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Estrategias para mejorar la seguridad física de las instalaciones del centro al detenido Alayón (página 2)

Enviado por Fernando Reyes


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La necesidad de la cárcel nace con la finalidad de mantener el tratamiento de la delincuencia fuera de la vista del publico, sanciones como la tortura, la pena de muerte se hicieron menos publicas hasta su total desaparición a la vista del publico, usando para ello las prisiones construidas mas amplias de forma fortificadas, que aparte de garantizar la discreción de las ejecuciones de las penas, una seguridad que evitaría la fuga de los inculpados, y así de alguna manera tratar de contrarrestar el incremento de la delincuencia que siempre ha ido a la par con el desarrollo de las sociedades.

Según Naranjo J ( 2003 ):

Dentro de la historia de la humanidad encontramos la preocupación por los problemas que generan la delincuencia, el delito y el delincuente a los que se les ha dado distintas soluciones desde el castigo y la venganza dirigidas al cuerpo de los delincuentes y criminales, azotes, varazos, cepo, tormentos, pena de muerte, trabajos forzados, el aislamiento en islas y las colonias agrícolas. (p 4)

Con relación a la cita anterior percibimos la gravedad de la problemática a causa de la delincuencia, para la sociedad, que para quienes son actores

de estos hechos irregulares, violentos, que rompen con las normas establecidas, creadas con el fin de dar tranquilidad a los demás ciudadanos, deben ser sancionado de una u otra forma, en la antigüedad los infractores de la ley eran castigados con el daño físico directamente al cuerpo de estos, pero la mas común y efectiva de las sanciones desde de tiempos remotos han sido las detenciones corporal a partir del momento o después de haber cometido el hecho, y para ello idearon y diseñaron de acuerdo con las necesidades de la época, los recintos carcelarios seguros para evitar la evasión de los imputados y se aseguraba que estos individuos fueran castigados durante el proceso con un dictamen final según el delito cometido, garantizándose así el cumplimiento de las penas. Estas penas o castigos podrían cumplirse en una prisión de máxima seguridad, retenes, islas, colonia agrícolas, entre otras.

El propósito de las prisiones ha cambiando secuencialmente a través de la historia. Ha dejado de ser un simple medio de detención para el individuo que esperaba y cumplía una condena, a ser una condena en sí misma, es decir aun si llegar a un juicio oral ya han sido condenado con el simple hecho de ser privado de libertad. En algunos países (principalmente los democráticos) es un medio que se tiene con el objetivo de proteger a la sociedad de aquello que pudieran resultar peligrosos para la misma, a la vez que se intentaba su reinserción en pro al desarrollo humano, pero también podía ser utilizado como un medio de presión política en momentos difíciles.

En la enciclopedia Libre wikipedia, menciona que los objetivos de la cárcel fueron evolucionando con el transcurso del tiempo. Gradualmente, la idea de que el prisionero tenía que reparar el daño que había causado a la sociedad, fue tomando conciencia en la misma (s/p). Es decir que con el encarcelamiento tenía que ir acompañado del trabajo, el delincuente pagaba, con la prisión, una deuda, no directamente a sus víctimas, pero sí al daño que su comportamiento había causado a toda la sociedad. Tras haber cumplido su condena y pagado su deuda, el delincuente quedaba exento de toda culpa y podía reemprender una nueva vida. Pero la aplicación de esta utopía todavía no se ha hecho realidad.

El hecho de considerar la prisión como un lugar de reeducación del delincuente, se contempló tiempo después. La prisión se fijó otros objetivos, el cambiar a los delincuentes y adaptarlos para una vida normal en la sociedad. Su principal idea era la de reeducar y reformar a los delincuentes que habían tomado un camino equivocado antes de su encarcelación.

La encarcelación en si persigue cuatro fines principales: 1) castigar al infractor, 2) proteger a la sociedad, 3) evitar delitos futuros y 4) la reforma del infractor enseñándole a ser un ciudadano honesto y productivo tras su puesta en libertad.

Para muchos ciudadanos el encarcelamiento de infractores en las prisiones es la pena ideal, pensando que cuando un infractor es encarcelado, recibe su merecido por el delito cometido antes la sociedad, pero que hay de las victimas perjudicadas directamente por los hechos delictivos que han concluidos el juzgamiento del infractor, esto le repara" el daño material, la de perdida de tiempo, las lesiones corporales, mentales, muerte de un familiar, entre otras, mas peor aun entonces que pasaría con las victimas que tendrían este mismo problema pero con la diferencia de que su agresor no ha sido capturado o si ha sido capturado ha quedado en libertad ya sea por irregularidades en el proceso o la penalidad del delito cometido.

La cuestión es de interés para todos, no solo para quienes se han vistos afectados directamente por el crimen, pues nuestra calma mental, por no decir nuestra seguridad, depende en gran medidas de que los individuos que cometen hechos ilícitos sean detenidos por los organismos de seguridad del Estado y cumplan con el proceso correspondiente según el delito, y una vez cumplidas su condena, salgan a la calle reformados, y no simplemente endurecidos por la vida llevada en la prisión. Pero para esto es necesario la existencia y la ejecución de un sistema penitenciario que facilite programas de atención a la victima constantemente tanto como en lo legal como lo medico- psicológico y en cuanto los infractores le garantice un juzgamiento imparcial ajustado al derecho y garantías constitucionales, y que sus vivencias en la prisión no promuevan a un profesional en el delito, por que muchos de estos delincuentes comienzan con delitos menores, luego pasan a delitos contra la propiedad y por ultimo se licencian en delitos contra las personas.

En la actualidad, las prisiones siguen manteniendo el propósito para las cuales fueron creadas la de estar manteniendo tras las rejas a los infractores, aunque la diversidad del sistema penitenciario ha buscado mejorar la calidad de vida de los transgresores de la ley, con programas educativos, programas de reinserción de individuo a la vida social normal, medidas cautelares, presentación periódica, juzgamiento en libertad, casa por cárcel, entre otras, esquemas que buscan también no solo tratar de cambiar la conducta irregular del individuo si no también combatir otro flagelo que es el (hacinamiento) o sobre población carcelaria en los establecimientos penitenciarios.

Las cárceles contemporáneas son las herederas de estos ideales que, realmente, no se cumplen, lo que se hace perjudicial para la sociedad en general, la cárcel se justifica, más o menos, de acuerdo con los lugares y con los períodos en función de estos ideales con los que fueron establecidas.

En el siguiente capitulo se estudiara transitoriamente la situación penitenciaria venezolana y el sistema penitenciario.

