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Tho. Hobbes: Otra cara de su obra (página 2)


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De esta manera Hobbes (1984), comienza a cimentar un importante legado que posteriormente sería tomado por autores como Locke o Rousseau, desde el punto de vista metodológico, ofreciendo herramientas científicas para el estudio de lo política y dando importantes aportes en materia de Derecho al entender que se trata del uso de la fuerza, pero de una fuerza canalizada a través de la autoridad, aportando el carácter soberano del Estado y el poder y una primera aproximación al carácter legitimo por tratarse de la autorización contractual.

Una mirada Hobbesiana al problema de la inseguridad en Latinoamérica

El estudio de los aspectos teóricos-políticos de Thomas Hobbes revisados en el apartado anterior, conducen el ensayo a reflexionar sobre una serie de aspectos y situaciones, que desarrollamos a continuación.

Pertenecer a un Estado es un acto de renuncia, de prescindir de la libertad natural o del derecho de gobernarse a sí mismo, es por tanto un acto de subordinación. De acuerdo a Hobbes (2001), dicha renuncia no es acogida con agrado o aceptada de forma inercial -al menos no en el inicio-, es necesaria para evitar perecer por muerte violenta. ¿Tiene sentido entonces pertenecer a un Estado en el que perecer por muerte violenta es un amenaza latente? ¿Vale la pena renunciar a la libertad natural y al derecho a gobernarse a sí mismo cuando el Estado no es capaz de garantizar la integridad?

Cuestionar la importancia, necesidad o utilidad del Estado en el siglo XXI parece fuera de orden y conlleva al prejuicio implícito de ser señalado como anarquista. Claro está, esa noción de imprescindible conferida al Estado y asumida por la sociedad civil, se trata de una aceptación tacita, poco reflexionada, que raya en lo dogmatico y por tanto no es susceptible a debate. Ahora bien, al estudiar la teoría política del autor que nos ocupa, empiezan a emerger algunas contradicciones que derivan en una interrogante aún más oscura, la problemática pasa a centrarse no ya en si es beneficioso pertenecer a un Estado y renunciar al derecho de gobernarse a sí mismo, sino en cuestionar si algunas de las formas de organización política contemporáneas reúnen los preceptos mínimos para ser consideradas como Estados.

Entonces nos encontramos con el problema de la inseguridad, un problema inherente a los seres humanos, el hombre necesita sentirse seguro para poder desarrollar su vida, el estado de incertidumbre y temor impiden el normal desarrollo de los hombres; así ha sido entendido desde filósofos como Aristóteles (2003), hasta teóricos de la administración como Maslow (1993), se trata de una necesidad primaria, esencial. Thomas Hobbes (2001), construye su teoría política partiendo justamente del problema de la inseguridad y considera como fin del Estado alcanzar la seguridad o bien lograr la paz.

En días en los que el problema de la inseguridad es considerado como el de mayor gravedad en nuestro país y en otros estados latinoamericanos, y considerando que la acción automática es culpar a los gobiernos por dicho problema, bien merece la pena reconsiderar la teoría de Thomas Hobbes para identificar y evaluar el rol del Estado frente a este problema y encontrar algunas luces y elementos de juicio, para ello se expondrán algunos aspectos teóricos que luego serán contrastadas con algunas situaciones de la actualidad.

  • a. Guerra todos contra todos y sus orígenes

Los postulados de Hobbes (2001), proponen que el problema de la inseguridad en el hombre es el que lo lleva a renunciar a su derecho de gobernarse a sí mismo, es decir, a renunciar a su libertad natural propia del estado de naturaleza. Éste es considerado por Hobbes (2001), como aquel en el que los hombres viven sin un poder común que los someta, se trata del momento pre político, lo equipara con una situación de guerra de todos contra todos o con la concepción de estado inseguro y salvaje y por lo tanto están expuestos a perecer por muerte violenta; sustenta esta postura en tres presupuestos:

  • La condición natural del hombre tendiente al deseo constante de poder: nunca ven satisfechos sus deseos y la ambición siempre degenera en asegurar la posibilidad de un deseo futuro. (Hobbes, 2001)

  • Derecho por naturaleza a poseer todas las cosas: es decir, un poder ilimitado en todos los individuos, sólo limitado por otros individuos; desde esta perspectiva incluso existe derecho a asesinar, de manera que no es más que el derecho de cada quien de gobernarse a sí mismo. (Hobbes, 2001)

  • Igualdad natural de poder: las ventajas de unos hombres sobre otros, físicas o mentales, no son considerables ni determinantes, basta que o maquinen una estrategia o que se asocien para asesinar a quien sea un poco más fuerte, pero no por ello invulnerable, por tanto se trata de una igualdad de la vulnerabilidad. (Hobbes, 2001)

De lo antes dicho se deduce que el hombre en el Estado de Naturaleza vive en un permanente deseo de poder, que a su vez el derecho natural le da la libertad de poseer todas las cosas, dicho derecho lo tienen todos los hombres, por lo tanto los hombres viven en búsqueda de su propia supervivencia y seguridad, incluso a costa de la pesadumbre de los demás, es por ello que el estado de naturaleza es equiparable a estado inseguro, una guerra de cada hombre con cada hombre. (Hobbes, 2001).

