tienen las atribuciones y obligaciones siguientes: a) Asistir a las reuniones de la Comisión Directiva y a las Asambleas; b) Colaborar con el resto de la Comisión Directiva y desempeñar las tareas y comisiones que la Comisión Directiva le asigne.

    Los Vocales Titulares reemplazaran a los demás integrantes de la Comisión Directiva, en caso de aplicación del artículo 43 y según el artículo 44.

    ARTICULO 53:

    Corresponde a los Vocales Suplentes: a) Asistir a las Asambleas; b) Entrar a formar parte de la Comisión directiva, reemplazando a los Vocales Titulares, en aso del artículo 43 y según el artículo 44; c) Concurrir a las reuniones de la Comisión directiva, teniendo únicamente derecho a voz, su asistencia no se computará a los efectos del quórum.

    CAPITULO VI.: DEL ORGANO DE CONTRALOR

    ART. 54:

    Las funciones de contralor institucional y de revisión y fiscalización de las operaciones sociales serán ejercitadas por LA SINDICATURA, que estará integrada por un Titular y un Suplente. Duran dos años en sus funciones, son reelegibles sin limitación de períodos, y su elección se hará en forma conjunta con la renovación del órgano directivo. Para integrar la Sindicatura se requieren las condiciones exigidas en el art. 36 del presente.

    ARTICULO 55: ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES DEL SINDICO TITULAR

    Son atribuciones y obligaciones del Síndico Titular, las siguientes: a) Examinar los libros y documentos de la entidad, no menos de una vez por mes; b) Asistir a las reuniones de la Comisión Directiva, cuando lo juzgue necesario, teniendo únicamente derecho a voz; c) Fiscalizar la administración, verificando frecuentemente el estado de la Caja y la existencia de títulos y valores de toda clase; d) Comprobar el cumplimiento de las leyes, Estatuto y Reglamentes; e) Dictaminar sobre la Memoria, Inventario, Balance General y Cuenta de Gastos y Recursos, presentadas por la Comisión Directiva; f) Convocar a Asamblea General Ordinaria, cuando omitiere hacerlo la Comisión Directiva; g) Solicitar la Asamblea general Extraordinaria cuando lo considere necesario, poniendo en conocimiento de la Inspección general de Personas Jurídicas los antecedentes que justifiquen su pedido, cuando se negare acceder a ello la Comisión Directiva; h) Vigilar, supervisar y fiscalizar las operaciones de la liquidación de la entidad.

    El Síndico Titular, cuidara de ejercer sus funciones de manera que no entorpezca o dificulte la marcha normal de la administración social.

    El Síndico Suplente, reemplazara al Síndico Titular en caso de aplicación del artículo 43 y según el artículo 44.

    CAPITULO VII: DE LAS ASAMBLEAS

    ARTICULO 56:

    Las Asambleas serán la máxima autoridad de la entidad. Podrán ser, según el caso, Ordinarias y Extraordinarias.

    ARTICULO 57: ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA

    La Asamblea General Ordinaria, se efectuará, una vez por año dentro del plazo de 120 días contados a partir de la fecha del cierre del ejercicio socio anual.

    En ella, se deberá: a) Considerar, aprobar o modificar la Memoria, Inventario, Balance General, Cuenta de Gastos y Recursos e Informe del Síndico; b) Elegir los miembros de la Comisión Directiva y demás autoridades, que reemplacen a los que cesan en sus mandatos; c) Considerar, si lo hubiere, cualquier otro asunto consignado en la convocatoria; d) Tratar, si se hubiere peticionado, los asuntos propuestos por los asociados con derecho al inciso h del artículo 15.

    ARTICULO 58:

    Los asociados con derecho al inciso h del artículo 15 , deberán peticionar por escrito en original y copia, a la Comisión Directiva el cumplimiento de este derecho. La copia del pedido, con la constancia de recepción, será devuelta a los asociados peticionantes.

    Este derecho, solamente podrá ser ejercitado, siempre que los peticionantes totalicen 20 o más asociados con ese derecho.

    ARTICULO 59 ASAMBLEA GENEAL EXTRAORDINARIA.

    Las Asambleas Generales Extraordinarias, serán convocadas siempre que la Comisión Directiva lo juzgue necesario, o cuando las soliciten el Síndico Titular o un mínimo de 20 Asociados con derecho a voto; el plazo para la realización de la misma no podrá superar los 40 días, caso contrario los solicitantes podrán acudir ante la Inspección General de Personas Jurídicas a sus efectos. Estos pedidos, deberán ser efectuados por escrito y dando razón de ello a la Comisión Directiva; los pedidos deben ser resueltos dentro de un plazo no mayor a los 10 días de la presentación de los mismos.

