La justicia en la aplicación del derecho a las minorías y grupos vulnerables. Justicia formal, material y social
Enviado por OMAR PERDOMO
- Conceptualización de Exclusión Social
- Causas o factores que inciden en la Exclusión Social
- Vulnerabilidad
- Discriminación
- Dominación y Agresión Social
- Valores que Promueven una Sociedad de Iguales (Tolerancia, Solidaridad, Igualdad y otros)
Conceptualización de Exclusión Social
La exclusión social se puede conceptualizar como una situación social de desventaja económica, profesional, política o de estatus social, producida por la dificultad que una persona o grupo tiene para integrarse a algunos de los sistemas de funcionamiento social (integración social). Esta va concatenada con la definición de Marginación que puede ser el efecto de prácticas explícitas de discriminación, que dejan efectivamente a la clase social o grupo social segregado al margen del funcionamiento social en algún aspecto o, más indirectamente, ser provocada por la deficiencia de los procedimientos que aseguran la integración de los factores sociales, garantizándoles la oportunidad de desarrollarse plenamente.
Con la " Declaración Universal de los Derechos Humanos", emitida por la Organización de la Naciones Unidas en 1948, se hacen claros y evidentes los derechos inherentes de todos los seres humanos de la Tierra. Este valioso y único instrumento describe, señala, enumera y hace constar los preceptos de igualdad necesarios e indispensables para la paz y prosperidad de la sociedad mundial. La "Declaración Universal de los Derechos Humanos" fue concebida cuando el mundo despertaba y empezaba a tomar en cuenta las atrocidades cometidas de 1939 a 1945, durante la Segunda Guerra Mundial, con un costo de millones de vidas. fue suscrita, tras la Conferencia Especializada.
Luego con el tiempo se realizó la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, también llamada Pacto de San José de Costa Rica Interamericana de Derechos Humanos, el 22 de noviembre de 1969 en la ciudad de San José de Costa Rica y entró en vigencia el 18 de julio de 1978. Es una de las bases del Sistema interamericano. Los Estados partes en esta Convención se "comprometen a respetar los derechos y libertades reconocidos en ella y a garantizar su libre y pleno ejercicio a toda persona que esté sujeta a su jurisdicción, sin discriminación alguna".
Por su parte La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es el resultado palpable, visible, concreto, material, de todas las dimensiones y procesos involucrados en la aguda crisis y profunda reforma de la Gobernanza en Venezuela, que cristaliza en la Asamblea Constituyente de 1999.
En su artículo N° 51, establece con rango constitucional el derecho a petición a la autoridad pública con la obligación de ésta de entregar respuesta.
En su artículo N° 55°, establece la participación de la sociedad civil organizada en la administración de la seguridad pública.
En su artículo N° 62, establece la participación vinculante de la sociedad civil organizada como deber obligatorio del Estado.
En su artículo N° 70, establece con rango constitucional el derecho a la participación protagónica, las asambleas ciudadanas vinculantes, las cooperativas y otras formas de cogestión civil de lo público. En su artículo N° 141, establece el principio constitucional de participación en la administración del Estado.
Causas o factores que inciden en la Exclusión Social
La exclusión se puede producir debido a diferentes factores, así también puede ser el resultado indirecto de procesos de desarrollo, ya sea por el hecho de seguir ciertos ideales de una comunidad, por una precaria situación económica, o bien en algunos casos se produce cuando la sociedad responde a los intereses de un grupo minoritario que ejerce el poder. La privación o dificultad para la satisfacción de ciertas necesidades secundarias e incluso algunas de las necesidades básicas (tales como disponibilidad de servicios como agua potable, desagüe y electricidad) es una característica común en todos los grados y tipos de marginación.
2.1.- Económicos:
a. Ingresos insuficientes.
b. Inseguridad en el empleo
c. Desempleo.
d. Falta de acceso a los recursos.
En lo económico: La crisis económica en algunas personas desocupadas produce inestabilidad en el plano laboral. Los empleadores, al existir una gran demanda, se toman ciertas licencias: aquellos que superan los 40 años son viejos, las mujeres reciben menores sueldos, los jóvenes si no tienen experiencia no son tomados, y para bajar los costos, emplean a obreros en negro casi esclavizados.
