- Ambiente
- Habitad
- Medio ambiente
- Ecología
- Biodiversidad
- Polución
- Principales industrias contaminantes del ambiente en nuestro país
- Bases constitucionales de los derechos ambientales
- Tratados de cambios climáticos
- Protocolo de Kioto
- Objeto de la Ley penal del ambiente
- Bibliografía
Ambiente
El ambiente es el conjunto de elementos naturales y sociales que se relacionan estrechamente, en los cuales se desarrolla la vida de los organismos y está constituido por los seres biológicos y físicos. La flora, la fauna y los seres humanos representan los elementos biológicos que conforman el ambiente y actúan en estrecha relación necesitándose unos a otros.
Todas las especies vegetales son nuestras aliadas y amigas porque nos proporcionan el oxígeno que necesitamos para respirar. La fauna está conformada por la totalidad de animales que pueblan la tierra, y constituye una base segura de alimentación que nos suministra proteínas y calorías. El ser humano es un integrante más del ambiente y le corresponde relacionarse con los otros elementos en términos de mutua dependencia y complementación, sin convertirse en único beneficiario de la naturaleza.
Entre los elementos físicos que conforman el ambiente se encuentran: el aire, el suelo, el agua y el clima. Las personas tenemos una gran responsabilidad en cuanto al cuidado del entorno para la supervivencia de las generaciones futuras, es por ello que debemos tener una clara noción sobre lo que debemos hacer para conservarlo. Mediante la educación ambiental podemos aprender en qué consiste la conservación y cuáles son las medidas que podemos tomar para proteger el ambiente.
Habitad
En ecología, hábitat es el ambiente que ocupa una población biológica Es el espacio que reúne las condiciones adecuadas para que la especie pueda residir y reproducirse, perpetuando su presencia. Un hábitat queda así descrito por los rasgos que lo definen ecológicamente, distinguiéndolo de otros hábitats en los que las mismas especies no podrían encontrar acomodo. El Día Mundial del Hábitat es el primer lunes de octubre de cada año.
En cada región existen hábitats diferentes que cambian constantemente por el clima o por la influencia humana. En el mundo, hay tipos de hábitats que albergan variadas especies de animales y de vegetación. Para una bacteria, un charco en alguna ciudad puede ser su hábitat, para un león su pradera en el África, también pasando por un oso en una montaña de Norteamérica o una serpiente en un pantano de Asia. Todos éstos son hábitats de varios ecosistemas que pertenecen a un lugar específico, en el cual el clima determina y hace posible que la vida animal y vegetal se reproduzca de una manera particular y estable en la cual se den las condiciones para que la vida se produzca y reproduzca.
El uso del término en ciencias biológicas aparece a comienzos del siglo XX dentro de la comunidad de zoólogos de la época, para denominar el "lebensraum" o habitación de una especie, es decir el espacio donde ésta vive (no confundir el concepto de hábitat con el neologismo lebensraum adoptado en sociología). El concepto naturalista-biológico hace referencia estrictamente al emplazamiento geográfico donde se encuentra determinada especie y a su área de distribución. Podría definirse como el lugar donde un organismo (planta o animal) vive naturalmente.
Medio ambiente
Por medio ambiente se entiende todo lo que afecta a un ser vivo. Condiciona especialmente las circunstancias de vida de las personas o de la sociedad en su vida.1 Comprende el conjunto de valores naturales, sociales y culturales existentes en un lugar y en un momento determinados, que influyen en la vida del ser humano y en las generaciones venideras.
Es decir, no se trata sólo del espacio en el que se desarrolla la vida, sino que también comprende seres vivos, objetos, agua, suelo, aire y las relaciones entre ellos, así como elementos tan intangibles como la cultura. El 5 de junio se celebra el Día Mundial del Medio Ambiente.
En la Teoría general de sistemas, un ambiente es un complejo de factores externos que actúan sobre un sistema y determinan su curso y su forma de existencia. Un ambiente podría considerarse como un superconjunto en el cual el sistema dado es un subconjunto. Puede constar de uno o más parámetros, físicos o de otra naturaleza. El ambiente de un sistema dado debe interactuar necesariamente con los seres vivos.
Estos factores externos son:
Ambiente físico: Geografía Física, Geología, clima, contaminación.