CAPÍTULO II

Situación penitenciaria en Venezuela

 Para arribar al estudio sobre la Seguridad física de las instalaciones del Centro Atención Al Detenido "Alayon", es preciso internalizar brevemente la situación penitenciaria en Venezuela, para nadie es un secreto que el sistema penitenciario en nuestro país esta saturado de problemas debido a diferentes factores que entorpecen la funcionalidad del mismo. Comenzando desde la raíz podemos mencionar el retardo procesar el cual repercute en el incremento de la población, creando hacinamiento desencadenando consecuencias negativa en el sistema penitenciario, como es el proceso de incorporación y adaptación al medio carcelario llamado prisionalización. Así manifiesta Andrade V (2006):

La razón de ser del Sistema Penitenciario debería responder, en principio, a la aplicación o ejecución de un programa enmarcado en una política criminal seria, objetiva y moderna, que facilite al Estado la aplicación de medidas de tipo preventivo y penal destinadas a llevar la criminalidad a límites tolerables. (p 5)

Según lo antes citado el Sistema Penitenciario viene a ser creado para responder en principio al cumplimiento de un programa encuadrado en una estrategia que garantice los derechos fundamentales de las personas que a su vez permiten evitar la proliferación criminal. Como también la implantación de medidas de seguridad concretas y especificas que vigilan el cumplimiento de estos derechos establecidos por la ley y garantizados en los tratados internacionales. Y en cuanto al ámbito penal que se refiere trabajar en base a procesos y normas que certifique la reinserción del penado en la sociedad con una actitud inclinada a la productividad, trabajo, educación, con valores reales y no impropios necesarios para el buen establecimiento de una comunidad ordenada y a la vez progresista enfocada al desarrollo social del individuo.

Para ello se deben tomar en cuenta los siguientes puntos de vista: el primero socio jurídico, el segundo socio económico y un tercero el socio político.

Según la Prevención Especial en las Cárceles Venezolanas (2007)

Partiendo del enfoque socio jurídico, otras de las consecuencias del problema penitenciario se observó el aumento de los índices de delito y el agravamiento de la inseguridad ciudadana, el decaimiento del sistema de administración de justicia y la progresiva pérdida de legitimidad de las autoridades públicas. Ahora bien, si hubo impacto sobre los sistemas públicos de protección social, en el caso del sistema penitenciario la situación no fue diferente. (p 207).

De acuerdo con lo citado se indica que se ha incrementado el índice delictivo en nuestro país, lo que se traduce en cárceles saturada de población carcelaria, debido a una insuficiencia de la administración de justicia para procesar todos los casos a tiempo de una forma efectiva, la perdida progresiva de la legalidad de las autoridades publica, el crecimiento de la inseguridad de la ciudadanía en general, aun cuando el estado a hecho esfuerzos para abordar estos problemas, al parecer estos no han sido suficiente para controlarlos ya sea por los planes adoptados para mejorar dicha condición o por la influencias de otros factores como es el económico.

Según se manifiesta en la Prevención Especial en las Cárceles Venezolanas (2007) desde el aspecto socio económico se puede decir que en el periodo de los ochenta en nuestro país se pusieron de manifiesto indicios de una crisis estructural debido a lo no ejecución de planes a largo plazo (no existían) para minimizar la pobreza; ésta situación, conllevó a tratar de remediar el desarrollo social cambiando los modelos en función de la situación recesiva.

Con este escenario se planificaron enfrentar la crisis mediante el crecimiento económico, quedando en un segundo plano la Política Penitenciaria, así mismo se intentó también disminuir el poder del Estado, el cual no tendría una mediación planificadora sino que dejaría a la economía de mercado expuesta al libre juego de la oferta y la demanda, traduciéndose esto en el deterioro de las estructuras publicas y empobrecimiento general de la población, debido al endeudamiento externo del país, problemática petrolera (dependiente del mercado subida y baja de precios) y así como los continuos planes de ajuste aplicados en el periodo 1989 y 1998.

De acuerdo al informe PROVEA 2005 (en línea) enfocando el punto de vista sociopolítico, señala que aun cuando los cuadros imparciales no parecen expresar mayores cambios en la condición actual de los detenidos y de sus derechos fundamentales con relación al período anterior, parece manifestarse una voluntad política e institucional de abordar la problemática penitenciaria como responsabilidad de la nación.

En la actualidad se manejan diferentes políticas para recuperar el sistema penitenciario, a su vez la transformación fundamental de los procedimientos asociados. No obstante, los diversos planes y programas diseñados y/o implementados en los últimos años no han logrado revertir de manera significativa la situación general de las prisiones. Incluso, durante el siglo anterior venia operando cambios en la aplicación de las penas, las cuales venían influenciadas por las ideas de la escuela antigua, a pesar de que ya se hacía sentir el impacto del positivismo.

 Esos cambios entraron con la idea del castigo y retribución que evolucionó a la de tratamiento, mediante una aproximación menos jurídica en la consideración del delito y del delincuente.

Así manifiesta Andrade V (2006):

"Asumiendo una visión positivista del asunto del delito, en su estudio, origen y formas de control, el Estado tiene la responsabilidad de facilitar los servicios penitenciarios que sirven

de estructura para el control, el aislamiento y la ejecución de las penas, incluyéndose en el caso venezolano la atención a imputados y condenados". (p 06)

De acuerdo con lo citado, el Estado venezolano proveerá lo necesario para mantener un sistema penitenciario adecuado con las necesidades de la sociedad, como son edificaciones penitenciarias capaces de albergar y mantener con la respectiva seguridad bajo custodia todo imputado y condenado que ahí lleguen y que tengan el trato y atención según su delito.

 En tal sentido, un problema acuciante es la falta de centros de reclusión en diversos estados del país, lo que obliga a ubicar a los procesados en instalaciones inadecuadas. Esto conlleva a que no hay un dictamen formal de medida privativa de libertad y un desamparo institucional que infieran que las Instalaciones no reúnen las condiciones mínimas para la reclusión. Por tanto, ello contribuye a agudizar la incierta situación y ellos son vulnerables.

De acuerdo a Garrido, según (cita en línea), considera que las cárceles en Venezuela afrontan contrariedades administrativas, técnicas, económicas, sociales, ecológicas y estructurales, lo que ha llevado a desvirtuar el fin mismo de la pena para el Derecho Penal Venezolano, establecido en el artículo 2 de la Ley de Régimen Penitenciario. (s/p)

Según lo afirma Marco (1984). "En este orden de ideas, los sistemas penitenciarios están basados en un conjunto de principios orgánicos sobre los problemas que dieron origen a las reformas carcelarias y surgen como una reacción natural y lógica contra el Estado…". (p. 120)

El régimen progresivo en este país estuvo basados en los principios clásicos de la observancia y clasificación seguida de una fase de designación y agrupación, otra de mejoramiento de la agrupación, una tercera de semilibertad, consistente en permisos transitorios de salida y trabajo extramuros y finalmente la libertad condicional.

 Ahora bien, para llegar a la verdadera problemática de la seguridad en los recintos del sistema carcelario en Venezuela hay que tocar primero a la sociedad carcelaria, vinculado a una problemática política del Estado y a numerosos intereses muchas veces encubiertos.

 En este sentido, así como la criminología ha girado radicalmente en sus contenidos por el aporte fundamental de los enfoques sociológicos y políticos a tratar conductas desviadas, así también en materia penitenciaria se abre un campo de investigación en lo que se llama la "prisionalización" a fin de develar lo que ocurre dentro del recinto.