Esta situación de guerra se traduce en una condición de incertidumbre que obliga a los individuos a no abandonar la fuerza e intentar siempre anticiparse a la violencia que puedan sufrir a través de la agresión, esta dinámica no ofrece ninguna claridad respecto al futuro. Los planteamientos desarrollados en torno al estado de naturaleza nos llevan a afirmar que la seguridad es entendida como la búsqueda de los medios para evitar, por el tiempo que sea posible, la muerte violenta y esa búsqueda hace que cada hombre sea enemigo de cada hombre, siendo el estado de naturaleza esencialmente inseguro y amenaza la vida misma de cada ciudadano, de manera que la seguridad para un hombre significa la inseguridad para otro.

  • b. El problema de la inseguridad y su paradójico origen: la búsqueda de la seguridad

Arbeláez (2009:99), reconstruye la noción de seguridad en Hobbes y plantea que el autor del Leviatán siempre vincula o entiende la seguridad como: "la condición obtenida por diferentes medios, de estar libre de sufrir opresión, daño físico o muerte a través de actos violentes". Expone que en el Estado de naturaleza los individuos emplean como estrategia la anticipación o la ayuda mutua, en el primer caso se trata de tomar acciones violentas antes que sufrirlas, lo cual, obviamente conlleva a una ciclotimia violenta por la posibilidad de que cada individuo asuma la estrategia de la anticipación o lo que se dijo antes: una guerra de cada hombre con cada hombre. Por lo tanto la fuente primaria y máxima de la inseguridad es, paradójicamente la búsqueda de seguridad.

El origen de asumir una estrategia de anticipación es la desconfianza hacia los otros hombres por parte de un individuo; por lo tanto, siendo todos los hombres desconfiados, la estrategia de la anticipación no es efectiva para alcanzar la seguridad, e incluso incrementa el riesgo de muerte al normalizarse. ¿Qué le queda entonces al hombre para alcanzar la seguridad al fracasar la anticipación? La segunda alternativa es no actuar de forma individual y establecer asociaciones mutuas de coaliciones defensivas.

  • c. Tampoco la asociación mutua es alternativa

Una vez que el hombre asume que la permanente anticipación violenta en pro de su supervivencia sólo lo conduce a la guerra de todos contra todos y que antes que garantizar la seguridad incrementa el miedo y la incertidumbre, busca la posibilidad de aliarse con otros hombres para garantizar su seguridad y salir del estado de guerra. Esta asociación se logra a través de un pacto basado en una coalición defensiva que garantice la seguridad de todos. Arbeláez, (2009: 110), plantea que para Hobbes los convenios de confianza mutua pueden ser de dos tipos:

(…) se trata de un convenio de confianza mutua en el cual no hay traslación de poder y derechos, sino un compromiso de asistencia defensiva en caso de que alguno de los miembros del pacto se vea amenazado o de un pacto en el que hay traslación casi total del poder (…) un gobierno civil con autoridad limitada o dividida.

Basta con ver la expresión autoridad limitada o dividida, para afirmar que el filósofo de Malmesbury rechaza esta opción, así el hombre se encuentra con que ni la anticipación ni los convenios de confianza mutua generan seguridad. La razón es que mientras el hombre conserve poder la amenaza estará latente (y en ambos casos conserva poder), en el caso de los pactos y asociaciones, éstos no se traducen en garantía efectiva de seguridad porque dependen de la confianza y el acuerdo de palabra, y para Hobbes (1996: 153) "(…) los contratos sin espada, son sólo palabras y no tienen la fuerza para asegurar al hombre".

  • d. Las dos caras del temor

Hasta ahora se ha planteado que los hombres en el momento pre político se temen unos a otros por la desconfianza mutua, dicho temor los lleva a agredir a otros individuos anticipándose a recibir una agresión y al ver la insuficiencia de esta estrategia establecen asociaciones mutuas de coaliciones defensivas, pactos que al no ser respaldados con la espada degeneran en el mismo problema de la confianza. De nuevo conviene plantearse la pregunta: ¿Entonces qué le queda al hombre para alcanzar la seguridad? Consideramos que es en ese momento cuando el primer teórico del Estado Moderno comprende que esa misma emoción o pasión llamada temor que hace al hombre violento y lo coloca en un estado de inseguridad, podría llevarlo a la obediencia y a un estado de seguridad, si en vez de temerse entre todos, todos temieran a un poder sobre todos, entonces sería el fin de la guerra.

Para ello y respondiendo a la pregunta planteada en el párrafo precedente, al hombre para poder alcanzar la seguridad le queda renunciar a su poder y reconocer a un poder sobre todos, este será el Leviatán, cuya fuente de poder es el temor, pero en este caso el poder no irá en contra del ciudadano, antes bien buscará garantizar su seguridad a través de su obediencia.

  • e. La única alternativa posible: El contrato social

Para lograr el fin de la seguridad los hombres deben asociarse con un pacto mucho más fuerte que un convenio de ayuda mutua, un pacto en el que los hombres sometan sus voluntades y cedan todo su poder y su fuerza individual a un solo poder común, denominado Estado, que dispondrá de todos los medios y todas las fuerzas particulares de los hombres para alcanzar la paz y la seguridad. "La única manera de erigir tal poder común, (…) es, conferir todo su poder y su fuerza a un hombre, o una asamblea de hombres, que pueda reducir todas sus voluntades, por pluralidad de voces, a una voluntad. (Hobbes, 2001: 157).