    ARTICULO 60:

    Todas las Asambleas serán convocadas mediante circulares remitidas al domicilio de los Asociados, con una anticipación no menor de 15 días a la fecha de realización.

    Las circulares, deberán establecer lugar, fecha y hora de realización de la Asamblea y el Orden del Día a tratarse. Con la misma anticipación que la convocatoria de la Asamblea, se expondrá en el local de la sede social y en lugar visible, la documental que se vaya a tratar en aquella. Así se expondrán, para la libre inspección de los Asociados, la Memoria, Balance General, Inventario, Cuenta de Gastos y Recursos e Informe del Síndico, tanto como correspondiere.

    En los casos en que se sometan a la consideración de la Asamblea, reformas al Estatuto o Reglamentos, el proyecto de las mismas se expondrá de igual manera que la documental anteriormente citada.

    No podrán tratarse en las asambleas otros asuntos que los incluidos en el orden del día explicitado en la convocatoria.

    ARTICULO 61:

    La Comisión directiva, formulará un padrón de los Asociados en condiciones de participar en la Asamblea según lo prescrito en éste Estatuto. El Padrón se exhibirá en lugar visible, en el local de la sede social, con la misma anticipación que la establecida para la convocatoria. Los Asociados, podrán inspeccionar libremente éste Padrón y oponer reclamaciones hasta 8 días antes de la Asamblea.

    Los Asociados que mantuvieran deudas con la Tesorería, deberán cancelarlas, como máximo, 48 horas antes de la realización de la Asamblea, para poder participar en ellas.

    ARTICULO 62:

    Para la toma de resoluciones de las Asambleas se requerirá el voto de la mitad más uno de los asociados con este derecho. Las Asambleas se celebrarán válidamente, aún en los casos de reforma de Estatuto o Reglamentos y de disolución de la entidad, sea cual fuere el número de los Asociados concurrentes media hora después de la señalada en la convocatoria, si antes no se hubiera reunido ya, la mitad más uno de todos los Asociados con derecho a voto.

    CAPITULO VIII: DISOLUCION, REFORMA DEL ESTATUTO

    ARTICULO 63:

    La Asamblea no podrá declarar la disolución de la entidad, mientras existan 20 Asociados Activos, dispuestos a sostenerla; quienes en tal caso, se comprometerán a preservarla en el cumplimiento de los fines y objetivos sociales.

    De resolverse la disolución, se nombrarán los liquidadores, pudiendo ser éstos la misma Comisión Directiva o 4 cualesquiera Asociados Activos, que la Asamblea determine. La liquidación deberá ser fiscalizada por el Síndico.

    La Asociación Civil decide que, en caso de disolución y una vez pagadas las deudas, el remanente de los bienes que resulten de la liquidación, pase a poder de la Sociedad Damas Protección al Huérfano o, si esta no existiera o hubiere quedado marginada de la dispensa exentiva al momento de la disolución, a otra entidad con personería jurídica y objetivos a fines a esta asociación, reconocida como exenta en el Impuesto a las Ganancias por la AFIP- DGI u organismo que en el futuro lo reemplace o a poder de la Nación, Provincia o Municipio. La liquidación de la entidad, deberá resolverse en una Asamblea General Extraordinaria, convocada a tal efecto y con el voto de las dos terceras partes de los Asociados presentes. La designación de la entidad que reemplace en su caso a la Sociedad de Damas Protección al Huérfano quedará a cargo de la asamblea general en la que se hubiere decidido la disolución de la asociación civil motivo del presente estatuto

    ARTICULO 64:

    El presente Estatuto o los Reglamentos, podrán ser modificados parcial o totalmente si las necesidades lo determinan, por la Asamblea General Extraordinaria de Asociados, convocada a tal efecto, conforme a lo dispuesto en el artículo 62 y con el voto favorable de las dos terceras partes de los Asociados Activos presentes en la Asamblea.

    ARTICULO 65:

    Iguales previsiones que las prescriptas en el artículo 29, serán necesarias para la remoción de los miembros de la Comisión Directiva y demás Autoridades, que hubiera actuado en forma negligente, deficiente o hubiese transgredido las disposiciones contenidas en éste Estatuto.