 Es por ello, que hay que tomar en cuenta y reivindicar los derechos de los sectores marginados de la sociedad, como son las barriadas, zonas marginales, de ese grupo anónimo del que pocos se ocupan de la sociedad y que es donde provienen mayormente los procesados. Aunque sea todavía a un nivel doctrinario se considera necesario reivindicar las garantías que tienen los ciudadanos privados de su libertad.

No obstante, el análisis de la situación penitenciaria demuestra como la seguridad ha sido el eje fundamental sobre el que ha girado la historia de la prisión. Por un lado se ha transitado el camino de la improvisación y por el

otro el de la intimidación claramente perceptible en los últimos tiempos.

Ahora bien, con el fin de abordar el tema objeto de estudio se estudiara a continuación la situación actual del Centro de Atención al Detenido Alayon.

CAPÍTULO III

La situación actual del Centro de atención al detenido "Alayon"

Luego del citado esbozo acerca de la situación penitenciaria de Venezuela, el autor se centra en describir la situación actual del Centro de Atención al detenido. Ahora bien, según el Cronista de la ciudad Juan Vicente Pacheco, quien fue renombrado ciclista aragüeño, señala que entre los años 1936 y 1937, la Cárcel de Alayon fue construida por el Gobierno de Eleazar López Contreras, la cual, 45 años mas tarde, aun para  el año de 1982 ( ya que en esa época fue construido el Centro Penitenciario "Aragua" de Tocorón) funcionaba como cárcel y como comandancia general de la policial  del estado Aragua  donde hasta el año 1996 fue transferido el comando general de la Policía a su nueva sede en San Jacinto y 1998 fue convertida en lo que se conoce hoy como el Centro de reclusión y rehabilitación de Aragua (CERRA) que funge como un penal de embajada donde alberga penados generalmente por el delito de droga y detenidos extranjeros en espera de extradición a su país de origen y la otra parte en el Centro de Atención al Detenido como prisión preventiva, es decir una cárcel que alberga solo detenidos en etapa inicial del proceso judicial y que su estadía en el lugar finalizara al ser sentenciados ( en teoría), ya que en el lugar se encuentran como parte de la población carcelaria ciudadanos que han sido sentenciados (rematados) y están a la orden de los juzgados de ejecución.

Recientemente la opinión pública ha conocido una serie de hechos y conflictos dentro de la instalaciones del Centro Atención al Detenido de Alayón que han puesto a la institución bajo el escrutinio público y en especial a los funcionario del Cuerpo de Seguridad y Orden Público del Estado Aragua (C.S.O.P.E.A) encargados de su custodia. Diversas fugas de internos procesados por delitos graves, aunado a los motines constantes en su interior, el auto secuestro de los familiares en horas de visita, el hacinamiento, la corrupción de los custodios, denuncias sobre violación de derechos humanos entre otros aspectos, han impactado a la sociedad aragüeña sin embargo, esto es simplemente un fiel reflejo de la profunda crisis que atraviesa este centro de reclusión y en general el sistema carcelario Venezolano.

Es importante destacar que el Centro de Atención al detenido Alayon fue construido para albergar la cantidad de (80) detenidos y hasta un máximo de (130) pero en la actualidad alberga la cantidad de entre 300 detenidos y 350 detenidos, lo que significa que tiene un excedente 270 detenidos aproximadamente colapsando la infraestructura y ocasionando el hacinamiento que conlleva a que estas personas sobrevivan en condiciones atentatorias a sus derechos humanos y a su dignidad.

  Según lo que se puede observar en cuanto a la seguridad y estabilidad que presenta el centro se aprecia que la estructura física se encuentra colapsada en las siguientes secciones: enfermería, receptoría, áreas de los calabozos, sección técnica, presentan filtraciones en la placa (impermeabilización vencida), pared perimétrica y portones de acceso en regular uso y estado de conservación, carente de cercado eléctrico en su parte superior, no existen sistema de cámara de observación, sistema eléctrico y alumbrado en las aéreas de los calabozos, jefatura y receptoría es deficiente.

Cabe destacar que la sección técnica (sala de archivo, fotografía y reseña) sus instalaciones eléctricas son improvisadas,  y el sistema de agua blanca de abastecimiento del recinto en general, se encuentra en mal estado la misma consiste en un tanque subterráneo con una capacidad para quince mil litros de agua, que son distribuido a través de una bomba de baja capacidad porque la de mayor capacidad se encuentra dañada, el sistema de aguas servidas en regular uso en la aéreas de la oficinas, dormitorios del persona femenino, el dormitorio de personal masculino policial presenta un baño rudimentario antihigiénico, letrinas de los calabozos deterioradas.

    De igual manera, para la custodia de (300 a 350) reos se cuenta con (47) efectivos policiales del C.S.O.P.E.A. que laboran un horario de 24×48 (24 horas de servicio y 48 horas francos de servicio)  divididos en tres  grupos en total, es decir que realmente por guardia la custodia es prestada por (15) efectivos policiales, que como es obvio no cubre ni ofrece la seguridad y custodia necesaria para esa cantidad de imputados.

En efecto, los problemas asociados a la seguridad interna de este recinto; los alarmantes niveles de déficit en infraestructura y de personal de custodio; la falta de evaluación de las políticas y planes desarrollados por la institución, y políticas de reinserción y rehabilitación del sistema judicial están mostrando malos resultados, obligan a plantear reformas profundas no solo al esquema actual de la seguridad física de éste Centro sino también de salubridad, higiene y condiciones de vida de los internos, quienes las comparten con los funcionarios policiales que ejercen las funciones de custodios en dicho recinto, que es la parte que corresponde al C.S.O.P.E.A pero que tiene que venir de la mano con el Ministerio del Poder Popular para el Interior de Justicia el cual es el organismo rector quien ejerce su participación activa en dirigir, coordinar y autorizar cualquier propuesta que vaya en pro de las mejoras del sistema penitenciario.

Por tanto a continuación se conceptualizan algunos términos que deben manejarse durante el enfoque del presente trabajo monográfico.

Centros penitenciarios:

Centro penitenciario Según: (La enciclopedia Libre wikipedia)

"Los centros penitenciarios, por lo común, son instituciones autorizadas por los gobiernos, y forman parte del sistema de justicia de los países. También pueden ser instalaciones en las que se encarcele a los prisioneros de guerra. Su principal cometido es: proteger a la sociedad de los elementos peligrosos, disuadir a quienes pretenden cometer actos contrarios a la ley ,reeducar al detenido para su inserción en la sociedad, impedir que los acusados puedan huir comprometiendo su próximo proceso, se habla, en este caso, de prisión preventiva." (s/p)

De acuerdo con los antes expuesto los centro penitenciarios en general son instituciones facultadas por el estado para funcionar como parte de un sistema de justicia, a fin de contener a toda persona que cometa violaciones en contra el orden establecido, si hablamos en una etapa preliminar del del proceso la persona transgresora de la ley debe estar detenida en cárceles preventivas, en espera del juicio etapa final del proceso en donde según el dictamen o sentencia dirá si sale en libertad o pasara a otra cárcel de penados o sentenciados a cumplir los años de sanción según el delito, ahora bien los dos tipos de establecimiento deben cumplir con las normas de seguridad y control con la finalidad de evitar las fugas o evasión de los detenidos, en cualquiera de su etapa del proceso penal, y así asegurar el cumplimiento de la sanción.