Para que el pacto sea exitoso y se alcance efectivamente la seguridad, es necesario que cada ciudadano -además de transferir el poder a un hombre o asamblea de hombres- renuncie a su derecho de resistencia. Pero Hobbes (2001) no sólo habla de transferencia, también incorpora la palabra autorización, así toma fuerza el fundamento de un derecho civil emanado de los representados y administrado por el soberano, que retorna a ellos a manera de deberes y obligaciones en pos de la seguridad, la autorización tiene como fundamento que los actos del soberano no tendrán otro objetivo que salir o evitar la situación de guerra de todos contra todos.

Nuevamente cabe resaltar que lo necesario para garantizar la seguridad es que los hombres no conserven su poder, por lo tanto la soberanía es la esencia del Estado, el poder soberano debe ser irrevocable, intransferible y absoluto, el pacto obliga a cada hombre con cada hombre y a cada hombre con el soberano. (Hobbes, 2001).

Aunque el Leviatán de Hobbes parece omnipotente, la obligación del soberano de garantizar la seguridad constituye una limitación a su ejercicio, no puede obviar su función, no puede actuar propiciando la inseguridad; para lograrlo el poder debe ser indivisible porque la naturaleza del poder es subyugar al otro, por ello al haber al menos dos poderes se está en una situación de guerra potencial.

Para Hobbes (2001: 322), la noción de seguridad en el Estado inicia en la garantía de la vida -por venir de la guerra de todos contra todos- pero va más allá: "(…) por seguridad aquí no se entiende una mera preservación de la vida, sino también de todas las otras necesidades de la misma, que cada hombre por trabajo legal, sin peligro, o daño a la comunidad, adquiere para sí mismo".

Consideramos que esa garantía de poder trabajar sin dañar al resto de ciudadanos, el derecho a desarrollar la vida sin ser violentamente interrumpido por otro, no es más que el respeto de los pactos que permiten la convivencia, y no de un respeto que se fundamenta sólo en la confianza sino que se puede garantizar a través de la fuerza; haciendo una extrapolación arriesgada, en la sociedad actual esa definición se ajusta a algunos aspectos del Estado de derecho, como sistema que permite las interacciones en sociedad teniendo un marco legal regulador, cuyo incumplimiento acarrea sanciones.

  • f. Hobbes: Arquitecto del Estado Moderno

Thomas Hobbes es catalogado por autores de la talla de Norberto Bobbio (1959), como el primer teórico del Estado moderno, argumento similar al expuesto por D Entréves (2001: 139) quien sentencia que:

(…) las verdades ofensivas de Hobbes aparecen hoy como tesis incontestables (…) A nadie se le ocurriría dudar hoy de que las leyes del Estado, sean "buenas" o "malas" son leyes validas; nadie sostendría que el ejercicio de la fuerza no pertenece al poder estatal; nadie discutiría que la soberanía, la potestad de imperio, constituye la esencia misma del Estado moderno.

De manera tal que Hobbes (2001), funda el Estado sobre tres bases: la validez de la ley, el monopolio exclusivo de la fuerza por parte del Estado y la soberanía como esencia del Estado. Los planteamientos de Hobbes que cimientan el Estado moderno se encuentran en entredicho en algunos estados contemporáneos, es evidente que el Estado no tiene el monopolio exclusivo de la fuerza, que en nuestro contexto se refiere al poder armamentístico, casos emblemáticos lo son el Colombiano, Mexicano o Italiano en los que entes como las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), los Carteles del Narcotráfico o las Mafias, respectivamente, son capaces de controlar territorios completos y erigirse como autoridad, al punto incluso de asesinar funcionarios del poder del Estado como alcaldes o jueces*, es decir, tiene una fuerza capaz de hacer frente e incluso imponerse al poder del Estado.

En el contexto venezolano ocurren situaciones similares: grupos armados vinculados al paramilitarismo colombiano controlan el comercio en importantes ciudades de Estados fronterizos, mafias de alimentos y combustible no pueden ser controladas y logran imponerse a la autoridad del Estado y de igual forma en la región de Guayana, contrabandistas de minerales, armados, logran imponer su autoridad; también en la situación carcelaria resulta interesante ver como la autoridad del Estado queda relegada a un segundo plano o las tristemente célebres mafias estudiantiles en la universidades, cuyos armamentos son equiparables o superiores a algunos cuerpos policiales.

  • g. ¿Estado Soberano?

Estas situaciones sirven para, desde la perspectiva Hobbesiana, plantear una serie de interrogante: ¿Es posible hablar de poder soberano? Debemos considerar que la noción de soberanía en Hobbes apela en primer lugar al origen etimológico de la palabra, es decir: ¿autoridad por encima de todos? Visto así, parece exagerado plantear que la autoridad del Estado está sobre todo cuando existen entes organizados y armados capaces de igualar e incluso superar el poder del Estado.

