Implicaciones éticas y legales en los cuidados de la enfermera (página 2)
Enviado por Pedro Contreras
Mientras en el período Greco-romano aparece por primera vez en la Historia la atribución de causas orgánicas al origen y estado patológico. Durante la Edad Media se establecen en algunos casos, "la hoguera" para los pacientes afectos de enfermedad mental, luego se desarrolló una tendencia a proteger y amparar a los pacientes mentales, lo que generalmente conllevaba un confinamiento de los mismos en diferentes tipos de asilos u hospitales.
El final del S. XVIII y principios del XIX, es una etapa en la que se desarrolla lo que ha venido en considerarse como la era del "tratamiento moral" en el cual estaban continuamente presentes no solamente las cadenas, si no también la guillotina.
Después en el S. XIX y comienzos del XX se inicia una nueva tendencia caracterizada por la creación y desarrollo de los hospitales mentales y/o psiquiátricos. Justamente es en ese momento cuando surge la profesión de Enfermería, especialmente de Enfermería Psiquiátrica a pesar de que las funciones de enfermería habían existido desde la antig-edad.
En Alemania 1836. Theodor y Friederieke Fliedner inauguran la primera escuela de enfermería la cual fue visitada por Florence Nightingale, quien indicaba que el objetivo fundamental de la Enfermería era situar al paciente en el mejor estado posible para que la naturaleza actuase sobre el mismo.
En 1880 surge la primera Escuela de Enfermería Psiquiátrica en América y dos años más tarde 90 enfermeras fueron graduadas las mismas se encargaban tanto de la administración de medicación (hidrato de cloral y paraldehído), como la supervisión del uso de hidroterapia, cuidados físicos y nutricionales. En esta época la mayor parte de las funciones eran custodiales, mecánicas y especialmente dirigidas por Psiquiatras.
De ahí que las modernas concepciones de Salud han sido recogidas en la década de los setenta a través de la OMS y formuladas a raíz de la Conferencia de Alma-Ata. A partir de este momento se define la Salud, como una unión de grados de bienestar en los campos psíquico, físico y social, y no solo como ausencia de enfermedad. Estos diferentes grados de salud potencial permanecen, por tanto, vinculados a variantes biológicas, psicológicas y del entorno.
La Enfermería Psiquiátrica podría definirse como una especialidad de las Ciencias de la Salud y Antropológicas, capaz de estudiar no solo las causalidades biológicas, si no también las motivaciones psicológicas, psicodinámicas y los condicionantes socioculturales de la enfermedad mental en sus múltiples formas, aplicando los cuidados y la atención pertinentes.
En 1979, Virginia Henderson, establece una de las definiciones clásicas de Enfermería considerando a estas como el "encuentro" con un paciente y su familia, durante el cual el personal de enfermería observa, ayuda, comunica, atiende y enseña; contribuye además a la conservación de un estado óptimo de salud y proporciona cuidado durante la enfermedad, hasta que el paciente es capaz de asumir la responsabilidad inherente a plena satisfacción de sus propias necesidades básicas como ser humano. Ante todo, su actuación es importante en el proceso de la enfermedad como parte activa del equipo asistencial.
Debido al hecho de que el personal de enfermería conviva prácticamente las veinticuatro horas del día con el paciente que ingresa en una Unidad Psiquiátrica de Hospitalización, dota a este de un papel muy importante en la práctica asistencial diaria.
En definitiva el papel de la enfermería debe estar siempre en función de la formación continua, y no debe ser abandonada en ningún momento ya que está en constante evolución, así como también debe de asumir un rol dentro del equipo de la Unidad de Hospitalización Psiquiátrica diferente al tradicional de meros cuidadores vigilantes.
En Venezuela la asistencia a la salud mental y especialmente a la psiquiatría, ha sido rodeada de estigmatizaciones, por parte del público en general, así como del personal de salud que a veces por falta de experiencia, conocimiento o habilidad en el abordaje de pacientes con este tipo de problemas, optan por referir a estos a otros niveles de
atención más complejos; aun sin ser necesario.
Los problemas de salud mental requieren abordaje en los III niveles de
atención, pero es en el nivel de prevención primaria en salud en donde encontramos mayor desasistencia por recursos escasos y limitados propios de zonas rurales. Por ello los organismos dispensadores de salud locales deben cambiar sus
paradigmas y procurar estudiar más a fondo los problemas de salud mental en sus comunidades para así diseñar propuestas que con el apoyo del M.S.D.S puedan ser aplicadas y ejecutadas de forma efectiva y adaptadas a las necesidades de cada comunidad.
En el ámbito de las políticas oficiales, la atención a la salud mental en Venezuela mantiene un carácter secundario dentro del sistema de salud. En Venezuela existen 12 hospitales psiquiátricos públicos y 9 privados que son contratados mediante la modalidad de pago por cama, por el MSDS y el IVSS El número de camas operativas en los hospitales psiquiátricos públicos alcanza la cifra de 1.784, las cuales resultan insuficientes para cubrir la demanda de estos servicios.
El Hospital Militar "Dr. Carlos Arvelo" Caracas, cuenta con 465 camas de hospitalización, 08 quirófanos, 08 camas de cuidados intensivos, es un hospital tipo IV que cuenta con todas las especialidades medicas dentro de las cuales se encuentra el Servicio de Hospitalización de Psiquiatría Adultos femenino y masculino.
Este servicio presenta 02 aéreas de hospitalización con un total de 48 camas donde el personal de enfermería está compuesto por aproximadamente 40 personas entre los cuales hay Licenciados, T.S.U. y auxiliares de Enfermería laborando en los 4 turnos de trabajo.