    CAPITULO IX: DE LAS ELECCIONES.

    ARTICULO 66:

    El acto comicial para las elecciones de las autoridades que reemplacen a las que finalizan su mandato, se realizará en la Asamblea General Ordinaria Anual.

    ARTICULO 67:

    El voto será personal y secreto; ningún Asociado tendrá derecho a más de un voto y deberá emitirse por Lista Completa a los cargos.

    La Lista del candidato tendrá que oficializarse ante la comisión directiva, con un anticipación de 10 días a la fecha de realización de la Asamblea y, deberá contar con el respaldo de un mínimo de 20 Asociados Activos. Los candidatos deberán manifestar la aceptación a sus candidaturas y posterior nombramiento, si correspondiera, firmado de conformidad.

    Cada Lista tendrá un delegado al que se deberá dirigir las objeciones a la misma, teniendo éste la obligación de completar la Lista con Asociados en condiciones de ser elegidos.

    ARTICULO 68:

    Los candidatos deberán cumplimentar las exigencias del artículo 36.

    ARTICULO 69:

    La Asamblea designará la Junta Electoral que será responsable de la normalidad y claridad del Comicio. Estará integrada por 3 Asociados Activos, elegidos, los delegados de la Lista, quienes actuarán así mismo como fiscales y un miembro de la Comisión directiva, el que presidirá la Junta Electoral.

    ARTICULO 70:

    Todo voto que presente tachaduras, enmiendas, manchas o leyendas, como así mismo en el sobre que lo contenga, será anulado.

    ARTICULO 71:

    Finalizada la votación, la Junta Electoral, procederá a realizar el recuento y escrutinio de los votos emitidos e informará el resultado obtenido, firmando el acta correspondiente. Los ganadores serán proclamados de inmediato. El resultado, si se ha cumplimentado todos los requisitos estatutarios, será inapelable.

    ARTICULO 72:

    En caso de oficialización de una Lista de Candidatos, el acto comicial no se realizará.

    Los mismos serán proclamados vencedores sin más trámite.

    ARTICULO 73:

    Los candidatos vencedores, tomarán posesión de sus cargos en la Reunión de la Comisión Directiva programada en el cronograma anual que suceda inmediatamente después de las elecciones.

    Los miembros reemplazados, deberán presentar todo aquello que fuera de sus responsabilidades, en tiempo y forma.

    ARTICULO 74:

    La entidad deberá llevar como mínimo los siguientes libros: a) Actas de Asambleas; b) Asistencia de los Asociados a las Asambleas; c) Registro de Asociados; d) Caja; e) Inventario y Balance.

    Los libros estarán foliados y se harán rubricar por la entidad de contralor.

    DISPOSICIONES TRANSITORIAS:

    ARTICULO 75:

    Durante los primeros 6 meses de vida de la Entidad, no será exigible los mínimos de antigüedad establecidos en el presente Estatuto.

    ACTA DE LA ASAMBLEA CONSTITUTIVA DE LA ASOCIACIÓN CIVIL

  5. ESTATUTO PARA LA ASOCIACIÓN
  6. En la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, República Argentina, a los días del mes de ……..de 2004 , se reúnen autoconvocados y en el local de ………de Rosario las siguientes personas:…………………………………………………………………, Residentes en la ciudad de Rosario. Los nombrados se encuentran reunidos en este acto, con la finalidad de fundar una ASOCIACION CIVIL, SIN FINES DE LUCRO, destinada a promover acciones tendientes a mejorar y desarrollar la calidad de vida de la comunidad; velar por la generación de actividades sociales y culturales que respondan a sus necesidades, como así también de todo asunto o problema colectivo relacionado con la comunidad, fomentando la amistad entre los asociados.
  7. Por resolución unánime de los presentes, y antes de comenzar las deliberaciones, son designadas en carácter de Presidente y Secretario de esta Asamblea, los/as señores/as………………………y …………………. respectivamente, quienes aceptan los cargos asignados.
  8. Seguidamente, y luego de un breve debate, los presentes deciden FUNDAR una Asociación Civil sin Fines de Lucro y por tiempo indeterminado, cuya denominación será "……..", cuyo domicilio quedara fijado en la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, siendo esto aprobado por unanimidad.- Acto seguido, y en uso de la palabra, el /la señor/a Presidente/a manifiesta que existe un proyecto de Estatuto, el que será leído íntegramente en este acto, a efectos de su posterior consideración y tratamiento por parte de la Asamblea; el/la Señor/a secretario/a, procede a dar lectura al citado proyecto de Estatuto.-.
  9. Finalizada la lectura, se efectúa un intercambio de opiniones; solicita la palabra la Sra. ………., quien dice que habiendo sido leído el proyecto de Estatuto y analizado su contenido, los presentes no encuentran objeciones al mismo, por lo tanto se mociona que el Estatuto leído sea aprobado en la forma en que esta redactado.- Puesta a votación la moción presentada, es aprobada por unanimidad.-