Ambiente biológico:
1. Población humana: Demografía.
2. Flora: fuente de alimentos o productores.
3. Fauna: consumidores primarios, secundarios, etcétera.
Ambiente socioeconómico:
1. Ocupación laboral o trabajo: exposición a agentes químicos, físicos.
2. Urbanización o entorno urbano y desarrollo económico.
3. Desastres: guerras, inundaciones.
Ecología
La ecología (del griego ????? oikos ="casa", y ?ó??? logos=" conocimiento") es la ciencia que estudia a los seres vivos, su ambiente, la distribución, abundancia y cómo esas propiedades son afectadas por la interacción entre los organismos y su ambiente: la biología de los ecosistemas (Margalef, 1998, p. 2). En el ambiente se incluyen las propiedades físicas que pueden ser descritas como la suma de factores abióticos locales, como el clima y la geología, y los demás organismos que comparten ese hábitat (factores bióticos).
La visión integradora de la ecología plantea que es el estudio científico de los procesos que influencian la distribución y abundancia de los organismos, así como las interacciones entre los organismos y la transformación de los flujos de energía y materia1
La ecología es la rama de la Biología que estudia las interacciones de los seres vivos con su medio. Esto incluye factores abióticos, esto es, condiciones ambientales tales como: climatológicas, edáficas, etc.; pero también incluye factores bióticos, esto es, condiciones derivadas de las relaciones que se establecen con otros seres vivos.
Biodiversidad
Biodiversidad o diversidad biológica es, según el Convenio Internacional sobre la Diversidad Biológica, el término por el que se hace referencia a la amplia variedad de seres vivos sobre la Tierra y los patrones naturales que la conforman, resultado de miles de millones de años de evolución según procesos naturales y también de la influencia creciente de las actividades del ser humano.
La biodiversidad comprende igualmente la variedad de ecosistemas y las diferencias genéticas dentro de cada especie que permiten la combinación de múltiples formas de vida, y cuyas mutuas interacciones con el resto del entorno fundamentan el sustento de la vida sobre el planeta. El término «biodiversidad» es un calco del inglés «biodiversity». Este término, a su vez, es la contracción de la expresión «biological diversity» que se utilizó por primera vez en septiembre de 1986 en el título de una conferencia sobre el tema, el National Forum on Bio Diversity, convocada por Walter G. Rosen, a quien se le atribuye la idea de la palabra.
La Cumbre de la Tierra celebrada por Naciones Unidas en Río de Janeiro en 1992 reconoció la necesidad mundial de conciliar la preservación futura de la biodiversidad con el progreso humano según criterios de sostenibilidad o sustentabilidad promulgados en el Convenio internacional sobre la Diversidad Biológica que fue aprobado en Nairobi el 22 de mayo de 1992, fecha posteriormente declarada por la Asamblea General de la ONU como Día Internacional de la Biodiversidad. Con esta misma intención, el año 2010 fue declarado Año Internacional de la Diversidad Biológica por la 61ª sesión de la Asamblea General de las Naciones Unidas en 2006, coincidiendo con la fecha del Objetivo Biodiversidad 2010.
Polución
Es sinónimo de contaminación. Es un concepto legal y se refiere a lo que hace que un medio determinado, generalmente fluido, el agua o la atmósfera, se considere ya inapropiado para determinado uso.
Del latín "polutio" significa mancha por efecto de la humedad o derrame viscoso, aplicándose a la polución nocturna que los varones sufren sobre todo en la pubertad, por derrame o efusión involuntaria de semen durante el sueño. Se aplicó también al sangrado menstrual de las mujeres, vista con sentido negativo y pecaminoso.
El término actualmente es utilizado en Ecología para mencionar con él, a la contaminación atmosférica o hídrica que actúa negativamente en los seres vivos que habitan en la Tierra y en el hábitat en general, alterando en sentido nefasto las condiciones físicas, químicas y biológicas. Los desechos industriales y biológicos, la basura en general, las emanaciones fabriles y del parque automotor, el humo del cigarrillo, son las principales causas de la polución o contaminación del ambiente.
Si bien se aplica sobre todo a la contaminación del aire o de las aguas, también se habla de la polución sonora, que son los efectos negativos que producen los sonidos de mucha intensidad o frecuencia, que incluso pueden llegar a ocasionar sordera, además de altos niveles de stress. Los producen los motores de aviones, de máquinas viales, aparatos de música, etcétera.
La polución visual está dada por todo contaminante visual como carteles de grandes dimensiones con colores y formas llamativos, que en muchos casos pueden distraer especialmente a los conductores y causar accidentes. La polución lumínica puede producir encandilamiento.
