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La labor del tutor para la educación jurídica en la Residencia Estudiantil Universitaria (página 2)

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"La figura del profesor-tutor en los sistemas educativos contemporáneos se impone como una necesidad, si se quiere ofrecer a cada uno de nuestros estudiantes una educación integral que estimule todas sus posibilidades humanas, que los forme como hombres de bien, altamente comprometidos con su sociedad

La figura del profesor-tutor se ha redimensionado en el nuevo modelo de universidad que aspiramos a construir, se le ha asignado la honrosa misión de dirigir el proceso de formación integral y multifacético del futuro ciudadano comprometido con la sociedad donde vive" Herrera Rodríguez. José I. El Profesor Tutor en el Proceso de Universalización de la Universidad Cubana. 2006.

El profesor-tutor es un agente de cambio, porque interviene sobre los educandos en situaciones naturales de estudio que se producen como parte de sus funciones profesionales en la vida estudiantil y permanece más tiempo en contacto con ellos.

Como tutor, el profesor debe guiar al estudiante en su incorporación al medio social y académico; recomendarles prácticas de estudio y disciplina de trabajo que aseguren aprovechar al máximo los servicios que ofrece la institución, y aconsejarlo para sortear las dificultades que se le presenten durante sus estudios.

Como se puede apreciar la atención personalizada que debe ofrecer el tutor al estudiante que transita por los diferentes años de sus estudios universitarios, es de vital importancia. Entre las razones que lo fundamentan, se encuentran: la diversidad educativa que ingresa a este nivel de enseñanza, la existencia de un currículo que requiere de un proceso de adquisición gradual de conocimientos, actitudes, hábitos y habilidades cognitivas cada vez más complejos, además la adquisición de un sistema de valores que demandan los estudios de nivel superior y, en general, la dinámica de un nivel de enseñanza donde reciben con mayor rigor las exigencias de una ciencia para la que se forman como profesionales de nivel superior.

El tutor debe realizar una labor de coordinación con los docentes, el grupo de estudiantes, las organizaciones estudiantiles, la familia, la comunidad para disponer de la información necesaria para poder brindar las ayudas y refuerzos que necesita cada estudiante.

En esencia, se retoma la idea de que el tutor es quien globaliza, integra y coordina la tarea de orientación que todos los profesores han de realizar colectivamente. El colectivo pedagógico es, responsable de la educación de los alumnos, más allá de la tarea concreta de facilitar la enseñanza-aprendizaje del área o materia que imparte cada miembro.

La función orientadora del profesor-tutor se sustenta en:

– Acompañar y orientar al estudiante en el proceso de desarrollo integral de su personalidad con el fin de que pueda ir formulando su propio proyecto de vida a medida que vaya madurando.

– Despertar en los estudiantes altos valores humanos de compromiso social y con la patria.

– Mantener una relación de comunicación con los centros de donde provienen y con las familias, asesorándolos sobre como conducirse ante los posibles problemas académicos, conductuales, emocionales, etc., de los alumnos.

– Apoyar y coordinar con los profesores el proceso educativo para prevenir dificultades de aprendizaje y/o conductas que obstaculicen el buen desempeño del estudiante.

1.3. ¿Qué características debe reunir un profesor-tutor?

Las cualidades del profesor-tutor constituyen un tema muy debatido en los contextos educativos donde se ha reclamado su presencia; ellas siempre dependerán de la concepción filosófica, sociológica, psicológica y pedagógica que se tenga del fenómeno educativo concebido. Podemos decir que en la literatura consultada (Arnais 1995; Galve y García 1992; Sánchez 1991 y 1984) se han elaborado listas de cualidades del tutor, que consideramos inherentes a una definición de educador, como por ejemplo: autenticidad, madurez emocional, buen carácter, comprensión de sí mismo, capacidad empática, inteligencia y agilidad mental, cultura general, estabilidad emocional, etc., pero consideramos en esencia que el profesor-tutor ha de ser un modelo a imitar, por ello es necesario que tenga aptitudes para educar y como dijera José de La Luz y Caballero (1992, p.359)

"Enseñar puede cualquiera, educar solo quien sea un evangelio vivo", ser reconocido como autoridad por los alumnos/as, autoridad tanto académica como personal, un patrón que elijan y decidan seguir, porque ven en éste un profesional competente.