El ajuste económico y la internacionalización de la economía, continúa produciendo profundas reestructuraciones tecnológicas, políticas y socio-culturales que agudizan las diferencias entre las subregiones y marginan a amplios sectores de la población. El desarrollo desigual, en el largo plazo, abre nuevas brechas de pobreza en el interior de cada organización social.
En el marco de un modelo económico que produce situaciones recesivas recurrentes y restricciones del mercado de empleo, se recrudecen las descalificaciones prejuiciosas y aumenta la xenofobia frente a los grupos históricamente discriminados (sean indígenas, afro latinos o migrantes internacionales pobres). Se exacerba la competencia frente a la reducción de las oportunidades de empleo y las desiguales presiones sobre el mercado de trabajo se estratifican, con base en discriminaciones de índole diversa (a veces, las conductas entocéntricas logran primar y poner en un segundo plano las calificaciones profesionales).
Existe discriminación económica cuando existe diferencia entre aquellas personas que poseen más dinero que otras, ya que algunas veces, en lo económico no toman en cuenta a una persona cuando su estabilidad económica es deficiente.
A veces el Ingreso insuficiente, existe inseguridad en el empleo, hay desempleo para esa persona, víctima de discriminación económica y algunas veces no tiene acceso a los recursos.
2.2.- Políticos:
a. Carencia de poder.
b. Falta de participación en las decisiones que afectan a su vida cotidiana.
c. Ausencia de participación política y escasa representatividad.
En lo político: Los gobiernos no sólo fomentan la discriminación o no protegen a sus ciudadanos, sino que institucionalizan la discriminación al consagrarla por ley. Cuando la ley trata a las personas de modo diferente en virtud de su género, raza, orientación sexual o clase social, una persona puede acabar encarcelada sólo por ser quien es. Muchas veces, la discriminación forma parte de la aplicación o de la imposición de la ley.
2.3. Sociales:
a. Ruptura de los lazos sociales y familiares, fuente de capital social y de mecanismos de solidaridad orgánica y comunitaria.
b. Marginación social.
c. Alteración de los comportamientos sociales.
d. Falta de participación en las actividades sociales y políticas.
e. Deterioro de la salud.
f. La mano de obra menos calificada es sustituida progresivamente por la robotización de las plantas industriales.
En lo social: cuando se habla de discriminación en un entorno social determinado, existen pocos denominadores comunes que ayuden a la interacción de las personas. Entonces deducimos que la persona que discrimina se cierra considerablemente a la posibilidad de interactuar con la persona discriminada. Al no existir el "denominador común" es más difícil que se creen vínculos sociales que permitan una mayor socialización.
Cuando existe discriminación social existe presencia de ruptura de los lazos sociales y familiares, fuente de capital social y de mecanismos de solidaridad orgánica y comunitaria. Falta de participación en las actividades sociales y políticas.
2.4. Cultural:
a. Debido a la multiculturalidad que existen en el País, se ha generado una forma de exclusión social, debido al poco interés mostrado por los individuos de conocer y penetrarse en nuestras culturas.
b. Las costumbres y tradiciones es el ejemplo más clave de la exclusión social en los países con variedad de culturas.
c. Los Idiomas de los diferentes Estados presentes en un País, es causa parcial de exclusión debido a la dificultad de la comunicación, entre las personas que hablan lenguas diferentes.
En lo cultural: La falta de aceptación hacia personas con diferente creencias y estilo de vida, le decimos que existe discriminación cultural, la difusión de una ideología-sostén de conceptos macroeconómicos globalizantes propicia un proceso de "homogeneización" que intenta socavar la identidad pluricultural de un continente que alberga (junto a numerosas otras colectividades) a más de cuatrocientos pueblos indígenas. Pueblos que admiten diferencias étnicas entre sí, que expresan una rica diversidad de manifestaciones culturales y sobreviven en condiciones de marginalidad económica y social.
Es importante destacar que la cultura promueve el diálogo constante sobre temas diversos a nivel nacional como internacional a partir de una visión amplia del arte y la cultura como producción de sentido en la trama social. Este espacio forma parte de un conjunto de iniciativas, conferencias, foros, diálogos, debates y controversias orientadas a estimular la reflexión sobre los procesos y prácticas culturales desde una perspectiva contextualizada en la complejidad histórica y en la diversidad cultural de América Latina. Es por ello, que al no existir estas diversidades entre pueblos, existe la discriminación cultural, porque no se respeta las creencias, valores y tradiciones de un pueblo, de unas personas.