Respecto a las características del poder soberano, estamos claros que sería muy inexacta una comparación puesto que el fundamento filosófico de Hobbes no es el que sustenta la actual noción de soberanía. El aporte de Hobbes radica en considerar la soberanía como elemento constitutivo para la existencia del Estado, mas no se considera en la actualidad como absoluto, indivisible e irrevocable, sin embargo respecto a la soberanía, Hobbes no deja camino a la ambigüedad o medias tintas: o se reconoce la autoridad del soberano y hay gobierno o no se reconoce y hay anarquía. Si las resistencias son afortunadas… ¿Hay gobierno?

  • h. Del monopolio de la fuerza a la pluralidad de la fuerza: La vuelta al Estado de Naturaleza

Plantea Sabine (1994), que en Hobbes la sociedad es un cuerpo artificial producto del egoísmo más calculador, es un medio necesario para alcanzar la seguridad, sólo existe porque representa una mayor ventaja individual que su no existencia. Es por ello que el Estado es considerado por Hobbes como una invención humana por necesidad de resguardar la vida y los bienes, así el Estado monopoliza la fuerza y logra la sumisión.

Se ha establecido que la única razón de la sumisión de los súbditos y su obediencia es la garantía de su seguridad gracias al poder soberano, el individuo renuncia a su derecho a resistencia. ¿Qué pasa si el o los hombres apelan al derecho a resistencia? Hobbes (2001) considera que la autoridad del Estado debe imponerse y que si la resistencia es afortunada el soberano pierde su poder de inmediato y sus súbditos dejan de ser súbditos y apelan a las ventajas de la libertad natural.

Los casos ilustrados anteriormente parecen dar cuenta de este último escenario, ya que observamos como existen grandes y pequeños grupos armados que han sido capaces de: en algunos casos imponerse al Estado y en otros de no ser sometidos por el mismo (como la delincuencia), es entonces cuando los individuos empiezan a adquirir armas para garantizar su seguridad ante la incapacidad de los cuerpos del Estado de garantizársela, o a contratar empresas legales de seguridad y vigilancia o incluso a establecer pactos y convenios con sectores delincuenciales que a cambio de dinero garantizan la seguridad. ¿Acaso el primer caso no representa, salvando las distancias, la estrategia de la anticipación y el segundo la de asociación mutua en coalición de defensa, propias del momento pre político o estado de naturaleza?

El tema de la seguridad e inseguridad es el origen de toda la filosofía política de Hobbes, la seguridad existe cuando el hombre renuncia al poder, mientras que la inseguridad es permanente en la medida que el o los hombres mantenga cuotas de poder, así hay que considerar que cuando miembros de la sociedad adquieren armas en procura de su seguridad, ciertamente está relacionado con la vuelta a la búsqueda de ventajas individuales del momento pre político, pero también representa la recuperación del poder al que habían renunciado y por tanto en la búsqueda de su seguridad, incrementa la inseguridad de los demás, como bien explica Hobbes (2001) , al exponer el estado de naturaleza.

Al evaluar desde la perspectiva de Hobbes el rol del Estado en el problema de la inseguridad, encontramos una serie de inconsistencias entre lo planteado por el teórico político y lo que efectivamente ocurre en el Estado venezolano y otros estados. En primer lugar queda claro que el Estado no tiene el monopolio exclusivo de la fuerza, convendría a una sociedad que se plantea como gran problema la inseguridad plantearse: ¿Por qué el Estado no monopoliza la fuerza, ¿Sería beneficiosos que así fuera?, ¿Qué otra alternativa existe?, ¿Puede una ley desarme atenuar el problema?, ¿Cómo el Estado puede retomar su autoridad donde la ha perdido? Lo cierto es que entre más debilidad del Estado, en términos de autoridad, frente a sectores delictivos, la estrategia de la anticipación parece propagarse y con ella la inseguridad, reproduciéndose un neo estado de naturaleza Hobbesiano. Proponemos que el Estado debe replantearse su rol y definición y priorizar en la que para Hobbes es su función primera e impostergable: garantizar la integridad, la seguridad de los individuos que lo integran.

Ahora bien, sin con lo dicho hasta ahora parecemos proponer que desde el enfoque Hobbesiano, algunos Estados no son realmente soberanos, no logran imponer su autoridad, si es discutible el monopolio exclusivo de la fuerza por parte de éstos, si los hombres retornan a la búsqueda de las ventajas individuales del Estado de Naturaleza para alcanzar su seguridad, si las estrategias de anticipación y asociación mutua en coalición de defensa parecen evidenciarse, si el Estado no es capaz de garantizar la seguridad y viola el pacto por el que los hombres renuncia a su libertad natural al no garantizar la seguridad, si existen resistencias afortunadas… entonces Hobbes sentenciaría que no hay Estado y no hay gobierno porque no existe legitimidad sin poder.

Una vez expuestos de forma sucinta en la presente sección del ensayo algunos aspectos teóricos de la filosofía de Hobbes, centrándonos en el problema de la inseguridad y la posibilidad de los hombres de alcanzar la seguridad, que consideramos es el leitmotiv en este autor, debemos aclarar que con este ejercicio de contextualización no estamos planteando la inexistencia del Estado, sólo que ha desvirtuado su esencia al no ser capaz de garantizar la seguridad, ni de monopolizar la fuerza, violando el origen mismo del pacto o contrato social y desvalorizando la renuncia a parte de la libertad y poder por parte de los ciudadanos.