Sobre todo el desempeño de la enfermería Psiquiátrica en este servicio implica un alto grado de responsabilidad, se debe realizarse en forma competente y segura, ya que la enfermera puede ser legalmente responsable de sus actos, en caso de producirse un daño o sufrimiento innecesario, siendo razonable y prudente, de acuerdo con las circunstancias; cuanto más conocimientos y experiencias tenga, mayor deberá ser la responsabilidad
Los cuidados Integrales al paciente psiquiátrico comprenden una serie de actividades que van desde el ingreso del paciente al servicio, la mayoría de ellos con conductas agresivas según su diagnostico de ingreso, el cual es de gran importancia poner en práctica las habilidades y destrezas propias del manejo de este tipo de paciente, que van desde el abordaje del paciente donde este formula una serie de preguntas relacionadas con su estadía en el servicio y la separación temporal de su entorno familiar, junto con esto se presenta la atención que le debemos dar al familiar que lleva consigo la carga emocional del estado del paciente.
Luego que el paciente ingresa al servicio se lleva a cabo una rutina que consta de; retirar todo tipo de objetos de valor, y/o contundentes, el cual son entregados al familiar directo, se le orienta en cuanto a las normas del servicio, se le suministra lencería y ropa desechable, se le administra tratamiento según indicaciones medicas, rutina diaria; existen casos donde es necesario poner en práctica la contención química o mecánica, tomando en cuenta como relevancia la seguridad del paciente, del personal de salud, y la de los otros paciente, así mismo que no se escapen del servicio.
En varias oportunidades se han presentado quejas y reclamos por parte de los familiares de las(o) pacientes, donde manifiestan conductas anti éticas y presunta violación de los derechos de los paciente. Aparte de la poca motivación que existe en el personal de enfermería ajeno al servicio para laborar con pacientes que presentan patologías psiquiátricas, así como el desconocimiento del marco legal de la profesión.
Todo esto nos lleva a formular las siguientes interrogantes:
Cuales serian las implicaciones éticas y legales de la enfermero(a) en el cuidado y manejo del paciente psiquiátrico?
Cuáles son los deberes y derechos de la enfermera(o)?
Cuál es la intervención de la enfermera(o) en las implicaciones éticas y legales en el cuidado del paciente psiquiátrico?
Objetivos de la Investigación
Objetivo General.
Analizar las implicaciones éticas y legales en los cuidados de la Enfermera (o) en la sala de hospitalización de Psiquiatría masculino del Hospital Militar Dr. Carlos Arvelo, Caracas.
Objetivos Específicos:
Identificar las implicaciones éticas y legales en el cuidado del paciente psiquiátrico.
Describir los deberes y derechos de la enfermera(o).
Analizar las implicaciones éticas y legales de la enfermera(o) en el cuidado del paciente psiquiátrico.
Recomendar la elaboración de un manual de normas éticas en la intervención de la enfermera(o) en el cuidado del paciente psiquiátrico.
JUSTIFICACIÓN
Los avances tecnológicos en el campo de la salud, nos muestran que el profesional de enfermería debe tener incorporado en su ejercicio profesional principios éticos, visión humanística, conocimientos básicos de las leyes, un sentido de responsabilidad que lo capaciten para prestar una atención integral adecuada.
Durante la atención de enfermería se presentan escenarios que implican derechos, deberes y obligaciones del profesional, tanto para sus pacientes, colegas y público en general. Es conveniente que los Profesionales de Enfermería que laboran en la sala de hospitalización de Psiquiatría masculino del Hospital Militar Dr. Carlos Arvelo, en Caracas. Conozcan y razonen sobre la ley que rige su profesión, el código Deontológico para así prestar una atención integral enmarcada en los principios y normas legales de nuestro ordenamiento jurídico vigente
Por ello que es necesario identificar las implicaciones éticas y legales que tienen estos profesionales, lo cual permitirá orientar o reforzar la información que estos manejan sobre el aspecto anteriormente mencionado. El concepto de profesional incluye responsabilidad legal y moral en cuanto a los actos que realicen.
En este orden de ideas, este estudio intenta beneficiar a otros colegas que ejercen su profesión sin la información necesaria, que pueden manejar a través de la multiplicación y divulgación de este tema, y los impulse a la búsqueda de información. Desde el punto de vista metodológico sirve como aporte a otros profesionales que indagan todo lo referido al tipo de Investigación Descriptiva de Campo.
Con este estudio se pretende alcanzar que las entidades encargadas Colegio de Enfermeras y la Federación de Colegio de Enfermeras realicen la promoción divulgación a todas las universidades y Departamentos de Psiquiatría del país de las implicaciones éticas y legales en la atención de pacientes con patología psiquiátrica.
CAPÍTULO II
MARCO TEÓRICO
El marco teórico es una descripción detallada de cada uno de los elementos teóricos que serán directamente utilizados en el desarrollo de la investigación. Es de suma importancia para la sustentación de la investigación a realizar, puede ser definido como el compendio de una serie de elementos conceptuales que sirven de base a la indagación por realizar.