Principales industrias contaminantes del ambiente en nuestro país
Venezuela protege el 36,3% (1997) de su territorio, siendo el mayor porcentaje de los países de América. Los vecinos de Venezuela, Colombia, Brasil y Guyana protegen sólo el 9%, el 4,2% y el 0,30%, respectivamente. A pesar de estas medidas proteccionistas, Venezuela está perdiendo parte de sus valiosos bosques tropicales. Entre 1990 y 1995, se eliminaron más de 2,5 millones de hectáreas. Además, la degradación del suelo en las praderas de Los Llanos, derivadas de varios años de sobre pastoreo, se ha convertido en un problema grave. Venezuela está muy industrializada, ya que el 36,4% (2000) de su producto interior bruto (PIB) proviene de la industria. Uno de los principales recursos del país es el petróleo. Los vertidos ocasionales de petróleo han provocado la muerte de peces y el cierre de algunas urbanizaciones costeras en el lago de Maracaibo.
La contaminación industrial también afecta a la costa del mar Caribe, donde vive la mayor parte de la población. La falta de instalaciones para el tratamiento de aguas residuales también ha contribuido a la contaminación de la costa del mar Caribe. En las zonas urbanas, sólo el 71% (2000) de la población tiene acceso a instalaciones sanitarias adecuadas; en las áreas rurales, la cifra baja al 48%.
La contaminación del aire es otro problema de los centros urbanos como Caracas, Maracaibo y Valencia. Venezuela forma parte de tratados internacionales relativos a biodiversidad, cambio climático, especies en peligro de extinción, conservación de la vida marina, contaminación naval, bosques tropicales y humedales.
La contaminación de las aguas. El agua es el elemento más importante del medio ambiente, pues es el más determinante entre todos los que condicionan la distribución de plantas, animales y seres humanos en el globo terrestre. Las aguas continentales constituyen uno de los elementos más afectados por la contaminación. Se considera que el agua está contaminada cuando no es apta para la bebida o el consumo humano, cuando los animales acuáticos no pueden vivir en ella, cuando las impurezas que contiene hacen desagradable o dañino su uso recreativo o cuando no puede destinarse a aplicación industrial alguna.
En las zonas rurales: Es producida por el uso de productos químicos en las actividades agropecuarias en forma no controlada (plaguicidas, fumigaciones o aplicación abusiva de fertilizantes), por derrames de petróleo y el derrame de aguas no tratadas entre otros.
* En los ríos, mares, lagos y océanos: Se produce por el traslado de aguas negras desde las zonas urbanas, del derrame de petróleo, los desperdicios y residuos industriales, la basura acumulada en las orillas de los mares, lagos, océanos y ríos.
* Entre estos, los derrames petroleros representan hoy en día uno de los mayores causantes de contaminación marina. El petróleo derramado se esparce sobre vastas extensiones en forma de una delgada capa que impide que los microorganismos del plancton transformen el gas carbónico del aire en oxigeno, y no pueden ser absorbidos por la atmósfera. La descarga de petróleo y la limpieza de los grandes tranques petroleros, hechas al margen de las leyes internacionales, contaminan también extensas áreas marinas.
Bases constitucionales de los derechos ambientales
La Constitución en su preámbulo señala entre los fines que debe promover la sociedad, la protección del equilibrio ecológico y de los bienes jurídicos ambientales como patrimonio común e irrenunciable de la humanidad. Consecuente con ello, el texto constitucional se caracteriza por desarrollar con la amplitud necesaria, los derechos y deberes ambientales de cada generación, y por reconocer el derecho que ellas tienen a un medio ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. Destaca, en este sentido, la necesidad de mantener un eficaz desarrollo de la seguridad ambiental en las fábricas y complejos industriales.
Así, el Estado, con el objeto de garantizar un desarrollo ecológico, social y económicamente sustentable, protegerá el ambiente, la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica; al tiempo que velará por un medio ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, gocen de especial protección. De igual manera, el Estado desarrollará una política de ordenación del territorio que atienda a las exigencias del desarrollo sustentable, la cual deberá contar con la participación ciudadana.
La Constitución, como marco político y filosófico de la estructura legal venezolana, en su Título III, Capítulo IX, "De los Derechos Ambientales" establece los derechos y deberes de los venezolanos con referencia al mantenimiento de un ambiente "seguro, sano y ecológicamente equilibrado", protegiendo "la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica", estableciendo la obligación del Estado en fomentar la participación comunitaria.