2.5. Religiosos:
a. El sistema de creencias de cada una de las culturas presentes en un País, son diferentes y por ende esto causa exclusión, el ejemplo más sonado es el de los que creen en la existencia de un dios divino y el de los ateos que niegan la existencia de un dios divino.
b. La diversidad de religiones existentes en el mundo.
c. Las Tradiciones religiosas son un modelo de exclusión debido a la diversidad existente en las mismas y las diferencias entre ellas.
En lo religioso: La falta de comprensión por las costumbres de nuestros semejantes es la razón del rechazo a aquellos que practican otra religión o credo. Para muchos es difícil comprender que alguien tenga una creencia distinta. Así, los judíos, los hindúes, los budistas o los gitanos son rechazados.
2.6. Étnicos:
a. El color de la piel es el hecho más notorio de la exclusión en la sociedad, los blancos no aceptan a los negros y los negros no aceptan a los blancos, tal es el caso que existen sitios reservados solo para personas de color blancos y otros solo para personas de color negro.
b. La edad es un factor determinante de exclusión, ejemplo las personas mayores de 40 años son excluidas de la sociedad por ser consideradas no aptas y productivas para el mercado laboral de la misma.
c. La diversidad de tendencias sexuales de las personas, tales como la homosexualidad, la bisexualidad, entre otros, son motivos constantes y permanentes de exclusión.
En lo étnicos: es una forma de discriminación de las personas recurriendo a motivos raciales, tono de piel u otras características físicas de las personas, de tal modo que unas se consideran superiores a otras. El racismo tiene como fin intencional o como resultado, la disminución o anulación de los derechos humanos de las personas discriminadas. La discriminación racial es ejercida por todas aquellas personas e instituciones que se colocan desde la perspectiva del grupo racial dominante blanco y que defienden sus intereses y la forma en que se organizan las relaciones humanas entre las personas para perpetuar la supremacía blanca. Una supremacía que se fundamenta en el poder del hombre blanco, por lo cual la discriminación racial parte del menosprecio de lo no blanco junto con el de lo no masculino.
Muchas veces quienes discriminan lo hacen por el color de la piel. Las personas de color, los aborígenes o nativos, los extranjeros de diferente etnia son el blanco de los ataques. Los negros son una de las razas más castigadas, desde los períodos coloniales, fueron víctimas de la esclavitud. Los nativos americanos tras la conquista de los viajeros europeos fueron tratados como animales y hubo civilizaciones que fueron totalmente exterminadas por la falta de comprensión de los "civilizados". En la actualidad, las minorías raciales son rechazadas y experimentan, en ocasiones, agresiones físicas.
2.7. Educativos:
a. La falta de recursos económicos, que no permite dispongan de los materiales necesarios para acceder al sistema educativo.
b. Negar el acceso a las personas con bajo índice académico, a la educación superior, estableciéndose barreras como: prueba de aptitud académica, pruebas de autosuficiencia, etc. (situaciones estas corregidas gracias a la gestión del gobierno revolucionario).
c. La edad de las personas uno de los principales motivos de exclusión del sistema educativo en Venezuela. Anteriormente era muy difícil que los individuos con edad avanzada tuvieran acceso al sistema de educación en el país.
3.- Pobreza:
Es una situación o forma de vida que surge como producto de la imposibilidad de acceso o carencia de los recursos para satisfacer las necesidades físicas y psíquicas básicas humanas que inciden en un desgaste del nivel y calidad de vida de las personas, tales como la alimentación, la vivienda, la educación, la asistencia sanitaria o el acceso al agua potable. También se suelen considerar la falta de medios para poder acceder a tales recursos, como el desempleo, la falta de ingresos o un nivel bajo de los mismos. También puede ser el resultado de procesos de segregación social o marginación. En muchos países del tercer mundo, se dice que uno está en situación de pobreza cuando su salario (si es que tiene un salario), no alcanza para cubrir las necesidades que incluye la canasta básica de alimento.