    Seguidamente se procede a la elección de los integrantes de la primera Comisión Directiva, la cual queda integrada del siguiente modo:

  10. El/ La Sr/a. Presidente/a, continúa diciendo que: "Habiendo sido aprobado el Estatuto leído, éste regirá a la entidad y se adjuntará por separado, pero debiéndoselo considerar como parte integrante de la presente Acta, siendo esto aprobado por "unanimidad"

    (Aunque estuvimos una hora conversando puso como condición que no siempre estuviera el grabador prendido)

    ¿Cómo llegó a ser presidente de la Ong?

    Fui el que inició toda esta movida de la Ong… en un primer momento no tenía a nadie que quisiera hacer lo que yo quería hacer, además me molesta que la gente no entienda y tengas que repetirle tantas veces una cosa… yo me puse solo.

    ¿Por qué es presidente? ¿Le gusta ese cargo?

    Por que me gusta el cargo y el poder que te da …me gusta que me digan ahí vienen el presidente… yo busco los subsidios y los gasto.

    ¿Usted como presidente de la Ong toma las decisiones que cree oportuno o necesario para resolver los problemas?

    Yo solo no decido nada, cuando hay que tomar una determinación trato de que antes se converse en el grupo y vemos si estamos todos de acuerdo, si el tiempo no nos alcanza porque es muy importante trato de que nos reunamos tantas veces como sea necesario. Si la mayoría resuelve tal cosa el resto o sea la minoría lo acata tal como la democracia misma es sino… hablando la gente se entiende. Aunque si , siempre soy el que tiene la última palabra.

    ¿Es el secretario de actas el que lleva los libros de actas?

    No yo lo doy un borrador , por si se olvida y el lo pasa, en una ONG puede haber la distribución de cargos según lo estipula los estatutos vigentes… integrantes que tengan títulos profesionales, sean políticos, gremialistas o llevar varios años trabajando socialmente sin tener fines de lucro pero si no se respeta la palabra de todos, sino se busca el consenso, si no se basan las actividades en principios de libertad y de igualdad de derechos y deberes la ONG no se mantiene en el tiempo podrán querer ir a la entrega de subsidios, Juan, Pedro, Josefa… yo los escucho… no se convencen que no saben qué tienen que hacer ni que decir, algunos de ellos ni siquiera saben ALGUNO DE ELLOS NI SIQUIERAN SABER ESCRIBIR , no saber escribir…eh… mejor no me fío y voy yo, … la realidad es que no es lo mismo ser el presidente de una ONG que el último vocal, frente a otras organizaciones o a los políticos ser el presidente es el que tiene más capacidad o el mejor preparado sea por el tiempo que lleva en la misma o porque tuvo motivos para crearla, es mejor estar solo que rodeados de inútiles.

    La verdad que no sé ni me interesa que piensan los otros integrantes de la Ong, con ellos conversamos muy de vez en cuando y casi que no tratamos ningún tema ,,, yo hago solo,,, ni los llamo todos están muy ocupado.

    El que la quise formar a la Ong fui yo y necesitaba según los estatutos varias personas que llenaran los distintos cargos , pero solo de papeles.

    Muchos patos en un plato hacen mucho garabatos, yo sé lo que quiero y lo hago…. para que más , mejor usamos el tiempo para otra cosa.

    Entrevista a una integrante de la asociación Amas de Casa " Blanca del Valle Ríos"

    ¿A que actividades le remite el concepto evaluar?.

    En realidad uno al evaluar al otro y al otro, y al otro es decir a todos los integrantes de la ONG se evalúa a uno mismo, puesto que se reflexiona sobre lo que hicimos todos y en todo momento, no tenemos nadie que nos coordine, ni nos mande todo lo hacemos solos y nos responsabilizamos nosotros,… muchas veces no nos va bien… la ONG se resiente y no nos dan subsidio… que va a hacer a lo mejor después aprendemos.