"Las actitudes y conductas del profesor, sus expectativas, su propia valoración como persona y como profesor, la forma cómo organiza el aula, su manera personal de estar en el aula, son algunos de los aspectos que influyen más directa y eficazmente en la formación de una autoestima positiva en el alumno o alumna" Orientación y Tutoría, Cajas rojas, primaria. MEC (1992, p.63)

Ante la pregunta de cuál es el perfil deseado para nuestros profesores-tutores, necesariamente tenemos que pensar en todas las tareas que deben cumplir como parte de esa labor de orientación educativa que desarrollan con sus tutorados.

En la práctica educativa se entremezclan las funciones que corresponden a todos los profesores y los que son específicos del profesor tutor, porque, como se había dicho, es responsabilidad de todos ellos la orientación educativa de todos los alumnos y a cada uno en concreto a fin de conocerse, valorar el mundo circundante, hacer uso debido de su tiempo, lograr un rendimiento satisfactorio y conseguir un desarrollo personal completo y armónico. Pero esta responsabilidad compartida, no impide el desempeño de un quehacer sistemático, específico, por parte del tutor en relación con los estudiantes que tutora y con cada alumno en particular. La relación personal del tutor con cada educando -y con sus padres- ha de descansar en la confianza mutua (que implica asimismo confidencialidad), único modo de ayudar en el proceso de desarrollo personal del alumno en lo que a su educación concierne.

La escuela, a través de los tutores, ha de garantizar a la sociedad hombres con una formación integral y para alcanzar este objetivo deberá impulsar estrategias orientadoras dirigidas a la mejora personal, la reflexión continua acerca de su ser y hacer, al fortalecimiento de la autoestima y a la adquisición de habilidades sociales y virtudes que le capaciten para ser personas plenamente realizadas.

Para el logro de relaciones de respeto, confianza y mutua aceptación con los alumnos dentro de las condiciones de la educación superior el profesor-tutor como persona debe reunir, las siguientes cualidades: asertividad, empatía, adecuada metacognición, liderazgo, madurez intelectual y afectiva, la sociabilidad, la responsabilidad, la discreción, entre otras.

1.4. ¿Cómo debe concebir el tutor la orientación educativa?

El tutor al proyectar la orientación educativa, debe saber:

1. Concebirla como un proceso sistémico continuo, vital para todos los seres humanos a fin de prepararlos para la realización eficiente de las tareas del desarrollo y prevenir de esta forma la aparición de fallas o problemas en la formación integral de la personalidad.

2. Que es un proceso dinámico que incluye una serie de actividades que tienen por objetivo evaluar al individuo, estimularlo y "dirigirlo" para que logre desenvolverse con mayor independencia, autónomamente y con una mejor integración al grupo. Pero esto, no se alcanza de forma inmediata, de ahí que la orientación, además de ser un proceso continuo, también es gradual, actúa de forma progresiva, ya que la persona necesita dominar ciertas acciones antes de estar capacitada para realizar actividades de mayor complejidad y responsabilidad en su vida social. Por ello, el proceso de orientación contempla objetivos de alcance inmediato y otros mediatos.

3. Que significa ayuda y no imposición del punto de vista de una persona sobre otra. No es tomar decisiones por alguien, sino ayudarlos a resolver los problemas, a desarrollar sus puntos de vista y a responsabilizarse con sus propias decisiones. Su esencia es ayudar al sujeto a conocerse y mejorarse a sí mismo, en relación con el medio en que se desenvuelve. Orientar significa ayudar, guiar al individuo para que movilice conscientemente sus potencialidades, enfrente sus limitaciones y decida el curso de su vida.

4. Que la orientación en sí misma contempla objetivos individuales y sociales, ya que a la vez redunda en el desarrollo pleno del hombre, lo hace capaz de aportar más a la sociedad.

Para que esta orientación educativa se realice con la calidad requerida en el proceso de formación, es necesario que el tutor se sensibilice y asuma de forma activa y sistemática las tareas de la orientación de una personalidad sana, madura y eficiente, con su ejemplo personal, de liderazgo y de perseverancia con los estudiantes como parte de las relacione interpersonales que fluyen y que se convierten en modos de actuación para los jóvenes, contribuyendo con una formación acorde con su futura vida profesional.