Título III. Capítulo IX: De los Derechos Ambientales
Artículo 127.
Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia.
Es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley.
Artículo 128.
El Estado desarrollará una política de ordenación del territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales, económicas, políticas, de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta y participación ciudadana. Una ley orgánica desarrollará los principios y criterios para este ordenamiento.
Artículo 129.
Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y socio cultural. El Estado impedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, químicas y biológicas. Una ley especial regulará el uso, manejo, transporte y almacenamiento de las sustancias tóxicas y peligrosas. En los contratos que la República celebre con personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, o en los permisos que se otorguen, que afecten los recursos naturales, se considerará incluida aun cuando no estuviera expresa, la obligación de conservar el equilibrio ecológico, de permitir el acceso a la tecnología y la transferencia de la misma en condiciones mutuamente convenidas y de restablecer el ambiente a su estado natural si éste resultara alterado, en los términos que fije la ley.http://www.rena.edu.ve/primeraetapa/Ciencias/queambiente.html
TEMA 2
LEY PENAL DEL AMBIENTE
TEMA 2
LEY PENAL DEL AMBIENTE.
1. IDENTIFICAR LAS ACTIVIDADES ESTABLECIDAS EN LA LEY PENAL DEL AMBIENTE POTENCIALMENTE DAÑINAS Y LA REGULACIÓN EN LA MISMA.
2. TIPOS DE CONTAMINACIÓN
3. TRATADOS DE CAMBIOS CLIMÁTICOS
4. PROTOCOLO DE KIOTO
5. OBJETO DE LA LEY PENAL DEL AMBIENTE
6.ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LA LEY PENAL DEL AMBIENTE
7. SANCIONES A PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS.
TEMA 2
LEY PENAL DEL AMBIENTE.
1. IDENTIFICAR LAS ACTIVIDADES ESTABLECIDAS EN LA LEY PENAL DEL AMBIENTE POTENCIALMENTE DAÑINAS Y LA REGULACIÓN EN LA MISMA.
La Ley Penal del Ambiente venezolana establece sanciones para aquellos que cometan un perjuicio en contra de la naturaleza, pero también se adelanta y tipifica como delito ecológico el hecho de poner en riesgo al ambiente.
Gran parte de la ley está enfocada en el ejercicio empresarial o industrial que pueda ser un riesgo para el ambiente, como el manejo y disposición de desechos tóxicos por posibles daños al subsuelo o las aguas, la extracción desmesurada de los recursos naturales o la emanación de gases contaminantes. Incluso, es deber de las empresas desarrollar campañas educativas para las comunidades aledañas y para sus empleados sobre el respeto al ambiente. "Uno de los puntos distintivos de esta ley es que reconoce la responsabilidad penal de la persona jurídica y no sólo de la natural", indicó Alberto Blanco Uribe, presidente de la Sociedad Venezolana de Derecho Ambiental. El artículo 132 establece: "Las personas jurídicas serán responsables por sus acciones y omisiones por delitos cometidos con ocasión de la contravención de normas o disposiciones contenidas en leyes, decretos órdenes, ordenanzas, resoluciones y otros actos administrativos de carácter general o particular de obligatorio cumplimiento".
Además, esta normativa disminuye la subjetividad al determinar el daño ambiental pues establece "límites de tolerancia, es decir, que no es que cualquiera que bote un poquito de tal sustancia está contaminando, sino que establece cuánto es el máximo tolerable para el ambiente y entonces hay un parámetro para saber cuándo se comete el delito", según explicó Blanco-Uribe. La determinación de cuáles son los limites de tolerancia es responsabilidad del poder ejecutivo (Ministerio del Poder Popular para el Ambiente) y son señalados de manera explícita en el reglamento de la Ley Penal del Ambiente: "También lo llaman la norma técnica, usualmente se mide en partes por millón en metro cúbico de aire, por ejemplo. Eso permite que exista una manera de saber si de verdad cometen o no el delito".
Pero el mayor punto positivo de esta ley, según destacó el especialista en Derecho Ambiental y en Derecho Público, es que establece el "delito de peligro". "Ya no es necesario que se cometa el daño para que se pueda denunciar o aplicar una sanción; el sólo hecho de poner en riesgo a la naturaleza es un delito. Y así debería ser porque lo más importante en estos casos es evitar que se haga daño, porque la recuperación es mucho más difícil de lograr", explicó Blanco-Uribe. Las sanciones, en este sentido, no sólo incluyen el decomiso de las sustancias nocivas o de los recursos extraídos ilegalmente, la privación de libertad y el pago de multas en metálico, sino que también contemplan la obligatoriedad de resarcir el daño, "que muchas veces sale incluso más caro porque son procesos largos y complicados".