    Evaluar si nos preguntamos que hicimos, cómo lo hicimos, cuando lo hicimos diremos que fue en grupo y que los éxitos y errores lo asumimos entre todos, aunque no todos tengan el mismo nivel de compromiso, todos es de todos y no queremos el mandamás, el control de la sociedad, bueno, del Estado tienen que ser cumplidas pero… a veces por tener tantas reuniones y no poder concretar nada no podemos cumplirlas y quedamos mal frente a la sociedad y a nosotros mismos, algunos integrantes no soportan a estas desprolijidades (así dicen ellos y… se van), las que estamos desde el principio somos siempre las mismas y no vamos a buscar a nadie , nos sentimos cómodas y listo.

    1. Entrevista al cura párroco de la Ong. Iglesia "Nuestra Sra de La Paz"
  11. Entrevista realizada al presidente de la Ong Fundación San Francisco

¿Padre usted cree que la iglesia es una Organización no gubernamental?

Si lo vemos por el lado de que no depende del Estado, si lo es dado que depende de la caridad de la gente y algún que otro subsidio del Estado para arreglo de infraestructura o en aquellas iglesias que dan de comer puede ser para compra de insumos y ollas, es decir todo lo que hace falta. Aunque se consiguen muchas donaciones.

La compra de lo necesario lo coordino yo y lo voy a comprar , a mí siempre me hacen descuentos y además como no tengo horarios sujetos a un trabajo tengo más tiempo libre. Además nunca se me cuestiona lo que compro y creo que compro lo que es necesario. La gente que me acompaña, cocina, lava , prepara pero en muchos casos es gente que no posee estudios y mucho que digamos no se desenvuelve con la matemática.

¿Podríamos decir que hay una forma política en el manejo con la gente, en especial con el grupo de colaboradores?

Y… por supuesto la política de los partidos está siempre presente… a no olvidarse que hasta en la democracia debe haber un orden, una escala jerárquica y los roles se ponen de arriba hacia abajo para no caer en una anarquía.

¿ Las reuniones que se realizan son con evaluación?

Yo sé lo que esta gente necesita y se los doy creo que no están en condiciones de evaluar , ni se si saben que es eso. Ellos hacen y cumplen hasta con los políticos, se les pide y hacen.

¿Cuándo tienen que contratar algún profesional o arreglar algún artefacto eléctrico que se les rompe, quién es el encargado?

Muchas veces les he dicho y me contestan que son voluntarios, que de eso me encargue yo , han depositado toda la confianza en mi y yo soy el que resuelvo.

¿El Estado cumple un Rol de contralor, respecto de los subsidios que entrega?.

No, además sino nos alcanza nos ayudamos con las ofrendas, la gente es muy caritativa.

¡Piensa que sería oportuno realizar evaluación?

Lo hacemos de hecho pero no de palabras, la gente no se quiere hacer responsable, además tampoco hace mucha falta , esa función es de la iglesia, usted me dirá que la organización es de uno , yo, y le digo que si , que otra queda.

Entrevista a un integrante de la Ong Iglesia Nuestra Sra. de la Paz.

(Integrante que no ha terminado sus estudios secundarios y pertenece a un nivel económico bajo).

¿Usted tiene la oportunidad de evaluar en las reuniones que realizan?

Nosotros opinamos y evaluamos a los pobres que vienen a buscar comida, ropa o calzado… suelen ser mal educado y ni gracia te dicen, todo lo quieren ya.

¿Cómo participan en las reuniones, hablan sobre lo que estuvo bien y lo que estuvo mal?

Acá nada anda mal, el padre todo lo sabe y siempre consigue lo que quiere, el es que llama a la gente que necesita cuando hay que hacer arreglos… el conoce a todos y maneja bien los números… nosotros hablamos en general… todos hacemos lo que nos dice el padre … para eso estamos si usted fuera cualquier cosa la gente que diría de una iglesia… debemos dar el ejemplo…cada uno hace muy bien sus tareas y el que lleva los pantalones es el padre, además la gente viene dos o tres veces y después se cansa y se va … acá as reglas están claras sino les gusta se van a otro lado y listo.

¿Hay libros de actas donde el secretario deje acentado lo que se trató en las reuniones?

Como yo no quiero problemas de lo que está escrito y como no sé que es lo que quiere el presidente que escriba en los libros mejor él me da el borrador hecho y yo lo paso, a mi no me cuesta nada.

Entrevista a una integrante de la Asociación Ama de Casas.