Entre las acciones que debe realizar el tutor para lograr la orientación educativa en sus estudiantes se encuentran:

– Poseer un diagnóstico y caracterización actualizada de sus alumnos en los diferentes contextos de actuación en que está inmerso.

– Escuchar y acompañar al estudiante en las diferentes actividades docente-educativas.

– Lograr el compromiso de sus estudiantes por las diferentes tareas que deben cumplir.

– Realizar una labor de seguimiento de sus estudiantes.

– Detectar los momentos en que se producen los obstáculos, sus causas y los mecanismos para corregirlos o compensarlos.

– Coordinar sistemáticamente las acciones con los componentes del proceso docente-educativo.

– Ajustar progresivamente la ayuda pedagógica a la zona de desarrollo próximo de cada estudiante en el proceso educativo, contribuyendo a la formación integral de su personalidad y su comprometimiento con la sociedad.

1.5. La labor de orientación educativa del profesor tutor en la Residencia Estudiantil Universitaria

Para la Educación Superior cubana, la integralidad en las universidades se fundamenta en la idea martiana de que el elemento científico sea como el hueso del sistema de la educación pública, como la savia de los árboles, el cual debe ser combinado con un alto grado de espiritualidad, que contribuya a que el afianzamiento de las cualidades morales suban de precio, cuando tiene de sostén las cualidades inteligentes.,

Estas exigencias de la integralidad, que son válidas para un egresado universitario de cualquier lugar del mundo, requiere particularmente en Cuba, la formación de un profesional que al mismo tiempo defienda con sólidos argumentos la obra de la Revolución, actúe acorde con los valores más genuinos de la patria y del socialismo.

En el Informe Central del III Congreso del PCC se planteó que no era satisfactorio el perfeccionamiento en la formación cultural integral de los estudiantes universitarios y como resultado de esta crítica se comenzaron a efectuar un conjunto de actividades encaminadas a la conceptualización y aplicación, en la práctica, de un desarrollo cultural integral que tuviera como fundamento el trabajo curricular, extracurricular y así como la utilización sana del tiempo libre de los estudiantes universitarios en las residencias.

Los tutores, formado por un claustro de profesores revolucionarios y preparados, que realiza esta labor con estudiantes que permanecen en la residencia estudiantil, tiene un encargo social importante como aspiración del Sistema de Educación Superior Cubano, que es precisamente el reforzamiento de la labor de orientación educativa y político-ideológica con los estudiantes becados, para poder mantener esa fortaleza de cada estudiante universitario.

El encargo social que tiene ante sí la universidad cubana actual, implica formar un profesional revolucionario, integral, el cual, desde su profesión, y desde su campo de acción específico, pueda articular orgánicamente no solo conocimientos y habilidades sino además, valores como componentes claves de la personalidad, y el tutor es el responsable de formar y desarrollar esas fortalezas en sus estudiantes, no solo en la clase, en el trabajo científico, la práctica laboral, sino también en la residencia estudiantil.

La valoración del condicionamiento histórico, las particularidades y la esencia misma del proceso educativo, en las condiciones del Centro Universitario de Sancti Spiritus, que ha llevado a la aplicación de instrumentos de investigación en los estudiantes de la residencia estudiantil y sus tutores, relevándose insuficiencias que repercuten desfavorablemente en la formación del profesional integral y en el logro de la excelencia universitaria, relevadas insuficiencias que manifiestan los estudiantes en su comportamiento social en la beca, lo que denota un deterioro de valores y componentes de su personalidad, y limita su formación integral.

La labor educativa en la residencia estudiantil se convierte en elemento importantísimo para la elaboración de una estrategia, por cuanto la vida del estudiante, su comportamiento, y su conducta, transcurren en una buena parte, en la misma, y el propio tiempo es un espacio propicio para el desarrollo de relaciones interpersonales adecuadas, del espíritu de colectivismo, de la responsabilidad material, del cuidado a la propiedad social y personal, y genera una convivencia amistosa y cooperativa. En esta encomienda, el profesor tutor juega un papel preponderante en hacer posible la elevación de los niveles de exigencia para garantizar la disciplina, las normas deseables de convivencia y moralidad, dándole tratamiento educativo a cualquier manifestación o intento de comportamiento inadecuado o negativo.