Esta ley, creada en enero de 1992, complementa a la Ley Orgánica del Ambiente y su objetivo principal es determinar que se debe considerar como delitos ambientales; generalmente definidos como acciones que violan las reglas establecidas para la conservación, defensa y mejoramiento del ambiente, y establece penalidades criminales para esos delitos. Bajo esta ley, es posible sancionar crímenes ocasionados por unas conductas de negligencia o imprudencia. Aunque las penalidades estipuladas para estas circunstancias serán reducidas a un tercio o la mitad de las penas normales aplicables a los crímenes cometidos con intención.
La ley también crea un sistema de medidas precautelativas para la restitución y reparación, con la finalidad de minimizar el daño ambiental.
PRINCIPALES DELITOS:
– Daño al suelo, vegetación y topografía del paisaje;
– Descarga ilegal de aguas contaminadas;
– Descargas de hidrocarburos en ambientes acuáticos;
– Práctica de actividades prohibidas en áreas protegidas;
– Disposición o abandonamiento de desechos violando estándares;
– Extracción ilegal de minerales no-metálicos; y
– Deforestación de cuencas hidrográficas utilizadas para suplir aguas.
2. TIPOS DE CONTAMINACIÓN
La contaminación es uno de los problemas más grandes que existen en el planeta y el más peligroso, ya que al destruir La Tierra y su naturaleza original, termina por destruirnos a nosotros mismos.
La contaminación es la introducción de agentes biológicos, químicos o físicos a un medio al que no pertenecen. Cualquier modificación indeseable de la composición natural de un medio; por ejemplo, agua, aire o alimentos.
Los tipos de contaminación más importantes son los que afectan a los recursos naturales básicos: el aire, los suelos y el agua. Algunas de las alteraciones medioambientales más graves relacionadas con los fenómenos de contaminación son los escapes radiactivos, el smog, el efecto invernadero, la lluvia ácida, la destrucción de la capa de ozono, la eutrofización de las aguas o las mareas negras. Existen diferentes tipos de contaminación que dependen de determinados factores y que afectan distintamente a cada ambiente. Después de tratar el tema de contaminación en general se tratarán los principales tipos de contaminación:
* Contaminación del agua
Es la alteración de sus características naturales principalmente producida por la actividad humana que la hace total o parcialmente inadecuada para el consumo humano o como soporte de vida para plantas y animales (ríos, lagos, mares, etc.).
Principales causas:
Arrojo de residuos sólidos domésticos e industriales.
Descarga de desagües domésticos e industriales.
Arrojo de aceites usados.
Derrames de petróleo.
* Contaminación del suelo
Es el desequilibrio físico, químico y biológico del suelo que afecta negativamente a las plantas, a los animales y a los seres humanos.
Principales Causas:
Arrojo de residuos sólidos domésticos e industriales.
Arrojo de aceites usados.
Uso indiscriminado de agroquímicos.
Deforestación.
Derrames de petróleo.
Relaves mineros (residuos tóxicos).
* Contaminación del aire
Consiste en la presencia en el aire de sustancias que alteran su calidad y afectan a los seres vivos y al medio en general.
Principales causas:
Humos de los tubos de escape de los carros.
Humos de las chimeneas de las fábricas.
Quema de basuras.
Polvos industriales (cemento, yeso, concentrado de minerales, etc.).
Incendios forestales.
Erupciones volcánicas.
* Contaminación sonora
Consiste en los ruidos molestos provocados por los seres humanos que afectan la tranquilidad y salud de todos los seres vivos.
Principales causas:
Ruido de los coches aviones, helicópteros, etc.
Ruido de motores y máquinas industriales.
Ruido de equipos electrógenos.
Música a alto volumen (polladas, discotecas, etc.).
Explosiones (minería, construcción civil, guerras, etc.).
* Contaminación visual
Es la ruptura del equilibrio natural del paisaje por la gran cantidad de avisos publicitarios o colores que por su variedad e intensidad afectan las condiciones de vida de los seres vivos.
Principales causas:
Exceso de avisos publicitarios e informativos.