Aclaramos que no propones ni reivindicamos los Estados represivos, lo que sí admitimos es que un Estado debe hacer cumplir su autoridad para que los ciudadanos además de la preservación de su vida, puedan preservar bienes necesarios sin dañar ni ser dañados por otros individuos. No creemos que actualmente no exista el Estado, como seguramente sentenciaría Hobbes. ¿Viven los individuos sin el Estado? Recordamos a Aristóteles quien planteó que para ello tendrían que ser o Dios o bestia, y tal vez tenía razón, quizá se trate de una bestia… tal vez un lobo.

Contrastes entre Hobbes y otros filósofos políticos del siglo XVII y XVII

Analizados algunos elementos ontológicos y epistemológicos de Hobbes, así como los conceptos políticos propiamente dichos y reflexionado sobre la aplicación y vigencia de los fundamentos Hobbesianos en el contexto actual, presentaremos a continuación las criticas y valoraciones a su obra, presentada desde dos perspectivas: en primer lugar el contraste de con los autores más cercanos a su época y que lo contrastaron aunque comparten algunos aspectos metodológicos, como lo son John Locke y Jean J. Rouesseau, y luego exponer las valoraciones contemporáneas a la obra de Hobbes a partir del siglo XX.

  • a. Respecto al Estado de Naturaleza

Desde que Aristóteles (2003), presenta al hombre como un animal político o zoom politikon, en el primer libro de la política, el tema de la naturaleza social del hombre no generó mayor debate o controversia y se daba por sentado este principio expuesto por el discípulo de Platón. De igual forma ocurre con la concepción orgánica del Estado. Posiblemente el primer cuestionamiento a estas concepciones tuvo que esperar hasta el renacimiento florentino y lo encontramos en Maquiavelo (2001), quien aunque no niega la condición del hombre como animal social, expone de forma clara su concepción antropológica negativa.

Sin embargo, es realmente Thomas Hobbes (1992), quien de manera frontal niega la condición social natural del hombre, considera que se trata de un ser asocial por naturaleza y que el Estado es un artificio, una invención racional resultado del individualismo más calculador. Es por ello que consideramos que es él quien de alguna manera inaugura y da fuerza a este debate, colocando como piedra angular el Estado de naturaleza y que luego contestarán autores como Locke, Rousseau o Kant.

Se han expuesto ya algunos aspectos del Estado de Naturaleza en Hobbes (1992), que pasa por considerarlo como una guerra permanente entre los hombres y por lo tanto es necesario salir del mismo y llegar al Estado civil. Mientras que Locke (1990), concibe exactamente lo contrario, para él el Estado de naturaleza es pacífico y el objetivo es volver a él y no salir como planteaba Hobbes (1992), aunque comparte con éste que es un Estado pre político, sin embargo admite que es un Estado Social que antecede al político, no como Hobbes (1992) considera que sociedad y política surjan en un mismo instante.

Hasta ahora encontramos dos posturas antagónicas, por una parte se plantea salir del Estado de Naturaleza y por otra se propone la vuelta al mismo, es entonces cuando Rousseau (1980 ), se ubica en una postura distinta: coincide con Locke en que el Estado de Naturaleza es pacífico, pero considera que no es posible volver a él una vez que el hombre ha corrompido la paz natural, y también propone algo similar a Hobbes (1992), respecto al establecimiento de un Estado Civil, así, aunque con motivaciones iniciales distintas, estos tres autores llegan a una mismo mecanismo de organización política: el establecimiento de un contrato, constituyéndose de esta manera Thomas Hobbes como el primer autor contractualista.

  • b. Tres propuestas contractualistas

Una vez que inicia el quiebre de la cosmovisión clerical imperante durante el medio evo, todo lo que durante mucho tiempo había sido aceptado sin reflexión como disposiciones divinas y por tanto superiores y fuera del alcance de los hombres, empieza ser cuestionado, así fue en muchos de los aspectos de la vida, incluyendo la política. Es por ello que ya no se acepta que existen hombres que por naturaleza han de ser esclavos como planteó Aristóteles (2003), o que los reyes están destinados a gobernar por derecho divino, de igual forma, cabe considerar que el incipiente poder económico que acumulaba la burguesía, la debilidad de la monarquía y las tensiones entre ésta y los señores feudales poderosos, potencio un escenario en el que era necesario presentar propuestas de ordenamiento político. (Blannig, 2002).

Thomas Hobbes (1993), en el marco de una guerra civil, y equiparándola con el Estado de naturaleza, entiende que la única manera de salir de ese Estado era través de un contrato, que cualquier otra forma de búsqueda de supervivencia sería un fracaso, en este los hombres renuncian a todo su poder en favor de un soberano que tendrá la capacidad de garantizar la seguridad y la paz, el pacto una vez aceptado no puede desestimarse, el soberano contará con el poder y con él será capaz de transmitir la motivación de la obediencia a través del miedo que evoca. En Hobbes (1993), es importante que la ley cuente con el respaldo de la fuerza para que se cumpla, es así como se pasa del estado de guerra, en el que todos tiene derecho a todo, al Estado civil, con derechos limitados, en ese instante surge la sociedad, el Estado, la política, el gobierno y el derecho. Expone Hobbes (1993: 141) el contrato social de esta manera:

Autorizo y transfiero a este hombre o asamblea de hombres mi derecho a gobernarme a mí mismo, con la condición de que vosotros traferiréis a él vuestro derecho y autorizaréis todos sus actos de la misma manera. Ésta es la generación de aquel gran Leviatán o más bien, de aquel dios mortal, al cual debemos, bajo el Dios inmortal, nuestra paz y nuestra defensa.