Rasgos Básicos del Proceso de Empobrecimiento.
• La pobreza tiene causas estructurales.
• Permanece en el tiempo.
• Es dinámica.
• Supone insatisfacción de necesidades básicas.
Pobreza Absoluta: No tener un mínimo objetivamente determinado para garantizar la supervivencia.
Pobreza Relativa: No tener lo mismo que los otros, estar por debajo de la media del país.
Concepto de la Pobreza según García Roca:
La pobreza es el no poder tener acceso a los recursos necesarios para ser capaz de realizar unas actividades mínimas relacionadas con la supervivencia, salud, reproducción, relaciones sociales, conocimientos y participación social.
Relación Pobreza con la Exclusión Social:
Unos ven la exclusión social como la causa de la pobreza.
Otros consideran la pobreza como parte de la exclusión social.
Las situaciones de empobrecimiento y/o exclusión social tienen en sus bases rasgos de sociedades desiguales.
La exclusión social está condicionada por las estructuras socioeconómicas y políticas de cada país. También está ligada a factores como la situación geográfica, y a otros como la discriminación por cuestiones de género, casta o etnia.
Vulnerabilidad
Por "vulnerabilidad" se entiende las características de una persona o grupo desde el punto de vista de su capacidad para anticipar, sobrevivir, resistir y recuperarse del impacto de una amenaza natural, implicando una combinación de factores que determinan el grado hasta el cual la vida y la subsistencia de alguien queda en riesgo por un evento distinto e identificable de la naturaleza o de la sociedad.
Se le llama vulnerabilidad social a un efecto de desamparo o carencia en una sociedad, que hace que esta se vea afectada o indefensa para enfrentar o reaccionar a algún sistema político impuesto. Estas carencias pueden estar relacionadas con: el sistema de educación, cultura, trabajo, salud, etc.
Cuando la sociedad no puede defenderse o no tiene los recursos adecuados para lograrlo se denomina "vulnerabilidad social".
Es una condición social de riesgo, de dificultad, que inhabilita e invalida, de manera inmediata o en el futuro, a los grupos afectados, en la satisfacción de su bienestar -en tanto subsistencia y calidad de vida- en contextos sociohistóricos y culturalmente determinados.La vulnerabilidad es la incapacidad de resistencia cuando se presenta un fenómeno amenazante, o la incapacidad para reponerse después de que ha ocurrido un desastre. Por ejemplo, las personas que viven en la planicie son más vulnerables ante las inundaciones que los que viven en lugares más altos. En realidad, la vulnerabilidad depende de diferentes factores, tales como la edad y la salud de la persona, las condiciones higiénicas y ambientales así como la calidad y condiciones de las construcciones y su ubicación en relación con las amenazas.
Discriminación
Es el acto de separar o formar grupos de gentes a partir de un criterio o criterios determinados. En su sentido más amplio, la discriminación es una manera de ordenar y clasificar. Puede referirse a cualquier ámbito, y puede utilizar cualquier criterio.
El término discriminación se refiere al acto de hacer una distinción o segregación que atenta contra la igualdad de oportunidades. Normalmente se utiliza para referirse a la violación de la igualdad de derechos para los individuos por cuestión social, racial, religiosa, orientación sexual o por razón de género. Tomando una parte del artículo 1º de la Convención Internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación se clasificarían o se definirían en dos partes.
La discriminación se denomina positiva cuando:
• Observa las diferencias entre grupos de individuos.
• Favorece a un grupo de individuos de acuerdo a sus características y/o circunstancias sin perjudicar de ninguna manera a otro/s.
La discriminación se denomina negativa cuando:
• Realiza un prejuicio con base en oposición a las basadas en las observaciones científicas.
Tipos de discriminación:
• Racismo.
• Homofobia o rechazo a las orientaciones sexuales distintas a las mayoritarias.
• Discriminación a personas discapacitadas o enfermos.
• Discriminación a las mujeres (machismo).
• Diferenciación según el estrato social.
• Discriminación religiosa.
Dominación y Agresión Social
6.1.- Dominación:
Significa la probabilidad de encontrar obediencia a un mandato determinado entre personas. Debe entenderse por "dominación", como la probabilidad de encontrar obediencia dentro de un grupo determinado para mandatos específicos.