ANTECEDENTES DE LA INVESTIGACIÓN
Ochoa Ynes y Pérez R. Iris (2006) Nivel de
conocimiento sobre la ley de ejercicio profesional de la enfermería en los estudiantes del sexto y décimo semestre del lapso II del programa de enfermería de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado
Los estudiantes de enfermería de la Universidad Centroccidental Lisandro Alvarado reciben una formación integral, recibiendo amplios conocimientos, aprendiendo técnicas,
teorías, procedimientos complejos para el abordaje del proceso salud-enfermedad. Con el propósito de determinar el conocimiento que reciben estos futuros profesionales en relación a la Ley de Ejercicio Profesional de la Enfermería se desarrollo una investigación de tipo Descriptiva de corte Transversal para lo cual se aplicaron encuestas estructuradas a 36 estudiantes del sexto y décimo semestre de enfermería. Los resultados indican que existe un nivel medio de conocimientos de dicha ley, sin embargo en la dimensión de deberes y derechos existe un bajo nivel de conocimientos. Se recomienda revisar la formación de pre-grado e incluir tópicos de tipo legal en lo concerniente l ejercicio de la carrera.
Al recolectar y analizar toda la información que se obtuvo en el presente trabajo de investigación, es importante resaltar que aunque los sujetos de investigación conocen acerca del tema estudiado ubicándose un 75% en un nivel de conocimiento medio; es preocupante que en tópicos tan importantes como los Deberes y Derechos se ubiquen en un nivel de conocimiento bajo, es decir, que sobre las obligaciones y los derechos que establece la ley no se tiene conocimiento lo que representa un gran factor de riesgo para estos futuros profesionales que se dirigen al campo laboral.
Partimos de aquí, que es necesario ofrecer a estos futuros profesionales la información que les permita conocer y analizar la Ley que ampara su ejercicio profesional, para así lograr cada día más la búsqueda de nuevas estrategias que fortalezcan el conocimiento, independencia y liderazgo de la profesión.
Mari cruz galán (2002) implicaciones legales de la enfermería en psiquiatría y salud mental
Conocer las leyes que regulan y afectan nuestra práctica profesional es algo necesario para, por un lado asegurar que las decisiones y acciones de la enfermera son coherentes con los principios legales existentes y por otro lado, para proteger la responsabilidad propia de la enfermera.
Las enfermeras que desarrollan su trabajo en salud mental saben que las personas que se encuentran a su cuidado tienen, tanto desde el punto de vista ético, como legal, una serie de derechos inviolables y la obligación de respetarlos. El comportamiento ético se basa en el sentido de la responsabilidad de cada enfermera hacia sus pacientes y su juicio para determinar cuál es la conducta más apropiada. La enfermera de cualquier campo de la salud y en concreto la que trabaja en salud mental, debe tener en cuenta la importancia de la relación enfermera-paciente, que debe estar guiada principalmente por el respeto y orientada hacia el bienestar y la integridad del usuario.
La enfermera de salud mental se encuentra a menudo con situaciones que le hacen reflexionar sobre el sentido ético de sus actuaciones
Defensoría del Pueblo (Anuario 2001) El mismo se constituye en una unidad coherente desde el punto de vista lógico y metodológico, que se erige a su vez en fuente documental primaria y directa de investigación. En él se compilaron, sistematizaron y analizaron los datos registrados por la propia institución a fin de facilitar el conocimiento y la comprensión del contexto de los derechos humanos en la República Bolivariana de Venezuela. Los datos analizados tienen su registro documental en las 26 oficinas de la Defensoría del Pueblo, establecidas en todos los Estados del país, de modo que pueden ser comprobados por cualquier autoridad o ciudadano que así lo requiera.
Desde la perspectiva de salud integral trabajada por la Defensoría del Pueblo, el derecho a la salud de los pacientes psiquiátricos ha sido tratado a partir de herramientas que permitan elevar la calidad de vida de estos pacientes, su bienestar colectivo y el acceso de los mismos a los servicios dispensadores de atención médica psiquiátrica, medicina integral, y por supuesto, su inclusión en la dinámica social que les permita trabajar, estudiar e integrarse a la familia, a la comunidad y a la sociedad.
Para ello, esta Defensoría desarrolló un marco teórico y jurídico, fundamentado en los derechos del paciente psiquiátrico desde la perspectiva de derechos humanos, el cual sugiere una reestructuración no solo en la atención médica psiquiátrica, sino también del tradicional paradigma médico, que ha acompañado hasta ahora el tratamiento de estos pacientes. La defensa y protección eficaz de los derechos humanos de los pacientes, como ciudadanos sujetos de derecho, es la base fundamental para concebir una organización de la atención médica psiquiátrica de nuevo tipo y una planificación de las políticas públicas en la materia, que aborde las soluciones a la problemática estructural.
BASES TEÓRICAS
La enfermería es el conjunto de actividades profesionales con un cuerpo de conocimientos científicos propios, desarrollados dentro de un marco conceptual destinados a el cuido de la salud del individuo, familia y comunidad, tomando en cuenta la promoción de la salud y calidad de vida, la prevención de la enfermedad y la participación de su tratamiento, incluyendo la rehabilitación de la persona, independientemente de la etapa de crecimiento y desarrollo en que se encuentre, debiendo mantener al máximo, el bienestar físico, mental, social y espiritual del ser humano.
La intervención de enfermería en el manejo del paciente psiquiátrico se divide en las medidas generales que deben ser aplicadas con todos los pacientes y las medidas específicas de acuerdo con el cuadro clínico de la enfermedad.
Debido a los trastornos Psiquiátricos que con mayor frecuencia se presentan en el servicio, se hace necesario el abordaje inmediato de estos pacientes, en forma oportuna y acertada por parte del personal de enfermería
La enfermera de cualquier campo de la salud y en concreto la que trabaja en Psiquiatría, debe tener en cuenta la importancia de la relación enfermera-paciente, que debe estar guiada principalmente por el respeto y orientada hacia el bienestar y la integridad del usuario.
La Ética proporciona estándares profesionales para las actividades, los mismos protegen tanto a la Enfermera como al paciente.