El tutor, como parte de la comunidad universitaria, deberá responder por cuáles manifestaciones negativas no encuentren cabida en la beca, ni en ningún lugar que se encuentre el estudiante universitario, convirtiendo sus modos de comportamiento y accionar, en convicciones para la vida.

Los marcos de la residencia estudiantil estimulan el desarrollo de los valores en los estudiantes, principalmente el conocimiento de sí mismo y de los demás, el desarrollo de las capacidades de autodirección y de autorregulación, así como la capacidad de trasformar la realidad y desarrollar las potencialidades propias, estimulando la creatividad, la espontaneidad creadora, y la iniciativa sobre la base de la realización de autoactividades.

El tutor debe propiciar además el desarrollo del protagonismo y el liderazgo de las tareas que devienen del quehacer de la Residencia, contribuyendo en gran medida a la elaboración de sus propios proyectos de vida y a su desarrollo personal, todo lo cual contribuye a la formación en valores humanos del profesional integral y a su excelencia.

El propósito de cada sistema educativo es orientar y facilitar el aprendizaje de una manera sistemática y continua.

La necesidad de una adecuada orientación educativa en la residencia estudiantil, constituye una ventana abierta a la esperanza Rus (2000) pues la misma se concibe como una actividad esencial del proceso educativo que, interesándose por el desarrollo integral del alumno, individual y socialmente considerado, le ayude en el conocimiento, aceptación y dirección de sí mismo, tanto desde el punto de vista académico, como en su convivencia en la beca.

Se ha visto de modo reiterado que una buena orientación es educación. Así se dice que la función orientadora deviene una parte del proceso educativo y da continuidad a las facetas instructivas y organizativas de los currículos educativos.

Los objetivos de la orientación educativa en la residencia estudiantil son:

Contribuir a la personalización de la educación de los becados.

Ajustar la respuesta educativa a las necesidades particulares de cada alumno becado.

Educar para la vida, sobre la base de normas correctas de convivencia ciudadana.

Favorecer los procesos de madurez personal, de desarrollo de la propia identidad y sistema de valores, y de la progresiva toma de decisiones, para resolver problemas personales, colectivos, y de la comunidad de la residencia estudiantil.

Asegurar la continuidad educativa a través de las distintas etapas y años de la carrera durante los cuales el estudiante permanecen en la beca.

Contribuir a la interacción de personal de dirección, profesores, tutores, alumnos y de la comunidad, para lograr una formación integral de los alumnos en la residencia.

Estos objetivos constituyen una acertada definición sobre la orientación educativa por parte de los profesionales tutores hacia los estudiantes becados de las diferentes carreras y exigen como condiciones un profundo conocimiento de los alumnos, una coordinación de las distintas unidades del sistema y de una inspección que garantice el apropiado funcionamiento de los servicios y programas. Además, la intervención ha de desarrollarse de acuerdo con criterios de las normas establecidas a nivel de ministerio, integrados en la programación general del centro; precisados en la colaboración de todos y tiene como referente básico el alumno considerado individualmente y en su contexto; el último criterio se refiere a la necesidad de profesionales altamente calificados, y preparados para la vida.

La labor educativa del tutor para desarrollar la cultura jurídica de los alumnos en la residencia estudiantil universitaria.

Elevar la preparación de la comunidad universitaria para el tratamiento sistematizado de la Educación Jurídica como área de la formación ciudadana se ha convertido en uno de los objetivos fundamentales del Ministerio de Educación superior cubano, constatado en las palabras del Ministro de Educación superior Dr. Juan Vela Valdés, en recorrido por las universidades del país, específicamente en el Centro universitario de Sancti Spíritus el día 26 de junio de 2008 cuando expreso.

Debe aclararse además, que la profundización en los aspectos teóricos y metodológicos son abarcadores de la multiplicidad de aristas que conlleva la formación ciudadana, pues debíamos servir de modelo de actuación profesional, la Educación Jurídica debe preparar a la comunidad universitaria para el ejercicio de la ciudadanía, sobre el conocimiento del texto constitucional, en el expresado los derechos y de los deberes ciudadanos, la organización política de la sociedad y de otros elementos relacionados con el Derecho Constitucional.