Luces y colores intensos
Cambios del paisaje natural por actividades humanas (campamentos petroleros, campamentos mineros, crecimiento de las ciudades, etc.).
* Contaminación térmica
Consiste en el constante aumento de la temperatura promedio de la tierra que está produciendo cambios en el clima, inundaciones, sequías, etc.
Principales causas:
Generación de gases efecto invernadero (CO , CH , CFC, etc.).
Calor emitido por focos y fluorescentes.
Calor emitido por motores de combustión interna.
Calor emitido por fundiciones.
Otros tipos de contaminación
* Contaminación radioactiva. resultado de las actividades en física atómica desde el siglo XX, puede ser resultado de graves desperfectos en plantas nucleares o por investigaciones en bombas nucleares, también por la manufactura y uso materiales radioactivos. (Ver emisores de partículas alfa)
* Contaminación lumínica. incluye la sobre iluminación e interferencia astronómica (que disminuye y distorsiona el brillo de las estrellas o cualquier objeto estelar afectando el trabajo de observatorios y astrónomos), esta contaminación se da durante la noche en cercanías de las ciudades, por esto los observatorios astronómicos importantes se asientan en regiones alejadas de las urbes.
* Contaminación genética; es la transferencia incontrolada o no deseada de material genético (por medio de la fecundación) hacia una población salvaje. Tanto desde organismos genéticamente modificados a otros no modificados, o desde especies invasivas o no nativas hacia poblaciones nativas. La contaminación genética afecta el acervo génico (patrimonio genético) de una población o especie, y puede afectar la biodiversidad genética de una población o especie. Por ejemplo si a los organismos genéricamente modificados (OGM) se les permite reproducirse con organismos no modificados (no-OGM) se producirá la contaminación genética, y como resultado:14 1) Los OGM pueden llevar a los no-OGM a la extinción. 2) Sus genes se pueden mezclar y no podrán mostrar sus características. 3) Y existen posibilidades de que los no-OGM desarrollen habilidades para tolerar los pesticidas y herbicidas lo que generaría una pesadilla para los granjeros.
* Contaminación electromagnética: es producida por las radiaciones del espectro electromagnético generadas por equipos electrónicos u otros elementos producto de la actividad humana, como torres de alta tensión y transformadores, las antenas de telefonía móvil, los electrodomésticos, etc. Esta contaminación puede producir peligros de tres tipos:
1. Peligros eléctricos capaces de inducir una corriente eléctrica o shock eléctrico que pueden dañar personas o animales, sobrecargar o dañar aparatos eléctricos, un ejemplo de esto son las tormentas solares que inducen corrientes eléctricas en el campo magnético de la tierra, en 1994 una tormenta solar afecto a varios satélites de comunicación generando problemas en periódicos y redes de radio y televisión de Canadá.
2. Peligros de incendio en el caso de una fuente de muy alta radiación electromagnética puede producir una corriente eléctrica de tal intensidad que genera una chispa que puede causar incendios en ambientes con combustible como por ejemplo gas natural.
3. Peligros biológicos es ampliamente conocido que el efecto de los campos electromagnéticos pueden causar calentamiento dieléctrico, este efecto es lo que hace funcionar al horno microondas. Por esto una antena que transmite a una alta potencia puede generar quemaduras en las personas muy cercanas a esta. Este calentamiento varia con la potencia y frecuencia de la onda electromagnética. Existen controversias de si la contaminación electromagnética no ionizante produce o no efectos negativos sobre la salud (como el cáncer). Hasta la fecha no se ha podido probar riesgos para la salud.
Tratados de cambios climáticos
a)Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático La Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) fue adoptada en Nueva York el 9 de mayo de 1992 y entró en vigor el 21 de marzo de 1994. Permite, entre otras cosas, reforzar la conciencia pública, a escala mundial, de los problemas relacionados con el cambio climático.
En 1997, los gobiernos acordaron incorporar una adición al tratado, conocida con el nombre de Protocolo de Kyoto, que cuenta con medidas más enérgicas (y jurídicamente vinculantes).En 2006 se enmendó en Nairobi este Protocolo a la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático y se tenía previsto adoptar un nuevo protocolo en el año 2009 en Copenhague, lo cual se tuvo que retrasar y mover a México en el 2010.
Objetivo
Lograr la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas en el sistema climático y en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, asegurando que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitiendo que el desarrollo económico prosiga de manera sostenible.