Según Haskeln en línea la detención es privar de la libertad a un ciudadano, constituyéndose una limitación a éste derecho. La cual es una medida de carácter cautelar de tipo personal, que tiene por finalidad asegurar la presencia del inculpado durante el proceso, evitando su huída, que obstaculice o que esquive la acción de la justicia. (s/p)

Para Gunther (1995):

La detención es una forma de limitar la libertad ambulatoria en un proceso penal y puede verse desde dos perspectivas diferentes: una de ellas como una medida precautelatoria y otra como una condena, siendo, en el primer supuesto, la mas grave y peligrosa intromisión que puede ejercer el poder estatal en la esfera del individuo sin mediar una sentencia judicial que la ampare; por ello sólo se puede justificar para la realización de averiguaciones con ocasión de una investigación penal, lograr a través de ella una eficaz persecución de hechos delictuosos y asegurar la ejecución de la pena que llegará a imponerse eventualmente. (p.321)

De acuerdo a lo anterior, es una medida excepcional, sujetas a requisitos expresamente señalados, por lo que normalmente es ordenada por el Juez y excepcionalmente realizada por decisión de la Policía o de los ciudadanos. Para que esto se cumpla, en el proceso de la detención es necesario contar con establecimiento o edificaciones construidas para tal fin capaces de albergar cierta cantidad de detenidos en cualquier etapa del proceso penal, con las seguridades del caso.

Seguridad:

Al respecto Rubio (1995) manifiesta que: "Etimológicamente la palabra seguridad proviene del latín sauritas que significa seguro, en el sentido semántico se interpreta como el ambiente estable y por consiguiente previsible donde no existen temores mayores de daño a las presiones y sus pertenencias", (p.38) .Entonces tenemos que la seguridad es seguro, o sentirse seguro, en un medio ambiente firme sin alteraciones que atente contra el estado de tranquilidad que podamos tener, en donde percibamos que todo en nuestro rededor funciones de acuerdo con lo establecido en la sociedad garantizándose así la estabilidad de la persona y sus pertenencias.

Igualmente Ramírez (1994) define la seguridad como:

El establecimiento de una serie de normas y procedimientos para mantener el control interno a través de una supervisión especial, esta´ presente en todas las organizaciones y dependiendo de las actividades que estas realizan, puede tomar mayor grado de complejidad. (p.125).

En esta investigación monográfica el grado de complejidad se sitúa a un más alto nivel, ya que se esta hablando acerca de una organización que se encarga de brindar seguridad a las personas y sus bienes y además de mantener el orden público y la paz ciudadana del Estado, pero que también cumple funciones de custodia y atención a detenidos en un centro de reclusión y así como de encargarse de brindar seguridad interna y externa de un Centro Penitenciario. Dicha actividad pone de manifiesto una serie de habilidades adicionales con las que debe constar un efectivo policial en esta aérea de servicio, en donde tendrá que mantener una supervisión objetiva, constante y permanente sobre el personal de internos en custodia.

Seguridad Física:

Según Gunther (1995) la seguridad física en estos días, esta "muy lejos de ser un lujo se ha convertido en un servicio de primera necesidad"(p72), lo que ha llevado a casi la totalidad de las organizaciones y al estado mismo a invertir cuantiosas sumas de dinero, en obtener y mejorar todos los sistemas necesarios para evitar incursiones no deseadas dentro de sus instalaciones, que pongan en peligro las vidas de los que allí laboren, o que simplemente aseguren la existencia a través del tiempo de sus bienes muebles o inmuebles, resguardando así sus intereses y los de sus trabajadores. La seguridad física ofrece la reducción de los potenciales riesgos al dar acceso a personal no autorizado sin los debidos controles.

Para la seguridad física es primordial que el servicio se preste de acuerdo al nivel de riesgo que resulte de la evaluación realizada a las instalaciones, con personal de seguridad profesionalmente capacitado y debidamente entrenado para cumplir a cabalidad funciones de protección integral, custodia y resguardo, para el caso en estudio la situación de la seguridad es mucho mas compleja, puesto que hay que tomar varios factores tales como: el bienestar de los internos, (salud, recreación, trabajo, entre otros), la reestructuración de las instalaciones, aumento en la cantidad del personal de vigilancia así como un entrenamiento dirigido a formarlos como custodios orientadores sociales de dicho centro, entre otros.

Plan de Seguridad Integral:

Según Gunther (1995) un plan de seguridad se define como:

Un documento el cual reúne las orientaciones básicas para lograr el desarrollo de la planificación de la seguridad prestado por organismos policiales y otras instituciones especiales de seguridad o entidades bancarias y empresariales, los cuales colaboran y complementan-la acción policial y de seguridad pública. (p 89).

Con relación  a la cita anterior, el plan de seguridad integral se considera como una guía que encuadra y organiza la fuerza y los recursos de los diversos organismos policiales, encaminado hacía el logro de una situación deseable de seguridad y del cual van a seguir un conjunto de técnicas, normas, procedimientos, actividades y recursos propuestos en función del logro de los diferentes objetivos y el cual adquirirá real sentido en la medida en que sirva de medio eficaz para alcanzar las metas propuestas por los miembros de dichas organizaciones.

Tal es el caso que en recinto carcelario Alayon, no existe plan alguno de seguridad, los métodos empleado por los funcionarios policiales que allí están destacados son los que adquirieron durante su etapa de formación y por lógica los adaptan a la circunstancia que se suscitan, los cuales mucha veces no están alineados a la normas de custodia de imputado y resguardo de instalaciones carcelarias.

Seguridad de Instalaciones:

Según información recopilada de la Guía de Seguridad de Instalaciones cuyo autor es Reyes (1999) la Seguridad Física de Instalaciones es  la protección por medios físicos tales como:

– Guardias

– Medidas de protección contra incendios

– Cercas e iluminación, designación de áreas prohibidas.

        A simple vista se puede percibir que pocos de los medios físicos descritos en la cita anterior están presentes o peor aun algunos están ausentes en el centro de detenido Alayon, tal es el caso que no existe un cerco de protección y sumado a la deficiente iluminación genera la evasión de una parte de la población de detenido, creando responsabilidad en los funcionarios policiales aun cuando no son los encargados de la implantación de eso medios de seguridad. En cuanto al recurso humano encargado de la vigilancia y custodia de la estructura física y personal de detenidos, es muy poco en relación a la cantidad de imputado a custodiar, y en cuanto a las edificación o parte física  la mayoría están deteriorada tanto como en su parte interna  como externa, ya sea por su antigüedad de construcción, poco mantenimiento y el deterioro por parte de su residentes, por tanto se hace necesario una propuesta de seguridad para dicho centro de reclusión.

En tal sentido a continuación se plantean algunas consideraciones sobre el objeto a estudio:

Medidas de Seguridad para los centros Penitenciarios.