El desarrollo social ha impuesto nuevas exigencias en la preparación del ciudadano para el ejercicio de la ciudadanía, vinculadas al modelo de actuación en el conjunto de relaciones sociales: familiares, comunitarias, estudiantiles, laborales, entre otras, como expresión de la ética que ha de regir la compleja vida moderna; pero la realidad demuestra que esa área de formación es la menos trabajada por el desconocimiento existente en torno al Derecho que tienen los tutores, cuyo acercamiento debe y puede hacerse desde los contenidos de la Constitución, con ello se prepara a los tutores para dar cumplimiento a uno de los objetivos generales de la Educación Superior , relacionado con la formación integral del estudiante y su compromiso con la sociedad, modelo este sobre el que se ha dicho mucho qué hacer para alcanzarlo; pero muy poco acerca de cómo materializarlo.

Todo cuanto se proyecta en ese sistema tiene como destino la formación ciudadana; porque el ciudadano interactúa en la comunidad y dentro del Estado de muy variadas formas, a su vez la vida política de la sociedad es refrendada jurídicamente por la Constitución del estado, por lo que su estudio se convierte en una necesidad insoslayable.

Los individuos en cualquier sociedad moderna, se pueden diferenciar por múltiples aspectos, entre ellos por ejemplo, por la profesión; pero lo que los hace iguales es su condición de ciudadano, con todas las implicaciones que conlleva el ejercicio de la ciudadanía.

Mediante la Educación Jurídica se expresa la orientación de la educación de los estudiantes universitarios, hacia el sentido de pertenencia a una comunidad, que no es sólo familiar, escolar o laboral, sino que también es comunidad política, que pertenecen a una nación que les proporciona una identidad nacional y cultural y en consecuencia deben proyectar su acción como ciudadanos dignos, virtuosos, patriotas.

No puede pensarse en una educación moral separada de la educación en valores por cuanto en el contenido de la constitución, mediante la manifestación de sus virtudes en actitudes solidarias, de respeto, de igualdad, de libertad, de justicia, en el cumplimiento de sus deberes y en el ejercicio de sus derechos.

Múltiples son las barreras objetivas y subjetivas a vencer para lograr insertarse con personalidad propia, dentro de un sistema que ha sido estructurado a partir de presupuestos establecidos por quienes consideran que la educación jurídica por ser "responsabilidad de todos", no requiere de un tratamiento específico en la Educación Superior.

Existe la voluntad política por parte del Ministerio de Educación Superior para la elevación de la cultura jurídica en la comunidad universitaria; pero aún son insuficientes y no se ha comprendido por las estructuras en las diferentes instancias, a pesar de los mensajes concretos que la máxima dirección del país envía, que la formación ciudadana es una necesidad para el futuro socialista de la nación, .se trata de la necesidad de que trabajemos y vivamos en un ambiente de disciplina, de orden y de legalidad si queremos ser un país con un porvenir y un futuro socialista. Y no se puede aspirar a que fructifiquen los esfuerzos de ninguna nación si no hay disciplina, si no hay orden, si no hay hábito de cumplir la regulaciones, si no hacemos cumplir lo que se establece y si no enseñamos a la población a que hay que cumplir lo que se establece

Corresponde desempeñar a la Educación Jurídica un papel preponderante en la formación de valores jurídicos, políticos e ideológicos que posibiliten dar continuidad histórica al proyecto socialista cubano y para ello debe enfrentar en el presente siglo los desafíos siguientes:

La preparación de un ciudadano patriota, revolucionario, antiimperialista, solidario, digno y virtuoso que dé continuidad histórica a la obra de la Revolución.

El reconocimiento de que el centro de la atención lo constituye la formación integral del estudiante

Estudio de la Constitución, es decir, desarrollar la Educación Jurídica.

La necesidad de sistematizar el estudio del Sistema Político Cubano, incluyendo el Sistema Electoral, como parte del sistema de conocimientos de la Educación Jurídica.

El rescate de las tradiciones Jurídicas auténticamente nacionales y la crítica a formulaciones extranjerizantes.