En la definición de este objetivo es importante destacar dos aspectoSÑL GOLDY (1) No se determinan los niveles de concentración de los GEI que se consideran interferencia antropógena peligrosa en el sistema climático, reconociéndose así que en aquel momento no existía certeza científica sobre qué se debía entender por niveles no peligrosos.
Se sugiere el hecho de que el cambio del clima es algo ya inevitable por lo cual, no sólo deben abordarse acciones preventivas (para frenar el cambio climático), sino también de adaptación a las nuevas condiciones climáticas. Son 194 países firmantes y 2 paises observadores. Informe del Club de Roma y MIT: "Los límites del crecimiento"
CONVENIO BASE
1972
Declaración sobre medio humano (presencia de 113 países) aprobada en la conferencia de Estocolmo de la ONU (Resolución 2398 – XXIII)
1972
Creación del PNUMA (programa de las naciones unidas para el medio ambiente) con sede en Gigiri, Kenia. Resolución 2997 – XXVII
1982
Primer programa de la ONU sobre el ambiente – Carta mundial de la naturaleza – Resolución 37/7, proclamada el 28 de octubre de 1982 como instrumento ambiental jurídicamente no obligatorio.
1 Se reúne la Comisión Mundial sobre el medio ambiente y desarrollo
1987
Informe de la Comisión Mundial sobre el medio ambiente y desarrollo "Nuestro futuro común" (informe Bruntland)
1988
Se establece el Panel intergubernamental en cambio climático (IPCC)
1989
Resolución ONU 44/228 convocando a la Conferencia de las naciones unidas sobre el medio ambiente y el desarrollo a realizarse en Río de Janeiro
1992 La conferencia de Río generó los siguientes acuerdos:
* Declaración de Rio
* Declaración de principios de florestas
* Convenio marco sobre cambio climático (UNFCCC)
* Convenio sobre biodiversidad
Agenda 21
Declaración de RIO 92 (presencia de 178 países)
Agenda 21
1995
Cumbre de Copenhague
1997
Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible conocida como RIO+5. Considerada un fracaso por la ausencia de los principales países en desarrollo.
2001
Plataforma de acción – Rio de Janeiro. Elaborada por la Conferencia Regional de América Latina y el Caribe preparatoria de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible (Johannesburgo, Sudáfrica, 2002)
2002
Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible Johannesburgo conocida como RIO+10
CAMBIO CLIMATICO
1997
Protocolo de Kioto. Busca reducir 6 gases de efecto invernadero: dióxido de carbono (CO2), óxido nitroso (N2O), metano (CH4), hidrofluorocarbonos (HFCs), perfluorocarbono (PFC) y hexafluoruro de azufre (SF6). Los países industrializados se comprometieron a reducir la emisión de gases causantes del efecto invernadero en un 5,2% tomando como base los niveles de 1990. Para facilitar la reducción de emisiones se incluyeron tres mecanismos: de desarrollo limpio, de comercialización de emisiones y de implementación conjunta.
1998
El PNUMA y la OMM crean el Panel Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) para evaluar el estado de conocimiento existente sobre el sistema climático; los impactos sobre el ambiente, economia y sociedad del cambio climático y las posibles estrategias de respuesta.
2008 /2012
* Primer período de compromiso: los países industrializados deben reducir 5% de los gases causantes del efecto invernadero que generaban en 1990.
* Conferencias de las partes del convenio marco de cambio climático (COPs).
* Reuniónes de las partes en el protocolo de Kioto (MOPs)
TERRITORIALIDAD – DIVERSIDAD BIOLOGICA
1996/72
* Programa UNESCO: "El hombre y la biósfera"
1971
* Convención relativa a los humedales de importancia internacional especialmente como hábitat de aves acuáticas (Ramsar)
* Conferencias de las partes del convenio marco sobre humedales de importancia internacional (COPs) 1973
* CITES – Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres
* Conferencias de las partes del convenio marco sobre CITES (COPs)
1979
* Convención sobre la Conservación de las especies migratorias de animales silvestres
* Conferencias de las partes del convenio marco sobre Conservación de las especies migratorias de animales silvestres (COPs)
1992
* Convenio de biodiversidad biológica
* Conferencias de las partes del convenio marco sobre diversidad biológica de Naciones Unidas (COPs)
1994
* Convenio de las Naciones Unidas de lucha contra la desertificación y la sequía
* Conferencias de las partes del convenio marco sobre desertificación y sequía de Naciones Unidas (COPs)
PROTECCION DE LA CAPA DE OZONO
* Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono
* Convenio de Viena para la protección de la capa de ozono
* Conferencia de las Partes en el Convenio de Viena
* Reuniones de las Partes en el Protocolo de Montreal
GESTION DE LAS TECNOLOGIAS
* Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación
* Declaración de Bahía sobre la seguridad química
* Decisión 21/7 del Consejo de Administración del PNUMA 21/7. Gestión de los productos químicos
* Convenio de Rotterdam sobre el procedimiento de consentimiento fundamentado previo aplicado a ciertos plaguicidas y productos quimicos peligrosos objeto de comercio internacional
* Informe Final del Foro Intergubernamental sobre seguridad química IFCS/FORUM III/23w
* Prioridades para la Acción más allá de 2000
* Convenio de Estocolmo sobre compuestos orgánicos persistentes
* Conferencia de las Partes del Convenio de Estocolmo sobre compuestos orgánicos persistentes (COPs)
* Protocolo de Cartagena sobre seguridad de la biotecnología. La Conferencia de las Partes (COP-MOP) del convenio de biodiversidad biológica actúa como reunión de las Partes del Protocolo.