De acuerdo al modulo de servicio de la Guardia Nacional sobre la Gestión de seguridad en los centros penitenciarios. (1999)

Medidas de seguridad para centros penitenciarios:

Son todas aquellas medidas adoptadas por hombres, en el caso

del servicio penitenciario, son todas aquellas actividades que realizan los vigilantes del Ministerio del Interior y Justicia y los efectivos militares de la Guardia Nacional, para garantizar que la población penal permanezca recluida en los establecimientos que fueron creados con ese fin. (p 14 )

 En el caso del Centro de Atención al detenido Alayon, estudiado en este trabajo monográfico, las medidas de seguridad utilizadas en la vigilancia perimetral tanto interna y como externa del penal es ejecutada por un solo organismo que es el cuerpo de policía estadal (Policía del Estado Aragua), quienes se encargara no solo de la vigilancia de la estructura física si no también de la guardia y custodia de la población de detenido tanto dentro del recinto carcelario, manteniendo el orden interno evitando alteraciones, atentos a cualquier conato de motín o riñas carcelarias, como también fuera del establecimiento, en el caso las custodias de traslados a los diferentes juzgados del estado, otros penales, arrestos domiciliarios y traslados a centros asistenciales, para así evitar que alguno de estos individuos se evadan de la justicia. Este conglomerado de actividades se llama medidas activas y pasivas de seguridad y a continuación se especifican:

En modulo de servicio de la Guardia Nacional sobre la Gestión de seguridad en los centros penitenciarios (1999), se menciona en cuanto a las "medidas activas son todos los servicios que prestan los funcionarios dentro y fuera del recinto carcelario" (p 17), en relación al recinto carcelario objeto a estudio, los servicios de vigilancia prestados por los funcionarios policiales seria los siguientes:

-Jefe de servicio (coordinador principal de los servicios).

-Servicio de prevención (personal encargado de la vigilancia de la puerta principal y trasera del recinto).

-Recorrida o supervisor de puestos (encargado de la verificar que cada quien este en su puesto de servicio).

-Jefe de patio (encargado de la seguridad y supervisión interna del recinto).

-Guardia de llaves (encargado de abrir y cerrar las cerdas cuando se requiera).

-Jefe de traslados (encargado de los traslado a diferentes juzgados, centro asistenciales, casa por cárcel, entre otras) grupo de traslados.

Todo esto representa el recurso humano encargado de la custodia en las áreas de servicio en donde se desenvuelven en el recinto carcelario que adicionalmente requieren de una serie de medios para realizar u actividades con efectividad, estos medios son:

Según el modulo de servicio de la Guardia Nacional sobre la Gestión de seguridad en los centros penitenciarios (1999), "las medidas pasivas constituyen aquellos medios o instrumentos que permiten consolidar la seguridad interna y externa de los establecimientos penitenciarios" (p 18), en el Centro de atención al detenido Alayon están presente algunos de estos medios como son:

-Las instalaciones en general compuestas por: las paredes, puertas, candados, barrotes, luz interna, aguas blancas y negras, puesto de prevención. (Deficientes)

Transporte (cava de traslados)

-Sistemas de iluminación (iluminación en general, postes, faros). (Regular estado)

-Sistemas de alarmas. (Ausentes)

-Equipos de alta tecnología. (sistema de cámara de observación, detectores de metales, rayos x, capta huellas, infrarrojo, lectores ópticos) (Ausentes).

De acuerdo al modulo de servicio de la Guardia Nacional sobre la Gestión de seguridad en los centros penitenciarios (1999)

Uno de los factores más importantes en el establecimiento de las medidas de seguridad tanto activas como pasivas, se refiere al conocimiento que se tenga del lugar, para lo cual, se sugiere que los Comandantes de unidades realicen un gráfico, y/o dibujo en el que se plantee, a través de un diagnóstico de seguridad, cuales son las zonas de mayor riesgo de fuga, donde se ubiquen los internos de mayor peligrosidad, así como también deberá señalarse la ubicación de los servicios que prestan ambas instituciones a fin de atacar todos los puntos álgidos, previamente evaluados por ambas instituciones. (p 15)

Este diagnóstico permitirá conocer la realidad de la zona a custodiar  una vez que dentro de él se evalúan, las instalaciones, el personal, las medidas de seguridad, las necesidades y requerimientos, los puntos débiles,  permitirá acercarse a la verdad,  y garantizará que la actuación esté acorde con lo que se tiene, por ejemplo en algunas zonas perimetrales las medidas de seguridad no cumplen los requisitos mínimos para garantizar la estadía o permanencia de los interno, esta detección permitirá reforzarla con medidas pasivas, ósea, la prestación del servicio de un hombre permanente en el lugar o mejorar la estructura haciéndola mas segura, una forma seria la colocación de cámaras de seguridad como medio de reforzamiento de la vigilancia, elevación de cercado perimetral, un servicio de recorrido perimetral constante, entre otros.

Como anteriormente mencionamos en el caso del Centro de Atención al Detenido Alayon, estas acciones son realizadas por efectivos policiales, lo que hace necesario la implementación de un modulo de formación de custodio penitenciarios (Guardia nacional) que encierra en su contexto una series de fundamentos, como conocimiento generalizado  en cuanto a la estructura y funcionamiento de un centro penitenciario, que en algún tiempo este conocimiento fue transferido de la Institución castrense de Guardia nacional a las policías estadales cuando estas eran comandada en un principio por oficiales de dicha institución militar, haciéndose este conocimiento de uso cotidiano en las instituciones policiales, y así fue pasando de una generación de funcionarios policiales a otra.

Por lo que se hace obligatorio que este conocimiento debe ser renovado y actualizado a los estándares actuales de seguridad penitenciaria y recintos carcelarios, de mantenerse este servicio asignado a la policia estadal, incluyéndolo como una materia  básica (formación de custodio penitenciario) en el pensum de estudio en la formación de agentes policiales, o como requisito básico para poder laborar en este tipo de instalaciones penitenciarias debido a la responsabilidad que este tipo de área de servicio presenta, como es el caso del recinto carcelario objeto a estudio en este trabajo monográfico.

Con la finalidad de conocer y manejar el marco legal que sustenta la presente investigación monográfica en el siguiente capitulo se analizaran las bases legales.

CAPÌTULO IV

Bases legales

Para darle soporte legal a la investigación, se consulto la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y algunas leyes de las que se tomaran diferentes artículos, los cuales se mencionan a continuación:

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), establece que:

Artículo 272: El Estado garantizará un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del interno o interna y el respeto a sus derechos humanos. Para ello, los establecimientos penitenciarios contarán con espacios para el trabajo, el estudio, el deporte y la recreación; funcionarán bajo la Dirección de penitenciaritas profesionales con credenciales académicas universitarias, y se regirán por una administración descentralizada, a cargo de los gobiernos estatales o municipales, pudiendo ser sometidos a modalidades de privatización…… (p 48)

Citado el Articulo anterior se puede mencionar que en el Centro de Atención al detenido Alayon, no existe espacio alguno para el trabajo y mucho meno destinado para el estudio y recreación violándose en un principio los derechos de los imputado que ahí se encuentran recluido, creando un impacto psicológico lo que presumiblemente genera inestabilidad en la población carcelaria, lo que trae como consecuencia la proliferación de riñas entre imputados, incrementando la mortandad.