De todo lo expresado puede resumirse que la condición de ciudadano tiene una connotación esencialmente jurídica y el ejercicio de la ciudadanía esencialmente política; jurídica porque aparece regulada en la Ley Constitucional y en las leyes ordinarias como fuente primaria de deberes y derechos que regulan todas las esferas de actuación ciudadana y política porque esos deberes y derechos en su dialéctica, entrañan la relación del individuo con el Poder y es aquí donde pasa a un primer plano el conocimiento de esos deberes y derechos para tras su fijación, interiorización y conversión en normas de conducta posibilitar la elevación de la disciplina social y la responsabilidad ciudadana de los estudiantes universitarios, específicamente en la residencia estudiantil.

En una intervención de esta naturaleza sobre "Ética, formación ciudadana y cultura de Derecho", no debe dejar de señalarse que de acuerdo con los criterios de Pedro Nikken "Los derechos representan una revalorización ética y jurídica del ser humano (…) [son] atributos de la dignidad de la persona donde quiera que ella esté y por el hecho mismo de serlo". (Nikken, 1997, p.37).

La preparación para la vida ciudadana, la condición de ciudadano y el propio ejercicio de la ciudadanía constituyen un proceso ininterrumpido que se da a lo largo de la vida de toda persona

La sociedad cubana ha seguido como regularidad un proceso de institucionalización continua, que ha contribuido al perfeccionamiento de la vida jurídica de la nación; pero quedan espacios que estimulan al desarrollo de fenómenos de la vida espiritual y tributan a que en la conciencia de las masas tenga predominio lo espontáneo, es decir, lo relacionado con la conciencia jurídica cotidiana, lo que constituye una tendencia negativa que actúa en detrimento del principio de la legalidad.

Entre las dos dimensiones, conciencia jurídica institucionalizada y conciencia jurídica cotidiana se presenta una contradicción que en la realidad cubana actual constituye un serio desafío debido a que existe un predominio de la espontaneidad en el actuar ciudadano que revela el desconocimiento de la legalidad. A ese desafío puede y debe enfrentarse la universidad cubana y dar una respuesta acabada: la brecha existente entre esas dos dimensiones, la conciencia jurídica cotidiana en la que predomina lo espontáneo y la conciencia jurídica institucionalizada, que refleja la dimensión de la ideología jurídica de las amplias masas en el poder y que se refrenda mediante la legalidad y el sistema de derecho; debe ser reducida, por cuanto: la expresión madura y acabada de la conciencia jurídica es el principio de la legalidad, entendido como principio rector de la vida jurídica al cual queda sujeto el estricto cumplimiento de la ley por parte del Estado, de las organizaciones e instituciones sociales y los ciudadanos.

El Ministerio de Educación Superior debe desempeñar el papel de mayor relevancia, por ser éste el que tiene como encargo social muy bien definido, la formación de la personalidad de los ciudadanos, posee las instituciones adecuadas y al personal capaz de lograrlo

Los tutores no se acercan al Derecho por las lógicas dificultades que origina el desconocimiento técnico de la norma jurídica, su interpretación y otros elementos no menos complejos; los juristas pueden accionar desde algunas agencias educativas; pero desconocen por lo general los aspectos metodológicos de este proceder y la situación concreta de la universidad cubana en cuanto a sus planes y programas de estudio. Así, se les hace imposible proponer con efectividad vías y procedimientos para el estudio de la Constitución de la República, lo que constituye una barrera para el logro de los objetivos propuestos por el Ministerio de Educación Superior.

Importancia del dominio de los derechos constitucionales por parte de los tutores para ejercer la labor de educación jurídica en los alumnos de la residencia estudiantil universitaria.

El derecho constitucional es la mas importante de las normas del derecho pudiéndose afirmar que es la rama rectora del derecho. Este papel le corresponde porque refrenda las bases del sistema económico, el régimen político y la organización del poder político, y al hacerlo formalmente como por su derecho, el derecho constitucional ocupa un lugar especial en el sistema.

Se podría considerar el derecho constitucional como la rama del derecho que agrupa las normas jurídicas que refrendan las bases de la estructura de la sociedad y el Estado, los principios de organización, su objetivo, las tareas básicas del Estado y las direcciones de su política, los principios de las relaciones entre el individuo y el Estado, el mecanismo ejercicio del poder estatal y la dirección de los asuntos del Estado y de toda la sociedad.