IMPLICACIONES ÉTICAS EN EL CUIDADO DEL PACIENTE
La Moral es un conjunto de normas que regulan el comportamiento de los seres humanos en sociedad, que son aceptadas en forma libre y consciente por un individuo. La ética es una ciencia normativa, ya que se ocupa de un ideal, es decir, no con lo que la conducta humana es, sino con lo que debe ser determina que es lo correcto y lo incorrecto.
Si obras “de acuerdo con la ética” se corresponde a obrar de acuerdo a un código definido de antemano; si me aparto de la norma constituye una actitud o un comportamiento no ético.
La Bioética es la ciencia que estudia los problemas éticos que surgen en la aplicación de la ciencia y la técnica en los ámbitos de la salud. Los principios de la Bioética son las normas básicas que deben guiar la práctica profesional de las ciencias de la salud.
Bioética y principios éticos
· Beneficencia: hacer el bien atención de calidad mantener la competencia y desempeño profesional
· No-Maleficencia: no hacer el mal.
· Autonomía: aceptación del paciente como persona responsable y libre para tomar decisiones consentimiento informado información consentimiento
· Justicia: distribución equitativa de bienes dar a cada quien lo suyo. No derrochar recursos. el paciente es primero. Atender al más necesitado. Conseguir lo más adecuado para realizar las acciones de enfermería con independencia del status social.
· Fidelidad: cumplimiento de las obligaciones y compromisos contraídos con el paciente a su cuidado. Secreto profesional es la obligación de guardar reserva sobre la información que atañe al paciente que se atiende, mientras éste no autorice a divulgarla.
· Veracidad: decir la verdad comunicación de errores. Las mentiras piadosas al paciente. Ocultar el error de un colega.
· El centro de interés profesional es el cuidado de la persona (ser bio-psico-social)
Los Principios bioéticos y la Relación enfermera-paciente
Antes de iniciar la atención a cada paciente, responde a las siguientes preguntas:
-¿Cómo puedo mitigar su sufrimiento?
-¿Qué es lo mejor para proporcionarle la óptima calidad de vida, en correspondencia con su estado?
-¿Qué haría yo si este paciente fuera mi familiar?
-¿En qué puedo ayudar o apoyar a esta vida
IMPLICACIONES ÉTICAS MÁS COMUNES EN LA PRÁCTICA DIARIA
•Falta de información al paciente y a la familia.
•Omisión terapéutica intencionada.
•Confidencialidad de datos: divulgar información.
•Falta de solidaridad y equidad.
•Registros incompletos, ausentes o pobres.
•Autoritarismo terapéutico.
•Falta de seguridad para el paciente.
•Decisión subjetiva más que racional y técnico.
•Abandono del paciente.
•Rutinización, desactualizadas en conceptos y tecnología.
•Atención no siempre equitativa.
•Desconocimiento de Código Deontológico y la Ley de Ejercicio Profesional.
•Falta de respeto a la persona, atentando contra su identidad e intimidad.
•Prácticas inmorales, ilegales e ilícitas.
•Ausencia de denuncias por malpraxis.
•Desensibilización ante el dolor humano.
•Desarrollo del trabajo individual, no en equipo.
CARACTERÍSTICAS DEL COMPORTAMIENTO ÉTICO DE LA ENFERMERA
•Identificación con su profesión.
•Vocación de servicio.
•Habilidades para la interrelación humana.
•Conocimiento actualizado.
•Habilidad y destreza en los procedimientos.
•Conciencia ética para la toma de decisiones.
•Espíritu innovador y creativo.
•Liderazgo.
El Comportamiento ético de la Enfermera está basado en el respeto por la vida, la dignidad y los derechos del ser humano y son las condiciones esenciales que debe poseer todo profesional de la Enfermería.
CÓDIGO DEONTOLÓGICO DE ENFERMERÍA:
El Código Deontológico de Enfermería encierra un conjunto de deberes, derechos, normas éticas y morales que debe conocer el profesional de enfermería para aplicarla a la práctica diaria, que son de obligatorio cumplimiento para los profesionales de enfermería en su vida pública y privada.
La máxima defensa de los profesionales es el bienestar social, implícito en el fomento y preservación de la salud, en el respecto a la vida y a la integridad del ser humano. Para esto deben mantenerse actualizados mediante asistencia a jornadas, talleres, seminarios y congresos. Cumplir sus funciones con elevado espíritu de responsabilidad tomando en cuenta lo específico en el Código Deontológico de Enfermería.
La relación enfermera-paciente estará fundamentada en el respecto a la dignidad humana, como son la responsabilidad y el secreto Profesional, como lo estipulan las normas y condiciones morales que acompañan la actividad que realizan los Profesionales de Enfermería y deben ejercer con libertad las normas y criterios científicos que le permitan precisar la atención adecuada en cada tipo de enfermo. Sin discriminaciones personales colectivas, religiosas o políticas.
DEBERES DEL PROFESIONAL DE ENFERMERÍA (Código Deontológico)
· Las relaciones interpersonales del profesional de enfermaría con el usuario, deben ser estrictamente profesionales, efectuándose dentro de un clima de confianza y respeto mutuo.
· El Profesional de Enfermería al proporcionar los cuidados al usuario deberá tratarlo en forma holística (biológica, psicológica, y social).
· El profesional de Enfermería tendrá la obligación de dar a conocer al usuario su nombre y responsabilidad dentro del equipo da salud.
· El Profesional de Enfermería reconocerá que sus deberes se extienden a la familia del usuario, cuyos derechos siempre subordinados a los del enfermo han de ser rigurosamente respectado y protegidos.