  Por otra parte el artículo 184 establece que la Ley creará mecanismos abiertos y flexibles para que los Estados y Municipios descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos vecinales organizados los servicios que éstos gestionen previa demostración de su capacidad para prestarlos, debiendo promover entre otras acciones, según el numeral 7, la participación de las comunidades en actividades de acercamiento a los establecimientos penales y de vinculación de éstos con la población.

 Al igual que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se

presentan otras leyes que soportan y son base legal al presente trabajo de investigación tales como:

Ley de régimen Penitenciario de la República Bolivariana de Venezuela (2000)

Capítulo I Disposiciones Generales

Artículo 1. Corresponde al Ejecutivo Nacional, por órgano del Ministerio del Interior y Justicia, la organización y el funcionamiento de los centros de cumplimiento de penas privativas de libertad y los servicios que le son inherentes. El tribunal de ejecución velará por el correcto cumplimiento del régimen penitenciario. (p 3)

       Citada la norma anterior se presume que será el estado venezolano, velara por el correcto funcionamiento de los centros penitenciarios y el cumplimiento del régimen penitenciario, a través de los Tribunales de ejecución.

  En el Artículo 2, menciona la reinserción social del penado viene a establecer el objetivo fundamental del período de cumplimiento de la pena, es decir que durante su estadía en la prisión o cárcel el interno debería pasar por un proceso de educación y formación moral y cívica que se ajuste para su futura incorporación a la sociedad.

En este período de cumplimiento de la pena se deberán respetar estrictamente todos los derechos inherentes a la persona consagrados estos en la Constitución de la República y leyes nacionales, tratados, convenios, acuerdos internacionales suscritos por la República, así como los derivados de su particular condición de condenado.

Y los entes encargados de supervisar el cumplimiento de lo mencionado son los tribunales de ejecución que ampararán a todo penado en el goce y ejercicio de los derechos individuales, colectivos y difusos que le correspondan de conformidad con las leyes.

También se establece que todo penado tiene y mantiene durante el cumplimiento de la pena sus derechos y garantías constitucionales, quienes serán amparados por los tribunales de ejecución, pero en el Centro de Atención al Detenido Alayon, que es un establecimiento preventivo se encuentran algunos penados que no gozan de los programas de reinserción social, como por ejemplo los destacamentos de trabajo y estudio quedando estos limitados dentro de una instalaciones que carecen de los sistemas óptimos para albergarlos.

Así mismo otra ley de soporte legar en el presente trabajo es el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Policial nacional y del servicio de Policía de la República Bolivariana de Venezuela (2007), la cual establece en su articulado:

Disposiciones generales, ámbito de aplicación:

Artículo 2. Quedan sujetos al cumplimiento de esta ley:

El cuerpo de policía nacional. Los cuerpos de policía estadales.

Los cuerpos de policía municipales. Cualquier otro órgano o ente al que la Constitución y la ley atribuyan competencias propias del servicio de policía. (p 3)

En la norma anterior se establece que los organismos policiales quedan dependientes a la regulación de la ley de policía nacional en cuanto a normas y funcionamiento, entonces el C.S.O.P.E.A como institución policial estadal se regirá por dicha ley, con las limitaciones que esta imponga para la mima.

En el Articulo numero 4 de esta ley establece las funciones del servicio de policía como: "la de proteger el libre ejercicio de los derechos humano, las libertades publicas y la paz social, de prevenir la comisión de delitos, apoyar el cumplimiento de las decisiones de la autoridad competente, controlar y vigilar la vías de circulación y el transito y facilitar la resolución de conflictos mediante el dialogo, la mediación y la conciliación". Estos son los cinco básicos por medio de los cuales los cuerpos de policía estadales ejercen sus funciones de áreas de servicios en la actualidad.

En cuanto a las áreas de servicio, en el capitulo número 2 de este decreto ley se especifica la competencia del cuerpo de policía nacional:

De las áreas del servicio:

Artículo 42. El cuerpo de policía nacional tiene competencia en todo el territorio nacional en las siguientes áreas del servicio de policía: orden público, tránsito, aduanas, custodia diplomática, penitenciaria, migración, marítima, anticorrupción, sustancias, psicotrópicas estupefacientes y psicotrópicas, ambiental, delincuencia organizada y aquellas que la Constitución y las leyes……(p 16)

En la norma antes citada se establece las áreas específicas de servicio para el cuerpo de policía nacional, en donde se incluye la competencia en el área de servicio de custodia penitenciaria que para el momento que quede conformado este organismo en su totalidad constara con profesionales en dicha área para laborar en los distintos penales y prisiones preventivas.

Dichas área de servicio como es la custodia penitenciaria es prestada generalmente por funcionarios adscrito a la Guardia nacional Bolivariana que en su basamento legal como es Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de las Fuerza Armadas Nacionales (2008), lo especifica:

Funciones de la Guardia nacional Bolivariana

En su Artículo 42. en el numeral 6 La Guardia Nacional Bolivariana tiene entre sus funciones "la custodia y vigilancia de las instalaciones y del patrimonio del Poder Legislativo, Poder Judicial, Poder Ciudadano y Poder Electoral, y apoyo a órganos de Protección Civil y Administración de Desastres…." (p 20). Especificándose la función de vigilancia y custodia de instalaciones dependiente del poder judicial como son los establecimientos penitenciarios para este organismo, quedando para las policías estadales funciones específicas en la prevención del delito y integración comunitaria.

Luego de respaldar legalmente el contenido de interés  trabajado por el autor, a continuación se mencionan el sustento legal interno institucional de la Policía del estado Aragua:

Código del Cuerpo de Seguridad y Orden Público del Estado Aragua

"Articulo 1º. La Policía Estatal es una institución armada, obediente y profesionalizada, cuya función es mantener el Orden Público, la seguridad de las personas y los bienes y en general, velar por el acatamiento del ordenamiento jurídico nacional, estatal y municipal y los principios fundamentales de la convivencia social." (p 3)

        En relación a la norma citada anteriormente se especifican la función que el Cuerpo de Seguridad y orden publico del Estado Aragua, la cual es una institución armada disciplinada y profesional encargada por velar el buen funcionamiento del sistema social de la región  enmarcado en el ordenamiento jurídico establecido, estando siempre presta y atenta antes cualquier hecho que altere la paz social, con un trabajo de prevención del delito continuo y eficaz basado en la cooperación con las demás instituciones e integración comunitaria.

En donde algunas veces cumple funciones en áreas de servicio que no son de su competencia como son la guardia y la custodia de población carcelaria y vigilancia interna y externa (perimetral) de instalaciones penitenciarias.