(Ong formada por mujeres que no han terminado la escuela primaria)

Antes de que empieces a preguntarme te quiero contar algunas cosas… yo creo y mis compañeras también que una golondrina no hace verano, sino nos salvamos todos juntos no sirve ningún esfuerzo.

No podes quedarte callado y guardar lo que sabes y aprendiste no tiene sentido si a mi me pasa algo el otro que hace, todos debemos aprender, es tan lindo saber, cuanto más sabes mejor haces las cosas, y mejor queres y respetas a tu semejante, quien quiere equivocarse al propósito , nadie, hay que aprender a reconocer los errores en uno mismo y no señalar con el dedo las culpas de los demás.

Uno ya está crecidito y no necesita de la mamá ni de la maestra para que te digan que es lo que hiciste bien o mal, tampoco tienen que estar tu compañero con el dedo acusador mirando la paja en el ojo ajeno, si vos queres evaluarte simplemente con un conversación te alcanza y te sobra, claro además el permitís al otro la critica constructiva sin que te hiere y te destroce y listo, nada se puede hacer solo, todas las actividades son de por lo menos dos personas, mejor sería que quedara escrito porque la memoria a veces te falla, desde lo que está en los papeles vos vas haciendo el caminito. Para que no haya equivocación alguna todos tenemos que saber de antemano que es lo que se va a tener en cuenta al momento de evaluar y que te van a dejar pasar, es interesante tener en capacidad para criticarse y decirse en voz alta las cosas y no esconder información acertada o desacertada

¿A qué se refieren cuando dicen que ustedes evalúan en todas sus reuniones a todo el personal y las responsabilidades que tenían?

En nuestro grupo no hay una línea jerárquica, es decir los cargos fueron asignados al solo efecto de llenar una planilla, pero todas estamos enteradas de todo lo que pasa. No hay una tarea única para cada una, según se presenten las cosas nos vamos rotando en ese rol.

Todas vivimos cerca y entre los subsidios y lo que nos entra por trabajar en distintos proyectos podemos decir que estamos bien, que honestamente llevamos la comida y más a nuestros hijos.

Nosotras sabemos que si nos macaneamos especialmente en la "guita" se pudre Todo, sabemos de no comer, sabemos de dar vuelta por todos lados y nada… entonces no queremos pasar momentos malos de nuevos.

¿El Estado les entrega subsidios y los controla?

Los controlamos nosotras entre todas sin distinción alguna, hace rato que estamos juntas antes sin una Ong que nos uniera y ahora en esto.

Es mejor la Ong viene el subsidio para comida y a veces para una ropita o calzado, hacemos el balance, no sabemos mucho de números pero pagamos a un contador y vamos para adelante… la regla de oro es todas conocer todo.

Cuando tenemos alguna feria o reunión vamos con hijo y todo ninguna deja su lugar salvo que esté enferma, la evaluación nos sirve para ser mejores como personas y como organización. Las cosas hay que hablarlas sino se hace cayo, dureza y duele y nadie se quiere ir, cuando empezamos nos queríamos agarrar de los pelos no teníamos paciencia pero fuimos aprendiendo a bajar los gritos … somos mujeres apasionadas y … pero nos queremos y nos necesitamos.

Si alguien hizo algo y a la otra no le gustó, se habla, se opina, se dice hasta aclarar todas las dudas, antes nos agredíamos y a veces nos insultábamos pero vimos que no queremos que una sola se beneficie así que no le damos el gusto. Mejor que gritar es dialogar y si te vas perdes así que mejor es quedarte y hablarlo.

Entrevista a un integrante de la Ong. del Centro de Residente Chamamecero.

Antes que nada te digo que yo soy el presidente y el responsable por lo tanto creo y estoy seguro de que es así, de que las cosas no deben que hablarse sino hacerse al que le gusta bien y al que no también, donde se ha visto de que se hable con el resto de la comisión, los estatutos me habilitan para decidir en tal caso lo consulto con la almohada. La evaluación no es buena conductora de relaciones personales, casi siempre terminamos rotulando a la gente, yo no tengo problemas para evaluar, si quieren evaluar les dejo una hojita y la completan, en la cancha se ven los pingos. A diario llenan y ponen como hicieron lo que les dejé para hacer y así la sociedad ve qué hacemos en esta Ong.

¿Cuáles son las actividades que ustedes realizan?

Fomentar el chamamé y toda la cultura de los paisanos que están relacionados con la música del litoral.

¿Tienen gasto?