· El Profesional de Enfermería debe recordar que tiene la obligación de informar, adecuadamente a los familiares durante todo el proceso de la enfermedad dentro de los limites de sus competencias y deberes del enfermo.
· El Profesional de Enfermería está en la obligación de defender y respectar las deudas del enfermo en fase terminal derivados del concepto de muerte y la manera de asumirla
· Todo profesional de Enfermería en razón de su ejercicio deberá mantener el secreto profesional; es importante para protección, amparo, salvaguarda y honor del usuario.
DERECHOS DE LOS PACIENTES (Código Deontológico)
· El enfermo tiene derecho a:
· Ser tratado con respecto y dignidad, el ambiente de su ubicación debe reunir higiene y confort.
· Atender la solicitud del enfermo de acuerdo a su religión.
· Recibir una atención de elevada calidad por el profesional de Enfermería y demás miembros del equipo de salud.
· Ser informado sobre cualquier procedimiento que debe realizarse para confirmar diagnostico.
· Dar su consentimiento previo a la aplicación de cualquier procedimiento diagnostico o terapéutico y respetar su decisión.
· Que sean respectadas las confidencias acerca de su estado de salud.
· Solicitar explicación sobre los honorarios a pagar y exigir montos adecuados ante la ley.
LEY DEL EJERCICIO PROFESIONAL DE LA ENFERMERÍA
El objeto de la Ley es regular el ejercicio de la enfermería según las disposiciones, Reglamento, las normas de ética profesional, los acuerdos, tratados, pactos y convenciones suscritos por la República sobre la
materia.
El ejercicio de la enfermería, es cualquier actividad que propenda a:
1. El cuido de la salud del individuo, familia y comunidad, tomando en cuenta la promoción de la salud y calidad de vida, la prevención de la enfermedad y la participación de su tratamiento, incluyendo la rehabilitación de la persona, independientemente de la etapa de crecimiento y desarrollo en que se encuentre, debiendo mantener al máximo, el bienestar físico, mental, social y espiritual del ser humano.
2. La práctica de sus funciones en el cuidado del individuo, donde ésta se sustenta en una relación de interacción humana y social entre el o la profesional de la enfermería y el o la paciente, la familia y la comunidad. La esencia del cuidado de enfermería está en cuidar, rehabilitar, promover la salud, prevenir y contribuir a una vida digna de la persona.
3. Ejercer sus funciones en los ámbitos de
planificación y ejecución de los cuidados directos de enfermería que le ofrece a las familias y a las comunidades.
4. Ejercer las prácticas dentro de la dinámica de la docencia e investigación, basándose en los principios científicos, conocimientos y habilidades adquiridas de su formación profesional, actualizándose mediante la experiencia y educación continua.
DE LOS DEBERES DE LOS O LAS PROFESIONALES DE LA ENFERMERÍA
1. Respetar en toda circunstancia la vida y a la persona humana, como el deber principal del enfermero o enfermera.
2. Asistir a los usuarios y usuarias, atendiendo sólo a las exigencias de su salud, sin discriminación en la raza, el sexo, el credo, la condición social o política.
3. Actuar en forma acorde con las circunstancias y los conocimientos científicos que posean los enfermos o las enfermas en estados de inconsciencia y de urgencia de la salud que pueden constituir evidente peligro para la vida de éstos.
4. Prestar su colaboración a las autoridades en caso de epidemias desastres y otras emergencias.
5. Proteger al o la paciente, mientras esté a su cuidado, de tratos humillantes o cualquier otro tipo de ofensas a su dignidad como ser humano.
6. Ejercer su profesión con responsabilidad y eficacia cualquiera que sea su ámbito de acción.
7. Mantenerse actualizado con relación a los avances científicos, vinculados con el ejercicio profesional de la enfermería.
SON DERECHOS DE LOS O LAS PROFESIONALES DE LA ENFERMERÍA:
1. Emitir opinión, elegir y ser elegidos en la dirección y funcionamiento de la Federación de Colegios de Profesionales de la Enfermería de Venezuela, Colegios de Profesionales de la Enfermería Seccionales, según se determine reglamentariamente.
2. Realizar todos los cursos que consideren necesarios para mayor capacitación y actualización profesionales. Los organismos empleadores darán las facilidades para hacerlo, siempre y cuando no se ponga en peligro la atención del usuario y usuarias.
3. Concursar para optar a cargos y ascensos según las normas establecidas por los organismos competentes.
4. Asistir a eventos científicos, tales como, convenciones, congresos y otros, siempre y cuando, su ausencia al centro de trabajo no ponga en peligro la atención a los usuarios y usuarias.
5. Organizarse en redes intersectoriales para ejercer el derecho a la participación y control social, sin ninguna restricción ni discriminación, a nivel nacional, estadal, municipal y local, en la formulación de la gestión, políticas, planes y programas, así como, en el seguimiento, evaluación y control de sus beneficios.
COLEGIOS PROFESIONALES DE ENFERMERÍA
La finalidad fundamental del Colegio de Profesionales de la Enfermería es:
1. Supervisar el ejercicio profesional de la enfermería.
2. Honrar y enaltecer, por todos los medios a su alcance, el prestigio de la profesión de la enfermería.
3. Velar por el cumplimiento del Código de Ética, por parte de sus miembros.
4. Defender los intereses gremiales y profesionales de sus miembros, ante cualquier amenaza, maltrato o discriminación que por razones raciales, políticas, religiosas, sociales o de otra índole sean objeto en el ejercicio de sus funciones.