Articulo 2º. El Cuerpo do Seguridad y Orden Público del Estado Aragua, es un Órgano del Poder Ejecutivo Estatal, estructurado y dirigido por el Gobernador en su condición de Jefe del Ejecutivo; las funciones establecidas en la presente Ley, serán ejercidas a través de los funcionarios determinados en ella. (p 3)

Si se compara las normas establecidas teóricamente con el cumplimiento de las misma en la práctica, se puede inferir que se presenta un vacío de aplicación, ante los cual se plantea a continuación las siguientes normas de seguridad para el ingreso y el egreso de personas en el recinto de su identificación, chequeo de objetos o pertenencia al momento de ingresar y egresar; de los vehículos chequeo de estos, contenido, carga, motivo de salida y entrada al recinto y la vigilancia perimetral de las instalaciones del centro tanto con interna y externa a fin de evitar posibles alteraciones como riñas, enfrentamientos entre internos y posibles evasiones, propuestas en el presente trabajo.

Tomando en cuenta todos los elementos manejados hasta el momento sobre el tema objeto a estudio el autor considera o sugiere la atención de los organismos involucrados en cuanto a la:

CAPÍTULO V

Propuesta de seguridad para el Centro de atención al detenido Alayón

 El centro de Atención al detenido Alayón, de acuerdo a la situación problemática planteada anteriormente requiere no solo de una serie de medidas para mejorar la seguridad física dentro y fuera del recinto, sino una óptima gestión de seguridad penitenciaria, que debe comenzar con la gerencia de dicho centro, donde debe estar a la cabeza de la misma: gerentes que conozcan la realidad penitenciaria del país y del centro en lo particular, que cumpla una gestión eficaz, efectiva y eficiente sin menoscabar los derechos de los internos, de sus familiares y de los custodios.

Asimismo es importante señalar, que este recinto carcelario en la actualidad esta significativamente alejado de la política que el gobierno nacional fomenta sobre materia penitenciaria, en lo humanista y la sensibilidad social, por tanto es necesario que el órgano rector representado en el ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores y Justicia se avoque al diagnóstico de la problemática y posterior solución conjuntamente con la Policía de Aragua encargado de su custodia.

Iniciativas de la propuesta

  • Una rápida reglamentación de normas que eviten la arbitrariedad en cuestiones sensibles para los reclusos, tales como requisas.

  • Regímenes de visita, traslados y calificación de conducta.

  • Traslado hacia otros centros penitenciarios de por lo menos (200) de

los internos para evitar el hacinamiento y el colapso de los servicios de salubridad e higiene, así como de seguridad física y personal.

  • Reparación de la Infraestructura física, Oficinas, calabozos áreas de recreación, aguas blancas y negras, electricidad.

  • Reacondicionamiento de las Secciones administrativas y operativas para el trabajo diario.

  • Refuerzo de la cantidad de personal de custodios proporcional a la cantidad de internos, que se encuentren entrenados y capacitados en materia penitenciaria para dar respuesta efectiva a las necesidades del servicio.

  • Se propone, además, un uso racional y productivo del tiempo, aumentando especialmente la actividad educativa y recreativa y las labores en el recinto, creando oferta de formación laboral y talleres de capacitación. Todo esto en un marco de profundización del diálogo, con la convicción de que es un instrumento que mejora la situación del interno.

  • Educativas: solicitar al Ministerio Popular para la Educación, la creación de extensiones de las misiones deductivas existentes como la Misión Rivas, Robinsón, INCE, que sean instalada en la sede del recinto para la capacitación e instrucción del interno así introducirlo al cambio de valores aceptables en la sociedad que conseguirá al salir del reclusorio.

  • La religión a través de estudios Bíblicos como medio adicionar para cambiar los valores erróneos de los internos los cuales los llevaron a cometer delitos.

  • Deporte: coordinar y organizar la integración del interno a través del deporte con torneo de juegos de pelotas cancha y juegos de mesas entre las distintas celdas del recinto, funcionarios y miembros de la comunidad.

  • Trabajo: organizar jornadas de limpieza, en las distintas zonas del recinto, estableciendo un rol de limpieza por celdas (ver anexo) así mismo trabajos de mantenimiento de estructura (pintura, trabajos de albañilería, electricidad, aguas servidas, entre otras), de esa forma se reduciría el tiempo de ocio en el lugar.

  • Trabajo de erradicación de la violencia con profesionales que se basará en una estrategia del área de Salud Mental, de control en la circulación de drogas y psicotrópicos y en reducción de adicciones.

Medidas adicionales de Seguridad:

Las principales funciones de los funcionarios policiales encargados de la seguridad y custodia en el centro de Atención al Detenido serán:

  • Prestar seguridad y vigilancia en las áreas externas e Internas del Centro carcelario.

  • Evitar las evasiones de reclusos.

  • Estar presente en el parte (conteo) del número al personal de Internos.

  • Efectuar los traslados de los Internos a los Tribunales, Centros asisten-

ciales u otros autorizados.

  • Efectuar requisas al interior y exterior del Centro a diario, a fin de prevenir la tenencia e ingreso de objetos ilícitos al recinto.

  • Coordinar con las autoridades, a los efectos de lograr una mayor eficiencia y eficacia de las actividades preventivas.

 Adicionalmente, se recomiendan las siguientes medidas:

??????Colocación de tres (03) efectivos en la puerta principal, debidamente entrenados quienes tendrán las siguientes funciones:

??????Inspección de vehículos que ingresen  y salgan del  Centro, verificando el número de ciudadanos  de traslado mediante el número de oficios y su destino.

??????Prohibición del ingreso de vehículos particulares al Centro y de ser autorizados debe ser rigurosamente inspeccionados tanto al ingresar como al salir.-

? Tener un libro de registro de control de ingreso y egreso de vehículos, en donde se asentaran el modelo, placas del vehículo y cantidad de personas que van en este (de ser autorizado su ingreso) indicar  fecha, hora y motivo.

??Inspección de personas que ingresen al Centro, en la puerta principal o alcabala se inspeccionará superficialmente, una vez en la parte interna se le realizara una inspección mas rigurosa antes y después de su contacto con el reo o procesado a visitar.-

??Tener un libro de control de visita donde asentar el nombre y cedula de identidad del visitante y el nombre a la persona a visitar.-

??Establecer un numero de dos como limite de visitante por reo.

??Establecer los siguientes parámetros en cuanto a vestimenta se refiere para el ingreso al Centro en los horarios de visitas:

Mujeres:

? sin extensiones de cabellera o peluca.

??no llevar ropa ceñida al cuerpo.

??no ir en faldas y camisas descotadas.

? no llevar gorras, correas, lentes.

??no llevar sarcillos, pincel, cadenas u objetos metálicos.

??no llevar celulares, relojes, armas (fuego, blanca).

? no tener periodo de menstruación.

??no estar en periodo de gestación.

??llevar sandalias descubiertas.

Hombres:

??no llevar gorras.

??deberán ponerse un saco para identificarlos entre los reos.

??no llevar celulares, correas, lentes

??no llevar pincel, sarcillos,  objetos metálicos.

??no armas (fuego, blancas).

??revisar la comida a ingresar al centro, tomando en cuenta los siguientes:

??no ingresar enlatados.

??no ingresar panes de gran tamaño de ser autorizado seccionarlo en varios pedazos, córtalos a la mitad y verificar su contenido.