La propuesta de Hobbes, de acuerdo a Sabine (1994), no fue recibida con agrado por los sectores monárquicos, ya que aunque justificaba la existencia de la monarquía y la consideraba en ese momento la forma idónea para garantizar la seguridad y terminar la guerra, no era bien visto que el origen fuera racional y desvinculado de la lealtad y el honor que debían revestir a la monarquía. Sin embargo consideramos que el gran legado de Hobbes (1993) es que ofrece una estructura metodológica concreta para formular el establecimiento del Estado civil: exponer el estado de naturaleza, plantear la forma del contrato social y el establecimiento del Estado civil, que sería empleada tanto por Locke como por Rousseau, como veremos a continuación.

Locke (1990) es el primero en tomar la estructura propuesta por Hobbes (1993), una de las motivaciones para concretar el contrato o acuerdo es la preservación de la propiedad, a la cual considera como un derecho incluso anterior al establecimiento de la sociedad. El poder civil es para Locke de a cuerdo a Sabine (1993), el derecho de hacer leyes con penas, para regular y conservar la propiedad por el bien público, Locke (1990) no tenía dudas en que para establecer tal poder, éste debía surgir del consentimiento de los individuos, es por ello que el derecho civil debe surgir del derecho individual de cada hombre.

Ahora, la materialización de este contrato si es sustancialmente distinta a Hobbes, propone la necesidad de la división de poderes, concibe que los poderes ejecutivo y legislativo se justifican porque son un modo mejor de proteger los derechos naturales, tal planteamiento resultaría absurdo para Hobbes (1993), dividir el poder significa que uno intentará imponerse al otro. Otro elemento de los propuestos por Locke (1990 ) y que no tendrían cavidad en Hobbes (1993) es el derecho a revocar el contrato, es decir, el derecho a resistencia, así Locke toma la estructura de Hobbes, pero quita el carácter irrevocable e indivisible del poder soberano.

Rousseau (1980), reproduce el modelo de Hobbes (1993) en el siguiente sentido: el hombre es bueno por naturaleza, por ser imagen y semejanza de Dios,[5] y considera que el momento en el que pierde tal condición de bondad es al involucrarse con la sociedad, dado que afloran sentimientos como la vanidad, que ubicaba en las ciencias y que lo llevó a ser crítico del iluminismo que alguna vez defendió. En este punto vemos una relación con Hobbes, quien atribuía parte de la responsabilidad del problema a las emociones y sentimientos de los hombres, como ha sido tratado anteriormente.

Rousseau (1980) entiende que los problemas de la sociedad se originan en el problema de la desigualdad y señala cuatro aspectos como origen de este mal: -la propiedad privada y la agricultura, (al tener un individuo algo que el otro no tiene hay desigualdad), la metalurgia, y la división del trabajo (como elementos que en la interacción social generan tensiones), pues acentúan las diferencias entre los seres humanos e incentivan emociones negativas como la envidia o el odio.

Entiendo que el problema es la maldad del hombre y que su origen es la desigualdad,

Rousseau (1980), sigue la línea diseñada por Hobbes (1993) y seguida por Locke (1993) de establecer un contrato, para él se debía instaurar una república a través del contrato social, el cual sería una forma de asociación donde todos los hombres se unen para ser iguales, que renuncien a sus propios derechos ( en esto coincide con Hobbes), y tratándose de una norma no impuesta sino autoimpuesta, cercana a la democracia directa, aplicable en pequeños poblados, sin mediaciones de representantes o partidos, gobernados por la voluntad general como expresión de la voluntad soberana del cuerpo político, y guiada por la libertad positiva (hacer lo que se quiere de conformidad con la ley).

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Los contrastes entre los tres autores estudiados en el presente apartado del ensayo se pueden sintetizar en el cuadro comparativo Nº1.

Valoraciones y criticas de teóricos políticos del siglo XX respecto a la figura de Hobbes

Thomas Hobbes fue considerado e interpretado durante mucho tiempo como un autor cuyo aporte no excedía a la justificación de gobiernos monárquicos en su momento o autoritarios más recientemente, ingenua apreciación que imperó hasta la primera mitad del siglo XX, e incluso se le asociaba con fenómenos como el fascismo, que seguramente ni en sus más atroces visiones del Estado de guerra llegó a prefigurar. Se trataban de lecturas ingenuas y superficiales a la obra de este inglés, que no defendía forma de gobierno alguna porque no creía que tal cosa existiera, como nos señala Sabine (1993: 364):

No hay formas impuras de gobierno. Las gentes imputan al gobierno a la perversión, empleando términos tales como tiranía u oligarquía, sólo porque les disguste una forma de poder, del mismo modo que emplean términos de aprobación como monarquía o democracia si les gusta.