5. Velar por los intereses generales y, en especial, por la dignidad, los derechos y el mejoramiento de sus miembros.
6. Garantizar, junto a otras instancias oficiales competentes, la idoneidad y capacidad de los o las profesionales en el ejercicio de sus funciones.
Entre sus objetivos esta:
1. Representar legalmente los derechos o intereses gremiales y profesionales de sus miembros ante los organismos públicos y privados de su jurisdicción.
2. Fomentar la solidaridad gremial y profesional.
3. Propiciar las condiciones que aseguren el desarrollo profesional de sus miembros.
Todo aquello que llegare a conocimiento del profesional de la enfermería con motivo o en razón de su ejercicio, no podrá darse a conocer y constituye el secreto profesional. El secreto profesional es inherente al ejercicio de la enfermería y se impone para la protección del enfermo o enferma y la familia, el amparo y salvaguarda del honor de la profesión de la enfermería y de la dignidad humana.
El secreto profesional es inviolable, y el o la profesional de la enfermería está obligado a guardarlo. Igual obligación y en las mismas condiciones se impone a los estudiantes de enfermería.
El secreto profesional será cumplido por todos los profesionales de Enfermería y solo pueden dar información en los siguientes casos:
.-Cuando sea ordenado por mandato de ley.
.-Cuando por autorización del usuario, el profesional de Enfermería pueda revelarlo.
.-Cuando se denuncian enfermedades infectocontagiosas ante las autoridades sanitarias.
.-Cuando hay que preservar el honor y la vida del enfermo.
LAS PROHIBICIONES CONTEMPLADAS EN LEY DEL EJERCICIO PROFESIONAL DE LA ENFERMERÍA SON:
1. Someter a los o las pacientes a procedimientos o técnicas que entrañen peligro a la salud sin su consentimiento.
2. Ejecutar, propiciar, inducir o colaborar directa o indirectamente en prácticas que signifiquen menoscabo de la dignidad humana.
3. Delegar en personal no capacitado, facultades, funciones o atribuciones específicas de su profesión o actividad.
4. Publicar anuncios relacionados con la profesión de la enfermería, que induzcan a engaño al público.
5. Actuar bajo relación de dependencia técnica o profesional de quienes sólo estén capacitados para ejercer la enfermería en el nivel auxiliar, a excepción de los casos previstos en esta Ley o en su Reglamento.
LAS SANCIONES ESTABLECIDAS EN LEY DEL EJERCICIO PROFESIONAL DE LA ENFERMERÍA SON:
1. De carácter disciplinario.
2. De carácter administrativo.
3. De carácter penal.
Las sanciones disciplinarias son las siguientes:
1. Amonestación escrita.
2. Exclusión o privación de honores, derechos y privilegios de carácter gremial o profesional.
Las sanciones administrativas son las siguientes:
1. Multa de diez unidades tributarias (10 U.T.) a cincuenta unidades tributarias (50 U.T.).
2. Suspensión del ejercicio profesional de la enfermería hasta por dos años.
Las sanciones disciplinarias y las administrativas se aplicarán sin perjuicio de la responsabilidad civil o penal a que haya lugar, como consecuencia de la acción, omisión, impericia, imprudencia o negligencia en el ejercicio profesional.
Son competentes para la aplicación de las sanciones disciplinarias, los Tribunales Disciplinarios de los Colegios de Profesionales de la Enfermería, la Federación de Colegios de Profesionales y el Ministro con competencia en materia de salud, o el funcionario a quien éste autorice expresamente mediante resolución especial.
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y DERECHOS HUMANOS.
La Constitución es la norma suprema, rectora del ordenamiento jurídico venezolano, cuyo esquema resulta de un alto y eminente contenido social donde los derechos Humanos tienen un lugar destacado.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos adoptada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) en 1948 en varios de sus artículos establece el derecho a la salud, especialmente en el Artículo 25:
“Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios”.
Como otros derechos humanos universalmente consagrados, el de la salud es un derecho constitucional en nuestro país. El texto del Artículo 83 de la vigente Constitución, así lo establece:
“La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El Estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la protección de la salud, así como el deber de participar activamente en la promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley, de conformidad con los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República.”
La definición de Derecho Humano, es todo aquello inherente a la persona humana y a la dignidad del ser. Lleva consigo un concepto de Salud Mental.
El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos.
De las Memorias de la Conferencia Regional para la Reestructuración de la Atención Psiquiátrica, realizada en Caracas, entre el 11 y 14 de Noviembre de 1990, podemos extraer los Derechos básicos de los pacientes psiquiátricos:
Derecho del enfermo mental a ser tratado en todo momento con la solicitud, el respeto y la dignidad propios de su condición de persona.
- Derecho a no ser calificado como enfermo mental ni ser objeto de diagnósticos o tratamientos en esa condición, por razones políticas, sociales, raciales, religiosas u otros motivos distintos o ajenos al estado de su salud mental.
- Derecho a recibir la mejor atención y tratamiento apropiados y menos restrictivos, según las más elevadas normas técnicas y éticas.
- Derecho a ser informado sobre su diagnostico y el tratamiento más adecuado y menos riesgoso, y de prestar y revocar su consentimiento para ejecutarlo.
- Derecho a no ser objeto de pruebas clínicas experimentales sin su consentimiento informado.
- Derecho a que sus antecedentes personales y fichas e historias clínicas se mantengan en reserva y a tener acceso a esa información.
- Derecho a recibir o rechazar auxilio espiritual o religioso, de libertad de conciencia y religión.
- Derecho a recibir educación y capacitación adecuada a su estado.
- Derecho a trabajar y a recibir la remuneración correspondiente.