La dominación es un caso especial de poder. Si tomamos el concepto de poder en su sentido general, o sea como probabilidad de imponer la propia voluntad sobre la conducta ajena, la dominación puede presentarse en las formas más diversas. Por ello dentro de la forma posible, conviene distinguir dos tipos de dominación que son radicalmente opuestos.
1.- La dominación mediante una constelación de intereses (especialmente la que se da en las situaciones de monopolio
2.- La dominación mediante la autoridad (poder de mando y deber de obediencia)
El tipo más puro de la primera forma, es el domino monopolizador de un mercado, y el tipo mas puro de la segunda forma es el poder ejercido por el padre de familia, por el funcionario o por el príncipe.
6.2.- Agresión:
La agresión puede definirse como un comportamiento hostil o destructivo, o en su defecto una disposición del mismo orden. La finalidad de una agresión es causar daño a la persona, animal u objeto a la cual se dirige.
El autor Moyer (1976), la define como aquella conducta que implica la intención de inflingir, daño a otro organismo bien sea a nivel físico o psicológico.
Concepto de Agresión Social:
Se puede definir como el comportamiento intencionado que ejerce algunos miembros de la sociedad con el fin de causar daño a los individuos de la misma, bien sea de manera Física o Psicológica.
Valores que Promueven una Sociedad de Iguales (Tolerancia, Solidaridad, Igualdad y otros)
7.1.- Tolerancia:
El término tolerancia puede definirse como el respeto que se tiene a las ideas, creencias o prácticas de los demás cuando son diferentes o contrarias a las propias o a la de las otras personas en su total magnitud. Es la actitud de una persona respecto a aquello que es diferente de sus valores. También es la capacidad de escuchar y aceptar a los demás, comprendiendo el valor de las distintas formas de entender la vida.
La tolerancia si es entendida como respeto y consideración hacia la diferencia, como una disposición a admitir en los demás una manera de ser y de obrar distinta a la propia, o como una actitud de aceptación del legítimo pluralismo, es a todas luces una virtud de enorme importancia.
El mundo sueña con la tolerancia desde que es mundo, quizá porque se trata de una conquista que brilla a la vez por su presencia y por su ausencia. Se ha dicho que la tolerancia es fácil de aplaudir, difícil de practicar, y muy difícil de explicar.
7.2.- Solidaridad:
La solidaridad es una de los valores humanos por excelencia, del que se espera cuando un otro significativo requiere de nuestros buenos sentimientos para salir adelante. En estos términos, la solidaridad se define como la colaboración mutua en la personas, como aquel sentimiento que mantiene a las personas unidas en todo momento, sobretodo cuando se vivencian experiencias difíciles de las que no resulta fácil salir.
7.3.- Igualdad:
Según el Diccionario de la lengua española, la palabra "Igualdad", deriva del latin aequalitas, -atis, significa "conformidad de algo con otra cosa en naturaleza, forma, calidad, o cantidad", así como "correspondencia y proporción que resulta de muchas partes que uniformemente componen un todo.
El autor Bacigalupo, define la igualdad con la ausencia de total discriminación entre los seres humanos, en lo que respecta a sus derechos.
7.4.- Justicia:
La justicia es la concepción que cada época y civilización tienen acerca del bien común. Es un valor determinado por la sociedad. Nació de la necesidad de mantener la armonía entre sus integrantes. Es el conjunto de reglas y normas que establecen un marco adecuado para las relaciones entre personas e instituciones, autorizando, prohibiendo y permitiendo acciones específicas en la interacción de individuos e instituciones.
Este conjunto de reglas tiene un fundamento cultural y en la mayoría de sociedades modernas, un fundamento formal:
• El fundamento cultural: se basa en un consenso amplio en los individuos de una sociedad sobre lo bueno y lo malo, y otros aspectos prácticos de cómo deben organizarse las relaciones entre personas. Se supone que en toda sociedad humana, la mayoría de sus miembros tienen una concepción de lo justo, y se considera una virtud social el actuar de acuerdo con esa concepción.