Queda claro que Hobbes (1993) no es un defensor de la monarquía, simplemente considera que esta forma de gobierno era la que mayor posibilidad tenía de alcanzar la seguridad y paz de los ciudadanos, valoraría positivamente cualquier gobierno capaz de garantizar la paz y la seguridad de los ciudadanos.

El autor que retoma con mayor fuerza la figura de Hobbes y muestra sus aportes y legados a la teoría y a la ciencia política es Norberto Bobbio (1996: 148), quien logra deslastrarlo de los prejuicios que arrastraba y tomar lo verdaderamente trascendente, expresándolo de esta manera:

"Me ocupé de él durante toda mi vida, a intervalos. Pero no me reconozco otro mérito que el de haberme percatado de la importancia capital del pensamiento político de Hobbes cuando todavía se estudiaba poco, al menos en Italia. (…) durante el fascismo su nombre era sospechoso. No se habían dado cuenta de que el Leviatán no era el Estado totalitario sino el Estado moderno, que nace de las cenizas de la sociedad medieval, un cuerpo político que puede encarnarse históricamente en las más diversas formas de gobierno, entre las cuales no está necesariamente la autocrática"

Coinciden en este punto Bobbio (1996) y Sabine (1993), en considerar que la forma de gobierno era un elemento casi accesorio en la filosofía política de Hobbes (1993) y entienden que su legado es metodológico, que partiendo del individualismo funda el Estado moderno, teniendo como énfasis el individuo y no la familia, que fue el planteamiento de la concepción orgánica Aristotélica. Su fundamentación racional del poder lo confronta con la monarquía, así Hobbes (1993 ) estuvo solo, y aunque no dejó una escuela y discípulos en el sentido formal, su estructura fue tomada como modelo incluso por sus detractores, como hemos estudiado recientemente.

Por lo tanto concluimos que los aportes de Hobbes abarcan una dimensión bastante amplia, que pasa desde su manera de asumir el conocimiento como demostración más que interpretación, la consideración de los aspectos ontológicos y conducir sus estudios con una base científica solida, hasta los postulados estrictamente políticos, que sirven como importante insumo en el estudio de lo político.

Conclusiones

La revisión bibliográfica, así como el proceso deliberativo, interpretativo y reflexivo nos hace coincidir en una serie de premisas que a continuación presentaremos:

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El miedo o temor es un elemento transversal en toda la teoría política de Thomas Hobbes, hemos dilucidado que esto no se trata de una casualidad, existen elementos de juicio, que si bien no son absolutamente concluyentes, nos hacen sospechar que el primer teórico contractualista desde la infancia albergaba profundos temores, fundamentalmente de su propia vida y la de su familia cercana, así como su país, motivados por amenazas de muerte a su padre -con huida incluida-, y a la posibilidad de la invasión a Inglaterra por parte de la armada invencible. Siendo Hobbes un autor que valora positivamente el método inductivo-deductivo-racional, es posible y planteamos que quizá sus construcciones teóricas en las que concede gran importancia a las emociones, tengan su origen en sus propias sensaciones y sobre éstas generalizarlo a la construcción de un sistema categorial, cuy o pilar será su emoción dominante.

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Al revisar hoy la obra de Hobbes, no parece sorprender la consistencia que en su teoría tiene n los fundamentos epistemológicos, hasta que recordamos que escribe en el siglo XVI, para él era ya importante en la construcción de su teoría consideraciones como: la noción de realidad, la construcción del conocimiento científico y la necesidad de construirlo no exclusivamente sobre una base empírica sino también sobre el razonamiento deductivo. Sin duda se trata de un adelantado que entendió la necesidad de sistematizar la construcción de conocimiento, trascendiendo la mera especulación a través de una muy coherente forma de construir el conocimiento. Su obra es resultado de un proceso riguroso y serio que se traduce en un gran aporte (poco reconocido) a todas las ciencias sociales y más aún a la ciencia política, su propuesta taxonómica de la ciencia posiciona al estudio de los fenómenos sociales como disciplina científicas con todo el rigor que ello implica.

En lo que respecta a sus planteamientos teóricos-políticos, en sentido estrictos, éstos son bastante claros: el estado de naturaleza es un estado inseguro en el que el riesgo de perecer por muerte violenta es amplio, resultado del egoísmo más calculador, surge el estado, la sociedad y el gobierno en un mismo instante, como invención racional. Los hombres a través del contrato social logran alcanzar la seguridad en el estado civil, renunciando a su poder a cambio de la garantía de su seguridad, la paz es el fin del Estado, la soberanía es indivisible e inalienable, el poder debe ser absoluto, indivisible e irrevocable, equipara Estado con gobierno y con soberano y considera que o el soberano es capaz de imponer su autoridad o no hay gobierno, ni estado y reina la anarquía.

Aunque Hobbes ha sido atacado por aparentemente respaldar el absolutismo, lo que realmente prefigura no es el Estado absolutista sino el Estado moderno: el carácter contractualista en el que la autoridad del soberano deviene de la autorización del súbdito tiene un fundamento cercano a la legitimidad, la necesidad de que la ley sea efectivamente valida y de que exista la posibilidad de imponerla es parte del fundamento del Estado moderno, así como el monopolio exclusivo de la fuerza en el Estado o la Soberanía, entendida como la autoridad que está sobre todo.