- Derecho a la personalidad civil y a que su incapacidad para ejercer derechos sea determinada por un tribunal a través de un procedimiento establecido por la ley al efecto.
- Derecho a que en caso de ser inculpado por algún delito u otra infracción criminal, su responsabilidad o imputabilidad se determinen por un tribunal de justicia, según las reglas del debido proceso, en un procedimiento que considere el estado de su salud, con la intervención de profesionales expertos en calidad de peritos.
- Derecho a un recurso eficaz ante un tribunal y mediante un procedimiento simple y expedito fijado por la ley para reclamar de toda acción u omisión que desconozca o lesiones sus derechos.
- Derecho a no ser discriminado ilegalmente en el goce y ejercicio de sus derechos, en atención al estado de su salud.
RESPONSABILIDAD DERIVADA DEL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN DE ENFERMERÍA
La responsabilidad significa disposición y diligencia en el ejercicio de las competencias, funciones y tareas encomendadas, tomar la iniciativa de ofrecerse a realizarlas, así como la permanente disposición a rendir cuentas y a asumir las consecuencias de la conducta, sin excusas de ninguna naturaleza, cuando se requiera o juzgue obligante.
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
Se deriva del carácter que se puede tener como funcionario o al servicio de un ente público.
Por lo general, la enfermera de psiquiatría se hace responsable de la atención del paciente cuando obtiene un puesto en un servicio asistencial, es decir, cuando depende de un empleador. En este caso, la enfermera asume deberes con respecto a los pacientes a través de un convenio laboral; en la práctica privada, la enfermera asume deberes a través de una relación directa enfermera-paciente.
La enfermera conviene en proporcionar asistencia a cambio del salario y los beneficios aportados por el empleador. La atención de un grupo de pacientes forma parte del trabajo. Esta relación trae aparejadas obligaciones, responsabilidades y derechos de naturaleza legal.
En cuanto a los cuidados del paciente las responsabilidades de la enfermera de psiquiatría comprenden:
1, Prestar atención segura y competente.
2.- Prestar atención de acuerdo con estándares legales.
3.- Practicar la asistencia de manera que salvaguarde los derechos del paciente.
4.- Evitar la violación de los derechos del paciente y de otras leyes.
Estas responsabilidades demandan que la enfermera de psiquiatría conozca el nivel esperado de atención, lo proporcione de un modo racional según las circunstancias y comprenda las leyes que afectan su ejercicio.
RESPONSABILIDAD CIVIL
El ejercicio de la enfermería está gobernado por muchos conceptos legales. Es importante para las enfermeras conocerlos ya que son responsables de sus juicios y acciones profesionales. El conocimiento de las leyes que regulan y afectan al ejercicio de la enfermería es necesario por tres razones:
1.- Para asegurar que las decisiones y acciones de la enfermera sean coherente con los principios legales actuales.
2.- Para asegurar la seguridad pública y la protección de los derechos del individuo.
3.- Para proteger a la enfermera de responsabilidades.
Las enfermeras pueden comprometer su responsabilidad cuando al realizar actos propios de su profesión, se producen daños en la integridad física o moral de los pacientes que han estado bajo su cuidado. Esta responsabilidad, tiene diversas esferas.
Es decir, por un acto propio de la profesión de enfermería que haya ocasionado un perjuicio material o moral a un paciente, las enfermeras pueden ser juzgadas ante la jurisdicción civil, penal, contenciosa administrativa, o ser sujetas a un proceso disciplinario.
En los siguientes párrafos, nos ocuparemos de una de estas esferas de la responsabilidad, como lo es la responsabilidad civil.
El Código Civil en su Artículo 1.185 establece:
El que con intención, o por negligencia o por imprudencia, ha causado un daño a otro, está obligado a repararlo. Debe igualmente reparación quien haya causado un daño a otro, excediendo, en el ejercicio de su derecho, los límites fijados por la buena fe o por el objeto en vista del cual le ha sido conferido ese derecho.
La responsabilidad civil, es aquella que surge como consecuencia del deber que tienen todos los ciudadanos de asumir la obligación de reparar los daños que hayan ocasionado con su conducta. Esta responsabilidad, se concreta en una indemnización de perjuicios la cual se materializa en una suma de dinero, que debe ser pagada por el profesional si ese fuera el caso.
LA RESPONSABILIDAD PENAL:
Es la Responsabilidad que se origina cuando una persona incurre en una conducta indebida que está tipificada (plasmada) en la Ley como Delito, Trae como consecuencia la aplicación de una pena que también está establecida en la ley.
CONCEPTO DE CULPA:
Es la voluntaria omisión de diligencia en calcular las consecuencias posibles y previsibles del propio hecho.
La culpa es la reprochable actitud consciente de la voluntad que determina la verificación de un hecho típico y antijurídico por omisión del deber de cuidado que le era exigible al agente de acuerdo con sus condiciones personales y las circunstancias en que actúa.
En el caso de las enfermeras, es ésta la modalidad que se puede presentar, porque cuando como consecuencia de un acto de la enfermería se produce una lesión o la muerte de un paciente, no es porque ella hubiese actuado con esa intención, sino porque a pesar de que pretendió mejorar su salud, por culpa se produce un resultado dañoso para éste.
La culpa se genera por cuatro factores a saber:
· LA IMPRUDENCIA, Se presenta cuando hago algo que no debí realizar, lo cual genera consecuencias nocivas.
· LA NEGLIGENCIA. Es una omisión, Se presenta cuando dejo de hacer algo que tenía la obligación de realizar y que conlleva la producción de consecuencia nociva.