De esta forma la especificidad de las relaciones sociales que constituyen el objeto del derecho constitucional condiciona el importante papel que le corresponde, esto se expresa en que sus normas forman las instituciones mas importantes del derecho, las que , en ultima instancia son determinantes para que las demás ramas pueden regular otras relaciones sociales.

El contenido y la naturaleza de todas las otras instituciones jurídicas son determinados por el régimen social y por las normas del derecho constitucional que refrenda ese régimen,

El derecho constitucional refrenda los intereses de la clase dominante, el régimen social, las bases del status jurídico de los ciudadanos, la estructura estatal, y los principios de organización, estructura y actividad de los órganos estatales.

Como se aprecia en esta afirmación, el derecho constitucional regula un círculo de relaciones sociales de singular importancia, lo que determina el lugar que este ocupa en el sistema jurídico del país.

Al refrendar el régimen de relaciones sociales que interesa a la clase dominante y al regular el status jurídico de los ciudadanos y la estructura y organización estatal, el derecho constitucional regula las relaciones sociales vinculadas al poder político y a su ejercicio, lo que ha condicionado que algunos autores lo denominen derecho político.

En la constitución la clase que tiene el poder político plasma sus conquistas los resultados de la lucha contra su enemigo de clase, así como las concesiones obligadas, es decir refrenda el régimen de relaciones económicas y políticas que aseguran sus intereses, establece la organización de su poder, la forma de dirección, las bases del régimen político, los principios de organización del Estado, el sistema de órganos de poder, su estructura territorial, el mecanismo de ejercicio del poder. Precisamente por eso, la Constitución es la Ley fundamental del Estado. Acorde con ello se le denomina Ley de Leyes, Ley Suprema, Carta Magna, Ley Fundamental, Ley Orgánica Principal, Código de Organización Estatal.

La Constitución es en efecto, un acto jurídico, un sistema de normas, pero es ante todo un fenómeno social. La Ley Fundamental determina la esencia del poder del Estado en la sociedad y establece la situación del individuo con respecto al Estado. O sea, que cuantos intereses se manifiestan en la sociedad son afectados por las pragmáticas de la constitución.

Es por tanto una categoría clasista que expresa los intereses de la clase dominante y su esencia reside en que refleja la real correlación de fuerzas de clases existente en el momento en que es dictada. Por supuesto esta correlación no es solo expresada por la Constitución, sino también por todo el conjunto de disposiciones o normas que reflejan la lucha de clases en el momento dado.

Lenin en el articulo Entre dos Combates, publicado en noviembre de 1905, indico¨ Qué es una Constitución? Una hoja de papel en la que están escritos los derechos del pueblo, en qué consiste la garantía del efectivo reconocimiento de esos Derechos En la fuerza de las clases del pueblo que tiene conciencia de esos Derechos y supieron conquistarlos.

Por eso se define a la Constitución como un fenómeno social objetivo que consolida la base económica del Estado, las formas de propiedad y el sistema de economía, las formas de gobierno y los principios fundamentales de organización y actividad de los órganos del Estado y determina las relaciones entre los órganos del poder publico y entre el Estado en conjunto y sus partes, y los deberes y derechos fundamentales de los ciudadanos.

De ahí que la constitución es un importante documento político, la resultante de un paralelogramo de fuerzas políticas y sociales que actúan en el momento de su adopción, un reflejo del orden social existente, de la posición que ocupan unas u otras clases o capas sociales, pues a través de sus postulados se refrendan jurídicamente la dictadura de la clase dominante y los fundamentos y principios del sistema socioeconómico vigente.

A partir de los postulados básicos del marxismo Leninismo, la ciencia del derecho constitucional estudia la esencia de la Constitución, su surgimiento y su papel en la vida de la sociedad y el Estado.

El papel de la Constitución en la vida de la sociedad es multifacético y solo puede ser analizado a la luz de las funciones fundamentales que desempeña, Según un texto de derecho constitucional soviético, publicado en Moscú en 1983, por un colectivo de autores encabezado por la profesora E.I. Koozlova. La constitución tiene tres funciones fundamentales, políticas, jurídicas e ideológicas.