Si claro de transporte, en los viajes, hay que comprar cosas que te vienen a pedir y otras cosas,

¿Cómo resuelven quién las va a compra y cómo lo va a ser?

Lo hace el presidente, en las reuniones que no son muchas , el habla y nosotros escuchamos, siempre estamos de acuerdo.

¿Pueden realizar una evaluación escrita?

Pero no … no hay tiempo ni ganas , en un plato que muchos gatos meten manos se perjudican.

¿Le gustaría ser el presidente de la Ong?

Y.. si , si, si claro que si … es como que te tienen más respeto,,, te da "dique" (poder) sos el PRESIDENTE, te miman , te ofrecen un vino o privilegios que se yo, la pucha que es lindo…. pero claro es uno solo, el resto acata, acepta sin chistar.

¿Todo lo que hace el presidente está bien, nunca se equivoca?

La verdad que ni pensamos en eso. Es así y listo sino te podes ir , mira empezamos un montos y en poco tiempo la gente se cansa y se va porque dicen que hay privilegiados, yo no me doy cuenta, antes que nada me quedo acá por lo menos tengo un lugar y siempre todo y algo gano.

¿Te gusta opinar sobre las cosas que están bien o mal?

Claro que me gusta pero no te dejan dicen que no hay tiempo que son pavada y sino que me vaya y tus compañeros no te apoyan hablan de atrás o se van. Claro que los amigos o los parientes se benefician más con mas "yous" show , con viajes o con otras cosas pero bueno algún día a lo mejor me toca a mí, esta se la armó él y así es.

Entrevista a un integrante de la Ong del Taller Protegido.

¿Cómo surge esta Ong?

Esta organización surge a través de una mamá que había quedado viuda y que tenía un hijo con síndrome de Down, entonces ella creía que los chicos de alguna forma debían ganarse la vida en algo digno y estar ocupados… por lo tanto resuelve formar una organización y se pone a conseguir fabricar trapos de piso, bolsas de nylon para vender a fábricas y empresas también a la municipalidad.

En esta organización todo se habla, nos lleve el tiempo que nos lleve, muchas veces somos dos o tres y a la reunión siguiente se agrega alguien, le volvemos a contar todo lo que estuvimos tratando antes por eso nos lleva mucho tiempo redondear y darle un cierre a las acciones, cuanto más hablemos más aprendemos y así nos ayudamos entre nosotros, la información y los datos necesarios lo tenemos , mejor dicho lo sacamos de la conversión misma… es como una rueda de carro , si nosotros sabemos y actuamos en la Ong, ésta va creciendo aunque en nuestro caso por hablar tanto el proceso es lento. En esta Ong es como que siempre estimulamos a que los compañeros se sientan bien tratados es por eso que no decimos nada sobre los errores sino que sobre alabamos los aciertos, creemos que nadie se equivoca a propósito y que todos sabemos simplemente conversando con el otro o en el grupo entero cual es el error.

¿Cómo son las reuniones?

No tenemos reuniones.

¿Se plantean si cada uno se hizo cargo de lo que planificó? ¿Hay evaluación?

Es como que todo está armado y casi todos tenemos un sueldito por esto, la palabra la tienen la directora o presidenta o no se bien cual es el cargo… bueno la responsable, ella decide y pensamos que está bien … en las veces que nos han convocado nos cuenta que logró por ej una camioneta y máquinas.

¿A nombre de quien están esos bienes?

No sabemos ni hemos preguntado nunca, ¿te parece que tendríamos que saber?

¿Nunca hay decisiones que deban tomarse en conjunto?

Parece que no.

¿Reciben dinero del Estado?

Yo sé que hay Ong que reciben dinero y mucho del gobierno no se si municipal o provincial pero por ej. La granja de los soles que también trabajan con chicos especiales tiene varios colectivitos y me dijeron que la plata se las da el gobierno, ahora me dejaste pensando y no se a nombre de quien lo pusieron , nunca me puse a pensar en eso. Pero como no te dejan opinar que vas a hablar te quedas o te vas, mucha gente se ha ido yo no hace mucho que estoy acá no se respetan las funciones que están detalladas según los cargos

La otra vez escuché una discusión una mujer que se fue le decía que no la hiciera reír que sin fines de lucro cualquier día, que toda la familia de la que manda vive de este taller, le decía que la estaban usando que porque no repartía mejor la torta. Vos antes me dijiste la evaluación esa palabra solo la escuché una vez en la escuela de mi hija que la maestra dijo la evaluación salió mal y lo de la escuela no tiene que ver con esto ¿o si?