· LA IMPERICIA. Es la falta de conocimiento de una determinada ciencia o arte.
· INOBSERVANCIA DE REGLAMENTOS: No observar las normas jurídicas de la actividad (legislación vigente del ejercicio profesional, etc.), así como también las normas éticas aceptadas por los Colegios y Organizaciones profesionales (código de ética, código deontológico, etc.)
Los elementos de la culpa son los siguientes:
1) la acción u omisión que realiza el sujeto sea voluntaria.
2) El sujeto, por tanto, no debe haber tenido la intención de realizar el hecho constitutivo de delito
3) Que sea contrario a las normas o reglas de conducta que imponen al hombre. Contrario a Derecho.
La conducta de la enfermera es culposa, cuando en ella concurren a su vez alguno o algunos de los siguientes factores: la impericia, la negligencia, la imprudencia o la violación de reglamentos. Estos delitos están establecidos en el Código Penal.
La imprudencia se configura cuando la enfermera actúa injustificadamente en forma apresurada, sin realizar un juicio previo respecto de los posibles resultados que comporta el acto de enfermería cuestionado. Un ejemplo de imprudencia se observa en el caso de una enfermera quien por necesidad del servicio debe aplicar una inyección de penicilina a un paciente, omite la realización de la prueba de sensibilidad previa a dicha aplicación y luego de aplicar este medicamento el paciente presenta una reacción anafiláctica y fallece.
La negligencia se presenta cuando la enfermera no despliega la conducta que le era exigible dados sus conocimientos y posibilidades frente al acto de enfermería en cuestión. La negligencia ocurre en el caso en el cual, la profesional de la enfermería, teniendo los conocimientos necesarios para la realización de un procedimiento determinado y estando posibilitada materialmente para realizarlo, no lo hace.
Un ejemplo de negligencia se presenta en el caso de una enfermera que teniendo conocimiento de la necesidad de un medicamento requerido para la prestación adecuada del servicio de salud, por haber recibido una orden médica al respecto y sabiendo de la disponibilidad del mismo en la farmacia, no lo reclama y por la carencia de ese medicamento, ocurre un daño que hubiese podido ser evitado con la administración de ese medicamento.
La impericia se presenta cuando la enfermera realiza un acto de enfermería sin tener los conocimientos, la habilidad o la experiencia necesaria para llevar a cabo en forma adecuada el tratamiento o el cuidado requerido. En principio, la pericia se presume gracias a la acreditación de idoneidad que comporta el título profesional; sin embargo, dada la naturaleza evolutiva del conocimiento científico, la enfermera debe acreditar su idoneidad mediante la realización de cursos, seminarios u otras actividades pedagógicas tendientes a la actualización y perfeccionamiento de sus conocimientos.
Finalmente, la violación de reglamentos se presenta cuando la enfermera por acción u omisión, viola las disposiciones legales y reglamentarias que gobiernan el ejercicio de su profesión y que exigen de ésta un comportamiento específico dentro de un contexto normativo, el cual se haya integrado básicamente por la Ley, por el manual de funciones, por los protocolos y guías de manejo.
Cuando la imprudencia, negligencia, impericia e inobservancia son atribuibles a varias personas cada una responde en la medida de su culpa, la de uno no excusa la del otro, no hay tampoco complicidad. La complicad exige una misma intención criminal
EL DOLO
Consiste en la intención de realizar un hecho antijurídico(contrario a lo que establece la ley) y esta fundamentado por dos elementos como lo son la conciencia o previsión del hecho y la voluntad de hacerlo.
En el código Venezolano establece que son delitos dolosos cuando el resultado no solo se ha previsto sino que se ha querido; y que son delito culposo cuando el resultado aunque se haya previsto, no fue querido por la persona y obra por la imprudencia, negligencia, etc.
DELITO:
Es un acto típicamente antijurídico (contrario a lo que establece la ley), culpable e imputable a un hombre y sancionado por la ley.
Elementos del delito:
· La Acción: Es toda conducta externa, positiva, o negativa, humana, y voluntaria que causa un resultado./cambio en el mundo exterior.
Conducta externa: que se exterioriza, nadie puede ser castigado por sus pensamientos, intensiones, y deseos criminales.
Positiva: Hacer algo que la ley Prohiba, (Accion)
Negativa: Dejar de hacer lo que la ley ordena (Omision)
Humana: proviene del hombre
Voluntaria: Hace libremente, y la posibiliad de hacer y de no hacer
Cambio en el Mundo exterior: Resultado, efecto.
· Tipificidad: cuando el acto cometido encaja perfectamente como delito en la ley
· Antijuricidad:el acto cometido es contrario a derecho
· Imputabilidad atribuir el acto cometido a un sujeto es individualizar, personalizar el delito.
· Culpabilidad: es la reprochabilidad de la conducta de una persona imputable y responsable, que pudiendo haberse conducido de una manera no lo hizo, por lo cual el juez le declara merecedor de una pena.
· Punibilidad: es decir aquella conducta a la que se tiene la posibilidad de aplicar una pena, sanción. por la perpetración de un delito.
DEFINICIÓN DE DELITOS DE ACCIÓN Y DE OMISIÓN.
Como ya mencionamos el delito es la realización de una conducta sancionada por el derecho penal. Esta conducta puede ser una acción o una omisión.
La acción se refiere a la realización de una conducta la cual va a producir un resultado
La omisión a diferencia de la acción es el “no hacer”, es la no realización de la conducta que era necesaria para evita la producción del resultado.
En este caso el autor del delito produce el resultado en virtud de que dejó de realizar la conducta necesaria para evitar el mismo.
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