??no permitir el ingreso de dulces como tortas de ser autorizada serán revisadas rigurosamente, cortándose en varias secciones de forma horizontal y verticalmente ver su contenido interno.

??las bebidas deben estar  tapadas con sus sellos intactos.

??los alimento deben de estar contenidos en envases plástico trasparentes.

??no permitir el pase de envolturas de papel, aluminio, preferiblemente en bolsas plásticas trasparentes.

?verificar el contenido de los envase revisar con un cubierto o cucharilla con las técnicas adecuadas, removiendo en espiral, en cuadrante, etc.

?????Colocación de seis (06) efectivos debidamente capacitado en los portones traseros del recinto carcelario, quienes mantendrán una constante supervisión en el área del taller, y demás celdas exteriores  para evitar fugas de los reo y procesado que encuentran en dicha área.

?????Colocación de tres (03) efectivos debidamente capacitados en la parte de la azotea del recinto quienes supervisaran dicha área con una vigilancia constante de los alrededores (paredes laterales del recinto)    pendientes de personas ajenas y vehículos que se paren en estas zonas para dejar o lanzar hacia el recinto algún objeto, drogas, armas, etc.

?????Colocación de diez (10) efectivos debidamente capacitados en la parte interna de del recinto (patio interno) quienes mantendrán una vigilancia constante de los reos y procesados, supervisado o mando de un jefe de patio  quien mantendrá continua comunicación con el jefe de los servicios y el supervisor, quien coordinara las acciones a seguir  respectando las normas de horarios de visitas establecido de familiares y abogado,  para sacar y meter de los respectivos calabozos a los a los reos y procesados, inspeccionara nuevamente todo objeto permitido, alimento que ingrese al  patio, manteniendo su personal dentro del área de servicio, de ausentarse un de ellos será inspeccionado por el supervisor para evitar que algunos de los funcionarios ingrese algunas sustancia prohibida. El jefe de patio verificara la identidad de los reos y procesados que ingresen y salgan del recito mediante

listado y oficios (libertad, traslado, casa por cárcel) en coordinación con el Funcionario de sala Técnica y reseña.

?????Entrevista con abogados deberá apegarse a las normas  y  horario establecido, dando diez minutos por reo y procesado para cada entrevista en el horario de dos a cuatro de la tarde, igualmente deberán ser inspeccionados para su ingreso al recinto.

?????El jefe de servicios llevara un libro de control de visita de abogados,

donde asentara el nombre y cedula de identidad impre del abogado defensor y el nombre o nombres de los reos a entrevistar.

?????La colocación de sistema de comunicación de la puerta principal con la jefatura de servicio (teléfonos, radios transmisores), así mismo con el patio, azotea y parte posterior del recinto. Para estar alerta para cualquier eventualidad.

??????La colocación de un sistema de cámara en la parte interna del recinto (patios, corredores, comedor, taller) y el parte externa (paredes perimetrales, puerta principal y portones traseros), ubicando los monitores en la jefatura de los servicios en donde el Supervisor, el jefe de los Servicio se mantendrán vigilante y alerta para cualquiera anormalidad.

 9 ??No delegar funciones básicas, como el control de sistema de agua, sistema de alumbrado, llaves de portones  a reos y procesados del recinto, cualquiera actividad que estos realicen deberán ser supervisada detalladamente, para evitar el ingreso de sustancias ilícitas, armas, etc, por el eso de confianza  de parte de los funcionarios policiales.

10??Esta normas es la mas importante de todas mantener una continua evaluación y supervisión del personal policial en relación con su servicio, de mantenerse operativas todas esta normas se podrá minimizar  los actos ilícitos que se vienen cometiendo en este Centro de Atención al detenido Alayon. 

Conclusiones

  Considerando  que  la edificación penitenciaria objeto de estudio se encuentra ubicada en la comunidad del barrio Alayon de la ciudad de Maracay estado Aragua, significo realizar un estudio de la prisiones, a través del tiempo en relación a su importancia y finalidad para la sociedad, tomando en cuenta sus deficiencias, progresos evolutivo, como parte primordial de un sistema penitenciario, en caso del sistema penitenciario venezolano se analizaron los enfoques que inciden en la crisis carcelaria como son: enfoque socio jurídico, socio económico y socio político, a si como los trabajos que realizan los funcionarios (Policía Estadales, Guardias nacionales, vigilantes penitenciarios) en los centros penitenciarios.

En el caso del reten Alayon la labor de seguridad y custodia es realizada solamente por los efectivos de la Policía de Aragua, es decir tiene una función doble.

La operatividad en cuanto a seguridad se refiere en las instalaciones del recinto carcelario a estudio se ve afectada en buena parte por la deficiencia de la estructura (antigua, deteriorada), no brindando instalaciones aptas para albergar detenidos por largo tiempo no son seguras, poniendo en riesgo latente la seguridad del personal que labora en este.

Los funcionarios policiales son escasos para atender la población de internos tanto para la seguridad como para el tratamiento. La capacitación del personal de custodia, la supervisión y el control de los puestos de vigilancia son en algunos casos deficientes, lo que es aprovechado por los reclusos para cometer hechos ilícitos. Y aunque la labor policial mejora en cierto modo las condiciones sociales dentro y fuera del recinto carcelario, cuando recibe el apoyo necesario de otras instituciones y miembros de la comunidad coordinando labores deportivas, culturales, educativas, religiosas, de trabajo, actividades estas que enriquecen los valores del ser humano y las relaciones personales sanas, expuesta en el presente trabajo de investigación, como estrategias para reducir el tiempo de ocio de los internos y en un intento de reformar su conducta. Pero en realidad, reformar dichas personas no esta al alcance de la policía, como se menciona en la revista Despertad 2001: "Nadie puede obligar a otra persona a reformarse los cambios deben de venir de adentro y tiene que desearse". (p 8)

Las estrategias que se plantearon en el presente trabajo podrían ser tomada en cuenta para minimizar el grado de inseguridad en el Centro de Atención al Detenido Alayon, mejorando su estructura física reforzando paredes perimétricas, techo, rejas, donde se active efectivamente sistemas de seguridad físicas de instalaciones, un mayor y efectivo control de entrada y salida de personas y vehículos,  una verdadera clasificación  de detenido, según delito y reincidencia.

Se recomienda la aplicación de las medidas de seguridad física de instalaciones expuestas en el trabajo monográfico para el Centro de Atención al detenido Alayon, a fin de mejorar su funcionabilidad como reten, implementación de un modulo de seguridad penitenciaria para la formación de efectivos policiales en el área de custodia de interno y resguardo de instalaciones carcelarias y el aumento del numero de efectivos custodio.

Al finalizar el trabajo monográfico se desprenden las siguientes interrogantes: ¿Qué beneficio traería la formación de funcionarios policiales en área penitenciaria para el tratamiento de los internos de cárceles? ¿Qué consecuencia traería el cambio de personal especializado en el Centro de Atención al detenido Alayon?

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Autor:

Fernando Reyes

Partes: 1, 2
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