Todos nos damos cuenta de que hay cosas que se deben cambiar pero al principio te dicen que todos tenemos derecho a opinar pero de última no es así, es como que es de mentiritas… te dicen cuidemos esto que es de todos y vos sabes que no es así.

Yo también tengo un nene Down y bueno por eso me quedo.

Entrevista a un integrante de la Ong Asociación Civil sin fines de lucro. (Es una señora con estudios secundarios terminados)

¿Cómo se formó esta Ong?

Bueno te cuento que dos personas pensaron que había mucho para hacer para el barrio y a través de una organización que tuviera los papeles en regla se podían hacer, a mi me invitan a tener un cargo, solo eso tengo un cargo porque nunca me entero de qué hacen, cuando lo hacen y por qué lo hacen o bueno… me entero cuando ya todos los vemos, te da rabia por que te sentís un cero a la izquierda, es como que vos no sabes , o no podes o que se yo.

¿Tienen reuniones para poder intercambiar ideas, para poder evaluarse?

Cuando el otro día leía el cuestionario que me diste para que llenara iba pensando en el poder que te da ser el encargado o director de la organización y pensaba que para que la hicieron nos usan por que se necesita formar una comisión pero de última no podes hacer ni decir nada porque se enojan y te piden que te vayan si ellos pueden… pueden claro que pueden hacen como quieren… a vos te rabia como manejan las cosas a su antojo a quien le dan y a quien tardan para darle a quien llaman para trabajar y a quien no lo quieren ni ver… a nombre de quien se ponen el terreno que compraron … todo eso es secreto… de pepe que te enteras por eso hacen tanto hasta que te cansas y te vas… que payasada y cuando vamos a feria que convoca el gobierno … dicen las decisiones las tomamos entre todas… acá no hay nadie que mande todos somos iguales… vos sabes que no es así….pero el gobierno tiene mucha culpa bien podía darse una vuelta para ver que pasa… se podría … claro que se podría… pero a nadie le importa anda… hay mucha plata pero se resuelve entre gallos y media noche … no es grupo son una o dos personas que resuelven todo a su antojo… los subsidios llegan y como llegan se van… ahora cuando en las reuniones que muy a las cansadas convoca el gobierno el comentario es el mismo ¿por qué la gente se va? Y todos nos miramos … el otro día un muchacho dijo las Ong son el gobierno del pueblo para el pueblo… me largué a reír… nadie nos pregunta nada… todo es muy bonito cuando entras pero a la larga todo es igual… mi hija va a una escuela y participa de un encuentro de los países que también lo lleva adelante una Ong, te cobran por participar y todo es a la alta escuela, se reúnen en el centro … La gente está confundida, se piensa que no hay plata, que solo son comedores las Ong, no es así … mientras que hablo estoy pensando si no irme … es lo mismo que esté o no esté.

Quiero agradecer por este medio:

A mi padre que a pesar de que físicamente nos dejó cuando sólo contaba con trece años me marcó con su ser y hacer para toda la vida… con su dulzura, con su amor, con su preocupación por el otro, especialmente por los niños y por los animales… por tener tantos y tantos amigos y enseñarme a querer a los niños por sobre todas las cosas y saber qué es la Amistad.

A mi madre que me permitió ser MAESTRA en una época en donde no nos dejaban elegir la carrera que queríamos estudiar …

Al padre de mis hijas por haberse casado con una mujer "contestataria" que luchó a lo largo de toda esta vida por el dolor del otro, por las injusticias, por defender los derechos propios y ajenos, en sí por sus ideales.

A la directora de esta Tesis, Prof. Florencia Serravalle.

A las compañeras de la Biblioteca Pedagógica "Eudoro Díaz" por haberme facilitado en todo momento la bibliografía que solicitaba, hubo momentos que les daba datos sueltos y con paciencia buscaban rastreando en qué libro podía estar, y al rato venía en el montalibro el libro con un papelito que decía "PARA CAROLINA". Y sobre todo porque me contuvieron en un momento muy especial de mi vida… la pérdida de mi madre.

"El querer es poder cuando te acompañan los afectos"

 

Prof. Carolina Juana Roselli Carolina Roselli

Tesina presentada para la obtención del Título de

Licenciada en Ciencias de la Educación

Directora : Prof. y Lic. Florencia Serravalle

UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO

FACULTAD DE HUMANIDADES Y ARTES

Rosario 2005

Partes: 1, 2, 3, 4
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