AGUAS INTERNACIONALES
1933 Declaración de Montevideo
1961 Tratado del río Uruguay
1969 Tratado de la Cuenca del Plata
1971 Convención sobre el derecho de los usos de los cursos de agua internacionales para fines distintos de la navegación
1975 Estatuto del río Uruguay
OTROS ACUERDOS
Declaración del Milenio
Objetivos, metas e indicadores de Desarrollo del Milenio
Acuerdo marco sobre medio ambiente del mercosur
Convenio internacional sobre cooperación, preparación y lucha contra la contaminacion por hidrocarburos
Resoluciones adoptadas por la conferencia sobre cooperación internacional para la preparación y lucha contra la contaminación por hidrocarburos.
Protocolo de Kioto
El Protocolo de Kioto sobre el cambio climático2 es un protocolo de la CMNUCC, y un acuerdo internacional que tiene por objetivo reducir las emisiones de seis gases de efecto invernadero que causan el calentamiento global: dióxido de carbono (CO2), gas metano (CH4) y óxido nitroso (N2O), además de tres gases industriales fluorados: Hidrofluorocarbonos (HFC), Perfluorocarbonos (PFC) y Hexafluoruro de azufre (SF6), en un porcentaje aproximado de al menos un 5%, dentro del periodo que va desde el año 2008 al 2012, en comparación a las emisiones al año 1990. Por ejemplo, si las emisiones de estos gases en el año 1990 alcanzaban el 100%, para el año 2012 deberán de haberse reducido como mínimo al 95%. Es preciso señalar que esto no significa que cada país deba reducir sus emisiones de gases regulados en un 5% como mínimo, sino que este es un porcentaje a nivel global y, por el contrario, cada país obligado por Kioto tiene sus propios porcentajes de emisión que debe disminuir.
El protocolo fue inicialmente adoptado el 11 de diciembre de 1997 en Kioto, Japón pero no entró en vigor hasta el 16 de febrero de 2005. En noviembre de 2009, eran 187 estados los que ratificaron el protocolo.3 EE. UU. mayor emisor de gases de invernadero mundial4 no ha ratificado el protocolo.
El instrumento se encuentra dentro del marco de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), suscrita en 1992 dentro de lo que se conoció como la Cumbre de la Tierra de Río de Janeiro. El protocolo vino a dar fuerza vinculante a lo que en ese entonces no pudo hacer la CMNUCC.
El 11 de diciembre de 1997 los países industrializados se comprometieron, en la ciudad de Kioto, a ejecutar un conjunto de medidas para reducir los gases de efecto invernadero. Los gobiernos signatarios de dichos países pactaron reducir en al menos un 5% en promedio las emisiones contaminantes entre 2008 y 2012, tomando como referencia los niveles de 1990. El acuerdo entró en vigor el 16 de febrero de 2005, después de la ratificación por parte de Rusia el 18 de noviembre de 2004.
El objetivo principal es disminuir el cambio climático antropogénico cuya base es el efecto invernadero. Según las cifras de la ONU, se prevé que la temperatura media de la superficie del planeta aumente entre 1,4 y 5,8 °C de aquí a 2100, a pesar que los inviernos son más fríos y violentos. Esto se conoce como Calentamiento global. «Estos cambios repercutirán gravemente en el ecosistema y en nuestras economías», señala la Comisión Europea sobre Kioto.
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