• El fundamento formal: es el codificado formalmente en varias disposiciones escritas, que son aplicadas por jueces y personas especialmente designadas, que tratan de ser imparciales con respecto a los miembros e instituciones de la sociedad y los conflictos que aparezcan en sus relaciones.
Concepto de Justicia según Ulpiano:
Es la constante y perpetua voluntad de darle a cada quien lo que le corresponde.
7.5.- Igualdad de Oportunidades:
Es una forma de justicia social que propugna que un sistema es socialmente justo cuando todas las personas potencialmente tienen básicamente las mismas posibilidades de acceder al bienestar social y poseen los mismos derechos políticos y civiles.
La igualdad de oportunidades se da cuando cada persona tiene el mismo acceso potencial a un cierto bien social o económico que cualquier otra persona.
7.6. Paz:
La paz es el proceso de búsqueda de justicia en los diferentes niveles de relación humana. Este es un concepto dinámico el cual nos lleva a hacer brotar, arrostrar y solventar los conflictos de manera no-violenta, con el fin de alcanzar una concordia de la persona consigo misma, con la naturaleza y con los demás.
7.7. Apoyo Mutuo:
El apoyo mutuo o ayuda mutua es un término en la teoría de organizaciones que describe cómo la cooperación, la reciprocidad en el intercambio de recursos, habilidades y servicios, y el trabajo en equipo suele significar un beneficio mutuo para los individuos cooperantes. Desde esta aproximación teórica se afirma que la ayuda mutua da los mejores resultados a largo plazo, puesto que las actitudes altruistas o desinteresadas (pensar primero en los demás antes que en uno mismo) y las egoístas o interesadas (pensar en uno mismo antes que en los demás) serían situaciones insostenibles a largo plazo.
Mientras vivimos asediados por instancias fundamentales de asegurar, por un lado, la prioridad del grupo; y por el otro, obtener la felicidad de cada quien considerado particularmente, nuestra civilización se empeña en establecer la imposible síntesis de una doble protección de la sociedad y del individuo. Se trata de solucionar las contradicciones concretas de nuestra doble condición personal y social, lo cual no se podría lograr sino a la luz de actitudes nacidas de un compromiso: La justicia, la cual implica la existencia del Derecho. Ambos aspectos se encuentran tan íntimamente ligados que las locuciones latinas Ius y Iustitia, los definen y le imprimen una suerte de carácter complementario.
Tomando en cuenta que la justicia es la concepción que cada época y civilización tiene acerca del sentido de sus normas jurídicas. Es un valor determinado por la sociedad. Nació de la necesidad de mantener la armonía entre sus integrantes. Es el conjunto de reglas y normas que establecen un marco adecuado para las relaciones entre personas e instituciones, autorizando, prohibiendo y permitiendo acciones específicas en la interacción de individuos e instituciones. Por otra parte es importante señalar que todas las sociedades alguna vez se han visto enfrentadas a la presencia del Otro, es decir, a la instalación en un territorio de un grupo humano alógeno llegado o reducido tras una conquista, una migración o una circulación mercantil. Todas las sociedades, también, han conocido el surgimiento en su seno del Otro, esto es, de un grupo diferente, disidente, constituido bajo los auspicios de una ruptura social o cultural, como es, por ejemplo, la aparición de una minoría por diferentes características.
El término minoría se refiere a un grupo de población humana numéricamente minoritario y con ciertas creencias y costumbres, que permiten identificar a sus miembros entre todos los habitantes de la comunidad a la que pertenecen.
Se caracteriza por que suelen ser de tipo étnico, religioso, lingüístico o más genéricamente, social y cultural, este grupo ha de tener un número significativo de miembros frente a la población total, que le de cierta entidad dentro de la sociedad, en el mundo actual.
Los grupos vulnerable se denomina a diversos grupos de la población entre los que se encuentran las niñas, los niños y jóvenes en situación de calle, los migrantes, las personas con discapacidad, los adultos mayores y la población indígena, que más allá de su pobreza, viven en situaciones de riesgo y desajustes sociales que ha crecido y se ha arraigado en nuestra sociedad. Denota carencia o ausencia de elementos esenciales para la subsistencia y desarrollo personal, e insuficiencia de las herramientas necesarias para abandonar situaciones en desventaja, estructurales o conyugales. Mujeres violentadas, refugiados, personas con VIH/SIDA, personas con preferencia sexual distinta a la heterosexual, personas con alguna enfermedad mental, personas con discapacidad, migrantes, jornaleros agrícolas, desplazados internos y adultos mayores; niños, adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad. Viven en condiciones de pobreza extrema. Los ingresos de los pobres extremos no les permiten adquirir una cantidad suficiente de alimentos para poder desempeñar sus actividades económicas y sociales satisfactoriamente.