La función política se expresa ante todo en su carácter clasista, apunta que la clase que tiene el poder político plasma en la Constitución sus conquistas y los resultados de su lucha contra el enemigo de clase y así se manifiesta esta función, al refrendar el poder de la clase económicamente dominante y propender a la estabilización de las relaciones de clase.

La función jurídica se refleja en que la Constitución es el centro de todo el sistema jurídico, establece los principios mas importantes y es el punto de partida para todas las ramas del derecho y las ordena en un sistema único, es la norma básica y central de ese sistema.

En la tercera de las funciones de la Constitución se manifiesta también concepciones de la clase dominante. Mediante este instrumento legal esa clase apuntala sus concepciones en torno a la organización del Estado, el régimen político, la estructura y organización del poder, y contribuye con esto a hacer que su ideología jurídica sea la ideología dominante, por lo que al darle e ese conjunto de abstenciones que son el derecho y la ley en la sociedad de clase, forma parte del cuerpo ideológico, el que a su vez, es un poderoso mecanismo de dominación.

La Constitución cumple una función legitimadora, pues mediante ella el estado moderno se acredita y se autoconfiere legitimidad, aunque el texto constitucional sea simple retórica. De esta forma, la legitimidad o no de cualquier acto de los gobernantes dependen de su correspondencia con la Constitución.

El derecho constitucional socialista cubano tiene como punto de partida y fuente fundamental a la Constitución del 24 de febrero de 1976, aunque sus antecedentes deben buscarse mas allá, en las Constituciones mambisas de Guáimaro, Baraguá, Jimaguayu y la Yaya, expresiones constitucionales de la aspiración de la nación cubana, lograda por la Revolución de enero de 1959, de alcanzar la plena independencia y soberanía.

El derecho constitucional cubano es expresión jurídica de las relaciones socialistas de producción existentes en Cuba y de los intereses y la voluntad del pueblo trabajador, y constituye la rama central del sistema de derecho de nuestro país. Las normas del derecho constitucional en primer lugar refrendan las bases del régimen social y estatal y establecen el mecanismo de ejercicio del poder por una clase o un grupo social.

Si por la relación jurídica se entiende una relación social regulada por el derecho, en otras palabras, una relación entre personas a las que la Ley atribuye efectos, la relación jurídico constitucional será la relación social regulada, protegida o tutelada por el derecho constitucional, ya que es la relación social en la que los participantes están vinculados por derechos y obligaciones establecidos por derecho constitucional.

Las relaciones jurídico constitucionales, como un tipo de las relaciones jurídicas, poseen los rasgos que caracterizan a todas las relaciones sociales: son un vÍnculo jurídico entre los participantes de las relaciones sociales, cuyo carácter y limitaciones están definidos por las normas del derecho constitucional; son relaciones volitivas porque dependen de la voluntad y la conciencia de los hombres y son protegidas por el Estado.

La constitución no tiene que ser valorada desde el ámbito normativo solamente, también ha de tenerse conciencia que ella expresa el resultado de cosas hasta el momento en que se dicta, lo que supone ser un programa con pautas de acción y además, el punto de partida para el desarrollo. Pero no un desarrollo sin causes, expuestos a la libre disposición del intérprete político, sino que en tanto ha de cumplir con sus funciones básicas: regular para encausar y para proteger, impidiendo el desvío de la idea original.

La Revolución aprobó una Constitución que se concibe como punto esencial de partida para el desarrollo y reflejo de las conquistas alcanzadas, no un limite de poder, refleja una sociedad con un alto nivel de homogeneidad social, de identificación de los interese entre los grupos y sectores participantes y de su sumisión consiente de los interese individuales a los sociales, como única vía para la preservación de las conquistas obtenidas.

 

 

 

 

 

 

Autor:

Evelio Elías Orellana Orellana

Profesor Instructor Educativo de la Residencia Estudiantil del Centro Universitario de Sancti Spiritus José Martí Pérez

Yakeline Acosta Rodríguez

Profesora Instructora Educativa de la Residencia Estudiantil del Centro Universitario de Sancti Spiritus José Martí Pérez

Minerva Mena Valdés

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