Al contextualizar algunos de los conceptos políticos Hobbesianos y aplicarlo a la problemática de la inseguridad concluimos que existen elementos que de alguna manera se reproducen en la actualidad en algunos estado latinoamericanos, parece existir una especie de vuelta al estado de naturaleza en el que los individuos apelan a su libertad para obtener su seguridad de forma individual, estrategia similar a la anticipación que incrementa el riesgo al resto de ciudadanos. Los criterios de: garantía de seguridad, soberanía, monopolio exclusivo de la fuerza por parte del Estado, no parecen cumplirse.

Finalmente, al contrastarlo con otros autores clásicos, concluimos que Hobbes cimienta las bases del contractualismo, metódicamente establece la estructura: estado de naturaleza-contrato-estado civil, que luego sería adoptada por Locke y Rousseau, quienes disiente de él en aspectos teóricos pero que reproducen su modelo. En cuanto a los autores contemporáneos, Norberto Bobbio reivindica su obra, la deslastra de prejuicios y valora el gran aporte que tanto metodológicamente como teóricamente representó su obra para el Estado moderno, no sólo por el contractualismo, también fundar el Estado partiendo del individualismo y la importancia que concede a la soberanía y a la legalidad del poder o una fuerza canalizada.

La solidez de su obra desde el punto de vista epistemológico-científico, la claridad de sus argumentos teóricos-políticos, la vigencia y aplicabilidad de su pensamiento pese a ser un escritor del siglo XVII, la influencia que ejerció en toda la filosofía política del siglo XVII y XVIII, su condición de primer teórico del Estado moderno y posiblemente de primer teórico político desde el punto de vista científico, son algunos de los muchos argumentos que nos permiten concluir que Thomas Hobbes es quizá el autor clásico de mayor trascendencia y legado en la Ciencia Política.

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Autor:

López, Douglas

Licenciado en Ciencias Políticas. Egresado de la Universidad del Zulia. Docente en el área de las Ciencias Sociales, Educación Media.

Trujillo, Emilva

Lcda en Ciencias Políticas y Administrativas. Egresada de la Universidad Rafael Urdaneta. Miembro de la Comisión Multidisciplinaria de la Coordinación Estratégica de la Secretaria de Desarrollo Social de la Gobernación del Estado Zulia. Cursante de la Maestría en Ciencias Políticas y Derecho Publico en la Universidad del Zulia.

Méndez, Blanca

Socióloga, Egresa de la Universidad del Zulia. Becaria Académica de la Escuela de Sociología de la misma universidad en el Eje de Teoría Social. Cursante de la Maestría Ciencias Políticas y Derecho Público en la Universidad del Zulia

Arrieta, Víctor

Licenciado en Ciencias Políticas, Egresado de La Universidad Rafael Urdaneta. Consejero Local de Planificación Pública del Municipio Maracaibo y Asesor Político de la campaña al Consejo Legislativo del Estado Zulia. Cursante de la Maestría Ciencias Políticas y Derecho Público.

Carrizo, José

Licenciado en Ciencias Políticas y Administrativas, Egresado de la Universidad Rafael Urdaneta. Concejal por el Partido Un nuevo Tiempo del Municipio Jesús Enrique Lossada.

Septiembre, 2012.

[1] Este ensayo ha sido posible por los intercambios académicos realizados entre profesores y colegas a lo largo del curso Teoría Política, en la Maestría de Ciencias Políticas Y Derecho público. Debemos agradecer las orientaciones y asesorías en materia del profesor doctorante y titular de la materia: Liber Cuñarro, así como también, agradecerle al mismo infinitamente por poder presentar sin miedos nuestras opiniones como producto de diversas reflexiones en este breve trabajo de investigación.

[2] Decimos algunos porque algunos de los otros aspectos, más específicamente el aspecto ontológico del ser humano, y las características que se asumen en la dimensión axiológica han, y seguirán siendo trabajadas con mejor detalle en las otras secciones de este ensayo. Aquí se expondrán, lo que a nuestro modo de ver son los más pertinentes desde el punto de vista epistemológico.

[3] Hacemos referencia a la verdad en cursivas debido a la amplia discusión que podría derivarse de este concepto desde los distintos enfoques y paradigmas que generan debate. Aunque bajo una época en la cual esta verdad aun es discutida, la intensión del ensayo es señalarla desde la perspectiva que le daba Hobbes a la misma. La verdad mencionada desde su óptica y desde la inscripción valorativa que le daba asociándola solo con la terminología racional del hombre.

[4] Esta precisión ontológica sobre el movimiento aunque no conforma una parte esencial en este ensayo podemos destacar que conforma el puente auxiliar para entender la contingencia en la cual se deducían los razonamientos de verdad. Para ahondar más sobre este punto, puede recurrir al capito primero “del sentido” en la parte primera del texto Leviatán.

[5] Es el caso de Marco Leal, alcalde de Tamaulipas- México, asesinado en agosto de 2010 y de Giovanni Falcone, juez italiano asesinado en mayo de 1992.

Partes: 1, 2
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