Vale decir, que las minorías y los grupos vulnerables estuvieron desasistidos durante los siglos anteriores por parte de los gobernantes de turno. No obstante a finales de del siglo XXI las legislaciones del mundo dieron un giro a favor de las minorías y grupos vulnerables así tenemos por ejemplo: En nuestra Constitución de 1999 se incluyó un capítulo de protección de los derechos de nuestros pueblos aborígenes, también el artículo 26 establece que el acceso a la justicia es un derecho de todo ciudadano y ciudadana, además Estado debe garantizar una justicia gratuita, imparcial, equitativa y expedita y sin dilaciones indebidas.
Por otra parte tenemos: La Ley Aprobatoria de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su protocolo facultativo de acuerdo a los principio de la Carta de la O.N.U. Y promulgada en la república bolivariana de Venezuela el cinco de agosto de 2009. La ley orgánica de pueblos y Comunidades indígenas, la Ley Orgánica para la Protección de Niños , Niñas y Adolescentes, Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ley Orgánica sobre Refugiados o Refugiadas y Asilados o Asiladas.
La Justicia Formal:
Definimos a la justicia formal como "un principio de acción de acuerdo con el cual los seres de una misma categoría esencial deben ser tratados de la misma manera" . Para que la justicia formal sea realizable, es necesario acudir al Derecho Positivo, de manera que éste pueda establecer las categorías consideradas esenciales que van a determinar la igualdad de trato a los seres que pertenezcan a una misma categoría esencial. Esta igualdad de trato no es otra cosa que la aplicación correcta de una regla de justicia concreta que determina cómo deben ser tratados los miembros de una categoría esencial.
La Justicia Material:
Es la exigencia de ser tratado justamente, los criterios que establecen las igualdades esenciales en el Derecho Positivo, deben corresponderse con la imperante en la sociedad. Son los valores socialmente vigentes los que van a determinar qué es lo importante en una sociedad y qué no lo es, qué es lo esencial y qué es lo secundario, qué es lo beneficioso y qué es lo perjudicial al hombre. Es la concepción del mundo y de la vida socialmente admitida, la que va a establecer la manera cómo se discierne entre lo valioso y lo disvalioso. En fin, será la tradición de cultura la que sugerirá cuáles son los criterios de justicia material que permitirán la formulación de fa justicia formal, aunque ésta exige la determinación previa de las categorías consideradas esenciales, se detecta la situación de que no se puede decir cuáles son las características esenciales, es decir, las que se toman en cuenta para la aplicación de la justicia, sin admitir una cierta escala de valores.
La Justicia Social.
Esta se sustenta en los valores de la equidad, la igualdad, el respeto de la diversidad, el acceso a la protección social y aplicación de los derechos humanos en todas las esferas de la vida, incluso en el lugar de trabajo. Estos principios revisten ahora más importancia que nunca al tiempo que encaramos las consecuencias de la crisis financiera y económica mundial.
Destacando que la justicia social es un principio fundamental para la convivencia pacífica y próspera, dentro y entre las naciones. Defendemos los principios de justicia social cuando promovemos la igualdad de género o los derechos de los pueblos indígenas y de los migrantes. Promovemos la justicia social cuando eliminamos las barreras que enfrentan las personas por motivos de género, edad, raza, etnia, religión, cultura o discapacidad
Para las Naciones Unidas, la búsqueda de la justicia social es promover el desarrollo y la dignidad humana, La Asamblea General proclamó el 20 de febrero Día Mundial de la Justicia Social, esta celebración debe apoyar la labor de la comunidad internacional encaminada a erradicar la pobreza y promover el empleo pleno y el trabajo decente, la igualdad entre los sexos y el acceso al bienestar social y la justicia social para todos.
Autor:
Omar Perdomo